Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE...
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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA ÉPOCA 8 DE NOVIEMBRE DE 2017 No. 194
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Jefatura de Gobierno
Acuerdo por el que se delegan en la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de
México las facultades que se indican 3
Secretaría de Finanzas
Lineamientos por medio de los cuales se otorga el estímulo de fin de año (vales), Ejercicio 2017 5
Delegación Azcapotzalco
Aviso por el que se da a conocer el Lineamiento y Mecanismo de Operación de la Acción Institucional
denominada “Concursos y convocatorias sociales que fomenten la participación comunitaria en actividades
educativas, deportivas y culturales de Azcapotzalco” 18
Delegación Cuauhtémoc
Nota aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo
Social, para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Tomo II, del día 31
de enero de 2017 24
Delegación Miguel Hidalgo
Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Institucional, “Presupuesto Participativo 2017”
en las Colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel Zimbrón, Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma
Hermosa, México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de Alba y San Miguel Chapultepec II, para ejercer en el rubro
de pintura y mano de obra 26
Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social “Fortalecimiento de valores familiares en
jóvenes, a través de las Artes Escénicas” para el Ejercicio Fiscal 2017 32
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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
Índice
Viene de la Pág. 1
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Delegación Milpa Alta.- Licitación Pública Internacional Número 30001027 002 2017.- Adquisición de autobús,
maquinaria y motocicletas 37
Delegación Milpa Alta.- Licitación Pública Internacional Número 30001027 003 2017.- Adquisición de equipo
para sala de expulsión 38
Aviso 39
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos
122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios Primero y Segundo
del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México; 8º, fracción II, 12, fracciones I, IV, y VI, 67,
fracciones II y XXXI y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;
5°, párrafo primero, 6°, párrafos primero y segundo, 7°, párrafo primero, 12, párrafo primero, 14, 15 y 25 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 15, párrafo primero del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que derivado del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México, se emitió la Declaratoria de
Emergencia en las dieciséis delegaciones de la Ciudad de México y se integró el Comité de Emergencias de Protección
Civil de la Ciudad de México, así como la operación del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y
Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5), la cual se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de
septiembre de 2017.
Que el 21 de septiembre de 2017, de acuerdo con el informe técnico preliminar presentado por la Secretaría de Protección
Civil de la Ciudad de México, respecto a las afectaciones causadas por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 en la
entidad, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la “Declaratoria de Desastre con motivo del fenómeno
sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México”, a efecto de que las
dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, lleven a cabo las acciones tendientes a cubrir las
necesidades básicas para la protección de la vida, la salud y la integridad física de las personas, las cuales se cubrirán con
cargo a los recursos del Fondo de Atención de Desastres (FADE), en términos de sus Reglas de Operación.
Que de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, tengo la atribución para promulgar, publicar y ejecutar las Leyes y Decretos que expida la
Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa su exacta observancia, mediante la expedición de
Reglamentos, Decretos y Acuerdos, que contengan, entre otros, las estrategias de Gestión Integral de Riesgos, incluyendo
acciones de prevención y, en su caso, de reubicación de personas damnificadas, así como acciones reactivas tales como
previsiones financieras y operativas para la recuperación y reconstrucción de las zonas afectadas por el siniestro, por lo que
el 26 de septiembre de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Decreto por el que se instruye la
elaboración del Programa y se crea el Órgano de Apoyo Administrativo a las actividades del Jefe de Gobierno denominado
Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más
Resiliente”.
Que en el Decreto citado, se prevé la elaboración del Programa para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de
la Ciudad de México, en una CDMX cada vez más resiliente, derivado del Fenómeno Sísmico acontecido en fecha 19 de
septiembre de 2017, el cual contendrá las acciones de coordinación para la atención de las necesidades inmediatas y la
posterior recuperación de la Ciudad de México, así como su replanteamiento y transformación en una CDMX cada vez más
resiliente.
Que derivado de lo anterior y con el fin de continuar con las acciones transitorias orientadas a alcanzar el entorno de
normalidad social y económica que prevalecía entre la población, antes de sufrir los efectos del fenómeno sísmico,
buscando la reducción de los riesgos existentes, y toda vez que diversos Mercados Públicos que se ubican en la Ciudad de
México, resultaron dañados o destruidos, por lo que es necesario su rehabilitación parcial o total y que a la Secretaría de
Desarrollo Económico le corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades
económicas en los sectores industrial, comercial y de servicios, es menester delegar en la persona titular de la citada
Secretaría, la facultad de llevar a cabo los actos jurídicos y administrativos para realizar la obra pública consistente en los
proyectos de construcción y/o rehabilitación de los Mercados Públicos de la entidad, apegándose a la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y demás normatividad aplicable; en consecuencia, por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien
expedir el siguiente:
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ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.
PRIMERO.- Se delega en la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Económico la facultad de llevar a cabo los actos
jurídicos y administrativos para realizar la obra pública consistente en los proyectos de construcción y/o rehabilitación de
los Mercados Públicos que se ubican en la Ciudad de México, que resultaron dañados o destruidos con motivo del
fenómeno sísmico ocurrido el 19 de septiembre de 2017 en la entidad, que sean requeridos, apegándose a la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y demás normatividad aplicable.
SEGUNDO.- La delegación de las facultades a que se refiere este Acuerdo se entenderán hechas sin perjuicio del ejercicio
directo del suscrito.
TERCERO.- La Contraloría General acompañará y vigilará el cumplimiento del presente Acuerdo.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los dos días del mes de noviembre de dos mil
diecisiete.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA
ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.-
EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG.- FIRMA.
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SECRETARÍA DE FINANZAS
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 12, fracciones I, IV, XII, 87, 94, primer párrafo, 115,
fracciones II, III, IV y XII, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3°, fracciones I, II, III, IV, VIII y IX,
6°, 7°, 15, fracción VIII, 16, fracción IV, 17, y 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 1, 4, 5, fracción III, 51, 53 y 57, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; 8° de la
Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, 3°, 7°, fracción VIII, inciso D, 34 Bis 1, fracciones IV, XXIV,
92 Octavus, fracción VI, 99, fracciones XIII y XVII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; 1°, 25, 29, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017;
artículo 3°, fracción V, 150, fracción IX, de las Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno del Distrito Federal;
numeral Décimo Séptimo, fracción B, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Programa de
Estabilidad Laboral, Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados;
Acuerdo por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Lineamientos Generales para
Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública
del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos; y
CONSIDERANDO
Que un sistema democrático exige el compromiso de que la acción gubernamental responda a las necesidades de la
ciudadanía, atendiendo los problemas sociales, generando resultados que sirvan para mejorar la calidad de vida de la
población y congruentes con el compromiso de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores al servicio de la
Administración Pública de la Ciudad de México y apoyar la economía de sus familias, mediante la instrumentación de
acciones que proporcionen mayores niveles de bienestar; he tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE OTORGA EL ESTÍMULO DE FIN DE
AÑO (VALES) EJERCICIO 2017
PRIMERO. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
CFCDMX. Código Fiscal de la Ciudad de México.
CLC. Cuenta por Liquidar Certificada.
DA. Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía
Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
DGAOCH. Dirección General de Administración y Optimización del Capital Humano, adscrita a la Subsecretaría de
Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
DGRMSG. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno de la
Ciudad de México.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN. Son las direcciones de área, ejecutivas o generales de Administración en
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades.
GCDMX. Gobierno de la Ciudad de México.
HABERES. Personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno de la Ciudad de México, adscritos a la
Policía Preventiva, Policía Bancaria e Industrial y Policía Auxiliar.
JUD. Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Compensaciones del Capital Humano, adscrita a la
Dirección General de Administración y Optimización del Capital Humano, de la Subsecretaría de Administración y
Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados
y Órganos Político Administrativos, que conforman la Administración Pública de la Ciudad de México.
PERSONAL EVENTUAL. Persona física que celebra contrato por obra o tiempo determinado, con las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades.
PERSONAL DE BASE SINDICALIZADO. Persona que presta un servicio físico, intelectual o de ambos géneros,
en virtud de nombramiento expedido o por figurar en la lista de raya de los trabajadores, que no están incluidos en el
artículo 5º, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en razón de la naturaleza de sus funciones y
que su categoría de base sindicalizado lo es, por pertenecer a una agrupación de trabajadores reconocida por la
autoridad competente y que acredita cubrir el pago de las cuotas sindicales a través de su recibo de nómina.
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PERSONAL NO SINDICALIZADO. Persona que presta un servicio físico, intelectual o de ambos géneros, en
virtud de nombramiento expedido o por figurar en la lista de raya de los trabajadores, distintos a lo establecido en el
artículo 5 º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
PERSONAL DEL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL. Persona Física con nombramiento por Tiempo
Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados, que ocupa plaza con Universo TD (Tiempo Determinado), Clave
de Actividad BTD (Base Tiempo Determinado), Tipo de Nómina con destino de gasto 8 (Programa de Estabilidad
Laboral).
PERSONAL DE CARÁCTER SOCIAL (RESIDENTES MÉDICOS). Es el profesional de la medicina con título
legalmente expedido y registrado ante las autoridades competentes, que ingrese a una unidad médica receptora de
residentes, para cumplir con una residencia.
SEFIN. Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
SACH. Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas.
SUN. Sistema Único de Nómina.
SUTGCDMX. Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México.
VALES. Documento canjeable hasta por el valor nominal impreso en su anverso, para tener acceso a una variedad de
productos básicos y otros bienes de uso duradero, excepto por efectivo, con el que se otorga la prestación de Estímulo
de Fin de Año (VALES) ejercicio 2017, en términos de los presentes Lineamientos o por otras disposiciones legales o
administrativas, consignadas en contratos colectivos, condiciones generales de trabajo, acuerdos, lineamientos y
circulares suscritos por la autoridad competente.
SEGUNDO. Las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos, son de observancia general para todos los
Órganos de la Administración Pública, quienes están obligados a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los
mismos, sin perjuicio de sus propias condiciones laborales.
TERCERO. Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular el otorgamiento de la prestación estímulo de fin de
año VALES ejercicio 2017, para los trabajadores al servicio de la Administración Pública del GCDMX, que rigen su
relación jurídica laboral en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,
Reglamentaria del apartado B, del artículo 123, constitucional y de la Ley Federal de Trabajo, así como para el
personal de haberes, que se regula en el marco del artículo 8º, de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal;
independientemente de que esta prestación se encuentre implantada en contratos colectivos, condiciones generales de
trabajo y/o lineamientos, en los diferentes Órganos de la Administración Pública.
CUARTO. Los Órganos Autónomos que se adhieran a la compra consolidada de VALES, darán cumplimiento a las
disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos, sin perjuicio de sus propias condiciones laborales.
QUINTO. La relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre los titulares de los Órganos de la
Administración Pública y el personal a su servicio y se regirá en lo que les resulte aplicable, según corresponda por el
tipo de personal en términos de los siguientes ordenamientos:
I. Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B, del artículo 123
constitucional.
III. Ley Federal del Trabajo.
IV. Artículo 8º de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.
V. Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno de la Ciudad de México.
VI. Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral mediante
nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados.
SEXTO. La SEFIN a través de la SACH, es la instancia facultada para instrumentar en los Órganos de la
Administración Pública, la aplicación de los presentes Lineamientos.
