I Publicidad Valor 164 LE… · Duración Programa IConductor Medio I Motivol Publicidad Valor Spot...

3
Por estas consideraciones y de conformidad con la citada Ley, EL PRODUCTORA cumple con las condiciones para que efectúe la cobertura de servicios publicitarios que / .\\\t \~ requiere el ANUNCIANTE. /Ó: (';~ ~~;~ t, c.' '. ;'¡i EL PRODUCTORA, se compromete a cumplir con el servicio de publicidad, según ~?.aii\~\'<':" 4i,J las especificaciones técnicas requeridas, las mismas que se detallan: ~w.C\\~sY/ Conste por el presente documento de Prestación de Servicios Publicitarios que suscribe de una parte doña LEYLA MARIELA PERALES NUÑEZ identificado con DNIo 41080293,con domicilio en calle Nacionalismo 210- 9 de Octubre, representante del Programa TV Noticias Canal 21; a quien en adelante se denominará el PRODUCTORA y por la Municipalidad Provincial de Chiclayo con RUC N°20141784901 con domicilio en la calle Grau N°152 de ésta ciudad, debidamente representada por su Gerente General DR. CESAR REGALADO RODRIGUEZ, quien en adelante se le denominará EL ANUNCIANTE, bajo los términos y condiciones siguientes: 1. ANTECEDENTES: EL ANUNCIANTE, es una entidad que se dedica a la prestación de servicios públicos municipales, refrendados por la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, con autonomía presupuestal, economía y administrativa en los asuntos de su competencia. LA PRODUCTORA es una persona jurídica o natural, dedicada a la producción de programas informativos, musicales de radio y televisión o de producciones periodísticas impresas, representando a Programa TV Noticias Canal 21, se celebra el presente Contrato de Servicios Publicitarios cuya vigencia rige desde el 1 al 30 de Diciembre 2013 EL ANUNCIANTE, deberá alcanzar a la PRODUCTORA según corresponda: • Para audio: Un spot publicitario para insertar en la Pauta Publicitaria del medio I contratado detallando motivo, contenido y tiempo de duración. 2. OBJETIVO DEL CONTRATO: El Anunciante asume conocer con precisión que de acuerdo al Art.Z" de la Ley N°28874 Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidad institucional, aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como: el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias. En ese sentido y para efectos del presente contrato se ha diseñado el spot para radio de la siguiente campaña: • Difusión de Spots : Recuento de Obras 2013 y Saludo de Navidad Institucional

Transcript of I Publicidad Valor 164 LE… · Duración Programa IConductor Medio I Motivol Publicidad Valor Spot...

Page 1: I Publicidad Valor 164 LE… · Duración Programa IConductor Medio I Motivol Publicidad Valor Spot y Horario Cantidad Pauta TVNORTE Difusión de Spots.. 1Min. CANAL 21 Recuento de

Por estas consideraciones y de conformidad con la citada Ley, EL PRODUCTORAcumple con las condiciones para que efectúe la cobertura de servicios publicitarios que

/ .\\\t \~ requiere el ANUNCIANTE./Ó: (';~ ~~;~ t,

c.' '. ;'¡i EL PRODUCTORA, se compromete a cumplir con el servicio de publicidad, según~?.aii\~\'<':" 4i,J las especificaciones técnicas requeridas, las mismas que se detallan:~w.C\\~sY/

Conste por el presente documento de Prestación de Servicios Publicitarios que suscribe de unaparte doña LEYLA MARIELA PERALES NUÑEZ identificado con DNIo 41080293,condomicilio en calle Nacionalismo 210- 9 de Octubre, representante del Programa TV NoticiasCanal 21; a quien en adelante se denominará el PRODUCTORA y por la MunicipalidadProvincial de Chiclayo con RUC N°20141784901 con domicilio en la calle Grau N°152 de éstaciudad, debidamente representada por su Gerente General DR. CESAR REGALADORODRIGUEZ, quien en adelante se le denominará EL ANUNCIANTE, bajo los términos ycondiciones siguientes:

1. ANTECEDENTES:EL ANUNCIANTE, es una entidad que se dedica a la prestación de servicios públicosmunicipales, refrendados por la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, conautonomía presupuestal, economía y administrativa en los asuntos de su competencia.LA PRODUCTORA es una persona jurídica o natural, dedicada a la producción deprogramas informativos, musicales de radio y televisión o de producciones periodísticasimpresas, representando a Programa TV Noticias Canal 21, se celebra el presenteContrato de Servicios Publicitarios cuya vigencia rige desde el 1 al 30 de Diciembre2013

EL ANUNCIANTE, deberá alcanzar a la PRODUCTORA según corresponda:• Para audio: Un spot publicitario para insertar en la Pauta Publicitaria del medio I

contratado detallando motivo, contenido y tiempo de duración.2. OBJETIVO DEL CONTRATO:

