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DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Versión: RBA_GJ_00
GUIAPARALAJUSTIFICACION
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR DOCUMENTACION PARA
LA JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS OTORGADAS A TRAVES DEL
PROGRAMA DE IMPULSO A LAS REDES DE “BUSINESS ANGELS”
CONVOCATORIA 2012
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE
AYUDAS
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INDICE
1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. 3
2. CUESTIONES GENERALES .............................................................................................................. 3
3. PROCEDIMIENTO DE JUSTIFICACIÓN ............................................................................................ 3
4. PLAZOS DE EJECUCIÓN Y DE JUSTIFICACIÓN ................................................................................. 4
5. MODIFICACIONES .......................................................................................................................... 5
6. CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA (GASTOS SUBVENCIONABLES) ........................................ 5
7. JUSTIFICANTES DE GASTOS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS .............................................................. 7
8. DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA CUENTA JUSTIFICATIVA .................................................... 10
9. PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA .......................................................... 12
10. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD ..................................................................................................... 12
11. INCUMPLIMIENTOS ..................................................................................................................... 13
12. OTRAS OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO .................................................................................. 13
13. TELÉFONOS Y DIRECCIONES DE CONSULTA ................................................................................. 14
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1. INTRODUCCIÓN
Esta guía facilita las instrucciones de justificación para la presentación de la documentación necesaria
por parte de los beneficiarios del programa de impulso a redes de Business Angels (Orden
ITC/860/2010, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la
gestión de medidas del programa de impulso a las redes de “Business Angels”). Estas instrucciones rigen
exclusivamente para las actividades financiadas en la Convocatoria de 2012 (Resolución de 18 de junio
de 2012, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se
convocan para 2012 las subvenciones para el impulso de las redes de Business Angels).
El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, regula, en el Capítulo II relativo a la Justificación de subvenciones,
las distintas modalidades de justificación, por parte del beneficiario, del cumplimiento de las condiciones
impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención. En
cumplimiento del apartado Decimoctavo.4 de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, la justificación y
pago efectivo de los gastos, así como la declaración de actividades realizadas objeto de ayuda, las
fuentes de financiación del proyecto y su aplicación, se acreditarán con la presentación de la
correspondiente Cuenta Justificativa, en la que se especificarán los citados elementos y el desglose de
cada uno de los gastos incluidos. Para ello, además de esta guía, se proporciona el documento “Modelo
normalizado de Cuenta Justificativa”. En el apartado 7 de esta guía se especifican los documentos a
presentar para la justificación de las actividades ejecutadas y financiadas a través de este programa.
2. CUESTIONESGENERALES
La comprobación de las acciones objeto de las ayudas se realizará de acuerdo con lo establecido en el
apartado Decimoctavo de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases
reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas del programa de impulso a las redes de
“Business Angels”.
Sólo serán subvencionables aquellos gastos indicados en dicha Orden en su apartado Noveno,
imputables de manera inequívoca a la actividad objeto de subvención.
En todo lo no indicado de forma expresa en estas instrucciones, se estará a lo señalado en la Orden
ITC/860/2010, de 29 de marzo, la Resolución de 18 de junio de 2012, de la Secretaría General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan para 2012 las subvenciones para el
impulso de las redes de Business Angels, y la resolución de concesión de ayuda.
3. PROCEDIMIENTODEJUSTIFICACIÓN
La Cuenta Justificativa debe presentarse en el periodo de justificación establecido. La no presentación de
la Cuenta Justificativa supone el reintegro de la ayuda concedida. Con carácter previo al pago, a realizar
por la entidad colaboradora, los beneficiarios habrán acreditado encontrarse al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
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Una vez comprobada la Cuenta Justificativa, si existen gastos no justificados se comunicara al
beneficiario el resultado provisional de dichas comprobaciones, dando apertura al trámite de audiencia
para que, en el plazo de 10 días hábiles manifieste su conformidad o presente las alegaciones que estime
oportunas.
En el momento de la justificación de gastos, el beneficiario deberá hacer declaración expresa del importe
de todas las ayudas o subvenciones otorgadas para la misma actividad por cualquier Administración o
Ente Público, con especial referencia a las ayudas obtenidas o solicitadas al amparo de la normativa
comunitaria de ayudas de mínimis.
Posteriormente, y en su caso con posterioridad al trámite de audiencia, se emitirá una certificación con la
que se notifica al beneficiario el resultado final de las comprobaciones realizadas. Si como resultado de la
certificación final el beneficiario tiene que devolver la totalidad o parte de las ayudas concedidas, esta
certificación inicia el procedimiento de reintegro, parcial o total, de la ayuda.
4. PLAZOSDEEJECUCIÓNYDEJUSTIFICACIÓN
Se entiende por plazo de ejecución de las acciones subvencionadas, el periodo de tiempo de que dispone
el beneficiario para realizar el gasto subvencionable correspondiente a los diferentes conceptos del
presupuesto detallado en la resolución de concesión, o sus posibles modificaciones posteriores. Este
plazo comienza desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria de la ayuda en el
B.O.E. (30 de junio de 2012) y finaliza el 31 de diciembre de 2012 (ambos inclusive), siendo su fecha
límite máxima en el caso de ampliación del mismo el 31 de marzo de 2013.
En caso de haberse dictado resolución expresa concediendo una ampliación de los plazos anteriormente
citados, se aplican las condiciones dispuestas en dicha resolución1.
Plazo de ejecución convocatoria 2012: desde el 30 de junio de 2012 hasta el 31 de marzo de 2013, ambos inclusive (NO PRORROGABLE)
Se entiende por plazo de justificación, el comprendido entre la fecha en que finaliza la ejecución de las
acciones subvencionadas y la fecha final en que debe presentarse la documentación justificativa. Este
plazo será de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución, siendo la fecha limite máxima el 30 de
Junio de 2013.
Plazo de justificación convocatoria 2012: desde el 1 de abril de 2013 hasta el 30 de junio de 2013
(ambos inclusive)
1 El apartado tercero de la resolución de concesión ha ampliado de oficio hasta el 31 de marzo de 2013 el plazo de
ejecución de las actividades subvencionadas cuya finalización se preveía para el 31 de diciembre de 2012. Esto implica que la justificación de dichas actividades deberá realizarse entre el 1 de abril de 2013 y el 30 de junio de 2013.