CAPÍTULO I
DEL PERSONAL DE BASE SINDICALIZADO
Y DE LISTA DE RAYA BASE SINDICALIZADO
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SÉPTIMO. El GCDMX otorgará el estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, a través de los titulares de los
Órganos de la Administración Pública en el que se encuentre adscrito el trabajador de Base Sindicalizado y Lista de
Raya Base Sindicalizado, que en su recibo de pago consigne la deducción por concepto de cuota sindical a favor de
alguno de los Sindicatos legalmente constituidos y reconocidos por la autoridad jurisdiccional en materia laboral, y
cuyas remuneraciones sean cubiertas con cargo al Capítulo 1000 “Servicios Personales” de acuerdo al Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal.
OCTAVO. El estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, será proporcional a los días laborados o prestado sus
servicios el trabajador, en el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2017, debiéndose encontrar
laboralmente activo en la plaza y puesto de trabajo para la fecha en que concluye el periodo señalado y se hará
conforme a la tabla que se adjunta a los presentes Lineamientos y se identifica como Anexo Uno.
NOVENO. El importe por concepto de los VALES para cada trabajador de Base Sindicalizado y Lista de Raya Base
Sindicalizado, será hasta de $ 10,785.00 (Diez mil setecientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para lo cual los
Órganos de la Administración Pública, preverán los recursos presupuestales suficientes en términos de lo dispuesto en el
numeral 4.5.6 de la Circular Uno 2015. Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y numeral 4.5.6 de la Circular Uno Bis 2015, Normatividad
en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.
DÉCIMO. No procederá el pago de VALES, para el caso en que el trabajador cuente con dos empleos dentro de la
Administración Pública del GCDMX, en razón de que es improcedente dar de alta en el SUN, al personal que ya se
encuentre laborando en cualquier tipo de régimen dentro del GCDMX.
CAPÍTULO II
DEL PERSONAL DE HABERES
DÉCIMO PRIMERO. El GCDMX otorgará el estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, a través de los titulares
de los Órganos de la Administración Pública, al personal de Haberes de la Policía cuyas remuneraciones sean
cubiertas con cargo al Capítulo 1000 “Servicios Personales” de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto del
Distrito Federal.
DÉCIMO SEGUNDO. El estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, será proporcional a los días laborados o
prestado sus servicios el trabajador, en el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2017, debiéndose
encontrar laboralmente activos en la plaza y puesto de trabajo para la fecha en que concluye el periodo señalado y se
hará conforme a la tabla que se adjunta a los presentes Lineamientos y se identifica como Anexo Uno.
DÉCIMO TERCERO. El importe por concepto de VALES ejercicio 2017, para cada personal de Haberes será hasta
de $ 10,785.00 (Diez mil setecientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para lo cual los titulares de los Órganos de
la Administración Pública, preverán los recursos presupuestales en términos de lo dispuesto en el numeral 4.5.6 de la
Circular Uno 2015. Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal y numeral 4.5.6 de la Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de
Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.
DÉCIMO CUARTO. No procederá el pago de VALES, para el caso en que el trabajador cuente con dos empleos
dentro de la Administración Pública del GCDMX, en razón de que es improcedente dar de alta en el SUN, al personal
que ya se encuentre laborando en cualquier tipo régimen dentro del GCDMX.
CAPÍTULO III
DEL PERSONAL DE BASE NO SINDICALIZADO, DE LISTA DE RAYA BASE
NO SINDICALIZADO, DE CONFIANZA TÉCNICO OPERATIVO ("CF"),
PERSONAL DE CARÁCTER SOCIAL (RESIDENTES MÉDICOS) E INTERINOS
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DÉCIMO QUINTO. El GCDMX otorgará en estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, a través de los titulares
de los Órganos de la Administración Pública, en el que se encuentre adscrito el personal de Base no Sindicalizado, de
Lista de Raya Base no Sindicalizado, de Confianza Técnico Operativo ("CF"), personal de carácter Social (Residentes
Médicos) e Interinos, cuyas remuneraciones sean cubiertas con cargo al Capítulo 1000 "Servicios Personales" de
acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal.
DÉCIMO SEXTO. El estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, será proporcional a los días laborados o
prestado sus servicios el trabajador, en el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2017, debiéndose
encontrar laboralmente activos en la plaza y puesto de trabajo para la fecha en que concluye el periodo señalado y se
hará conforme a la tabla que se adjunta a los presentes Lineamientos que se identifica como Anexo Dos.
DÉCIMO SÉPTIMO. El importe por concepto VALES ejercicio 2017, para el personal previsto en el presente
Capítulo será hasta de $ 9,350.00 (Nueve mil trescientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), para lo cual los titulares de los
Órganos de la Administración Pública, preverán los recursos presupuestales en términos de lo dispuesto en el numeral
4.5.6 de la Circular Uno 2015. Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y del numeral 4.5.6 de la Circular Uno Bis 2015,
Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del
Distrito Federal.
DÉCIMO OCTAVO. Para el caso del personal de ocupación temporal (Interinos) se aplicará por única ocasión el
pago de acuerdo al tiempo laborado en cada contrato en términos de los numerales Décimo Sexto y Décimo Séptimo
de los presentes Lineamientos.
DÉCIMO NOVENO. No procederá el pago de VALES, para el caso en que el trabajador cuente con dos empleos
dentro de la Administración Pública del GCDMX, en razón de que es improcedente dar de alta en el SUN, al personal
que ya se encuentre laborando en cualquier tipo régimen dentro del GCDMX.
CAPÍTULO IV
DEL PERSONAL EVENTUAL
VIGÉSIMO. El GCDMX otorgará el estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, a través de los titulares de los
Órganos de la Administración Pública, en donde se encuentre adscrito el Personal Eventual, cuyas remuneraciones
sean cubiertas con cargo a la partida 1221 "Sueldos Base al Personal Eventual", de acuerdo al Clasificador por Objeto
del Gasto del Distrito Federal, conforme a lo dispuesto en los numerales Segundo y Décimo Segundo fracción II, de
los Lineamientos para el Ejercicio Presupuestal de la Partida 1221 “Sueldos Base al Personal Eventual”, publicados en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de fecha 31 de marzo de 2016.
VIGÉSIMO PRIMERO. El estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, será proporcional a los días laborados o
prestado sus servicios el trabajador, en el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2017, debiéndose
encontrar laboralmente activos en la plaza y puesto de trabajo para la fecha en que concluye el periodo señalado y se
hará conforme a la tabla que se adjunta a los presentes Lineamientos y se identifica como Anexo Dos.
VIGÉSIMO SEGUNDO. El importe por concepto de VALES ejercicio 2017, para cada trabajador Eventual de
conformidad a lo previsto en el presente capítulo, será de hasta $ 9,350.00 (Nueve mil trescientos cincuenta pesos
00/100 M.N.), para lo cual los titulares de los Órganos de la Administración Pública, preverán los recursos
presupuestales en términos de lo dispuesto en el numeral 4.5.6 de la Circular Uno 2015. Normatividad en Materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y
numeral 4.5.6 de la Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.
VIGÉSIMO TERCERO. Los titulares de las Direcciones Generales, Ejecutivas, de Área u Homólogos, encargados
de la administración del capital humano en los Órganos de la Administración Pública, serán los responsables de la
elaboración de la nómina y los recibos para el pago de los VALES ejercicio 2017, para el personal Eventual.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
VIGÉSIMO CUARTO. Los titulares de los Órganos de la Administración Pública, deberán anexar copia fotostática
del oficio de Visto Bueno de la última autorización del Programa, donde se relaciona el personal que deberá
encontrarse en la nómina correspondiente, para hacer constar que cuentan con personal eventual, así como para
determinar si es acorde el monto y número de trabajadores que reportan. Los titulares de las DIRECCIONES DE
ADMINISTRACIÓN, serán los responsables de las diferencias que pudieran surgir sobre lo autorizado.
VIGÉSIMO QUINTO. No procederá el pago de VALES, para el caso en que el trabajador cuente con dos empleos
dentro de la Administración Pública del GCDMX, en razón de que es improcedente dar de alta en el SUN, al personal
que ya se encuentre laborando en cualquier tipo régimen dentro del GCDMX.
CAPÍTULO V
DE LOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL, MEDIANTE
NOMBRAMIENTO POR TIEMPO FIJO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS U
OBRA DETERMINADA, DEL TIPO DE NÓMINA 08
VIGÉSIMO SEXTO. El GCDMX otorgará el estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, a través de los titulares
de los Órganos de la Administración Pública, en donde se encuentre adscrito el personal incorporado en el Programa
de Estabilidad Laboral, mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados,
cuyas remuneraciones sean cubiertas con cargo al Capítulo 1000 "Servicios Personales" de acuerdo al Clasificador por
Objeto del Gasto del Distrito Federal.
VIGÉSIMO SÉPTIMO. El estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, será proporcional a los días laborados o
prestado sus servicios el trabajador, en el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2017, debiéndose
encontrar laboralmente activos en la plaza y puesto de trabajo para la fecha en que concluye el periodo señalado y se
hará conforme a la tabla que se adjunta a los presentes Lineamientos y se identifica como Anexo Dos.
VIGÉSIMO OCTAVO. El importe por concepto de VALES ejercicio 2017 para el personal incorporado en el
Programa de Estabilidad Laboral, Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra
Determinada, de conformidad a lo previsto en el presente Capítulo, será hasta de $ 9,350.00 (Nueve mil trescientos
cincuenta pesos 00/100 M.N.), para lo cual los titulares de los Órganos de la Administración Pública, preverán los
recursos presupuestales, en términos de lo dispuesto en los numerales 4.5.6 de la Circular Uno 2015. Normatividad en
Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
y numeral 4.5.6 de la Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las
Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.
VIGÉSIMO NOVENO. No procederá el pago de VALES, para el caso en que el trabajador cuente con dos empleos
dentro de la Administración Pública del GCDMX, en razón de que es improcedente dar de alta en el SUN, al personal
que ya se encuentre laborando en cualquier tipo régimen dentro del GCDMX.
CAPÍTULO VI
DE LOS VALES
TRIGÉSIMO. Con la adquisición de los VALES se buscará que el personal a que se refieren los presentes
Lineamientos, tengan acceso a una variedad de productos de la canasta básica y otros bienes de uso duradero.
TRIGÉSIMO PRIMERO. Los VALES otorgados al personal a que se refieren los presentes Lineamientos, serán
otorgados por única vez en el presente ejercicio y no forman parte del salario del trabajador que los recibe.
TRIGÉSIMO SEGUNDO. La vigencia de los VALES será de un año, contado a partir de su fecha de expedición.
TRIGÉSIMO TERCERO. La DGAOCH, sólo tendrá atribuciones para consolidar las solicitudes de adhesión de los
Órganos de la Administración Pública que lo soliciten y concentrará los requerimientos que cumplan con lo establecido
en los presentes Lineamientos.
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TRIGÉSIMO CUARTO. Los VALES serán entregados a los trabajadores en una sola exhibición y estarán a su
disposición en las pagadurías establecidas por cada unidad administrativa de adscripción del trabajador, en los periodos
comprendidos del 03 al 06 de noviembre de 2017 y del 02 al 31 de enero de 2018.
La fecha para efectuar la captura de los recibos no cobrados en el SUN, se realizará el día 6 de febrero de 2018, y los
reintegros de VALES no cobrados ante la DGAOCH, será el día 19 de febrero de 2018.
TRIGÉSIMO QUINTO. Los VALES que le corresponden al personal que tengan acreedores alimentarios, serán
distribuidos entre éstos y sus pensionados en el porcentaje establecido por la autoridad judicial, los cuales se pagarán
por conducto de la empresa de traslado de valores contratada para tal efecto.
CAPÍTULO VII
DE LOS REQUERIMIENTOS
TRIGÉSIMO SEXTO. La DGAOCH a través del SUN, calculará los montos que ejercerán los Órganos de la
Administración Pública por este concepto, cuando procesen de manera centralizada su nómina a través de dicho
Sistema.
