FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO:

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1 FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: CRONOLOGIA Y ESTRATEGIAS. M.Sc. Norberto Mejía. Doctorado en Ciencias Gerenciales URBE. Resumen El Fraude Electrónico, desde su aparición ha generado un conjunto de eventos que le permitieron cambios sustanciales en las organizaciones financieras venezolanas, cambios que en forma de estrategias y leyes le han servido como defensa, en este sentido, el objetivo de este artículo es delimitar estos antecedentes y establecer cronológicamente sus efectos tanto en el sistema bancario venezolano como en el Estado, para ello se realizo una investigación documental con diseño bibliográfico, acerca de los diferentes momentos en los cuales se manifestó un Fraude Electrónico y las diferentes estrategias que a partir de este evento se generaron, argumentos que se sustentaron en los postulados teóricos Ramírez (2003), Estupiñán (2006), Fonseca (2007) y Bello (2009). La revisión permite evidenciar que existe una coincidencia, cuando determinan la complejidad que posee la realización de los fraudes electrónicos, como conclusión, se le presenta al sector bancario nuevos retos de resiliencia organizacional, las cuales están dirigidas a sus servicios, que han sido manejados por ellos a sus antojos, pensando primero en el lucro empresarial, que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por presiones de la SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad, con una verdadera eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al usuario y usuaria que el lucro organizacional. Palabras claves: Fraude Electrónico, Sistema Bancario Venezolano, Cronología, Estrategias.

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FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: CRONOLOGIA Y ESTRATEGIAS. M.Sc. Norberto Mejía. Doctorado en Ciencias Gerenciales – URBE.

Resumen

El Fraude Electrónico, desde su aparición ha generado un conjunto de

eventos que le permitieron cambios sustanciales en las organizaciones

financieras venezolanas, cambios que en forma de estrategias y leyes le han

servido como defensa, en este sentido, el objetivo de este artículo es

delimitar estos antecedentes y establecer cronológicamente sus efectos tanto

en el sistema bancario venezolano como en el Estado, para ello se realizo

una investigación documental con diseño bibliográfico, acerca de los

diferentes momentos en los cuales se manifestó un Fraude Electrónico y las

diferentes estrategias que a partir de este evento se generaron, argumentos

que se sustentaron en los postulados teóricos Ramírez (2003), Estupiñán

(2006), Fonseca (2007) y Bello (2009).

La revisión permite evidenciar que existe una coincidencia, cuando

determinan la complejidad que posee la realización de los fraudes

electrónicos, como conclusión, se le presenta al sector bancario nuevos retos

de resiliencia organizacional, las cuales están dirigidas a sus servicios, que

han sido manejados por ellos a sus antojos, pensando primero en el lucro

empresarial, que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por

presiones de la SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad,

con una verdadera eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al

usuario y usuaria que el lucro organizacional.

Palabras claves: Fraude Electrónico, Sistema Bancario Venezolano,

Cronología, Estrategias.

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FRAUDE ELECTRONICO EN EL SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO: CRONOLOGIA. M.Sc. Norberto Mejía. Doctorado en Ciencias Gerenciales – URBE.

Abstract

Phishing, since its inception has created a set of events that allowed

substantial changes in the Venezuelan financial organizations, changes in the

form of strategies and laws have served as a defense, in this sense, the aim

of this article is to define these chronological history and establish its effects

on both the Venezuelan banking system and the State, for it is a documental

research literature design, about different moments in which said electronic

fraud and the different strategies from this event is generated, arguments

were based on the theoretical Ramirez (2003), Estupiñán (2006), Fonseca

(2007) and Bello (2009).

The review makes evident that there is a match, when determining the

complexity possessing conducting phishing scams, in conclusion, it presents

new challenges to the banking sector of organizational resilience, which are

intended for their services, which have been managed by them to their

cravings, thinking of corporate profits, that user satisfaction and user today by

SUDEBAN pressures, banks must provide quality services, with a real

efficiency and effectiveness, which is the first meeting user to user and the

organizational profit.

.

Keywords: wire fraud, Venezuelan banking system, Chronology, Strategies.

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INTRODUCCIÓN

En los últimos años y debido a la apertura económica, al libre

comercio y la competencia internacional, las instituciones buscaron

alternativas, estratégicas que les permitan superar los inconvenientes

derivados de dichos cambios. Asimismo, como consecuencia de la

globalización, se ven obligados a redimensionar sus objetivos para tratar de

permanecer activas y no perder sus posiciones en el mercado financiero.

