Guia para creacion de cooperativas

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LA CREAC ÓN DE COOPERAT VAS DE GU A PARA TRABAJO Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado cooperativas empleo estable igualdad RSE participación responsabilidad social democracia valores honestidad emprendimiento colectivo desarrollo local

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LA CREAC ÓN DECoopERAt vAs DE

GU A pARA

tRAbAjoConfederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado

COCETA. Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado C/ Vallehermoso, 15 - Madrid 28015Tel.: 91 446 97 50 - Fax: 91 593 87 [email protected] • www.coceta.coop

Proyecto financiado por:

cooperativas

empleoestable

igualdad

RsE

participación

responsabilidadsocial

democracia

valoreshonestidad

emprendimientocolectivo

desarrollolocal

COOPERATIVASDE TRABAJO DE ARAGÓN

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LA CREACIÓN DECoopERAtIvAs DE

GUÍA pARA

tRAbAjoConfederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado

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Nota bene: COCETA ha procurado a lo largo de este documento, al igual que en todos los que edita, utilizar un lenguaje no sexista, en aplicación de lo previsto por la LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como en los Principios Cooperativos.

Diseño y maquetación: www.botero.es

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Índice

Introducción 4

El/laemprendedor/a 7

Laformajurídicadelaempresa 8

Quéesunacooperativadetrabajo 11

Losprincipioscooperativos 14

Laspersonas 17

Socio/atrabajador/a:elactivomásimportante

deunacooperativadetrabajo 18

Regulaciónlegal 20

¿Cómofuncionaunacooperativadetrabajo? 21

Régimeneconómicodelacooperativa 23

Régimenfiscal 25

Elplandeempresa 26

¿Cómosecreaunacooperativadetrabajo? 38

Capitalizacióndeldesempleo 39

Recursosyayudas 47

Cuadrocomparativodelegislacióncooperativa 50

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4 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

introducción

cOCETA ha planteado la realización de esta nueva Guía para la creación de empresas cooperativas teniendo enconsideración la situación económica por la que desdehacealgunosañosestáatravesandoEspaña.Lahuellaque,

enEspaña,estádejando lacrisisen lasempresasyen laspersonasemprendedoras, hace que el espíritu y arrojo emprendedor vayandecayendopocoapoco.Deahíque,atravésdelaspáginasdeestaGuía, se pretenda dar luz, confianza y esperanza a las personasemprendedoras,verdaderasimpulsorasdelaeconomíadeunpaís.

Esunaetapacomplejaparallevaracabounaactividademprendedora,lasempresasexistenteshantenidoqueusardetodossusrecursosparamantenersucompetitividadylograrunespacioeneldifícilmercadoglobal,porello,lasiniciativasemprendedorassonmásbienescasas.

Noobstanteloanterior,lascooperativasdetrabajo,enestecontexto,están consiguiendo gracias a la flexibilidad interna que poseen y asu capacidad para reinventarse,mantener el empleo creado en losúltimosañosy,loqueesmásdifícil,seguircreciendo,creandonuevospuestosdetrabajoatravésdecooperativasdenuevaconstitución.

Hoy, ser una persona emprendedora constituye una apuestaarriesgadaydifícil,perosusresultadosmerecenlapena.Larealizacióndeunsueño,hacer realidaduna ideaempresarial, con laquehacerposible no sólo la creación del puesto de trabajo para unomismo,sino también trabajo y riqueza para otros y para el entorno, es larecompensa.

Así, estaguía seha concebidoy sehahecho realidad, conelfirmepropósito de facilitar a los nuevos emprendedores colectivos, laopcióndecrearunacooperativade trabajo,a travésdeunmaterialajustadoalmodelodeemprendimientoquerepresentalacooperativa

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de trabajo. Previamente a su redacción se han teniendo en cuentala gran variedaddemateriales existentes, así como la recopilaciónde la experiencia en asesoramiento que los veinticinco años detrayectoriaconfederalyterritorialnosconfierenpara,así,ofrecerunmaterialnovedoso,altiempoqueverdaderamenteútil,adaptadoalaactualidad.

Conscientes de las complejidades que la opción de emprenderconlleva, pero también, conocedores de las satisfacciones queconlleva y de los beneficios, no sólo económicos, que aporta en elámbitopersonalyenelsocial,ensusentidomásamplioyuniversal,COCETA quiere impulsar la creación de cooperativas de trabajo,generarmásempleos,concalidadydurabilidadymostrarcómo,lascooperativas de trabajo, siempre, son una respuesta real y seguraparaelcrecimientosocioeconómicodeunpaís.

trabajo

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6 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

ConestaGuíaCOCETAquiereofreceruna información ordenada y sistematizada

con la que un grupo de personas emprendedoras,podrán, sin ningún problema y demanera directa crear

unacooperativadetrabajo.

Pero la Guía se enmarca en un proyecto mucho más amplio,con el que COCETA quiere incentivar y dinamizar la creación deempleo, fomentar el autoempleo colectivo y ofrecer herramientas alas personas EMPRENDEDORAS. Por este motivo, aunque de formamenos pormenorizada, se ofrece información sobre otras fórmulasempresariales, comparando las características de las mismas y losrequisitosexigidoslegalmenteparasupuestaenmarcha.

Eltrabajo,cuyoresultadoserecogeenestaGuía,tambiénsirveparaunificarlasprácticasdeasesoramiento,afindeestablecerun itinerario para la creación de cooperativas de trabajo,quepuedaserutilizadopor todas lasorganizaciones

territorialesconfederadasquerepresentanalascooperativasdetrabajoenEspaña.

¿Qué

p

uede

s encon

trar en esta Guía?

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eL/LA eMPrendedor/A

SegúneldiccionariodelaRAE1el emprendimiento es la cualidad del emprendedor. Pero no se trata de una condición innata,sinoquedebetrabajarsedíatrasdía.Haypersonasqueporsucarácterypredisposiciónpuedenconsiderarsemásidóneas

parallevaracabounproyectoempresarial,peroestonoesdeltodoasí.Hayqueaprenderareforzarlashabilidadesnecesariasparaserunbuenemprendedor,yestoselogracontrabajo,esfuerzoyánimo.

Una persona que quiere emprender un negocio debe trabajar y potenciar las siguientes capacidades:

• Iniciativa• Liderazgo• Capacidadderiesgo• Capacidaddetrabajoydedicación• Paciencia• Creatividad• Capacidaddeobservaciónydeaprenderdelosdemás• Seguridadenunomismo

Encualquiercaso,losproyectosdeemprendimientocolectivo,tienencomovalorañadidoaestascualidadesindividuales,lascolectivas.Laspersonasquetrabajanenequipoysabencomplementarseycoordinarse,sabendarlomejordesímismasy,almismotiempo,hacerquequieneslesacompañanenestaaventuraempresarial,desplieguentodasupotencialidad.

Esta es una de las muchas ventajas que puede proporcionar elautoempleo colectivo: el apoyomutuo y la complementariedad deconocimientos,habilidadesyaptitudes.

1RAE.RealAcademiaEspañola.Emprender:Acometerycomenzarunaobra,unnegocio,unempeño,especialmentesiencierrandificultadopeligro.DiccionariodelaLenguaEspañola.Vigésimasegundaedición.

Iniciativa

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8 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

LA ForMA JurÍdicA de LA eMPreSA

el proyecto empresarial puede hacerse realidad a través dediferentesformasjurídicas.Laeleccióndelamásidóneaseráunatareaqueelgrupopromotordeberárealizarcontodosloselementosdejuicioasualcance;otorgándolelaimportancia

querealmentetiene.

Las empresas, además de las aportaciones de capital, cuya cuantíavaríaen funcióndecada tipo societario, tambiénsecaracterizanporlos compromisos y las responsabilidades personales (económicas ymorales)queconllevan;porello,estos factoresdebenser sopesadosconvenientementeytenidosmuyencuentaalahoradeadoptarunadecisión.

La/s persona/s que emprende/n deberá/n asumir dichasresponsabilidades e integrarse a todos los efectos en el nuevoproyecto.

En el caso de las cooperativas de trabajo, fórmula deemprendimientocolectivo,degestióndemocrática,conprimacíadelapersonasobreelcapital,esimprescindiblequequieneslasponenenmarchasepantrabajarenequi-po,apoyándoseypotenciándosemutuamente.

Acontinuaciónseofreceuncuadrocon losdiferentestipossocieta-riosque la legislaciónespañola reconoce.Entreellos seencuentranlasempresasdecapital,lassociedadesdecaráctercivilylasempresascooperativas.

**

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PrinciPALeS cArÁcterÍSticAS de LAS diFerenteS ForMAS JurÍdicAS Que Puede AdoPtAr unA eMPreSA

Tipos de empresas

Empresario individual

Sociedad civil

Comunidad de bienes

Sociedad Anónima

Nºmínimodesocios/as

1 2 2 1

Responsabi-lidad

Ilimitada Ilimitada IlimitadaLimitadaalcapitalaportado

Capitalmínimo

Nohay Nohay Nohay 60.000€

Capitalizacióndesempleo

Si No No No

RégimenSS Autónomo Autónomo Autónomo

RégimenGeneralode

Autónomos*

Fiscalidad IRPF IRPF IRPF IS

Nºdepersonasasalariadas

Nohaylímite

Nohaylímite

Nohaylímite

Nohaylímite

Normativa CódigoCivil CódigoCivil CódigoCivilLeyde

SociedadesdeCapital

*No cotizan ni tienen derecho a desempleo ni FOGASA.

* Algunas CCAA han regulado las cooperativas de trabajo constituidas con dos socios. **

empresa

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Cada legislación establece un límite diferente.

Tipos de empresas

Sociedad Limitada

Sociedad Limitada

nueva empresa

Sociedad Anónima Laboral

Sociedad Ltda.

Laboral

Coope-rativa de trabajo

Nºmínimodesocios/as

1Mínimo1/Máximo5

3 3 3*

Responsabi-lidad

Limitadaalcapitalaportado

Limitadaalcapitalaportado

Limitadaalcapitalaportado

Limitadaalcapitalaportado

Limitadaalcapitalaportado

Capitalmínimo

3.000€Mínimo

3.012€max.120.202€

60.000€.25%

desembolsa-do.Restoen5años

3.000€

Segúnlalegislaciónaplicable.Adeterminar

porestatutos

Capitaliza-cióndesempleo

No No Si Si Si

RégimenSS

RégimenGeneralode

Autónomos

RégimenGeneralode

Autónomos

RégimenGeneral

RégimenGeneralode

Autónomos

RégimenGeneralode

Autónomos

Fiscalidad IS IS IS IS IS

Nºdepersonasasalariadas

Nohaylímite

Nohaylímite

Nºhoras/año≤15%o25%delasrealiza-dasporlossocios

Nºhoras/año≤15%o25%delasrealiza-dasporlossocios

Nºhoras/año≤35%delas

realizadasporlossocios**

Normativa LSC LSC

Ley4/1997,de24demarzo,deSociedadesLaborales

Ley4/97de24demarzo

Ley27/1999(Estatal)VV.leyes

autonómicas

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QuÉ eS unA cooPerAtiVA de trABAJo

LaCOOPERATIVAesuna sociedad, constituidaporpersonasque se asocian libremente para llevar a cabo una actividadempresarial, que les permite satisfacer sus necesidadesy aspiraciones económicas y sociales. La cooperativa,

en su ámbito societario, tiene una estructura y funcionamientodemocráticos,conformealosPrincipiosCooperativos.

Hay diferentes clases de cooperativas. La empresa cooperativapor excelencia es la cooperativa de trabajo asociado (cooperativade trabajo, CTA, cta,... son siglas que se citarán en la Guía paradenominarla)cuyadefiniciónes:

Lacooperativade trabajoasociadoesuna forma jurídicade empresa que asocia a personas físicas que,mediantela aportación de su trabajo a tiempoparcial o completo,realizancualquieractividadeconómica,profesionalosocialparaproducirencomúnbienesyserviciosparaterceros.

Las cooperativas tienen una estructura económica financiera específica. Así, por ejemplo, su capital es variable, distinguen sus resultados en función de suprocedencia (de la actividad, ajenos)y de si provienen de los socios o detercerosnosocios…

La propia Constitución Españolaprevé un tratamiento especial paralas cooperativas en su artículo 129.2estableciendo: “Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas.

**

participación

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12 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”.Elmandatoconstitucionalhatenidosuplasmaciónenuntratamientoespecíficoparalascooperativasenelámbito fiscal yeneldelaseguridad social.

Estamos ante un MODELO DE EMPRESA en el que los objetivoseconómicosyempresarialesseintegranconotrosdecaráctersocial.Se consigue, así, un crecimiento económico basado en el empleoestable,laigualdadylaequidadsocial.

Existen cooperativas de trabajo en todos los sectores productivosy ramasdeactividad.Degran tamañoydepequeñadimensión, loquenosmuestraqueconunacooperativadetrabajopuederealizarsetodotipodeproyectoempresarial,encualquieractividadeconómica.

Lascooperativasde trabajoconjuganaun tiempoprofesionalidad,flexibilidadyparticipación.

Como toda empresa, la cooperativa de trabajo busca obtenerrentabilidadporlaactividadrealizaday,además,ofreceunaseriedeventajasquesederivandeunmodelopropiodeorganizacióninterna,asícomodelosPrincipiosenlosquebasasufilosofía:

• Es una fórmula de empleo estable; las personas se unen parasatisfacersusnecesidadesdetrabajoenlasmejorescondicionesposibles,asociándoseparacrearlacooperativadetrabajo.

