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I. Disposiciones generales Consejería de Presidencia y Justicia Orden de 24 de noviembre de 2005, por la que se aprueba la actualización del Manual de Identidad Corporativa Gráfica y las aplicaciones relativas a la señalización de edifi- cios públicos, vestuario y vehículos. Consejería de Educación, Cultura y Deportes Decreto 215/2005, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Orga- nización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de La Laguna. Consejería de Empleo y Asuntos Sociales Orden de 17 de noviembre de 2005, por la que se modifica la Orden de 22 de septiem- bre de 2005, que determina las fiestas locales propias de cada municipio de la Comuni- dad Autónoma de Canarias para el año 2006. II. Autoridades y Personal Oposiciones y concursos Consejería de Presidencia y Justicia Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 23 de noviembre de 2005, por la que se designan los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Inge- nieros Agrónomos, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia, de 31 de octubre de 2005 (B.O.C. nº 220, de 9.11.05). 237 Año XXIII Viernes 2 de diciembre de 2005 Boletín Oficial de Canarias Depósito Legal TF-37/1983 Edita/Servicio de Publicaciones Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia Edificio Administrativo de Usos Múltiples II, planta 0 Avda. José Manuel Guimerá, 8, Tfno.: (922) 47.69.40. Fax: (922) 47.65.98 38003 Santa Cruz de Tenerife Edificio Administrativo de Usos Múltiples I, planta 0 C/ Prof. Agustín Millares Carlo, 22, Tfno.: (928) 30.67.17. Fax: (928) 30.67.00 35071 Las Palmas de Gran Canaria Precio suscripción: Período anual: 82,81 euros. Semestre: 48,72 euros. Trimestre: 28,41 euros. Precio ejemplar: 0,84 euros. El texto de este B.O.C. puede ser consultado a través de Internet en la siguiente dirección: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/ Página 22914 Página 23052 Página 23062 Página 23063

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I. Disposiciones generales

Consejería de Presidencia y Justicia

Orden de 24 de noviembre de 2005, por la que se aprueba la actualización del Manualde Identidad Corporativa Gráfica y las aplicaciones relativas a la señalización de edifi-cios públicos, vestuario y vehículos.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Decreto 215/2005, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Orga-nización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de La Laguna.

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Orden de 17 de noviembre de 2005, por la que se modifica la Orden de 22 de septiem-bre de 2005, que determina las fiestas locales propias de cada municipio de la Comuni-dad Autónoma de Canarias para el año 2006.

II. Autoridades y PersonalOposiciones y concursos

Consejería de Presidencia y Justicia

Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 23 de noviembre de 2005, porla que se designan los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas paraingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos (GrupoA), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Inge-nieros Agrónomos, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia, de31 de octubre de 2005 (B.O.C. nº 220, de 9.11.05).

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Año XXIII Viernes 2 de diciembre de 2005

Boletín Oficial de Canarias

Depósito Legal TF-37/1983Edita/Servicio de PublicacionesSecretaría General TécnicaConsejería de Presidenciay Justicia

Edificio Administrativo de UsosMúltiples II, planta 0Avda. José Manuel Guimerá, 8, Tfno.: (922) 47.69.40. Fax: (922) 47.65.9838003 Santa Cruz de Tenerife

Edificio Administrativo de UsosMúltiples I, planta 0C/ Prof. Agustín Millares Carlo, 22, Tfno.: (928) 30.67.17. Fax: (928) 30.67.0035071 Las Palmas de Gran Canaria

Precio suscripción:Período anual: 82,81 euros.Semestre: 48,72 euros.Trimestre: 28,41 euros.Precio ejemplar: 0,84 euros.

El texto de este B.O.C. puede ser consultado a través de Internet en la siguiente dirección: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/

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Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 23 de noviembre de 2005,por la que se designan los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selecti-vas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Ar-quitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo B), de la Administración de la Comunidad Autó-noma de Canarias, especialidad Ingenieros Técnicos Agrícolas, convocadas por Ordende la Consejería de Presidencia y Justicia, de 31 de octubre de 2005 (B.O.C. nº 220,de 9.11.05).

Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de25 de noviembre de 2005, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantesa desempeñar servicios en las Unidades de Apoyo a los Órganos Judiciales de la Ad-ministración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, me-diante contratación laboral temporal de interinidad por la categoría de Licenciadosen Psicología, de acuerdo con la convocatoria de esta Dirección General de Relacio-nes con la Administración de Justicia de 13 de septiembre de 2004 (B.O.C. nº 190,de 30.9.04).

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Orden de 21 de noviembre de 2005, por la que se resuelve la convocatoria para la pro-visión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en esta Con-sejería, efectuada por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 4 de octubrede 2005.

Orden de 21 de noviembre de 2005, por la que se resuelve la convocatoria para la pro-visión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en esta Con-sejería, efectuada por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 4 de octubrede 2005.

III. Otras Resoluciones

Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación.- Resolución de 24 de agosto de 2005,de acreditación del laboratorio de control de calidad en la edificación Controles Exter-nos de la Calidad Canaria, S.L. (Gran Canaria) en las áreas de control del hormigón, suscomponentes y de las armaduras de acero (EHA), de ensayos de laboratorio de geotec-nia (GTL), de sondeos, toma de muestras y ensayos in situ para reconocimientos geo-técnicos (GTC).

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 218/2005, de 24 de noviembre, por el que se autoriza el otorgamiento de aval deTesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias a favor del Consorcio Sanitario de Te-nerife por importe de veintinueve millones quinientos setenta y tres mil ciento cincuen-ta y siete (29.573.157) euros.

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Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Decreto 214/2005, de 24 de noviembre, por el que se declara Bien de Interés Cultu-ral, con categoría de Zona Arqueológica “La Barranquera”, en el término municipalde San Cristóbal de La Laguna, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protec-ción.

Dirección General de Deportes.- Resolución de 7 de noviembre de 2005, por la que seconvocan los “XXIV Campeonatos de Canarias”.

Consejería de Sanidad

Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 25 de noviembre de 2005, de la Directora,por la que se amplía el plazo previsto para la realización de los procesos extraordinariosde consolidación y provisión de plazas de personal estatutario del citado Organismo.

IV. AnunciosAnuncios de contratación

Consejería de Economía y Hacienda

Dirección General de Patrimonio y Contratación.- Anuncio de 22 de noviembre de 2005,por el que se convoca concurso, procedimiento abierto, para la contratación del suministrode un vehículo de representación oficial con destino a la Secretaría General Técnica dela Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Comunidad Autó-noma de Canarias.

Consejería de Sanidad

Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Hospital de Gran Canaria Dr.Negrín.- Anuncio de 17 de noviembre de 2005, por el que se hace pública la relaciónde los adjudicatarios de los procedimientos abiertos y negociados celebrados en la Ge-rencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín, en cumplimiento de loestablecido en el artículo 93.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Ad-ministraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio).

Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Hospital Universitario NuestraSeñora de Candelaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife.- Anuncio de 18 de noviembrede 2005, por el que se hace pública la relación de adjudicatarios de los concursos pú-blicos: CP 2005-5-13: suministro, mediante arrendamiento sin opción de compra, demódulos prefabricados destinados al Centro Comarcal de Urgencias de El Mojón, perte-neciente al Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria; CP 2005-5-16: ser-vicio de gestión y eliminación de residuos sanitarios de riesgo o específicos para elHospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria-Ofra; CP 2005-5-17: servicio demantenimiento de las instalaciones del Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra y del Hospital del Tórax, afectadas por el Real Decreto 865/2003, por elque se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de lalegionelosis.

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Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Hospital Universitario NuestraSeñora de Candelaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife.- Anuncio de 18 de noviembrede 2005, por el que se hace pública la relación de adjudicatarios de los expedientespor procedimiento negociado: PN 2005-7-22: servicio de gestión de suscripciones pe-riódicas para la Biblioteca del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria-Ofra; PN 2005-7-24: servicio de mantenimiento de los equipos de radioterapia (ace-lerador lineal y simulador) de la marca Philips, instalados en el Hospital UniversitarioNuestra Señora de Candelaria-Ofra; PN 2005-7-26: servicio para la realización de di-ferentes pruebas complementarias del diagnóstico precoz de malformaciones fetalespara el servicio de Toco-ginecología del Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra.

Otros anuncios

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 21 de noviembre de 2005, por el que se requierea los interesados de las subvenciones reguladas en el anexo I de la Orden de 1 de agos-to de 2005, que convoca para el ejercicio 2005 las subvenciones directas e indirectascon finalidad estructural cofinanciadas por la Unión Europea (I.F.O.P.) para nueva cons-trucción de buques pesqueros (B.O.C. nº 158, de 12.8.05) cuyas solicitudes no reú-nen los requisitos exigidos, o no acompañan la documentación preceptiva prevista endicha Orden.

Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 21 de noviembre de 2005, por el que se requierea los interesados de las subvenciones reguladas en el anexo II de la Orden de 1 de agos-to de 2005, que convoca para el ejercicio 2005 las subvenciones directas e indirectascon finalidad estructural cofinanciadas por la Unión Europea (I.F.O.P.) para nueva cons-trucción de buques pesqueros (B.O.C. nº 158, de 12.8.05) cuyas solicitudes no reú-nen los requisitos exigidos, o no acompañan la documentación preceptiva prevista endicha Orden.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Dirección General de Deportes.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 7de noviembre de 2005, relativa a las convocatorias dirigidas a colectivos de atención es-pecial, deportistas de alta competición, eventos deportivos, cursos y jornadas de forma-ción y actualización, desplazamientos de técnicos deportivos y desplazamientos de equi-pos y deportistas.

Dirección General de Personal.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8de noviembre de 2005, que emplaza a cuantos aparezcan como interesados en el proce-dimiento nº 424/2005, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2de Santa Cruz de Tenerife, promovido por Dña. María Encarnación González Asencio yDña. Inmaculada Marrero Barroso, contra la Orden del Consejero de Educación, Cultu-ra y Deportes, de 10 de junio de 2005, por la que se atribuye competencia para impartirdocencia con carácter preferente en el Conservatorio Superior de Música de Canarias, alos Profesores Especiales del Conservatorio Profesional de Música de Las Palmas de GranCanaria y a los Catedráticos del Conservatorio Profesional de Música de Santa Cruz deTenerife que ostentan tal condición antes de la transferencia de la titularidad de los ante-dichos centros de la Comunidad Autónoma de Canarias, desde, respectivamente, el Ayun-tamiento de Las Palmas de Gran Canaria y el Cabildo Insular de Tenerife.

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Dirección General de Personal.- Anuncio por el que se hace pública la Resoluciónde 8 de noviembre de 2005, que emplaza a cuantos aparezcan como interesados enel procedimiento nº 437/2005, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativonº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, promovido por D. Deogracias Pérez Hernán-dez, contra la Resolución de 27 de mayo de 2005, de la Dirección General de Per-sonal, por la que se ordena la exposición a efectos meramente informativos, de laadjudicación de destinos definitivos correspondientes a las convocatorias de provi-sión de plazas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, asícomo las correspondientes al porcentaje de reserva del Primer Ciclo de EnseñanzaSecundaria Obligatoria, previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la LOGSEen Centros Públicos de la Comunidad Autónoma Canaria, convocadas por Orden de13 de octubre de 2004 (B.O.C. de 26) y la Resolución de 28 de abril de 2005, de laDirección General, por la que se determinan, en relación con el procedimiento es-tablecido por Orden de 13 de octubre de 2004 (B.O.C. nº 207, de 26.10.04), las va-cantes definitivas en Centros de Educación Infantil, Educación Primaria, EducaciónEspecial y Primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria de la ComunidadAutónoma Canaria.

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Dirección General de Protección del Menor y la Familia.- Anuncio de 15 de noviem-bre de 2005, por el que se notifica a Carmen García Toledo, en ignorado domicilio,sobre iniciación del transcurso del plazo de caducidad por causa imputable al intere-sado.

Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 17 de noviembre de 2005, por elque se hace pública notificación de la Resolución de este Centro Directivo, relativa a laresolución provisional de suspensión y extinción de la L.I.S.M.I., por encontrarse en ig-norado paradero.

Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 21 de noviembre de 2005, de la Directora, re-lativo a notificación de resolución de desistimiento, respecto a la solicitud de subvenciónde la entidad Cascapúa, Sdad. Coop., de las previstas en el artº. 2.2 de la OrdenTAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la con-cesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en lascooperativas y sociedades laborales.

Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 22 de noviembre de 2005, de la Directo-ra, relativo a notificación de Acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de lasubvención concedida a Irmalema, S.L.L., de las previstas en el programa “Desa-rrollo de la Economía Social”, de la Orden de 29 de diciembre de 1998 (B.O.E. nº12, de 14.1.99), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión deayudas y subvenciones públicas con cargo al programa “Desarrollo de la EconomíaSocial”.

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I. Disposiciones generales

Consejería de Presidencia y Justicia

1644 ORDEN de 24 de noviembre de 2005, por laque se aprueba la actualización del Manualde Identidad Corporativa Gráfica y las apli-caciones relativas a la señalización de edi-ficios públicos, vestuario y vehículos.

Por Decreto 184/2004, de 21 de diciembre, seaprobó la identidad corporativa del Gobierno de Ca-narias y se establecieron las normas para su trata-miento y utilización.

El citado Decreto aprobó el Manual de Iden-tidad Corporativa Gráfica, cuya aplicación haposibilitado el refuerzo de la identidad corpora-tiva del Gobierno de Canarias en toda las áreasde su gestión. No obstante, teniendo en cuentaque fue diseñado con la pretensión de ser un ins-trumento vivo que fuera dando respuesta en to-do momento a las necesidades de actualizaciónde la identidad corporativa del Gobierno de Ca-narias y las sugerencias recibidas desde los di-versos departamentos han aconsejado realizaralgunas adaptaciones y actualizaciones referi-das al uso de la marca en papelería e impresos ya la marca publicitaria, que refuercen la homo-geneidad de la identidad corporativa del Go-bierno de Canarias, sin que supongan alteraciónde su contenido sustancial.

Teniendo en cuenta que el número 2 del ar-tículo 2 del Decreto 184/2004 anteriormente re-ferenciado establece que “el desarrollo de las apli-caciones referidas a la señalización de edificios,de vestuario y de vehículos se desarrollará y ven-drá a completar el Manual de Identidad Corpora-tiva Gráfica mediante Orden del Departamentocompetente”.

Por su parte la Disposición Final Primera delmismo Decreto 184/2004 dispone que “las su-cesivas actualizaciones y revisiones de las nor-mas de tratamiento y utilización de la IdentidadCorporativa del Gobierno de Canarias se apro-barán mediante Orden de la Consejería com-petente en materia de imagen institucional, siem-pre y cuando no alteren el contenido sustancialde la Identidad Corporativa del Gobierno de Ca-narias”.

En su virtud, y en uso de las facultades que mehan sido conferidas,

D I S P O N G O:

Artículo único.- 1. Se aprueban las especifi-caciones técnicas a las que deben ajustarse la se-ñalización de edificios públicos, vestuario e iden-tificación de vehículos y las adaptaciones yactualizaciones relativas al uso de la marca en pa-pelería e impresos y a la marca publicitaria del ci-tado Manual aprobado por el Decreto 184/2004, de21 de diciembre.

2. Una vez incorporadas las citadas aplicacio-nes y actualizaciones el contenido del Manual deIdentidad Corporativa Gráfica del Gobierno deCanarias queda configurado como se recoge en elanexo de la presente Orden.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- Los plazos para llevar a cabo la adecuacióna las aplicaciones del Manual de Identidad CorporativaGráfica del Gobierno de Canarias referidas a la se-ñalización de edificios públicos, vestuario y vehículosque se aprueban por la presente Orden serán los si-guientes:

a) En señalización de edificios públicos:

1. Exterior, antes del 31 de marzo de 2006.

2. Interior, antes del 1 de julio de 2006.

b) En vestuario deberá haberse hecho efectivaantes del 1 de febrero de 2006.

c) En identificación de vehículos deberá ha-berse realizado antes del 1 de agosto de 2006.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- La presente Orden entrará en vigor eldía siguiente al de su publicación en el Boletín Ofi-cial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviembre de2005.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA,

José Miguel Ruano León.

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ORDEN nº 555, de 24 de noviembre de 2005,por la que se aprueba la actualización delManual de Identidad Corporativa Gráfica ylas aplicaciones relativas a la señalizaciónde edificios públicos, vestuario y vehículos.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1645 DECRETO 215/2005, de 24 de noviembre,por el que se aprueba el Reglamento de Or-ganización y Funcionamiento del Consejo So-cial de la Universidad de La Laguna.

La Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos So-ciales y Coordinación del Sistema Universitario deCanarias, dictada en adaptación de la normativa queregula los Consejos Sociales a la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, po-tenció el protagonismo de estos órganos, que incor-poran, junto a los miembros académicos, a elemen-tos representativos de la sociedad canaria con el finde intensificar su implicación en la vida universita-ria, posibilitando no sólo que la actividad de la Uni-versidad sea supervisada, sino, sobre todo, una opor-tunidad para que aquellos elementos de la sociedadque más pueden aportar al desarrollo y crecimientode nuestras Universidades, conozcan sus problemasy se impliquen en la común tarea de generar unaadecuada interconexión entre la actividad académi-ca e investigadora y las necesidades intelectuales, so-ciales, científicas, económicas y laborales de Canarias.

De acuerdo con estos planteamientos y conside-rando globalmente las funciones del Consejo Socialde planificación, programación y promoción de la eficien-cia de los servicios prestados por las Universidades;supervisión de la actividad económica y rendimien-to de los servicios y de su gestión; y de interaccióncon los agentes sociales, económicos y productivos,surge la necesidad de elaborar un nuevo Reglamen-to en el que se introduzcan las prescripciones esta-blecidas por el nuevo ordenamiento universitario enel que han visto la luz las citadas Leyes, configurándosedicho Reglamento, como un instrumento legal pararegular aspectos del Consejo Social, como su natu-raleza, funciones, competencias, composición y es-tatuto de sus miembros, funcionamiento, servicio decontrol interno y de la aprobación del presupuesto yde las cuentas anuales de la Universidad, del régimenfinanciero y presupuestario, de la sede y administracióndel Consejo, y de la reforma del Reglamento.

La competencia para la aprobación del Reglamen-to de organización y funcionamiento del Consejo So-cial está atribuida al Gobierno de Canarias, de conformidadcon lo dispuesto en la Disposición Final Primera, apar-tado 3, de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Con-sejos Sociales y Coordinación del Sistema Universi-tario de Canarias, en relación con el artículo 10 de lamisma, que establece que el Pleno del Consejo Socialelaborará su propio reglamento de organización y fun-cionamiento, que someterá a la aprobación del Gobiernode Canarias, previo su control de legalidad.

