Glosario de terminos

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” NÚCLEO CARICUAO FINANZAS E IMPUESTOS CÓDIGO 32073 Sección: “A” Hora: 5:00 pm a 8:10 pm Equipo: 1 Fecha: agosto de 2015 Facilitadora: Oneida Marcano Gamero E-mail: [email protected] Participantes: Brito Genesis C.I. 25.411.860 Jiménez Crisleidy C.I. 26.272.093 Sarmiento Mileidy C.I. 20.490.303 GLOSARIO DE TÉRMINOS 1. SEGUNDO PLAN SOCIALISTA 2013 – 2019. OBJETIVOS Democracia: Es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del poder reside y está sustentada, en pueblo que por medio de elecciones directas o indirectas, elige las principales autoridades del país. Referencias

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL“SIMÓN RODRÍGUEZ”NÚCLEO CARICUAOFINANZAS E IMPUESTOS CÓDIGO 32073

Sección: “A” Hora: 5:00 pm a 8:10 pm Equipo: 1 Fecha: agosto de 2015 Facilitadora: Oneida Marcano Gamero E-mail: [email protected]: Brito Genesis C.I. 25.411.860Jiménez Crisleidy C.I. 26.272.093Sarmiento Mileidy C.I. 20.490.303

GLOSARIO DE TÉRMINOS

1. SEGUNDO PLAN SOCIALISTA 2013 – 2019. OBJETIVOS

Democracia: Es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del

poder reside y está sustentada, en pueblo que por medio de elecciones

directas o indirectas, elige las principales autoridades del país.

Referencias

¿Qué es la democracia? [Documento en Línea] Disponible en:

http://www.misrespuestas.com/que-es-la-democracia.html[Consultado: 09

de agosto de 2015].

Geopolítica Internacional: La geopolítica es la ciencia que, a través de

la geografía política, los estudios regionales y la historia, estudia la

causalidad especial de los sucesos políticos y sus futuros efectos.

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Referencias

Geopolítica [Documento en línea] Disponible en:

https://es.wikipedia.org/wiki/Geopol%C3%ADtica [Consultado: 09 de

agosto de 2015].

Igualdad: La igualdad es el trato idéntico que un organismo, estado,

empresa, asociación, grupo o individuo le brinda a las personas sin que

medie ningún tipo de reparo por la raza, sexo, clase social u otra

circunstancia plausible de diferencia o para hacerlo más práctico, es la

ausencia de cualquier tipo de discriminación.

Referencias:

Igualdad [Documento en línea]. Disponible en:

http://www.definicionabc.com/social/igualdad.php. [Consultado: 09 de

agosto de 2015]

Justicia social: Es la distribución equilibrada de los bienes dentro de una

sociedad.

Referencias

Justicia [Documento en línea] Disponible en:

http://www.significados.com/justicia/ [Consultado: 09 de agosto de 2015]

Caracas, Venezuela.

Nacionalismo : Es la doctrina o filosofía que atribuye entidad propia,

diferenciada a un territorio, a sus ciudadanos y que propugna como

valores el bienestar, la preservación de la independencia, la libertad, la

emancipación, la gloria y lealtad a la considerada como nación propia.

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Referencias

Nacionalismo [Documento en línea] Disponible en:

https://es.wikiquote.org/wiki/Nacionalismo. [Consultado: 09 de agosto de

2015] Caracas, Venezuela.

Patria : Es el lugar, ciudad o país donde una persona ha nacido, pero no

solamente se limita a definir una localización, sino que engloba todas

aquellas cosas materiales e inmateriales, del pasado, del presente y del

futuro.

Referencias:

Patria [Documento en Línea] Disponible en:

http://sobreconceptos.com/patria#ixzz3iIfnEGPc.[Consultado: 09 de

agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Preservar: Proteger o resguardar a alguien o algo, intentando conservar

su estado, de un daño o peligro.

Referencias:

Preservar [Documento en línea] Disponible en:

https://www.google.co.ve/#q=preservar [Consultado: 09 de agosto de

2015].