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La fecha de las facturas, justificantes de los gastos o compromisos de gasto correspondientes a los
diferentes conceptos del presupuesto financiable, debe encontrarse dentro del periodo de ejecución
establecido.
Las facturas deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
5. MODIFICACIONES
Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse en el tiempo y forma que se establezcan en las
resoluciones de concesión. No obstante, cuando surjan circunstancias concretas que alteren las
condiciones técnicas o económicas tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda el beneficiario podrá
solicitar la modificación de la resolución de concesión, estando la misma sujeta a lo estipulado en el
apartado Decimosexto de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo.
Cualquier modificación relevante de las acciones que suponga una alteración de las características
técnicos y/o económicas indicadas por el beneficiario en las memorias técnica y económica aportadas
junto con la solicitud y tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la ampliación del plazo
de justificación, deberá haber sido autorizada expresamente por la Dirección General de Industria y la
Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME) antes de finalizado el plazo de ejecución.
Según lo previsto en el apartado cuarto de la resolución de concesión, se podrá admitir incrementos de
hasta un 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda relacionados en la resolución de
concesión, compensables con disminuciones de otros, siempre que no se altere el importe total del
presupuesto subvencionable ni de la subvención y se compruebe que permiten la consecución o mejora
de los objetivos previstos en el desarrollo de las actuaciones subvencionadas, sin necesidad de modificar
la resolución de concesión y, por tanto, no seria necesario solicitar la autorización previa de la DGIPYME.
No obstante, dichas desviaciones deberán justificarse debidamente en las memorias técnica y económica
justificativas.
6. CONCEPTOSSUSCEPTIBLESDEAYUDA(GASTOSSUBVENCIONABLES)
El presupuesto a justificar es el presupuesto financiable indicado en la resolución de concesión de ayuda
o, de haberlas, en las resoluciones de modificación posteriores. Sólo serán subvencionables aquellos
gastos que hayan sido realizados en el plazo establecido en la resolución de concesión de la ayuda. Dicho
presupuesto financiable se compone de todos o algunos de los siguientes conceptos:
1. Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones
objeto de subvención. Los gastos de personal subvencionables son:
Gastos de personal técnico y administrativo propio con vinculación laboral con el
beneficiario mediante cualquier modalidad de contratación admitida en Derecho. Son
aquellos gastos incurridos por el personal técnico propio del beneficiario directamente
involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos objeto de subvención con los
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topes salariales máximos indicados en el Anexo III de la Resolución de convocatoria de 18
de junio de 2012 (BOE de 29 de junio de 2012). Los gastos de personal administrativo como
indica el apartado Noveno de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, no podrán superar
aislada, o en su caso, conjuntamente con los gastos corrientes, el 10% de los de personal
técnico.
Gastos de personal técnico autónomo socios‐accionistas de la entidad. Son aquellos gastos
incurridos por el personal técnico que no mantiene una vinculación laboral con el
Beneficiario, pero que presta servicios habitualmente en la entidad beneficiaria.
Gastos de personal técnico becario de la entidad.
2. Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y otros servicios que se
especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y resulten necesarios para la
ejecución de las actividades aprobadas. Estos gastos deben ser contratados y pagados, en
exclusiva, por el Beneficiario. Conforme establece el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en
la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público para el contrato menor2, (es
decir, cuando el gasto en estos conceptos _consultoría o asistencia técnica_ supere el importe
de 18.000€), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes
proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del
servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el
mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el
gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas
presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en la memoria justificativa la elección cuando no recaiga en la propuesta
económica más ventajosa3.
3. Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización de la actividad subvencionada,
por parte del personal técnico aludido en el punto 1 de este apartado. Los topes de los importes
máximos aceptables son los establecidos en el Anexo III de la Resolución de convocatoria de 18
de junio de 2012 (BOE de 29 de junio de 2012).
4. Otros gastos. Se incluyen en este apartado:
Gastos corrientes. El límite financiable de gastos corrientes conjuntamente con los de
personal administrativo, equivaldrá como máximo al 10 por ciento de los gastos de personal
técnico subvencionables indicados en la resolución de concesión.
2 Derogado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3 Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior (…) a 18.000 euros, (…), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 206 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, art. 138.3).
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Otras actuaciones: acciones de información, difusión, jornadas, foros, promoción, etc.,
previstos en el apartado Noveno c) y d) de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo., e
indicados en la solicitud de la ayuda.
5. IVA, IGIC o IGTE, cuando el beneficiario los abona efectivamente. No son subvencionables
cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por parte del beneficiario de la
ayuda.
Los conceptos subvencionables serán solamente los indicados expresamente en el resolución de
concesión.
7. JUSTIFICANTESDEGASTOSYJUSTIFICANTESDEPAGOS4
Se entiende por justificantes de gasto el conjunto de documentos que acrediten la realización de las
actuaciones subvencionadas. Los justificantes de pago son el conjunto de documentos que acreditan la
liquidación de las cantidades que figuran en los justificantes de gastos.
La acreditación del gasto se realizará mediante facturas5 y demás documentos de valor probatorio
equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. En todo caso la
documentación indicada, entre otros datos, debe identificar claramente el acreedor, el importe, fecha de
emisión y fecha de pago, sin perjuicio de lo dispuesto en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica
el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
La justificación del pago correspondiente se realizará aportando el extracto o certificaciones bancarios
acreditando suficientemente el destinatario del pago (que deberá coincidir con la persona, empresa o
entidad que emitió la factura). En el caso en que el justificante de pago incluya varias facturas, se
acompañará una relación de las mismas, debidamente detallada y en la que se pueda apreciar, de forma
clara, que el pago se corresponde con dichas facturas.
En el caso de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas a la realización de las actuaciones
objeto de ayuda, la justificación del pago se realizará siempre mediante la aportación del
correspondiente extracto bancario acompañado de uno de los siguientes documentos: relación emitida
por el banco de los pagos realizados y orden de pago de la empresa, sellada por el banco.
En el caso de pagos en moneda extranjera se aportará documento bancario de cargo en el que conste el
cambio aplicado o aplicable en la fecha de la operación.
La justificación de los gastos y los pagos debe realizarse mediante la aportación de los documentos que
se detallan a continuación. Esta documentación forma parte de los documentos de la Cuenta
Justificativa.