En su virtud, visto el acuerdo del pleno del Conse-jo Social de la Universidad de La Laguna, adoptado

en su sesión extraordinaria celebrada el día 27 de abrilde 2004, aprobando la propuesta del Reglamento deOrganización y Funcionamiento del Consejo Social dela Universidad de La Laguna, de conformidad con lodispuesto en el artículo 10 y en el apartado 3º de la Dis-posición Final Primera de la Ley 11/2003, de 4 deabril, a propuesta del Consejero de Educación, Cultu-ra y Deportes y previa deliberación del Gobierno ensesión celebrada el día 24 de noviembre de 2005,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se aprueba el Reglamento del Con-sejo Social de la Universidad de La Laguna, en lostérminos del anexo.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.- Queda derogado el Decreto 24/1999, de25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamentodel Consejo Social de la Universidad de La Lagunay cuantas disposiciones de igual o inferior rango seopongan al presente Reglamento.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- El presente Decreto entrará en vigor el díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficialde Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 24 de no-viembre de 2005.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

A N E X O

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL

DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

TÍTULO I

NATURALEZA, FINES Y COMPETENCIAS DEL CONSEJO SOCIAL

CAPÍTULO ÚNICO

NATURALEZA Y FUNCIONES DEL CONSEJO SOCIAL

Artículo 1.- Generalidades.

1. El Consejo Social de la Universidad de LaLaguna se constituye en el marco de lo dispuesto por

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la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 dediciembre, según lo establecido en Ley 11/2003, de4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinacióndel Sistema Universitario de Canarias.

2. Corresponde al Consejo Social, con carácter ge-neral, la supervisión de las actividades de carácter eco-nómico y administrativo de la Universidad de LaLaguna y la del rendimiento de sus servicios, así co-mo la promoción de la colaboración con la Sociedaden la financiación de la misma, y la optimización delas relaciones entre los órganos universitarios y su en-torno con el objetivo de lograr y mantener la calidadde todas las actividades universitarias.

Artículo 2.- Naturaleza del Consejo Social.

1. El Consejo Social es el órgano de participaciónde la sociedad canaria en la Universidad de La Lagunaestablecido con el fin de asegurar una adecuada in-terconexión entre la actividad académica e investi-gadora y las necesidades intelectuales, culturales,sociales, científicas, económicas y laborales de Ca-narias.

2. Las relaciones entre el Consejo Social y los de-más órganos colegiados o unipersonales de la Uni-versidad se regirán por los principios de colaboración,coordinación y lealtad a la institución universitariaen el ejercicio de sus respectivas funciones.

Artículo 3.- Funciones del Consejo Social.

1. Son funciones del Consejo Social la promociónde la eficiencia de los servicios prestados por la Uni-versidad, la supervisión de la planificación y pro-gramación de esos servicios, así como, la supervisiónde su actividad económica y de su gestión, y el im-pulso a la mutua colaboración con los agentes socialesy económicos y, en particular, conseguir la colabo-ración de la sociedad canaria, adecuando las activi-dades educativas y de investigación de la Universi-dad a las demandas de su entorno económico, culturaly social.

2. Asimismo cuantas otras funciones le atribuyanla Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universida-des; la Ley 11/2003, de 4 de abril, de Consejos So-ciales y Coordinación del Sistema Universitario deCanarias; los Estatutos de la Universidad, sus nor-mativas de desarrollo y el presente Reglamento.

Artículo 4.- Competencias de planificación yprogramación.

1. Son competencias del Consejo Social en pro-gramación de los servicios y promoción de la eficien-cia:

a) Promover una oferta cualificada de enseñanzasuniversitarias y de las actividades culturales y cien-

tíficas de la Universidad, así como el establecimientode una política integral de becas, adecuadas a las ne-cesidades de la sociedad canaria.

b) Proponer a la Comunidad Autónoma la crea-ción, modificación o supresión de facultades, es-cuelas técnicas o politécnicas superiores, escuelas uni-versitarias o escuelas universitarias politécnicas einstitutos universitarios a iniciativa propia y previoinforme del Consejo de Gobierno de la Universidado informar, en su caso, iniciativas de la ComunidadAutónoma encaminadas a los mismos objetivos.

c) Proponer, o informar en su caso, a la Comuni-dad Autónoma, la implantación y supresión de en-señanzas conducentes a la obtención de títulos uni-versitarios de carácter oficial, con validez en todo elterritorio del Estado.

d) Proponer la adscripción a la Universidad, me-diante convenios con ésta, de centros docentes de ti-tularidad pública o privada, para impartir estudios con-ducentes a la obtención de títulos de carácter oficialcon validez en todo el territorio del Estado.

e) Proponer la adscripción a la Universidad o, ensu caso, la revocación de la misma, de institucioneso centros de investigación públicos o privados comoinstitutos universitarios de investigación.

f) Informar los conciertos entre la Universidad einstituciones sanitarias, así como promover y cono-cer cuantos convenios sean suscritos por ésta para elcumplimiento de sus fines, cualquiera que sea su na-turaleza jurídica.

g) Promover la realización de prácticas profesio-nales formativas de los estudiantes universitarios enempresas u otros entes públicos o privados, toman-do conocimiento de los convenios que suscriba la Uni-versidad en esta materia.

h) Estimular los proyectos de investigación ydesarrollo compartidos entre la Universidad y lasempresas, así como las políticas de transferencia tec-nológica y difusión de los resultados obtenidos en lasactividades de investigación de la Universidad.

i) Aprobar, previo informe del Consejo de Coor-dinación Universitaria, las normas que regulen elprogreso y la permanencia de los estudiantes en laUniversidad, de acuerdo a las características de losdistintos estudios.

2. Competencias en materia de programación eco-nómica.

a) Conocer e informar, en su caso, los planes delargo alcance que el Consejo de Gobierno adopteformalmente como tales, dotándolos de carácterorientador de su actividad futura.

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b) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobier-no, la programación plurianual de la Universidad, asícomo los convenios y contratos programas que la de-sarrollen.

c) Conocer e informar con anterioridad a su apro-bación por el Consejo de Gobierno los criterios bá-sicos para la elaboración del presupuesto de la Uni-versidad.

d) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobier-no, y de acuerdo con los límites previstos en los Pre-supuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias,el presupuesto anual de la Universidad.

e) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno,las concesiones de crédito extraordinario o suple-mentos de crédito, siempre que deba efectuarse ungasto que no pueda ser aplazado al ejercicio siguientey para el cual no exista crédito consignado en los pre-supuestos o el existente no sea suficiente, y tenga elcarácter de no ampliable.

f) Autorizar las transferencias de los gastos de ca-pital a cualquier otro capítulo del presupuesto degastos de la Universidad.

g) Autorizar, simultáneamente a la aprobación delPresupuesto, el límite del importe a partir del cual se-rá necesaria una autorización expresa para que se pue-da proceder a la contratación por el sistema de pro-cedimiento negociado.

h) Autorizar la ejecución de las transferencias decrédito que afecten a fondos recibidos de la Comu-nidad Autónoma de Canarias, una vez hayan sido apro-badas por ésta conforme a la normativa que resulteaplicable en cada caso.

i) Autorizar las propuestas de operaciones de en-deudamiento y aval que la Universidad presente pa-ra su aprobación a la Comunidad Autónoma.

j) Acordar, a propuesta del Consejo de Gobiernode la Universidad, dentro de los límites que para es-te fin fije la Comunidad Autónoma de Canarias, la asig-nación singular e individual de los Complementos Re-tributivos previstos en los artículos 55 y 69 de la LeyOrgánica de Universidades, previa valoración de losméritos por parte de la Agencia Canaria de Evalua-ción de la Calidad y Acreditación Universitaria.

k) Aprobar la desafectación de los bienes de do-minio público de la Universidad, así como la enaje-nación, permuta, cesión y gravamen de bienes patri-moniales, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislaciónsobre patrimonio histórico y demás normativa apli-cable.

El Consejo Social recibirá anualmente el inven-tario actualizado de los bienes que integran el patri-

monio de la Universidad a efectos de su aprobacióno señalización de deficiencias a subsanar.

l) Establecer los precios públicos u otras presta-ciones que correspondan a enseñanzas conducentesa la obtención de títulos no oficiales, así como el ré-gimen retributivo del profesorado que imparta seminarios,cursos y enseñanzas no conducentes a la obtenciónde títulos de carácter oficial.

m) Aprobar los estudios económicos de viabili-dad relativos a los planes de estudio.

n) Aprobar la creación por la Universidad de em-presas, fundaciones o personas de otra naturaleza ju-rídica para el desarrollo de funciones relacionadas consus competencias específicas.

Artículo 5.- Competencias de supervisión de laactividad económica y del rendimiento de los servi-cios.

1. El Consejo Social supervisará las actividadesde carácter económico de la Universidad así comoel rendimiento de sus servicios. A estos efectos le co-rresponderá:

a) Aprobar las cuentas anuales de liquidación dela Universidad, así como de las entidades que de elladependen en los plazos establecidos en la legislaciónfinanciera de la Comunidad Autónoma de Canarias.A estos efectos la Universidad deberá remitir al Con-sejo Social las cuentas anuales de liquidación en elprimer trimestre de cada ejercicio presupuestario.

b) Proponer al Rector el nombramiento del inter-ventor o responsable del control económico internode la Universidad.

c) Informar favorablemente la propuesta del Rec-tor sobre el nombramiento del gerente, de conformidadcon el artículo 23 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21de diciembre, de Universidades.

d) Supervisar la actividad de la Universidad conrelación a las políticas de becas, ayudas, exencionesy créditos de estudio, así como la de investigacióncon cargo a los recursos ordinarios de la misma, ga-rantizando el pleno respeto a los principios de publicidad,mérito y capacidad.

2. Enviar a la Consejería competente el presu-puesto anual de la Universidad en el plazo máximode un mes, a contar desde la fecha de su aprobación.

3. Supervisar las actividades económicas y ad-ministrativas de la Universidad y evaluar el rendi-miento de sus servicios. A tal efecto, podrá propo-ner, conocer e informar de cuantas iniciativas estimeque redundan en la mejora de los servicios univer-sitarios.

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4. Supervisar cuantas iniciativas tengan por obje-to conseguir una mayor calidad de la enseñanza y dela investigación universitaria.

Artículo 6.- Otras competencias del Consejo So-cial.

1. También es competencia del Consejo Socialproponer líneas de actuación para mejorar la calidady eficiencia de las actividades desarrolladas por la Uni-versidad, recabando para ello toda la información ycooperación necesarias de los distintos órganos uni-versitarios y propiciando la realización de estudios,encuestas o iniciativas similares que permitan con-trastar el rendimiento de los servicios, especialmen-te en lo que se refiere a docencia, investigación y ges-tión a cuyo fin dispondrá asimismo de las prestacionesde servicios necesarias de la Agencia Canaria deEvaluación de la Calidad y Acreditación Universi-taria.

2. Informar o proponer al Consejo de Gobierno so-bre los honores y distinciones de la Universidad deLa Laguna.

3. El Consejo Social facilitará la interacción conlos agentes sociales y económicos. A estos efectos:

a) Promoverá la colaboración de la sociedad ca-naria en la financiación de la Universidad incentivando,o incluso, canalizando el mecenazgo por parte de per-sonas físicas y jurídicas, públicas o privadas a laUniversidad. Además estimulará las relaciones en-tre la Universidad y su entorno cultural, profesional,económico y social mediante todo tipo de iniciativasy actividades.

b) Potenciará la participación de los distintos sec-tores sociales, profesionales y económicos en la ela-boración y reforma del contenido de los planes de es-tudio con el fin de adecuarlos con la necesariaflexibilidad a las necesidades de la sociedad canaria.

c) Impulsará el establecimiento de convenios y acuer-dos entre la Universidad y otras entidades, públicaso privadas, orientadas a completar la formación prác-tica de los alumnos y facilitar su empleo futuro.

4. Los Consejos Sociales podrán establecer acuer-dos con otros Consejos Sociales.

Artículo 7.- Relaciones con los órganos de gobiernode la Universidad.

El Consejo Social, para el correcto ejercicio de susfunciones y competencias, dentro de los principiosde leal colaboración, podrá solicitar a los órganos degobierno colegiados o unipersonales de la Universi-dad o, en particular de alguno de sus Centros, el apo-

yo con medios materiales o personales, así comoconcluir con ellos acuerdos y convenios, recabarcuanta información estime necesaria o solicitar in-formes específicos para el cumplimiento de sus fun-ciones.

TÍTULO II

ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO SOCIAL

Artículo 8.- Composición del Consejo Social.

El Consejo Social de la Universidad de La Lagu-na está constituido por veintiséis miembros.

1. Serán vocales natos del Consejo Social el Rec-tor de la Universidad, el Secretario General y el Ge-rente.

2. Serán vocales designados en representación dela comunidad universitaria:

a) Un profesor.

b) Un estudiante.

c) Un representante del personal de administracióny servicios.

3.- Serán vocales representantes de los interesessociales:

a) Un vocal designado por el Consejero com-petente en materia de educación del Gobierno deCanarias.

b) Tres vocales elegidos por el Parlamento de Ca-narias de forma proporcional a la representación delos grupos presentes en la Cámara.

c) Un vocal en representación de cada uno de losCabildos Insulares.

d) Dos vocales propuestos por las organizacionessindicales más representativas, de acuerdo con loprevisto en la normativa vigente en la materia.

e) Dos vocales propuestos por las organizacionesempresariales más representativas, de acuerdo con loprevisto en la normativa vigente en la materia.

f) Un vocal en representación de los colegios pro-fesionales, nombrado por el Consejero competenteen materia de educación a propuesta de dichos cole-gios o por los consejos de colegios existentes en Ca-narias.

g) Un vocal designado por el Consejero competeen materia de educación a propuesta del Consejo de

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Gobierno de la Universidad entre aquellas empresasque colaboren de forma estable en su financiación,de acuerdo con los criterios fijados al respecto en lanormativa de la Universidad.

h) Un vocal designado entre aquellas fundacionesy empresas que tengan suscritos convenios o contratosde investigación, docencia, prácticas de formación pro-fesional o de colaboración entre las actividades de laUniversidad, priorizando aquellas que tengan mayoractividad en investigación, desarrollo e innovación(I+D+I) a propuesta del Rector.

i) Un representante designado de entre personasde reconocido prestigio en los ámbitos científico,cultural, artístico y tecnológico, a propuesta del Rec-tor.

j) Un representante a propuesta de las Confede-raciones de las Asociaciones de Padres de Alumnos(APAS) de Canarias.

Artículo 9.- Nombramiento de los vocales delConsejo Social.

1. El nombramiento de los vocales corresponde alConsejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma deCanarias, a propuesta del Consejero competente enmateria de educación y previa designación por las en-tidades, organizaciones o colectivos que representan.Los nombramientos y ceses serán publicados en elBoletín Oficial de Canarias.

2. La designación de los vocales representantes dela comunidad universitaria será comunicada por elConsejo de Gobierno de la Universidad a la Conse-jería competente en materia de universidades, parasu nombramiento y posterior publicación.

Artículo 10.- Incompatibilidades.

1. La condición de vocal del Consejo Social en re-presentación de los intereses sociales es incompati-ble con:

a) La de miembro de la comunidad universitaria,con excepción de quienes se encontrasen en situaciónde excedencia voluntaria o jubilación con anteriori-dad a la fecha de su designación.

b) La titularidad individual o compartida de em-presas, la pertenencia o asesoramiento a Consejos deAdministración o a la participación superior al 10%en el capital de sociedades que tengan conciertos deprestación de servicios remunerados con la Univer-sidad. Aestos efectos no se tendrán en cuenta los con-tratos celebrados al amparo de lo dispuesto en el ar-tículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades, ni otrossimilares de investigación, docencia, prácticas deformación profesional o colaboración con la Uni-versidad.

2. La condición de Presidente del Consejo Socialserá incompatible con la de miembro de cualquier ór-gano de representación de la Universidad, excepto enel caso del Consejo de Gobierno, cuando ostente larepresentación prevista en el artículo 15.2 de la Ley6/2001, de Universidades.

3. Ningún vocal podrá formar parte de más de unConsejo Social de las Universidades canarias, salvoque represente a una institución o Administración Pú-blica.

Artículo 11.- Ejercicio del cargo de los vocalesdel Consejo Social.

1. El mandato de los vocales del Consejo Socialserá de cuatro años, pudiendo ser reelegidos de for-ma consecutiva una sola vez. Quedan exceptuadosde esta limitación temporal los vocales nombradosde conformidad con el artículo 8.1 de este Reglamento.

2. Los vocales del Consejo Social desempeñaránsus cargos personalmente, no obstante los represen-tantes del sector social podrán delegar su voto, a tra-vés de un escrito dirigido al Presidente y para una reu-nión concreta en el propio Presidente en otro miembrodel Consejo de su mismo grupo, establecidos en elartículo 8 de este Reglamento.

La delegación contendrá expresamente la ins-trucción de voto para cada uno de los puntos del or-den del día de la sesión. Cuando no se curse instrucciónsobre algún punto del orden del día, se entenderá queel delegante opta por la abstención.

La delegación por escrito no podrá conferirse másque para dos reuniones sucesivas o alternas del ór-gano del Consejo Social de que se trate, en el perío-do de un año.

Cada Consejero, con la excepción del Presiden-te, solo podrá asumir una delegación para cada se-sión.

3. Los vocales del Consejo Social percibirán re-tribuciones, dietas o indemnizaciones por el ejer-cicio de su cargo, en la forma y cuantía que fije elpropio Pleno a propuesta de la Comisión Permanen-te, dentro de los límites y en la forma establecida porla normativa de la Comunidad Autónoma de Cana-rias.

Artículo 12.- Pérdida de la condición de vocal delConsejo Social.

1. Los vocales del Consejo Social cesarán en elcargo por:

a) Finalización del plazo para el que fueron de-signados.

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b) Renuncia.

c) Incapacidad o fallecimiento.

d) Cese en el cargo, en el caso de los vocales na-tos.

e) Estar incurso en causa de incompatibilidad.

f) Revocación de la designación por la entidad oinstitución a la que representa.

g) Incumplimiento grave de las obligaciones in-herentes al cargo.

2. Los vocales del Consejo Social que cesen poralguna de las causas previstas en las letras b), c), e)y f) del apartado anterior serán sustituidos de acuer-do con arreglo al mismo procedimiento regulado enel artículo 8. La persona designada desempeñará elcargo por el tiempo que reste a quien sustituye.

3. Los vocales del Consejo Social, excepto los pre-vistos en el artículo 8.1 de este Reglamento, podránser destituidos en caso de reiterado incumplimientode sus obligaciones, entendiéndose por “reiteradoincumplimiento” la falta de concurrencia de un Con-sejero a más de la mitad de las reuniones del Plenoa las que fuera convocado en el período de un año,por acuerdo del propio Consejo Social y por mayo-ría de dos tercios de sus miembros.

Cuando el incumplimiento de las obligacionessea imputable a un miembro del Consejo Social cu-ya designación ha venido dada por razón de su car-go, se dará cuenta, previo acuerdo del Consejo So-cial a la autoridad a cuya disciplina aquél está sometido.

En todos estos casos, el Presidente del Consejo So-cial lo comunicará también a la Consejería com-petente en materia de universidades, que requerirá ala entidad u órgano que designó al representante des-tituido para que lo sustituya.

Artículo 13.- Órganos del Consejo Social.

Los órganos del Consejo Social son:

a) Unipersonales:

El Presidente.

