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1 ESTUDIO PREVIOS DE INTERVENTORIA PLANEACION PRECONTRACTUAL No. ______ PROYECTOS FINANCIADOS CON RECURSOS DEL FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES SUBCUENTA COLOMBIA HUMANITARIA CC 2046-2047-2053-2058 1. DECISIÓN DE ADQUIRIR BIENES, OBRAS O SERVICIOS RESPONSABLE ACTIVIDAD: JUAN MANUEL VALENCIA ARIAS CARGO: Secretario de Infraestructura FUNCIONARIO DESIGNADO: FABIAN VIVI MORALES CARGO: Director de Proyectos Colombia Humanitaria Dependencia contratante: SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA 2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD DE LA INTERVENTORIA. En la actual temporada invernal, ha tenido un importante impacto en la infraestructura pública principalmente en lo relacionado con acueducto, alcantarillado, vías y principalmente la afectación sobre la cuenca hidrográfica que recorre el departamento del Quindío, pues la infraestructura sobre ríos y quebradas posee poca capacidad hidráulica por lo que permanente, en eventos de ola invernal intensa como la actual, pone en verdaderos apuros la capacidad de respuesta de la infraestructura general existente en el Departamento, las vías han sido su principal componente de afectación en lo relacionado con el carreteable Departamental. Teniendo en cuenta los perjuicios causados por la temporada de ola invernal, se requiere recuperar la transitabilidad en las vías de los Municipios de Córdoba Pijao y Calarcá, de tal manera que se recupere el tránsito de manera segura. Por lo tanto estos municipios tienen dentro de sus obras de especial importancia, por su impacto socio-económico en la recuperación de las vías con la ejecución de las obras. El puente de Barragán es una estructura en concreto que une los Departamentos de Quindío y Valle y que además es vía alterna del corredor Bogotá – Buenaventura. El puente fue construido en el año de 1956 y actualmente es una importante vía alterna de circulación de transporte tanto de carga como de pasajeros entre el occidente y el centro del país y pertenece a una vía de segundo orden que une los Municipios de Armenia y Caicedonia, vía de suma importancia en el transporte de cargas en el corredor Bogotá- Buenaventura, siendo alternativa en caso de algún

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ESTUDIO PREVIOS DE INTERVENTORIA

PLANEACION PRECONTRACTUAL No. ______

PROYECTOS FINANCIADOS CON RECURSOS DEL FONDO NACION AL DE CALAMIDADES SUBCUENTA COLOMBIA HUMANITARIA

CC 2046-2047-2053-2058

1. DECISIÓN DE ADQUIRIR BIENES, OBRAS O SERVICIOS RESPONSABLE ACTIVIDAD: JUAN MANUEL VALENCIA ARIAS CARGO: Secretario de Infraestructura FUNCIONARIO DESIGNADO: FABIAN VIVI MORALES CARGO: Director de Proyectos Colombia Humanitaria Dependencia contratante: SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA 2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD DE LA INTERVENTORIA.

En la actual temporada invernal, ha tenido un importante impacto en la infraestructura pública principalmente en lo relacionado con acueducto, alcantarillado, vías y principalmente la afectación sobre la cuenca hidrográfica que recorre el departamento del Quindío, pues la infraestructura sobre ríos y quebradas posee poca capacidad hidráulica por lo que permanente, en eventos de ola invernal intensa como la actual, pone en verdaderos apuros la capacidad de respuesta de la infraestructura general existente en el Departamento, las vías han sido su principal componente de afectación en lo relacionado con el carreteable Departamental. Teniendo en cuenta los perjuicios causados por la temporada de ola invernal, se requiere recuperar la transitabilidad en las vías de los Municipios de Córdoba Pijao y Calarcá, de tal manera que se recupere el tránsito de manera segura. Por lo tanto estos municipios tienen dentro de sus obras de especial importancia, por su impacto socio-económico en la recuperación de las vías con la ejecución de las obras. El puente de Barragán es una estructura en concreto que une los Departamentos de Quindío y Valle y que además es vía alterna del corredor Bogotá – Buenaventura. El puente fue construido en el año de 1956 y actualmente es una importante vía alterna de circulación de transporte tanto de carga como de pasajeros entre el occidente y el centro del país y pertenece a una vía de segundo orden que une los Municipios de Armenia y Caicedonia, vía de suma importancia en el transporte de cargas en el corredor Bogotá- Buenaventura, siendo alternativa en caso de algún

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problema de movilidad en la vía Armenia- La Paila y especialmente en el puente sobre el río La Vieja en el sitio denominado El Alambrado. Como consecuencia de la fuerte ola invernal de finales del año 2010 y la que se ha venido presentando a todo lo largo de este año 2011, que de acuerdo a datos estadísticos de entidades como el IDEAM ha sido una de las más fuertes en los últimos años, el puente se ha visto seriamente afectado en su estructura, presentándose socavación y asentamiento de la pila ubicada en el sector del valle, lo cual produjo torsión en las dos vigas principales situación que conllevó a un desplazamiento horizontal de la superestructura del puente de aproximadamente 17 centímetros en el estribo del lado del Valle y de 5 centímetros en el estribo del lado del Quindío, situación que en este momento compromete seriamente la estabilidad del puente. Actualmente, debido a la gravedad de la situación presentada, el puente se encuentra con paso restringido de vehículos a un solo carril. De acuerdo con la situación antes descrita, se requiere adelantar de manera urgente la intervención estructural del puente con el fin de rehabilitarlo e impedir que se presente colapso de su estructura, situación que sería extremadamente grave para la movilidad y transporte de vehículos y peatones entre el Municipio de Armenia y el Norte del Valle, dada la importancia que reviste la vía para la economía de los dos Departamentos, y en general para el tránsito de vehículos y carga provenientes de diferentes sitios del país. En la vía Córdoba- Carniceros - La Quiebra como consecuencia de la fuerte ola invernal, se presentaron problemas de inestabilidad en la vía, presentándose pérdida total de la banca y por consiguiente interrupción súbita de la continuidad de la vía. Se requiere por lo tanto de un estudio especial con el fin de implementar las medidas a adoptar para recuperar la transitabilidad de la vía y estabilizar de manera adecuada los taludes que se han derrumbado como consecuencia de la saturación producida por la fuerte ola invernal. Las obras a ejecutar son de vital importancia para poder de ésta manera optimizar la inversión realizada y dar en funcionamiento en condiciones óptimas la vía que comunica los Municipios de Córdoba y Pijao, y que sirve de medio para el transporte de los diferentes productos agrícolas y pecuarios que se producen y en general para el desplazamiento de la población en general. La quebrada la Siberia en la actual temporada invernal, ha tenido una importante influencia sobre los daños ocasionados a la infraestructura pública, principalmente en lo relacionado con las vías y en especialmente la afectación sobre la cuenca de la quebrada la Siberia, pues la infraestructura sobre esta posee poca capacidad hidráulica por lo que permanente en eventos de ola invernal intensa como la actual, pone en verdaderos apuros la capacidad de respuesta de la infraestructura general existente en el Municipio. Dado lo anterior se necesita de proyecto la construcción de un paso elevado sobre la quebrada la Siberia- vía córdoba que de solución al

