fappa_promete 2015.

download fappa_promete 2015.

of 58

Transcript of fappa_promete 2015.

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    1/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    1

    DICE DEBE DECIR JUSTIFICACI NTITULO II. DEL PROGRAMA.

    CAPITULO I. PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO APROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

    (FAPPA).

    SECCIN I

    I.1 Objetivo General.

    Artculo 1. Contribuir a impulsar la productividad de los hombresy mujeres con 18 aos o ms, que habitan en los Ncleos

    Agrarios (ejidos y comunidades) del pas mediante elotorgamiento de incentivos para la inversin en ProyectosProductivos.

    Se modific, en el nmero de artculo y erecomendacin de la Secretara de Hacienda y Cde contribuir con la productividad y alinear a los la SAGARPA y de conformidad con el Programa

    Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-201la productividad en el sector agroalimentario capital fsico, humano y tecnolgico que galimentaria", y a las estrategias 1.2. "Desarrproductivas con visin empresarial de las y los pe

    CAP TULO 2. Objetivos.

    2.1 General. I.2 Objetivos Especficos.

    Artculo 2.Contribuir a la generacin de empleo e ingresode mujeres y/o hombres con 18 aos o ms, que habitanen Ncleos Agrarios, mediante la implementacin deProyectos Productivos.

    Artculo 2.Son objetivos especficos del "Programa":

    Se modific, en el nmero de artculo y en su alinear conforme a la recomendacin de la SecCrdito Pblico; y propiciar la productividad en locon la finalidad de elevar la calidad de vida, coextrema, para generar la autosuficiencia alimentalas tres fracciones que conforman el presente art

    El elevar la produccin y alinear con la visin desus proyectos sean productivos y no solo de tipo los sectores ms pobres obtengan un beneficio empleos y servicios en la comunidad donde habit

    I. Propiciar la transicin de los beneficiarios a pequeosproductores;

    ll. Incentivar la constitucin legal de los beneficiarios; y

    III. Promover la implementacin de proyectos productivos de tipo

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    2/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    2

    agroalimentario.

    2.2 Especficos. I.3 Poblacin objetivo.

    Artculo 3.Son objetivos especficos del "Programa":

    Artculo 3. Las mujeres y los hombres que habitan en los ncleosagrarios del pas, preferentemente sin tierra, que cumplan con losrequisitos de participacin sealados en las presentes Reglas deOperacin.

    Se modific, en el nmero de artculo y en su simplificar su definicin y sealar quienes pueprograma.

    I.Dictaminar la viabilidad de los Proyectos Productivospresentados;

    ll. Apoyar Proyectos Productivos, preferentementeaquellos de tipo agroalimentario;

    IlI. Verificar las condiciones fsicas y tcnicas de losProyectos Productivos mediante la Supervisin Previa;

    IV. Otorgar la "Capacitacin Inicial" a los GruposAutorizados;

    V. Dar seguimiento a los Proyectos Productivosapoyados para determinar su estatus de operacin

    CAP TULO 3. Lineamientos.

    3.1 Cobertura. I.4 Conceptos de Apoyo y Montos Mximos.

    Artculo 4. El "Programa" tendr una cobertura nacionalcon el fin de atender a la poblacin asentada en Ncleos

    Agrarios.

    Artculo 4.Los incentivos consisten en aportaciones directas quesern otorgadas para la inversin en Proyectos Productivos de lasiguiente manera:

    Se modific, nmero de artculo y en contenido, segundo prrafo, del inciso b) de este artculincentivar la calidad en el desempeo de los increment el porcentaje para el pago de asesora

    I. Aportacin Directa para Grupos sin formalidad jurdica:

    a) Para proyectos de los giros agrcola y pecuario, se otorgarnhasta $240,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS00/100 M.N.), calculado en razn de $40,000.00 (CUARENTAMIL PESOS 00/100 M.N.) por integrante. Lo anterior no implicaque el monto ser divisible; y

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    3/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    3

    b) Para el resto de los giros (comercial, servicio e industrial), seotorgarn hasta $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS00/100 M.N.), calculado en razn de $30,000.00 (TREINTA MILPESOS 00/100 M.N.) por integrante, lo anterior no implica que elmonto ser divisible.

    II."Aportacin Directa" para Grupos l egalmente constituidos:

    a)Para proyectos de los giros agrcola y pecuario, se otorgarnhasta $360,000.00 (TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS00/100 M.N.), calculado en razn de $40,000.00 (CUARENTAMIL PESOS 00/100 M.N.) por integrante, sin rebasar el topemximo del monto del apoyo. Lo anterior no implica que el montoser divisible; y

    b)Para el resto de los giros (comercial, servicio e industrial), seotorgarn hasta $270,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MILPESOS 00/100 M.N.) calculado en razn de $30,000.00(TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.) por integrante, sin rebasar eltope mximo del monto del apoyo. Lo anterior no implica que elmonto ser divisible.

    Adicionalmente, para Grupos Beneficiarios con recursos de hasta$270,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100M.N.) se otorgar el equivalente al 12% de la "Aportacin

    Directa", para el pago de la "Asesora Tcnica"; en el caso deGrupos Beneficiarios con recursos superiores a $270,000.00(DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), seotorgarn $32,400.00 (TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOSPESOS 00/100 M.N.) para este concepto; en ambos casos elpago se realizar, una vez que el "Grupo Beneficiario" hayarecibido la Aportacin Directa para la implementacin del"Proyecto Productivo".

    El monto se modific conforme a lo sealado eeste apartado de justificacin.

    3.2. Focalizacin.

    Artculo 5. Se considerar el grado de marginacin yvulnerabilidad para establecer el "Proyecto Productivo",buscando atender preferentemente a:

    Artculo 5. Son "Beneficiarios" del "Programa", los integrantes deaquel Grupo que ha recibido la Aportacin Directa por parte dela "Secretara".

    Se modific, nmero de artculo y en contenididentificar debidamente hasta que momento ebeneficiario.

    I.Los municipios considerados en el Decreto por el que

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    4/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    4

    se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contrael Hambre (SINHAMBRE) (Anexo F);

    II. Demarcaciones que sean mbito de accin del"Programa" Nacional de Prevencin Social de la Violenciay Delincuencia.

    III.Los Proyectos Productivos de tipo agroalimentario;

    IV.Los Municipios que forman parte de las Zonas deAtencin Prioritaria (ZAP), determinados por la Secretarade Desarrollo Social (SEDESOL);

    V. Municipios indgenas del catlogo emitido por laComisin Nacional para el Desarrollo de los PueblosIndgenas (CDI);

    VI. Los "Grupos" que integren a personas condiscapacidad, adultos mayores, madres solteras y/o queno sean titulares de derechos agrarios.

    VII.Se dar prioridad a los proyectos que cuenten conla participacin de integrantes del conjunto de hogares delpadrn de beneficiarios del Programa de DesarrolloHumano Oportunidades y del Programa de Apoyo

    Alimentario para su atencin por parte del "Programa".

    Para este criterio, el "Programa" podr brindar asesorapara el diseo del proyecto.

    3.3 Poblacin objetivo. I.5 Criterios Tcnicos y Requisitos Especficos deParticipacin

    Artculo 6.Las mujeres y hombres con 18 aos o ms,preferentemente sin tierra, al momento del registro de lasolicitud, que residan en el mismo "Ncleo Agrario", queno hayan sido apoyados en los ltimos cinco ejerciciosfiscales por este "Programa" y el Programa de la Mujer enel Sector Agrario (PROMUSAG); a excepcin de lassolicitudes de apoyo previstas en el artculo 8 inciso d) delas presentes "Reglas de Operacin".

    Artculo 6. Para poder participar en el "Programa" los solicitantesrequieren:

    Se modific, nmero de artculo y en contenidespecificar los requisitos de participacin y larealizar la poblacin interesada en solicitar apoylos nuevos requisitos se alinean a los objeSAGARPA.

    Para efecto de identificar y cuantificar a la poblacinobjetivo del Programa que se encuentra dentro de los 7.1

    I. Habitar en algn Ncleo Agrario del pas, conforme al Padrne Historial de Ncleos Agrarios (PHINA) del Registro Agrario

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    5/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    5

    millones de personas en situacin de pobreza alimentariaextrema que es la poblacin objetivo y potencial de laestrategia de poltica pblica: Cruzada contra el Hambre,se debern cumplir los criterios establecidos por elConsejo Nacional de Evaluacin de la Poltica deDesarrollo Social y una vez identificadas dichascaractersticas, se dar atencin preferente a ese conjuntode personas. Los resultados de la identificacin ycuantificacin se debern presentar ante la ComisinIntersecretarial, para su revisin y validacin, a ms tardarel 30 de abril.

    Nacional (RAN).

    II. Tener 18 aos cumplidos o ms, al momento de ingresar laSolicitud de Apoyo.

    III.Constituirse en cualquiera de sus dos modalidades:

    a)Sin formalidad jurdica, integrados con un mnimo detres y hasta seis integrantes; y

    b)Legalmente constituidos, con un mnimo de tres y sinlmite mximo de integrantes, de conformidad con lalegislacin aplicable a las diversas figuras asociativas.

    IV.Formular el Proyecto Productivo para implementarse en elmismo Ncleo Agrario en el que habitan los integrantes del

    Grupo, que coincidir con el capturado en el SICAPP.V. Seleccionar a un Asesor Tcnico para Ingresar la Solicitudde Apoyo en el SICAPP;

    VI. Registrar la Solicitud de Apoyo Anexo I de las Reglas deOperacin a travs del Sistema de Captura de ProyectosProductivos SICAPP disponible enhttp://sicapp.sagarpa.gob.mx ;

    VII. No haber sido apoyados en los ltimos cinco ejerciciosfiscales por el mismo Programa y por el Programa de Apoyopara la Productividad de la Mujer Emprendedora (PROMETE),antes Programa de Apoyo para la Mujer en el Sector Agrario(PROMUSAG); con excepcin de aquellas solicitudes quecorrespondan a Grupos que participen en los trminos de lo

    http://sicapp.sagarpa.gob.mx/http://sicapp.sagarpa.gob.mx/
  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    6/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    6

    establecido en la fraccin VII del presente artculo.

    VIII. Adicional a los requisitos anteriores, aquellos GruposBeneficiarios que participaron en el ejercicio fiscal 2014 del"Programa", podrn participar como solicitantes para el presenteejercicio fiscal, siempre y cuando se encuentren bajo lossiguientes supuestos:

    a) Que la solicitud de apoyo justifique la ampliacin y/oescalamiento en la cadena productiva del ProyectoProductivo apoyado en el ejercicio fiscal 2014;

    b) Que haya entregado en tiempo y forma el Informe Generalde Aplicacin del Recurso;

    c)Que el Grupo se encuentre integrado por al m enos el 80%de sus integrantes originales, o por 2 y 3 para el caso deGrupos de 3 y 4 integrantes, respectivamente;

    d)Que preferentemente el Grupo se encuentre legalmenteconstituido; y

    e) Que en la Verificacin de Seguimiento que se le practique,se haga constar que existen las condiciones para el objetoplanteado en la Solicitud de Apoyo y que es un PequeoProductor.

