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I.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
I.14.1. ANTECEDENTES
Con fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007, se creó la Secretaría de Educación, con
objeto de “sentar las bases para sustentar el futuro de las próximas generaciones a través
del proyecto de la Ciudad Educadora, de los Aprendizajes y del Conocimiento, además del
ineludible compromiso de operar la transferencia de los servicios educativos administrados
por el Gobierno Federal y mantener funcionando los servicios que actualmente proporciona
el gobierno de la ciudad, de manera sustentable eficiente y con altos estándares de
calidad en el Distrito Federal”.
Atribuciones
El artículo 23 Quáter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, con
reformas del 6 de febrero de 2007 y del 24 de enero y 5 de diciembre de 2008, establece
las atribuciones de la Secretaría de Educación:
“Artículo 23 Quáter.- A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las materias
relativas a la función educativa y al deporte.
”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
”I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios
del Sistema Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia;
”II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito
Federal las leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales;
”III. Impulsar y fortalecer la educación pública;
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”IV. Vigilar que la educación que impartan los particulares en planteles incorporados
al sistema educativo del Distrito Federal se sujete a las normas establecidas;
”V. Prestar servicios bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al
sistema educativo del Distrito Federal, a la innovación educativa y a la investigación
científica, tecnológica y humanística, en concurrencia con la Federación;
”VI. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones de promoción
y difusión de la investigación científica y la innovación tecnológica;
”VII. Recibir y sistematizar la información que en materia de investigación científica e
innovación tecnológica reciba de las instituciones académicas y centros de investigación
públicos y privados, y operar un sistema de consulta al servicio de las dependencias,
órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal y público en general;
”VIII. Instrumentar la coordinación y distribución educativa entre la Federación y el Distrito
Federal conforme a las aportaciones económicas correspondientes que fijen las
Leyes Federales;
”IX. Formular, fomentar y ejecutar políticas y programas que contribuyan a elevar
los niveles y la calidad de la educación en el Distrito Federal;
”X. Fomentar la participación de las comunidades educativas, de las instituciones
académicas y de investigación y de la sociedad en general, en las actividades que
tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública. Asimismo,
podrán opinar en asuntos pedagógicos;
”XI. Desarrollar y ejecutar la política deportiva que determine el Jefe de Gobierno
de conformidad con la Ley del Deporte para el Distrito Federal; estableciendo los
espacios, dentro de las escuelas del Distrito Federal, con la infraestructura humana,
inmobiliaria y material necesaria y adecuada para el desarrollo de actividades
relacionadas con la Educación Física y la Práctica Deportiva;
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”XII. Dirigir el Sistema del Deporte del Distrito Federal a través del Instituto del Deporte;
”XIII. Contribuir al desarrollo integral de las y los jóvenes del Distrito Federal, a través
del Instituto de la Juventud del Distrito Federal;
”XIV. Desarrollar y ejecutar todo tipo de programas de apoyo social que incidan en el proceso
educativo en el Distrito Federal; y
“XV. Coordinar con los titulares de los Órganos Político Administrativos de cada
demarcación territorial, las tareas de rehabilitación y mantenimiento de las escuelas
del Distrito Federal, así como el adecuado funcionamiento de todas y cada una de
las instalaciones, incluyendo dentro de estas las relativas a la instalación obligatoria
de bebederos de agua potable; y
“XVI. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”
Situación Presupuestal
A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Educación
correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:
EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto 2008 2007 Variación Importe
(1)
%
Importe
(2)
%
Importe (1) - (2)
(3)
% (3) / (2)
(4) Presupuesto original
Gasto total 1,287,059.7 100.0 0.0 n.a. 1,287,059.7 100.0 Corriente 1,287,059.7 100.0 0.0 n.a. 1,287,059.7 100.0
Presupuesto ejercido
Gasto total 340,259.3 100.0 510,093.8 100.0 (169,834.5) (33.3) Corriente 332,860.8 92.3 470,740.4 92.3 (137,879.6) (29.3) De capital 7,398.5 7.7 39,353.4 7.7 (31,954.9) (81.2)
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 906-910; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido 2008/2007, pp. 198-200.
n.a. No aplicable.
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GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Programado Ejercido Variación
(1)
(2)
Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4)
2008
Gasto total 1,287,059.7 340,259.3 (946,800.4) (278.3)
Corriente 1,287,059.7 332,860.8 (954,198.9) (286.7)
De capital 0.0 7,398.5 7,398.5 n.a.
2007
Gasto total 0.0 510,093.8 510,093.8 n.a.
Corriente 0.0 470,740.4 470,740.4 n.a.
De capital 0.0 39,353.4 39,353.4 n.a.
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 906-910; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido 2008/2007, pp. 198-200.
n.a. No aplicable.
En 2008, la Secretaría de Educación tuvo una asignación para gasto programable
de 1,287,059.7 miles de pesos, que representó el 1.3% del importe total programado del
Sector Central del Gobierno del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó
340,259.3 miles de pesos, que representaron el 0.3% del monto ejercido por ese sector
(112,100,188.7 miles de pesos).
Los presupuestos programado y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
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GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Programado Ejercido Variación
Importe
(1)
%
Importe
(2)
%
Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4)
Gasto total 1,287,059.7 100.0 340,259.3 100.0 (946,800.4) 73.6
Corriente 1,287,059.7 100.0 332,860.8 97.8 (954,198.9) (74.1)
“Servicios Personales” 17,244.7 1.3 14,827.0 4.4 (2,417.7) (14.0)
“Materiales y Suministros” 10,836.2 0.8 7,305.9 2.1 (3,530.3) (32.6)
“Servicios Generales” 122,754.0 9.6 220,484.6 64.8 97,730.6 79.6
“Transferencias” 1,136,224.8 88.3 90,243.3 26.5 (1,045,981.5) (92.1)
De capital 0.0 n.a. 7,398.5 2.2 7,398.5 n.a.
“Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 n.a. 7,398.5 2.2 7,398.5 n.a.
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1229-1232.
n.a. No aplicable.
Principales Programas
En 2008, la Secretaría de Educación ejecutó diversos programas, de los Ejes Estratégicos
“Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes” y “Equidad”, entre los
que destacan los siguientes:
1. Eje Estratégico “Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes”
Mediante el programa no prioritario 5 “Conducción y Coordinación de la Política de
Desarrollo”, actividad institucional 09 “Coordinar políticas sectoriales”, la Secretaría
de Educación desarrolló el programa “Formación de Facilitadores para la Atención a los
Centros de Transformación Educativa”, dirigido a los distintos perfiles étnicos, lingüísticos
y con discapacidad. Asimismo, con la participación de los facilitadores en procesos de
formación, se realizó la prospección en campo de las 16 Delegaciones del Distrito Federal
para la instalación de Centros de Transformación Educativa, así como el diagnóstico
de las necesidades educativas de la población con alto grado de marginación.
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2. Eje Estratégico “Equidad”
Por medio del programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, actividad institucional
09 “Otorgar estímulos a mujeres adolescentes y niños para concluir su educación”, la
dependencia buscó generar una oferta educativa alternativa a la tradicional, pertinente
y de calidad que responda a las necesidades específicas de los grupos poblacionales de
mayor marginación, con objeto de hacer frente a la deuda educativa con dichos grupos
poblacionales.
Con el programa prioritario 17 “Educación” actividad institucional 02 “Operar el Sistema
de Educación Media y Media Superior”, se dio continuidad al convenio celebrado con la
Universidad Nacional Autónoma de México para proseguir con el programa de bachillerato
a distancia. Lo anterior, por considerar que la educación a distancia es la opción que ofrece el
Gobierno del Distrito Federal a jóvenes y adultos que por diversas razones no han podido
cursar el bachillerato en la modalidad presencial, como una modalidad innovadora y con
materiales desarrollados por destacados profesores universitarios.
En la actividad institucional 05 “Evaluar el Programa Integral de Mantenimiento de
Escuelas (PIME)”, el objetivo principal fue resguardar la integridad física de profesores
y alumnos de educación básica. Por ello, como instancia responsable de diseñar políticas
en el ámbito educativo, la Secretaría de Educación realizó visitas e inspecciones a la
infraestructura física de nivel básico de las 16 Delegaciones Políticas, con la finalidad
de determinar las necesidades de mantenimiento de cada inmueble, para que, a través de
los órganos político-administrativos se dé el mantenimiento necesario a los inmuebles.
En ese contexto, la dependencia firmó un convenio de colaboración con la Universidad
Nacional Autónoma de México, denominado “Reducción de Vulnerabilidad de la Infraestructura
Física Educativa de nivel Básico en el Distrito Federal”.
Tipos de Revisión
En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal realizó una financiera y una de desempeño a la Secretaría
de Educación.
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I.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA
I.14.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”
Auditoría ASC/129/08
ANTECEDENTES
En 2008, la Secretaría de Educación (SE) tuvo un presupuesto asignado de 122,754.1 miles
de pesos en el capítulo 3000 “Servicios Generales” y ejerció un monto de 220,484.6 miles de
pesos, es decir, 97,730.5 miles de pesos (79.6%) más que lo previsto. Respecto a lo ejercido
en 2007, por 63,948.8 miles de pesos, se registró un incremento de 156,535.8 miles de
pesos (244.8%).
Del presupuesto ejercido por la SE en el capítulo 3000, destacó el correspondiente a las
partidas 3301 “Honorarios”, por 137,676.5 miles de pesos (el 62.4% del monto ejercido en el
capítulo), y 3411 “Servicios de Vigilancia”, por 30,471.5 miles de pesos (el 13.8% de lo erogado
en el capítulo).
En el apartado “Explicaciones a las Causas de Variación en los Egresos por Capítulo de
Gasto” de la Cuenta Pública de 2008, la dependencia informó: “La variación que se presenta
se derivó principalmente a las ampliaciones autorizadas para la partida 3301 ‘Honorarios’,
arrendamientos de edificios y locales, gastos de difusión de servicios públicos y campañas
de información, la reducción del gasto en el servicio de fotocopiado, así como una
sobreestimación en los costos de servicio de Internet, de la Secretaría, como en el sistema
de Bachillerato a Distancia, una disminución del gasto de servicios telefónicos, y de energía
eléctrica, así como en la póliza de seguros de los bienes patrimoniales”.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por la
Secretaría de Educación con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se haya ajustado
al presupuesto autorizado y ejercido; que se encuentre justificado, comprobado, devengado
y registrado de conformidad con la normatividad aplicable.
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CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se programó atendiendo los criterios generales de “Importancia Relativa”,
“Exposición al Riesgo” y “Presencia y Cobertura”, contenidos en el Manual de Selección de
Auditorías expedido el 11 de julio de 2007.
Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se consideran los rubros de gasto e inversión,
programas y los sistemas que involucran recursos considerables y que presentan variaciones
importantes de los montos presupuestados en relación con los ejercidos.
El criterio “Exposición al Riesgo” toma en cuenta preferentemente los sujetos de
fiscalización que, por la naturaleza y características del procedimiento, actividad u
operación, están expuestos a ineficiencias e irregularidades, así como aquellos rubros
propensos a ineficiencias, irregularidades e incumplimientos de objetivos y metas físicas
y financieras.
Con el criterio “Presencia y Cobertura”, se incorporan programas y sujetos de fiscalización
con asignaciones presupuestales no significativas, a fin de garantizar que, eventualmente,
todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de auditar (por estar
incluidos en la Cuenta Pública) sean fiscalizados.
A la fecha, la CMHALDF ha practicado a la SE dos auditorías financieras: una al capítulo
4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y otra al “Programa Integral de
Mantenimiento de Escuelas”, ambas en relación con el ejercicio de 2007.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X; 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VIII, IX y XII; y 28 de la Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13,
y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
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ALCANCE
De acuerdo con la información consignada en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal de 2008 y en la base de datos que la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),
la SE ejerció en 2008 220,484.6 miles de pesos, con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales” que con relación al presupuesto original, de 122,754.1 miles de pesos, significaron
un incremento de 97,730.5 miles de pesos (79.6%).
El presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” se ejerció con cargo a 30 partidas
de gasto, dos de las cuales destacaron por su monto, de 168,148.0 miles de pesos, que
representó el 76.2% del total erogado en el capítulo. Dichas partidas registraron un
incremento de 89,321.3 miles de pesos (113.3%) respecto a su asignación original
(78,826.7 miles de pesos), como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Variación Partida Original % Ejercido % Importe %
3301 “Honorarios” 48,326.7 39.4 137,676.5 62.4 89,349.8 184.9 3411 “Servicios de Vigilancia” 30,500.0 24.8 30,471.5 13.8 (28.5) –0.1 Subtotal 78,826.7 64.2 168,148.0 76.2 89,321.3 113.3 Otras partidas presupuestales (28) 43,927.4 35.8 52,336.6 23.8 8,409.2 19.1
Total 122,754.1 100.0 220,484.6 100.0 97,730.5 79.6
Se revisó el 100.0% de la documentación justificativa y comprobatoria de 37 Cuentas por
Liquidar Certificadas (CLC), por un monto de 54,186.2 miles de pesos, correspondiente
a las partidas 3301 “Honorarios” (8 CLC) y 3411 “Servicios de Vigilancia” (29 CLC),
consistente en recibos de honorarios asimilados, facturas, suficiencias presupuestales,
contratos y documentos que amparan la recepción de servicios.
Se verificó la existencia de procedimientos generales y específicos del rubro sujeto a revisión.
Se realizaron pruebas sustantivas consistentes en el análisis de la variación de los saldos de
las 32 afectaciones presupuestarias con las que se asignó en 2008 el presupuesto al capítulo
3000 “Servicios Generales” y la justificación de los saldos reportados en la Cuenta Pública.
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Para ello, se examinó la documentación soporte de los 89,349.8 miles de pesos
(12 afectaciones presupuestarias) 28.5 miles de pesos (4 afectaciones presupuestarias en los
que se modificó el presupuesto original de las partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios
de Vigilancia”, respectivamente.
Se analizaron las causas del incremento que presentó el gasto de la partida 3301
“Honorarios” y el decremento de la partida 3411 “Servicios de Vigilancia” y se verificó que
las 16 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original contaran con
el registro y validación del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) de la SF.
Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
(PAAAPS); los Informes Trimestrales de Seguimiento de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios (ISAAPS) autorizados en el ejercicio presupuestal de 2008; y las
Actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la SE.
Se analizaron los registros contables y presupuestales de las operaciones relacionadas
con el importe ejercido por el sujeto de fiscalización con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales”.
Se constató que las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”
se hubiesen registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto y en congruencia con
los objetivos y metas de los programas presupuestales que se afectaron.
Se realizaron pruebas de cumplimiento consistentes en la aplicación de cuestionarios
en las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Humanos, de Recursos Financieros
y de Recursos Materiales y Servicios Generales; en la Subsecretaría de Educación Media
Superior y Superior; en la Dirección de Educación Básica; en la Dirección General de
Atención Integral al Estudiante; y en la Dirección de Planeación, porque en 2008 fueron
las áreas administrativas responsables de ejercer el gasto de la SE con cargo al capítulo
3000 “Servicios Generales”.
En relación con la partida 3301 “Honorarios”, se revisaron el Programa Anual de contratación
de prestadores de servicios con cargo a la partida 3301 “Honorarios”; 8 CLC y 3 Documentos
Múltiples (DM), por medio de los cuales se efectuaron los pagos correspondientes a la muestra
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seleccionada; los reportes de actividades mensuales de 119 prestadores de servicio; los
expedientes de dichos prestadores de servicios, para verificar que contaran con los contratos
respectivos y, en su caso, con convenios de terminación anticipada, recibos de pago y
documentación requerida para formalizar la contratación (currículum vitae, identificación
oficial, Cédula de identificación Fiscal, comprobante de domicilio, comprobante de estudios
y acta de nacimiento).
Se verificó que los informes trimestrales de avance programático-presupuestal de la partida
3301 “Honorarios”, correspondientes al ejercicio de 2008 se hayan remitido oportunamente
a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM).
Se verificó si el personal que la SE contrató por honorarios en 2008 trabajó al mismo tiempo
en otros entes del Gobierno del Distrito Federal y, en su caso, si contó con la constancia de
compatibilidad de dos o más empleos o comisiones, expedida por la OM.
De los 119 prestadores de servicios profesionales de la muestra seleccionada, se aplicaron
cuestionarios de control interno a 54 que cobraron por concepto de honorarios asimilables
a salarios en diciembre de 2008 y que, a la fecha de la revisión (diciembre de 2009),
continuaban laborando en la SE. El propósito fue constatar que los pagos se hubiesen
realizado efectivamente a los prestadores de servicios profesionales y que los servicios se
hubiesen prestado.
Se efectuaron 14 confirmaciones con entidades por las operaciones de prestadores de
servicios profesionales pagados a los que la SE pagó con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales”.
Respecto a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, se revisó la documentación soporte
del 100.0% del presupuesto ejercido en ella (30,471.5 miles de pesos), mediante 29 CLC,
consistente en los Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de la Unidad Ejecutora
del Gasto, usuaria de los servicios de la Policía Auxiliar del Distrito Federal; el Programa Anual
de Seguridad a Instalaciones; y el oficio de envío para la validación y aprobación de éste por
parte de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM.
Se revisaron también las relaciones de los servicios proporcionados a la SE, el desglose de
las áreas a las que corresponde aplicar su presupuesto, el procedimiento de adhesión a la OM
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para contar con el servicio de vigilancia y las conciliaciones de enero a diciembre de 2008
firmadas por los responsables administrativos de las diferentes unidades administrativas
de la SE.
La auditoría se llevó a cabo principalmente en la Dirección de Administración en la SE, por
ser la encargada de registrar las operaciones de gasto, de conservar la documentación
justificativa y comprobatoria de éste y de administrar los recursos financieros.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El examen del control interno de la SE, respecto al gasto que ejerció en 2008 con cargo
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, consistió en lo siguiente:
1. Antecedentes
Con fundamento en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos
artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y otros
ordenamientos legales, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de febrero
de 2007, se adiciona a la Ley de Educación el artículo 23 Quater en el que se establece:
“A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las materias relativas a la función
educativa y al deporte.
”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
”I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios del Sistema
Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia;
”II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito Federal las
leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales; […]
”X. Fomentar la participación de las comunidades educativas, de las instituciones
académicas y de investigación y de la sociedad en general, en las actividades que tengan
por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública. Asimismo, podrán opinar en
asuntos pedagógicos;
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”XI. Desarrollar y ejecutar la política deportiva que determine el Jefe de Gobierno de
conformidad con la Ley del Deporte para el Distrito Federal;
”XII. Dirigir el Sistema del Deporte del Distrito Federal a través del Instituto del Deporte;
”XIII. Contribuir al desarrollo integral de las y los jóvenes del Distrito Federal, a través del
Instituto de la Juventud del Distrito Federal; […]
XVI. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”
2. Estructura orgánica
Área administrativa de la Oficialía Mayor en la Secretaría de Educación
Con el oficio núm. OM/0196/2007 de fecha 8 de febrero de 2007, la OM emitió el dictamen
núm. 2/2007, con el que autorizó la estructura orgánica de la Dirección de Administración en
la SE a partir del 1o. de marzo de 2007.
Asimismo, con el oficio núm. CGMA/DDO/0672/07 del 5 de marzo de 2007, la Coordinación
General de Modernización Administrativa (CGMA) de la OM emitió alcance al dictamen
núm. 2/2007 actualizando el organigrama de la Dirección de Administración en la SE, vigente
a partir del 1o. de marzo de 2007. La actualización consistió en la incorporación, a dicha
Dirección, de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Humanos, de Recursos
Materiales y Servicios Generales y de Recursos Financieros.
Las áreas de la Dirección de Administración que intervinieron en el ejercicio del gasto del
capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron esas tres Jefaturas de Unidad Departamental.
La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos por ser la encargada de realizar
los procesos de selección, contratación e inducción de personal; efectuar las gestiones
y trámites de los nombramientos, cambios de adscripción, bajas y demás movimientos de
personal de acuerdo con la normatividad establecida; integrar el pago nominal de sueldos,
remuneraciones especiales y eventuales, así como aplicar los descuentos por concepto
de impuestos y otras deducciones, de acuerdo con la normatividad aplicable; e integrar
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los informes, registros, controles y demás documentos relacionados con la administración
de los recursos humanos de la SE.
La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros, por ser la encargada de aplicar
las políticas, normas y procedimientos establecidos por la SF, en coordinación con la SE,
para administrar los recursos financieros que ésta tiene asignados, de acuerdo con los
programas autorizados; difundir las normas y procedimientos para la aplicación de los recursos
financieros, mediante documentos y circulares; planear y llevar a cabo las actividades
necesarias para controlar los recursos autorizados; y revisar la aplicación del gasto con la SF.
La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales, por ser
la responsable de autorizar la formalización de pedidos, contratos y demás documentación
relacionados con la adquisición de bienes y servicios; realizar las actividades relacionadas
con la adquisición de bienes y la contratación de los servicios requeridos por las diferentes
áreas de la SE; y por someter los requerimientos de las diversas áreas de la SE a la
aprobación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios de
la dependencia.
Áreas sustantivas de la Secretaría de Educación
La OM dictaminó favorablemente la estructura orgánica de las áreas sustantivas de la SE con
el dictamen núm. 16/2007, emitido con el oficio núm. OM/0364/2007 del 8 de marzo de 2007.
Dicha estructura orgánica entró en vigor el 1o. de marzo de 2007 y estuvo vigente hasta el
15 de abril de 2007, únicamente con dos Direcciones de Área adscritas a dicha dependencia:
la de Educación Básica y la de Planeación.
Con motivo de las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de abril de 2007, y en
alcance al dictamen núm. 16/2007, se creó la Dirección General de Atención Integral al
Estudiante, según oficio núm. OM/0684/2007 de fecha 19 de abril de 2007.
Adicionalmente, mediante el oficio núm. OM/1303/02007 del 16 de julio de 2007, la OM
envió otro alcance al dictamen núm. 16/2007 para la actual estructura orgánica de las áreas
sustantivas de la SE, con vigencia a partir del 16 de julio de 2007; la actualización consistió
19 VOLUMEN 5/13
en la incorporación de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, con
la Dirección General de Educación Media Superior y Superior, y las Subdirecciones de
Seguimiento, de Programación, y de Control.
3. Manual administrativo
Mediante el oficio núm. SEDF/DA/0227/08 del 28 de marzo de 2008, el Director de
Administración en la SE envió a la CGMA de la OM para su revisión y, en su caso, aprobación,
el Manual Administrativo de la Dirección de Administración en la SE, en su parte de
organización, conforme al dictamen núm. 2/2007, que entró en vigor el 1o. de marzo de 2007.
Con el oficio núm. CGMA/DDO/0418/08 del 16 de abril de 2008, la CGMA de la OM comunicó
al Director de Administración en la SE el registro, con el núm. MA-12026-2/07, de su Manual
Administrativo, en su parte de organización, conforme al dictamen núm. 2/2007.
Por lo que corresponde al Manual Administrativo de la SE, por medio del oficio
núm. SEDF/DA/0471/2007 del 29 de octubre de 2007, el Director de Administración en
la SE lo envió a la CGMA de la OM para su registro, conforme al dictamen núm. 16/2007,
que entró en vigor el 1o. de marzo de 2007.
En respuesta, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0430/08 del 31 de enero de 2008,
el Coordinador General de Modernización Administrativa de la OM remitió, para su atención,
las observaciones relativas a dicho manual.
Adicionalmente, con el oficio núm. SEDF/SSEMSS/0416/2007 del 17 de diciembre de 2007,
el Subsecretario de Educación Media Superior y Superior de la SE envió a la CGMA de la OM,
para su incorporación al Manual Administrativo de la dependencia conforme al dictamen
núm. 16/2007, los procedimientos correspondientes a la Subsecretaría a su cargo.
Al respecto mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0451/08 del 17 de abril de 2008, el Coordinador
General de Modernización Administrativa de la OM remitió únicamente las observaciones
relativas al Manual Administrativo de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior,
en su parte de procedimientos. Por lo mismo el ejercicio en revisión (2008), no se contó con
el registro correspondiente.
20 VOLUMEN 5/13
Mediante el oficio núm. CGMA/DDO/1829/09 del 22 de julio de 2009, el Coordinador
General de Modernización Administrativa de la OM comunicó a la SE que, en su parte de
organización, el Manual Administrativo elaborado conforme al dictamen núm. 16/2007 cumplía
los requisitos que establece la normatividad de la materia y los lineamientos de la Guía
Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, emitida por la OM.
Por lo anterior, se determinó integrarlo al acervo documental de la CGMA como Manual
Administrativo de la SE, en su parte de organización, con el número de registro MA-3600-16/07.
Dicho manual, que incluye únicamente la Dirección de Educación Básica y la Dirección
de Planeación, fue enviado por la SE mediante el oficio núm. SEDF/DA/0853/2009, por
lo que durante el ejercicio en revisión (2008) no se contó con el registro correspondiente.
No obstante que la CGMA adjuntó un ejemplar original sellado y validado para su difusión
en la SE, esta última no presentó elementos que permitieran constatar su difusión interna.
Con fecha 10 de noviembre de 2009, se publicó en la Gaceta Oficial de Distrito Federal
el Manual Administrativo en su parte de organización, de la Dirección de Educación Básica
y de la Dirección de Planeación.
De acuerdo con lo expuesto, la única área sustantiva de la SE que cuenta actualmente con
procedimientos es la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior; sin embargo,
durante el ejercicio en revisión (2008) no se contó con el registro correspondiente.
En consecuencia, faltan los procedimientos de las siguientes áreas: Dirección General de
Atención Integral al Estudiante, Dirección de Educación Básica, Dirección de Planeación,
Subdirección de Seguimiento, Subdirección de Programación y Subdirección de Control.
Además, los trámites para obtener la autorización y registro del Manual Administrativo,
en su parte de procedimientos, se realizaron extemporáneamente.
Con el oficio núm. CGMA/DDO/0471/2007 del 31 de enero de 2008, la CGMA informó lo
siguiente a la SE: “Con relación a su oficio número SEDF/DA/0471/2007, mediante el cual
envía el Manual Administrativo de la Secretaría de Educación, conforme al Dictamen
16/2007, me permito anexar al presente el citado documento, así como las observaciones
derivadas de su análisis. En tal virtud, mucho le agradeceré [….] que se atiendan las
observaciones realizadas por esta Coordinación General, para que dicho Manual se ingrese
nuevamente a efecto de continuar con el proceso de análisis y en su caso, llevar el registro
correspondiente”. A enero de 2010, la SE no había dado respuesta.
21 VOLUMEN 5/13
Se examinaron los manuales administrativos y los sistemas de control interno establecidos
en las áreas que intervienen en el manejo y control de los recursos ejercidos con cargo al
capítulo 3000 “Servicios Generales”.
El Manual Administrativo de la SE, en su parte organizacional, establece las funciones
y atribuciones de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas de la
dependencia. En cuanto a los procedimientos instituidos, no regulan el control, manejo
y operación del capítulo 3000 “Servicios Generales”, lo que ocasiona debilidades de control
interno.
Sobre el particular, en el cuestionario de control interno aplicado a la Jefatura de Unidad
Departamental de Recursos Financieros, ésta respondió: “Por ser una Secretaría de
reciente creación, en el 2008 no se tenían Manuales de Procedimientos aprobados por
la Coordinación General de Modernización Administrativa. Actualmente se encuentran en
proceso de revisión”.
4. Pruebas de cumplimiento
Como parte de las pruebas de cumplimiento realizadas por la CMHALDF para evaluar
el control interno implantado por la SE con relación al capítulo 3000 “Servicios Generales”,
se aplicaron cuestionarios a las áreas de la SE que intervinieron en el manejo, control
y ejercicio del gasto de ese capítulo (Jefatura de Unidad Departamental de Recursos
Financieros, Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos y Jefatura de Unidad
Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales; Subsecretaría de Educación
Media Superior y Superior; y Dirección General de Atención Integral al Estudiante) y a los
prestadores de servicios profesionales; se inspeccionó la aplicación de los recursos que otorgó
la SE; se analizó la información general de las áreas sujetas a estudio; se revisó que los
procedimientos establecidos aseguraran razonablemente el cumplimiento de las leyes,
reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria; se verificó que
los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos responsables; y se identificaron
los riesgos de las operaciones en revisión y de los objetivos específicos de control.
Como resultado del examen del control interno aplicado a la SE en cuanto a los recursos
ejercidos en 2008 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinaron
22 VOLUMEN 5/13
debilidades, en virtud de que la Dirección de Administración en la SE no cuenta con
procedimientos al respecto ni con procedimientos para el registro, control y pago de honorarios
a prestadores de servicios.
Asimismo, con base en la documentación obtenida y en cuestionarios aplicados a servidores
públicos, se determinó que los procedimientos que la SE aplicó en 2008, para regular el
ejercicio del gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales” no se establecieron por escrito,
sino que se basaron en la experiencia de los servidores públicos que realizaba las actividades,
lo que ocasionó debilidades de control interno.
De lo anterior se desprende que el sistema de control interno establecido en 2008 respecto
a los procesos examinados presentaba deficiencias que pudieran propiciar riesgos de
irregularidades e ineficiencias. Las fallas de control interno detectadas se señalan en los
resultados respectivos.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
La muestra de auditoría del capítulo 3000 “Servicios Generales”, correspondió a 37 CLC,
por un importe de 54,186.2 miles de pesos, que representa el 24.6% del total erogado en
dicho capítulo (220,484.6 miles de pesos).
La muestra se determinó conforme a los párrafos 17 y 23 del Boletín 5020 de las Normas
y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar del Instituto Mexicano de Contadores
Públicos (IMCP). Considerando el tamaño del universo, se utilizó la selección aleatoria,
pues ésta garantiza que todas las partidas del universo tengan la misma posibilidad de ser
seleccionadas.
El universo sujeto a revisión, correspondiente al total de las erogaciones efectuadas en 2008
por la SE con cargo al capítulo 3000, se estratificó (párrafo 17 del Boletín 5020) por partida.
Derivado de su análisis, se estableció que la muestra de auditoría se determinaría conforme
a los párrafos 13, 14, 17 y 23 del Boletín 5020 (selección casual), como sigue:
1. Partidas que por su monto fueran las más representativas en el total del presupuesto
ejercido en el capítulo 3000 (partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios de Vigilancia”).
23 VOLUMEN 5/13
2. Variaciones de gasto, positivas o negativas, superiores al 20.0% de su presupuesto
original o mayores de 10.0% en relación con el gasto del ejercicio inmediato anterior
(partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios de Vigilancia”).
3. Selección aleatoria al universo de CLC, de la partida 3301 “Honorarios”.Se consideró
el mes de diciembre por ser el más representativo de 2008, pues incluyó un pago
ordinario y el pago extraordinario de ese ejercicio.
4. Selección de partidas basada en un porcentaje (partida 3411), debido a que mediante
un reducido número de CLC es probable, mediante pruebas sustantivas, verificar el 100.0%
de una partida relevante.