El Vicepresidente.

El Secretario.

b) Colegiados:

El Pleno.

La Comisión permanente.

Las Comisiones Sectoriales.

Artículo 14.- El Presidente.

1. El Presidente del Consejo Social será nombra-do entre los vocales representantes de los interesessociales en el Consejo Social, por acuerdo del Go-bierno de Canarias a propuesta del Consejero com-petente en materia de educación.

2. El Presidente podrá ejercer su cargo en régimende tiempo completo o parcial y será retribuido con-forme a su dedicación según acuerdo del Pleno apropuesta de la Comisión Permanente, en el marcode la normativa autonómica.

3. La duración del mandato del Presidente será decuatro años, renovable por una sola vez.

4. No obstante lo anterior, el Presidente cesará ensu cargo por renuncia o por las causas establecidasen el artículo 12 de este Reglamento.

5. El Presidente ostenta la representación del Con-sejo Social.

6. El Presidente convocará las sesiones y velarápor el adecuado funcionamiento de sus órganos, elcumplimiento de sus acuerdos y el respeto al orde-namiento jurídico.

Artículo 15.- Funciones del Presidente.

Corresponde al Presidente, además de las funcio-nes generales que le asigna el artículo anterior, lassiguientes:

a) Garantizar el cumplimiento de las leyes, de es-te Reglamento y de los Estatutos de la Universidaden el ámbito de competencia del Consejo Social.

b) Garantizar el cumplimiento de los fines delConsejo Social, velando por el adecuado funciona-miento de sus servicios.

c) Fijar el orden del día de las Sesiones del Con-sejo, teniendo en cuenta las peticiones de los conse-jeros de acuerdo con lo establecido en el presente Re-glamento.

d) Convocar, presidir y levantar las sesiones delPleno y de las Comisiones y grupos de trabajo, en sucaso, cuando asista a los mismos. Podrá tambiénconvocar sesiones extraordinarias cuando sea nece-sario o así lo solicite por escrito la mayoría de los vo-cales, con un orden del día acomodado a los puntossolicitados.

e) Dirigir las deliberaciones del Pleno y de aque-llas Comisiones o grupos de trabajo a los que asista.

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Coordinar la actividad de los miembros de los dis-tintos órganos del Consejo.

f) Proponer al Rector la persona que ha de desempeñarel Cargo de Secretario del Consejo Social.

g) Proponer al Pleno la designación de los Con-sejeros que representarán al Consejo Social en elConsejo de Gobierno de la Universidad.

h) Cualesquiera otras que resulten necesarias pa-ra el buen funcionamiento del Consejo Social y queno estuvieran atribuidas a otro órgano.

Artículo 16.- El Vicepresidente.

1. El Consejo Social, a propuesta del Presidente,designará un Vicepresidente de entre sus vocales re-presentantes de los intereses sociales.

2. El Vicepresidente sustituirá al Presidente encaso de fallecimiento, vacante, ausencia o renuncia.

3. El Vicepresidente asumirá, además aquellasfunciones que el Presidente delegue en él con carácterpuntual o permanente y entre ellas la presidencia dealguna de las sesiones de las Comisiones no perma-nentes que el Pleno acuerde constituir.

Artículo 17.- El Secretario.

1. El Secretario será nombrado por el Rector a pro-puesta del Presidente, entre personas ajenas al Con-sejo Social y con titulación superior y acreditada sol-vencia técnica para el desempeño de su labor.

2. El Secretario podrá desempeñar el cargo en ré-gimen de dedicación a tiempo completo o a tiempoparcial y será retribuido conforme a lo que establez-ca el Pleno del Consejo Social de acuerdo a su régi-men de dedicación y que en ningún caso será supe-rior a la de otros secretarios de organismos homologablescon responsabilidades equivalentes.

3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad,podrá desempeñar interinamente la Secretaría elvocal del Consejo representante de los intereses so-ciales del Consejo Social de designación más reciente,y en caso de igualdad entre varios, el más joven deellos.

4. El Secretario lo será de las sesiones del Pleno,de la Comisión Permanente y de las Comisiones.

5. El Secretario levantará un acta de cada sesión,que contendrá, al menos, la indicación de las perso-nas que hayan asistido, así como las circunstanciasde lugar y tiempo en que se haya celebrado, los pun-tos principales de la deliberación, la forma y el re-

sultado de las votaciones y el contenido de los acuer-dos.

Artículo 18.- Funciones del Secretario.

1. Corresponde al Secretario la dirección de la or-ganización, preparar las reuniones del Consejo y delas Comisiones y cursar las convocatorias.

2. Levantar acta de las sesiones y actuar de feda-tario de los actos y acuerdos que se adopten en ellas,custodiar los libros de actas de las Sesiones del Ple-no y de las Comisiones del Consejo Social, custodiarlos expedientes y archivos, auxiliar al Presidente encuantas tareas le encomiende y las que, además, leconfiera el Reglamento.

3. Asistir con voz pero sin voto a las sesiones delPleno, a la Comisión Permanente y a las Comisio-nes del Consejo Social.

4. Organizar el archivo, custodiar la documenta-ción a su cargo y expedir certificaciones, con el vis-to bueno del Presidente, de los acuerdos adoptadospor el Pleno y la Comisión Permanente.

5. Ejercer la Jefatura funcional directa y la orga-nización de los servicios administrativos del Conse-jo Social, sin perjuicio de la superior autoridad delPresidente.

6. Materializar los pagos, llevar la contabilidad yel control de tesorería del Consejo Social.

7. Informar y documentar los actos y acuerdos adop-tados tanto por el Pleno como por la Comisión Per-manente a los órganos o personas afectadas.

8. Facilitar a los Consejeros las informacionesque le sean solicitadas para tratar los asuntos del Ple-no, de la Comisión Permanente, de las Comisioneso grupos de trabajo.

9. Elaborar la Memoria Anual de actividades delConsejo Social para su aprobación por el Pleno.

10. Cualquier otra función que le sea encomendadapor el Consejo Social o su Presidente, para la buenamarcha de los asuntos.

TÍTULO III

FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL

Artículo 19.- El Pleno.

1. El Pleno es el máximo órgano de deliberacióndel Consejo correspondiéndole todas las atribucio-nes, competencias y funciones, previstas en los ar-tículos 3, 4 y 5 del presente Reglamento.

23058 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

2. Todos los miembros del Consejo Social tienenel derecho y el deber de asistir a las sesiones del Ple-no. Podrán, no obstante, delegar su voto en la formay con los requisitos requeridos en el artículo 11.2 deeste Reglamento.

3. En el Pleno podrán participar y asistir, apartede sus miembros, con voz pero sin voto, por invi-tación del Presidente, otros cargos o funcionariosde la Universidad, así como los técnicos o exper-tos que se estime conveniente en razón de la mate-ria objeto de estudio o seguimiento, de acuerdo conel orden del día y en el punto de la sesión que co-rresponda.

Artículo 20.- Comisión Permanente.

1. Se constituye en el seno del Consejo Social, confunciones ejecutivas una Comisión Permanente a laque se atribuye la función de seguimiento de losacuerdos del Pleno. La Comisión ejecutiva, asimis-mo podrá tomar acuerdos decisorios en aquellas ma-terias competencia del Pleno, que por su naturalezasean delegables y sean expresamente delegadas poréste.

2. Sin perjuicio de su carácter ejecutivo, el Presi-dente del Consejo dará periódicamente cumplidacuenta de los acuerdos adoptados por la Comisión alPleno del Consejo Social por delegación de éste.

3. La Comisión Permanente estará integrada por:

a) El Presidente del Consejo Social.

b) El Vicepresidente.

c) El vocal designado por el Consejero competenteen materia de educación del Gobierno de Canariascon arreglo a lo dispuesto en la letra a) del apartadotercero del artículo 8.

d) Uno de los vocales elegidos por el Parlamen-to de Canarias.

e) Uno de los vocales nombrados en representa-ción de los Cabildos Insulares.

f) Uno de los vocales de las organizaciones sin-dicales más representativas.

g) Un vocal de entre los que corresponden a lasasociaciones empresariales, colegios profesionales yempresas con representación en el Consejo Social.

h) Tres de los vocales que corresponden a la co-munidad universitaria.

i) El Secretario del Consejo Social, que actuará convoz y sin voto.

4. Los vocales mencionados en las letras c), d), e),f), g) y h) del párrafo anterior serán designados porel Presidente del Consejo Social, con base a las pro-puestas de los vocales de cada uno de los colectivoso sectores a quienes van a representar.

Artículo 21.- Las Comisiones.

1. Para el estudio e informe de los asuntos que ha-yan de someterse a la consideración del Pleno o dela Comisión Permanente, en su caso, se crean las si-guientes Comisiones:

a) Comisión de Asuntos Económicos y Política Uni-versitaria.

b) Comisión de Planificación y Calidad.

c) Comisión de Colaboración Social.

2. El Pleno del Consejo Social podrá constituir otrasComisiones con carácter temporal o permanente pa-ra el estudio y seguimiento eficaz de los asuntos queasí lo aconsejen.

3. Las Comisiones, a excepción de la Comi-sión Permanente, tendrán carácter informativo, deestudio y de preparación de las propuestas dedecisión a adoptar en el Pleno o en la Comisión Per-manente.

4. Las Comisiones serán presididas por el Presi-dente del Consejo Social o persona en quien deleguede entre los miembros de aquéllas.

5. En las Comisiones podrán participar y asistir,aparte de sus miembros, con voz pero sin voto, porinvitación del Presidente, otros cargos o funcionariosde la Universidad, así como aquellos técnicos o ex-pertos que se estime conveniente en razón de la ma-teria objeto de estudio o seguimiento, de acuerdocon el orden del día y en el punto de la sesión de quese trate.

Artículo 22.- Comisión de Asuntos Económicosy Política Universitaria.

1. Corresponde a la Comisión de Asuntos Económicosy Política Universitaria elaborar la información ypropuestas para decisión del Pleno o de la ComisiónPermanente, en su caso en relación con:

a) La aprobación del Presupuesto, su memoriaeconómica y las modificaciones presupuestarias, ensu caso.

b) La aprobación de las cuentas de liquidación delpresupuesto y de las cuentas anuales de la Universi-dad y de sus entidades dependientes.

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23059

c) Las operaciones de crédito que conciernan a laUniversidad.

d) La aprobación en su caso de los actos de dis-posición sobre bienes de dominio público adscritosa la Universidad.

2. Asimismo son funciones de esta Comisión:

a) Asistir al Presidente en la elaboración del pre-supuesto del propio Consejo Social.

b) Proponer, en el marco de la normativa autonó-mica, a la Comisión Permanente las compensacioneseconómicas establecidas en el artículo 11.3 de esteReglamento.

c) Cualquier otra función de naturaleza económi-ca que le sea asignada por el Pleno o la Comisión Per-manente, en su caso, relativas a la gestión de la Uni-versidad o a la Política Universitaria, con repercusióneconómica.

Artículo 23.- Comisión de Planificación y Cali-dad.

1. Corresponde a la Comisión de Planificación yCalidad elaborar la información y propuestas relati-vas a la planificación de la actividad universitaria, asícomo aquellas relacionadas con la supervisión de lacalidad de los servicios, para decisión en el Pleno delConsejo Social y en particular las referidas a la apro-bación de la programación plurianual, así como delos proyectos o convenios y contratos-programa conla Comunidad Autónoma.

2. Con carácter general la elaboración de informesy propuestas sobre temas incluidos en las competenciasdel Consejo detalladas en el artículo 4.1 de este Re-glamento.

3. Serán también funciones de esta Comisión to-das aquellas que le fueran encomendadas por el Ple-no.

Artículo 24.- Comisión de Colaboración Social.

1. Corresponde a la Comisión de Colaboración So-cial elaborar la información y propuestas relativas ala promoción y potenciación de interacción con losagentes sociales y económicos de Canarias, para de-cisión en el Pleno del Consejo Social y en particularsobre asuntos que se refieren a las competencias delConsejo incluidas el artículo 6.2 de este Reglamen-to.

2. Serán también funciones de esta Comisión to-das aquellas que le fueran encomendadas por el Ple-no.

Artículo 25.- Funcionamiento del Consejo Social.

1. El Consejo Social funcionará en Pleno, Comi-sión Permanente y Comisiones.

2. El Pleno deberá adoptar todas las decisiones quecorrespondan al Consejo Social.

3. La Comisión Permanente tendrá funciones eje-cutivas y de seguimiento de los acuerdos del Pleno.

4. Las Comisiones tendrán carácter informativo yde preparación de las propuestas de decisión que seadoptarán en el Pleno.

5. El Pleno podrá delegar atribuciones concretasen la Comisión Permanente.

Artículo 26.- Sesiones.

1. El Pleno del Consejo Social celebrará sesión,al menos, en cada uno de los cuatrimestres del año.No obstante el Presidente podrá convocar sesióncuando lo juzgue conveniente, por propia iniciativao a instancia de la mitad más uno de los miembrosdel Consejo.

2. La Comisión Permanente se reunirá, al menos,una vez cada dos meses. No obstante, el Presidentepodrá convocar a la Comisión cuando lo juzgue con-veniente, por propia iniciativa o a instancia de la mi-tad más uno de los miembros de la Comisión Permanente.

3. Las Comisiones se reunirán, al menos, una vezen cada uno de los cuatrimestres del año. Igualmen-te, el Presidente podrá convocar sesiones extraordi-narias según se establece en el artículo 15, apartadoc).

Artículo 27.- Convocatoria.

1. La convocatoria de las sesiones plenarias co-rresponde al Presidente del Consejo Social y deberáser acordada y notificada a los consejeros con una an-telación mínima de 5 días naturales, salvo que no seaposible por razones de urgencia, en cuyo caso se hade hacer constar así en la convocatoria.

2. La convocatoria podrá hacerse por correo, faxo e-mail y en ella, además del orden del día, se ex-presará el lugar, día y hora en la que ha de celebrar-se.

3. El Consejo Social reunido en Pleno no podráadoptar acuerdos, aunque si deliberar, sobre asuntosque no hayan sido incluidos en el orden del día. Noobstante, el Pleno, de modo excepcional, podrá adop-tar acuerdos fuera del orden del día, siempre que es-tén presentes todos los miembros del Consejo Socialy así lo admitan por unanimidad.

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Artículo 28.- Quórum.

1. Quórum de constitución del Pleno.

El Pleno del Consejo Social quedará válidamen-te constituido en primera convocatoria con la asis-tencia, al menos de la mitad más uno de sus miem-bros. De no concurrir el quórum de constituciónexigido, el Pleno se constituirá en segunda convocatoria,sin que el número de asistentes pueda ser inferior adiez. El quórum se ha de mantener durante toda lasesión, siendo necesaria, en todo caso, la presenciadel Presidente y del Secretario.

2. Quórum de la Comisión Permanente.

La Comisión quedará válidamente constituida, almenos, con la mitad más uno de sus miembros.

3. Quórum de las Comisiones Sectoriales.

Las Comisiones quedarán válidamente constitui-das al menos, con la mitad más uno de sus miembros.

TÍTULO IV

RÉGIMEN FINANCIERO Y PRESUPUESTARIO DEL CONSEJO SOCIAL

Artículo 29.- El Consejo Social tendrá autonomíaeconómica y dispondrá de un programa presupues-tario propio en el seno del presupuesto ordinario dela Universidad.

Artículo 30.- 1. Anualmente, el Presidente del Con-sejo Social, asistido por el Secretario y la Comisiónde Asuntos Económicos y Política Universitaria, ela-borará su propio presupuesto, que una vez aprobadose remitirá al Consejo de Gobierno de la Universi-dad para su integración en el proyecto de presupuestode la misma.

2. El presupuesto del Consejo Social comprende-rá la totalidad de los ingresos y gastos y será equili-brado con relación a los recursos contemplados enartículo 32 de este Reglamento.

Artículo 31.- 1. Corresponde al Presidente la or-denación del gasto y de los pagos.

2. Corresponde al Secretario la justificación de losgastos así como la materialización de los pagos, lallevanza de la contabilidad y el control de tesoreríadel Consejo.

Artículo 32.- Programa Presupuestario del Con-sejo Social.

Integrarán el programa presupuestario las si-guientes partidas:

1. Una asignación con cargo a la Comunidad Autó-noma de Canarias, que se añadirá a la transferenciaordinaria que, en concepto de financiación básica, seestablece anualmente para la Universidad, de acuer-do con los criterios regulados en el contrato progra-ma o instrumento de financiación que corresponda.Del importe de la asignación podrá destinarse a gas-tos de personal hasta un cincuenta por ciento de di-cha cantidad.

2. Una asignación con cargo a los recursos pro-pios generados por la Universidad, que será equiva-lente al 0,25 por ciento del volumen total de los mis-mos. A esta partida podrá añadirse otra para accionesfinalistas integradas por una asignación no superioral 15 por ciento de los recursos originados directa-mente por la actividad de captación de fondos del Con-sejo Social.

3. Las transferencias de cualquier clase que, concarácter finalista para financiar genéricamente el pro-grama presupuestario del Consejo Social o bien larealización de acciones específicas contempladas enel mismo, se ingresen por la Universidad proce-dentes de personas físicas o jurídicas, públicas o pri-vadas.

TÍTULO V

ADMINISTRACIÓN DEL CONSEJO SOCIAL

Artículo 33.- 1. La estructura administrativa delConsejo Social será la indispensable para su buen fun-cionamiento como órgano colegiado y para el ejer-cicio de las competencias de planificación y progra-mación, supervisión de la actividad económica y delrendimiento de servicios de la Universidad y demásreconocidas en la Ley 11/2003 y en el presente Re-glamento.

2. El Consejo Social podrá recabar, siempre queresulte posible, el apoyo de las infraestructuras téc-nicas y organizativas de la propia Universidad, quevendrán obligadas a prestar asistencia e informacióna los cargos unipersonales del Consejo y al personalal servicio del Consejo Social.

TÍTULO VI

OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 34.- Control interno.

La intervención o servicio de control interno dela Universidad desarrollará sus funciones median-te técnicas de auditoría bajo la supervisión del Con-sejo Social, según se establece en el artículo 82 dela Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universida-des.

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Artículo 35.- Aprobación del Presupuesto de laUniversidad.

1. Para la aprobación del presupuesto de la Uni-versidad por parte del Consejo Social, el Consejo deGobierno de la Universidad remitirá toda la docu-mentación necesaria con un mes de antelación al ini-cio del ejercicio presupuestario en el que deba entraren vigor.

2. Entre la documentación referida en el punto an-terior, deberá figurar junto a la relación de puestosde trabajo del personal docente y de administracióny servicios el informe favorable preceptivo del órganocorrespondiente del Gobierno de Canarias, expresi-vo de la autorización de todos los costes del perso-nal de administración y servicios y del profesoradoincluidos en el presupuesto y de las operaciones deendeudamiento que, en su caso, figuren en el mismo.

3. El presupuesto de la Universidad se elaboraráconforme a lo establecido en el artículo 81.2, 81.3,81.4 y 81.5 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001,de 21 de diciembre, y de acuerdo a la normativaautonómica que le sea de aplicación.