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paso restringido o permanente sobre la vía que comunica a rio verde con la vereda la Siberia. Con el objeto de dar solución a estas cuatro problemáticas la Gobernación del Quindío lleva a cabo la contratación de las respectivas obras civiles, y para llevar a cabo el control y la supervisión técnica es necesario contratar la Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera y ambiental de las respectivas obras. Dada la complejidad y especialidad que nos atañe ha determinado agrupar en un solo grupo de trabajo con alta especialidad en| puentes la respectiva interventoría para garantizar la correcta supervisión, coordinación y control de los diferentes aspectos que intervienen en el desarrollo de las obras, a partir de la firma y perfeccionamiento del mismo, bajo la observancia de las disposiciones legales. Es importante recalcar que Las obras incluidas dentro de este proyecto además apuntan a la meta "Actualizar el Plan Vial Departamental y su respectiva señalización y ejecutar su plan de acción" y se encuentran descritas dentro del proyecto denominado "IMPLEMENTACION DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL EN EL DEPARTAMENTO DEL QUINDIO", Política 1. POLITICA TERRITORIAL Y AMBIENTAL "QUINDIO UN TERRITORIO INTEGRADO Y COMPETITIVO", Programa 1.2 Ordenación del territorio, Subprograma 1.2.4 Infraestructura para el desarrollo vial y social, y apunta a las actividades MANTENIMIENTO RED VIAL TERCIARIA. PAVIMENTO FLEXIBLE, establecido en el plan de desarrollo QUINDIO UNIDO para la vigencia 2008-2011. 3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR Y ALCANCE DEL CO NTRATO 3.1 El objeto: INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL PARA: 1.-REHABILITACIÓN PUENTE SOBRE EL RÍO BARRAGAN, ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE QUINDIO Y VALLE. 2.-CONSTRUCCION PUENTE CARNICEROS ALTO, VÍA LA QUIEBRA MUNICIPIO DE CORDOBA K2+700. 3.-CONSTRUCCION PASO ELEVADO SOBRE LA QUEBRADA LA SIBERIA – VIA CORDOBA, MUNICIPIO DE CORDOBA. 4.-OBRAS VARIAS SECTOR QUEBRADA EL COFRE Y CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE EL COFRE, DEPARTAMENTO DEL QUINDIO. 3.2 Obligaciones de la interventoría: Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de las normas que regulan el ejercicio profesional, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes de los presentes condiciones de participación y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, el interventor contrae entre otras, las siguientes obligaciones: 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, el

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contratista debe acreditar durante toda la vigencia del contrato, el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

2. Designar y contratar el equipo de trabajo de conformidad con su oferta e idoneidad, protegidos con el sistema de salud y riesgos profesionales conforme a los condiciones de participación.

3. Exigir el cumplimiento en la obra de las normas de higiene y seguridad industrial de todo el personal que tenga acceso a la obra, en forma permanente o temporal.

4. Llevar un registro completo del equipo del Contratista, indicando modelo, marca, serie, capacidad, potencia, etc., corroborando si se encuentra operando, cuál en reparación o cuál inactivo; si, transcurridos cinco (5) días, el equipo dañado no ha sido reparado, el Interventor deberá exigir su reemplazo por uno de características similares o superiores al que se encuentra en reparación, el cual debe entrar a operar dentro de los cinco (5) días siguientes. De no darse cumplimiento a su notificación, deberá solicitar a la Gobernación del Quindío que le haga efectivo el apremio que para el efecto tenga establecida.

5. Estudiar la normatividad establecida por Colombia Humanitaria, la propuesta del contratista, con el fin de familiarizarse con las obras, forma de ejecución y demás condiciones y exigencias de la misma.

6. El interventor hará un análisis exhaustivo de los planos de construcción, condiciones de participación, formulario de cantidades de obra y presupuestos y presentará a la Gobernación del Quindío un informe sobre las deficiencias que pudiere encontrar en el desarrollo del proyecto, emitiendo recomendaciones sobre, ajuste al presupuesto de proyección de costos dentro de las dos primeras semanas de inicio de actividades. Así mismo, conceptuará sobre mayores y menores cantidades de obra y las necesarias no contempladas en las cantidades de obra inicialmente contratadas.

7. El interventor en todo momento deberá tener informado a la Gobernación del Quindío sobre los posibles sobrecostos en que se incurra durante el desarrollo del proyecto. Además, informará con un (1) mes de anticipación al cierre del proyecto el balance final de la construcción.

8. Deberá revisar detalladamente todos los planos de construcción, para garantizar que haya correspondencia entre ellos, verificar que los diseños cumplan con la normas vigentes (NSR-10, ICONTEC, INVIAS y similares), con la norma de diseño de los elementos no estructurales y con las demás normas de las autoridades correspondientes, con el fin de solucionar problemas antes de iniciar las obras.

9. El Interventor podrá efectuar las modificaciones en el diseño que estime convenientes para minimizar costos, sin embargo, éstas deberán someterse a la aprobación previa de La Gobernación del Quindío y será responsabilidad de la interventoría el oportuno suministro al contratista de los nuevos diseños, así como dar solución a los diferentes problemas que se presenten en la obra. Antes de efectuar cualquier modificación en el proyecto deberá hacerse un balance

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económico del contrato, y si las variaciones superan el valor contractual se requerirá la aprobación de las mismas por parte de la Gobernación del Quindío.

10. Mantener en el lugar de ejecución del proyecto un juego completo de planos actualizados con todas sus modificaciones y esquemas de control en documentos digitales 2D y 3D, igualmente actualizado que muestre el desarrollo de los trabajos y avances de la obra en forma comparativa con los programas propuestos por el ejecutor de construcción y que hace parte del contrato respectivo.

11. Deberá mantener al día una relación de los empleados y trabajadores asignados por el Contratista a la obra, realizando el seguimiento y control del pago de seguridad social y riesgos profesionales, el uso de equipos y sistema de seguridad industrial en obra, del personal que trabaja en la misma. Así mismo realizará control y vigilancia de los subcontratos que realice el contratista para el desarrollo de la obra. Exigirá al Contratista el empleo de personal técnico capacitado y el retiro del que a su juicio o la Gobernación del Quindío Sea inconveniente para los intereses del contratante.

12. La Interventoría también podrá solicitar la participación en la obra de especialistas técnicos cuando la complejidad de las obras lo amerite.

13. vigilar las acciones del contratista para hacer cumplir las especificaciones técnicas, las actividades administrativas, legales, financieras, ambientales y presupuestales establecidas en el contrato de obra.

14. Velar para que los terrenos donde se ejecutarán las obras cumplan con los requerimientos según los tipos de obra.

15. Como parte integrante de las especificaciones del proyecto se incluyen las de manejo ambiental. la interventoría y el contratista elaborarán un acta y registro fotográfico antes de iniciar la obra, donde se establecerá el estado actual del entorno y que servirá de base para comparar y evaluar su estado al final de los trabajos, el cual deberá presentar las condiciones ambientales.

16. Aprobar los cronogramas de actividades presentados por el constructor 17. Avalar el tipo de cimentación propuesto para las diferentes obras. 18. Verificar que el proyecto cumple con todas las normas vigentes en la materia de

licencias y permisos. 19. Requerir al contratista en caso de que incumpla alguna de sus obligaciones y

exigirle tomar las medidas correctivas cuando sea el caso. 20. Controlar y verificar la ejecución de las obras contratadas, velando por los

intereses de la entidad contratante, observando que dicha ejecución esté dentro de los parámetros de costo, tiempo y calidad pactados.

