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1 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y LA GESTIÓN

DEL TRABAJO PRO BONO

1ª GUÍA PROBONO – MADRID.

2 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

INDICE

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 5

TÉRMINOS ................................................................................................................................ 7

1. ENTENDIENDO EL CONTENIDO Y EL ALCANCE DEL PRO BONO.................................... 9

1.1. ¿Qué es pro bono? .................................................................................................... 9

1.2. ¿Cuáles son las principales necesidades jurídicas de los clientes? ............................ 11

1.3. ¿Qué relación hay entre pro bono y la responsabilidad social de la abogacía? ......... 14

1.4. ¿Cómo conviven el pro bono y el sistema de asistencia jurídica gratuita? ................ 14

1.5. Respuestas a los miedos y a los recelos .................................................................... 15

2. CUESTIONES BÁSICAS .............................................................................................. 17

2.1. ¿Quién realiza pro bono? ......................................................................................... 17

2.2. ¿Por qué realizan actividad pro bono los abogados? ................................................ 17

2.3. ¿Qué implicaciones fiscales tiene? ........................................................................... 18

2.4. ¿Tengo alguna responsabilidad civil distinta? ........................................................... 19

2.5. ¿Cómo identificar a los clientes y entrar en contacto con ellos? ............................... 19

2.6. ¿Qué tipo de información sobre los destinatarios puedo solicitar o revisar? ............ 20

2.7. Cómo se gestiona la relación con el cliente del trabajo pro bono? ........................... 21

3. RECOMENDACIONES PARA DESPACHOS DE ABOGADOS Y ASESORÍAS JURÍDICAS INTERNAS ............................................................................................................................... 23

3.1. ¿Cómo se benefician el despacho o la asesoría jurídica? .......................................... 24

3.2. ¿Cómo coordinar el pro bono? ................................................................................ 25

3.2.1. Diagnóstico interno ................................................................................................. 25

3.2.2. Estructura ................................................................................................................ 25

3.2.3. Programa ................................................................................................................. 27

3.3. ¿Cómo se organiza y supervisa? ............................................................................... 28

3.4. ¿Cómo promocionarlo internamente? ..................................................................... 29

3.5. ¿Comunicar o no la actividad pro bono? .................................................................. 31

3.6. ¿Cómo evaluar y medir? .......................................................................................... 33

4. RECOMENDACIONES PARA ABOGADOS A TÍTULO PERSONAL ................................... 33

5. FUTURO DEL PRO BONO .......................................................................................... 34

6. EN MENOS DE 10 PASOS… ....................................................................................... 36

6.1. PROGRAMA PRO BONO EN 9 PASOS ........................................................................ 36

6.2. ASUNTO PRO BONO EN 9 PASOS.............................................................................. 36

7. ANEXOS. .................................................................................................................. 36

7.1. Formatos y Modelos: ............................................................................................... 36

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7.1.1. CUESTIONARIO INTERNO ......................................................................................... 37

7.1.2. FICHA DE SOLICITUD DE ASESORAMIENTO PRO BONO ............................................. 38

7.1.3. FICHA DE APROBACIÓN ........................................................................................... 39

7.1.4. COMPROMISO DE COLABORACIÓN PRO BONO ........................................................ 40

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INTRODUCCIÓN

La presente Guía forma parte de las iniciativas de promoción del trabajo pro bono que impulsa

el Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía (CRSA), desde su fundación en 2008 y cuyo

aportación fundamental ha sido la creación del registro de asuntos pro bono.

La misión de este documento es aportar respuestas e ideas a abogados y firmas a la hora de

gestionar el asesoramiento gratuito en el contexto de su actividad profesional. Para ello se

incluyen recomendaciones, buenas prácticas, reflexiones y herramientas que faciliten la puesta

en marcha y el desarrollo del trabajo pro bono sin olvidar que se trata una actividad

ilusionante e inspiradora que nos permite reducir las situaciones de injusticia social con un

gesto tan sencillo como es el compartir nuestros conocimientos.

El primer capítulo de la guía analiza el concepto y da respuesta a muchas de las confusiones y

críticas que recibe el pro bono. El segundo capítulo, estructurado en forma de preguntas,

responde a las cuestiones básicas y comunes que se plantean ya se trate de un despacho de

abogados, una asesoría jurídica interna o un profesional independiente. Los siguientes dos

capítulos desarrollan las recomendaciones específicas en el caso de una estructura – despacho

o departamento legal – y de un abogado a título personal. El quinto capítulo expresa deseos

sobre el futuro del pro bono en Madrid y el siguiente incluye un breve compendio de los pasos

a seguir tanto para la implementación de un programa pro bono como de un proyecto pro

bono individual. La guía se completa con una serie de anexos con formatos y modelos útiles y

datos de contacto de instituciones relacionadas.

Y ¿a quién va dirigida esta guía?. Sus destinatarios son:

aquellos profesionales interesados en conocer pro bono y, quizás, iniciarse en este tipo

de trabajo.

los abogados que hayan comenzado a prestar servicios pro bono y quieran organizarse

mejor.

los responsables de coordinar y promover el pro bono dentro de un despacho o una

asesoría jurídica interna.

los estudiantes del grado en derecho quienes, antes de que se den cuenta, se habrán

incorporado al ejercicio profesional. Pero ya pueden familiarizarse con el trabajo pro

bono e, incluso, iniciar su colaboración con las instituciones que ya tengan programas

en marcha.

Y, en definitiva, a los curiosos. “El que hace pro bono, repite” ha sido una de las frases más

repetidas durante las entrevistas realizadas. ¿Por qué no averiguarlo?

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GLOSARIO DE TÉRMINOS

Acceso a la justicia. Se trata de una reivindicación en el discurso de los derechos humanos que

supone la equiparación de las posibilidades de defensa de los derechos por medio de las

herramientas jurídicas y procesales del Estado. Además del acceso a los tribunales, se incluye

en el mismo la protección de intereses difusos (colectivos) y los medios de resolución

alternativa de conflictos.

Asistencia jurídica gratuita. De mano del discurso del acceso a la justicia, se trata de una

prestación estatal que cubre los costes económicos de la litigación a aquellas personas que se

entran económicamente excluidas del mercado de servicios jurídicos.

Clearing House. Así se denominan a las instituciones no lucrativas que ofrecen servicios de

intermediación entre abogados y personas o entidades necesitadas del asesoramiento. Filtran

las solicitudes recibidas y las conectan con el abogado disponible más capaz para gestionarlas.

Las clearing houses mantienen, por una parte, un registro de aquellos abogados interesados en

participar en este programa y, por otra, acuerdos con diversas entidades sociales sin ánimo de

lucro que persiguen fines de interés social y que requieren de la prestación de estos servicios

pro bono.

Clínica jurídica. Se trata de una actividad docente en la que se sitúa al alumno en una situación

real, aunque controlada y supervisada, con el fin de formar al mismo en la materia jurídica al

tiempo que se le muestra que su profesión como jurista es esencial para el acceso a la justicia

de las personas socialmente excluidas.

Entidad Social. Organizaciones que integran el Tercer Sector. Tienen diversas denominaciones

y distintos tipos de personalidad jurídica y régimen legal. De esta forma, puede hablarse de

ONGs, fundaciones, asociaciones, asociaciones de utilidad pública, agrupaciones vecinales.

También se las puede denominar ENL (entidades no lucrativas). El funcionamiento de estas

entidades es variable en función de su régimen legal, de su autonomía y sus estatutos. Los

fines son diversos y no taxativos pero siempre reconocidamente sociales. A pesar de su

carácter no lucrativo, tienen capacidad de gestión económica y laboral de forma que pueden

componerse por profesionales y voluntarios, indistintamente.

Exclusión social. Situación en la que se encuentran aquellas personas sin recursos políticos

para la defensa y garantía de sus derechos más básicos. Estructuralmente, se encuentran al

margen de la sociedad y se les impide participar plenamente debido a su pobreza, a la falta de

competencias básicas y oportunidades, o por motivos de discriminación activa o pasiva. Tienen

nulo acceso a los organismos de poder y decisión y, por ello, están indefensos y en una

situación de vulnerabilidad.

Interés público. Aunque se trata de un concepto muy amplio, podría seguirse de aquellos fines

de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los

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valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de

cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de

fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente,

de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social,

de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de

exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar

naturaleza.

Metodología clínica jurídica. Se trata de los medios, dinámicas y estrategias empleados para

alcanzar los fines docentes de las clínicas jurídicas.

Paralegal. Personas con formación jurídica con una función paralela a la del abogado en la

prestación de los servicios jurídicos. Aunque no se postulan en juicio, sí pueden ofrecer

asesoría jurídica a los clientes. Lo habitual es que sean estudiantes de Derecho o graduados en

Derecho no ejercientes.

Pro bono. De manera muy sucinta cabe definirlo como un servicio jurídico profesional

(asesoría, litigación y formación) de calidad, voluntario, no remunerado y sin fines comerciales

directos. Se trata de un servicio dirigido a un fin público, tanto a personas físicas (pro bono

directo) como jurídicas, en este último caso, normalmente a entidades no lucrativas de acción

social (pro bono indirecto).

Responsabilidad Social Corporativa (RSC). Se trata del conjunto de obligaciones éticas y

legales de empresas, corporaciones, administraciones públicas, entidades y demás personas

jurídicas que se generan a raíz del impacto de sus actividades en la sociedad, especialmente en

materia laboral, medioambiental y social. Esta responsabilidad se extiende al ámbito de los

profesionales y, concretamente para esta guía, a la abogacía cuya especial posición en la

sociedad le genera obligaciones específicas.

Sociedad civil. Se trata del entramado de personas físicas y jurídicas en cuya formación,

participación y gestión se excluye al gobierno, administraciones públicas o cualquier entidad

pública.

