Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

16
“FIDEICOMISO Y FONDOS FIDUCIARIOS “ Carmen Graciela Manzano - ASPECTOS NORMATIVOS - Buenos Aires, 6 y 7 de Septiembre de 2007 Ministerio de Economía y Producción Jornada sobre Fondos Fiduciarios Públicos

Transcript of Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

Page 1: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

“FIDEICOMISO Y FONDOS FIDUCIARIOS “

Carmen Graciela Manzano

- ASPECTOS NORMATIVOS -

Buenos Aires, 6 y 7 de Septiembre de 2007Ministerio de Economía y Producción

Jornada sobre Fondos Fiduciarios Públicos

Page 2: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

AGENDA

1. Fideicomiso – Aspectos Generales

2. Fideicomiso Público – Aspectos Particulares

3. Fondos Fiduciarios – Evolución del Marco

Normativo a nivel Nacional. Gestión Financiera

Page 3: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

EL FIDEICOMISO EN LA LEGISLACIÓN ARGENTINA

LEY N° 24.441

CONCEPTO – Art. 1

Habrá Fideicomiso cuando una persona (Fiduciante)

transmita la propiedad Fiduciaria de bienes determinados

a otra (Fiduciario), quien se obliga a:

ejercerla en beneficio de quien se designe en el

contrato (Beneficiario), y

a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o

condición al Fiduciante, al Beneficiario o al

(Fideicomisario).

Page 4: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

FIDEICOMISO PÚBLICO

Fiduciante

Estado

Transmite en PropiedadFiduciaria bienes dedominio público o privadodel Estado, fondos públicospresentes o futuros, etc.

Fiduciario

Para que realice un encargo lícito y de interés público.

Al :

Beneficiario/s Organismos Públicos

Organismos Privados

Sectores Sociales

En favor de

Page 5: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

Bienes y Reglamento Objetivos, Instrucciones

FIDEICOMISO PUBLICO: PARTICULARIDAD

Fideicomiso Privado Fideicomiso Público

Fiduciante

Fiduciario

Fondo Fiduciario

Comité Ejecutivo

Fiduciante

Estado

Objetivos

Fiduciario

Bienes Reglamento

Instrucciones

Page 6: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DE LOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS

Dictado de la norma que aprueba su constitución.

Entidad pública o privada, que oficie de fiduciario.

Finalidad de interés público.

Existencia de una comisión o consejo técnico o de

administración.

Designación, en términos generales, al Estado como

Fideicomisario.

Page 7: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

MARCO NORMATIVO SECTOR PUBLICO NACIONAL

Ley de Solvencia Fiscal Nº 25.152 (Art. 2 y 4 B.O. 21/09/99)

Establece la obligatoriedad de incluir en el presupuestopúblico los flujos financieros que se originen por laconstitución y uso de los Fondos Fiduciarios.

Prohibición de crear Fondos Fiduciarios que impliquengastos extra presupuestarios.

Page 8: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

EmpresasPúblicas

OtrosEntes

FondosFiduciarios

Ley de Presupuesto

Presupuesto Consolidado del Sector Público

República Argentina – Estado Federal

Gobiernos Locales• 23 Provincias• 1 Ciudad Autónoma• 2171 Municipios

Gobierno Central NACION

Sector Público NacionalNo Financiero

AdministraciónNacional

Sector Público NacionalFinanciero

Empresas PúblicasFinancieras

BancosOficiales

Sector Público Nacional

Page 9: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

PRINCIPALES OBJETIVOS DEL ESTADO NACIONAL

Financiar programas de reforma fiscal, financiera o deadministración de los estados provinciales.

Implementar programas de asistencia financieraorientada a las provincias ( Canje Deuda Provincial,Programa de Financiamiento Ordenada –P.F.O.-, Programade Asistencia financiera a las provincias –P.A.F.)).

Apoyar el desarrollo de proyectos de Infraestructura.

Brindar financiamiento para inversiones productivas dela Micro, Pequeña y Mediana empresa.

Page 10: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

MARCO NORMATIVOSECTOR PUBLICO NACIONAL

Leyes de Presupuesto General de la Administración Nacional Ejercicios 2001 – 2007

Obligación de suministrar información a la Secretaría de Hacienda.

Dictado de una Ley para su constitución.

Inclusión de los Fondos Fiduciarios, integrados total o mayoritariamente conbienes y/o fondos del Estado Nacional, dentro del Sector Público Nacional -Art. 8 Ley Nº 24.156.

Principios para la formulación, ejecución presupuestaria y contable .

Presentación de Informes cuatrimestrales por parte del Jefe de Gabinete ( flujosy usos de los fondos, transferencias, obras ejecutadas y/o programadas).

Presentación de un cronograma de actividades que contemple la finalización delas adecuaciones pendientes para su inclusión en el Presupuesto General – Art.19 Ley Nº 26.198.

Page 11: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

MARCO NORMATIVOSECTOR PUBLICO NACIONAL

Excepción al dictado de una Ley

Se exceptúa al Banco de la Nación Argentina , Bice y al exFondo Fid. De Asistencia a Entidades Financieras ySeguros del requerimiento de una “Ley” para laconstitución de Fondos Fiduciarios (Dto. 2209/02).

Page 12: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

GESTIÓN FINANCIERA

Crea el Consejo Consultivo de Inversiones (CCI) de los

Fondos Fiduciarios del Estado Nacional integrado por el

Ministro de Economía y Producción y el Ministro de

Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Letras del Tesoro con carácter transitorio por un plazo que nopodrá superar los 90 días.

Finalidad:

Canalizar inversiones en instrumentos que cuenten conmercado secundario con destino directo o indirecto a lafinanciación de obras de infraestructura.

Decreto N° 906/04

Page 13: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

GESTIÓN FINANCIERA

Los Fondos Fiduciarios remitirán al CCI informes y análisis

técnicos que contengan:

Proyecciones de flujos de fondos semestrales.

Información sobre las disponibilidades líquidas con o

sin aplicación temporaria, detallando monto,

vencimiento y copia de documentación respaldatoria.

Decreto N° 906/04 Resolución Conjunta N° 111/05 ME y 203/05 MP

Page 14: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

GESTIÓN FINANCIERA

DECRETO N° 338/05

Regula la apertura, el mantenimiento y cierre de

cuentas bancarias pertenecientes a organismos del

Sector Público Nacional (SPN – Art. 8 Ley N° 24.156 -).

La TGN tendrá a su cargo el registro de estas

cuentas en el SIRECO (Base de Datos).

Page 15: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

GESTIÓN FINANCIERA

Cuentas en Moneda Local – F. Fiduciarios -:

•Mantendrán sus cuentas bancarias preferentemente en elBNA.

•Informarán a la TGN la apertura dentro de los 7(siete) díasde producida la misma, con el detalle información previstoen la norma.

DECRETO N° 338/05 (Continuación)

Se informará a la TGN el cierre dentro de las 48 hs. de producido el mismo.

Cuentas en Moneda Extranjera – F. Fiduciarios -:

•En bancos locales o del exterior, solo podrán habilitarlacon autorización previa de la TGN.

Page 16: Fideicomiso y Fondos Fiduciarios Cra Manzano

Carmen Graciela ManzanoCoordinador de Inversión y Financiamiento

Tesorería General de la Nación

[email protected]

FIN - I PARTE

Muchas Gracias!