4 Todos los gastos deben ser contratados y pagados, en exclusiva, por el beneficiario. No son válidas aquellas facturas o documentos de gasto emitidos a entidades distintas de los beneficiarios de la ayuda.
5 Las facturas proforma no se consideran como facturas a efectos de la justificación.
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DOCUMENTACIÓNJUSTIFICATIVADELOSGASTOSYPAGOSINCURRIDOS
1. Gastos y pagos de personal técnico. Los gastos imputados de personal técnico así como los
pagos correspondientes se justificarán, en todos los casos, mediante la aportación de los
siguientes documentos:
1.1. Personal técnico propio de la entidad beneficiaria y administrativo propio con
vinculación laboral con el beneficiario (apartado 6, pto. 1.a de esta guía).
‐ Modelo 190 (Resumen Anual de Retenciones correspondientes al Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas) o Certificados de Retención (entregados a los
trabajadores para su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas). Se debe presentar con las hojas correspondientes a las retribuciones
anuales satisfechas de las personas que imputan horas y costes al proyecto o
actuación.
‐ Nómina de cada uno de los trabajadores que intervengan en las actuaciones
subvencionadas, los partes de trabajo y justificantes bancarios de haber realizado
el pago de la nómina.
‐ Documento TC‐2 de cotización de cuotas a la Seguridad Social, identificando
claramente cada persona imputada en las actuaciones financiadas.
‐ Documentos TC‐1 y sus correspondientes documentos de pago, de liquidación de
las cuotas del Régimen General (Los totales del TC‐2 deben coincidir con los del TC‐
1).
‐ Convenio Colectivo: En caso de no presentarse el Convenio o no indicarse
expresamente en el mismo, se aplica un número de 1.800 horas como jornada
laboral anual. En el caso de que la persona que imputa horas al proyecto o
actuación tenga una jornada laboral diferente al Convenio Colectivo (jornada
parcial o reducida) se debe aportar la documentación que acredite dicha jornada,
esto es la Resolución sobre Reconocimiento de Alta emitida por la Tesorería
General de la Seguridad Social, modelo TA.2/S y/o contrato.
‐ Coeficiente de Seguridad Social a imputar por la entidad beneficiaria.
1.2. Personal técnico autónomo socios‐accionistas de la entidad (apartado 6, pto. 1.b de
esta guía):
‐ El Modelo 190, Certificado de Retenciones o Ingresos a Cuenta del IRPF, que
pueden ser sustituidos por las correspondientes facturas y documentos de pago,
siempre y cuando dicho personal trabaje regularmente en la entidad que imputa
gastos.
‐ Pagos a la Seguridad Social sustituyendo los TC‐2 correspondientes. Sólo pueden
imputar dicho gasto los autónomos que sean socios – accionistas de la entidad,
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para lo cual deben aportar escritura notarial donde conste esta vinculación con la
entidad beneficiaria.
1.3. Becarios (apartado 6, pto. 1.c de esta guía): se debe aportar la credencial de becario,
junto con los correspondientes justificantes de pago de la beca y el convenio donde se
especifique la jornada laboral.
2. Colaboraciones externas. Las colaboraciones externas que se presenten a justificar se
acreditarán mediante factura que indicará la naturaleza de la colaboración o servicio prestado,
su importe material, IVA facturado e importe total pagado. El pago se acreditara según lo
indicado anteriormente en este apartado.
3. Viajes interurbanos y alojamiento. Únicamente se admitirán en este concepto de gastos los
referidos al personal técnico directamente relacionado con las actuaciones subvencionadas y
siempre que aparezcan nominativamente identificados.
Se cumplimentarán todos los conceptos de la ficha del Anexo V, aportando los documentos
siguientes:
‐ Liquidación de gastos firmados por el organismo y el personal desplazado.
Desplazamiento con vehículo propio. Esta liquidación deberá contener como mínimo el
nombre del empleado, motivo del viaje, lugar de residencia, duración en días/horas,
lugar de desplazamiento, kilometraje realizado, y firma del empleado. Deberá aportarse
un “Recibí” firmado por la persona que realiza el desplazamiento que acredite haber
recibido el pago por parte del beneficiario por este concepto.
‐ Desplazamiento en transporte público fuera de su residencia habitual, se deberán
aportar los billetes del medio utilizado y justificantes por la utilización de taxi, tren o
similar. En el caso de uso de avión, se aportara la tarjeta de embarque en la que figure
el nombre de la persona que realiza el desplazamiento.
‐ Documentos justificativos de los gastos de hotel con las facturas originales.
4. IVA, IGIC o IGTE. En su caso, se acreditará la situación del Beneficiario en lo relativo a este
impuesto a la fecha de la realización de las actividades subvencionadas; en particular el
porcentaje de prorrata que le fuera de aplicación. Para ello se debe aportar una declaración de
exención emitida por Hacienda o el correspondiente modelo de liquidación anual. En dicha
documentación debe indicar claramente cual actividad o actividades de las realizadas por el
beneficiario se encuentran exentas de dicho tributo, siguiendo lo indicado en el documento
modelo normalizado de cuenta justificativa.
5. Otros gastos. Lo gastos previstos en el apartado Noveno c) y d) de la Orden ITC/860/2010, de 29
de marzo) se acreditarán mediante facturas y otros documentos de valor probatorio
equivalente. Los gastos corrientes (material, suministros, publicaciones, equipos, etc.), se
acreditarán mediante factura, su importe material, IVA facturado e importe total pagado. En
ambos casos se cumplimentara el Anexo VI del documento “Modelo normalizado de Cuenta
Justificativa”.
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En cualquier caso, el órgano competente podrá efectuar las comprobaciones que estime oportunas para
verificar la veracidad de los gastos realizados y pagos efectuados, así como del resto de la
documentación presentada por el Beneficiario.