Considerando lo anterior y el párrafo 25 del Boletín 5020 de las Normas y Procedimientos
de Auditoría y Normas para Atestiguar del IMCP, la muestra de auditoría de los pagos de las
partidas seleccionadas se determinó por medio de la aplicación de números aleatorios de
generador electrónico por computadora, con un nivel de confianza de 95.0%, una tasa de error
esperada no mayor de 2.0% y un porcentaje de precisión de + 2.0%; y de lo señalado
anteriormente en el numeral 4. De esa manera, se obtuvo para revisión la muestra siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Universo Muestra Partida CLC Presupuesto
ejercido % del
capítulo CLC Presupuesto
ejercido % de la partida
3301 “Honorarios” 30 137,676.5 62.4 8 23,714.7 17.2 3411 “Servicios de Vigilancia” 29 30,471.5 13.8 29 30,471.5 100.0 Subtotal 59 168,148.0 76.2 37 54,186.2 32.2 Otras partidas (28) 419 52,336.6 23.8 0 0.0 0.0 Total del capítulo 3000 478 220,484.6 100.0 37 54,186.2 24.6
RESULTADOS
1. Resultado
En la revisión de los Manuales Administrativos de la SE, se determinó lo siguiente:
1. El Manual Administrativo, en su parte de organización vigente en 2008, se elaboró
conforme a la estructura organizacional de la Dirección de Administración.
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Dicho manual, con registro de la CGMA núm. MA-12026-2/07 del 16 de abril de 2008,
no fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; además, no se presentó
evidencia de su difusión al personal. Al respecto, la Dirección de Administración indicó:
“Se llevarán a cabo las acciones necesarias para su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, así como su difusión entre el personal de la Dirección”.
Por lo anterior, la SE no observó los numerales 4.4.10 y 4.4.12 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir
del 13 de abril de 2007, que disponen:
“4.4.10 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos ante la CGMA, los
titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas […] serán los responsables
de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando
para tal efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales […]
“4.4.12 Los titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas, […] deberán
hacer del conocimiento del personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con
el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la organización
y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción.”
Asimismo, la SE no cumplió con los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, fracción III, Primer Lineamiento:
Ambiente de Control, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril
de 2007, que dispone:
“Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal establecer, actualizar y exigir la observancia del código
de conducta institucional, haciendo hincapié en los valores compartidos y el trabajo en
equipo para conseguir sus objetivos, y que los servidores públicos se conduzcan en el
desempeño de sus funciones con una actitud de compromiso y apoyo hacia el control
interno, la transparencia y los valores éticos.”
25 VOLUMEN 5/13
2. La CMHALDF, solicitó a la SE el Manual Administrativo en su parte de procedimientos, relativo al dictamen núm. 2/2007, vigente a partir del 1o. de marzo de 2007; el organigrama actual de la Dirección de Administración en la SE; y el oficio mediante el cual envió el primero a la CGMA de la OM para su registro. En respuesta, el Director de Administración indicó: “El Manual se encuentra en proceso de elaboración, por lo que no se cuenta con el oficio solicitado”.
La Dirección de Administración en la SE realizó extemporáneamente el trámite ante la CGMA de la OM para obtener la aprobación y el registro de los Manuales Administrativos tanto de la Dirección de Administración en la SE como de las áreas sustantivas de la dependencia. En el primer caso, el retraso fue de 204 días, ya que la estructura orgánica entró en vigor el 1o. de marzo de 2007 y el manual no fue enviado hasta el 28 de marzo de 2008, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0227/2008, aunque debió presentarse a más tardar el 25 mayo de 2007; en el caso de las áreas sustantivas, la estructura entró en vigor el 1o. de marzo de 2007, y el manual no se envió hasta el 29 de octubre de 2007, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0471/2007 es decir, con 112 días de retraso, pues debió presentarse a más tardar el 25 mayo de 2007.
Al respecto, se observó que dichos Manuales Administrativos, en su parte procedimental, no están actualizados, ya que no consideran las actividades relativas al capítulo 3000 “Servicios Generales”. Lo anterior se confirmó con las respuestas de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Humanos y de Recursos Financieros a los cuestionarios de control interno: “No se cuenta con Manuales de Procedimientos. Sin embargo, los gastos que se ejercieron y que, actualmente se ejercen con cargo a este capítulo, se realizan en estricto apego a lo establecido por el Código Financiero y el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio Presupuestal 2008”.
En 2008 y a enero de 2010, la SE carecía de procedimientos para el manejo del presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” y, por tanto, de las partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios de Vigilancia”, seleccionadas para su revisión.
Por realizar extemporáneamente el trámite para obtener la aprobación y el registro de los Manuales Administrativos y por no contar con los procedimientos específicos aplicables al capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SE incumplió el numeral 4.4.14 de la
26 VOLUMEN 5/13
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2008, que dispone: “4.4.14 Los Titulares de las Dependencias […] son los responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada debiendo remitir a la CGMA la documentación correspondiente para que ésta proceda a la actualización y registro de dicho Manual”.
Asimismo, la SE no cumplió con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, fracción III, Primer Lineamiento: Ambiente de Control, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas, por lo siguiente:
Indicó que el Manual Administrativo se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
10 de noviembre de 2009; sin embargo, dicha publicación corresponde únicamente al Manual
Administrativo, en su parte de organización, de las Direcciones de Educación Básica
y de Planeación. Por lo tanto quedó pendiente de publicar lo relativo a la Subsecretaría
de Educación Media Superior y Superior, a la Dirección General de Atención Integral al
Estudiante y a la Dirección de Educación Media Superior y Superior.
No presentó evidencia de que el manual publicado se haya difundido entre el personal
encargado de su aplicación; tampoco exhibió el Manual Administrativo, en su parte de
procedimientos, relativo al dictamen núm. 2/2007, vigente a partir del 1o. de marzo de 2007.
Proporcionó el oficio núm. SEDF/DA/693/2009 del 20 de mayo de 2009, mediante el cual la SE
envió a la CGMA los procedimientos correspondientes a la Subsecretaría de Educación Media
Superior y Superior, a la Dirección General de Atención Integral al Estudiante, a la Dirección
de Educación Básica y a la Dirección de Planeación; y el oficio núm. CGMA/DDO/0773/09
del 21 de octubre de 2009, con el cual la CGMA formuló diversas observaciones al Manual
27 VOLUMEN 5/13
Administrativo de la SE en su parte de procedimientos. Posteriormente, con el oficio
núm. SEDF/DA/0123/2010 del 22 de enero de 2010, la SE envió el proyecto de dicho
manual con las correcciones sugeridas, pero no incluyó procedimientos relativos al capítulo
3000 “Servicios Generales”.
Recomendación ASC-129-08-01-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para asegurarse de que, cada vez que se autoricen modificaciones a su estructura orgánica o marco jurídico, se actualice su Manual Administrativo en sus partes de organización y de procedimientos; y se tramiten oportunamente su revisión, dictamen y registro ante la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-129-08-02-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que, una vez autorizado su Manual Administrativo, se realicen los trámites correspondientes a efecto de que sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-129-08-03-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación implante medidas de control para garantizar que el Manual Administrativo actualizado se difunda entre el personal encargado de su aplicación, conforme a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-129-08-04-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que se elaboren procedimientos dirigidos a regular el ejercicio de los recursos con cargo
28 VOLUMEN 5/13
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, y que dichos procedimientos sean incorporados en su Manual Administrativo y remitidos a la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, para su revisión, dictamen, y registro, de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno).
2. Resultado
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del ejercicio de 2008, la SE reportó en el
capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto ejercido de 220,484.6 miles de pesos,
que con relación a su presupuesto original (122,754.1 miles de pesos) significó un incremento
de 97,730.5 miles de pesos (79.6%). En relación con lo ejercido en 2007 (63,948.8 miles de
pesos), dicho capítulo presentó un incremento de 156,535.8 miles de pesos (244.8%).
La modificación neta al presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” afectó
dos programas prioritarios, por un monto de 163,435.2 miles de pesos (74.1%), y dos
no prioritarios, por 57,049.4 miles de pesos (25.9%), como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Programas Original Modificado Ejercido %
Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 2,000.0 (511.9) 1,488.1 0.7 17 “Educación” 51,285.5 110,661.6 161,947.1 73.4 Subtotal 53,285.5 110,149.7 163,435.2 74.1
No prioritarios 03 “Administración Pública” 63,038.6 (9,296.7) 53,741.9 24.4 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 6,430.0 (3,122.5) 3,307.5 1.5 Subtotal 69,468.6 (12,419.2) 57,049.4 25.9
Total 122,754.1 97,730.5 220,484.6 100.0
Asimismo, se analizó el registro del presupuesto ejercido y se determinó que correspondió
a los siguientes tipos de pago:
(Miles de pesos y por cientos)
Tipo de pago Presupuesto ejercido % 00 “Gasto Normal” 82,725.0 37.6 11 “Retención Asimilable a Salario” 137,676.5 62.4 25 “Telefonía de Larga Distancia Partida 3103” 20.0 n.s. 63 “Pago de Deducibles de Seguro” 63.1 n.s. Total 220,484.6 100.0
n.s. No significativo.
29 VOLUMEN 5/13
Al respecto, se determinó que el presupuesto autorizado, modificado y ejercido por la SE
con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, corresponde al reportado en el Analítico
de Egresos por Dependencia-Clave Presupuestal de la Cuenta Pública de 2008.
Respecto al programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, en el apartado “Acciones Realizadas
en materia de Equidad de Género” del Informe de Cuenta Pública de 2008, se señala:
“El indicador se encuentra en construcción, en virtud de que la Secretaría se constituyó en
febrero de 2007, razón por la cual, no cuenta con antecedentes del comportamiento
histórico, ni tampoco con Centros de Costo”.
En la revisión, no se determinaron observaciones al respecto.
3. Resultado
En el análisis de las afectaciones presupuestarias que la SE efectuó en 2008 con relación
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó lo siguiente:
El presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 122,754.1 miles de pesos,
se incrementó en 97,730.5 miles de pesos (79.6%) mediante 32 afectaciones presupuestarias
relativas a 30 partidas, de las cuales se revisaron la 3301 “Honorarios”, en la que se ejerció
un monto de 137,676.5 miles de pesos (62.4%), y la 3411 “Servicios de Vigilancia”, que
importó 30,471.5 miles de pesos (13.8%).
La modificación neta al presupuesto original de las dos partidas revisadas fue por un monto de
89,321.3 miles de pesos y se efectuó mediante 16 afectaciones presupuestarias, que fueron
autorizadas por la SF y originaron un total de 82 movimientos presupuestales, como sigue:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Partida Original Ejercido
Variación % Cantidad de afectaciones
Movimientospresupuestales*
3301 “Honorarios” 48,326.7 137,676.5 89,349.8 184.9 12 75 3411 “Servicios de Vigilancia” 30,500.0 30,471.5 (28.5) (0.09) 4 7
Subtotal 78,826.7 168,148.0 89,321.3 113.3 16 82 Otras partidas presupuestales (28) 43,927.4 52,336.6 8,409.2 19.1 16 440
Total 122,754.1 220,484.6 97,730.5 79.6 32 522
* Ampliaciones, adiciones y reducciones líquidas y compensadas.
30 VOLUMEN 5/13
Como se aprecia en el cuadro anterior, de las dos partidas mencionadas, la 3301 “Honorarios”
tuvo la variación más significativa (184.9%). Por programas, las variaciones de la partida
3301 “Honorarios” fueron las siguientes:
(Miles de pesos)
Presupuesto Variación Programas Original
(1)
Modificado
(2)
Ejercido
(3)
(%) (2) / (1)
(4)
Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 2,000.0 (511.9) 1,488.1 (25.6) 17 “Educación” 26,500.0 99,220.5 125,720.5 374.4 Subtotal 28,500.0 98,708.6 127,208.6 348.8
No Prioritarios 03 “Administración Pública” 13,826.6 (6,358.5) 7,468.1 (46.0) 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 6,000.0 (3,000.2) 2,999.8 (50.0) Subtotal 19,826.6 (9,358.7) 10,467.9 (96.0)
Total partida 3301 "Honorarios" 48,326.6 89,349.9 137,676.5 252.8
Asimismo, el presupuesto ejercido en ambas partidas, por 168,148.0 miles de pesos, afectó
dos programas prioritarios y dos no prioritarios, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partidas presupuestales Programas 3301 % 3411 %
Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 1,488.1 1.1 0.0 17 “Educación” 125,720.5 91.3 99.4 0.3 Subtotal 127,208.6 92.4 99.4 0.3 No prioritarios 03 “Administración Pública” 7,468.1 5.4 30,372.1 99.7 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 2,999.8 2.2 0.0 Subtotal 10,467.9 7.6 30,372.1 99.7 Presupuesto ejercido 137,676.5 100.0 30,471.5 100.0
De conformidad con las justificaciones de las afectaciones presupuestarias, las variaciones
por partida fueron como se explica a continuación:
Partida 3301 “Honorarios”
El aumento neto de 89,349.8 miles de pesos (184.9%) respecto al presupuesto original
(48,326.7 miles de pesos) resultó de 12 afectaciones presupuestarias autorizadas por la SF, que
originaron 75 movimientos presupuestales; 4 afectaciones fueron reducciones y ampliaciones
31 VOLUMEN 5/13
compensadas por recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones de recursos que no
modificaron al presupuesto y 8 (2 adiciones compensadas, 3 ampliaciones compensadas,
1 ampliación líquida, 1 reducción líquida y 1 ampliación y adición líquida) originaron la
modificación neta, por lo siguiente:
(Miles de pesos)
Número de afectación Justificaciones Importe
A 36 C0 01 020 E y A 36 C0 01 047 E
Dos adiciones compensadas de recursos presupuestales para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 23 “Brindar servicios educativos”, para que la Secretaría de Educación cuente con el recurso suficiente a partir del mes de abril para solventar los gastos que se derivan, por una parte, de la asignación de la actividad 22 "Brindar atención integral al estudiante" para el control y manejo del gasto de operación; y para cubrir las necesidades de manera oportuna en el renglón de honorarios, actividad institucional 23 "Servicios educativos", actividad institucional que integra los nuevos objetivos y metas en materia de educación; y para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 24 “Brindar atención especializada a la educación media y media superior" dar suficiencia a los programas comisionados a la Subsecretaría de Educación Media y Media Superior para promover la educación, donde las escuelas de la ciudad y las acciones educativas no formales e informales, se conviertan en un modelo de sistema educativo capaz de cumplir las garantías educativas que dicta el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2006-2012, mediante el desarrollo de las habilidades en los jóvenes que quieran continuar con sus estudios. La Subsecretaria de Educación Media y Media Superior, en el marco de sus atribuciones y con el propósito de realizar una acción globalizadora para la atención y beneficio de la Educación Media y Media Superior en el Distrito Federal, adiciona nuevas acciones a la actividad institucional 24 “Brindar atención especializada a la educación media y media superior”.
67,434.3
Las acciones son las siguientes: estrechar lazos con las instituciones de educación media y otras instituciones públicas para la atención de la educación con calidad y en equidad para los jóvenes estudiantes del Distrito Federal; implementar cursos presenciales de preparación para el examen único de ingreso a la educación media superior, elaboración de materiales en línea para el examen único de ingreso a la educación media superior y realizar estudios sobre calidad de vida de los estudiantes de bachillerato en el Distrito Federal, respecto a la movilidad urbana, seguridad pública y entorno urbano.
A 36 C0 01 063 E, A 36 C0 01 085 E y A 36 C0 01 124 E
Tres ampliaciones compensadas de recursos presupuestales en el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 08 “Brindar atención especializada de nivel básico”, para implementar nuevos programas como son: A) Atención a bibliotecas. Para mejorar el acervo, capacitación de personal y la actualización de los modelos archivológicos y bibliotecarios, teniendo como objetivo el ampliar la capacidad técnica y archivística de las bibliotecas, por lo que se implementarán talleres y eventos donde se denote la importancia de mantener a las bibliotecas en espacios dignos, por ello aumenta la meta en una sesión. y B) Capacitación y Evaluación al Personal de Atención a Preescolar y Actualización y Evaluación para el desempeño de 500 personas que brindarán atención al preescolar por medio de cursos, talleres, foros, evaluación y certificación, con la finalidad de desarrollar los nuevos programas y proyectos se aumenta la meta física en una sesión adicional que desarrollará los programas y proyectos de la Dirección de Educación Básica para contratación de personal calificado y contratación de empresas especializadas en la realización de eventos de capacitación y seminarios para certificar al personal de educación preescolar que desarrollará actividades educativas, así como talleres formativos. Para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 19 “Coordinar el Programa de Fomento al Aprendizaje Social”, para la partida 3301 "Honorarios", esta solicitud tiene como finalidad readecuar el presupuesto y contar con el recurso suficiente para cubrir el compromiso sobre el "estudio del costo de la operación de la educación básica" y que al contratar por honorarios al personal que lo realizará se tendrá un mejor control y seguimiento puntual del avance de éste; y para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 23 “”Brindar servicios educativos” para la partida 3301 “Honorarios” con objeto de que en diciembre de 2008 esta Dependencia cuente con el recursos suficiente para efectuar el pago único extraordinario, de acuerdo con los lineamientos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 11 de diciembre del 2008.
8,547.5
Continúa…
32 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Número de afectación Justificaciones Importe
A 36 C0 01 069 E Una ampliación líquida de recursos presupuestales en el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 02 “Operar el Sistema de Educación Media y Media Superior” para la partida 3301 “Honorarios porque el personal actual resulta insuficiente debido al gran número de actividades que conlleva ofrecer un bachillerato de calidad y por el número de estudiantes que se han incorporado al programa en cada nueva convocatoria. Actualmente 1,703 aspirantes están concluyendo sus cursos propedéuticos de cuarta generación y 1,183 de quinta generación se incorporarán como alumnos en agosto y octubre de 2008. 3409, la adquisición de software (licencias) para el desarrollo de sistemas en general, particularmente de la administración escolar del bachillerato y de administración de sedes delegacionales.
3,994.1
C 36 C0 01 072 E Una ampliación y adición líquida de recursos presupuestales en la partida 3301 “Honorarios”, para atender tareas educativas en los Centros de Transformación Educativa. Se requiere un grupo interdisciplinario constituido por profesionales en las áreas científica, técnica, artística, de cultura física y deporte que cumplen funciones de asesoría e innovación para los programas de inclusión y equidad educativa de la SE .Asimismo, se requiere personal para la coordinación del instituto, personal calificado para la formación a la planta académica y las figuras de los centros de transformación educativa, tutores del programa de niñas talento, personal en la Ciudad de México y la formación de profesores del Náhuatl y la contratación del equipo de trabajo que realizará tareas de investigación museográfica, documental y bibliográfica y hemerográfica, así como trabajo de campo y vinculación con diferentes sectores sociales; organizaciones civiles, instituciones educativas, personalidades y la comunidad en general. En la primera etapa del programa, se realizara el foro "La educación que queremos", eventos y difusión del libro, Descentralización y ciudad educadora en la Ciudad de México (partida 3803), y se contratará personal calificado para que realice un estudio del costo de la operación de la educación básica (partida 3305).
11,805.7
C 36 C0 01 129 E Una reducción líquida de recursos presupuestales en el capítulo 3000 "Servicios Generales" porque dichos recursos no serian ejercidos en el ejercicio fiscal, ya que se quedaron pendientes por formalizar algunos convenios con instituciones sin fines de lucro; por los ahorros que se presentaron en las diversas licitaciones públicas celebradas por la Dependencia con fundamento en los artículos 383 y 511 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 y 35 del Decreto de Presupuestos de Egresos de 2007. El artículo 383 dispone: “Las dependencias […] que por cualquier motivo al término del ejercicio fiscal que corresponda, conserven fondos presupuestales o recursos provenientes del Gobierno del Distrito Federal que no hayan sido devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán a la Secretaría, dentro de los quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio”. El artículo 511 establece: “… cuando se trate de adecuaciones para el cierre del ejercicio que se lleven a cabo el 31 de diciembre”. El artículo 35 establece: “Las dependencias […] que ejerzan recursos aprobados en este Decreto, no podrán realizar erogaciones que no se encuentren devengadas al 31 de diciembre, con excepción de los anticipos que procedan por disposición legal, mismos que al término del ejercicio hubieren sido devengados o erogados […] los recursos provenientes del Gobierno del Distrito Federal que no hayan sido devengados, que al término del ejercicio fiscal conserven las Dependencias […] así como los rendimientos obtenidos, con excepción de los recursos presupuestales transferidos con el carácter de aportaciones al patrimonio propio de las entidades, se enterarán a la Secretaría dentro de los quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio...”.
(2,431.8)
Total 89,349.8
Partida 3411 “Servicios de Vigilancia”
La modificación neta de 28.5 miles de pesos (0.1%) al presupuesto original, de
30,500.0 miles de pesos, resultó de cuatro afectaciones presupuestarias autorizadas
por la SF, que originaron siete movimientos presupuestales. De esas afectaciones,
dos se debieron a recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones entre partidas que no
modificaron el presupuesto, y dos (una adición compensada y una reducción líquida)
originaron una modificación, por lo siguiente:
33 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Número. de afectación Justificaciones Importe
A 36 C0 01 020 E Una adición compensada de recursos presupuestales en el capítulo 3000 "Servicios Generales" para el Programa 17 “Educación” a fin de que la Secretaría de Educación dispusiera de recurso suficiente en abril para solventar los gastos de la actividad 22“Brindar atención integral al estudiante” para el control y manejo del gasto de operación, asimismo; para cubrir las necesidades de manera oportuna en el renglón de honorarios, actividad institucional 23 "Servicios educativos", que integra los nuevos objetivos y metas en materia de educación.
100.0
C 36 C0 01 128 E La reducción líquida de recursos en el capítulo 3000 "Servicios Generales" como parte integrante del cierre presupuestal de 2008, esta reducción se realiza a las partidas centralizadas y al ahorro que se presentó en un evento contratado por la dependencia.
(128.5)
Total (28.5)
Las 16 afectaciones presupuestarias tramitadas por la SE, que corresponden a las partidas
de la muestra, estuvieron soportadas con la documentación que establece el Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2008.
No obstante, las variaciones que incrementaron el presupuesto asignado y los múltiples
movimientos presupuestales que modificaron el presupuesto original de la partida
3301 “Honorarios” de la SE demuestran que no se realizó una adecuada presupuestación,
en contravención del artículo 16, fracciones I, II, III y IV, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal, que dispone:
“Las dependencias [...] formularán sus programas anuales de adquisiciones, arrendamientos
y servicios y sus respectivos presupuestos considerando:
”I. Las acciones previas, durante y posteriores a la realización de dichas operaciones;
”II. Los objetivos metas y actividades institucionales a corto y mediano plazo;
”III. La calendarización física y financiera de la utilización de los recursos necesarios;
”IV. Las unidades responsables de su instrumentación.”
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó
34 VOLUMEN 5/13
documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas, ya que
menciona lo siguiente:
“El presupuesto autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal fue deficitario en
la partida 3301 ‘Honorarios’, por lo que fue necesario tramitar las diversas adecuaciones
presupuestales para complementar la contratación de los Prestadores de Servicios
Profesionales y así cumplir con las metas y programas establecidos por esta Secretaría,
el cual fue reflejado en la modificación del Programa Anual de Adquisiciones.”
Lo anterior confirma que la asignación fue deficitaria por una inadecuada presupuestación.
Recomendación ASC-129-08-05-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se realice una adecuada presupuestación de la partida 3301 “Honorarios”, en
cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
4. Resultado
Mediante los oficios núms. ASC/09/1447 ASC/129/08/SE/09-02 de fechas 18 de septiembre
y 15 de octubre, ambos de 2009, la CMHALDF solicitó a la SE el Programa Anual de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de 2008 y sus
modificaciones realizadas en ese año; los Informes de seguimiento de las Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios (ISAAPS), que debieron formularse trimestralmente
en 2008; cualquier otro tipo de informe que se hubiera remitido a la OM; y los oficios de
envío y, en su caso, de autorización respectivos.
En respuesta con los oficios núms. SEDF/DA/1463/2009 y SEDF/DA/1511/2009 del 12 de
octubre y 20 de octubre de 2009, el Director de Administración en la SE, remitió diversa
documentación, en cuyo análisis se determinó lo siguiente:
1. El PAAAPS y sus modificaciones de 2008 se enviaron a la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM con desfases de 3 a 195 días
hábiles respecto a las fechas establecidas, como se observa en seguida:
35 VOLUMEN 5/13
Oficio de envío a la DGRMSG Fechas de presentación Período Número Fecha Acuse
de oficio Según
Circular Uno
Desfase en días hábiles
Anual SEDF/DA/0140/2008 18/II/08 20/II/08 15/II/08 3 Primer trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 14/IV/08 195 Segundo trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 14/VII/08 131 Tercer trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 14/X/08 70 Cuarto trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 15/I/09 6
Por no presentar oportunamente el Programa Anual de Adquisiciones y sus
modificaciones de 2008, la dependencia contravino los numerales 5.16.1 y 5.16.2
del apartado 5, “Adquisiciones”; subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular
Uno), vigente en 2008. El primero establece: “Las DGA serán las únicas áreas
facultadas para el envío de la información a la DGRMSG. Dicha información deberá
presentarse de manera consolidada por dependencia […] de acuerdo a los siguientes
períodos: Anualmente: a) Programa Anual de Adquisiciones. Trimestralmente:
a) El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada”; y el segundo dispone:
“Los titulares de las dependencias serán responsables de la debida formulación
y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez
días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la fecha de la
recalendarización”.
Asimismo, por no presentar oportunamente el Programa Anual de Adquisiciones
y publicarlo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la SE incumplió el segundo párrafo
del numeral 5.2.1, del apartado 5, “Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) del 12 de
abril de 2007, vigente en 2008, que establece: “Las Dependencias […] remitirán a la
DGRMSG, copia del PAAAPS que envíen a la SF para su validación. La versión
definitiva se enviará a la DGRMSG a más tardar la primera quincena del mes de
febrero, del ejercicio presupuestal reportado”.
36 VOLUMEN 5/13
Cabe señalar que la SE publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la versión
validada del PAAAPS del ejercicio de 2008, a nivel capítulo presupuestal, el 24 de abril
de 2008; por lo tanto, incurrió en un desfase de 18 días hábiles.
Por lo anterior, la SE incumplió el numeral 4.3, inciso c), del apartado 4, “De los requisitos
legales”, de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios Año 2007, vigente en 2008, que establece:
“c) Las Dependencias […] publicarán la versión validada del PAAAPS a nivel capítulo
presupuestal, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del
año en curso y realizar las gestiones pertinentes para que la glosa esté disponible para
su consulta en la página de Internet del Gobierno del Distrito Federal”.
2. Los ISAAPS del ejercicio de 2008 no se enviaron a la DGRMSG de la OM. Al respecto,
con el oficio núm. SEDF/DA/1511/2009 del 20 de octubre de 2009, el Jefe de Unidad
Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales de la SE, informó a
la CMHALDF que: “La Secretaría de Educación del Distrito Federal no entregó informes
trimestrales del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios a la Oficialía Mayor del Distrito Federal. Solamente se efectuó el informe
anual con su resumen ejecutivo, en el ejercicio de 2008”.
Por lo anterior, la SE contravino el numeral 5.16.1 del apartado 5, “Adquisiciones”;
subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) del 12 de abril de 2007, vigente en 2008, que
establece: “Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información
a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por
dependencia […] de acuerdo a los siguientes períodos: […] b) Informe del seguimiento
de las adquisiciones arrendamientos y prestación de servicios efectuados durante
el trimestre inmediato anterior (ISAAPS)”.
Tampoco observó el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2008, que instruye: “Los titulares de las dependencias […] a más tardar
37 VOLUMEN 5/13
dentro de los primeros diez días naturales de cada mes, enviarán un informe a la
Secretaría […] en el que se referirán las operaciones autorizadas […] realizadas en el
mes calendario inmediato anterior…”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de esa misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas.
En efecto, en su respuesta, la SE señala: “La Secretaría de Educación, como se ve
reflejado en el análisis realizado por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal no presentó en tiempo el Programa Anual de Adquisiciones
y sus modificaciones en el ejercicio 2008, por lo que anexo al presente los referentes al
ejercicio 2009, los cuales fueron entregados en tiempo y forma, así como la publicación en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal”. Lo anterior fue constatado, pero la SE no informó
de las medidas preventivas tomadas para evitar las deficiencias detectadas.
Asimismo, confirmó: “Como se puede observar en el análisis realizado por el órgano
fiscalizador los Informes de seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios del ejercicio 2008 no se remitieron a la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor…”.
Recomendación ASC-129-08-06-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
se presenten oportunamente tanto el Programa Anual de Adquisiciones como los informes
trimestrales de su seguimiento, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-07-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
los Informes de Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
se envíen con oportunidad a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la Oficialía Mayor, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
38 VOLUMEN 5/13
Partida 3301 “Honorarios”
5. Resultado
Por medio del oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF solicitó
a la SE las conciliaciones presupuestarias efectuadas mensualmente con la SF y los informes
trimestrales sobre el cumplimiento del Programa Anual Autorizado de Contratación de Servicios
(DAP-04), enviados a la Dirección General de Administración de Personal de la OM (DGAP),
correspondientes al ejercicio de 2008.
En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la
Dirección de Administración de la SE proporcionó las conciliaciones presupuestarias
efectuadas con la SF en 2008 y los informes trimestrales DAP-04, enviados a la DGAP por
ese ejercicio.
1. En el análisis de las cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales
por medio de las cuales la SE validó la información que remitió a la Dirección General
de Egresos (DGE), adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF, se observó que
las conciliaciones de enero a marzo, abril, mayo, julio y octubre a diciembre fueron
enviadas a la SF con retrasos de 1 a 80 días hábiles, como se muestra en seguida:
Oficio de envío a la DGE Fechas de presentación Mes Número Fecha Acuse
de oficio Según Manual
de Normas
Desfase en días hábiles
Enero SEDF/DA/0167/2008 26/II/08 27/II/08 11/II/08 16
Febrero SEDF/DA/0200/2008 13/III/08 14/III/08 10/III/08 4
Marzo SEDF/DA/0272/2008 14/IV/08 15/IV/08 10/IV/08 5
Abril SEDF/DA/0379/2008 15/V/08 16/V/09 11/V/08 5
Mayo SEDF/DA/0445/2008 10/VI/08 11/VI/08 10/VI/08 1
Junio SEDF/DA/0534/2008 10/VII/08 10/VII/08 10/VII/08 0
Julio SEDF/DA/0628/2008 12/VIII/08 15/VIII/08 10/VIII/08 5
Agosto SEDF/DA/0751/2008 10/IX/08 11/IX/08 11/IX/08 0
Septiembre SEDF/DA/0887/2008 9/X/08 10/X/08 10/X/08 0
Octubre SEDF/DA/1038/2008 11/XI/08 12/XI/08 11/XI/08 1
Noviembre SEDF/DA/1300/2008 12/XII/08 15/XII/08 10/XII/08 5
Diciembre SEDF/DA/0359/2009 31/III/09 31/III/09 11/I/09 80
39 VOLUMEN 5/13
Por lo anterior, la SE incumplió el artículo 554, fracción I, inciso a), del Código
Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que dispone: “Las dependencias […]
deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información: I. Mensualmente, dentro
de los primeros diez días del mes siguiente: a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”.