Seguridad nacional: Se refiere a la noción de relativa estabilidad, calma

o predictibilidad que se supone beneficiosa para el desarrollo de un país;

así como a los recursos y estrategias para conseguirla principalmente a

través de la defensa nacional.

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Referencias

Seguridad Nacional [Documento en línea] Disponible en:

https://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_nacional [Consultado: 09 de agosto

de 2015].

Socialismo : Sistema de organización económico y social, cuya base es

que los medios de producción sean parte del patrimonio colectivo y sea el

mismo pueblo quien los administre.

Referencias:

Socialismo [Documento en línea] Disponible en:

http://concepto.de/socialismo/#ixzz3iIs5hBos. [Consultado: 09 de agosto

de 2015].

2. BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Acciones : 1. f. Der. Es un título o anotación contable que acredita y

representa el valor de cada una de aquellas partes. 2. En cualquier

sociedad el Estado, como su forma de organización política, cumple

múltiples y diversas funciones, muchas de las cuales son esenciales para

la existencia de una Nación

Referencias:

Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª Edición. [Documento

en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/ [Consultado el 09 de agosto

de 2015]

Banco Central de Venezuela : El Banco Central de Venezuela (BCV) es

el organismo responsable, como principal autoridad económica, de velar

por la estabilidad monetaria y de precios de ese país suramericano y es el

único autorizado para emitir la moneda de curso legal en Venezuela. Es

una persona jurídica de derecho público con autonomía para la

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formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y tiene rango

constitucional desde la Constitución de 1999; en ella se reconoce su

carácter autónomo e independiente de las políticas del gobierno nacional

Referencias:

Banco Central de Venezuela. [Documento en línea] Disponible en:

http://www.bcv.org.ve/quebcv/bcv01.htm [Consultado el 09 de agosto

2015] Caracas Venezuela.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: La

Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento

jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público

están sujetos a esta Constitución.

Referencias:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

Publicada en Gaceta Oficial Nº 5.908 Extraordinaria. Artículo 7. Pág 63.

Caracas, Venezuela.

Crédito: (Del lat. credĭtum) 1. m. Cantidad de dinero, o cosa equivalente,

que alguien debe a una persona o entidad, y que el acreedor tiene

derecho de exigir y cobrar. 2. Es un préstamo de dinero a una persona o

entidad, que se compromete a devolverlo en un solo pago o en forma

gradual (en un cierto plazo, mediante un pago de cuotas

Referencias:

El crédito. [Documento en línea] Disponible en:

http://www.consumoresponsable.com.uy/el_credito.html [Consultado el 09 de

agosto 2015] Caracas, Venezuela.

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Crisis económica: Es una situación en la que se producen cambios

negativos importantes en las principales variables económicas, y

especialmente en el PIB y en el empleo. Sin embargo, no existe una

definición precisa de cuándo puede decirse que una economía ha entrado

en una situación de crisis. ¿Basta con que el crecimiento se reduzca?

¿Cuánto? ¿Debe ser negativo? 2.

Referencias:

Crisis económica. [Documento en línea] Disponible en:

http://www.expansion.com/diccionario-economico/crisis-economica.html

[Consultado el 09 de agosto 2015].

Especies monetarias: 1. m. Econ. Medio de cambio de curso legal.

(Papel moneda) 2. La función elemental del dinero es la de

intermediación en el proceso de cambio. El Banco Central de Venezuela

debe regular la moneda, promover la adecuada liquidez del sistema

financiero y ejercer con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies

monetarias.

Referencias:

Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª Edición.

[Documento en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/ [Consultado

el 09 de agosto de 2015].

Estabilidad de precios: 1. Una situación de estabilidad de precios se

produce cuando, en promedio y a medio plazo, los precios ni suben ni

bajan de modo significativo. Hoy en día el mandato de los bancos

centrales para conseguir la estabilidad de precios consiste en lograr

inflaciones bajas y estables. Para observar la evolución de los precios y

ver si su variación (la inflación) es o no estable se utilizan índices que

elaboran los Institutos de Estadística de cada país

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Referencias:

Estabilidad de precios. [Documento en línea]. Disponible en:

http://www.expansion.com/diccionario-economico/estabilidad-de-

precios.html [Consultado el 09 de agosto de 2015.