De este modo, en Venezuela, una de las áreas más susceptibles de

perder su viabilidad, es la financiera, ya que la incursión de la banca

extranjera, ha exigido una mayor calidad en el servicio. Esto, trajo como

consecuencia que las instituciones financieras de mayor trayectoria en el

país, hayan adquirido lo más relevante en tecnología, con el fin de ampliar

sus servicios y aprovechar las oportunidades que el mercado les presenta,

es en ese momento cuando nace la banca electrónica.

La banca electrónica, cambio definitivamente el modelo de banca

tradicional, que todos conocemos, trasformando las definiciones de mercado,

producto, servicio y cliente, desarrollándose como un medio de comunicación

entre los bancos y sus clientes, ya sean naturales o jurídicas, para realizar

operaciones en línea en menor tiempo y costos para sus usuarios,

optimizando sus recursos.

Ante esta situación, pareciera que con los avances que posee la

tecnología, deberían ser perfectos; pero, realmente no es así, según

Estupiñán (2006) en las reconocidas ventajas del mundo virtual, se

encuentra la naturaleza humana de la cual no se debe olvidar, porque detrás

de una simple computadora o de grandes sistemas tecnológicos,

informáticos, redes, entre otros, opera el hombre, ese comportamiento

humano tiene como características que no siempre se rige por las normas

(fueren sociales o jurídicas) diseñando y cometiendo fraudes (fallas humanas

intencionales).

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Para Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) El fraude, es el delito

más temido por las empresas en países desarrollados, aún frente a otros

crímenes como el terrorismo, el secuestro, el sabotaje y el hurto, lejos de

estar bajo control, este flagelo al parecer está adquiriendo fuerza, ayudado

en gran parte por una mayor complejidad en los negocios.

Es por ello, que se requiere delimitar aquellos antecedentes que

determinaron cambios sustanciales que han servido de resiliencia

organizacional contra el fraude, en este sentido, la finalidad de este artículo

fue que los usuarios del sistema financiero venezolano conozcan algunas de

sus matices, y se puedan generar una mayor confianza en sus servicios

virtuales, para ello se realizo una investigación documental con diseño

bibliográfico, acerca de los diferentes momentos en los cuales se manifestó

un fraude electrónico y las diferentes estrategias que a partir de este evento

se generaron para enfrentar el fraude electrónico en el sistema bancario

venezolano.

APROXIMACIÓN EPISTÉMICA DEL FRAUDE ELECTRÓNICO.

Para Ramírez (2003, pág. 166), el fraude “es una sustracción hecha

maliciosamente a las normas de la ley o del contrato en perjuicio de alguien.

Es una de las causas de nulidad de los actos jurídicos”; por otro lado, las

Normas Internacionales de Auditoria “NIAs” (2006), citado por Fonseca

(2007) define el fraude como el acto intencional incurrido por uno o más

individuos de la administración, los encargados de la dirección, empleados o

terceras personas, que implica el uso de engaño, para obtener una ventaja

injusta o ilegal.

Asimismo, Estupiñán (2006) define el fraude como despojar mediante

engaño ya sea a una persona natural o jurídica, dentro de las menciones que

se relacionan con los llamados delitos de cuello blanco son referidos a las

defraudaciones que se han hecho a los entes corporativos, dividiéndose en

dos categorías, adueñándose de fondos (efectivos o valores) o activos de la

empresa y la declaración falsa de la situación financiera de la empresa.

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Al respecto, Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) lo define como

cualquier acto ilegal caracterizado por engaño, ocultación o violación de

confianza. Estos actos no requieren la aplicación de amenaza de violencia o

de fuerza física. Los fraudes son perpetrados por individuos y por

organizaciones para obtener dinero, bienes o servicios, para evitar pagos o

pérdidas de servicios, o para asegurarse ventajas personales o de negocio.

Entonces, se puede inferir, que el fraude es igual a engaño o estafa y

que es una sustracción hecha a las normas de la ley, induciendo o

manipulando a otra persona a actuar en la forma que le interesa con el fin de

procurarse un beneficio, pecuniario o no.

CRONOLOGÍA DEL FRAUDE, MARCO LEGAL Y SUS ALCANCES.

Para el año 2000, en Venezuela fue aprobada la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, que establece en su artículo 110, que el

Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el

conocimientos, la renovación y sus aplicaciones y los servicios de

información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el

desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y

soberanía nacional. Garantizando así, el cumplimiento de los principios

éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica,

humanista y tecnológica.