El Anunciante asume conocer con precisión que de acuerdo al Art.Z" de la Ley N°28874Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidad institucional, aquellaque tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como: el ahorrode energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entreotras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de lasentidades y dependencias. En ese sentido y para efectos del presente contrato se hadiseñado el spot para radio de la siguiente campaña:

• Difusión de Spots : Recuento de Obras 2013 y Saludo de NavidadInstitucional

Page 2: I Publicidad Valor 164 LE… · Duración Programa IConductor Medio I Motivol Publicidad Valor Spot y Horario Cantidad Pauta TVNORTE Difusión de Spots.. 1Min. CANAL 21 Recuento de

Duración Programa I Conductor Medio I Motivol Publicidad ValorSpot y Horario

CantidadPauta

TVNORTE Difusión de Spots ..1Min. CANAL 21 Recuento de Obras

I02 sptos TvNOTICIAS 2013 y Saludo de SI. 500.00CONDUCTOR: De 1:00 a 2:00 Navidad InstitucionalCESAR MECHATO PM.IMAN lunes a sábado .

3. DURACION DEL CONTRATO:La vigencia de este Contrato de Difusión rige del 1 al 30 de Diciembre 2013

4. CONFORMACION DEL SERVICIO:La conformidad del servicio publicitario contratado estará a cargo del Gerente de I

Relaciones Públicas de la institución ANUNCIANTE, encargándose a esta oficina laresponsabilidad de verificar que el servicio brindado por EL PRODUCTORA guardeestricta conformidad con las especificaciones técnicas ofrecidas, pudiendo sugerir lasobservaciones que se estimen convenientes o la suspensión del contrato SI fuera preCISO.

Queda claramente establecido que la conformidad que manifieste la Gerencia deRelaciones Públicas reserva el derecho del ANUNCIANTE para efectuar reclamosposteriores por defectos o vicios que se constate en la prestación del serviciopublicitario, sin perjuicio del pago de requerir la indemnización por daños y perjuiciosocasionados o las sanciones administrativas de conformidad con lo dispuesto en el Art.1770 y 1780 del D.S. N° 184-2008-PCM, Reglamento de Contrataciones con el Estado.

5. FORMA DE PAGOEL ANUNCIANTE, se obliga a garantizar el inicio adecuado de los trámites para lacancelación de los servicios publicitarios correspondiendo al PRODUCTORA seguirde cerca el trámite respectivo hasta su cancelación.

TARIFAS PUBLICITARIAS:Las tarifas que se definen para la contratación de avisos deberá guardar relación con lasproformas vigentes en el medio local y al momento del contrato.

7. CAUSALES DE RESOLUCION:EL ANUNCIANTE, resolverá el presente contrato por alguna de las siguientescausales:

• Por incumplimiento o retraso injustificado de cualquiera de las obligaciones dela PRODUCTORA en los términos ylo plazos pactados entre las partescontratantes.

• Por alguna razón de fuerza mayor que obligue al ANUNCIANTE, a retirar losavisos publicitarios que considere la campaña ..

Page 3: I Publicidad Valor 164 LE… · Duración Programa IConductor Medio I Motivol Publicidad Valor Spot y Horario Cantidad Pauta TVNORTE Difusión de Spots.. 1Min. CANAL 21 Recuento de

• Por no subsanar las deficiencias, carencias o fallas en los servicios, materia delpresente contrato, de manera inmediata.

• Por la presentación de documentos falsos o adulterados en el trámite delcontrato como por la difusión de información falsa o inexacta, que propale elPRODUCTORA y que afecte directa o indirectamente al ANUNCIANTE.

• Primera Clausula Adicional: EL ANUNCIANTE, podrá retirarse del auspicioavisando con 15 días útiles de anticipación, igualmente el PRODUCTORA podráextender, recortar o suspender su programa, poniendo en conocimiento delANUNCIANTE su determinación en plazo similar. Transcurrido este plazo, seentiende que el contrato queda resuelto. Queda perfectamente establecido que elANUNCIANTE no estará obligado a pagar sino por la publicidad efectivamenteconsumida a la fecha en que se produce la resolución del contrato.

En caso que el ANUNCIANTE haya recibido pagos adelantados por publicidad, noefectivamente consumida, el PRODUCTORA estará obligado a su devolución en unplazo máximo de cinco días calendarios, posteriores a la fecha en que queda resuelto elpresente contrato. De transcurrir dicho plazo sin realizarse la referida devolución, elPRODUCTOR quedará automáticamente constituido en mora.

Segunda Cláusula Adicional: Queda establecido que de existir contradicción entre lostérminos de las cláusulas especificas y los términos generales del presente contrato, sepreferirá siempre la aplicación de las cláusulas especificas.

Estando ambas partes de acuerdo con todo lo descrito, para mayor conformidadfirmamos en la fecha.

LES NUÑEZ