4. Una vez aprobado, el Consejo Social enviaráel presupuesto de la Universidad a la Consejeríacompetente en materia de educación en el plazo má-ximo de un mes a contar desde la fecha de su apro-bación.

Artículo 36.- Aprobación de las cuentas anualesy la liquidación de los presupuestos.

1. El Consejo Social deberá enviar las cuentasanuales de la Universidad a la Consejería competenteen materia de educación en el plazo máximo de unmes, a contar desde la fecha en que fueran aproba-das y dentro del primer cuatrimestre de cada año.

2. Además, deberá enviar, dentro del primer tri-mestre de cada año, la liquidación de los presupues-tos correspondientes al ejercicio anterior, los balan-ces de situación al fin del ejercicio, las memoriaseconómicas que procedan y cuantos documentossean preceptivos con arreglo a la legislación finan-ciera de la Comunidad Autónoma de Canarias.

TÍTULO VII

LA REFORMA DEL REGLAMENTO

Artículo 37.- Reforma del Reglamento.

1. Podrá proponer la reforma del Reglamento almenos un tercio de los miembros del Consejo Social.

2. La propuesta de reforma deberá ir acompaña-da de un texto articulado alternativo y de la argumentaciónen que se funde.

3. La aprobación de la propuesta requerirá el vo-to favorable de la mayoría absoluta de los miembrosque componen el Pleno.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- En lo no previsto en la Ley 11/2003, de4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinacióndel Sistema Universitario de Canarias o en el presenteReglamento, será de aplicación las normas sobre elrégimen de los órganos colegiados de la Administración.

Segunda.- Los acuerdos del Pleno del ConsejoSocial agotarán la vía administrativa y serán impug-nables directamente ante la jurisdicción contencio-so-administrativa pudiendo interponer, con carácterprevio y potestativo, recurso de reposición ante el mis-mo órgano que los ha dictado, en los términos esta-blecidos en la Legislación Básica del Estado sobreel Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.- Compete al Pleno la resolución de losrecursos extraordinarios de revisión de sus propiosacuerdos.

Cuarta.- El Consejo Social podrá solicitar infor-mes jurídicos sobre los asuntos que se requieran.

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1646 ORDEN de 17 de noviembre de 2005, por laque se modifica la Orden de 22 de septiembrede 2005, que determina las fiestas locales pro-pias de cada municipio de la Comunidad Autó-noma de Canarias para el año 2006.

Mediante Decreto 182/2005, de 26 de julio (B.O.C.nº 153, de 5 de agosto), se declararon las fiestas pro-pias de la Comunidad Autónoma de Canarias para elaño 2006 y se abrió plazo para fijar las fiestas loca-les, cuya determinación se produce, a propuesta delos Ayuntamientos, por Orden de la Consejera deEmpleo y Asuntos Sociales de 22 de septiembre(B.O.C. nº 200, de 11 de octubre).

Con posterioridad a la publicación de la citada Or-den Departamental, los Ayuntamientos de los muni-cipios de La Oliva, Vega de San Mateo y Yaiza hansolicitado modificar sus fiestas locales.

23062 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

Considerando que tales propuestas se ajustan a de-recho y sirven a los intereses que las citadas Corpo-raciones representan, procede modificar la OrdenDepartamental de 22 de septiembre de 2005 en lostérminos señalados por las mismas.

En su virtud, en uso de la competencia estableci-da en el artículo 5.2.e) del Decreto 39/2005, de 16de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Or-gánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se modifica el artículo único de laOrden de 22 de septiembre de 2005, por la que se de-terminan las fiestas locales de cada municipio de laComunidad Autónoma de Canarias para el año 2006,en los siguientes términos:

LA OLIVA

La fiesta señalada para el día 28 de febrero setraslada al día 7 de marzo, martes de carnaval del mu-nicipio, siendo por tanto las fiestas de ámbito locallas siguientes:

- 2 de febrero: Nuestra Señora de la Candelaria.

- 7 de marzo: martes de Carnaval.

VEGA DE SAN MATEO

La fiesta señalada para el día 26 de julio se tras-lada al día 28 de febrero, martes de carnaval, siendopor tanto las fiestas de ámbito local las siguientes:

- 28 de febrero: martes de Carnaval.

- 21 de septiembre: San Mateo.

YAIZA

La fiesta señalada para el día 15 de mayo se tras-lada al día 8 de septiembre, Nuestra Señora de los Re-medios, siendo por tanto las fiestas de ámbito locallas siguientes:

- 7 de julio: San Marcial del Rubicón.

- 8 de septiembre: Nuestra Señora de los Reme-dios.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de2005.

LA CONSEJERA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES,

María Luisa Zamora Rodríguez.

II. Autoridades y PersonalOposiciones y concursos

Consejería de Presidencia y Justicia

1647 Dirección General de la Función Pública.-Resolución de 23 de noviembre de 2005, porla que se designan los miembros del TribunalCalificador de las pruebas selectivas para in-greso en el Cuerpo Superior Facultativo, Es-cala de Ingenieros y Arquitectos (Grupo A), dela Administración de la Comunidad Autóno-ma de Canarias, especialidad Ingenieros Agró-nomos, convocadas por Orden de la Conseje-ría de Presidencia y Justicia, de 31 de octubrede 2005 (B.O.C. nº 220, de 9.11.05).

De conformidad con lo dispuesto en la base 6.2de la convocatoria de pruebas selectivas para ingre-so en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de In-genieros y Arquitectos (Grupo A), de la Administra-ción de la Comunidad Autónoma de Canarias,especialidad Ingenieros Agrónomos, efectuada por Or-den de la Consejería de Presidencia y Justicia de 31de Octubre de 2005 (B.O.C. nº 220, de 9.11.05), re-sulta procedente designar nominalmente a los miem-bros del Tribunal Calificador de dichas pruebas, porlo que esta Dirección General, en uso de la compe-tencia que tiene atribuida por el artículo 40.c) del De-creto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprue-ba el Reglamento Orgánico de la Consejería dePresidencia y Justicia,

R E S U E L V E:

Designar miembros titulares y suplentes del Tri-bunal Calificador expresado, a las siguientes perso-nas:

PRESIDENTE:

Titular: D. José Tomás de San Segundo Cerviá. Cuer-po Superior de Administradores, Escala de Admi-nistradores Generales.

Suplente: D. Rodolfo Ríos Rull. Cuerpo de Farma-céuticos de la Sanidad Nacional.

VOCAL 1º:

Titular: D. José Luis Pérez Afonso. Cuerpo SuperiorFacultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos.

Suplente: D. Felipe Sánchez Rivero. Cuerpo Supe-rior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitec-tos.

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23063

VOCAL 2º:

Titular: D. Estanislao Torres Domínguez. CuerpoSuperior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arqui-tectos.

Suplente: Dña. Elena González Marrero. Cuerpo Su-perior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitec-tos.

VOCAL 3º:

Titular: D. Manuel Benito Caballero Ruano. CuerpoSuperior de Investigadores Agrarios, Escala Cientí-fica.

Suplente: D. Pedro Modesto Hernández Delgado.Cuerpo Superior de Investigadores Agrarios, EscalaCientífica.

VOCAL SECRETARIO:

Titular: Dña. Ana Isabel Barrera Cabrera. CuerpoSuperior de Administradores, Escala de Administra-dores Generales.

Suplente: Dña. Marta Rosa Ferreira Domínguez.Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Ad-ministradores Generales.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de noviembre de2005.- El Director General de la Función Pública, JuanManuel Santana Pérez.

1648 Dirección General de la Función Pública.-Resolución de 23 de noviembre de 2005, porla que se designan los miembros del TribunalCalificador de las pruebas selectivas para in-greso en el Cuerpo Facultativo de Técnicos deGrado Medio, Escala de Arquitectos e Inge-nieros Técnicos (Grupo B), de la Administra-ción de la Comunidad Autónoma de Cana-rias, especialidad Ingenieros Técnicos Agrícolas,convocadas por Orden de la Consejería dePresidencia y Justicia, de 31 de octubre de 2005(B.O.C. nº 220, de 9.11.05).

De conformidad con lo dispuesto en la base 6.2de la convocatoria de pruebas selectivas para ingresoen el Cuerpo Facultativo de Técnicos de GradoMedio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técni-cos (Grupo B), de la Administración de la Comu-

nidad Autónoma de Canarias, especialidad IngenierosTécnicos Agrícolas, efectuada por Orden de la Con-sejería de Presidencia y Justicia de 31 de octubrede 2005 (B.O.C. nº 220, de 9.11.05), resulta pro-cedente designar nominalmente a los miembrosdel Tribunal Calificador de dichas pruebas, por loque esta Dirección General, en uso de la compe-tencia que tiene atribuida por el artículo 40.c) delDecreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprue-ba el Reglamento Orgánico de la Consejería dePresidencia y Justicia,

R E S U E L V E:

Designar miembros titulares y suplentes del Tri-bunal Calificador expresado, a las siguientes perso-nas:

PRESIDENTE:

Titular: D. José Tomás de San Segundo Cerviá. Cuer-po Superior de Administradores, Escala de Admi-nistradores Generales.

Suplente: D. Manuel Aznar Vallejo. Letrado del Par-lamento de Canarias.

VOCAL 1º:

Titular: D. Antonio Domingo González Hernández.Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros yArquitectos.

Suplente: D. Juan José Hernández Cruz. Cuerpo Su-perior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitec-tos.

VOCAL 2º:

Titular: D. Juan Luis Vera Martín. Cuerpo Faculta-tivo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arqui-tectos e Ingenieros Técnicos.

Suplente: D. Alejandro Villameriel Presencio. Cuer-po Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escalade Arquitectos e Ingenieros Técnicos.

VOCAL 3º:

Titular: D. José Antonio Rodríguez Martín. CuerpoFacultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala deArquitectos e Ingenieros Técnicos.

Suplente: D. Ángel Tena Morales. Cuerpo Faculta-tivo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arqui-tectos e Ingenieros Técnicos.

23064 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

VOCAL SECRETARIO:

Titular: Dña. Lucio Crisóstomos Medina. CuerpoSuperior de Administradores, Escala de Administra-dores Generales.

Suplente: Dña. Ana Isabel Barrera Cabrera. CuerpoSuperior de Administradores, Escala de Administra-dores Generales.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de noviembre de2005.- El Director General de la Función Pública, JuanManuel Santana Pérez.

1649 Dirección General de Relaciones con la Ad-ministración de Justicia.- Resolución de 25 denoviembre de 2005, por la que se aprueban laslistas definitivas de aspirantes a desempeñarservicios en las Unidades de Apoyo a los Órga-nos Judiciales de la Administración de Justi-cia en el ámbito de la Comunidad Autónomade Canarias, mediante contratación laboral tem-poral de interinidad por la categoría de Li-cenciados en Psicología, de acuerdo con la con-vocatoria de esta Dirección General deRelaciones con la Administración de Justiciade 13 de septiembre de 2004 (B.O.C. nº 190,de 30.9.04).

En virtud de Resolución de esta Dirección Gene-ral de Relaciones con la Administración de Justiciade fecha 13 de septiembre de 2004 (B.O.C. nº 190,de 30.9.04), se hizo pública la convocatoria de pro-ceso selectivo para la formación de listas de aspirantespor 17 categorías profesionales, para desempeñarservicios en las Unidades de Apoyo a los Órganos Ju-diciales de la Administración de Justicia en el ámbi-to de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediantecontratación temporal de interinidad.

El Tribunal Calificador de la categoría profesio-nal de Licenciados en Psicología, en sesión celebra-da en fecha 18 de noviembre de 2005, una vez fina-lizado el proceso selectivo para la formación de listasde aspirantes por dicha categoría y confeccionada lalista definitiva de aprobados, ha elevado a este órganoconvocante para su aprobación y correspondientepublicación de acuerdo con lo señalado en la base duo-décima de la Resolución de fecha 13 de septiembrede 2004.

La citada base dispone que los Tribunales de Se-lección confeccionarán y elevarán las listas definiti-

vas al Órgano convocante para su aprobación, y seprocederá a su publicación en los lugares señaladosen la base sexta.

Asimismo, la base decimotercera de la citada con-vocatoria establece que la publicación de las listas de-finitivas determinará su entrada en vigor y la supre-sión de cualesquiera otras que se hubieran venidoaplicando para la misma finalidad.

En su virtud, en el ejercicio de las funciones atri-buidas a este Centro Directivo en el Decreto 40/2004,de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamen-to Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justi-cia,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar la lista definitiva de aspirantespor la categoría de Licenciados en Psicología para de-sempeñar servicios en las Unidades de Apoyo a losÓrganos Judiciales de la Administración de Justiciaen el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cana-rias, mediante contratación laboral temporal de in-terinidad.

Segundo.- Publicar dicha lista en el Registro dela Dirección General de Relaciones con la Adminis-tración de Justicia de la Consejería de Presidencia yJusticia, sita en la calle Bravo Murillo, 34, Las Pal-mas de Gran Canaria, y Avenida José Manuel Gui-merá, 8, Edificio de Usos Múltiples II, planta primera,Santa Cruz de Tenerife. Igualmente se podrán con-sultar dichas listas por Internet, a través de la pági-na web de la Dirección General de Relaciones conla Administración de Justicia (http://www.gobierno-decanarias.org/dgjusticia/).

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Bo-letín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cana-rias.

Contra la presente Resolución, que no pone fin ala vía administrativa, cabe interponer recurso de al-zada ante el titular de la Viceconsejería de Justicia ySeguridad, en el plazo de un mes contado a partir deldía siguiente al de su publicación, conforme a los pre-visto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, en su nueva redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de cual-quier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de noviembre de2005.- La Directora General de Relaciones con la Ad-ministración de Justicia, Carolina Déniz de León.

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23065

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1650 ORDEN de 21 de noviembre de 2005, por laque se resuelve la convocatoria para la pro-visión, por el procedimiento de libre designa-ción, de un puesto de trabajo en esta Conse-jería, efectuada por Orden de la Consejería dePresidencia y Justicia de 4 de octubre de 2005.

Efectuada convocatoria pública, mediante Ordende la Consejería de Presidencia y Justicia de 4 de oc-tubre de 2005 (B.O.C. nº 201, de 13 de octubre), pa-ra la provisión, por el procedimiento de libre desig-nación, del puesto de trabajo nº 15644-Jefe de Serviciode Asuntos Generales y Presupuestarios de esta Con-sejería de Educación, Cultura y Deportes.

Visto el informe evacuado por la Dirección Ge-neral de la Función Pública, de conformidad con laBase Quinta de la citada convocatoria.

De conformidad con lo establecido en el artículo78.3 y 78.4 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de mar-zo, de la Función Pública Canaria, y en los artículos17 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por elque se regula la provisión de puestos de trabajo delpersonal funcionario de la Administración de la Co-munidad Autónoma de Canarias.

Considerando que se ha observado debidamenteel procedimiento legalmente establecido en los ar-tículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto 48/1998, de 17de abril, anteriormente citado.

De acuerdo con la base sexta de la convocatoria,y en uso de la competencia que se me atribuye porel artículo 29.1.c) de la Ley Territorial 14/1990, de26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Designar a la funcionaria que se rela-ciona a continuación, en la que concurren todos losrequisitos y especificaciones exigidos en la convo-catoria, para el desempeño del siguiente puesto:

NOMBRE Y APELLIDOS: Beatriz Pérez González.D.N.I.: 44.306.949 W.CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Cultura y Deportes.UNIDAD: Servicio de Asuntos Generales y Presupuestarios.NÚMERO DEL PUESTO: 15644.DENOMINACIÓN DEL PUESTO: J/Serv. de Asuntos Genera-les y Presupuestarios.FUNCIONES DEL PUESTO: coordinación administrativa Sec-ciones, apoyo Direcciones Generales, propuesta de resoluciónexped. admtvo. y económico. Elaborar informes y propuestas deResolución.NIVEL: 28.PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75,00.

VÍNCULO: funcionario.ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: indistinta.GRUPO: A.ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: A112/A111 (Escala deAdministradores Financieros y Tributarios/Escala de Adminis-tradores Generales).JORNADA: especial.LOCALIZACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria.

Segundo.- La funcionaria designada cesará en suactual puesto de trabajo en el plazo de tres días há-biles contados desde el siguiente al de la publicaciónde esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, y ha-brá de tomar posesión en igual plazo contado desdeel día siguiente al del cese, si el puesto de trabajo de-sempeñado radica en la misma isla que la del desti-no obtenido o de un mes si radica fuera de ella o com-porta el reingreso al servicio activo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía ad-ministrativa, podrá interponerse recurso potestativode reposición ante esta Consejería, en el plazo de unmes, a contar del día siguiente a su publicación, o di-rectamente recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses contados a partir del día siguientea su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o ante elJuzgado en cuya circunscripción tenga su domicilioel recurrente.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de2005.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

1651 ORDEN de 21 de noviembre de 2005, por laque se resuelve la convocatoria para la pro-visión, por el procedimiento de libre designa-ción, de un puesto de trabajo en esta Conse-jería, efectuada por Orden de la Consejería dePresidencia y Justicia de 4 de octubre de 2005.

Efectuada convocatoria pública, mediante Ordende la Consejería de Presidencia y Justicia de 4 de oc-tubre de 2005 (B.O.C. nº 201, de 13 de octubre), pa-ra la provisión, por el procedimiento de libre desig-nación, del puesto de trabajo nº 15689-DirectorTerritorial de Cultura y Deportes de esta Consejeríade Educación, Cultura y Deportes.

Visto el informe evacuado por la Dirección Ge-neral de la Función Pública, de conformidad con labase quinta de la citada convocatoria.

23066 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

De conformidad con lo establecido en el artículo78.3 y 78.4 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de mar-zo, de la Función Pública Canaria, y en los artículos17 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por elque se regula la provisión de puestos de trabajo delpersonal funcionario de la Administración de la Co-munidad Autónoma de Canarias.

Considerando que se ha observado debidamenteel procedimiento legalmente establecido en los artículos18, 19, 20 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril,anteriormente citado.

De acuerdo con la base sexta de la convocatoria,y en uso de la competencia que se me atribuye porel artículo 29.1.c) de la Ley Territorial 14/1990, de26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Designar a la funcionaria que se rela-ciona a continuación, en la que concurren todos losrequisitos y especificaciones exigidos en la convo-catoria, para el desempeño del siguiente puesto:

NOMBRE Y APELLIDOS: Pilar Rodríguez Machín.D.N.I.: 43.776.032 V.CENTRO DIRECTIVO: Secretaría General Técnica (Cultura yDeportes).UNIDAD: Dirección Territorial de Cultura y Deportes de San-ta Cruz de Tenerife.NÚMERO DEL PUESTO: 15689.DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Director Territorial.FUNCIONES DEL PUESTO: dirige, organiza y supervisa el fun-cionamiento de la Dirección TerritorialNIVEL: 28.PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75,00.VÍNCULO: funcionario.ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: indistinta.GRUPO: A.ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: A111 (Escala de Admi-nistradores Generales).JORNADA: especial.LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.