Patrimonio : 1. Der. Conjunto de bienes pertenecientes a una persona

natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación

económica. 2. El patrimonio como unidad o totalidad no puede

enajenarse, aunque sí los bienes individuales que lo integran. El

patrimonio responde frente a los acreedores con los bienes que lo

integran, no con el patrimonio en sí, con la excepción de la quiebra.

Referencias:

Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª Edición.

[Documento en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/ [Consultado

el 09 de agosto de 2015.

Persona jurídica: “Se llama persona jurídica a una persona ficticia,

capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada

judicial y extrajudicialmente”. Las personas jurídicas tienen en su historia

varios nombres y han atravesado por diversas etapas, bien sean estas

teóricas o prácticas.

Referencias:

Persona jurídica. [Documento en línea] Disponible en:

http://www.gerencie.com/persona-juridica.html [Consultado el 09 de

agosto 2015].

Política cambiaria : El tipo de cambio en palabras muy sencillas, es la

cotización de una moneda en términos de otra moneda; éste expresa el

número de moneda que hay que dar para obtener una unidad de otra

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moneda, la cotización o tipo de cambio se determina por la relación entre

la oferta y la demanda de divisas, en otras palabras, el tipo de cambio se

determina por la relación entre la oferta y la demanda de moneda

nacional con el fin de realizar las operaciones internacionales del país.

Referencias:

Políticas (2010) [Documento en línea] Disponible en:

http://maestriagerencia2010bcv.blogspot.com/p/politicas.html [Consultado

el 09 de agosto 2015] Caracas, Venezuela.

3. LEY ORGANICA DE PLANIFICACION

Actividad Económica : Son actividades económicas todos los

procesos que tienen lugar para la obtención de productos, bienes y/o

servicios destinados a cubrir necesidades y deseos en una sociedad en

particular.

Referencias:

Actividad económica. [Documento en línea] Disponible en:

http://www.definicionabc.com/economia/actividad-economica.php

[Consultado: 09 de agosto de 2015].

Bienes: Son todas aquellas cosas que pueden ser objeto de comercio, y

prestar alguna utilidad al hombre.

Referencias

Bienes [Documento en línea] Disponible en:

http://www.buenastareas.com/ensayos/Definicion-De-Bienes-y-Su-

Clasificacion/3781867.html [Consultado: 09 de agosto de 2015].

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Capital : Elemento necesario para la producción de bienes de consumo y

que consiste en maquinarias, inmuebles u otro tipo de instalaciones. Así,

los llamados bienes de capital son aquellos bienes destinados a la

producción de bienes de consumo. Estos tienen que tener el suficiente

grado de efectividad para satisfacer necesidades.

Referencias:

Capital [Documento en línea] Disponible en:

http://www.definicionabc.com/economia/capital.php [Consultado: 09 de

agosto de 2015].

Distribución: Es aquel conjunto de actividades, que se realizan desde

que el producto ha sido elaborado por el fabricante hasta que ha sido

comprado por el consumidor final, y que tiene por objeto precisamente

hacer llegar el producto ya sea un bien o un servicio hasta el consumidor.

Referencias:

Distribución (negocios) [Documento en línea] Disponible en:

https://es.wikipedia.org/wiki/Distribuci%C3%B3n_(negocios) [Consultado:

09 de agosto de 2015].

Empresa: Es una organización con fines de lucro que otorga un servicio

o bien a la sociedad. Desde el punto de vista de la economía, una

empresa es la encargada de satisfacer las demandas del mercado.

Referencias:

Empresa. [Documento en línea] Disponible en:

http://www.definicionabc.com/economia/empresa.php. [Consultado: 09 de

agosto de 2015].

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Individuos: Es la unidad más pequeña y simple de los complejos

sistemas sociales y también la fuente a partir de la cual los mismos se

establecen y organizan.

Referencias:

Individuo [Documento en línea] Disponible en:

http://www.definicionabc.com/social/individuo.php [Consultado: 09 de

agosto de 2015].