Por lo tanto el gobierno Venezolano dando cumplimiento a la norma

constitucional mencionada anteriormente, aprobación la Ley Orgánica de

Ciencia, Tecnología e Innovación, que tiene por objeto desarrollar los

principios en materia de ciencia, tecnología e innovación, organizando el

Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definiendo así, sus

lineamientos, políticas y estrategias, a fin de fomentar e impulsar el desarrollo

del país.

Sin embargo, para que este esfuerzo de incorporación a Venezuela en

la era de la tecnología y de la información, alcance un nivel adecuado, se

hace necesario la promulgación de un conjunto de instrumentos legales, para

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finales del año 2001, fue aprobada la Ley contra Delitos Informáticos, la cual

significa un gran avance en materia penal para dicho tiempo, visto que nos

permitirá la protección de la tecnología de la información, persiguiendo todas

aquellas conductas antijurídicas que se realicen en este campo.

En este orden de ideas, a comienzo del 2004, fue aprobada la Ley

sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, cuyo contenido constituye

un soporte jurídico fundamental para dotar de certeza a las transacciones

electrónicas, conferir valor probatorio al documento digitalizado y así

contribuir al desarrollo del comercio electrónico del país.

A finales de 2009 se aprueba la modificación a la Ley General de

Bancos y otras Instituciones Financieras, la cual introduce en el sector

bancario un mayor dinamismo al probarse la participación del capital

extranjero y la creación de la banca universal, estos avances en la legislación

venezolana proporcionaron al sistema financiero mayores posibilidades de

actuación, y a sus clientes una mayor diversidad de opciones incluyendo

todos los avances tecnológicos que han provocado una nueva concepción de

la gestión bancaria en todos los sistemas financieros.

Para el 15 de Marzo del 2011 la Superintendencia de Bancos y Otras

Instituciones Financieras (SUDEBAN), publica la resolución numero 083.11,

donde establece una serie de normas relativas a la protección de los

usuarios y usuarias de los servicios financieros, donde las instituciones

bancarias están en la obligación de prestar un servicio totalmente de calidad

y excelencia en todos sus productos. Según Estupiñán (2006), en la acción

de las autoridades frente al fraude, la gran mayoría, considera que las cortes

(sistema judicial) no entienden la complejidad de los principales casos de

fraude y, por lo tanto, no fallan de manera satisfactoria.

Por todo lo antes planteado, coincidimos con Estupiñán, existiendo

una delincuencia organizada, que está siempre delante de todas estas leyes

existentes, con una visión futurista de cómo realizar nuevos fraudes, se

requiere un marco legal, con una nueva visión, que entiendan las diferentes

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complejidades que posean los fraudes, adelantándose a sus actos delictivos,

fallando de manera objetiva y con penas más severas, se lograría minimizar

el impacto de los diferentes fraudes. En referencia a la resolución 083.11 de

SUDEBAN, se infiere, que el gobierno en una jugada magistral, delegó una

parte de su responsabilidad en el tema tratado, al poderoso sistema

financiero venezolano.

Según, Cano (2005) citado por Estupiñán (2006 p. 376) “un estudio

realizado en los Estados Unidos, aproximadamente el 27% de los fraudes se

cometen hoy en día contra los bancos, el 29% contra individuos, el resto

contra empresas (21%), gobiernos (19) y otros. De otra parte, solo el 10% de

todos los casos son reportados a las autoridades, ya sea porque la empresa

no sabe cómo reaccionar ante el fraude, o bien porque quiere evitar exponer

un fraude erróneamente ante la opinión pública”.

En Venezuela, SUDEBAN refleja en su informe anual 2009, que se

recibió 24.940 denuncias, en un periodo del 01/12/2009 al 31/12/2009, de las

cuales 44,3% fueron causadas por 'débito no reconocido por tarjetas de

débitos', lo que se considera como fraude bancario, o clonación, cancelando

un monto (bolívares fuertes) de 41.810.870,00. Además, se atendieron vía

telefónica otras 42.194 a través del 'Centro de Atención Telefónica'.

