Guía Bienes y Sucesiones 1
-
Upload
miguel-oropeza -
Category
Documents
-
view
213 -
download
0
Transcript of Guía Bienes y Sucesiones 1
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
1/17
Gua Bienes y Sucesione
I.PATRIMONIO
Concepto:Cotidianamente el patrimonio se ha defnido como el
conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de
una valorizacin pecuniaria, que constituyen una
universalidad de derecho (llamado por los latinos
universitas juris)
b. Elementos constitutios:!n primera instancia, son dos los elementos del
patrimonio" el activo y el pasivo !l primero se integra
por el conjunto de bienes y derechos apreciables endinero, mientras que el segundo por el conjunto de
obligaciones u cargas, ambas susceptibles de
valorizacin pecuniaria
#os derechos de car$cter patrimonial se traducen
siempre en derechos reales y personales, de tal %orma
que el activo de una persona quedar$ constitu&do porderechos reales, personales y mi'tos su vez, el pasivo
se constituye por obligaciones o deudas
c. Teo!a pe!sonalista#lamada tambin escuela de la e'gesis, %ue creada en
* i b + i t l l d
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
2/17
Gua Bienes y Sucesione!l patrimonio se manifesta como una emanacin de la
personalidad y la e'presin del poder jur&dico de una
persona que se halla investida como tal
.e basa en cuatro principios"
/ .lo las personas pueden tener un patrimonio
/ 0oda persona necesariamente debe tener un
patrimonio
/ .lo se puede tener un patrimonio
/ !s inalienable durante la vida de su titular
". Teo!a "e la a#ectaci$n
!sta teor&a creada por 1laniol, +ipert y 1icard para darrespuesta a las cr&ticas hechas a la teor&a personalista
1ara ellos, el patrimonio debe ser defnido de acuerdo a
destino que tengan determinados bienes, derechos y
obligaciones !l patrimonio de a%ectacin es una
universalidad reposando sobre la comn distincin de lo
elementos que la componen, o m$s e'actamente, un
conjunto de bienes y de deudas inseparablemente
ligados, porque todos ellos se encuentran a%ectados de
un fn econmico, y en tanto no se haga una liquidacin
no aparecer$ el valor activo neto
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
3/17
Gua Bienes y Sucesione/ 3ue ese fn sea de naturaleza jur&dico 4
econmica
/ 3ue organice su propia fsonom&a
s&, pueden e'istir varios patrimonios para una persona
por ejemplo, el personal, el comercial, el conyugal, el
sujeto a herencia, etc
II. %EREC&OS REA'ES ( %EREC&OSPERSONA'ES
Ca!acte!sticas "e los "e!ec)os !eales:/ !l primero en tiempo es primero en derecho
/ #a mejor calidad del derecho real le otorga
pre%erencia sobre derechos reales de in%erir
categor&a, an cuando sean constituidos con
anterioridad
Ca!acte!sticas "e los "e!ec)os
pe!sonales:/ 5o e'iste accin persecutoria ni derecho de
pre%erencia
Teo!as "ualistas#as tesis dualistas postulan la separacin absoluta entre
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
4/17
Gua Bienes y Sucesioneatributos esenciales y no solamente en su car$cter
espec&fco
1ara ellos, el derecho real es un poder jur&dico que seejerce en %orma directa e inmediata sobre un bien para
su aprovechamiento total o parcial, siendo este poder
jur&dico oponible a terceros
s&, sus elementos son"
/ #a e'istencia del poder jur&dico/ #a %orma de ejercicio de este poder en relaci
directa e inmediata entre el titular y la cosa
/ #a naturaleza econmica del poder jur&dico
que permite el aprovechamiento (total o parcia
de la cosa/ #a oponibilidad erga omnes (sobre todos)
!n cambio, los derechos personales no poseen ninguna
de estas caracter&sticas, pues el derecho de crdito o
personal se defne como una relacin jur&dica que otorgaal acreedor la %acultad de e'igir del deudor una
prestacin o abstencin de car$cter patrimonial o moral
9ebido a esto, sus elementos son"
/ :na relacin jur&dica entre sujetos (activo y
pasivo)
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
5/17
Gua Bienes y Sucesione.e basa primordialmente en la separacin de los
