Fraccionamiento

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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN” “MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU” ¨UNIVERSIDAD ANDINA DE CUSCO - FILIAL PUERTO MALDONADO¨ ¨FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES¨ PROGRAMA ACADEMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TECNICA CONTABLE TRIBUTARIA II FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO PRESENTADO POR: CARLOS ERNESTO AYALA BASILIO PUERTO MALDONADO – 201

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roiser lozano

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FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”
DEL PERU”
MALDONADO¨
CONTABLES¨
TECNICA CONTABLE TRIBUTARIA II
PRESENTADO POR: 
II
DEDICATORIA
 
II
PRESENTACION
n la elaboración de este trabajo tuvimos en cuenta puntos muy importantes para dar  a conocer a mis compa!eros que están interesados en saber algo más del curso, como es: FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTOART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO.
Para la obtención de este trabajo monográfico tuve muchos puntos a tratar de lo cual solo me reg" en lo más importante, claridad, precisión y sencille# que me caracteri#a y me identifica en el trabajo. $a sencille# de este trabajo nos brinda la facilidad de poder dar a conocer la información de dicho tema. %inalmente, espero que este trabajo reali#ado con mucho esfuer#o, dedicación sea de su acogida y de su agrado, una información útil para cualquier tipo de lector pero muy especialmente al docente que presento este trabajo. &odo ello con el fin de construir al mejoramiento de la ense!an#a a nuestros compa!eros, pedimos disculpas por cualquier error que pueda encontrar en este trabajo, ya que errar es humano.
3 FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
II
INTRODUCCIÓN
Pongo a su disposición este trabajo a los lectores el tema titulado FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTOART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO, hecho con mucho esmero y dedicación por el alumnos de la universidad' ()*D+*) D$ -/ 0 %+$+)$ P-1&/ 2)$D/*)D/3, tratando de darlos a conocer temas de distintos "ndole entre ellos de nuestro querido pa"s que es el Perú por la cual dedicamos a nuestro 1egión que es 2adre de Dios para valorar qu4 tan importante es conocer nuestra realidad en lo que vivimos en entre unos de ellos como la importancia una empresa.
n el presente art"culo vamos a desarrollar algunos conceptos relacionados con la fraccionamiento &ributario, haciendo 4nfasis sobre la Determinación de la /bligación &ributaria, sin la cual la )dministración &ributaria no puede hacer efectiva su acreencia, toda ve# que no es suficiente que se realice el hecho imponible y que na#ca la obligación para que se entienda que e5iste un cr4dito a favor del fisco, puesto que necesariamente 4sta debe ser determinada, sea por el sujeto activo o por el sujeto pasivo de la obligación, a fin de verificar la reali#ación del hecho imponible y de individuali#ar la acreencia en favor del fisco.
4 FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
II
FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO
ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
s un beneficio tributario otorgado por -*)& al amparo del )rt. 678 del ódigo
&ributario, para autori#ar al deudor tributario la ejecución del pago en partes y9o en
cuotas mensuales sujetas a un inter4s por los d"as trascurridos.
DEUDAS COMPRENDIDAS
Podrá ser materia de apla#amiento y9o fraccionamiento'
• Deudas tributarias administradas por -*)&. • Deudas tributarias generadas por tributos derogados • +ntereses correspondientes a los pagos a cuenta del +mpuesto a la 1enta o del
+mpuesto electivo al onsumo, una ve# vencido el pla#o para la
regulari#ación de la declaración y pago de cada impuesto respectivo. • $os intereses correspondientes al )nticipo )dicional del +mpuesto a la renta,
una ve# vencido el pla#o para la regulari#ación de la declaración y pago del
impuesto a la renta del ejercicio al que corresponde el mencionado anticipo
adicional.
DEUDAS NO COMPRENDIDAS
Deudas &ributarias :ue *o Pueden er 2ateria De )pla#amiento Y9/
%raccionamiento.
• $as correspondientes al último per"odo tributario vencido a la fecha de
presentación de la solicitud, as" como aquellas que se produ#can en el mes de
la presentación la solicitud. • $a regulari#ación del +mpuesto a la 1enta cuyo vencimiento se hubiera
producido en el mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud o se
produ#ca en el mes de la presentación de $a solicitud. • $os pagos a cuenta del impuesto a la renta y del +... -Y) regulari#ación no
haya vencido. • l )nticipo )dicional del +mp. a la 1enta, cuando no haya vencido el pla#o de la
regulari#ación de la declaración y pago del +mp. ) la 1enta del ejercicio al que
corresponde el mencionado anticipo adicional.
FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
II
• $as que hubieran sido materia de apla#amiento y9o fraccionamiento anterior,
otorgado con carácter general o particular al amparo del art. 67 del ódigo
&ributario.
PLAZOS MÁXIMOS PARA EL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO
$a deuda tributaria podrá ser materia de apla#amiento y9o fraccionamiento en los
pla#os má5imos siguientes'
a. ;asta setenta y dos <=>? meses, en caso de fraccionamiento.
b. ;asta seis <7? meses, en caso de apla#amiento.
c. ;asta seis <7? meses de apla#amiento y sesenta y seis <77? meses de
fraccionamiento, cuando ambos se otorguen en forma conjunta
SOLICITUD
P!c"#$%$"&'!
l solicitante que desee acceder a un apla#amiento y9o fraccionamiento, deberá tener 
en cuenta lo siguiente'
(.( R")!'" D" P"ca*$+$cac$,& Y Ac-$! P"!&a*$0a#!
(.(.( R")!'" #" )"ca*$+$cac$,&
Para efecto del acogimiento al apla#amiento y9o fraccionamiento con
carácter particular, el solicitante podrá obtener un reporte de
precalificación del deudor tributario, en los lugares indicados en el art"culo
78 o a trav4s de -*)& @irtual, ingresando a -*)& /peraciones en
$"nea, para lo cual deberá contar con su ódigo de -suario y lave de
 )cceso.
(.(.1 Ac-$! )"!&a*$0a#!
$a obtención del archivo personali#ado es obligatoria para efectos del
llenado del PD& %racc. 678 .&. A %ormulario @irtual *8 7B=.
6 FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
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1.1 PEDIDO PARA ACCEDER AL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO
1.1.( F!%a 2 c!&#$c$!&" "&"a*" )aa *a 4'$*$0ac$,& #"* PDT Facc. 365
C.T. F!%4*a$! 7$'4a* N5 689.
Para instalar el PD& %racc. 678 .&. A %ormulario @irtual *8 7B= y
registrar la información se deberá seguir las instrucciones establecidas
en -*)& @irtual o en las ayudas contenidas en el mencionado PD&.
1.1.1 I&+!%ac$,& %&$%a ;4" #"b"< "$'a "* !*$c$'a&'"
a? *úmero de 1egistro Cnico del ontribuyente <1-?.
b? *ombres y apellidos, denominación o ra#ón social del deudor 
tributario.
c? Pla#o por el que solicita el apla#amiento y9o fraccionamiento.
d? +dentificación de la deuda por la que se solicita apla#amiento y9o
fraccionamiento, indicando al menos lo siguiente'
d.? l per"odo, la fecha en que se cometió o detectó la
infracciónE
d.>? l número del <de los? valor<es? correspondiente<s?E
d.6? l código del tributo o multa, o conceptoE
d.F? l código del tributo asociado de corresponderE y,
d.G? l monto del tributo o multa más los intereses moratorios
generados hasta la fecha de presentación de la solicitudE
e? $a designación de la garant"a ofrecida, de corresponder.
1.1.3 P""&'ac$,& #"* PDT Facc. 365 C.T. F!%4*a$! 7$'4a* N5 689
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a? ) trav4s de -*)& @irtual, ingresando a -*)& /peraciones en
$"nea mediante el ódigo de -suario y lave de )cceso, a partir del
= de octubre de >HHG.
b? n las dependencias de la -*)& indicadas en el art"culo 78, a partir 
del 6 de octubre de >HHG.
1.1.= R"c-a0! #"* #$;4"'"> #" *a $&+!%ac$,& c!&'"&$#a "& ?'" ! #"*
ac-$!
a? ontiene virus informático. b? Presenta defectos de lectura. c? l solicitante no se encuentra inscrito en el 1-.
d? $os archivos no fueron generados por el respectivo PD& %racc. 678
.&. A %ormulario @irtual *8 7B=. e? Presenta modificaciones de contenido, luego de que el PD& %racc.
