EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES - Carreras

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CAPÍTULO I

SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

1º. BASES DE LA EVALUACIÓN Está basada en el principio curricular de la integración de saberes, competencias, capacidades, habilidades, actitudes y valores que respondan a un núcleo de formación, en coherencia con el Perfil Profesional deseado. La evaluación incluye los siguientes aspectos:

a) Objetivos cognitivos específicos de cada asignatura, correspondiente a cada carrera. Se basa en capacidad de resolución de problemas, a través de la cual se aplican y transfieren los conocimientos, y sobre todo en la capacidad de emprendibilidad y creatividad.

b) Objetivos socio-afectivos, manifiestos en las actitudes y valores que se desean formar en los estudiantes, proyectados como ciudadanos de un mundo pluricultural y multicultural. Centrado por sobre todo en la capacidad del trabajo en equipo, en la capacidad de trabajo en el disenso y situaciones que favorezcan el afianzamiento de capacidades de equilibrio personal y de relación interpersonal.

2º. Las evaluaciones cumplirán funciones: diagnósticas, formativas y

sumativas.

a) Función diagnóstica: verifica conocimientos, habilidades, destrezas, hábitos, actitudes de los estudiantes; al inicio del desarrollo del programa de la asignatura o de una unidad didáctica. Identifica las causas de las dificultades de aprendizajes de los estudiantes. No se traduce en nota (calificación).

b) Función formativa: comprueba sistemáticamente los resultados logrados, durante la conducción del proceso enseñanza –

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aprendizaje. Determina las dificultades que se manifestaren en el proceso del aprendizaje. Orienta el desarrollo de actitudes y valores positivos. Provee informaciones válidas para realizar la retroalimentación y posterior re planificación, programas de recuperación del aprendizaje. No tiene una estimación cuantitativa.

c) Función sumativa: La evaluación sumativa, es el resultado de las pruebas escritas, orales y/o prácticas, planificadas y elaboradas en función a los objetivos preestablecidos en cada asignatura por el docente. En caso de que fuese una evaluación oral, deberá estar autorizada por la Unidad Académica, con la previa presentación de los indicadores cuantitativos y cualitativos. Podrán ser individuales y/o grupales. En caso de que tenga que ser grupales, deberá estar autorizada por la Unidad Académica, teniendo en cuenta los criterios establecidos.

3º. DE LOS TIPOS DE EVALUACIONES.

Llámese calificación final de una asignatura, a la NOTA (de 1 al 5) definitiva que recibe el estudiante al finalizar el estudio de cada asignatura; y cuya constancia en el Certificado de Estudios correspondiente figurará por cada asignatura.

Para el cálculo de la calificación final, se da la misma importancia de la evaluación de proceso, como de producto. Se distribuyen de la siguiente manera:

- Evaluaciones parciales o Exámenes Parciales, con un equivalente del 30% de la calificación final.

- Trabajos de investigación, con un equivalente del 20% de la calificación final.

- Exámenes Finales, con un equivalente del 50% de la calificación final.

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Calificación Final 100% (Ver en Anexo, formato de planillas y distribución de porcentajes) En caso que el estudiante reprobase con la nota 1 (uno), en las distintas instancias del examen final, figurará la nota 1 (uno) como calificación final y constará en el Certificado de Estudios. Para cada una de las evaluaciones, el/la estudiante podrá acceder toda vez que este al día con sus obligaciones académicas (haber presentado los documentos requeridos, haber aprobado las asignaturas establecidas como pre – requisito) y con sus obligaciones económicas. 4º. INSTANCIAS DE EVALUACIONES PARCIALES Y DE PROCESO.

a) Exámenes parciales: Se entiende por examen parcial, a las pruebas sumativas (escrita, oral con indicadores precisos, práctica), u otro instrumento, que evalúa el grado de rendimiento de los estudiantes, considerando una parte de los contenidos programáticos correspondientes a cada asignatura. Se podrá administrar una prueba, parcial sumativa en cada semestre. Según criterio del profesor/a, y en consulta con el departamento académico, se podrá administrar una segunda prueba parcial sumativa, u otros instrumentos evaluativos. Podrán presentarse los alumnos matriculados y quienes estuvieren al día con sus obligaciones económicas. Es requisito imprescindible aprobarla, para tener derecho a presentarse al Examen Final. El equivalente será del 30% de la Calificación Final. * Pueden ser: Parciales Ordinarias: las aplicadas de acuerdo a las fechas

establecidas por la Unidad Académica de la Facultad, durante el desarrollo del semestre.