• La cooperativa es una organización democrática dondelas decisiones se toman de manera igualitaria, quienestrabajansonalmismotiempoquienestienenlapropiedadygestionanlacooperativa,porello,existemayormotivacióneidentificaciónconlaempresaysusupervivencia,enproyectodefuturo.Deestaforma,laspersonasyelvalordeltrabajoestánporencimadelcapitalaportado.

• Esunafórmulaempresarialenexpansiónqueofrecegrandesposibilidades a los emprendedores para abrirse caminoprofesionalmente.

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diFerenciAS con LAS eMPreSAS de cAPitAL

Empresas de Capital Cooperativa de trabajoPoderdeparticipación

En función del capitalaportado

Unapersona,unvoto

Distribuciónderesultados

En función del capitalaportado

Enfuncióndeltrabajorealizado.

Findelaactividadeconómica

Máximobeneficioolucro

Persigueelbeneficioperonoa cualquier precio, siempreestáporencimaelbienestarsocial.Enlascooperativasdetrabajo sin ánimo de lucro,losbeneficiossereinviertenenelobjetosocial.

cooperativa

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14 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

LoS PrinciPioS cooPerAtiVoS

Los Principios Cooperativos constituyen un marco devalores que orientan a todas las cooperativas del mundo.Se aprobaron por los miembros de la Alianza CooperativaInternacional, organizaciónde ámbitomundial creadael 19

deagostode1895,reformuladosendosocasiones,laúltimaen1995yquerepresentaacasimilmillonesdepersonasenelmundo.

LosPrincipiosCooperativossonunareferenciaparaloslegisladoresyaqueinformanyorientaneneldesarrollodelalegislacióncooperativa,asícomoparaquienesquierencrearymantenerunacooperativa.Sucarácteruniversalhacequehayansidoaceptadospororganismosdeámbitointernacional,comolaOrganizaciónInternacionaldelTrabajo–OIT–, que los ha incorporado a la Recomendación 193 sobre las CooperativasyporlaOrganizacióndeNacionesUnidasquehahechodelaACIunorganismoconsultivoespecializadoencooperativismo.

La declaración por parte de la ONU del año 2012 como AñoInternacionaldelasCooperativashaestrechadoaúnmáslosvínculosentreambasorganizacionesinternacionalesyleshahechoentenderlanecesidaddecolaboraciónyaprendizajemutuo;poniendoenvalorelcooperativismoysusaportacionesalasociedad,entodoelmundo.

Los principios cooperativos se enuncian así:

PrimEr PrinCiPioAdhesión voluntaria y abiertaLas cooperativas son organizaciones voluntarias,abiertas a todas aquellas personas capaces deutilizar sus servicios y dispuestas a aceptar lasresponsabilidadesdesersocio/a,sindiscriminacióndegénero,raza,clasesocial,posiciónpolíticaoreligiosa.

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SEgundo PrinCiPiogestión democrática por parte de los sociosLas cooperativas son organizaciones gestionadasdemocráticamente por los/as socios/as, que participanactivamenteen lafijacióndesuspolíticasyen la tomade decisiones. Los hombres y mujeres elegidos pararepresentarygestionarlascooperativassonresponsablesantelossocios.Enlascooperativasdeprimergrado,los/associos/astienenigualesderechosdevoto(un/asocio/a,unvoto),ylascooperativasdeotrosgradosestántambiénorganizadasdeformademocrática.

TErCEr PrinCiPio Participación económica de los/as socios/asLos/as socios/as contribuyen equitativamente alcapital de su cooperativa y lo gestionan de formademocrática.Unapartealmenosdelcapitalaportadoespropiedadcomúndelacooperativa.Normalmente,laspersonassociasrecibenunacompensación,limitadaalcapitalentregadocomocondiciónparaperteneceralacooperativa.LaAsambleapuedeasignarlosexcedentesatodosoaalgunodelossiguientesfines:eldesarrollode la cooperativa, mediante el establecimiento dereservas,unapartedelascualesalmenosesdecarácterirrepartible;a laspersonassocias,enproporciónasusoperaciones con la cooperativa; y al apoyo de otrasactividades,aprobadasporlos/associos/as.

CuArTo PrinCiPioAutonomía e independenciaLas cooperativas se basan en los valores de ayudamutua, responsabilidad, democracia, igualdad,equidad y solidaridad, siguiendo la tradición de susfundadores.Susmiembroscreenenlosvaloreséticosdehonestidad, transparencia, responsabilidadsocialypreocupaciónporlosdemás.

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democracia

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16 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

QuinTo PrinCiPio Educación, formación e informaciónLas cooperativas proporcionan educación yformacióndirecta a los socios, a los representanteselegidos, a los directivos y a los empleados paraquepuedan contribuir de formaeficaz al desarrollode sus cooperativas. Informan al gran público,especialmentealosjóvenesyaloslíderesdeopinión,delanaturalezaylosbeneficiosdelacooperación.

SExTo PrinCiPioCooperación entre cooperativasLascooperativassirvenasussocioslomáseficazmenteposible y fortalecen el movimiento cooperativotrabajando conjuntamente mediante estructuraslocales,nacionales,regionaleseinternacionales.

SéPTimo PrinCiPio interés por la comunidadLascooperativastrabajanparaconseguireldesarrollosostenible de sus comunidades mediante políticasaprobadasporsussocios/as.(ResponsabilidadSocial).

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LAS PerSonAS

una cooperativa de trabajo es una fórmula deemprendimientocolectivoquesebasaenlaspersonas ynoenelcapital.

Enlacooperativadetrabajo, lapersonaseconvierteenelejesobreelquegiratodoelengranajeempresarial;porello,laeleccióndelaspersonasquevanaformarpartedelproyectoempresarialseconvierteenunobjetivoimportanteydebetenersemuypresentealahoradeponerloenmarcha.

Lapersonaemprendedoradeberáreunirunaseriedecaracterísticasyasumirlasresponsabilidadesytareasque,enelproyectoempresarial,selevanaexigiryalasquedeberáenfrentarse.Detalmanera,quedeberáponeralserviciodelacooperativasusmejorescualidades,quepuedenserinnatas,peroquetambiénpuedenadquirirse,desarrollarseyperfeccionarseconformación,experienciayafándeprogreso.

Paraelmantenimientodelasbuenasrelaciones, en el proyecto deemprendimiento, es importanteque cada persona tenga un áreade responsabilidad y no existansolapamientos en la toma dedecisiones, aunque sí deberántomarse a menudo decisionesconjuntas. Las personas queforman la cooperativa debencomplementarse, apoyarse ysabersacarlomejordesímismasytambiéndelasdemás.

igualdad

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18 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

Socio/A trABAJAdor/A: eL ActiVo MÁS iMPortAnte de unA cooPerAtiVA de trABAJo

Las personas que constituyen una cooperativa de trabajo sedenominansocio/atrabajador/a,ysecaracterizanydistinguendeotrasfigurasempresarialesporqueaportan suTRABAJOcomo requisito imprescindible, independientemente de la

aportacióndecapitalsocial.

Larelacióndelapersonasociaconlacooperativaesdecaráctersocietarioynolaboral,suregulaciónserecogeenlosEstatutosSocialesdelacooperativay,ensucaso,atravésdelReglamentodeRégimenInterno.

Existe laposibilidaddequeunapersonaseasocio/a trabajador/acon carácter temporal o por un período determinado, lo que,en algunas legislaciones, se conoce como “socio de duración determinada”.

Además de quienes forman la cooperativa de trabajo como sociostrabajadores, pueden desempeñar un trabajo otras personas, encalidaddetrabajadoresasalariadosoporcuentaajena.

También pueden existir otros tipos de personas socias; así, lasdiferentes leyes de cooperativas reconocen y regulan la existenciadeotrasfigurasquecontribuyeneconómicamentea laconsecucióndelobjetosocialperoquenoseimplicanlaboralmente–mediantelaprestacióndesutrabajo-enlaactividaddelacooperativa.

Setratade:socioscolaboradores,asociados,sociosinactivos…(Cadanormaautonómicalosdenominayreguladeformaespecífica).

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El socio trabajador puedeprestar su trabajo a tiempo completo o parcial, adaptando su jornada laboral a sus necesidades, situaciónpersonaly/oorganizacióndelacooperativa.

Por regla general, el número mínimo de socios trabajadores,necesarioparaconstituirunacooperativadetrabajoes de TrES,noobstante,este requisito ha sido modulado por algunas legislaciones cooperativas autonómicas, de manera que se permite la constitución de cooperativas de trabajo con doS personas, como socias iniciales, si bien de forma coyuntural y con determinadascondiciones.

Enrelaciónconelrégimen de la Seguridad Social,alconstituirunacooperativadetrabajo,laspersonassociasdebendecidirelRégimenpor el que optan (General o Autónomos). La opción elegida, queconstaráenlosEstatutosSociales,afectaatodaslaspersonassociastrabajadoras, ya quenopuedehaberdistinciones en el régimendecotización, debiendo integrarse la totalidad en el mismo. Sea cualfuere el Régimen elegido, los socios trabajadores se asimilarán alrestodecotizantesentodossusderechosyobligaciones22.

También es importante tener en cuenta que dicha opción deberámantenersealmenosduranteCINCOaños,transcurridosloscuales,laLeypermiteelcambioderégimen,atravésdelamodificacionesdeEstatutos.

2A excepción del FOGASA ya que están excluidos los socios/as de cooperativas de trabajo

asociado.http://www.empleo.gob.es/fogasa/

conciliación

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20 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

reGuLAción LeGAL

La Ley 27/1999, de 16 de julio, deCooperativas, es elmarcolegalgeneralparalascooperativasespañolas.Dichoesto,hayquehacerlaobservacióndequeenEspaña,lacompetenciaenmateriadecooperativasconformeseregulaenlaCartaMagna

–laConstituciónde1978–estátransferidaalasCCAA,queenvirtuddeestacompetenciahanprocedidoalegislarenmateriacooperativa.

Demanera que, cuando una cooperativa desarrolla su actividad enel territorio de una Comunidad Autónoma con carácter exclusivoo de manera principal, la legislación que regula toda la vida de lacooperativa, desde su creación hasta su extinción, es la legislaciónautonómica.

Porello,comopasoprevioaconstituir lacooperativadetrabajo,sedebeconocerQUÉLEY*ESAPLICABLE,yaqueésta será lanormaqueguiaráparalaconstitucióndelacooperativadetrabajo,asícomoparalaposteriorregulacióndetodaslasoperacionesinherentesalamisma.

* Cada ley establece el número mínimo de socios, el capital social mínimo... ver al final

del documento, página 47, la tabla de Legislación Cooperativa Comprada.

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21

¿cóMo FuncionA unA cooPerA-tiVA de trABAJo?3

La cooperativa de trabajo tiene una vertiente social y otraeconómicaoempresarial.Laprimera,basasufuncionamientoenlosórganossocialesodegobierno,quesonlaAsambleaGeneral y el Consejo Rector, regulados por los Estatutos

Sociales.Mientrasquelasegunda,laempresarial,seencuadraráenunorganigramaidénticoaldecualquierotraempresa.

Los órganos sociales regulados por Ley y determinados en los Estatutos Sociales sus funciones, composición y renovación; son los siguientes:

La Asamblea general es el máximo órgano social de lacooperativayreúneatodaslaspersonassociasparalasdeliberacionesy toma de acuerdos. Puede debatir cualquier asunto que la ley noconsiderecompetenciaexclusivadeotroórganosocial.

Enlascooperativasdebasecadapersonatienederechoaunvoto.

Sereúneconcarácterordinariounavezalaño,dentrodelosprimerosseis meses, y con carácter extraordinario cuando lo acuerde unnúmeromínimodesocios,elConsejoRectorolaIntervención.

El Consejo rector eselórganosocialpermanentedegobierno,gestiónyrepresentacióndelacooperativa.LosEstatutosestableceránelnúmerodeintegrantes,sibienelmínimoesdetres.Enelcasodecooperativasconsólotressociosoaquellasqueseconstituyencondossocios,tendránunAdministradorÚnico.

La intervencióneselórganodefiscalizacióndelacooperativa.Sumisión es la revisión de las cuentas anuales –emite un informedirigidoalaAsambleasobresuaprobación–,larevisióndeloslibros

3.Debedeconsultarsecadanormativaautonómicacooperativaparalaregulacióndelosesta-tutossocialesyelfuncionamientodelacooperativadetrabajo.

honestidad

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22 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

de cuentas, así como la comprobación de la documentación socialycontableexistenteen lacooperativa.La Intervenciónsecomponede un número impar de integrantes, elegidos directamente por laAsamblea.

Otras figuras a tener en cuenta son la dirección o gerenciadelacooperativaquetendrácomofunciónlapuestaenmarchaylasupervisióndeldesarrollodelasdirectricesdelConsejoRector.

Asimismo, otra valiosa herramienta de organización y regulacióninternadelacooperativadetrabajo,sobretodocuandoéstatieneunaconsiderabledimensión,eselReglamentodeRégimenInterno(RRI).ElRRI recogecondetalle todos lospormenoresquepuedenafectaral correcto desarrollo de la cooperativa, contendrá una descripciónde los derechos y obligaciones de las personas que la integran,una descripción de los puestos de trabajo y responsabilidades quedesempeñan,unsistemaparalaresolucióninternadeconflictosyunmecanismodecontrolydesupervisióndetodosellos.