21. La Interventoría ordenará, tantas veces como sea necesario, la reconstrucción total o parcial o la reparación de obras defectuosas y verificará que unas y otras se realicen correctamente, según lo establecido en los contratos.

22. Proponer y/o avalar acciones correctivas y preventivas y verificar su efectividad en solucionar la situación definida como posible causa de afectación al normal desarrollo del contrato. Estas acciones se realizarán de acuerdo con procedimientos documentados que permitan identificar causas, plantear

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soluciones y hacerles seguimiento. De las actividades de revisión, podrán identificarse causas potenciales de problemas que exijan acciones preventivas para evitar su manifestación. Estas acciones preventivas deberán mostrar su eficiencia a través de un seguimiento adecuado que garantice la calidad de las obras.

23. Controlar las existencias y calidad de los materiales que serán suministrados por el constructor durante el periodo de ejecución de las mismas. Dichas labores, incluyen tomas de muestras, análisis de laboratorio, visita y control de los sitios donde se fabrican los diferentes materiales, muestreo aleatorio, etcétera. Para garantizar en todo caso el cumplimiento exacto de las especificaciones técnicas correspondientes a cada uno de los materiales requeridos en la obra. De igual modo llevará un estricto control sobre los procedimientos y equipos utilizados en la obra y sobre los resultados obtenidos para garantizar el cumplimiento de las especificaciones.

24. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.

25. Informar por escrito de la ocurrencia de situaciones constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, al Director del proyecto y a la asesoría jurídica de la gobernación y recomendar la actuación que debe proceder, siempre que afecten o puedan afectar la adecuada ejecución del contrato.

26. Consultar con la gobernación, a través Director de proyectos del contrato, las inquietudes de orden legal que se presenten en relación con la ejecución del contrato.

27. Celebrar semanalmente o menos si las circunstancias lo requieren, de acuerdo con su criterio, reuniones de obra. De las reuniones se dejará constancia por medio de actas (elaboradas por la interventoría) de obra las cuales serán coordinadas y presididas por la interventoría. Su objetivo será llevar a cabo el análisis conjunto de los problemas y de las soluciones propuestas, el planteamiento de iniciativas que beneficien el desarrollo y la coordinación de los trabajos. Asistirán los representantes de la Interventoría, contratistas y las personas que se requieran cuando se trate de casos especiales.

28. Presentar informe semanal donde se relacione el seguimiento y avance de las obras, el flujo de fondos actual y acumulado, las actas de obra y todos los aspectos que considere importantes sobre el desarrollo del contrato así como el registro fotográfico de la obra (mínimo tres fotografías por obra desde distintos ángulos, donde se muestre ampliamente el avance físico de las obras y desde donde permita comparar su avance semanal), haciendo énfasis en la metodología y procedimientos que garanticen la calidad de las obras y el cumplimiento de las especificaciones técnicas.

29. Elaborar, revisar y aprobar, bajo su responsabilidad, las actas de obra, verificando que la información financiera acumulada, las modificaciones a las cantidades de obra medida y aceptada para el pago, el valor de la obra ejecutada y los acumulados, y que toda la información adicional esté correcta, para lo cual

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anexará un balance general de la obra ejecutada. 30. Bajo ningún aspecto, el Interventor aceptará obras que estén por fuera del

presupuesto original y que no hayan sido previamente aprobadas por el Director de proyectos de la Gobernación y debidamente incluidas mediante actas de modificación de cantidades de obra. Cualquier actividad que se realice sin esta autorización será asumida por cuenta y riesgo del interventor, de manera que la Gobernación del Quindío no reconocerá su costo.

31. En caso de necesitarse la incorporación de nuevos ítems no contemplados en los presupuestos originales, el contratista presentará a la interventoría, un informe que incluya el análisis detallado de cada precio unitario teniendo en cuenta las condiciones de la obra. En todo caso para la ejecución de dichas obras se requiere de manera obligatoria la aprobación del Director de proyectos de la Gobernación.

32. Mantener sistemas de seguimiento e información en tiempo real sobre el estado del contrato intervenido en relación con su avance, calidad y costo.

33. El Interventor realizará un estricto control de la ejecución del presupuesto de la obra a través de formular, desarrollar, elaborar, establecer, implantar y documentar un sistema de seguimiento y control de los costos de las actividades en desarrollo del contrato. La interventoría de obra deberá realizar el control del presupuesto e inversión, proyección de costos de la obra y seguimiento a través de diagramas de Gantt, expresando porcentajes de avance en tiempo y costos.

34. Elaborar planes de contingencia para atender eventos imprevistos que puedan afectar la seguridad, calidad, costo o plazo de las obras, de manera que se eviten o mitiguen las implicaciones de tales eventos.

35. Corregir en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del proyecto, buscando en todo caso mantener el equilibrio económico entre las partes.

36. Será obligación de la Interventoría, poner en conocimiento de la Gobernación del Quindío, con la debida anticipación, la necesidad de prórroga o el vencimiento del contrato de obra. En cada uno de estos casos, será la Interventoría la responsable de solicitar oportunamente el trámite pertinente, previa justificación técnica de los hechos, quedando a juicio de la Gobernación del Quindío la determinación final.

37. En el evento en que haya lugar a una prórroga del contrato de obra, por causas imputables a la interventoría, ésta permanecerá al frente de los trabajos hasta su terminación, sin que la Gobernación del Quindío deba efectuar erogación alguna por este concepto.

38. Preparar un informe final, en el cual incluirá toda la información reportada en los informes semanales, haciendo una descripción sobre todos los trabajos ejecutados indicando su localización y planos, resumen de actas de obra semana a semana, informe financiero, pre actas, actas de comité de obra, clase de ensayos ejecutados y resumen de los resultados obtenidos, relación de los

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problemas geológicos, hidráulicos y de suelos, fuentes de materiales utilizados y toda la información técnica solicitada, al igual que la que considere conveniente deba conocer el Director de proyectos de la Gobernación.

39. Establecer un archivo sistematizado de la correspondencia de forma aceptable para la Gobernación del Quindío, de manera que toda la correspondencia se conteste lo más pronto posible y no permanezcan puntos sin solución que puedan tomar los Contratistas como base para futuras reclamaciones. El Interventor enviará las copias de la correspondencia entre él y el Contratista que la Gobernación del Quindío considere necesarias.

40. Interventoría Ambiental Comprende, en general, las siguientes actividades:

• Realizar el control ambiental de las obras, y verificar el cumplimiento de todas las normas, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en la normatividad ambiental.

• Presentar informes mensuales sobre las medidas de prevención, corrección, mitigación y compensación implantadas.

• Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental del proyecto.

• Efectuar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la ejecución de las obras se enmarque dentro de los requerimientos ambientales, y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar o recomendar los correctivos necesarios.

• Diseñar o recomendar las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar los efectos ambientales, y a su vez, verificar su ejecución por parte del contratista.

• Realizar la discriminación de los recursos invertidos en la mitigación del impacto ambiental.

41. Comité de Obra Miembros del Comité: Estará integrado por la interventoría, el contratista y el Director de proyectos de la Gobernación del Quindío. Periodicidad de las Reuniones: El Comité se reunirá con la periodicidad acordada con el Director de proyectos de la Gobernación del Quindío. Funciones del Comité: A manera descriptiva, las funciones principales de dicho comité son, sin limitarse a ellas:

• Estudiar, aprobar o rechazar los sistemas constructivos propuestos por el contratista.

