Gestión de la PI en acciones Marie Skłodowska-Curie · las Acciones Marie Skłodowska-Curie. Sin...
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Abril 201512
Introducción ......................................................................................................... 2
1. Acciones Marie Skłodowska-Curie – su funcionamiento ...................................... 2
1.1. Oportunidades para investigadores y PYME ................................................... 2
1.2. Cómo presentar una solicitud ...................................................................... 3
1.3. Entidades implicadas ................................................................................. 3
2. Propiedad intelectual: fundamental en todas las fases del proyecto .................... 5
3. La propuesta ................................................................................................ 6
3.1. Evaluar el estado de la técnica .................................................................... 7
3.2. Nombre del proyecto y acrónimo ................................................................. 7
3.3. Estrategia para la divulgación y explotación de los resultados del proyecto ....... 7
4. Fase de Preparación de la Subvención ............................................................. 8
4.1. El Acuerdo de Subvención .......................................................................... 8
4.2. El Acuerdo de Consorcio ............................................................................10
4.3. El Acuerdo de Asociación ...........................................................................12
4.4. El Acuerdo de Investigador .........................................................................13
5. Fase de implementación ...............................................................................15
Información de utilidad .........................................................................................16
1 Esta Ficha Informativa fue publicada inicialmente en abril de 2015 y actualizada en diciembre de 2015. 2 El presente documento es una traducción de la versión original del mismo (en inglés). Como
consecuencia de la traducción, pueden existir discrepancias entre el documento original y la versión traducida, en cuyo caso, prevalecerá el primero.
European IPR Helpdesk
Ficha Informativa
Gestión de la PI en acciones Marie Skłodowska-Curie
2
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Introducción
La gestión de la propiedad intelectual (PI) es una parte muy importante de todo
proyecto satisfactorio en el programa marco Horizonte 2020. Las Acciones Marie
Skłodowska-Curie (MSC) no son una excepción a esta regla, por lo que los
participantes deben invertir el tiempo necesario para entender las reglas de PI y
establecer un plan efectivo y a medida relativo a la protección y explotación de los
resultados de la investigación y la PI resultantes de sus proyectos.
El objetivo de esta Ficha Informativa consiste en explicar las cuestiones principales
en materia de PI que los participantes en Acciones Marie Skłodowska-Curie deben
considerar en las diferentes etapas de sus proyectos3. Las reglas específicas de los
modelos de acuerdo de subvención relativas a PI son explicadas en este
documento, así como el contenido de otros acuerdos utilizados habitualmente en
las Acciones Marie Skłodowska-Curie. Sin embargo, los participantes potenciales
en estos proyectos deben tener en cuenta que las Acciones Marie Skłodowska-
Curie siguen, con algunas excepciones, las reglas de PI principales de Horizonte
2020. Por lo tanto, recomendamos la lectura de nuestras Fichas Informativas sobre
gestión de PI en proyectos Horizonte 20204 antes de continuar con la lectura de
esta Ficha Informativa.
1. Acciones Marie Skłodowska-Curie – su funcionamiento
1.1. Oportunidades para investigadores y PYME
Horizonte 2020 (en adelante, “H2020”) es el instrumento de financiación más
grande para proyectos de investigación y desarrollo, creado con el fin de
implementar la Unión por la Innovación, una iniciativa emblemática de Europa
2020 que consiste en afianzar la competitividad global de Europa. Este instrumento
está estructurado en las siguientes tres secciones: “Excelencia Científica”,
“Liderazgo Industrial” y “Cambios Sociales”.
La sección de “Excelencia Científica” tiene como objetivo, entre otros, apoyar a
científicos e investigadores de nivel, proporcionando formación y oportunidades de
desarrollo profesional. En este programa, las denominadas Acciones Marie
Skłodowska-Curie (en adelante, denominadas “Acciones MSC”) son actividades
que reciben un apoyo especial a fin de facilitar la salida al extranjero de
investigadores y su colaboración con empresas privadas a fin de adquirir
3 El contenido de esta Ficha Informativa hace referencia exclusivamente a las Acciones Marie
Skłodowska-Curie financiadas por el programa marco Horizonte 2020. La información relativa a cuestiones de PI a considerar en Acciones Marie Curie financiadas bajo el programa marco de
innovación anterior (FP7) pueden encontrarse en otra Ficha Informativa, cuyo título es “Gestión de la PI en Acciones Marie Curie FP7”, disponible únicamente en inglés en la biblioteca en línea del European IPR Helpdesk. 4 Consulte en la biblioteca en línea del European IPR Helpdesk las tres Fichas Informativas dedicadas a la gestión de PI en proyectos Horizonte 2020: “Gestión de PI en Horizonte 2020: fase de propuesta”, “Gestión de PI en Horizonte 2020: preparación de la subvención” y “Gestión de PI en Horizonte 2020: implementación del proyecto y conclusión”.