Noobstantelomencionado,debetenerseencuentalalegislacióndecadaComunidadAutónoma,yaquelosEstatutosyfuncionamientoseregiránporlasnormasestablecidasenlamisma.

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rÉGiMen econóMico de LA cooPerAtiVA

capital social Eslasumadelasaportacionesobligatoriasyvoluntariasdelaspersonassociasy,ensucaso,delasasociadas.Elcapitalsocial mínimo para constituir una cooperativa de trabajo

varíasegún la legislaciónaplicable.LaLey27/1999,no imponeunacifradecapitalsocialmínimo,sinoquedejaalarbitriodelossociossudeterminación,ahorabien,debeestablecerseenelmomentode laconstituciónyplasmarseenlosestatutossociales.

Aportaciones obligatoriasSonaportacionesquecadapersonasociaestáobligadaadesembolsarsegúnestablezcanlosEstatutosoporacuerdodelaAsambleaGeneral.

Aportaciones voluntariasSon las aportaciones que decide la Asamblea General, pero queúnicamentedesembolsanlaspersonassociasqueasíloquieren.

ExcedentesEs el resultado derivado de la diferencia positiva entre los ingresosordinarioscooperativosylasdeduccionesenconceptodegasto.Unavezdeducidos los impuestos, losexcedentesnetosdelejercicioseaplicaránadotarlosFondosObligatorios.Elresto(excedentesdisponibles)puedeserentregadoalaspersonassocias(retorno)enproporciónasuactividadcooperativizada (nunca en proporción a su participación en el capital

participación

CAPiTAL SoCiAL

Aportaciones obligatorias

Aportaciones voluntarias

otros

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24 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

social), o bien se puede destinar a incrementar los fondos obligatorioso voluntarios, o a la participación en los resultados de las personastrabajadorasasalariadasdelacooperativa.

resultados cooperativos y extracooperativosSon resultados cooperativos, básicamente, los derivados de larealización de actividades cooperativizadas con los socios, másaquellosotrosquesehallanenunarelacióndeaccesoriedad.

Los resultados extracooperativos son los procedentes del ejercicio dela actividad cooperativizada con terceros, así como los obtenidos deoperaciones de actividades económicas o fuentes ajenas a los finesespecíficos,deinversionesoparticipacionesenentidadesdenaturalezanocooperativaydeincrementosydisminucionesdepatrimonio.

Los Fondos obligatorios

Fondo de reserva obligatorio,normalmenteconocidocomoFRO,destinadoalaconsolidación,desarrolloygarantíadelacooperativa.SudotaciónvaríaenfuncióndelalegislacióncooperativaaplicableyconcaráctergeneralesIrrepartibleentrelossocios.

Fondo de Educación y Promoción, normalmenteconocidocomoFEP,destinadoaactividadesdeformaciónyeducacióndelaspersonasdelacooperativa,asícomoalapromociónculturalysocialdelentorno,ode lasrelaciones intercooperativas.Sudotacióntambiénvaríaenfuncióndelalegislacióncooperativaaplicable.

ingresos gastos Excedentes- =

Repartoderesultados

Retornocooperativo

FEPFRO

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rÉGiMen FiScAL

en España existe una legislación fiscal aplicable a lascooperativas, la Ley 20/1990, sobre Régimen Fiscal de lasCooperativas.EndichaLeyseestableceunaclasificacióndelascooperativas,enfuncióndelaconsideraciónfiscalquese

lesotorgaconformeal tipodecooperativadeque se trate, así, lascooperativasdetrabajotienenlaconsideraciónfiscalde“cooperativas especialmente protegidas”.

Estoimplicaunaespecialprotecciónenmateriatributariaqueoperasinningunadeclaraciónadministrativaprevia.

Así, por ejemplo, para la determinación de la Base Imponibledel Impuesto de Sociedades se consideraran separadamente losresultados cooperativos y extracooperativos y, a los efectos de laliquidacióndelImpuestodeSociedades,seminoraráenel50%delapartedelosmismosquesedestinealaReservaObligatoria.

Ademásdeloapuntado,lascooperativasdetrabajotambiéngozande bonificaciones y exenciones en otros impuestos: Impuesto deActividades Económicas (95% de bonificación), Impuesto sobreTransmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados(exención del 100% en actos societarios como constitución,ampliacióndelcapital…).

RsE

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26 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

eL PLAn de eMPreSA

Para crear una cooperativa de trabajo, además de cumplir elobjetivosocialdeproporcionarpuestosdetrabajoalaspersonasquelaforman,debedesarrollarunaactividadempresarial.Comoempresa,debecumplirunaseriedetrámitesyrequisitos,aligual

queocurreconcualquierotrotipodeempresa,demaneraquelepermitavislumbrarciertasgarantíasdeéxitoenlapuestaenfuncionamiento.

El Plan de Empresa es el pilar en el que se asienta el proyectoempresarial,seacualsealafórmulajurídicaelegida.Eslahojaderutadelaempresa,dedóndeparteyadóndequierellegar,susobjetivosacorto,medioylargoplazo.

La concreción de estos apartados, así como los puntos que debeanalizaryrecogerhansidoobjetodeunaGuíaespecíficaeditadaporCOCETA,noobstante,ydeformaesquemática,puedenapuntarselossiguientesaspectosquedeberátratar:

• Datosdelospromotoresdelacooperativa(descripcióndelosmismos,experiencia,perfilprofesionalyCV)

• Datos del proyecto (nombre de la empresa y demásinformaciónsocial)

• Descripcióndelproyecto• Estudiodemercado• Plandeproducción• DeterminacióndelaFormajurídica• PlandeRecursoshumanos• Planeconómicofinanciero• Fiscalidad• Puestaenmarcha• SeguridadeHigiene• PlandeIgualdad• ResponsabilidadSocialEmpresarial

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27

dEFiniCiÓn dEL nEgoCioSedebeexponer,entérminosgenerales,aquésevaadedicarlaempresa.

AnÁLiSiS ComErCiAL Este análisis ha de contemplar, con la profundidadnecesariaencadaproyecto,lossiguientesaspectos:• definición del producto Se deben desarrollar pormenorizadamente losdiferentes productos-servicios que va a venderla empresa y explicarlos en términos físicos ytécnicos.Asímismo,hayquehacerhincapiéenlospuntos que los clientes valoran cuando comprandichoproducto.• Conocimiento del mercado Paravalorarelvolumendelmercadoalquesedirigiráel producto o el servicio: dimensión, localización,consumo, estructura, tipo de clientes,mercado realy mercado potencial. Previsiones de evolución delmercadoproductooservicio.• Conocimiento de la competencia Enlamedidaenquesepuedaidentificar,hayqueexponerquiénes serán los competidores actualesdelacooperativaacrear,asícomolosproductos/servicios que en el futuro puede hacer dichacompetencia.• Planificación y control de ventas Enesteapartadohayquemarcarobjetivoscualitativosa desarrollar en el área comercial (establecer la redcomercialenlazonade…,conseguirunnuevoclienteen…),asícomoobjetivoscuantitativosdeventasenlostresprimerosañosdeactividad–haciéndoloparaelprimerañoentérminosdeventasmensuales–ysuformadecobro.

AA3B

emprendimiento

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28 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

AnÁLiSiS dE ProduCCiÓn Enestecapítulosedesarrollarándosapartados:• definición del proceso productivoConsisteenunaexposicióndetalladadelprocesoquesigue la realización del producto/servicio, desde elmomentoenquecomienzasuproducción,hastaquelellegaalcliente.Organizacióndedichoproceso.• Capacidad de producciónLa empresa debe desarrollar una capacidadproductivaacordeconlasestimacionesdeventasenelanálisiscomercial.

AnÁLiSiS dE LAS ComPrAS Se debe contemplar la política de compras que vaa llevaracabo laempresaencuantoa lasmateriasprimas, material de consumo y subcontratación arealizar.Enelsupuestodequeexistan,estedesarrolloseharáaniveldenúmerodeproveedores,formadepagoyplazodeentregadelasmercancías.

Enel supuestodenecesitar existencias, la empresadesarrollará una política de almacenamiento deproductosterminados,encursoydemateriasprimas,quetambiénseanalizaránenesteapartado.

AnÁLiSiS dE LAS inVErSionES Segúnloquesehayaanalizadoenloscapítulosanteriores–comercial, producción y compras–, se definen lasinversionesnecesarias,lascaracterísticasdelasmismas,laformadepagoyelplazodeincorporación.

Enesteapartadosedebeindicartambiénelcriteriodeamortizaciónquesevaaseguirconlosbienesdeinversión, material o inmaterial, para poder ver elgradoenquevanainfluirenloscostesdelacuentadeexplotación.

cc

dd

ee

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29

AnÁLiSiS dEL PErSonAL Enbasealacuantificacióndelasventasyaloexpuestoen las áreas anteriores –comercial, producción,compraseinversiones–,sehandeindicarlaspersonasquevanatrabajaren laempresa, laresponsabilidadquevanaasumir, lasnecesidadesdeformaciónquepuedan tener, los costes de los puestos de trabajoy la distribución mensual de los pagos (anticiposlaborales/sueldos, Seguridad Social, retenciones deIRPF,anticiposlaboralesextras/pagasextras).

CuEnTA dE ExPLoTACiÓn Enprimer lugar, sedebencontemplar conceptosdecostes que no se hayan analizado en los apartadosanteriores (arrendamientos, materiales de oficina,gastos financieros, generales y por préstamos,comunicaciones,etc.).

Lacuentadeexplotaciónseobtendráconunhorizontetemporal de tres años, que para el primero deactividadseharámensual.Lacuentadeexplotaciónmideelbeneficioqueprevétenerlaempresa.

PrESuPuESTo dE TESorErÍA Es el documento en el que la empresa recogerá lasentradas y salidas de dinero (aportación a capital,préstamos recibidos, cobro de ventas y pago decompras, pagos de gastos generales, pagos degastos financieros, devolución de créditos, pagosde inversiones, salarios y retribuciones, pagos aHacienda, Seguridad Social…) para analizar si laempresatendrádinerosuficienteparallevaradelantelos objetivos que se han marcado anteriormente.Seharáunpresupuestoa tresaños,de loscualeselprimerollevaráundesarrollomensual.

FF

GG

HH

riesgo

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30 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

BALAnCE dE SiTuACiÓn Según las necesidades de la nueva cooperativa acrearysuspropiosconocimientos,sedebetratarderealizarelbalancedecadaunodelosaños,deformaque sepueda ver la situaciónpatrimonial enque seva a encontrar si cumple losobjetivos expuestosentodosloscapítulosanteriores.

UnavezrealizadoelPlandeEmpresa,sedebenseguirunaseriedetrámites, dirigidos a la constitución de la cooperativa de trabajo, para que adquiera personalidad jurídica.Estostrámitespaso a pasopodríanresumirseasí:

1. ASAmBLEA ConSTiTuTiVAElprimerpasoparalaconstitucióndelacooperativa,eslacelebracióndelaAsamblea Constitutiva,queeslareunióndetodoslossociosylassociasdelacooperativaquedecidenformalmentecrearunacooperativayhacenconstarenacta losacuerdos,quehandeestarfirmadosportodaslaspersonasqueasistenalamencionadaAsambleaConstitutiva.

El contenido mínimo de los acuerdos del acta de constitución son:

• Ladeclaracióndelavoluntadconstitutiva.• Ladesignacióndelosrepresentantesporlatramitación.Per-

sonasconfacultadespararealizarlosactosnecesariosduran-te laconstituciónde lacooperativahastaelmomentode lainscripciónalRegistrodeCooperativas.

• Laaprobacióndelosestatutossociales.• ElnombramientodelprimerConsejoRector.• Elnombramientodeinterventoresdecuentas(encooperati-

vasdemásde3socios).

Una vez adoptados, al menos estos acuerdos, se redactará y sefirmará el acta de la Asamblea de Constitución de la cooperativaindicandoellugarylafecha,parapoderprocederalainscripcióndeestaconstituciónenelRegistrodeCooperativas.

ii

Page 32: Guia para creacion de cooperativas

31

2. SoLiCiTud dEL CErTiFiCAdo dE dEnominA-CiÓn no CoinCidEnTE

ConsisteensolicitaralRegistrodeCooperativas,paraqueéstenosexpidacertificación,enlaquefigurequeelnombrequehemosdecididodar a nuestra cooperativa no corresponde a otra ya existente. Sepuedensolicitarhastatresposiblesnombres,quehayquerelacionarporordendeprioridad.ElcertificadoexpedidoporelRegistrotendráunavalidezdeseismesesdesde la fechaenqueseexpide,ypodráprorrogarseotrosdosmesesmássiresultanecesario.

¿dÓndE?RegistrodecooperativascorrespondienteenfuncióndelaCCAAen laquesevayaatenersudomiciliosocial lacooperativadetrabajo.PLAZoElcertificadoexpedidoporel registrotieneunavalidezdeseismeses,prorrogablesporotrosdos.

