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    Formación - MISRDS

    Material Didáctico de MISREDES 

    Guía Práctica IX

    Derecho Ambiental II

    CARLOS EMILIO AMOS UNSHELM BÁEZ

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    MÓDULO IIDERECHO AMBIENTAL

    Fuente: http://www.rainforest-alliance.org/programs/neocomm/newsletter/images/sep01-2.gif. Fecha: 05/01/2006

    CARLOS EMILIO AMOS UNSHELM BÁEZ

    MÉRIDA, SEPTIEMBRE - 2006

    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

    INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE

    INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO

    CÁTEDRA: EDUCACIÓN Y FORMACIÓN AMBIENTAL

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    MÓDULO II:DERECHO AMBIENTAL

    A. PRESENTACIÓN:

    B. OBJETIVOS:A.- Crear normas que aseguren el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, lapreservación de la diversidad genética, y la conservación, recuperación, mejoramiento yprotección del ambiente.

    B.- Dictar leyes para controlar la contaminación del aire, agua, suelo: así como prevenir lapérdida de la biodiversidad (fauna + flora), manteniendo el equilibrio ecológico.

    C.- Proporcionar los instrumentos legales para la compatibilidad en la planificación política,económica, social, tecnológica, ecológica y urbanística del País, en todos sus estratos

    gubernamentales, con la protección de los recursos naturales, culturales y del patrimoniohistórico y paisajístico.

    D.- Formular y lograr acuerdos internacionales en materia de manejo y disposición demateriales peligrosos, productos químicos - biológicos (agrícolas), desechos radiactivos  – nucleares; y los tendientes a causar daños a la capa de ozono; y a otros ambientes.

    E.- Brindar nuevas condiciones de conducta en los individuos, los grupos sociales y lasociedad en su conjunto, respecto a la realidad jurídica ambiental.

    Quien fuera Presidente de la Asociación Latinoamericana de DerechoAmbiental, ALDA, Dr. Raúl Brañes Ballesteros (+), en su Conferencia

    Magistral sobre “El Desarrollo del Derecho Ambiental Latinoamericano ysu Aplicación”, en las Primeras Jornadas Nacionales de Derecho

    Ambiental (2001), definió el Derecho Ambiental  como:“Un sistema racional de normas sociales de conducta que puedencodificar de manera relevante las relaciones que se dan (directas e

    indirectas) entre los organismos vivos y sus sistemas de ambiente demanera tal que se ponen en peligro las condiciones que hacen posible la

    vida en el planeta”. 

    http://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/apuntso/apuntso.shtml#grupohttp://www.monografias.com/trabajos10/soci/soci.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/soci/soci.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/apuntso/apuntso.shtml#grupohttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtml

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    II.2.- LEGISLACIÓN AMBIENTAL:

    “La legislación ambiental  esta compuesta por una serie de

    instrumentos de gestión tales como leyes generales, leyesespecíficas, decretos presidenciales, decretos ministeriales, normastécnicas obligatorias nicaragüenses y ordenanzas municipales que

    regulan uno o varios aspectos del medio ambiente o aseguran el usoy aprovechamiento sostenible de los recursos naturales” 

    (Ministerio del Ambiente de Nicaragua, MARENA - 2004).

    II.3.- COMPETENCIA AMBIENTAL:

    “Las Instituciones del Estado con competencia ambiental  formanparte del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental yse someterán obligatoriamente a las directrices establecidas por el

    Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable (Ley de GestiónAmbiental. Ley Nº 37. RO/245 de 30/07/1999. Artículo 10. Ecuador

     – 2000).

    II.4.- JUSTICIA AMBIENTAL:

    La Agencia de Protección Ambiental (EPA/USA – 1992) defineJusticia Ambiental  como “el trato justo para la gente de todas lasrazas, culturas y clases sociales, con respecto al desarrollo de las

    leyes ambientales, regulaciones y normas” 

    II.5.- AUDITORÍA AMBIENTAL: 

    “Las auditorias ambientales son unos instrumentos de la gestión enuna empresa que comprende la evaluación sistemática,

    documentada, periódica y objetiva de la eficacia del sistema de laorganización ambiental, de la gestión y del equipo técnico con elobjetivo de f acilitar el control de la dirección (…)” (Manual de la

    Gestión Ambiental. FH.WEDEL, IFEU, CAISA – México – 2004)

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    D. DESARROLLO:

    D.1.- FUNDAMENTOS HISTÓRICOS:

    El nacimiento del Derecho Ambiental lo ubican los críticosconocedores de la materia en la misma Declaración de Principios de laConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano,celebrada en Estocolmo en 1972; donde se sientan las bases doctrinariasambientales asimiladas por casi todos los países, constituyéndose de éstamanera en la génesis del Derecho Internacional Ambiental.

