Ética en los negocios - Resumen Velasquez

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    tica Resumen de Velsquez: Principios de la tica en los negocios 2 Cuat. de 2009 ltillo.co

    tica Velsquez

    Principios de la tica en los negocios

    Utilitarismo: estimacin de los costos y beneficios sociales

    El utilitarismo es un trmino general para cualquier perspectiva desde la cual las acciones y polticas han de evalua

    con base en los beneficios y costos que impondrn a la sociedad. En cualquier situacin, la accin o poltica corre

    es la que produce mayor beneficio neto o el menor costo neto.

    !os beneficios de una accin pueden incluir cualquier bien deseable "placeres, salud, vidas, satisfaccion

    conocimiento, felicidad# producido por la accin, y los costos podran incluir cualquiera de sus males indeseab

    "dolor, enfermedad, muerte, insatisfaccin, ignorancia, infelicidad#. El trmino inclusivo que se usa para referirse a

    beneficios netos de cualquier ndole producidos por una accin es utilidad$ de ah el nombre de %tilitarismo pcualquier teora que recomiendo seleccionar la accin poltica que ma&imi'a los beneficios "o minimi'a los costos#.

    (uchos analistas de negocios aseguran que la me)or forma de evaluar lo apropiado ticamente en una decisin

    negocios es apoyarse en un anlisis utilitarista de costo*beneficio. El proceder socialmente responsable para

    negocio es el que produce los mayores beneficios netos para la sociedad o le impone los costos netos ms ba)os.

    Utilitarismo tradicional

    +eneralmente se considera que eremy -entham fue el fundador del utilitarismo tradicional. -entham buscaba

    base ob)etiva para hacer )uicios de valor que dieran pie a una norma comn y pblicamente aceptable para determ

    as polticas y leyes sociales. El proceder desde un punto de vista tico seria escoger la poltica que produ)era ma

    utilidad. El principio utilitarismo postula que/

    Una accin es correcto desde el punto de vista tico si y solo si el total de las utilidades que dicho acto produce

    mayor que el total de utilidades producidas por cualquier otro acto que el agente podra haber efectuado en su luga

    El principio supone que todos los beneficios y costos de una accin se pueden medir en una escala numrica com

    uego sumarse o restarse.

    %na accin es correcta si produce el m&imo de utilidad para todas las personas a las que la accin afecta "incluida

    persona que efecta la accin#. El utilitarismo postula que a fin de cuentas solo hay una accin correcta/ aquella cu

    beneficios netos son mayores en comparacin con los beneficios netos de cualquier otra alternativa posible. 0ay q

    tomar en cuenta todos los costos y beneficios tanto inmediatos como previsibles en el futuro que cada alterna

    mplique para cada individuo, a dems de cualesquiera efectos indirectos significativos que vaya a tener.

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    El utilitarismo tambin enca)a bien con los criterios intuitivos que usamos al hablar de conducta moral. !a morali

    requiere tomar en cuenta indistintamente los intereses de todo el mundo. El utilitarismo cumple con este requisito e

    medida en que toma en cuenta los efectos que las acciones tendrn sobre todos los afectados, y en la medida en q

    obliga a escoger imparcialmente la accin que tiene la utilidad neta ms grande, sin importar quien reciba e

    beneficios.

    %na venta)a del utilitarismo es que puede e&plicar por qu sostenemos que ciertos tipos de actividades son en gen

    oralmente errneas "mentir, cometer adulterio, asesinar# y mientras que otras son en general moralmente correc

    "decir la verdad, ser fiel, cumplir con lo que se promete#. 1in embargo, los utilitaristas niegan que cualquier tipoaccin siempre sea correcta o siempre sea indebida.

    !a perspectiva tambin ha tenido gran influencia en la economa. El comportamiento econmico se puede e&pl

    suponiendo que el ser humano siempre trata de ma&imi'ar la utilidad que recibe y que las utilidades de los bienes

    pueden medir con base en los precios que la gente esta dispuesta a pagar por ellos.

    El utilitarismo es tambin la base de las tcnicas del anlisis de costo*beneficio en economa. %samos este tipo

    anlisis pata determinar la conveniencia de invertir en un proyecto calculando si sus beneficios econmicos presente

    futuros son mayores que sus costos econmicos presentes y futuros. El concepto de utilidad se restringe a los cos

    y beneficios econmicos que se pueden medir en trminos monetarios.