Organismos Regionales: A los fines de atender los requerimientos de

planificación nacional y regional, el Ministerio de Planificación y Desarrollo

contará con el apoyo de los organismos regionales, los cuales tendrán las

siguientes atribuciones:

1. Elaborar los planes regionales, en coordinación con las gobernaciones y

alcaldías que conforman la región.

2. Coordinar sus planes y programas con los órganos y entes de la

Administración Pública Nacional, para la promoción del desarrollo regional.

3. Asesorar y prestar asistencia técnica a la planificación de las

gobernaciones, municipalidades y órganos y entes nacionales que operen

dentro de los límites de su circunscripción.

Referencias:

Ley Orgánica de Planificación (2001). Publicada en Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela No. 5.554 Extraordinario. Artículo 23.

Caracas, Venezuela. Diccionario de la Real Academia Española (2012) 22ª

Edición. [Documento en línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/

[Consultado el 09 de agosto de 2015].

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Participación social: Se entiende por participación social, el derecho

que tienen los sectores sociales de estar debidamente informados, de

elaborar propuestas, de identificar prioridades y de recomendar formas de

participación que incidan en la construcción, viabilidad y perfectibilidad de

la planificación.

Referencias:

Ley Orgánica de Planificación (2001). Publicada en Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela No. 5.554 Extraordinario. Artículo 58.

Caracas, Venezuela.

Servicio: Es el conjunto de actividades que lleva a cabo internamente

una empresa para poder responder y satisfacer las necesidades de un

cliente. Es un bien pero se diferencia de este porque siempre se consume

en el momento en que es prestado.

Referencias:

Servicio en economía. [Documento en línea]. Disponible en:

http://www.definicionabc.com/economia/servicio.php. [Consultado: 09 de

agosto de 2015].

Tierra: Espacio para el desarrollo de actividades productivas -para la

siembra o la cría de ganado, para la instalación de plantas u oficinas-

pero no es un espacio general y abstracto, sino uno que se valoriza de

acuerdo a su facilidad de acceso y su proximidad a los mercados. De allí

la marcada diferencia de Precios que se encuentra entre tierras baldías,

alejadas de los medios de comunicación, y terrenos urbanos, altamente

cotizados por su cercanía a los centros de Intercambio.

Page 12: Glosario de terminos

Referencias:

Tierra [Documento en línea] Disponible en: http://www.eco-

finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htm [Consultado: 09 de agosto de

2015].

4. LEY ORGANICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO

Atribuciones: Las atribuciones son los actos que debe ejercer el

empleado público; sus facultades son los usos que puede hacer del poder

que la ley le confía. Una de las atribuciones del juez es examinar los

testigos; una de sus facultades es imponer penas al infractor. Los agentes

inferiores de la autoridad tienen atribuciones, y apenas puede decirse que

tienen facultades.

Referencia

Atribuciones [Documento en línea] Disponible en:

http://es.thefreedictionary.com/atribuciones, José Joaquín de Mora.

[Consultado 9 de agosto de 2015]

Compensaciones: Al hablar de Compensaciones se incluyen los

siguientes términos: salarios, jornales, sueldos, viáticos, beneficios

(servicio de comedor, planes de retiro privados, entre otros.) e incentivos

(premios, gratificaciones, entre otros). Es decir, todos aquellos pagos, en

metálico o en especie, con que la organización retribuye a quienes en ella

trabajan. Al considerar las empresas el sistema de compensaciones, lo

hacen en términos costos/beneficios, esto es, cuando fija una

remuneración o cuando establece un incentivo, espera un resultado de su

"inversión

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Referencia

Compensación [Documento en línea] disponible en:

http://www.losrecursoshumanos.com/contenidos/190-compensaciones-y-

beneficios-definicion.html. [Consultado 9 de agosto de 2015].

Plenaria: Asamblea, junta o reunión o sesión general o conjunto de todos

los componentes o miembros de una entidad u organismo colegiado

(cámara, comisión, corporación, entre otros.) Plenaria DE Cada Cámara.

También denominada cámara plena o cámara en pleno es la reunión o

asamblea general de cada una de las cámaras del congreso

(representantes y senadores) por separado.

Referencia

Plenaria [Documento en línea] Disponible en:

http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/plenaria

[Consultado 9 de agosto de 2015].