    “Ello influyó significativamente en los diferentes ordenamientos jurídicos delos Estados; efecto éste que se estima haberse propiciado por dos

    circunstancias: la adaptabilidad de los textos internacionales a lasnecesidades sociales del momento y la concepción global de los problemas

    ambientales a que corresponden”. (Proyecto de Ley Orgánica para laConservación del Ambiente  –LOPCA  – Exposición de Motivo, 2002) 

    El Principio 1(Estocolmo 1972): “ El hombre tiene el derecho fundamental a lalibertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuado en unmedio de calidad tal que le permita llevar un vida digna y gozar de bienestar,y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para lasgeneraciones presentes y futuras.”  

    El Principio  2: (Estocolmo 1972): “ Los recursos naturales de la tierra,incluidos, el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmentemuestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarseen beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante unacuidadosa planificación u ordenación, según convenga” .

    En la década de los 80´s; la Constitución Política de Chile(08/08/1980) establece, en su Artículo 19, Ordinal 8. El derecho a vivir en unmedio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para queeste derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. (…)La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de

    determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”. 

    La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos - CARTADE BANJUL - (Nairobi, Kenia - 1981), expresa: "Todos los pueblos tendránderecho a un entorno general satisfactorio favorable a su desarrollo "(Parte I:Derechos y Deberes. Capítulo I: Derechos Humanos y de los Pueblos. Artículo 24).

    http://www.monografias.com/trabajos6/dehu/dehu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/dehu/dehu.shtml

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    La Constitución de la Provincia de Córdoba (1987), establece que:"Toda persona tiene derecho a vivir en un ambiente físico social libre defactores nocivos para la salud. La conservación de los recursos naturales,culturales y de valores estéticos que permitan asentamientos humanos

    dignos y la preservación de la flora y la fauna". (Leiva, 2005).

    En su Segunda Parte, como Políticas Especiales del Estado. SecciónSéptima. Política Ecológica; la Constitución de la Provincia de Río Negro(1988), en el Artículo 84º, en la Defensa del Medio Ambiente, se expresa:“Todos los habitantes tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano,libre de factores nocivos para la salud, y el deber de preservarlo ydefenderlo.

     Al referirse al Artículo 225 de la Constitución Federativa de Brasil de1988, sobre los Derechos Ambientales, Riaño  A. (2005), opina, que: “La

    vinculación del ambiente con el disfrute de los derechos humanos es clara yha sido ampliamente reconocida. Sin embargo, este reconocimiento enocasiones ha sido más político y formal, que material. Si bien el derechohumano al ambiente sano está reconocido en múltiples constituciones delmundo y la jurisprudencia internacional lo ha tutelado de diversas maneras,no existen mecanismos de exigibilidad internacional directa aplicables paraéste”.

    La Constitucional de Formosa (1991); en su Artículo 38º; señala:“Todos los habitantes tienen derecho a vivir en un medio ambiente adecuadopara el desarrollo de la persona humana, así como el deber de conservarlo.Es obligación de los poderes públicos proteger el medio ambiente y losrecursos naturales, promoviendo la utilización racional de los mismos, yaque de ellos dependen el desarrollo y la supervivencia humana”.

    El Artículo 79, de la Constitución Política de la República de Colombia (1991), dicetextualmente: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La leygarantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo”. Másadelante: “Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservarlas áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos

    fines”.En la Segunda Conferencia Mundial sobre Medio Ambiente (Río  – 

    1992 Brasil), se enfatizó en el ser humano y su participación individual ocolectiva en los procesos de ordenación, conservación y desarrollosustentable. Es así, como en la declaración de Río de 1992, el principioprimero (Juan Leiva -2005), expresa: "Los seres humanos están en el centrode las preocupaciones del desarrollo sustentable. Tienen el derecho a unavida sana y productiva en armonía con la naturaleza".

    http://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/filo/filo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/filo/filo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/filo/filo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtml

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    De Río (1992); se concluye: “De tal manera, se orienta el derechosubjetivo del ambiente hacia una perspectiva holística y antropocéntrica ydesde la doble vertiente de la solidaridad intra e intergeneracional, con locual se recogen los tres principios que fundamentan el desarrollo

    sustentable, es decir: 1.) Derecho - Deber de cada generación, 2.) Laequidad intrageneracional o equidad impregnada de presente, que imponeque el uso de los recursos naturales se haga de manera tal que cubra lasnecesidades de las generaciones actuales y 3.) Equidad intergeneracional oequidad embebida de futuro, esto es que tales recursos, asimismo, sirvan para las generaciones futuras” . (Proyecto de Ley Orgánica para la Conservacióndel Ambiente  –LOPCA  – Exposición de Motivo, 2002).

    El Protocolo de Kyoto (1997) dentro de la Convención Marco de las Naciones Unidas

    sobre el Cambio Climático (CMNUCC); entró en vigor el 16/02/2005; su objetivo: “es

    conseguir reducir un 5,2% las emisiones de gases de efecto invernadero globales sobre losniveles de 1990 para el periodo 2008-2012. Este es el único mecanismo internacional para

    empezar a hacer frente al cambio climático y minimizar sus impactos. Para ello contiene

    objetivos legalmente obligatorios para que los países industrializados reduzcan las

    emisiones de los 6 gases de efecto invernadero de origen humano como dióxido de carbono

    (CO2), metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados:

    hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6)”. 

    El Boletín Quincenal sobre Política Social Europea, Número 6, Lunes16 de Septiembre de 2002: Europa  –  INFOSOCIAL, resume de la Cumbrede la Tierra (Johannesburgo/Sudáfrica 2002), realizada del 26 de agosto al04 de septiembre, que se lograron los siguientes acuerdos resaltantes:

    “Reducir a la mitad para el año 2.015 el número de personas que carecen de acceso a losservicios sanitarios; Reducir a la mitad para el año 2.015 le número de personas que notienen acceso a agua potable; Minimizar para el año 2.020 los efectos dañinos que laproducción y utilización de substancias químicas producen en la salud humana y el medioambiente; Detener la disminución de las reservas pesqueras y reestablecer unos nivelessostenibles a más tardar para el año 2.015; Detener la pérdida de biodiversidad para el año

    2.010; Establecer un marco de 10 años para programas de consumo y producciónsostenibles; Aumentar de manera urgente y substancial la proporción de energíasrenovables”.

    Fuentes Revisadas: Cumbres de. Estocolmo 1972, Río 1992, Johannesburgo/Sudáfrica 2002Proyecto de LeyOrgánica para la Conservación del Ambiente –LOPCA – Exposición de Motivo, 2002., Leiva, 2005. Cartade BANJUL, Constituciones: Río Negro, Formosa, Chile, Brasil y Colombia. Protocolo de Kyoto.

    http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_Marco_de_las_Naciones_Unidas_sobre_el_Cambio_Clim%C3%A1tico&action=edithttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_Marco_de_las_Naciones_Unidas_sobre_el_Cambio_Clim%C3%A1tico&action=edithttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_Marco_de_las_Naciones_Unidas_sobre_el_Cambio_Clim%C3%A1tico&action=edithttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_Marco_de_las_Naciones_Unidas_sobre_el_Cambio_Clim%C3%A1tico&action=edit

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    D.2.- DERECHO AMBIENTAL VENEZOLANO: D.2.1.- La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

    Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 de la República Bolivariana de Venezuela.Caracas, viernes 24 de marzo de 2000.

    Capítulo IX

    De los Derechos Ambientales

    Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambienteen beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual ycolectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamenteequilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos,

    los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas deespecial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la leyque se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.

    Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad,garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en dondeel aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, seanespecialmente protegidos, de conformidad con la ley.

    Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a lasrealidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas,de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta yparticipación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para esteordenamiento.

    Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas debenser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estadoimpedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso dearmas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transportey almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.

    En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales oextranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, seconsiderará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrioecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condicionesmutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultaraalterado, en los términos que fije la ley.

    Fuente Revisada: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

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    D.2.2.- Las Leyes Orgánicas, Nacionales, Normas y Decretos:

    -. Ley Orgánica del Ambiente (GO: Nº 31.004 – 16/06/1976).