También contravino el numeral 9 del inciso A, “Instrumento para el Registro del
Presupuesto Ejercido”, del subapartado IV.3.1, Cuenta por Liquidar Certificada;
apartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2008, que indica: “El registro del presupuesto ejercido se desarrollará con
base en la autorización que expida el titular de la UR o de los servidores públicos con el
nivel de estructura, en quien se haya delegado dicha responsabilidad, atendiendo a lo
siguiente: [...] c) Al cierre de cada mes, la DGPP operará y expedirá los reportes
acumulados del registro programático-presupuestal en discos compactos, mismos que
comunicará por escrito a las UR'S y DGE's con el fin de revisar los registros y llevar
a cabo los procesos de conciliación establecidos”.
2. En la revisión de los informes trimestrales DAP-04 de la partida 3301 “Honorarios”, se
observó que fueron enviados a la DGAP con retrasos de 48 a 228 días hábiles, como se
muestra a continuación:
Oficio de envío a la DGAP Fechas de presentación Trimestre Número Fecha Acuse
de oficio Según
Lineamientos
Desfase en días hábiles
Primero SEDF/0229/2008 20/II/09 9/III/09 14/IV/08 228
Segundo SEDF/DA/0200/2008 13/III/08 9/III/09 14/VII/08 164
Tercero SEDF/DA/0272/2008 14/IV/08 9/III/09 14/X/08 100
Cuarto SEDF/DA/0379/2008 15/V/08 9/III/09 15/I/09 48
Por lo anterior, la SE no observó el numeral 1 del Apartado VII, Informes, de los
Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de
Servicios con cargo a las partidas Presupuestales: 3301 Honorarios ” vigente en 2008, que
instruye: “Las Dependencias […], remitirán a la DGAP mediante el formato DAP-04,
un informe trimestral sobre el cumplimiento del Programa Anual autorizado de Contratación
de Prestadores de Servicios, […] diez días hábiles posteriores al vencimiento del trimestre
que reportan”.
40 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de esa misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas por lo siguiente:
En su respuesta, la SE menciona: “La Subsecretaría de Egresos por medio de la Dirección
General de Política Presupuestal remite a las Dependencias, los listados definitivos para
el cierre de la Cuenta Pública el 31 de marzo del ejercicio inmediato posterior, para realizar la
conciliación definitiva, de las cifras que se presentan en la Cuenta Pública correspondiente”.
No obstante, la observación se refirió a las conciliaciones presupuestales mensuales.
Asimismo, indicó que ”los informes remitidos a la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal denominados DAP-04 con fecha 9 de marzo de 2009, son
los enviados con las observaciones realizadas por la DGADP, se anexa copia de los
oficios originalmente remitidos”. Al respecto, la documentación proporcionada fue objeto
de observación por los desfases presentados.
Recomendación ASC-129-08-08-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se presenten oportunamente a la Secretaría de Finanzas las conciliaciones mensuales
presupuestarias, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-09-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se presenten oportunamente a la Oficialía Mayor del Distrito Federal los informes
trimestrales sobre el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios (formato
DAP-04), en cumplimiento de la normatividad aplicable.
6. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF solicitó
a la SE los reportes del Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido y del Impuesto sobre
Nóminas mensuales y anual de 2008, así como los oficios por los que se remitieron a la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM.
41 VOLUMEN 5/13
En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la
Dirección de Administración en la SE, proporcionó la información requerida. En su revisión,
se determinó lo siguiente:
1. La SE presentó oportunamente a la DGADP los reportes mensuales para el pago del
ISR retenido y del Impuesto sobre Nóminas de 2008, de conformidad con lo instruido
por la DGADP en la circular núm. DGADP/000028/2008 del 9 de enero de 2008.
“… envío el calendario para la recepción de la información mensual para el pago de las
retenciones de ISR y del Impuesto sobre Nóminas del ejercicio 2008 Formatos
DGADP-01 ‘Formato Múltiple para el Entero de Impuesto sobre la Renta Retenido
e Impuesto sobre Nómina con Recursos Presupuestales’ [...]
”En virtud de lo anterior les solicito girar sus apreciables instrucciones a quien
corresponda para que la información sea enviada puntualmente en la fecha y horarios
establecidos en el calendario anexo. No omito señalar que el tercer párrafo del artículo
19 del Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal
vigente, establece: ‘Los titulares de las dependencias, […] que realicen sus operaciones
con el Registro Federal de Contribuyentes del Gobierno del Distrito Federal [...] deberán
remitir correcta y oportunamente a la Oficialía la información necesaria, para que ésta
cumpla dentro de los plazos legales con la obligación de tramitar ante la Secretaría
el pago del Impuesto sobre la Renta’.”
2. Con el oficio núm. SEDF/DA/048/2009 del 20 de enero de 2009, la Dirección de
Administración en la SE presentó a la DGADP de la OM, con un desfase de 4 días
hábiles, el reporte anual del ISR retenido correspondiente a 2008 (formatos DGADP-06
“Detalle de ISR Anual de Honorarios Profesionales y Arrendamientos de Inmuebles”
y DGADP-07 “Detalle de ISR Anual de Honorarios Asimilados a Salarios”). Dicho
reporte debió presentarse el 14 de enero de 2009.
Por lo anterior, la SE incumplió lo instruido por la DGADP de la OM, mediante
la circular núm. DGADP/000117/2008 del 15 de diciembre de 2008, a los Directores
Generales de Administración de las dependencias respecto a la entrega de la
información fiscal anual de 2008:
42 VOLUMEN 5/13
“Me refiero al numeral 1.3.10 de la Circular Uno […], en la cual establece la
responsabilidad de la Dependencias […] de enviar a la Dirección General de
Administración y Desarrollo de Personal, dentro de los primeros diez días hábiles
del mes de enero de cada año, la información para el cumplimiento de obligaciones
fiscales de carácter anual.
”Al respecto se hace del conocimiento […] que dicha información se deberá enviar
utilizando el siguiente esquema:
”1.- Fechas de entrega: Dependencias […] 14 de enero de 2009…”
3. Se determinó una diferencia de 0.9 miles de pesos entre el reporte anual del
ISR retenido (DGADP-06 y DGADP-07, por 20,102.4 miles de pesos) y los reportes de
los 12 meses de 2008 (DGAP-01, por 20,103.3 miles de pesos), como se muestra
a continuación:
(Miles de pesos)
Período Reporte Honorarios asimilados a salarios
Honorarios profesionales
Total
Anual DGADP-07 19,984.8
Anual DGADP-06 117.6
Total anual 19,984.8 117.6 20,102.4
Mensuales (12) DGAP-01 (19,985.7) (117.6) (20,103.3)
Diferencias (0.9) 0.0 (0.9)
Asimismo, el importe bruto de las 30 CLC (menos el monto de 3 DM) con las que la SE
ejerció el presupuesto de la partida 3301 “Honorarios” es de 137,676.5 miles de pesos
y que coincide con lo reportado en la Cuenta Pública. Esa cantidad, menos el ISR
retenido, por 20,121.5 miles de pesos, da un monto neto de 117,555.0 miles de pesos.
Si al importe retenido de 20,121.5 miles de pesos, se compara con el total reportado a
la DGADP de la OM para su entero mediante los formatos DGAP-01, por 20,103.3 miles
de pesos, se obtiene una diferencia enterada de menos por 18.2 miles de pesos;
respecto de lo reportado en los formatos DGADP-06 y DGADP-07, por 20,102.4 miles
de pesos, la diferencia de menos sería de 19.1 miles de pesos.
43 VOLUMEN 5/13
Mediante el oficio núm. ASC/129/08/SE/09-14 del 19 de enero de 2010, la CMHALDF
solicitó a la SE que explicara las diferencias determinadas; sin que al cierre de la
auditoría se hubiera recibido respuesta alguna.
Por las diferencias señaladas, la SE incumplió la circular de la DGADP núm.
DGADP/000117/2008 del 15 de diciembre de 2008, que en su numeral 3, inciso 5),
instruyó lo siguiente: “… 3. Consideraciones para el envío del ‘archivo anual’, […]
5) Verificar que los importes anuales del ISR retenido […] coincidan con los importes
acumulados de los reportes mensuales, enviados a través de los formatos DGADP-01
y DGADP-02”.
4. Mediante el oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF
solicitó a la SE el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios 2008
y las modificaciones realizadas con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, así como
los anexos respectivos y los oficios de envío y de autorización de la DGAP, adscrita
a la OM.
En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la
Dirección de Administración en la SE proporcionó dicha información, en cuya revisión
se observó lo siguiente:
El total reportado en la Cuenta Pública como ejercido en 2008 por concepto de honorarios
asimilados a salarios, con cargo a la partida 3301 “Honorarios” de 137,676.5 miles
de pesos, no coincide con el que se presenta en el Programa Anual Autorizado de
Contratación de Prestadores de Servicios ni en los Informes Trimestrales sobre
el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios (DAP-04),
como se muestra en el cuadro siguiente:
44 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Oficios de Autorización de Modificación al Programa Anual de Contratación de Prestación de Servicios de la DGADP de OM
Informes Trimestrales (DAP-04)
Número Fecha Contratos Importe Contratos Importe
DGADP/000254/2008 6/II/08 578 25,893.5 578 25,578.5 DGADP/000874/2008 31/III/08 479 60,821.4 742 23,718.4 DGADP/001399/2008 12/V/08 259 13,755.2 1,112 32,490.3 DGADP/001817/2008 12/VI/08 3 260.7 1,274 48,016.0 DGADP/002127/2008 10/VII/08 1 84.6 DGADP/002128/2008 11/VII/08 2 299.4 DGADP/002130/2008 10/VII/08 6 910.5 DGADP/002198/2008 17/VII/08 1 67.4 DGADP/002238/2008 21/VII/08 33 1,730.7 DGADP/002348/2008 1/VIII/08 1 38.4 DGADP/002326/2008 4/VIII/08 88 6,183.1 DGADP/002620/2008 29/VIII/08 202 16,001.5 DGADP/002659/2008 5/IX/08 1 141.2 DGADP/002726/2008 8/IX/08 21 839.5 DGADP/002813/2008 17/IX/08 5 345.9 DGADP/002797/2008 19/IX/08 10 428.8 DGADP/002978/2008 1/X/08 32 879.3 DGADP/002670/2008 5/IX/08 2 320.0 DGADP/002918/2008 2/X/08 130 6,023.6
Total 1,854 135,024.7 1,274 129,803.2 Cuenta Pública (1,163) (137,676.5) (1,163) (137,676.5)
Diferencia 691 (2,651.8) 111 (7,873.3)
Lo anterior revela debilidades de control interno que contravienen los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,
artículo 16, III. Tercer lineamiento, inciso e, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 9 de abril de 2007, que establece: “Artículo 16. Para efectos del presente
Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes: […] III. Tercer
Lineamiento: Actividades de Control […] e) Registro oportuno y adecuado de las
operaciones y hechos. Las operaciones y otros eventos que afecten a las Unidades de
Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el
momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible, para garantizar su relevancia
y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que puedan ser presentados en
informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma
de decisiones”.
45 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, no proporcionó documentación o información que desvirtuara las observaciones
precedentes.
Recomendación ASC-129-08-10-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se reporte oportunamente a la Dirección General de Administración y Desarrollo de
Personal de la Oficialía Mayor el Impuesto sobre la Renta retenido, mediante los formatos
DGADP-06 “Detalle de ISR Anual de Honorarios Profesionales y Arrendamientos de
Inmuebles” y DGADP-07 “Detalle de ISR Anual de Honorarios Asimilados a Salarios”, en
cumplimiento de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-11-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se concilien los importes anuales del Impuesto sobre la Renta retenido con los que se
reporten mensualmente mediante los formatos DGADP-01 y DGADP-02, en cumplimiento
de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-12-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se concilien los importes que se presentan en la Cuenta Pública con cargo a la partida
3301 “Honorarios” con los reportados en el Programa Anual Autorizado de Contratación
de Prestadores de Servicios y en los Informes Trimestrales sobre el Programa Anual
Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios, en cumplimiento de la normatividad
aplicable.
7. Resultado
En el ejercicio de 2008, la SE ejerció con cargo a la partida 3301 “Honorarios” un monto
de 137,676.5 miles de pesos, que representa el 62.4% del total erogado en el capítulo
3000 “Servicios Generales” (220,484.6 miles de pesos).
46 VOLUMEN 5/13
Dicha partida mostró un incremento de 95,492.3 miles de pesos (226.4%) con referencia al
presupuesto ejercido en 2007, de 42,184.2 miles de pesos, y de 89,349.8 miles de pesos
(184.9%) respecto al presupuesto original de 2008 (48,326.7 miles de pesos).
Para el ejercicio de los recursos asignados a esta partida, la Jefatura de Unidad
Departamental de Recursos Humanos de la Dirección de Administración en la SE presentó
ante el Subcomité de Adquisiciones Arrendamiento y Prestación de Servicios (SAAPS)
de esa dependencia la solicitud para la contratación de 1,057 prestadores de servicios,
a fin de la integrar el Programa Anual de Honorarios Asimilables a Salarios del 1o. de enero
al 31 de diciembre de 2008 por un importe de 86,714.9 miles de pesos. Dicha solicitud fue
autorizada por el SAAPS en su primera sesión ordinaria, celebrada el 4 de junio de 2008,
de acuerdo con el numeral 10, “Informe de Autorización de Honorarios”, del Desahogo de
la Orden del Día.
Posteriormente, en sus sesiones tercera y quinta ordinarias, celebradas el 22 de agosto y el
28 de octubre de 2008, el SAAPS se dio por enterado del informe que presentó la Dirección
de Administración acerca de la continuidad de los programas de prestadores de servicios,
por importes de 3,391.8 miles de pesos (para 47 números de contratos) y 32,104.9 miles
de pesos (para 603 números de contratos), con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, para
el período del 1o. de junio al 31 de diciembre de 2008.
En total, en la primera, tercera y quinta sesiones ordinarias del SAAPS, la SE presentó para
su dictamen y conocimiento un total de 1,707 contratos, por un monto de 122,211.6 miles
de pesos, para el Programa Anual de Honorarios Asimilables a Salarios 2008. Esta
cantidades difieren de las reportadas en la Cuenta Pública, que fueron 1,163 contratos y
137,676.5 miles de pesos. Las diferencias fueron de 544 contratos de más y 15,464.9 miles
de pesos de menos.
Por lo anterior, la SE incumplió los Lineamientos Generales de Control Interno para
la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 9 de abril de 2007, específicamente el artículo 16, III. Tercer lineamiento:
Actividades de Control, inciso e), “Registro oportuno y adecuado de las operaciones
y hechos”.
47 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas por lo
siguiente:
La SE únicamente cita las facultades del Comité que se establecen en el artículo 21, fracción VII,
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y los casos de excepción a la licitación
pública considerados en el artículo 54 del mismo ordenamiento; sin embargo, en el resultado
se refiere que la SE no cumplió el artículo 16, III. Tercer lineamiento: Actividades de Control
Pública Interno para la Administración del Distrito Federal.
Recomendación ASC-129-08-13-SE
Es conveniente que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
se concilien los importes y números de contratos que se presenten en la Cuenta Pública
respecto a la partida 3301 “Honorarios” con los reportados al Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios, conforme a los Lineamientos Generales de
Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
8. Resultado
Para revisar la partida 3301 “Honorarios”, la CMHALDF requirió al sujeto fiscalizado CLC,
recibos, expedientes de personal, reportes de actividades, formatos de impuestos retenidos
y demás información y documentación complementaria que permitiera conocer el ejercicio
del gasto en dicha partida. De la revisión a la información y documentación proporcionadas
se determinó lo siguiente:
1. Mediante los oficios núms. SEDF/DA/1463/2009 y SEDF/DA/0146/2010 de fechas 12 de
octubre de 2009 y 27 de enero de 2010, respectivamente, el Director de Administración
de la SE proporcionó a la CMHALDF la relación de 30 CLC que se expidieron para
realizar pagos en 2008 con recursos de la partida 3301 “Honorarios” por un importe
bruto de 140,661.4 miles de pesos (de éstos 20,233.5 miles de pesos corresponden a
ISR Retenido, llegando a un importe neto de 120,427.9 miles de pesos); 3 documentos
48 VOLUMEN 5/13
múltiples por un importe de 2,984.9 miles de pesos (núms. DM 36 C0 01 con terminaciones
00024, 00038 y 00050, de fechas 24 de octubre, 23 y 30 de diciembre, respectivamente,
todos de 2008), de lo cual se determinó un monto de 137,676.5 miles de pesos ejercido
por concepto de pago de honorarios asimilados a salarios.
Asimismo, proporcionó las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias
de honorarios correspondientes a la partida 3301 “Honorarios”, así como los archivos
magnéticos que contienen la relación de contratos y montos ejercidos por cada prestador
de servicios, de 2008, en los que se registró un importe total de 139,921.4 miles de pesos.
Del comparativo efectuado por la CMHALDF entre el importe registrado por la Jefatura
de Unidad Departamental de Recursos Financieros (137,676.5 miles de pesos)
y lo reportado por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos
(136,936.5 miles de pesos), se desprende una diferencia de 740.0 miles de pesos,
como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Importe bruto ISR retenido Neto
Nóminas SE 139,921.4 20,143.7 119,777.7 Documentos Múltiples (DM) (2,984.9) (112.0) (2,872.9) Total nómina 136,936.5 20,031.7 116,904.8 Cuenta Pública * (137,676.5) (20,121.5) (117,555.0) Diferencia (740.0) (89.8) (650.2)
* Registrado en la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros de la SE.
Al respecto, mediante los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-16 y ASC/129/08/SE/09-18
del 22 y 28 de enero de 2010, la CMHALDF solicitó información o documentación que
aclarara la diferencia entre ambas jefaturas.
En respuesta al oficio núm. ASC/129/08/SE/09-16, con el oficio núm. SEDF/DA/0146/2010
con fecha de recibido 28 de enero de 2010, el Director de Administración de la SE
informó lo siguiente: “Para la integración […] se consideraron los soportes de las CLC
correspondientes, lo que derivó en una diferencia de $790,547.00 por la cancelación
de la CLC 36 CO 01 00484, la cual se encuentra soportada por el documento múltiple
36 CO 01 038, mismo que se anexa, cabe señalar que es la primera vez que se entrega
este documento a los auditores de la CMHALDF”.
49 VOLUMEN 5/13
En respuesta al oficio núm. ASC/129/08/SE/09-18, con el oficio núm. SEDF/DA/0156/2010
con fecha de recibido 3 de febrero de 2010, el Director de Administración de la SE
informó lo siguiente:
“… Las Nóminas Ordinarias, Extraordinarias, complementarias y el pago Extraordinario
otorgado por única vez, con cargo a la partida 3301 ‘Honorarios’ del ejercicio 2008 son
las que se encontraron en los archivos del Jefe de Unidad Departamental de Recursos
Humanos, del servidor público saliente, derivado al cambio de Administración […]
”La diferencia determinada se refiere al Documento Múltiple núm. 36 C0 01 0038
de fecha 19 de diciembre de 2008, por un importe de $790,547.00, el cual se entregó en
el requerimiento anterior…”
Lo anterior no aclara las diferencias determinadas, ya que el monto del DM que el sujeto
fiscalizado menciona, (790.5 miles de pesos) ya se había restado a los totales de ambas
unidades administrativas. El hecho de que el importe reportado por la Jefatura de Unidad
Departamental de Recursos Financieros, que es el efectivamente erogado porque
corresponde al total de las CLC menos los DM y al que se presentó en la Cuenta Pública
(137,676.5 miles de pesos) difieren del registrado por la Jefatura de Unidad Departamental
de Recursos Humanos (136,936.5 miles de pesos), lo que evidencia debilidades de
control interno. Por ello, se incumplieron los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer lineamiento:
Actividades de Control, inciso e), Registro oportuno y adecuado de las operaciones
y hechos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
2. Mediante los oficios núms. ASC/09/1447, ASC/129/08/SE/09-08 y ASC/129/08/SE/09-18
del 18 de septiembre y 4 de diciembre de 2009 y 28 de enero de 2010, la CMHALDF
solicitó a la SE las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios
correspondientes a la partida 3301 “Honorarios”, así como los archivos magnéticos que
contienen la relación de contratos y montos ejercidos por cada prestador de servicios,
correspondiente a 2008.
En respuesta, con los oficios núms. SEDF/DA/1463/2009, SEDF/DA/1737/2009
y SEDF/DA/0156/2010 de fechas 12 de octubre y 9 de diciembre de 2009 y 3 de febrero
50 VOLUMEN 5/13
de 2010, fecha de recibido en ese orden, la Dirección de Administración proporcionó
dicha información. De su análisis se desprende lo siguiente.
La nómina proporcionada por la Jefatura de Recursos Humanos de la SE está integrada
por 1,163 folios, que corresponden al mismo número de prestadores de servicios, con cargo
a la partida 3301 “Honorarios”. Al respecto, 59 folios, por un importe de 1,084.6 miles de
pesos, carecen del nombre completo del prestador de servicios, del Registro Federal
de Contribuyentes y del número de contrato. Además, entre el importe registrado por
la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros (137,676.5 miles de
pesos) y lo reportado por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos
en la nómina del ejercicio de 2008 (136,936.5 miles de pesos) hay una diferencia de
740.0 miles de pesos, como sigue:
(Miles de pesos)
Folios Concepto Importe bruto ISR retenido Importe neto
33 “Por confirmar” 462.9 71.3 391.6 25 “Vacantes” 601.7 99.3 502.4
1 “No se pagó” 20.0 3.0 17.0
59 No identificados 1,084.6 173.6 911.0 1,104 Prestadores de servicios 138,836.8 19,970.1 118,866.7
1,163 Total folios nómina SE 139,921.4 20,143.6 119,777.7
Documentos Múltiple (2,984.9) (112.0) (2,872.9)
Total nómina JUD Recursos Humanos 136,936.5 20,031.7 116,904.8 Total nómina JUD Recursos Financieros (137,676.5) (20,121.5) (117,555.0)
Diferencia (740.0) (89.8) (650.2)
Mediante los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-07 y ASC/129/08/SE/09-16 del 24 de
noviembre de 2009 y 22 de enero de 2010, la CMHALDF solicitó a la SE que proporcionara
información o documentación que precisara si respecto a los 33 folios identificados con el
concepto “Por confirmar”, los 25 folios con la leyenda “Vacantes” y el folio que indica “No se
pagó”, se pagaron los importes señalados en la nómina anual de 2008 proporcionada por la
Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos de la SE; y los motivos por los
cuales carecen de los nombres de los prestadores de servicio.
En respuesta, la SE, a través del Director de Administración, con el oficio
núm. SEDF/DA/1696/2009 del 30 de noviembre de 2009, proporcionó tres notas informativas
51 VOLUMEN 5/13
sin número de fecha 30 de noviembre de 2009, mediante las cuales el Jefe de Unidad
Departamental de Recursos Humanos de la SE aclaró las observaciones relativas a los
33 folios “Por Confirmar” y a los 25 folios “Vacantes”, quedando pendiente por comprobar
el folio que indica “No se pagó”. En dichas notas se señala lo siguiente:
“De los 33 folios identificados con la leyenda ‘Por Confirmar’ anexo a la presente copia de las
pólizas y credenciales de elector de las personas que cobraron en ese período así como los
expedientes que obran en esta Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos.
”Del listado de los prestadores de servicios identificados como ‘Vacantes’, me permito
informar a usted que los folios 118.2, 399.2 y 1,106.2 corresponden al mes de noviembre
y los folios 1,261.1 y 1,262.1 corresponden al mes de diciembre, como se puede verificar en
el propio listado y en las nóminas de los meses de noviembre y diciembre, sin embargo,
por un error al elaborar en los listados se colocaron las fechas de inicio, en el mes de
septiembre y octubre.
”Del listado antes mencionado, los folios identificados como ‘Vacantes’, corresponden
a montos que fueron solicitados en las Cuentas por Liquidar Certificadas y que no fueron
pagados a prestadores de servicios; dichos importes fueron reintegrados a la Secretaría
de Finanzas y se elaboraron los Documentos Múltiples de Reintegro.
”Por lo antes descrito, dichos montos no corresponden a personas en particular, por lo que
no se estableció relación contractual, por lo que no existen expedientes.
”Del folio con la leyenda ‘No se pagó’ me permito comentar que es el folio número
740.1 en el período 1 de junio de 2008 al 30 de junio de 2008. Derivado de la búsqueda en los
archivos que obran en esta Secretaría de Educación del Distrito Federal, se encontró dicho
folio como ‘vacante’ en ese período, por lo que no existe póliza relacionada con dicho pago.
”Sin embargo, se hará una revisión de los archivos por lo que, de ser el caso, se hará llegar.”
Con el oficio núm. SEDF/DA/0146/2010 del 27 de enero de 2010, el Director de
Administración de la SE proporcionó el anexo núm. 2, en el cual informó que respecto
52 VOLUMEN 5/13
a los motivos de que en el reporte de nómina proporcionado por la SE y a que a su vez
así se remitió a la DGADP aparecen con la leyenda “Por confirmar” y no con los datos del
prestador de servicios, “se desconoce los motivos de envío de los reportes de nómina
correspondientes al período de enero a septiembre, no obstante a partir del mes de octubre
a diciembre de 2008, se modificó su forma”.
Respecto a confirmar que las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias
de honorarios correspondientes a la partida 3301 “Honorarios” del ejercicio de 2008 y la
relativa al pago extraordinario otorgado por única vez, así como los archivos magnéticos
que contienen la relación de contratos y montos ejercidos por cada prestador de servicios
(de 2008) proporcionados por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos de
la SE por un monto de 139,921.4 miles de pesos son los definitivos al 31 de diciembre
de 2008, el Director de Administración de la SE, con el oficio núm. SEDF/DA/0156/2010,
recibido el 3 de febrero de 2010, envió nota informativa sin fecha y sin número, mediante
la cual el Jefe de Unidad Departamental de Recursos Financieros de la SE informó que
“las Nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios correspondientes
a la partida 3301 ‘Honorarios’ del ejercicio 2008 y la relativa al pago extraordinario otorgado
por única vez, correspondientes a los meses de enero a septiembre de 2008 son las que se
encontraron en los archivos del Jefe de la Unidad Departamental de Recursos Humanos,
del servidor público saliente, derivado del cambio de Administración”.
No obstante que el sujeto fiscalizado aclaró los conceptos no identificados de “Por confirmar”
y “Vacantes” de las CLC expedidas para el pago de sueldos asimilados a salarios, el hecho
de que tenga que explicar los mismos y no identifiquen sus registros de inmediato a las
personas por las cuales se expidieron, evidencia debilidades de control interno; por lo tanto,
se incumplieron los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer lineamiento: Actividades de Control,
inciso e), Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos, publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
Asimismo a lo no comprobado de un folio denominado “No se pagó”, por un monto de
20.0 miles de pesos, mismo que por encontrarse “vacante” no se contó con el contrato
correspondiente, la SE no observó el artículo 381, fracción III, del Código Financiero
53 VOLUMEN 5/13
del Distrito Federal vigente en 2008, que dispone: “las Dependencias […] deberán cuidar
bajo su responsabilidad, que los pagos que hayan autorizado con cargo a sus presupuestos
aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos […] III. Que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos,
entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen la obligación
de hacer un pago y por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las
sumas de dinero correspondientes”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas, por lo
siguiente:
En su respuesta menciona que: “mediante oficio SEDF/DA/0156/2010 de fecha 29 de
febrero de 2010, en la cual se anexa nota informativa misma que explica la variación”.
Del análisis de dicha respuesta se determina que subsiste el resultado, ya que es la misma
proporcionada durante la auditoría.
Recomendación ASC-129-08-14-SE
Es conveniente la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
los importes reportados en la Cuenta Pública con cargo a la partida 3301 “Honorarios”
coincidan con los registros de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos
Financieros y de Recursos Humanos, en cumplimiento de la normatividad vigente.
Recomendación ASC-129-08-15-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que en sus nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales asimilados
a sueldos y salarios invariablemente se anoten los nombres y apellidos, número de contrato
y Registro Federal de Contribuyentes de todos los prestadores contratados con cargo a la
partida 3301 “Honorarios”, conforme a los Lineamientos Generales de Control Interno para
la Administración Pública del Distrito Federal y en cumplimiento de la normatividad vigente.
54 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-129-08-16-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que en las nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales asimilados
a sueldos y salarios no se utilicen los conceptos “Por confirmar”, “Vacantes y “No se pagó”
de los prestadores contratados con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, en cumplimiento
de la normatividad vigente.
Recomendación ASC-129-08-17-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que en las nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales asimilados
a sueldos y salarios se anoten las fechas correctas del período de pago, en cumplimiento
de la normatividad vigente.
Recomendación ASC-129-08-18-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que los pagos de las nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales
asimilados a sueldos y salarios se encuentren debidamente comprobados y justificados con
los documentos originales respectivos, entendiéndose por comprobantes los documentos
que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes, en cumplimiento de la
normatividad vigente.
9. Resultado
Con la finalidad de constatar que los expedientes de los prestadores de servicios de
la SE estuvieran integrados con la documentación prevista en la normatividad aplicable que
soporta su ingreso al sujeto fiscalizado y que se conservan de acuerdo con los plazos
legales establecidos, mediante muestreo estadístico se seleccionaron 119 prestadores
de servicios que recibieron pago por concepto de honorarios asimilables a sueldos en
diciembre de 2008 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; sus expedientes se
solicitaron a la SE por medio del oficio núm. ASC/129/08/SE/09-03 del 29 de octubre
de 2009.
55 VOLUMEN 5/13
Con base en el análisis de los 119 expedientes de personal proporcionados por la Dirección
de Administración de la SE con el oficio núm. SEDF/DA/1584/2009 del 4 de noviembre
de 2009, se determinó que carecen de lo siguiente:
Documento Expedientes con faltantes
Formato de solicitud de empleo. 8 Copia certificada de acta de nacimiento. 3 Currículum Vítae. 2 Registro Federal de Contribuyentes. 3 Documento que acredite el nivel máximo de estudios. 2 Dos fotografías tamaño infantil. 5 Escrito en el que el prestador de servicios, manifiesta bajo protesta de decir verdad que no tiene otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno con el Gobierno del Distrito Federal. 100 Escrito en el que el prestador de servicios manifiesta que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la Contraloría General del Distrito Federal si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que en caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal. 110 Constancia de no existencia de registro de inhabilitación expedida por la Contraloría General del Distrito Federal para desempeñar la prestación de los servicios objeto del contrato de acuerdo con la declaración II.4 de los Contratos de Prestadores de Servicios. 114
1. En el cuestionario de control interno aplicado a la Jefatura de Unidad Departamental
de Recursos Humanos de la SE, se solicitó que señalaran los elementos básicos que
deben contener los expedientes de las personas contratadas por honorarios.