• Estudiar cambios en las especificaciones técnicas, para someterlas a consideración del Director de proyectos de la Gobernación del Quindío.

• Analizar el desarrollo de los aspectos técnicos, administrativos y financieros, durante la ejecución del contrato.

• Analizar el avance de la obra y el control de la programación, determinando las proyecciones, causas, efectos y fijando metas de corto plazo para prevenir o disminuir desfases en la ejecución del programa general de obra.

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• Analizar la información correspondiente al control de calidad de materiales y de la obra ejecutada.

• Analizar el estado de ejecución del presupuesto del contrato, incluyendo el seguimiento de la inversión del anticipo.

• Tomar las decisiones necesarias para cumplir cabalmente con el contrato de obra.

• Las demás funciones propias de este tipo de comités. 42. Coordinación con las empresas de Servicios Públicos

La Interventoría colaborará en el trámite ante las empresas respectivas, para que coordinadamente se adelanten a la mayor brevedad posible el retiro de postes, instalaciones y reparaciones de redes de servicio, señalización, demarcación, etc. En general el interventor deberá gestionar en forma oportuna en coordinación con el contratista ante las respectivas entidades públicas o privadas, todos los trámites que se requieran para el normal desarrollo y ejecución de la obra.

43. Entrega de la obra • Visita Final a la Obra

A la terminación de los contratos, se efectuará una inspección final a las obras por parte del Director de proyectos de la Gobernación, el Interventor y el Contratista, que servirá para elaborar el Acta Preliminar de Observaciones, que incluirá los detalles que requieren ajustes o correcciones para la recepción definitiva de los trabajos.

• Aprobación de Planos Finales La Interventoría verificará los planos actualizados de las obras entregados por el contratista de obra, al finalizar éstas, y los entregará a la Gobernación del Quindío, como requisito para el pago de la última acta de obra. La Interventoría revisará minuciosamente los planos récord de construcción de las obras ejecutadas por el contratista. Estos planos incluirán todas las modificaciones al diseño que se hubiesen presentado en desarrollo de la construcción y cualquier información adicional que sea pertinente a juicio del Interventor y la Gobernación del Quindío. Una vez revisados por la Interventoría, los planos rubricados se entregarán a la Dirección de proyectos de la Gobernación del Quindío

• Acta de Recibo Final Se elaborará un documento donde se consigne la recepción definitiva de las obras, incluyendo manuales de operación y mantenimiento y planos récord de obra, así como el inventario final de la obra ejecutada debidamente terminada, verificando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el contratista en el Acta Preliminar de Observaciones si a ello hubiere lugar y las respectivas pre-actas soporte de la ejecución de cada una de las actividades contractuales.

• Entrega de la Obra La Interventoría supervisará y controlará que al momento de la entrega, las obras se encuentren en perfecto estado y acordes con las condiciones contractuales.

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La interventoría elaborará y suscribirá con el Supervisor y el Contratista, el Acta de recibo final de obras, la liquidación del contrato y el estado de cuenta final del mismo. Al finalizar la obra la Interventoría, el Contratista y el Director de proyectos de la Gobernación del Quindío, efectuarán la visita de inspección a la misma con el objeto de determinar su estado. Es necesario que la Interventoría prepare previamente un informe técnico fotográfico para la entrega a cada uno de los integrantes de esta comisión, donde se pueda observar el balance general de las cantidades de obra ejecutada, el costo de la misma, los ensayos de laboratorio, etc.

44. Liquidación del contrato de obra El Interventor procederá a liquidar el contrato de obra, por vencimiento del plazo contractual o en cualquiera de los eventos señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma. Realizará la liquidación financiera del contrato y elaborará cuadros resúmenes de las cuentas pagadas, los reajustes pagados, la amortización del anticipo, las obras adicionales extras pagadas. Esta información será la base para que la Gobernación del Quindío formalice la liquidación del contrato.

45. informes de interventoría • Informes de avance semanal

Como requisito para la aprobación de las actas de pago semanal de la interventoría, el interventor deberá presentar un informe semanal, en original y copia, que permita tener una visión clara y objetiva del estado de las obras en el período, y que comprenda, como mínimo, las siguientes partes:

• Área Técnica: - Descripción y cantidades de las actividades ejecutadas. - Reporte de control de calidad de las obras ejecutadas. - Registro fotográfico - Listado de planos entregados al Contratista - Gráficos de cantidades de obra Control de programación - Planos y/o esquemas de las respectivas obras en formato digital 2D – 3D - Control de equipos - Resumen de modificación de diseños, cantidades de obra, especificaciones - Resultados de ensayos y pruebas con las respectivas recomendaciones, aprobación y conclusiones. Comentarios y recomendaciones generales

• Área Administrativa: - Remisión de actas de comité - Resumen del estado de contratos y subcontratos. - Reporte sobre personal, equipos e insumos. - Registro fotográfico - Comentarios y recomendaciones. - Copia de bitácora

- Copia de correspondencia enviada y recibida

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• Área Contable y Financiera: Control de presupuesto e inversión - Proyección de obra de todo el proyecto (contractual, adicional y extra) - Reporte de multas y sanciones Comentarios y recomendaciones.

• Información de los Contratos de Obra e Interventoría: - Plazo Vigencia de las garantías - Valor del contrato - Estado del anticipo - Estado de las actas de pago parcial - Valor de las actas pagadas - Valor de las actas en trámite

46. Libro diario – Bitácora de Interventoría El día que se inicien las actividades de interventoría, se abrirá un libro en el cual quedarán escritas todas las observaciones o sugerencias que diariamente hagan la Interventoría al Contratista, tales como: registro de medidas y cantidades de obra ejecutadas, ensayos de laboratorio, controles de calidad a los materiales y ejecución de las obras, accidentes laborales, anotaciones en la bitácora de obra y en general las indicaciones e instrucciones que la Interventoría considere necesarias para el normal funcionamiento de las operaciones de la obra. Todo aquel que escriba algo en el diario de interventoría, deberá firmar y colocar la fecha. El responsable de llevar al día este diario será el residente de interventoría, quien está en la obligación de presentarlo al Director de proyectos de la Gobernación del Quindío que visiten la obra.

47. Plan de trabajo Para cada proyecto se desarrollará una detallada, correcta y pertinente organización de actividades, en relación al plazo del contrato al que se le hará la interventoría, para dar cumplimiento a las condiciones pactadas y alcanzar los objetivos planteados en el presente convenio. El plan de trabajo detallado para cada interventoría será desarrollado por el consultor con el visto bueno del Director de proyectos de la Gobernación del Quindío, el cual deberá incluir como mínimo: • Actividades – relaciones y comunicaciones • Fecha inicio y fin de la actividad • Tiempo de duración de la actividad (semanas, días) • Peso de la actividad dentro del proyecto • Porcentaje que representa en el avance del proyecto • Puntos de control y seguimiento. - Entregables, fechas, seguimiento y control de la calidad de los mismos.

