Fondo de Inclusión Social Energético | FISE · Web view1.COMPENSACIÓN SOCIAL Y PROMOCIÓN PARA...

20
1. COMPENSACIÓN SOCIAL Y PROMOCIÓN PARA EL ACCESO GLP Este fin del FISE es el que más desarrollo ha presentado al haber empezado su operación en junio de 2012 mediante la entrega mensual de un subsidio, a través del Vale de Descuento GLP de S/ 16.00, a hogares en condiciones de vulnerabilidad para la compra de un balón de GLP de hasta 10 kg. 1.1 ¿Qué es el Programa de Compensación Social y Promoción para el Acceso al GLP? El beneficio del Programa de Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP es entregado a través del vale de Descuento GLP, que equivale a S/ 16.00 1 para la compra de un balón de GLP de hasta 10 kg. en los Agentes GLP. El Vale de Descuento GLP se entrega mensualmente a través del recibo de electricidad, mensaje de texto o en un documento individual (en el caso que el beneficiario no cuente con el servicio eléctrico). Su vigencia es de dos meses después de emitido y es intransferible por el titular del beneficio (uno por hogar). Las EDE desarrollan las actividades de identificación de los beneficiarios, la emisión y distribución del Vale de Descuento GLP, la firma de convenios con los Agentes GLP que efectúan el canje del vale, la redención de los vales físicos a estos agentes y la liquidación con el Administrador del FISE. 1 Para la Provincia de La Convención, Región Cusco, el Vale de Descuento GLP asciende a S/ 32.00 y su vigencia es de un mes.

Transcript of Fondo de Inclusión Social Energético | FISE · Web view1.COMPENSACIÓN SOCIAL Y PROMOCIÓN PARA...

1. COMPENSACIÓN SOCIAL Y PROMOCIÓN PARA EL ACCESO GLP

Este fin del FISE es el que más desarrollo ha presentado al haber empezado su operación en junio de 2012 mediante la entrega mensual de un subsidio, a través del Vale de Descuento GLP de S/ 16.00, a hogares en condiciones de vulnerabilidad para la compra de un balón de GLP de hasta 10 kg.

1.1 ¿Qué es el Programa de Compensación Social y Promoción para el Acceso al GLP?

El beneficio del Programa de Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP es entregado a través del vale de Descuento GLP, que equivale a S/ 16.00[footnoteRef:1] para la compra de un balón de GLP de hasta 10 kg. en los Agentes GLP. [1: Para la Provincia de La Convención, Región Cusco, el Vale de Descuento GLP asciende a S/ 32.00 y su vigencia es de un mes.]

El Vale de Descuento GLP se entrega mensualmente a través del recibo de electricidad, mensaje de texto o en un documento individual (en el caso que el beneficiario no cuente con el servicio eléctrico). Su vigencia es de dos meses después de emitido y es intransferible por el titular del beneficio (uno por hogar).

Las EDE desarrollan las actividades de identificación de los beneficiarios, la emisión y distribución del Vale de Descuento GLP, la firma de convenios con los Agentes GLP que efectúan el canje del vale, la redención de los vales físicos a estos agentes y la liquidación con el Administrador del FISE.

Desde el año 2014, el canje del Vale de Descuento GLP ser realiza digitalmente a través de un mensaje de texto que conecta con el Banco de la Nación.

ESQUEMA DEL PROCESO DE CANJE DE LOS VALES DE DESCUENTO GLP

1.2 Participantes principales

Los participantes principales en el proceso de canje del Vale de Descuento GLP son:

· Empresas de Distribución Eléctrica (EDE).

· Agentes Autorizados GLP.

· Usuarios FISE del Vale de Descuento GLP.

· MINEM (como Administrador del FISE).

· OSINERGMIN (como ente regulador, supervisor y fiscalizador de las actividades de energía y minería).

1.3 Responsabilidades de los participantes

1.3.1 ¿Cuáles son las principales responsabilidades de las Empresas de Distribución Eléctrica?

Obligaciones

Normativa

Realizar el proceso de empadronamiento, aplicando los criterios de focalización y requisitos para ser usuarios FISE con o sin servicio eléctrico.

Art. 7° de la RCD N° 268-2012-OS/CD

Realizar la actualización de Padrón de Usuarios FISE

Art. 9° de la RCD N° 268-2012-OS/CD

Emitir el Vale de Descuento GLP con la información obligatoria y medidas de seguridad establecidas por la normativa FISE.

Numeral 5.4 de la RCD N° 173-2012-OS/CD

Art. 8 de la RCD N° 148-2013-OS/CD

Art. 6° de la RPF N° 04-2014-OS-FISE.