TRIGÉSIMO SÉPTIMO. Los Órganos de la Administración Pública que no procesen su nómina en el SUN y que se
incorporen a la compra consolidada, para establecer el control de las percepciones y deducciones de sus trabajadores
deberán ingresar a la plataforma http://reporte.dgadp.cdmx.gob.mx/GestionRH, la relación del personal acreedor a dicha
prestación de acuerdo al formato denominado “Formato compra consolidada de VALES 2017”, para que relacionen al
personal que tienen derecho a la presente prestación, así como de los montos que percibirá cada trabajador y persona
beneficiaria. Queda bajo la estricta responsabilidad de los servidores públicos que autorizaron la nómina para el pago de
la presente prestación.
El usuario y contraseña para ingresar a la plataforma será la misma con la que ingresan comúnmente al Sistema Digital
de Gestión de Documentos; para los que no cuentan con esta, deberán solicitarla a través del correo electrónico
[email protected], para cualquier duda o aclaración comunicarse con el C. Carlos Alberto Rodríguez, al
teléfono 56611822 extensión 107.
Una vez elaborado el formato, deberán enviar el archivo al correo electrónico [email protected] ,
para cualquier duda o aclaración comunicarse con el C. Carlos Alberto Rodríguez al teléfono 56611822 extensión 107.
TRIGÉSIMO OCTAVO. Los Órganos de la Administración Pública, deberán cumplir con los requisitos del numeral
inmediato anterior, quedando bajo su estricta responsabilidad el incumplimiento de la prestación.
CAPÍTULO VIII
DE LA ADQUISICIÓN
TRIGÉSIMO NOVENO. La DGRMSG será la responsable de efectuar la adquisición consolidada de los VALES en
apego a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, así como en los Lineamientos Generales
para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración
Pública del Distrito Federal, así como para la centralización de pagos, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México, el 01 de agosto de 2016.
El contrato que derive del procedimiento de adquisición de los VALES implementado por la DGRMSG, será suscrito
en forma conjunta con la DGRMSG y la SEFIN a través de la SACH, lo anterior, acorde a lo establecido en los
numerales 8 y 9, de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o
Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la centralización de
pagos, mencionados en el párrafo que antecede.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
Para el caso de las Entidades y Órganos Autónomos adheridos a las contrataciones consolidadas, considerando que
sobre éstos no se efectúan cargos centralizados, el procedimiento de contratación estará a cargo de la DGRMSG,
debiendo realizar éstas los pagos respectivos, en los términos de las obligaciones pactadas en el contrato consolidado,
a fin de que cumplan oportunamente con los compromisos derivados de sus adhesiones y en las obligaciones
establecidas en dicha contratación.
CUADRAGÉSIMO. La DGAOCH integrará los requerimientos remitidos por los Órganos de la Administración
Pública y una vez incorporados serán remitidos a la DGRMSG, en las fechas establecidas de acuerdo a lo solicitado en
la Circular que para tal efecto se emita, los cuales deberán contener lo siguiente:
a. Copia certificada de los requerimientos de los Órganos de la Administración Pública.
b. Relación de las Unidades Ejecutoras de Gasto adheridas, señalando el monto respectivo (Impreso y en
medio magnético).
c. Copia certificada de la suficiencia presupuestal de cada Órgano de la Administración Pública adherida a la
compra consolidada.
d. Oficio de las Unidades Ejecutoras de Gasto, en el que aceptan que la DGRMSG afectará sus recursos
presupuestales y la clave presupuestal compuesta con todos sus dígitos.
e. Ubicación de las pagadurías correspondientes a los Órganos de la Administración Pública y horarios de
entrega (Impreso y en medio magnético).
f. Cantidades a entregar por número de fajillas y denominación del VALE (Impreso y en medio magnético).
g.
Nombres y cargos de los pagadores habilitados y responsables, designados por las Direcciones Generales,
de Área u homólogos, encargados de la Administración, para la recepción de los VALES (impreso y en
medio magnético).
h. Características técnicas de los VALES (Impreso y en medio magnético).
La integración de los requerimientos será responsabilidad de los titulares de los Órganos de la Administración Pública,
la información completa se remitirá a la DGRMSG, de conformidad con lo establecido en la Circular que para los
efectos se emita.
Por tratarse de una prestación de carácter laboral no se requiere del sello de No existencia del Almacén.
Los titules de los Órganos de la Administración Pública deberán contar con la suficiencia presupuestal que haga
frente al otorgamiento de la prestación a que hacen referencia los presentes Lineamientos, instrumentando, en su
caso, las adecuaciones compensadas que no incrementen el capítulo de servicios personales, previa al procedimiento
para la adquisición, de acuerdo a la normatividad aplicable.
Los Órganos de la Administración Pública, bajo su estricta responsabilidad, deberán garantizar que al momento de
iniciar el procedimiento de contratación, cuenten con la suficiencia presupuestal hasta por el monto que representa la
compra, conforme a la nómina del personal beneficiario.
El horario de entrega de los VALES por parte de la empresa de traslado de valores que contrate el proveedor
adjudicado será de las 09:00 a las 18:00 hrs, por lo que para efectos de su recepción será obligación de los titulares
de los Órganos de la Administración Pública contar con dos pagadores habilitados en dicho horario.
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
CUADRAGÉSIMO PRIMERO. La DGRMSG realizará el trámite para el pago centralizado, previa conciliación de
las facturas y el comprobante de servicio que para tal efecto expida el proveedor adjudicado para la entrega de los
VALES, el cual, deberá contener nombre de la dependencia a la que se entrega, el número de fajillas y la fecha en que
se entregan los VALES en la pagaduría, nombre, firma del pagador habilitado y el sello de la dependencia que
corresponda. El proveedor adjudicado entregara la relación del personal que realizara la entrega de los Vales en los
diferentes Órganos de la Administración Pública, la cual será depositada en la DA.
Los Órganos Autónomos y Entidades que se adhieran a la compra consolidada, serán los responsables de realizar y
tramitar el pago correspondiente al monto erogado, con base en la conciliación de las facturas y el comprobante de
servicio que para tal efecto expida el proveedor adjudicado para la entrega de los VALES, el cual, deberá contener el
nombre del Órgano Autónomo o Entidad a la que se entrega, el número de fajillas y la fecha en que se entregan los
VALES en la pagaduría, el nombre y la firma del pagador habilitado que se haya designado, así como el sello del
Órgano Autónomo o Entidad de que se trate y de la persona que entrega por parte del proveedor adjudicado, mismo
que en su momento deberá ser entregado por el proveedor adjudicado a cada uno de ellos, para los efectos
presupuestales que correspondan.
CUADRAGÉSIMO SEGUNDO. Previa solicitud por parte de la DGAOCH, el área autorizada para realizar
cualquier requerimiento con el proveedor adjudicado para la adquisición consolidada de los VALES y la entrega de
los mismos en las pagadurías de los Órganos de la Administración Pública, será la DGRMSG, en términos de lo
dispuesto en el contrato que para tal efecto formalice dicha instancia, conforme a sus facultades y competencia.
CUADRAGÉSIMO TERCERO. La DGAOCH y la DGRMSG, establecerán la fecha para la entrega de la
información que permita llevar a cabo el procedimiento de adquisición consolidada.
CAPÍTULO IX
DE LA RECLAMACIÓN
CUADRAGÉSIMO CUARTO. Los trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos en los presentes
Lineamientos y que por estar en tránsito su movimiento de alta o reanudación de labores no fueran considerados para
el otorgamiento de los VALES, deberán presentar su solicitud por escrito ante el área de recursos humanos de los
Órganos de la Administración Pública de su adscripción, a efecto de que determinen su procedencia y soliciten los
recursos conforme al calendario establecido por la SACH a través de la DGAOCH.
CUADRAGÉSIMO QUINTO. El personal con derecho a VALES contará con un plazo de 365 días naturales,
contados a partir del 11 de diciembre de 2017, para presentar en el área de recursos humanos de su adscripción, el
escrito de solicitud de pago, a efecto de que el titular del Órgano de la Administración Pública le notifique la
procedencia o improcedencia del reclamo, una vez concluido el plazo señalado no se admitirá reclamación alguna.
Asimismo, serán improcedentes las reclamaciones del personal que cause baja por renuncia, jubilación, pensión,
abandono de empleo, resolución administrativa, término de nombramiento, término de interinato o beca, defunción,
invalidez, incapacidad total y permanente y/o invalidez total permanente, al igual que el que se encuentre con licencia
sin goce de sueldo o suspendido de sus derechos en las fechas establecidas para tal fin, en los presentes Lineamientos.
CUADRAGÉSIMO SEXTO. Los Órganos de la Administración Pública, deberán observar los presentes
Lineamientos para determinar la procedencia o improcedencia del otorgamiento de los VALES, relacionada con las
reclamaciones presentadas por el personal de que se trate, sin menoscabo de sus obligaciones laborales.
CAPÍTULO X
DE LAS NÓMINAS COMPLEMENTARIAS
CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO. Los titulares de los Órganos de la Administración Pública, solicitarán mediante
oficio turnado a la DGAOCH, la adquisición de los VALES a favor del personal cuya reclamación haya sido
determinada como procedente, debiendo cumplir con lo establecido en el numeral Cuadragésimo incisos a, b, c y d, de
los presentes Lineamientos, para que se envié a la DGRMSG la petición correspondiente.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
Una vez que la solicitud de reclamación haya sido calificada como procedente, los titulares de los Órganos de la
Administración Pública turnaran a la DGAOCH el oficio de adquisición de VALES resultante del análisis de la
solicitud de reclamación aprobada, debiendo cumplir con lo establecido en los incisos a, b, c y d, del numeral
Cuadragésimo de los presentes Lineamientos. Una vez integrado el expediente, la DGAOCH se encargará de remitir a
la DGRMSG el oficio de solicitud de compra complementaria respectivo.
Para los efectos del párrafo anterior, el personal designado por los titulares de los Órganos de la Administración
Pública, deberán capturar en la plataforma http://reporte.dgadp.cdmx.gob.mx/GestionRH, al personal que tiene
derecho a percibir la presente prestación, así como los montos que percibirá cada trabajador y/o persona beneficiaria,
siendo responsabilidad del servidor público que elaboró, revisó, capturó y autorizó, la nómina de la prestación que
amparan los presentes Lineamientos.
La DGAOCH no recibirá ni tramitará las solicitudes de compras complementarias que no cumpla con los requisitos
establecidos en los presentes Lineamientos, por lo que será responsabilidad de los titulares de los Órganos de la
Administración Pública, el incumplimiento de los mismos.
CUADRAGÉSIMO OCTAVO. La información enviada por los titulares de los Órganos de la Administración
Pública, será el sustento para las compras complementarias y se tramitarán conforme al calendario referido en el
numeral Cuadragésimo Noveno y en el dispuesto en el artículo 70, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente de la Ciudad de México.
CUADRAGÉSIMO NOVENO. La DGRMSG, tramitará las compras complementarias de VALES con cargo al
presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2018, correspondiente a los Órganos de la Administración Pública, de
acuerdo a lo establecido en el numeral Cuadragésimo Primero de los presentes Lineamientos y a las fechas señaladas
en el siguiente cuadro, mismas que podrán modificarse sin previo aviso por la SACH a través de DGAOCH.