    I.6 Criterios de Dictaminacin (Seleccin y Elegibilidad).

    Se modifica, el titulo de los criterios de selecccompatibles con los ttulos establecidos para las la SAGARPA, sin embargo, se mantiene la pondde elegibilidad

    1.6.1 Dictaminacin Tcnica.

    Artculo 7. Son "Beneficiarios" del "Programa", losintegrantes del "Grupo" cuyo "Proyecto Productivo" ha sidoautorizado y que ha recibido el apoyo por parte de la"Secretara".

    Artculo 7. La "Coordinacin General" realizar la seleccin delos Proyectos Productivos, de acuerdo a los criterios deelegibilidad: "Dictaminacin Tcnica" y Focalizacin pormarginacin y vulnerabilidad.

    A cada "Proyecto Productivo" se le asignar una calificacinglobal en una escala de 0 al 100, la cual se ponderar de lasiguiente manera.

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    7/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    7

    Dictaminacin Tcnica": 50%, y

    Focalizacin por marginacin y vulnerabilidad: 50%;

    La ponderacin de la focalizacin por marginacin yvulnerabilidad, se aplicar nicamente a los ProyectosProductivos validados en su "Dictaminacin Tcnica".

    3.4 Requisitos de Participacin. 1.6.2 Focalizacin por marginacin y vulnerabilidad.

    Artculo 8. Para poder participar en el "Programa" el"Grupo" requiere:

    Artculo 8. Se considerar el grado de marginacin yvulnerabilidad para establecer el Proyecto Productivo, buscandoatender preferentemente a:

    Se modific, en el nmero de artculo y en su criterios de focalizacin por marginacin y vulnecriterio, tal y como se seala en la fraccin III, drecomendaciones de la Unidad de ProductividSHCP, ya que se pretende atender preferentemactividades prioritarias como las hortofrutcolas y

    Por otro lado, se incluy el apoyo preferente a municipios de la Comisin Nacional de Zonasefecto de coadyuvar con las acciones instituciona

    a)Constituirse en cualquiera de sus dos modalidades:I. Los municipios considerados en el Decreto por el que seestablece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre(SINHAMBRE).

    I.Sin formalidad jurdica, integrados con un mnimo de

    tres y hasta seis integrantes.

    II. Demarcaciones que sean mbito de accin del ProgramaNacional para la Prevencin Social de la Violencia y laDelincuencia.

    II.Legalmente constituidos en figuras asociativas, conun mnimo de tres integrantes.

    III. Los proyectos productivos de tipo agroalimentario;principalmente hortofrutcolas y acucolas.

    Se modific, por los razonamientos sealados eeste apartado de justificacin.

    b) Formular el "Proyecto Productivo" paraimplementarse en el mismo "Ncleo Agrario" en el quehabitan los integrantes del "Grupo", que coincidir con elcapturado en el SICAPP.

    IV. Los Municipios considerados por los programas y actividadesde la Comisin Nacional de Zonas ridas (CONAZA);

    Se adicion, por los razonamientos sealados eeste apartado de justificacin.

    c)Ingresar la solicitud de apoyo en el SICAPP, a travsde su "Asesor Tcnico", de acuerdo a los plazosestablecidos en la "Convocatoria" (anexo C)

    V. Los Municipios que forman parte de las Zonas de AtencinPrioritaria (ZAP), determinados por la Secretara de DesarrolloSocial (SEDESOL);

    d) Para el caso de los Grupos Beneficiarios en elejercicio fiscal 2013 del "Programa", podrn participarcomo solicitantes para el presente ejercicio fiscal, siempre

    VI. Municipios indgenas del catlogo emitido por la ComisinNacional para el Desarrollo de los Pueblos Indgenas (CDI);

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    8/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    8

    y cuando se encuentren bajo los siguientes supuestos:

    d.1.Que la solicitud de apoyo justifique la ampliaciny/o escalamiento en la cadena comercial del ProyectoProductivo Autorizado en el ejercicio fiscal 2013.

    VII. Los Grupos que integren a personas con discapacidad,adultos mayores y madres solteras.

    d.2.Que haya entregado en tiempo y forma el InformeGeneral de Aplicacin de los Recursos.

    VIII. Los Grupos que integren a personas que no sean titulares dederechos agrarios.

    d.3. Que el "Grupo" se encuentre integrado por almenos el 80% de sus integrantes originales o por 2 y 3para el caso de Grupos de 3 y 4 integrantes,respectivamente.

    IX. Se dar prioridad a los proyectos que cuenten con laparticipacin de integrantes del conjunto de hogares del padrnde beneficiarios del Programa de Inclusin Social (PROSPERA),antes Desarrollo Humano OPORTUNIDADES y del Programa de

    Apoyo Alimentario (PAL) para su atencin por parte delPrograma.

    d.4.Que en la Supervisin Previa se haga constar queexisten las condiciones para el objeto planteado en lasolicitud de apoyo.

    X. Los grupos legalmente constituidos y aquellos que manifiestenconstituirse legalmente en el Anexo I en caso de resultar suProyecto Productivo apoyado.

    3.5 Procedimiento de seleccin.

    3.5.1 Criterios de elegibilidad.

    Artculo 9. La "Coordinacin General" realizar laseleccin de los Proyectos Productivos de acuerdo a loscriterios de elegibilidad: "Dictaminacin Tcnica" yFocalizacin por marginacin y vulnerabilidad.

    Artculo 9. Con base en la disponibilidad presupuestaria del"Programa", se apoyarn aquellas Solicitudes de Apoyo que,como resultado del procedimiento de seleccin (Dictaminacin

    Tcnica y Focalizacin) establecido en las presentes Reglas deOperacin, hayan sido autorizadas por el "Comit Tcnico".

    Se modific, en el nmero de artculo y erecomendacin de la Unidad de Productividad Ec

    A cada "Proyecto Productivo" se le asignar unacalificacin global en una escala de 0 al 100. La cual seponderar de la siguiente manera:

    Dictaminacin Tcnica": 50%, y

    Focalizacin por marginacin y vulnerabilidad: 50%.

    La ponderacin de la focalizacin por marginacin yvulnerabilidad, se aplicar nicamente a los proyectosproductivos validados en su "Dictaminacin Tcnica".

    3.6 Caractersticas de los apoyos (Tipo y monto). I.7 Otros aspectos especficos

    I.7.1 Disponibilidad y distribucin de recursos.

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    9/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    9

    Artculo 10. Los apoyos consisten en AportacionesDirectas que sern otorgadas para la inversin enProyectos Productivos y su respectiva "Asesora Tcnica",de la siguiente manera:

    Artculo 10. Los recursos que se asignen al "Programa", en elPresupuesto de Egresos de la Federacin para ejercicio fiscalvigente, se distribuirn de la siguiente manera:

    a) "Aportacin Directa" para Grupos sin formalidadjurdica:

    I. Cuando menos el 92.2% del monto total asignado al"Programa", para la inversin de Proyectos Productivos; y

    l.Para proyectos de los giros agrcola y pecuario, se

    otorgarn hasta $240,000.00 (doscientos cuarenta milpesos 00/100 M.N.), calculado en razn de $40,000.00(cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) por integrante. Loanterior no implica que el monto ser divisible.

    II.Hasta el 7.8% del monto total asignado al "Programa", para losgastos de operacin del Programa.

    ll. Para el resto de los giros, se otorgarn hasta$180,000.00 (ciento ochenta mil pesos 00/100 M.N.),calculado en razn de $30,000.00 (treinta mil pesos00/100 M.N.) por integrante, lo anterior no implica que elmonto ser divisible.

    Los recursos que se asignen para la operacin del "Programa",podrn ser destinados para: Pago de Servicios Profesionales,Dictaminacin, Capacitacin, Verificacin de Seguimiento ySupervisin de Proyectos Productivos, Promocin, EvaluacinExterna, Investigacin y Estudios, Difusin, Sistematizacin ySoporte Informtico y Habilitacin de los Asesores Tcnicos, ascomo gastos de administracin, y en su caso apoyar a los gruposen ferias e intercambios de experiencias en otros productos.

    Se modifica, en el nmero de artculo y en su coel porcentaje que el programa destinar parincentivos y gastos de operacin; para estos posibilidad de ser apoyadas en el intercamproductivas y comerciales.

    b) "Aportacin Directa" para Grupos legalmenteconstituidos:

    l.Para proyectos de los giros agrcola y pecuario, seotorgarn hasta $360,000.00 (trescientos sesenta milpesos 00/100 M.N.), calculado en razn de $40,000.00(cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) por integrante, sinrebasar el tope mximo del monto del apoyo. Lo anteriorno implica que el monto ser divisible.

    II. Para el resto de los giros, se otorgarn hasta$270,000.00 (doscientos setenta mil pesos 00/100 M.N.)calculado en razn de $30,000.00 (treinta mil pesos00/100 M.N.) por integrante, sin rebasar el tope mximodel monto del apoyo. Lo anterior no implica que el montoser divisible.

    Adicionalmente, para Grupos Beneficiarios con

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    10/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    10

    recursos de hasta $270,000.00 se otorgar el equivalenteal 10% de la "Aportacin Directa", para el pago de la"Asesora Tcnica"; en el caso de Grupos Beneficiarioscon recursos superiores a $270,000.00, se otorgarn$27,000.00 para este concepto; en ambos casos el pagose realizar en los siguientes trminos:

    I. El pago del monto autorizado para "Asesora

    Tcnica" se pagar una vez que el "Grupo Beneficiario"haya recibido la capacitacin inicial y el recurso para su"Proyecto Productivo".

    II. El Asesor tcnico acompaar al "GrupoBeneficiado" hasta que se haya llevado a cabo laSupervisin de Puesta en Marcha al "ProyectoProductivo", por parte de la "Coordinacin General", de locontrario, ser sancionado.

    I.8 Instancias Participantes del Programa

    Artculo 11.Los recursos del "Programa" otorgados como"Aportacin Directa" para la implementacin de losProyectos Productivos no podrn ser destinados a:

    Artculo 11. Son participantes del Programa:

    Se modifica, en el nmero de artculo y en su cona lo que respecta a la identificacin de las instancuestiones generales en la operacin de progratribuciones u obligaciones se establecen en elque forma parte integral de este programa.

    I. Pago de mano de obra o jornales, excepto en losproyectos de "Giro" agrcola, en los que podrn destinarhasta el 10% del monto total otorgado.