Completación de Parcial 1 y 2: Se denomina a la prueba o examen equivalente al examen parcial ordinario. Tendrá derecho a presentarse el estudiante que haya estado ausentes (debidamente justificados y evidenciados) o haya reprobado el examen parcial ordinario. Esta evaluación se desarrollará en las convocatorias de los exámenes finales, y con el contenido programático completo.

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* El/la estudiante quien haya reprobado o estado ausente en una misma asignatura, en más de cuatro instancias de exámenes parciales, en un mismo ciclo académico o semestre deberá recursar la asignatura.

b) Los Trabajos de Investigación: son evaluaciones de Trabajos de

Investigación o de Campo, realizados por los estudiantes, de acuerdo a las indicaciones y exigencias de cada cátedra, en consonancia a las exigencias de las normativas institucionales y normativas de los Trabajos Académicos. Es requisito imprescindible aprobarla, para tener derecho a presentarse al Examen Final. El equivalente será del 20% de la Calificación Final. Los trabajos de Investigación (monografías, reseñas, artículos,

elaboración de proyectos, trabajos de campo, laboratorio, otros) deberán fundamentarse en planeamientos que exijan el análisis y la investigación. La valoración de los mismos, se ajustará a criterios evaluativos claramente establecidos e informados con antelación y por escrito a los estudiantes, con la previa aprobación de la Unidad Académica.

Las fechas de entrega de los Trabajos de Investigación y las planillas de calificaciones estarán establecidas por la Secretaria Académica, de acuerdo a sus exigencias.

Si el estudiante reprobase el trabajo de investigación, perderá el derecho a dar el examen final y deberá recursar la materia.

5º. INSTANCIA DE EVALUACIÓN PARA LA PROMOCIÓN.

a) El Examen Final, es el último procedimiento evaluativo de una asignatura, que evalúa el rendimiento académico de los estudiantes de la totalidad del programa y que da la promoción del estudiante. El examen final, necesariamente deberá ser individual y por escrito.

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Excepcionalmente, y por expresa autorización del departamento académico, podrá ser oral, con indicadores bien definidos. Tendrá derecho a presentarse el/la estudiante matriculado/a, quien haya aprobado todos los requisitos de la cátedra (escolaridad exigida, rasgos actitudinales logrados según el perfil deseado, haber aprobado las evaluaciones parciales, haber aprobado las evaluaciones de los Trabajos de investigación); quien haya entregado todos los documentos requeridos; y quien haya cumplido con todos requisitos administrativos. Tiene el equivalente del 50 % de la Calificación Final.

b) Podrán darse las siguientes instancias:

1. Ordinarios - Primera convocatoria:

Permite la promoción del estudiante al término del curso académico lectivo. Tendrá derecho a presentarse el/la estudiante, quien haya cumplido con lo mencionado en el Art. 5º, inc. a. 2. Complementarios – Segunda convocatoria:

Es la segunda oportunidad de promoción al semestre inmediato superior del estudiante.

Tendrá derecho a esta oportunidad el/la estudiante que haya cumplido con lo mencionado en el Art. 5º, inc. a. y, Haya estado ausente o reprobado en el examen ordinario

primera convocatoria y presentado el justificativo correspondiente.

3. Extraordinario:

Tendrá derecho a esta oportunidad el/la estudiante que haya cumplido con lo mencionado en el Art. 5º, inc. a. y, Haya reprobado las instancias anteriores. Haya estado ausente en las instancias anteriores y

presentado el justificativo correspondiente.