3
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competencias profesionales, ya sea en el sector público o privado. Este conjunto
de acciones, gestionadas por la Agencia Ejecutiva de Investigación (REA, por sus
siglas en inglés) de la Comisión Europea, consiste en:
Innovative Training Networks (ITN): acción mediante la que se
conceden oportunidades de formación a Investigadores en Fase Temprana,
habitualmente proporcionadas por una red de universidades, empresas e
institutos de investigación;
Individual Fellowships (IF): subvención individual que facilita la
movilidad entre países de investigadores con experiencia (en Europa o fuera
de Europa) al sector no académico para llevar a cabo su investigación;
Research and Innovation Staff Exchanges (RISE): programa de
intercambio de corta duración de personal para fomentar la colaboración
entre universidades, centros de investigación y organizaciones no
académicas establecidos en Europa o en terceros países, para el desarrollo
profesional mediante la combinación de la excelencia científica y la
experiencia en otros países y sectores;
Co-funding of Regional, National and International Programmes
(COFUND): mecanismo de cofinanciación que proporciona apoyo financiero
adicional a los programas de movilidad para la investigación nacionales,
regionales e internacionales;
European Researchers’ Night (NIGHT): evento europeo dedicado a la
ciencia popular y al aprendizaje divirtiéndose. Los eventos muestran lo que
los investigadores pueden hacer por la sociedad, de manera interactiva e
interesante, y promueven el empleo en el área de la investigación a los
jóvenes y sus padres. En particular, ITN y RISE promueven la colaboración
con el sector privado. Esto constituye una oportunidad para que las PYME
puedan incorporar investigadores de la comunidad científica de alto nivel a
sus proyectos de investigación y tener acceso a los recursos de las
organizaciones académicas.
1.2. Cómo presentar una solicitud
En Acciones MSC, tal y como sucede en otros programas de H2020, la decisión
sobre la financiación de proyectos se lleva a cabo mediante la publicación de
convocatorias de propuestas, que se publican en el Portal del Participante de
Investigación e Innovación de la Comisión Europea5. La evaluación de las
propuestas elegibles la llevan a cabo expertos independientes. A continuación, se
invita a los coordinadores de las propuestas que hayan pasado con éxito la fase de
evaluación a que firmen el acuerdo de subvención con REA.
1.3. Entidades implicadas
En los proyectos MSC están implicadas diferentes entidades, todas con funciones,
derechos y obligaciones diferentes. A fin de comprender las reglas sobre PI en
5 Consulte el Portal del Participante.
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estos proyectos y a quienes aplican es, por lo tanto, importante conocer quiénes
son dichas entidades.
El beneficiario es la persona jurídica, diferente de REA, que concluye el acuerdo
de subvención. Los beneficiarios pueden ser universidades, centros de
investigación públicos o privados, PYME, empresas grandes, etc. Todos los
beneficiarios de proyectos forman, en su conjunto, el consorcio.
No todos los programas en las Acciones MSC incluyen varios beneficiarios. IF y
COFUND son proyectos de un solo beneficiario y, por lo tanto, sólo una
organización concluye el acuerdo de subvención con REA. Los proyectos en los que
más de una organización firma el acuerdo de subvención se conocen como
proyectos con varios beneficiarios.
En las comunicaciones con REA, los beneficiarios son representados por el
coordinador. En IF, el investigador puede ser el coordinador de la propuesta a la
hora de presentarla. De hecho, en estos proyectos, los investigadores junto con
una organización (es decir, el beneficiario) solicitan la subvención, de forma que
no es la organización por si sola quien presenta la solicitud. Sin embargo, tras la
fecha de vencimiento de la convocatoria, el beneficiario pasará a ser el único punto
de contacto.
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A menudo, organizaciones diferentes de los beneficiarios también participan en
proyectos MSC. Estas entidades son comúnmente denominadas como
organizaciones de asociación. Tienen generalmente la responsabilidad de permitir
la movilidad de los MSC Fellows.
Los investigadores o MSC Fellows son muy importantes en toda Acción Marie
Curie. Generalmente se exige a los beneficiarios de estos proyectos que firmen
contratos con los Fellows (es decir, un acuerdo de investigación), en los que se
establezcan los derechos y obligaciones de ambas partes de conformidad con las
reglas del acuerdo de subvención.