    I. Comit Tcnico: Es el mximo rgano de decisin delPrograma, mismo que tiene las atribuciones sealadas en elAnexo IX y est integrado por los siguientes titulares:

    II. Invertir ms del 20% del apoyo en conceptos deconstruccin, remodelacin y/o acondicionamiento, aexcepcin de giros porccolas, avcolas, acucolas ycuncolas en los que se permitir invertir hasta un 30%; yde aquellos casos que la "Coordinacin General"considere pertinente revalorar.

    a)Presidente:Titular de la Coordinacin General;

    III.Gastos indirectos, los cuales se enlistan de formaenunciativa mas no limitativa, como mercadotecnia(mantas, lonas, volantes, rotulado de local y/o empaque,perifoneo, trpticos, anuncios luminosos, tarjetas de

    b) Secretario Ejecutivo: Titular de la Direccin GeneralAdjunta de Concertacin, dependiente de la CoordinacinGeneral;

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    11/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    11

    presentacin, anuncios de peridico, radio y televisin,pginas de Internet, entre otros); gastos administrativos:contratos y/o pagos de servicios (luz, agua, gas, telfono,Internet, televisin satelital o por cable, seguros,contabilidad, arrendamiento (renta), gasolina, entre otros),pago de servicios mdicos veterinarios, cmaras deseguridad, gastos de capacitacin adicional (diplomados,cursos de capacitacin, seminarios, material didctico,

    operacin de equipo y/o maquinaria, entre otros), equipode seguridad (botiqun, extintores, sealamientos,uniformes, entre otros); artculos de limpieza (jabn,escobas, jergas y franelas, limpiadores, trapeadores,cubetas, papel higinico, aromatizantes, entre otros);artculos de papelera y oficina (hojas, flderes, lpices,lapiceros, broches, entre otros), permisos y licencias,gastos de mantenimiento de equipo y/o maquinaria(servicio automotriz, combustibles, refacciones,lubricantes, entre otros) independientemente el nombreque se le d.

    IV. Fletes o transportacin, excepto cuando sejustifique el importe a travs de cotizaciones.

    c) Secretario Tcnico: El Coordinador de Asesores de laOficiala Mayor;

    V.Vehculos de transporte pblico y privado, tractores,motocultores, adquisicin de bienes inmuebles (terrenos,locales, otros).

    d) Vocales: El Coordinador General de Delegaciones, el

    Director General del Instituto Nacional para el Desarrollo deCapacidades del Sector Rural, A.C. (INCA RURAL), unDirector General designado por el Subsecretario de

    Agricultura, un Director General designado por elSubsecretario de Alimentacin y Competitividad y un DirectorGeneral designado por el Subsecretario de Desarrollo Rural;estos integrantes contarn con derecho a voz y voto; e

    VI. Del monto total solicitado para el proyectoproductivo, slo se podr destinar como mximo hasta el10% para la adquisicin de abono orgnico en cualquierade sus presentaciones (guano, estircol, composta,humus, vermicomposta, lombricomposta, entre otros);

    e) Invitados:Los Titulares de la Oficina del Abogado Generaly el rgano Interno de Control en la Secretara, o losservidores pblicos que stos designen; estos integrantes slocontarn con derecho a voz.

    VII.Adquisicin de artculos y/o equipos que no seannecesarios para la produccin y desarrollo de la actividad

    I.1 El Comit Tcnico sesionar una vez por bimestre concarcter ordinario y programar las sesiones extraordinarias que

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    12/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    12

    o "Giro" del proyecto, tales como DVD, pantallas otelevisores, equipos de sonido, salas, frigobares,computadora, laptop, puntos de venta, impresoras,software, tabletas electrnicas, celulares, discos duros,artculos para decoracin, cuadros, floreros, lmparas,ornamentales, entre otros.

    sean necesarias para desahogar los asuntos que lo ameriten. Seconvocar como mnimo con tres das de anticipacin a sesionesordinarias y con veinticuatro horas para sesiones extraordinarias.

    VIII.Perforacin y/o construccin de pozos.

    I.2. En caso de ausencia de algn integrante en las sesiones del

    Comit Tcnico, ste designar un representante medianteoficio de acreditacin, quien tendr las facultades y obligacionesdel titular y debiendo ser servidor pblico de estructura con unnivel mnimo de Director de rea.

    IX. En el "Giro" comercial y/o servicio, el montodestinado a la adquisicin de lotes de inventarios(mercanca) ser de hasta un 50% del monto total delproyecto productivo.

    I.3. El qurum legal del Comit Tcnico se integrar con laasistencia de cuando menos la mitad ms uno de sus integrantescon derecho a voto, siempre que se encuentre presente elPresidente o su representante. Los acuerdos del ComitTcnico se aprobarn por mayora de votos; en caso de empateen la votacin, el Presidente tendr voto de calidad.

    X. No se apoyarn proyectos productivos queconsideren conceptos de inversin necesarios para laimplementacin de arrendamiento o servicios de mesas,sillas, losas, carpas, juegos inflables, elctricos y/omecnicos, rockolas, mantelera, equipo de luz y/o sonido,instrumentos musicales y anlogos.

    I.4. Los integrantes del Comit Tcnico, por el desempeo desus funciones en el mismo, no recibirn pago alguno, por tratarsede cargos de carcter honorfico.

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    13/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    13

    XI. Adquisicin de bebidas alcohlicas, tabaco y/ocigarros.

    II. Unidad Responsable:Es la Coordinacin General de EnlaceSectorial, Unidad Administrativa de la Secretara, responsablede la ejecucin del Programa; misma que tiene las atribucionessealadas en el Anexo IX;

    Las solicitudes de apoyo que incluyan algn conceptomencionado en el presente artculo, no sern sometidos ala "Dictaminacin Tcnica".

    III. Instancia Ejecutora: Unidad Administrativa de la Secretara,los rganos Administrativos desconcentrados y/odescentralizados, las Entidades Federativas e Instancias

    Auxiliares designadas por la Unidad Responsable, a los que seles otorga la responsabilidad de aplicar los procedimientos deestas Reglas de Operacin; por lo que asume todas lasresponsabilidades que implica el ejercicio de los recursospblicos federales; y

    IV. Delegacin: La Delegacin coadyuvar con laCoordinacin General en la ejecucin del Programa, deacuerdo a las atribuciones establecidas en el Anexo IX.

    I.9 Otros Participantes

    Artculo 12.Con base en la disponibilidad presupuestariadel "Programa", se apoyarn aquellos ProyectosProductivos que, como resultado del procedimiento deseleccin establecido en las presentes "Reglas de

    Operacin", hayan sido autorizados por el "ComitTcnico".

    Artculo 12. La Coordinacin General con base en susatribuciones, y formulando las consultas institucionales queestime pertinentes, incorporar al Padrn de Asesores Tcnicosaquellas personas que acrediten tener la experiencia y lacapacidad requeridas para la Formulacin de Proyectos

    Productivos, as como para brindar Asesora Tcnica a losGrupos que resulten beneficiarios del Programa, de conformidada los requisitos que se establezcan para su habilitacin.

    Se modifica, solo en lo que se refiere al nembargo, en relacin al segundo prrafo, los dede los Asesores Tcnicos, se pasaron al anexforma parte integral de las Reglas de Operacin ocupa.

    Los Asesores Tcnicos se sujetarn a los derechos, obligacionese inhabilitaciones establecidas en el Anexo VIII denominadoAsesores Tcnicos.

    El citado padrn se publicar en la pgina de la SAGARPA,Programas de Apoyo 2015, en la ligahttp://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspx

    3.7 Disponibilidad y distribucin de recursos. I.10 Fechas de Apertura y Cierre de Ventanillas

    Artculo 13. Los recursos que se asignen para laejecucin del "Programa", a travs del Presupuesto de

    Artculo 13. El periodo de registro de Solicitudes de Apoyocomprender de las 00:00 horas del da 16 de abril a las 23:59

    Se adiciona, para este ejercicio fiscal se estableOperacin la fecha de apertura y cierre del S

    http://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspxhttp://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspxhttp://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspxhttp://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspx
  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    14/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    14

    Egresos de la Federacin, podrn ser capacitacin,comercializacin, supervisin, promocin, evaluacintcnica, evaluacin externa, investigacin y estudios,gastos de difusin, sistematizacin y soporte, as comogastos de administracin y se distribuirn de la siguientemanera:

    horas del da 3 de mayo de 2015. Proyectos Productivos (SICAPP), a efecto deConvocatoria del Programa.

    De igual manera, con la finalidad de cumpestablecidos por la SAGARPA, para alinear estay tener contemplado el momento exacto de la vecertidumbre a los beneficiarios.

    I.Cuando menos el 92.2% del monto total asignado al"Programa", se destinar a la inversin de ProyectosProductivos.

    II. Hasta el 7.8% del monto total asignado al"Programa", se destinar a gastos de operacin.

    Con el propsito de dar cumplimiento al numeral 11 delAcuerdo mediante el que se publican los lineamientos parala aplicacin y seguimiento de las medidas para el usoeficiente, transparente y eficaz de los recursos pblicos, ylas acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio delgasto pblico, as como para la modernizacin de la

    Administracin Pblica Federal de la SHCP, los recursosque se ejerzan en gastos de operacin asociados a esteprograma, debern ser menores en al menos 5% respecto

    a los montos autorizados en el ejercicio inmediato anterior.3.8 Derechos y Obligaciones.

    3.8.1 Derechos.

    Artculo 14.Son derechos del "Grupo Beneficiario": Artculo 14. No se podrn registrar, ni concluir el registro desolicitudes fuera del plazo sealado en el artculo anterior.

    Se modifica contenido y articulado conforme puesto que esta redaccin tiene con fin quconocimiento de que no existir prorroga respesolicitudes de apoyo.

    I.Recibir copia de su "Proyecto Productivo" de parte desu "Asesor Tcnico", una vez ingresado al SICAPP;

    II. Recibir, en caso de ser Sujeto a Correccin, lasobservaciones de forma y no de fondo a su "ProyectoProductivo" a travs del correo electrnico o nmero de

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    15/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    15

    telfono celular registrados para tal fin, de no haberloregistrado se notificar a travs de su "Asesor Tcnico";

    III. Recibir la "Capacitacin" y la Constancia respectiva,una vez que el "Grupo" acredite su asistencia;

    IV. Recibir la "Aportacin Directa" para su "ProyectoProductivo" y para la "Asesora Tcnica", siempre ycuando cumpla con todos los aspectos normativos y de

    procedimiento, previos a la liberacin del recurso;V. Recibir del "Asesor Tcnico" los comprobantes

    fiscales respectivos por el pago de la "Asesora Tcnica";

    VI.Solicitar a la "Coordinacin General" el cambio de"Asesor Tcnico";

    VII.Solicitar el cambio de domicilio del Proyecto, dentrodel mismo "Ncleo Agrario", siempre que se acuerde en

    Acta de Asamblea firmada por todas las integrantes y quelo valide la "Delegacin";

    VIII. Solicitar la modificacin de la mesa directiva,previa presentacin del acta de asamblea;

    IX. Recibir asesora para la gestin de recursoscomplementarios al "Proyecto Productivo", por parte del

    personal de la "Delegacin" o de la "CoordinacinGeneral", ante otras instituciones pblicas, en losdiferentes mbitos de gobierno, y

    X. Presentar las quejas y denuncias que estimenpertinentes, relativas a la aplicacin y desarrollo del"Programa".

    XI. Recibir de la Delegacin estatal de la Secretara, lacarta de solicitud de apertura de cuenta.

    SECCIN II. MECNICA OPERATIVA DEL PROGRAMA

    3.8.2 Obligaciones II.1 Registro de Solicitudes.

    Artculo 15. Son obligaciones del "Grupo" Beneficiario, sindetrimento de las dems sealadas en las presentes

    Artculo 15. Las personas interesadas en participar en elPrograma, asistidos por un Asesor Tcnico, debern registrar

    Se modifica, contenido y articulado conforme a laque, con la finalidad de dar ms claridad y

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    16/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    16

    Reglas: su Solicitud de Apoyo Anexo I a travs de la direccinelectrnica publicada en la pgina de la Secretara de Agricultura,Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacinwww.sagarpa.gob.mx donde estar disponible el Sistema deCaptura de Proyectos Productivos SICAPP.

    redaccin.