4. Mesa Especial: Tendrá derecho a esta oportunidad, por única vez, el/la estudiante

que haya cumplido con lo mencionado en el Art. 5º, inc. a. y que,

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Haya aprobado el 80% de las asignaturas desarrolladas en el

semestre.

La mesa especial deberá ser solicitada por el/la estudiante, por escrito y autorizado por Resolución de la Rectoría.

El/la estudiante quien haya reprobado o estado ausente en una misma asignatura, en más de tres instancias de exámenes Finales, en un mismo ciclo académico o semestre deberá recursar la asignatura.

En caso de que el estudiante obtuviese la calificación 1 (uno) en cualquiera de estas instancias, se consignará 1 (uno) como Calificación Final, sin realizar los cálculos de sumatoria de ponderaciones correspondientes y deberá constar en el Certificado de Estudios. 6º- CRITERIOS GENERALES PARA LAS CALIFICACIONES En la evaluación del aprendizaje de las diversas asignaturas, se empleará una calificación numérica del 1 (uno) al 5 (cinco). Para la calificación 2 (dos) absoluto, se adoptará como criterio mínimo de rendimiento el 70%, sobre la base del total de puntos, asignado a cada tipo de evaluación (prueba, trabajos o exámenes). La calificación 2 (dos) absoluto implica, aprobar el examen y los trabajos asignados por el profesor. A partir de la nota 2 (dos) absoluto, la fracción que resultare se redondeará por exceso desde 0,5: 7º- EN CUANTO A LA ASISTENCIA EXIGIDA:

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a. Tendrán derecho al examen final ordinario, todos los estudiantes que hayan cumplido con la asistencia mínima exigida, que será del 70% en cada asignatura.

i) Los estudiantes que hayan completado el 50% de asistencia, podrán presentarse al examen final complementario – 2ª convocatoria.

ii) Los estudiantes que tuvieran menos que el 50% de asistencia, deberán recursar la asignatura.

b. Los casos especiales: Maternidad, enfermedad, duelo, usufructo de becas; debidamente justificados y comprobados por el profesor de la asignatura o por el departamento académico, serán analizados y resueltos en la misma, siempre y cuando cumpla con el 50% de asistencia exigida en cada cátedra. Los casos laborales y los no previstos por este Reglamento, serán analizados y resueltos por las autoridades competentes de la Universidad Iberoamericana.

c. El estudiante ausente en el día de la administración de las pruebas: orales, escritas y prácticas, y el que no entregare los trabajos asignados para fines sumativos, quedará sin puntaje en ellos, debiendo incluirse la misma, en el cálculo de sus calificaciones.

d. La ausencia al examen final, deberá registrarse en el Acta de Examen, con la palabra “ausente”.

8º- EN CUANTO A LA INSCRIPCIÓN PARA LOS EXÁMENES: Podrá acceder toda vez que este al día con sus obligaciones académicas y administrativas.

a) Los estudiantes que tuvieran derecho a dar los exámenes finales ordinario, y exámenes complementarios, deberán presentar la solicitud correspondiente, en las oficinas administrativas de la Universidad, por lo menos con cuarenta y ocho horas (48 hs.) antes de la fecha del examen.

b) Los estudiantes que tuvieran derecho a dar los exámenes finales extraordinarios, deberán presentar la respectiva solicitud en las

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oficinas administrativas de la Universidad, por lo menos con setenta y dos horas (72 hs.) antes de la fecha del examen.

c) En ningún caso, los estudiantes podrán inscribirse para el examen final de una asignatura, sin tener aprobadas todas las asignaturas que están establecidas como prerrequisitos, o las que figuren como correlativas.

9º- EN CUANTO AL ARRASTRE DE MATERIAS O ASIGNATURAS: Se entiende por Arrastre de materias o asignaturas, a la acción de matricularse un alumno en un semestre determinado, sin haber aprobado las materias o asignaturas de los semestres precedentes. El arrastre de materias se da, siempre y cuando no sea prerrequisito de otra materia del curso o semestre superior.

a) El alumno podrá arrastrar una o más materias, solo durante un ciclo académico o semestre. Pasado este tiempo, deberá cursar en la primera oportunidad en que se desarrolle la asignatura arrastrada, y una vez aprobada, proseguir con el curso superior.

b) Se exceptúan aquellas materias o asignaturas de planes de estudios específicos aprobados institucionalmente.