2. Propiedad intelectual: fundamental en todas las fases del
proyecto
La PI es esencial en todas las fases de los proyectos MSC, al igual que en otros
proyectos H2020. Comprender las diferentes cuestiones relativas a PI que deben
considerarse durante estas fases es, por lo tanto, esencial a efectos de gestionar
estos proyectos de manera fácil y efectiva.
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3. La propuesta
Antes de empezar a redactar la propuesta, los solicitantes deben leer todos los
documentos relativos a la convocatoria de la propuesta y familiarizarse con las
normas de PI concretas relativas a Acciones MSC. En lo que a la PI se refiere, es
especialmente importante considerar los siguientes documentos:
las normas de participación (RfP, por sus siglas en inglés)6, en lo relativo
al marco legal general;
el modelo de acuerdo de subvención específico aplicable a este programa7
(tras la lectura de este documento, en particular la Sección 3, los
solicitantes serán capaces de anticipar las normas de PI específicas con las
que tendrán que cumplir en caso de que la propuesta sea aceptada);
el programa de trabajo en el que se resuman las condiciones de la
convocatoria de propuestas (incluyendo posibles normas de PI
específicas);
las guías para solicitantes aplicables a la convocatoria específica, que
ayudan a identificar los criterios de evaluación concretos que puedan
valorar cuestiones de PI8;
el manual en línea de H20209, en el que se detallan cuestiones
importantes a las que los beneficiarios pueden verse enfrentados cuando
preparan y participan en proyectos H2020;
6 Consulte las normas de participación. 7 Visite el Portal del Participante y seleccione el modelo de acuerdo de subvención relativo a la acción MSC concreta. 8 Los solicitantes deben consultar la guía aplicable a su convocatoria y disponible en las condiciones de la convocatoria. 9 Consulte el manual en línea.
Fase de Preparación de la Subvención:
desde la recepción de la invitación hasta la firma del
acuerdo de subvención.
Fase de Implementación:
desde la firma del acuerdo de subvención hasta el final
del proyecto.
Fase de Propuesta:
desde la publicación de la convocatoria hasta la fecha límite de presentación de la
propuesta.
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el modelo de acuerdo de subvención comentado10, en el que se dan
recomendaciones útiles sobre la comprensión e interpretación de las
cláusulas del contrato, incluyendo aquellas relativas a cuestiones de PI.
Además, para asegurar el éxito del Proyecto también es importante considerar en
esta fase las siguientes cuestiones relativas a PI11.
3.1. Evaluar el estado de la técnica
Con base en los criterios establecidos en las Normas de Participación, la excelencia
del proyecto es uno de los principios sobre los que descansan las normas de
presentación, evaluación y selección de propuestas relativas a H2020.
Las propuestas deben, por lo tanto, demostrar la alta calidad científica y
tecnológica del proyecto. En algunas acciones (p.ej., IF), a fin de demostrar esta
calidad, los participantes deben explicar en la propuesta la originalidad y
naturaleza innovadora de su proyecto, así como la manera en la que el proyecto
va a superar el estado de la técnica. Por lo tanto, se recomienda llevar a cabo una
búsqueda bibliográfica a fin de poder evaluar y explicar el estado de la técnica
actual en el área del proyecto. En este sentido, las búsquedas en bases de datos
de patentes tienen un papel fundamental12.
3.2. Nombre del proyecto y acrónimo
Se recomienda a los participantes que seleccionen un nombre y acrónimo para el
proyecto en fase de propuesta. A fin de evitar infracciones de marcas se
recomienda generalmente poner especial cuidado y no elegir un signo que sea
similar a una marca registrada titularidad de un tercero para productos y servicios
en la misma área de negocio.
Las búsquedas en bases de datos de marcas son una actividad, por lo tanto,
fundamental y altamente recomendada13.
3.3. Estrategia para la divulgación y explotación de los resultados del
proyecto
En la fase de propuesta, en la sección “Impacto”, en la mayoría de Acciones MSC
(por ejemplo, en ITN), los participantes deben detallar las medidas prácticas que
pretenden tomar a fin de garantizar una divulgación y explotación efectivas
de los resultados del proyecto. Dada la relevancia de esta parte de la propuesta
a efectos de evaluación, se recomienda empezar a redactarla por adelantado y
poniendo especial cuidado, teniendo en cuenta la Carta Europea del Investigador14.