    I.Cumplir con todos los requisitos y etapas previstos enlas presentes "Reglas de Operacin";

    II.Atender los requisitos administrativos y observar lalegalidad de todos y cada uno de los documentos queproporcione;

    III. Cumplir con la "Capacitacin" con una asistencia depor lo menos el 80% de las integrantes del Grupo. Para elcaso de Grupos de tres y cuatro integrantes, se tendr poratendida esta obligacin con la asistencia de dos y tresintegrantes, respectivamente;

    IV. Presentar en la "Delegacin", por al menos unintegrante del Grupo Beneficiario, el Informe General de la

    Aplicacin del Recurso (anexo E) y su documentacincomprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales,correspondiente a la "Aportacin Directa" para laImplementacin del Proyecto Productivo.

    Para el caso de los Proyectos Productivos de Giropecuario, se deber acreditar la propiedad de los animalesa travs de la factura expedida por el proveedor;adicionalmente, para el caso de ganado bovino, ovino ycaprino, los animales debern marcarse y registrarse antela Asociacin Ganadera Local.

    En caso de los "Proyectos Productivos" de "Giro"agrcola se permitir la comprobacin hasta el 10% delmonto total otorgado, a travs de recibo simple.

    V. Permitir las visitas de supervisin, evaluacin yauditora que realice la "Coordinacin General" o terceros(Auditora Superior de la Federacin, rganos deFiscalizacin del Poder Ejecutivo Federal, OrganismosInternacionales e instituciones contratadas para tal fin), en

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    17/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    17

    el lugar donde se desarrolle el "Proyecto Productivo";

    VI.Dedicar por lo menos un ao a la implementacindel "Proyecto Productivo".

    Aquellos Grupos Beneficiarios que por "Causa deFuerza Mayor" no logren cumplir con esta obligacin,debern justificarlo e informarlo a la "CoordinacinGeneral".

    VII.En caso de defuncin, desistimiento o "Causa deFuerza Mayor" que no permitan a alguno de losintegrantes continuar con la "Implementacin del ProyectoProductivo", debern presentar una solicitud de sustitucinpor un nuevo integrante, que debe ser residente del"Ncleo Agrario" en donde se desarrollar el Proyecto;esta solicitud deber contener el Acta de Asamblea en laque se designe al nuevo integrante, y la documentacinsealada en el artculo 42, fraccin IV de las presentes"Reglas de Operacin", ante la "Delegacin", con lafinalidad de que sea validada.

    Una vez entregada la "Aportacin Directa" al "Grupo",la sustitucin es opcional;

    VIII.Utilizar los recursos otorgados por el "Programa",

    exclusivamente para el desarrollo del "ProyectoProductivo", respetando los conceptos de inversinautorizados por el "Comit Tcnico".

    El cambio de "Giro" o de conceptos de inversin sercausal de cancelacin del "Proyecto Productivo".

    IX.Atender, en tiempo y forma, los requerimientos quepor escrito o a travs de cor reo electrnico registrado en elSICAPP para tal fin, les formule la "Coordinacin General"o la "Delegacin", de no haberlo registrado se notificar atravs de su "Asesor Tcnico";

    X.Presentar por escrito ante la "Delegacin", Acta deAsamblea debidamente firmada por todos los integrantes,informando los asuntos relevantes que afecten la

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    18/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    18

    integracin del "Grupo Beneficiario", la comprobacin de laaportacin directa o la implementacin del "ProyectoProductivo", y

    XI. Elaborar en corresponsabilidad con el "AsesorTcnico", cuatro reportes en el SISATEC sobre el avanceen la "Implementacin del "Proyecto Productivo"", a los 30,60, 120 y 180 das naturales posteriores a la firma del"Acta de Entrega-Recepcin" del Recurso (anexo G).

    XII.Realizar el trmite de apertura de cuenta bancariaen la institucin financiera, de acuerdo con los requisitossealados en la Carta de solicitud de Apertura de Cuenta(Carta) y entregar una copia del contrato de apertura decuenta bancaria, conforme lo establece el artculo 42 delas presentes Reglas de Operacin; aquellos "Grupos

    Autorizados" que tengan cuenta en alguna institucinfinanciera con las caractersticas requeridas en la Carta,debern presentar copia del contrato de cuenta bancaria.Todo lo anterior en el entendido de que no culminar estetrmite, impide el procedimiento de pago al "Grupo".

    CAPTULO 4. Instancias Participantes.

    4.1 Comit Tcnico

    Artculo 16.El mximo rgano de decisin del "Programa"ser el "Comit Tcnico", el cual estar integrado por lossiguientes integrantes titulares:

    Artculo 16. Adicionalmente, el Asesor Tcnico ingresar alSICAPP la informacin del Proyecto Productivo, Anexo IIdenominado Formulacin del Proyecto Productivo, conforme alos archivos electrnicos siguientes:

    Se modifica, contenido y articulado conforme a lla finalidad de dar ms claridad y precisin. Tal ynmero 3 de este artculo, se incluy el trmino de no condicionar al Grupo a mostrar el carcumpliendo con la obligacin de la Dependencia programas.

    As como, de acuerdo al nmero 4, con la finalugar donde se implementar el Proyecto, y as,verificacin, y en su caso, de supervisin.

    I.Presidente: Titular de la "Coordinacin General"; 1. El perfil financiero en hoja de clculo "*.xls" o "*.xlsx"(Excel);

    II.Secretario Ejecutivo: Titular de la Direccin GeneralAdjunta de Concertacin, dependiente de la "CoordinacinGeneral";

    2. Los perfiles de Diagnstico Participativo, Mercado,Tcnico y de Sustentabilidad Ambiental en procesador de

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    19/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    19

    texto "*.doc" o "*.docx" (word);

    III.Secretario Tcnico: El Coordinador de Asesores dela Oficiala Mayor;

    3. Fotografa de los integrantes del Grupo acompaadosdel Asesor Tcnico, en el domicilio donde se pretendeinstalar el Proyecto Productivo; preferentementemostrando un cartel que permita apreciar los datos delnombre del Programa, monto solicitado, montocorrespondiente al pago del Asesor Tcnico y Giro del

    Proyecto Productivo, en formato *.jpg o *.png;

    Se modific, conforme a los razonamientos sprrafo de este apartado de justificacin.

    IV.Vocales: El Coordinador General de Delegaciones,el Director General del Instituto Nacional para el Desarrollode Capacidades del Sector Rural A.C. (INCA RURAL), unDirector General designado por el Subsecretario de

    Agricultura, un Director General designado por elSubsecretario de Alimentacin y Competitividad y unDirector General designado por el Subsecretario deDesarrollo Rural; estos integrantes contarn con derecho avoz y voto.

    4. Imgenes de los croquis de la macro y micro localizacindel Proyecto Productivo, los cuales debern indicar conprecisin las referencias que permitan ubicar sin ningunaduda el sitio donde se desarrollar; dos cotizaciones delos conceptos de apoyo solicitados y un diagrama dedistribucin de reas, todos en formato de imgenes*.jpg o *.png;

    Se modific, conforme a los razonamientos sprrafo de este apartado de justificacin.

    V. Invitados: Los Titulares de la Oficina del AbogadoGeneral y el rgano Interno de Control en la Secretara, ola persona que stos designen; estos integrantes slocontarn con derecho a voz.

    Artculo 17. El "Comit Tcnico" sesionar una vez porbimestre con carcter ordinario y programar las sesionesextraordinarias que sean necesarias para desahogar losasuntos que lo ameriten. Se convocar como mnimo contres das de anticipacin a sesiones ordinarias y conveinticuatro horas para sesiones extraordinarias.

    Artculo 17. Se podrn realizar capturas parciales de informacindurante el tiempo que est disponible el Sistema de Captura deProyectos Productivos SICAPP, cancelndose automticamenteaquellas que queden inconclusas a las 23:59 horas del 3 de mayode 2015.

    Se adiciona, contenido y articulado conforme a laespecificar las acciones que se pueden realizcaptura.

    Artculo 18.En caso de ausencia de algn integrante enlas sesiones del "Comit Tcnico", ste designar unrepresentante mediante oficio de acreditacin, quientendr las facultades y obligaciones del titular y debiendoser servidor pblico de estructura con un nivel mnimo deDirector de rea.

    Artculo 18. Se dar por concluida la captura de la Solicitud deApoyo Anexo I, una vez que el Asesor Tcnico genere en elSICAPP, el acuse con la Clave de Registro de la solicitud.

    Se modifica, contenido y articulado conforme a lla finalidad de dar ms claridad y precisin.

    Artculo 19. El qurum legal del "Comit Tcnico" seintegrar con la asistencia de cuando menos la mitad ms

    Artculo 19. Una vez que se genere el acuse con la Clave deRegistro, el Asesor Tcnico no podr realizar correcciones o

    Se adiciona, contenido y articulado conforme a lespecificar el trmino fatal de registrar las solic

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    20/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    20

    uno de sus integrantes con derecho a voto, siempre quese encuentre presente el Presidente o su representante.Los acuerdos del "Comit Tcnico" se aprobarn pormayora de votos; en caso de empate en la votacin, elPresidente tendr voto de calidad.

    modificaciones a la Solicitud de Apoyo Anexo I. evitar modificaciones que ocasionaran un retraslos procesos.

    Artculo 20.Los integrantes del "Comit Tcnico", por el

    desempeo de sus funciones en el mismo, no recibirnpago alguno, por tratarse de cargos de carcter honorfico.