    -. Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (GO: Nº 3.238  – 11/08/1983).

    -. Ley Orgánica de Hidrocarburos (GO: Nº 37.323  – 13/11/2001).

    -. Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente (GO: Nº 38.236 -2005).

    -. Ley Forestal de Suelos y de Aguas (GO: Nº 1.004  – 26/02/1966).

    -. Ley Penal del Ambiente (GO: Nº 4.358  – 03/01/1992).

    -. Ley de Zonas Costeras (GO: 37.319  – 07/11/2001).

    -. Ley de Pesca y Acuacultura (GO: 37.323  – 13/11/2001).

    -. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (GO: 37.323 – 13/11/2001).

    -. Ley Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos (GO: Nº 5.554  – 13/11/2001). 

    -. Ley de Residuos y Desechos Sólidos (GO: Nº 38.068  – 14/11/2004).

    -. Ley de la Diversidad Biológica (GO: Nº 5.468 – 24/05/2000).

    -. Normas Venezolana COVENIN.

    -. Decretos Presidenciales: 1.257(1996, Abril 26) y 2218 (1992, Abril 23).

    -. Normas ISO9000 – ISO14000.(*) En la actualidad se discute la Ley Orgánica para la Conservación del Ambiente (2002) –LOPCA. Asamblea Nacional.  

    D.3.- DEFINICIONES:

    *.- El “Derecho Ambiental  es la rama del derecho autónoma, constituido por las normas, principios e institutos que sistemáticamente regulan las actividades humanas en suinteracción con el ambiente” (Dr. Carlos Aníbal Rodríguez - 2002).

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    *.- El Derecho Ambiental  “Es un derecho nuevo, emparentado con elconservacionismo, con la protección de los recursos naturales, con elderecho ecológico y, según muchos, hijo ilegítimo del derechoadministrativo, que en muchas naciones se niega a reconocerlo” (Ramón

    Ojeda Mestre - 2005).

    *.- TAELI GÓMEZ FRANCISCO (), expresa lo siguiente: (…) “en cada nuevo DERECHOAMBIENTAL  está el derecho colectivo en su expresión concreta, por lo cual, en realidadexistiría un DERECHO SUBJETIVO que es el Derecho del Ambiente en mínimasexpresiones, en este sentido, la afección concreta es la afección a la totalidad, de unDERECHO SUBJETIVO a un DERECHO SOLIDARIO, que incorpore en él todos losderechos…” 

    *.- El jurista italiano Amadeo Postiglione, en su obra "El derecho del hombreal medio ambiente", distingue entre el derecho al amb iente y el derechodel ambiente.  Señala  que en el contenido de las normas es posibledistinguir siempre más claramente los posibles objetivos de aquellossubjetivos y, en consecuencia, el rol y la responsabilidad de los estados y deotros sujetos públicos y de los individuos. Citado por Leiva ().

    *.- El mismo Leiva(), apunta: “El derecho del ambiente  comprende todas lasramas tradicionales del derecho administrativo, penal, privado y obliga a lasinstituciones a responder según los nuevos modelos,  que no pueden prescindir de un espacio jurídico concreto y definido de la persona,directamente interesada a un ambiente sano y equilibrado”.

    *.- “El Derecho Ambiental puede y de hecho constituye una disciplina independiente dentrode las Ciencias Jurídicas, pues la misma tiene un objeto de estudio bien determinado: regularlas relaciones del hombre con el medio ambiente; establece un sistema de conceptos,principios y regularidades que si bien parten de los generales del Derecho se derivan enespecíficos, que aportan al jurista el soporte teórico – práctico para su actuar frente a losproblemas ambientales, por lo que se necesita de un estudio consciente y planificado de lamisma”.  Lídice Pascual Expósito (), Cuba. 

    *-. El Derecho Ambiental; es:  “un sistema racional de normas sociales de conducta que pueden codificar de manera relevante las relaciones que se dan (directas e indirectas) entrelos organismos vivos y sus sistemas de ambiente de manera tal que se ponen en peligro lascondiciones que hacen posible la vida en el planeta”. Brañes, B. – 2001.