8. DOCUMENTOSQUECOMPONENLACUENTAJUSTIFICATIVA
La documentación a aportar comprende tanto los modelos normalizados que componen la cuenta
justificativa, como las acreditaciones de los gastos y pagos realizados según lo indicado en el apartado 7
de esta guía. Todos ellos componen los siguientes documentos:
Documento 1. Solicitud de verificación técnico‐económica y pago, dirigida a la DGIPYME, según
modelo que se incluye en el Anexo I del documento “Modelo normalizado de Cuenta
Justificativa”. Dicho documento se genera automáticamente al cumplimentar el Formulario de
Recepción para Redes de Business Angels disponible a través de la dirección:
http://www.minetur.gob.es/PortalAyudas/Business/Paginas/Index.aspx
En el epígrafe correspondiente a la justificación de la convocatoria de 2012 (es decir, no es
necesario aportar el Anexo I en caso de presentación telemática de la documentación
justificativa).
A través de esta dirección se realizara el envío de toda la documentación indicada en esta guía.
El aporte de dichas documentación podrá realizarse en varios envíos según las instrucciones
indicadas en la página web.
Documento 2. Memoria técnica justificativa y memoria económica justificativa.
Memoria técnica justificativa: su objeto será explicar de forma clara y resumida el
cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con
indicación de las actividades realizadas y resultados obtenidos la verificación de los
aspectos técnicos (Memoria Técnica) del proyecto o actuación aprobado en esta
Convocatoria. En su caso, se pondrán de relieve y justificarán cuantas incidencias o
desviaciones hayan podido surgir durante la realización del mismo, que hagan que difiera
de la propuesta aprobada.
Memoria económica justificativa. Su objeto será explicar de forma clara y resumida la
verificación de los aspectos económicos (Memoria Económica) del proyecto aprobado en
esta Convocatoria. En su caso, se pondrán de relieve y justificarán cuantas incidencias o
desviaciones hayan podido surgir durante la realización de las actividades, que hagan que
difiera de la propuesta aprobada.
Documento 3. Fichas de los gastos devengados y pagados efectivamente, según los Anexos II, III,
IV, V y VI del documento “Modelo normalizado de Cuenta Justificativa”. Dichos Anexos se
encuentran disponibles para su descarga y posterior cumplimentación en la dirección
anteriormente dada, y componen un Libro Excel de varias hojas de cálculo (“ANEXO II,III, IV,
V,VI_Fichas control de gastos.xlsx”). Los gastos imputados con cargo al proyecto o actuación
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subvencionada deberán corresponder claramente al mismo. Se deberán cumplimentar todos los
apartados incluidos en cada ficha de los anexos. En el caso de los gastos de personal técnico y/o
administrativo imputable, se adjuntarán los correspondientes partes de trabajo, según el
modelo del Anexo VII. En el caso de imputar gastos de personal autónomo como gastos de
personal técnico, se incluirá declaración de personal autónomo según modelo del Anexo VIII. Los
Anexos VII y VIII pueden descargarse para su cumplimentación en la dirección indicada
anteriormente.
Cada partida se pondrá en relación con los diferentes conceptos del presupuesto
subvencionado, aportando facturas originales o duplicadas, y demás documentos probatorios
indicados en el apartado 7 de esta guía para acreditar la realización del gasto y del pago de cada
uno de los conceptos justificados.
Documento 4. En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación del art. 31.3 de la Ley General
de Subvenciones deba haber solicitado el beneficiario según lo indicado en el apartado 6 de esta
guía.
Documento 5. Declaración de ayudas recibidas por la entidad.
Declaración expresa del importe de otras ayudas y subvenciones que se hubieran
concedido para cofinanciar las mismas actuaciones subvencionadas a través de este
programa, otorgadas por cualquier Administración, ente público o privado, según el Anexo
IX del documento “Modelo normalizado de Cuenta Justificativa”, modelo que puede
descargarse en el portal de ayudas del Ministerio. En este caso se deberá aportar, además,
la siguiente documentación:
‐ Resoluciones de concesión de dichas ayudas destinadas a cofinanciar las mismas
actuaciones indicadas en la memoria justificativa aportada, así como cualquiera de
las modificaciones aprobadas por el órgano competente, que se hubieran
producido con posterioridad a la resolución de concesión.
‐ Si en las resoluciones de concesión anteriormente indicadas no figura el desglose
de los conceptos y partidas subvencionadas, se deberán aportar las memorias
justificativas en las que figuren las actividades subvencionadas, presupuesto
subvencionable y subvención concedida para cada partida.
‐ Cualquier otra documentación que consideren necesario aportar.
Declaración expresa del beneficiario ayudas públicas de “minimis”, otorgadas por cualquier
Administración, según el Anexo X descargable para su cumplimentación.
En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así
como de los intereses derivados de los mismos, a que se refiere el apt. 2 g) del articulo 72
del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 Julio,
B.O.E. núm. 176 de 25 de julio de 2006).
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Documento 6. Certificado del Beneficiario relativo a su situación con respecto al Impuesto sobre el
Valor Añadido (IVA), Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) o Impuesto General sobre el
Tráfico de Empresas (I.G.T.E.), en caso de que la resolución de concesión considere
expresamente este gasto como subvencionable. Se indicará las actividades exentas del impuesto
correspondiente, así como su prorrata si fuera aplicable, según el Anexo XI.
Documento 7. Cualquier otro documento que se considere relevante para la justificación de las
acciones o actividades financiadas con la subvención otorgada, según el Anexo XII del
documento “Modelo normalizado de Cuenta Justificativa”.
9. PRESENTACIÓNDELADOCUMENTACIÓNJUSTIFICATIVA
Una vez finalizadas las actuaciones objeto de subvención, y siempre dentro del plazo de justificación
establecido en el punto 4 de este documento, deberá cumplimentarse y presentarse la documentación
justificativa indicada anteriormente.
La presentación podrá realizarse telemáticamente a través del Registro Electrónico del Ministerio,
presentando la documentación justificativa por vía electrónica con firma digital avanzada. La
presentación electrónica de la documentación6 debe de cumplir los plazos y demás instrucciones aquí
recogidas. La presentación telemática no exime a los beneficiarios de conservar los originales de la
justificación de gastos y pagos, y demás documentación justificativa, por si fueran requeridos
posteriormente por el órgano gestor de las ayudas, o al realizar las actividades de control legalmente
previstas por la Intervención General de la Administración del Estado o el Tribunal de Cuentas. La
presentación telemática de la justificación hará a través de la aplicación informática accesible en el
enlace ya indicado.