10 Consulte el modelo de acuerdo de subvención comentado. 11 Para información adicional, por favor, consulte la Ficha Informativa “Gestión de PI en Horizonte 2020: fase de propuesta”. 12 Para información adicional, por favor, consulte la Ficha Informativa “Cómo buscar información sobre patentes”, disponible únicamente en inglés en la biblioteca en línea del European IPR Helpdesk. 13 Para información adicional, por favor, consulte la Ficha Informativa “Cómo buscar marcas”, disponible únicamente en inglés en la biblioteca en línea del European IPR Helpdesk. 14 Consulte la Carta Europea del Investigador.
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Además, una buena descripción del plan de protección y explotación de la PI puede
resultar esencial a fin de demostrar no sólo la credibilidad de la idea del proyecto
sino también que los resultados del proyecto tienen potencial para contribuir a la
competitividad europea en el área de investigación de que se trate.
4. Fase de Preparación de la Subvención
4.1. El Acuerdo de Subvención
El objetivo general de la preparación consiste en definir los aspectos científico-
técnicos del proyecto y recoger la información económica y legal necesaria para la
redacción del acuerdo de subvención. Antes de comenzar la preparación de la
subvención, se recomienda a los participantes que lean de nuevo el modelo de
acuerdo de subvención correspondiente para comprender las diferentes normas
relativas a PI que aplicarán una vez dé comienzo el proyecto.
En este sentido, es muy importante la sección 3 de los modelos de acuerdo de
subvención, ya que incluye la mayoría de las obligaciones relativas a PI, en
concreto, las normas sobre titularidad, transferencia, protección, uso y divulgación
de resultados, así como las normas sobre la identificación y acceso a conocimientos
previos.
Debe destacarse que, a no ser que se establezca de manera expresa, las
disposiciones de la Sección 3 no son negociables, ya que las mismas especifican
las normas sobre el uso y divulgación de los derechos de PI aplicables a todo
proyecto de H2020.
4.1.1. Las normas de PI en detalle
Las disposiciones sobre PI en los modelos de acuerdo de subvención MSC (Sección
3) son casi idénticas a las disposiciones aplicables a cualquier proyecto de
H2020. Sin embargo, existen disposiciones especiales que explicaremos más
adelante. Es, por lo tanto, importante que los beneficiarios e investigadores del
proyecto estén bien informados sobre sus derechos y deberes según se establecen
los mismos en el acuerdo de subvención, incluyendo las reglas sobre PI, a fin de
asegurar una negociación e implementación del proyecto fluidas.
Los investigadores deben, asimismo, recibir una copia del acuerdo de subvención
o un documento explicativo.
a) Derechos de Acceso
Derechos de acceso significa derechos para usar los resultados o conocimientos
anteriores de otro beneficiario. Así pues, son derechos que permiten que los
participantes en proyectos de varios beneficiarios puedan beneficiarse
mutuamente de sus conocimientos, aprovechando así su colaboración totalmente.
A estos efectos, los participantes deben identificar los conocimientos previos de su
acción en un acuerdo por escrito.
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A diferencia de otros proyectos de H2020, los MSC Fellows tienen derechos de
acceso a los conocimientos previos y a los resultados de los beneficiarios para
poder llevar a cabo actividades de investigación en el marco del proyecto15. Estos
derechos de acceso se conceden de manera gratuita y exclusivamente durante la
duración del proyecto.
El cuadro siguiente proporciona un breve resumen de las normas principales que
rigen los derechos de acceso concedidos en Acciones MSC para la implementación
del proyecto y/o para la explotación de los resultados.
DERECHOS DE ACCESO A CONOCIMIENTOS PREVIOS Y RESULTADOS
Conocimientos
previos
Resultados
Entre beneficiarios
(en proyectos con
varios
beneficiarios)
Implementación del proyecto
Gratuito, excepto si se acuerda lo contrario
antes de la celebración del acuerdo de subvención.
Gratuito
Uso de sus propios resultados
(explotación o investigación adicional)
En condiciones justas y razonables
A investigadores (en proyectos de uno o varios beneficiarios)
En caso de que sea necesario para sus actividades de investigación en el
marco del proyecto.
Gratuito
b) Propiedad de los resultados
Este principio debería aplicar también a los resultados generados por el
investigador durante el periodo de desplazamiento en la sede de un socio o de
15 Esta obligación se establece en la Sección 3 (Artículo 31.6) de los modelos de acuerdo de subvención para MSCAs de Horizonte 2020.
Conforme a la norma general en H2020, los derechos de acceso a los resultados y/o conocimientos previos de otro participante en proyectos de varios beneficiarios, sólo se conceden si el participante que lo solicita necesita dicho acceso para llevar a cabo el proyecto o usar sus propios resultados.