3. ELABorACiÓn dE ESTATuToS SoCiALESLosEstatutosrecogendequémanerasevaaorganizarlacooperativa.Éstos,juntoconlaLey,sonelmarcodereferenciaenquelacooperativase va a desenvolver. Este documento debe contener, al menos, ladenominacióndelacooperativa;sudomiciliosocial;laduraciónyámbitoterritorialdelaactividadcooperativizada;elobjetosocial;elrégimenderesponsabilidaddelos/associos/asporlasdeudassociales(quepuedeserlimitadaoilimitada);losrequisitosparalaadmisiónybajadelos/associos/as; laaportaciónobligatoriamínimade los/associos/as; losderechosydeberesdelos/associos/asyelrégimendisciplinariodelacooperativa;lasnormassobreconvocatoriayfuncionamientoylossistemasdeelecciónyremocióndelosórganossociales;yotrasexigenciasimpuestasporlaley.

¿dÓndE?En la organización de referencia (ver listado adjunto)puedenproporcionarleunmodeloasícomoayudarenlaredaccióndelosmismos.

**

**

responsabilidad

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32 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

PLAZoMientras se mantenga vigente la certificación dedenominación

4. CALiFiCACiÓn PrEViA dE LoS ESTATuToS So-CiALES

Setratadeuntrámiteopcional,quesóloserealizaasolicituddelospromotores.Deestemodo,elRegistrodeCooperativascompetenteverificaelcontenidodelosEstatutosSocialesysuconformidadconla ley antes de acudir ante el notario para su elevación a público.Se trata de un trámite gratuito que es aconsejable realizar paraasegurarsedelalegalidaddelosacuerdosadoptadosyrecogidosenlosEstatutos.

¿dÓndE?RegistrodecooperativascorrespondientePLAZoMientras se mantenga vigente la certificación dedenominación

5. ESCriTurA PÚBLiCA dE ConSTiTuCiÓnTodoslossociosylassociasconstituyentesfirmanlaescriturapúblicadeconstitucióndelantedelnotario.

La escritura pública contendrá:

• ElactadelaAsambleaConstitutiva.• Larelaciónnominaldelossocios.• Losestatutossociales.• Lamanifestacióndelavoluntaddeconstitución.• La manifestación de la suscripción y desembolso de las

aportacionessociales.• Lasaportacionessocialessuscritasporcadasocio.• En el caso de aportaciones no dinerarias, el valor atribuido

alosbienes(acompañadodeuninformepreviodeexpertosindependiente).

**

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33

• Elcertificadodeingresodelasaportacionesdinerariasenunaentidadfinanciera.

• Certificaciónvigentededenominaciónsocialdecooperativa,emitida por la persona encargada del Registro Central deCooperativasdeCataluña.

• Las cooperativas integradas por personas jurídicas tendránqueanexaralaescriturapúblicaunacertificacióndelacuerdode laAsambleaGeneralobiendelórganoequivalenteenelcualseapruebelaintegraciónenlacooperativa.

nota: La escritura pública de las cooperativas de iniciativa social ydelascooperativassinánimodelucrohadeincluirlamanifestaciónexpresade los fundadores conformecumplen los requisitos legalesparatenerestacondición.

De acuerdo con la disposición adicional quinta, apartado 8, de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de cooperativas delEstadosepuedesolicitar la reducciónen losgastosnotarialesdeacuerdocondichadisposición.

6. SoLiCiTud dEL CiF. dECLArACiÓn PrEViA AL iniCio dE LA ACTiVidAd

Se solicita en la Administración correspondiente de la AgenciaTributariamediantelapresentacióndelformulariomodelo036.

¿dÓndE?DelegaciónProvincialdeHaciendaPLAZo30díasdesdelafechadeconstitución

7. dESEmBoLSo dEL CAPiTAL SoCiAL iniCiALLos/as socios/as fundadores/as deben abrir una cuenta en unaentidad financiera, a nombre de la cooperativa e ingresar en ellaelcapitalsocialdeterminadoporlosEstatutosyqueentodocasorespetaráelmínimoexigidoporley.

**

esperanza

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34 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

¿dÓndE?EntidadfinancieraelegidaporelgrupopromotorPLAZoMientras se mantenga vigente la certificación dedenominación

8. ELEVACiÓn A ESCriTurA PÚBLiCA dE LoS ESTATuToS SoCiALES4

Mediante la firma (ante notario), los/as promotores/as dela cooperativa elevan a públicos los acuerdos relativos a laconstitucióndelacooperativa,losEstatutosSocialesylaeleccióndelaspersonasqueocuparánloscargossociales.

Desdeelmomentoenqueserealizaelactoformaldeconstitucióndelacooperativaanteelnotario,lasituacióndelasociedadserálade“enconstitución”.Enestasituación,aunquelasociedadaúnnofigureenelRegistro,podrárealizarcontratosyobligarseconterceros.

¿dÓndE?NotaríaPLAZoMientras se mantenga vigente la certificación dedenominación

9. imPuESTo dE TrAnSmiSionES PATrimoniALES Y ACToS JurÍdiCoS doCumEnTAdoS

Debe liquidarse este impuesto que grava el capital social de laempresa. Las cooperativas están exentas, pero aún así, deben presentar la correspondiente autoliquidación.Plazo:1mesdesdelafechadeotorgamientodeescritura.Modelo 600.

¿dÓndE?ConsejeríadeHaciendaPLAZo30 días desde la elevación a escritura pública de losEstatutosSociales

4.Laelevaciónaescriturapúblicanoesprecisaenalgunaslegislacionescooperativasautonómicas.

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35

10. inSCriPCiÓn En EL rEgiSTro dE CooPErATiVASEn el plazo de un mes desde el otorgamiento de escritura, deberealizarse la inscripciónenelRegistrodeCooperativascompetente.Bien sea el Registro correspondiente al Ministerio de Empleo ySeguridad Social (si la cooperativa cuenta con centros de trabajoen más de una ComunidadAutónoma o si sus socios/as tienen sudomicilio en diferentes ámbitos autonómicos) o en elAutonómicoquecorresponda(tantosiloscentrosdetrabajocomolosdomiciliosdelossociosradicanenlamismaComunidad).

¿dÓndE?Registrodecooperativascorrespondiente¿dÓndE?30 días desde la elevación a escritura pública de losEstatutosSociales

11.dECLArACiÓn dE ComiEnZo EFECTiVo dE LA ACTiVidAd Y dE ACTiVidAdES Y LoCALES

Esta declaración se realiza con la presentación, nuevamente, delmodelo 036

¿dÓndE?EnlaAdministracióndelaAgenciaTributariaPLAZoConcarácterprevioaliniciodelaactividad

12. AFiLiACiÓn dE LA EmPrESA En LA SEguridAd SoCiAL Y ALTA dE LoS/AS SoCioS/AS TrABAJAdorES/AS y de LoS/AS TrABAJAdorES/AS en su casoLa cooperativa debe obtener un número patronal. Los/as socios/astrabajadores/aspuedenoptarentrecotizarenelrégimengeneraloeneldeautónomos.

La documentación se presentará en la oficina correspondiente aldomiciliosocialdelacooperativa.

desarrollo

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36 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

¿dÓndE?Dirección Provincial de la Tesorería General de laSeguridadSocialPLAZoConcarácterprevioaliniciodelaactividad

13. ALTA En LA SEguridAd SoCiAL dE LAS PErSonAS ASALAriAdAS

Enelsupuestodequelacooperativatengapersonalasalariadooporcuentaajena,habrádeprocederadarlosdealtamedianteelmodeloTA2.Ladocumentaciónsepresentaráenlaoficinacorrespondientealdomiciliosocialdelacooperativa.

¿dÓndE?Dirección Provincial de la Tesorería General de laSeguridadSocialPLAZoConcarácterprevioaliniciodelaprestacióndeservicios

14. oTroS TrÁmiTES nECESArioSTambién deberá la cooperativa diligenciar:

• Los libros sociales obligatorios, esto es, el libro de actasde la Asamblea, el libro de actas del Consejo Rector, ellibro de registro de socios/as y el libro de aportaciones alcapital. Además si existen interventores, se precisa dellibrodeinformesdeintervencióndecuentas.TodosellossediligenciaránenelRegistrodeCooperativascorrespondiente.

• Ensucaso,loslibrosdeVisitayMatrículadetrabajadoresenladirecciónprovincialdelMinisteriodeEmpleoySeguridadSocial.

Otros trámites necesarios son:• Licencia municipal de apertura, que se tramitará ante el

AyuntamientooJuntaMunicipalquecorresponda.• Por razón de la actividad, puede que la cooperativa esté

obligada a inscribirse en registros específicos. Así como

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37

dirigirsealaOficinaEspañoladePatentesyMarcaspararealizarlos trámites relativos a marcas, patentes, denominacionescomerciales,signosdistintivos,modelosindustriales,rótulosdeestablecimiento…,yalRegistrodelaPropiedadIntelectualparalostrámitessobrepropiedadintelectual.Tambiéndeberáobservarse si la actividad implica la elaboracióndeficherosquecontengandatosdecarácterpersonal,loscualesdeberánsernotificadosalaAgenciaEspañoladeproteccióndedatos,deacuerdoconloqueestablecelaLOPD5.

5.LeyOrgánica15/1999,de13dediciembre,deProteccióndeDatosdeCarácterPersonaldeEspaña.

oportunidad

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38 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

¿cóMo Se creA unA cooPerAtiVA de trABAJo?

2 Certificaciónnegativadelnombre

4 Escriturasantenotario

5A C.I.F.Provisional

6A Impuestoactosjurídicosdocume-tados

7 InscripciónenRegistrodeCooperativas

1 AsambleaConstitutiva

3 Capitalizaciónpordesempleo*

Estatutos Memoria

8AJustificacióncapitalizaciónconcesión

5B Licenciadeobras/ambiental

6B Licenciadeactividad

LICENCIAObrasactividad

SUMINISTROSAltaactividad

TASASMunic.especif.actividad

CONTRATOSAlquileruotros

SEGUROSColectividadactividadyRC

TARJETASSanidadtransporte

REGISTROSIndustriaturismo

8B I.A.E.Altainicioactividad

InscripciónyaltaenlaSeguridad

Social

9A C.I.F.Definitivo

10A

Legalizaciónlibrossociosyactas

9B Contratosdetrabajo

9C Justificacióncapitalizacióncobro

10B

Declaraciónapertura

Legalizaciónlibrodevisitas

11 Subvenciones

12 Riesgoslaboralesvigilanciasalud

*En caso de que alguna de las personas promotoras lo solicite ante el SEPE.

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cAPitALiZAción deL deSeMPLeo6

¿Qué es el pago único?

Elpagoúnicoconstituyeunamedidadefomentodeempleoquepretendefacilitarlapuestaenmarchadeiniciativasdeautoempleoqueconsistanen iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia oen incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas osociedadeslaboralesenfuncionamientoodenuevacreación.

Si una persona en paro y con derecho al cobro de la prestación pordesempleo se plantea crear una empresa –cooperativa de trabajo osociedadlaboral–oiniciarunaactividadempresarialcomoautónomo,tiene laposibilidadderecibirunapartedel totalde lacuantíaque lecorresponde. Esto es la “capitalización del desempleo” tambiénconocidacomo“prestaciónpordesempleoen lamodalidaddepagoúnico”.

¿Cómo funciona? , ¿Qué ayudas puede obtener?, ¿Cuál es su importe?

Hay diferentes modalidades de pago único: ayudas para facilitarel desembolso necesario para iniciar la actividad y ayudas parasubvencionarlascuotasalaSeguridadSocialdurantesudesarrollo.

Según el tipode actividadque se tengaprevisto realizar, se puedesolicitaryobtenerelpagoúnicoenlasmodalidadesycuantíaqueacontinuaciónseindica:

Si se va a comenzar a trabajar como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una cooperativa existente o de nueva creación se tienen tres alternativas:

6.Normativareguladora:RD1044/85RD1413/2005

empuje

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40 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

Se puede solicitar y obtener:

• Enun solopago la cantidadque se tengaquedesembolsarcomoaportaciónobligatoriay,ensucasovoluntaria,ylacuotadeingresoparaadquirirlacondicióndecooperativista,sinquesepuedanfinanciardesembolsosfuturosopagosaplazados.

Sielimportededichaaportaciónfuerainferioraldelacuantíadelaprestaciónquesetienependientedepercibir,sepuedesolicitarsimultáneamenteelabonodelimporterestanteparafinanciarelcostedelascuotasdeSeguridadSocialduranteeldesarrollodelaactividadempresarial.

Siéstefueraelcaso,seabonará,mensualmente,unacantidadfijaequivalentealimportedelacuotacomotrabajadorporcuentapropia del Régimen Especial deTrabajadoresAutónomos, deTrabajadoresdelMarodeTrabajadoresAgrariosdelaSeguridadSocialoal importedelaaportacióníntegradeltrabajadora lacuotadelRégimenGeneraldelaSeguridadSocialenfuncióndelrégimenenelquefiguredealtaenelmomentodeiniciodelaactividad,hastaagotarelremanente.

• Exclusivamente la cantidad que se justifique como aportaciónobligatoria y en su caso voluntaria y cuota de ingreso a lacooperativa.

• Sóloel importe totalde laprestaciónpendientedepercibirpara la subvención de cuotas de laSeguridadSocial en lostérminosindicadosenelnº1anterior.

¿dónde y cuándo se debe presentar la solicitud de pago único?