10º- CONSIDERACIONES GENERALES

a) El examen final, necesariamente deberá ser individual y por escrito. Excepcionalmente, y por expresa autorización del Departamento Académico, podrá ser oral, con indicadores bien definidos, dependiendo de la naturaleza específica de la asignatura, de los objetivos a evaluarse, y de la metodología utilizada, durante el proceso enseñanza – aprendizaje.

b) Las evaluaciones (pruebas) parciales, ordinarias y de recuperación; serán elaboradas, administradas y corregidas por el profesor de la asignatura. Una vez corregidas, se entregarán a los estudiantes,

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para su verificación, rectificación y recuperación del aprendizaje, si fuesen necesarias. Pasado este proceso se podrán consignar en las planillas correspondientes.

c) Para las evaluaciones finales, la mesa examinadora podrá estar integrada necesariamente por el profesor de la asignatura. En casos extraordinarios y resueltos por el Consejo Directivo, podrá ser integrada por otro profesor del área o de asignaturas afines. Los profesores nombrados para integrar la mesa examinadora, estarán obligados a aceptar y desempeñar su cometido, con mucha responsabilidad. En caso de no poder hacerlo, la justificación de dicha ausencia se hará dentro del tiempo debido, para tomar las decisiones pertinentes.

d) Las calificaciones de la mesa examinadora, serán definitivas e irrevocables, salvo caso de una corrección indebida, o asignación de una calificación incorrecta suficientemente comprobadas.

e) Las evaluaciones finales serán elaboradas por el profesor de la asignatura; administradas y corregidas conjuntamente con el profesor integrante de la mesa examinadora.

f) Si el profesor se retrasare para el inicio de las Pruebas de Evaluación, los estudiantes tendrán la obligación de esperar 45 (cuarenta y cinco) minutos; transcurrido ese tiempo, los mismos comunicarán a las autoridades de la Universidad, buscando alternativa de solución.

g) El estudiante tendrá derecho a un tiempo de noventa minutos, a partir del inicio de la evaluación escrita. La extensión del contenido de la evaluación estará en relación con el tiempo establecido para la misma. Al estudiante que llegare con retraso al examen, no se le concederá tiempo adicional.

h) El estudiante sorprendido en fraude comprobado por el profesor, obtendrá el puntaje 0 (cero), quien será apercibido por escrito, debiendo recursar la asignatura. El/los profesor/es integrantes de la mesa examinadora, dejarán constancia en el Libro de Actas de lo actuado y en la Planilla de Calificaciones, transcribiéndolo en la Ficha Personal del Estudiante.

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i) En caso de recusación de uno o más catedráticos de una mesa examinadora, o en caso de inhibición de profesores, las autoridades de la Universidad deberán analizar criteriosamente, el motivo de la misma. La recusación será interpuesta por escrito, al menos 48 hs. antes de la fecha y hora fijada para la prueba de evaluación final. La recusación será resuelta por las autoridades correspondientes de la Universidad, previo informe al catedrático recusado. No se admitirá la recusación sin causa alguna justificada.

j) El profesor entregará las calificaciones finales de los estudiantes, en un tiempo máximo de 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la aplicación, o en casos excepcionales en fecha y hora acordada con la Unidad Académica. Todos los exámenes, sean parciales o finales, permanecerán en la Unidad Académica o en la Secretaría Académica, hasta que el estudiante finalice la carrera.

k) La nómina de los estudiantes habilitados para la evaluación final, será el único documento válido para la inscripción de los mismos, y entregado por la Unidad Académica, previa autorización de la Dirección Administrativa. Los estudiantes habilitados se inscribirán hasta 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles antes de realizada la prueba de evaluación final.