Tercer Sector. Esta denominación pretende diferenciar a un nutrido y heterogéneo grupo de

organizaciones para diferenciarlas de las organizaciones públicas o gubernamentales y de las

empresas privadas. Engloba a las entidades sin ánimo de lucro que integran y organizan los

esfuerzos de la sociedad civil en la promoción y defensa de los derechos humanos, de la

asistencia social e inclusión social, y otros fines cívicos, educativos, culturales, científicos,

deportivos, sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional, de cooperación para el

desarrollo, de promoción del voluntariado, de promoción de la acción social, de defensa del

medio ambiente, y de fomento de la economía social, de promoción y atención a las personas

en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales o culturales, de promoción de los valores

constitucionales y defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia, de

desarrollo de la sociedad de la información, o de investigación científica y desarrollo

tecnológico.

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Vulnerabilidad. La vulnerabilidad supone la violación o posibilidad real de violación de los

derechos humanos de las personas en situación de exclusión social y, por tanto, sin posibilidad

de obtener reparación por los medios admitidos en Derecho. Se trata de una situación de

desprotección e indefensión jurídica y política ocasionada por la incapacidad de las personas

en situación de exclusión de acudir (por razones económicas o culturales) a los medios de

heterocomposición de los conflictos organizados y ordenados por el Estado.

1. ENTENDIENDO EL CONTENIDO Y EL ALCANCE DEL PRO BONO

1.1. ¿Qué es pro bono?

Definición. Pro Bono es la abreviación de la expresión latina “pro bono publico” que

significa “por el bien público". Hay muchas definiciones del concepto, algunas con una

visión estricta que sólo incluye asesoría jurídica, mientras que otras extienden la

calificación a otros servicios que un abogado puede prestar en virtud de sus conocimientos

y experiencia. En esta guía abogamos por un concepto extenso que va más allá de la

asesoría.

Entendemos el pro bono como la prestación de servicios jurídicos con las siguientes

características:

se presta por abogados de manera voluntaria y sin ánimo sin lucro,

se destina a personas necesitadas, menos privilegiadas, en situación de

marginalidad o vulnerabilidad social y a las entidades sociales sin fines de lucro,

es gratuita para el destinatario, sin perjuicio de que de los gastos asociados se

trasladen, en su caso, al beneficiario, y

se presta con los máximos estándares de calidad profesional.

¿Qué no es pro bono?. En primer lugar, no es pro bono la actividad social propia de los

colegios de abogados como son el Turno de Oficio (TO) y los Servicios de Orientación

Jurídica (SOJ). Además no es trabajo pro bono y, no debe ser computado como tal, los

servicios legales a favor de familiares y amigos – por el mero hecho de serlo -, los servicios

incobrables e impagados, los favores a clientes actuales ni las primeras consultas gratuitas,

en tanto que tengan un objetivo comercial. Tampoco es pro bono el trabajo de lobby con

un fin lucrativo a medio o largo plazo.

Respecto a las horas destinadas a promover el trabajo pro bono, entendemos que son

horas de voluntariado pero no pro bono, en tanto que no implica la prestación de servicios

jurídicos.

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Tipo de servicios jurídicos pro bono. En la definición anterior hemos marcado los límites

de los asuntos que califican como actividad pro bono. Ahora entraremos a analizarlos en

detalle, proponiendo ejemplos de cada uno. La premisa es que los temas jurídicos que

pueden encajar en pro bono son muy variados y revelan que hay un hueco para cada

profesional según su experiencia, disponibilidad e intereses.

Orientación. La resolución de dudas puntuales, breves y sencillas suponen el

grueso del pro bono. Se trata de cuestiones de orden administrativo, laboral, civil…

que una vez resueltas orientan a la Entidad Social y/o al particular sobre los pasos

a tomar para hacer valer sus derechos o relacionarse con el orden legal.

Son consultas que, en la mayoría de los casos, no conllevan una gran dedicación y

generan un alto valor en el destinatario. En el caso que provengan de entidades

sociales, y a fin de controlar el tiempo, se pueden gestionar a través de unos bonos

de horas, es decir la asignación de un número específico de horas con carácter

anual o mensual y que a medida que se utilizan se descuentan del total previsto.

Asesoramiento y defensa. Es la dirección jurídica y, en su caso, la representación

para la resolución de la problemática legal específica de una persona física o la

propia de la Entidad Social. Respecto a este último destinatario puede incluir

también actividades como apoyar a los abogados de la entidad en el diseño de

estrategias jurídicas y elaborar documentos que les sean útiles para la prestación

de servicios.

En este sentido, las entidades sociales necesitan asesoría ante los frecuentes

cambios de normativa. Por ejemplo, en el caso de un cambio, en materia de

protección de datos, los abogados pueden ayudar a entender las novedades,

actualizar los protocolos internos y la documentación y anticipar riesgos

relacionados. Esta actividad, en apariencia, sencilla y fácil para los abogados es de

gran utilidad para generar certidumbre y evitar problemas en el futuro – incluso,

de carácter económico -. Además, en el caso que las entidades cuenten con

abogados internos, les libera horas de trabajo para realizar apoyo jurídico a los

beneficiarios de la organización.

Participación en actividades por el interés general. Incluye la actividad de

protección de los intereses "difusos", es decir aquellos intereses de grupos o

colectivos que trascienden al individuo y que encuentran dificultades procesales

para su amparo.

Por un lado, incluye la actividad que mejora el sistema legal como la elaboración

de informes jurídicos, la redacción de recomendaciones sobre disposiciones legales

vigentes y el impulso de resoluciones judiciales o actuaciones administrativas. Este

es un campo muy amplio en el que tienen cabida tanto abogados de firmas como

de empresa, abogados ejercientes y no ejercientes.

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Por otro, hay un supuesto especial de esta actividad que lo constituyen los

denominados “litigios estratégicos” o "litigios de Derecho público”. En ellos, a

partir de la defensa de un caso concreto se busca trascender el interés particular

para reformar algún aspecto del Derecho público cuya configuración y diseño

afecta a un buen número de gente. Aquí debemos recordar al desaparecido

abogado Ignacio de la Mata en defensa de los derechos de los menores

extranjeros. En varias actuaciones consiguió paralizar las repatriaciones de

menores sin garantías y ello le llevó a obtener resoluciones favorables del Tribunal

Constitucional a raíz de dos recursos de amparo - uno en nombre de un menor y

otro en nombre de una asociación de defensa de la infancia – y con el visto bueno

del Ministerio Fiscal y que desembocaron en modificaciones legales aprobadas en

las Cortes Generales1.

Formación jurídica dirigida al personal de las entidades sociales con relación a sus

propias necesidades, a los colectivos finales y/o a otros abogados que presten o

vayan a prestar servicios gratuitos. Una capacitación en las responsabilidades

legales de una entidad no lucrativa, un programa de información sobre violencia

familiar y una sesión de formación a abogados que formarán parte de la red de

voluntarios de una ENL dedicada al colectivo de presidiarios serían algunos

ejemplos.

Se trataría de educar como medio de prevenir conflictos y de formar a los

colectivos para el correcto ejercicio de sus deberes y defensa de sus derechos.

Este sería el supuesto de trabajo pro bono realizado por abogados que preparan e

imparten la formación a voluntarios de una asociación encargados de atender

telefónicamente las dudas de los colectivos en riesgo. La casuística es muy amplia

y, además de la formación en aspectos sociales y psicológicos que reciban, se

puede complementar con formación en el ejercicio de sus derechos, por ejemplo

en materia de derecho penal y de familia. Al estar más capacitados, el

asesoramiento telefónico será más certero y los beneficios más amplios.

1.2. ¿Cuáles son las principales necesidades jurídicas de los clientes?

A continuación, enlazaremos los beneficiarios con la asistencia jurídica que demandan con

mayor frecuencia. Está destinado a dos tipos de beneficiarios directos, si bien en países

como el nuestro con cobertura amplia de asistencia jurídica gratuita, son las

organizaciones no lucrativas el beneficiario más común:

Personas físicas. Las personas físicas son beneficiarias de ese asesoramiento,

generalmente a través de las entidades sociales. Sus demandas pueden ser desde

dudas puntuales muy sencillas y rápidas de resolver como la interpretación de una

notificación administrativa hasta el asesoramiento y representación en un proceso de

1 Más información en Fundación Raíces www.fundacionraices.org

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defensa de derechos que requiera dedicación, tiempo y compromiso. Los asuntos se

enmarcan principalmente en los siguientes ámbitos: penal, civil, contencioso-

administrativo, social y violencia de género.

Colectivos en riesgo de exclusión. Colectivos vulnerables como, por ejemplo, minorías,

inmigrantes, mayores, presidiarios o jóvenes en riesgo suele precisar de programas de

formación jurídica básica de relevancia para cada uno de ellos. Conoce tus Leyes y

Conoce tus Derechos son dos ejemplos de programas educativos que se imparten en la

Comunidad de Madrid. Están dirigidos a dos colectivos muy concretos: el primero, se

dirige a la población inmigrante y el segundo, a las personas mayores.

Mencionar aquí que el concepto de colectivos vulnerables es muy flexible. La situación

económica actual ha generado nuevos grupos como empleados de larga duración,

jóvenes que no han tenido una primera oportunidad laboral y mayores con pensiones

mínimas. Muchos de ellos valoran el autoempleo como una salida a su situación y la

prestación de servicios gratuitos a estos nuevos emprendedores es necesaria y

fácilmente canalizada por abogados especializados en derecho empresarial.

Entidades sociales. Bajo esta denominación entra un gran número de personas

jurídicas, siempre sin ánimo de lucro y con un fin de interés general y social: ENLs

fundaciones, asociaciones, cooperativas sin ánimo de lucro… Muchos abogados

encuentran ventajoso canalizar el trabajo pro bono a través de entidades sociales, en

tanto que están en contacto con la realidad social, pueden servir de filtro de asuntos y

aportan sus recursos administrativos y todo ello redunda en que se maximiza el

tiempo del abogado voluntario.

Estas entidades demandan una amplia variedad de servicios que van más allá de

derivar asuntos jurídicos integrales propios o de beneficiarios. Precisan también:

Formación jurídica a sus profesionales. Los trabajadores de las entidades que

tratan directamente con población vulnerable precisan conocer el marco

jurídico, derecho y procedimientos que les afectan a fin de orientarles y,

raramente, contarán con especialistas en plantilla. Entonces, son los abogados

pro bono, quienes tras conocer bien las necesidades, preparan las sesiones y

los materiales. A raíz de intervenciones similares se pueden generar listados de

verificación y protocolos sencillos que aligerarán después la actuación legal en

casos concretos.