• Aeleccióndeltrabajadorsepodrápresentar:— Por procedimientos electrónicos a través de la página

https://sede.sepe.gob.es en la oficina de prestacionesquelecorresponda,enlosregistrosdelServicioPúblicode Empleo o de otras Administraciones, incluidas laslocales,conlasqueexistaconvenio.

— OdirigiéndosealServicioPúblicodeEmpleoporcorreo,conjuntamentealasolicituddealtainicialoreanudacióndelaprestacióncontributivapordesempleo.

Page 42: Guia para creacion de cooperativas

41

— O en cualquier momento posterior siempre que nohayatramitadoelaltaenSeguridadSocialniiniciadolaactividad.

• En la solicitud de pago único, se debe hacer constar lasmodalidadesdepagoúnicoque se solicitaen funciónde laactividadquesepretendedesarrollarylarenunciaaaquellasquenosesoliciten.

• Lasolicituddelabonoentodocasodeberáser:— De fecha anterior a la fecha de incorporación a la

cooperativaosociedadlaboral.— Oaladeconstitucióndelacooperativaosociedadlaboral.— Oaladeiniciodelaactividadcomotrabajadorautónomo.

Sieltrabajadorhubieraimpugnadoelcesedelarelaciónlaboralorigende laprestaciónpordesempleo, lasolicituddeberáserposteriora laresolucióndelprocedimientocorrespondiente.

Noobstante,sepodrámodificarlostérminosdelasolicitudinicialmentepresentada, siempreque sehagaantesdeque sehayanotificado laconcesióndelderechosolicitado.Paraello, sedebepresentarnuevasolicituddepagoúnicoenlaqueconstequesedesistedelaanterior,cuáles son lasmodalidadesdepagoúnicoqueahora se solicitanyacuáles se renuncian, y aportar ladocumentaciónquenofigureenelexpedientenecesariaparasutramitación.

requisitos:

Para solicitar la capitalización hay que cumplir estas condiciones:

• Estar desempleado: lo que supone que en el momento depresentacióndelasolicituddepagoúniconosehayainiciadolaactividadparalaquesesolicitaelderechonifiguredealtaenlaSeguridadSocialparasuejercicio.

• Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivelcontributivo por haber cesado de forma definitiva en surelaciónlaboral.

colectivo

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42 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

NoseproduceelcesedefinitivosiseesbeneficiariodeunaprestaciónderivadadeunExpedientedeRegulacióndeEmpleodesuspensiónoreduccióndejornada,osisemantienelacondicióndetrabajadorfijodiscontinuoenunaempresa.

• Tener, al menos, tres meses de prestación pendientes depercibir.

• Nohaberobtenidoelreconocimientodeunpagoúnicoenlos4añosanterioresalafechadesolicituddelderechoqueahorasepretende.

• Que la actividad profesional que se va a desarrollar y paracuyo inicio se solicita el pago único sea una de las que acontinuaciónseindican:1. Iniciodeunaactividadcomotrabajadorporcuentapropia

oautónomo.2. Constitución de una cooperativa o sociedad laboral,

en calidadde socio trabajador o de trabajo estable (notemporal).

3. Incorporaciónaunacooperativaosociedadlaboralencalidaddesociotrabajadorodetrabajoestable(notemporal).

Los trámites para la modalidad de pago único y parcial son máscomplejos, ya que hay que presentar memoria explicativa sobreel proyecto de inversión, así como documentación que acredite laviabilidad del proyecto, así como esperar a que sea aprobado portécnicos.Portanto,entodocasohayquejustificar lasinversionesarealizar.Loscontrolessobrelacreacióndelaempresaoelnegocioserealizanalprincipio,yunavezestéoperativa,desaparecen.

Enlamodalidaddedevolucióntrimestralnohacefaltaconfeccionarmemoriaexplicativa.

También puede darse el caso de que una persona que después dehaberobtenidosucapitalizacióntengaunabuenaofertadetrabajoynoquieracrearunacooperativadetrabajo,unasociedadlaboralohacerseautónomo,bastandoconladevolucióndeldineropercibido.

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43

¿dÓndE dEBo dirigirmE? ¿Quién PuEdE AYudArmE?

El movimiento asociativo del cooperativismo de trabajo estatal seestructuraenorganizacionesterritorialesdeámbitoautonómico.Setratadeunaredque,enconjunto,formalaConfederaciónEspañoladeCooperativasdeTrabajoAsociado–COCETA–.

Estasentidadesrepresentaninstitucionalmente,alascooperativasdetrabajo,antelospoderespúblicosyprivados,altiempoqueasesoran,forman y “escuchan” a las cooperativas de trabajo comoempresasy a las personas que las forman, prestando, además, apoyo a losgruposdepromotores/asqueestánenprocesodeconstitucióndeunacooperativadetrabajo.

Actualmente, existen organizaciones en todas las comunidadesautónomas.LaorientaciónyayudainicialtambiénpuedeencontrarseenCOCETA.

COCETA ofrece en www.coceta.coop información y ademásproporciona los enlaces con las organizaciones territoriales queasocia.Puedes contactar con ellas en las siguientes direcciones:

AndALuCÍA: Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado, FAECTAAlamedadeHércules,32-33,2ºizda.41002SevillaTel.95/4902966–4903230•fax:95/4902958•mail:[email protected]•web:www.faecta.coop

ArAgÓn: Cooperativas de trabajo de AragónTel.:91/5930161•fax:91/5938760•mail:[email protected]•web:www.coceta.coop

tolerancia

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44 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

ASTuriAS: Agrupación de Sociedades Asturianas de Trabajo Asociado, ASATAAserradores,s/n.33211Roces(Gijón)Tel.985/359817—144980•Fax:985/343239•mail:[email protected]•web:www.asata.es

BALEArES: unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de las islas Baleares, uCTAiBPareBartomeuPou,52,ppal.2.07003PalmadeMallorcaTel.971/205028•fax:971/294769•mail:[email protected]•web:www.cooperatives-detreball.coop

CAnAriAS: Asociación de Empresas de Economía Social en Canarias, ASESCAn VierayClavijo,35,1ª.35002LasPalmasdeGranCanariaTelyfax:928/364823•mail:[email protected]•web:www.asescan.com

CAnTABriA: Agrupación de Empresas Laborales y Economía Social de Cantabria, ACELCalleJuandeHerrera,2-1º.39002SantanderTelyfax:942/314983•mail:[email protected]•web:www.acelcantabria.com

CASTiLLA-LA mAnCHA: unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de Castilla la mancha, uCTACAmFudre,10,juntoaITV.13300Valdepeñas(CiudadReal)Tel.926/324038•mail:[email protected]•web:www.uctacam.coopCASTiLLA Y LEÓn: Cooperativas de Trabajo de Castilla y León CánovasdelCastillo,4,1º.47002ValladolidTel.983/308674•fax:983/309007•mail.:[email protected]•web:www.fctacyl.coop

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CATALuÑA: Federación de Cooperativas de Trabajo de Cataluña, FCTCPremià,13-15,1r.08014BarcelonaTel.93/3188162•fax:93/3021885•mail:[email protected]•web:www.cooperati-vestreball.coop

CdAd. VALEnCiAnA: Federación Valenciana de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado, FEVECTAArzobispoMayoral,11,bajo.46002ValenciaTel.96/3521386-3515029•fax:96/3511268•mail:[email protected]•web:www.fevecta.coop

ExTrEmAdurA: unión de Cooperativas de Extremadura de Trabajo Asociado, uCETAMarquesadePinares,32,bajo.06800Mérida(Badajoz)Tel.924/330871/303753•fax:924/303752•mail:[email protected]•web:www.uceta.org

EuSKAdi: Federación de Cooperativas de Trabajo Asociado, Enseñanza y Crédito de Euskadi, ErKidEReyesdeNavarra,51,bajo.01013Vitoria(Gasteiz)Tel.945/122050•fax:945/253959•mail:[email protected]•web:www.erkide.coop

gALiCiA: unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de galicia , ugACoTA CalledelHórreo,104,bajoizquierda.15701SantiagodeCompostelaTel.981/575578•mail:[email protected]•web:www.ugacota.org

LA rioJA: unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de La rioja, uCoTArParqueSanMiguel,7,bajo.26007LogroñoTel.941/519015•Fax:941/519016•mail:[email protected]•web:www.ucotar.com

capacitación

Page 47: Guia para creacion de cooperativas

46 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

mAdrid: unión de Cooperativas de Trabajo de madrid, CooPErAmATel.:91/5930161•fax:91/5938760•mail:[email protected]•web:www.cooperama.coop

murCiA: unión de Cooperativas de Trabajo Asociado de la región de murcia, uComurNuevadeSanAntón,39(EdificioAndrómeda),bajo.30009MurciaTel.968/275200669404306•fax:968/294577•mail:[email protected]@ucomur.coop•web:www.ucomur.coop

nAVArrA: Asociación navarra de Empresas Laborales, AnELCalleRíoAlzanianº29,1ªPlanta.31006PamplonaTel.948/240400•fax:948239177•mail:[email protected]•web:www.anel.es

Page 48: Guia para creacion de cooperativas

47

recurSoS Y AYudAS

enlaorganizacióndecooperativasdelaComunidadAutónomadondeseconstituyalacooperativa,prestanasesoramientoyapoyoenlafasedepuestaenmarchadelproyecto.Tambiénofreceninformacióndetalladayactualizadasobrelasayudas

existentes,comolasderivadasdelacreacióndeempleo,lasayudasdecarácterfiscal,lasbonificacionesenlaseguridadsocial,aplicablesensucaso,etc…

Además de las ayudas específicas, por creación de empleo en elámbito de la Economía Social, cuyas convocatorias, con carácteranual,sonlanzadasporpartedelasconsejeríascorrespondientesdelasCCAA,existenotros incentivosdeámbitogeneralque tambiénson aplicables a las cooperativas de trabajo. Así ocurre con lasmedidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo,promovidasmedianteelRDL4/2013.Esteconjuntodeincentivosesaplicable,comoemprendedoresqueson,alaspersonasqueconstituyanunacooperativadetrabajoyreúnanlosrequisitosestablecidos.Entreotras:

Los socios trabajadores adscritos al régimen de autónomos podrán acceder a los siguientes incentivos:

• Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social.Paranuevossociostrabajadoresencuadradosenelrégimendeautónomos,menoresde30años (35añosenel casodemujeres)queinicienunaactividadporcuentapropia,durantelosprimeros6meses.

• Posteriormente, durante los 6 meses siguientes, se lesaplicaráunareducciónen labasemínimadecotizacióndel50%, y durante los 18 meses siguientes, una reducción (3meses)yunabonificación(15meses)deun30%delacuota.(Total:2añosymedioconincentivos)

Page 49: Guia para creacion de cooperativas

48 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

• Aplicación en los 12 primeros meses de cotizacióncomo autónomos de tarifa plana de 50€ a personas condiscapacidad.Loscuatroañossiguientes,seleaplicaráunabonificacióndel50%delacuota.

(Total:5añosconincentivos)

Se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, durante nuevemesesparamenores de treinta años en situación de alta en el RégimenEspecialdeTrabajadoresAutónomos.

Se amplían las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora. Los beneficiarios deprestaciones por desempleo menores de treinta años podráncapitalizarhastael100por100desuprestaciónpararealizarunaaportación al capital social de una sociedad mercantil, siemprey cuando se establezca una vinculación profesional o laboral decarácterindefinido.

reanudación del cobro de la prestación por desempleo. Paramenoresdetreintaañosseamplíadedosacincoañosladuracióndel ejercicio de una actividad por cuenta propia que permiteinterrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación pordesempleo.

Por otra parte, hay entidades de carácter privado que ofrecenfinanciación a nuevos proyectos empresariales, como son: FIARE,Coop57,CajamaryCajalaboral,entreotras.

Otras direcciones útiles:

–ConsejoGeneraldelNotariado:www.notariado.org–RegistrodeCooperativas:www.empleo.gob.es/es/sec_

trabajo/autonomos/index.htm–AgenciaTributaria:www.agenciatributaria.es–SeguridadSocial:www.seg-social.es

Page 50: Guia para creacion de cooperativas

49

–MinisteriodeEmpleoySeguridadSocial:www.meyss.es–ServicioPúblicodeEmpleoEstatal,SEPE:www.sepe.es–OficinaEspañoladePatentesyMarcas:www.oepm.es–PropiedadIntelectual:www.mcu.es/propiedadInt/–RegistrodelaPropiedad:www.registradores.org–RegistroMercantilCentral:www.rmc.es–MinisteriodeIndustriayComercio:www.circe.es

Page 51: Guia para creacion de cooperativas

50 GuíaparalacreacióndecooperativasdetrabajoCo

oper

ativ

as

Trab

ajo

Aso

ciad

o

Esta

tal

Ley

27/1

999

And

aluc

íaLe

y 14

/201

1

Cata

luña

Ley

18/2

002

mod

if. p

or

Ley

13/2

003

Com

unid

adV

alen

cian

aLe

y 8/

2003

mod

if. p

or

Ley

10/2

012

nav

arra

Ley

Fora

l 14

/200

6(e

n pr

oces

o de

revi

sión

)

Paí

s Vas

coLe

y 4/

1993

Extr

emad

ura

Ley

2/19

98

Ara

gón

Ley

9/19

98,

mod

if. p

or

Ley

4/20

10

Ast

uria

sLe

y 4/

2010

de S

ocio

sCoop.de1º

tressocios

trabajadores

Coop.de2º,

doscoop.