l) Los Trabajos a “distancia” o de autoaprendizajes, correspondientes a cada asignatura, los realizarán con independencia de las clases “presenciales”; pudiendo utilizar los medios y fuentes de información, indicados por el profesor.

m) Los programas de extensión universitaria estarán consignados en el certificado de estudio de acuerdo al Reglamento de Extensión.

n) Los estudiantes tienen derecho a conocer, que la calificación obtenida en los exámenes, podrán discutirla con sus respectivos profesores y a revisarla ante las Autoridades de la Universidad. No se admitirán los mencionados recursos, si el tema objeto de discusión o revisión estuviera escrito a lápiz, o presentase tachaduras o enmiendas.

o) El estudiante concurrirá al examen a la hora fijada, para el inicio del mismo. Resolverá los problemas propuestos en forma personal y

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sin consulta con sus compañeros, no debiendo ausentarse del local de la prueba, sin autorización expresa del Profesor.

p) La Rectoría de la Universidad, puede establecer Exámenes extraordinarios – Mesa Especial, con requisitos diferentes a las mencionadas previamente en el presente Reglamento, para resolver contingencias excepcionales que lo amerite.

11º- EN CUANTO A LA REVISION DE LA CALIFICACIÓN:

a) Las solicitudes de revisión de la calificación deberán presentarse en la Rectoría de la Universidad, antes de transcurridos 15 (quince) días hábiles desde la fecha de entrega de los exámenes corregidos por el profesor en las oficinas administrativas de la Universidad.

b) La solicitud argumentada y el examen correspondiente, serán evaluados en primera instancia por la Coordinación de la Unidad Académica correspondiente, quiénes se expedirán en un plazo de 10 (diez) días hábiles calendario, previa consulta al Profesor de cuya calificación ha sido objeto de revisión.

c) En caso de persistir la inconformidad del alumno ante la resolución de primera instancia, éste dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles calendario, desde la fecha de dicha resolución, para apelarla ante el Consejo Directivo. Recibida la apelación con sus antecedentes, el Consejo nombrará, dentro de 5 (cinco) días hábiles calendario, un Tribunal de Calificación, conformado por 3 (tres) Profesores del Área del examen, o de áreas afines, que dictaminará en un plazo no superior a 10 (diez) días hábiles calendario. La Resolución del Tribunal de Calificación es definitiva e inapelable.

d) Si feneciese alguno de los plazos mencionados en los artículos precedentes, sin que medie acción de revisión por parte del

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estudiante, se considerará aceptada y firme la calificación del mismo y, en consecuencia, no podrá sufrir modificación alguna.

e) En el caso de que el Profesor observara alguna irregularidad: copia, uso de dispositivos digitales, magnéticos, conversaciones con otros compañeros, ausencia del aula sin autorización, insubordinación, falta de respeto u otras anomalías; amonestará al estudiante y, si fuera necesario, anulará su examen, asignándole con puntaje 0 (cero). Esta determinación también podrá tomarla el profesor, después de la fecha del examen, si comprobare alguna irregularidad al efectuar la corrección.

f) En casos de reincidencia u otras faltas graves, el Profesor tomará nota de la actuación del alumno y pasará informe a la autoridad de la Universidad, quien resolverá en justicia, actuando con arreglo a las disposiciones reglamentarias. Podrá, asimismo, retirar el examen y ordenar que el estudiante abandone el aula, en casos de inconducta manifiesta; informando a la Rectoría.

12º- La asistencia a los Seminarios establecidos por la Unidad Académica, se evaluará como sumativo y/o en el rasgo socio-afectivo para loa estudiantes de Formación Docente y Educación Inicial, con las calificaciones de: - Aprobado (Ap.)

- No Aprobado (NA) - Ausencia (A)

Se exigirá el cumplimiento de 80 horas mínimas de desarrollo de seminarios por cada estudiante, durante la carrera. 13º- Podrá matricularse en el semestre inmediato posterior el estudiante que haya aprobado el 80% como mínimo de las asignaturas correspondientes al semestre anterior. 14º- Los Trabajos de investigación, las Pruebas Parciales y asistencia mínima requerida, una vez aprobadas; tendrán validez para el estudiante hasta un año.

