GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM
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INTRODUCCIÓN
Las Leyes de seguridad, salud y
medio ambiente proporcionan a
los empleadores y al personal
las pautas generales necesarias
en el centro de trabajo, para
proteger al personal de los
peligros y riesgos ocupacionales
que puedan causarles daño
físico o fisiológico.
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Ley N° 29783-2011 TR Ley Seguridad Salud
Trabajo y su Modificatoria Ley 30222-2014 TR
D.S.-005-2012 TR Reglamento de la Ley N° 29783-
2011 TR. y su Modificatoria D.S. 006-2014 TR.
D.S. 050-2013-TR (Anexo 3 – Guía Básica sobre
sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el
trabajo)
D.S. 055-2010-EM Reglamento de Seguridad y
Salud Ocupacional.
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Ratificación: Organización Internacional del Trabajo
(OIT). (Res. Legislativa 29012 Convenio N° 176 de la OIT sobre seguridad y salud
en las minas)
Ratificación: Decisión 584, Instrumento Andino de
Seguridad y Salud en el Trabajo (IASST) y su
Reglamento. Se regula de manera integral el Sistema de
Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco del proceso de
integración de la Comunidad Andina de Naciones (CAN): Bolivia,
Chile, Colombia, Ecuador y Perú.
OHSAS 18001:2007 – Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
Ocupacional
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BENEFICIOS DE TRABAJAR BAJO UN SISTEMA DE
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
• Garantiza el cumplimiento de requerimientos legales Nacionales
(Ley 29783, el DS-005-2012 TR y sus Modificaciones Ley 30222 y
DS-006-2014 TR)
• Mejora las relaciones laborales entre áreas.
• Reduce el costo por accidentes (Costo Directo e Indirecto).
• Mejora de la Productividad
• Permite el acceso a tasas preferenciales en seguros
complementarios
• Importante reducción de Absentismo
• Reducción de demandas por indemnización.
• Incremento de la moral, motivación y concentración del trabajador
en el trabajo.
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Conjunto de elementos interrelacionados o
interactivos que tienen por objeto establecer una
política, objetivos de seguridad y salud en el
trabajo, mecanismos y acciones necesarios para
alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente
relacionado con el concepto de responsabilidad
social empresarial, en el orden de crear conciencia
sobre el ofrecimiento de buenas condiciones
laborales a los trabajadores mejorando, de este
modo, su calidad de vida, y promoviendo la
competitividad de los empleadores en el mercado.
(DS-005-2012 TR).
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO.
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Todos los sistemas de
gestión están basados en
un ciclo conocido como:
PHVA (Planear, Hacer,
Verificar y Actuar), también
se le llama ciclo de mejora
continua, ciclo de Deming o
ciclo Shewhart.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO.
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Planificar: establecer los objetivos y
procesos necesarios para conseguir
resultados de acuerdo con los requisitos
del cliente y las políticas de la organización
Hacer: Implementar los procesos.
Verificar: Realizar el seguimiento y la
medición de los procesos y los productos
respecto a las políticas, los objetivos y los
requisitos para el producto , e informar
sobre los resultados
Actuar: Tomar acciones para mejorar
continuamente el desempeño de los
procesos
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO.
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ADMINISTRACIÓN DEL TIEMPO
MATRIZ DE LA ADMINISTRACIÓN DE TIEMPO
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Artículo 26 Liderazgo del SGSST
El SGSST es responsabilidad del empleador,
quien asume el liderazgo y compromiso de
estas actividades en la organización.
El empleador delega las funciones y la
autoridad necesaria al personal encargado del
desarrollo, aplicación y resultados del SGSST
quien rinde cuentas de sus acciones al
empleador o autoridad competente.
IMPORTANTE: Ello no lo exime de su deber de prevención y, de ser
el caso, de resarcimiento.
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Actualmente la Seguridad y
Salud en el Trabajo, ya no es un
tema opcional, hoy en día
constituye una exigencia legal,
cuyo incumplimiento no sólo
está ligado a un tema de
sanciones económicas e
indemnizaciones, sino también
a la pena privativa de la
libertad, conforme lo establece
el CODIGO PENAL en su
Artículo 168-A.
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EL LIDERAZGO
El liderazgo es la función que ocupa una persona que se distingue del resto y es capaz de tomar
decisiones acertadas para el grupo, equipo u organización que preceda, inspirando al resto de los que
participan de ese grupo a alcanzar una meta común.