Al respecto, el titular de la jefatura indicó: “… los expedientes de los prestadores
de servicios contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios deben
contener como mínimo los establecidos en la Circular Uno de la Oficialía Mayor para
aspirantes a ocupar una plaza en una dependencia”.
Por no contar con la documentación solicitada para integrar los expedientes de
personal, la SE incumplió los numerales 1.3.7 y 1.3.15 de la “Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno).
El primero establece que, “previo a la formalización de la relación laboral, el aspirante
a ocupar una plaza en alguna de las Dependencias […] deberá entregar lo siguiente:
a) Formato de solicitud de empleo totalmente requisitado. b) Copia Certificada del Acta
de nacimiento. c) Currículum Vitae […] f) Copia del documento en donde conste la clave
56 VOLUMEN 5/13
del Registro Federal de Contribuyentes […] h) Documento que acredite el nivel máximo
de Estudios […] j) Dos fotografías tamaño infantil de frente k) Escrito en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el Gobierno del
Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador
de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal. l) Escrito en el que manifieste
que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la CGDF,
si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que
en el caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar
a laborar en el Gobierno del Distrito Federal …”. El segundo numeral indica que:
“El Titular del Área de Recursos Humanos de la Dependencia, es responsable de la […]
actualización de los expedientes de personal de los trabajadores adscrito”.
Además, la SE no observó el numeral 2 del apartado VIII, “Responsabilidades”, de los
“Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de
Servicios Profesionales con Cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 ‘Honorarios’, 3302
‘Capacitación’, 3303 ‘Servicios de Informática’, 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’
y 3305 ‘Estudios e Investigaciones’ para el Ejercicio Presupuestal 2006, expedidos por
la OM y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 27 de marzo de 2006, vigentes en 2008. Dicho numeral señala:
“Será responsabilidad de los servidores públicos competentes de las Dependencias
[…] la elaboración, procesamiento y operación de los contratos, así como, el trámite
para recabar los documentos que avalen la contratación de los prestadores de servicios,
en el ámbito de sus respectivas competencias”.
Por no conservar en los expedientes de los prestadores de servicios profesionales
asimilados a sueldos y salarios las constancias de no existencia de registro de
inhabilitación expedida por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF), la SE no
cumplió con lo dispuesto por el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal
que establece:
“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades están obligadas
a conservar en su poder y a disposición de la Secretaría y de otras autoridades
competentes, por los plazos que se establezcan en los ordenamientos legales aplicables,
57 VOLUMEN 5/13
los libros, registros auxiliares e información correspondiente, así como los documentos
originales justificativos y comprobatorios de sus operaciones financieras.”
2. Del análisis de los contratos e informes de actividades incluidos en los 119 expedientes
de los prestadores de servicios, se detectó que en 4 de ellos se informó que realizaron
actividades en 2008 distintas de las señaladas en la cláusula primera “objeto del
contrato”, como se indica a continuación:
Contrato Actividades por desarrollar y desarrolladas
Número Vigencia Según el objeto del contrato Según informes mensuales
342/2008 Del 1/IV/08 al 31/XII/08
Seguimiento y vigilancia puntual del desarrollo académico de los alumnos y asegurar su aprovechamiento máximo dotándolos de las herramientas necesarias para su educación.
Se realizaron actividades respecto al adecuado funcionamiento de las instalaciones y mantenimiento físico y estructural de la SE (informe de abril de 2008). Se efectuaron traslados de personal de Centros de Transformación Educativa a diferentes Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal, tales como GAM, Azcapotzalco, Iztapalapa, etc. (informes de mayo a diciembre de 2008).
222.2/2008
Del 1/XI/08 al 31/XII/08
Dar seguimiento a los convenios, contratos y pedidos que se finquen a proveedores de la SE, con el objeto de que cumplan las condiciones y requisitos de compra establecidos en la normatividad vigente.
Elaboración de la nómina del personal de estructura y técnico operativo. Control del registro de asistencia del personal técnico operativo adscrito a la SE. Elaboración de hojas de servicios, constancias laborales y comprobantes de servicios. Trámite de altas, bajas y modificaciones salariales ante el ISSSTE, entre otras, respecto al manejo y control del personal de la SE. Elaboración de reintegros de sueldos capítulo 1000.
1100.2/2008
Del 16/X/08 al 31/XII/08
Coordinar, evaluar y apoyar la educación de programas acciones y modelos educativos encaminados y mejoramiento de la educación secundaria en el Distrito Federal.
Coordinar y apoyar el programa de educación a distancia. Realizar las evaluaciones del programa de educación a distancia. Revisión de los diversos juicios relacionados con la SE.Realizar cuadros comparativos y opiniones respecto de proyectos de leyes o reformas, decretos, normas y demás disposiciones normativas relacionadas con el ámbito de competencia de la SE. Elaboración de contratos de adquisiciones, derivados de las licitaciones, invitaciones restringidas convocadas por la SE, o bien por adjudicaciones directas, entre otras respecto a actividades administrativas.
252/2008
Del 1/I/08 al 31/III/08
Seguimiento y vigilancia puntual del desarrollo académico de los alumnos y asegurar su aprovechamiento máximo dotándolos de las herramientas necesarias para su educación.
Realización de inspecciones técnicas en diversos planteles (primarias, secundarias y jardines de niños), determinándose la falta de trabajos de albañilería, impermeabilización, pintura general, herrería y aluminio, así como la reparación de instalaciones eléctricas e hidrosanitarias. Supervisión de inmuebles para determinar riesgos, trabajos inconclusos, obras abandonadas, quejas de padres de familia y directores de los planteles.
Por realizar actividades distintas de las contratadas y no formular los convenios
modificatorios procedentes, la SE incumplió la cláusula décima quinta de los contratos
originalmente suscritos, misma que establece:
58 VOLUMEN 5/13
“Décima quinta.- Modificación al contrato.- El presente contrato podrá ser modificado en
todo o en partea través del convenio modificatorio respectivo, mismo que será suscrito por
los servidores públicos que celebran el presente instrumento o por quien los sustituya en el
cargo o funciones, en términos del artículo 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal, cuando así lo considere necesario ‘la Secretaría’.”
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado,
por lo siguiente:
En su respuesta, la SE menciona: “Se anexa copia de los informes de los Prestadores de
Servicios Profesionales realizados durante el período observado, no omito manifestar
a usted que los que se encontraron en los archivos correspondientes, son las actividades
extras realizadas por dichos prestadores”. Sin embargo, no anexó al oficio de respuesta
ningún documento, por lo cual el resultado subsiste.
Recomendación ASC-129-08-19-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que previo a la formalización de la relación laboral de los aspirantes a ocupar una plaza de
honorarios profesionales asimilados a sueldos y salarios en la Secretaría cuente con los
documentos que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-129-08-20-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para verificar
y constatar oportunamente que los prestadores de servicios de honorarios profesionales
asimilados a sueldos y salarios cumplan con el objeto del contrato estipulado en los contratos
correspondientes y de proceder formular los convenios modificatorios respectivos, en
cumplimiento de lo estipulado en los contratos de prestación de servicios.
59 VOLUMEN 5/13
10. Resultado
Con el oficio núm. ASC/09/0996 del 9 de julio de 2009, la CMHALDF solicitó a la OM las
nóminas ordinarias y extraordinarias del Gobierno del Distrito Federal de las 24 quincenas
de 2008, las cuales fueron proporcionadas por la Dirección General de Administración de
la OM mediante el oficio núm. OM/DGA/1058/2009 del 23 de julio de 2009.
Al comparar dichas nóminas centralizadas con las nóminas de la SE de honorarios de
prestadores de servicios profesionales, de honorarios asimilables a salarios, del mismo
año, se observó lo siguiente:
1. La SE pagó 837.0 miles de pesos a 21 prestadores de servicios con cargo a la partida
3301 “Honorarios”, de los cuales 19 prestadores de servicios cobraron, durante los
mismos períodos, en otras dependencias del Gobierno del Distrito Federal y en la
misma SE en la nómina centralizada, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Nóminas de honorarios de la Secretaría de Educación Nómina ordinaria del Gobierno del Distrito Federal Total Número
de contrato Período Monto
(1) Dependencia Período Monto
(2) (1)+(2)
(3)
218/2008 1o. de enero al 15 de febrero de 2008
19.5 Dirección General del Instituto del Deporte del Distrito Federal
1o. de enero al 15 de febrero de 2008
34.6 * 54.1
1100.1/2008 y
1265/2008
1o. al 15 de octubre de 2008 16 de octubre al 15 de noviembre de 2008
25.1 Oficialía Mayor 1o. al 15 de octubre de 2008 16 de octubre al 15 de noviembre de 2008
18.2 * 43.3
304/2008 y
227/2008
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 15 de noviembre de 2008
97.1
Dirección General de Prevención y Readaptación Social
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 15 de noviembre de 2008
75.9 * 173.0
222/2008
1o. al 15 de abril de 2008 5.2 Secretaría de Transportes y Vialidad
1o. al 15 de abril de 2008 2.8 * 8.0
983/2008
16 de agosto al 31 de diciembre de 2008
49.7 Delegación Cuauhtémoc
16 de agosto al 31 de diciembre de 2008
19.0 * 68.7
666/2008
1o. al 15 de octubre y del 1o. al 15 de noviembre de 2008
5.5 Delegación Cuauhtémoc
1o. al 15 de octubre y del 1o. al 15 de noviembre de 2008
5.2 * 10.7
1062.1/2008 1o. de octubre al 31 de diciembre de 2008
16.7 Jefatura de Gobierno del Distrito Federal
1o. de octubre al 31 de diciembre de 2008
10.4 * 27.1
270/2008 1o. al 31 de enero de 2008 10.8 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
1o. al 31 de enero de 2008 8.6 * 19.4
197/2008 16 al 29 de febrero de 2008 7.2 Tesorería del Gobiernodel Distrito Federal
16 al 29 de febrero de 2008 4.3 * 11.5
656/2008 1o. al 15 de octubre de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008
5.5 Delegación Cuauhtémoc
1o. al 15 de octubre de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008
5.2 * 10.7
111.1/2008 1o. de agosto al 31 de diciembre de 2008
75.3 Secretaría de Salud 1o. de agosto al 31 de diciembre de 2008
17.2 * 92.5
Continúa…
60 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Nóminas de honorarios de la Secretaría de Educación Nómina ordinaria del Gobierno del Distrito Federal Total Número
de contrato Período Monto
(1) Dependencia Período Monto
(2) (1)+(2)
(3)
126/2008 1o. al 15 de abril de 2008 7.2 Secretaría de Transportes y Vialidad
1o. al 15 de abril de 2008 2.8 * 10.0
1074 A/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008
128.6 Secretaría de Salud 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008
72.4 * 201.0
445/2008 y
348/2008
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008
66.7 Delegación Gustavo A. Madero
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008
50.0 * 116.7
489.1/2008 1o. de junio al 15 de julio de 2008
27.5 Dirección General del Instituto del Deportedel Distrito Federal
1o. de junio al 15 de julio de 2008
23.6 * 51.1
491.1/2008 1o. de junio al 31 de julio de 2008
36.6 Delegación Cuauhtémoc
1o. de junio al 31 de julio de 2008
35.8 * 72.4
486.1/2008 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2 Dirección General del Instituto del Deportedel Distrito Federal
1o. al 15 de agosto de 2008 7.8 * 17.0
712.1/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008
22.2 Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental
1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008
22.5 * 44.7
22.2/2008 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5 Secretaría de Educación1
1o. al 31 de octubre de 2008 25.2 60.7
201/2008 1o. al 31 de enero de 2008 14.4 Secretaría de Educación1
1o. al 31 de enero de 2008 5.2 19.6
185/2008
128/2008
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008
172.4 Delegación Venustiano Carranza
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008
54.7 *
227.1
837.9 501.4 1,339.3
* Confirmado con el ente. 1 Tipo de Nómina del GDF: Base
Por lo anterior, con los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-10 y ASC/129/08/SE/09-12
de fechas 23 de diciembre de 2009 y 11 de enero de 2010, la CMHALDF solicitó a
la SE información y documentación certificada relativa a los prestadores de servicios
con contrato núms. 22.2/2208 y 201/2008 de honorarios asimilables a salarios, por
estar contratados como personal de base en la SE y cobrar a través de la nómina del
Gobierno del Distrito Federal en el mismo período.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDF/DA/1808/2009 de fecha 31 de diciembre
de 2009 de la Dirección de Administración en la SE, respecto al prestador de servicios
con contrato núm. 22.2/2008 proporcionó el nombramiento, Documento Alimentario de
Personal, Alta, constancia de nombramiento de personal en el cual se especifica la baja
por renuncia del 30 de septiembre de 2008, fichas de depósito, recibos de entero de la SF
y comprobantes de liquidación de pago del 1o. al 15 de octubre y del 16 al 31 de octubre
de 2008 debidamente cancelados.
61 VOLUMEN 5/13
Además con el oficio núm. SEDF/DA/036/2010 de fecha 13 de enero de 2010, referente
al prestador de servicios con contrato núm. 201/2008, remitió constancia de movimiento
de personal en la que se especifica en la descripción del movimiento: Licencia sin sueldo
limitada con una vigencia del 1o. de noviembre de 2007 al 30 de abril de 2008, oficio
núm. DRL/4277/2007 del 6 de diciembre de 2007, con el que autorizó la Dirección de
Relaciones Laborales de la Oficialía Mayor la licencia sin goce de sueldo de dicho
prestador de servicios, los comprobantes de liquidación de pago de las quincenas del
1o. al 15 de enero y del 16 al 31 de enero de 2008 cancelados, fichas de depósito
y recibos de entero de la SF.
Las fichas de depósitos de los reintegros efectuados se detallan a continuación:
(Miles de pesos)
Número de contrato
Reintegro efectuado Fecha del depósito
Importe de reintegro
Período de reintegro
22.2/2008 Total
Scotiabank número de Cta. 100911771 a nombre de la Secretaría de Finanzas Scotiabank número de Cta. 100911771 a nombre de la Secretaría de Finanzas
17/X/08
10/XI/08
12.6
12.6
25.2
Primera quincena de octubre Segunda quincena de octubre
201/2008 Scotiabank número de cuenta 5899699 a nombre de la Secretaría de FinanzasScotiabank número de cuenta 5899699 a nombre de la Secretaría de Finanzas
8/I/08
31/I/08
2.5
2.7
Primera quincena de enero Segunda quincena de enero
Total 5.2
Con objeto de constatar la información proporcionada por la OM en relación con los
pagos efectuados por otros entes, la CMHALDF les solicitó copias certificadas de la
documentación que acreditara la contratación y pagos realizados en 2008 a los
restantes 19 prestadores de servicios, por medio de los oficios núms. ASC/10/0055 al
0069, todos de fecha 18 de enero de 2010, y a la fecha del cierre de la auditoría se
había obtenido respuesta de la Dirección General del Instituto del Deporte, Contraloría
General, Oficialía Mayor, Dirección General de Prevención y Readaptación Social,
Secretaría de Transportes y Vialidad, Delegación Cuauhtémoc, Jefatura de Gobierno,
Procuraduría General de Justicia, Tesorería del Gobierno del Distrito Federal,
Secretaría de Salud, Secretaría de Cultura, Delegación Gustavo A. Madero, Dirección
General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental y de la Delegación Venustiano
62 VOLUMEN 5/13
Carranza. Se confirmó que los prestadores de servicios mencionados sí laboraron en
esos entes por los períodos indicados y percibiendo los sueldos señalados.
Cabe señalar que los expedientes de los 19 prestadores de servicios contienen los
escritos de manifestación “bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el
Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno
como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal” y en el que
manifiestan que “da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte
en la CGDF, si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio
público y que en el caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá
ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal”.
Respecto al primer escrito con el que se manifiesta bajo protesta de decir verdad no
tener, al momento de la suscripción del contrato con la SE, otro empleo en el Gobierno
del Distrito Federal, los 19 prestadores de servicios declararon con falsedad la declaración
núm. II.4 de los contratos de prestación de servicios profesionales que suscribieron.
En cuanto al escrito de no inhabilitación, expedido por la CGDF, sólo los siguientes
5 expedientes contienen éste, por lo que la SE incumplió, por lo que se refiere a los
restantes 14 prestadores de servicios contratados lo dispuesto en el numeral 1.3.7,
inciso i, en relación con el penúltimo párrafo de dicho numeral, de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal: (Circular Uno) del 12 de
abril de 2007.
(Miles de pesos)
Contrato Período Monto
666/2008 1o. al 15 de octubre y del 1o. al 15 de noviembre de 2008
5.5
489.1/2008 1o. de junio al 15 de julio de 2008 27.5
491.1/2008 1o. de junio al 31 de julio de 2008 36.6
486.1/2008 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2
22.2/2008 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5
63 VOLUMEN 5/13
2. Mediante los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-06, ASC/129/08/SE/09-11 y
ASC/129/08/SE/09-13, de fechas 24 de noviembre y 23 de diciembre de 2009, y 18 de
enero de 2010, respectivamente, la CMHALDF solicitó la documentación soporte que
acredite los pagos, como son: pólizas de cheques, trasferencias, recibos, así como
los depósitos en cuenta bancaria y los números de cuenta de dichos depósitos de cada
uno de los prestadores de servicios que resultaron del cruce de las nóminas de la SE
con las nóminas del Gobierno del Distrito Federal. En respuesta, con los oficios
núms. SEDF/DA/1695/2009, SEDF/DA/1806/2009 y SEDF/DA/0103/2010 de fechas
30 de noviembre y 28 de diciembre de 2009 y 21 de enero de 2010, la Dirección de
Administración en la SE, con el primer oficio sólo remitió relación de los prestadores de
servicios en la que especifica el período, tipo de pago y número de cuenta.
Posteriormente, con el segundo y tercer oficios remitió pólizas cheque y reportes de las
nóminas de Banorte de enero, febrero, marzo y diciembre de 2008, con los cuales se
constatan las transmisiones a prestadores de servicios; sin embargo, no proporcionó la
totalidad de la documentación soporte que acredite los pagos realizados por un monto
de 540.5 miles de pesos, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Contrato Período (cruce)
Monto del contrato
( 1 )
Forma de pago
Período pagado
Importe comprobado
( 2 )
Pagos no comprobados
( 1 ) – ( 2 ) ( 3 )
218/2008* 1o. de enero al 15 de febrero de 2008
19.5 19.5
222.2/2008 1o. al 15 de noviembre de 2008 5.2 Cheque 1o. al 15 de noviembre de 2008 5.2 0.0
1100.1/2008 y 1265/2008
1o. al 15 de octubre de 2008 16 de octubre al 15 de noviembre de 2008
25.1 Cheque 16 al 31 de octubre de 2008 7.5 17.6
304/2008 y 227/2008
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 15 de noviembre de 2008
97.1 Transmisión cuenta 553888584Transmisión cuenta 547555988
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008
27.7
4.6
64.8
222/2008 1o. al 15 de abril de 2008 5.2 Cheque 1o. al 15 de abril de 2008 5.2 0.0
983/2008 16 de agosto al 31 de diciembre de 2008
49.7 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 10.9 38.8
666/2008 1o. al 15 de octubre y del 1o al 15 de noviembre de 2008
5.5 Cheque 1o. al 15 de noviembre de 2008 2.8 2.7
1062.1/2008 1o. de octubre al 31 de diciembre de 2008
16.7 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 5.5 11.2
270/2008* 1o. de enero al 29 de febrero de 2008
21.5 21.5
197/2008 16 al 29 de febrero de 2008 7.2 Cheque 16 al 29 de febrero de 2008 7.2 0.0
656/2008 1o. al 15 de octubre de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008
5.5 Cheque 1o. al 15 de noviembre de 2008 2.8 2.7
Continúa…
64 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Contrato Período (cruce)
Monto del contrato
( 1 )
Forma de pago
Período pagado
Importe comprobado
( 2 )
Pagos no comprobados
( 1 ) – ( 2 ) ( 3 )
111.1/2008 1o. de agosto al 31 de diciembre de 2008
75.3 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 15.0 60.3
28.1/2008* 1o. al 15 de junio de 2008 17.8 17.8
126/2008 1o. al 15 de abril de 2008 7.2 Cheque 1o. al 15 de abril de 2008 7.2 0.0
1074 A/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008
128.6 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 32.2 96.4
445/2008 y 348/2008
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008
66.7 Cheque Transmisión cuenta 547555988
1o al 31 de marzo de 2008 1o. al 31 de diciembre de 2008
5.5 42.2
19.0
489.1/2008 1o. de junio al 15 de julio de 2008
27.5 Cheque 1o. al 15 de julio de 2008 9.2 18.3
491.1/2008 1o. de junio al 31 de julio de 2008
36.6 Cheque 1o. al 31 de julio de 2008 18.3 18.3
486.1/2008 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2 Cheque 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2 0.0
712.1/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008
22.2 Cheque 1o. al 30 de noviembre de 2008 5.5 16.7
22.2/2008 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5 Cheque 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5 0.0
201/2008 1o. al 31 de enero de 2008 14.4 Cheque 1o. al 31 de enero de 2008 14.4 0.0
185/2008 y 128/2008
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008
172.4
Transmisión cuenta 560420601Transmisión cuenta 560420601
1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. al 31 de diciembre de 2008
43.1
14.4
114.9
871.6 331.1 540.5
* La Secretaría de Educación no proporcionó evidencia de los pagos realizados en los períodos solicitados de estos prestadores de servicios.
Por no proporcionar la documentación que acredite los pagos realizados a los prestadores
de servicios (pólizas de cheques, trasferencias, recibos, así como los depósitos en cuenta
bancaria y los números de cuenta de dichos depósitos de cada uno de los prestadores
de servicios), por un monto de 540.5 miles de pesos, la SE incumplió el artículo 546 del
Código Financiero del Distrito Federal de 2008.
3. Del análisis de los 23 expedientes de los prestadores de servicios profesionales
contratados por honorarios asimilables a salarios, determinados en el cruce realizado
de las nóminas ordinarias y extraordinarias del Gobierno del Distrito Federal con las
nóminas de la SE que la Dirección de Administración proporcionó mediante el oficio
núm. SEDF/DA/1695/2009 del 30 de septiembre de 2009, se determinó que de los
23 expedientes revisados, 3 no contienen el formato de solicitud de empleo, 2 no
cuentan con las fotografías tamaño infantil, 5 no contienen el escrito con el que se
manifiesta bajo protesta de decir verdad que el servidor público no tiene otro empleo en el
Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como
65 VOLUMEN 5/13
prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal, 13 expedientes
no cuentan con el manifiesto en el que se precisa de que se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales establecidas en el Código Financiero del
Distrito Federal y en los 22 expedientes no se localizó la constancia de no existencia
de registro de inhabilitación expedida por la CGDF para desempeñar la prestación de
los servicios objeto del contrato.
Cabe señalar, que en el cuestionario de control interno aplicado a la Jefatura de Unidad
Departamental de Recursos Humanos de la SE, ésta indicó en la pregunta en la que se
solicitó que precisara los elementos básicos que deben contener los expedientes de las
personas contratadas por honorarios en 2008 que “los expedientes de los prestadores
de servicios contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios deben
contener como mínimo los establecidos en la Circular Uno de la Oficialía Mayor para
aspirantes a ocupar una plaza en una dependencia”.
Por no contar con la documentación solicitada para integrar los expedientes de personal,
la SE no observó lo dispuesto en los numerales 1.3.7 y 1.3.15 de la “Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno del 12 de abril
de 2007, vigente en 2008).
Además, no observó el numeral 2 del apartado VIII, “Responsabilidades”, de los
Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de
Servicios Profesionales con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,
3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y
Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones” para el Ejercicio Presupuestal 2006,
expedidos por la OM y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y publicados en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de marzo de 2006, vigentes en 2008.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado,
por lo siguiente:
66 VOLUMEN 5/13
La SE menciona que acompañan al oficio de respuesta los oficios remitidos a los prestadores
de servicios profesionales señalados en el presente resultado, para que se realicen
las aclaraciones pertinentes; sin embargo, no se anexó ningún documento, por lo que las
observaciones del resultado prevalecen.
Recomendación ASC-129-08-21-SE
Es conveniente que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para constatar
que los prestadores de servicios contratados con cargo a la partida 3301 “Honorarios”
no formen parte de la nómina del Sistema Integral Desconcentrado de Nómina del Gobierno
del Distrito Federal o, en su caso, que dichos prestadores de servicios cuenten con la
autorización de contratación otorgada por la Contraloría General del Distrito Federal,
de conformidad con la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-22-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
los expedientes de los prestadores de servicios contengan el escrito de no inhabilitación
expedido por la Contraloría General del Distrito Federal, en cumplimiento de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-129-08-23-SE
Se reitera la quinta recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 8.
Recomendación ASC-129-08-24-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que los expedientes de los prestadores de servicios contengan el escrito con el que éstos
manifiestan que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales,
conforme se estipule en los contratos de prestación de servicios que se suscriban y en
cumplimiento de la normatividad vigente.
67 VOLUMEN 5/13
11. Resultado
Con objeto de verificar el cumplimiento de las Disposiciones de Racionalidad y Austeridad
señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2008, por medio del oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009,
la CMHALDF solicitó a la SE las medidas y acciones de austeridad implementadas en 2008,
conforme al Manual de Buenas Prácticas de Ahorro para Fomentar Criterios de Austeridad
y Formatos de Medidas y Acciones de Austeridad, y de los Ahorros y Recuperaciones
obtenidos, así como los registros mensuales de los ahorros y recuperaciones importantes
que se informaron a la OM en 2008 respecto a la partida 3301 “Honorarios”.
En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la Dirección
de Administración remitió el oficio núm. SEDF/DA/403/2008 del 23 de mayo de 2008,
mediante el cual el Director de Administración en la SE informó al Coordinador General
de Modernización Administrativa de la OM que “de conformidad con lo establecido en las
acciones y medidas de austeridad a implementarse en esta Dependencia, para este
ejercicio presupuestal, me permito informarle que ésta se encuentra en la fase de
implementación y equipamiento de un edificio sede; como consecuencia no contamos con
suficientes elementos para determinar estratégicos en materia de ahorro, todavía no tienen
la sustentabilidad necesaria para determinar parámetros de ahorro objetivos, puesto que
apenas se están integrando en la materia”.
Al respecto, se solicitaron, con el mismo oficio núm. ASC/09/1447, los informes semestral
y anual de la actuación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios de la SE en 2008, con el objetivo de verificar el Formato de Ahorros y Economías
obtenidas en el ejercicio de 2008. Con el oficio de respuestanúm. SEDF/DA/1463/2009 del
12 de octubre de 2009, la Dirección de Administración remitió el oficio núm. SEDF/DA/403/2008
del 23 de mayo de 2008, con el que el Director de Administración en la SE remitió a la OM
el “Resumen Ejecutivo de Informe Anual de Actuación 2008”, en el cual únicamente el
Secretario Ejecutivo del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios de la SE informó que “con relación al rubro de ahorros y economías, esta Secretaría
realizó sus procedimientos de adquisición a través de la realización de 5 Licitaciones
Públicas y 9 Invitaciones Restringidas, donde se logró conseguir precios adecuados, sin
rebasar los montos de actuación establecidos en su programa presupuestal”.
68 VOLUMEN 5/13
Como se observa, la SE no precisó las medidas y acciones de austeridad que se
implementaron en 2008 para obtener ahorros, las cuales debieron ser comunicadas para su
registro anual a la OM, por conducto de la CGMA, en el Formato de Medidas y Acciones de
Austeridad por implementar. Tampoco proporcionó los registros mensuales de los ahorros
y recuperaciones que se reportaron a la OM en 2008 respecto a la partida 3301 “Honorarios”.
Por lo anterior, la SE contravino los numerales 10.9.2, 10.9.3, 10.9.4 y 10.9.5, del apartado 10.9,
“Austeridad del Gasto Público del GDF”, de la “Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal” (Circular Uno del 12 de abril de 2007, vigente en 2008). El primero
dispone que “las Dependencias […] a través de los titulares de las DGA, deberán observar
la LAGDF, el CFDF en su Título Segundo Capítulo Primero Disposiciones Generales, el DPEDF
en el Título Tercero, Capítulo Primero Disposiciones de Racionalidad y Austeridad, así
como las demás disposiciones aplicables a la materia”; el segundo, que “las Dependencias
[…] a través de los titulares de las DGA, integrarán para cada ejercicio una serie de medidas
y acciones de austeridad a implementar para obtener ahorros, en el Formato […] de ‘Medidas
y Acciones de Austeridad a Implementar’ emitido por la OM”; el tercero, que “los titulares de
las DGA deberán remitir copia a la CGMA, durante los primeros cinco días hábiles del mes
de febrero de cada año, para su seguimiento y evaluación”; el último, que “las Dependencias
[…] a través de la DGA, llevarán un registro de sus ahorros y recuperaciones importantes
sobre la base de lo programado en las medidas de acciones de austeridad”.
Además, no atendió el artículo 438 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en
2008, que establece: “Las dependencias […] deberán sujetarse a lo previsto en la Ley de
Austeridad para calcular la estimación de gasto por concepto de […] servicios generales”.
Asimismo, la SE incumplió el artículo 36, fracción VI, capítulo I, Disposiciones de Racionalidad
y Austeridad, en su Título Tercero, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, que dispone:
“Los titulares de las Dependencias […] serán conjuntamente responsables con los servidores
públicos encargados de la administración de los recursos asignados, de las erogaciones
69 VOLUMEN 5/13
por los conceptos que a continuación se indican, los cuales se sujetarán a lo establecido en
la Ley de Austeridad y a los siguientes criterios de racionalidad y disciplina presupuestal […]
”VI. Honorarios. Las contrataciones se llevarán a cabo en los términos de lo dispuesto en la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y demás disposiciones aplicables en la
materia…”
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE no proporcionó documentación o información que desvirtuara las observaciones del
presente resultado.
Recomendación ASC-129-08-25-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
establezca en cada ejercicio medidas y acciones de austeridad por implementar para
obtener ahorros, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-26-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
elabore y remita a la Coordinación General de Modernización Administrativa el formato
“Medidas y Acciones de Austeridad a Implementar”, emitido por la Oficialía Mayor, en
cumplimiento de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-27-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
se lleve un registro de ahorros y recuperaciones importantes considerando lo programado
en las medidas y acciones de austeridad, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
70 VOLUMEN 5/13
Partida 3411 “Servicios de Vigilancia”
12. Resultado
Con cargo a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, la SE ejerció en 2008, mediante
29 CLC, un importe de 30,471.5 miles de pesos, que presentó un decremento de 0.09%
(28.5 miles de pesos) respecto de su presupuesto original de 30,500.0 miles de pesos.