    2abe se3alar que el utilitarismo enca)a muy bien con un valor que mucha gente aprecia/ la eficiencia. !a eficien

    puede significar muchas cosas distintas para diferentes personas, pero para muchos significa operar de forma tal q

    uno produ'ca lo mas que pueda con los recursos de que dispone. Es decir, una operacin eficiente produce

    resultado deseado con el consumo mnimo de recursos. 4al eficiencia es precisamente por la que aboga el utilitaris

    el cual dice que siempre debemos adoptar el curso de accin que produ'ca el m&imo de beneficios con el costo m

    ba)o. 1i sustituimos resultado deseado por beneficios, y aporte de recursos en lugar de costos, el utilitaris

    mplica que el proceder correcto es siempre el ms eficiente.

    Problemas de medicin

    %n grupo importante de problemas que presenta el utilitarismo se centra en las dificultades con que nos topam

    cuando tratamos de medir la utilidad. %n problema es este/ 5cmo podemos medir y comparar las utilidades q

    diferentes acciones tienen para diferentes personas como requiere le utilitarismo6 1i no podemos saber cua

    acciones producen la mayor cantidad de utilidad, no podemos aplicar el principio utilitarista.

    %n segundo problema es que algunos beneficios y costos no parecen ser susceptibles de medicin "valor de la salu

    de la vida#.

    %n tercer problema es que. 7ado que es imposible predecir de manera confiable muchos de los beneficios y costos

    una accin, tampoco es posible medirlos de forma adecuada.

    %n cuarto problema es que no esta muy claro que debe considerarse como un beneficio y que debe contarse co

    un costo. Esta falta de claridad es problemtica sobre todo en el caso de cuestiones sociales que diferentes gru

    culturales valan de forma significativamente distinta.

    Por ultimo, el supuesto utilitarista de que todos los bienes pueden medirse implica que todos los bienes se pued

    ntercambiar por un equivalente/ pata una cantidad dada de cualquier bien especfico e&iste alguna cantidad de o

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    bien que tiene el mismo valor. El utilitarismo debe suponer que todos los bienes se pueden intercambiar por alg

    cantidad de otro bien, porque postula que e&iste una escala para medir todos los bienes, y que si usamos dicha esc

    podremos descubrir que cantidad de cualquier bienes equivalente a una cantidad dada de cualquier otro bien.

    obstante, los crticos han argumentado que hay algunos bienes no econmicos "como la vida, la libertad, la igualdad

    salud, la belle'a# cuyo valor es tal que ninguna cantidad de ningn bien econmico tiene el mismo valor que el bien

    econmico.

    9uienes critican el utilitarismo aseguran que estos problemas de medicin socavan cualquier )ustificacin que la teo

    utilitarista pudiera tener como base ob)etiva para determinar cuestiones normativas.

    Replicas utilitaristas a las objeciones en cuanto a medicin

    El defensor del utilitarismo tiene a mano una seria de respuestas para refutar las ob)eciones en cuanto a medicin

    acabamos de enumerar. 1i bien el utilitarismo requiere en el caso ideal medidas e&actas y cuantificables de todos

    costos y beneficios, este requisito puede rela)arse si tales mediciones son imposibles. El utilitarismo simpleme

    nsiste en que las consecuencias de cualquier acto propuesto se planteen e&presamente con tanta claridad y e&act

    como sea humanamente posible, y que toda la informacin pertinente reaccionada con dichas consecuenciaspresente de forma tal que permita compararlas sistemticamente y sopesarlas imparcialmente.

    Es valido apoyarse en )uicios compartidos y de sentido comn de los valores comparativos que las cosas tienen p

    a mayora de la gente.

    El utilitarista puede se3alar varios criterios de sentido comn que pueden servir para determinar los valores relat

    que se deben asignar a diversas categoras de bienes. :n criterio depende de la distincin entre bienes intrnsecos

    instrumentales. !os bienes instrumentales son las cosas que solo se consideran valiosas porque conducen a o

    cosas buenas. En cambio, los bienes intrnsecos son las cosas que son deseables independientemente

    cualesquiera otros beneficios que puedan producir. !os bienes intrnsecos tienen prioridad respecto a los bienstrumentales.

