Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

5
Estudio Jurídico Dres. Costa Asoc . Feriados Obligatorios y Días No Laborales según la Ley 20744.  Por Francisco José Costa 1.-Introduccin. Para el análisis del régimen de días feriados y no laborales, debe establecerse que tal evaluación puede ser hecha de conformidad con el régimen nacional en la materia o también y adicionalmente, de conformidad con las legislaciones provinciales que han incorpor ado ciertas fechas según su jurisdicción En términos generales, debemos decir que son feriados, aquellos que por disposición leg al, se estab lec e qu e no se trabaje en todo el ter ri tor io del paí s, con moti vo de una celebr aci ón cívica, his tór ica o religiosa, aunque sin que los tra baj ador es pierdan su remuneración !e determinan estos asuetos pagos, con el fin de permitir a los trabajadores asistir y participar de los actos cívicos o de culto que se lleven a cabo, en ra"ón de la celebración# $as mismas re" one s e%puestas, son las que or iginan la designación de días no laborables, pero en este caso, a diferencia de los feriados, el asueto pago no es obligatorio, sino que son los empleadores los que determinan si, en la fecha, se trabaja o no 2.- Listado de Feriados y Días No Laborables.- El &apitulo ''', (itulo )' de $a $ey de &ontrato de (rabajo regula el régimen de los feriados nacionales obligatorios y días no laborales En el sentido e%puesto el articulo *+ e%presamente dispone “Serán feriados nacionales y días no laborales los establecidos en el régimen legal que los regule”. ( e niendo en cuenta s las disposiciones pr evi stas par a el &alendario -.*/ se encuentran previstos y estipulados los siguientes feriados y días no laborables0 a. Feri ados Ina!o" ibles Fec#a $on!e!oracin %artes 1 de &nero '(o nue"o )ue"es *1 de &nero +icentenario de la 'sa!blea ,eneral $onstituyente de 11* Lunes 11 de Febrero $arna"al %artes 12 de Febrero $arna"al %ircoles 20 de Febrero +icentenario de la +atalla de /alta Do!ingo 24 de %aro Día de la %e!oria iernes 2 de %aro iernes /anto Lunes 1 de 'bril Feriado 3uente urístico %artes 2 de 'bril Día del eterano de %al"inas %ircoles 1 de %ayo Día del raba5ador /6bado 2 de %ayo 8e"olucin de %ayo )ue"es 20 de )unio Día de la +andera 9Falleci!iento de %anuel +elgrano: iernes 21 de )unio Feriado 3uente urístico

Transcript of Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

7/25/2019 Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

http://slidepdf.com/reader/full/feriados-y-dias-no-laborables-liquidacion 1/5

Estudio Jurídico Dres. Costa Asoc.

Feriados Obligatorios y Días No Laborales según la Ley 20744.

  Por Francisco José Costa

1.-Introduccin.

Para el análisis del régimen de días feriados y no laborales, debe establecerse que tal

evaluación puede ser hecha de conformidad con el régimen nacional en la materia o también y

adicionalmente, de conformidad con las legislaciones provinciales que han incorporado ciertas

fechas según su jurisdicción

En términos generales, debemos decir que son feriados, aquellos que por disposición

legal, se establece que no se trabaje en todo el territorio del país, con motivo de una

celebración cívica, histórica o religiosa, aunque sin que los trabajadores pierdan su

remuneración !e determinan estos asuetos pagos, con el fin de permitir a los trabajadores

asistir y participar de los actos cívicos o de culto que se lleven a cabo, en ra"ón de la

celebración#

$as mismas re"ones e%puestas, son las que originan la designación de días no

laborables, pero en este caso, a diferencia de los feriados, el asueto pago no es obligatorio,

sino que son los empleadores los que determinan si, en la fecha, se trabaja o no

2.- Listado de Feriados y Días No Laborables.-

El &apitulo ''', (itulo )' de $a $ey de &ontrato de (rabajo regula el régimen de los

feriados nacionales obligatorios y días no laborales En el sentido e%puesto el articulo *+

e%presamente dispone “Serán feriados nacionales y días no laborales los establecidos en el 

régimen legal que los regule”.