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Pasado este tiempo y no habiendo aprobado, el estudiante deberá recursar la asignatura, cumpliendo nuevamente con todos los requisitos de la cátedra. 15º- DE LAS CONVALIDACIONES.

a) El estudiante que haya culminado una carrera universitaria y obtenido el título de Grado correspondiente en otra Universidad; tendrá derecho a solicitar convalidación de asignaturas, siempre y cuando el Título obtenido no haya transcurrido los 5 (cinco) años.

b) El estudiante que haya cursado y aprobado asignaturas en carreras de nivel universitario, en otra Universidad, tendrá derecho a solicitar convalidación de asignaturas, siempre y cuando la asignatura aprobada, no haya transcurrido los 5 (cinco) años.

c) Podrán ser convalidadas hasta el 50% de las asignaturas del Pensum de una Carrera.

d) Para hacer el estudio y análisis de las solicitudes de convalidación, el estudiante deberá presentar las documentaciones correspondientes (Certificado de Estudio, firmado y legalizado por autoridad competente de la Universidad de origen; y Programas de Estudios, legalizados y foliados por autoridad competente) y estar matriculado en la Universidad.

16º- DE LAS TESIS Y TESINAS: Para las evaluaciones de Tesis de Grado, se regirá por el Manual de Evaluación de Tesis. 17º- Los casos surgidos y no previstos en este reglamento, el Consejo Directivo las resolverá, en consulta con las instancias afectadas.

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ANEXO 1: EJEMPLOS DE DISTRIBUCIÓN DE PUNTAJES A- Pruebas escritas o procedimentales y de proceso. 30% - Exposición Oral: 8p. - Prueba Escrita 1: 20p. - Prueba Escrita 2: 15p. TOTAL: 43 pts.

ESCALA NOTA Ponderación del 30%

01 al 29 1 0,3

30 al 32 2 0,6

33 al 36 3 0,9

37 al 40 4 1,2

41 al 43 5 1,5

B- Trabajos de Investigación (con criterios metodológicos). 20% Opción 1: - Investigación Acción. Opción 2: - Monografía. Opción 3: - Acumulativo (buceo bibliográfico). Opción 4: - Interdisciplinario. Opción 5: - Registro de conductas, actitudes y valores * - Investigación acción 10p. - Monografía y defensa oral 15p. TOTAL: 25 pts.

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ESCALA NOTA Ponderación del 20%

1 al 17 1 0,2

18 al 19 2 0,4

20 al 21 3 0,6

22 al 23 4 0,8

24 al 25 5 1,0

* Los puntajes sobre conceptos, actitudes, valores que el Profesor desea asignar, no deberá pasar el 5%

C- EXAMEN FINAL. 50% - Examen final 90 pts.

ESCALA NOTA Ponderación del 50%

1 al 58 1 0,5

63 al 69 2 1,0

70 al 76 3 1,5

77 al 83 4 2,0

84 al 90 5 2,5

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ANEXO 2: MODELO DEPLANILLA DE CALIFICACIONES

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANISTICAS Y DE LA EDUCACIÓN

Registro de Calificaciones de Exámenes Parciales, de Trabajos Prácticos y de Exámenes Finales

CARRERA: Ciencias de la Educación Ciclo: Marzo a Julio de 2005

Asignatura: xxxxxxxxxxxxxxxx Curso: Tercero

Profesor/a: xxxxxxxxxxxxxxxxx Semestre: Quinto

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Apellidos(s) y Nombre(s)

Cédula de Identidad

Exámenes Parciales y Trabajos Prácticos Exámenes Globales

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Examenes Parciales Ordinarios