derechos reales y personales debido a la naturaleza
econmica de ellos
s&, el derecho real tiene como contenido la apropiacin
el aprovechamiento y la regulacin de una riqueza prop
o ajena, mientras que el derecho personal es la
organizacin jur&dica del servicio (reglamentacin jur&dic
del %enmeno econmico)
Teo!as monistas!stas teor&as afrman la identidad de los derechos reales
y personales6 igualmente tienen dos variantes" la
personalista de alu, =azin y .aleilles que
asimila los derechos personales con los reales
1ara la escuela personalista (1laniol), e'isten dos sujeto
uno activo y uno pasivo, mismos que se presentan en
ambos derechos (reales y personales)
#a teor&a objetivista, tambin superada ya, insiste en qu
ambos derechos son indisolubles, slo que en sentido
opuesto" el derecho personal en realidad es un derecho
real sobre el patrimonio
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
6/17
Gua Bienes y SucesioneE*isten "os conceptos "e bienes6 uno en sentidoeconmico, y otro en sentido jur&dico
En el senti"o econ$mico+se entiende por bien, todoaquello que pueda ser til al hombre6 en cambio, bien esenti"o ,u!"icoes todo aquello que pueda ser sujetode apropiacin
s&, el o'&geno e'istente en el ambiente,
econmicamente es un bien, debido a su utilidad para
nuestra supervivencia, en cambio, no puede serlo ensentido jur&dico puesto que es imposible apropiarse de
!l derecho dice que todos los bienes son susceptibles de
apropiacin e'cepto los que no est$n en el comercio, ya
sea por naturaleza o por disposicin de la ley
Clasi-caci$n!n una primera clasifcacin, se dividen en los relativos
las cosas o bienes corporales (%ungibles y no %ungibles,
de due@o cierto y conocido y bienes sin due@o,
abandonados o de due@o ignorado, consumibles alprimer uso, y no consumibles) y los relativos a los biene
en general, abarcando los bienes corporales e
incorporales (muebles e inmuebles, corpreos e
incorpreos, de dominio pblico y de propiedad de los
particulares)
1rimera clasifcacin"
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
7/17
Gua Bienes y Sucesione/ Consumibles al primer uso son aquellas que s
utilidad se agota en la primera ocasin que son
utilizadas, no permitiendo el uso reiterado o
constante, por ejemplo los comestibles
/ 5o consumibles son aquellos que permiten su
uso reiterado y constante
/ 9e due@o cierto y conocido son aquellas dond
e'iste el conocimiento de la propiedad
/ bandonados o perdidos, tambin se les
denomina mostrencos
/ 9e due@o ignorado o vacante, se deber$n
reportar a las autoridades
.egunda clasifcacin"
/ 7ienes muebles son aquellos que pueden
trasladarse de un lugar a otro
/ Bnmuebles son aquellos que por su naturaleza
es imposible el traslado de ellos
/ Bnmuebles por su naturaleza son aquellos que
por su fjeza imposibilitan la traslacin de un
lugar a otro
/ Bnmuebles por su destino, son aquellos
muebles que al ser accesorios de un bieninmueble sigue el destino de ste
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
8/17
Gua Bienes y Sucesionereputar$ mueble (en el Cdigo, todos los
derechos se consideran muebles)
/ 7ienes corporales e incorporales #os primeroson los bienes, los segundos los derechos
/ 9e dominio pblico y de los particulares #os
primeros se divid&an a su vez en bienes de uso
comn, destinados al servicio pblico y propios
del !stado, y todos ellos son inalienables e
imprescriptibles
I. PROPIE%A%
Concepto!s el poder jur&dico que una persona ejerce en %orma
directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla
totalmente en sentido jur&dico, siendo oponible este
poder a un sujeto pasivo universal, por virtud de una
relacin que se origina entre el titular u dicho sujeto
/ #a propiedad es un poder jur&dico que se ejercde %orma directa e inmediata
/ .e debe ejercer sobre una cosa, es decir, un
bien corporal
/ !l derecho de propiedad se ejercita de maner
total
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
9/17
Gua Bienes y Sucesionela herencia, e'cepto cuando hay legatarios, que