Los resultados derivados del Proyecto serán propiedad del beneficiario que los haya
generado, ya que es la norma general en proyectos de Horizonte 2020.
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un participante (diferente de la del participante que le haya nombrado). En este
caso, el participante que haya nombrado al investigador será generalmente el
titular de dichos resultados.
No obstante, los participantes pueden optar por un sistema de propiedad diferente
y acordar la transferencia de la propiedad de los resultados creados durante el
desplazamiento a la organización que esté acogiendo al investigador. La concesión
de una licencia sería otra opción a considerar por los participantes.
A la hora de valorar una transferencia, los participantes de Acciones MSC deben
cumplir con las obligaciones generales sobre transferencia de resultados.
4.2. El Acuerdo de Consorcio
El acuerdo de consorcio es un contrato entre beneficiarios sobre cuestiones
internas relativas a la organización del trabajo, gestión de PI, responsabilidad y
cuestiones adicionales relevantes. Este acuerdo debe comprender todos los
derechos y obligaciones de los beneficiarios relativos a estas cuestiones, que son
necesarios para la ejecución del proyecto. REA no es parte de este acuerdo y
no verifica su contenido.
Las disposiciones sobre PI en este contrato se aplican además de las contenidas
en el acuerdo de subvención, en el sentido de que el acuerdo de consorcio regula
aspectos concretos sobre cada proyecto (p.ej., los conocimientos previos concretos
sobre los que los beneficiarios pretenden otorgar acceso) and complementa otros
que no se definen completamente en el acuerdo de subvención (p.ej., normas
sobre propiedad compartida). Además, está limitado por el acuerdo de
subvención, ya que no está permitido contradecir o negar las disposiciones
contenidas en el mismo. El principio básico a seguir cuando se redacta un acuerdo
de consorcio consiste en proporcionar mecanismos flexibles y eficientes que
(i) La transferencia debe hacerse mediante un acuerdo en el que el propietario
debe garantizar que sus obligaciones contractuales relativas a la protección,
divulgación, explotación y concesión de derechos de acceso pasen al nuevo
propietario (el “cesionario”), e igualmente por este último a cualquier cesionario
posterior;
(ii) el propietario deben informar previamente al resto de socios del
consorcio, con la información suficiente sobre el nuevo propietario;
(iii) en caso de que la transferencia en cuestión sea realizada a un socio
establecido en un país tercero no asociado a H2020, es probable que deba
informarse con antelación a la Comisión Europea sobre la transferencia, quien
podrá oponerse a la misma, si el acuerdo de subvención incluye una cláusula
especial al efecto (cláusula opcional 30.3). ¡Consulte su acuerdo de subvención
y asegúrese de si esta obligación de preaviso es de aplicación a su proyecto!
11
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faciliten la cooperación entre las partes, a fin de fomentar la protección y máxima
explotación de los resultados, así como garantizar la rápida divulgación de los
mismos.
Si bien la Comisión Europea no proporciona ningún modelo vinculante de acuerdo
de consorcio, sí ha publicado las directrices sobre “Cómo redactar su acuerdo de
consorcio”16, donde se proporcionan recomendaciones prácticas sobre las
cuestiones principales que los beneficiarios de proyectos de Horizonte 2020 deben
considerar cuando negocian este contrato.
Algunos ejemplos de cuestiones relativas a PI que pueden incluirse en el acuerdo
de consorcio son los siguientes:
a) Identificación de los conocimientos previos
Considerando que en las acciones de H2020 los beneficiarios deben identificar los
conocimientos previos en un acuerdo escrito, la inclusión de éstos en el acuerdo
de consorcio puede ser una buena opción en los proyectos con varios beneficiarios.
Dicha identificación puede llevarse a cabo estableciendo una lista positiva y/o
negativa de conocimientos y derechos de propiedad intelectual incluidos o
excluidos.
b) Protección, divulgación y explotación de resultados
Teniendo en cuenta que las partes pueden tener intereses diversos en cuanto a la
divulgación de los resultados (p.ej., publicarlos o guardarlos en confidencialidad),
el acuerdo de consorcio debe establecer unas reglas claras sobre cómo deben
identificarse, comunicarse, protegerse, diseminarse y explotarse los resultados.
