Habeas Data
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ESTUDIO JURÍDICO JIMENEZ SALAZAR
Expediente N°:
Cuaderno : Principal
Escrito N° : 01
Sumilla : DEMANDA DE HABEAS DATA
SEÑOR (A) JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE TURNO DE MARISCAL NIETO-
MOQUEGUA
JOHN PAULO JIMENEZ GUEVARA, identificado con
DNI N° 48907687, con dirección domiciliaria en Calle Cusco N° 408, y, señalando
domicilio procesal en la Calle Moquegua N° 536, de esta ciudad de Moquegua;
ante Ud., con el debido respeto me presentó y expongo:
I. DEMANDADOS
I.1. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO, a quien se le
notificara, en el domicilio real, e institucional cito en calle Ancash S/N – Cercado
Moquegua.
II. PETITORIO
1. Que, invocando interés y legitimidad para obrar, interpongo Proceso de
Habeas Data por la violación del derecho constitucional de acceder a la
información, a efecto de que se me entregue la siguiente información: a) copia de
los proyectos de remodelación del Parque de la Juventud en los últimos 3 años,
por los fundamentos de hecho y derecho que a continuación paso a exponer:
III. FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.- Señor Juez, el recurrente en la calidad de ciudadano de la comuna de
Moquegua solicitó informe de los proyectos de remodelación y de cuanto es el
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presupuesto de cada proyecto que se invierte en la remodelación continua del
Parque de la Juventud de Moquegua, ubicado en el Ovalo La Rotonda.
2.- Que, con fecha 16 de Mayo del año en curso remití a la demandada
(Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto), una carta notarial, que tiene como
registro de ingreso N° 089, para que se me entregue la siguiente documentación
(información): a) Informe de los Proyectos de Remodelación del Parque de la
Juventud.
3.- Desde la fecha de la presentación 16 de Mayo hasta la fecha no he recibido
respuesta por parte de las demandadas, más por el contrario al momento de mi
apersonamiento a la mesa de partes de la Municipalidad Provincial de Mariscal
Nieto, para que se me pueda otorgar las copias de los informes solicitados, no se
me proporciono información o respuesta alguna del porque no se me podía dar
copia simples de dicha documentación solicitada.
4.- Como quiera que la información solicitada no afecta a la seguridad nacional
del estado y es mas se trata de información referente, a mi persona, por lo que el
silencio y la negativa de la demandada Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto
de otorgarme dicha información, constituye una violación al derecho
constitucional, de poder acceder a la información pública, por lo que me veo en la
obligación de interponer la presente acción de habeas data.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Invocando Legitimidad e Interés para obrar y solicitando Tutela Jurisdiccional
efectiva y frente a la vulneración de Derechos Constitucionales por haberse
atentado contra el derecho a la información pública, basándome en los siguientes
fundamentos de derecho que sustentan la presente:
- Artículo 2 inciso 5 de la Constitución Política del Estado, el cual señala que
toda persona tiene derecho a la información, a solicitar sin expresión de
causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública,
en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Exceptuándose las
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informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se
excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
- Artículo 2 inciso 6 de la Carta Constitucional del Perú, la cual señala el
derecho a la intimidad personal a que los servicios informáticos,
computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones
que afecten la intimidad personal y familiar.
- Artículo 61 del Código Procesal Constitucional el cual señala que el hábeas
corpus procede en defensa de los derechos constitucionales reconocidos
por los incisos 5) y 6) del artículo 2 de la Constitución. En consecuencia,
toda persona puede acudir a dicho proceso para: 1) Acceder a información
que obre en poder de cualquier entidad pública, ya se trate de la que
generen, produzcan, procesen, o posean, incluida la que obra en
expedientes terminados o en trámite, estudios, dictámenes, opiniones,
datos estadísticos, informes técnicos, y cualquier otro documento que la
administración pública tenga en su poder, cualquier que sea la forma de
expresión, ya sea gráfica, sonora, visual, electromagnética o que obre en
cualquier otro tipo de soporte material.
- Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Ley N° 27806, la cual estipula que los funcionarios o
servidores públicos que incumplieran con las disposiciones a que se refiere
esta Ley serán sancionados por la comisión de una falta grave, pudiendo
ser incluso denunciados por el delito de Abuso de Autoridad, al que hace
referencia el artículo 377 del Código Penal Peruano.
V. ANEXOS
1-A. Copia del DNI.
1-B. Copia Legalizada de La Carta Notarial.
1-C. Copia de Solicitud de Informe sobre los proyectos de remodelación del
Parque de la Juventud.
POR LO EXPUESTO:
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A Ud. Pido con el debido respeto se sirva dar trámite a la demanda interpuesta,
calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad, conforme a ley.
OTROSI.- Que, pido a su Despacho se sirva disponer la notificación a la entidad
Demandada y en su domicilio señalado en el rubro pertinente.
OTROSÍ.- Que de conformidad con lo establecido por la QUINTA DISPOSICIÓN
FINAL del Código Procesal Constitucional, los procesos constitucionales se
encuentran exonerados del pago de las tasas judiciales.
Moquegua, 06 de Junio del 2012.
Abog. Jhan Paul Jimenez Salazar John Paulo Jimenez Guevara
C.A.M. N° 204 DNI N° 48907687
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