678 .&. A %ormulario @irtual *8 7B= hubiera generado el archivo
que contiene la solicitud a ser presentada. f? %alta algún archivo componente o el tama!o de 4ste no
corresponde al generado por el respectivo PD& %racc. 678 .&. A
%ormulario @irtual *8 7B=. g? $a versión del PD& %racc. 678 .&. A %ormulario @irtual *8 7B=
presentado no está vigente. h? $os parámetros que deben ser utili#ados para efecto de registrar la
información en la solicitud, no están vigentes. i? $a solicitud ha sido presentada fuera del pla#o de siete <=? d"as
calendario a partir del d"a siguiente a la fecha en que el archivo
personali#ado fue requerido.  j? 5iste una solicitud de acogimiento al apla#amiento y9o
fraccionamiento en trámite o con resolución aprobatoria. I? 5iste deuda tributaria materia de apla#amiento y9o fraccionamiento
anterior, otorgado con carácter particular por la -*)&, pendiente
de pago.l número de 1- del solicitante no coincide con el
número de 1- que corresponde al usuario de -*)&
/peraciones en $"nea, de acuerdo a lo se!alado por la 1esolución
de uperintendencia *8 HJ0>HHH9-*)&.
" FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
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R";4$$'! Paa E* O'!a%$"&'! D"* A)*a0a%$"&'! Y/O Facc$!&a%$"&'!
(.( A* %!%"&'! #" )""&'a 4 !*$c$'4#:
a. ;aber presentado todas las declaraciones que correspondan a la deuda
tributaria por la que solicita apla#amiento y9o fraccionamiento.
b. ;aber cancelado la totalidad de las cuotas vencidas y pendientes de
pago del 1%&, )P o 1+&, as" como las órdenes de pago que
correspondan a 4stas, en caso el deudor tributario acumules dos <>? o
más cuotas vencidas y pendientes de pago del 1%& o del )P, o tres
<6? o más cuotas vencidas y pendientes de pago del 1+&E y haber 
cancelado la orden de pago correspondiente al saldo de los
mencionados beneficios.
c. *o tener la condición de no habido de acuerdo con las normas vigentes.
d. *o encontrarse en procesos de liquidación judicial o e5trajudicial, ni
haber suscrito un convenio de liquidación o haber sido notificado con
una resolución disponiendo su disolución y liquidación, en m4rito a lo
se!alado en la $ey Keneral del istema oncursal.
GARANT@AS
erá necesario que se presente garant"as, cuando la deuda tributaria materia de
refinanciamiento supere los siguientes montos'
S!*$c$'4# "+"$#a
"+$&a&c$a%$"&'!
aa&'$0a 
 )pla#amiento o
 )pla#amiento con
L HH -+& l e5ceso de HH -+&
C4a&#! S" D"b" Gaa&'$0a E* @&'"! D" La D"4#a:
# FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
II
• l deudor tributario fuera persona natural y se le hubiera abierto instrucción por 
delito tributario, ya sea que el procedimiento se encuentre en trámite o e5ista
sentencia condenatoria por dicho delito, con anterioridad a la presentación de
la solicitud. • l representante legal o el responsable solidario del deudor tributario, a trav4s
de este último, hubiera incurrido en delito tributario, encontrándose en la
situación a que se refiere el párrafo anterior.
C*a" #" aa&'a
C*a" #"
S!*$c$'4# "+"$#a a: 7a*! #" *a Gaa&'a
arta %ian#a ólo %raccionamiento Deuda a garanti#ar M GN
A)*a0a%$"&'! ! A)*a0a%$"&'!
;ipoteca de
primer grado
garanti#ar M GHN
garanti#ar M GHN
OBLIGACIONES DEL DEUDOR TRIBUTARIO
(.( l deudor tributario, aprobado el apla#amiento y9o fraccionamiento, deberá
cumplir con lo siguiente'
a. Pagar la deuda tributaria apla#ada al vencimiento del pla#o concedido,
as" como los intereses correspondientes, tratándose de apla#amiento.
b. Pagar el "ntegro del monto de las cuotas en los pla#os establecidos,
tratándose de fraccionamiento.
c. Pagar el "ntegro del inter4s del apla#amiento hasta la fecha de su
vencimiento, as" como el "ntegro del monto de las cuotas en los pla#os
establecidos, tratándose de apla#amiento con fraccionamiento.
$% FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
II
#. 2antener vigentes las garant"as otorgadas en favor de la -*)& u
otorgarlas en los casos a que se refiere el numeral 6.G del art"culo 68,
numeral F.F del art"culo F8 y el numeral G.F del art"culo G8, as"
como renovarlas dentro de los pla#os previstos en el presente
1eglamento.