Transferencia: Del latín transferens, transferencia es un término

vinculado al verbo transferir (trasladar o enviar una cosa desde un sitio

hacia otro, conceder un dominio o un derecho). El término es muy

habitual en el ámbito del comercio y los negocios para nombrar a la

operatoria que consiste en transferir una suma de dinero de una cuenta

de un banco a otra.

Referencia

Transferencia [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/transferencia/. [Consultado 10 de agosto de 2015].

Valores : Los valores son convicciones profundas de los seres humanos

que determinan su manera de ser y orientan su conducta.

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Referencias:

¿Qué son valores?[Documento en línea] Disponible en:

www.fundaciontelevisa.org/valores/que-son-los-valores/. [Consultado: 09

de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

5. LEY ORGANICA DE PRESUPUESTO

Banco Comunal: “El Banco Comunal es la forma de organización y

gestión económica-financiera de los recursos de los Consejos

Comunales; es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y

participativa.” (Artículo 4, numeral 10 de la Ley de los Consejos

Comunales)

Referencias:

Universidad de los andes, Facultad de ciencias económicas y sociales, Escuela de administración y contaduría pública, Contabilidad especializada

[Documento en línea] Disponible en: http://www.cetic.edu.ve/files/ced/2006/des_endogeno/consejos_comunales_minpades/recursos/descargas/glosario_terminos.pdf Caracas, Venezuela 2014. [Consultado 10 de agosto de 2015].

Consejo Comunal: “Los Consejos Comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.”

Referencias:

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(Artículo 2 de la Ley de los Consejos Comunales)

Crédito presupuestario : Constituye el monto de recursos disponibles en el presupuesto. Es la asignación de los ingresos por parte del Estado a las diversas entidades que lo conforman para que éstas realicen sus actividades, programas y proyectos

Referencias:

(Bastidas, M. 2002, p.4).

Déficit o superávit: El déficit o superávit se define como el ingreso más

las donaciones recibidas menos el gasto menos la diferencia entre los

préstamos concedidos y las recuperaciones. El déficit o superávit también

es igual, con signo contrario, a la suma de los préstamos netos obtenidos

por el gobierno, más la variación del efectivo, los depósitos y los valores

del gobierno mantenidos con fines de liquidez

Referencias

Déficit [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve

(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015]

Ejercicio fiscal : Período regular presupuestario y contable respecto del

cual se prevén los ingresos y gastos, y se presentan cuentas, excluido

todo período complementario durante el cual pueden mantenerse abiertos

los libros una vez comenzado el ejercicio siguiente

Referencias

Ejercicio fiscal [Documento en Línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve

(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].

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Gasto: Todo pago no recuperable y no pagadero realizado por el

gobierno; puede ser con contraprestación o sin ella y para fines corrientes

o de capital.

Referencias

Gasto [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve

(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].

Gobierno: Término genérico que se aplica a todas las dependencias de

las autoridades públicas de cualquier territorio o sus partes, establecidas

a través de procesos motivados por consideraciones de carácter público

en las esferas económica, social y política, y dedicados primordialmente a

la prestación de servicios públicos que difieren en cuanto a su naturaleza,

costo y fuentes de financiamiento de las actividades de otros sectores

Referencias

Gobierno [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve

(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].

Ingreso: Todas las entradas no recuperables, con contraprestación o sin

ella procedentes de origen corriente o de capital

Referencias:

Ingreso [Documento en línea] Disponible en: www.mpppf.gob.ve

(Ministerio de Finanzas, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].

Partida: Expresan las especies de los bienes y servicios que se

adquieren, así como la finalidad de las transferencias de recursos. Cada

partida es identificada por un número, código o denominación del

concepto donde deben ser aplicados los fondos. Las partidas expresan el

límite legal del crédito presupuestario correspondiente a los programas,

subprogramas y actividades. Cada partida es a su vez dividida en

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subpartidas las cuales pueden ser genéricas, específicas o

subespecificas

Referencias:

(Bastidas, M. y Otros, 2002, p.11).