Apoyo jurídico puntual o continuado. Las consultas de las entidades también

se refieren a su propia actividad y pueden ser cuestiones societarias, civiles,

procesales, laborales, fiscales, administrativo, propiedad intelectual,

protección de datos… En estos casos, muchos abogados encuentran útil

ofrecer un número máximo de horas anuales para responder estas dudas

puntuales.

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Segundas opiniones. En muchas ocasiones, el abogado de una entidad social

es un experto en el marco legal que afecta a sus beneficiarios pero surgen

cuestiones en otras materias de las que se encargará pero precisa una

supervisión especializada. Pongamos el ejemplo de una ONG que recibe un

local para sus actividades y desconoce aspectos administrativos para su

utilización. En este caso, el abogado pro bono realiza una labor de apoyo y

acompañamiento.

Colaboración in-house. Otro formato de colaboración es la involucración del

abogado en el área de orientación jurídica de la Entidad Social como uno más

del equipo, responsabilizándose, por ejemplo, de una franja horaria del

servicio de asesoramiento jurídico directo a los beneficiarios. Esta fórmula

requiere de un compromiso estable del abogado y de coordinación por parte

de la entidad. En el caso de aquellas entidades sin servicio de asesoramiento

jurídico a sus beneficiarios, sentarse hablar de esta forma de colaboración

podría ser la semilla de un consultorio jurídico permanente.

Análisis y dictámenes jurídicos. Los frecuentes cambios legislativos en las

materias que afectan a los colectivos defendidos por las entidades provocan

que les falte rapidez para adaptarse a ellos. En estos casos, la labor de

abogados pro bono especializados que revisen las nuevas regulaciones y de

manera, práctica y directa, emitan dictámenes sobre cómo afecta a su

actividad son muy útiles. Este trabajo de investigación y análisis también

puede plasmarse en prácticas guías que se pongan a disposición de todos los

interesados y aumentar así el impacto positivo del tiempo destinado.

Litigios estratégicos. Esta es, sin duda, una de las asignaturas pendientes del

pro bono en nuestra Comunidad y sí serían los supuestos donde mejores

resultados da la confianza y relación entre entidades y abogados. Para poder

identificar los casos que sirvan como emblema del litigio es clave el rol de la

ENL asesorada por el abogado pro bono. Se trate de procesos muy largos y

costosos, pero la recompensa final es muy alta, en tanto que colectivos

completos ven incrementada o repuesta su cobertura legal. En estos casos,

podríamos añadir como beneficiarios indirectos del pro bono a los colectivos

más débiles que se beneficiarían de la actividad en pro de la defensa y deberes

como los litigios estratégicos y a la sociedad en general, por los efectos

positivos de la actitud proactiva de la abogacía en los contenidos legislativos.

Hay otras formas de colaborar que, sin ser estrictamente pro bono, tienen un valor

añadido por la cualificación profesional del profesional implicado, como sería el rol de

los abogados que ofrecen su tiempo como patrono o como secretario en los

patronatos y en las asambleas. Son muchos los patronos que aceptan la designación

sin ser conscientes que su participación es esencial para que la entidad desarrolle

adecuadamente su actividad y redunde en la consecución de los objetivos. En este

sentido, el patrono con formación jurídica puede plantearse cómo incrementar el

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impacto de su presencia en el patronato con especial atención a los temas legales y a

los de transparencia de la entidad.

1.3. ¿Qué relación hay entre pro bono y la responsabilidad social de la

abogacía?

El término Responsabilidad Social se ha trasladado a la abogacía como Responsabilidad

Social de la Abogacía (en adelante, RSA) para incluir “el conjunto de obligaciones y

compromisos legales y éticos, con los titulares de interés, derivados de los impactos que la

existencia y actividad de los abogados producen en los ámbitos social, laboral,

medioambiental y de los derechos humanos”2. En este marco conceptual, el Pro Bono es

una de las manifestaciones de la RSA, junto a otros como la acción social, el voluntariado,

el buen gobierno corporativo, las buenas prácticas en gestión de personas o la protección

del medio ambiente.

El pro bono no es, sin embargo, una actividad más de la RSA, es su alma. Solo exige hacer

lo que sabemos hacer y así se ha realizado desde siempre. De hecho, muchos son los

abogados que lo único que han hecho al surgir el concepto de “pro bono” ha sido ponerle

nombre a algo que ya hacían. Podemos decir que el pro bono es inherente al abogado en

tanto que se incrusta en el propio término “abogado” del latin ‘advocatus’, que significa

“llamado en auxilio”. Y si recibimos una llamada de auxilio ¿qué nos pide el instinto?:

responderla.

1.4. ¿Cómo conviven el pro bono y el sistema de asistencia jurídica

gratuita?

La asistencia jurídica gratuita es un gran adelanto de las sociedades desarrolladas, pero su

cobertura no alcanza todas las situaciones ni personas que lo precisan. Es entonces,

cuando el trabajo pro bono se convierte en un excelente complemento de aquel.

Es el caso de los sistemas de asistencia gratuita disponibles en la Comunidad de Madrid

como son el Turno de Oficio3 (TO) y el Servicio de Orientación Jurídica4 (SOJ), los cuales

conviven y se complementan con la asesoría pro bono de los letrados. En ningún caso

2 MENÉNDEZ, Adolfo (Director) y TORRES-FERNÁNDEZ Juan José (Director). Deontología y práctica de la

abogacía del siglo XXI. Cizur Menor, Navarra: Thomson-Aranzadi, 2008 3 El Turno de Oficio es el sistema a través del cual los Colegios proceden a designar abogado a quienes

necesitan defensa jurídica, pero los servicios que son prestados por estos letrados sólo serán gratuitos, para quienes acrediten que carecen de recursos económicos. 4 Los Servicios de Orientación Jurídica atienden e informan al ciudadano sobre el ejercicio de sus

derechos (defensa de sus derechos, tramitación de sus reclamaciones judiciales y obtención de asistencia jurídica gratuita).

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compiten. Algunos ejemplos concretos de ese marco de convivencia son los siguientes

comportamientos:

Formación impartida por el Turno de Oficio. La experiencia de los abogados del

turno en la protección a colectivos en riesgo como inmigrantes, discapacitados,

mujeres víctimas de violencia o menores les ha permitido, con el apoyo del CRSA,

sistematizar el trabajo y convertirlo en formación legal que se imparte tanto a las

entidades sociales como a la red de abogados que voluntariamente les asisten. Es

una formación muy útil para aquellos abogados que, por su exposición profesional

a temas de derecho de la empresa, la necesitan.

Detección de asuntos pro bono por parte de los abogados del Turno de Oficio.

Muchos abogados del TO conocen bien las entidades sociales ya que sus clientes

son personas en exclusión o riesgo de exclusión social que normalmente están

vinculados a una Entidad Social, lo que conlleva que el abogado del TO esté

también en contacto con estas entidades. Este vínculo les permite identificar

asuntos, no cubiertos por el TO ni el SOJ, pero sí por la actividad pro bono de los

abogados de la Comunidad.

Identificación de asuntos candidatos a la asistencia jurídica gratuita por parte de

los abogados pro bono. Esta sería la situación inversa a la anterior. Si un abogado

pro bono recibe una solicitud de un cliente que por su situación personal es

candidato a la asistencia gratuita y por tanto, recibiría ventajas como la asignación

de un abogado, procurador de oficio y/o la exención de tasas, debemos

comunicárselo y proporcionarle la información de contacto. Ello no obsta para que

se pueda establecer una colaboración para cubrir los aspectos que el TO no

alcanza.

1.5. Respuestas a los miedos y a los recelos

Los miedos cumplen un rol positivo y otro negativo. Por un lado, nos plantean retos, nos

lleva a superarnos y mejorar y son fundamentales para la supervivencia a todos los niveles.

Por otro lado, el miedo paraliza, favorece la aparición de excusas y la pervivencia de una

actitud conformista. .

A lo largo de estos años, en los que el Pro Bono ha salido de la clandestinidad para darse a

conocer poco a poco y han surgido críticas y recelos, unas veces por desconocimiento y

otras por un uso equivocado o perverso del mismo. Enfrentémoslos.

“El pro bono es una herramienta de marketing de las firmas y de marca

personal de los profesionales”. Es cierto que la vinculación de los abogados,

firmas y empresas con una causa social se puede utilizar como herramienta de

reputación y de hecho en en Marketing esta actividad se denomina Marketing

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con Causa. Pero también es cierto que su impacto es y sigue siendo altamente

positivo, independientemente de la publicidad que se genere. En el caso del

pro bono esta crítica pone el foco en la motivación interna de las personas que

lo realizan y lo retira del efecto final que es que personas o entidades sin

posibilidad económica para optar a un asesoramiento o defensa jurídicos

pueden recibirlo.

Por otra parte, como veremos más adelante, la comunicación externa no

puede ser una excusa para generar trabajo comercial y sí para promover la

realización del trabajo pro bono y que más profesionales se sumen a realizarlo.

“El pro bono roba clientes a compañeros que se dedican profesionalmente a

asesorar a ONG y fundaciones”. Esta crítica pone de relieve la posible

competencia que los servicios pro bono generan a abogados que cobran por

sus servicios a las organizaciones sociales. De hecho, en ocasiones, abogados

han descartado prestar servicios gratuitos por esta razón. Es una apreciación

que dejamos al ámbito personal de cada abogado, ya que por otro lado, se

puede argumentar que las ENL pueden trasladar el ahorro en asesoramiento

legal para dotar de más recursos económicos al desarrollo de sus actividades

sociales. Además, hay una gran cantidad de asuntos que si no fueran

realizados pro bono, la Entidad no valoría la contratación jurídica externa.