En 2007 la SE no reportó presupuesto ejercido en esta partida.
El presupuesto original, la modificación neta y el presupuesto ejercido se registraron en un
programa prioritario y uno no prioritario, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Programa Original Modificado Ejercido
%
17 “Educación” (prioritario) 0.0 99.4 99.4 0.3
03 “Administración Pública” 30,500.0 (127.9) 30,372.1 99.7
Total 30,500.0 (28.5) 30,471.5 100.0
El presupuesto ejercido en el programa prioritario 17 “Educación” correspondió en la
actividad institucional 22 “Brindar atención integral al estudiante”, y en el programa
no prioritario 03 “Administración Pública”, a las actividades institucionales 59 “Otorgar
servicios de apoyo administrativo” y 60 “Cubrir compromisos pendientes de acciones
realizadas en ejercicios anteriores”.
Con objeto de confirmar las causas de las variaciones del presupuesto de la partida
3411 “Servicios de Vigilancia”, la CMHALDF solicitó a la SE, mediante el oficio
núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, que explicara las causas del decremento
en 2008 con relación a su presupuesto original.
Al respecto, el Director de Administración en la SE, mediante nota informativa sin fecha
y número, elaborada por el Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales y
Servicios Generales, anexa a su oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009,
manifestó lo siguiente:
71 VOLUMEN 5/13
“El presupuesto original en la SE para el ejercicio presupuestal 2008, en la partida
3411 ‘Servicios de Vigilancia’ fue de $30,500,000.00 (Treinta millones quinientos mil
pesos 00/100 m.n.) y se reportó en Cuenta Pública 2008 un presupuesto modificado
y ejercido de $30,471,472.60 (Treinta millones cuatrocientos setenta y un mil cuatrocientos
setenta y dos pesos 60/100 m.n.).
”Derivado de la nueva creación de esta Secretaría, en el ejercicio de 2007, no hubo
necesidad de contratar elementos para el servicio de vigilancia, solamente fueron
asignados 2 a partir del 26 de noviembre de 2007, los cuales fueron pagados mediante
ADEFAS, en el ejercicio 2008, sin embargo, debido a los requerimientos de la SE se vio
en la necesidad de arrendar tres edificios, ubicados en Jalapa número 15, pisos 5 al 10,
colonia Roma Norte; Abraham González número 67, colonia Juárez y Avenida Cuauhtémoc
número 1217, colonia Santa Cruz Atoyac, los cuales requieren de seguridad, protección
y vigilancia en los propios inmuebles, en las instalaciones y los bienes de esta dependencia,
así como salvaguardar la integridad física de los servidores públicos que laboran en ellos
y visitantes.
”Por lo antes descrito, se contó con el servicio de vigilancia durante todo el ejercicio de 2008.”
Lo expuesto explica de manera razonable el comportamiento de las cifras en 2008
para la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, ya que de acuerdo con lo revisado por
la CMHALDF, a través del oficio núm. SEDF/DA/821/2008 del 29 de septiembre de 2008,
el Director de Administración en la SE incrementó el número de elementos para prestar el
servicio de vigilancia de intramuros. Además, con base en lo anterior, se constató que los
presupuestos original, modificado y ejercido corresponden a los montos de los registros
auxiliares, proporcionados por la SE, así como al Analítico de Egresos por Capítulo de Gasto
de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008 y a la información
proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
de la Subsecretaría de Egresos de la SF mediante el oficio núm. SEDF/DA/0432/2009 del
31 de marzo de 2009.
Al respecto, se integró el 100.0% del importe que la SE ejerció y reportó en la Cuenta
Pública de 2008 con cargo a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia” (30,471.5 miles de pesos),
72 VOLUMEN 5/13
mediante 29 CLC, sin haberse aplicado ningún documento múltiple, y se concilió con el
ejercicio presupuestal por partida que proporcionó la Subsecretaría de Egresos de la SF,
como se muestra en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Cuenta por Liquidar Certificada Número Fecha Importe %
12 C0 01 00282 26/II/08 21.0 0.1 12 C0 01 00283 26/II/08 2,420.3 7.9 12 C0 01 01073 28/IV/08 2,284.2 7.5 12 C0 01 01076 28/IV/08 41.8 0.1 12 C0 01 01077 28/IV/08 2,540.3 8.3 12 C0 01 01415 26/V/08 39.1 0.1 12 C0 01 01418 27/V/08 40.4 0.1 12 C0 01 01419 27/V/08 2,498.5 8.2 12 C0 01 01834 19/VI/08 27.5 0.1 12 C0 01 01856 24/VI/08 7.1 0.0 12 C0 01 01857 24/VI/08 487.2 1.6 12 C0 01 02446 25/VII/08 43.9 0.1 12 C0 01 02447 25/VII/08 2,583.1 8.5 12 C0 01 02448 25/VII/08 42.4 0.1 12 C0 01 02449 25/VII/08 2,573.9 8.4 12 C0 01 02921 25/VIII/08 43.8 0.1 12 C0 01 02922 25/VIII/08 2,714.7 8.9 12 C0 01 03422 2/X/08 2,751.0 9.0 12 C0 01 03442 7/X/08 43.9 0.1 12 C0 01 03820 24/X/08 42.5 0.1 12 C0 01 03822 24/X/08 2,677.2 8.8 12 C0 01 04355 26/XI/08 65.8 0.2 12 C0 01 04357 26/XI/08 2,162.7 7.1 12 C0 01 04950 22/XII/08 63.0 0.2 12 C0 01 04952 22/XII/08 2,074.3 6.8 12 C0 01 04956 22/XII/08 32.0 0.1 12 C0 01 04958 22/XII/08 1,082.7 3.6 12 C0 01 05309 31/XII/08 34.0 0.1 12 C0 01 05311 31/XII/08 1,033.2 3.4
Total 30,471.5 100.0
Para la revisión, la CMHALDF, con los oficios núms. ASC/09/1447 y ASC/129/08/SE/09-01
del 18 de septiembre y 15 de octubre de 2009, requirió a la Dirección de Administración en
la SE las 29 CLC con las que ejerció el presupuesto de la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”,
así como la documentación justificativa y comprobatoria, consistente en el Convenio
de Colaboración para la Prestación de Servicios de Vigilancia que celebraron la SE y la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP) a través de la Dirección General
73 VOLUMEN 5/13
de la Policía Auxiliar del Distrito Federal; los informes presupuestales de liquidaciones; las
conciliaciones de los servicios de vigilancia; el Programa Anual de Seguridad a Instalaciones
de cada uno de los inmuebles en los que se proporcionaron los servicios de vigilancia;
reportes semestrales de avances y cumplimientos del Programa Anual de Seguridad
a Instalaciones; y las fatigas (listas de asistencia). Asimismo, se verificó que las CLC
estuvieran registradas en los auxiliares presupuestales de la SE de acuerdo con el
Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal vigente en el ejercicio
fiscal de 2008.
Con base en el análisis de la información y documentación proporcionadas por la Dirección
de Administración en la SE se determinó lo siguiente:
1. Por tratarse de un concepto centralizado, de conformidad con el numeral 18 de la
Guía de Compras Consolidadas y/o Centralizadas del Gobierno del Distrito Federal,
y el apartado II de los Lineamientos Generales para la Adquisición, Arrendamiento y
Contratación de Bienes o Servicios Relativos a los Capítulos 1000, 2000, 3000 y 5000
del Clasificador por Objeto del Gasto, así como para la Consolidación y/o Centralización
de Bienes y Servicios de Uso Generalizado de la Administración Pública del Distrito
Federal para el Ejercicio 2007 vigentes en 2008, le correspondió a la OM llevar a cabo
el proceso de contratación y formalización de los servicios de vigilancia con cargo al
presupuesto de varias dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal,
entre las que se incluyó a la SE.
Derivado de lo anterior, mediante el oficio núm. SE/DA/013/2008 notificado el 10 de
enero de 2008, el Director de Administración en la SE solicitó al Director de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM que: “… considere la adhesión de la Secretaría
de Educación para el Ejercicio Fiscal 2008, como parte integral de la consolidación del
servicio de Seguridad y Vigilancia que proporcionará la Dirección de la Policía Auxiliar
del Distrito Federal, manifestando que se preverán los recursos necesarios y suficientes
en la Partida Presupuestal 3411 ‘Servicios de Vigilancia’…”.
Para tal efecto, la OM suscribió con la SSP, a través de la Policía Auxiliar del Distrito Federal
(PADF), el Convenio Administrativo de Colaboración Consolidado para la Prestación
74 VOLUMEN 5/13
del Servicio de Vigilancia” núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08 (convenio),
celebrado el 20 de diciembre de 2007, con una vigencia del 1o. de enero al 31 de diciembre
de 2008, de conformidad con la cláusula décimo quinta, “Vigencia del Convenio”, del
citado convenio.
2. Con el oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF solicitó a
la SE los Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de las Unidades Ejecutoras
del Gasto, Usuarias de los Servicios de la PADF correspondientes al ejercicio de 2008.
En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009,
el Director de Administración en la SE informó que “no se presentaron Informes
presupuestales de Liquidación y a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto,
Usuarias de los servicios PADF en 2008”.
Por no contar con los Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de las Unidades
Ejecutoras del Gasto, Usuarias de los Servicios de la PADF correspondientes al ejercicio
de 2008, la SE incumplió los párrafos 4 y 6 del numeral 8.6.1 de la “Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno del 12 de abril
de 2007, vigente en 2008), que señala:
“La DGA deberá validar y corroborar de manera mensual, que la cantidad de elementos
para otorgar lo que a seguridad y vigilancia se refiera en los Inmuebles, corresponda
a los elementos estipulados en el instrumento que regule y formalice la prestación
y/o convenio de colaboración; responsabilizándose de la calidad y transparencia en la
validación de los servicios que según resultara procedente; derivado de la estrecha
supervisión que realice el área requirente del servicio […]
”Para tal efecto, deberá contar invariablemente con la conciliación mensual
debidamente requisitada y validada tanto por parte de la DGA, como por parte del
prestador de servicios; a su vez, los pagos y/o aportaciones serán sustentados con
base en las bitácoras (fatigas) y/o documento que se establezca para darle mayor
transparencia a los servicios otorgados.”
75 VOLUMEN 5/13
Además, la SE no observó lo pactado en los numerales 1 y 2 de la cláusula
cuarta,“Forma y Lugar de Pago”, del Convenio. El primero establece: “Para que la SSP
recupere el costo de operación por los servicios de seguridad, protección y vigilancia en
las Dependencias, […] adheridos a este convenio, deberá presentar mensualmente el
Informe de Liquidación Presupuestal por cada una de éstas, así como la facturación
mensual que según resulte procedente, documentos que incluirán el número de
elementos, horario, número de jornadas laborables cubiertas, así como aquellas que no
cubrieron por vacantes y/o faltas de los elementos”. El segundo dispone: “Los Informes
de Liquidación Presupuestal y/o Facturación, serán revisados por el ‘GDF’ y en caso de
resultar procedentes en su contenido, los rubricará con base en las conciliaciones
mensuales de turnos que previamente deberán enviar al representante administrativo
de la Dependencia […] a ‘el GDF’ dentro de los cinco días hábiles siguientes del
mes que se reporta, debidamente validadas por dicho representante administrativo, así
como por la ‘SSP’, estos documentos serán los soportes mediante los que se establece
la autorización expresa, por parte de las Dependencias […] para que el ‘GDF’ proceda
a efectuar el trámite para el pago, afectando centralmente la partida presupuestal
3411 ‘Servicios de Vigilancia’ disponible con el dígito identificador 10 ‘Gasto Corriente’
y 11 ‘Gasto de Capital Consolidado.”
Asimismo, por no contar con la conciliación mensual debidamente requisitada y
validada por la DGA, incumplió el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal
de 2008.
3. Con el oficio núm. ASC/129/08/SE/09-01 del 15 de octubre de 2009, la CMHALDF
solicitó a la SE el Programa Anual de Seguridad a las Instalaciones por cada uno de los
inmuebles en los que se proporcionaron servicios de vigilancia en 2008 y su respectivo
oficio de envío para validación y aprobación de la DGRMSG, así como los avances
y cumplimientos del Programa Anual de Seguridad a Instalaciones semestrales, sus
oficios de envío y los formatos establecidos por la DGRMSG. Al respecto, mediante
el oficio núm. SEDF/DA/1511/2009 del 20 de octubre de 2009, la Dirección de
Administración en la SE proporcionó nota informativa sin fecha y sin número, con la que
se informó: “En cuanto al Programa Anual de Seguridad a las Instalaciones se están
llevando a cabo reuniones con el Subdirector de Seguridad Institucional de la Oficialía
76 VOLUMEN 5/13
Mayor, ya que por ésta se remiten los lineamientos y formatos para la realización
de dicho programa, por ser un pago centralizado. Por lo anterior, se informa que se
encuentra en proceso de elaboración el Programa de esta Secretaría”.
Además con el oficio núm. SEDF/DA/0146/2010 del 27 de enero de 2010, el Director
de Administración de la SE mediante nota informativa, anexa al oficio anterior, sin fecha
y sin número informó:
“El Subsecretario de Egresos mediante el oficio SE/0157/08, dio a conocer al Secretario
de Educación el techo presupuestal 2008, aprobado por la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, el cual entre otros recursos, etiquetó un monto de $30,000,000.00 para
atender el costo del servicio de vigilancia [...]
”Por lo que con base a los ‘Lineamientos generales para consolidar la adquisición
o arrendamiento de bienes o servicios de uso generalizado en la Administración Pública
del Distrito Federal, así como para la centralización de pagos’, únicamente se suscribió
el convenio de colaboración consolidado para la prestación del servicio de vigilancia
número OM/DGRSM/DSG/SSI/CCC-001/08.”
Por no contar con el Programa Anual de Seguridad a Instalaciones, así como con su
respectivo oficio de envío para validación y aprobación de la DGRMSG de la OM, la SE
incumplió los numerales 8.6.2 y 8.6.3 de la “Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal”. (Circular Uno del 12 de abril de 2007). El primero
establece: “Previo al inicio de cada ejercicio, al momento de ocupar el o los inmuebles
por vez primera, o en aquellos caso que por necesidad propia generen adecuaciones
significativas a los mismos, la DGA tendrá la obligación de elaborar el Programa
Anual de Seguridad a Instalaciones por cada uno de los inmuebles que correspondan,
de acuerdo a los lineamientos que para este efecto emita la DGRMSG, mismo que
deberá remitirse para su validación y aprobación a la DGRMSG, en versión impresa y
medio magnético”. El segundo dispone: “La DSG analizará, registrará y en su caso
realizará las observaciones correspondientes sobre el avance y cumplimiento en materia
77 VOLUMEN 5/13
de Seguridad y Vigilancia de cada Dependencia u Órgano Desconcentrado, con base
a la información y compromisos que ésta haya proporcionado en su Programa Anual de
Seguridad a Instalaciones. Los avances y cumplimiento del Programa deberán remitirse
en forma semestral, en los formatos que establezca la DGRMSG (Disposiciones
generales y específicas en materia de Seguridad a Instalaciones) debidamente validado
y requisitado de manera impresa y en versión magnética. El avance y cumplimiento de
los Programas Anuales de Seguridad a Instalaciones, deberán enviarse a más tardar
los diez primeros días siguientes al período que se informa”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración
en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010, de la misma fecha proporcionó
documentación e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado,
por lo siguiente:
En el oficio de respuesta la SE menciona que “… cuenta únicamente con las Conciliaciones
mensuales de turnos debidamente requisitadas que le fueron remitidos al órgano fiscalizador
mediante el anexo 53”. Del análisis de la respuesta, se determina que la documentación
relacionada es la misma que fue proporcionada en su oportunidad al personal auditor de
la CMHALDF, por lo cual el resultado subsiste.
Recomendación ASC-129-08-28-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que
cuente con los Informes Presupuestales de Liquidación expedidos por la Policía Auxiliar
del Distrito Federal como respaldo de los pagos con cargo a la partida 3411 “Servicios de
Vigilancia” de su presupuesto, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-129-08-29-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que valide y corrobore de manera mensual la cantidad de elementos de la Policía Auxiliar
del Distrito Federal para otorgar lo que a seguridad y vigilancia se refiera en los inmuebles
que con cargo a su presupuesto sectoriza, que dicha cantidad corresponda a los elementos
estipulados en el instrumento que regule y formalice la prestación y/o convenio de colaboración,
78 VOLUMEN 5/13
en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-129-08-30-SE
Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar
que se elabore el Programa Anual de Seguridad a Instalaciones, así como su envío para
validación y aprobación de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
de la Oficialía Mayor, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
79 VOLUMEN 5/13
I.15. SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
I.15.1. ANTECEDENTES
La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades fue creada con
fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007.
Las atribuciones de la Secretaría quedaron establecidas en el Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2007. En dicho ordenamiento
fueron consignadas tanto las atribuciones de la Oficina de la Secretaría como las de
la Dirección de Administración, las subdirecciones y demás unidades que integraron a la
dependencia.
El 29 de diciembre de 1998, se publicó la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En el Título Segundo, Capítulo
Primero, artículo 15 del texto vigente, se señalan las dependencias que auxiliarán al Jefe
de Gobierno en el ejercicio de sus atribuciones; entre ellas, se encuentra la Secretaría de
Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la cual corresponde el despacho
de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades, agrícolas y del sector
agropecuario, así como la equidad de las comunidades étnicas y la tutela de derechos
indígenas.
Mediante el dictamen núm. 2/2007, autorizado con el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07 de
fecha 5 de marzo de 2007, se creó la Unidad Administrativa de Apoyo Técnico; y el 30
de marzo de 2007, el Jefe de Gobierno delegó facultades a esta Secretaría en materia de
atención a migrantes y sus familias.
Atribuciones
El artículo 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, que entró
80 VOLUMEN 5/13
en vigor el 1o. de enero de 1999 y fue reformada el 20 de mayo del mismo año, el
31 de enero de 2002, el 4 de agosto de 2004, el 15 de junio de 2005, el 19 de mayo
y 11 de agosto de 2006, y el 6 de febrero y 30 de abril de 2007, establece las atribuciones
de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades:
“Artículo 23 Quintus. A la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades
agrícolas, forestal y del sector agropecuario, así como la equidad de las comunidades
étnicas y la tutela de derechos indígenas:
”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
”I. Establecer las políticas y programas generales en materia de promoción y fomento
agrícola, agropecuario, turismo alternativo, así como formular, conducir, coordinar
y evaluar los programas del sector rural;
”II. Formular y ejecutar los programas específicos en materia agrícola, agropecuaria,
turismo alternativo, capacitación y desarrollo tecnológico en la materia;
”III. Proponer al Jefe de Gobierno los mecanismos de coordinación interinstitucional,
que permitan incentivar el desarrollo y la inversión productiva en la zona rural
de manera coordinada con la Secretaría de Medio Ambiente, velando siempre por
el impacto ambiental;
”IV. Promover, orientar y estimular el desarrollo del sector rural de la Ciudad de México
y coordinar, con base en la normatividad aplicable, sus acciones con otras
dependencias en esta materia;
”V. Establecer, conducir y coordinar los mecanismos de apoyo al sector rural, incluyendo
el respaldo financiero, asesorías, y asistencia técnica, entre otros, a través de
diversos instrumentos para apoyar la actividad productiva;
”VI. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar
el nivel de vida de las familias que habitan en las zonas rurales de la Ciudad de
México, en coordinación con las dependencias competentes;
81 VOLUMEN 5/13
”VII. Promover el empleo en el medio rural de la Ciudad de México, así como establecer
programas y acciones que tienden a fomentar la productividad y la rentabilidad de
las actividades económicas rurales, en coordinación con la Secretaría de Trabajo
y Fomento al Empleo;
”VIII. Formular, dirigir y supervisar los programas y actividades relacionados con la
asistencia técnica y la capacitación de los productores rurales de la Ciudad de
México;
”IX. Promover el desarrollo de la infraestructura industrial y comercial de la producción
agropecuaria, en coordinación con la Secretaría de Finanzas;
”X. Promover la integración de Asociaciones Rurales en la Ciudad de México;
”XI. Elaborar, actualizar y difundir un banco de información de los proyectos y
oportunidades de inversión en el sector rural de la Ciudad de México;
”XII. Coordinar las acciones que el Gobierno del Distrito Federal convenga con las
delegaciones relativas al desarrollo rural en las demarcaciones;
”XIII. Organizar y actualizar los estudios económicos y sociológicos sobre la vida rural,
con el objeto de establecer medios y procedimientos para mejorarla;
”XIV. Organizar y patrocinar congresos, ferias, exposiciones y concursos agrícolas
y pecuarios, así como otras actividades que se desarrollen principalmente en el
ámbito rural;
”XV. Coordinar el diseño, operación y ejecución de los planes, programas y proyectos
que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
desarrollen en materia de derechos indígenas;
”XVI. Diseñar, operar y ejecutar planes, programas y proyectos destinados a garantizar
los derechos pluriculturales y pluriétnicos de la población indígena radicada en el
Distrito Federal;
82 VOLUMEN 5/13
”XVII. Concertar acciones con los sectores social y privado, para que coadyuven en la
realización de acciones en beneficio de los indígenas;
”XVIII. Establecer relaciones de vinculación y cooperación con organizaciones nacionales
e internacionales especializadas en asuntos indígenas y étnicos;
”XIX. Diseñar, operar y ejecutar programas de educación cívica y de cultura de la
legalidad, enfocados a prevenir y erradicar conductas discriminatorias por razones
étnicas;
”XX. Fomentar la vinculación e intercambio económicos y culturales con las
comunidades étnicas del Distrito Federal;
”XXI. Asesorar a las dependencias y entidades del Distrito Federal, en temas
relacionados con los derechos indígenas;
”XXII. Participar y organizar foros, seminarios y congresos nacionales e internacionales
sobre asuntos étnicos e indígenas del Distrito Federal;
”XXIII. Desarrollar e impartir cursos y programas de capacitación y actualización sobre
asuntos indígenas y étnicos del Distrito Federal; y
”XXIV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”
Situación Presupuestal
A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Desarrollo
Rural y Equidad para las Comunidades correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:
83 VOLUMEN 5/13
EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
2008 2007 Variación Concepto
Importe
(1)
%
Importe
(2)
%
Importe (1) - (2)
(3)
% (3) / (2)
(4)
Presupuesto original
Gasto total 174,317.2 100.0 0.0 0.0 174,317.2 0.0
Corriente 174,317.2 100.0 0.0 0.0 174,317.2 0.0
De capital 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0
Presupuesto ejercido
Gasto total 467,062.3 100.0 69,144.8 100.0 397,917.5 575.5
Corriente 467,062.3 100.0 66,582.7 96.3 400,479.6 601.5
De capital 0.0 0.0 2,562.1 3.7 2,562.1 0.0
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido correspondiente a los Ejercicios 2008 y 2007, Nivel Unidad Administrativa, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 196 y 197.
GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD
PARA LAS COMUNIDADES, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Programado Ejercido Variación Concepto
(1)
(2)
Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4)
2008
Gasto total 174,317.2 467,062.3 292,745.1 167.9
Corriente 174,317.2 467,062.3 292,745.1 167.9
De capital 0.0 0.0 0.0 0.0
2007
Gasto total 0.0 69,144.8 (69,144.8) n.a.
Corriente 0.0 66,582.7 (66,582.7) n.a.
De capital 0.0 2,562.1 (2,562.1) n.a.
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido correspondiente a los Ejercicios 2008 y 2007, Nivel Unidad Administrativa, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 196 y 197.
n.a. No aplicable.
84 VOLUMEN 5/13
En 2008, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades tuvo una
asignación para gasto programable de 174,317.2 miles de pesos, que representó el 0.2%
del importe total programado de las dependencias que integran la Administración Pública
Centralizada del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó 467,062.3 miles
de pesos, que representaron el 0.4% del monto ejercido por dichos entes públicos
(112,100.188.7 miles de pesos).
Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Programado Ejercido Variación Concepto Importe
(1)
%
Importe
(2)
%
Importe (2) - (1)
(3)
% (3)/(1)
(4)
Gasto total 174,317.2 100.0 467,062.3 100.0 292,745.1 167.9 Corriente 174,317.2 100.0 467,062.3 100.0 292,745.1 167.9
“Servicios Personales” 23,845.8 13.7 26,493.5 5.7 2,647.7 11.1 “Materiales y Suministros” 5,278.4 3.0 3,575.7 0.8 (1,702.7) (32.3) “Servicios Generales” 30,096.8 17.3 32,396.6 6.9 2,299.8 7.6 “Transferencias” 115,096.2 66.0 404,596.5 86.6 289,500.3 251.5
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido correspondiente a los Ejercicios 2008 y 2007, Nivel Unidad Administrativa, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 196 y 197.
Principales Programas
De los cinco programas en que participó la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para
las Comunidades durante 2008, el principal, por su importe ejercido (398,528.6 miles
de pesos), fue el programa no prioritario 28 “Desarrollo Rural”.
Mediante ese programa, se fomentaron actividades agropecuarias y de agroindustria para
4,377 personas, y de desarrollo de cultivos nativos y herbolarios para 36 personas;
se ejecutó el programa integral del maíz para aproximadamente 1,000 productores; y se
fomentó la producción orgánica para 231 personas con 21 proyectos.
85 VOLUMEN 5/13
Asimismo, se crearon 1,362 empleos del Programa de Empleo Rural Competitivo;
se capacitó a 48 personas con 11 proyectos; se constituyeron organizaciones para
113 personas con 10 proyectos; se apoyó la agricultura urbana para 2,707 personas con
31 proyectos; se mejoraron traspatios para 1,245 personas con 623 proyectos; se apoyó a
promotores técnicos de la capacitación e inversión en el sector rural del Distrito Federal
para 41 personas; se ejecutó el programa para la colocación de 6,990 kilómetros de
tubería de PVC de diferentes diámetros en 330.01 hectáreas, beneficiando a 552 usuarios; se
benefició a 500 productores agrícolas con el programa Uso Pleno de la Infraestructura
Hidroagrícola 2008, derivado del convenio de coordinación formalizado por el Ejecutivo
Federal y el Gobierno del Distrito Federal, por medio de la Secretaría de Desarrollo Rural
y Equidad para las Comunidades; se apoyó a 3,255 productores de escasos recursos
afectados por contingencias climatológicas, en 2,214.94 hectáreas, con la entrega
de 3,834 apoyos.
En el programa de activos productivos, se atendieron 491 solicitudes del componente
agrícola; en el componente ganadero, se atendieron 74 solicitudes de capacitación y
135 de asistencia técnica; y, mediante la aportación federal de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación al Anexo Técnico para la Ejecución
Federalizada del Desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales
para la Producción Primaria 2008, se benefició a 5,025 productores.
Tipos de Revisión
En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal practicó una auditoría financiera a la Secretaría
de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.
86 VOLUMEN 5/13
I.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA
I.15.2.1. CAPÍTULO 4000 “AYUDAS, SUBSIDIOS, APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS”
Auditoría ASC/130/08
ANTECEDENTES
La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, en el ejercicio de 2008,
en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, presentó un
presupuesto original de 115,096.2 miles de pesos y ejerció un presupuesto de 404,596.5 miles
de pesos, que representa un incremento de 289,500.3 miles de pesos (251.5%); y respecto del
presupuesto, ejercido en el año 2007 (38,411.9 miles de pesos), significó un incremento
de 366,184.6 miles de pesos (953.3%).
En efecto, el presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones
y Transferencias”, ascendió a 404,596.5 miles de pesos, lo que representa el 86.6% del
total ejercido por la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
(467,062.3 miles de pesos).
En el Informe de la Cuenta Pública de 2008, formato “ECG Análisis de Egresos por Capítulo
de Gasto”, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC)
informó que el incremento presupuestal en el capítulo 4000 "Ayudas, Subsidios, Aportaciones
y Transferencias" tiene su origen en los siguientes compromisos programáticos: “En el
programa 12 ‘Igualdad de Género’ […] para la aportación local, así como la aportación
federal para el cumplimiento al Convenio de Coordinación para la Ejecución del ‘Programa
de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena del Ejercicio Fiscal 2008’
cuyo objetivo es el de operar el ‘Programa de la Mujer Rural e Indígena 2008’ […]. Para el
programa 13 ‘Desarrollo y Asistencia Social’ […] en función de las actividades que había
de desarrollar […] en cumplimiento de las facultades y atribuciones que por ley tiene conferidas
[…]. En el programa 27 ‘Fomento Económico’ […] con el fin de dar cumplimiento al plan
maestro del proyecto denominado ‘Proyecto Ecoturístico en la Delegación Tláhuac’ […].
87 VOLUMEN 5/13
En el programa 28 ‘Desarrollo Rural’ […] para cubrir la aportación estatal al Segundo
Anexo Técnico, del convenio de colaboración marco, suscrito el 29 de junio de 2007, entre
el Gobierno Federal representado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y el Gobierno del Distrito Federal, representado
por la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) y que
corresponde al 50% del programa”.
En relación a la partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”, se informó que se
adicionaron recursos para “cubrir la aportación estatal al convenio de coordinación celebrado
por el ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, representada por la Dirección General
del Organismo de Cuenca de Aguas del Valle de México y la Administración Pública del
Distrito Federal, representada por las Secretarías de Gobierno, del Medio Ambiente
y de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y el anexo de ejecución y el
anexo técnico […] para la instrumentación del programa Uso Pleno de la Infraestructura
Hidroagrícola”. Asimismo, la adición de recursos obedeció a la necesidad de: “estar en
posibilidades de realizar la Aportación Local al Anexo Técnico de Ejecución Federalizada
para el desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para
la Producción Primaria 2008, suscrito entre la Federación […] y el G.D.F. […] relativo al
‘Proyecto de Conservación, Uso Sustentable de Suelo y Agua’, a efecto de impulsar
la participación de los productores para que puedan obtener beneficio de impacto
económico, social y ambiental […]
”Estos recursos fueron depositados por la SAGARPA, al Fideicomiso Fondo de Fomento
Agropecuario del D.F. (FOFADF), según consta en recibo de Vanguardia Casa de Bolsa,
S.A. de C.V. (fiduciario).
”De igual forma, mayores recursos para subsidios del Gobierno del Distrito Federal,
a efecto de registrar la aportación Federal de la Comisión Nacional del Agua, al Anexo de
Ejecución y Anexo Técnico del Anexo de Ejecución para la instrumentación del programa
‘uso pleno de la infraestructura hidroagrícola’, suscritos el 26 de febrero de 2008, derivado del
Convenio de Coordinación que formalizaron el ejecutivo federal por conducto de la Secretaría
88 VOLUMEN 5/13
del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua y la
Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, mediante la Secretaría del Medio
Ambiente y la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades. Estos recursos
fueron depositados por la CONAGUA, al Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario
del D.F. (FOFADF).”