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Puntajes Obtenidos

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n

Letras T.P. T.P

25 30%

20%

50%

1 XXXXXXXXXXXXXXXX 4.012.792 22 22 4 22 4 1,2 0,8 2 26 4 2 4 4 Cuatro

2 XXXXXXXXXXXXXXXX 3.664.552 23 23 4 23 5 1,2 1 2,2 28 5 2,5 4,7 5 Cinco

3 XXXXXXXXXXXXXXXXX 3.458.410 24 24 5 22 4 1,5 0,8 2,3 26 4 2 4,3 4 Cuatro

4 XXXXXXXXXXXXXXXX 4.134.535 21 21 3 17 2 0,9 0,4 1,3 26 4 2 3,3 3 Tres

5 XXXXXXXXXXXXXXXXX 2.482.284

6 XXXXXXXXXXXXXXXX 2.298.869 23 5 22 4 1,5 0,8 2,3 28 5 2,5 4,8 5 Cinco

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MODULARES-FEBRERO

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1°INSTANCIAS DE EVALUACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE MATERIAS

MODULARES-FEBRERO (DURACIÓN UN MES)

a) Evaluación de Procesos y Trabajos de investigación: son evaluaciones del Proceso académico y Trabajos de Investigación o de Campo, realizados por los estudiantes, de acuerdo a las indicaciones y exigencias de cada cátedra, en consonancia a las exigencias de las normativas institucionales. Es requisito imprescindible aprobarla, para tener derecho a presentarse al Examen Final. El equivalente será del 50 % de la Calificación Final.

Los trabajos de investigación (monografías, reseñas, artículos, elaboración de proyectos, trabajos de campo, laboratorio, otros) deberán fundamentarse en planeamientos que exijan el análisis y la investigación. La valoración de los mismos, se ajustará a criterios evaluativos claramente establecidos e informados con antelación y por escrito a los estudiantes, con la previa aprobación de la Unidad Académica.

Las fechas de entrega de los Trabajos de investigación estarán establecidas por cada cátedra, de acuerdo a sus exigencias. La Unidad Académica establecerá la fecha en que las planillas de calificaciones, deberán ser entregadas.

Si el estudiante reprobase, perderá el derecho a dar el examen

final ordinario y deberá recursar la asignatura en cuestión.

b) El Examen Final, es el último procedimiento evaluativo de una asignatura, que evalúa el rendimiento académico de los estudiantes de la totalidad del programa y que da la promoción del estudiante. El examen final, necesariamente deberá ser individual y por escrito. Excepcionalmente, y por expresa autorización del departamento académico, podrá ser oral, con indicadores bien definidos. Tendrá derecho a presentarse el/la estudiante matriculado/a, quien haya aprobado todos los requisitos de la

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cátedra (escolaridad exigida, rasgos actitudinales logrados según el perfil deseado, haber aprobado las evaluaciones de procesos, haber aprobado las evaluaciones de los Trabajos Prácticos); quien haya entregado todos los documentos requeridos; y quien haya cumplido con todas sus obligaciones económicas con la Universidad. Tiene el equivalente del 50 % de la Calificación Final.

c) Podrán darse en DOS instancias:

1. Ordinarios - Primera convocatoria:

Permite la promoción del estudiante al término del curso académico lectivo. Tendrá derecho a presentarse el/la estudiante, quien haya cumplido con lo mencionado en el Art. 1 inc b. 2. Complementarios – Segunda convocatoria:

Es la segunda oportunidad de promoción del estudiante.

Tendrá derecho a esta oportunidad el/la estudiante que haya cumplido con lo mencionado en el Art. 1 inc. b.

y, Haya reprobado en el examen ordinario – primera

convocatoria. Haya estado ausente en el examen ordinario, primera

convocatoria y presentado el justificativo correspondiente.

El/la estudiante quien haya reprobado o estado ausente en una misma asignatura, en más de 2 (dos) instancias de exámenes Finales, deberá recursar la asignatura.

En caso de que el estudiante obtuviese la calificación 1 (uno) en cualquiera de estas instancias, se consignará 1 (uno) como Calificación Final, sin realizar los cálculos de sumatoria de ponderaciones correspondientes y deberá constar en el Certificado de Estudios 2) EN CUANTO A LA ASISTENCIA EXIGIDA:

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3. Tendrán derecho al examen final ordinario, todos los estudiantes que hayan cumplido con la asistencia requerida, que será del 100% en cada asignatura.