La presentación de la documentación se realizará siguiendo el orden establecido y aportando detrás de
cada ficha los originales o duplicados de las facturas y documentos acreditativos correspondientes. Cada
factura irá unida a su correspondiente documento de pago. Todas las facturas irán debidamente
ordenadas y numeradas.
El órgano gestor de las ayudas podrá solicitar las aclaraciones o documentos que considere necesarios
para completar.
10. INFORMACIÓNYPUBLICIDAD
La publicidad de las ayudas concedidas se llevara a cabo según lo dispuesto en el art. 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por ello, y en cumplimiento de lo establecido en
el apartado Vigésimo primero 3 de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, se incluirá el logotipo del
6 Para la presentación telemática, se aportaran imágenes escaneadas en formato *.pdf. de aquellos
documentos justificativos de los gastos y pagos incurridos indicados en el apartado 7 de esta guía que no se
dispongan en formato digital.
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE
AYUDAS
PROGRAMA DE IMPULSO A
REDES DE BUSINESS ANGELS
C/ Paseo de la Castellana 160, 12º 28071 MADRID● e-mail: [email protected] Página 13 de 14
MITYC como entidad financiadora en aquellas publicaciones, actividades de difusión, paginas web y otros
resultados a los que podrían dar lugar las actividades subvencionadas.
El logotipo del Ministerio está accesible en el mismo enlace desde el que se descargaran los Anexos a
incluir junto con la documentación justificativa.
La referencia concreta de la página web y las posibles publicaciones se deben incluir en la Memoria
Técnico – Económica Justificativa. De acuerdo con lo establecido en el artículo 93 del Reglamento de la
Ley 38/2003 General de Subvenciones, cuando el beneficiario no adopte las medidas de difusión de la
financiación pública recibida procede el reintegro de la ayuda.
11. INCUMPLIMIENTOS
De acuerdo con el apartado Decimonoveno de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, el
incumplimiento de los requisitos establecidos en las citada Orden, así como de las condiciones que se
hayan establecido en la resolución de concesión, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la ayuda
o, en su caso, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la obligación de devolver las ayudas
percibidas más los intereses de demora correspondientes, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de
21 de julio.
Asimismo, será de aplicación lo previsto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, si concurriesen los supuestos de infracciones administrativas en materia de
subvenciones y ayudas públicas.
La demora en la presentación de los documentos para justificar las actuaciones dará lugar, transcurridos
15 días desde su requerimiento, a la pérdida al derecho al cobro o reintegro del 100 por ciento de la
ayuda.
12. OTRASOBLIGACIONESDELBENEFICIARIO
Sin perjuicio de las obligaciones señaladas a lo largo de estas Instrucciones, el beneficiario:
‐ Deberá cumplir con la normativa vigente en materia de subvenciones públicas, las obligaciones
derivadas de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo y la resolución de concesión de ayuda.
‐ Responderá de la veracidad de los documentos aportados.
‐ Deberá someterse a las actuaciones de comprobación y verificación de la actividad
subvencionada que efectúe la Entidad Colaboradora (ENISA), la Administración General del
Estado y la Unión Europea, en relación con las ayudas recibidas.
‐ Enviar, en un plazo máximo de 15 días desde el cobro de la subvención a ENISA, la
documentación que acredite la transferencia realizada.
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE
AYUDAS
PROGRAMA DE IMPULSO A
REDES DE BUSINESS ANGELS
C/ Paseo de la Castellana 160, 12º 28071 MADRID● e-mail: [email protected] Página 14 de 14
13. TELÉFONOSYDIRECCIONESDECONSULTA
Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME)
Ministerio de Industria, Energía y Turismo (MINETUR)
C/ Paseo de la Castellana 160, 12º
28071 Madrid.
e‐mail: [email protected]
Formulario de consulta:
http://www.ipyme.org/es‐
ES/SubvencionesAyudas/RedesBusinessAngels/Paginas/FormularioConsultasAdministrativas.aspx
MODELONORMALIZADODECUENTAJUSTIFICATIVA
DOCUMENTACION PARA LA JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS
OTORGADAS A TRAVES DEL
PROGRAMA DE IMPULSO A LAS REDES DE “BUSINESS ANGELS”
CONVOCATORIA 2012
INTRODUCCIÓN
En cumplimiento del apartado Decimoctavo.4 de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, la justificación de
las ayudas recibidas a través del programa de impulso a las redes de “Business Angels” (Orden
ITC/860/2010, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la
gestión de medidas del programa de impulso a las redes de “Business Angels”), se acreditarán con la
presentación de la correspondiente Cuenta Justificativa.
La Cuenta Justificativa esta conformada por los modelos normalizados aportados en este documento:
“Modelo normalizado de Cuenta Justificativa”. Estos modelos rigen exclusivamente para las actividades
financiadas en la Convocatoria de 2012 (Resolución de 18 de junio de 2012, de la Secretaría General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan para 2012 las subvenciones para el
impulso de las redes de Business Angels). Dichos modelos pueden descargarse para su cumplimentación en
el apartado correspondiente a la justificación de las ayudas de la convocatoria para el año 2012 en la
dirección:
http://www.minetur.gob.es/PortalAyudas/Business/Paginas/Index.aspx
Se proporciona una guía que facilita las instrucciones de justificación para la presentación de la
documentación necesaria por parte de los beneficiarios del programa de impulso a redes de Business.
INSTRUCCIONES PARA PRESENTACION DECLARACIONES EXPRESAS CON FIRMA
ELECTRONICA
En el caso de que se presente la documentación justificativa de forma telemática ante en registro
electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, las declaraciones expresas y solicitudes deben
firmarse electrónicamente utilizando la aplicación eCoFirma. A la aplicación eCoFirma se puede acceder en la
sede electrónica del Ministerio, en el apartado de “Utilidades” y en la opción de “eCoFirma (Utilidad de
copia y firma electrónica)” en donde se encuentran las correspondientes instrucciones, o bien directamente
a través del siguiente enlace:
http://oficinavirtual.mityc.es/javawebstart/soc_info/ecofirma/index.html
Mediante esta aplicación se generará un documento con extensión “XSIG”, el cual tiene el valor del
documento original.