PERIODO
RECEPCIÓN DE
SOLICITUDES EN LA
DGAOCH
FECHAS DE PAGO
FECHA LÍMITE PARA
DEVOLUCIÓN Y
COMPROBACIÓN
1
DEL 01 AL 28 DE
FEBRERO DE 2018
DEL 17 DE ABRIL AL 17
DE MAYO DE 2018
18 Y 21 DE MAYO
DE 2018
2
DEL 04 DE JULIO AL 31
DE AGOSTO DE 2018
DEL 15 DE OCTUBRE AL 16
DE NOVIEMBRE DE 2018
22 Y 23 DE NOVIEMBRE
DE 2018
La DGRMSG, en el ámbito de sus atribuciones y competencia, será la responsable de realizar los trámites que
correspondan, a efecto de llevar a cabo la adquisición de los VALES, relativa a las nóminas complementarias que
solicite la DGAOCH, correspondientes a los trabajadores con derecho a recibir la prestación dispuesta en los
presentes Lineamientos.
CAPÍTULO XI
DE LA DEVOLUCIÓN DE VALES
QUINCUAGÉSIMO. Los titulares de los Órganos de la Administración Pública que tuviesen bajo su resguardo
VALES y que por diversas causas no fueron entregados al trabajador en las fechas establecidas de acuerdo al
calendario emitido para tal fin, los deberán remitir a la DGAOCH.
QUINCUAGÉSIMO PRIMERO. Será responsabilidad de los titulares de los Órganos de la Administración Pública,
capturar en el SUN los Recibos no Cobrados en las fechas establecidas en el calendario emitido para tal fin, por la
DGAOCH.
Los Órganos Desconcentrados, Órganos Autónomos y Entidades, que se hayan adherido a la compra consolidada de
VALES y no procesen su nómina en el SUN, deberán enviar a la DGAOCH mediante oficio, el reporte de la nómina
real pagada, así como los documentos soporte que acrediten la devolución de VALES.
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
Los titulares de los Órganos de la Administración Pública, mantendrán a disposición de la DGAOCH y del Órgano
Interno de Control, el reporte de la nómina real pagada, así como la copia de los recibos cancelados y la
documentación con la que se acredite la devolución de los VALES ante la DGAOCH, en relación a las nóminas que
no fueron procesadas en el SUN.
Todos los documentos antes referidos deberán archivarse y los Órganos de la Administración Pública deberán dar
observancia a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de
México y demás normatividad aplicable en la materia.
QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO. La DGAOCH, consultará que la cantidad y monto de los VALES que devuelvan
los Órganos de la Administración Pública, corresponda con los datos proporcionados por el SUN y los oficios
remitidos por las Unidades Administrativas, en los que hacen constar la devolución correspondiente.
CAPÍTULO XII
DE LA AUTORIZACIÓN DE DEVOLUCIÓN Y PAGO DE NÓMINAS COMPLEMENTARIAS
QUINCUAGÉSIMO TERCERO. Los titulares de los Órganos de la Administración Pública, solicitarán mediante
oficio dirigido a la DGAOCH, la autorización para disponer de los VALES que se encuentren en su resguardo, para el
pago de la presente prestación al personal de que se trate, en las fechas establecidas en el presente instrumento, cuando
el trabajador y/o personal de carácter social (Residentes Médicos), haya presentado su reclamación ante la Unidad
Administrativa de adscripción y esta sea procedente de conformidad con las disposiciones previstas en los presentes
Lineamientos.
CAPÍTULO XIII
DE LA REASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS NO RECLAMADOS
QUINCUAGÉSIMO CUARTO. Una vez que la DGAOCH constate la información que conforme al numeral
Quincuagésimo Primero los Órganos de la Administración Pública capturen en el SUN, los VALES devueltos por los
Órganos de la Administración Pública deberán ser remitidos por la DGAOCH a la DGRMSG quien realizará el
reintegro de los VALES devueltos y elaborará el Documento Múltiple de Reintegro ante la SEFIN.
CAPÍTULO XIV
DE LAS CONSIDERACIONES
QUINCUAGÉSIMO QUINTO. No se considerará para el pago de la prestación de VALES a los prestadores de
servicios profesionales contratados bajo el esquema de “Honorarios Asimilables a Salarios”, al personal de estructura
que ostente puestos de Enlace, Líder Coordinador de Proyectos, Mandos Medios y Superiores u homólogos, de
conformidad con el tabulador de sueldos vigente para Servidores Públicos Superiores, Mandos Medios, Líderes
Coordinadores y Enlaces, Haberes y todos aquellos puestos, cuya percepción total mensual bruta sea igual o mayor a
$13,534.00 (Trece mil quinientos treinta y cuatro pesos 00/100 M.N.) con excepción del personal de los Órganos de la
Administración Pública, que atendiendo a sus propias condiciones laborales lo justifiquen de manera fundada y
motivada, considerando inclusive que el monto de esta prestación que otorgan a sus trabajadores, exceda los importes
señalados en los presentes Lineamientos.
QUINCUAGÉSIMO SEXTO. Para el trabajador de Base Sindicalizado y Lista de Raya Base Sindicalizado, afiliado
a cualquiera de las secciones sindicales que conforman el SUTGCDMX, el monto del pago de los VALES, se
determinará en los términos y condiciones estipuladas en el Convenio celebrado entre el GCDMX y SUTGCDMX.
QUINCUAGÉSIMO SÉPTIMO. La interpretación y determinación relativa a los presentes Lineamientos será
resuelta por la SEFIN a través de la SACH, dentro del ámbito de sus atribuciones y competencias.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Segundo. Para los efectos de la operación en el Sistema Digital de Gestión de Documentos, de la prestación dispuesta
en los presentes Lineamientos, la SACH a través de la DGAOCH instrumentara la Circular respectiva, por lo que los
titulares de los Órganos de la Administración Pública, deberán estar atentos a la emisión de la misma.
Tercero. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día hábil siguiente al de su publicación.
En la Ciudad de México, a 04 de octubre de 2017.
SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MEXICO.
(Firma)
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
ANEXO UNO
Lineamientos por medio de los cuales se otorga el estímulo de fin de año VALES, al personal de Base Sindicalizado y
Lista de Raya Base Sindicalizado, de Haberes, de la Policía Bancaria e Industrial, Policía Preventiva y de la Policía
Auxiliar, cuyas remuneraciones sean cubiertas con cargo al Capítulo 1000 del Clasificador por Objeto del Gasto del
Distrito Federal.
DÍAS LABORADOS IMPORTE
001 a 019 días $675
020 a 034 días $1,205
035 a 049 días $1,740
050 a 064 días $2,270
065 a 079 días $2,800
080 a 094 días $3,335
095 a 109 días $3,865
110 a 124 días $4,400
125 a 139 días $4,930
140 a 154 días $5,465
155 a 169 días $5,995
170 a 184 días $6,530
185 a 199 días $7,060
200 a 214 días $7,590
215 a 229 días $8,125
230 a 244 días $8,655
245 a 259 días $9,190
260 a 274 días $9,720
275 a 289 días $ 10,250
290 a 304 días $ 10,785
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
ANEXO DOS
Lineamientos por medio de los cuales se otorga el estímulo de fin de año VALES, al personal de Base no
Sindicalizado, de Lista de Raya Base no Sindicalizado, personal perteneciente al Programa de Estabilidad Laboral,
Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados, de Confianza Técnico
Operativo (“CF”), personal de Carácter Social (Residentes Médicos) e Interinos, cuyas remuneraciones sean
cubiertas con cargo al Capítulo 1000 de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, así como
Personal Eventual, cuyas remuneraciones sean cubiertas con cargo a la partida “1221” de acuerdo al Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal.
DÍAS LABORADOS IMPORTE
001 a 019 días $585
020 a 034 días $1,045
035 a 049 días $1,505
050 a 064 días $1,970
065 a 079 días $2,430
080 a 094 días $2,890
095 a 109 días $3,350
110 a 124 días $3,815
125 a 139 días $4,275
140 a 154 días $4,735
155 a 169 días $5,200
170 a 184 días $5,660
185 a 199 días $6,120
200 a 214 días $6,580
215 a 229 días $7,045
230 a 244 días $7,505
245 a 259 días $7,965
260 a 274 días $8,430
275 a 289 días $8,890
290 a 304 días $9,350
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO
DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 87 y 117, fracciones I y XI, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º párrafo tercero, 3º, fracción III, 11
párrafo tercero, 37, 38 y 39 fracciones XLV, LVI y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 4º fracciones VI Bis y VII Ter, 1º, 6º y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1º, 120, 121, 122
fracción V y 122 Bis fracción II, inciso E) y 128 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
emito el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONCER EL LINEAMIENTO Y MECANISMO DE OPERACIÓN DE LA
ACCIÓN INSTITUCIONAL DENOMINADA “CONCURSOS Y CONVOCATORIAS SOCIALES QUE
FOMENTEN LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN ACTIVIDADES EDUCATIVAS, DEPORTIVAS Y
CULTURALES DE AZCAPOTZALCO”
CONSEDERANDO
Que la Delegación Azcapotzalco contempla en el Programa Delegacional de Desarrollo 2015-2018, entre otros puntos,
fomentar la lectura, la educación, la memoria histórica y la identidad de Azcapotzalco; realizar gran labor cultural; festejos
tradicionales, murales, teatros, cine debate, cuenta cuentos, torneos de juegos de mesa, concursos culturales, publicación de
libros y videos; rescatar las actividades de los cronistas de Azcapotzalco y utilizar el espacio público para recuperar el
patrimonio cultural; fortalecer la identidad comunitaria, así como apoyar a los pueblos originarios de Azcapotzalco en la
preservación de su espacio y tradiciones y en la recuperación de memoria histórica e identitaria, emite el presente.
La actividad física y el deporte son dos herramientas cruciales que sirven para enfrentar diversos factores de riesgo para la
población mexicana que se han acentuado en los últimos años, dentro de estos se encuentra el sedentarismo y la obesidad.
La obesidad según cálculos de la Organización Mundial para la Salud, es una pandemia que afecta a poco más de 300
millones de personas en el mundo, en México se estima que poco más de 50 millones de personas padecen este mal, en el
caso de las niñas y niños, 1 de cada 3 padece de sobrepeso u obesidad infantil; la delegación Azcapotzalco se encuentra en
el segundo lugar de las demarcaciones que presentan este problema de acuerdo al Censo de Obesidad y Sobrepeso del año
2012. En el caso de la población adulta de la Ciudad de México, no se tienen datos precisos de cuántos de ellos se
encuentran dentro de la problemática de obesidad y sobrepeso, siendo la referencia las estadísticas que se obtienen a nivel
nacional.
A) DIAGNOSTICO
En el contexto contemporáneo se debe responder sabiamente al reto que significa preservar la cultura; Azcapotzalco tiene
400 161 habitantes que equivalen al 4.5 % del total de la población de la Ciudad de México, que es de 8 918 653, y presenta
un crecimiento negativo anual del -0.7 % el promedio de escolaridad es de 11.1 años. (Encuesta Intercensal 2015. INEGI).
De acuerdo a los últimos datos emitidos por INEGI (2010), dentro de la Delegación Azcapotzalco, la población de 15 a 29
años es de 95,384, lo cual representa el 23% de la población total. Aunque no toda la población joven se encuentra en
riesgo, es imprescindible establecer estrategias que, de manera integral, coadyuven al desarrollo armónico y al
cumplimiento de los Derechos Humanos.