Entregar los Vales de Descuento GLP al Usuario FISE.

Numeral 8.3 de la RCD N° 173-2013-OS/CD Numeral 21.1 de la RCD N° 031-2015-OS/CD

Emprender medidas de seguridad en el traslado y entrega de los Vales de Descuento GLP a los Usuarios FISE.

Art. 5° de la RPF N° 04-2014-OS-FISE

Emprender medidas que garanticen el adecuado canje de Vales de Descuento GLP.

Art. 6° de la RPF N° 04-2014-OS-FISE

Cumplir con recabar información sobre irregularidades en el canje.

Art. 8° de la RCD N° 247-2013-OS/CD

1.3.2 ¿Cuáles son las principales responsabilidades de los Agentes Autorizados GLP?

Obligaciones

Normativa

Suscribir convenio con la Empresa Distribuidora Eléctrica y tener habilitado su Registro de Hidrocarburos.

Literal e) del Numeral 12.3 del D.S. N° 021-2012-EM

Art. 6 de la RCD N° 173-2012-OS/CD

Verificar la identidad del usuario FISE antes de efectuar el Canje de Vale de Descuento GLP físico o digital.

Literal g) del Numeral 12.3 del D.S. N° 021-2012-EM

Numeral 11.3 de la RCD N° 148-2013-OS/CD

Recibir los Vales de Descuento GLP como medio de pago del balón de GLP de los usuarios FISE.

Literal e) del Numeral 12.3 del D.S. N° 021-2012-EM

Exhibir el aviso que evidencia que recibe los Vales de Descuento GLP como parte de pago en la venta de balones de GLP.

Numeral 8.4 de la RCD N° 138-2012-OS/CD

No comprar, vender o transferir los Vales de Descuento GLP entregados por los usuarios FISE, con excepción de las transferencias entre Agentes Autorizados con fines de redención a la Distribuidora Eléctrica cuando se trate de canje de Vales de Descuento GLP físicos.

Numeral 5.3 de la RCD N° 173-2012-OS/CD

Recibir Vales de Descuento GLP de agentes que cuenten con Convenio vigente con la Empresa de Distribución Eléctrica que emitió los Vales.

Numeral 5.3 de la RCD N° 173-2012-OS/CD

1.3.3 ¿Cuáles son las principales responsabilidades de los Usuarios FISE?

Obligaciones

Normativa

Para hacer efectiva la compensación social, el Usuario FISE presentará al Agente Autorizado, el Vale de Descuento GLP y su DNI.

Literal h) del Numeral 12.3 del D.S. N° 021-2012-EM

Suscribir la Declaración Jurada de tenencia y uso de cocina y balón de GLP, autorizando su verificación por la Empresa Distribuidora Eléctrica.

Literal b) del art. 4 de la RCD N° 173-2012-OS/CD

No comprar, vender o transferir su Vale de Descuento GLP.

Numeral 5.3 de la RCD N° 173-2012-OS/CD

1.3.4 ¿Cuáles son las principales responsabilidades del MINEM como Administrador del FISE?

Obligaciones

Normativa

Revisar de liquidaciones presentadas por las Empresas Distribuidoras Eléctricas.

Numeral 7.5 de la Ley N° 29852

Aprobar el Programa de Transferencias FISE.

Numeral 8.3 de la Ley N° 29852

Aprobar los procedimientos necesarios para la correcta administración del fondo.

Numeral 9.1 de la Ley N° 29852

1.3.5 ¿Cuáles son las principales responsabilidades del OSINERGMIN como ente regulador, supervisor y fiscalizador de las actividades de energía y minería?

Obligaciones

Normativa

Establecer compensaciones y sanciones por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 29852, sus normas reglamentarias y conexas

Numeral 9.2 de la Ley N° 29852

Numeral 17.2 del D.S. N° 021-2012-EM

Verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley N° 29852, su Reglamento, demás normas complementarias y conexas, así como las obligaciones contractuales pertinentes.

Numeral 17.1 del D.S. N° 021-2012-EM

1.4 Identificación de los Usuarios FISE de la Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP

Los Usuarios FISE del Vale de Descuento GLP pueden clasificarse en dos tipos:

USUARIOS RESIDENCIALES

Los hogares usuarios serán aquellos que cumplan con los criterios socioeconómicos y categóricos.

a) CRITERIOS SOCIOECONÓMICOS:

· Focalización Geográfica: la compensación social se implementará gradualmente, conforme a la disponibilidad presupuestal del FISE, en las regiones, provincias, distritos, centros poblados o manzanas con mayor nivel de pobreza, según la información contenida en el último mapa de pobreza publicado por el INEI. (Literal i, Numeral 1.a, art. 6 del D.S. N° 021-2012-EM).