    %n segundo criterio de sentido comn que podemos usar para sopesar los bienes se basa en la distincin e

    necesidades y deseos. 7ecir que alguien necesita algo implica que sin ese algo la persona sufrir algn da3o.

    necesidades bsicas de la gente consisten en todas las cosas sin las cuales sufrirn algn per)uicio fundamental.

    necesidades bsicas son las que necesita una persona para mantenerse viva. 7ecir que una persona quiere a

    mplica esa persona lo desea, es decir, que cree que coadyuvar a sus intereses de alguna manera. %na necesid

    tambin puede ser un deseo y muchos deseos no son necesidades sino simplemente porque causa placer. Es

    ltimas se llaman simples deseos. En general, satisfacer las necesidades bsicas de una persona es ms valioso q

    satisfacer sus simples deseos.

    1in embargo, estos mtodos de sentido comn para sopesar los bienes solo sirven como apoyo en situaciones en

    que fallan los mtodos cuantitativos. El utilitarista convencido asegura que, en la prctica, las consecuencias

    muchas decisiones se pueden cuantificar aunque sea de forma apro&imada.

    El utilitarista podra argumentar que el mtodo ms fle&ible para obtener una medida cuantitativa comn de

    beneficios y los costos asociados a una decisin es e&presar los trminos de sus equivalentes monetar

    -sicamente, esto implica que el valor que una cosa tiene para una persona se puede medir por le precio qu

    persona esta dispuesta a pagar por ella. !os precios del mercado pueden servir como medida cuantitativa comn

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    os diversos beneficios y costos asociados a una decisin.

    El uso de valores monetarios tambin tiene la venta)a de que nos permite tomar en cuenta los efectos del paso

    tiempo y el impacto de la incertidumbre.

    %na ob)ecin estndar contra el ose de valores monetarios para medir todos los costos y beneficios es que algu

    bienes, especialmente la salud y la vida, no pueden tener un precio. 8o obstante, el utilitarista podra alegar que no s

    es posible asignas un precio a la salud y la vida, sino que lo hacemos todo el tiempo.

    Problemas de derechos y justicia

    El principal problema de utilitarismo, segn algunos crticos es que no puede mane)ar dos clases de cuestio

    morales/ las relacionadas con los derechos y las relacionadas con la )usticia. Es decir, el principio utilitarista implica

    ciertas acciones son moralmente correctas cuando en realidad son in)ustas o violan los derechos de las personas.

    !os crticos aseguran tambin que el utilitarismo puede equivocarse cuando se aplica a situaciones en las

    nterviene la )usticia social. El utilitarismo solo se fi)a en que tanta utilidad se produce en una sociedad y no tomo

    cuenta la forma en que dicha utilidad se distribuye entre los miembros de la sociedad.

    !as consideraciones de )usticia "que e&aminan la forma en que los beneficios y las cargas se distribuyen entre

    personas# y los derechos "que e&aminan lo que la gente merece en cuanto a libertad de eleccin y bienestar# al pare

    se hacen a un lado en un anlisis que solo e&amina los costos y los benficos de las decisiones.

    Rplicas utilitaristas a las objeciones en materia de derechos y justicia

    !os utilitaristas han propuesto una importante versin alternativa del utilitarismo llamada utilitarismo por reglas.estrategia bsica del utilitarismo por reglas es limitar el anlisis utilitarista a las evaluaciones de reglas morales. 1eg

    el utilitarista por reglas, al tratar de determinar si una accin dada es tica o no, nunca debemos preguntarnos se

    accin especifica va a producir o no el m&imo de utilidad. En ve' de ellos debemos preguntarnos si esa accin

    obligatoria segn las reglas morales correctas que todo el mundo debe obedecer. 1i la accin es obligatoria seg

    esas reglas, debemos efectuarla. !as regla moral correcta es la que produce la mayor cantidad de utilidad a todos

    que resultan afectados.

    Entonces la teora utilitarista tiene dos principios/

    ;* una accin es correcta desde un punto de vista tico si y solo si las reglas morales que son correctas requie

    esa accin.