48. Cargas de trabajo Para el logro satisfactorio de los objetivos, metas y alcance, como también para el desarrollo de la metodología a aplicar en la interventoría, es fundamental que el contratista cuente con una adecuada organización del equipo de trabajo propuesto, así como la relación detallada de las funciones y responsabilidades

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de cada uno de los integrantes y la disponibilidad mínima de tiempo de los mismos, para alcanzar los objetivos planteados en el presente contrato. la Gobernación del Quindío establece el organigrama que se ajusta a las variables tenidas en cuenta como soporte para el presente contrato, sin que sea óbice para que el contratista, de acuerdo a las condiciones propias de su organización proponga un organigrama diferente que igualmente permita el logro del objeto contratado, cumpliendo con las condiciones de calidad y tiempo definidas en el presente documento de Requerimientos Técnicos.

49. De acuerdo con las necesidades específicas de la interventoría de obra a ejecutar; EL Director de proyectos de la Gobernación del Quindío definirá los perfiles requeridos en términos de experiencia general y específica, y formación especializada (en caso de requerirse) para los profesionales, de acuerdo a las exigencias de la invitación, la propuesta técnica presentada por el proponente y el presente Anexo de requerimientos técnicos. El contratista presentará al Director de proyectos de la Gobernación del Quindío mínimo dos (2) hojas de vida por cada cargo del equipo de trabajo de Interventoría mínimo requerido que no se haya presentado en la propuesta técnica para el Condiciones de participación, para su selección y aprobación. En la siguiente tabla se establecen los requisitos mínimos de experiencia para el equipo de trabajo técnico de la Interventoría (no puntuable)

50. Dotación del equipo de interventoría. La interventoría deberá contar con herramientas tecnológicas adecuadas, deberá disponer de computadores, acceso a internet y software necesario para ejercer el control de la información del proyecto, deberá además dotar de los elementos de seguridad que requiera la interventoría como botas, cascos, carpas y cualquier otro elemento necesario para la inspección de los trabajos

51. Informe final El Interventor deberá presentar un informe final, en el cual deberá tener en cuenta el estado y las conclusiones finales para todas las áreas del desarrollo del contrato. El informe deberá incluir las recomendaciones especiales que el Interventor considere necesarias y convenientes para la adecuada conservación de la obra. Además de las funciones señaladas antes, la interventoría de obra deberá aplicar los lineamientos señalados en el Manual de Interventoría del Instituto Nacional de Vías – INVIAS.

PARÁGRAFO: Es obligación de la Interventoría cumplir con el Pacto de Ética, articulando su acción con los grupos de auditores visibles, atendiendo y dando respuesta a las observaciones hechas por los mismos, a fin de efectuar el respectivo seguimiento para verificar el cumplimiento del contrato o convenio. 4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA CONTRATACI ON De conformidad con la el artículo 3 del decreto 4702 del 2010 y el inciso final del artículo 1 del decreto 4830 del 2010 la ejecución de los recursos provenientes de las transferencias se someten a los requisitos y formalidades que exige la ley para la

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contratación entre particulares con lo cual se aplicaran los artículos 14 al 18 de la ley 80 de 1993, articulo 13 ley 1150 del 2007 y la sentencia C-194 de 2011 de la honorable corte constitucional. De conformidad con lo anterior y las obligaciones que se desarrollan se trata de un contrato de consultoría 5. CONDICIONES DEL CONTRATO A SUSCRIBIRSE. a. Objeto del Contrato : realizar la INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA,

FINANCIERA Y AMBIENTAL PARA: 1.-REHABILITACIÓN PUENTE SOBRE EL RÍO BARRAGAN, ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE QUINDIO Y VALLE. 2.-CONSTRUCCION PUENTE CARNICEROS ALTO, VÍA LA QUIEBRA MUNICIPIO DE CORDOBA K2+700. 3.-CONSTRUCCION PASO ELEVADO SOBRE LA QUEBRADA LA SIBERIA – VIA CORDOBA, MUNICIPIO DE CORDOBA. 4.-OBRAS VARIAS SECTOR QUEBRADA EL COFRE Y CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE EL COFRE, DEPARTAMENTO DEL QUINDIO.

b. Plazo del ejecución : Para el desarrollo de la interventoría, el plazo de ejecución es de ciento ochenta días (180), contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación del contrato previo cumplimiento de requisitos de legalización del mismo, (sólo se modificará el plazo de ejecución, si sobrevienen circunstancias que justifiquen técnicamente la ampliación), y que comprende el plazo de duración del contrato de obra y la etapa de liquidación.

c. Lugar y Ejecución del Contrato: las actividades del contrato serán ejecutadas en los municipios de Calarcá y Córdoba, Departamento del Quindío.

d. Forma de pago: Se liquidarán actas recibo parcial hasta completar el noventa y por ciento (90%) del valor de la Interventoría, de acuerdo con el avance físico de obra registrado en las actas de corte de obra e informes aprobados por la supervisión. El diez por ciento (10%) restante se pagará previo cumplimiento de los siguientes requisitos: • Recibo a satisfacción de la Obra • Aprobación de la garantía de estabilidad de la Obra • Liquidación del contrato de obra y de Interventoría. PARÁGRAFO: Los pagos señalados en la presente cláusula quedan condicionados adicionalmente a que EL CONTRATISTA acredite el cumplimiento de la obligación de que trata el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y registro de cumplimiento de sus obligaciones. Cada uno de los pagos se realizarán, una vez verificado los pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, A.R.P y de aportes parafiscales (SENA, I.C.B.F. y Caja de Compensación Familiar) de acuerdo con certificación del Representante Legal o del Revisor Fiscal según corresponda. El CONTRATISTA debe entregar para cada uno de los pagos: • Copia de pago según la normatividad vigente para salud y pensión. • Cuenta de cobro o factura. • Certificado de cumplimiento expedido por supervisor del contrato.

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e. Desembolso: para el desembolso a los contratistas de acuerdo a condiciones y formas de pago pactadas en el contrato/convenio debidamente suscrito por el departamento el gobernador en su calidad de ordenador del gasto de los recursos que se encuentran depositados en las carteras colectivas de FIDUPREVISORA SA deberá remitir a la FIDUSIARIA los documentos requeridos en el artículo 9 de la resolución No 006 del 16 de marzo de 2011 del FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES.

f. Supervisión: La supervisión control y vigilancia del contrato será ejercida por el director de proyectos de Colombia Humanitaria en el departamento el Quindío.

g. Plazo de liquidación: Cuatro meses, después de vencido el plazo de ejecución del contrato.

6. SOPORTE TÉCNICO Y ECONÓMICO DEL VALOR ESTIMADO D EL

CONTRATO. Para la ejecución de las actividades de interventoría, se tiene estimada una inversión de CUATROCIENTOS CINCO MILLONES SETENTA Y UN MIL SETEN TA Y SIETE ($405.071.077.oo) pesos M/Cte - Incluido IVA 16%. Los cuales se discriminan de acuerdo con las solicitudes aprobadas Carta Cheque de acuerdo a la siguiente relación:

No SOLICITUD APROBADA

(Carta Cheque–CC) OBJETO SOLICITUD VALOR

INTERVENTORIA

CC 2046 Rehabilitación puente sobre el río Barragán Entre los departamentos de Quindío y Valle. $96.887.850,47

CC 2047 Construcción puente carniceros alto, Vía la Quiebra-Municipio de Córdoba K2+700. $110.863.648,46

CC 2053 Construcción paso elevado sobre la quebrada la Siberia-vía Córdoba, Municipio de Córdoba.