· Focalización Individual: la compensación social se asignará a los hogares con clasificación de pobre o pobre extremo determinada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH). Esta asignación será otorgada de manera gradual dependiendo de la disponibilidad presupuestal del FISE. (Literal ii, Numeral 1.a, art. 6 del D.S. N° 021-2012-EM).

     

b) CRITERIOS CATEGÓRICOS:

· Ser usuario residencial de electricidad con consumo promedio mensual calculado sobre la base de los últimos 12 meses, incluido el mes que se factura, menor o igual a 30 kWh. y que cuenten con una cocina a GLP.

     

Para la aplicación de este criterio, la Empresa de Distribución Eléctrica calcula mensualmente el consumo promedio de electricidad, sobre la base de los últimos 12 meses incluido el mes que se factura.

     

En los casos en que se verifique que el Usuario FISE haya registrado 4 meses seguidos de consumo promedio de electricidad, calculado de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, superiores a los umbrales definidos en el presente criterio, se suspenderá temporalmente la asignación de la Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP hasta que el Usuario FISE registre un consumo promedio de electricidad, calculado de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, menor o igual a 30 kWh.

En los casos en que se verifique que el Usuario FISE haya registrado 12 meses seguidos de consumo promedio de electricidad, calculado de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del presente acápite i), superiores a los umbrales definidos en el presente criterio, se suspenderá definitivamente la asignación de la Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP. (Literal i, Numeral 1.b, art. 6 del D.S. N° 021-2012-EM).

· No contar con el servicio residencial de electricidad y contar con una cocina a GLP. (Literal iii, Numeral 1.b, art. 6 del D.S. N° 021-2012-EM)

Gráfico N° 01: IDENTIFICACIÓN DE USUARIOS FISE

Fuente: Proyecto FISE

El procedimiento para la identificación de Usuarios FISE con y sin servicio eléctrico se encuentra establecido en el “Procedimiento para la identificación de Usuarios FISE con y sin servicio eléctrico a cargo de las Distribuidoras Eléctricas para acceder a la compensación social y/o promoción para el acceso GLP” aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 268-2015-OS/CD.

USUARIOS NO RESIDENCIALES

1. Las instituciones educativas públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar “Qali Warma”.

2. Los comedores populares del Programa de Complementación Alimentaria (PCA).

En ambos casos, la compensación social se implementará gradualmente, conforme a la disponibilidad presupuestal del FISE y de acuerdo a la priorización establecida por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

1.5 Exclusión de Usuarios FISE de la Compensación Social y Promoción para el Acceso al GLP

¿Cuál es el motivo por el cual se excluye a un Usuario FISE del Programa de Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP?

a) Por no cumplir el criterio socioeconómico de focalización individual establecido en el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 29852.

(Numeral 5.2 de la Resolución Ministerial 075-2016-MEM/DM)

· La Distribuidora Eléctrica comunicará a los Usuarios FISE que no cuenten con CSE de pobre o pobre extremo, que se encuentran en un proceso de exclusión y que dentro de seis (6) meses serán retirados del programa.

· Si transcurrido los seis (6) meses los Usuarios FISE no han actualizado su CSE o no cuentan con dicha clasificación, se les suspenderá el beneficio por tres (03) meses.

Posteriormente, en caso continúen sin actualizar su CSE o no cuenten con la referida clasificación, se les excluirá del Padrón de Usuarios FISE.

¿Cuál es el motivo por el cual se excluye automáticamente a un Usuario FISE del Programa de Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP?

b) Otras condiciones de exclusión:

(Numeral 5.3 de la Resolución Ministerial 075-2016-MEM/DM)

La Distribuidora Eléctrica excluirá automáticamente al Usuario FISE del Padrón de Usuarios FISE cuando se presenten las siguientes condiciones:

· Si el Usuario FISE renuncia al Programa de Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP.

· Si el Usuario FISE ha fallecido, previa verificación con la base de datos del RENIEC.

· Si en la zona donde vive el Usuario FISE se encuentra instalada la Red de Ductos del servicio de distribución de gas natural y ésta opere comercialmente.

· Si la vivienda del Usuario FISE no cumple con los requisitos de precariedad y ha sido confirmado por la Distribuidora Eléctrica.

· Si el Usuario FISE registra ingresos anuales mayores a S/ 18 000.00 ante la SUNAT y ha sido confirmado por la Distribuidora Eléctrica.