“Mi experiencia profesional no puede ser útil para colectivos

desfavorecidos”. Esta reflexión parte de una actitud responsable de muchos

abogados, que al estar especializados en el ámbito de la abogacía de los

negocios consideran que su experiencia y conocimiento pueden ser muy

lejanos para asuntos de mayor calado social. No obstante, partiendo de que el

asunto elegido entra en el ámbito de especialidad del abogado, la distancia

suele estar con el tipo de beneficiarios y provocado por el desconocimiento del

tercer sector y de las entidades relacionadas. Tomarse tiempo para acercarse a

las desigualdades e injusticias sociales es un primer paso necesario para

prestarles un servicio realmente eficaz. Para ello, recomendamos ir de la mano

de las entidades sociales que colaborarán en la identificación del ámbito de

trabajo más adecuado para cada uno.

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2. CUESTIONES BÁSICAS

2.1. ¿Quién realiza pro bono?

Los abogados. Cualquier abogado puede realizar trabajo pro bono. Puede ser ejercientes y

no ejercientes, senior y juniors, trabajadores por cuenta propia y aquellos incorporados a

estructuras de firmas o de empresas. En tanto quieran destinar parte de su tiempo y

experiencia desinteresadamente, encontrarán su hueco.

Ahora bien, no podemos olvidar que los abogados contarán con ayuda para prestar sus

servicios: el personal de apoyo que participará prestando sus conocimientos

administrativos y los estudiantes de derecho, bajo la supervisión adecuada de sus

facultades y abogados colaboradores. Su función es primordial, aportando mucho tiempo y

conocimiento de gran utilidad social, por tanto debemos considerar su aportación al

evaluar el impacto del trabajo pro bono pero en sentido estricto no lo realizan.

Además, la comunidad jurídica es muy amplia y su aportación muy enriquecedora para el

pro bono, incluyendo el rol de notarios, procuradores, académicos y funcionarios públicos

en la administración de justicia. A modo de ejemplo, destaquemos la labor de la fundación

del Consejo General del Notariado para impulsar reformas legislativas que mejoren el

marco normativo que regula el estatus jurídico de menores, personas con discapacidad y

personas de la tercera edad y la colaboración entre los Jueces de Menores y los programas

de entidades sociales para recuperar a los adolescentes que comienzan sus escarceos con

la delincuencia.

2.2. ¿Por qué realizan actividad pro bono los abogados?

Al hablar con los profesionales que realizan esta labor gratuita reconocemos que las

razones para realizarla son numerosas. En muchos casos, es el culmen de una trayectoria

solidaria que iniciaron como voluntarios o cooperantes. Pero en otras muchas, es el primer

acercamiento proactivo para resolver los grandes problemas sociales.

Hemos diferenciado tres grupos que siguen la conocida clasificación de las motivaciones

del Profesor Pérez López5:

Motivación trascendente. La motivación está en los beneficios que otras personas

reciben por nuestro trabajo. Se percibe cuando los profesionales dicen que hacer

pro bono les permite “ayudar a los más desfavorecidos”, “cambiar vidas”,

“resolver injusticias” o, simplemente, “acompañar en la impotencia”. Dentro de

este grupo, estarían también aquellos profesionales que sienten que hacen pro

5 FERREIRO, Pablo y ALCÁZAR, Manuel. Gobierno de personas en la empresa. PAD-Universidad de Piura,

Lima. 2001

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18 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

bono simple y llanamente porque es lo que deben hacer, sienten que es lo

correcto.

En todos estos casos, las consecuencias para uno mismo llegan en forma de

crecimiento personal, alegría y, consecuencia natural de las anteriores, liderazgo.

Motivación intrínseca. La realización de la propia tarea es la fuente de inspiración

para el trabajo. Así el pro bono permite desarrollar nuevas habilidades al

exponerse a un cliente muy distinto al comercial, a una realidad social chocante, al

capacitarse para prestar servicios en nuevos ámbitos y el ser parte de un equipo

que puede llegar a promover cambios legislativos muy relevantes. Placer,

aprendizaje y crecimiento personal son las recompensas más íntimas de los

abogados movilizados por la motivación intrínseca.

Motivación extrínseca. En estos casos, se prima el propio interés y la motivación

proviene de los efectos externos, por ejemplo el reconocimiento social o dentro de

la organización. Podríamos decir que en estos casos se sirve para ganar y, quien

solo se mueve por este motivo, puede abandonar el trabajo si no le conduce a

donde desea.

Entender las motivaciones dominantes será muy útil sobre todo dentro de las

organizaciones que promuevan el pro bono entre sus profesionales.

2.3. ¿Qué implicaciones fiscales tiene?

No hay beneficios fiscales. En primer lugar, no existen beneficios fiscales en tanto

que la regulación vigente no incluye como donación la prestación de servicios

profesionales. Este cambio normativo sería deseable para incentivar el trabajo pro

bono. 6

No devenga IVA. Esta cuestión ha generado confusión e interpretaciones, si bien

quedó finalmente resuelta tras la emisión de la consulta vinculante de la Dirección

General de Tributos (DGT), de 21 de octubre de 2009. En síntesis, la DGT, en

aplicación de la jurisprudencia del actual Tribunal de Justicia de la Unión Europea

afirma que para las operaciones que se realizan a título gratuito, su gravamen sólo

ha de producirse en los supuestos de incumplimiento de principio de neutralidad

del impuesto. Por consiguiente, es necesario valorar la finalidad de las operaciones

para determinar la procedencia del gravamen ya que la normativa comunitaria

solo somete a tributación las operaciones gratuitas cuando se efectúan para fines

ajenos a la empresa y necesidades privadas y en los casos que nos afectan, la DGT

entienden que la provisión del servicio sí sirve a los fines de la empresa. 6 Para ampliar esta información, ver las Consultas Vinculantes de la DGT V 1481 – 05, de 15 de julio de

2005 y V1403-07, de 28 de junio de 2007.

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19 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Otra consulta vinculante de la DGT de fecha posterior, 26 de noviembre de 2009

explicita que los servicios pro bono prestados por despachos de abogados no

devengan Impuesto sobre el Valor Añadido “siempre que dichos servicios se

puedan considerar vinculados a la actividad principal de ejercicio de la abogacía del

abogado o de la sociedad profesional a la que éste se encuentre vinculado”.

Gastos deducibles. Finalmente, y en el ámbito de la imposición directa, los gastos

incurridos en la prestación de la asistencia gratuita podrán tener la consideración

de deducibles en el Impuesto sobre Sociedades o en el Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas, siempre que se realicen para fines de interés general, según

dispone el artículo 26 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de

las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. 7

2.4. ¿Tengo alguna responsabilidad civil distinta?

Respecto a los despachos, recomendamos revisar la póliza de responsabilidad civil

profesional que, a priori, cubrirá el trabajo pro bono con las mismas condiciones

que al resto de clientes.

En el caso de abogados no integrados en un despacho, estarán cubiertos por la

póliza vinculada a su estatus de colegiado como abogado ejerciente en el ICAM, ya

que la póliza no contempla la exclusión específica para actuaciones profesionales

pro bono. No obstante, para facilitar la tramitación de cualquier siniestro es

aconsejable que las servicios pro bono sean documentados mediante hoja de

encargo profesional, que será la acreditación de si el trabajo se desarrolló o no

dentro del encargo.

Ahora bien, lo más inteligente para no incurrir en responsabilidades y resultados no

deseados es derivar a otros profesionales los asuntos que excedan nuestra especialización.

2.5. ¿Cómo identificar a los clientes y entrar en contacto con ellos?

Es más fácil acceder a entidades sociales que a los beneficiarios finales. Esta identificación

y toma de contacto puede venir propiciada a través de:

Servicio de intermediación. Los servicios de intermediación, las clearinghouses, y

las plataformas del tercer sector son fuentes de asuntos que filtran clientes y

materias y los cruzan con la experiencia y disponibilidad de los abogados inscritos

en ellas. Para ello, es necesario que nos tomemos el tiempo de conocerlos y que

nos conozcan y ser transparentes respecto a los asuntos que podemos asumir.

7 Para ampliar esta información, ver la Consulta Vinculante de la DGT V0185-04, de 13 de octubre de 2004.

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20 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Proyectos abiertos – Hay fundaciones, asociaciones y firmas jurídicas que ofrecen

programas abiertos a abogados que se incorporan así a iniciativas estructuradas y con

un compromiso a medio y largo plazo.

Relaciones personales. Una red de contactos informada de nuestros objetivos pro

bono será una fuente de asuntos segura y de confianza. Nos sorprenderemos de la

cantidad de trabajadores vinculados de alguna manera con entidades sociales o

directamente con causas y beneficiarios elegibles para pro bono. Utiliza para ello los

medios de comunicación directos, desde el sondeo inicial hasta un email a todos ellos

informándoles de nuestra intención y solicitando su colaboración.

Contactar con entidades sociales. Es relativamente fácil acceder a las ENLs. El

acercamiento puede ser directo, a través de un email o una llamada de teléfono.

Respecto a quién dirigirse, puede hacerse al menos a tres cargos: responsable jurídico,

coordinador o presidente. No obstante, es recomendable que el primer contacto sea

más informal como puede ser la asistencia a algún evento dirigido al tercer sector que

nos permitirá conocer su ámbito de trabajo y escuchar a sus representantes. También

son organizaciones muy abiertas a participar en convocatorias y mesas redondas, por

ejemplo para reflexionar conjuntamente sobre las lagunas que la asistencia jurídica

gratuita puede cubrir y, a partir de ahí, identificar espacios de colaboración. Más

adelante, trataremos un tema importante que es conocer a la entidad con la que

colaboraríamos antes de empezar la relación.

Medios de comunicación. También podemos conocer situaciones concretas que

podemos defender a través de los medios de comunicación. Entonces, ponerse en

contacto con los afectados y ofrecer la colaboración es la manera de empezar a

provocar los cambios deseados. Este sería el caso de un abogado que lee una situación

de injusticia y localiza, a través de los redactores de la noticia, al ciudadano en

situación de vulnerabilidad para obtener más información sobre el tema y, en su caso,

ofrecerle sus servicios para asesorarle o defenderle.