    Artculo 20. La Clave de Registro no implica ninguna obligacinde pago o apoyo por parte de la Secretara, ya que taldeterminacin depender del resultado final del cumplimiento delos requisitos que se anexen al Proyecto, de su apego a loscriterios de seleccin establecidos en las presentes Reglas deOperacin, as como de la disponibilidad presupuestal delPrograma.

    Se modific nicamente el articulado, ms no con

    Artculo 21. El "Comit Tcnico", tiene las siguientesatribuciones:

    Artculo 21. Aquellas solicitudes de apoyo que no hayanconcluido con el proceso de captura, una vez finalizado el periodopara el Registro de Solicitudes, se eliminarn del SICAPP.

    Se adiciona, para especificar la accin que se reel periodo de captura del SICAPP.

    I. Conocer las modificaciones que se realicen a las"Reglas de Operacin";

    II.Conocer la "Convocatoria" en la que se establecenlos plazos y condiciones para la recepcin de solicitudesde apoyo a Proyectos Productivos;

    III.Autorizar el apoyo de los Proyectos Productivos;

    IV. Conocer los Trminos de Referencia para que, conbase en la normativa establecida en la legislacinaplicable, se lleve a cabo la contratacin de la EvaluacinExterna;

    V.Conocer la cancelacin de los apoyos previamenteautorizados y/o entregados, la reactivacin de ProyectosProductivos y autorizar la reasignacin de los recursos del"Programa";

    VI.Aprobar el Orden del Da de las sesiones;

    VII.Aprobar acuerdos para cumplir en tiempo y formacon los objetivos del "Programa";

    VIII. Tomar conocimiento del seguimiento a losacuerdos o recomendaciones autorizados;

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    21/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    21

    IX. Ratificar las actas de las sesiones;

    X.Resolver sobre la interpretacin y lo no previsto enlas presentes "Reglas de Operacin", y

    XI.Las dems establecidas en otros ordenamientos.

    II.2 Validacin Normativa

    Artculo 22. La "Coordinacin General", es la unidadresponsable de la operacin del "Programa" y tiene lassiguientes atribuciones:

    Artculo 22. La Coordinacin General confrontar la lista de

    integrantes de las solicitudes de apoyo del Programaregistradas en el SICAPP y del Programa para el Apoyo a laProductividad de la Mujer Emprendedora PROMETE, con elobjetivo de evitar duplicidades en el ao vigente; as como en losltimos cinco ejercicios fiscales anteriores.

    Se modific, con la finalidad de especificar los req

    normativa.

    I. Integrar y administrar el "Padrn de AsesoresTcnicos";

    En caso de identificarse la existencia de duplicidad de integrantesen el ejercicio fiscal actual, se tomar en cuenta la primeraSolicitud de Apoyo que haya ingresado al SICAPP, para elproceso de Dictaminacin y las subsecuentes sern bloqueadaspor el SICAPP, sin posibilidad de ser dictaminadas.

    Se modific, con la finalidad de especificar duplicidad en el registro.

    II. Elaborar, modificar, adicionar y publicar losManuales;

    III. Coordinar la recepcin de la documentacin enVentanilla, con apoyo de las Delegaciones, para losGrupos Autorizados;

    IV.Seleccionar con base en los criterios de elegibilidady montos de apoyos descritos en las presentes "Reglas deOperacin", los "Proyectos Productivos" que habrn depresentarse para su autorizacin al "Comit Tcnico";

    V. Llevar a cabo acciones de supervisin previa a nivelnacional, con base en los elementos humanos ypresupuestarios con los que cuente, con la finalidad deverificar que la informacin registrada en la solicitud seacongruente con la realidad y, en caso contrario, proceder ala cancelacin de los Proyectos Productivos, una vezefectuada la entrega de la "Aportacin Directa".

    VI.Coordinar las visitas de supervisin en campo conapoyo de la "Delegacin", con el fin de constatar el

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    22/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    22

    cumplimiento de los objetivos del "Programa", quepermitan conocer el estado de operacin de los ProyectosProductivos y el desempeo de los/as Asesores Tcnicos;

    VII. Solicitar a la "Delegacin" los documentosnecesarios, en los casos que se requiera verificar lainformacin del Proyecto;

    VIII.Disear y coordinar la "Capacitacin Inicial" para

    los Grupos Autorizados, as como la entrega de lasconstancias de capacitacin con el apoyo de la Delegaciny el "Enlace Operativo";

    IX. Solicitar por oficio a la "Direccin General deProgramacin, Presupuesto y Finanzas, la liberacin ydispersin de los recursos autorizados a los GruposBeneficiarios;

    X. Cancelar solicitudes de apoyo con base en lasdisposiciones contenidas en las presentes Reglas ynotificar al Comit Tcnico los Proyectos Productivospreviamente autorizados y a la Oficina del AbogadoGeneral en caso de que se haya entregado el recursoautorizado, remitiendo la copia certificada del expedienteacompaada del "Dictamen Normativo" correspondiente;

    XI. Promover acciones de coordinacin condependencias, entidades, instituciones pblicas oprivadas, que coadyuven en el cumplimiento de losobjetivos del "Programa", en los casos que resulteprocedente;

    XII. Elaborar las adiciones y modificaciones a lasReglas del "Programa";

    XIII. Emitir las convocatorias requeridas por el"Programa";

    XIV.Proponer al "Comit Tcnico" la interpretacin delcontenido de las presentes Reglas y sobre lo no previstoen las mismas;

    XV. Integrar los trminos de referencia para las

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    23/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    23

    evaluaciones externas a las que se sujete el "Programa"de acuerdo con lo establecido en la Ley General deDesarrollo Social y el Programa Anual de Evaluacin(PAE) que emita el Consejo Nacional de Evaluacin de laPoltica de Desarrollo Social (CONEVAL), en coordinacincon la Direccin General de Planeacin y Evaluacin;

    XVI. Promover la participacin de los GruposBeneficiarios en eventos donde se impulse la

    comercializacin de los productos o servicios queofrezcan, as como en aquellos que se proporcionencapacitaciones adicionales o desarrollo de habilidades;

    XVII. Llevar a cabo la "Dictaminacin Tcnica" de la"Formulacin del Proyecto Productivo" registrado por el"Asesor Tcnico" en el SICAPP;

    XVIII. Las dems que las disposiciones aplicables leconfieran, y las que le encomienden sus superiores

    jerrquicos.

    4.3 La Delegacin

    Artculo 23. La Delegacin coadyuvar con la"Coordinacin General" en la ejecucin del Programa, con

    las siguientes atribuciones:

    Artculo 23. Con excepcin de aquellas solicitudes quecorrespondan a Grupos que participen en los trminos de loestablecido en el artculo 6, fraccin VII, las solicitudes de apoyoen las que se identifique integrantes que hayan sido beneficiados

    en los ltimos cinco ejercicios fiscales anteriores por elPrograma y PROMUSAG, actualmente PROMETE, sernbloqueadas por el SICAPP, sin posibilidad de ser dictaminadas.

    Se modific, en el nmero del artculo y en su conde especificar las consecuencias de duplicidad e

    I.Difundir en lugar visible de la "Delegacin" el "Padrnde Asesores Tcnicos" correspondiente a su entidadfederativa;

    II. Brindar informacin a los Grupos que acudan a la"Delegacin", que permita a sus integrantes conocer cmoopera el "Programa", as como sus derechos yobligaciones;

    III. Recibir y validar, en coordinacin con el "EnlaceOperativo" y dems personal que designe, ladocumentacin de los Grupos Autorizados, sealados en

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    24/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    24

    el artculo 42 de las presentes Reglas de Operacin,verificar que se cumpla con los requisitos establecidos enlos criterios de elegibilidad de las presentes Reglas deOperacin y cotejar los datos registrados y copiaspresentadas, con los documentos originales respectivos;

    IV. Verificar que los documentos de identificacin delos integrantes del "Grupo" sean correctos y en caso deencontrar alguna inconsistencia, solicitar la correccin en

    el SICAPP, notificando a la "Coordinacin General;V. Integrar, con apoyo del "Enlace Operativo", los

    expedientes de los Grupos Autorizados y resguardarlos;

    VI.Al cierre del "Programa", publicar en lugar visible delas instalaciones de la "Delegacin", los listados de lassolicitudes que fueron apoyadas por el "Comit Tcnico",as como los requisitos a cubrir. Estos listados tambin sepublicarn en la pgina electrnica de la SAGARPA.

    VII. Coadyuvar con la "Coordinacin General" en eldesarrollo de la supervisin de los Proyectos Productivosapoyados;

    VIII.Coordinar y supervisar a los/as Prestadores/as deServicios Profesionales vinculados al "Programa" para quedesarrollen las actividades que les fueron asignadas;

    IX. Notificar a los Asesores Tcnicos, por cualquiermedio disponible, las irregularidades en su actuar uomisiones en la prestacin de sus servicios;

    X. Coordinar con el apoyo del "Enlace Operativo" la"Capacitacin" que se otorga a los "Grupos Autorizados"y/o "Grupos Beneficiarios";

    XI. Asistir y apoyar a la "Coordinacin General" en elprocedimiento para la entrega de recursos a los Grupos

    Autorizados que cumplieron satisfactoriamente con todaslas etapas y procedimientos previstos en las presentesReglas;

    XII.Entregar al "Grupo Autorizado" el "Acta de Entrega-

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    25/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    25

    Recepcin" (anexo G), en original con las firmasrespectivas;

    XIII.Llevar a cabo la conciliacin de los conflictos quesean de su conocimiento, que se presenten al interior delos Grupos o de stos con el "Asesor Tcnico" y remitir elresultado a la Coordinacin General.

    XIV.Validar los cambios de integrantes solicitados porel "Grupo", de conformidad con el Artculo 15 Fraccin VIIy las modificaciones de integrantes en la mesa directiva deconformidad con el Artculo 14 Fraccin VIII, mismas quedebern ser notificadas a la "Coordinacin General";

    XV.Validar los cambios de domicilio de un "ProyectoProductivo" a efecto de que no salga del "Ncleo Agrario"en el que fue autorizado y notificar a la "CoordinacinGeneral";

    XVI.Emitir, con base en la informacin proporcionadapor la Delegacin Estatal del Registro Agrario Nacional desu entidad federativa, opinin en los casos en los que elpolgono del "Ncleo Agrario" sealado por el "Grupo" paraimplementar el "Proyecto Productivo" no est plenamentecertificado o delimitado;

    XVII.Recibir, revisar y validar el "Informe General de la

    Aplicacin del Recurso" (Anexo E) y su documentacincomprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales, entrminos de lo establecido en el artculo 59, prrafosegundo de las presentes "Reglas de Operacin", ascomo resguardar el original y su documentacin soporte,en la "Delegacin" y enviar nicamente copia del InformeGeneral de Aplicacin del Recurso (Anexo E) a la"Coordinacin General";

    XVIII. Certificar copia del expediente y enviar a la"Coordinacin General", en caso de incumplimiento a loestablecido en el artculo 15 fracciones IV y VI de laspresentes "Reglas de Operacin".