(eniendo en cuentas las disposiciones previstas para el &alendario -.*/ se

encuentran previstos y estipulados los siguientes feriados y días no laborables0

a. Feriados Ina!o"ibles

Fec#a $on!e!oracin

%artes 1 de &nero '(o nue"o

)ue"es *1 de &nero+icentenario de la 'sa!blea ,eneral $onstituyente

de 11*

Lunes 11 de Febrero $arna"al

%artes 12 de Febrero $arna"al

%ircoles 20 de Febrero +icentenario de la +atalla de /alta

Do!ingo 24 de %aro Día de la %e!oria

iernes 2 de %aro iernes /anto

Lunes 1 de 'bril Feriado 3uente urístico

%artes 2 de 'bril Día del eterano de %al"inas

%ircoles 1 de %ayo Día del raba5ador 

/6bado 2 de %ayo 8e"olucin de %ayo

)ue"es 20 de )unio Día de la +andera 9Falleci!iento de %anuel +elgrano:

iernes 21 de )unio Feriado 3uente urístico

7/25/2019 Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

http://slidepdf.com/reader/full/feriados-y-dias-no-laborables-liquidacion 2/5

a. Feriados Ina!o"ibles

Fec#a $on!e!oracin

%artes de )ulio Día de la Inde;endencia

Do!ingo de Dicie!bre In!aculada $once;cin

%ircoles 2 de Dicie!bre Na"idad

Feriados rasladables

Fec#a $on!e!oracin

Lunes 1 de 'gostoFalleci!iento del ,eneral /an %artín 9original!ente

el 17<:

Lunes 14 de Octubre Día de la 8aa 9original!ente el 12<10:

Lunes 2 de No"ie!bre Día de la /oberanía Nacional 9original!ente el 20<11:  

Días No Laborables

Fec#a $on!e!oracin

Lunes 2 de %aro 3ascua )udía

%artes 2= de %aro 3ascua )udía

%ircoles 27 de %aro 3ascua )udía

)ue"es 2 de %aro )ue"es /anto

Do!ingo *1 de %aro 3ascua )udía

Lunes 1 de 'bril 3ascua )udía%artes 2 de 'bril 3ascua )udía

%ircoles 4 de /e;tie!bre '(o Nue"o )udío

iernes 1* de /e;tie!bre  >o! ?i;ur

*.- 8gi!en )uridico Feriados 9Ley 20744:

$a ley de contrato de trabajo da tratamiento a los feriados en los artículos *++ y

siguientes de la $&(, de lo cual se desprende que el dependiente en días feriados no está

obligado a prestar tareas, percibiendo salario por el día que se conmemora

 1hora bien, para el caso que preste tareas en un día feriado conforme dispone el

artículo *++ percibirá la remuneración normal de los días laborables más una de cantidad igual,

la cual se calculara conforme dispone el artículo *+2 de la $&(

Para tener derecho a percibir la remuneración en un día feriado, el artículo *+3 de la

$ey de &ontrato de (rabajo, específicamente dispone que los trabajadores, deben haber 

trabajado a las órdenes del mismo empleador cuarenta y ocho 4536 horas o seis 4+6 jornadas

dentro del término de die" 4*.6 días hábiles anteriores al feriado 7 la víspera hábil, del día

feriado y continuaran trabajando en cualquiera de los cinco 46 días hábiles subsiguientes

4.- Deter!inacin del salario Feriados.-

7/25/2019 Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

http://slidepdf.com/reader/full/feriados-y-dias-no-laborables-liquidacion 3/5

Estudio Jurídico Dres. Costa Asoc.