(.1 1especto de los pagos, se tendrá en cuenta lo se!alado a continuación'
a. l pago antes del pla#o de vencimiento del apla#amiento o de las
cuotas del fraccionamiento incluirá los intereses devengados y que se
devengar"an hasta el vencimiento previsto en la resolución aprobatoria.
 
b. l pago por un monto mayor al que le corresponde pagar en el mes por 
la cuota del fraccionamiento o por el inter4s del apla#amiento se
aplicará contra el saldo de la deuda materia de apla#amiento y9o
fraccionamiento, reduciendo el número de cuotas pendientes de
cancelación o permitiendo el ajuste de la última cuota. $a reducción del
número de cuotas, no e5ime al deudor tributario de pagar las cuotas
mensuales que ven#an en los meses siguientes al mes en que se
reali#a el pago.
c. Cnicamente, en el caso de la cancelación del total de la deuda acogida
a un apla#amiento y9o fraccionamiento, se considerará el cálculo de los
intereses hasta la fecha de cancelación, e5cepto cuando se trate de la
última cuota.
DEL INTERS
n lo que se refiere al inter4s se tendrá en cuenta lo siguiente'
a. l inter4s del apla#amiento es un inter4s al rebatir diario sobre el monto de la
deuda acogida.
b. l inter4s del fraccionamiento es un inter4s al rebatir mensual sobre el saldo de
la deuda acogidaE se calcula aplicando la tasa de inter4s de fraccionamiento
indicado en el literal c? del presente art"culo durante el periodo comprendido
desde el d"a siguiente del vencimiento de la cuota anterior hasta el d"a de
$$ FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
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vencimiento de la cuota correspondiente, con e5cepción de la primera cuota del
fraccionamiento.
c. $a tasa de inter4s aplicable para el per"odo de apla#amiento y para el per"odo
de fraccionamiento es el ochenta por ciento <BHN? de la &+2 vigente a la fecha
de emisión de la resolución aprobatoria. Dicha tasa de inter4s podrá ser 
variada de acuerdo a lo se!alado en el art"culo >H0).
#.  )l final del pla#o del apla#amiento se deberá cancelar tanto los intereses como
la deuda apla#ada. n caso de apla#amiento con fraccionamiento, al
vencimiento del pla#o del apla#amiento se cancelará únicamente los intereses
correspondientes a 4ste, debiendo las cuotas del fraccionamiento ser 
canceladas en la fecha de su vencimiento.
 PRDIDA DEL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO
a. &ratándose de fraccionamiento, cuando adeude el "ntegro de dos <>? cuotas
consecutivas.
&ambi4n se perderá el fraccionamiento cuando no cumpla con pagar el "ntegro
de la última cuota dentro del pla#o establecido para su vencimiento.
b. &ratándose sólo de apla#amiento, cuando no cumpla con pagar el "ntegro de la
deuda tributaria apla#ada y el inter4s correspondiente al vencimiento del pla#o
concedido.
c. &ratándose de apla#amiento con fraccionamiento, se perderán ambos cuando
el deudor no pague el "ntegro del inter4s del apla#amiento hasta la fecha de su
vencimiento.
i habiendo cumplido con pagar el "ntegro del inter4s del apla#amiento, se
adeudara el "ntegro de dos <>? cuotas consecutivas, se perderá el
fraccionamiento. &ambi4n se perderá el fraccionamiento cuando no cumpla con
pagar el "ntegro de la última cuota dentro del pla#o establecido para su
vencimiento.
#. uando no cumpla con mantener las garant"as otorgadas en favor de la
-*)& u otorgarlas en los casos a que se refiere el numeral 6.G del art"culo
$2 FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
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68, el numeral F.F del art"culo F8 y el numeral G.F del art"culo G8, as"
como renovarlas en los casos previstos por el presente 1eglamento.
CÓDIGOS DE TRIBUTO O CONCEPTO A PAGAR
Para los pagos de la deuda comprendida en el apla#amiento y9o fraccionamiento, se
utili#arán los siguientes códigos de tributo o concepto a pagar en el formulario de gu"a
pago varios'
CÓDIGO DESCRIPCIÓN
BH> &/1/
$3 FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO - ART.36 CÓDIGO TRIBUTARIO
 
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