DOCUMENTACION APORTADA
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Pág. 1
DOCUMENTACIONAPORTADA
Se acompañan los siguientes documentos (marcar los que proceda):
MARCAR
DOCUMENTO 1: SOLICITUD DE
VERIFICACIÓN TÉCNICO‐ECONÓMICA Anexo I ‐ Solicitud de verificación técnico‐económica
DOCUMENTO 2: MEMORIA TÉCNICA
JUSTIFICATIVA Y MEMORIA
ECONÓMICA JUSTIFICATIVA
Memoria Técnica Justificativa
Memoria Económica justificativa
DOCUMENTO 3: FICHAS DE CONTROL DE
GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
Anexo II ‐ Ficha de control de gastos de personal técnico propio del
beneficiario imputados al proyecto
Anexo III ‐ Ficha de control de gastos de personal autónomo
imputados
Anexo IV ‐ Ficha de control de gastos de colaboraciones externas
contratadas y pagadas por el beneficiario
Anexo V ‐ Ficha de control de gastos de viajes interurbanos y
alojamientos de personal de la entidad
Anexo VI ‐ Ficha de control de gastos corrientes/otros gastos
Anexo VII ‐ Partes de trabajo
Anexo VIII ‐ Declaración de personal autónomo
Documentos probatorios de ejecución del gasto (apt. 7 guía
justificativa)
Documentación acreditativa de realización del pago (apt. 7 guía
justificativa)
DOCUMENTO 4: PRESUPUESTOS En su caso, tres presupuesto conforme establece el artículo 31.3 de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
DOCUMENTO 5: DECLARACION DE
AYUDAS RECIBIDAS POR LA ENTIDAD
Anexo IX ‐ Declaración expresa del beneficiario de otras ayudas y
subvenciones recibidas para las actuaciones objeto de ayuda.
Anexo X ‐ Declaración expresa del beneficiario ayudas públicas de
“minimis”.
En su caso, documentación según apto. 8 de la guía justificativa
(documento 5)
En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de
remanentes no aplicados.
DOCUMENTO 6: CERTIFICADO IVA, IGIC
O IGTE
Certificado de Hacienda relativo a la situación del beneficiario
situación con respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA),
Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) o Impuesto General
sobre el Tráfico de Empresas (I.G.T.E.).
Anexo XI – Actividades exentas
DOCUMENTO 7: OTROS DOCUMENTOS
RELEVANTES QUE EL BENEFICIARIO
DEBE Y DESEA APORTAR
Otra documentación
SOLICITUD DE VERIFICACION TECNICO-ECONOMCA
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Pág. 1
DOCUMENTO1‐SOLICITUDDEVERIFICACIÓNTÉCNICO‐ECONÓMICA
Documentación a aportar:
Anexo I ‐ Solicitud de verificación técnico‐económica
SOLICITUD DE VERIFICACION TECNICO-ECONOMCA
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Pág. 2
ANEXO I ‐ SOLICITUD DE VERIFICACIÓN TÉCNICO‐ECONÓMICA
DECLARO, bajo mi responsabilidad, que el proyecto denominado:
subvencionado a través de la Resolución de 18 de junio de 2012, de la Secretaría General de Industria y de la
Pequeña y Mediana Empresa, por la que se efectúa, para el año 2012 la convocatoria de subvenciones para el
impulso de las redes de Business Angels, se ha ejecutado de acuerdo con las condiciones señaladas en la
Resolución de concesión.
SOLICITO, la realización de la correspondiente verificación técnico‐económica establecida en la citada
convocatoria.
En ,a ,de de 20
(Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio,
este documento se genera automáticamente al rellenar el formulario).
1 Nombre del representante legal de la entidad beneficiaria
D./Dª1
con nº. N.I.F., D.N.I. o pasaporte
en representación de la entidad
con domicilio fiscal en calle Nº
provincia
y NIF
Nombre proyecto:
Nº de expediente:
MEMORIA TÉCNICA JUSTIFICATIVA Y MEMORIA ECONOMCIA JUSTIFICATIVA
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 1
DOCUMENTO2‐MEMORIATÉCNICAJUSTIFICATIVAYMEMORIAECONÓMICAJUSTIFICATIVA
Documentación a aportar:
Memoria Técnica Justificativa
Memoria Económica justificativa
FICHAS DE CONTROL DE GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 1
DOCUMENTO3‐FICHASDECONTROLDEGASTOSDEVENGADOSYPAGADOS
Documentación a aportar:
Anexo II ‐ Ficha de control de gastos de personal técnico propio del beneficiario imputados al
proyecto
Anexo III ‐ Ficha de control de gastos de personal autónomo imputados
Anexo IV ‐ Ficha de control de gastos de colaboraciones externas contratadas y pagadas por el
beneficiario
Anexo V ‐ Ficha de control de gastos de viajes interurbanos y alojamientos de personal de la entidad
Anexo VI ‐ Ficha de control de gastos corrientes/otros gastos
Anexo VII ‐ Partes de trabajo
Anexo VIII ‐ Declaración de personal autónomo
Documentos probatorios de ejecución del gasto (apt. 7 guía justificativa)
Documentación acreditativa de realización del pago (apt. 7 guía justificativa)
FICHAS DE CONTROL DE GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
ANEXO II ‐ GASTOS DE PERSONAL TÉCNICO Y/O ADMINISTRATIVO PROPIO DEL BENEFICIARIO
HOJA _____ DE _____
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 2
Nombre del beneficiario:
NIF del beneficiario: Gastos totales Imputados:
Título del proyecto o actuación:
Nº de expediente:
REF. (1)
Nombre, Apellidos y Puesto de trabajo DNI
Categoría (2)
Fecha de inicio (3)
Fecha Final (3)
Nº. Total de horas anuales según convenio o contrato
(4)
Salario Bruto (5)
Coste SS a cargo de la empresa
Coste hora (6)
Nº. Horas imputadas al proyecto
Coste total imputado al proyecto (7)
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
XX
TOTAL PÁGINA
TOTAL RELACIÓN
NOTAS explicativas: Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la memoria económica justificativa (1) Adjúntese documentos según este orden de referencia (2) Indicar: Director Técnico/Proyecto, Técnico Senior, Técnico Junior, Técnico Medio. (3) Período de tiempo dedicado por el técnico del proyecto (fecha de inicio/fecha de finalización) (4) Horas anuales del empleado, según el Convenio o contrato de aplicación (5) Total devengado (antes de ninguna deducción) (6) Salario Bruto + Seguridad Social a cargo del Beneficiario / nº,. de hors totales efectivas (trabajadas) en el año (7) Coste hora * Nº. horas imputadas al proyecto
DECLARO que los costes relacionados se han verificado efectivamente (Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma). FECHA:
FICHAS DE CONTROL DE GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