Las tendencias que han favorecido el desarrollo del fraude, según

Cano (2005), citado por Estupiñán (2006) son: Mayor presencia del crimen

organizado, se trata pequeñas mafias, de dos o tres individuos, cuya

actividad empresarial es dedicarse a encontrar objetivos fáciles. Mayor

corrupción de empleados, se refiere al empleado que por una serie de razón

anti éticas, decide que es más fácil ganar dinero de otra forma. La aparición

de tecnofaucrata, este término define a aquella gente bien preparada, muy

conocedora de los negocios y de los mercados, que considera que lo

importante es ganar dinero a costa de lo que sea. El desarrollo de técnicas

más accesibles de falsificación, por medio de las tecnología lograr la

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falsificación de diferentes instrumentos legales, como acciones, billetes,

cedulas de identidad, cheques, entre otros.

De igual manera, más oportunidades de fraudes por errores

operativos, por la reducción de gastos, falta de buenos procedimientos

operativos y la ausencia de una excelente formación para sus empleados;

Fraudes multi–jurisdiccionales, ocurre cuando un fraude se realiza en un país

“A” y los fondos son transferidos a un país “B”; asi como también,

defraudadores dispuestos a presentar batalla legal, la inefectividad en la

acción legal, hace que el defraudador se salga con la suya.

Igualmente, mayor velocidad en el movimiento de fondos, hoy en día

un empleado solo necesita solo cinco minutos para cometer un fraude; para

Cano (2005), han favorecido el desarrollo del fraude, las siguientes: El

debilitamiento de valores éticos tradicionales, Una legislación desfasada,

Falta de cultura de prevención, Productos, procesos y servicios más

complejos y de difícil acceso a los usuarios, Estrategias efectivas contra el

fraude.

Para Estupiñán (2006) las estrategias que por su efectividad, han

venido ganando importancia en la lucha contra el fraude son las siguientes:

La capacitación de los empleados: es imperativa, especialmente en lo que se

refiere al manejo de sistemas, ya que una deficiencia en esta área puede ser

desastrosa, La declaración de los empleados de la misma compañía o la

información anónima: ello ha llevado a la creación de líneas telefónicas (hot-

lines) u oficiales de la compañía, que operan fuera del negocio.

El intercambio de información entre compañías, ya sea por sector o

por ubicación geográfica: se debe obrar con cautela, ya que si se discute

abiertamente puede implicar acciones contra la empresa por difamación. El

diseño e implementación de políticas claras de prevención, detención e

información de casos dentro de la misma compañía: muchos fraudes se

podrían evitar con la planeación y sistemas de control adecuados.

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Establecimiento de normas sencillas contra el fraude: los abogados

defensores tienden a complicar los casos en la corte.

Ayudarle a la Gerencia a minimizar la ocurrencia del fraude mediante

el establecimiento y mantenimiento por parte de la misma, de controles

internos efectivos. Trabajar con la gerencia para desarrollar y cumplir los

procedimientos de detección de fraude. Ayudar a la Gerencia en la

concientización de los empleados de la compañía sobre las características

del fraude y los pasos a seguir para informar sobre un posible fraude. Es de

mucha importancia para las instituciones. Investigar los inicios de un posible

fraude o de actividades potencialmente fraudulentas identificadas por medio

de auditoría internas, sin importar si dichos fraudes están dirigidos hacia la

compañía o hacia sus clientes. Instruir procedimientos previos de

investigación del fraude, sería una de las estrategias más relevante, la cual

ayudaría a minimizarlo.

SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO, RETOS DE CAMBIO.

Sin lugar a duda, uno de los retos a corto plazo que se le está

presentado al sistema bancario venezolano, bien sea privado o público, es

cumplir en su totalidad con las NORMAS RELATIVAS A LA PROTECCIÓN

DE LOS USUARIOS Y USUARIAS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS,

establecidas por SUDEBAN en la resolución 083.11, de fecha 15 Marzo

2011, donde se le exige a la banca, que toda su diversidad de productos y

servicios, deben ser prestado a su clientela y usuarios, con una eficacia y

eficiencia total, traduciéndose en una excelente atención, donde los bancos

no la tienen todas ganadas inclinándose la balanza hacia los usuarios.

Existe una serie de obligaciones en esta resolución, que le están

causando ruido a todo el sistema bancario venezolano, porque cada uno de

estos artículos debe ser atendidos y acatados con celeridad, tacto, e

inteligencia, ya que para lograr el objetivo del mismo, se deben de establecer

estrategias que beneficien a los usuarios y usuarias no a las instituciones,

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tomaremos algunos de ellos que nos competen según el tema tratado en

esta investigación.