De acuerdo al INEGI, en la demarcación viven 50,446 niños de entre seis y catorce años de los cuales 48,928 asisten a la
escuela y 45,364 saben leer y escribir. Se observa que entre los años 2005 y 2010 el valor total de la población de este
estrato etáreo disminuyó. Además, se presenta un decremento en términos relativos de la población de esta edad que sabe
leer y escribir (de 93.6% a 89.9%). Asimismo, en lo que respecta al número de años promedio de escolaridad se encuentra
una mejoría al pasar de 10.4 a 10.8 entre el II Conteo de 2005 y el Censo 2010. De acuerdo a la última Encuesta de
Consumo de Drogas en Estudiantes de la Ciudad de México 2012 del IAPA, el 63.3% de las y los jóvenes de secundaria han
consumido alcohol alguna vez en su vida y un alarmante 86% de preparatorianos manifestaron haber consumido alcohol.
Así, en el consumo de sustancias psicoactivas, un 23.7% de las y los jóvenes de secundaria y un 32.4% de estudiantes de
preparatoria, declararon haber probado algún tipo de droga ilegal. Por lo anteriormente expuesto, es imperativo atender a las
y los jóvenes en materia de deserción escolar, rezago educativo, adicciones, prevención del embarazo y salud sexual.
Por otro lado el 13.9% de la población de la demarcación cuenta con 60 y más años cumplidos.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
A nivel general el Diagnóstico de la Situación de los jóvenes en México, publicado en el mes de agosto del 2013 por el
Instituto Mexicano de la Juventud, señala que el principal problema de los jóvenes es su incorporación al desarrollo del país
en condiciones desfavorables debido a: dificultades para la inserción en el mercado laboral; la desvinculación entre los
jóvenes y el entorno que los rodea; la deficiente formación y desarrollo de habilidades que permitan el desarrollo personal.
B) ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA
El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa de
Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018:
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE
ACCIÓN
Eje 1. Equidad e
Inclusión Social,
para el Desarrollo
Humano.
1. Descremación y
Derechos Humanos
2. Reforzar el diseño,
la legislación y la
implementación de las
políticas, programas y
servicios de apoyo a
la población para
evitar la exclusión, el
maltrato y/o la
discriminación hacia
las personas bajo un
enfoque de
corresponsabilidad
social.
1. Aumentar el tiempo
que destinan las y los
habitantes del Distrito
Federal,
especialmente las
niñas, niños y
adolescentes, a las
actividades físicas,
recreativas y
deportivas.
1. Promover el
aumento de la oferta y
los espacios para
práctica de
actividades físicas,
recreativas y
deportivas.
2. Promover el
conocimiento de los
beneficios de la
cultura física y el
deporte.
3. Establecer
convenios de
colaboración con
actores públicos y
privados para mayor
promoción de las
actividades físicas,
recreativas y
deportivas
4. Cultura 3. Promover,
conservar y divulgar
el patrimonio cultural
y natural, con el
propósito de
fortalecer los vínculos
de identidad, la
apropiación de la
herencia cultural y de
la cultura
contemporánea de la
población capitalina
1. Mejorar y ampliar
los programas para la
visibilidad,
valoración, uso y
disfrute del
patrimonio cultural
natura de la Ciudad de
México.
1. Fomentar el
conocimiento del
patrimonio cultural de
la Ciudad de México,
para fortalecer el
derecho a la memoria,
el sentido de
pertenencia, la
convivencia y el
reconocimiento a la
diferencia.
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
2. Establecer una
estrategia de
concertación con los
diversos agentes de la
cultura y de la
sociedad para su
participación
corresponsable en las
acciones de
promoción de los
derechos culturales.
Asimismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:
ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META SECTORIAL POLÍTICA PÚBLICA
Salud 1 Reducir el sedentarismo
físico en la población del
Distrito Federal.
1. Aumentar el tiempo que
destinan las y los habitantes
del Distrito Federal,
especialmente las niñas,
niños y adolescentes, a las
actividades físicas,
recreativas y deportivas.
Cultura 1. Implementar programas y
acciones de desarrollo social
con equidad e igualdad que
atiendan las necesidades de
los habitantes de
Azcapotzalco, donde la
cultura, la salud, la
educación y el deporte sean
prioridad.
1. Fortalecer talleres
Artísticos y Culturales, así
como mejorar el
funcionamiento de los
Centros Culturales y
Museos.
1 Implementar los diferentes
modelos de atención
ciudadana que satisfaga sus
necesidades rescatando
espacios públicos para
desarrollo de las diferentes
actividades culturales,
recreativas y deportivas,
para brindar servicios
integrales y demás acciones
para su atención oportuna y
eficaz.
2. Fomentar la participación
de jóvenes mediante
actividades culturales,
educativas y recreativas
mediante la formulación de
políticas públicas que
propicien el desarrollo
social y económico de este
sector.
3. Promover la participación
comunitaria a través de los
programas culturales y
deportivos en los espacios
públicos como una
herramienta de integración
sociocultural.
I. Entidad Responsable de la Acción Institucional.
1.1 Delegación Azcapotzalco.
1.2. Dirección General de Desarrollo Social.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
1.3 Unidades Operativas.
Dirección de Educación y Cultura.
Dirección de Deporte (seguimiento, verificación, supervisión y control).
Subdirección de Fomento al Deporte. (supervisión y control)
Subdirección de Educación
JUD de Enlace con Servicios Educativos y Bibliotecas
Subdirección de Cultura
JUD de Centros Culturales
JUD de Tradiciones y Festejos Patronales
JUD de Fomento y Difusión al Deporte (operación, instrumentación, atención a las solicitudes de las personas interesadas
en ser beneficiarias de la actividad institucional, concentración, resguardo y sistematización de datos).
JUD de Centros Deportivos (proveer de instalaciones deportivas para llevar a cabo las actividades deportivas de acuerdo a
la emisión de las convocatorias).
* En caso de que así se requiere la convocatoria o concurso podrá desarrollarse en coordinación con otras Unidades
Administrativas de la Delegación.
II Objetivos y Alcances.
Fomentar la participación comunitaria a través de la cultura y la educación en Azcapotzalco para mejorar la cohesión y
desarrollo social a través convocatorias y concursos públicos.
III Población objetivo.
Los concursos y convocatorias estarán dirigidos a toda la población de Azcapotzalco, hombres y mujeres y podrán dirigirse,
según sea el caso a:
a) Niños de 6 a 11 años
b) Las y los Adolescentes y jóvenes de 12 a 29 años
c) Adultos de 30 a 60 años
d) Adultos mayores más de 60 años
f) Mujeres, hombres, personas con discapacidad, comunidad LGBTTTI y a toda la población sin distinción.
Montos por beneficiario/a y meta.
El premio se entregará por una o hasta dos ocasiones, según el concurso o convocatoria pública. Los premios podrán ser
monetarios o en especie (Fondo de artículos deportivos, Fondo de premios, Festivales, Becas, Talleres, Concursos y
Viajes) bajo los siguientes montos:
Desde $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) y hasta $50, 000 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y se entregarán al
menos 450 premios.
IV. Programación Presupuestal.
Partida 4411 “Premios” durante el ejercicio fiscal 2017 por un monto de $ 1,865,000.00 (un millón ochocientos sesenta
y cinco mil pesos 00/100 M.N) de los cuales $1,350,000.00 (un millón trescientos cincuenta mil pesos 00/100 MN)
corresponde a la Dirección del Deporte, $450,000.00 (cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) de la
Subdirección de Cultura para PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES y $65,000.00 (sesenta y cinco mil
pesos 00/100 M.N.) de la Subdirección de Educación para APOYO A LA EDUCACIÓN.
V. Requisitos de acceso.
Para cada concurso o convocatoria las y los participantes deberán realizar su registro vía internet o en el área especificada y
en caso de resultar ganadores, las y los participantes deberán presentar original para cotejo y dos copias de lo siguiente:
* Identificación oficial vigente con fotografía de la o el participante (IFE, INE, INAPAM, pasaporte, Cedula y profesional)
* En caso de que la participante o el participante sea menor de edad deberán presentar identificación oficial con fotografía
de madre, padre o tutor (IFE, INE, pasaporte y Cedula profesional)
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
* Comprobante de domicilio con hasta tres meses de expedición (boleta predial, recibo de agua, recibo de teléfono, recibo
de gas, recibo de CFE)
* Las demás que especifique la convocatoria o concurso público
5.1 Procedimiento de acceso.
Las personas que participen en los concursos deberán llenar el formato correspondiente de inscripción, disponible en el área
ejecutora en los horarios señalados en la convocatoria o concurso público.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, todos los formatos
utilizados en la implementación de la actividad institucional, llevarán impresa, de manera análoga, la siguiente leyenda:
“Esta actividad institucional es de carácter público, no es patrocinada ni promovida por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de esta actividad
institucional con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley
aplicable y ante la autoridad competente”.
VI. Procedimiento de instrumentación
6.1 Difusión.
La acción institucional se dará a conocer mediante la publicación de los presentes Lineamientos en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, así como en la página de la Delegación y los concursos o convocatorias en medios oficiales de la
Delegación.
6.2 Ejecución.
La ejecución, aplicación, interpretación y modificación de la presente Acción Institucional, estará a cargo de la Dirección
General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Educación y Cultura, Subdirección de Educación y Subdirección
de Cultura, la cual proporcionará información y recibirá las solicitudes de referencia.
6.3 Procedimiento de instrumentación.
* La Dirección General de Desarrollo Social entregará los premios delegacionales a través de convocatorias y concursos
públicos.
* Las y los participantes deberán realizar su registro al concurso o convocatoria
* Las y los participantes deberán acudir a los lugares señalados para el desarrollo del concurso, como lo indique el área
ejecutora.
* Las y los ganadores deberán acudir puntualmente a los lugares, días y horas señalados para la entrega de los apoyos.
* El padrón de beneficiarios se publicará conforme a la disposición aplicable.
* Todos los puntos no previstos en el presente lineamiento serán resueltos por la unidad administrativa y operativa.
VII. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en
faltas de probidad. (Art. 47 Fracciones I y V, 49 y 60 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Azcapotzalco, por
escrito o de manera verbal. (Art. 113, Fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal)
Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. Admitida la queja, se da inicio a
un procedimiento administrativo, que seguido en forma de juicio tendrá una resolución, la cual puede ser sancionadora para
la o el servidor público que incurrió en responsabilidad. Asimismo, el interesado podrá llevar al cabo lo establecido en el
Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
VIII Mecanismos de exigibilidad.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere
indebidamente excluida de esta Acción Institucional de Beneficio Social podrá efectuar su queja ante la Procuraduría Social
de la Ciudad de México, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los
Artículos 72 y 73 del citado Reglamento.
IX Mecanismos de evaluación e indicadores.
La presente Acción Institucional de Beneficio Social se evaluará considerando el cumplimiento de metas y la calidad del
servicio público.
X. Articulación con otros Programas y Acciones Sociales.
La actividad institucional, forma parte de los programas sociales, actividades institucionales y acciones gubernamentales
que se encuentran dentro del Programa de Desarrollo Delegacional 2015-2018, implementados por la Delegación
Azcapotzalco, en el Ejercicio Fiscal 2017.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Segundo. Queda sin efecto la Publicación de la Gaceta 35 de fecha 27 de marzo de 2017.
Tercero. Queda sin efecto la Publicación de la Gaceta 77 de fecha 29 de mayo de 2017.