Art.8

Coop.de1º

tressocios

trabajadores

Coop.de2º,

doscoop.

Art.10

Coop.de1ºtres

sociostrabaja-

dores

Coop.de2ºdos

personasjurí-

dicas,almenos

unacoop.Art.7

Coop.de1º,dos

sociostrabaja-

dores*

Coop.de2º,dos

Art.9.3

Coop.de1º,

tressocios

trabajadores

Coop.de2º,

dos

Art.20

Coop.de1º,

tres

Coop.de2º,

dos

Art.19.1

Coop.de1º,

tres

Coop.de2º,

dos

Art.8

Coop.de1º

tres,salvolas

ctacalifica-

dasPequeña

Empresa

Cooperativa

(mín.dos

ymáx.diez

socios).

Coop.de2º

dos.Arts.16

y72

Coop.de1º,

tres

Coop.de2º

dos

Artículo9

Capi

tal

Soci

al

mín

imo

Afijaren

Estatutos

Art.45.2

Afijaren

Estatutos

Art.54

3.000euros

Art.55

3.000euros

Art.55

Noinferiora

1.500euros

Art.7

Afijaren

Estatutos,con

unmínimode

3mileuros

Art.4

Capital

mínimode

3.000euros

(500.000ptas)

Art.3

Elestablecido

enEstatutos

Art.48

3.000euros

Art.4

den

omin

a-ci

ón“Sociedad

Cooperativa”

“S.Coop.”

Art.1.3

“Sociedad

Cooperativa

Andaluza”;

“S.Coop.

And.”Art.5

“Sociedad

Cooperativa

catalana”

“S.Coop.C.”,

“SCCLtda.”

o“SCCIltda.”

Art.3

“Cooperativa

Valenciana”

“Coop.V.”

Art.5

“Sociedad

Cooperativa”

“S.Coop.”

Art.3

“Sociedad

Cooperativa”

“S.Coop.”

Art.2

“Sociedad

Cooperativa”

“S.Coop.”

Art.5

“Sociedad

Cooperativa”

“S.Coop.”y

opcionalmente

“aragonesa”o

”S.Coop.Arag.”

Art.3

«Sociedad

Cooperativa

Asturiana»o

suabreviatura

«S.Coop.

Astur.».Art.1

Pert

enec

en

a la

Co

oper

ativ

a

•Socio

trabajador

(deduración

indefinidao

determinada,

atiempo

completoo

parcial)

•Sociocola-

borador

Art.12,14y

80.1

Puedenexistir,

concarácter

general,las

siguientes

clasesde

personas

socias:socias

trabajadoras,

inactivasyco-

laboradoras.

Art.13yss.

•Socio

trabajador

•Otrostiposde

socios(artículo

27)

•Sociotraba-

jador

(indefinidoo

deduración

determinada)

•Asociados

Arts.19,89

•Socio

trabajador

•Sociocola-

borador

•Asociados

Arts29,30

y67

•Socio

trabajador

(puedeserlo

deduración

determinada).

•Sociosinac-

tivos

•Socio

colaborador

Arts.21y30

•Socio

trabajador

•Asociado

Arts.29y113

•Socio

trabajador

(puedeserlo

deduración

determinada).

•Otrossocios:

-excedentes

-colaboradores

Art.18

•Sociotrabaja-

dor(puedeser-

lodecarácter

temporal).

•Socioa

prueba

Arts.Art139-

141

•Otrossocios:

-inactivos

-colabora-

dores

Arts.25y26

Page 52: Guia para creacion de cooperativas

51Co

oper

ativ

as

Trab

ajo

Aso

ciad

o

Esta

tal

Ley

27/1

999

And

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y 14

/201

1

Cata

luña

Ley

18/2

002

mod

if. p

or

Ley

13/2

003

Com

unid

adV

alen

cian

aLe

y 8/

2003

mod

if. p

or L

ey

10/2

012

nav

arra

Ley

Fora

l 14

/200

6(e

n pr

oces

o de

revi

sión

)

Paí

s Vas

coLe

y 4/

1993

Extr

emad

ura

Ley

2/19

98

Ara

gón

Ley

9/19

98A

stur

ias

Ley

4/20

10

Com

posi

ción

Co

nsej

o r

ecto

r

Nomenosde

3nimásde15.

Adm

inistra-

dorúnicoen

Coop.de-10

socios

Art.32.1y33

Mínimode

tres.Presiden-

cia,Vicepre-

sidenciay

Secretaría.

Art.38

Con≤10socios

losestatutos

podránprever

laAdm

inistra-

ciónÚnicayla

Adm

ón

solidaria.

Art.36

Mínimodetres.

Art.41

Mínimodetres.

Enlasdemenos

de10socios

puedeexistir

unoodos

Adm

inistradores

Únicosque

puedenactuar

solidariao

mancomunada-

mente.

Arts41y42

Mínimode

tres.

Art.37.2

Mínimode

tres.Enlas

demenosde

10socioslos

Estatutos

puedenprever

laexistenciade

unAdm

inis-

tradorÚnico.

Arts.41y45

Mínimode

tres,aexcep-

cióndeCoop.

de1ºcon3so-

cios,encuyo

casoelC.R.lo

compondrán

dos.

(Presidentey

Secretario)

Art.37

Mínimode

tres.Enlas

demenos

de10socios

losEstatutos

puedenprever

laexistenciade

1ó2rectores,

queactuarán

solidariao

mancomuna-

damente.

ElC.R.puede

delegarsus

facultadesen

unConsejero-

Delegadoo

bienenuna

Comisión

Ejecutiva.

Arts.38.9y40

Adetermi-

narporlos

estatutos

sociales,con

unmínimode

tresmiembros

yunmáximo

dequince.

Elpresidente

ostentala

representación

legal

Art.69

res

pons

abi-

lidad

de

los

soci

os

Limitadaalas

aportaciones

alcapital

social,esténo

nodesem

bol-

sadas.

Noresponden

personalmen-

tedelasdeu-

dassociales.

Art.15.3

Limitadaalas

aportaciones

suscritasal

capitalsocial,

esténono

desembolsa-

das.

Art.53.2

Salvoquelos

estatutossocia-

lesdispongan

locontrario,

lossocioshan

deresponder

delasdeudas

socialesde

formalimitadaa

lasaportaciones

alcapitalsocial

suscritas,tanto

sisondesem-

bolsadascom

osino.

Art.54

Porlasdeudas

socialeslimi-

tadaalcapital,

salvoqueesta-

tutariamentese

dispongaque

seráilimitada.

Art.4

Salvodisposi-

ciónexpresa

encontrario

recogidaen

losEstatutos,

laresponsa-

bilidadserá

limitadaalas

aportaciones

alcapital.

Art.8

Responsabili-

dadlim

itadaa

lasaportacio-

nesalcapital

socialque

sehubieran

suscrito.

Art.56

Salvodispo-

siciónencon-

trariofijadaen

losEstatutos,

laresponsa-

bilidadestará

limitadaalas

aportaciones

suscritasdel

capitalsocial

Art.48

Lossociosno

responderán

personal-

mentede

lasdeudas

sociales,salvo

disposiciónen

contrariode

losEstatutos

Art.47

Lossociosno

responderán

personalmen-

tedelasdeu-

dassociales,

limitándosesu

responsabili-

dadexclusi-

vamenteal

importede

lasaporta-

cionesal

capitalsocial

quehubieren

suscrito.

Art.4

Page 53: Guia para creacion de cooperativas

52 GuíaparalacreacióndecooperativasdetrabajoCo

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003

Com

unid

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2003

mod

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or L

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10/2

012

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Ley

Fora

l 14

/200

6(e

n pr

oces

o de

revi

sión

)

Paí

s Vas

coLe

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1993

Extr

emad

ura

Ley

2/19

98

Ara

gón

Ley

9/19

98A

stur

ias

Ley

4/20

10

rég

imen

de

Trab

ajo

Seestable-

ceráenlos

Estatutos,

Reglam

ento

deRégimen

internoo,en

sudefecto,la

Asamblea.

Art.83

Seregularáen

losEstatutoso

porAsam-

bleaGral.si

bienhande

respetarselos

derechosy

garantíasdel

derecholabo-

ralcom

ún.

Art.87

Loscriteriosbá-

sicosdelrégimen

delaprestación

deltrabajohan

deserdetermi-

nadosobienen

losestatutos

obienenun

reglamentode

régimeninterior

aprobadoporla

mayoríadedos

terciosdevotos

delosasistentes

alaasamblea

general.Art.116

Losestatutos

sociales,el

reglam

entode

régimeninterior

olapropia

asam

bleage-

neral,deberán

establecer

elestatuto

profesionaldel

socio.ElArt.

89establece

elcontenido

mínimo.

Elmarcobási-

coderégimen

detrabajose

estableceráen

Estatutos,o,

ensudefecto,

poracuerdo

delaAsam-

bleaGeneral.

Art.67.7

Elmarcobási-

coderégimen

detrabajose

estableceráen

Estatutos,o,

ensudefecto,

poracuerdo

delaAsam-

bleaGeneral.

Art.101

Elrégimen

jurídicode

trabajodelos

sociosseráel

establecido

enlasnormas

legalesyre-

glam

entarias

delEstado,

reguladoras

delarelación

laboralnacida

delcontrato

detrabajo.

Art.115

Seestable-

ceráenlos

Estatutos,

Reglam

ento

deRégimen

internoo,en

sudefecto,

laAsamblea,

respetandolos

mínimoses-

tablecidosen

laLeyGeneral

decoopera-

tivas.

Art.73

Seestable-

ceráenlos

estatutosoen

elReglamento

deRégimen

Interno,de

acuerdocon

losmínimos

contem

plados

enelartículo

142

dep

ósit

o de

Cu

enta

sAtribuidoal

Registrode

Sociedades

Coop.,sibien

seestablece

queelGo-

biernodictará

lasnormas

necesarias

paraquelas

Cooperativas

tenganque

legalizary

depositarsus

cuentasanua-

lesenunsolo

Registro.

Art.61yD.

F.3ª

Deberánpre-

sentarseen

elRegistrode

cooperativas.,

aefectosde

sudepósito.

Art.119

Lascooperativas,

susfederaciones

ylasconfede-

racionesde

cooperativasde

Cataluñahande

depositarenel

RegistrodeCoo-

perativas,dentro

delosdosmeses

siguientesalafe-

chaenquehayan

sidoaprobados

porlaasamblea

general,las

cuentasanuales

auditadasyel

correspondien-

teinformede

auditoría.

Art.72

EnelRegistro

deCooperati-

vas.

Art.14c)

Registrode

Cooperativas

deNavarra.

Art.17.6a)

EnelRegistro

deCoopera-

tivas.

Art.71.3

EnlaDirec-

ciónGeneral

deTrabajo.

Art.68

EnelRegistro

enqueesté

inscritala

Coop.,ex-

ceptocuando

existala

obligaciónde

depositarloen

otroRegistro

público.

Art.56.5

Registrode

Sociedades

Cooperativas

delPrincipado

deAsturias

Artículo8

Page 54: Guia para creacion de cooperativas

53Co

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y 14

/201

1

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18/2

002

mod

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or

Ley

13/2

003

Com

unid

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cian

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y 8/

2003

mod

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10/2

012

nav

arra

Ley

Fora

l 14

/200

6(e

n pr

oces

o de

revi

sión

)

Paí

s Vas

coLe

y 4/

1993

Extr

emad

ura

Ley

2/19

98

Ara

gón

Ley

9/19

98A

stur

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Ley

4/20

10

Pers

onas

as

alar

iada

s(t

raba

jado

res

con

cont

rato

in

defin

ido)

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

losasalariados

nopodráser

superioral

30%deltotal

dehoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.80.7

Elnúm

ero

dejorna-

daslegales

realizadaspor

cuentaajena

nopodráser

superioral

50%delas

realizadas

porlossocios

trabajadores

encóm

puto

anual.

Art.90.1

Elnúm

erode

horasalaño

realizadaspor

lostrabajadores

concontrato

detrabajono

puedesuperar

el30%deltotal

dehorasalaño

realizadaspor

lossociostraba-

jadores.

Art.115

Lascooperativas

detrabajoaso-

ciadonopodrán

tenermásdel10

%detrabajado-

resconcontrato

portiempoinde-

finido,com

puta-

dorespectodel

númerototalde

sociostrabajado-

res.Peroenlas

cooperativascon

menosdediez

socios,podráha-

beruntrabajador

contratado

en

dichamodalidad.

Art.89

Nºdejorna-

daslegales

realizadasno

serásuperior

al30%

del

totaldelas

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.67.2

Elnºdehoras/

añorealizadas

noserásu-

perioral25%

deltotalde

lasrealizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.99.4

Elnºde

trabajadores

nopodráser

superioral

40%deltotal

desociostra-

bajadores.

Art.113.9

Elnºde

horas/año

realizadaspor

losasalariados

nopodráser

superioral

35%deltotal

deHoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.72.4

Elnºde

horas/año

realizadaspor

lostrabajado-

resasalariados

nopodráser

superioral

30%deltotal

dehoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.151

F.r

.o.

Sedotarácon

almenos20%

deexceden-

tes,deducidas

laspérdidas

yantesde

Impuestos

Art.58

Mínimoel

20%delos

resultados

cooperativos

positivos,has-

taquealcance

el50%

del

CapitalSocial,

ytrasello,el

15%.