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Artículo 32°.- La documentación del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir el empleador
es la siguiente:
a. La Política y Objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo.
b. El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
c. La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control.
d. El Mapa de Riesgo.
e. La Planificación de la actividad preventiva.
f. El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.
g. La documentación referida en los incisos a) y c) debe ser exhibida en un lugar visible dentro de centro de trabajo, sin perjuicio de aquella exigida en las normas sectoriales respectivas.
DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA
Fuente: D.S. 005-2012-TR
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Artículo 33º.- Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo son:
a. Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales,
incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la
investigación y las medidas correctivas.
b. Registro de exámenes médicos ocupacionales.
c. Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos,
psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
d. Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.
e. Registro de estadísticas de seguridad y salud.
f. Registro de equipos de seguridad o emergencia.
g. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
emergencia.
h. Registro de auditorías.
REGISTROS DEL SISTEMA DE GESTIÓN SST
Fuente: D.S. 005-2012-TR
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El empleador define los requisitos de
competencia necesarios para cada puesto de
trabajo y adopta disposiciones para que todo
trabajador de la organización esté capacitado
para asumir deberes y obligaciones relativos a la
Seguridad y Salud, debiendo establecer
programas de capacitación y entrenamiento como
parte de la jornada laboral, para que se logre y
mantengan las competencias establecidas. (Ley
29783-2011 TR)
Artículo 27 Disposición del trabajador en la organización del trabajo
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EMPLEADOR PUESTO DE TRABAJO
•Educación
•Formación
•Experiencia
•Habilidad
Artículo 27 Disposición del trabajador en la organización del trabajo
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d) Ser evaluados por parte de los
participantes en función a su grado de
comprensión y su utilidad en la labor de
prevención de riesgos.
e) Ser revisados periódicamente, con la
participación del Comité de Seguridad y
Salud en el Trabajo o del Supervisor de
Seguridad y Salud en el Trabajo, y ser
modificados, de ser necesario, para
garantizar su pertinencia y eficacia. f)
Contar con materiales y documentos
idóneos.
g) Adecuarse al tamaño de la organización
y a la naturaleza de sus actividades y
riesgos.
(DS-005-2012 TR)
Artículo 29°.- Los programas de capacitación deben:
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HABITOS
1
2
3
Conocimiento
(Qué hacer)
Deseo / Actitud
(Querer hacerlo /
Por qué hacerlo)
Capacidad/H
(Cómo hacerlo)
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QUIERE
Y
PUEDE
QUIERE
Y
NO PUEDE
NO QUIERE
Y
NO PUEDE
NO QUIERE
Y
PUEDE
MOTIVAR / CONFRONTAR
CA
PA
CIT
AR
MOTIVAR / CONFRONTAR
CA
PA
CIT
AR
1 2
3 4
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Todo aquello que tiene potencial de causar daño a las
personas, equipos, procesos y ambiente.
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Peligros Físicos
Peligros Químicos
Peligros Biológicos
Peligros Mecánicos
Peligros Ergonómicos
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Identifiquemos peligros?
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Es la combinación de probabilidad y severidad reflejados
en la posibilidad de que un peligro cause pérdida o daño a
las personas, a los equipos, a los procesos y/o al ambiente
de trabajo.
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PRINCIPIOS
LEY 29783
PREVENCIÓN
RESPONSABILIDAD
COOPERACIÓN
INFORMACION Y CAPACITACION
GESTION INTEGRAL ATENCION INTEGRAL
DE LA SALUD
CONSULTA Y PARTICIPACION
PRIMACÍA DE LA REALIDAD
PROTECCIÓN
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I.- PRINCIPIO DE PREVENCIÓN: El
empleador garantizará, en el centro de
trabajo, el establecimiento de los medios y
condiciones que protejan la vida, la salud y
el bienestar de los trabajadores, y de
aquellos que no teniendo vínculo laboral
prestan servicios o se encuentran dentro
del ámbito del centro de labores. Debe
considerar factores sociales, laborales y
biológicos, diferenciados en función del
sexo, incorporando la dimensión de género
en la evaluación y prevención de los
riesgos en la salud laboral
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I.- PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD:
El empleador asumirá las implicancias
económicas, legales y de cualquiera otra
índole, como consecuencia de un
accidente o enfermedad que sufra el
trabajador en el desempeño de sus
funciones o a consecuencia de él,
conforme a las normas vigentes.