c) Propiedad compartida
Los modelos de acuerdo de subvención establecen un régimen de propiedad
compartida, aplicable en caso de que no exista otro acuerdo diferente. Los
propietarios en este régimen tienen, sin embargo, la obligación de llegar a un
acuerdo por escrito sobre los términos que rigen esta propiedad compartida. Por
lo tanto, el acuerdo de consorcio puede ser el lugar en el que establecer un
acuerdo, al menos, sobre un régimen de propiedad por defecto, que satisfaga de
la manera más precisa posible las necesidades de los socios. A menudo, se
establecen acuerdos de propiedad compartida individuales a medida entre los
respectivos copropietarios exclusivamente, cada vez que se crea un resultado
específico. Alternativamente, también es posible que los beneficiarios se pongan
de acuerdo sobre un régimen diferente del de propiedad compartida. Así pues, una
16 Consulte las directrices sobre “Cómo redactar su acuerdo de consorcio”.
Excepto en caso de que se establezca lo contrario en las condiciones del programa de
trabajo o en la convocatoria de propuestas, el acuerdo de consorcio es obligatorio en los proyectos de Horizonte 2020 de varios beneficiarios (Artículo 24.2 RfP).
12
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vez se generan los resultados, los propietarios conjuntos pueden acordar (por
escrito) aplicar otro régimen diferente de la propiedad compartida (como, por
ejemplo, la transferencia a un solo propietario y derechos de acceso para el resto).
Dado que no existe un modelo obligatorio u oficial del acuerdo, diversas
organizaciones han desarrollado diferentes modelos de acuerdo de consorcio17 a
fin de crear un marco contractual que asista a los beneficiarios de H2020 a redactar
su propio acuerdo. Dichos modelos son, no obstante, meros ejemplos y no un
tipo de acuerdo estándar que funcione para todos los casos. Además, no están
específicamente pensados para Acciones MSC y, por lo tanto, no están totalmente
adaptados a las normas que rigen dichas acciones. En consecuencia, es necesario
llevar a cabo un análisis en profundidad para establecer cuál de ellos es el más
adecuado para las especificidades del proyecto en cuestión. Tras esta fase, el
consorcio debe adaptar y reformar el modelo elegido a sus necesidades
concretas.
Los modelos actualmente disponibles son los siguientes:
DESCA18: establece un marco contractual con el que se busca el equilibrio
de intereses de todas las categorías de participantes principales en los
proyectos de investigación H2020: empresas grandes y pequeñas,
universidades, institutos de investigación públicos y organizaciones de
investigación y tecnología (RTOs, por sus siglas en inglés).
EUCAR19: está pensado para adaptarse a las necesidades de la industria del
automóvil y contiene disposiciones que fomentan la explotación y
divulgación de los resultados del proyecto. Es menos detallado que los otros
modelos, pero propone alternativas en cuanto al régimen de derechos de
acceso y la gestión de los conocimientos previos.
M-CARD 202020: está pensado para adaptarse a las necesidades de la
industria ICT y contiene diferentes cláusulas relativas a la explotación
comercial de los resultados. Sin embargo, los consorcios de cada campo
concreto, no sólo aquellos en el ámbito ICT, pueden adaptarlo y utilizarlo.
4.3. El Acuerdo de Asociación
En ciertas Acciones MSC, puede haber organizaciones asociadas implicadas en el
proyecto. Este es el caso, por ejemplo, en RISE, IF e ITN. Estas organizaciones no
firman el acuerdo de subvención y no reciben financiación de la UE, pero tienen un
papel importante en el proyecto, que puede consistir en:
dar formación sobre investigación y cualificaciones transferibles (ITN y
COFUND);
17 Estos modelos no han sido desarrollados por la Comisión Europea ni bajo su supervisión. Por lo tanto, no pueden considerarse oficiales. 18 Consulte el modelo de acuerdo de consorcio 2020 de DESCA. 19 Consulte el modelo de acuerdo de consorcio para Horizonte 2020 de EUCAR. 20 Consulte el modelo de acuerdo de consorcio M-CARD-2020.
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proporcionar oportunidades de desplazamiento (RISE, IF, ITN y COFUND).
Los acuerdos de asociación tienen la finalidad de regular la relación entre los
beneficiarios y las organizaciones asociadas mencionadas, así como el marco
del periodo de desplazamiento. Los beneficiarios deben poner especial cuidado en
celebrar estos acuerdos de conformidad con sus obligaciones, según se establecen
en el acuerdo de subvención y, en función del proyecto, también en el acuerdo de
consorcio.
No existe un modelo oficial de acuerdo de asociación. No obstante, algunas
organizaciones han creado sus propios modelos para algunas Acciones MSC21. Como
en cualquier otro modelo, es muy recomendable que los participantes obtengan
asesoramiento legal cuando usen este tipo de documentos y los adapten a sus
propias necesidades y a la legislación aplicable.