4. La ausencia al examen final, deberá registrarse en la planilla correspondiente, con la palabra “ausente”.

1).INSTANCIAS DE EVALUACIONES LA PROMOCIÓN DE MATERIAS MODULARES .MODULARES-SEMESTRALES-

a) Evaluación de Procesos y Trabajos de proceso académico: son evaluaciones del Proceso académico y Trabajos de Investigación o de Campo, realizados por los estudiantes, de acuerdo a las indicaciones y exigencias de cada cátedra, en consonancia a las exigencias de las normativas institucionales. Es requisito imprescindible aprobarla, para tener derecho a presentarse al Examen Final. El equivalente será del 50 % de la Calificación Final.

Los trabajos de investigación (monografías, reseñas, artículos, elaboración de proyectos, trabajos de campo, laboratorio, otros) deberán fundamentarse en planeamientos que exijan el análisis y la investigación. La valoración de los mismos, se ajustará a criterios evaluativos claramente establecidos e informados con antelación y por escrito a los estudiantes, con la previa aprobación de la Unidad Académica.

Las fechas de entrega de los trabajos estarán establecidas por cada cátedra, de acuerdo a sus exigencias. La Unidad Académica establecerá la fecha en que las planillas de calificaciones, deberán ser entregadas.

Si el estudiante reprobase, perderá el derecho a dar el examen

final ordinario y deberá recursar la asignatura en cuestión.

b) El Examen Final, es el último procedimiento evaluativo de una asignatura, que evalúa el rendimiento académico de los estudiantes de la totalidad del programa y que da la promoción del estudiante. El examen final, necesariamente deberá ser individual y

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por escrito. Excepcionalmente, y por expresa autorización de la Unidad Académica, podrá ser oral, con indicadores bien definidos. Tendrá derecho a presentarse el/la estudiante matriculado/a, quien haya aprobado todos los requisitos de la cátedra (escolaridad exigida, rasgos actitudinales logrados según el perfil deseado, haber aprobado las evaluaciones de procesos, haber aprobado las evaluaciones de los Trabajos Prácticos); quien haya entregado todos los documentos requeridos; y quien haya cumplido con todas sus obligaciones económicas con la Universidad. Tiene el peso del 50 % de la Calificación Final.

d) Podrán darse en DOS instancias:

1. Ordinarios - Primera convocatoria:

Permite la promoción del estudiante al término del curso académico lectivo. Tendrá derecho a presentarse el/la estudiante, quien haya cumplido con lo mencionado en el Art. 1 inc. b. 2. Complementarios – Segunda convocatoria:

Es la segunda oportunidad de promoción del estudiante.

Tendrá derecho a esta oportunidad el/la estudiante que haya cumplido con lo mencionado en el Art. 1 inc. b.

y, Haya reprobado en el examen ordinario – primera

convocatoria. Haya estado ausente en el examen ordinario, primera

convocatoria y presentado el justificativo correspondiente.

El/la estudiante quien haya reprobado o estado ausente en una misma asignatura, en más de DOS instancias de exámenes Finales, deberá recursar la asignatura.

En caso de que el estudiante obtuviese la calificación 1 (uno) en cualquiera de estas instancias, se consignará 1 (uno) como Calificación Final, sin realizar los cálculos de sumatoria de ponderaciones correspondientes y deberá constar en el Certificado de Estudios

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2) EN CUANTO A LA ASISTENCIA EXIGIDA:

3. Tendrán derecho al examen final ordinario, todos los

estudiantes que hayan cumplido con la asistencia requerida, que será del 100% en cada asignatura.

4. La ausencia al examen final, deberá registrarse en la planilla correspondiente, con la palabra “ausente”.

Los casos no previstos por este Reglamento, serán analizados y resueltos por las autoridades competentes de la Universidad Iberoamericana.