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en Verificar que el presupuesto que se afectó por la
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades con cargo al capítulo 4000
“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se haya ajustado al presupuesto
autorizado y ejercido; que se encuentre justificado, comprobado, devengado y registrado
de conformidad con la normatividad aplicable.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propone en conformidad con el numeral 6. Criterios de Selección de
Auditorías, 6.1. Generales, numerales 1. “Importancia Relativa”, 2. “Exposición al Riesgo”
y 4. “Presencia y Cobertura”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías, vigente
a partir del 26 de agosto de 2009.
Es pertinente mencionar que a la fecha, la SEDEREC no ha sido objeto de fiscalización
por parte de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (CMHALDF).
Finalmente, la auditoria se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo;
74 fracción VI; y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal; 2o., fracción X; 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XII y XIII de la
Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; y 1o., 13, y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
89 VOLUMEN 5/13
ALCANCE
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra”
del presente informe, se seleccionaron, como muestra, tres de las siete partidas de gasto que
integraron el presupuesto ejercido por la SEDEREC con cargo al capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias” en 2008, el cual ascendió a 404,596.5 miles
de pesos, a través de 1,474 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 53 documentos
múltiples (DM).
Los montos de las tres partidas del gasto elegido se integraron con las cifras consignadas
tanto en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008, como en la base de
datos de las CLC que la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF)
proporcionó a esta entidad de fiscalización.
En relación con el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,
de las tres partidas seleccionadas, se revisó una muestra de 41 CLC, por un importe de
238,845.1 miles de pesos, que representa el 59.0% del monto ejercido con cargo a dicho
capítulo (404,596.5 miles de pesos), así como su documentación justificativa y comprobatoria.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en las siguientes instancias administrativas:
Dirección de Administración, Dirección General de Desarrollo Rural, Dirección General de
Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, Dirección de Financiamiento
Rural; y Subdirección de Recursos Financieros. Los trabajos de auditoría efectuados en,
La primera de las instancias mencionadas, obedece a que es la unidad que se encarga de
administrar los recursos humanos, materiales y financieros, de registrar las operaciones
financieras, y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme
a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor del
Gobierno del Distrito Federal (OM) y la (SF); mientras que las labores de auditoría para
las otras cuatro áreas guardan relación con sus encargos consistentes en solicitar, otorgar
y comprobar la entrega de las ayudas, subsidios, aportaciones y donativos; lo anterior, de
acuerdo con lo señalado en los Manuales Administrativos de la Dirección de Administración
en la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y el de la propia
Secretaría.
90 VOLUMEN 5/13
En primer término se analizó el Manual Administrativo de la SEDEREC, vigente en el
ejercicio de 2008, a fin de verificar que el Manual de Organización fuese acorde con su
estructura orgánica dictaminada y que, conjuntamente con los procedimientos aplicables
al rubro en revisión, estuvieran autorizados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA).
En segundo lugar, se aplicaron cuestionarios de control interno a la Dirección de
Administración y la Subdirección de Recursos Financieros, adscrita a la misma; a la Dirección
de Financiamiento Rural y sus Subdirecciones Regionales, así como a los Líderes
Coordinadores de Proyectos, adscritos a esta Dirección; a la Jefatura de Unidad Departamental
de Atención a las Comunidades Étnicas; a la Jefatura de Unidad Departamental de
Atención de Indígenas; y a los Líderes Coordinadores de Proyectos, adscritos a la Dirección
de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas.
En tercer término Se confirmaron operaciones con siete beneficiarios de ayudas
y donativos, cuyos pagos fueron efectuados con cargo a las partidas 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”.
También se analizaron 58 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los
recursos asignados al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,
verificándose las causas por las cuales se realizaron.
Asimismo, se efectuaron pruebas de cumplimiento para constatar que los procedimientos
correspondientes estuvieran en operación durante el período auditado y que la normatividad
se haya aplicado. Las pruebas consistieron, particularmente, en lo siguiente:
1. Se examinó el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios (PAAAPS) autorizado para el ejercicio de 2008 y las actas del Comité
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la SEDEREC levantadas
en el ejercicio de 2008.
2. Se verificó que los donativos y ayudas estuvieran soportados con la autorización
respectiva, por parte de la titular de la SEDEREC que se haya contado con suficiencia
91 VOLUMEN 5/13
presupuestal para respaldarlos así como que se hayan formalizado mediante convenios
y soportado con la documentación comprobatoria correspondiente.
3. Se constató que los convenios hayan sido ejecutados de conformidad con las
especificaciones establecidas en los mismos; que los beneficiarios de los donativos,
ayudas o transferencias hayan entregado comprobantes que cumplieran con requisitos
fiscales, en el caso de que se estipulara dicha condición.
4. Se verificó que la SEDEREC (en cumplimiento del Código Financiero del Distrito
Federal y el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal vigentes en 2008), conservase la documentación original
justificativa y comprobatoria de las erogaciones realizadas; que éstas hayan sido
registradas en las partidas correspondientes a la naturaleza del gasto; que haya
congruencia entre el gasto registrado y el cumplimiento de los objetivos y metas
consignados en los programas sociales que registraron movimientos presupuestarios.
En cuanto a las pruebas sustantivas, éstas consistieron en integrar por partidas
y capítulos de gasto el presupuesto ejercido; verificar que las cifras reportadas por el sujeto
fiscalizado, a la SF, coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008;
constatar que se cuente con expedientes debidamente integrados por la documentación
legal y administrativa de los donativos, ayudas o subsidios otorgados.
Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
El presupuesto ejercido por la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,
Aportaciones y Transferencias” ascendió a 404,596.5 miles de pesos. Por el monto ejercido,
se seleccionaron las partidas: 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, 4108 “Ayudas y Donativos
a Instituciones sin Fines de Lucro” y 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”.
El gasto total en las partidas seleccionadas registra los 400,583.7 miles de pesos (99.0% de
lo ejercido en el capítulo).
Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”. Se revisaron 25 CLC por un total de
18,998.1 miles de pesos, este monto, representan el 4.7% del importe ejercido por
la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
92 VOLUMEN 5/13
(404,596.5 miles de pesos); y el 26.8% respecto del total ejercido en dicha partida
(70,819.4 miles de pesos).
Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”. Se revisaron 14 CLC
por un total de 13,435.5 miles de pesos, la cantidad representa el 3.3% del importe ejercido
por la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
(404,596.5 miles de pesos); y el 90.7% respecto del total ejercido en dicha partida
(14,810.5 miles de pesos).
Para ambas partidas:
Se verificaron las autorizaciones, por parte de la titular de la SEDEREC, para el otorgamiento
de ayudas y donativos.
Se revisó que se hayan precisado y especificado claramente los programas, destino,
objetivos, beneficiarios, temporalidad y condiciones de las ayudas y donativos.
Se constató que la SEDEREC contara con padrones actualizados de los beneficiarios
de las ayudas y donativos otorgados.
Se verificó que la SEDEREC haya reportado a la Contraloría General del Distrito Federal
(CGDF) el monto global y los beneficios de las ayudas y donativos ejercidos.
Se comprobó que las ayudas y donativos fueron formalizados mediante el establecimiento
de los convenios respectivos; y que los beneficiarios hayan entregado tanto los comprobantes
que amparen la recepción de los mismos, como en su caso, proporcionando las pruebas
documentales de la aplicación de la ayuda o donativo otorgado.
Partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”. Se revisaron dos CLC, así
como su documentación justificativa y comprobatoria. La suma de 51.0% (206,411.5 miles
de pesos) del importe ejercido por la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,
Aportaciones y Transferencias” (404,596.5 miles de pesos); y el 65.5% respecto del total
ejercido en dicha partida (314,953.8 miles de pesos).
93 VOLUMEN 5/13
Se analizó el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable y su anexo
técnico de ejecución, del 25 de febrero de 2008, suscrito entre el Gobierno del Distrito
Federal, representado por la SEDEREC, y el Gobierno Federal, representado por la Secretaría
de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), en lo
correspondiente al registro presupuestal de la aportación del Gobierno Federal, al Fideicomiso
Fondo de Fomento Agropecuario (FOFADF), de 150,000.0 miles de pesos, la cual tiene
por objeto instrumentar el componente “conservación y uso sustentable del suelo y agua” del
Programa de Uso Sustentable de los Recursos Naturales para la Producción Primaria.
Se analizó el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable y su anexo
técnico de ejecución, del 25 de febrero de 2008, suscrito entre el Gobierno del Distrito Federal
representado por la SEDEREC, y el Gobierno Federal representado por la SAGARPA,
correspondientes a una aportación del Gobierno Federal al FOFADF por 56,411.5 miles
de pesos, con el objeto de desarrollar el Programa de Adquisición de Activos Productivos.
EXAMEN Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno, y con la finalidad de tener una base sobre
la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, se
analizó el Manual de Organización de la SEDEREC, vigente en 2008. El análisis permitió
identificar la estructura orgánica, los objetivos, las funciones y atribuciones de las unidades
administrativas que integran tanto a la SEDEREC en conjunto, como las de aquellas que
únicamente intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisó el Manual de
Procedimientos del sujeto fiscalizado, para constatar cuáles de las actuaciones normadas
en este documento fueron aplicadas por las unidades administrativas que intervienen en las
actividades de autorización, ejercicio, registro, destino y transparencia de las erogaciones
con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”. Al respecto,
se observó lo siguiente:
1. Estructura Orgánica
La SEDEREC fue creada con fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga
diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007.
94 VOLUMEN 5/13
Mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07, del 5 de marzo de 2007, la (CGMA), envió
a la SEDEREC, un alcance al dictamen 2/2007 de la estructura orgánica de la OM. En este
alcance se comunicaba la incorporación a dicha estructura, a partir del 1o. de marzo de 2007,
de la Dirección de Administración, la Subdirección de Recursos Humanos, la Subdirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales y la Subdirección de Recursos Financieros, en
la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.
De igual manera, con el oficio núm. OM/0478/2007, del 23 de marzo de 2007, la OM autorizó
el dictamen de la estructura orgánica de la SEDEREC, con registro núm. 13/2007, vigente
a partir del 1o. de marzo de 2007. En la estructura dictaminada se previeron las siguientes
instancias administrativas: la Oficina de la titular de la SEDEREC, en la cual están
adscritos un asesor y un secretario particular; la Dirección General de Desarrollo Rural, a
la cual pertenecen la Dirección de Financiamiento Rural, cuatro Subdirecciones de Centros
Regionales, una Coordinación de Capacitación, cuatro Jefaturas de Unidad Departamental
y dos Líderes Coordinadores de Proyectos; y la Dirección General de Equidad para los
Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, compuesta por dos Jefaturas de Unidad
Departamental y dos Lideres Coordinadores de Proyectos.
2. Manual Administrativo
a) Manual de Organización. La Dirección de Administración en la SEDEREC dispuso
de su Manual de Organización autorizado por la CGMA mediante el oficio núm.
CGMA/DDO/0489/08, del 21 de abril de 2008, y registrado con el núm. MA-12023-2/07.
El documento, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo
de 2010, define los objetivos, funciones, atribuciones y responsabilidades de los servidores
públicos adscritos a las unidades administrativas que la integran.
Respecto a la SEDEREC, su Manual Administrativo fue autorizado por la CGMA mediante
oficio núm. CGMA/DDO/3467/08, del 16 de diciembre de 2008, y registrado con el
núm. MA-35001-13/07.
b) Manual de procedimientos. En el ejercicio de 2008, la SEDEREC no contó
con manual de procedimientos. Al respecto, la SEDEREC proporcionó el oficio
núm. SEDEREC/DA/SRH/223/2009, del 20 de marzo de 2009, mediante el cual envió
95 VOLUMEN 5/13
a la CGMA, el manual de procedimientos para su revisión. En respuesta, mediante el oficio
núm. CGMA/DDO/1249/09, del 15 de mayo de 2009, la CGMA comunicó a la SEDEREC,
la integración de 71 procedimientos autorizados e integrados a su manual administrativo,
con núm. MA-12023-2/07 del dictamen 2/2007.
3. Evaluación del control interno
Para la evaluación del control interno, se analizaron el marco normativo y el Manual
Administrativo del sujeto fiscalizado, que se integra por el manual de organización y el
manual de procedimientos, vigentes durante 2008; también se aplicaron cuestionarios
de control interno a las siguientes instancias: Dirección de Administración, Dirección
General de Desarrollo Rural, Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas
y Comunidades Étnicas, Dirección de Financiamiento Rural, así como a la Subdirección
de Recursos Financieros. Las unidades referidas controlan las actividades relacionadas con
la autorización, ejercicio, registro, destino y transparencia de las erogaciones efectuadas con
cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión y a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control vigentes en 2008
y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de
control para evaluar si los mecanismos de control hicieron factible la administración de los
riesgos de irregularidades e ineficiencias, así como disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno se determinó que la SEDEREC,
en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,
Aportaciones y Transferencias”, aplicando las partidas 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”,
4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones Sin Fines de Lucro” y 4211 “Subsidios del Gobierno
del Distrito Federal”; estableció mecanismos que en general hacen factible la administración
de riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, las áreas están estructuradas
conforme a las funciones asignadas en el Manual de Organización de la SEDEREC,
lo que garantiza, en términos generales, el cumplimiento de la normatividad, la supervisión
y control de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, así
como delimitar adecuadamente las responsabilidades de cada área administrativa.
96 VOLUMEN 5/13
No obstante, la importancia que se da al control interno es moderada, debido a que las
actividades, efectuadas por las áreas correspondientes, no contaron con procedimientos
para su ejecución en el ejercicio revisado. Para el ejercicio del gasto, en las partidas
revisadas, la SEDEREC emitió lineamientos para regular el otorgamiento de ayudas y
donativos, sin embargo, en uno de los lineamientos se detectaron carencias de aspectos
tales como: la supervisión del gasto por parte de la SEDEREC, así como la comprobación de
la ayuda y la rendición de informes por parte del beneficiario. Los dos restantes lineamientos
si cuentan con dichos mecanismos. Las fallas de control detectadas se señalan en los
resultados respectivos.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Para la revisión de los recursos ejercidos por la SEDEREC con cargo al capítulo 4000
“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, como resultado de los trabajos que
se llevaron a cabo en la fase de planeación de auditoría, se seleccionaron 41 CLC expedidas
con cargo a 3 de las 7 partidas que integraron el presupuesto ejercido, cuyo monto de
238,845.1 miles de pesos, representa el 59.0% del universo (404,596.5 miles de pesos).
Las partidas seleccionadas fueron: 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, 4108 “Ayudas
y Donativos a Instituciones Sin Fines de Lucro” y 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito
Federal”. Estas partidas por su monto, fueron las más representativas y superiores
al 3.7% del total del presupuesto ejercido por la SEDEREC con cargo al capítulo 4000
“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.
La selección de las CLC en cada partida se realizó considerando los siguientes criterios:
1. Partida 4105 “Ayudas, Culturales y Sociales.” Se ordenó la base de datos de las CLC
de la partida seleccionada, por programas en forma ascendente y atención a su monto
ejercido. Para el Programa 12 “Igualdad de Géneros”, se consideraron los importes
mayores a 100.0 miles de pesos; para el Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”,
se consideraron los importes mayores a 1,000.0 miles de pesos; para el Programa 27
“Fomento Económico”, se consideraron los importes mayores a 600.0 miles de pesos;
y para el programa 28 “Desarrollo Rural”, se consideraron los importes mayores
a 300.0 miles de pesos.
97 VOLUMEN 5/13
Con relación a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, se verificaron
los convenios mediante los cuales se formalizaron las entregas de las ayudas, así
como los recibos expedidos por el beneficiario que amparan las CLC determinadas
como muestra, expedidas para el pago a las mismas.
Se determinó revisar los expedientes de los beneficiarios de 47 ayudas del Programa
de “Apoyo a Pueblos Originarios”; 50 expedientes de las ayudas otorgadas a beneficiarios
del Programa de “Productores Afectados por Contingencias Climatológicas” (relativos
a personas que sufrieron afectaciones en sus siembras de nopal por una helada, ubicados
en las Delegaciones Milpa Alta y Tláhuac),13 ayudas otorgadas a beneficiarios de los
Programas “Mujer Rural”, “Desarrollo Rural” y “Proyectos Estratégicos de Desarrollo
Económico y Promoción al Turismo”, con el objeto de verificar que estos cumplieran
con los requisitos para hacerse acreedores de dichas ayudas y, en el caso de que se
estipulara en los convenios respectivos, la documentación comprobatoria del ejercicio
de los recursos entregados.
Adicionalmente, efectuaron reuniones de trabajo de auditoría con cinco beneficiarios
de ayudas.
2. Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”: Se seleccionó,
de las CLC por beneficiarios, el importe más representativo en relación con el ejercido
en dicha partida.
Con relación a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, se verificaron los
convenios mediante los cuales se formalizaron las entregas de las ayudas o donativos,
así como los recibos expedidos por el beneficiario que amparan las CLC determinadas
como parte de la muestra.
Se determinó revisar los expedientes de los beneficiarios de tres ayudas, correspondientes
a los Programas “Atención a Migrantes y sus Familias para el Ejercicio Fiscal 2008”
y “Cultivos Nativos y Herbolaria”. También, se efectuó la inspección física de los bienes
adquiridos con las ayudas otorgadas, y se llevó a cabo una reunión de trabajo de auditoría
con uno de los beneficiarios de las ayudas.
98 VOLUMEN 5/13
3. Partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”: Se seleccionó de las CLC por
beneficiarios, el importe más representativo en relación con el ejercido en dicha partida.
Se analizaron los aspectos técnicos que rigieron las aportaciones de subsidios que
afectaron la partida.
Con los criterios antes señalados, respecto al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones
y Transferencias”, la muestra de auditoría del 59.0% (238,845.1 miles de pesos) del universo
sujeto a revisión se determinó con base en la estratificación, e importancia relativa que se
tiene ésta sobre el universo de 404,596.5 miles de pesos; erogados del gasto corriente
mediante 1474 CLC y 53 DM. Lo anterior se integró como se señala en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Universo Muestra Partida/Concepto
CLC DM Importe % CLC DM Importe %
4103 “Pagas de Defunción” 3 0 58.9 0.0 0 0 0.0 0.0 4104 “Becas” 7 0 178.2 0.0 0 0 0.0 0.0 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” 1,427 51 70,819.4 17.5 25 3 18,998.1 26.8 4107 “Pre y Premios” 1 1 180.0 0.0 0 0 0.0 0.0 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” 17 0 14,810.5 3.7 14 0 13,435.5 90.7
4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal” 9 0 314,953.8 77.8 2 0 206,411.5 65.5 4702 “Aportaciones para Apoyo a Voluntarios en Programas Sociales” 10 1 3,595.7 1.0 0 0 0.0 0.0 Total del Capítulo 4000 "Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias" 1,474 53 404,596.5 100.0 41 3 238,845.1 59.0
RESULTADOS
1. Resultado
Del análisis a los Manuales Administrativos de la SEDEREC, se observó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07, del 5 de marzo de 2007, la CGMA de la OM
autorizó la estructura orgánica de la Dirección de Administración en la SEDEREC
correspondiente al dictamen 2/2007. En relación con lo anterior, la SEDEREC, el 29 de
enero de 2008 mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/064/2008, envió su manual
administrativo a la CGMA para su autorización y registro.
99 VOLUMEN 5/13
De igual forma, mediante el oficio núm. OM/0478/2007, del 23 de marzo de 2007,
la OM autorizó la estructura orgánica de la SEDEREC correspondiente al dictamen
13/2007. En relación con lo anterior, el 2 de octubre de 2008 la SEDEREC mediante
el oficio núm. SEDEREC/041/2008, envió su manual administrativo a la CGMA de la OM
para su autorización y registro.
2. Tanto el Manual Administrativo de la Dirección de Administración en la SEDEREC,
autorizado por la CGMA de la OM, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0489/08
del 21 de abril de 2008, registrado con el núm. MA-12023-2/07, como el Manual
Administrativo de la SEDEREC, autorizado por la CGMA de la OM, mediante el
oficio núm. CGMA/DDO/3467/08 del 16 de diciembre de 2008, registrado con el
núm. MA-35001-13/07, fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
hasta el 31 de marzo de 2010.
3. Respecto al manual de procedimientos, la CMHALDF, mediante el oficio núm. ASC/10/218
del 12 de febrero de 2010, solicitó a la SEDEREC dicho manual. En respuesta, anexa
al oficio núm. SEDEREC/DA/0140/2010, del 19 de febrero de 2010, recibido el día
26 del mismo mes y año, la SEDEREC presentó la nota informativa sin número del 20
de febrero de 2010 en la que señaló: “En relación a los procedimientos relacionados
con el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se tienen
autorizados y registrados los siguientes:
”1. Ciclo de Cuenta por Liquidar Certificada para beneficiarios de programas
“2. Elaboración del Reporte de la Partida 4105 ‘Espectáculos Culturales’ [sic]
”Cabe mencionar que estos procedimientos se autorizaron y entraron en vigor a partir
de mayo de 2009; en el año de 2008 no se tenía autorizado procedimiento alguno”.
En virtud de que el manual administrativo es el documento que se integra por el
manual de organización y el manual de procedimientos, al no contar con un manual
de procedimientos que tuvieran relación con el registro, control y ejercicio del
gasto con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
durante 2008, la SEDEREC no observó el numeral 4.4.2, de la Normatividad en materia
100 VOLUMEN 5/13
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública Federal (Circular Uno), que señala: “Los titulares
de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades,
están obligados a elaborar sus Manuales Administrativos y a remitirlos a la CGMA
para su revisión, dictamen y, en su caso, registro…”.
4. Para el otorgamiento de las ayudas analizadas, la SEDEREC emitió los lineamientos
siguientes:
1. “Lineamientos y Mecanismos de Operación para el Programa Integral del Maíz 2008
para el Distrito Federal”.
2. “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes
y sus Familias para el Ejercicio Fiscal 2008”.
3. “Lineamientos y Mecanismos de Operación Programa Rural de la Ciudad de México
para el Ejercicio Fiscal 2008”.
4. “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos
Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008”.
Con relación a lo anterior, los mecanismos de operación denominados “Lineamientos
y Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes y sus Familias
para el Ejercicio Fiscal 2008”, carecieron aspectos tales como: calendario de gasto
de las ayudas; monto de apoyo por beneficiario y costo del proyecto; definición de
circunstancias bajo las cuales se procederá a la suspensión de los beneficios;
definición de criterios de exigibilidad para garantizar que los recursos se canalicen
exclusivamente a la población objetivo; indicadores de desempeño; inclusión de la noción
de obligatoriedad, por parte de la SEDEREC, de supervisar el destino de los recursos;
introducción de la necesidad de comprobación documental, por parte de los beneficiarios,
del gasto ejercido con las ayudas otorgadas; e incorporación del compromiso de
presentar informes por parte de los beneficiarios. Debido a estas insuficiencias, SEDEREC
incumplió el artículo 501-A del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008,
que indica:
101 VOLUMEN 5/13
“Articulo 501 A.- Los subsidios, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de
solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad,
corresponsabilidad y temporalidad.
”A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso
y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar en
reglas de operación, las cuales deberán: […]
”II. Señalar el calendario de gasto;
”III. Señalar los montos por beneficiario, o el porcentaje del costo del proyecto
o acción a subsidiar o apoyar;
”IV. Señalar con claridad los requisitos para el acceso a los beneficios del programa,
así como los procedimientos para su verificación, los cuales deberán ser objetivos,
transparentes, no discrecionales y equitativos;
”V. Señalar la temporalidad, así como las circunstancias bajo las cuales se procederá
a la suspensión de los beneficios;
”VI. Incorporar, en su caso, acciones de corresponsabilidad por parte de los beneficiarios,
con el propósito de hacer patente la relevancia del apoyo y la responsabilidad social
de su otorgamiento y uso; […]
”X. Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo;
”XI. Especificar los indicadores que permitan la evaluación del cumplimiento de sus
objetivos, su desempeño e impacto en la población beneficiaria, así como el costo
administrativo de su operación”.
En la reunión de confronta, celebrada el 10 de junio de 2010, mediante el oficio
núm. SEDEREC/DA/0404/2010 de misma fecha, la Dirección de Administración en
la SEDEREC proporcionó la información y documentación siguiente:
102 VOLUMEN 5/13
Respecto al numeral 1, del presente resultado, indicó que:
“En lo relativo a observaciones derivadas del análisis efectuado a los Manuales Administrativos
de la SEDEREC y lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas, por este
medio me permito hacer constar lo siguiente:
”1. En relación al supuesto incumplimiento al numeral 4.4.14, de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública Federal (Circular Uno) que indica: ‘Los titulares
de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades,
son los responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la
aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación
de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización
del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la
modificación efectuada debiendo remitir a la CGMA la documentación correspondiente
para que ésta proceda a la actualización y registro de dicho Manual’; toda vez que la
elaboración y envío a la CGMA de los Manuales Administrativos correspondiente a los
dictámenes 2/2007 y 13/2007 de las estructuras orgánicas autorizadas para la SEDEREC,
me permito precisar lo siguiente:
”Si bien es cierto que la normatividad anteriormente señalada establece un término de 60 días
hábiles posteriores a la fecha de modificación de la Estructura Orgánica, a fin de remitir
a la CGMA el Manual Administrativo para su actualización y registro, no establece de
forma expresa un término para el caso de creación de estructura, como lo fue para los
dictámenes 2/2007 y 13/2007, por lo que no se incumplió”.
El numeral 1 del presente resultado se modifica, con base a lo manifestado por la SEDEREC
y a lo observado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, respecto a que “Se sugiere
verificar ya que la interpretación de la UAA a la Circular Uno no es procedente, en virtud
de que no se trata de una actualización, debido a que la SEDEREC no contaba con el
Manual por ser de reciente creación”.
103 VOLUMEN 5/13
Respecto al numeral 2 del presente resultado, la Dirección de Administración en la
SEDEREC, señaló que:
“2. En cuanto al incumplimiento del numeral 4.4.10, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública Federal (Circular Uno) que indica: ‘Una vez obtenido el registro de
los Manuales Administrativos ante la CGMA, los titulares de las Dependencias, Unidades
Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, serán los responsables de su
publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando para tal
efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales’.
Se precisa lo siguiente:
”La normatividad antes señalada no se incumplió, en virtud de que la normatividad no
establece término de forma expresa para la publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno
del Distrito Federal, sin embargo estos ya fueron publicados.”
De la lectura a lo informado en forma escrita por la SEDEREC, se desprende que
efectivamente la norma no establece un plazo para la publicación de los Manuales
Administrativos, por lo que la observación del presente numeral se modifica.
Respecto al numeral 3 del presente resultado, la Dirección de Administración en la SEDEREC,
informó que:
“3. Referente al posible incumplimiento del numeral 4.4.2, de de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública Federal (Circular Uno) que indica: ‘Los titulares de las
Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, están
obligados a elaborar sus Manuales Administrativos y a remitirlos a la CGMA para su
revisión, dictamen y, en su caso, registro. El envío deberá hacerse documentado en 3 tantos
originales y en archivo magnético, preferentemente en disco compacto (CD-R). En el caso
de las Entidades dichos Manuales deberán contar con la aprobación del Órgano de Gobierno
respectivo’. Se establece lo siguiente:
104 VOLUMEN 5/13
”No se incumple la normatividad antes señalada, toda vez que aun cuando en el numeral 4.4.2
indica que los titulares de la Dependencias deberán elaborar el Manual Administrativo, que de
acuerdo a la ‘Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del GDF’ lo integra el Manual
de Organización y el manual de Procedimientos, no establece de forma expresa término
para remitir a la CGMA para revisión, dictamen y, en su caso, el Manual Administrativo.”
De la lectura a lo informado en forma escrita por la SEDEREC, se desprende que el
sustento expresado no resulta procedente, ya que el numeral 4.4.1 de la Circular Uno,
vigente en 2008, precisa que “El Manual Administrativo, es el documento que se integra
por el manual de organización y el manual de procedimientos…”, complementariamente,
la observación que se emite, es en el sentido de que la SEDEREC no contó, en el
ejercicio revisado, con el manual de procedimientos para regular sus actividades; y el hecho
de que no se señale un plazo para su elaboración, no es causa de la carencia del mismo,
por lo que la observación del presente numeral no se modifica.
Respecto al numeral 4 del presente resultado, la Dirección de Administración en la SEDEREC,
señaló que:
“4. Respecto a la carencia de atributos señalados en relación con los Lineamientos
y Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes y sus Familias,
ejercicio fiscal 2008, me permito señalar que:
”Como es de su autorizado conocimiento, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad
para las Comunidades fue creada en 2007 y durante el ejercicio fiscal 2008 publicamos
los primeros Lineamientos y Mecanismos de Operación, que si bien carecían de algunos
atributos, en el otorgamiento de cada una de las ayudas se cumplió con un calendario de
asignación, se garantizó que los recursos se canalizaran exclusivamente a la población
objetivo, se supervisó y comprobó el destino de los recursos y los beneficiarios comprobaron
documentalmente el apoyo otorgado, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 501 A
del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.
”En los ejercicios fiscales subsecuentes las Reglas de Operación ya contienen de manera
expresa cada uno de los atributos, como consta en la publicación de la Gaceta Oficial
105 VOLUMEN 5/13
del Distrito Federal del 4 de febrero de 2010, anexa al presente, dando con ello cumplimiento
del Artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal”.
Al respecto, la SEDEREC proporcionó copia fotostática de la documentación siguiente:
“Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 4 de febrero de 2010, en la cual la SEDEREC
publicó el ‘Acuerdo del Comité Técnico Interno de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad
para las Comunidades por el que se Expiden las Reglas de Operación 2010 de los Programas
Sociales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades’.”
De la lectura a lo informado en forma escrita y al documento proporcionado por la SEDEREC,
se desprende que el sustento expresado no resulta suficiente, ya que, el sujeto fiscalizado,
no proporcionó evidencia documental que justifique la emisión de los “Lineamientos y
Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes y sus Familias, ejercicio
fiscal 2008”, en forma diferente a los correspondientes a otros programas, por lo que la
observación del numeral en cuestión no se modifica.
Recomendación ASC-130-08-01-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que,
cuando se autoricen modificaciones a su estructura orgánica, su Manual Administrativo sea
publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal con mayor oportunidad.
Recomendación ASC-130-08-02-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que,
cuando se autoricen actualizaciones a su Manual Administrativo, y una vez obtenido el
registro del mismo, se publiquen con mayor oportunidad en la Gaceta Oficial del Gobierno
del Distrito Federal, de conformidad con la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
106 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-130-08-03-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
cuente con procedimientos relacionados con el registro, control y ejercicio del gasto con
cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, de conformidad
con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno).