4.4. El Acuerdo de Investigador
La celebración de un acuerdo entre el beneficiario que nombra al
investigador y el investigador es una obligación en las Acciones MSC a fin de
regular la relación entre las dos partes. Este acuerdo debe ser compatible con las
obligaciones del beneficiario establecidas en el acuerdo de subvención y el acuerdo
de consorcio. Además, debe incluir disposiciones sobre los derechos y obligaciones
de los investigadores de conformidad con la Sección 4 del acuerdo de subvención.
No existe un modelo oficial para este acuerdo.
21 Kowi, una plataforma de servicios conjuntos de las organizaciones alemanas de investigación financiadas por la Fundación de Investigación Alemana (Deutsche Forschungsgemeinschaft, DFG), es una de estas organizaciones. En su sitio web, los participantes tienen acceso gratuito a un modelo de acuerdo de asociación, disponible aquí.
¿Qué debe incluirse en los Acuerdos de Asociación?
El compromiso de la organización asociada de implementar el proyecto de
conformidad con las disposiciones del acuerdo de subvención y la descripción
del trabajo;
Las obligaciones de las organizaciones asociadas frente al investigador
durante el periodo de desplazamiento;
Costes;
Derechos de auditoría de REA;
Confidencialidad;
Propiedad de los resultados;
Obligaciones de información y reporting de las organizaciones asociadas
frente a los beneficiarios;
Normas sobre el reconocimiento del apoyo financiero de la UE y otras
obligaciones de comunicación.
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4.4.1. Confidencialidad
Los beneficiarios de proyectos MSC tienen obligaciones de confidencialidad en
virtud del acuerdo de subvención y del acuerdo de consorcio. El acuerdo de
investigador debe, por lo tanto, establecer las obligaciones de confidencialidad
de los investigadores de manera detallada, a fin de reflejar las propias
obligaciones del beneficiario.
Una buena medida de gestión consiste en proporcionar una sesión informativa o
un documento explicativo en relación con estas obligaciones de confidencialidad (y
las consecuencias de su incumplimiento), para asegurar la comprensión de las
mismas por los investigadores, así como su total compromiso.
4.4.2. Propiedad de los resultados
Tal y como se ha explicado, los resultados generaos en las Acciones MSC
deberían pertenecer a los beneficiarios. Dado que, en práctica, son los
investigadores quienes crean los resultados, éstos podrían tener derechos sobre la
propiedad de sus creaciones de conformidad con las legislaciones nacionales.
En caso de que así sea en un proyecto concreto, los beneficiarios deben asegurarse
de que el acuerdo con el investigador atribuya claramente la propiedad de los
resultados al beneficiario (o que al menos, se establezca que éste tiene derechos
de usuario suficientes).
4.4.3. Derechos de Acceso
En virtud de la Sección 3 del modelo de acuerdo de subvención para MSCAs, los
beneficiarios deben otorgar en el acuerdo de investigador derechos de acceso a
sus conocimientos previos y resultados al MSC Fellow a fin de permitirle llevar a
cabo las actividades de investigación del proyecto.
Estos derechos de acceso deben ser gratuitos.
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5. Fase de implementación
En términos de PI, la fase de implementación es de especial importancia, ya que
la explotación y divulgación de los resultados son objetivos clave en cualquier
proyecto de H2020.
En H2020 existe una obligación de divulgar los resultados rápidamente. En este
contexto, la divulgación se refiere a la revelación de los resultados del proyecto
mediante cualquier medio apropiado. Algunos ejemplos de actividades de
divulgación son las publicaciones científicas, la información general en sitios web
o las conferencias.
Además, en todos los proyectos de H2020, cada beneficiario debe garantizar el
acceso libre (acceso gratuito y en línea a todos los usuarios) a todas las
publicaciones científicas evaluadas por expertos relativas a los resultados.
A fin de asistir a los coordinadores y líderes de equipo en la creación de una
estrategia de divulgación efectiva, la Comisión Europea ha preparado unas
Directrices sobre comunicación en investigación e innovación en la UE para
participantes en proyectos22 donde se detallan múltiples buenas prácticas.