ANEXO III ‐ GASTOS DE PERSONAL TECNICO AUTÓNOMO IMPUTADOS
HOJA _____ DE _____
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 3
Nombre del beneficiario:
NIF del beneficiario: Gastos totales Imputados:
Título del proyecto o actuación:
Nº de expediente:
REF. (1)
Nombre, Apellidos y Puesto de trabajo DNI
Categoría (2)
Fecha de inicio (3)
Fecha Final (3)
Nº. Total de horas anuales según contrato (4)
Salario Bruto (5)
Coste SS a cargo de la empresa
Coste hora (6)
Nº. Horas imputadas al proyecto
Coste total imputado al proyecto (7)
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
XX
TOTAL PÁGINA
TOTAL RELACIÓN
Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la memoria económica justificativa NOTAS explicativas: (1) Adjúntese documentos según este orden de referencia (2) Indicar: Director Técnico/Proyecto, Técnico Senior, Técnico Junior, Técnico Medio. (3) Período de tiempo dedicado por el técnico del proyecto (fecha de inicio/fecha de finalización) (4) Horas anuales del empleado, según contrato (5) Según Modelo 190 (Resumen Anual de Retenciones correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas) o el Certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, indicar el importe íntegro satisfecho. (6) Si procede (7) Coste hora * Nº. horas imputadas al proyecto
DECLARO que los costes relacionados se han verificado efectivamente (Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma). FECHA:
FICHAS DE CONTROL DE GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
ANEXO IV ‐ GASTOS DE COLABORACIONES EXTERNAS CONTRATADAS Y PAGADAS POR EL
BENEFICIARIO
HOJA _____ DE _____
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 4
Nombre del beneficiario:
NIF del beneficiario: Gastos totales Imputados:
Título del proyecto o actuación:
Nº de expediente:
REF. (1)
Descripción del Gasto(2) Proveedor del
servicio
N.I.F. Proveedor del servicio
Nº Factura
Fecha emisión factura
Fecha pago factura
Importe neto factura
IVA no repercutible
(3)
Coste hora (6)
Coste total (IVA incluido)
Importe pagado
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
XX
TOTAL PÁGINA
TOTAL RELACIÓN
Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la memoria económica justificativa NOTAS explicativas: (1) Adjúntese documentos según este orden de referencia (2) Se incluirá una explicación clara y compresiva del gasto imputados (3) IVA no repercutible soportado por el Beneficiario Se recuerda que cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías para el contrato menor establecidas por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la prestación del servicio.
DECLARO que los costes relacionados se han verificado efectivamente (Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma). FECHA:
FICHAS DE CONTROL DE GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
ANEXO V ‐ GASTOS DE VIAJES INTERURBANOS Y ALOJAMIENTOS DE PERSONAL DE LA ENTIDAD
BENEFICIARIA
HOJA _____ DE _____
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 5
Nombre del beneficiario:
NIF del beneficiario: Gastos totales Imputados:
Título del proyecto o actuación:
Nº de expediente:
REF. (1)
Descripción del Gasto(2) Personal que realiza el viaje
Proveedor del servicio
N.I.F. Proveedor del
servicio
Nº Factura
Fecha emisión factura
Fecha pago factura
Importe neto factura
IVA no repercutib
le (3)
Coste hora (6)
Coste total (IVA incluido)
Importe pagado
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
XX
TOTAL PÁGINA
TOTAL RELACIÓN
Se recuerda que los gastos de viaje deben corresponder al personal técnico incluido en el Anexo II y III Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la memoria económica justificativa NOTAS explicativas: (1) Adjúntese documentos según este orden de referencia (2) Se incluirá una explicación clara y compresiva del gasto imputados (3) IVA no repercutible soportado por el Beneficiario
DECLARO que los costes relacionados se han verificado efectivamente (Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma). FECHA:
FICHAS DE CONTROL DE GASTOS DEVENGADOS Y PAGADOS
ANEXO VI ‐ GASTOS CORRIENTES/OTROS GASTOS
HOJA _____ DE _____
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 6
Nombre del beneficiario:
NIF del beneficiario: Gastos totales Imputados:
Título del proyecto o actuación:
Nº de expediente:
REF. (1)
Descripción del Gasto(2) Proveedor del
servicio
N.I.F. Proveedor del servicio
Nº Factura
Fecha emisión factura
Fecha pago factura
Importe neto factura
IVA no repercutible
(3) Coste hora
Coste total (IVA incluido)
Importe pagado
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
XX
TOTAL PÁGINA
TOTAL RELACIÓN
NOTAS explicativas: Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la memoria económica justificativa (1) Adjúntese documentos según este orden de referencia (2) Se incluirá una explicación clara y compresiva del gasto imputados (3) IVA no repercutible soportado por el Beneficiario
DECLARO que los costes relacionados se han verificado efectivamente (Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma). FECHA:
ANEXO VII - PARTE DE TRABAJO
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 7
ANEXO VII ‐ MODELO PARTE MENSUAL DE TRABAJO
Nombre del beneficiario:
Título del proyecto o actuación:
Nº de expediente:
Nombre trabajador/trabajadora:
Mes/periodo:
FECHA ACTIVIDADDESARROLLADAHORAS
IMPUTADAS€/HORA COSTESIMPUTADOS(€)
Trabajador/a(firmayfecha)
D./Dña.
Fecha.
Responsable del organismo beneficiario:
D./Dña.
FECHA:
(Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma).
NOTA: este modelo se facilita a los efectos de justificación de los gastos de personal técnico propio de la entidad imputados a las
actuaciones justificadas.
ANEXO VIII - DECLARACION DE PERSONAL AUTONOMO
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 8
ANEXO VIII – DECLARACION DE PERSONAL AUTONOMO
(Aportar solamente para aquellos gastos de personal autónomo imputado como gastos de personal técnico)
D./Dª2
con nº. N.I.F., D.N.I. o pasaporte
en representación de la entidad
DECLARO, bajo mi responsabilidad, que el personal autónomo que se imputa bajo el concepto de gastos de personal
técnico en el proyecto es accionista, socio o presta servicios habitualmente en esta entidad.