· Si el Usuario FISE ha realizado un uso irregular del Vale de Descuento GLP, cuya responsabilidad deberá estar determinada en una resolución y/o sentencia debidamente consentida y/o firme.

· Si la información del Usuario FISE, en caso se trate de Comedores Populares o Instituciones Educativas Públicas, no ha sido actualizada durante 12 meses consecutivos por los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales y el PNAE Qali Warma.

Se debe tener en cuenta que, respecto a las condiciones relacionadas a los ingresos anuales y precariedad de la vivienda, el beneficio se le será suspendido al Usuario FISE, en tanto no se determine su condición de pobre o pobre extremo en el CSE. Para determinar ambas condiciones se deberá tener en consideración las disposiciones establecidas en la RCD N° 268-2015-OS/CD o aquella que la modifique y/o sustituya.

Los Usuarios FISE, luego de ser excluidos del Programa, podrán solicitar a la Empresa de Distribución Eléctrica su reingreso al Padrón de Usuarios FISE, previa evaluación de los criterios establecidos en el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29852 y normas complementarias. En caso, el Usuario FISE sea un comedor popular o institución educativa pública, su reingreso al Padrón de Usuarios FISE será realizado por los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales y el PNAE Qali Warma, según corresponda.

1.6 Línea de tiempo de Proceso de Exclusión

1.7 Entrega de Vales de Descuento GLP a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas

El 27 de abril de 2016, mediante el Decreto Supremo N° 005-2016-EM, que modificó el artículo 6° del Reglamento del FISE, se dispuso considerar como Usuarios FISE a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar “Qali Warma” y a los comedores populares que brindan sus prestaciones en el marco de la gestión del Programa de Complementación Alimentaria (PCA).

¿Qué comedores populares e instituciones educativas públicas pueden recibir el beneficio del Vale de Descuento GLP del FISE?

De acuerdo con el numeral 5 de la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, que aprobó el “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, los comedores populares e instituciones educativas públicas a los que se les asignará la compensación social y promoción para el acceso a GLP, a través de los Vales de Descuento GLP, deben cumplir con los siguientes criterios:

a) Para comedores populares que forman parte del PCA:

· Que su Junta Directiva esté reconocida por el Gobierno Local que ejecuta el Programa de Complementación Alimentaria.

· Que se encuentren en actividad

· Que hayan recibido cocinas GLP de parte del programa PCA.

b) Para instituciones educativas públicas bajo el ámbito del PNAE Qali Warma:

· Que formen parte del PNAE Qali Warma en la modalidad “productos”.

· Que cuente con un Comité de Alimentación Escolar - CAE reconocido por el PNAE Qali Warma.

· Que haya recibido cocinas GLP del programa Qali Warma.

¿Cuál es el procedimiento para la entrega de los Vales de Descuento GLP?

De acuerdo con el numeral 6 de la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, el procedimiento es el siguiente:

a) La elaboración del listado de Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas es de responsabilidad de los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales que ejecutan el PCA y el PNAE Qali Warma, respectivamente.

b) Los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales que ejecuten el PCA y el PNAE Qali Warma remitirán el listado de Comedores e Instituciones Educativas, respectivamente, al Administrador del Vale de Descuento GLP.

c) El Administrador del Vale de Descuento GLP, consolida listado de comedores e instituciones educativas y remite el listado a las Empresas de Distribución Eléctrica, según su ámbito de operación.

d) Las Empresas de Distribución Eléctrica procederán a incluir a los comedores populares e instituciones educativas públicas dentro del Padrón de Usuarios FISE, asignándole el código de usuario correspondiente, a efectos de emitir el Vale de Descuento GLP.

Cabe indicar que, de acuerdo al literal e) del numeral 6.1 de la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, en caso los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales que ejecuten el PCA y el PNAE Qali Warma no cumplan con remitir la información o no la remitan dentro del plazo y formato establecido, las Empresas de Distribución Eléctrica emitirán los Vales de Descuento GLP de los comedores populares e instituciones educativas públicas con la información que se cuente en el Padrón de Usuarios FISE.

¿Cómo se emite, entrega y canjea el Vale de Descuento GLP para los comedores populares e instituciones educativas públicas?

De acuerdo con el numeral 6.3 de la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, las Empresas de Distribución Eléctrica emitirán los Vales de Descuento GLP a nombre de cada comedor popular e institución educativa pública identificando estos con el código proporcionado por la Empresa de Distribución Eléctrica, dicho código coincidirá con los siete últimos dígitos de DNI de la presidenta en funciones de cada comedor popular o del presidente del CAE de cada institución educativa, respectivamente, a los que se antepondrá el digito 9.