    XIX.Promover y gestionar ante las autoridades locales

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    26/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    26

    correspondientes, las medidas que garanticen laejecucin, supervisin y comprobacin de recursos en losProyectos Productivos, y

    XX. Las dems que las disposiciones aplicables leconfieran.

    4.4 Otros Participantes.

    4.4.1 Asesores Tcnicos.

    Artculo 24.La "Coordinacin General", con base en susatribuciones, y formulando las consultas institucionalesque estime pertinentes, incorporar al "Padrn de

    Asesores Tcnicos" aquellas personas que acrediten tenerla experiencia y la capacidad requeridas para laFormulacin de Proyectos Productivos, as como parabrindar "Asesora Tcnica" a los Grupos que resultenbeneficiarios del "Programa", de conformidad a losrequisitos que establezca para su habilitacin.

    Artculo 24. Concluido el periodo de registro de solicitudes deapoyo, la Coordinacin General enviar las listas de solicitantesde apoyo del Programa a otras Dependencias; solicitar, cotejary confrontar la lista de solicitantes y/o beneficiarios de otrosprogramas del Gobierno Federal que otorguen incentivos paraProyectos Productivos, en el presente ejercicio fiscal, a fin deidentificar posibles concurrencias y en su caso, evitarduplicidades en la entrega de recursos.

    Se modific, en el nmero del artculo y en su cestablecer claramente los mecanismos queDependencias.

    Los Asesores Tcnicos se sujetarn a los derechos,obligaciones e inhabilitaciones establecidas en el anexo H.

    El citado padrn se publicar en la pgina de laSAGARPA, Programas de Apoyo 2014, en la ligahttp://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspx

    4.5 Coordinacin Institucional. II.3 Cumplimiento de Criterios y Requisitos de Elegibilidad.

    II.3.1 Dictaminacin Tcnica

    Artculo 25.La Secretara podr establecer mecanismosde coordinacin con otras Dependencias para garantizarque el "Programa" no se contraponga, afecte o presenteduplicidades con otros programas o acciones del GobiernoFederal.

    Artculo 25. La Coordinacin General, de acuerdo al procesooperativo del Programa, llevar a cabo la DictaminacinTcnica de las Formulaciones de Proyectos, a travs delEquipo Dictaminador que para el efecto de designe, permitiendoa ste el acceso al SICAPP.

    Se modific, en el nmero del artculo y en su cestablecer que la Coordinacin es la encargada dla Dictaminacin, quien se apoyar de un eactividades de Dictaminacin, tomando como establecidos en las presentes Reglas de Operaci

    Artculo 26. La "Secretara" podr celebrar convenios ocontratos con las entidades u organismos, para laadministracin de los recursos, as como implementar losmecanismos jurdicos, financieros y administrativos deseguimiento y de supervisin que permitan la

    Artculo 26. La "Dictaminacin Tcnica" se har considerando loscinco perfiles (mercado, tcnico, sustentabilidad ambiental,financiero y diagnstico participativo) que integran la"Formulacin del Proyecto".

    Se modific nicamente el articulado, ms no con

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    27/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    27

    multiplicacin de los recursos, la entrega oportuna ytransparente de los mismos, en trminos de lo establecidopor la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria y su Reglamento.

    La Coordinacin interinstitucional buscar potenciar elimpacto de los recursos, fortalecer la cobertura de lasacciones, explotar la complementariedad y reducir gastosadministrativos a travs de otros rdenes de Gobierno y

    otras Dependencias de la Administracin Pblica Federal,en trminos de los convenios que en su caso se suscriban.

    CAPTULO 5. Operacin.

    5.1 Procedimiento.

    5.1.1 Convocatoria.

    Artculo 27. Los requisitos, plazos y trminos paraparticipar en el "Programa" se darn a conocer en la"Convocatoria" (anexo C) que para el efecto se expida, lacual se difundir en la pgina electrnica de la"Secretara", www.sagarpa.gob.mx, dos semanas despusde la publicacin en el Diario Oficial de la Federacin delas presentes "Reglas de Operacin".

    Artculo 27. No procedern a dictaminarse aquellas solicitudesde apoyo que:

    Se modifica, contenido y articulado conforme a lla finalidad de dar ms claridad y precisiimprocedencia para dictaminarse los proyectos.

    I. Presenten incongruencia entre los conceptos de inversinregistrados en el Anexo I y el Anexo II;

    II. Observen inconsistencia entre el documento en Word y lascorridas financieras en formato Excel del Anexo II; y

    III. Las que incluyan alguno de los conceptos de inversinsealados en el Anexo III de las presentes Reglas deOperacin.

    5.1.2 Registro de Solicitudes.

    Artculo 28. El "Asesor Tcnico" realizar la captura dedatos para el registro de solicitudes, a travs del SICAPP,disponible en la pgina electrnica de la "Secretara"www.sagarpa.gob.mx, con base en la informacin, datos ydocumentacin proporcionados por el "Grupo".

    Artculo 28. El "Equipo Dictaminador" dar aviso a la"Coordinacin General" de los resultados obtenidos por latotalidad de las solicitudes procedentes con fecha lmite al 15 dediciembre del 2015.

    Se modifica, contenido y articulado conforme a lla finalidad de empatarlo con los trminos eFederal de Presupuesto y Responsabilidad Hacposibilidad de ejercer el recurso pendiente hasejercicio fiscal.

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    28/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    28

    En archivos electrnicos adjuntos, el "Asesor Tcnico"ingresar al SICAPP:

    1. La corrida financiera en hoja de clculo "*.xls" o"*.xlsx" (excel);

    2. Los perfiles de Diagnstico Participativo, Mercado,Tcnico y de Sustentabilidad Ambiental, en procesador detexto "*.doc" o "*.docx" (word);

    3. Fotografa del domicilio en el que se pretendeinstalar el "Proyecto Productivo", Fotografa del "Grupo" enel lugar en el que se pretende instalar el "ProyectoProductivo" (con cartel que seale el nombre del"Programa", monto solicitado y "Giro" del "ProyectoProductivo"), imgenes de la macro y micro localizacindel "Proyecto Productivo", y el diagrama de d istribucin dereas, todos en formato de imgenes "*.jpg" o "*.png".

    Artculo 29. El "Asesor Tcnico" es responsable de lacorrecta captura de la informacin registrada y acepta lasconsecuencias que de la misma se deriven.

    Artculo 29. Para efectos del resultado de la DictaminacinTcnica se considerarn:

    Se modific nicamente el articulado, ms no con

    I.Validado Tcnicamente: Aquellas Formulaciones de Proyectosque obtengan una Dictaminacin Tcnica igual o mayor a60/100;

    II. No Validado Tcnicamente: Aquellas Formulaciones deProyectos que obtengan una Dictaminacin Tcnica menor a50/100; y

    III. Sujetos a Correccin: Aquellas Formulaciones de ProyectosProductivos que obtengan una Dictaminacin Tcnica en unrango de 50/100 a 59/100. Las Formulaciones de Proyectos queobtengan este estatus sern notificados va correo electrnico alAsesor Tcnico, para que se subsanen en el SICAPP lasobservaciones a los proyectos, en un plazo no mayor a cinco dashbiles posteriores a la fecha de envo de la notificacin. Lasmodificaciones debern ingresarse en el SICAPP.

    Artculo 30. Una vez concluida la captura de lainformacin, el SICAPP emitir un acuse con la "Clave deRegistro" de la solicitud.

    Artculo 30. Se asignar una puntuacin adicional, a aquellasFormulaciones de Proyectos Productivos ValidadasTcnicamente en la "Dictaminacin Tcnica", que se encuentren

    Se modific, solo a lo que se refiere la fraccin trmino local y as considerar validos un mayorque se encuentren en dichos supuestos.

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    29/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    29

    en los siguientes supuestos:I. Tengan como objetivo generar un valor agregado en laproduccin de bienes y servicios; y/o

    II. Se integren en una cadena productiva local y/o regional.Se modific, conforme a los razonamientos sprrafo de este apartado de justificacin.

    Artculo 31. La "Clave de Registro" no implica ningunaobligacin de pago o apoyo por parte de la Secretara, yaque tal determinacin depender del resultado final del

    cumplimiento de los requisitos que se anexen al "ProyectoProductivo", de su apego a los criterios de seleccinestablecidos en las presentes Reglas, as como de ladisponibilidad presupuestal del "Programa".

    Artculo 31. Para continuar con el Procedimiento esindispensable que la Formulacin del Proyecto obtenga en la"Dictaminacin Tcnica" una calificacin que lo site dentro del

    rango de Validado Tcnicamente. La ponderacin de lafocalizacin por marginacin y vulnerabilidad, se aplicarnicamente a los proyectos validados en su "DictaminacinTcnica".

    Se modific nicamente el articulado, ms no con

    5.1.3 Verificacin de Duplicidades.

    Artculo 32.La "Coordinacin General" confrontar la listade integrantes de los Grupos solicitantes del "Programa" ydel Programa para el Apoyo a la Productividad de la MujerEmprendedora, con el objetivo de evitar duplicidades en elao vigente.

    Artculo 32. Concluido el proceso de Dictaminacin Tcnica segenerar una Cdula de Opinin de Viabilidad Tcnica de cadaFormulacin de Proyecto dictaminada.

    Se modific, contenido y articulado conforme asugerencia de instancias competentes para quque contenga el resultado de la Dictaminacin tc

    En caso de duplicidad de integrantes, para que el"Proyecto Productivo" contine el proceso deDictaminacin, se tomar en cuenta la primera solicitudque haya ingresado al SICAPP;

    5.1.4 Dictaminacin Tcnica de la Formulacin deProyectos Productivos.

    5.1.4.1 Dictaminacin Tcnica.

    Artculo 33. La "Coordinacin General", de acuerdo alproceso operativo del "Programa", permitir el acceso del"Equipo Dictaminador" al SICAPP, para iniciar la"Dictaminacin Tcnica" de las Solicitudes.

    Artculo 33. La Coordinacin General tendr hasta el 31 dediciembre para dar a conocer los resultados de la DictaminacinTcnica del ejercicio fiscal vigente.

    Se modific, contenido y articulado conforme a lel fin de transparentar los resultados de la Dcumplimiento a la Ley Federal de TranspareInformacin Pblica Gubernamental.

    II.3.2 Anlisis de Focalizacin.

    Artculo 34. La "Dictaminacin Tcnica" se harconsiderando los cinco perfiles (diagnstico participativo,mercado, tcnico, sustentabilidad ambiental y financiero)que integran la "Formulacin del "Proyecto Productivo".