Relación de personal autónomo imputado al proyecto el proyecto denominado:
Nombre proyecto:
Nº de expediente:
Relación de personal autónomo:
NOMBRE NIF JORNADAANUALLABORAL
En ,a ,de de 20
(Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma
mediante aplicación eCoFirma).
2 Nombre del representante legal de la entidad beneficiaria
PRESUPUESTO SOLICITADOS
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 1
DOCUMENTO4–PRESUPUESTOS
Documentación a aportar:
En su caso, tres ofertas conforme establece el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.
DECLARACION DE AYUDAS PUBLICAS
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 1
DOCUMENTO5–DECLARACIONDEAYUDASRECIBIDASPORLAENTIDAD
Documentación a aportar:
Anexo IX ‐ Declaración expresa del beneficiario de otras ayudas y subvenciones recibidas para las
actuaciones objeto de ayuda.
Anexo X ‐ Declaración expresa del beneficiario ayudas públicas de “minimis”.
En su caso, Resoluciones de concesión de otras subvenciones recibidas para las actuaciones objeto de
ayuda.
En su caso, si en las Resoluciones de concesión anteriormente indicadas no figura el desglose de los
conceptos y partidas subvencionadas, se deberán aportar las memorias justificativas en las que
figuren las actividades subvencionadas, presupuesto subvencionable y subvención concedida para
cada partida.
En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados.
DECLARACION DE AYUDAS PUBLICAS
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 2
ANEXO IX ‐ DECLARACIÓN EXPRESA DEL BENEFICIARIO DE OTRAS AYUDAS Y SUBVENCIONES RECIBIDAS PARA LAS ACTUACIONES OBJETO DE AYUDA
(Apartado décimo de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen
de ayudas y la gestión de medidas del programa de impulso a las redes de «Business Angels»)
D./Dª3
con nº. N.I.F., D.N.I. o pasaporte
en representación de la entidad
DECLARO, bajo mi responsabilidad, que el proyecto denominado
Nombre proyecto:
Nº de expediente:
subvencionado a través de la Resolución de 18 de junio de 2012, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y
Mediana Empresa, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente a 2012 de las subvenciones para el impulso de
las redes de “Business Angels”
NO ha recibido ni solicitado otras ayudas para financiar las actuaciones descritas en las memorias
justificativas.
SI ha recibido o solicitado las siguientes ayudas para financiar las actuaciones descritas en las
memorias justificativas.
(Marcar la casilla que corresponda)
Ayudas, ingresos o recursos recibidas para las actividades subvencionadas:
ORGANISMO CONCEDENTE
Fecha de solicitud
Fecha de aprobación
Nº EXPEDIENTE4 Importe recibido (€)
En ,a ,de de 20
(Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma).
3 Nombre del representante legal de la entidad beneficiaria
4 Adjuntar resoluciones de concesión correspondientes o, en su caso, memorias justificativas en las que figuren las actividades
subvencionadas, presupuesto subvencionable y subvención concedida para cada partida
DECLARACION DE AYUDAS PUBLICAS
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 3
ANEXO X ‐ DECLARACIÓN EXPRESA DEL BENEFICIARIO AYUDAS PÚBLICAS DE MINIMIS
(Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de «minimis»)
D./Dª5
con nº. N.I.F., D.N.I. o pasaporte
en representación de la entidad
DECLARO, bajo mi responsabilidad, que la citada entidad
No ha recibido ni solicitado otras ayudas de “minimis” en los tres últimos ejercicios fiscales (2010, 2011 y 2012)
Ha recibido o solicitado las siguientes ayudas de “minimis” en los tres últimos ejercicios fiscales (2010, 2011 y 2012)
(Marcar la casilla que corresponda)
Ayudas de “minimis” recibidas por la entidad en los últimos tres ejercicios fiscales:
ORGANISMO CONCEDENTE
AÑO Fecha de solicitud
Fecha de aprobación Importe recibido (€)
(Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del
Ministerio, firma mediante aplicación eCoFirma).
5 Nombre del representante legal de la entidad beneficiaria
En ,a ,de de 20
CERTIFICADO IVA, IGIC o IGTE
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 1
DOCUMENTO6–CERTIFICADOIVA,IGICoIGTE
Solamente a aportar en el caso de que la resolución de concesión considere expresamente este gasto como
subvencionable.
Documentación a aportar:
Certificado de Hacienda relativo a la situación del beneficiario situación con respecto al Impuesto
sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) o Impuesto General sobre
el Tráfico de Empresas (I.G.T.E.).
Anexo XI – Actividades exentas
ANEXO XI - CERTIFICACDO IVA, IGIC, IGTE
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 2
ANEXO XI ‐ ACTIVIDADES EXENTAS DE IVA
Las actividades realizadas por:
Nombre entidad:
Nº de expediente:
subvencionadas a través del programa de impulso a Redes de Business Angels (Resolución de 18 de junio de 2012, de la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan para 2012 las subvenciones
para el impulso de las redes de Business Angels), que se encuentran exentas de declaración de IVA son:
Descripciónactividad6 Fichacontroldegastos Prorrataaplicable
6 Se indicara claramente el gasto justificado, prorrata de aplicación si fuese el caso, y anexo de control del gasto.
OTRA DOCUMENTACION APORTADA POR EL BENEFICARIO
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 1
DOCUMENTO7–OTROSDOCUMENTOSRELEVANTESQUEELBENEFICIARIODEBEYDESEAAPORTAR
Documentación a aportar:
Otra documentación
OTRA DOCUMENTACION APORTADA POR EL BENEFICARIO
PROGRAMA IMPULSO A REDES DE BUSINESS ANGELS – CONVOCATORIA 2012 Página 2
ANEXO XII – OTRA DOCUMENTACION
Se aporta la siguiente relación de documentos7:
Nº DOCUMENTO TITULO O DESCRIPCION
No se aporta otra documentación
En ,a ,de de 20
(Firma del representante legal y sello entidad beneficiaria. En caso de presentación ante el Registro Electrónico del Ministerio, firma
mediante aplicación eCoFirma).
7 Marcar la casilla que corresponda