Recomendación ASC-130-08-04-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
los lineamientos y reglas de operación que emita encaminados a regular el otorgamiento
de ayudas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas
y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, sean homogéneos y contemplen todos los
aspectos señalados en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
2. Resultado
En 2008, la SEDEREC reportó un presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias” de 404,596.5 miles de pesos, que con relación
al original de 115,096.2 miles de pesos, mostró un incremento de 289,500.3 miles de
pesos (251.5%). La modificación neta del presupuesto referido fue realizada mediante
58 afectaciones programático-presupuestarias, autorizadas por la SF, como se muestra
a continuación:
107 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original: 115,096.2 Más:
26 ampliaciones y reducciones compensadas para readecuar el gasto 0.0
9 adiciones líquidas 205,433.5 8 ampliaciones líquidas 85,479.5
1 ampliación compensada 55.0 290,968.0 Menos:
9 reducciones compensadas 333.6
5 reducciones líquidas 1,134.1 1,467.7 289,500.3
Presupuesto modificado: 404,596.5
Menos:
Presupuesto ejercido: 404,596.5
Diferencia: 0.0
De las 58 afectaciones programático-presupuestarias que incrementaron el presupuesto
original del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, en la cantidad
neta de 289,500.3 miles de pesos, destacaron las siguientes:
(Miles de pesos)
Número Justificación Total
C-35-C0-01 y terminaciones 0049 y 0050
Adiciones líquidas de recursos fiscales para estar en condiciones de realizar la aportación estatal al Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, suscrito el 25 de febrero de 2008, entre el Poder Ejecutivo Federal, a través de la SAGARPA y el Gobierno de Distrito Federal representado por la SEDEREC. 45,736.5
C-35-C0-01-0111 Ampliación líquida de recursos fiscales debido a que, durante el primer semestre de 2008, la Dirección General de Desarrollo Rural había venido reportando, dentro del informe de los 20 compromisos del Jefe de Gobierno en materia de Desarrollo Rural, situaciones de insuficiencia presupuestal para poder cumplir con el 30% de aumento ofertado por el Gobierno del Distrito Federal, en el apoyo a productores rurales. 30,000.0
C 35 C0 01 0112 Ampliación líquida de recursos fiscales para estar en posibilidad de realizar la aportación local al anexo técnico de ejecución federalizada para el desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria 2008, suscrito entre la Federación, representado por la SAGARPA, y el Gobierno del Distrito Federal a través de la SEDEREC, relativo al “Proyecto de conservación, uso sustentable de suelo y agua”. 40,676.9
C 35 C0 01 0159 Registro de la aportación federal de la SAGARPA al anexo técnico de ejecución federalizada para el desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria 2008, derivado del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable suscrito entre la SAGARPA y la SEDEREC el 28 de septiembre de 2008. Los recursos financieros depositados directamente por la SAGARPA al Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Distrito Federal. 150,000.0
108 VOLUMEN 5/13
Los recursos ejercidos en 2008, con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones
y Transferencias”, de 404,596.5 miles de pesos, se registraron presupuestalmente en un
programa prioritario, por un monto de 4,763.1 miles de pesos, y en cuatro programas
no prioritarios, por un monto de 399,833.4 miles de pesos, como sigue:
(Miles de pesos)
Programa Importe
Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 4,763.1 Subtotal 4,763.1
No prioritarios 03 “Administración Pública” 237.1 13 “Desarrollo y Asistencia Social” 17,938.5 27 “Fomento Económico” 9,373.9 28 “Desarrollo Rural” 372,283.9 Subtotal 399,833.4
Presupuesto total 404,596.5
Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”
3. Resultado
En 2008, en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, la SEDEREC ejerció 70,819.4
miles de pesos, a través de 1,427 CLC y 51 DM. Con el objetivo de verificar que dichos
recursos se encontraran debidamente comprobados que las ayudas otorgadas fueran
debidamente autorizadas por la titular de la Secretaría que fueron acordes a los objetivos
originalmente considerados efectivamente recibidos por los beneficiarios finales y que
dichas ayudas fueran informadas a la GGDF, se determinó una muestra de 25 CLC por un
importe total de 18,998.1 miles de pesos, que representa el 26.8% del presupuesto total
ejercido en la partida. Esos recursos fueron destinados para otorgar ayudas en efectivo
a distintos beneficiarios o, en algunos casos, las ayudas corresponden a una contraprestación
específica, como se muestra a continuación:
109 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
CLC Importe Fecha % Destino de la ayuda Número de oficio de autorización
Fecha
35 C0 01 00155 500.0 25/VI/08 2.6 35 C0 01 00299 500.0 17/IX/08 2.6 35 C0 01 00973 245.7 24/XI/08 1.3 SEDEREC/0329BIS/08 14/V/08 Subtotal 1,245.7 6.5
Rehabilitación del Embarcadero de San Sebastián Cuacontle, Xochimilco, 2a. etapa, para fomentar la comercialización de productos agropecuarios.
35 C0 01 00175 2,450.0 15/VII/08 12.9 47 ayudas para apoyar a los pueblos del Distrito
Federal, de acuerdo al “Programa de Apoyo a Pueblos Originarios”.
DGEPICE/285/2008 20/VI/08
Subtotal 2,450.0 12.9 35 C0 01 00176 3,876.9 15/VII/08 20.4 35 C0 01 00177 2,510.9 15/VII/08 13.2 35 C0 01 00179 1,366.0 18/VII/08 7.2
Apoyo a 3,834 productores de nopal de la zona de Milpa Alta y Tláhuac, afectados por una helada el 3 y 4 de enero de 2008 y febrero de 2008. SEDEREC/0439/08 24/VI/08
Subtotal 7,753.8 40.8 35 C0 01 00513 154.6 7/X/08 0.8 Apoyo para compra de maquinaria para
la elaboración de artículos y manualidades para comercialización, dentro del programa “Mujer Rural”.
SEDEREC/0585/08 3/IX/08
Subtotal 154.6 0.8 35 C0 01 00514 126.9 7/X/08 0.7 Apoyo para compra de maquinaria para la producción
de tortillas, dentro del programa “Mujer Rural”. SEDEREC/0585/08 3/IX/08
Subtotal 126.9 0.7 35 C0 01 00576 350.7 21/X/08 1.8 Apoyo para compra de materiales para invernadero
de 1,000 m2. SEDEREC/0706/08 21/X/08
Subtotal 350.7 1.8 35 C0 01 00613 500.0 16/X/08 2.6 Ayuda para el pago de mano de obra de corte
y amogotado de avena para productores de las comunidades de Parres, San Miguel Topilejo y Santo Tomás Ajusco.
SEDEREC/0583/08 3/IX/08
Subtotal 500.0 2.6 35 C0 01 00616 343.7 16/X/08 1.8 Ayuda para el pago de mano de obra de corte
y amogotado de avena para productores de San Miguel Topilejo.
SEDEREC/0583/08 3/IX/08
Subtotal 343.7 1.8 35 C0 01 00742 412.1 11/XI/08 2.2 Ayuda para la construcción de una bodega rural
y agropecuaria comunitaria para el almacenamiento y conservación de granos para su comercialización.
SEDEREC/0559/08 22/VIII/08
Subtotal 412.1 2.2 35 C0 01 00963 465.1 25/XI/08 2.4 Ayuda para ejecutar el proyecto ecoturístico
en la Delegación Magdalena Contreras. SEDEREC/0668/08 3/X/08
Subtotal 465.1 2.4 35 C0 01 01111 349.1 12/XII/08 1.8 Ayuda para producción de jitomate orgánico
en invernadero. SEDEREC/0705/08 21/X/08
Subtotal 349.1 1.8 35 C0 01 01233 200.1 12/XII/08 1.1 Ayuda para la compra de semilla de espinaca,
abono y semilla de rábano para la producción y comercialización de hortalizas.
SEDEREC/0759/ 11/XI/08
Subtotal 200.1 1.1 35 C0 01 01237 145.6 12/XII/08 0.8 Ayuda para equipamiento e instalaciones para
crianza de ganado ovino. SEDEREC/0759/08 11/XI/08
Subtotal 145.6 0.8 35 C0 01 01908 900.0 26/XII/08 4.7 35 C0 01 02042 600.0 31/XII/08 3.2
Pago para elaborar un “Plan Maestro” para el proyecto ecoturístico “Tonatiuh Calli” en Tetelco, Tláhuac.
SEDEREC/0884/2008 23/XII/08
35 C0 01 02043 600.0 31/XII/08 3.2 35 C0 01 02044 600.0 31/XII/08 3.2
Pago para efectuar el equipamiento de sanitarios y sendero peatonal para el proyecto ecoturístico “Tonatiuh Calli” en Tetelco, Tláhuac.
Subtotal 2,700 14.3 35 C0 01 01978 1,015.0 26/XII/08 5.3 Ayuda para equipamiento de cabina de audio
y video y estación de radio por Internet. SEDEREC/0816/08 14/XI/08
Subtotal 1,015.0 5.3 35 C0 01 02024 325.7 31/XII/08 1.8 Ayuda para la construcción de un taller de costura
para la producción de uniformes escolares y resguardo de telas.
SEDEREC/0764/08 11/XI/08
Subtotal 325.7 1.8 35 C0 01 01899 153.3 22/XII/08 0.8 35 C0 01 02028 306.7 31/XII/08 1.6
Pago para capacitación, asesoría, acompañamiento y evaluación a los proyectos de turismo alternativo. SEDEREC/0812/08 20/XI/08
Subtotal 460.0 2.4 Totales 18,998.1 100.0
110 VOLUMEN 5/13
De la información y documentación antes descrita, se determinó lo siguiente:
Se analizó la CLC núm. 35 C0 01 00175, del 15 de julio de 2008, expedida a nombre del
Gobierno del Distrito Federal por 2,450.0 miles de pesos, para el pago de 47 ayudas
a igual número de beneficiarios, por un importe unitario de 50.0 miles de pesos para
42 comités beneficiarios (2,100.0 miles de pesos en total) y 70.0 miles de pesos para 5 comités
beneficiarios (350.0 miles de pesos).
Lo anterior, de conformidad con el Programa de Apoyo a Pueblos Originarios ejecutado
por la SEDEREC, mediante el cual, se otorgaron ayudas en beneficio de los habitantes de
pueblos del Distrito Federal para el desarrollo de un proyecto social o cultural consistente
en: el uso y rescate de la lengua náhuatl; una serie de actividades culturales, artísticas
y recreativas encaminada a fortalecer la identidad cultural; la promoción y fomento de las
artesanías; la promoción y fortalecimiento de tradiciones, festividades y costumbres; y la
recuperación de la historia gráfica, documental y/o de la tradición oral de la comunidad
y de los pueblos, entre otras.
Asimismo, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 1o. de febrero de 2008, fueron
publicados los “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos
Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008”.
Con fecha 7 de febrero de 2008, fue publicada en la página web de la SEDEREC la
convocatoria del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios del Distrito Federal, con el fin
de que la población del Distrito Federal participara con sus proyectos.
Las organizaciones interesadas (denominadas comités) presentaron, en la Dirección General
de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas (DGEPICE), sus proyectos
estos fueron avalados por acuerdo y acta de asamblea de la comunidad participante, en la cual
también se determinó un comité de administración y un comité de supervisión. Se elaboró una
minuta de dicha asamblea, la cual incluyó; la convocatoria de la asamblea, lista de asistencia,
orden del día, propuestas presentadas, votación realizada, acuerdos y firmas respectivas.
Para la evaluación y autorización de los proyectos presentados, la SEDEREC conformó
un Comité Técnico de Evaluación y Autorización integrado por cuatro miembros de pueblos
111 VOLUMEN 5/13
originarios y/o investigadores y académicos, con experiencia en temas de desarrollo social
y comunitario de los pueblos originarios, así como por cuatro servidores públicos representantes
de la SEDEREC. También se integraron a este comité como invitados permanentes,
personal de la Contraloría Interna en la SEDEREC y de la Contraloría Ciudadana.
En función del cumplimiento, por parte de las organizaciones solicitantes (comités), de los
lineamientos y convocatoria expedida, fueron seleccionados por el Comité Técnico de
Evaluación y Autorización de la SEDEREC aquellos proyectos que se consideraron viables.
El 28 de marzo de 2008, se celebró la sesión del Comité Técnico de Evaluación y Autorización
del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios para la Evaluación de Proyectos 2008.
El acta de la sesión consigna la presentación de cada uno de los 56 proyectos comunitarios
registrados, así como las observaciones realizadas a estos por parte de dicho comité. El acta,
también consigna la autorización y asignación presupuestal preliminar a 52 de los proyectos.
De igual forma, el 16 de abril de 2008, se celebró la Sesión del Comité Técnico del Programa
de Apoyo a Pueblos Originarios para la Revisión de Proyectos 2008. Se levantó el acta de
sesión refiere la revisión y revocación de la aprobación preliminar de tres proyectos que
no cumplieron con los requisitos solicitados; asimismo, reporta la integración y aprobación
de 49 proyectos que efectivamente cubrieron los requisitos establecidos en la convocatoria.
Mediante el oficio núm. SEDEREC/433/08 del 20 de junio de 2008, la titular de la SEDEREC
autorizó las asignaciones al Programa de Apoyo a Pueblos Originarios de 2008. El monto
de éstas ascendió a 2,450.0 miles de pesos. Su distribución de acuerdo al dictamen de
autorización emitido por el Comité Técnico, Se efectuó entre 49 proyectos del programa antes
mencionado, el monto aproximado, por proyecto fue del orden de los 50.0 miles de pesos.
Derivado de la revisión a la documentación del programa, se observó lo siguiente:
1. Para la formalización de la entrega de los apoyos de los proyectos respectivos,
la SEDEREC suscribió, con 47 de los 49 comités, un convenio de colaboración, sin
número, todos de fecha 1o. de mayo de 2008.
Asimismo, la SEDEREC realizó los pagos de las ayudas autorizadas, mediante
47 cheques a nombre de cada uno de los representantes del proyecto respectivo,
112 VOLUMEN 5/13
todos de fecha 29 de julio de 2008. Los cheques fueron entregados contra las firmas
respectivas de las pólizas; y de los recibos de apoyo y contra la entrega de la copia de
la identificación oficial.
Cabe señalar, que el 10 de diciembre de 2008, se celebró la sesión del Comité
Técnico de Evaluación y Autorización del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios
para la Evaluación de Proyectos 2008. En el acta correspondiente se estableció la
revocación de dos proyectos en razón de que habiendo transcurrido el tiempo para
la firma de los convenios de colaboración respectivos, éstos no fueron plasmados por
los representantes del proyecto. Respecto del monto de 100.0 miles de pesos, en la
misma sesión, se determinó reasignarlo a cinco proyectos, de fecha más reciente en
la generación de proyectos comunitarios, por un monto de 20.0 miles de pesos a cada
uno, firmando, los representantes de los cinco proyecto, las pólizas de cheques
correspondientes por los recursos adicionales recibidos.
2. En relación con la efectiva aplicación de las ayudas otorgadas por parte de los comités
beneficiarios y con la comprobación documental de los gastos efectuados, tanto en
los “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos
Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008”, como en los convenios
suscritos, entre otras condiciones, se estableció que los comités beneficiarios deberían
reportar, de conformidad con lo convenido: avances físico-financieros del proyecto
aprobado mediante informes financiero, narrativo y memoria fotográfica; y actividades
realizadas, así como beneficiarios o participantes por sexo y edad mediante informe
escrito y listados. Además, se estableció la obligación de comprobar al 100.0% los
recursos asignados, antes del 30 de noviembre de 2008.
Con objeto de verificar el cumplimiento de lo anterior, mediante el oficio
núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/01, del 18 de marzo de 2010, la CMHALDF solicitó
a la SEDEREC proporcionara la CLC núm. 35 C0 01 00175, con su documentación
comprobatoria. La integración de documentos consistió en 47 recibos de ayuda, 5 recibos
de reasignación de ayudas y expediente de beneficiarios.
La SEDEREC proporcionó las pólizas de cheque que amparan los pagos a los 47 comités
beneficiarios por un monto total de 2,450.0 miles de pesos, verificándose que dichas
113 VOLUMEN 5/13
pólizas cuentan con la firma del representante del comité beneficiario, copia de su
identificación (credencial de elector) y recibo firmado por el mismo.
Los representantes de los comités beneficiarios, así como los importes que les fueron
otorgados, se muestran a continuación:
(Miles de pesos)
Consecutivo Número de cheque Fecha Nombre del beneficiario Importe
1 118 29/VII/08 Ricardo Enrique Ramírez 50.0 2 119 29/VII/08 Jorge Ureño De La O 50.0 3 120 29/VII/08 Rosendo Lucas Carpio 50.0 4 121 12/VIII/08 Edna Álvarez Ruiz 50.0 5 122 29/VII/08 Mauricio Reyes Hernández 50.0 6 123 29/VII/08 Guadalupe Fajardo Leal 50.0 7 124 29/VII/08 Sonia Elizabeth Castillo García 50.0 551 26/XII/08 Sonia Elizabeth Castillo García 20.0
8 125 29/VII/08 José Luis Manrique Madrid 50.0 552 26/XII/08 José Luis Manrique Madrid 20.0
9 126 29/VII/08 Raymundo Ávila Molina 50.0 10 127 29/VII/08 José Martín Reyes Silva 50.0 11 128 29/VII/08 Raymundo Peralta Valencia 50.0 12 129 30/VII/08 Juan Carlos Falcón Valverde 50.0 13 130 1/VIII/08 Flavio Guzmán López 50.0 14 131 29/VII/08 Martín Hernández Chavarría 50.0 15 132 29/VII/08 Felipe Teodoro Vázquez 50.0 16 133 30/VII/08 Irma Castillo Acevedo 50.0 17 134 30/VII/08 Guadalupe Flores Cuellar 50.0 18 135 29/VII/08 Silvia Ibáñez Olvera 50.0 19 136 29/VII/08 Silvia Yedra Gutiérrez 50.0 20 137 29/VII/08 Analí Castro Aljama 50.0 21 138 29/VII/08 Mario Rosas Bastida 50.0 22 139 29/VII/08 Zul Octavio Morales Pérez 50.0 23 140 29/VII/08 Ricardo Guadarrama González 50.0 24 141 29/VII/08 María Del Rocío Romero Alquicira 50.0 25 142 29/VII/08 María Guadalupe Nancy Rodríguez Jiménez 50.0 26 143 29/VII/08 Domingo Palma Martínez 50.0 27 144 29/VII/08 Amado Jiménez Barrera 50.0 28 145 29/VII/08 Rubén Flores Soto 50.0
449 26/XII/08 Rubén Flores Soto 20.0 29 146 29/VII/08 María Irma Camacho Horta 50.0 30 147 29/VII/08 María Estela Santamaría González 50.0
450 30/XII/08 María Estela Santamaría González 20.0 31 148 13/VIII/08 Ramona Mar González 50.0 32 150 7/VIII/08 Margarita Ortiz Álvarez 50.0 33 151 29/VII/08 Alfonso Ávila García 50.0 34 152 7/VIII/08 María Esther Aguirre Álvarez 50.0
448 26/XII/08 María Esther Aguirre Álvarez 20.0 35 153 29/VII/08 Guadalupe Solís González 50.0 36 154 29/VII/08 Albina Hernández Chavarría 50.0 37 155 18/VIII/08 Araceli Díaz Márquez 50.0 38 157 29/VII/08 Eugenio Juan Reséndiz Sánchez 50.0 39 158 29/VII/08 Laura Aguilar López 50.0 40 159 29/VII/08 María Amparo Cortés Becerril 50.0 41 160 29/VII/08 Yesenia Toledo Rojas 50.0 42 161 29/VII/08 María Isabel Ortega Valencia 50.0 43 163 29/VII/08 Olivia López Pelcastre 50.0 44 165 29/VII/08 María del Carmen Chávez Corrales 50.0 45 168 29/VII/08 David Flores Tapia 50.0 46 169 29/VII/08 Guadalupe Patricia Pérez Jácome 50.0 47 177 05/IX/08 Martha Claudia Pérez Ruiz 50.0
Total 2,450.0
114 VOLUMEN 5/13
En los lineamientos establecidos para el otorgamiento de las ayudas antes descritas,
se estableció que los comités beneficiarios proporcionarían la comprobación documental
del gasto efectuado con las ayudas otorgadas. Al respecto, se observó que 31 de los
comités beneficiarios no comprobaron documentalmente la totalidad del gasto efectuado
por un importe total de 897.6 miles de pesos.
Por no contar con la documentación comprobatoria por 897.6 miles de pesos, la SEDEREC
inobservó la cláusula segunda “Obligaciones de la Secretaría”, inciso a), de los convenios
de colaboración suscritos, la cual señala: “Supervisar que los recursos otorgados
a LOS COMITÉS sean aplicados en cumplimiento de los objetivos del presente
instrumento y de conformidad con los lineamientos y la guía de operación del PAPO”.
3. La documentación que debieron entregar los comités beneficiarios, así como no
encontrada en los expedientes respectivos, de acuerdo al convenio suscrito y a los
lineamientos establecidos, fue la siguiente:
En expediente Documento
Sí No
Acta de Asamblea Comunitaria 47 0 Proyecto de inversión 47 0 Informes de avance 36 11 Informe final 29 18 Constancia de la Placa 1 46 Listado de beneficiarios con edad y sexo 2 45
Memoria Fotográfica 15 32
Por la carencia de informes de avance y finales; listado de beneficiarios; y memoria
fotográfica, la SEDEREC incumplió la cláusula segunda “Obligaciones de la Secretaría”,
inciso c), de los convenios de colaboración suscritos, la cual señala: “Dar seguimiento
y evaluar, a través de la DGEPICE [Dirección General de Equidad para los Pueblos
Indígenas y Comunidades Étnicas], los avances de ejecución de los proyectos
aprobados, a fin de constatar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos
en los mismos”.
En la reunión de confronta, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó
información relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:
115 VOLUMEN 5/13
Con relación al análisis de la CLC número 35 CO 01 00175, del 15 de julio del 2008, cuyo
monto asciende a $2,450 miles de pesos por concepto de ayuda a 47 Proyectos del
Programa de Apoyo a Pueblos Originarios, ejercicio 2008, comento lo siguiente:
La Dirección de Administración en la SEDEREC no presentó información y/o documentación
relacionada con la falta de documentación comprobatoria que ampare la cantidad de
897.6 miles de pesos, señalada en el numeral 2, del presente resultado. Por lo anterior,
el resultado no se modifica.
Referente a la existencia de comprobantes sin requisitos fiscales señalada en el mismo
numeral 2, informó:
“2. En lo referente a la existencia de comprobantes sin requisitos fiscales por un monto de
1,014.2 miles de pesos me permito señalar lo siguiente:
”Al respecto, y retomando lo señalado por el Decreto del Presupuesto de Egresos del
Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, señalado por la misma Contaduría Mayor de
Hacienda, que indica: ‘II. El otorgamiento se hará (…) considerando su contribución
efectiva a la oferta de bienes y servicios’, es notorio que en ningún momento se plantea
que deben ser demostrados a través de comprobantes fiscales, solamente que deben ser
eficaces en la oferta, de tal manera que puedan ser los adecuados para efectuar las
tareas o actividades que, en este caso, los proyectos requieran.
”Es importante señalar que hay recibos individuales de recepción de recursos, autorizados
por los integrantes de los proyectos, contempladas en la Guía de Operación, dentro del
concepto de Gastos directos de operación del proyecto, Ayudas económicas, que las
define como ‘apoyo a personas que brinden capacitación o desempeñen alguna actividad
específica con relación a los objetivos del proyecto. Este rubro no debe entenderse como
pago salarial, en función de que los proyectos son comunitarios y no organizaciones
o grupos específicos que cobran por su trabajo’. En tal virtud, no es posible exigir la
existencia de requisitos fiscales en los recibos que las personas emiten.
”De la misma manera, existen recibos o notas de remisión expedidas por instancias como
papelerías o expendedoras de materiales o mercancías diversas, las cuales por su propia
116 VOLUMEN 5/13
situación fiscal no expiden facturas, además de que los montos no son mayores, en la
generalidad de los casos, a quinientos pesos, pero es claro que los productos adquiridos
son utilizados en la realización de las actividades consideradas en los proyectos.
”Por otro lado, en virtud de que se trata de proyectos comunitarios, los beneficiarios no
pueden solicitar la expedición de facturas en la mayoría de las adquisiciones, pues las
mismas deben ser a nombre del pueblo o comunidad originaria, no deben ser a nombre
de ninguno de los integrantes de los Comités, pues serían ellos los propietarios, por tanto,
tienen que obtener solamente comprobantes fiscales y en muchos casos deben conformarse
con notas de remisión con el sello del comercio que les vende, ello en razón de que no
son personas que se dediquen al comercio especulativo.
”Es importante destacar que dentro del proceso de asignación y entrega de los recursos
del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios 2008, se cubrieron de manera correcta
todos los requerimientos legales y administrativos, por parte de la Secretaría de Desarrollo
Rural y Equidad para las Comunidades y los beneficiarios del programa”.
Del análisis a la información proporcionada por la SEDEREC, al no considerarse
normativamente obligatoria la comprobación con documentos que reunieran requisitos
fiscales por parte de los beneficiarios de ayudas, el presente resultado se modifica.
En relación a la observación señalada en el numeral 3 del presente resultado, la Dirección
de Administración en la SEDEREC no presentó información y/o documentación relacionada
con la carencia de informes de avance y finales; listado de beneficiarios; y memoria
fotográfica; por lo que el resultado no se modifica.
Recomendación ASC-130-08-05-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
los beneficiarios de las ayudas otorgadas, con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales
y Sociales”, comprueben documentalmente en su totalidad el ejercicio de los recursos
recibidos, de conformidad con los “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa
de Apoyo a Pueblos Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal”, vigente.
117 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-130-08-06-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
los expedientes de los beneficiarios de las ayudas, otorgadas con cargo a las partidas
4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, cuenten con la totalidad de la documentación
solicitada como requisito para la recepción y ejercicio de los recursos entregados en esa
calidad, de conformidad con el convenio suscrito y los lineamientos establecidos.
4. Resultado
Se revisaron las CLC núms. 35 C0 01 00176, por 3,876.9 miles de pesos y 35 C0 01 00177,
por 2,510.9 miles de pesos, ambas, del 15 de julio; y la 35 C0 01 00179 del día 18 del
mismo mes por, 1,366.0 miles de pesos, todas del 2008. Las tres CLC fueron expedidas
a nombre de Mexicana de Traslado de Valores, S.A., empresa encargada de realizar el
pago en efectivo a 3,834 productores de nopal afectados por la helada atípica del 3 y 4 de
enero de 2008, en las Delegaciones de Milpa Alta y Tláhuac. El pago se efectuó
por concepto de ayuda para beneficiarios del “Programa de Atención a Contingencias
Climatológicas” (PACC).
Los recursos antes señalados fueron aportados en un 50.0% por el Gobierno Federal
y en similar porcentaje por el Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el Convenio
de Coordinación suscrito, el 29 de junio de 2007, entre el Gobierno del Distrito Federal
representado por la SEDEREC y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a fin de conjuntar acciones y recursos para
apoyar a productores rurales de bajos ingresos que cumplan con los criterios de elegibilidad
establecidos en las Reglas de Operación del Fondo para Atender a la Población Rural
Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC).
El Gobierno del Distrito Federal, a través del Sistema de Operación y Gestión Electrónica,
solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la emisión del “Diagnóstico
Climatológico”, mediante el cual se corroboró la ocurrencia de la contingencia y se
identificaron las delegaciones afectadas. La CONAGUA, el 29 de enero de 2008, emitió
118 VOLUMEN 5/13
su opinión en acerca de la helada atípica registrada, los días 3 y 4 de enero de 2008, en
las Delegaciones Milpa Alta y Tláhuac del Distrito Federal. Mediante el “Acta de Diagnóstico
de Daños”, suscrita conjuntamente por los titulares de la SEDEREC y de la Delegación de
la SAGARPA en el Distrito Federal, se estableció la evaluación de las alteraciones, al tiempo
que esta Instancia Federal verificó la elegibilidad de los productores afectados y determinó el
monto de los apoyos a entregar.
De acuerdo a los parámetros establecidos en la fracción II.3, de las Reglas de Operación
del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas,
la SAGARPA determinó un apoyo individual de hasta 3.5 miles de pesos por hectárea,
hasta un máximo de 5 hectáreas por productor, con base en lo siguiente:
“Esta comisión acuerda autorizar el siguiente apoyo, condicionado a que se implemente
un Plan de Prevención para este tipo de fenómeno, por lo cual los productores
beneficiarios recibirán apoyo del programa por única vez y podrán ser nuevamente
apoyados para la misma contingencia, con base al Plan de Obras y acciones aplicables
y la aceptación de las fórmulas de coparticipación de pago que se establecen en las
Reglas de Operación del PACC, es decir el Gobierno Federal aportará el 50% y el
Gobierno Estatal el 50% restante, conforme al siguiente cuadro:
Componente de Apoyo Has. Productores Apoyo federal Apoyo estatal Apoyo total
Agrícola (Nopal) 2,251.72 3,900 3,941,306.82 3,941,306.82 7,882,613.64 Total de Apoyos 2,251.72 3,900 3,941,306.82 3,941,306.82 7,882,613.64 Gasto de Operación 98,532.67 98,532.67 197,065.34 Gastos de Auditoría 19,706.53 19,706.53 39,413.06 Total de Gastos 1/ 118,239.20 118,239.20 236,478.40 Total 2,251.72 3,900 4,059,546.02 4,059,546.02 8,119,092.04
”Asimismo, este Comité Agropecuario Estatal de Daños acuerda lo siguiente: que se
otorgue un monto de apoyo máximo de 3,500.70/Hectárea.”
Del análisis a la documentación comprobatoria y justificativa, se observó lo siguiente:
1. De las tres CLC determinadas como muestra, dos fueron afectadas por igual número
de DM como se muestra a continuación:
119 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Número de CLC Fecha Importe bruto (1)
Número de documento
múltiple
Fecha Importe (2)
Importe neto de la CLC (1) – (2)
35 C0 01 00176 15/VII/08 3,941.3 31 C0 01 031 17/VII/08 64.4 3,876.9 35 C0 01 00177 15/VII/08 2,575.3 31 C0 01 028 17/VII/08 64.4 2,510.9 35 C0 01 00179 18/VII/08 1,366.0 No aplicó 0 1,366.0
Total 7,882.6 128.8 7,753.8
Los dos DM antes señalados fueron aplicados para devolver a la Secretaría de Finanzas,
a través de recibos de entero, recursos no ejercidos derivados de cobros no efectuados
por 66 beneficiarios.
La documentación que respalda las referidas CLC, se integró por 3,834 recibos, los
cuales contienen; folio, fecha, cantidad recibida, nombre del beneficiario, localidad,
delegación, domicilio, superficie afectada, teléfono, número de identificación y nombre
y firma del beneficiario. De igual forma, se verificó que cada recibo contara con copia
fotostática de la identificación oficial del beneficiario. También se constató que la firma
consignada en el recibo, correspondiera con la plasmada en la identificación oficial.