se considera particular
/ dquisiciones primitivas y derivadas #aprimera es cuando el objeto de la propiedad
nunca ha estado antes en propiedad de person
alguna #a segunda, la propiedad se recibe del
due@o anterior
/ dquisicin a t&tulo oneroso y a t&tulo gratuito
!n la primera, se deber$ pagar un precio ya seaen dinero, bienes o servicios !n cambio, los
segundos est$n e'entos de una
contraprestacin por el traslado de la propiedad
!n lo particular, los modos de adquirir la propiedad
son"/ Contrato
/ Eerencia
/ 1rescripcin
/
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
10/17
Gua Bienes y Sucesionepartes determinadas de la cosa, sino un derecho de
propiedad sobre todas y cada una de las partes de la
cosa en cierta proporcin (parte al&cuota)
!sta parte al&cuota es la parte ideal determinada desd
el punto de vista mental aritmtico en %uncin de la idea
de proporcin
#a copropiedad se rige en base a dos principios"
/ 0odo acto de dominio slo es v$lido si se llevacabo con el consentimiento un$nime de los
copropietarios
/ #os actos de administracin de la cosa se
llevar$n a cabo por mayor&a de personas y de
intereses, comprendiendo los actos de
conservacin y uso sin que alteren %ormasustancia o destino
Especies "e cop!opie"a"
#a primera clasifcacin es de acuerdo a la voluntad de
los copropietarios, y puede ser voluntaria o %orzosa #a
primera de ellas se basa en el principio que nadie est$
obligado a la copropiedad, as&, el condue@o est$
%acultado a pedir la divisin siempre que esta sea posibl
y no e'ista un pacto estableciendo un tiempo para ello
! bi % d i i ibilid d
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
11/17
Gua Bienes y SucesioneI. 1S12R1CTO+ 1SO+ &ABITACI3N (
SERI%1MBRES
%e-nici$n "e usu#!ucto!s un derecho real, temporal, por naturaleza vitalicio,
para usar y dis%rutar de los bienes ajenos sin alterar si
%orma ni substancia !s decir, es el derecho de usar las
cosas de otro, y de percibir sus %rutos sin alterar la
sustancia de ellas6 si la cosa se destruye, se destruye
igualmente el derecho
.us elementos son"
/ :so
/ *ruto
/ +elacin jur&dica entre dos personas cediendo
estos
.on susceptibles de usu%ructo tanto bienes (muebles e
inmuebles) y derechos
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
12/17
Gua Bienes y Sucesione
Constituci$n "el usu#!ucto.on cinco las %ormas %actibles de utilizar para crear
usu%ructo"
/ Contrato
/ 0estamento
/ cto unilateral
/ #ey
/ 1rescripcin
%e!ec)os y obli4aciones "el nu"op!opieta!io y "el usu#!uctua!io
!l usu%ructuario tiene acciones y derechos6 las acciones
pueden ser reales, personales y posesorias
E*tinci$n "el usu#!ucto
/ Huerte del usu%ructuario
/ Iencimiento del plazo/ 1or condicin resolutoria
/ 1or consolidacin
(usu%ructuario y
propietario son una
misma persona)/ +enuncia del
/ 1rdida de la cosa
/ 1rescripcin por el nouso del derecho real del
usu%ructo
/ +evocacin
/ 1or no otorgarse fanza
cuando esta es gratuita
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
13/17
Gua Bienes y Sucesione!l uso es un derecho real y temporal, por naturaleza
vitalicio, para usar los bienes ajenos sin alterar su %orma
o sustancia, de car$cter intransmisible .e di%erencia de
usu%ructo por que solo se trasmite el uso y en algunoscasos ciertos %rutos y tiene car$cter intransmisible
Eabitacin es el derecho de uso sobre una fnca urbana
para habitar gratuitamente una parte de la casa !s
tambin un derecho real, intransmisible temporal,
naturalmente vitalicio, siempre que no se alteresustancia o %orma
Concepto "e se!i"umb!e
#as servidumbres constituyen el desmembramiento de l
propiedad de importancia por cuanto a su variedad y po
la utilidad que presentan para el mejor aprovechamiento
o benefcio de ciertos predios
.us caracter&sticas son"
/ .on derechos reales, o
grav$menes reales
/ .e constituye siempre
en predios
/ #os predios deben ser
pertenecientes a distintos
d @ ( di d i
/ 1or la servidumbre se
benefcia el predio
dominante
/ #as servidumbres son
inseparables de la