Cuarto. El presente Avisó entra en vigor el día de su publicación
Azcapotzalco Ciudad de México, a 1 de Noviembre de 2017
(Firma)
EL JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO
DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC
DR. RICARDO MONREAL ÁVILA, Jefe Delegacional en Cuauhtémoc, con fundamento en los artículos 87, 104, 112,
117 y 118 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción VI, 36, 37 y 39 fracciones VIII, XLV, LIV, LVI y
LXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 32, 33, 34 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50, 51 y 58 del
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y 120, 121, 122 bis fracción VI del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien emitir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE
LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL A CARGO DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO
EN CUAUHTÉMOC PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA
CIUDAD DE MÉXICO, TOMO II, DEL DÍA 31 DE ENERO DE 2017
Becas Escolares
Integración a Personas con Discapacidad
- Programa Becas Escolares
En la página 251, numeral V. 4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal, causales de baja
Dice:
V. 4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
La Subdirección de Educación podrá dar de baja al participante cuando ocurra alguna de las siguientes causas:
Causales de baja:
1. Fallecimiento del beneficiario.
2. Proporcionar información o documentación apócrifa.
3. Cambiar su situación de vulnerabilidad a estable, con conocimiento de una trabajadora social y de la aplicación del
estudio socioeconómico.
4. Renunciar voluntariamente.
Debe decir:
V. 4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
La Subdirección de Educación podrá dar de baja al participante cuando ocurra alguna de las siguientes causas:
Causales de baja: 1. Fallecimiento del beneficiario.
2. Proporcionar información o documentación apócrifa.
3. Cambiar su situación de vulnerabilidad a estable, con conocimiento de una trabajadora social y de la aplicación del
estudio socioeconómico.
4. Renunciar voluntariamente.
5. Contar con otro apoyo social monetario que otorgue la Delegación Cuauhtémoc
- Programa Integración a Personas con Discapacidad
En la página 260, numeral V.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal, causales de baja
Dice:
V.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
La Subdirección de Atención Médica podrá dar de baja al participante cuando ocurra alguna de las siguientes causas:
Causales de baja:
1. Fallecimiento del beneficiario.
2. Proporcionar información o documentación apócrifa.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
3. Cambiar su situación de vulnerabilidad a estable, con conocimiento de una trabajadora social y de la aplicación del
estudio socioeconómico.
4. Renunciar voluntariamente.
Debe decir:
V.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
La Subdirección de Atención Médica podrá dar de baja al participante cuando ocurra alguna de las siguientes causas:
Causales de baja: 1. Fallecimiento del beneficiario.
2. Proporcionar información o documentación apócrifa.
3. Cambiar su situación de vulnerabilidad a estable, con conocimiento de una trabajadora social y de la aplicación del
estudio socioeconómico.
4. Renunciar voluntariamente.
5. Contar con otro apoyo social monetario que otorgue la Delegación Cuauhtémoc
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 31 de octubre de 2017.
(Firma)
DR. RICARDO MONREAL ÁVILA
JEFE DELEGACIONAL EN CUAUHTÉMOC
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
El que suscribe C. Efraín Morales Gómez, Director de Participación Ciudadana de la Delegación Miguel Hidalgo, con
fundamento en los artículos, 87, 104, 105, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37, 38,
39 fracciones VIII, XLV, LVI y LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 100, 101,
102 y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 27, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41, 42 y 97 de
la Ley Desarrollo Social para Distrito Federal y los artículos 47, 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para
el Distrito Federal, los artículos 83 y 84 de la Ley de Participación Ciudadana, el artículo 23 del Decreto por el que se
expide el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2017 y el Aviso por el que se dan a Conocer los Lineamientos para
la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio dos mil diecisiete.
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL,
“PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2017” EN LAS COLONIAS TORRE BLANCA (AMPLIACIÓN), ÁNGEL
ZIMBRÓN, CUAUHTÉMOC PENSIL, DEPORTIVA PENSIL, LOMA HERMOSA (CONJ HAB), MÉXICO
NUEVO, TLAXPANA, VENTURA PÉREZ DE ALBA Y SAN MIGUEL CHAPULTEPEC II QUE PARA
DICHO EJERCICIO SE ELIGIERON EJERCER EN EL RUBRO DE PINTURA Y MANO DE OBRA.
DESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL
El presupuesto participativo, es el monto asignado proporcionalmente a cada colonia, por medio del cual la sociedad decide
su planeación, aplicación y seguimiento de los recursos otorgados, lo anterior se realiza a partir de obras o acciones
derivadas de la Consulta Ciudadana realizada por el Instituto Electoral de la Ciudad de México que la comunidad considere
como prioritarias, y en la cual resulte ganadora una de las acciones propuestas, siempre y cuando esta sea viable y
ejecutable física, financiera, técnica y legalmente por este Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo.
CONSIDERANDO
I.-Los montos que se asignaron para el ejercicio del Presupuesto Participativo 2017 a cada colonia de esta delegación fueron
previamente establecidos por el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017,
publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 29 de Diciembre de 2016 como lo detalla el artículo 7, que a la
letra señala:
Las erogaciones previstas para las Delegaciones, importan la cantidad de 30,913,846,853 pesos y su distribución
presupuestal es de la siguiente manera:
Ejercicio
Fiscal Delegación Monto
2017 Miguel Hidalgo 1,916,694,615 [Énfasis Añadido]
II.-Que de la consulta ciudadana realizada el 04 de septiembre de 2016 por el Instituto Electoral del Distrito Federal, las
colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel Zimbrón, Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma Hermosa (Conj Hab),
México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de Alba y San Miguel Chapultepec II decidieron ejecutar su presupuesto
participativo como se detalla en la siguiente tabla:
Clave de
la Colonia Colonia Rubro General Nombre del Proyecto Específico
16-004 Torre Blanca (Ampliación) Infraestructura Remodelación y pintura en fachadas
16-012 Ángel Zimbrón Obras y Servicios Reparación y pinta de fachadas
16-023 Cuauhtémoc Pensil Infraestructura Mejorando mi colonia
16-028 Deportiva Pensil Obras y Servicios Pintura a fachadas
16-038 Loma Hermosa (Conj Hab) Obras y Servicios Pintura de barda enrejado área perimetral de toda la
unidad
16-050 México Nuevo Obras y Servicios Mejoramiento a fachadas
16-080 Tlaxpana Obras y Servicios Mejoramiento a unidades habitacionales
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
16-083 Ventura Pérez de Alba Obras y Servicios Remozamiento de fachadas
16-095 San Miguel Chapultepec II Infraestructura Remozamiento y pintura de fachadas
ÁREAS RESPONSABLE DE LA ACCIÓN
Área Responsable Actividad
Delegación Miguel Hidalgo, Órgano Político
Administrativo Responsable de la acción institucional
Jefatura de Oficina de la Jefa Delegacional Responsable de la planeación.
Dirección de Participación Ciudadana Seguimiento, verificación, supervisión y control de la acción
institucional
Subdirección de Instrumentos de Participación Ciudadana Planeación e instrumentación de la acción institucional
Jefatura de Unidad Departamental de Planeación y
Seguimiento
Concentración, resguardo y sistematización de la
documentación
Dirección Ejecutiva de Obras Públicas Procesos de licitación, adjudicación, contratación, y
supervisión de la Obra
Dirección Ejecutiva de Servicios Internos Procesos de pago a la(s) empresa(s) contratada(s) que se
requieran para realizar la acción institucional
OBJETIVOS Y ALCANCES
Que para el ejercicio fiscal 2017, se ejerzan en tiempo y forma los rubros específicos ganadores de acuerdo a los resultados
arrojados en la consultas ciudadana aplicada el 04 de noviembre de 2016, a fin de que cada colonia pueblo y barrio resuelva
alguna de las carencias de su comunidad, considerando los recursos económicos designados por la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal a través del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017 para la
aplicación del Presupuesto Participativo.
Con esta acción institucional, se contribuye a implementar la participación comunitaria, en donde los ciudadanos influyan
en la toma de decisiones de los gobernantes, así como la oportunidad de trabajar con las autoridades, persiguiendo el bien
común de los habitantes en Miguel Hidalgo.
METAS FÍSICAS
Meta Anual
Se considera que para el ejercicio del Presupuesto Participativo 2017 en las colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel
Zimbrón, Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma Hermosa (Conj Hab), México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de
Alba y San Miguel Chapultepec II para el rubro de Pintura y Mano de Obra se aplicará un recurso total de $653,418.00
(seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos dieciocho pesos 00/100 M.N.) mismo que se distribuirá de manera igualitaria
en cada colonia, correspondiendo dicha cifra al presupuesto asignado a cada una de ellas mediante el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017.
Meta Específica
Clave de
la Colonia Colonia
Presupuesto
Participativo por cada
Comité Ciudadano
Metas por Beneficiario
16-004 Torre Blanca (Ampliación) 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
16-012 Ángel Zimbrón 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
16-023 Cuauhtémoc Pensil 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
16-028 Deportiva Pensil 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
16-038 Loma Hermosa (Conj Hab) 653,418 Hasta un enrejado perimetral de acuerdo a la
disponibilidad de material.
16-050 México Nuevo 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
16-080 Tlaxpana 653,418 Hasta 03 Unidades Habitacionales de acuerdo a
la disponibilidad de material.
16-083 Ventura Pérez de Alba 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
16-095 San Miguel Chapultepec II 653,418 Hasta 90 Viviendas de acuerdo a la
disponibilidad de material.
Como se menciona anteriormente las metas serán designadas conforme a las especificaciones de cada proyecto ganador
hasta cubrir el monto de su presupuesto asignado, por lo cual la asignación del recurso dependerá de la disponibilidad de
material.
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
* Presupuesto anual para la acción institucional en las colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel Zimbrón,
Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma Hermosa (Conj Hab), México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de
Alba y San Miguel Chapultepec II: $ 5,880,762 (cinco millones ochocientos ochenta mil setecientos sesenta y dos
pesos 00/100 M.N.)
* Presupuesto por colonia beneficiaria: $ 653,418 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos dieciocho pesos
00/100 M.N.)
DIFUSIÓN, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
DIFUSIÓN:
La difusión de esta acción institucional, se realizará a través de volantes informativos repartidos en las principales calles de
las colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel Zimbrón, Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma Hermosa (Conj Hab),
México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de Alba y San Miguel Chapultepec II.
REQUISITOS DE ACCESO
Para ser beneficiarios de los recursos asignados al presupuesto participativo de las colonias Torre Blanca (Ampliación),
Ángel Zimbrón, Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma Hermosa (Conj Hab), México Nuevo, Tlaxpana, Ventura
Pérez de Alba y San Miguel Chapultepec II se sujetará:
* Conforme al proyecto del presupuesto participativo votado por la comunidad y avalado por el Comité Ciudadano,
dentro de los límites establecidos en la distribución territorial marcada por el Instituto Electoral de la Ciudad de
México.
