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    1° UNIDAD:DIAGNÓSTICO Y COORDINACIÓN DE LASEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN

    SUBCONTRATACIÓN

    Profesor: Denes György Pavez.Profesión: Ingeniero en Prevención de Riesgos y Medioambiente.

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    OBJETIVOS DE LA UNIDAD:

    Identificar las necesidades en SSO de acuerdo a la

    normativa vigente.

    Coordinar entre los distintos empleadores lasactividades preventivas, de acuerdo a la normativa

    vigente.

    Denes György PavezGestión en Seguridad y salud Ocupacional en Subcontratación

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    1.2

    Ley N° 20.123D.S. N° 76

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    1.2.- Ley N° 20.123

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    Artículo 183-A.- Es trabajo en régimen de subcontratación, aquélrealizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para unempleador, denominado contratista o subcontratista, cuando éste, enrazón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios,por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para unatercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena,denominada la empresa principal, en la que se desarrollan los servicios oejecutan las obras contratadas.

    Artículo 183-B.- La empresa principal será solidariamente responsable delas obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a loscontratistas en favor de los trabajadores de éstos.

    REGULA TRABAJO EN REGIMEN DE SUBCONTRATACION, EL FUNCIONAMIENTO DE LAS EM

    SERVICIOS TRANSITORIOS Y EL CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS.

    ARTICULO 3° TITULO VII PARRAFO 1°

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    1.2.- Ley N° 20.123

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    Artículo 183-F.- Para los fines de este Código, se entiende por:

    a) Empresa de Servicios Transitorios: toda persona jurídica, que tenga porobjeto social exclusivo poner a disposición de terceros, trabajadores paracumplir tareas de carácter transitorio u ocasional, como asimismo laselección, capacitación y formación de trabajadores, así como otrasactividades afines en el ámbito de los recursos humanos.

    b) Empresa usuaria: toda persona natural o jurídica que contrata con una

    empresa de servicios transitorios, la puesta a disposición de trabajadorespara realizar labores o tareas transitorias.c) Trabajador de Servicios Transitorios: todo aquel que ha convenido un

    contrato de trabajo con una empresa de servicios transitorios para serpuesto a disposición de una o más usuarias de aquélla.

    ARTICULO 3° TITULO VII PARRAFO 2°

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    1.2.- Ley N° 20.123

    Denes György PavezGestión en Seguridad y salud Ocupacional en Subcontratación

    Artículo 183-E.- “La

    empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias paraproteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra,empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, en conformidad a lo dispuesto en elartículo 66 bis de la ley Nº 16.744 y el artículo 3º del decreto supremo Nº 594, de 1999, delMinisterio de Salud” . Titulo VII, Párrafo 1°.

    Artículo 183-AB.- Será de responsabilidad directa de la usuaria el cumplimiento de lasnormas referidas a la higiene y seguridad en el trabajo, incluidas las disposiciones legalesy reglamentarias relativas al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo yEnfermedades Profesionales de la ley Nº 16.744, la usuaria denunciará inmediatamenteal organismo administrador al que se encuentra afiliada o adherida la respectiva empresade servicios transitorios, la ocurrencia de cualquiera de los hechos indicados en la normalegal antes citada. Al mismo tiempo, deberá notificar el siniestro a la empresa deservicios transitorios. La empresa de servicios transitorios deberá constatar que el estadode salud del trabajador sea compatible con la actividad específica que desempeñará.Titulo VII, Párrafo 2°.

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    1.2.- Ley N° 20.123

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    ARTICULO 7° MODIFICACIONES A LA LEY 16.744

    Implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud enel Trabajo para todos los trabajadores involucrados, cualquiera

    que sea su dependencia, cuando en su conjunto agrupen a másde 50 trabajadores.

    Confeccionar un Reglamento Especial para EmpresasContratistas y Subcontratistas , en el que se establezca como

    mínimo las acciones de coordinación entre los distintosempleadores de las actividades preventivas y los mecanismospara verificar su cumplimiento por parte de la empresamandante y las sanciones aplicables.

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    1.2.- Ley N° 20.123

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    ARTICULO 7° MODIFICACIONES A LA LEY 16.744

    Velar por la constitución y funcionamiento de un Comité Paritariode Higiene y Seguridad y un Departamento de Prevención deRiesgos para tales faenas.En caso de accidentes del trabajo fatales y graves , el empleadordeberá informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a laSecretaría Regional Ministerial de Salud. En estos mismos casos elempleador deberá suspender de forma inmediata las faenasafectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores laevacuación del lugar de trabajo. La reanudación de faenas sólopodrá efectuarse previa fiscalización del organismo fiscalizadorsubsanado las deficiencias constatadas.

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    1.2.- D.S. N° 76.

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    APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL ARTICULO 66 BIS DE L16.744 SOBRE LA GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAOBRAS, FAENAS O SERVICIOS QUE INDICA.

    TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 4°.- Para los efectos de este reglamento, se entenderá porobra, faena o servicios propios de su giro, todo proyecto, trabajo oactividad destinado a que la empresa principal desarrolle sus

    operaciones o negocios, cuya ejecución se realice bajo suresponsabilidad, en un área o lugar determinada, edificada o no,con trabajadores sujetos a régimen de subcontratación.

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    1.2.- D.S. N° 76.

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    TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 5°.- La empresa principal deberá mantener en la faena,obra o servicios y por el tiempo que ésta se extienda, un registroactualizado de antecedentes, en papel y/o soporte digital, el quedeberá contener a lo menos:a) Cronograma de las actividades o trabajos a ejecutar, indicandoel nombre o razón social de la(s) empresa(s) que participará(n) ensu ejecución;b) Copia de los contratos que mantiene con las empresascontratistas y de éstas con las subcontratistas, así como los quemantenga con empresas de servicios transitorios;

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    1.2.- D.S. N° 76.

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    TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

    c.1) R.U.T y Nombre o Razón Social de la empresa; OrganismoAdministrador de la Ley N° 16.744; nombre del encargado de lostrabajos o tareas, cuando corresponda; número de trabajadores, yfecha estimada de inicio y de término de cada uno de los trabajoso tareas específicas que ejecutará la empresa;c.2) Historial de los accidentes del trabajo y enfermedadesprofesionales de la faena. La empresa principal podrá solicitarinformación de la siniestralidad laboral a las empresas contratistaso subcontratistas;

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    1.2.- D.S. N° 76.

    Denes György PavezGestión en Seguridad y salud Ocupacional en Subcontratación

    TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

    d) Informe de las evaluaciones de los riesgos que podrían afectara los trabajadores en la obra, faena o servicios;

    e) Visitas y medidas prescritas por los organismosadministradores de la Ley N° 16.744;

    f) Inspecciones de entidades fiscalizadoras , copias de informes oactas, cuando se hayan elaborado.