Website. Otra fuente de asuntos es que nos contacte directamente la entidad o

beneficiario. Para ello, tenemos que dar a conocer la existencia del servicio y la página

web es la herramienta más eficaz. Es recomendable especificar quiénes y qué tipo de

asuntos son el foco del asesoramiento gratuito para filtrar las solicitudes.

2.6. ¿Qué tipo de información sobre los destinatarios puedo solicitar o

revisar?

Es importante plantearse si la persona o Entidad Social que solicita nuestra ayuda está

realmente en una situación de necesidad. Para ello, recomendamos solicitar o consultar

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21 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

todos o algunos de la siguiente información respecto a ellos antes de tomar una decisión

sobre aceptarlos o rechazarlos como cliente.

En el caso de Entidades Sociales, sería conveniente:

Confirmar que cuenta con la inscripción en el registro correspondiente.

Confirmar que incluye en sus normas estatutarias la atención a personas

en situación de desigualdad, riesgo de exclusión social, fomento de la

educación y la cultura, protección del medio ambiente o cualquier otro fin

que suponga un beneficio para la sociedad.

Solicitar o acceder a su última información financiera.

Revisar sus proyectos actuales, los miembros del patronato o del equipo

de trabajo. La web suele ser la mejor fuente de información.

Averiguar si cuenta o no con los medios para pagar asesoría jurídica.

Comprobar si existe un potencial conflicto de interés con nosotros y/o

nuestro entorno profesional.

Comprobar si se encuentra inmersa en algún procedimiento judicial.

En el caso de las personas físicas, se puede solicitar:

la información financiera, laboral y antecedentes penales, y

un detallado resumen vital y de red de apoyo familiar.

También es recomendable averiguar si ha recibido servicios pro bono de otro

abogado con anterioridad, a fin de contactarle y obtener más información

respecto al asesoramiento recibido y, por supuesto, determinar si la situación

personal y el asunto consultado son susceptibles de ser elegibles para la asistencia

jurídica gratuita, a fin de derivarle con la mayor prontitud.

2.7. ¿Cómo se gestiona la relación con el cliente del trabajo pro bono?

Hemos explicado anteriormente que el cliente pro bono es igual a cualquier otro excepto

en que no abona una factura, pero podemos ser más rigurosos. En la mayoría de los casos,

hay más diferencias de las que ser conscientes para evitar malentendidos que deriven en

un tiempo y un trabajo que no llegue a buen puerto. Apuntamos varios consejos prácticos:

Lleva un control individualizado de cada expediente pro bono. También es

práctico asignarles unos primeros números identificativos de que es trabajo

gratuito para facilitar su orden y localización.

Acepta asuntos que puedas gestionar con soltura por tu formación específica o

por tu experiencia. Si no eres especialista la mejor manera de ayudar es

dirigiéndole al abogado idóneo.

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22 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Sé transparente y explica con claridad el contenido de trabajo que realizarás –

dónde empieza y dónde acaba-, las implicaciones, los plazos y los gastos que

conllevará. A este último respecto, generalmente sólo el tiempo del profesional es

gratuito. En la práctica, suele asumir también los pequeños gastos generados,

como los gastos de bolsillo y traslada al cliente los generados por terceros. No

obstante, algunas firmas y departamentos cuentan con presupuesto para abonar

estos últimos en caso de personas físicas y se deciden caso por caso. También, se

pueden generar acuerdos con el resto de proveedores relacionados, como

procuradores o notarios, a fin de que también donen su tiempo. En cualquiera de

los supuestos, explica al principio de la relación, a cuáles tendrá que hacer frente

y su monto aproximado.

Identifica las necesidades y priorízalas. Esto es relevante cuando se trata de una

entidad social. Son tantas las cuestiones a resolver que una mirada experta que

las organice, agrupe y priorice es clave para determinar el ámbito de trabajo y

gestionar las cargas de trabajo. Por ello, es recomendable firmar propuestas de

trabajo que identifiquen qué se hará en cada momento. En el caso de entidades

sociales que pidan asesoría en cuestiones no previstas inicialmente, no tengas

reparos en explicarle que es una nueva solicitud que seguirá los cauces de

aceptación iniciales.

Adapta tu comunicación en forma y fondo al destinatario con un lenguaje

cercano. Asigna y explica quiénes serán los responsables de la comunicación y los

canales que utilizarás. Ten en cuenta, que el inmediato acceso que tenemos al

email o al teléfono puede ser una realidad muy lejana para el cliente. Confirma la

mejor manera para contactarle. También el transporte puede ser demasiado

gravoso para ellos. Valora trasladarte tú o abonarle el pasaje.

Ayúdales – y ayúdate a la vez - a organizar su información proporcionándoles

listados de verificación de documentación claros.

Y en el caso más probable en que tu beneficiario sea una entidad social, además:

Conóceles. Puedes acudir a los lugares en que desarrolle su actividad para tomar

contacto con una realidad que puede ser desconocida y que puede ayudar a

clarificar las prioridades de asesoramiento jurídico. ENL y abogados no siempre

hablan el mismo idioma y es preferible destinar tiempo a conocerse bien para

evitar futuros malentendidos o trabajo en vano.

Recaba su opinión con frecuencia para asegurar que el trabajo es lo que

realmente necesitan y por supuesto dales tu opinión también sobre qué pueden

hacer los trabajadores de la entidad para agilizar la asesoría.

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23 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Pregunta si trabajan con otros abogados. No sería la primera vez que dos o más

profesionales colaboran con la misma entidad sin saberlo. Se pueden generar

sinergias y coordinación para ser más eficientes.

Genera contactos informales con los profesionales que estén en el terreno.

Mantener una relación cercana, intentando que se virtualice excesivamente será

clave para que el asesoramiento tenga efecto y para ayudarles a identificar sus

prioridades legales.

Convierte el asesoramiento recurrente en modelos, formatos, protocolos de

trabajo, listados de verificación y documentos con respuestas estándar a

preguntas frecuentes.

Haz equipo con los trabajadores de la entidad y comparte con ellos el

conocimiento explicado en el punto anterior. Serán el mejor filtro de asuntos,

clientes y documentación y facilitarán tu trabajo, maximizando el tiempo que les

dediques. Además, estarás colaborando a que mejoren su forma de trabajar.

Identifica nuevas necesidades jurídicas y trasládaselas. En esta misma línea,

ayúdales a priorizar los problemas para que el asesoramiento sea muy eficaz y tu

trabajo tenga un alto componente práctico.

Apóyate en aquellos compañeros que ya tengan una relación con la Entidad para

que te acompañen al principio y faciliten tu conocimiento de su forma de trabajar

y peculiaridades.

3. RECOMENDACIONES PARA DESPACHOS DE ABOGADOS Y ASESORÍAS

JURÍDICAS INTERNAS

La práctica pro bono puede estar impulsada y coordinada dentro de la estructura de una

firma y de una asesoría jurídica de una empresa o asociación. Las ventajas de este impulso

interno son muchas por la multiplicidad de recursos que se ponen al servicio del fin social y

los beneficios para los impulsores son mayores de los imaginados. Pero dos serían los

pilares: la cultura pro bono se induce desde la cúspide de la jerarquía y existe un

compromiso a largo plazo. Intentar apoyar el programa pro bono sobre pilares distintos

puede conducir a un mal uso de los medios y a cierto desencanto que termine por minar la

motivación y el proyecto.

La prestación de servicios jurídicos gratuitos de manera continuada y comprometida,

requiere la organización interna para que se utilicen los recursos necesarios y se genere

una serie de procedimientos que permitan combinarlo con la actividad lucrativa del

ejercicio de la profesión.

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24 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Hay cuestiones comunes a abogados individuales, de empresa y a despachos profesionales

que se tratarán al principio. Después, se hará referencia a las peculiaridades de cada

situación. En este apartado, desgranaremos paso a paso las decisiones a tomar

3.1. ¿Cómo se benefician el despacho o la asesoría jurídica?

Son muchos los beneficios que reciben las estructuras que facilitan el asesoramiento

desinteresado y que justifican con creces la inversión en horas que se hace.

Se atraen y se retienen perfiles de abogados con dichas inquietudes. Esto es

especialmente importante para perfiles profesionales con motivación

trascendente, explicada anteriormente. Es muy importante que la “promesa” sea

real, es decir que una vez incorporados cuenten con tiempo en su horario laboral y

facilidades para realizar trabajo pro bono.

Los profesionales adquieren nuevas competencias y habilidades, tanto técnicas

como sociales y/o las practican, ganando en experiencia y conocimientos. Este es

un beneficio de gran valor para el despacho y para el resto de sus clientes.

Se genera contacto y alineamiento con los clientes sensibilizados. Son muchas las

ocasiones en que son los clientes quienes quieren saber. Ya sean los clientes de

una empresa o los propios de un despacho, nos sorprenderíamos del interés por

saber y participar en iniciativas sociales de sus proveedores.

Hay un campo, prácticamente inexplorado en nuestra Comunidad, de trabajo pro

bono conjunto entre abogados de despacho y de asesoría jurídica. No sólo

beneficiaría a la sociedad por la suma de habilidades y perspectivas, también

favorecería las relaciones entre ellos que seguro redundaría positivamente en su

relación profesional.

Aporta credibilidad. Las webs corporativas están inundadas de buenos propósitos

de influencia social positiva. El pro bono permite convertir esas promesas en

realidad y, por tanto, dotar de credibilidad a las firmas y compañías.

Mejora el clima laboral e incrementa el orgullo de pertenencia. Internamente, el

impulso corporativo de actividades pro bono y la creación de equipos de

profesionales para ofrecerlos, influirá en un mejor ambiente de trabajo y en los

niveles de satisfacción y vinculación.

Genera una red solidaria de contactos. En la medida que los proyectos pro bono se

abran a la red de contactos de la organización como clientes, proveedores,

antiguos trabajadores o profesionales de despachos amigos, se estará generando

una conexión emocional, difícil de romper y base de las anheladas relaciones a

1ª GUÍA PROBONO – MADRID.