PROCEDIMIENTO DE ACCESO
Para ser beneficiarios del Presupuesto Participativo en las colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel Zimbrón,
Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil, Loma Hermosa (Conj Hab), México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de Alba y San
Miguel Chapultepec II se requiere:
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
Acudir a inscribirse a esta acción institucional en los días y horas que se les indique a los interesados y presentar:
* Identificación Oficial (IFE/INE, Cédula Profesional, Pasaporte, Cartilla de Servicio Militar)
* Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad, que podrá ser: boleta de cobro de derechos por el
suministro de agua, boleta de cobro del impuesto predial, boleta de cobro de servicio telefónico doméstico o boleta
de cobro de suministro de energía eléctrica
* Formato de inscripción a esta actividad institucional
Clave de
Colonia Colonia Sede Fecha Horario
16-004 Torre Blanca
(Ampliación)
Ignacio Allende esquina
Calzada Legaria 03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-012 Ángel Zimbrón
Avenida Azcapotzalco esquina
Lago Gascasónica (Módulo de
Policía)
03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-023 Cuauhtémoc
Pensil
Lago Ginebra esquina Lago
Wetter
(Módulo de Policía)
03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-028 Deportiva Pensil
Abelardo L. Rodríguez esquina
Calle 6
(Área jardinada del Faro del
Saber)
03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 Horas
16-038 Loma Hermosa
(Conj Hab)
Zona comercial de la Unidad
Habitacional 03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-050 México Nuevo Santa Cruz Cacalco esquina
Calzada Legaria 03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-080 Tlaxpana Tonantzin esquina Atzayacatl
(Afuera del Mercado) 03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-083 Ventura Pérez de
Alba
Lago Gran Oso esquina Calzada
Legaria 03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
16-095 San Miguel
Chapultepec II
General Pedro Antonio de los
Santos
(Afuera del Metro Juanacatlán)
03 y 04 Agosto de 2017 10:00 a 14:00 horas
RESTRICCIONES, CAUSALES DE BAJA O SUSPENSION
Restricciones:
* La recepción de documentación y el proceso de registro a la acción institucional, no garantiza la entrega del
apoyo, exclusivamente le permiten a la persona solicitante, participar en el inicio del trámite.
Causales de baja:
* Cuando se compruebe la duplicidad como beneficiario en esta acción institucional.
* Cuando se verifique que el beneficiario no cumple con los requisitos señalados en estos lineamientos.
* Cuando el beneficiario cuente con algún apoyo de la misma naturaleza, por parte de otro programa local o
federal.
* Cuando el beneficiario presente su escrito de renuncia a esta acción institucional por voluntad propia.
* Cuando el beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.
* Cuando el beneficiario interrumpa los trámites estipulados para la entrega de los beneficios que esta acción
institucional otorga.
* Cuando fal-lezca el beneficiario.
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
Suspensión de la acción institucional
Esta acción institucional puede ser suspendida por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna, en los siguientes
supuestos:
* Por causa de fuerza mayor; y/o
* Aquellas que la delegación determine como terminación de la acción institucional.
PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN
* Integración del Padrón de Beneficiarios de la acción institucional.
* La Jefatura de Unidad Departamental de Planeación y Seguimiento integrará el padrón de beneficiarios de la
presente acción institucional.
* El listado de los beneficiarios, será publicado durante el mes de marzo del año posterior a la integración del
padrón, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
OPERACIÓN (BENEFICIARIOS DE LA APLICACIÓN DEL RECURSO).
1. Acudir a inscribirse a esta acción institucional en los días y horas que se les indique a los interesados y presentar
la documentación señalada en el procedimiento de acceso.
2. La Delegación revisará mediante estudio socio económico los requerimientos por domicilio beneficiario.
3. Una vez detectados los domicilios beneficiarios, se pu4blicarán a través de la página de internet de la delegación
www.miguelhidalgo.gob.mx el listado de beneficiarios, en consecuencia se avisará de manera personal a cada
vecino la fecha de aplicación del mismo.
OPERACIÓN (EMPRESA CONTRATADA).
1. Una vez liberado el frente de trabajo de cada colonia para la aplicación del Presupuesto Participativo 2017 en el rubro de
Pintura y Mano de Obra.
2. La empresa realizará las tareas de mejoramiento de fachadas y herrería consistente en la aplicación de pintura vinílica,
pintura de esmalte, aplanados e impermeabilización
3. Una vez aplicado la delegación realizará el recorrido de verificación, donde se supervisen las acciones realizadas en cada
uno de los predios
OPERACIÓN (ASPECTOS GENERALES)
Los datos personales de quienes se vean beneficiados por la aplicación del Presupuesto Participativo 2017 en el rubro de
Pintura y Mano de Obra, en las colonias Torre Blanca (Ampliación), Ángel Zimbrón, Cuauhtémoc Pensil, Deportiva Pensil,
Loma Hermosa (Conj Hab), México Nuevo, Tlaxpana, Ventura Pérez de Alba y San Miguel Chapultepec II así como la
demás información generada y administrada, se regirán por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
Todos los trámites a realizar y los formatos creados para la implementación de esta acción institucional, son gratuitos.
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de
México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
SUPERVISIÓN Y CONTROL
Para la supervisión y control de cada etapa de esta acción institucional además de los mecanismos y documentos
considerados en estos lineamientos, la Delegación se podrá auxiliar de plataformas tecnológicas, medios magnéticos,
instrumentos tecnológicos, software y/o sistemas que garanticen un control eficiente y eficaz.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
PROCEDIMIENTO DE QUEJA E INCONFORMIDAD
La población podrá interponer una inconformidad o queja por medio de una entrevista directa con el funcionario
responsable de la acción institucional o a través del buzón de la Delegación, localizado en Parque Lira número 94, Colonia
Observatorio, Delegación Miguel Hidalgo.
En todo momento, las personas interesadas podrán presentar quejas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, sita
en Calle Vallarta, Número 13, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la
Delegación Miguel Hidalgo, sito en calle Monte Altai, esquina con Calle Alpes, Colonia Lomas de Chapultepec. También
podrá registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la
Contraloría General de la Ciudad de México.
TRANSITORIO
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 01 de agosto de 2017
(Firma)
Lic. Efraín Morales Gómez
Director de Participación Ciudadana
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
ING. MARÍA GABRIELA SALIDO MAGOS en mi carácter de Directora Ejecutiva de Desarrollo Social en la
Delegación Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto 97, 102, 102 Bis de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal; artículos 27, 32, 33, 37, 38, 38 Bis, 40 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; por los
artículos 120, 121, 122 Bis fracción XI inciso I y artículo172 septies fracciones XIV, XXII y XXXI del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal, así como el Marco Conceptual para la definición de criterios en la
creación y modificación de programas y acciones sociales publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 65 del 11
de mayo de 2017, y del Acuerdo por el que se Delegan en el Titular de la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Social las
Facultades que se Indican, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 23 del 3 de marzo de 2016, emito el
siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN SOCIAL
“FORTALECIMIENTO DE VALORES FAMILIARES EN JÓVENES, A TRAVÉS DE LAS ARTES
ESCÉNICAS” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO.
DESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL
Los jóvenes son un sector de la población con presencia significativa en nuestra sociedad y en el desarrollo de los distintos
espacios en los que se involucran, y es precisamente en el marco de los Programas de Desarrollo Social de la Delegación
Miguel Hidalgo, que se encuentran plasmadas las acciones en el fomento del desarrollo de la población juvenil. Por ello,
labor importante de la presente administración delegacional reconocer la diversidad de las expresiones adolescentes y
juveniles es tal vez uno de los aspectos más relevantes para asegurar su participación y la construcción de su ciudadanía. No
se restringe a la participación ni a la expresión a través de medios predefinidos por los adultos. Existen manifestaciones
culturales que le son específicas, imposible de categorizar por su constante transformación, y es a través de ellas que los
adolescentes y jóvenes hacen escuchar su voz y exteriorizan su percepción del mundo.
La construcción de la juventud en nuestra sociedad se encuentra marcada por distintos factores sociales, entre los que
podemos encontrar posiciones políticas, artísticas, preferenciales sexuales, formas de expresión, entre otras, pero también el
entorno social es un elemento que incide en la configuración de su identidad, y es precisamente las condiciones de
vulnerabilidad y pobreza que han sido parte de esta construcción. Y son los espacios de participación juvenil, parte
importante en la conformación de las juventudes, siendo las artes escénicas y la cultura un eje temático en el desarrollo de
su identidad, y un campo de exploración que debe acercársele a una población en situación de riesgo ante las problemáticas
que pudieran aquejar y con esto promover factores positivos en el crecimiento de los jóvenes.
Teniendo en el diseño artístico, y en específico, en el género musical, la oportunidad de apreciar cada uno de los elementos
que integran las artes escénicas, como es la conjunción de lo visual y de lo auditivo, en un espacio tridimensional y con
elementos en movimiento, esto en un universo de interpretación, a través de una temática que tiene como propósito
fortalecer las relaciones familiares y el sentido de pertenencia a su núcleo familiar.
Además, dicha acción social contará con la participación de un grupo operativo, el cual serán personas que contribuyan en
la operación de la acción social auxiliando en el funcionamiento, control y coordinación de los beneficiarios de esta acción
(coordinadores, supervisión, registro de asistencia, recopilación de documentación, orientación informativa de la acción y
logística).
ÁREAS RESPONSABLES DE LA ACCIÓN SOCIAL
Delegación Miguel Hidalgo. Órgano político-administrativo:Directamente responsable de la ejecución de la acción
social.
Dirección Ejecutiva de Desarrollo Social:Seguimiento, verificación, supervisión y control.
Subdirección de Centros de Desarrollo Humano:Operar e instrumentar la acción social, integración del padrón de
beneficiarios, concentración, resguardo y sistematización de documentación.
Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales:Coadyuvará en el resguardo de la documentación de los
beneficiarios.
Dirección Ejecutiva de Servicios Internos: Realizar los procesos de adjudicación y pago a los agentes involucrados en
esta acción social.
OBJETIVOS Y ALCANCES
•Fortalecer la identidad en los jóvenes, niñas y niños por medio de prácticas culturales y recreativas que permitan la
generación de comunidades libres de violencia y sentido de pertenencia para su desarrollo personal y social.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
•Promover la diversidad cultural y el libre acceso a los bienes y servicios culturales en los jóvenes, niñas y niños.
•Aportar desde espacios culturales y artísticos, la construcción de ciudadanía en los jóvenes, niñas y niños.
METAS FÍSICAS
•Hasta 1,000 jóvenes, niñas y niños habitantes de la Zona Metropolitana del Valle de México que asistirán a una práctica
cultural-artística que fomentará el aprendizaje orientado al desarrollo de habilidades y actitudes para su desarrollo personal,
familiar y social.
•Hasta 470 auxiliares habitantes de la Zona Metropolitana del Valle de México que asistirán para contribuir en la operación
de la acción social auxiliando en el funcionamiento, control y coordinación de los jóvenes, niñas y niños de esta acción
(coordinadores, supervisión, registro de asistencia, recopilación de documentación, orientación informativa de la acción y
logística).
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Presupuesto anual para la acción social: $515,000.00 (Quinientos quince mil pesos 00/100 M.N.) para realizar la presente
acción social.
•Hasta $515,000.00 (Quinientos quince mil setecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) para el espacio cultural-artístico para
impulsar en el jóvenes, niñas y niños la experiencia de aprendizaje en un entorno de artes escénicas; a través de una
temática que tiene como propósito fortalecer las relaciones familiares y el sentido de pertenencia a su núcleo familiar.
Presupuesto por beneficiario:
•Hasta $350.00 (trescientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) por única vez, por beneficiario y/o auxiliares que contribuyan en
la operación de esta acción social, apoyando en el funcionamiento, control y coordinación de los jóvenes, niñas y niños de
esta acción (coordinadores, supervisión, registro de asistencia, recopilación de documentación, orientación informativa de la
acción y logística); a través de una temática que tiene como propósito fortalecer las relaciones familiares y el sentido de
pertenencia a su núcleo familiar; el servicio que el espacio cultural ofrezca relacionado al acceso de los participantes al
espectáculo musical en las instalaciones del recinto.
DIFUSIÓN, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
Difusión
La promoción e información relativa a la presente acción social se realizará a través de los medios electrónicos y redes
sociales institucionales, así como aquellos que consideren pertinentes las áreas responsables de esta acción social.
Requisitos de Acceso
Para el espacio cultural-artística:
•Contar con el convenio o contrato de colaboración respectivo con la Delegación Miguel Hidalgo en donde se suscribe el
compromiso de realizar los objetivos señalados de esta acción social.