    D.4.- PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL:

    La mayoría, o todos, de estos principios están contemplados en la Carta Magnade la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el MedioAmbiente (Estocolmo, junio de 1972):

    http://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/disciplina/disciplina.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/medio-ambiente-venezuela/medio-ambiente-venezuela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/medio-ambiente-venezuela/medio-ambiente-venezuela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/disciplina/disciplina.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtml

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    1.- IGUALDAD:

    “El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute decondiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevaruna vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger ymejorar el medio para las generaciones presentes y futuras”. El Principio1(Estocolmo 1972). 

    2.- SUSTENTABILIDAD:

    “Los recursos naturales de la tierra, incluidos, el aire, el agua, la tierra, la flora yla fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemasnaturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes yfuturas mediante una cuidadosa planificación u ordenación, según convenga”. ElPrincipio 2 (Estocolmo 1972).

    “Las políticas ambientales de todos los Estados deberían estar encaminadas aaumentar el potencial de crecimiento actual o futuro de los países en desarrolloy no deberían coartar ese potencial no obstaculizar el logro de mejorescondiciones de vida para todos”. El Principio 11 (Estocolmo 1972).

    3.- EL QUE CONTAMINA PAGA:

    “Debe ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas o de otras materias y a laliberación de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio nopueda neutralizarlas, para que no se causen daños graves irreparables a losecosistemas. Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos lo paísescontra la contaminación”. El Principio6 (Estocolmo 1972). 

    “Los Estados deben cooperar para continuar desarrollando el derechointernacional en lo que se refiere a la responsabilidad y a la indemnización a lasvíctimas de la contaminación y otros daños ambientales que las actividades

    realizadas dentro de la jurisdicción o bajo el control de tales Estados causen enzonas situadas fuera de su jurisdicción”. El Principio22 (Estocolmo 1972). 

    4.- ACCIONABILIDAD y LEGITIMACIÓN PROCESAL:

    “Toda persona, de conformidad con la legislación nacional, tendrá, laoportunidad de participar, individual o colectivamente, en el proceso depreparación de las decisiones que conciernen directamente a su medioambiente y, cuando éste haya sido objeto de daño o deterioro, podrá ejercer losrecursos necesarios para obtener una indemnización”. El Principio  23 (Estocolmo1972).

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    5.- RESTAURABILIDAD / RECOMPOSICIÓN DEL AMBIENTE:

    “Debe mantenerse y, siempre que sea posible, restaurarse o mejorarse la

    capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables”. El Principio 3(Estocolmo 1972). “A fin de lograr una más racional ordenación de los recursos y mejorar así lascondiciones ambientales, los Estados deberían adoptar un enfoque integrado ycoordinado de la planificación de su desarrollo, de modo que quede aseguradala compatibilidad del desarrollo con la necesidad de proteger y mejorar el mediohumano en beneficio de su población”. El Principio 13 (Estocolmo 1972). 

    6.- EXTRATERRITORIALIDAD:

    “Deberían destinarse recursos a la conservación y mejoramiento del medio,teniendo en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales de lospaíses en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda originar a estos países lainclusión de medidas de conservación del medio en sus planes de desarrollo,así como la necesidad de prestarles, cuando lo soliciten, más asistencia técnicay financiera internacional con ese fin”. El Principio 12 (Estocolmo 1972). “Se deben fomentar en todos los países en desarrollo, la investigación y eldesarrollo científicos referentes a los problemas ambientales, tanto nacionalescomo multinacionales. A este respecto, el libre intercambio de informacióncientífica actualizada y de experiencias sobre la transferencia de ser objeto deapoyo y asistencia, a fin de facilitar la solución de los problemas ambientales;las tecnologías ambientales deben ponerse a disposición de los países endesarrollo en condiciones que favorezcan su amplia difusión sin que constituyanuna carga económica excesiva para esos países. El Principio 20 (Estocolmo 1972). 

    7.- PROCESO EDUCATIVO y RESPONSABILIDAD SOCIAL:

    “Es indispensable una labor de educación en cuestiones ambientales, dirigida

    tanto a las generaciones jóvenes como a los adultos y que presente la debidaatención al sector de población menos privilegiado, para ensanchar las basesde una opinión pública bien informada y de una conducta de los individuos, delas empresas y de las colectividades inspirada en el sentido de suresponsabilidad en cuanto a la protección y mejoramiento del medio en toda sudimensión humana. Es también esencial que los medios de comunicación demasas eviten contribuir al deterioro del medio humano y difundan, por elcontrario, información de carácter educativo sobre la necesidad de protegerlo ymejorarlo, a fin de que el hombre pueda desarrollarse en todos los aspectos”. ElPrincipio 19 (Estocolmo 1972).