Segundo.- La funcionaria designada cesará en suactual puesto de trabajo en el plazo de tres días há-biles contados desde el siguiente al de la publicaciónde esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, y ha-brá de tomar posesión en igual plazo contado desdeel día siguiente al del cese, si el puesto de trabajo de-sempeñado radica en la misma isla que la del desti-no obtenido o de un mes si radica fuera de ella o com-porta el reingreso al servicio activo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía ad-ministrativa, podrá interponerse recurso potestativode reposición ante esta Consejería, en el plazo de un

mes, a contar del día siguiente a su publicación, o di-rectamente recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses contados a partir del día siguientea su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o ante elJuzgado en cuya circunscripción tenga su domicilioel recurrente.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de2005.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

III. Otras Resoluciones

Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

1652 Viceconsejería de Infraestructuras y Planifi-cación.- Resolución de 24 de agosto de 2005,de acreditación del laboratorio de controlde calidad en la edificación Controles Externosde la Calidad Canaria, S.L. (Gran Canaria)en las áreas de control del hormigón, suscomponentes y de las armaduras de acero(EHA), de ensayos de laboratorio de geo-tecnia (GTL), de sondeos, toma de muestrasy ensayos in situ para reconocimientos geo-técnicos (GTC).

Visto el escrito presentado por D. Francisco dela Fuente González, con D.N.I. 25287077-A, ennombre y representación de la empresa ControlesExternos de la Calidad Canaria, S.L., C.I.F. B-35.627.934, para su laboratorio en la isla de GranCanaria, situado en la Carretera General del Sur, km2,6, 35016-Las Palmas de Gran Canaria, solicitan-do su acreditación como laboratorio de ensayos pa-ra el control de calidad de la edificación, según lodispuesto en la Orden FOM/2060/2002, de 2 deagosto, en las áreas:

- Área de control del hormigón, sus componentesy de las armaduras de acero EHA, ensayos básicos.

- Área de ensayos de laboratorio de geotecniaGTL, ensayos básicos.

- Área de sondeos, toma de muestras y ensayos insitu para reconocimientos geotécnicos GTC, ensayosbásicos.

Dado que el expediente se ha tramitado de con-formidad con el Decreto 38/1992, de 3 de abril, del

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23067

Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 47, de 13.4.92), porel que se aprueban las Disposiciones Reguladoras Ge-nerales de la Acreditación de Laboratorios de Ensa-yos para el Control de Calidad de la Edificación, elReal Decreto 1.230/1989, de 13 de octubre (B.O.E.nº 250, de 18.10.89), y la Orden FOM/2060/2002, de2 de agosto (B.O.E. nº 193, de 13.8.02), del Minis-terio de Fomento, y que consta que se han cumplidotodos los trámites reglamentarios.

A propuesta de la Jefatura de Calidad de la Cons-trucción de Las Palmas y en el ejercicio de las com-petencias que me atribuye el artículo 15.F).7 del De-creto 11/2004, de 10 de febrero, por el que se apruebael Reglamento Orgánico de la Consejería de Infraes-tructuras, Transportes y Vivienda,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder a la empresa Controles Externosde la Calidad Canaria, S.L., C.I.F. B-35.627.934 pa-ra su laboratorio en la isla de Gran Canaria, situadoen la Carretera General del Sur, km 2,6, 35016-LasPalmas de Gran Canaria, las acreditaciones en las áreas:

- Área de control del hormigón, sus componentesy de las armaduras de acero EHA, ensayos básicos,con referencia 08004EHA05.

- Área de ensayos de laboratorio de geotecniaGTL, ensayos básicos, con referencia 004GTL05.

- Área de sondeos, toma de muestras y ensayos insitu para reconocimientos geotécnicos GTC, ensayosbásicos, con referencia 08004GTC05.

Segundo.- Las presentes acreditaciones tendrán va-lidez por un período de cinco años contados a partirdel día siguiente de su publicación en el Boletín Ofi-cial de Canarias. En el caso de los ensayos relacio-nados con hormigón fresco el ámbito de aplicaciónes la isla de Gran Canaria.

Tercero.- Las inspecciones periódicas para la ve-rificación del cumplimiento de las condiciones de laacreditación durante el período de cinco años, se rea-lizarán por el Área de Laboratorios y Calidad de laConstrucción, de la Consejería de Infraestructuras,Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias.

Cuarto.- Cualquier variación en las condiciones quesirvieron de base para la acreditación del laborato-rio deberá ser comunicada a esta Viceconsejería enel momento que se produzca.

Quinto.- La presente Resolución se comunicará ala Dirección General de Arquitectura y Política de Vi-vienda, del Ministerio de la Vivienda, para su inscripciónen el Registro General de Laboratorios Acreditadospara el Control de Calidad de la Edificación, con lasreferencias 08004EHA05, 08004GTL05 y 08004GTC05.

Sexto.- La presente acreditación queda supedita-da a todas las obligaciones y deberes que se derivendel Decreto 38/1992, de 3 de abril, del Gobierno deCanarias, del Real Decreto 1.230/1989, de 13 de oc-tubre, y de la Orden FOM/2060/2002, de 2 de agos-to, del Ministerio de Fomento.

Contra el presente acto, que no agota la vía ad-ministrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo.Sr. Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vi-vienda del Gobierno de Canarias, en el plazo de unmes desde el día siguiente al de la notificación/pu-blicación de la presente Resolución, y sin perjuiciode cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de agosto de2005.- El Viceconsejero de Infraestructuras y Plani-ficación, Gregorio Guadalupe Rodríguez.

Consejería de Economía y Hacienda

1653 DECRETO 218/2005, de 24 de noviembre,por el que se autoriza el otorgamiento de avalde Tesorería de la Comunidad Autónoma deCanarias a favor del Consorcio Sanitario deTenerife por importe de veintinueve millonesquinientos setenta y tres mil ciento cincuentay siete (29.573.157) euros.

El Consorcio Sanitario de Tenerife ha presentadosolicitud de aval de Tesorería de la Comunidad Autó-noma, con objeto de financiar las inversiones previstasen el capítulo VI “Inversiones Reales” del presu-puesto del Consorcio Sanitario.

Visto el artículo 53.2.a) de la Ley 5/2004, de 29de diciembre, de Presupuestos Generales de la Co-munidad Autónoma de Canarias para el año 2005, quefaculta al Gobierno de Canarias a autorizar avales du-rante el ejercicio “Al Consorcio Sanitario de Tene-rife para financiar inversiones, hasta un importe má-ximo de 29.573.158 euros”.

En su virtud, a propuesta conjunta del Consejerode Economía y Hacienda y de la Consejera de Sani-dad, y previa deliberación del Gobierno en su reu-nión del día 24 de noviembre de 2005,

D I S P O N G O:

Primero.- Autorizar el otorgamiento de aval de Te-sorería de la Comunidad Autónoma de Canarias alConsorcio Sanitario de Tenerife por un importe má-ximo de veintinueve millones quinientos setenta y tresmil ciento cincuenta y siete (29.573.157) euros, des-tinado a la financiación de las inversiones previstas

23068 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

en el capítulo VI “Inversiones reales” del Presu-puesto del Consorcio Sanitario.

Segundo.- 1. El aval que se autoriza garantizaráa la entidad acreedora el cumplimiento de las obli-gaciones de reembolso de las cantidades adeudadasen concepto del crédito por amortización del princi-pal de la operación que se adeude en cada momentoy los intereses remuneratorios devengados de dichaoperación al tipo nominal anual expresado sobre elcapital pendiente en cada momento, hasta el impor-te máximo fijado en el apartado primero, excluyén-dose los intereses de demora, comisiones y acceso-rios derivados de la operación.

2. La Comunidad Autónoma de Canarias avalarálas obligaciones contraídas por el avalado, en virtudde las operaciones de crédito suscritas, con renunciaal beneficio de excusión.

Tercero.- La fianza tendrá la misma duración quese establezca en el documento de crédito que se for-malice, terminando sus efectos una vez reintegradastotalmente a la entidad acreedora las cantidades per-cibidas por la acreditada.

Cuarto.- La Tesorería de la Comunidad Autóno-ma de Canarias, por el aval que se preste, responde-rá hasta un importe máximo de veintinueve millonesquinientos setenta y tres mil ciento cincuenta y sie-te (29.573.157) euros, de la obligación de pago portodos los conceptos y en los términos previstos en losapartados segundo y tercero de este Decreto.

Quinto.- 1. Las cláusulas de los contratos de cré-dito que prevean condiciones de garantía por la Ad-ministración de esta Comunidad Autónoma distintasde las que se consignen en el documento de forma-lización del aval y en el Decreto de autorización ca-recerán de toda eficacia frente a la Administraciónautonómica.

2. El contrato de crédito, base del afianzamientoque se autoriza, constituirá parte esencial del contratode aval, quedando incorporado al mismo una copiaautorizada de aquél.

Sexto.- 1. El documento de aval habrá de ser sus-crito por la entidad prestamista y prestataria en prue-ba de conocimiento y aceptación de las condicionesde la garantía.

2. El avalado queda obligado a entregar una co-pia del contrato de aval a la respectiva entidad acree-dora.

Séptimo.- 1. La Consejería de Economía y Haciendapodrá requerir a la entidad de crédito acreedora, in-formación detallada sobre el cumplimiento por par-te del avalado de las obligaciones derivadas de la ope-ración afianzada.

2. La entidad acreedora queda expresamente obli-gada a notificar de forma fehaciente la falta de pagode la acreditada en el plazo de 15 días naturales, con-tados a partir del día siguiente a aquel en que se pro-duzca el vencimiento del plazo conferido en el con-trato de crédito para proceder al abono de cada unade las cuotas de amortización de capital e interesespactados. El incumplimiento reiterado, por tres ve-ces sucesivas o cinco discontinuas, de esta obligación,determinará la resolución del aval.

Octavo.- Todos los gastos e impuestos derivadosde la autorización y formalización del aval serán porcuenta del avalado.

Noveno.- La entidad avalada facilitará la inspec-ción y control que ejercerá la Consejería de Econo-mía y Hacienda en colaboración con la Consejería deSanidad en orden a verificar las inversiones financiadascon el contrato de crédito avalado, al objeto de com-probar su aplicación y rentabilidad, así como la sol-vencia de la entidad avalada, pudiendo para ello ve-rificar los documentos que se consideren oportunos.

Décimo.- El aval autorizado por el presente De-creto surtirá efecto desde la formalización del co-rrespondiente documento de aval.

Undécimo.- Se autoriza al Consejero de Econo-mía y Hacienda a dictar cuantas resoluciones sean opor-tunas en orden a la ejecución del presente Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía admi-nistrativa, cabe interponer recurso potestativo de repo-sición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contardesde el día siguiente al de su notificación o publicación,o directamente recurso contencioso-administrativo an-te la Sala competente de lo Contencioso-Administrati-vo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en elplazo de dos meses a contar desde el día siguiente al desu notificación o publicación; significando que, en el ca-so de presentar recurso de reposición, no se podrá interponerrecurso contencioso-administrativo hasta que se resuel-va expresamente el recurso de reposición o se produz-ca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sinperjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 24 de no-viembre de 2005.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Carlos Mauricio Rodríguez.

LA CONSEJERADE SANIDAD,

María del Mar Julios Reyes.

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23069

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1654 DECRETO 214/2005, de 24 de noviembre, porel que se declara Bien de Interés Cultural, concategoría de Zona Arqueológica “La Barran-quera”, en el término municipal de San Cris-tóbal de La Laguna, isla de Tenerife, delimitandosu entorno de protección.

Visto el expediente instruido por el Cabildo Insularde Tenerife para la declaración de Bien de Interés Cul-tural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor deLa Barranquera, situada en el término municipal de SanCristóbal de La Laguna, y teniendo en cuenta los si-guientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. Mediante Resolución de la Consejera de Cultu-ra, Educación, Empleo, Juventud y Deportes del Ca-bildo Insular de Tenerife, de 15 de diciembre de 1999,se incoa expediente para la declaración de Bien de In-terés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, afavor de “La Barranquera”, situada en el término mu-nicipal de San Cristóbal de La Laguna, sometiendo elmismo a información pública, en el plazo legalmenteestablecido.

II. Mediante Resolución de la Consejera Acciden-tal de Cultura, Educación, Empleo y Juventud del Ca-bildo Insular de Tenerife, de 3 de julio de 2002, se con-cede trámite de audiencia a los interesados, por el plazode 15 días, sin que conste que se hayan presentado ale-gaciones ni aportado documentación alguna.

III. Con fecha 22 de septiembre de 2000, se solici-taron respectivamente los dictámenes preceptivos dela Universidad de La Laguna, el Organismo Autóno-mo de Museos y Centros y el Instituto de Estudios Ca-narios en calidad de instituciones consultivas. Constanlos informes favorables emitidos por el OrganismoAutónomo de Museos y Centros y el Instituto de Es-tudios Canarios.

IV. Por Resolución de la Consejera de Cultura, Edu-cación, Empleo y Juventud del Cabildo Insular de Te-nerife, de 23 de enero de 2003, se resuelve elevar elexpediente al Gobierno de Canarias para su declara-ción como Bien de Interés Cultural. Y en sesión cele-brada el 10 de abril de 2003 el Consejo Canario de Pa-trimonio Histórico emite informe favorable para ladeclaración como Bien de Interés Cultural, con cate-goría de Zona Arqueológica, a favor de “La Barranquera”,situada en el término municipal de San Cristóbal de LaLaguna, isla de Tenerife.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La tramitación de dicho expediente se ha lle-vado a efecto según lo determinado en la Ley 4/1999,

de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Cana-rias.

II. El artículo 18.1.e) de la anteriormente citada Ley4/1999, define la categoría de Zona Arqueológica co-mo “lugar o paraje natural donde existen bienes mue-bles o inmuebles representativos de antiguas cultu-ras”, requisitos todos ellos con los que cumple “LaBarranquera”, vistos los informes emitidos por el Ins-tituto de Estudios Canarios y el Organismo Autónomode Museos y Centros.

III. El artículo 22.1 de la mencionada Ley 4/1999 es-tablece que la declaración de Bien de Interés Culturalse realizará mediante Decreto del Gobierno de Cana-rias, a propuesta de la Administración actuante y pre-vio informe favorable del Consejo Canario de PatrimonioHistórico, trámites todos ellos, que se han cumplido yque constan en el expediente administrativo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educa-ción, Cultura y Deportes, visto el informe del Conse-jo de Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deli-beración del Gobierno en su reunión del día 24 denoviembre de 2005,

D I S P O N G O:

Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría deZona Arqueológica “La Barranquera”, situada en el tér-mino municipal de San Cristóbal de La Laguna, islade Tenerife, delimitando su entorno de protección, se-gún la descripción y ubicación en plano que se contienenen los anexos I y II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía admi-nistrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposiciónante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar des-de el día siguiente al de su notificación o publicación,o directamente recurso contencioso-administrativo an-te la Sala competente de lo Contencioso-Administra-tivo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, enel plazo de dos meses a contar desde el día siguienteal de su notificación o publicación; significando que,en el caso de presentar recurso de reposición, no se po-drá interponer recurso contencioso-administrativo has-ta que se resuelva expresamente el recurso de reposi-ción o se produzca la desestimación presunta del mismo,y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudierainterponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviem-bre de 2005.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO,Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

23070 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

A N E X O I

DESCRIPCIÓN.

La Zona Arqueológica se localiza sobre un acan-tilado costero, extendiéndose desde el nivel del marhasta una cota que oscila entre los 25-70 m.s.n.m.,al oeste del núcleo habitacional de La Barranquera,entre el Barranco del Tanque y el Barranco de Cha-morro, en la costa de Valle Guerra. Se distinguen dosgrandes sectores separados por el promontorio lávicode la Punta del Jurado, que se adentra en el mar.

Desde el punto de vista geomorfológico, el árease configura como un gran apilamiento de coladasbasálticas de la Serie III. A lo largo del acantilado,la erosión diferencial ha abierto numerosas cuevasy oquedades en aquellos estratos más vulnerables-piroclastos, tobas o niveles más superficiales es-coriáceos de las coladas- frente al carácter masivoy resistente del interior de la colada basáltica, pro-piciando la proliferación de cavidades que fueronutilizadas por la población prehistórica de la islacomo recintos habitacionales o nichos funerarios.

Desde el punto de vista de los valores naturalesde este ámbito, la vegetación dominante se caracte-riza por un tabaibal-cardonal relativamente bienconservado y rico florísticamente, encuadrado den-tro de la alianza Kleinio-Euphorbion canariensis.Sobresalen las tabaibas dulces (Euphorbia balsami-fera), el cardón (Euphorbia canariensis), el cornical(Periploca laevigata), el tarajal (Tamarix canarien-sis), así como un rico cortejo de especies que acom-pañan a las anteriores, junto a matorrales seriales fru-to de la degradación de las comunidades climáticas.Las masas de tarajales alcanzan en algunos puntostal densidad e impenetrabilidad que, posiblemente,alberguen vestigios arqueológicos que no han podi-do ser documentados por las labores de prospec-ción. La existencia de una extensa rasa marina, al des-cubierto durante la bajamar, propicia la riquezafaunística, en especial de especies intermareales yavifauna marina.

Las principales unidades arqueológicas docu-mentadas en la zona son las siguientes:

Un conjunto de cuevas sepulcrales abiertas enlas abruptas márgenes del Barranco del Horno, queconservan vestigios óseos, malacológicos y cerá-micos en superficie, así como algo de relleno estra-tigráfico en algunas de ellas. Hacia la desemboca-dura, en la Playa del Roquillo, existen referenciasde estructuras de superficie y restos de cabañas conmaterial asociado.

A unos 100 m hacia el sur, y sobre la misma Pla-ya del Roquillo, existe un conjunto de cuevas habi-tacionales que ocupan diferentes andenes en ambasmárgenes de un pequeño y abrupto barranquillo que

cae sobre la playa. Se registran algo más de una de-cena de cuevas naturales -alguna de ellas de di-mensiones considerables-, con abundantes vestigiosmateriales en superficie y signos evidentes de reu-tilización hasta fechas muy recientes. En sus proxi-midades, y en dirección sur, aparece alguna cuevade habitación y de naturaleza funeraria abierta bajoun grueso mogote lávico.

Frente a El Roquillo, en un tramo acantilado demenor pendiente y ocupado por un denso tabaibalcon tarajales, se perciben indicios de un notableasentamiento de superficie, recogido en la Carta Ar-queológica del municipio, en la que se mencionan40 cabañas localizadas en este sector relativamentepróximo a la playa. En la actualidad es posible per-cibir los restos de algunas de estas estructuras, asícomo abundante material lítico, cerámico y ma-lacológico en superficie, si bien la exuberante vegetaciónde la zona dificulta su visualización. Las estructu-ras más próximas a la playa han sido transformadaspor fenómenos de reutilización reciente. En la par-te alta de este tramo se abren algunas cuevas de ha-bitación con características similares a las mencio-nadas con anterioridad.

Hacia el oeste, el promontorio lávico conocido co-mo Punta del Jurado alberga diversos yacimientos:cuevas de habitación, alguna de las cuales conoceen la actualidad un proceso de acondicionamientomediante la construcción de un muro de cerramien-to; un conchero bastante disperso y un área de tallercon material lítico y cerámico en superficie.