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III.- PRINCIPIO DE
COOPERACIÓN: El Estado, los
empleadores y los trabajadores,
y sus organizaciones sindicales,
establecerán mecanismos que
garanticen una permanente
colaboración y coordinación en
materia de seguridad y salud en
el trabajo.
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III.- PRINCIPIO DE
INFORMACIÓN Y
CAPACITACIÓN
Los trabajadores recibirán del
empleador una oportuna y
adecuada información y
capacitación preventiva en la
tarea a desarrollar, con énfasis en
lo potencialmente riesgoso para la
vida y salud de los trabajadores y
su familia.
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IV.- PRINCIPIO DE GESTIÓN
INTEGRAL: Todo empleador
promoverá e integrará la gestión
de la seguridad y salud en el
trabajo a la gestión general de la
empresa.
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V.- PRINCIPIO DE
ATENCIÓN INTEGRAL DE
LA SALUD:
Los trabajadores que sufran
algún accidente de trabajo o
enfermedad ocupacional
tienen derecho a las
prestaciones de salud
necesarias y suficientes
hasta su recuperación y
rehabilitación, procurando su
reinserción laboral.
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VI.- PRINCIPIO DE CONSULTA
Y PARTICIPACIÓN: El Estado
promoverá mecanismos de
consulta y participación de las
organizaciones de empleadores y
trabajadores más representativas
y actores sociales, para la
adopción de mejoras en materia
de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
![Page 32: GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022042522/563db814550346aa9a905edb/html5/thumbnails/32.jpg)
VIII.- PRINCIPIO DE LA PRIMACIA DE LA
REALIDAD: Los empleadores, los
trabajadores, los representantes de ambos y
demás entidades públicas y privadas
responsables del cumplimiento de la legislación
en seguridad y salud en el trabajo brindarán
información completa y veraz sobre la materia.
De existir discrepancia entre el soporte
documental y la realidad, las autoridades optan
por lo constatado en la realidad.
![Page 33: GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022042522/563db814550346aa9a905edb/html5/thumbnails/33.jpg)
IX.- PRINCIPIO DE PROTECCIÓN: Los trabajadores
tienen derecho a que el Estado y los empleadores
promuevan condiciones de trabajo dignas que les
garanticen un estado de vida saludable, física, mental
y social. Dichas condiciones deberán propender a:
a) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente
seguro y saludable.
b) Que las condiciones de trabajo sean compatibles
con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y
ofrezcan posibilidades reales para el logro de los
objetivos personales de los trabajadores.
![Page 34: GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022042522/563db814550346aa9a905edb/html5/thumbnails/34.jpg)
ESTRUCTURA DEL SGSSO DS-055-2010 EM
RSSO
4 Títulos
52 Capítulos
396 Artículos
31 Anexos
3 Guías
![Page 35: GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022042522/563db814550346aa9a905edb/html5/thumbnails/35.jpg)
Título I. GESTIÓN DEL SUBSECTOR MINERÍA
Título II. GESTIÓN DE LOS TITULARES MINEROS
Título III. GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
Título IV. GESTIÓN DE LAS OPERACIONES MINERAS
![Page 36: GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022042522/563db814550346aa9a905edb/html5/thumbnails/36.jpg)
CAPITULO I Liderazgo y Compromiso
CAPITULO II Política de Seguridad y Salud Ocupacional
CAPITULO III Programa Anual De Seguridad y Salud Ocupacional
CAPITULO IV Comité de Seguridad y Salud Ocupacional
CAPITULO V Gerente de Programa de Seguridad y Salud Ocupacional
CAPITULO VI Capacitación
CAPITULO VII Equipo de Protección Personal (EPP)
CAPITULO VIII Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos
CAPÍTULO IX Salud Ocupacional
CAPÍTULO X Señalización de Áreas de Trabajo y Código de Colores
CAPÍTULO XI Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo
CAPÍTULO XII Sistemas de Comunicación
CAPÍTULO XIII Inspecciones, Auditorías y Controles
CAPÍTULO XIV Preparación y Respuesta para Emergencias
CAPÍTULO XV Primeros Auxilios, Asistencia Médica y Educación Sanitaria
CAPÍTULO XVI Investigación de Incidentes y Accidentes
CAPÍTULO XVII Estadísticas
![Page 37: GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - ISEM](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022042522/563db814550346aa9a905edb/html5/thumbnails/37.jpg)