25 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

largo plazo. No podemos obviar que el Tercer Sector se ha convertido en una parte

muy importante de la sociedad en Madrid.

Mejora la percepción de la abogacía por parte de la Sociedad. La función de los

abogados se ven frecuentemente empañada por una percepción negativa de sus

motivaciones para prestar los mejores servicios. La realización abierta y sin

complejos del trabajo pro bono contribuiría, sin duda, a dar a conocer la cara más

solidaria – y desconocida – de los letrados.

3.2. ¿Cómo coordinar el pro bono?

Al tomar la decisión de gestionar el trabajo pro bono, proponemos dar respuesta a tres

preguntas:

1. ¿Hemos identificado el interés y capacidades de los posibles voluntarios?

2. ¿Qué estructura estable vamos a asignar para gestionarlo?

3. ¿Contamos con una política aprobada por la dirección?

3.2.1. Diagnóstico interno

Partiendo de que el pro bono se alimenta principalmente de la aportación voluntaria

de los abogados de la firma o del departamento jurídico, una de las primeras acciones

sería hacer un sondeo que sirva de medida del interés y capacidades internos. El medio

para realizarlo dependerá de la estructura pero, en cualquier caso, ha de contar con el

apoyo de la dirección. Será muy importante que se transmita, desde el principio, que

se busca conocer la voluntad e intereses del equipo y que no se trata de una

imposición, a fin de que las respuestas sean honestas. En los Anexos, incluimos un

modelo de cuestionario.

3.2.2. Estructura

La estructura interna ha de facilitar la rapidez en la toma de decisiones, el

alineamiento con la cultura de la firma o de la empresa y supervise su correcto avance.

Así, la experiencia, principalmente anglosajona, aconseja contar con una doble figura

que sería: a) responsable o comité y b) coordinador. Sería este segundo rol sobre el

que recaería la responsabilidad de la implementación y del día a día. Los otros roles

dotan de autoridad y resuelven conflictos o darán visibilidad exterior.

El Comité Pro Bono y/o el Responsable Pro Bono. Pueden existir los dos o uno de

ellos. Dependerá del tamaño de la firma, oficinas o departamentos que tenga. Su

mera existencia ya dota de autoridad el proyecto pro bono y transmite el

compromiso de la sociatura o de la dirección con el mismo.

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26 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

En el caso del Comité puede estar formado por socios o directores que

representen a los distintos departamentos u oficinas. También es conveniente,

incluir abogados más jóvenes en él.

El Responsable Pro Bono suele ser un cargo no remunerado por lo que hay que ser

estratégicos en la selección y testar su carga de trabajo para que no pase a ser una

actividad de tercer nivel. Además, el perfil requiere a un profesional de la

organización, con peso en ella para agilizar la toma de decisiones, con alta

motivación intrínseca

Las funciones de estas estructuras serán todas o algunas de las siguientes:

Aprobar el programa pro bono.

Vigilar la reputación de la organización que puede verse afectada por

ciertos asuntos o colectivos.

Velar por el buen uso de los recursos y seguimiento de procesos.

Definir el presupuesto económico.

Fijar objetivos anuales de trabajo e implicación.

Revisar las solicitudes recibidas.

Incentivar la participación de los profesionales.

Asignar equipos a asuntos concretos.

Evaluar periódicamente el desarrollo de la política pro bono.

El Coordinador Pro Bono. Es un puesto de gestión que ha de recaer en un

profesional resolutivo, motivado y comunicativo. Ha de tener línea directa con el

Comité y/o Responsable y ser otra de sus vías de comunicación con los abogados

participantes en el programa.

Entre sus funciones podrían estar:

Ser el primer punto de contacto para los posibles destinatarios y para los

abogados interesados.

Velar por el buen uso de los recursos y seguimiento de procesos.

Dar a conocer la existencia del programa interna y externamente.

Identificar a profesionales interesados y mantener una interlocución con

ellos.

Identificar clientes.

Filtrar aquellos asuntos y clientes que no encajen. Para ello, se puede

solicitar o consultar distinta información sobre los posibles beneficiarios,

que incluimos en la siguiente pregunta.

Agilizar el proceso interno: aceptación o no del asunto, asignación de

abogado y de recursos

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27 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Seguimiento de asuntos

Asegurarse de la calidad del servicio y de que los profesionales asignados

con los adecuados.

Identificar otros abogados o entidades a quien remitir asuntos

Evaluar las relaciones con las entidades sociales que puede desembocar en

la identificación de entidades prioritarias.

Estar al día de nuevos interlocutores, como las incipientes clínicas

jurídicas, y contactarlas. También de cambios sociales que generan nuevas

necesidades que pueden surgir, ejemplo los emprendedores en la

situación de crisis actual que se ven beneficiados. Identificar fuentes de

generación de asuntos.

Reconocer áreas de mejora, convertirlas en propuestas para su aprobación

por Comité y/o Responsable.

Maximizar el esfuerzo y compartirlo. Por ejemplo, convertir preguntas

recurrentes en una guía o documento y distribuirlo

Realizar evaluaciones periódicas, tanto cualitativas como cuantitativas.

3.2.3. Programa

Es muy recomendable, destinar un tiempo a pensar y plasmar por escrito la política pro

bono en un documento escrito, que aquí denominaremos Programa. Antes, hacer un

diagnóstico inicial para identificar desde trabajo pro bono que ya realizan los abogados

– nos sorprenderemos -, interés en realizar: colectivos, áreas; e ideas sobre su

implementación. Lo alineará con la cultura, la clientela, la normativa interna y la

especialización decelerará su implementación y reducirá la incertidumbre. Entre los

contenidos a consensuar estarían:

Definir qué tipo de pro bono se hará tanto a nivel de destinatarios como

de asuntos.

Diseñar qué tipo de clientes aceptaremos. Por ejemplo, si estamos

especializados en protección de datos podemos seleccionar entidades

sociales que trabajen con enfermos en Madrid por la especial protección

de los datos sanitarios.

Aprobar los criterios de aceptación de clientes y casos. Permitirá

establecer filtros a las solicitudes de ayuda y reducir los riesgos

reputacionales.

Identificar momentos del año con picos y valles para ajustar la oferta de

horas pro bono y gestionar bien las expectativas de los beneficiarios

Identificar a los abogados a asignar a los asuntos pro bono. A este

respecto:

o En algunos casos, por la especialidad del asunto, será fácil

identificar al abogado más idóneo y se le puede contactar

directamente para recabar su interés.

o En la mayoría de las consultas y asuntos, se puede comunicar la

oportunidad a todos los abogados. En estos casos, intranet y el

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28 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

email corporativo son los medios más eficaces. Se recomienda

circular una breve descripción del trabajo solicitado, el tipo de

cliente, la carga de trabajo prevista y la fecha prevista de inicio.

Otra opción, sobre todo para despachos pequeños, es incorporar

los asuntos pro bono a la reunión de reparto de asuntos.

o En el caso de que fueran varios los letrados interesados en un

asunto concreto, se pueden utilizar distintos criterios de

asignación como la especialización o experiencia, el haber tenido

un contacto anterior con el mismo cliente, ser el primero en

solicitarlo, carga de trabajo actual u horas pro bono realizadas en

el año.

Una buena práctica sería diseñar y alimentar un documento con los campos

necesarios para identificar rápidamente a los abogados más idóneos para cada

asunto.

Diseñar los protocolos de gestión del trabajo.

Determinar los criterios y documentación para seleccionar las entidades

con las cuáles trabajar.

Definir los medios y criterios a seguir en materia de comunicación externa.

Tener objetivos de métricas a alcanzar para poder asignar con antelación

los recursos necesarios y liberar a los abogados de trabajo facturable.

Diseñar las líneas de comunicación interna y los canales a utilizar.

Una vez aprobado el Programa, comunicar internamente su existencia y distribuir

el programa a los interesados serían las siguientes acciones.

3.3. ¿Cómo se organiza y supervisa?

Tomando como premisa que se ha de gestionar igual que otro cliente del despacho, sí

hay una serie de recomendaciones o buenas prácticas que pueden incorporarse a la

gestión de los asuntos.

1º. Solicitud. Una vez recibida confirma la recepción, solicita la información necesaria

para filtrar cliente y asunto e informalede los plazos máximos de respuesta.

2º. Aceptación o rechazo. Tras realizar los controles estándar – conflicto de interés,

conflicto deontológico, blanqueo de capitales – y los propios para el trabajo

probono – características del asunto y perfil del solicitante – daremos una

respuesta. En caso de decidir no aceptar el asunto propuesto, son prácticas

recomendables informar inmediatamente al solicitante junto con la razón de la no

aceptación y, si es posible, proponer otro abogado o firma que pueda hacerse

cargo.

En caso de aceptación de un asunto, es práctica deseable enviar una propuesta de

servicios con ámbito de trabajo, tiempos medios, personas de contacto y previsión

de gastos.

1ª GUÍA PROBONO – MADRID.

29 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Los tiempos de respuesta se acelerarán si se crean formatos y se utilizan los

medios electrónicos.

3º. Asignación de abogado(s). Esta decisión puede tomarse en paralelo a la anterior,

especialmente en asuntos de envergadura que precisen mucha especialización o

recursos. En ocasiones, el Coordinador, el Comité o el Responsable tendrán alguien

en mente como idóneo. No obstante, es recomendable valorar ofrecer el asunto a

todos los profesionales, utilizando los canales internos de comunicación (intranet,

email).

4º. Apertura del expediente. Seguir los criterios estandarizados. Además, aunque no

sea práctica establecida, la contabilización de horas es recomendable a fin de

llevar control.

5º. Gestión de la relación. Aplican los mismos consejos explicados en el capítulo

anterior.

6º. Seguimiento del asunto, como el resto de los temas.

7º. Cierre. Es recomendable dar seguimiento a los efectos positivos - o negativos – del

asunto para las personas y organizaciones afectadas. Esta información será de

relevancia para las evaluaciones del trabajo y para su promoción interna.

3.4. ¿Cómo promocionarlo internamente?