$115.207.579,oo

CC 2058 Obras varias sector quebrada el Cofre y construcción puente el Cofre, Municipio de Calarcá.

$82.112.006,51

Los recursos provienen del FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES (COLOMBIA HUMANITARIA) 7. INDICACIÓN DE LAS COBERTURAS DE LA GARANTÍA ÚNIC A: El INTERVENTOR se obliga a otorgar a favor de la Entidad Contratante una Garantía Única que ampare los siguientes riesgos: 1)Cumplimiento General del Contrato , el pago de las multas y demás sanciones que se le impongan, por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%), del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. 2) El pago de salarios, prestaciones sociales e ind emnizaciones del personal que el contratista utilicé para la ejecución del contrato, por una cuantía equivalente al

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cinco (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más. 3) Calidad del servicio , por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%), del valor del mismo y con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. PARÁGRAFO: El Contratista se obliga a mantener vigentes los amparos exigidos en esta cláusula so pena de las sanciones legales a que hubiera lugar. 8. DESCRIPCIÓN DEL PERFIL MÍNIMO REQUERIDO 8.1 Experiencia General El proponente deberá certificar la realización de proyectos de ingeniería para la construcción de puentes en concreto en calidad de contratista, interventor, director y/o residente de obra o interventoría, en un máximo de cinco (05) contratos ejecutados y terminados en su vida profesional, y por un monto igual o superior al valor del presupuesto oficial de las presentes condiciones de participación. 8.2 Relación del equipo de trabajo El equipo de trabajo principal deberá ser presentado por el adjudicatario incluyendo la información requerida, la cual deberá ser soportada de conformidad con los criterios y condiciones establecidas en el siguiente numeral. El equipo de trabajo principal, con su perfil mínimo, es el relacionado a continuación.

CANT CARGO A DESEMPEÑAR

FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA GENERAL

MÍNIMA (TIEMPO)

EXPERIENCIA ESPECÍFICA COMO/ EN:

TIEMPO DE DEDICACIÓN

1 Director de interventoría

Profesional en: ingeniería civil o de vías y transporte

5 años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional

Experiencia Específica: Construcción o interventoría de puentes en concreto

100%

1

Asesor Especialista en Suelos y/o geotecnia

Profesional en Ingeniería civil con especialidad en suelos y/o geotecnia

3 años de su matrícula profesional

Experiencia Específica: Mínimo un año (6 meses) como residente de interventoría y/o de obra.

10%

1 Asesor Especialista en Estructura

Profesional en Ingeniería civil con especialidad en estructuras

3 años de su matrícula profesional

Experiencia Específica: Mínimo un año (6 meses) como residente de interventoría y/o de obra.

10%

4 Residente de interventoría

Profesional en: Ingeniería civil

3 años de su matrícula profesional

Experiencia Específica: Mínimo un año

100%

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(12 meses) como residente de interventoría y/o de obra.

1 Asesor en salud Ocupacional

Profesional en salud Ocupacional, Trabajo Social

Matricula Profesional

Ninguna 100%

4 Inspector de obra

Tecnólogo en construcción, o tecnólogo en obras civiles u 8 semestres cursados y aprobados de ingeniería civil.

Ninguna Ninguna 100%

El adjudicatario deberá presentar, igualmente, las cartas de compromiso, de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo. 8.3 condiciones del equipo de trabajo principal El interventor deberá presentar, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para el equipo de trabajo principal señalado en el numeral anterior. No obstante, el interventor que resulte adjudicatario deberá contar, para la ejecución del contrato, con la totalidad del equipo humano requerido para la ejecución del contrato indicado en el numeral anterior. La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas para el equipo de trabajo principal se sujetará a las siguientes reglas especiales: a) Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del equipo

de trabajo principal deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional vigente (cuando aplique, de acuerdo con la normatividad vigente) y certificaciones de los proyectos ejecutados y terminados, su respectiva acta de terminación o cualquier otro documento o medio de prueba.

b) Las certificaciones de experiencia deben estar en idioma castellano. c) La experiencia general de los profesionales será contabilizada a partir de la fecha

de expedición de la tarjeta o matrícula profesional (cuando aplique, de acuerdo con la normatividad vigente), o a partir de la fecha de obtención del título profesional. Se deberá anexar el certificado de vigencia de la matrícula profesional expedida por el Consejo Profesional correspondiente. (COPNIA), de cada uno de los profesionales propuestos para la ejecución del proyecto.

d) Cuando se presenten experiencias simultáneas, (tiempos traslapados) no se realizará doble contabilización para la experiencia específica, salvo que se refiera a experiencia en proyectos, para lo cual la certificación respectiva deberá expresar el tiempo de dedicación, en las cuales la sumatoria no debe ser superior al 100%.

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e) Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente.

Tanto el objeto, como las actividades, tiempo de inicio y finalización de los Cargos, los Proyectos y en general, la información de acreditación de las experiencias presentadas por los profesionales del equipo, podrá ser acreditada por el representante legal, o quien tenga las funciones pertinentes, de la entidad que contrató al profesional. Se exceptúan las certificaciones de los proyectos para el cargo de Director de Interventoría, en donde solamente se aceptará la acreditación por parte de la entidad contratante del proyecto. 9. PROCESO DE SELECCIÓN 9.1 FACTORES TÉCNICOS DE ESCOGENCIA 9.1.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE. 9.1.1.1 Experiencia General El proponente deberá certificar la realización de proyectos de ingeniería para la construcción de puentes en concreto en calidad de contratista, interventor, director y/o residente de obra o interventoría, en un máximo de cinco (05) contratos ejecutados y terminados en su vida profesional, y por un monto igual o superior al valor del presupuesto oficial de las presentes condiciones de participación. 9.1.1.2 Experiencia Específica La experiencia específica se deberá acreditar en calidad de contratista, interventor, director, residente de obra y/o supervisor durante su vida profesional y en un máximo cinco (5) contratos, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección, y cuyo objeto sea: Construcción y/o Mejoramiento y/o Rehabilitación y/o Reconstrucción de obras civiles, los cuales deben estar debidamente certificados por la entidad contratante y que cumplan con los siguientes requisitos: a) Que las cantidades de Concreto Reforzado e los contratos objeto de certificación

deben ser iguales o superiores a 800 mt3 y las cantidades de Acero en los contratos objetos de certificación, deben ser iguales o superiores a 85.000 Kg..

b) Que el valor facturado y actualizado de la sumatoria de los contratos, tengan un Promedio de Facturación Mensual (PFM) en SMMLV igual o mayor al 50% del valor del Presupuesto Oficial Mensualizado (POM) = en SMMLV.

c) La experiencia acreditada en consorcios o uniones temporales se tomará de acuerdo al 100% de la obra ejecutada y en valor se tomará el 100% de participación de cada uno de los consorciados.

9.1.1.3. Forma de acreditación. Para acreditar la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas señaladas en los numerales 9.1.1.1 y 9.1.1.2 el proponente deberá presentar, para

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la acreditación de la experiencia, certificaciones expedidas por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato, o cualquier otro documento que en conjunto permitan tener certeza sobre la existencia de la experiencia. No se aceptarán documentos emitidos por el mismo proponente. La documentación presentada en conjunto deberá permitir acreditar la siguiente información: a) Nombre del contratante. b) Nombre del contratista. c) Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta,

deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del interesado individual o del integrante del interesado plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal.

d) Objeto del contrato. e) Lugar de ejecución. f) Principales actividades ejecutadas. g) Fecha de inicio del contrato, del proceso o del programa. h) Fecha de terminación del proceso, del programa o de liquidación del contrato. i) Constancia de recibo del informe final o del acta de recibo final o de terminación

del contrato, con indicación de la fecha correspondiente y de la satisfacción del contratante frente al contrato ejecutado o asesoría realizada.