    Artculo 34. La "Coordinacin General" aplicar los Criterios deFocalizacin por marginacin y vulnerabilidad establecidos en elartculo 8 de las presentes Reglas de Operacin, con base enlos catlogos proporcionados por las dependencias federales

    Se modific, contenido y articulado conforme a lla finalidad de dar transparencia a la aplicacitravs de la pgina oficial electrnica de los Progr

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    30/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    30

    competentes, a travs del "SICAPP" publicados en la pgina de laSecretaria, en el programa respectivo.http://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspx.

    Con excepcin de aquellas solicitudes que correspondan aGrupos que participen en los trminos de lo establecido enel artculo 8 inciso d), no sern dictaminadas aquellassolicitudes que tengan duplicidad en el ciclo actual y/o quehayan sido beneficiadas en los ltimos cinco ejercicios

    fiscales por el "Programa" y el Programa de la Mujer en elSector Agrario, o incongruencia entre los conceptos deinversin registrados en el Anexo A y el Anexo B, ascomo las del documento en Word y las corridas financierasen formato Excel, adems de las que infrinjan lo previstoen el artculo 11 de las presentes "Reglas de Operacin".

    II.4 Resolucin

    II.4.1 Autorizacin de solicitudes de apoyo.

    Artculo 35. El "Equipo Dictaminador" dar aviso a la"Coordinacin General" de los resultados obtenidos por latotalidad de los Proyectos Productivos que se les turnen,como fecha lmite el 15 de diciembre del 2014.

    Artculo 35. La "Coordinacin General" con base a ladisponibilidad presupuestaria del "Programa, tendr hasta el 15de diciembre para someter a autorizacin del "Comit Tcnico"aquellas Formulaciones de Proyectos Productivos que hayanresultado Validados Tcnicamente en la "DictaminacinTcnica" y una vez que hayan concluido la priorizacin de lasSolicitudes de Apoyo por Focalizacin.

    Se modifica, contenido y articulado conforme a lla finalidad de alnearlo con los trminos establecde Presupuesto y Responsabilidad Hacendaposibilidad de ejercer el recurso pendiente hasejercicio fiscal.

    Artculo 36. Para efectos del resultado de laDictaminacin se considerarn:

    Artculo 36. La "Coordinacin General" en caso de identificarconcurrencia entre solicitantes de apoyo con otras Dependenciasdel Gobierno Federal, una vez que la Solicitud de Apoyo hayasido autorizada, lo har del conocimiento al Asesor Tcnicocorrespondiente para que en su caso, proceda a solicitar eldesistimiento de dicho integrante o integrantes ante estaSecretara y solicitar la sustitucin del o los mismos para que elProyecto Autorizado pueda continuar con su proceso de entregade recursos; en caso contrario, deber presentar en laDelegacin original y copia para cotejo del acuse dedesistimiento de dicho integrante o integrantes ante la otraDependencia.

    Se modifica, contenido y articulado conforme a laobjeto de que el Asesor Tcnico participe en esustitucin, puesto que uno de los requisitos esen otro programa y, para el caso de que se de diccon las reglas.

    As mismo, el hecho de que se le notifique al procedimiento y le da oportunidad al grupo de csubsecuentes.

    a) Validado: Aquellas Formulaciones de Proyectos

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

    http://www.sagarpa.gob.mx/programassagarpa/Paginas/default.aspx
  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    31/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

    31

    Productivos que obtengan una Dictaminacin igual omayor a 60/100. La ponderacin de la focalizacin pormarginacin y vulnerabilidad, se aplicar nicamente aestos proyectos productivos;

    b)No Validado: Aquellas Formulaciones de ProyectosProductivos que obtengan una Dictaminacin menor a50/100; y

    c) Sujetos a Correccin: Aquellas Formulaciones de

    Proyectos Productivos que obtengan una Dictaminacinen un rango de 50/100 a 59/100. Las Formulaciones deProyectos Productivos que obtengan este estatus sernnotificados va correo electrnico o nmero de telfonocelular al "Grupo", en caso de haberlos registrado para talfin, as como al "Asesor Tcnico", para que se subsanenlas observaciones en el SICAPP, en un plazo no mayor acinco das hbiles posteriores a la fecha de envo de lanotificacin. Las modificaciones debern ingresarse en elSICAPP.

    II.5 Procedimientos Especficos y Notificaciones.

    II.5.1 Entrega de documentacin en ventanilla de los GruposAutorizados.

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    32/58

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    33/58

    FAPPA

    33

    pertenencia a ncleos agrarios.

    Para dar ms oportunidad de cumplir con los rrecibir el recurso autorizado; por consiguiente, een satisfacer necesidades de los sectores ms con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

    En caso de que la identificacin oficial no precise el NcleoAgrario registrado en el Anexo I, adicional y obl igatoriamentedeber presentar la Constancia de Vecindad, misma que deber

    ser expedida por el Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales,que indique que l o los respectivos integrantes habitan en elNcleo Agrario donde se desarrollar el Proyecto Productivo.No se aceptarn comprobantes de identificaciones oficiales entrmite;

    IV. Acta de Asamblea debidamente firmada donde se manifiestela constitucin del Grupo, los nombres de sus integrantes y aquienes corresponde asumir los cargos de Presidente, Secretarioy Tesorero. Para los Grupos legalmente constituidos o que en elAnexo I hayan manifestado constituirse legalmente, serobligatoria la presentacin del acta constitutiva correspondiente,en la que se mencione el tipo de sociedad que haya elegido;

    V. Croquis de macro y micro localizacin del lugar donde seubicar el Proyecto Productivo, los cuales debern indicar con

    precisin las referencias que permitan ubicar sin ninguna duda elsitio donde se desarrollar; dos cotizaciones de los conceptos deapoyo solicitados y un diagrama de distribucin de reas;

    VI. Fotografa de los integrantes del Grupo acompaados delAsesor Tcnico, en el domicilio donde se pretende instalar elProyecto Productivo; preferentemente mostrando un cartel quepermita apreciar los datos del nombre del Programa, montosolicitado, monto correspondiente al pago del Asesor Tcnico yGiro del Proyecto Productivo;

    VII. Copia del contrato de apertura de cuenta bancaria o en sucaso estado de cuenta bancario no mayor a tres meses deantigedad.

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    34/58

    FAPPA

    34

    5.1.5 "Aplicacin de Criterios de Focalizacin".

    Artculo 39. La "Coordinacin General" aplicar losCriterios de Focalizacin por marginacin y vulnerabilidad,con base en los catlogos proporcionados por lasdependencias federales competentes, a travs del"SICAPP".

    Artculo 39. Durante la recepcin en ventanilla de ladocumentacin de los Grupos Autorizados, la Delegacin conapoyo del Responsable del Programa,, validarn la informacincontenida en el SICAPP capturada por el Asesor Tcnico yrecibirn las copias de los documentos cotejndolas con losoriginales, mismas que conformarn el expediente del Proyecto

    Productivo.

    Se modific, contenido y articulado conforme a que la figura de Enlace Operativo (Prestador dcontratado por la Delegacin) por el Responsavirtud de que las obligaciones que debe realizcoadyuvante en la ejecucin del Programa, con lade Enlace Sectorial, le obliga a realizar actos dede conformidad con los artculos 35 y 37 del Re

    SAGARPA.5.1.6 Autorizacin de solicitudes de apoyo.

    Artculo 40. La "Coordinacin General" someter a laautorizacin del "Comit Tcnico" aquellas Formulacionesde Proyectos Productivos que hayan cumplido con una"Dictaminacin Tcnica" situada dentro del rango deProyectos Validados y con los Criterios de Focalizacin,con base a la disponibilidad presupuestaria del"Programa".

    Artculo 40. En caso de que el Grupo Autorizado no sepresente a la Delegacin que le corresponda, el da y horasealada en la notificacin, existan omisiones y/o incumplimientosde acuerdo a lo sealado en el artculo 38, se le notificar por unasegunda ocasin. En caso de no atender esta ltima en lostrminos establecidos, se proceder a cancelar el Proyecto

    Autorizado, cuyo incumplimiento ser responsabilidad exclusivade los integrantes del Grupo y del Asesor Tcnico.

    Se modifica, contenido y articulado conforme a ladarle otra oportunidad al Grupo Beneficiario, cafectarlo en la entrega del apoyo. Y as, cumgenerales del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2obstaculizar o establecer trabas burocrticasbeneficiarios.

    Artculo 41.La "Coordinacin General" cotejar la lista deintegrantes de Grupos solicitantes o beneficiarios/as deotras dependencias que otorgan apoyos para ProyectosProductivos, a fin de evitar duplicidades con otros

    programas coincidentes del Gobierno Federal.

    Artculo 41. Aquellos Grupos Autorizados que hayan cumplidocon la presentacin de la documentacin en la Delegacincorrespondiente, se les entregar un Acuse de Ventanilla ypasarn a los procesos de capacitacin y firma del Convenio de

    Concertacin.

    Se adicion, con la finalidad de darle al grupojurdica de haber cumplido con los requisitos de e

    5.1.7 Entrega de documentacin en ventanilla paraGrupos Autorizados.

    II.5.2 Capacitacin a Grupos Autorizados por el ComitTcnico

    Artculo 42. Para continuar en el proceso, la"Coordinacin General" a travs de la "Delegacin"notificar la fecha y hora en la que al menos uno de losintegrantes del "Grupo Autorizado", acompaado del"Asesor Tcnico", deber presentarse en la "Delegacin",presentando la siguiente documentacin, en original ycopia, para cotejo:

    Artculo 42. La Delegacin, notificar al Grupo Autorizado lafecha y hora para que se presente a recibir la Capacitacin.

    Se modific, contenido y articulado conforme a lel fin de reducir los tiempos en la operacin.

    I.Acuse de Registro expedido por el SICAPP;

    II. Formato de Solicitud de "Proyecto Productivo",

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOS

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    35/58

    FAPPA

    35

    debidamente firmado por cada integrante del "GrupoAutorizado". En caso de no saber escribir, en el sitiocorrespondiente, debern colocar la marca de la huelladigital de su dedo pulgar (Anexo A);

    III."Formulacin del Proyecto Productivo" (Anexo B);

    IV. Identificacin oficial con fotografa de cada uno delos integrantes, en la que se especifique el domicilio y queste contenga el "Ncleo Agrario" registrado en el

    "SICAPP". En caso de que la credencial no precise el"Ncleo Agrario" registrado en el Anexo A, adicional yobligatoriamente deber presentar la "Constancia deVecindad" que indique que el respectivo integrante habitaen el "Ncleo Agrario" donde se desarrollar el "ProyectoProductivo". Esta medida no aplicar en caso de que en laCredencial se manifieste Estado, municipio o "Ncleo

    Agrario" diferente al registrado en el SICAPP. No seaceptarn comprobantes de credenciales de elector entrmite;

    V. Acta de Asamblea debidamente firmada donde semanifieste la constitucin del "Grupo", los nombres de susintegrantes y a quienes corresponde asumir los cargos dePresidente, Secretario y Tesorero. Para los Gruposlegalmente constituidos en figuras asociativas, es

    obligatoria la presentacin del acta constitutivacorrespondiente, en la que se mencione el tipo desociedad que haya elegido;

    VI.Croquis de macro y micro localizacin a detalle dellugar donde se ubicar el "Proyecto Productivo";

    VII. Anexar una fotografa del grupo en el domicilioregistrado en el SICAPP y otra en el lugar donde sepretende instalar el Proyecto Productivo, en la que seaprecie un cartel en donde se pueda observar el nombredel Programa, monto solicitado y giro del ProyectoProductivo;

    VIII.Manifiesto bajo protesta de decir verdad, firmado

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    36/58

    FAPPA

    36

    por todos los integrantes del "Grupo Autorizado", de queconocen sus derechos y obligaciones, establecidos en lasReglas, el monto solicitado y el "Giro" al que pertenece el"Proyecto Productivo";

    IX. Presentar por integrante, un escrito en el que semanifieste bajo protesta de decir verdad, no ser solicitanteante otras Dependencias Federales que apoyen ProyectosProductivos, en el presente ejercicio fiscal; en caso

    contrario, deber presentar acuse del escrito dedesistimiento del apoyo solicitado.