Al sur de la Punta del Jurado se localiza el com-plejo de cuevas de El Calabazo, ubicado en el trac-to superior del acantilado, por debajo de una pistaagrícola e invernaderos adyacentes. Se trata de unconjunto integrado por 7 cuevas de habitación y 2cuevas sepulcrales, parte de cuyos materiales fueronextraídos hace décadas. La principal cueva de habi-tación, cuyas dimensiones son 25,6 x 20 x 4 m, seencuentra protegida por los vestigios de un antiguomuro de cerramiento y fue sometida a “excavación”entre los años 70 y 80, habiendo sido reutilizada porpescadores de la zona. El conjunto del yacimientoha proporcionado abundantes restos cerámicos, frag-mentos óseos y líticos, y, en la cueva sepulcral, serecuperaron restos humanos, cuentas de collar yotros materiales. En la actualidad se percibe abun-dante material disperso en toda el área.

Desde este punto hasta el Barranco de Chamorro,en dirección SO, aparecen dos grupos de cuevas dehabitación. El primero en la parte alta del acantila-do, bajo una gruesa plancha basáltica y parcialmenteocultas por la vegetación, y el segundo -y más im-portante- en ambas márgenes del citado barranco, do-

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23071

cumentándose 5 cuevas de cierta dimensión, algu-na de las cuales conserva un importante relleno es-tratigráfico.

DELIMITACIÓN.

El ámbito de protección se encuentra situado enel acantilado costero del término municipal de SanCristóbal de La Laguna, extendiéndose desde laPunta de Baja Izquierda y la margen izquierda delBarranco de Chamorro -al Oeste-, hasta las inme-diaciones del núcleo de población de La Barran-quera, al Este, ocupando la totalidad de la superfi-cie comprendida entre el veril del acantilado y la línealitoral. Se trata de un tramo de acantilado costero orien-tado hacia el Norte, con una altitud media de unos50-60 m.s.n.m., y configurado por un gran apilamientode coladas de la Serie III, cuyo frente ha desapare-cido por la acción del mar. En contraste con la in-tensa antropización que ha experimentado el entor-no del núcleo de La Barranquera, así como laplataforma superior del acantilado, totalmente ocu-pada por invernaderos, la zona propuesta muestra unmenor grado de alteración y alberga un importanteasentamiento prehistórico con yacimientos de di-versa naturaleza.

La descripción detallada de la delimitación del es-pacio objeto de protección es la siguiente:

La superficie de la Zona Arqueológica tiene unaforma irregular, adaptándose a la morfología del acan-tilado, de manera que su vértice más septentrionalnace en la margen derecha de la desembocadura delBarranco del Tanque, con coordenadas U.T.M.(363.208; 3.157.371). Desde aquí toma rumbo Es-te siguiendo el cauce, hasta el borde del veril, concoordenadas U.T.M. (363.310; 3.157.363). A par-tir de este punto el límite superior del espacio seadapta al borde del acantilado, a cota comprendi-da entre los 25-45 m.s.n.m., y los siguientes pun-tos de referencia, con coordenadas U.T.M. (363.316;3.157.290. 363.342; 3.157.235. 363.342; 3.157.211.362.261; 3.157.112. 363.212; 3.15.058). Desde lavertical de la Punta del Jurado, el límite de la Zo-na Arqueológica adopta una dirección Norte-Sur,desviándose hacia el SO a partir del Barranco delas Cuevas, y su cota se sitúa entre los 60-70m.s.n.m. -puntos U.T.M. (363.086; 3.156.955.362.875; 3.156.995. 362.836; 3.156.807. 362.767;3.156.697)-, hasta alcanzar el cauce del Barrancode Chamorro, en el punto más meridional del ám-bito de protección, con coordenadas U.T.M. (362.599;3.156.564) y 55 m.s.n.m. Desde este punto, el lí-mite occidental desciende sobre el espigón queconforma la margen izquierda del citado barrancohasta el mar, con puntos U.T.M. (362.560; 3.156.640.362.584; 3.156.745). El límite inferior de la ZonaArqueológica se ajusta al borde costero.

En cualquier caso, el límite superior del espaciose encuentra señalado por los muros de contencióny cierre de los numerosos invernaderos localizadosen la parte alta del acantilado.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN.

La delimitación del ámbito de protección se jus-tifica por la necesidad de preservar un gran conjun-to arqueológico, repartido en varias unidades deasentamiento que se distribuyen a lo largo del acan-tilado, mostrando una ocupación en grupos de cue-vas naturales, estructuras artificiales al aire libre ycavidades con función funeraria.

El límite superior de la Zona Arqueológica se ca-racteriza por una transformación completa de lamorfología original del terreno debido a la instala-ción de invernaderos, con vertidos de abundantes re-siduos agrícolas sobre el área a proteger. La proxi-midad del enclave de La Barranquera, como núcleoque acoge a una importante población durante losperíodos vacacionales, y la presencia de un sectorde playa, incrementan la presión antrópica sobre es-ta área de interés arqueológico.

Partiendo de estos factores de amenaza, los límitesobedecen a las siguientes motivaciones:

1.- Dichos límites acogen una notable área deasentamiento prehistórico radicado en el sector cos-tero del norte de Tenerife, que conserva gran partede los valores naturales que caracterizaban al espa-cio en época aborigen, en especial un denso tabaibal-cardonal, con masas de tarajales intercaladas y unarasa marina de alto valor ecológico, que alberga unarica avifauna. La zona destaca, asimismo, por sugrado de representatividad como modelo de hábitatprehistórico, posiblemente estacional, en la zonacostera de Valle Guerra, vinculado a actividadespastoriles y de recolección marina, mostrando uni-dades habitacionales, tanto en cueva como de superficie,así como yacimientos de naturaleza sepulcral.

2.- A pesar del grado de alteración y deterioro su-frido por la mayoría de los yacimientos existentes,todavía se registran cuevas y sectores en ellas sus-ceptibles de ser excavados con metodología arqueoló-gica, al conservar un importante relleno estratigrá-fico, por lo que se considera imprescindible garantizarsu protección y conservación, evitando que continúesu degradación.

3.- Las actividades agrícolas inmediatas al lími-te superior y los usos tradicionales, junto al cre-ciente proceso urbanizador del núcleo de La Ba-rranquera y una notable presencia humana en todoeste ámbito debida al uso turístico, vacacional y deocio (acampadas ilegales, bañistas, excursionistas,etc.), demandan, asimismo, la protección de estagran unidad de asentamiento prehistórica.

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N E

X O

I I

1655 Dirección General de Deportes.- Resoluciónde 7 de noviembre de 2005, por la que se con-vocan los “XXIV Campeonatos de Canarias”.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 8/1997, de9 de julio, Canaria del Deporte, corresponde a la Ad-ministración Pública de la Comunidad Autónoma deCanarias, la planificación y reglamentación del de-porte en edad escolar, actividad deportiva realizadapor escolares durante el período de tiempo no lecti-vo.

Dentro del programa de actividades que desarro-lla anualmente la Dirección General de Deportes seencuentra la celebración de los Campeonatos de Ca-narias, que permiten, además de la consecución deresultados deportivos que proclamen los campeonesde Canarias en las distintas modalidades deportivasconvocadas, la oportunidad de una convivencia dedeportistas de todas las islas que favorezca su formaciónintegral, superando así el tradicional alejamiento dealguna de ellas respecto a actividades de estas ca-racterísticas.

Esta planificación y reglamentación ha de tenermuy en cuenta la participación de los Cabildos In-sulares y los Ayuntamientos Canarios, tanto en las fa-ses previas de los juegos como durante la celebraciónde la fase autonómica. De igual forma, es imprescindiblela colaboración en su organización y desarrollo de lasFederaciones Deportivas Canarias correspondientes,tal y como se establece en el artº. 43, apartado h), dela Ley Canaria del Deporte.

En el actual curso escolar 2005/06, se produce ade-más una modificación sustancial de la estructura de-portiva en el Estado español, que obliga a la adecuaciónde la normativa desarrollada en ediciones anterioresde estos Campeonatos, adecuación que se explicita-rá en la normativa que desarrollará esta Resolución.

Atendiendo a lo anterior, se estima oportuno poresta Dirección General de Deportes, convocar los dis-tintos campeonatos que conforman los XXIV Cam-peonatos de Canarias, correspondientes al curso es-colar 2005/06.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar las competiciones deportivasen edad escolar en el ámbito autonómico para el cur-so escolar 2005/06 en las modalidades y categoríassiguientes:

- Categoría Infantil: baloncesto, balonmano, fút-bol sala, judo, lucha canaria, orientación y voleibol.

- Categoría Cadete: ajedrez, bádminton, baloncesto,balonmano, campo a través, fútbol, gimnasia rítmi-ca, judo, tenis de mesa y voleibol.

- Categoría Juvenil: campo a través.

Segundo.- Los Cabildos Insulares o FederacionesDeportivas Canarias interesados en participar en lascompeticiones programadas, deberán solicitarlo a laDirección General de Deportes a través de un formularioque publicará esta Dirección General en su página web(www.deportecanario.com). Dicho formulario debeser remitido con sello y firma del Consejero Insularde Deportes del Cabildo o del presidente de la Fe-deración Deportiva Canaria correspondiente, antes delas 15,00 horas del día 16 de diciembre del año 2005.

Tercero.- Los gastos de organización y ejecuciónde la fase autonómica de las diferentes modalidadesde los “XXIV Campeonatos de Canarias” correrán acargo de la Comunidad Autónoma o de los organis-mos públicos o entidades privadas que asuman la or-ganización y ejecución de alguna de las actividadesprogramadas, en el marco de los acuerdos y conve-nios que se suscriban a tal fin.

Cuarto.- Podrán participar en las competiciones co-rrespondientes a los XXIV Campeonatos de Cana-rias todos aquellos deportistas y equipos que cum-plan los requisitos incluidos en las Normas Generalesde Organización y de Desarrollo, que elaborará la Di-rección General de Deportes. A partir de este cursoescolar 2005/06, en baloncesto, balonmano, fútbol yvoleibol, los deportistas y entrenadores participan-tes deberán tener licencia federativa diligenciada enlos plazos previstos en la normativa específica de ca-da Federación.

Quinto.- La normativa aplicable en la fase auto-nómica de los XXIV Campeonatos de Canarias se es-tablece de acuerdo con el siguiente orden:

1º) La presente Resolución y sus Normas Gene-rales de Organización y de Desarrollo, que se publi-carán en la página web de la Dirección General deDeportes.

2º) La Normativa Técnica aplicable en los regla-mentos federativos nacionales e internacionales debaloncesto, balonmano, fútbol y voleibol.

3º) Las Normas Técnicas específicas de cadamodalidad deportiva en los correspondientes Cam-peonatos de España Infantil y Campeonato de Espa-

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ña de la Juventud (categoría cadete), convocados porel Consejo Superior de Deportes, en los artículosque le sean de aplicación y publicadas en su páginaweb (www.csd.mec.es).

4º) Las Normas Técnicas de los XXIV Campeo-natos de Canarias específicas de cada modalidad de-portiva, que serán aprobadas por esta Dirección Ge-neral de Deportes, y publicadas en su página web.

5º) La Normativa Técnica aplicable en los regla-mentos federativos nacionales e internacionales deajedrez, bádminton, campo a través, fútbol sala, gim-nasia rítmica, judo, lucha canaria, orientación y te-nis de mesa.

Sexto.- En el ámbito de la disciplina deportiva, se-rán aplicables las Normas de Disciplina Deportiva es-pecíficas de cada modalidad deportiva, excepto en lorelativo al procedimiento disciplinario, que será el pre-visto en las normas generales de organización y desa-rrollo.

Séptimo.- Los resultados de los Campeonatos deCanarias podrán clasificar para la participación en lascompeticiones de ámbito estatal que convoque elConsejo Superior de Deportes para la temporada2005/06, de acuerdo a sus propias Normas Técnicas,según criterios acordados por la Dirección Generalde Deportes, y en el marco de los acuerdos con lasdistintas Federaciones Deportivas Canarias.

Octavo.- En cada Campeonato convocado existi-rá un Comité de Organización nombrado por el Di-rector General de Deportes y en el que se integraránlos responsables nombrados por las respectivas Fe-deraciones Canarias. Se delega en el mismo la in-terpretación y aplicación de la presente Resolución,las Normas Generales de Organización y Desarrolloy demás normativa aplicable.

Noveno.- Se delega en el Jefe de Servicio deDeportes de la Dirección General de Deportes el co-nocimiento y resolución de los recursos que, en ma-teria no disciplinaria, se interpongan ante la Direc-ción General de Deportes con ocasión de los XXIVCampeonatos de Canarias.

Décimo.- Publíquese la presente Resolución en elBoletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de noviembre de2005.- El Director General de Deportes, José ManuelBetancort Álvarez.

Consejería de Sanidad

1656 Servicio Canario de la Salud.- Resolución dede 25 de noviembre de 2005, de la Directora,por la que se amplía el plazo previsto para larealización de los procesos extraordinariosde consolidación y provisión de plazas de per-sonal estatutario del citado Organismo.

El artículo único del Real Decreto-Ley 9/2004, de3 de diciembre (convalidado por Resolución de 22de diciembre de 2004) establece que “a efectos de loprevisto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, el plazo para la resolución de los pro-cesos de selección y provisión convocados al amparode la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, queda fija-do en 12 meses contados desde el día siguiente al dela entrada en vigor de este real decreto ley”.

El citado artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, contempla que excepcionalmente, po-drá acordarse la ampliación del plazo máximo de re-solución y notificación, mediante motivación clarade las circunstancias concurrentes y sólo una vezagotados todos los medios a disposición posibles.

El proceso de consolidación de empleo, por suspropias características de excepcionalidad y singu-laridad, supone la gestión de unas magnitudes, en loreferido a número de participantes y actos adminis-trativos derivados de las pruebas selectivas, no ha-bituales en los procesos selectivos de las Adminis-traciones Públicas, lo que ha generado una grancomplejidad de la logística de los mismos, que aúncon la habilitación de todos los medios personales ymateriales posibles, hace imposible el cumplimien-to de los plazos establecidos.

Por otro lado, la articulación procesal del mode-lo diseñado no ha permitido anticipar las medidas degestión habituales en los procesos selectivos ordinariosde carácter masivo. Ello, unido a las medidas ga-rantizadoras adicionales que la ley, de forma acerta-da, ha puesto a disposición de los participantes mo-tiva la necesidad de ampliar el plazo previsto para laculminación definitiva de dichos procesos.

En su virtud, en uso de las facultades conferidasen el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, y vista la propuesta formulada por la DirectoraGeneral de Recursos Humanos,

R E S U E L V O:

Primero.- Se amplía en doce meses, el plazo pre-visto en el artículo único del Real Decreto-Ley 9/2004,de 3 de diciembre (convalidado por Resolución de22 de diciembre), para la resolución de los procesos

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convocados en el Servicio Canario de la Salud al am-paro de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, que nohayan finalizado íntegramente antes del 5 de di-ciembre de 2005.

Segundo.- Publicar la presente Resolución, con-tra la que no cabe recurso alguno, en el Boletín Ofi-cial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de noviembre de2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

IV. AnunciosAnuncios de contratación

Consejería de Economía y Hacienda

4369 Dirección General de Patrimonio y Contratación.-Anuncio de 22 de noviembre de 2005, por elque se convoca concurso, procedimiento abier-to, para la contratación del suministro de unvehículo de representación oficial con desti-no a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Agricultura, Ganadería, Pesca yAlimentación de la Comunidad Autónoma deCanarias.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

Organismo: Consejería de Economía y Hacienda.

Dependencia que tramita el expediente: Direc-ción General de Patrimonio y Contratación.

Domicilio: calle León y Castillo, 431, 2ª.

Localidad y código postal: Las Palmas de Gran Ca-naria-35007.

Teléfonos: (928) 307128 y (928) 307149.

Fax: (928) 307137.

Expediente: C-14-2005-LP.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

Descripción del objeto: el suministro de un vehículode representación oficial con destino a la SecretaríaGeneral Técnica de la Consejería de Agricultura, Ga-nadería, Pesca y Alimentación de la ComunidadAutónoma de Canarias.

Número de unidades a entregar: 1 (una).

División por lotes y números: único.

Lugar de entrega: Las Palmas de Gran Canaria,según prescripciones técnicas.

Plazo de entrega: según cláusula 8 (ocho) del Plie-go de Cláusulas Administrativas Particulares.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACIÓN.

Tramitación: urgente.

Procedimiento: abierto.

Forma: concurso.

4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.

El presupuesto total de licitación asciende a trein-ta y ocho mil (38.000,00) euros.

5. GARANTÍA PROVISIONAL.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 35.1del Texto Refundido de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas, los licitadores no debe-rán constituir garantía provisional.

6. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMA-CIÓN.

Entidad: el Pliego de Cláusulas Administrativasy demás documentación e información quedarán a dis-posición de los licitadores interesados durante el pla-zo de presentación de las proposiciones en la Direc-ción General de Patrimonio y Contratación.

Domicilio: Avenida José Manuel Guimerá, 8, Edi-ficio de Usos Múltiples II, de Santa Cruz de Teneri-fe, en la planta 6ª, 38071, teléfono (922) 476500, fax(922) 476672 y calle León y Castillo, 431, 2ª plan-ta, Edificio Urbis de Las Palmas de Gran Canaria-35007, teléfonos (928) 307129 y (928) 307149, fax(928) 307137.

También podrá consultarse el Pliego de Cláusu-las, una vez publicado el presente anuncio de licitación,en la página web del Gobierno de Canarias con la si-guiente dirección: http://www.gobiernodecana-rias.org/pliegos.

7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA.

Los que se detallan en el Pliego de Cláusulas Ad-ministrativas Particulares.

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8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

Fecha límite: 14,00 horas del octavo día naturalsiguiente al de la publicación del presente anuncio.En caso de coincidir en sábado o festivo se pasará alsiguiente día hábil.

Documentación a presentar: la que se indica en elPliego de Cláusulas Administrativas Particulares querige para el presente contrato.

Lugar de presentación: los señalados en el puntosexto del presente anuncio.

Plazo durante el cual el licitador estará obligadoa mantener su oferta: tres meses a contar desde la aper-tura de las proposiciones.

Admisión de variantes: no.

9. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.

El acto público de apertura de las proposicioneseconómicas tendrá lugar en la Sala de Juntas de laDirección General de Patrimonio y Contratación, si-ta en la calle León y Castillo, 431, 2ª planta de LasPalmas de Gran Canaria, y se efectuará a las 10,00horas el día siguiente al de finalización del plazo depresentación de proposiciones, de no encontrarse de-ficiencias subsanables en la documentación presen-tada por los licitadores. En caso contrario, se conce-derán hasta tres días hábiles de plazo a los licitadorespara que presenten la documentación complementa-ria necesaria, procediéndose a la apertura de las pro-posiciones económicas a las 10,00 horas del día si-guiente. En caso de coincidir en sábado o festivo sepasará al siguiente día hábil.

10. OTRA INFORMACIÓN.

En las direcciones y teléfonos indicados.