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    =rgumentan que las reglas que permiten e&cepciones "benficas# producen mas utilidad que las que no lo permiten.

    embargo, una ve' que una regla permite tales e&cepciones permite las mismas in)usticias y violaciones de los derec

    que permite el utilitarismo tradicional.

    7erechos

    !l concepto de derechos

    En general un derecho es algo que un individuo merece. %na persona tiene un derecho cuando esta facultada p

    actuar de cierta manera o cuando otros estn obligados a actuar de cierta manera para con ella. El derecho pue

    derivarse de un sistema legal que permite o faculta a la persona para actuar de cierta forma o que e&ige a otro

    actuar de ciertas maneras hacia esa persona/ en tal caso, el merecimiento se denomina derecho legal.

    !os derechos tambin se pueden derivar de un sistema de normas morales independientes de algn sistema le

    determinado. Esos derechos que se denominan derechos morales o derechos humanos, se basan en norma

    principios morales que especifican que todos los seres humanos estn autori'ados o facultados para hacer algo o q

    algo debe hacerse a favor de ellos. !os derechos morales, a diferencia de los legales, se consideran universales

    cuanto a que son derechos que poseen todos los seres humanos de cualquier nacionalidad en igual med

    simplemente por el hecho de que son seres humanos. = diferencia de los derechos legales, los derechos morales

    estn limitados a una )urisdiccin especfica.

    !os derechos son poderosos recursos cuyo propsito principal es el de facultar al individuo para que esc

    ibremente si se dedicar o no a ciertos intereses o actividades, adems de proteger esas decisiones. En nues

    discurso ordinario usamos el trmino derecho para abarcar diversas situaciones en las que se faculta a los individ

    de formas muy variadas para tomar tales decisiones. En primer lugar, a veces empleamos el trmino para indica

    simple ausencia de prohibiciones en contra de dedicarme a algn inters o actividad.

    1egundo, a veces usamos el trmino derecho para indicar que una persona esta autori'ada o facultad para hacer a

    sea para asegurar los intereses de otros o para asegurar los propios. 4ercero, a veces se usa para indicar la e&iste

    de prohibiciones o e&igencias a otros que permiten al individuo dedicarse a ciertos intereses o actividades.

    !os derechos morales mas importantes son los que imponen prohibiciones u obligaciones a otros y al hac

    posibilitan a que los individuos esco)an libremente si se dedicaran o no a ciertos intereses o actividades es

    derechos morales identifican las actividades o intereses a los cuales el individuo esta facultado para dedicarse, o a

    que debe tener libertad pata dedicarse, o a los que se les debe ayudar para que pueda dedicarse, segn el esco)a

    protegen la dedicacin del individuo a esos intereses y actividades dentro de los limites especificados por

    derechos. Estos tipos de derechos morales tienen tres caractersticas importantes que definan dichas funcio

    facultadotas y protectoras.

    En primer lugar, los derechos estn directamente correlacionados con las obligaciones. !a ra'n es que un derec

    moral de una persona por lo regular se puede definir en trminos de las obligaciones morales que otras person

    tienen hacia esa persona. 4ener un derecho moral implica otros tienen ciertas obligaciones hacia el poseedor de

    derecho. !as obligaciones suelen ser la otra cara de los derechos morales/ si yo tengo un derecho moral de ha

    algo, otras personas tiene la obligacin moral de no interferir en mi reali'acin de ese algo$ y si yo tengo el dere

    moral de que alguien haga algo por mi, entonces esa otra persona tiene la obligacin moral de hacerlo. 7e este mo

    os derechos morales imponen a otros obligaciones correlativas, sean de no interferencia o de desempe3o positivo

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    En algunos casos, las obligaciones correlativas que un derecho impone podran recaer no en un individuo especi

    sino en todos los miembros de un grupo.

    En segundo lugar, los derechos morales confieren a los individuos autonoma e igualdad en la libre dedicacin a

    ntereses. Es decir, un derecho identifica actividades o intereses a los que la gente debe estar en libertad o dedicars

    no dedicarse, segn esco)an, sin estar subordinados a los interese de otros, e&cepto por ra'ones especiale

    e&cepcionalmente poderosas. >econocer un derecho moral de una persona es reconocer que e&iste un rea en la

    esa persona no esta su)eta a mis deseos y en la que los intereses de la persona no estn subordinados a los m

    E&iste un rea en la que somos iguales autnomos.