propiedad del predio
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
14/17
%EREC&OS &ERE%ITARIOS
Concepto.e le puede considerar una rama del derecho civil, que se nutre decinco principios jur&dicos %undamentales"
Su,etos "el "e!ec)o )e!e"ita!io:
/ !n primer trmino se encuentra el autor de la herencia, cuya
voluntad es suprema ley en la sucesin testamentaria
/ !l segundo sujeto del derecho hereditario est$ constituido por el
heredero
/ #os legatarios lo son en cuanto a que se les considera adquirentes
t&tulo particular
/ !l o los albaceas que son los rganos representativos de la herenc
y ejecutores de las disposiciones testamentarias
/ #os acreedores de la herencia, que buscan el pago en las
posibilidades del monto de la herencia
/ #os deudores, que no disminuye su obligacin con la muerte del
autor de la herencia
/ #os acreedores y deudores personales de los herederos y legatario
Supuestos "el "e!ec)o )e!e"ita!io:
/ #a muerte del autor de la sucesin
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
15/17
/ !l testamento como acto jur&dico personal&simo, revocable y libre
que dispone del patrimonio de su autor
/ !l parentesco, matrimonio o concubinato en los casos de la sucesi
leg&tima
/ #a capacidad de goce de los herederos y legatarios
/ #a aceptacin por parte de los herederos y legatarios
/ #a toma de posesin de los bienes del de cujus
/ Consecuencias del derecho hereditario"
/ !stablece los derechos y obligaciones de los herederos y legatario
en la sucesin, tanto testamentaria como leg&tima
/
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
16/17
II. &ERENCIA
Capaci"a" e incapaci"a" pa!a )e!e"a!1ara poder heredar, se considera que cualquier persona puede
disponer de sus bienes, siempre que sean mayores de -A a@os y no
se haya declarado enajenado mentalmente hablando
hora bien, se pueden considerar capaces de heredar o recibir
legados cualquier persona que tenga capacidad de goce, que no hay
sido sentenciada por delito en contra del testador, que no viole la
integridad del testamento, cuando no se violente el orden pblico, y
siempre que no haya renunciado a algn cargo con%erido en el
testamento
#a solicitud para abrir la herencia pueden ejercerla los posibles
herederos, o quien se considere como tal 1osteriormente se
designar$ un albacea que har$ un inventario de los bienes del de
cujus, posteriormente propondr$n una distribucin de la herencia,
siempre que no e'ista ste en el testamento Ja aprobado, se
liquidar$ la herencia y luego se repartir$ a herederos y legatarios
III. S1CESI3N TESTAMENTARIA
Testamento.e le defne como el acto jur&dico unilateral, personal&simo, revocab
y libre, por el cual una persona capaz trasmite sus bienes, derechos
obligaciones que no se e'tinguen con la muerte a sus herederos o
legatarios, o declara y cumple deberes para despus de la misma
Ine-cacia "e los testamentosCuando los testamentos sean el medio para trasmitir bienes que
tengan por fnalidad actos ilegales o inmorales, se consideran
a%ectados de nulidad absoluta 0ambin ser$ inefcaz cuando e'ista
%alta de capacidad por parte del testador, por mani%estarse vicios de
-
7/25/2019 Gua Bienes y Sucesiones 1
17/17
la voluntad contra el testador, o por %alta de las %ormalidades
requeridas
'e4a"os.on las llamadas transmisiones a t&tulo particular, insertas siempre
dentro de un testamento, bajo cualquiera de sus %ormalidades
I5. S1CESI3N 'EG6TIMA O INTESTA%A
Concepto#lamada sucesin leg&tima o intestada, es aquella que se da, cuando
no e'iste testamento que se haga valer, ya sea por ine'istencia o po
%alta de validez de ste
P!incipios "e la sucesi$n le4tima#a herencia para los descendientes, se basa en que el pariente m$s
pr'imo e'cluye al m$s lejano .on generalmente llamados a la
sucesin el cnyuge (o concubino) y los hijos, luego los nietos #os
colaterales tendr$n derechos hereditarios aquellos hasta el ;K grado
de parentesco#os ascendientes solo podr$n heredar a %alta de descendientes, y se
rige por los mismos principios anteriores