Artículo 7. Le exige a las instituciones que el tiempo de espera de los

clientes no exceda de 30 minutos, este artículo obliga a los bancos a

descongestionar sus oficinas, teniendo que direccionar a sus clientes hacia la

banca electrónica, ampliando y implementando en ella la mayoría de los

servicios prestados por sus oficinas, por tal motivo deben de convencer a sus

clientes que dicho servicio esta blindado y es más seguro que asistir a las

agencias.

Artículo 13. Este, obliga a las instituciones, a proteger los datos

personales de sus clientes. Protegiendo así, todos sus archivos, contra

cualquier apertura no autorizada.

Artículo 14. Las instituciones deben contar con sistema de alerta

segura, que avise a su clientela sobre las operaciones efectuadas con sus

tarjetas, tanto de crédito como de debito, para así, mitigar la ejecución de

posibles fraudes.

Artículo 24. Las instituciones deberán tener una Unidad de Atención al

Usuario, la cual debe estar incorporada a su estructura organizacional y se

encargara de todo lo referente a sus reclamos.

Artículo 35. Obliga a las instituciones a probar sus respectivas

afirmaciones de los hechos, los usuarios solo deberán consignar el

documento que soporte su denuncia.

Como se puede apreciar solo se menciona una pequeña muestra de

dicha resolución donde se describen cinco artículos de sesenta y cinco que

posee la misma, por tal motivo considero que uno de los retos de cambio

para el sistema financiero venezolano, mas trascendental, será el adaptar a

toda su estructura organizacional, a la resolución 083.11.

REFLEXIONES FINALES.

Desde el establecimiento de la banca “moderna” en Venezuela

lograda por el extinto Banco de Maracaibo en el año 1882, pasando por su

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expansión en el año 1940 donde inicia sus actividades el Banco Central de

Venezuela, la crisis bancaria en el año 1994, sus diferentes fusiones como

gestión estratégica, el sistema financiero venezolano ha pasado por

diferentes circunstancias, muchas de ellas, beneficiosas para algunos y

perjudiciales para otros, saliendo siempre fortalecido.

En la actualidad se le deslumbra un nuevo panorama, ya la Asociación

Bancaria de Venezuela (ABV), la cual se caracteriza por estar dominada por

los presidentes de los bancos privados ya no rigen los destinos de las

finanzas en Venezuela, existe otra vos como debe ser, la del gobierno

venezolano en la vocería de SUDEBAN, la cual se ha encargado de poner

orden y de marcar la pauta en la banca venezolana sea privada o pública,

inclinando la balanza a favor del usuario y usuaria.

Por tales motivos, se le presenta a sector bancario nuevos retos de

resiliencia organizacional, la cual apuntan a sus servicios, los cuales han sido

manejados por ellos a sus antojos pensando primero en el lucro empresarial,

que en la satisfacción del usuario y usuaria, hoy en día por presiones de la

SUDEBAN, los bancos deben prestar servicios de calidad con una verdadera

eficiencia y eficacia, donde primero está el satisfacer al usuario y usuaria que

el lucro organizacional. Esta es una nueva carrera de 100 metros planos con

obstáculos, donde el primero que llegue no será el más rápido ni el más

poderoso, sino el que pueda concatenar todas sus herramientas de

creatividad e innovación para el bienestar social.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial

Extraordinario N. 5.453 viernes 24 de marzo del 2000.

Estupiñan Rodrigo “Control Interno y Fraudes con base en los ciclos

transaccionales. Análisis de Informe COSO I y II” Segunda Edición,

Ecoe Ediciones. Colombia 2006.

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Fonseca Oswaldo, Auditoria Gubernamental Moderna. Editor: Instituto de

Investigación en Accountability y Control (IICO) Lima Perú 2007.

Ley Especial Contra los Delitos Informáticos. Gaceta Oficial, de la Republica

Bolivariana de Venezuela N. 37.313 del 30 de Octubre de 2001.

Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, Gaceta Oficial N.

5.947 Extraordinario de Fecha 23 de Diciembre de 2009.

Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta Oficial N.

38.086 martes 14 de diciembre de 2004.

Resolución 083.11, “Normas Relativas a la Protección de Usuarios y

Usuarias de los Servicios Financieros” Superintendencia de Bancos y

otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) (2011, marzo 15) Gaceta

Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, 39.635. Marzo 16,

2011.

Ramírez Juan. (2003) “Diccionario Jurídico” Editor Claridad Argentina.