    En tercer lugar, los derechos morales proporcionan una base para )ustificar las acciones propias y para invoca

    proteccin ola ayuda de otros. 1i yo tengo el derecho moral de hacer algo, entonces tengo la )ustificacin moral p

    hacerlo. =dems si tengo tal derecho, los dems no tienen )ustificacin para meterse conmigo. =l contrario, se )ust

    que otras personas detengan a cualquier persona que trate de impedir el e)ercicio de mi derecho, o bien otros po

    tener la obligacin de ayudarme a e)ercitar mi derecho.

    ?frece bases para hacer )uicios morales que difieren sustancialmente de las normas utilitarias. En primer lugar,

    derechos morales e&presan las e&igencias de la moralidad desde el punto de vista del individuo. !as normas mora

    que se ocupan de derechos indican lo que el individuo debe recibir de otros, y promueven el bienestar del individuprotegen sus decisiones en contra de la interferencia de la sociedad. En segundo lugar, los derechos limitan la vali

    de los llamados a los beneficios sociales y a las cifras. Es decir, si una persona tiene derecho a hacer algo,

    ncorrecto que alguien interfiera, aunque un gran nmero de personas vaya a ganas ms utilidad por tal interferencia

    =unque en general los derechos supeditan a las normas utilitarias, no son inmunes a todas las consideracio

    utilitarias. 1i los beneficios o perdidas utilitarias que se imponen a la sociedad son lo bastante grandes, pod

    derrumbar las paredes, protectoras que el derecho erige alrededor de la libertad que tiene una persona para dedica

    a sus intereses.

    "erechos positi#os y ne$ati#os

    %n grupo de derechos llamados derechos negativos se distinguen por el hecho de que sus miembros se pueden de

    como las obligaciones que los dems tienen de no intervenir ciertas actividades de la persona que posee un dere

    dado.

    Por otra parte, los derechos positivos hacen algo ms que imponer obligaciones negativas/ tambin implican que a

    otro agente tiene la obligacin positiva de proporcionar al derechohabiente todo lo que necesita para dedica

    ibremente a sus intereses.

    "erechos y obli$aciones contractuales

    !os derechos y obligaciones contractuales "tambin llamados derechos y deberes especiales u obligacio

    especiales# son los derechos limitados y obligaciones correlativas que surgen cundo una persona celebra un acue

    con otra.

    !os derechos y obligaciones contractuales se distinguen, primero, por el hecho que estn ligadas a individ

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    especficos. 1egundo, los derechos contractuales surgen de una transaccin especfica entre individuos particulares

    4ercero, los derechos y obligaciones contractuales dependen de un sistema pblicamente aceptado de reglas

    definen las transacciones que dan pie a esos derechos y obligaciones.

    1in la institucin de los contratos y los derechos y obligaciones que pueden crear las sociedades comerci

    modernas no podran operar. !a institucin de los contratos es una forma de asegurar que los individuos cumplan c

    su palabra, y esta a su ve' hace posible que funcione una sociedad comercial.

    !os derechos y obligaciones contractuales tambin son la base de los deberes u obligaciones que la gente adqu

    cuando acepta un puesto o una dentro de una institucin social u organi'acin legtima.

    El sistema de reglas en que se basan los derechos y deberes contractuales se ha interpretado tradicionalmente co

    consistente en varias restricciones morales/

    ;* ambas partes de n contrato deben tener pleno conocimiento de la naturale'a del convenio que es

    celebrando.

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    Una accin es moralmente correcta para una persona en una situacin dada su, y solo si, la razn que tiene

    persona para efectuar la accin es una razn que ella querra que cualquier otra persona tuviera para actuar,

    cualquier situacin similar.

    !as ra'ones que tiene una persona para actuar deben ser reversibles/ debemos estar dispuestos a que todos

    dems usen esas ra'ones, incluso en contra nuestra. 4ambin deben ser universales/ debe ser posible, al menos

    principio, que todo el mundo actu impulsado por esas ra'ones.