Cuando la forma de acreditación de la experiencia consista en certificaciones expedidas por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato, éstas deberán contar por lo menos con la información relacionada en los literales a, b, d y f anteriores. La restante información podrá ser acreditada por medio de cualquier otro documento o documentos que permitan demostrar la información exigida. Sólo serán aceptables las experiencias que sean verificables documentalmente, ya sea a través de copias de los documentos contractuales de los contratos ejecutados o terminados o el que haga sus veces, y/o actas de liquidación, y/o actas o documentos de entrega de los contratos y/o actas o documentos donde se verifique la realización del contrato. Cualquiera de los documentos anteriormente mencionados deberá venir acompañado de la certificación del contratante. 9.1.1.4. Verificación de la experiencia del proponente La valoración de tal experiencia se sujetará a las siguientes reglas especiales: a. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de

ésta cuando no cuente con más de cinco (5) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social de la persona jurídica.

b. De igual forma se aceptarán certificaciones de experiencia expedidas por la empresa titular del contrato que desarrolló directamente la interventoría para la

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entidad contratante. Sin embargo, para este caso, el interesado debe presentar la certificación de la entidad contratante.

c. En el caso de que el interesado haya realizado actividades que demuestren la experiencia solicitada para contratos ya terminados, o que su vida jurídica haya terminado, éste puede presentar las acreditaciones expedidas por cualquiera de los componentes todavía existentes de la entidad extinta.

d. En el caso de que las experiencias acreditadas correspondan a contratos en monedas diferentes al dólar americano, el interesado deberá indicar el valor del contrato y la tasa de cambio al dólar americano vigente a la fecha de terminación de la experiencia o del contrato mediante el cual realizó la consultoría. La verificación de la tasa de cambio se realizará con la reportada en la fecha por el Banco de la República.

e. La experiencia presentada deberá estar terminada en la fecha prevista para el cierre del término para presentar ofertas. Para el presente proceso de selección, se tomará como fecha de terminación del proceso o de la experiencia la de terminación del objeto contractual o la del recibo del informe final o del acta de recibo final por el contratante o su representante, o la de terminación del contrato.

f. La Gobernación del Quindío se reserva el derecho de verificar y solicitar ampliación de la información suministrada por el interesado.

9.1.2 EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO 9.1.2.1 Experiencia del Director de Obra. Deberá ser ingeniero civil, de vías o transporte con 10 años de experiencia y certificar la realización de proyectos de ingeniería para la construcción de puentes en concreto en calidad de contratista, interventor, director y/o residente de obra o interventoría, en un máximo de cinco (05) contratos ejecutados y terminados en su vida profesional, y por un monto igual o superior al valor del presupuesto oficial de las presentes condiciones de participación. Deberá anexarse carta de intención de aceptación del director de obra propuesto. El director de obra podrá ser el mismo proponente. 9.2. EVALUACIÓN DE LOS FACTORES TÉCNICOS DE ESCOGENCIA. El comité evaluará los factores técnicos exigidos de los proponentes considerados habilitados, del presente término de referencia, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos, sin que con ello se pueda completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta. Producto de la evaluación realizada por el comité, se determinará el orden de calificación de los proponentes de acuerdo con el puntaje definitivo obtenido por cada uno de ellos.

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La mejor propuesta será la que obtenga el puntaje más alto y, por tanto, será ella quien ocupe el primer lugar en el orden de calificación. Para los factores señalados en el numeral 9 se asignarán los puntajes señalados a continuación: I. Cuadro general

CRITERIO DE ASIGNACIÓN PUNTAJE Experiencia del proponente 400-600 Experiencia del equipo de trabajo 200-400 PUNTAJE MINIMO 600 PUNTAJE MAXIMO 1000

II. Experiencia del proponente

CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE MÍNIMO

Experiencia del proponente

Puntaje que se asignará a quien cumpla con la totalidad de lo establecido en el numeral 9.1.1.1.

400

CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE MÍNIMO

Experiencia del proponente

Puntaje que se asignará a quien cumpla con la totalidad de lo establecido en el numeral 9.1.1.2.

200

PUNTAJE MINIMO REQUERIDO 400

PUNTAJE MAXIMO REQUERIDO 600

III. Experiencia del equipo de trabajo

CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE MÍNIMO

Experiencia del director de obra

Puntaje que se asignará a quien cumpla con la totalidad de lo establecido en el numeral 9.1.2.1.

200

Experiencia del director de obra

Quien acredite experiencia especifica establecida en el numeral 9.1.2.1 en la construcción o interventoria adicionalmente 2, 3 o más

200

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veces para la ejecución de obras civiles en puentes

CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE MÍNIMO PUNTAJE MINIMO REQUERIDO 200 PUNTAJE MAXIMO REQUERIDO 400

CRITERIOS DE DESEMPATE. En caso de empate de dos o más ofertas se acudirá como factor de desempate al oferente que presente mayor experiencia específica. De continuar el empate se acudirá al oferente que presente un director de obra con mayor experiencia específica. De persistir el empate se acudirá al sistema de balota. Sólo ocuparán un lugar en el orden de calificación aquellas propuestas que hayan obtenido un puntaje igual o superior al mínimo exigido en cada uno de los criterios utilizados. Aquellas que hayan obtenido un puntaje menor no se tendrán en cuenta en la determinación del orden de calificación y serán rechazadas. La mejor propuesta en la calificación de los factores técnicos será la que obtenga el puntaje más alto 10. DOCUMENTOS HABILITANTES DEL PROPONENTE Los documentos integrales de la propuesta deben ser entregados por el oferente foliados, firmados y con su respectivamente tabla de contenido Condiciones Mínimas – (requisito habilitante) Los proponentes pueden presentarse en forma individual o asociados con otras firmas en consorcios o uniones temporales, quienes deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas: a. Hoja de vida función pública b. Fotocopia simple de la cédula de ciudadanía. c. Afirmación en la oferta de no estar incursos en causales de inhabilidad o

incompatibilidad que le impidan celebrar contrato con entidades Estatales. d. Ser Ingeniero Civil o Ingeniero de vías y transporte o Persona Jurídica cuyo

objeto comprenda las actividades indicadas, y en caso de que su representante Legal no posea uno de estos títulos, la propuesta deberá ser avalada por un profesional de los indicados.

e. Las uniones temporales o consorcios, podrán estar compuestos de máximo 2 firmas, y cada una de ellas deberá cumplir mínimo con el 60% de los requisitos financieros mínimos para participar.

Requisitos Jurídicos – (habilitantes).