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    D.5.2.- PRINCIPIO DE PREVENCIÓN:

    Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma

    prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente sepueden producir.

    D.5.3.- PRINCIPIO PRECAUTORIO:

    Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información ocerteza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidaseficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.

    .

    D.5.4.- PRINCIPIO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL:

    Los responsables de la protección ambiental deberán velar por el uso y goceapropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y futuras.

    D.5.5.- PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD:

    Los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma gradual, a través de metas

    interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que facilite la adecuacióncorrespondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos.

    D.5.6.- PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD:

    El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o futuros, esresponsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sinperjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan.  

    D.5.7.- PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD:

    El Estado nacional, a través de las distintas instancias de la administración pública,tiene la obligación de colaborar y, de ser necesario, participar en forma complementaria enel accionar de los particulares en la preservación y protección ambientales.

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    D.5.8.- PRINCIPIO DE SUSTENTABILIDAD:

    El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales

    deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal, que nocomprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras."

    D.5.9.- PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD:

    La Nación y los Estados provinciales serán responsables de la prevención ymitigación de los efectos ambientales transfronterizos adversos de su propio accionar, asícomo de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas ecológicoscompartidos.

    D.5.10.- PRINCIPIO DE COOPERACIÓN:

    Los recursos naturales y los sistemas ecológicos compartidos serán utilizados enforma equitativa y racional, El tratamiento y mitigación de las emergencias ambientales deefectos transfronterizos serán desarrollados en forma conjunta. 

    D.5.11.- PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD:

    Al igual que otras dimensiones (políticas, sociales, económicas, otras), la ecológicaal variar en cualquier parte del planeta, produce cambios en el resto del mundo. “Piensaglobal y actúa local”. 

    Fuente Revisada: Ley General del Ambiente. Ley Nº 25.675. Argentina.

    canalazul24.com  

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    D.6.- TÓPICOS DE DISCUSIÓN:

    D.6.1.- LA EVALUACIÓN AMBIENTAL VENEZOLANA:

    “La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) puede definirse como la identificación yvaloración de los impactos (efectos) potenciales de proyectos, planes, programas o accionesrelativos a los componentes físicos  –  químicos, bióticos, culturales y socioeconómicos delentorno” (Canter – 1999).

    Los fundamentos de aplicación de los Estudios de Impacto Ambiental, son los siguientes:

    1.- De que Toda obra o actividad que, en el territorio del país, sea susceptible de degradar el

    ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en formasignificativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo asu ejecución.

    2.- De que las personas físicas o jurídicas darán inicio al procedimiento con la presentaciónde una declaración jurada, en la que se manifieste si las obras o actividades afectarán elambiente. Las autoridades competentes determinarán la presentación de un estudio deimpacto ambiental, cuyos requerimientos estarán detallados en ley particular y, enconsecuencia, deberán realizar una evaluación de impacto ambiental y emitir una declaraciónde impacto ambiental en la que se manifieste la aprobación o rechazo de los estudiospresentados.

    3.- De que Los estudios de impacto ambiental deberán contener, como mínimo, unadescripción detallada del proyecto de la obra o actividad a realizar, la identificación de lasconsecuencias sobre el ambiente, y las acciones destinadas a mitigar los efectos negativos.

    La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en su Artículo129º;expresa lo siguiente: “Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas debenser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural ”  .

    Y, el Decreto Presidencial 1.257 (1996, Abril 26), publicado en la Gaceta Oficial Nº: 35.946,en vigencia, para nuestro país (Venezuela), en sus Artículo 1º y 2º, dicen lo siguiente: (1)

    “Estas Normas tiene por objeto establecer los procedimientos conforme a los cuales serealizará la evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente ”. (2)“La evaluación ambiental se cumplirá como parte del proceso de toma de decisiones en laformulación de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo, a los fines de laincorporación de la variable ambiental en todas sus etapas”.

    ¿Se cumplen a cabalidad los estudios de impacto ambiental y socio cultural enVenezuela?