Presupuesto público :Se conoce como Presupuesto al sistema mediante el cual se elabora, aprueba, coordina la ejecución, controla y evalúa la producción pública (Bien o Servicio) de una institución, sector o región, en función de las políticas de desarrollo previstas en los Planes

Referencias:

Presupuesto público [Documento en línea] Disponible en: http://www.onapre.gob.ve/ (ONAPRE, 2004). [Consultado 10 de agosto de 2015].

Principio del Presupuesto

1. Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la programación.

a. Contenido: establece que deben estar todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. El grado de aplicación no está dado por ninguno de los extremos, pues no existe un presupuesto que carezca completamente de una base programática, así como tampoco existe uno en el que se hubiese conseguido la total aplicación de la técnica. b. Forma: en cuanto a la forma, con él deben explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos; los recursos humanos, materiales y servicios de terceros que demanden esas acciones así como los recursos monetarios necesarios que demanden esos recursos. Respecto de la forma mediante este principio se sostiene que deben contemplarse todos los elementos que integran el concepto de programación. Es decir, que deben expresarse claramente los objetivos

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concretos adoptados, el conjunto de acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos, los recursos humanos, materiales y otros servicios que demanden dichas acciones y para cuya movilización se requieren determinados recursos monetarios, aspecto este último que determina los créditos presupuestarios necesarios.

2. Integralidad: en la actualidad, la característica esencial del método de presupuesto por programas, está dado por la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos. El presupuesto no sería realmente programático si no cumple con las condiciones que imponen los cuatro enfoques de la integralidad. Es decir, que el presupuesto debe ser:

a. Un instrumento del sistema de planificación;

b. El reflejo de una política presupuestaria única;

c. Un proceso debidamente vertebrado.

d. Un instrumento en el que debe aparecer todos los elementos de la programación.

3. Universalidad: dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él. Naturalmente que la amplitud de este principio depende del concepto que se tenga de presupuesto. Si este sólo fuera la expresión financiera del programa de gobierno, no cabría la inclusión de los elementos en términos físicos, con lo cual la programación quedaría truncada.

En la concepción tradicional se consideraba que este principio podía exponerse cabalmente bajo la "prohibición" de la existencia de fondos extrapresupuestarios.

4. Exclusividad: en cierto modo este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como de otros instrumentos jurídicos respetando el ámbito de otras ciencias o técnicas. No obstante, de que en la mayoría de los países existe legislación expresa sobre el principio de exclusividad, en los hechos no siempre se cumplen dichas disposiciones legales.

En algunos países de América Latina, particularmente en épocas pasadas, se estableció la costumbre de incluir en la ley de presupuestos disposiciones

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sobre administración en general, y de personal en particular, tributación, política salarial, etc., llegando, excepcionalmente, desde luego, a dictar normas que ampliaban o reformaban el Código Civil y el Código de Comercio. Sobre todo, en este último aspecto, tal inclusión no era fruto de un error, sino que se procuraba evitar la rigurosidad del trámite parlamentario a que están sujetas tales cuestiones.

5. Unidad: este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente. En otras palabras, es indispensable que el presupuesto de cada entidad se ajuste al principio de unidad, en su contenido, en sus métodos y en su expresión. Es menester que sus políticas de financiamiento, funcionamiento y capitalización sean totalmente complementarios entre sí.

Referencias:

Gestión Presupuestaria [Documento en línea] Disponible en: http://gestionpresupuestaria.blogspot.com/2009/02/tema-5-presupuesto-publico.html [Consultado el viernes, 13 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

6. SITUADO CONSTITUCIONAL

Situado Constitucional : Son ingresos de los estados. Los recursos que le correspondan por concepto de situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un máximo del veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el Fisco Nacional la cual se distribuirá entre los Estados y el Distrito Capital en la forma siguiente: un 30% de dicho porcentaje en partes iguales, y el 70% restante en proporción a la población de cada una de las entidades. A los Municipios de cada Estado les corresponderá en cada ejercicio fiscal una participación no menor del veinte por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo Estado.

Page 20: Glosario de terminos

Referencias:Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta oficial de la República de Venezuela 36.860, 30 de Diciembre de 1999.

7. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Autonomía Financiera: Es la capacidad que tiene una empresa de hacer frente por medios de financiación normal a su deuda exigible, se trata de la relación entre los capitales propios de la empresa con el total de los capitales necesarios para su financiación.

Referencias:Autonomía Financiera [Documento en línea] Disponible en: http://www.bolsahoy.com/financiera/autonomia-financiera.html [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Centralización: Es la forma en la cual la acción de la actividad pública está en manos de organismos cuya competencia es nacional, es decir, es la forma en la cual los asuntos de materias públicas son asumidos y controlados por órganos del gobierno.

Referencias:

Centralización [Documento en línea] Disponible en: http://www.buenastareas.com/ensayos/Centralizacion-Politica/1842840.html [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Consolidación: Dar firmeza, seguridad y solidez a algo (empresa, país, etc.)

Referencias:

Consolidación [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/consolidacion/ [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Coordinación: Acción de coordinar, de poner a trabajar en conjunto diferentes elementos en pos de obtener un resultado específico para una acción conjunta.

Page 21: Glosario de terminos

Referencias:

Coordinación [Documento en línea] Disponible en: http://www.definicionabc.com/general/coordinacion.php [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Corresponsabilidad: Puede referirse a un compromiso global por parte de un grupo de un conjunto de individuos.

Referencias:

Corresponsabilidad [Documento en línea] Disponible en: http://www.definicionabc.com/general/corresponsabilidad.php [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Descentralización: Se define como un proceso de transferencia de competencias y recursos desde la administración central de un Estado hacia las administraciones territoriales, estadales y municipales.

Referencias:

Descentralización [Documento en línea] Disponible en: http://www.eluniversal.com/opinion/121202/descentralizacion-en-venezuela [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

8. CAPITALISMO, SOCIALISMO, NEOLIBERALISMO, NACIONALISMO, DEMOCRACIA

Capitalismo: Consiste en un régimen de bases económicas en el cual la titularidad de los recursos de producción es de carácter privado.

Referencias:

Descentralización [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/capitalismo/ [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Page 22: Glosario de terminos

Democracia directa: Democracia en la que el pueblo ejerce su soberanía directamente sin la intermediación de órganos representativos.

Referencias:

Democracia directa [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/#q=define%20democracia%20directa [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Democracia participativa: Es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.

Referencias:

Democracia participativa [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/#q=define+democracia+participativa [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Democracia protagónica: está orientada a ocupar y consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, en donde haya una buena comunicación y expresión de los ciudadanos con los organismos del poder público, para gobernar y compartir responsabilidades, en la gestión pública.

Referencias:

Democracia protagónica [Documento en línea] Disponible en: http://proyectonacionalsimonbolivar1.bligoo.es/democracia-protagonica-revolucionaria#.Vdkw7yV_Oko [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Democracia representativa: Democracia en la que el pueblo ejerce su soberanía a través de los órganos representativos que se eligen por votación.

Page 23: Glosario de terminos

Referencias:

Democracia representativa [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/#q=democracia+representativa [Consultado 22 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Democracia: Es una modalidad de gobierno y de organización de un Estado, por medio de mecanismos de participación directa o indirecta, el pueblo selecciona a sus representantes, se dice que la democracia constituye una opinión de alcance social donde para la ley todos los ciudadanos gozan de libertad y poseen los mismos derechos y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

Referencias:

Democracia [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/democracia/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Nacionalismo: Definido como el afecto y sentido de pertenencia de los oriundos de una determinada nación respecto a ella.

Referencias:

Nacionalismo [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/nacionalismo/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Neoliberalismo: Movimiento del liberalismo, aparecido después de la primera guerra mundial, que limita la intervención del Estado en asuntos jurídicos y económicos.

Referencias:

Neoliberalismo [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search.define+neoliberalismo [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Page 24: Glosario de terminos

Patrimonialismo: Es una noción referida a la política, a la naturaleza del gobierno y la manera en la que ejerce su función. Su naturaleza esencial radica en los bienes o recursos público dentro de una sociedad son tratados como propiedad del gobierno y quienes gobiernan y sus partidos.