Las recomendaciones para difundir y promover internamente la participación de los

abogados pasan por trasmitir la práctica, implicar al equipo, acercarles a la realidad social,

facilitarles combinarlo con su trabajo remunerado y agradeciéndole su participación.

Algunos consejos y buenas prácticas se incluyen a continuación:

Trasmite|Implica

Comunica a todos los miembros de la organización el contenido del

trabajo pro bono.

Invita a todo el equipo a proponer entidades sociales que conozcan como

posibles beneficiarios.

Es esencial que haya socios y/o directores participando en el programa

porque dan fe de la implicación de la organización.

Explica la actividad en los materiales de bienvenida.

Informa del trabajo pro bono que se realiza. Las herramientas de

comunicación interna como intranet, boletín interno son la opción.

Haz reuniones con grupos de participantes y recopila sus ideas y

recomendaciones

1ª GUÍA PROBONO – MADRID.

30 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Acerca

Invita a las entidades sociales colaboradoras a hacer una presentación de

su actividad.

Organiza “visitas de campo” a los centros de las ENL con las que colaboras

y conoce a los beneficiarios indirectos del pro bono, es decir a las personas

que atienden en la entidad.

Comunica los casos de éxito. Los salvapantallas de los profesionales son

una buena plataforma.

Haz entrevistas internas a abogados participantes y publícalas en la

intranet o en el boletín.

Fomenta la impartición de sesiones internas en las que abogados con

experiencia pro bono expliquen mejores prácticas más allá de los aspectos

técnicos: realidad social que se encuentra, relación con los beneficiarios…

Utiliza la intranet como un medio de comunicación directo, por ejemplo,

incorporando un botón muy descriptivo del estilo “Quiero ayudar” que al

pinchar en él se genere una llamada o un email al Coordinador.

Mencionar las acciones pro bono en las reuniones internas.

Explicar al equipo de apoyo administrativo las implicaciones

extraordinarias que tiene su trabajo cuando tratan asuntos pro bono.

Facilita

Liberar de trabajo remunerado o descontar las horas pro bono de las

facturables.

Asigna recursos económicos.

Ofrecer abiertamente las oportunidades de pro bono para que cualquier

profesional se pueda unir. Intranet y email corporativo son las

herramientas más prácticas.

Agradece

Nombra “embajadores pro bono” a quienes estén más involucrados y

entusiasmados y quieran ser punto de contacto en su departamento u

oficina.

Transmite las felicitaciones recibidas al equipo de trabajo.

Premia a los abogados más destacados, por ejemplo, con la asistencia a un

congreso internacional pro bono.

Recordemos aquí una de las características propias del Pro bono, su voluntariedad. A fin

de preservarla, una buena práctica será no contabilizarla ni de manera positiva ni negativa

en el desempeño del abogado integrado en una firma o en una empresa. En caso

contrario, la competitividad o el interés por preservar el puesto, lo podría pervertir y

dominarían las motivaciones extrínsecas explicadas anteriormente.

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31 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

3.5. ¿Comunicar o no la actividad pro bono?

Esta es una pregunta incómoda para muchos. Nos encontramos con intereses encontrados

y recelos. Entendemos que cada organización y cada abogado tiene en sus manos la

decisión de dar o no visibilidad exterior al trabajo pro bono que realiza. Eso sí, es ineludible

que los candidatos y los clientes son, en muchas ocasiones, quienes preguntan por el pro

bono u otras actividades de responsabilidad social. Así, parece que la comunicación está

fuera de duda y la siguiente pregunta sería si se debe adoptar una postura activa o

reactiva.

Partiendo de las premisas que la comunicación externa del pro bono no puede tener como

objetivos la publicidad corporativa ni la generación de asuntos lucrativos, que la no

comunicación no ha de significar oscurantismo y que el principio deontológico de

confidencialidad aplica, hemos listado los argumentos que apoyan cada una de las

opciones.

SÍ, porque NO, porque

se ayuda a difundir las buenas acciones que puede

provocar un efecto dominó de comportamientos

positivos.

contribuye a mejorar la percepción social de la

función de los abogados.

atrae talento concienciado.

da visibilidad a la labor de las entidades sociales.

reporta un retorno reputacional.

en el caso del litigio estratégico, ayudará a generar

opinión.

se puede desvirtuar la

motivación desinteresada y

confundir al público.

se limitan los riesgos

reputacionales por

vinculación de la imagen del

Despacho a la de la Entidad

Social..

No obstante, se tome la decisión que se tome respecto a la comunicación externa, hay una

regla de oro: se comunican resultados, no intenciones.

Respecto a los canales para producir la comunicación externa, son varios. Los más

habituales son:

Website. Suele ser la pestaña de responsabilidad social corporativa la que incluye

también la labor pro bono. Aquí es importante recoger la información de las

personas responsables para agilizar los contactos.

Materiales corporativos. Se puede incorporar la comunicación de asesoría gratuita

a los materiales de la firma o empresa, desde folletos a presentaciones

individualizadas.

Boletines y revistas. Las comunicaciones a clientes como boletines y revistas

pueden recoger las iniciativas pro bono de la firma o empresa y ayudar a su

difusión.

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32 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Medios de comunicación. La reciente realización de eventos y congresos

relacionados con pro bono han despertado el interés de los medios interesados

por recoger artículos o experiencias prácticas pro bono. Es importante, remitir a

las Entidades Sociales con que colaboremos para que se beneficien de esa

notoriedad para dar a conocer su labor y sus proyectos.

Redes sociales. La nueva comunicación a través de redes sociales permite llegar a

personas interesados en colaborar o difundir el trabajo pro bono. De nuevo,

aprovechemos esta labor de promoción para incorporar las redes de las ENL y

servir de nexos de contacto entre ellas y nuestra propia red de seguidores para

potenciar su efecto. Respecto a la utilización de blogs, valoremos si es preciso

crear el nuestro o sumar nuestros post a blogs en marcha.

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33 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

3.6. ¿Cómo evaluar y medir?

El uso de métricas es muy deseable para poder valorar la aportación, contabilizar algunos

datos y compararlos con datos históricos.

Información cuantitativa:

Número de horas

Número de abogados implicados

Número de asuntos

Porcentaje de asuntos satisfactorios

Número de beneficiarios y entidades

Costes generados

Coste de las horas donadas

Grado de satisfacción de los abogados

Grado de satisfacción de los clientes

Información cualitativa:

Situaciones positivas generadas

Impresiones de los abogados participantes

Comentarios de los clientes

Una vez contemos con la información se debe compartir internamente y valorar la

comunicación externa a través de una Memoria Anual Pro Bono que puede

compartirse con los grupos de interés identificados – empleados, ENL, clientes,

proveedores, ICAM, universidades … - y con medios de comunicación.

4. RECOMENDACIONES PARA ABOGADOS A TÍTULO PERSONAL

Para aquellos profesionales que quieran colaborar altruistamente pueden hacerlo de manera

independiente o colaborando con entidades sociales, incluso con iniciativas abiertas de firmas

grandes de abogados.

Sin perjuicio de que encuentren en las respuestas del capítulo anterior indicaciones para su

proceder, hemos incluido aquí algunos consejos:

Antes

Planifica y decide qué asuntos y colectivos son los más adecuados.

Concéntrate en pocos clientes. Si son entidades sociales, es preferible esforzarse en

generar relaciones a largo plazo para que tu apoyo de más valor. Puedes conocerles a

ellos y a sus necesidades reales realizando al principio un trabajo sencillo como revisar

su documentación legal y archivársela y examinar sus procedimientos y formatos pero

de gran valor para ellos.

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34 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Conoce las opciones que ofrece el incorporarte a proyectos en marcha como el de la

Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía, el de las facultades con las clínicas

jurídicas y otras entidades.

Infórmate sobre los servicios jurídicos de las ENL y sus redes de abogados voluntarios.

Sé realista y prudente. Valora los recursos materiales y el tiempo del que dispones.

Valora carga de trabajo antes de aceptar un asunto.

Identifica compañeros interesados para poder derivarles y/o compartir asuntos.

Durante

Contabiliza las horas que dedicas

Termina lo que empieces

Después

Alimenta las bases de datos con experiencia, doctrina, jurisprudencia.

Destina tiempo a generar un menú de asuntos que pueden elegir los beneficiarios.

Genera formatos útiles y compártelos con tus clientes.

5. FUTURO DEL PRO BONO

¿Cuál será el futuro del Pro bono en nuestra Comunidad?. La falta de datos concretos dificulta

la realización de previsiones, pero sí podemos expresar nuestros deseos en este apartado.

Lo asumiremos como un compromiso de la profesión. Se trata de un concepto amplio

de abogado que no deja de serlo cuando cuelga la toga o sale de la oficina. Es el

denominado citizen lawyer en la tradición anglosajona, consciente de sus habilidades y

preparación para fortalecer una sociedad más justa. Será parte inalienable del rol del

abogado el asesorar y defender a los grupos más vulnerables de esa sociedad.

Además, en el caso de estructuras como despachos y asesorías jurídicas se crearan

estructuras estables que lo gestionen y se promoverá su ejercicio. Esto permitirá la

firma de Pactos y Declaraciones conjuntas.

Seremos más solidarios. Siempre es el momento correcto para colaborar y

solidarizarse con los demás. Sin embargo, hoy es uno de los más necesarios. Los

últimos datos señalan que la pobreza se extiende en la Comunidad de Madrid,

multiplicando los grupos vulnerables, elevando la tasa de desempleo, el número de

familias en riesgo de exclusión y de menores de 18 años en riesgo de pobreza.

Surgirán más intermediarios y facilitadores. Al igual que ha sucedido en las

jurisdicciones de América Latina, surgirán más facilitadores de la actividad pro bono.

Ello incrementará el impacto positivo y generará una oleada de colaboraciones que se

extenderá desde las escuelas de derecho hasta los abogados retirados.