22 Consulte las “Directrices sobre comunicación en investigación e innovación en la UE para participantes en proyectos”.
•celebrado entre REA y los participantes/beneficiarios
•modelos disponibles en el Portal del Participante de H2020
Acuerdo de Subvención
•celebrado entre participantes/beneficiarios
•no existe un modelo oficial, la Comisión Europea ha publicado directrices sobre “Cómo redactar su acuerdo de consorcio”
Acuerdo de Consorcio
•celebrado entre los participantes/beneficiarios y las organizaciones de asociación (no son parte del acuerdo de subvención)
•no existe un modelo oficial
Acuerdo de Asociación
•celebrado entre los participantes/beneficiarios y los investigadores
•no existe un modelo oficial
Acuerdo de Investigador
Sin embargo, no debe llevarse a cabo ninguna actividad de divulgación (incluyendo la
publicación de artículos científicos) hasta que se haya tomado una decisión sobre la
protección de los resultados, con el fin de evitar divulgaciones anticipadas que podrían
obstaculizar la protección efectiva, en particular, mediante patentes. Los
investigadores, en particular, deben, por lo tanto, estar bien informados sobre el
procedimiento aplicable previo a la publicación de un artículo científico o la presentación del proyecto en una conferencia.
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Información de utilidad
Modelos de acuerdo de consorcio:
DESCA: http://www.desca-2020.eu
EUCAR (European Council for Automotive R&D): http://www.eucar.be/eucar-publishes-its-model-consortium-agreement-
for-horizon-2020/
M-CARD 2020 (Digital Europe):
http://www.digitaleurope.org/Services/H2020ModelConsortiumAgreement.aspx
Para más información, consulte:
Ficha Informativa sobre “Gestión de PI en Horizonte 2020: fase de propuesta”
Ficha Informativa sobre “Gestión de PI en Horizonte 2020: fase de preparación de la subvención” (únicamente disponible en inglés)
Ficha Informativa sobre “Gestión de PI en Horizonte 2020: implementación
y conclusión del Proyecto” (únicamente disponible en inglés)
Tu Guía sobre PI en Horizonte 2020
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The European IPR Helpdesk www.iprhelpdesk.eu
CONTACTO
Para comentarios, sugerencias o información adicional, contacte con:
European IPR Helpdesk
c/o infeurope S.A.
62, rue Charles Martel
L-2134, Luxembourg
Email: [email protected]
Teléfono: +352 25 22 33 - 333
Fax: +352 25 22 33 – 334
SOBRE EL EUROPEAN IPR HELPDESK
El European IPR Helpdesk tiene como objetivo sensibilizar en materia de Propiedad Intelectual (PI) y derechos
de propiedad intelectual (DPI), proporcionando información, asistencia de primer nivel y formación en materia
de PI y DPI a los participantes actuales y potenciales de los proyectos financiados por la UE. Además, el
European IPR Helpdesk ofrece apoyo en materia de PI a las Pymes de la UE que negocian o concluyen acuerdos
de asociación transnacionales, especialmente a través de Enterprise Europe Network. Todos los servicios
prestados son gratuitos.
Línea de asistencia (Helpline): El servicio Helpline responde a sus consultas sobre PI en un plazo de tres
días hábiles. Por favor, póngase en contacto con nosotros registrándose en nuestro sitio web —
www.iprhelpdesk.eu—, por teléfono o fax.
Sitio web: En nuestro sitio web puede encontrar una amplia información y documentos útiles sobre diferentes
aspectos relativos a la gestión de DPI y PI, especialmente en lo que respecta a cuestiones específicas de PI en
el contexto de los programas financiados por la UE.
Newsletter y Boletín: Manténgase al día sobre las últimas noticias en materia de PI y lea artículos de
expertos y casos de estudio suscribiéndose a nuestro Newsletter electrónico y a nuestro Boletín.
Formación: Hemos diseñado un catálogo de formación que consta de nueve módulos diferentes. Si está
interesado en realizar una sesión con nosotros, simplemente envíenos un correo electrónico a
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
El proyecto European IPR Helpdesk recibe financiación del Programa de Investigación e Innovación Horizonte
2020 de la Unión Europea en virtud del Acuerdo de subvención (Grant Agreement) nº 641474. Está gestionado
por la Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas de la Comisión Europea (EASME), con
directrices aprobadas por la Dirección General del Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes de la
Comisión Europea.
Si bien este documento ha sido desarrollado con el apoyo financiero de la Unión Europea, su contenido no es ni
será considerado como la posición oficial de EASME o de la Comisión Europea. Ni EASME, ni la Comisión
Europea, así como ninguna persona que actúe en nombre de EASME o de la Comisión Europea son responsables
del uso que se pueda hacer de esta información.
A pesar de los esfuerzos del European IPR Helpdesk por ofrecer un servicio de alto nivel, no se puede garantizar
la exactitud o integridad de los contenidos de este documento y los miembros del consorcio del European IPR
Helpdesk no son responsables ni serán considerados responsables del uso que se haga de esta información.
El apoyo proporcionado por el European IPR Helpdesk no se considera de naturaleza legal o consultiva.
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