Los proponentes deben presentar la siguiente información: a. Certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio

correspondiente, cuando sean el caso (Personas jurídicas). b. Certificado de antecedentes penales del Departamento Administrativo de

Seguridad (DAS) el cual debe estar vigente a la fecha de presentación de la

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propuesta (Este debe ser presentado por el representante legal de la persona jurídica oferente y por todos los socios que hacen parte de la misma, salvo que se trate de sociedades anónimas, además deberán allegarlo los miembros del consorcio o la unión temporal de igual manera).

c. Certificado de antecedentes fiscales expedidos por la Contraloría General de la República, el cual debe estar vigente a la fecha de presentación de la propuesta (Este debe ser presentado por el representante legal de la persona jurídica oferente y por todos los socios que hacen parte de la misma, salvo que se trate de sociedades anónimas, además deberán allegarlo los miembros del consorcio o la unión temporal de igual manera).

d. Certificado de antecedentes disciplinarios expedidos por la procuraduría general de la nación, el cual debe estar vigente a la fecha de presentación de la propuesta (Este debe ser presentado por el representante legal de la persona jurídica oferente y por todos los socios que hacen parte de la misma, salvo que se trate de sociedades anónimas, además deberán allegarlo los miembros del consorcio o la unión temporal de igual manera).

e. Fotocopia de la libreta militar f. Certificado de vigencia de la matrícula profesional expedida por el Consejo

Profesional correspondiente. (COPNIA), de cada unos de los profesionales propuestos para la ejecución del proyecto.

g. Acreditar afiliación y que se encuentra al día como aportante en el pago de aportes a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y parafiscales.

h. Carta de presentación de la propuesta: El proponente deberá diligenciar el respectivo formato, modelo de carta de presentación de la propuesta, en el cual se indica la información que cada proponente debe manifestar y cumplir en caso de ser favorecido con la adjudicación de los contratos correspondientes. Carta de presentación de la propuesta (anexo 1).

i. Certificado de clasificación y calificación en el RUP de la Cámara de Comercio. j. La inscripción del proponente, debe estar vigente y el Certificado de Inscripción,

Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio deberá haber sido expedido dentro de los noventa (90) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.

k. La inscripción, clasificación y calificación en las actividades, especialidades y grupos exigidos para el condiciones de participación, no se podrá acreditar después de la fecha de cierre, de acuerdo con el inciso final del artículo 10 del Decreto 2474 de 2008. Los proponentes deberán estar inscritos, calificados y clasificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en las siguientes actividades, especialidades y grupos:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

2. CONSULTOR 10. Otros 04 “Gestión de proyectos” – Interventoría

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NOTA: Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar el respectivo Certificado de Registro, Clasificación y Calificación en el RUP. Para efecto de la evaluación de las propuestas, los integrantes del consorcio o unión temporal deben cumplir, en conjunto, con la totalidad de los requisitos de clasificación exigidos.

a) Autorización del órgano social competente o actuación por medio de apoderado. Cuando el representante legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar que ha sido facultado por el órgano competente para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la misma en caso de adjudicación, mediante fotocopia simple y legible del acta o del extracto del acta del órgano directivo de la sociedad que autorice a su representante legal para participar en el presente proceso y suscribir el contrato, autorización que debe haberse conferido con anterioridad a la presentación de la propuesta. En el evento en que el certificado de la Cámara de Comercio remita a los estatutos de la sociedad para efectos de determinar las limitaciones al representante legal, se debe anexar fotocopia de dichos estatutos. Cuando el (los) proponente(s) nacional(es) actúe(n) a través de un representante o apoderado, deberá(n) presentar el original del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas, especialmente que se halla facultado comprometer a la firma en todo concepto, para presentar la propuesta, suscribir el contrato y adelantar los trámites requeridos para la legalización del contrato, ejecución y liquidación del mismo, según sea el caso. Conformación de consorcios o uniones temporales (anexo 2 y 3).

b) En el caso de propuestas conjuntas, es decir, presentadas por Uniones temporales o Consorcios, se deberá anexar el correspondiente documento privado de constitución conforme al formato que corresponda. Certificado de cumplimiento seguridad social y para fiscal Las personas naturales y/o jurídicas presentarán con su propuesta la certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando exista de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el representante legal, del pago de sus obligaciones en cuanto a los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. Para el efecto, deberá diligenciar el Formato del anexo No. 4 En el evento en que la sociedad tenga menos de seis (6) meses de constitución, deberá acreditar los pagos mencionados a partir de la fecha de su constitución. El adjudicatario del proceso de selección, debe tener en cuenta que para la suscripción del contrato, así como para cada uno de sus pagos, debe acreditar estar al día en sus aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social

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integral, así como los propios del SENA, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar cuando corresponda. (Artículo 23 Ley 1150 de 2007).

Requisitos Financieros- (habilitante) a. El registro Único Tributario RUT. b. Para efectos del análisis y verificación de la información financiera esta se tomará de los

datos relacionados únicamente en el RUP VIGENTE. c. Capital de trabajo: Mayor o igual al equivalente al diez por ciento (10%) del valor del

presupuesto oficial. d. Patrimonio: Mayor o igual al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.

e. K Residual Mayor o igual al cien por ciento (100%) del valor del presupuesto oficial. En caso de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, la capacidad de contratación residual (Kr) se entenderá como la suma de las capacidades individuales de cada integrante.

f. Índice de liquidez: Superior al 2% LIQUIDEZ = Activo Corriente / Pasivo Corriente >2 Para el caso de consorcios o uniones temporales, se tendrá en cuenta la sumatoria de las capacidades de los consorciados, o que por lo menos uno de los consorciados cumpla con los requerimientos. INDICE DE LIQUIDEZ MENOR A 2 - NO HABILITADO INDICE DE LIQUIDEZ IGUAL O MAYOR A 2 – HABILITADO

g. Endeudamiento: Inferior al 60 % Para el caso de consorcios o uniones temporales, se tendrá en cuenta la sumatoria de las capacidades de los consorciados, o que por lo menos uno de los consorciados cumpla con los requerimientos. INDICE DE ENDEUDAMIENTO MAYOR QUE 60% NO HABILITADO INDICE DE ENDEUDAMIENTO MENOR QUE 60% HABILITADO

Para efectos del análisis y verificación de la información financiera esta se tomará de los datos relacionados únicamente en el RUP VIGENTE. 11. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS El proponente deberá cumplir en su totalidad con las especificaciones técnicas mínimas señaladas en los condiciones de participación. Saldrán de los estudios contratados en el presente contrato. 12. INDICACIÓN DE LAS COBERTURAS DE LA GARANTÍA ÚNI CA: El INTERVENTOR se obliga a otorgar a favor de la Entidad Contratante una Garantía Única que ampare los siguientes riesgos: 1)Cumplimiento General del Contrato , el pago de las multas y demás sanciones que se le impongan, por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%), del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.

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2) El pago de salarios, prestaciones sociales e ind emnizaciones del personal que el contratista utilicé para la ejecución del contrato, por una cuantía equivalente al cinco (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más. 3) Calidad del servicio , por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%), del valor del mismo y con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. PARÁGRAFO: El Contratista se obliga a mantener vigentes los amparos exigidos en esta cláusula so pena de las sanciones legales a que hubiera lugar. 13. COMITÉ EVALUADOR DEL PROCESO El comité evaluador del presente proceso estará conformado por las siguientes personal:

• El Secretario de Infraestructura Departamental. • La Secretaria Jurídica del Departamento. • El Director de Proyectos Colombia Humanitaria. • Un asesor del área financiera. • La Abogada encargada del proceso.

FABIAN VIVI MORALES Vo.Bo. JUAN MANUEL VALENCIA ARIAS Director de Proyectos Secretario de Infraestructura Colombia Humanitaria