    X. Copia del contrato de apertura de cuenta bancaria.

    Artculo 43.Durante la recepcin de la documentacin enventanilla, de los "Grupos Autorizados", la "Delegacin"con apoyo de los "Enlaces Operativos", validarn lainformacin contenida en el "SICAPP" capturada por el"Asesor Tcnico" y recibirn las copias de los documentoscotejndolas con los originales, mismas que conformarnel expediente del "Proyecto Productivo".

    Artculo 43. Para recibir la Capacitacin, el Grupo Autorizadodeber presentar en la Delegacin los siguientes documentos:

    Se modifica, contenido y articulado conforme puesto que la copia de identificacin, era Eliminando as requisitos innecesarios.

    Una vez que el "Grupo autorizado" haya realizado eltrmite de apertura de cuenta bancaria, deber entregarcopia del contrato a la "Delegacin".

    I. Original de una Identificacin oficial con fotografa de cada unode los asistentes; y

    II. Contrato de Asesora Tcnica Anexo IV en tres tantos (uno

    para el Grupo Autorizado, uno para el Asesor Tcnico y otropara la Delegacin) con copia simple de la identificacin oficialcon fotografa y firma del Asesor Tcnico encargado de otorgarla asesora.

    Artculo 44.En caso de que el "Grupo Autorizado" no sepresente a la "Delegacin" que le corresponda, el da yhora sealada en la notificacin, as como las omisiones oincumplimientos, sern causas de cancelacin de lasolicitud; cuya responsabilidad ser exclusiva de losintegrantes del "Grupo" y/o del "Asesor Tcnico".

    Artculo 44. En caso de que el Grupo Autorizado no sepresente a la Delegacin que le corresponda, el da y horasealada en la notificacin, existan omisiones y/o incumplimientosde acuerdo a lo sealado en el artculo 42 y 43, se le notificarpor una segunda ocasin. En caso de no atender esta ltima enlos trminos establecidos, se proceder a cancelar el Proyecto

    Autorizado; cuyo incumplimiento ser responsabilidad exclusivade los integrantes del Grupo y del Asesor Tcnico.

    Se modifica, contenido y articulado conforme a ladarle otra oportunidad al Grupo Beneficiario, cafectarlo en la entrega del apoyo. Y as, cumgenerales del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2obstaculizar o establecer trabas burocrticasbeneficiarios.

    5.1.8 Causales de Cancelacin de Proyectos

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    37/58

    FAPPA

    37

    Productivos.

    Artculo 45. La "Coordinacin General", en cualquiermomento del procedimiento, tiene facultad para decretar elrechazo de la "Solicitud de Apoyo", as como lacancelacin del "Proyecto Autorizado" y la cancelacin del"Proyecto Productivo" como a continuacin se describe.

    Artculo 45. La Delegacin, con apoyo del Responsable delPrograma, deber:

    Se modifica, contenido y articulado conforme aefecto de asegurar que el mnimo de integrantesreciba la capacitacin necesaria con la finconocimientos que se requieren para dar cumpldel Programa.

    A. Tratndose de "Solicitud de Apoyo" stas sern

    rechazadas cuando se incurra en alguna/s de lassiguientes causas:

    I. Verificar al inicio y al final de la Capacitacin que al menos el80% de los integrantes del Grupo Autorizado estn presentes;

    para el caso de Grupos de tres y cuatro integrantes, se dar porcumplida la asistencia del Grupo Autorizado con la presencia deal menos dos y tres integrantes respectivamente; y

    I. Cuando se advierta duplicidad de integrante en elregistro histrico de los Programas, excepto los sealadosen el artculo 8 fraccin IV de las Presentes reglas;

    II. Entregar la Constancia de Capacitacin al Grupo Autorizadoy/o Grupo Beneficiario, al finalizar sta.

    II. Cuando se advierta duplicidad de integrante en elregistro del ejercicio fiscal vigente en el Programa y en elPrograma de Apoyo para la Productividad de la MujerEmprendedora, a los cuales se aplicar lo previsto en el

    Artculo 32 de las Reglas de Operacin;

    III. Cuando se dictamine "No validado";

    IV. Cuando la calificacin tcnica sea "Sujeto aCorreccin" y no se solventen las observaciones, y

    V. Cuando dictaminado "Validado" no se le asignerecurso por falta de presupuesto.

    B. "Tratndose de "Proyectos Autorizados" stos serncancelados cuando se incurra en alguna/s de lassiguientes causas:

    I. La falta de cumplimiento a las fracciones I y II delArtculo 15 de las presentes Reglas de Operacin;

    II. Falsedad o inconsistencias en la informacincontenida en algn documento presentado por el "Grupo

    Autorizado".

    III. Falta de atencin a los requerimientos expresosrealizados por la "Coordinacin General" o "Delegacin",

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    38/58

    FAPPA

    38

    dentro del plazo mximo de 10 das hbiles, conforme loindicado en el artculo 15 fraccin IX de las presentesReglas de Operacin;

    IV. Aquellos Proyectos Autorizados en los que sedetecten concurrencias de integrantes durante el ejerciciofiscal vigente en algn otro programa de algunaDependencia Federal que otorgue recursos paraimplementar proyectos productivos similares a los del

    Programa y no presente el acuse del desistimiento;V. Cuando algn integrante del Grupo Autorizado seaservidor pblico de cualquiera de los tres poderes yniveles de gobierno;

    VI. Cuando algn integrante del Grupo Autorizado seafamiliar consanguneo hasta el cuarto grado y por afinidad,de algn servidor pblico o Prestador de ServiciosProfesionales contratado para los programas a cargo de la"Coordinacin General";

    VII. Cuando el "Grupo Autorizado" o algn integrante nose presente en compaa de su "Asesor Tcnico" a la citapara la entrega de la documentacin ante la DelegacinEstatal que le corresponde, sin causa justificada;

    VIII. Cuando la documentacin presentada se encuentre

    incompleta o no cumpla con los requisitos estipulados enel Artculo 42 de las presentes Reglas de Operacin y nosolvente la observacin y;

    IX. No cumplir con algn procedimiento previsto en laspresentes Reglas de Operacin sin causa justificada.

    C. "Tratndose de "Proyectos Productivos" stos serncancelados y se solicitar el reintegro del recursoautorizado cuando se incurra en alguna/s de las siguientescausas:

    I. Incumplir lo previsto en el artculo 15 fracciones IV yVI de las presentes Reglas de Operacin; determinacinque se realizar una vez recibida la copia certificada del

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    39/58

    FAPPA

    39

    expediente por parte de la "Delegacin";

    II. Cuando los integrantes del Grupo Autorizado nopermitan u obstaculicen las visitas de Supervisin Especialo de Seguimiento, conforme lo indicado en el artculo 15fraccin V de las presentes Reglas de Operacin;

    III. Cuando los integrantes del Grupo Autorizado nopermitan u obstaculicen las visitas de Supervisin Previa,conforme lo indicado en el artculo 15 fraccin V de las

    presentes Reglas de Operacin;IV. Cuando los integrantes del Grupo Autorizado, almomento de la visita de Supervisin Previa, manifiestendesconocer: al "Asesor Tcnico", el Proyecto Productivo,el Giro, el lugar de implementacin, el monto y losconceptos de inversin, que forman parte de un Grupo

    Autorizado o su firma en el Formato de Solicitud de Apoyo(Anexo A), y

    V. Cuando al momento de la Supervisin Previa noexistan las condiciones fsicas, tcnicas, materiales,humanas, de mercado o de cualquier otra ndole, paradesarrollar el Proyecto Productivo.

    5.1.9 Capacitacin a Grupos Autorizados por el"Comit Tcnico"

    Artculo 46. La "Delegacin", notificar al "GrupoAutorizado" la fecha y hora para que se presente a recibirla "Capacitacin".

    Artculo 46. La Delegacin, con apoyo del Responsable delPrograma, informar a la Coordinacin General sobre elresultado de las capacitaciones realizadas.

    Se modific, contenido y articulado conforme afigura de Enlace Operativo (Prestador de Serviciopor la Delegacin) por el Responsable de Progrlas obligaciones que debe realizar en su carcteejecucin del Programa, con la CoordinacinSectorial, le obliga a realizar actos de autorconformidad con los artculos 35 y 37 del RegSAGARPA.

    II.6 Suscripcin del Documento Jurdico con el Beneficiario.

    II.6.1 Convenio de Concertacin

    Artculo 47. Para recibir la "Capacitacin", el "GrupoAutorizado" por el "Comit Tcnico" deber presentar en la

    Artculo 47. La Coordinacin General a travs de laDelegacin, suscribir el Convenio de Concertacin con el

    Se modific, toda vez que el Convenio deinstrumento jurdico sancionado por la Oficina d

    PROGRAMA FONDO PARA EL APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS EN NCLEOS AGRARIOSFAPPA

  • 7/21/2019 fappa_promete 2015.

    40/58

    FAPPA

    40

    "Delegacin: Grupo Beneficiario mismo que tiene por objeto establecer losderechos y obligaciones de las partes, as como, fijar las basesde concertacin para conjuntar acciones y en su caso, recursospara la implementacin del Proyecto Productivo.

    que suscriben las Unidades Responsables de la sus Instancias Ejecutoras con los beneficiariosComponentes de esta Secretara.

    Adems, de los derechos y obligaciones de las se conjuntaran acciones y en su caso, recursimplementar proyectos productivos, a efecto de dobjetivo general del Programa.

    Adicionalmente, fue modificado ya que el concRecepcin ahora es Convenio de Concertacin.

    I. Copia simple y original para cotejo de unaIdentificacin oficial con fotografa de cada uno de losasistentes, y

    II. "Contrato de Asesora Tcnica" en tres tantos (unopara el "Grupo Autorizado", uno para e