    El imperativo categrico de Bant se concentra en las motivaciones internas de una persona. !o moralmente correc

    o moralmente incorrecto, segn la teora cantina, se distingue por las ra'ones que la persona tiene para hacer lo q

    pretende hacer. Bant argumenta que, si una persona reali'a una accin simplemente porque dicha accin le prod

    placer, esa accin no tiene valor moral. !as acciones de una persona solo tienen valor moral si tambin es

    motivadas por sentido del deber es decir, la creencia de que es la forma correcta de comportarse para todo

    mundo. =s el estar motivado por un sentido del deber significa estar motivado por ra'ones que uno quisiera q

    mpulsaran los actos de todos los dems.

    &e$unda formulacin del imperati#o cate$rico de %ant

    Bant proponer/ acta de tal manera que nunca trates a la humanidad, sea en tu propia persona o en la de cualq

    otro, simplemente como un medio, sino siempre al mismo tiempo como un fin. ? bien, nunca trates a la ge

    nicamente como medios, sino siempre tambin como fines.

    2uando se habla de tratar a humanidad como un fin se refieren a dos cosas/

    ;* respetar la libertad de cada persona tratndola nicamente como ha consentido previamente en ser tratada.

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    contrato que de otro modo no decidira libremente celebrar, no estoy respetando la libertad de eleccin de

    persona, y solo la estoy usando para promover mis propios intereses, C al abstenerme de prestar a otra persona

    ayuda que necesita y que fcilmente podran proporcionarle, estoy limitando lo que esa persona esta en libertad

    escoger.

    =mbas formulaciones se reducen a lo mismo/ las personas deben tratarse unas a otras como libres e iguale

    dedicarse a sus intereses.

    "erechos 'antianos

    El imperativo categrico no puede decirnos por si solo que derechos morales especficos tiene las personas. P

    determinar que derechos especficos poseen los seres humanos, primero necesitamos saber que intereses tienen

    seres humanos, y si hay ra'ones de peso para conferir a la libre dedicacin a un inters, y no a otro, la condic

    protegida de derecho.

    Problemas con la teor(a de %ant

    !a teora de Bant, sus crticos han alegado tiene insuficiencias y limitaciones. %n primer problema que los crticos

    se3alado tradicionalmente es que la teora de Bant no es lo bastante precisa como pata ser til en todos los cas

    %na dificultad radica en tratar de determinar si uno estara o no "como requiere la primera formulacin# dispuesto a

    todo el mundo siga una poltica dad, =unque la idea general de este requisito suele ser evidente, a veces ca

    problemas. 4ambin es difcil a veces determinar si "como dice la segunda formulacin# una persona esta o no usa

    a otra simplemente como un medio. !os crticos dicen que la teora de Bant es demasiado vaga, y hay casos en

    os requisitos de las teoras no estn claros.

    En segundo lugar, se asegura que aunque pudiramos estar todos de acuerdo en qu tipos de intereses tiene

    categora de derechos morales, e&iste un desacuerdo sustancial en cuanto a los lmites de cada uno de esos derec

    se debe equilibrar frente a otros derechos en conflicto. C la teora de Bant no ayuda a resolver tales desacuerdos

    mperativo categrico no nos dice como deben a)ustarse mutuamente los derechos cuando son opuestos, 5

    derecho debe limitarse a favor del otro6

    Esta segunda crtica se refuta diciendo que el imperativo categrico de Bant no pretende decirnos como de

    imitarse y a)ustarse mutuamente los derechos que estn en conflicto. Para decidir si un derecho debe restringirs

    favor de un segundo derecho es preciso e&aminar la importancia relativa de los intereses que cada derecho prote

    !o nico que el imperativo categrico de Bant pretende decirnos es que todo el mundo debe tener los mism

    derechos morales y que toda persona debe mostrar tanto respeto por los intereses protegidos de otros como e

    quiere que otros muestren por los suyos$ no nos dice qu intereses tienen las personas, ni qu importancia rela

    tiene esos intereses.

    %n tercer tipo de crticas que se han hecho a la teora de Bant es que e&isten contrae)emplos que muestran qu

    veces la teora se equivoca. 2asi todos los contrae)emplos de la teora de Bant se centran en los criterios

    universalidad y reversibilidad.