Arts.68y70

El30%

delos

excedentes

contabiliza-

dosparala

determinación

delresultado

cooperativo.

Art.66

Almenosun

20%delosex-

cedentes,hasta

quesealcance

lacifradel

capitalsocial

suscritoenla

fechadecierre

delejercicio.

Arts.68.2y70

Mínimo30%,

hastaque

alcanceel50%

delCapital

Social.Cuan-

doalcance

el200%se

dotaráconel

20%ycuando

alcanceel

300%

se

dotaráconel

10%.

Art.51.2

Un20%com

omínimodelos

excedentes

disponibles.

Peropueden

modificarse

lascuantías

obligatorias

hastaun25%

entantoel

FROnoalcan-

ceunimporte

igualal50%

delcapital

social.

Art.67

El30%

delos

excedentes

hastaque

alcanceel50%

delcapital

social.Unavez

superadaesta

cantidad,el

25%yel20%

,cuandola

doble.

Art.62.1

El30%

,delos

excedentes

conjuntamen-

teconelF.E.P.

Art.58.1

Siseoptaporla

contabilización

separadadere-

sultados:

Sedotaráconal

menos20%de

excedentes,de-

ducidaslaspér-

didasyantesde

Impuestos

Siseoptaporla

contabilización

conjuntade

resultados:se

destinaráel

35%Art.98

Page 55: Guia para creacion de cooperativas

54 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

Coop

erat

ivas

Tr

abaj

o A

soci

ado

Esta

tal

Ley

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y 14

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Com

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2003

mod

if. p

or L

ey

10/2

012

nav

arra

Ley

Fora

l 14

/200

6(e

n pr

oces

o de

revi

sión

)

Paí

s Vas

coLe

y 4/

1993

Extr

emad

ura

Ley

2/19

98

Ara

gón

Ley

9/19

98A

stur

ias

Ley

4/20

10

F.E.

y P

.Sedotarácon

almenos5%

deexceden-

tes,deducidas

laspérdidas

yantesde

Impuestos

Art.58

Sedenom

ina

Fondode

Formacióny

Sostenibili-

dad.Mínimo

el5%delos

resultados

cooperativos

positivos.

Art.68y71

10%delosex-

cedentesconta-

bilizadosparala

determinación

delresultado

cooperativo.

Art.66

Almenosun

5%delosexce-

dentesnetos,

antesdelacon-

sideracióndel

Impuestosobre

Sociedades.

Arts.68.2y72

Cuandoel

F.R.O.alcance

el50%

delCa-

pitalSocial,se

dotaráconel

5%,almenos.

Art.51.3

Mínimo10%.

Podráredu-

cirseal5%si

elF.R.O.no

alcanzael50%

delcapital

social.

Art.67

Hastaque

elF.R.O.no

alcanceel

50%,puede

nodotarse.

Trasellose

dotaráconel

5%,ycuando

elF.R.O.al-

canceel200%

delcapitalse

dotaráconel

10%.

Art.62.1

Cuandoel

F.R.O.sea

igualosupe-

rioral50%

del

capitalsocial,

sedotarácon,

almenos,el

5%,yconel

10%cuandoel

F.R.O.alcance

el200%del

capitalsocial.

Art.58.1

Tantosise

optaporla

contabiliza-

ciónseparada

deresultados

comodefor-

maconjunta:

Sedotarácon

almenos5%

deexceden-

tes,deducidas

laspérdidas

yantesde

Impuestos.

Art.98

Tran

sfor

ma-

ción

Art.69.

Art.78

Arts.84y85

Art.79

Art.59

Arts.85y86.

Art.74y75.

Art.66

Art.115

Coop

s. d

e in

icia

tiva

So

cial

Reguladasen

elArt.106

Seregulancon

otrasdenomi-

naciones

Coop.deinte-

réssocial.

Arts.94

ElArtículo128

describelos

requisitospara

laconsideración

deunacoope-

rativacomode

iniciativasocial.

Nosecontem-

plan

Regulanfiguras

conotrasdeno-

minaciones

Coop.Deinte-

graciónsocial.

Art.98

Reguladasen

Art.78

Nosecontem-

plan

Nosecontem-

plan

Reguladasen

elArt.77

Reguladasen

elArt.183

Page 56: Guia para creacion de cooperativas

55g

alic

iaLe

y 5/

1998

mad

rid

Ley

4/19

99La

rio

jaLe

y 4/

2001

Cast

illa

y Le

ónLe

y 4/

2002

Cast

illa-

La

man

cha

Ley

11/2

010

Bal

eare

sLe

y 1/

2003

mur

cia

Ley

8/20

06m

odif.

por

Le

y 6/

2012

Extr

emad

ura

Ley

8/20

06,

de S

ocie

dade

s Co

oper

ativ

as

espe

cial

es

Ley

6/20

08,

de la

Soc

ieda

d Co

oper

ativ

a Pe

queñ

a de

Eu

skad

i

de S

ocio

sCoop.de1º

-----tres

Coop.de2º,

doscoop.

Art.7

Coop.de1º,

tres

Coop.de2º

doscoop

Art.8

Concarácter

generallas

coop.de1º,3

socios,lasS.

Coop.M

icroem

-presas,m

in.2,

max.20socios.

Coop.de2º

grado,2coops.

Art.5

Coop.de1º,

tres

Coop.de2ºdos

coops.

Art.5

Coop.de1º,

tres

Coop.de2º

doscoops.

Microem

pre-

sascoopera-

tivas:m

ínimo

dos,máximo

diez.Art.11

Coop.de1º,

tres

Coop.de2º

doscoops.

Art.11

Coop.de1º,

dos

Coop.de2º

doscoops.

Art.10

Coop.de1º

mínimo2per-

sonasymax

20.Art.5

Coopde2º,

verformasde

cooperacióny

colaboración

empresarial.

Art.16

Mínimode2y

máximode10

personas.

Art.1.3

Capi

tal

Soci

al

mín

imo

3.000euros

Art.5.1

Capitalmíni-

mode1.800

euros.Enel

mom

entode

laconstitución

un25%

del

capitalsocial

mínimode-

beráhallarse

totalmente

suscritoydes-

embolsado.

Art.49

Elcapitalsocial

mínimonoserá

inferiora1.803

euros,salvolas

cooperativas

calificadasde

IniciativaSocial,

cuyocapitalso-

cialmínimoserá

de300euros

Art.61

LosEstatutos

fijaránelcapital

socialdelacoo-

perativa,que

nopodráser

inferioralmíni-

moestablecido

enelartículo4

(2.000euros)

Art.59.2

Mínimo

3.000euros.

Totalmente

suscritoydes-

embolsadoen

un50%

.Elres-

tosedeberá

desembolsar

endosaños

máximo

Art.55

Mínimo1.803

euros

Enelmo-

mentodela

constituciónel

capitalsocial

mínimode-

beráhallarse

totalmente

suscritoydes-

embolsado.

Art.69

Losestatutos

fijaránelcapi-

talsocialmíni-

moconquese

constituyela

cooperativa.

Deberáestar

totalmente

desembolsado

Art.64

Mínimo3.000

euros,máxi-

mo300.000

euros.

Art.10

--

den

omin

a-ci

ónSociedad

Cooperativa

Gallega

“S.Coop.

Gallega”

Art.3.1

“Sociedad

Cooperativa

Madrileña”

“S.Coop.

Mad.”

Art.3

Sociedad

cooperativa.

Sociedad

cooperativa

microem

presa

osuabreviatura

S.Coop.Micro

Art.3

Sociedadcoo-

perativaosu

abreviaturaS.

Coop.,pudien-

doincorporarla

expresióncaste-

llanoyleonesa

oabreviada-

menteC.yL.

Art.1.3

Sociedad

cooperativa

deCastilla-La

Manchaosu

abreviaturaS.

coop.deC-LM

Art.3

Sociedad

cooperativao

suabreviatura

s.coop.

Art.4

Deberáincluir

siem

preal

finaldelamis-

malostérmi-

nosSociedad

Cooperativao

suabreviatura

S.Coop..

Art.5

Incluiránece-

sariamente

laspalabras

sociedad

cooperativa

especialos.

coop.especial

Art.4

Incluiránece-

sariamente

laexpresión

“Sociedad

Cooperativa

Pequeña”osu

abreviatura

“S.Coop.

Pequeña”

Art.2.5

Page 57: Guia para creacion de cooperativas

56 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

gal

icia

Ley

5/19

98m

adri

dLe

y 4/

1999

La r

ioja

Ley

4/20

01Ca

still

a y

León

Ley

4/20

02

Cast

illa-

La

man

cha

Ley

11/2

010

Bal

eare

sLe

y 1/

2003

mur

cia

Ley

8/20

06m

odif.

por

Le

y 6/

2012

Extr

emad

ura

Ley

8/20

06,

de S

ocie

dade

s Co

oper

ativ

as

espe

cial

es

Ley

6/20

08,

de la

Soc

ieda

d Co

oper

ativ

a Pe

queñ

a de

Eu

skad

i

Pert

enec

en

a la

Coop

erat

iva

•Sociotraba-

jador

•Sociocola-

borador

•Socioexce-

dente

Art.21,28

y29

•Sociotraba-

jador

•Socios

inactivosono

usuarios

•Colaborador

•Asociado

Art.26,27,28

y105

•Sociotraba-

jador

•Socioscolabo-

radores

•Sociosexce-

dentes

Arts.31,32y

103

•Sociotraba-

jador

•Sociocolabo-

rador

•Socioinactivo

•Sociotempo-

ral(deduración

determ.)

•Arts.99,26-28

•Sociotraba-

jador

•Sociotem-

poral

•Socioa

prueba

•Sociocola-

borador

Art.23yss

•Sociotraba-

jador

•Asociado

Arts.33y

102.2

•Sociotraba-

jador

•Sociocoope-

rador

•Socioa

prueba

Arts.25,26y

104.1

•Sociotraba-

jador(trabajo

asociado)

•Sociode

trabajo

•Socio

usuario

•Sociotraba-

jador(trabajo

asociado)

•Sociode

trabajo(de

explotación

comunitaria)

Art.1.3

Com

posi

ción

Co

nsej

o r

ecto

r

Mínimo

detres,a

excepciónde

Coop.De1º

con3socios,

encuyocaso

elC.R.locom-

pondrándos.

(Presidentey

Secretario)

Art.43

Mínimode

tres,m

áximo

quince.

Cuandola

Coop.tenga

menosde10

socios,podrá

existirun

Adm

inistrador

Unico,siasí

loprevénlos

Estatutos.

Arts.39y41

Mínimode

tres.Cuando

lacooperativa

tenga3socios,el

ConsejoRector

estaráformado

por2miembros.

Enaquellascoo-

perativasenlas

queelnúm

ero

desociossea

inferiora10,los

Estatutospodrán

establecerla

existenciadeun

Adm

inistrador

único,perso-

nafísicaque

deberátener

lacondiciónde

socio,conlas

competenciasy

elrégimenesta-

blecidoparael

ConsejoRector.

Art47.

Elnúm

erode

Consejerosno

podráserinferior

atresmiembros,

salvocuando

lacooperativa

tengatressocios,

encuyocasoserá

dedosmiembros

ynohabrá

vicepresidente.

Art.41.1

Lascooperativas

quecuentencon

menosde10so-

ciospodránoptar

ensusEstatutos

porlafiguradel

Adm

inistrador

único,cargoque

seráasumido

porunapersona

físicaenquien

concurralacon-

dicióndesocio.

Artículo54.

Losestatutos

socialesde-

terminaránla

composición

delConsejo

rector,cuyo

númerode

miembrosno

seráenningún

casoinferiora

tres.Deberán

contem

plarse,

entodocaso,

loscargosde

Presidente/a,

Vicepresiden-

te/ay

Secretario/a.

Art.66

Nopodráser

inferioratres

nisuperior

aonce.No

obstante,

cuandolacoo-

perativatenga

tressocios,

elconsejo

rectorestará

formadopor

elpresidente

yporelsecre-

tario.

Art.49.1

Nopuedeser

inferioratres

miembros,

nisuperiora

quince.

Cuandola

sociedadcoo-

perativatenga

tressocios,el

ConsejoRec-

torestaráfor-

madopordos

miembros,no

existiendoel

cargodevice-

presidente

Art.49.2

Elconsejo

rectornoes

preceptivo,

puedeutilizar-

selafiguradel

administrador

únicoovarios

administrado-

res.

Art.9

Elconsejo

rectornoes

preceptivo,

puedeutilizar-

selafiguradel

administrador

únicoovarios

administra-

doresoel

ConsejoRec-

tor,encuyo

casoestará

formadopor

unmínimode

dosperso-

nassocias

trabajadoras

(presidente-a

yvicepresi-

dente-a)

Art.5

Page 58: Guia para creacion de cooperativas

57g

alic

iaLe

y 5/

1998

mad

rid

Ley

4/19

99La

rio

jaLe

y 4/

2001

Cast

illa

y Le

ónLe

y 4/

2002

Cast

illa-

La

man

cha

Ley

11/2

010

Bal

eare

sLe

y 1/

2003

mur

cia

Ley

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06m

odif.

por

Le

y 6/

2012

Extr

emad

ura

Ley

8/20

06,

de S

ocie

dade

s Co

oper

ativ

as

espe

cial

es

Ley

6/20

08,

de la

Soc

ieda

d Co

oper

ativ

a Pe

queñ

a de

Eu

skad

i

res

pons

abi-

lidad

de

los

soci

os

Lossocios

responden

delasdeudas

socialeshasta

ellímitedelas

aportaciones

suscritasal

capitalsocial,

esténono

desembol-

sadasensu

totalidad.