11. GASTOS DE LOS ANUNCIOS.

Correrán por cuenta del adjudicatario o adjudica-tarios.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de noviembrede 2005.- El Director General de Patrimonio y Con-tratación, Alfonso Fernández Molina.

Consejería de Sanidad

4370 Servicio Canario de la Salud. Dirección Ge-rencia del Hospital de Gran Canaria Dr. Ne-grín.- Anuncio de 17 de noviembre de 2005,por el que se hace pública la relación de los

adjudicatarios de los procedimientos abiertosy negociados celebrados en la Gerencia del Hos-pital Universitario de Gran Canaria Dr. Ne-grín, en cumplimiento de lo establecido en elartículo 93.2 del Texto Refundido de la Ley deContratos de las Administraciones Públicas (RealDecreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio).

ENTIDAD ADJUDICADORA.

Organismo: Servicio Canario de la Salud.

Dependencia que tramita el expediente: HospitalUniversitario de Gran Canaria Dr. Negrín.

Número de expediente: 2005-0-57.

OBJETO DEL CONTRATO.

Tipo de contrato: suministro.

Descripción del objeto: suministro de un sistemade polisonmografía con destino al Hospital Univer-sitario de Gran Canaria Dr. Negrín.

Lote: 1.

Publicación: Boletín Oficial de Canarias nº 183(16.9.05).

TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE AD-JUDICACIÓN.

Tramitación: ordinaria.

Procedimiento: abierto.

Forma: concurso.

PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: 69.115,00 euros.

ADJUDICACIÓN.

Fecha: 16 de noviembre de 2005.

Contratista: Distribuciones y RepresentacionesBiomédicas Direx, S.L.

Nacionalidad: española.

Importe de adjudicación: 69.115,00 euros.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembrede 2005.- La Directora Gerente, Evelia Lemes Cas-tellano.

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23077

4371 Servicio Canario de la Salud. Dirección Ge-rencia del Hospital Universitario Nuestra Se-ñora de Candelaria-Ofra del Área de Salud deTenerife.- Anuncio de 18 de noviembre de2005, por el que se hace pública la relaciónde adjudicatarios de los concursos públicos:CP 2005-5-13: suministro, mediante arren-damiento sin opción de compra, de módulosprefabricados destinados al Centro Comarcalde Urgencias de El Mojón, perteneciente al Hos-pital Universitario Nuestra Señora de Candelaria;CP 2005-5-16: servicio de gestión y elimina-ción de residuos sanitarios de riesgo o espe-cíficos para el Hospital Universitario NuestraSeñora de Candelaria-Ofra; CP 2005-5-17: ser-vicio de mantenimiento de las instalaciones delHospital Universitario Nuestra Señora deCandelaria-Ofra y del Hospital del Tórax,afectadas por el Real Decreto 865/2003, porel que se establecen los criterios higiénico-sa-nitarios para la prevención y control de la le-gionelosis.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Gerenciadel Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife, Serviciode Suministros.

c) Número de expediente: CP 2005-5-13.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción del objeto: suministro, mediante arren-damiento sin opción de compra, de módulos prefa-bricados destinados al Centro Comarcal de Urgen-cias de El Mojón, perteneciente al Hospital UniversitarioNuestra Señora de Candelaria, del Área de Salud deTenerife.

c) Lotes: no.

d) Boletín Oficial y fecha de publicación del anun-cio de licitación:

- Diario Oficial de la Unión Europea: 2 de juniode 2005.

- Boletín Oficial de Canarias: 28 de junio de 2005.

- Boletín Oficial del Estado: 18 de junio de 2005.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACIÓN.

a) Tramitación: urgencia.

b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: concurso público.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: 810.000,00 euros.

5. ADJUDICACIÓN.

a) Fecha: 22 de junio de 2005.

b) Adjudicatario: Algeco Construcciones Modu-lares, S.A.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de adjudicación: 800.000,00 euros.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Gerenciadel Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife- Serviciode Suministros.

c) Número de expediente: CP 2005-5-16.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción del objeto: servicio de gestión y eli-minación de residuos sanitarios de riesgo o especí-ficos para el Hospital Universitario Nuestra Señorade Candelaria, del Área de Salud de Tenerife.

c) Lotes: no.

d) Boletín Oficial y fecha de publicación del anun-cio de licitación:

- Diario Oficial de la Unión Europea: 12 de juliode 2005.

- Boletín Oficial del Estado: 19 de julio de 2005.

- Boletín Oficial de Canarias: 26 de julio de 2005.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACIÓN.

a) Tramitación: urgente.

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b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: concurso público.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: 711.893,75 euros.

5. ADJUDICACIÓN.

a) Fecha: 10 de octubre de 2005.

b) Adjudicatario: Andaluza de Tratamientos deHigiene, S.A.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de adjudicación: 681.643,75 euros.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Gerenciadel Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife-Serviciode Suministros.

c) Número de expediente: CP 2005-5-17.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción del objeto: servicio de mantenimientode las instalaciones del Hospital Universitario Nues-tra Señora de Candelaria-Ofra y del Hospital del Tó-rax, afectadas por el Real Decreto 865/2003, por elque se establecen los criterios higiénico-sanitarios pa-ra la prevención y control de la legionelosis.

c) Lotes: no.

d) Boletín Oficial y fecha de publicación del anun-cio de licitación:

- Boletín Oficial de Canarias: 19 de septiembre de2005, nº 2005/184.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMADE AD-JUDICACIÓN.

a) Tramitación: urgencia.

b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: concurso público.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: 104.730 euros.

5. ADJUDICACIÓN.

a) Fecha: 2 de noviembre de 2005.

b) Adjudicatario: Faycanes, S.L.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de adjudicación: 79.300 euros.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de noviembre de2005.- El Director Gerente, Juan José Afonso Rodríguez.

4372 Servicio Canario de la Salud. Dirección Ge-rencia del Hospital Universitario Nuestra Se-ñora de Candelaria-Ofra del Área de Salud deTenerife.- Anuncio de 18 de noviembre de2005, por el que se hace pública la relaciónde adjudicatarios de los expedientes por pro-cedimiento negociado: PN 2005-7-22: servi-cio de gestión de suscripciones periódicas pa-ra la Biblioteca del Hospital UniversitarioNuestra Señora de Candelaria-Ofra; PN 2005-7-24: servicio de mantenimiento de los equi-pos de radioterapia (acelerador lineal y si-mulador) de la marca Philips, instalados enel Hospital Universitario Nuestra Señora deCandelaria-Ofra; PN 2005-7-26: servicio pa-ra la realización de diferentes pruebas com-plementarias del diagnóstico precoz de mal-formaciones fetales para el servicio deToco-ginecología del Hospital UniversitarioNuestra Señora de Candelaria-Ofra.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Gerenciadel Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife-Serviciode Suministros.

c) Número de expediente: PN 2005-7-22.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción del objeto: servicio de gestión desuscripciones periódicas para la Biblioteca del Hos-pital Universitario Nuestra Señora de Candelaria,del Área de Salud de Tenerife.

c) Lotes: no.

d) Publicación: sin publicidad.

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23079

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO YFORMADE AD-JUDICACIÓN.

a) Tramitación: urgente.

b) Procedimiento: negociado.

c) Forma: con concurrencia de ofertas.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: setenta mil (70.000,00) euros.

5. ADJUDICACIÓN.

a) Fecha: 3 de agosto de 2005.

b) Adjudicatario: Fundación García Muñoz, S.L.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de adjudicación: 69.982,61 euros.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Gerenciadel Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife-Serviciode Suministros.

c) Número de expediente: PN 2005-7-24.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción del objeto: servicio de mantenimientode los equipos de radioterapia (acelerador lineal y si-mulador) de la marca Philips, instalados en el Hos-pital Universitario Nuestra Señora de Candelaria,del Área de Salud de Tenerife.

c) Lotes: no.

d) Publicación: sin publicidad.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACIÓN.

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: negociado.

c) Forma: por exclusividad.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: 208.798,80 euros.

5. ADJUDICACIÓN.

a) Fecha: 29 de agosto de 2005.

b) Adjudicatario: Elekta Medical, S.A.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de adjudicación: 208.798,80 euros.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Gerenciadel Hospital Universitario Nuestra Señora de Can-delaria-Ofra del Área de Salud de Tenerife-Serviciode Suministros.

c) Número de expediente: PN 2005-7-26.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción del objeto: servicio de pruebascomplementarias del diagnóstico precoz de malfor-maciones fetales para el Servicio de Toco-ginecolo-gía del Hospital Universitario Nuestra Señora deCandelaria, del Área de Salud de Tenerife.

c) Lotes: no.

d) Publicación: sin publicidad.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACIÓN.

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: negociado.

c) Forma: concurrencia de ofertas.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: 98.560 euros.

5. ADJUDICACIÓN.

a) Fecha: 3 de octubre de 2005.

b) Adjudicatario: Hospital Rambla, S.L.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de adjudicación: 98.560 euros.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de noviembre de2005.- El Director Gerente, Juan José Afonso Rodríguez.

23080 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

Otros anuncios

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

4373 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 21 de no-viembre de 2005, por el que se requiere a losinteresados de las subvenciones reguladas enel anexo I de la Orden de 1 de agosto de 2005,que convoca para el ejercicio 2005 las sub-venciones directas e indirectas con finalidadestructural cofinanciadas por la Unión Euro-pea (I.F.O.P.) para nueva construcción de bu-ques pesqueros (B.O.C. nº 158, de 12.8.05) cu-yas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos,o no acompañan la documentación precepti-va prevista en dicha Orden.

Mediante el anexo I de la Orden de la Consejeríade Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de1 de agosto de 2005, se convocaron para el ejercicio2005, las subvenciones directas destinadas a la nue-va construcción de buques pesqueros.

El apartado 2 de la base sexta del anexo I estableceque la Viceconsejería de Pesca llevará a cabo los ac-tos de instrucción necesarios para determinación,conocimiento y comprobación de los datos en virtudde los cuales deba pronunciarse la resolución y si seacompaña a la misma la documentación preceptiva,

requiriéndose en caso contrario, al interesado, me-diante publicación en el Boletín Oficial de Canarias,para que en el plazo de 10 días, subsane y/o completelos documentos y/o datos que deben presentarse, ad-virtiéndole de que si así no lo hiciera se le tendrá pordesistido de su petición, previa resolución que serádictada en los términos previstos en el artículo 42 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto,se requiere a los interesados relacionados en el ane-xo que se acompaña, para que en el plazo de diezdías hábiles, contados desde el siguiente a la publicaciónde este requerimiento en el Boletín Oficial de Ca-narias, subsanen y/o completen los documentos y/odatos que se detallan en el citado anexo conformea la base 4 del anexo I de la citada Orden de 1 deagosto de 2005, con la expresa advertencia de quesi así no lo hiciesen y de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se les tendrá por desistidos de supetición.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de noviembrede 2005.- El Viceconsejero de Pesca, Gonzalo An-gulo González.

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23084 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

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4374 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 21 de no-viembre de 2005, por el que se requiere a losinteresados de las subvenciones reguladas enel anexo II de la Orden de 1 de agosto de2005, que convoca para el ejercicio 2005 lassubvenciones directas e indirectas con finali-dad estructural cofinanciadas por la UniónEuropea (I.F.O.P.) para nueva construcción debuques pesqueros (B.O.C. nº 158, de 12.8.05)cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exi-gidos, o no acompañan la documentación pre-ceptiva prevista en dicha Orden.

Mediante el anexo II de la Orden de la Conseje-ría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentaciónde 1 de agosto de 2005, se convocaron para el ejer-cicio 2005, las subvenciones indirectas destinadas ala nueva construcción de buques pesqueros.

El apartado 2 de la base sexta del anexo II esta-blece que la Viceconsejería de Pesca llevará a cabolos actos de instrucción necesarios para determina-ción, conocimiento y comprobación de los datos envirtud de los cuales deba pronunciarse la resolución,y si se acompaña a la misma la documentación pre-

ceptiva, requiriéndose en caso contrario, al interesa-do, mediante publicación en el Boletín Oficial de Ca-narias, para que en el plazo de 10 días, subsane y/ocomplete los documentos y/o datos que deben presen-tarse, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se letendrá por desistido de su petición, previa resoluciónque será dictada en los términos previstos en el ar-tículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, serequiere a los interesados relacionados en el anexoque se acompaña, para que en el plazo de diez días

hábiles, contados desde el siguiente a la publicaciónde este requerimiento en el Boletín Oficial de Cana-rias, subsanen y/o completen los documentos y/o da-tos que se detallan en el citado anexo conforme a labase 4 del anexo II de la citada Orden de 1 de agos-to de 2005, con la expresa advertencia de que si asíno lo hiciesen y de conformidad con lo establecidoen el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, se les tendrá por desistidos de su petición.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de noviembrede 2005.- El Viceconsejero de Pesca, Gonzalo An-gulo González.

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Consejería de Educación, Cultura y Deportes

4375 Dirección General de Deportes.- Anuncio porel que se hace pública la Resolución de 7 denoviembre de 2005, relativa a las convocato-rias dirigidas a colectivos de atención espe-cial, deportistas de alta competición, eventosdeportivos, cursos y jornadas de formación yactualización, desplazamientos de técnicosdeportivos y desplazamientos de equipos y de-portistas.

Se hace público que la Dirección General de De-portes, a través de Canarias Cultura en Red, S.A., hapromovido sendas convocatorias públicas dirigidasa entidades dedicadas a la promoción del deporteentre colectivos de atención especial, deportistas dealta competición para actividades deportivas, even-tos deportivos de interés autonómico, desplazamientosde equipos y deportistas canarios a competiciones deámbito europeo, estatal y autonómico canario, des-plazamientos de técnicos deportivos a cursos y acti-vidades de formación y actualización y a la organi-zación de cursos y jornadas de formación y actualizacióndeportiva para el patrocinio publicitario de sus acti-vidades deportivas en el año 2006.

Las bases para optar a estas convocatorias se en-cuentran disponibles en:

Dirección General de Deportes (calle Murga, 52-54, Las Palmas de Gran Canaria).

Dirección Territorial de Cultura y Deportes deSanta Cruz de Tenerife (calle Puerta Canseco, 49, 2º,Santa Cruz de Tenerife).

Excmos. Cabildos Insulares de: El Hierro, Fuer-teventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lan-zarote y Tenerife.

Página Web de la Dirección General de Deportes:http://www.deportecanario.com o www.gobiernode-canarias.org/deportes.

Publíquese la presente Resolución en el BoletínOficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de noviembre de2005.- El Director General de Deportes, José ManuelBetancort Álvarez.

4376 Dirección General de Personal.- Anuncio porel que se hace pública la Resolución de 8 denoviembre de 2005, que emplaza a cuantos apa-rezcan como interesados en el procedimientonº 424/2005, seguido ante el Juzgado de lo Con-

tencioso-Administrativo nº 2 de Santa Cruz deTenerife, promovido por Dña. María Encar-nación González Asencio y Dña. InmaculadaMarrero Barroso, contra la Orden del Consejerode Educación, Cultura y Deportes, de 10 dejunio de 2005, por la que se atribuye compe-tencia para impartir docencia con carácter pre-ferente en el Conservatorio Superior de Mú-sica de Canarias, a los Profesores Especialesdel Conservatorio Profesional de Música deLas Palmas de Gran Canaria y a los Catedráticosdel Conservatorio Profesional de Música deSanta Cruz de Tenerife que ostentan tal con-dición antes de la transferencia de la titulari-dad de los antedichos centros de la Comuni-dad Autónoma de Canarias, desde,respectivamente, el Ayuntamiento de Las Pal-mas de Gran Canaria y el Cabildo Insular deTenerife.

Visto lo dispuesto por el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo nº 2 de Santa Cruz de Teneri-fe, en el procedimiento nº 424/2005, promovido porDña. María Encarnación González Asencio y Dña.Inmaculada Marrero Barroso, sobre el requerimien-to de emplazar a los posibles interesados contra la Or-den del Consejero de Educación, Cultura y Depor-tes, de 10 de junio de 2005, por la que se atribuyecompetencia para impartir docencia con carácter pre-ferente en el Conservatorio Superior de Música deCanarias, a los Profesores Especiales del Conserva-torio Profesional de Música de Las Palmas de GranCanaria y a los Catedráticos del Conservatorio Pro-fesional de Música de Santa Cruz de Tenerife que os-tentan tal condición antes de la transferencia de la ti-tularidad de los antedichos centros de la ComunidadAutónoma de Canarias, desde, respectivamente, el Ayun-tamiento de Las Palmas de Gran Canaria y el Cabil-do Insular de Tenerife.

Teniendo en cuenta que el acto objeto de la im-pugnación afecta a una pluralidad de administradospor determinar, supuesto subsumible en lo estable-cido en el apartado a) del artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, y conforme a lo establecido en elartículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, re-guladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprue-ba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Edu-cación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V O:

Emplazar a cuantos aparezcan como interesadosen el procedimiento nº 424/2005, para que puedancomparecer ante dicho Juzgado y personarse en losautos en legal forma, en el plazo de nueve días a par-

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23089

tir del día siguiente al de la publicación en el Bole-tín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de noviembre de2005.- El Director General de Personal, José ManuelHernández Borges.

4377 Dirección General de Personal.- Anuncio porel que se hace pública la Resolución de 8 denoviembre de 2005, que emplaza a cuantos apa-rezcan como interesados en el procedimientonº 437/2005, seguido ante el Juzgado de lo Con-tencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas deGran Canaria, promovido por D. DeograciasPérez Hernández, contra la Resolución de 27de mayo de 2005, de la Dirección General dePersonal, por la que se ordena la exposicióna efectos meramente informativos, de la ad-judicación de destinos definitivos correspon-dientes a las convocatorias de provisión de pla-zas de Educación Infantil, Educación Primaria,Educación Especial, así como las correspon-dientes al porcentaje de reserva del Primer Ci-clo de Enseñanza Secundaria Obligatoria,previsto en la Disposición Transitoria Cuar-ta de la LOGSE en Centros Públicos de laComunidad Autónoma Canaria, convocadaspor Orden de 13 de octubre de 2004 (B.O.C.de 26) y la Resolución de 28 de abril de 2005,de la Dirección General, por la que se deter-minan, en relación con el procedimiento es-tablecido por Orden de 13 de octubre de 2004(B.O.C. nº 207, de 26.10.04), las vacantes de-finitivas en Centros de Educación Infantil,Educación Primaria, Educación Especial yPrimer Ciclo de Educación Secundaria Obli-gatoria de la Comunidad Autónoma Canaria.