Para solicitar acceso a la acción social, los interesados deberán:
Beneficiario:
•Ser de nacionalidad mexicana.
•Ser residentes de la Zona Metropolitana del Valle de México.
•Ser parte del padrón de beneficiarios de algunos de los Programas Sociales 2017, y/o usuarios de una de las instalaciones
dependientes de la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Social.
•Realizar registro en el formato que le sea proporcionado al momento de su solicitud.
Auxiliares:
•Ser de nacionalidad mexicana.
•Ser residentes de la Zona Metropolitana del Valle de México.
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
•Realizar registro en el formato que le sea proporcionado al momento de su solicitud.
•Apoyar en la operación de esta acción social, auxiliando en el funcionamiento, control y coordinación de los jóvenes, niñas
y niños.
Para la entidad especialista en la materia:
•Contar con el convenio de colaboración y/o contrato de prestación de servicios respectivos suscritos con la Delegación
Miguel Hidalgo, en donde se señale el objeto establecido para esta acción social.
Procedimiento de Acceso
Las personas interesadas en acceder al apoyo de la presente acción social, además de los anteriores, deberán presentar la
siguiente documentación en original para cotejo y en copia fotostática simple para la conformación del expediente
respectivo:
Por ser participante de esta acción social, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
Beneficiario:
•Identificación oficial vigente con domicilio en la Zona Metropolitana del Valle de México.
•Clave Única de Registro de Población (CURP), sólo si la identificación oficial vigente no lo trae.
•Realizar el registro en el formato, con el personal que la Subdirección de Centros de Desarrollo Humano designe, así como
el día, horario y puntos de recepción para los interesados.
Auxiliar:
•Identificación oficial vigente con domicilio en la Zona Metropolitana del Valle de México.
•Clave Única de Registro de Población (CURP), sólo si la identificación oficial vigente no lo trae.
•Realizar el registro en el formato, con el personal que la Subdirección de Centros de Desarrollo Humano designe, así como
el día, horario y puntos de recepción para los interesados.
En caso de ser menor de edad, deberán presentar, además de los anteriores, la siguiente documentación del padre o
tutor:
Beneficiario:
•Identificación oficial vigente con domicilio en la Zona Metropolitana del Valle de México, del padre o tutor.
•Clave Única de Registro de Población (CURP), sólo si la identificación oficial vigente no lo trae.
RESTRICCIONES, CAUSALES DE BAJA O SUSPENSIÓN
Restricciones
La recepción de documentación y el proceso de registro, no garantiza el acceso a la acción social, únicamente le permite a la
persona solicitante, participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la revisión de la documentación para
determinar si la persona solicitante se ajusta o no a los presentes Lineamientos.
Causales de baja •Cuando se verifique que el beneficiario no cumple con los requisitos señalados en estos Lineamientos.
•Cuando el beneficiario presente su escrito de renuncia a esta acción social por voluntad propia.
•Cuando el beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.
•Cuando el beneficiario interrumpa los trámites estipulados para la entrega de los beneficios que esta acción social otorga.
•Cuando fallezca la persona beneficiaria de la presente acción social.
•Cuando se actualice alguna de las causales de baja señaladas en el presente Lineamiento.
Suspensión de la acción social Esta acción social puede ser suspendida por la Delegación Miguel Hidalgo sin incurrir en responsabilidad alguna, en los
siguientes supuestos:
-Por causa de fuerza mayor; y/o
-Aquellas que la Delegación determine como terminación de la acción social.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
Una vez que hayan cesado las causas que dieron origen a la suspensión, siempre y cuando las circunstancias de
temporalidad y presupuestal lo permitan, se dará continuidad a la acción social.
PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN
Integración del Padrón de Beneficiarios de la Acción Social
La Subdirección de Centros de Desarrollo Humano integrará el padrón de beneficiarios de la presente acción social.
Una vez generado el padrón de beneficiarios, será impreso y publicado en los medios electrónicos institucionales que
designe la Delegación Miguel Hidalgo.
Operación
1. Acudir a inscribirse a esta acción social en el día y hora que designe la Subdirección de Centros de Desarrollo Humano,
asimismo, los interesados deberán presentar la documentación marcada en el procedimiento de acceso. Únicamente se
recibirán las solicitudes en la fecha y hora señalada.
2. Se recopilará la documentación señalada en el procedimiento de acceso por el personal operativo que designe el
responsable de esta acción social.
3. Los datos personales de quienes soliciten el apoyo, así como la demás información generada y administrada, se regirán
por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de
México, así como, por la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
4. Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la
Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
SUPERVISIÓN Y CONTROL
La Dirección Ejecutiva de Desarrollo Social, será la responsable de la validación final de cada una de las etapas que den
cumplimiento a la implementación de la Acción Social, para lo cual se podrá auxiliar de plataformas tecnológicas, medios
magnéticos, instrumentos tecnológicos, software y/o sistemas que garanticen un control eficiente y eficaz en la aplicación
de los presentes Lineamientos.
Con la finalidad de contribuir a la transparencia y al cumplimiento de los presentes Lineamientos se recurrirá a la Comisión
Técnica de Seguimiento y Supervisión de los Programas Sociales de Desarrollo Social, con el objetivo de contribuir a la
transparencia y al cumplimiento de los mismos.
Cabe mencionar que la Comisión Técnica tendrá como objeto tomar acuerdos sobre casos y situaciones especiales no
contemplados en los presentes Lineamientos con la finalidad de dar certeza a los solicitantes y beneficiarios de esta Acción
de Desarrollo Social, así como vigilar la adecuada ejecución del mismo.
PROCEDIMIENTO DE QUEJA E INCONFORMIDAD
La población podrá interponer una inconformidad o queja por medio de una entrevista directa con el funcionario
responsable de la acción institucional o a través del buzón de la Delegación, localizado en Parque Lira número 94, Colonia
Observatorio, Delegación Miguel Hidalgo.
En todo momento, las personas interesadas podrán presentar quejas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, sita
en Calle Vallarta, Número 13, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la
Delegación Miguel Hidalgo, sito en calle Monte Altái, esquina con Calle Alpes, Colonia Lomas de Chapultepec. También
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
podrá registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la
Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la
Contraloría General de la Ciudad de México.
TRANSITORIO
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 06 de noviembre de 2017.
(Firma)
ING. MARÍA GABRIELA SALIDO MAGOS
DIRECTORA EJECUTIVA DE DESARROLLO SOCIAL
EN MIGUEL HIDALGO
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Delegación Milpa Alta
Convocatoria para Licitación Pública Internacional
María de Lourdes García Villalba, Directora General de Administración en la Delegación Milpa Alta, en observancia al Artículo 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 26, 27 Inciso a), 28 párrafo primero, 30 fracción II , 32 fracción IV y 43 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, Convoca a Proveedores que reúnan los requisitos establecidos en las bases del presente concurso, para participar en la
Licitación Pública Internacional No. 30001027 002 2017, para la Adquisición de Autobús, Maquinaria y Motocicletas.
No. Licitación Costo de las
Bases
Fecha Límite para
Adquirir Bases Junta de Aclaración de Bases
Presentación de Doc.
Legal, Propuesta
Técnica. y Económica.
Fallo de
Adjudicación
30001027 002 2017 $ 500.00 10-Noviembre-2017 13-Noviembre-2017 14-Noviembre-2017 15-Noviembre-2017
14:00 Horas 11:00 Horas 13:00 Horas 13:00 Horas
Partida Clave CABMS Descripción Cantidad U. M.
1 5413000016 Autobús 1 Unidad
2 5631000288 Minicargador 1 Equipo
3 5631000278 Plataforma de elevación tipo tijera 1 Equipo
4 5491000012 Motocicletas 7 Unidad
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada
en Avenida Constitución Esquina Andador Sonora S/N, Edificio Morelos, Planta Baja, Col. Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de
México, Teléfono 58 62 31 50 Ext. 1320. En un horario de 9:00 a las 14:00 horas, los días 8, 9 y 10 de Noviembre de 2017.
Los eventos para esta licitación se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Jefatura Delegacional, ubicada en Av. Guanajuato Poniente S/N, esquina con
Av. México Norte, Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México.
Lugar, plazo de entrega, y condiciones de pago se indican en las bases de licitación.
El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español y las propuestas económicas serán en precios fijos y en moneda nacional.
El pago para adquirir las bases podrá realizarse mediante cheque certificado o de caja, expedido por institución bancaria nacional autorizada a favor de la
Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
No podrán participar los proveedores que se encuentren en alguno de los supuestos de los Artículos 39 y 39 Bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
En esta licitación no se otorgarán anticipos.
Ciudad de México, a 2 de Noviembre de 2017
(Firma)
María de Lourdes García Villalba
Directora General de Administración.
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Delegación Milpa Alta
Convocatoria para Licitación Pública Internacional
María de Lourdes García Villalba, Directora General de Administración en la Delegación Milpa Alta, en observancia al Artículo 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 26, 27 Inciso a), 28 párrafo primero, 30 fracción II , 32 fracción IV y 43 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, Convoca a Proveedores que reúnan los requisitos establecidos en las bases del presente concurso, para participar en la
Licitación Pública Internacional No. 30001027 003 2017, para la Adquisición de Equipo para Sala de Expulsión.
No. Licitación Costo de las
Bases
Fecha Límite para
Adquirir Bases Junta de Aclaración de Bases
Presentación de Doc.
Legal, Propuesta
Técnica. y Económica.
Fallo de
Adjudicación
30001027 003 2017 $ 500.00 10-Noviembre-2017 13-Noviembre-2017 14-Noviembre-2017 15-Noviembre-2017
14:00 Horas 15:00 Horas 17:00 Horas 17:00 Horas
Partida Clave CABMS Descripción Cantidad U. M.
1 5311000700
Equipo para Sala de Expulsión (Banco giratorio con respaldo,
cuna térmica, mesa de mayo, mesa de riñón, mesa pasteur, mesa
quirúrgica, monitor de signos vitales, portacubeta de patada,
porta lebrillos doble, riel porta venoclisis, unidad de
electrocirugía, bancos de altura, lámpara para cirugía, equipo
ultrasonido y aspirador quirúrgico)
1 Equipo
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada
en Avenida Constitución Esquina Andador Sonora S/N, Edificio Morelos, Planta Baja, Col. Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de
México, Teléfono 58 62 31 50 Ext. 1320. En un horario de 9:00 a las 14:00 horas, los días 8, 9 y 10 de Noviembre de 2017.
Los eventos para esta licitación se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Jefatura Delegacional, ubicada en Av. Guanajuato Poniente S/N, esquina con
Av. México Norte, Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, C.P. 12000, Ciudad de México.
Lugar, plazo de entrega, y condiciones de pago se indican en las bases de licitación.
El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español y las propuestas económicas serán en precios fijos y en moneda nacional.
El pago para adquirir las bases podrá realizarse mediante cheque certificado o de caja, expedido por institución bancaria nacional autorizada a favor de la
Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.
No podrán participar los proveedores que se encuentren en alguno de los supuestos de los Artículos 39 y 39 Bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
En esta licitación no se otorgarán anticipos.
Ciudad de México, a 2 de Noviembre de 2017
(Firma)
María de Lourdes García Villalba
Directora General de Administración.
8 de Noviembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
JUAN ULISES NIETO MENDOZA
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,824.00
Media plana ............................................................................................ 981.00
Un cuarto de plana ................................................................................. 610.70
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.
Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,
Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.
www.comisa.cdmx.gob.mx
(Costo por ejemplar $26.50)