Para la determinación y pago del salario que pudiere corresponderle al trabajador que

efectivamente presto servicios en un día feriado, debemos efectuar las siguientes distinciones

a saber0

%ensuales @  3ara los traba5adores !ensualiados0 si presta servicios en un día

feriado, para determinar el monto a pagar se considera que corresponde abonar el

"alor del día, más un día más que se calcula como de vacaciones, es decir,

corresponderá dividir su salario por - en ve" de hacerlo por /. 8icho plus surge por 

disponer el artículo *+2 que el día se calculara de acuerdo al establecido por el

artículo * de la $&(#

)ornales < Desta5o @ !i se tratase de personal a destajo, se tomará como salario base

el promedio de lo percibido en los seis 4+6 días de trabajo efectivo inmediatamente

anteriores al feriado, o el que corresponde al menor número de días trabajados

Otras For!as de 8e!uneracin ariableA Para el trabajador que cobra comisiones y

otras formas variables0 en estos casos la determinación del salario se efectuará

tomando como base el promedio percibido en los treinta días inmediatamente

anteriores al feriado Para obtener el promedio se suma todo lo percibido como

remuneración en los últimos treinta días, dividiendo el total por el número de días u

horas normales de trabajo que hay en esos treinta días

.- LiBuidacin de Coras &traordinarias en un día Feriado.&omo ocurre con el descanso, las horas trabajadas en un feriado se liquidarán a valor 

normal, salvo que superen en límite legal, 4de 3 horas diarias o 53 horas semanales6, o

convencional, en cuyo caso, las mismas serán canceladas al *..9 por haber sido reali"adas

en un día feriado, adicionando a su ve" otro día igual que se liquidará como se indicó

anteriormente y surge del artículo *+2 de la $&(

$o e%puesto recientemente es lo que se viene interpretando, a través de los diferentes

fallos jurisprudenciales 8urante el plenario :8;1lois< la &ámara =acional de 1pelaciones de la

=ación en Pleno resolvió que los recargos sólo son pertinentes si se e%ceden los topes de la

 jornada legal

=.- Franco $o!;ensantorio "s Feriados raba5ados.

8ebemos destacar que en los casos en que el trabajador preste servicios un día

>eriado =acional Bueda ecluida  la posibilidad de otorgar el descanso compensatorio, ya que

este no es un día de descanso sino de conmemoración#

7/25/2019 Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

http://slidepdf.com/reader/full/feriados-y-dias-no-laborables-liquidacion 4/5

7.- $aso de accidente o enEer!edad $obros de salario

En caso de accidente o enfermedad, los salarios correspondientes a los días feriados

se liquidarán de acuerdo con los artículos *++1 y *+?2 de esta ley

.- $asos en Bue no se abona día Eeriado

• &onservación o guarda de puesto

• &argos electivos gremiales

• Estado de e%cedencia

• $icencia sin goce de haberes

• !uspensiones económicas, disciplinarias

• !i se encuentra go"ando de la licencia por maternidad

• &uando el feriado cae dentro de la licencia por vacaciones, queda subsumido y salvo

reconocimiento del &onvenio &olectivo de (rabajo de la actividad no se liquida en

forma diferencial 4en especial los jornali"ados6

.- Días no Laborables.

 1l inicio del presente, ya adelantamos que en los días no laborables, el trabajo será

optativo para el empleador

1

  'rticulo 1==0 :En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso

dominical En dichos días los trabajadores que no go"aren de la remuneración respectiva percibirán el

salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo<

2

 'rt. 1=7.-- En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos

seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación En dichos días, los trabajadores

que presten servicio percibirán el salario simple En caso de optar el empleador como día no laborable, el

 jornal será igualmente abonado al trabajador

7/25/2019 Feriados y Dias No Laborables Liquidacion

http://slidepdf.com/reader/full/feriados-y-dias-no-laborables-liquidacion 5/5

Estudio Jurídico Dres. Costa Asoc.

  Para el caso en que se decidiera que el día no laborable el trabajador preste

servicios, este último percibirá por dicha dio el salario simple, sin plus de ninguna naturale"a

 1hora bien en el caso que el empleador optase porque el dio no laborable no se

preste servicios el jornal será igualmente abonado al trabajador