Referencias:

Patrimonialismo [Documento en línea] Disponible en: http://contrapeso.info/2014/que-es-patrimonialismo/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Populismo: Movimiento político heterogéneo caracterizado por su aversión a las élites económicas e intelectuales, por la denuncia de la corrupción política que supuestamente afecta al resto de actores políticos y por su constante apelación al pueblo entendido como un amplio sector interclasista al que castiga el Estado.

Referencias:

Populismo [Documento en línea] Disponible en: http://historiaybiografias.com/ciencia_politica13/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Socialismo: Doctrina política y económica que propugna la propiedad y la administración de los medios de producción por parte de las clases trabajadoras con el fin de lograr una organización de la sociedad en la cual exista una igualdad política, social y económica de todas las personas.

Referencias:

Socialismo [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&q=definicion+de+socialismo [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Page 25: Glosario de terminos

9. DESARROLLO ECONÓMICO

Cooperativas: Sociedad formada por productores, vendedores o consumidores con el fin de producir, comprar o vender de un modo que resulte más ventajoso para todos.

Referencias:

Cooperativas [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psydefinicion+de+cooperativa [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Crisis económica: Es una situación en la que se producen cambios negativos importantes en las principales variables económicas, y especialmente en el PIB y en el empleo. Sin embargo, no existe una definición precisa de cuándo puede decirse que una economía ha entrado en una situación de crisis.

Referencias:

Crisis económica [Documento en línea] Disponible en:

www.expansion.com/diccionario-economico/crisis-economica.html [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Empresas de producción social: Son entidades integrales, ellas pueden ser empresas de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con la misión de establecer nuevas formas de producción social y eficientes con una distribución de sus excedentes o beneficios en base a principios de justicia, equidad y reciprocidad hacia toda la comunidad que participa y el uso de técnicas y tecnología; y tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno.

Referencias:

Empresas de producción social [Documento en línea] http://www.monografias.com/trabajos84/empresas-produccion-social-eps/empresas-produccion-social-eps.shtml [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Page 26: Glosario de terminos

Empresario: Es aquella persona que, de forma individual o colectiva, fija los objetivos y toma las decisiones estratégicas acerca de las metas, los medios, la administración y el control de las empresas y asume la responsabilidad tanto comercial como legal frente a terceros.

Referencias:

Empresario [Documento en línea] Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Empresario [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Estatización: Proceso por el cual una empresa o sector económico pasa a ser controlado directamente por el Estado.

Referencias:

Estatización [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&noj=1&q=estatizacion&oq=estatizacion [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Expropiación: Requisa de una propiedad por motivos de interés público, generalmente dando a cambio una indemnización.

Referencias:

Expropiación [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&noj=1&q=expropiacion [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Industrialización: Sometimiento de un producto o una actividad económica a la explotación organizada del proceso industrial.

Referencias:

Industrialización [Documento en línea] Disponible en: https://www.google.co.ve/search?

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sclient=psyab&es_sm=93&biw=1024&bih=475&noj=1&q=industrializacion [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Invasión: Se trata de interrumpir, entrar por la fuerza u ocupar irregularmente un lugar.

Referencias:

Invasión [Documento en línea] Disponible en: http://definicion.de/invasion/ [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Mediana empresa: La mediana empresa es aquella unidad económica con la oportunidad de desarrollar su competitividad en base a la mejora de su organización y procesos, así como de mejorar sus habilidades empresariales. 

Referencias:

Mediana Empresa [Documento en línea] Disponible en: https://espanol.answers.yahoo.com/question/index?qid=20110306160213AAIshE5 [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Pequeña empresa: Es un componente importante de la economía, y en muchos casos, es la base de las medianas y grandes empresas.

Referencias:

Pequeña Empresa [Documento en línea] Disponible en: http://www.promonegocios.net/empresa/pequena-empresa.html [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.

Rentismo: Es un término usado en política para designar a países no democráticos que aseguran un mínimo bienestar a la población gracias a los ingresos derivados de importantes actividades económicas no productivas, generalmente la extracción de petróleo.

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Referencias:

Rentismo [Documento en línea] Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_rentista [Consultado 23 de agosto de 2015] Caracas, Venezuela.