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35 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

Se generarán más colaboraciones. Veremos un incremento de relaciones entre clínicas

legales y abogados, sean o no antiguos alumnos; fundaciones de despachos y

abogados externos, equipos pro bono formados por abogados in-house y de firmas y

equipos multidisciplinares – abogados, notarios, registradores…-,. Estas colaboraciones

permitirían una reacción rápida en casos de catástrofes de gran impacto social como

sucedió en febrero 2010 cuando tras el terrible terremoto que azotó Chile y en sólo

tres días, un grupo de abogados de distintos estudios elaboraron un dossier de 200

páginas cubriendo un amplísimo espectro de temas legales relacionados con el

desastre8.

Se incrementarán las actividades de divulgación y sensibilización sobre el trabajo pro

bono. En este aspecto, los espacios creados en las universidades para la promoción de

la solidaridad entre los abogados del futuro, son muy útiles y necesarios para informar

de los requisitos, procedimientos y límites en los que se pueden mover cuando se

inicien en el ejercicio de la abogacía y quieran incorporarse también en su vertiente

más solidaria.

Surgirán más clínicas legales integradas en las facultades de derecho como la primera

experiencia de muchos futuros abogados y que, en muchos casos, trasladarán a las

firmas y equipos a los que se incorporen y creen. Las facultades irán, incluso, más allá

promocionando el concepto de abogados ciudadano solidario en sus temarios con

carácter transversal al grado y acercando la ética a todos los momentos del ejercicio

de la profesión.

Habrá más transparencia. Actualmente, los datos que se manejan no reflejan la

realidad del pro bono. La falta de métricas internas se traslada a un desconocimiento

de la realidad. En los próximos años, esperamos ver surgir Observatorios que recopilen

y publiquen información actualizada y compartan buenas prácticas.

En resumen, el efecto positivo del pro bono se multiplicará y la faceta solidaria de la abogacía

tendrá naturalmente su reconocimiento social.

8 MIATELLO, María de la Paz y SALORIO, Soledad. Seminario Internacional “Profesión Legal &

Pro Bono”: Apuntes de dos Coordinadoras. Revista del Colegio de Abogados de Buenos Aires. 2011Disponible en Web:<http://www.colabogados.org.ar/larevista/articulo.php?origen&id=129&idrevista=13> [Consulta: 20 de febrero de 2014]

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36 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

6. EN MENOS DE 10 PASOS…

Implantar un programa y gestionar un asunto pro bono es mucho más fácil de lo que

podemos creer. Veamos dos estructuras claras, directas y exitosas.

6.1. PROGRAMA PRO BONO EN 9 PASOS

1. Designar un Responsable Pro Bono.

2. Realizar un diagnóstico interno para identificar colectivos y asuntos de interés para

los abogados.

3. Consensuar un protocolo o guía de trabajo.

4. Iniciar contactos e identificar asuntos concretos.

5. Comunicar a toda la firma la existencia del programa y los medios de colaboración.

6. GESTIÓN DE LOS ASUNTOS PROBONO

7. Proceso vivo: supervisión, gestión de la satisfacción, comunicación y

reconocimiento internos, identificar nuevas oportunidades…

8. Anualmente recopilar información objetiva y subjetiva sobre el programa.

9. Promoción del pro bono.

6.2. ASUNTO PRO BONO EN 9 PASOS

A continuación, aportamos un ejemplo de cómo gestionar un asunto pro bono.

1. Semanalmente, el Responsable revisa y filtra las solicitudes de casos pro bono

2. El Responsable envía una comunicación por e-mail y a la intranet con un breve

resumen de los casos a todos los profesionales pidiendo voluntarios interesados.

3. El abogado interesado contacta al Responsable.

4. Se contacta al solicitante confirmando la aceptación de su caso y se coordina una

primera reunión en la sede de la entidad social.

5. A la reunión asisten el cliente probono, el abogado que tomará el caso y el

Responsable Pro bono.

6. Se firma un acuerdo de compromiso.

7. A partir de ahora, se presta la misma dedicación que un cliente normal.

8. Se registra la actividad realizada tanto con criterios cuantitativos como

cualitativos.

9. El Responsable informa del resultado del asunto y felicita al equipo.

7. ANEXOS.

7.1. Formatos y Modelos:

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7.1.1. CUESTIONARIO INTERNO

Nombre:

1. ¿Realizas o has realizado trabajo pro bono?

Sí No

2. ¿Estarías interesado en realizar trabajo pro bono?

Sí No

3. ¿Te gustaría que te informáramos sobre oportunidades de realizar asuntos pro bono?

Sí No

4. Si estás interesado, ¿Qué tipo de asuntos te gustaría realizar? (señalar todos aquellos)

Asesoramiento Formación Litigios

Elaboración de guías jurídicas Otras (especificar) ____________

5. ¿Con qué colectivos/causas te gustaría colaborar? En caso de ser más de uno, priorizar:

Inmigración Infancia Mujer Discapacidad

Jóvenes en riesgo de exclusión Reclusos |Ex penados

Drogodependientes Personas mayores Medio ambiente

Cooperación al Desarrollo Otros (especificar) ____________

6. ¿Colaboras o has colaborado con alguna ONG?

Sí (ampliar la información) ______________________________________________

No

7. Comentarios adicionales:

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38 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

7.1.2. FICHA DE SOLICITUD DE ASESORAMIENTO PRO BONO

Introduzca los siguientes datos para solicitar asesoramiento Pro bono.

Datos de la Entidad:

Nombre de la entidad: C.I.F.: Representante legal: Forma jurídica: Año constitución: Fines de la entidad:

Beneficiarios:

Inmigración Infancia Mujer Discapacidad

Jóvenes en riesgo de exclusión Reclusos |Ex penados

Drogodependientes Personas mayores Medio ambiente Cooperación al Desarrollo

Datos de la Persona de Contacto: Nombre y apellidos: Cargo: Teléfono fijo: Teléfono móvil: Email:

Datos de la Solicitud de Ayuda Pro Bono: Describa Nombre y apellidos: Cargo:

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39 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

7.1.3. FICHA DE APROBACIÓN

Nombre Cliente Pro Bono:

Nombre Persona de Contacto:

Nombre Contrapartes:

Resultado Conflicto de Interés:

Descripción del Asunto:

Fecha Solicitud:

Fecha Aprobación:

Número Expediente:

Abogado Responsable:

Descripción de Servicios:

Horas estimadas:

Presupuesto estimado:

Comentarios adicionales:

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40 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

7.1.4. COMPROMISO DE COLABORACIÓN PRO BONO

Madrid, a [ ] de [ ] de [ ] Estimado [Nombre del cliente]: Por medio de la presente carta, le confirmamos que hemos aceptado prestar en su favor los servicios pro bono en relación con [descripción del asunto pro bono] con el alcance, características y condiciones que, a continuación, se detallan:

1. Ámbito de trabajo

Nuestros servicios consistirán en [descripción detallada de los servicios pro bono]. En el caso de que se requieran servicios adicionales, ya se deba a un cambio de circunstancias o a que usted los demande, estaremos encantados de valorar la posibilidad de continuar la relación. En dicho caso, se firmará una nueva carta de compromiso. Advertencias:

[El cliente tiene la posibilidad de ser condenado en costas.] [El ejercicio de la acción puede ser infructuoso.] El Letrado se encuentra sujeto a las normas sobre prevención de blanqueo de

capitales y financiación del terrorismo establecidas en la Ley 10/2010 y que el encargo encomendado está o puede estar fuera del ámbito de secreto profesional y que por tanto, en caso de que las autoridades financieras requieran información sobre los datos obtenidos del cliente o el encargo efectuado, se está obligado a facilitarlo.

El cliente autoriza a entregar copia de la documentación facilitada para cumplimentar el expediente a otros terceros intervinientes o necesarios para la realización del encargo.

2. Honorarios y suplidos

Los servicios legales recogidos en el apartado anterior se prestarán de forma gratuita. Ello implica que no se cobrarán honorarios de los profesionales ni gastos rutinarios de oficina, tales como fotocopias, teléfono o correo.

[OPCIÓN 1. También abonaremos, sin derecho a reembolso, todos los demás costes y gastos razonables y usuales que se ocasionen en conexión con la prestación de nuestros servicios. Dichos costes y gastos incluyen aquellos derivados de la obtención de copias autorizadas o autenticadas de documentos, solicitud de certificados, presentación de documentos, comunicaciones con las administraciones públicas y recursos administrativos, reclamaciones y demandas judiciales, gastos de notario y registrador, traducciones, informes técnicos y gastos de viajes.]

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41 DOCUMENTO DE TRABAJO. NO PERMITIDA SU DISTRIBUCIÓN SIN CONSENTIMIENTO EXPLICITO

[OPCIÓN 2. Sin perjuicio de lo anterior, usted será responsable y deberá pagar otros costes y gastos que se ocasionen en conexión con la prestación de nuestros servicios. Dichos costes y gastos incluyen, en todo caso, aquellos derivados de la obtención de copias autorizadas o autenticadas de documentos, solicitud de certificados, presentación de documentos, comunicaciones con las administraciones públicas y recursos administrativos, reclamaciones y demandas judiciales, gastos de notario y registrador, traducciones, informes técnicos y gastos de viajes.] [Abonaremos dichos costes y gastos y, después, le solicitará el correspondiente reembolso. / Se le informará oportunamente de los conceptos antes mencionados antes de incurrir en cualquiera de ellos, para que manifieste su conformidad y nos haga llegar de forma anticipada las sumas necesarias.]

3. Protección de Datos

El cliente autoriza expresamente [al Letrado/a la Firma] a la inclusión en sus ficheros y tratamiento de todos los datos de carácter personal que le fueran facilitados para el mantenimiento de la futura relación contractual, la elaboración de estudios estadísticos y el envío de información comercial. Dichos datos permanecerán en dichos ficheros y estarán sujetos, mediante solicitud escrita del interesado, a los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de acuerdo con la legislación vigente.

Si está de acuerdo con el contenido de esta carta y, en concreto, con el alcance, características y condiciones de los servicios que detalla, le rogamos que nos devuelva una copia firmada tan pronto como le sea posible. Atentamente, [Nombre Letrado |Firma de abogados]

Conforme,

[Nombre Cliente]