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    )a objecin libertaria: *ozic'

    Darios filsofos libertarios han propuesto importantes perspectivas de los derechos.

    !os filsofos libertarios van mas all del supuesto general de no sufrir restricciones por parte de otras perso

    normalmente es bueno, y aseguran que tal libertad es necesariamente buena y que todas las restricciones humanas

    mayores. El filosofo estadounidense >obert 8o'ic asegura que el nico derecho bsico que todo individuo posee

    el derecho negativo a no sufrir la coaccin de otros seres humanos. !a nica circunstancia en que se puede e)e

    coaccin sobre una persona es cuando es necesaria para evitar que ella coaccione a otras.

    1egn 8o'ic, prohibir a las personas que coaccionen a otras constituye una restriccin moral legtima que se ap

    en el principio antino subyacente de que los individuos son fines y no meramente medios$ no se pueden sacrifica

    usar para lograr otros fines sin su consentimiento. Entonces, lo que aparentemente esta diciendo 8o'ic es qu

    teora de Bant apoya su propia perspectiva de la liberta.

    =s pues, la perspectiva libertaria de que las restricciones por coaccin sobre la libertad son inmorales.

    8o ahondan lo suficiente en el hecho de que la libertad de una persona necesariamente impone restricciones a ot

    personas. 4ales restricciones son inevitables, ya que cuando a una persona se le otorga libertad, se debe restring

    otras personas para que no interfieran con la primera. Por consiguiente, dado que otorga una libertad a una perso

    necesariamente impone restricciones a otras, se sigue que si las restricciones requieren )ustificacin, entonce

    ibertad siempre requerir tambin )ustificacin.

    8o podemos argumentar a favor de cierto tipo de libertad con solo decir que las restricciones siempre son mala

    siempre deben ser sustituidas por libertad. (s bien, un argumento a favor de una libertad especfica debe demos

    que los intereses que se pueden satisfacer con ese tipo de libertad son de alguna manera me)ores o ms dignos

    satisfacerse que los intereses que podran satisfacer otros tipos de libertad opuestos. 8i 8o'ic ni otros liberta

    ofrecen tales argumentos.

    +,- justicia y equidad

    !a )usticia y la equidad son bsicamente comparativas se ocupan del tratamiento comparativo que reciben

    miembros de un grupo cuando se reparten los beneficios y las cargas, cuando se administraban leyes y reglas, cua

    os miembros de un grupo cooperan o compiten entre si, y cuando la gente es castigada por faltas que han s

    victimas.

    +eneralmente se acepta que las normas de )usticia son ms importantes que las consideraciones de utilidad. 1i

    sociedad es in)usticia hacia algunos de sus miembros, normalmente reprobamos a esa sociedad, aunque las in)ustic

    ogren ms beneficios utilitarios para todo el mundo. !os mayores beneficios para algunos no pueden )ustif

    n)usticias hacia otros.

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    !as normas de )usticia no supeditan en general los derechos morales de los individuos. En parte, la ra'n es que, ha

    cierto punto, la )usticia se basa en los derechos morales individuales.

    !os derechos morales de algunos individuos no pueden sacrificarse simplemente para lograr una distribucin un p

    me)or de los beneficios que otros reciben. 1in embargo, la rectificacin de in)usticias e&tremas podra )ustif

    restringir los derechos de algunos individuos.

    !as cuestiones en las que intervienen los conceptos de )usticia y equidad suelen dividirse en tres categoras. !a )ust

    distributiva, que es la primera categora y la ms bsica, se ocupa de la distribucin equitativa de los beneficio

    cargas de la sociedad.

    !a segunda categora, )usticia retributiva, se refiere a la )usta imposicin de castigos y mulas a quienes cometen fal

    un castigo )usto es aquel que en cierto sentido merece la persona que comete la falta.

    !a tercera categora, )usticia compensatoria, se ocupa de la forma )usta de compensar a las personas por lo q

    perdieron cuando otros los per)udicaron/ una compensacin )usta es aquella que en algn sentido es proporcional

    prdida sufrida por la persona que esta siendo compensada.