Art.6

Limitada

alimporte

nominalde

lasaportacio-

nesalcapital

social.Silo

prevénlosEs-

tatutospodrá

exigirseuna

responsabili-

dadadicional

oilimitada,

siendo,enese

caso,m

anco-

munada.

Art.5.2

Limitadaal

capitalsocial

suscrito,con

independen-

ciadesiestá

totalmente

desembolsado

ono.

Art.27

Laresponsabi-

lidaddelsocio

porlasdeudas

socialesestará

limitadaalas

aportaciones

alcapitalsocial

quehubierasus-

crito,esténono

desembolsadas

ensutotalidad

Art.67

Larespon-

sabilidadde

lossociospor

lasdeudas

socialesque-

darálimitada

alimporte

nominalde

lasaportacio-

nesalcapital

social,esténo

nodesem

bol-

sadas.

Art.7.4

Laresponsa-

bilidadporlas

deudasestá

limitadaalas

aportaciones

alcapitalso-

cialquehayan

suscrito.

Art.68

Laresponsa-

bilidaddelos

sociosestará

limitadaasus

aportaciones

alcapital

social,estén

desembolsa-

dasono.

Art.28.3

----

rég

imen

de

Trab

ajo

LosEstatutos

regularáno

podránremitir

alreglam

ento

derégimen

internola

organización

básicadel

trabajo.Será

deaplicación

comoderecho

deconteni-

domínimo

necesariola

normativa

laboralpara

lostrabajado-

resporcuenta

ajena.

Art.107

LosEstatu-

tospodrán

regularfijando

almenos

loscriterios

básicosen

lasmaterias

aplicablesa

lossocios.El

desarrollode

éstaspodrá

hacerseen

losRgtos.

deRégimen

Internoopor

laAsamblea

General.

Art.106.3

LosEstatutos

regularánopo-

dránremitiral

reglam

entode

régimeninterno

laorganiza-

ciónbásicadel

trabajo…

Art.106

LosEstatutos

regularáno

podránremitirlo

alreglam

ento

derégimen

interno,en

sudefectose

acordarápor

laAsamblea…

Art.103

Seregulaen

losEstatutos

oporacuerdo

delaAsam-

bleaGeneral,

respetando

lasdisposicio-

neslegalesy

losderechos

ygarantías

legalmente

establecidos

enelderecho

laboralco-

mún.

Art.124

Losestatutos

regularáno

podránremitir

alreglam

ento

derégimen

interno,la

organización

básicadel

trabajo.

Art.104.1

LosEstatutos

sociales,el

Reglam

ento

deRégimen

interioro,en

sudefecto,

laAsamblea

Generalesta-

blecerán,el

marcobásico

derégimen

detrabajo

paralossocios

trabajadores,

basándoseen

lalegislación

laboral.

Art.106

Seregularáen

losestatutos

Seregularáen

losestatutos,

segúnArt.101

Ley4/1993

Page 59: Guia para creacion de cooperativas

58 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajo

gal

icia

Ley

5/19

98m

adri

dLe

y 4/

1999

La r

ioja

Ley

4/20

01Ca

still

a y

León

Ley

4/20

02

Cast

illa-

La

man

cha

Ley

11/2

010

Bal

eare

sLe

y 1/

2003

mur

cia

Ley

8/20

06m

odif.

por

Le

y 6/

2012

Extr

emad

ura

Ley

8/20

06,

de S

ocie

dade

s Co

oper

ativ

as

espe

cial

es

Ley

6/20

08,

de la

Soc

ieda

d Co

oper

ativ

a Pe

queñ

a de

Eu

skad

i

dep

ósit

o de

Cu

enta

sEnelRegistro

deCoopera-

tivas.

Art.73.3

EnelRegistro

deCoopera-

tivas.

Art.66.6

EnelRegistro

deCooperati-

vas.

Art.18.2

EnelRegistro

deCooperati-

vas.

Art.77.4

EnelRegistro

deCoopera-

tivas.Endos

mesesdesde

suaprobación.

Art.95.2

EnelRegistro

deCoopera-

tivas

Art.17.c)

EnelRegistro

deCoopera-

tivas.Enun

mesdesdesu

aprobación.

Art.83.4

--Parafacilitar

supresenta-

ciónlaLey

prevéque

elGobierno

Vascohabilite

modelosde

solicitudycer-

tificaciónque

acom

pañarán

alascuentas

anuales

Art.9

Pers

onas

as

alar

iada

s (c

on c

ontr

a-to

inde

fini-

do)

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

losmismos

nopodráser

superioral

30%deltotal

dehoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.110

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

losasalariados

nodeberá

excederdel

30%deltotal

dehoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores

Art.106

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

estostrabajado-

resnoexcederá

del30%del

totaldehoras/

añorealizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.110

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

trabajadores

concontrato

detrabajopor

cuentaajenano

podrásersupe-

rioral30%del

totaldehoras/

añodetrabajo

realizadaspor

lossocios

trabajadores

Art.100.5

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

trabajadores

asalariados

nodeberá

excederdel

30%deltotal

dehoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.123.1

Elnúm

ero

dehoras/año

realizadaspor

trabajadores

asalariados

nodeberá

excederdel

30%deltotal

dehoras/año

realizadas

porlossocios

trabajadores.

Art.102.6

Elnúm

erode

trabajadores

asalariados

enlasociedad

cooperativa

concontrato

portiempo

indefinido

nopodráser

superioral

treintapor

cientodel

totaldesus

socios

Art.104.6

--Elnúm

ero

máximode

personas

trabajadoras

porcuenta

ajenano

podráexceder

decinco.

Art.3.2

Page 60: Guia para creacion de cooperativas

59g

alic

iaLe

y 5/

1998

mad

rid

Ley

4/19

99La

rio

jaLe

y 4/

2001

Cast

illa

y Le

ónLe

y 4/

2002

Cast

illa-

La

man

cha

Ley

11/2

010

Bal

eare

sLe

y 1/

2003

mur

cia

Ley

8/20

06m

odif.

por

Le

y 6/

2012

Extr

emad

ura

Ley

8/20

06,

de S

ocie

dade

s Co

oper

ativ

as

espe

cial

es

Ley

6/20

08,

de la

Soc

ieda

d Co

oper

ativ

a Pe

queñ

a de

Eu

skad

i

F.r

.o.

Unmínimodel

20%.

(Conjunta-

menteconel

FEPhastael

25%)

Art.67.1.a)

El20%

hasta

quealcance

eltripledel

capitalsocial

alcierredel

ejercicio.Tras

elloyconjun-

tamentecon

FEPel25%

.Art.60.2.a)

Comomínimo

un20%

delos

excedentes

procedentes

deoperaciones

cooperativas.

SielFRO

superaseel

50%dela

cifradecapital

desembolsado,

sedestinará,si

asíloacuerdala

AsambleaGe-

neral,un15%.

Art.72.1a)yb)

Delosexceden-

tescontabili-

zadosparala

determinación

delresultado

cooperativo,una

vezdeducidas

laspérdidas

decualquier

naturalezade

ejerciciosante-

rioresyantesde

laconsideración

delImpuesto

deSociedades

sedestinaráal

menos,el10%al

FondodeReser-

vaObligatorio.

Hastaalcanzarel

20%,lacoope-

rativaoptarápor

destinarel10%

restantealFRO,

alFEP,oaun

tercerFondo,de

caráctervolun-

tario,destinado

adotarsistem

as

deprestaciones

socialespara

lossociosy

trabajadoresde

lacooperativa

(**).

Art74.1

El15%

(glo-

balmente)de

losexcedentes

contabilizados

sedestinarán

alFRO

yal

FEP.

Hastaqueel

FROalcance

unimporte

idénticoaldel

capitalsocial,

sedestinaráa

éstecom

omí-

nimoun10%.

Superadaesta

proporción,

sedestinará

conjuntamen-

tealFRO

yal

FEPel10%

de

losexceden-

tes,delos

cuales,un5%

sedestinaráal

FEP.

Arts.88.2y

90.2a)

Comomínimo

un20%

delos

excedentes

Art.80.1

Delos

excedentes

contabilizados

paraladeter-

minacióndel

resultadoco-

operativo,una

vezdeducidas

laspérdidas

decualquier

naturaleza

deejercicios

anteriores

yantesde

laconside-

racióndel

Impuestode

Sociedades,

sedestinará,

almenos,el

15%alFondo

deReserva

Obligatorio.

Art.80.1

5%,hasta

quelasum

adelFRO

yel

FEPalcancen

el10%

del

capitalsocial

escriturado

Art.11.2

LasSdes.

Coop.especia-

lespodrán

optarpor

regularen

susestatutos

socialesesta

materiasegún

establecela

ley2/1998de

sociedades

cooperativas

deExtrema-

dura

Art.11.3

Mínimodel

20%delos

excedentes

disponibles

Page 61: Guia para creacion de cooperativas

60 Guíaparalacreacióndecooperativasdetrabajog

alic

iaLe

y 5/

1998

mad

rid

Ley

4/19

99La

rio

jaLe

y 4/

2001

Cast

illa

y Le

ónLe

y 4/

2002

Cast

illa-

La

man

cha

Ley

11/2

010

Bal

eare

sLe

y 1/

2003

mur

cia

Ley

8/20

06m

odif.

por

Le

y 6/

2012

Extr

emad

ura

Ley

8/20

06,

de S

ocie

dade

s Co

oper

ativ

as

espe

cial

es

Ley

6/20

08,

de la

Soc

ieda

d Co

oper

ativ

a Pe

queñ

a de

Eu

skad

i

F.E.

y P

.Unmínimodel

5%.

(Conjunta-

menteconel

F.R.O.hastael

25%)

Art.67.1.a)

Mínimode5%

hastaqueel

F.R.O.alcance

eltripledel

capitalsocial

alcierredel

ejercicio.

Unavezsu-

peradadicha

cantidad,

seharáuna

dotacióndel

25%conjunta-

menteconel

F.R.O.

Art.60.2.a)

Comomínimo

un5%delos

excedentes

procedentes

deoperaciones

cooperativas.

SielFondode

reservaobliga-

toriosuperase

el50%dela

cifradecapital

desembolsado,

sedestinará,si

asíloacuerdala

Asamblea

General,un

10%

Art.72.1a)

Delosexceden-

tescontabili-

zadosparala

determinación

delresultado

cooperativo,una

vezdeducidas

laspérdidasde

cualquiernatura-

lezadeejercicios

anterioresyantes

delaconsidera-

cióndelImpuesto

deSociedades

sedestinaráal

menos,un5%al

FondodeEduca-

ciónyPromo-

ción.Art.74

(**)Debete-

nerseencuenta

queestaopción

tambiénrigepara

incrementarla

dotacióndelFEP.

El15%(glo-

balmente)de

losexcedentes

contabilizados

sedestinaránal

FROyalFEP.

Hastaqueel

FROalcance

unimporte

idénticoaldel

capitalsocial,

sedestinará

aéstecomomí-

nimoun10%.

Superadaesta

proporción,

sedestinará

conjuntamente

alFROyalFEP

el10%,delos

cualesun5%

sedestinaráal

FEP.

Arts.88.2y

90.2a)

Comomínimo

un10%

delos

excedentes

Art.80.1

Delos

excedentes

contabilizados

paraladeter-

minacióndel

resultadoco-

operativo,una

vezdeducidas

laspérdidas

decualquier

naturaleza

deejercicios

anterioresy

antesdela

consideración

delImpuesto

deSocie-

dades,se

destinará,al

menos,el5%

alFEP

Art.80.1

5%,hasta

quelasum

adelFRO

yel

FEPalcancen

el10%

del

capitalsocial

escriturado

Art.11.2

LasSdes.

Coop.especia-

lespodrán

optarpor

regularen

susestatutos

socialesesta

materiasegún

establecela

ley2/1998de

sociedades

cooperativas

de

Extrem

adura

Art.11.3

10%.

Entanto

queelFRO

noalcance

unimporte

igualal50%

delcapital

social,pueden

variarselos

porcentajes

hastaestos

límites:25%

FROy5%FEP.

Art.67Ley

4/1993

Tran

sfor

ma-

ción

Artículos84

y85.

Art.83yss.

Arts91y92

Art.89

Arts.99y100

--Art.94

----

Coop

. de

inic

iati

va

Soci

al

Seregulan

comoCoop.

deServicios

Sociales.Art.

126

Reguladasen

elArt.107

Calificaciónse-

gúnArt.112.1

Reguladasen

Art.124

Reguladasen

Art.148

Reguladasen

Art.138

Reguladasen

Arts.130y131

----

Act

ualm

ente

est

á en

pro

ceso

de

reda

cció

n la

Ley

de

Coop

erat

ivas

de

Cant

abria

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LA CREAC ÓN DECoopERAt vAs DE

GU A pARA

tRAbAjoConfederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado

COCETA. Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado C/ Vallehermoso, 15 - Madrid 28015Tel.: 91 446 97 50 - Fax: 91 593 87 [email protected] • www.coceta.coop

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