Por otro lado, el numeral 6.4 de la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, establece que el Vale de Descuento GLP se entrega de la siguiente forma:

a) El Vale de Descuento GLP será entregado a la presidenta del comedor popular o al presidente del Comité de Alimentación Escolar respectivamente en los puntos de pago de servicios, establecido por la Empresa de Distribución Eléctrica.

Para efectos de la elección del punto de pago se considerarán como criterios la distancia y accesibilidad a los lugares de entrega del Vale de Descuento GLP.

Las Empresas de Distribución Eléctricas comunicarán al Administrador del FISE los puntos de entrega del Vale de Descuento GLP que corresponda a cada comedor popular e institución educativa, y este consolida y pública en su página web institucional dicha información, a fin que los comedores populares y las instituciones educativas tomen conocimiento de fechas y lugares de entrega de los referidos vales.

Asimismo, el numeral 6.5 de la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, dispone la forma de canje del Vale de Descuento GLP, el cual solo podrá ser realizado por la presidenta del comedor popular o por presidente del Comité de Alimentación Escolar de la institución educativa pública, respectivamente.

Para ello, solo se presenta el Vale de Descuento GLP físico o a través de cualquier medio tecnológico, y su Documento Nacional de Identidad (DNI) ante cualquier Agente Autorizado.

1.8 Atención de solicitudes y/o denuncias por las Empresas de Distribución Eléctrica

Con la finalidad de registrar y atender oportunamente las solicitudes del público relacionadas con el cumplimiento del marco normativo del FISE en la emisión, entrega y canje del Vale de Descuento GLP, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 247-2013-OS/CD, se aprobó la normativa “Atención de solicitudes presentadas ante las Distribuidoras Eléctricas en relación con la Promoción del Acceso al GLP a través del FISE”.

¿En qué supuestos se pueden presentar las solicitudes?

Conforme con los artículos 6° y 7° de la Resolución de Consejo Directivo N° 247-2013-OS/CD, las solicitudes pueden ser presentadas por los siguientes supuestos:

a) Solicitudes relacionadas al beneficiario del Vale de Descuento GLP.

· Solicitud de verificación de personas que están en el Padrón de Usuarios FISE y no deben de estar.

· Solicitud de verificación de personas que si deben de estar en el Padrón de Usuarios FISE y actualmente no están (si tienen suministro eléctrico).

· Solicitud del beneficio del Vale de Descuento GLP a las personas que no cuentan con suministro eléctrico.

· Solicitud de verificación del mal uso del beneficio del Vale de Descuento GLP, incumplimiento de la declaración jurada.

b) Solicitudes de verificación de cumplimiento de obligaciones del Agente Autorizado GLP con relación al canje

· No recibir los Vales de Descuento GLP como medio de pago del balón de GLP con los Usuarios FISE.

· Entregar a una persona que no se encuentre considerada como Usuario FISE la compensación social.

· No exhibir en su establecimiento un aviso que evidencie que recibe Vales de Descuento GLP como parte de pago en la venta de balones de GLP.

· No remitir a la Empresa de Distribución Eléctrica los Vales de Descuento GLP originales y la liquidación de éstos en el plazo establecido en el marco normativo aplicable.

· Comprar, vender o transferir los Vales de Descuento GLP entregados por los usuarios FISE (con excepción de las transferencias entre Agentes Autorizados con fines de redención a la Distribuidora Eléctrica).

· Recibir Vales de Descuento GLP de agentes que no cuenten con convenio vigente con la Empresa de Distribución Eléctrica que emitió los Vales de Descuento GLP.

c) Solicitudes relacionadas a la empresa Distribuidora Eléctrica

· Solicitud de verificación de transferencias de la Empresas de Distribución Eléctrica a los Agentes Autorizados de GLP por montos de vales de descuento GLP.

· Solicitud de verificación de cumplimiento de otras obligaciones de la Empresa Distribuidora Eléctrica con el Agente Autorizado de GLP.

¿Cuál es el plazo de atención de las solicitudes?

Conforme con el artículo 8° de la Resolución de Consejo Directivo N° 247-2013-OS/CD, los plazos de atención de las solicitudes, por parte de las Empresas de Distribución Eléctrica son las siguientes:

· Sobre las solicitudes relacionadas al beneficiario: 7 días hábiles.

· Sobre las solicitudes relacionadas a la verificación de cumplimiento de obligaciones del Agente GLP con relación al canje: 5 días hábiles.

· Sobre las solicitudes relacionadas a la Empresa de Distribución Eléctrica: 5 días hábiles.