Visto lo dispuesto por el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Ca-naria, en el procedimiento nº 437/2005, promovidopor D. Deogracias Pérez Hernández, sobre el reque-rimiento de emplazar a los posibles interesados con-tra la Resolución de 27 de mayo de 2005, de la Di-rección General de Personal, por la que se ordena laexposición a efectos meramente informativos, de laadjudicación de destinos definitivos correspondien-tes a las convocatorias de provisión de plazas deEducación Infantil, Educación Primaria, EducaciónEspecial, así como las correspondientes al porcenta-je de reserva del Primer Ciclo de Enseñanza Secun-daria Obligatoria, previsto en la disposición transi-toria cuarta de la LOGSE en Centros Públicos de laComunidad Autónoma Canaria, convocadas por Or-den de 13 de octubre de 2004 (B.O.C. de 26) y la Re-solución de 28 de abril de 2005, de la Dirección Ge-

neral, por la que se determinan, en relación con el pro-cedimiento establecido por Orden de 13 de octubrede 2004 (B.O.C. nº 207, de 26.10.04), las vacantesdefinitivas en Centros de Educación Infantil, EducaciónPrimaria, Educación Especial y Primer Ciclo de Edu-cación Secundaria Obligatoria de la ComunidadAutónoma Canaria.

Teniendo en cuenta que el acto objeto de la im-pugnación afecta a una pluralidad de administradospor determinar, supuesto subsumible en lo estable-cido en el apartado a) del artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, y conforme a lo establecido en elartículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, re-guladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprue-ba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Edu-cación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V O:

Emplazar a cuantos aparezcan como interesadosen el procedimiento nº 437/2005, para que puedancomparecer ante dicho Juzgado y personarse en losautos en legal forma, en el plazo de nueve días a par-tir del día siguiente al de la publicación en el Bole-tín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de noviembre de2005.- El Director General de Personal, José ManuelHernández Borges.

Consejería de Empleoy Asuntos Sociales

4378 Dirección General de Protección del Menory la Familia.- Anuncio de 15 de noviembre de2005, por el que se notifica a Carmen GarcíaToledo, en ignorado domicilio, sobre iniciacióndel transcurso del plazo de caducidad porcausa imputable al interesado.

Intentada notificación sin que se haya podido efec-tuar, conforme a lo establecido en los artículos 59.4y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común y mediantela publicación del presente anuncio se pone en co-nocimiento de Carmen García Toledo que el expe-diente ADN1997TF00133 (973/1197), iniciado a susolicitud, se halla paralizado por causa imputable alsolicitante.

23090 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

De conformidad con el artículo 92.1 de la citadaLey 30/1992, de 26 de noviembre, mediante esteanuncio se le formula legal advertencia de que sitranscurridos tres meses a partir de la publicación deésta, no realiza las actividades necesarias para rea-nudar la tramitación se producirá la caducidad del pro-cedimiento y se acordará el archivo del expediente.A tales efectos podrá dirigirse a esta Dirección Ge-neral, sita en calle San Sebastián, 53, Edificio Prín-cipe Felipe, 2ª planta.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de noviembre de2005.- El Director General de Protección del Menory la Familia, José Luis Arregui Sáez.

4379 Dirección General de Servicios Sociales.- Anun-cio de 17 de noviembre de 2005, por el que sehace pública la notificación de la Resolución deeste Centro Directivo, relativa a la resoluciónprovisional de suspensión y extinción de laL.I.S.M.I., por encontrarse en ignorado paradero.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 29.2.d)y 31.6 del Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero(B.O.E. nº 49, de 27.2.84), por el que se establece yregula el sistema especial de prestaciones sociales y eco-nómicas previstas en la Ley 13/1982, de 7 de abril, deintegración social de los minusválidos (B.O.E. nº 103,de 30 de abril) y la Orden Ministerial de 13 de marzode 1984, en su artº. 13 se ha procedido a la revisión deoficio del derecho al/a los subsidio/s, cuyo reconoci-miento se había efectuado por Resolución de la extin-ta Dirección Territorial de Servicios Sociales.

HECHOS

Primero.- Esta Dirección General envía carta certi-ficada con el documento para la declaración AnualL.I.S.M.I., a fin de que la beneficiaria o su represen-tante legal lo cumplimente y lo devuelva firmado y acom-pañado de Fe de Vida.

Segundo.- Que la carta fue devuelta por la Oficinade Correos por estar ausente de su domicilio en horasde reparto y por no venir a retirarla a la lista de esa ofi-cina después de haber dejado aviso.

Tercero.- Que se intenta comunicar por vía telefó-nica y por medio de la entidad bancaria donde perci-be subsidio con resultado negativo procediéndose portanto a la suspensión temporal del pago del subsidio.

Cuarto.- Los relacionados en el anexo hasta la fechano se han puesto en contacto con el departamentoL.I.S.M.I. de esta Dirección General ni ha dado seña-les existentes, incumpliéndose por parte del beneficia-rio/a o su representante legal, con la obligación de co-

municar las modificaciones sobrevenidas en el plazo dequince días desde que se produce cualquier variaciónque repercute en el derecho a percibir estos subsidios.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que el artículo 29 del precitado Real De-creto 383/1984 en su punto 2.d), dispone que daría lu-gar a la pérdida definitiva del derecho o, en su caso, ala suspensión temporal del mismo: en general el in-cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo30.c) de dicho Real Decreto (“proporcionar cuanta in-formación le sea requerida a efecto de las prestaciones”)y en su punto 4 dispone que la suspensión temporal delderecho podrá derivar en pérdida definitiva del mismoen caso de reiteración de las causas que lo motivaron.

Segundo.- Que el artículo 31.6 del precitado RealDecreto 383/1984, dispone que los beneficiarios ven-drán obligados a acreditar anualmente que sigan reu-niendo los requisitos de orden económico exigidos ensu día, para el reconocimiento de la prestación corres-pondiente, así como el artículo 13.1 de la Orden de 13de marzo de 1984 (B.O.E. nº 70, de 22 de marzo) delMinisterio de Trabajo y Seguridad Social,

R E S U E L V E:

Declarar: la suspensión y la extinción del derechoa percibir dicho/s subsidio/s, por dejar de cumplir losrequisitos que dieron origen a su concesión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5,6 y 7 de la precitada Orden Ministerial de Trabajo ySeguridad Social de 13 de marzo de 1984, la presenteResolución tiene carácter provisional y contra ella pue-de Ud. presentar reclamación por escrito a esta Direc-ción General, formulando alegaciones y aportando laspruebas que estime pertinentes en el plazo de quincedías contados a partir del siguiente de aquel en que re-ciba el presente escrito.

Si en el indicado plazo no presenta reclamación, lapresente Resolución quedaría elevada a definitiva, pu-diendo Ud. interponer contra la misma recurso de al-zada de conformidad con el artículo 114 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviem-bre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E.nº 12, de 14 de enero), dentro del mes siguiente a la ex-piración de dicho plazo ante la Viceconsejería de Asun-tos Sociales directamente o a través de esta DirecciónGeneral, sita en la Avenida Benito Pérez Armas, 4, Edi-ficio Andrea, 38007-Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2005.-La Directora General de Servicios Sociales, p.d., el Je-fe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de In-tegración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228), Je-sús M. Coello Gil.

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23092 Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005

A N E X O

4380 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 21de noviembre de 2005, de la Directora, re-lativo a notificación de resolución dedesistimiento, respecto a la solicitud de sub-vención de la entidad Cascapúa, Sdad.Coop., de las previstas en el artº. 2.2 de laOrden TAS/216/2004, de 20 de enero, por laque se establecen las bases reguladoras pa-ra la concesión de subvenciones para el fo-mento del empleo y mejora de la competiti-vidad en las cooperativas y sociedadeslaborales.

Habiendo sido intentada la notificación de la ci-tada resolución en el domicilio que figura en el ex-pediente incoado por el Servicio Canario de Em-pleo, sin que haya sido recibida por el interesado,se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.5de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediantela publicación del presente anuncio, a la notifica-ción a Cascapúa, Sdad. Coop., de la resolución nº05-38/2300, de fecha 3 de octubre de 2005, cuyotenor literal es el siguiente:

Visto el expediente de referencia incoado a ins-tancia D. José Francisco Gómez Rodríguez, en re-presentación de la entidad Cascapúa, Sdad. Coop.,y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que con fecha 19 de enero de 2005,número de registro de entrada 42937, la entidad an-tes mencionada solicita subvención de las previs-tas en el artº. 2.2 de la Orden TAS/216/2004, de20 de enero, por la que se establecen las bases re-guladoras para la concesión de subvenciones parael fomento del empleo y mejora de la competiti-vidad en las cooperativas y sociedades laborales(B.O.E. nº 34, de 9.2.04), para la realización de in-versiones en inmovilizado, por importe de mil se-tecientos setenta y ocho euros con cuarenta y sie-te céntimos (1.778,47 euros).

Segundo.- Que en fecha 24 de agosto de 2005se notifica requerimiento de documentación preceptivapara la admisión a trámite de la solicitud de sub-vención, otorgándose un plazo improrrogable de diezdías hábiles, contados a partir de la recepción delmismo, para la presentación de documentación, ycon la advertencia de que si así no lo hiciese se letendría por desistido de su petición, a tenor de lo

establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero.

Tercero.- Que a la fecha del dictado de la pre-sente resolución, no ha sido cumplimentado dichorequerimiento.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo escompetente para conocer del presente expedientea tenor de lo establecido en la Ley 12/2003, de 4de abril (B.O.C. nº 80, de 28.4.03), en relación conel artº. 13 del Decreto 150/2001, de 23 de julio, porel que se modifican los Decretos de adaptación delos procedimientos de concesión de determinadassubvenciones y se establecen normas procedi-mentales (B.O.C. nº 91, de 25.7.01), y la OrdenTAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se esta-blecen las bases reguladoras para la concesión desubvenciones para el fomento del empleo y mejo-ra de la competitividad en las cooperativas y so-ciedades laborales (B.O.E. nº 34, de 9.2.04).

Segundo.- Que de conformidad con lo estable-cido en el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92, y B.O.E.nº 12, de 14.1.99), si la solicitud no estuviese de-bidamente cumplimentada o no se acompaña de ladocumentación exigida, se requerirá al interesadopara que en el plazo improrrogable de diez días sub-sane la falta o acompañe los documentos precep-tivos, con indicación de que, si así no lo hiciere,se le tendrá por desistido de su petición, previa Re-solución en los términos previstos en el artº. 42 dela citada Ley, en relación en el artº. 7 de la OrdenTAS/216/2004.

Que en la tramitación de este expediente sehan observado las prescripciones legales de apli-cación, y en uso de la facultad que me atribuyeel artº. 9.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, delServicio Canario de Empleo, y de conformidad conla Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la quese establecen las bases reguladoras para la con-cesión de subvenciones para el fomento del em-pleo y mejora de la competitividad en las coope-rativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 34, de9.2.04),

Boletín Oficial de Canarias núm. 237, viernes 2 de diciembre de 2005 23093

R E S U E L V O:

Único.- Tener por desistido de su solicitud, defecha 19 de enero de 2005, a D. José Francisco Gó-mez Rodríguez, en representación de la entidadCascapúa, Sdad. Coop., por la que solicita subvenciónde las previstas en el artº . 2.2 de la OrdenTAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se esta-blecen las bases reguladoras para la concesión desubvenciones para el fomento del empleo y mejo-ra de la competitividad en las cooperativas y so-ciedades laborales (B.O.E. nº 34, de 9.2.04), parala realización de inversiones en inmovilizado, porimporte de mil setecientos setenta y ocho euros concuarenta y siete céntimos (1.778,47 euros), en ba-se a los hechos y fundamentos jurídicos anterior-mente expuestos, declarándose concluso el proce-dimiento, y en consecuencia, archivándose sin mástrámite.

Notifíquese la presente resolución al interesa-do con la indicación de que, contra ésta, que no po-ne fin a la vía administrativa, podrá interponerserecurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera deEmpleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes,contado a partir del día siguiente a la notificaciónde la presente resolución, de conformidad con lodispuesto en el artº. 114 de la Ley 4/1999, de 13de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, sin perjuicio de cualquierotro que se estime oportuno interponer.- La Directoradel Servicio Canario de Empleo, Soledad MonzónCabrera, propuesto por el Jefe del Servicio de Apo-yo a la Economía Social, Adolfo Faleh Pérez.”

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de2005.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

4381 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 22de noviembre de 2005, de la Directora, re-lativo a notificación de Acuerdo de inicio deprocedimiento de reintegro de la subven-ción concedida a Irmalema, S.L.L., de las pre-vistas en el programa “Desarrollo de la Eco-nomía Social”, de la Orden de 29 de diciembrede 1998 (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), por laque se establecen las bases reguladoras pa-ra la concesión de ayudas y subvenciones pú-blicas con cargo al programa “Desarrollode la Economía Social”.

Habiendo sido intentada la notificación de la ci-tada resolución en el domicilio que figura en el ex-pediente incoado por el Servicio Canario de Em-pleo, sin que haya sido recibida por el interesado,se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.5de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediantela publicación del presente anuncio, a la notifica-ción a Irmalema, S.L.L., de la resolución nº 05-38/2407, de fecha 14 de octubre de 2005, cuyo te-nor literal es el siguiente:

Por la Dirección de este Organismo se ha veri-ficado en diligencias de información previa, que porparte de la entidad Irmalema, S.L.L., beneficiariade una subvención de las previstas en el programa“Desarrollo de la Economía Social”, de la Ordende 29 de diciembre de 1998, por la que se establecenlas bases reguladoras para la concesión de ayudasy subvenciones públicas con cargo al programa“Desarrollo de la Economía Social” (B.O.E. nº 12,de 14.1.99), modificada por las Órdenes de 24 denoviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99), de4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00)y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de14.12.01), para la realización de la incorporaciónde desempleados como socios trabajadores o so-cios de trabajo a cooperativas y sociedades labo-rales, de las siguientes personas:

APELLIDOS Y NOMBRE: Ovalles González, Ana Irma.N.I.F.: 42091322B.FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 1.8.02.

APELLIDOS Y NOMBRE: Rancel Ovalles, Ana Mati.N.I.F.: 43825359D.FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 1.8.02.

por un importe de seis mil diez euros con docecéntimos (6.010,12 euros), mediante Resolución delDirector nº 02-38/7713, de fecha 17 de diciembrede 2002, de la cual se abonó el 100% en fecha 9de enero de 2003, se ha incurrido en la siguientecausa determinante del reintegro de oficio de la re-ferida subvención, a tenor de lo establecido en elartículo 12 de la Orden de 29 de diciembre antesmencionada, en relación con el artº. 37 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub-venciones, que establece que:

“Procederá el reintegro de las cantidades perci-bidas y la exigencia del interés de demora corres-pondiente desde el momento del pago de la sub-vención hasta la fecha en que se acuerde la procedenciadel reintegro, en los siguientes casos:

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c) Incumplimiento de la obligación de justificacióno la justificación insuficiente, en los términos es-tablecidos en el artículo 30 de esta Ley, y en su ca-so, en las normas reguladoras de la subvención.”

Y ello es así por las siguientes razones:

1º) Que el punto tercero del resuelvo de la in-dicada Resolución y en los mismos términos el ar-tículo 8 de la Orden de 29 de diciembre de 1998,por la que se establecen las bases reguladoras pa-ra la concesión de ayudas y subvenciones públicascon cargo al programa “Desarrollo de la EconomíaSocial” (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada porlas Órdenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E.nº 287, de 1.12.99), de 4 de septiembre de 2000(B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembrede 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), obliga, en-tre otros, en el plazo de tres años y anualmente acontar desde la fecha de incorporación a la entidaddel socio trabajador subvencionado a:

1. A justificar la utilización de los fondos públicosen la realización de la actividad objeto de la sub-vención, mediante la presentación ante el ServicioCanario de Empleo de la siguiente documentación:

- Fotocopia compulsada del libro de socios o departicipaciones.

- Informe de Vida Laboral de la empresa co-rrespondiente a la anualidad a justificar en el ca-so de altas en el Régimen General de la SeguridadSocial.

- Informe de Vida Laboral de cada uno de lossocios subvencionados, correspondiente a la anua-lidad a justificar, en el caso de Altas en el Régi-men de Autónomos.

2. A mantener, al menos durante tres años, co-mo socio trabajador o de trabajo, a la persona o per-sonas por cuya incorporación se concede la ayu-da.

3. Durante el plazo de esos tres años, y para elcaso de baja por cualquier causa de alguno de lossocios en virtud de cuya incorporación se hubieraotorgado la subvención, a cubrir el puesto de tra-bajo con un nuevo socio trabajador o de trabajo enel que concurra alguna de las circunstancias reco-gidas en el punto 1.1.1 del artº. 3 de la Orden re-ferenciada.

4. A comunicar inmediatamente al Servicio Ca-nario de Empleo, las bajas de los socios por los quese ha percibido subvención, así como proceder a

su sustitución en el plazo de cuatro meses siguientesa la fecha de baja y presentar la documentación queacredite haberla realizado dentro de los quince díassiguientes a la misma.

2º) Que se ha intentado notificar escrito de fe-cha 2 de agosto de 2005, registro de salida 393617,mediante el cual se requiere a la entidad la apor-tación de documentación justificativa, correspon-diente a la tercera anualidad, a la que hace re-ferencia los preceptos anteriormente indicados.

3º) Que a la fecha del presente Acuerdo se en-cuentra sin justificar la subvención concedida a laentidad Irmalema, S.L.L.

4º) Que este Centro Gestor entiende que procedeel reintegro parcial de las cantidades percibidas, consus intereses de demora, correspondiente al perío-do que resta por justificar.

Por cuanto antecede, de conformidad con elartº. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ge-neral de Subvenciones, en relación a la Orden de29 de diciembre, y en ejercicio de las competen-cias que me atribuye el artº. 9 de la Ley 12/2003,de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, asícomo el artº. 41.1 de la Ley 38/2003, de 17 de no-viembre, General de Subvenciones, en relacióncon lo dispuesto en los artículos 69.1 y 84 de la Ley4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común,

ACUERDO:

Primero.- Iniciar el procedimiento para el rein-tegro parcial de oficio, de la subvención concedi-da a la entidad Irmalema, S.L.L., mediante Reso-lución del Director de fecha 17 de diciembre de 2002,registrada con el nº 02-38/7713, correspondienteal período que reste por justificar, por las causasmencionadas, sin perjuicio de la exigencia de lasdemás responsabilidades a que dicho incumpli-miento pudiera dar lugar en aplicación de la legislaciónvigente.

Segundo.- Conceder al interesado un plazo dediez días para que pueda comparecer en el expe-diente, tomar audiencia y vista del mismo, propo-ner pruebas y realizar las alegaciones que tenga porconveniente. Concluido este trámite y vistas las ac-tuaciones pertinentes se dictará la resolución quecorresponda.

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Tercero.- Notifíquese este acuerdo, según loexigido en el artículo 58 y en los términos del ar-tículo 59, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de ene-ro.

Cuarto.- Contra el presente acuerdo no cabe in-terponer recurso alguno, sin perjuicio de que elinteresado, conforme a lo previsto en el artículo 107.1de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-

men Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, pueda ale-gar oposición al presente acto para su considera-ción en la resolución que ponga fin al presenteprocedimiento y sin perjuicio de la posibilidad derecurrirla.- La Directora del Servicio Canario de Em-pleo, Soledad Monzón Cabrera, propuesto por elJefe del Servicio de Apoyo a la Economía Social,Adolfo Faleh Pérez.”

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de2005.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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Año XXIII Viernes, 2 de diciembre de 2005 Número 237