    Fuentes Revisadas: Canter – 1999, Ley Nº 25.675 (2002), Constitución de la República Bolivariana deVenezuela, Decreto Presidencial 1.257.-

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    D.6.2.- LA ORDENACIÓN AMBIENTAL VENEZOLANA:

    “El proceso de ordenamiento ambiental, teniendo en cuenta los aspectos políticos, físicos, sociales,tecnológicos, culturales, económicos, jurídicos y ecológicos de la realidad local, regional y nacional,

    deberá asegurar el uso ambientalmente adecuado de los recursos ambientales, posibilitar la máximaproducción y utilización de los diferentes ecosistemas, garantizar la mínima degradación ydesaprovechamiento y promover la participación social, en las decisiones fundamentales deldesarrollo sustentable”. Ley Nº 25.675 (2002). ARTICULO 9º.

    El ordenamiento ambiental le permite al país (en nuestro caso: Venezuela) desarrollar laestructura de funcionamiento global del territorio de la Nación. De acá que los distintos niveles degobierno (Nacional, Regional y Local) deben Coordinar los Planes de Ordenación de cada uno de susTerritorios, a través de los Organismos Centrales, Estatales y Municipales. Es muy común, en estosúltimos tiempos, la convocación de los distintos pisos gubernamentales, a los entes (Universidades,Centros de Investigación, Grupos Organizados, entre otros) que hacen vida en un municipio, paradistintas reuniones, eventos, talleres y mesas de trabajo, para formular el “Plan de OrdenaciónTerritorial y Ambiental del Municipio”.

    Para los Planes de Ordenación Territorial y Ambiental en cualquier parte que generen, quelocalicen las distintas actividades antrópicas y el desarrollo de asentamientos humanos; la Ley 25.657(2002), considera prioritario los siguientes puntos: a) La vocación de cada zona o región, enfunción de los recursos ambientales y la sustentabilidad social, económica y ecológica; b) Ladistribución de la población y sus características particulares; c) La naturaleza y lascaracterísticas particulares de los diferentes biomas; d) Las alteraciones existentes en losbiomas por efecto de los asentamientos humanos, de las actividades económicas o de otrasactividades humanas o fenómenos naturales; e) La conservación y protección de ecosistemassignificativos.

    El Artículo 128º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, (De losDerechos Ambientales) establece lo siguiente: “El Estado desarrollar á una política de ordenación delterritorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales,económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya lainformación, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criteriospara este ordenamiento”.

    La Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (11/08/1983. GO: Nº 3.238), Título I: DisposicionesGenerales, en sus Artículos 1º y 2º, dictamina lo siguiente: (01) “La presente Ley tiene por objetoestablecer las disposiciones que regirán el proceso de ordenación del territorio en concordancia con la

    Estrategia de Desarrollo Económico y Social a largo plazo de la Nación”. (02) “A los efectos de esta  Ley, se entiende por ordenación del territorio la regulación y promoción de la localización de losasentamientos humanos, de las actividades económicas y sociales de la población, así como eldesarrollo físico espacial, con el fin de lograr una armonía entre el mayor bienestar de la población, laorganización de la explotación y uso de los recursos naturales y la protección y valorización del medioambiente, como objetivos fundamentales del desarrollo integral”.

    ¿Cuenta Venezuela con un Plan de Ordenación Territorial y Ambiental?

    Fuentes Revisadas: Ley Nº 25.675 (2002), Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,Decreto Presidencial 1.257, La Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (11/08/1983. GO: Nº3.238).

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    BANCO DE PREGUNTAS

    1.- ¿Qué es Población?

    2.- ¿Qué es Comunidad?

    3.- ¿Cuáles son los Recursos Naturales Renovables?

    4.- ¿Cuáles son los Recursos Naturales no Renovables?

    5.- ¿Qué relación hay entre: Política y Legislación? Explique.

    6.- Esquematice la Pirámide Jurídica de Kelsen.

    7.- Defina: 7.1.-Evolución. 7.2.-Especie. 7.3.- Energía.

    8.- Explique la Ley de la Tolerancia de Shelford.Ejemplo.

    9.- Enumere las Leyes de la Termodinámica? Defínalas.

    10.- Dibuje con su propia inspiración el Ciclo del Agua. 

    Prof. Carlos Unshelm Báez

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    BIBLIOGRAFÍA:

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    Dadnos un gobierno en que la ley sea

    obediencia el magistrado respeto y el

    pueblo libre: un gobierno que impida la

    transgresión de la voluntad general y

    los mandamientos del pueblo.

    Simón Bolívar

    29 de Febrero de 828