Los pagos fueron efectuados en el período que va comprendido del 21 al 25 de julio
de 2008, en las instalaciones del Centro de Acopio de Nopal-Verdura, en la Delegación
Milpa Alta. Los apoyos fueron entregados a los beneficiarios en efectivo y a través
de pagadores de la compañía Mexicana de Traslado de Valores, S.A. Los pagos se
realizaron contra la presentación de la identificación oficial y la entrega de la copia
fotostática de la misma, una vez suscrito el respectivo recibo foliado (emitido conforme
al padrón validado por el Comité Técnico Nacional del PAAC). La entrega estuvo
supervisada por el Órgano Interno de Control en la SEDEREC, el representante de
la SAGARPA en el Distrito Federal, representantes de la SEDEREC, así como de la
Delegación Milpa Alta.
2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 28 de julio de 2008, la SEDEREC publicó
el padrón de productores afectados y el reporte del ejercicio de los recursos por un
importe de 7,882.6 miles de pesos.
120 VOLUMEN 5/13
Asimismo, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 29 de diciembre de 2008,
la SEDEREC publicó la relación de productores que recibieron el apoyo con un
importe de 7,753.8 miles de pesos.
Los listados, mencionados anteriormente, fueron cotejados con los 3,834 recibos
firmados por los beneficiarios de la ayuda, coincidiendo entre sí la documentación.
Asimismo, se verificaron 50 expedientes de beneficiarios de la ayuda. Éstos contenían
el “Formato de Campo Programa de Apoyo a Contingencia Climatológicas (PAAC 2008)”,
mediante el cual se establecieron los datos del productor beneficiario (nombre, delegación,
domicilio, núm. de credencial de elector, teléfono, fecha de nacimiento, CURP),
así como las dimensiones del paraje o predio afectado, situación de tenencia, croquis
del predio, firma del productor y del técnico valuador del daño. Adicionalmente, los
expedientes contienen copia del recibo de ayuda, así como de la identificación oficial
del beneficiario que firma el recibo. Lo anterior, en cumplimiento de las Reglas de
Operación del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias
Climatológicas.
5. Resultado
Se analizaron 4 CLC a nombre de la Universidad Autónoma Chapingo, con núm. 35 C0 01
y terminaciones: 01908, por 900.0 miles de pesos; 02042, por 600.0 miles de pesos;
02043, por 600.0 miles de pesos; y 02044, por 600.0 miles de pesos. La primera,
corresponde al 26 de diciembre de 2008; las tres restantes al 31 del mismo mes y año.
Derivado del análisis a la documentación antes mencionada, se observó lo siguiente:
1. Las CLC núms. 35 C0 01 01908 y 35 C0 01 02044, fueron expedidas para el pago de
las facturas núms. 14882, del 3 de diciembre de 2008, que importaba 600.0 miles
de pesos; y 14883, del 22 de diciembre de 2008, cuyo monto ascendió a 900.0 miles de
pesos, respectivamente.
Dichas erogaciones fueron efectuadas al amparo del convenio de concertación, sin
número, del 3 de diciembre de 2008, con vigencia al mes de diciembre del mismo año,
121 VOLUMEN 5/13
suscrito entre la titular de la SEDEREC y el Rector de la Universidad Autónoma
Chapingo. El objeto del Convenio, de acuerdo a su cláusula primera, consistió en:
“Apoyo a la población ejidataria para el plan maestro para el ‘Proyecto Ecoturístico
Tonatiuh Calli, ubicado en el ejido de Tetelco, Delegación Tláhuac, Distrito Federal’”.
El plan maestro, objeto del convenio, esencialmente consiste en el diagnóstico,
pronóstico, status y revisión de las condiciones financieras, físicas y legales de la
zona; en el desarrollo del plan maestro, plan de manejo, proyectos ejecutivos y
estudios técnicos para el proyecto ecoturístico; en el diseño y presentación del plan
maestro del proyecto ecoturístico; en la programación y formulación presupuestaria de
acciones de impacto urbano, infraestructura básica, equipamiento urbano, reserva de
suelo, permisos necesarios y normatividad aplicable; en el estudio de mercado
y posicionamiento del proyecto; así como en el análisis socioeconómico y financiero.
En relación al cumplimiento del objeto del convenio, por las partes que intervinieron
en el mismo, con fecha 9 de enero de 2009, la titular de la SEDEREC y el Rector de la
Universidad Autónoma Chapingo, suscribieron el acta de entrega recepción y finiquito
del convenio de concertación. En este documento, se hizo constar la entrega física de
las piezas documentales convenidas a cargo de la Universidad Autónoma Chapingo
y la recepción a entera satisfacción, por parte de la SEDEREC, del Plan Maestro para
el Proyecto Ecoturístico Tonatiuh Calli, ubicado en el ejido de Tetelco, Delegación
Tláhuac, Distrito Federal.
Mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/05, del 12 de abril de 2010,
la CMHALDF solicitó a la SEDEREC la documentación que acreditara el cumplimiento
del convenio suscrito entre la SEDEREC y la Universidad Autónoma Chapingo.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0297/2010, del 29 de abril de
2010, la SEDEREC remitió un disco compacto conteniendo: diagnóstico y pronóstico,
estudios de mercado, evaluación socioeconómica y financiera, proyecto ejecutivo con
planos generales y de detalle, estudio de impacto ambiental y manual e instrumentos
de identidad del proyecto. La documentación y trabajos entregados por la Universidad
Autónoma de Chapingo a la SEDEREC, demostraron el cumplimiento del convenio
suscrito entre ambas partes.
122 VOLUMEN 5/13
2. Las CLC núms. 35 C0 01 2042 y 35 C0 01 02043, fueron expedidas para el pago de
las facturas núms. 15001, del 9 de diciembre de 2008, por un importe de 600.0 miles
de pesos; y 15002, del 31 de diciembre de 2008, por un importe de 600.0 miles de
pesos, respectivamente.
Las erogaciones fueron efectuadas al amparo del convenio de concertación, sin número,
del 9 de diciembre de 2008, suscrito entre la titular de la SEDEREC y el Rector de la
Universidad Autónoma Chapingo. El objeto del convenio, de acuerdo a su cláusula
primera consistió en: “Apoyo a los ejidatarios para realizar el ‘Equipamiento de Sanitarios
y Sendero Peatonal Interpretativo’ para el ‘Proyecto Ecoturístico Tonatiuh Calli,
ubicado en el ejido de Tetelco, Delegación Tláhuac, Distrito Federal’”. La vigencia del
convenio concluía el diciembre de 2008.
De esta forma, el 30 de diciembre de 2008, la titular de la SEDEREC y el Rector de la
Universidad Autónoma Chapingo, suscribieron un addendum al convenio antes descrito,
con el objetivo de modificar la fecha de entrega de los resultados de los trabajos
realizados que, originalmente, se estableció para diciembre de 2008. El addendum
estipula como nueva fecha de de entrega de los trabajos convenidos el 31 de diciembre
de 2009. Además, se estableció que si en un tiempo razonable, a juicio de la
Universidad Autónoma Chapingo y durante la vigencia del convenio, no se obtuviera
la participación del núcleo ejidal, se daría por terminado el convenio, obligándose
ambas partes a suscribir carta finiquito del convenio. La carta, indicaría que se determinó
la conclusión del convenio sin que la Universidad Autónoma Chapingo haya incurrido
en incumplimiento y que ésta realizó los trabajos que le correspondían. Por otra parte;
la Universidad Autónoma Chapingo reintegraría los recursos recibidos y la SEDEREC,
devolvería las facturas recibidas de la primera.
En relación al cumplimiento del objeto del convenio, por las partes que intervinieron
en el mismo, con fecha 28 de octubre de 2009, la titular de la SEDEREC y el Rector
de la Universidad Autónoma Chapingo, suscribieron el acta de entrega recepción
y finiquito del convenio de concertación. En este documento, se hizo constar que las
partes daban por concluido el convenio, y addendum respectivo, por causas no
imputables a las partes. Lo anterior, derivado de que no se efectuaron los trabajos
correspondientes, por no haber obtenido la ratificación del núcleo ejidal y la participación
123 VOLUMEN 5/13
de los productores para la operación del proyecto. Además, se indicó que la Universidad
Autónoma Chapingo reintegraría, a la SEDEREC, los recursos proporcionados, sin
intereses, intereses moratorios o algún otro pago relacionado con la posesión del
dinero, dado que la cuenta bancaria en la que se depositó el recurso fue no productiva
y, por lo tanto, no generó intereses.
Al respecto, la SEDEREC proporcionó copia del oficio núm. SEDEREC/0871/2009, del
29 de octubre de 2009, mediante el cual la Dirección de Administración en la SEDEREC
entregó, a la Subdirección de Recursos Financieros, el cheque núm. 0053389 del 20 de
octubre de 2009, emitido por el patronato de la Universidad Autónoma de Chapingo,
a nombre de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, por un
monto de 1,200.0 miles de pesos, correspondiente al reintegro de recursos asignados.
Lo anterior, en cumplimiento del convenio y addendum que dieron origen a los
recursos otorgados.
Además, en relación al reintegro de los recursos devueltos por la Universidad Autónoma
de Chapingo, la SEDEREC proporcionó el oficio núm. SEDEREC/DA/66/2010, del 26 de
enero de 2010, mediante el cual la Dirección de Administración en la SEDEREC
solicitó a la Dirección General de Administración Financiera en la Secretaría de Finanzas,
le indicara el procedimiento a seguir, para realizar la devolución de los recursos ante
la Tesorería del Distrito Federal y la Tesorería de la Federación.
Asimismo, proporcionó el oficio núm. SEDEREC/DA/0125/2010, del 12 de febrero
de 2010, mediante el cual la Dirección de Administración en la SEDEREC remitió, a la
Dirección General de Administración Financiera en la Secretaría de Finanzas, ficha
del depósito bancario del 11 de febrero de 2010 a nombre de la Secretaría de
Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, por un importe de 1,200.0 miles de pesos,
correspondientes a los recursos reintegrados por la Universidad Autónoma de Chapingo.
Queda pendiente la remisión, por parte de la Secretaría de Finanzas a la SEDEREC,
del recibo de entero correspondiente.
3. En relación a la aplicación presupuestal de la partida 4105 “Ayudas Culturales
y Sociales” en las erogaciones antes descritas, de acuerdo a la naturaleza económica
124 VOLUMEN 5/13
del gasto y tratándose de una contraprestación convenida, el egreso debió haberse
registrado en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, la cual indica:
“Asignaciones destinadas a cubrir el pago de estudios e investigaciones de toda
índole, que se contraten con terceras personas para su aplicación en las actividades
propias de cada dependencia […] de la Administración Pública del Distrito Federal,
siempre que sean diferentes a los estudios comprendidos en las partidas 3301
‘Honorarios’ y 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’ y en el concepto 6300
‘Estudios de Preinversión’
”Los estudios e investigaciones que comprende esta partida pueden ser de carácter
socioeconómico, científico, jurídico, etc.”
Por haber clasificado el gasto en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, que
por la naturaleza económica del gasto correspondía registrarse en la partida 3305
“Estudios e Investigaciones”, la SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del
Código Financiero del Distrito Federal, que señala: “Las […] Dependencias deberán
llevar los registros del ejercicio de sus presupuestos autorizados, observando para
ello que se realicen […] II. Con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del
Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría”.
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información
relacionada con el resultado aquí analizado, en los siguientes términos:
“3. Referente a su apreciación sobre la aplicación del gasto correspondientes a las 4 CLC
a nombre de la Universidad Autónoma de Chapingo con números 35 C0 01 y terminaciones
01908 por 900.0 miles de pesos; 02042 por 600.0 miles de pesos; 02043 por 600.0 miles
de pesos y 02044 por 600.0 miles de pesos, de fechas 26 de diciembre de 2008 la primera,
y 31 del mismo mes y año para las tres restantes le comento que:
”Consideramos es incorrecto, toda vez que en relación a la aplicación presupuestal de la
partida 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’ en las erogaciones antes descritas, de acuerdo
125 VOLUMEN 5/13
a la naturaleza económica del gasto y tratándose de una contraprestación convenida,
el egreso se supone debió haberse registrado en la partida 3305 ‘Estudios e Investigaciones’,
la cual indica: ‘Asignaciones destinadas a cubrir el pago de estudios e investigaciones de
toda índole, que se contraten con terceras personas para su aplicación en las actividades
propias de cada dependencia, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, siempre que sean diferentes a los estudios
comprendidos en las partidas 3301 ‘Honorarios’ y 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’
y en el concepto 6300 ‘Estudios de Preinversión”; al respecto preciso lo siguiente:
”Con base a lo señalado en la partida 3305 ‘Estudios e Investigaciones’, en la que se indica
expresamente que son ‘Asignaciones destinadas a cubrir el pago de estudios e investigaciones
de toda índole, que se contraten con terceras personas para su aplicación en las
actividades propias de cada dependencia, […]’, claramente se puede observar que los
estudios e investigaciones entregados por la Universidad Autónoma de Chapingo como
resultado del convenio celebrado con la SEDEREC cuyo objeto es: Apoyo a la Población
ejidataria para el plan maestro para el ‘Proyecto Ecoturístico Tonatiuh Calli, ubicado en el
ejido de Tetelco, Delegación Tláhuac, Distrito Federal’, es en beneficio de la población
rural del ejido Tetelco del Distrito Federal y no en beneficio o aplicación de las actividades
propias de esta Dependencia; por lo que la clasificación del gasto se hizo en la partida
correcta, 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’, toda vez que el resultado de este estudio
es para un proyecto Ecoturístico de un grupo de ejidatarios para ser ubicado en tierras
ejidales como ayuda para esa comunidad en específico, y el inicio del ‘Equipamiento de
Sanitarios y Sendero Peatonal Interpretativo’ de dicho proyecto.”
Del análisis a la respuesta proporcionada por la SEDEREC, se confirma la clasificación
errónea del gasto, toda vez que se debió haber registrado la erogación afectando la
partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, que, según el Clasificador por objeto del gasto
del Gobierno del Distrito Federal, corresponde a las “Asignaciones destinadas a cubrir el
pago de estudios e investigaciones de toda índole, que se contraten con terceras personas
para su aplicación en las actividades propias de cada dependencia […] de la Administración
Pública del Distrito Federal…” y el estudio realizado por la Universidad Autónoma
Chapingo, independientemente de su fin, fue solicitado y pagado por la SEDEREC, y no
fue otorgada directamente al grupo de ejidatarios que alude en su respuesta, por lo que el
numeral 3, del resultado 5, no se modifica.
126 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-130-08-07-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que los gastos ejercidos directamente por la Secretaría, se clasifiquen en la partida
correspondiente a su naturaleza económica, de conformidad con la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
6. Resultado
Se analizó la CLC núm. 35 C0 01 01978, del 26 de diciembre de 2008, expedida a nombre
de Desarrollo Comunitario Regional, A.C. por un monto de 1,015.0 miles de pesos, por
concepto de apoyo a la asociación para que ésta conformara y equipara un área específica
a fin de que funcionara como cabina de grabación de audio y video para los participantes
en el “Programa de Difusión y Fomento de Comunicación Comunitaria del Distrito Federal”,
impulsado por la SEDEREC. Lo anterior, de acuerdo con el proyecto aprobado mediante
dictamen técnico, con fecha 12 de noviembre de 2008, y con base en el convenio de
concertación sin número, de fecha 21 de noviembre de 2008, suscrito entre la SEDEREC
y el presidente de la asociación beneficiaria para la formalización del pago correspondiente.
El pago antes mencionado, fue amparado con el recibo de apoyo, sin número, del 26 de
diciembre de 2008.
Mediante el oficio núm. SEDEREC/816/08, del 14 de noviembre de 2008, la SEDEREC
autorizó el gasto.
Del análisis al convenio suscrito, se observó lo siguiente:
1. En la cláusula tercera, se estipuló que la SEDEREC se compromete a proporcionar un
espacio dentro de sus instalaciones para el equipamiento antes señalado, conforme
a la entrega del apoyo por la cantidad de 1,015.0 miles de pesos. De igual manera, en
la misma cláusula, se estableció que la entrega de la aportación se haría en una sola
exhibición, previa entrega del recibo fiscal por parte de la asociación.
Sin embargo, en la documentación que soporta la CLC núm. 35 C0 01 01978, por un
monto de 1,015.0 miles de pesos, no se encontró el recibo fiscal de Desarrollo Comunitario
127 VOLUMEN 5/13
Regional, A.C., mencionado como requisito para la entrega de la ayuda por parte de
la SEDEREC.
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula tercera del convenio suscrito, que
establece: “la entrega de la aportación se hará en una sola exhibición previo recibo
fiscal que exhiba la ‘asociación’”.
Asimismo, por no contar con la documentación comprobatoria, la SEDEREC incumplió
el apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”,
subapartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, rubro IV.3.1, “Cuenta
por Liquidar Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006 y su modificación del 20 de
octubre del mismo año, vigente en 2008, que establece: “Las CLC’s se deberán
soportar con los originales de la documentación comprobatoria y las UR’s verificarán y
serán responsables de que ésta cumpla con los requisitos fiscales y administrativos
que le sean aplicables…”.
2. En la cláusula segunda del convenio antes citado, la asociación se comprometió, en
un plazo menor a tres meses, a concluir la conformación y equipamiento del área
destinada a la cabina. Asimismo, se estableció que el equipo instalado será propiedad
del Gobierno del Distrito Federal, ya que al final el proyecto deberá ser integrado al
patrimonio de la dependencia.
Los bienes y servicios proporcionados por la Asociación a la SEDEREC para el
equipamiento de la cabina en las instalaciones de la segunda, de acuerdo al anexo
técnico y a la justificación de apoyo económico emitida por la Dirección General de
Equidad para los Pueblos Indígenas y las Comunidades Étnicas de la SEDEREC,
mediante el oficio núm. DGEPICE/589/2008, consistieron en lo siguiente:
128 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Concepto Costo
Yamaha 02R V2 Similar Consola de Audio Digital de 24 canales 215.0
Interfaz de audio con 4 preamplificadores de micrófono. 8 faders motorizados sensibles al tacto. Incluye sofware Pro Tool LE; cualquier Marca 104.6
Focusrite Octopre o Similar Preamplificador de 8 canales con Phantom Power y compresor independiente por canal. Opción para Tarjeta de salida de audio digital 20.8
Apple Mac Pro 2.8 o Similar Computadora con procesador Intel Xeon a 2.8 GHZ, sistema operativo 10.5, Disco Duro interno de 320 GB, 1 GB de memoria de RAM. 67.3
Seagate HD 500 GB o Similar Disco Duro Externo triple interfaz de 500 GB de almacenamiento 8.1
Apple Cinema Display 20" o Similar Monitor de pantalla plana de 20" para Mac Pro 12.0
Beyerdynamic MC 840 o Similar Micrófono de condensador, con patrón polar ajustable (omni, wide cardioid, hypercardioid, figure eight) diafragma largo, cápsula bañada en oro, doble membrana, atenuador de dos posiciones, roll-off, incluye suspensión elástica 226.6
Konig and Meyer 23850 o similar Brazo metálico articulado, para soporte en mesa 12.1
Genelec 8020 o Similar Monitor de campo cercano con woofer de 4" y treble de 3/4" Biamplicadas por 20 watts 22.6
Snake de 8 envíos por 4 retornos de 20 metros de largo o similar 9.9
Gotrik ncc-10 o Similar Cables para micrófono. 10 mts. de longitud 16.1
Instalación y puesta a punto de todo el equipo de sonido. Así como creación de sitio de Internet y Hosteo* para su correcta ejecución, pruebas 250.0
Pruebas y capacitación al personal para poder operar las consolas durante dos semanas para 5 personas 50.0
Total 1,015.1
* Hosteo: poner una página web en un servidor de Internet para que pueda ser vista en cualquier lugar con acceso a Internet.
Con fecha 30 de abril de 2010, la CMHALDF efectuó una inspección física de los bienes
instalados en la SEDEREC, constatándose su existencia. Sin embargo, la SEDEREC
no proporcionó evidencia de la creación del sitio de Internet y Hosteo para su correcta
ejecución, para lo cual aportó un monto de 250.0 miles de pesos. Tampoco existe
evidencia de la capacitación de 5 personas para operar las consolas, con un monto de
50.0 miles de pesos, debido a que actualmente, sólo dos personas manejan el equipo.
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula primera del convenio de concertación,
que indica: “Primera.- El presente convenio establece las bases y mecanismos de
colaboración […] para conformar y equipar un área específica para que funcionen
como cabina de grabación de audio y video […] de acuerdo con el proyecto aprobado
mediante dictamen técnico con fecha 12 de noviembre de 2008”.
129 VOLUMEN 5/13
3. En relación con la aplicación presupuestal de la partida 4105 “Ayudas Culturales
y Sociales”, de acuerdo a la naturaleza económica del gasto y tratándose de una
contraprestación convenida, el egreso antes descrito debió haberse registrado en
las partidas 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”,
5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico”, 5206 “Bienes Informáticos”, 3303
“Servicios de Informática” y 3302 “Capacitación”, toda vez que los bienes, los servicios
informáticos para la creación del sitio de Internet, y la colocación de la página web
en el servidor de internet respectivo (Hosteo) para su correcta ejecución, así como
la capacitación para el manejo de las consolas, son propiedad de la SEDEREC,
de acuerdo a la cláusula segunda, segundo párrafo, del convenio suscrito el 21 de
noviembre de 2008 entre la SEDEREC y la asociación “Desarrollo Comunitario
Regional, A.C.”.
Por haber clasificado el gasto en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”,
la SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del Código Financiero del Distrito
Federal, vigente en 2008.
Asimismo, la SEDEREC debió de atender lo establecido en el artículo 37, fracciones I
y III del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2008, que establece:
“Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, sólo con
autorización de la Oficialía podrán efectuar adquisiciones de los siguientes bienes
restringidos:
”I. Equipo de comunicaciones y telecomunicaciones; […]
”III. […] bienes informáticos […] únicamente en aquellos casos que resulten
indispensables para la operación…”
De igual forma, por no haber aplicado procedimientos de adquisición de los bienes
y servicios mencionados, la SEDEREC, incumplió el artículo 26, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, vigente en 2008, que establece:
130 VOLUMEN 5/13
“Las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, se llevarán a cabo, por
regla general, a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública, para
que libremente se presenten propuestas solventes en sobre cerrado, que serán abiertos
públicamente, a fin de asegurar a la Administración Pública del Distrito Federal las
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad
y demás circunstancias pertinentes, de conformidad con lo establecido en la presente Ley.
”No habrá procedimientos distintos a lo previsto en los artículos 54, 55 y 57 de este
ordenamiento que faculten a ninguna autoridad del Distrito Federal a realizar
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios sin ajustarse al procedimiento
de licitación pública, la inobservancia de lo anterior será causa de responsabilidad
para los servidores públicos involucrados.”
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Rural
y Equidad para las Comunidades presentó información relacionada con el presente
resultado, en los siguientes términos:
“En lo que respecta a la revisión de la CLC núm. 35 C0 01 01978, con fecha 26 de
diciembre 2008, a favor de Desarrollo Comunitario, A.C. con un monto de $1,015.000.00
se hace constar lo siguiente:
”3. Respecto a su apreciación respecto a la inadecuada aplicación de la partida
presupuestal en lo relativo a este apoyo, le comento:
”La aplicación presupuestal por la partida 4105 Ayudas Culturales y Sociales le señalo
que el apoyo a favor de la Asociación Desarrollo Comunitario, A.C. se sustenta conforme
al artículo 49 del proyecto de Egresos del Gobierno del Distrito del ejercicio fiscal 2008,
que el art. 49 señala: las erogaciones por concepto de ayudas y subsidios y aportaciones
del gobierno del D.F. se sujetarán a los establecido en el Código, en ese mismo orden
artículo 504 del Código Financiero del Gobierno del Distrito Federal, del ejercicio 2008
establece: “Las dependencias y órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, podrán
otorgar donativos y ayudas en beneficio social o interés público o general a personas
131 VOLUMEN 5/13
físicas o morales sin fines de carácter político siempre que cuenten con suficiencia
presupuestal y se cumplan con las disposiciones legales aplicables”.
”Así mismo el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, establece:
”PARTIDA 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’. Asignaciones destinadas a otorgar ayudas
en dinero o en especie a grupos familiares o personas físicas o morales, con la finalidad
de promover entre la población de escasos recursos, actividades educativas y deportivas
tales como: espectáculos, conciertos, festivales y otros eventos similares; así como para
ayudar a la satisfacción de sus necesidades económicas, como son: alimentación,
vestido, alojamiento, ayudas de maternidad, matrimonio, viudez y orfandad, así como
gastos de funeral, entre otros.
”También es de mencionar que la población indígena y los pueblos originarios han venido
demandando su propios espacios de comunicación o participación mediante radios
comunitarios ya sean propios o en los medios de comunicación existentes. A través de
producción radiofónica y radio comunitaria los pueblos originarios y las comunidades
indígenas articuladas en 57 agrupaciones lingüísticas como son los otomís, mixes,
mixtecos, zapotecos, totonacas, triquis, mazahuas, entres otros, les ha permitido defender
sus derechos y visualizar sus identidades culturales en la Ciudad de México, por ello la
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades SEDEREC, mediante
la Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas
DEGEPICE, integró el Programa de Difusión y Fomento de Comunicación Comunitaria de
la Ciudad de México, con la finalidad de garantizar el acceso al manejo de los medios
de comunicación a los pueblos originarios y comunidades indígenas residentes en el
Distrito Federal a través de la realización de proyectos comunitarios orientados a la
producción radiofónica y audiovisual, así como la realización de proyectos de carácter
autogestivo encaminados a la resolución de necesidades de los pueblos originarios
y comunidades indígenas radicadas en el Distrito Federal, en el marco del desarrollo
sociocultural, pluriétnico y comunitario.
”En razón de lo anterior la Asociación Desarrollo Comunitario Regional, A.C., mediante
oficio fechado 26 Enero 2009, solicitó instalar el proyecto de la cabina Producción
132 VOLUMEN 5/13
Radiofónica y Radio Comunitaria en las instalaciones de la Dirección General de Equidad
para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas (DGPICE) de la Secretaría de
Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, SEDEREC en respuesta a la solicitud
en comento mediante oficio DGEPICE/42/09, fechado 2 de febrero 2009 autoriza instalar
el proyecto de dicha cabina en las instalaciones de la Dirección General”.
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC,
se determina que no es procedente su justificación, debido a que la ayuda otorgada, se
destinó a la adquisición de bienes y servicios que están siendo utilizados por la SEDEREC
dentro de sus mismas instalaciones y no por la asociación civil, beneficiaria de la ayuda.
Complementariamente, en el convenio respectivo, se estableció que el equipo adquirido e
instalado, será propiedad del Gobierno del Distrito Federal y al final del proyecto deberá
ser integrado al patrimonio de la Dependencia. Derivado de lo anterior, el numeral 3, del
resultado 6, no se modifica.
De igual manera, la Dirección de Administración en la SEDEREC no presentó información
y/o documentación relacionada con la autorización, por parte de la Oficialía Mayor; ni en
relación con la no aplicación de procedimientos de adquisición; ni en lo relativo a las
observaciones descritas en los numerales 1 y 2 del presente resultado, por lo que éstos
no se modifican.
Recomendación ASC-130-08-08-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
la documentación derivada de la entrega de las ayudas, que los beneficiarios emitan,
observe los requisitos establecidos en el convenio respectivo.
Recomendación ASC-130-08-09-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para verificar
que se realice la totalidad de los servicios estipulados en los convenios; y que estos sean
recibidos por la Secretaría en tiempo y forma, en cumplimiento de dichos convenios.
133 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-130-08-10-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
los gastos ejercidos por la prestación de servicios y adquisición de bienes muebles,
que sean utilizados directamente por la Secretaría, se clasifiquen en la partida que
corresponda a su naturaleza económica, de conformidad con la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASC-130-08-11-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
la adquisición de bienes restringidos, se someta a la autorización de la Oficialía Mayor del
Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
Recomendación ASC-130-08-12-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que
por la adquisición de bienes muebles y servicios, utilizados directamente por la Secretaría,
se apliquen los procedimientos de adjudicación correspondientes, de conformidad con la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
7. Resultado
Se analizaron las CLC núms. 35 C0 01 01899 y 35 C0 01 02028, del 22 y 31 de diciembre
de 2008, respectivamente, expedidas a nombre de Enjoy México Turístico, S.A. de C.V.
por un monto total de 460.0 miles de pesos, por concepto de pago de apoyo
a capacitación, seguimiento, acompañamiento y evaluación a proyectos de turismo
alternativo. Lo anterior, de acuerdo a la cláusula primera del convenio de colaboración sin
número, de fecha 1o. de diciembre de 2008, suscrito entre la SEDEREC y el administrador
único de Enjoy México Turístico, S.A. de C.V. para la formalización del pago correspondiente.
134 VOLUMEN 5/13
La retribución recién mencionada, fue amparada con dos recibos de pago que cumplían
con los requisitos fiscales mínimos, de fechas 19 de diciembre de 2008 y 18 de marzo
de 2009, respectivamente.
De acuerdo a la cláusula segunda, punto 1, del convenio de colaboración, la empresa se
comprometió a entregar: un diagnóstico por cada productor, a fin de establecer un plan de
trabajo general y uno particular; una conceptualización para cada uno de los proyectos;
el desarrollo de productos y la integración de estos con los otros proyectos; la elaboración
de la reglamentación interna y para el visitante; la definición de segmentos de mercado;
y las estrategias para contratar personal a nivel staff, entre otras.
Derivado del análisis de la documentación antes descrita, se observó que la empresa
efectuó los servicios y entregó el estudio y las piezas documentales, objeto del pago
otorgado, cumpliendo, así, con la cláusula segunda, del convenio de colaboración.
La entrega fue formalizada mediante acta finiquito, del día 4 de septiembre de 2009.
En el acta se establece que la Coordinación del Centro Regional de Desarrollo Rural 2, de
la SEDEREC, recibió la documentación e información a que se comprometieron entregar
los beneficiarios, y se señala que de acuerdo a lo establecido en la cláusula segunda del
convenio de colaboración estos últimos, habían cumplido en su totalidad con lo establecido
en la solicitud de apoyo.
En relación con la aplicación presupuestal de la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”,
de acuerdo a la naturaleza económica del gasto y tratándose de una contraprestación
convenida, el egreso debió haberse registrado en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”.
Por haber clasificado el gasto en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, la
SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal.
De igual forma, se observó que la SEDEREC para efectuar la contratación de los servicios
convenidos, debió observar la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, específicamente,
los artículos 3, fracción VIII; y 26, los cuales instruyen:
“Para los efectos de esta Ley, entre las Adquisiciones, Arrendamientos y prestación de
Servicios, quedan comprendidos: […]
135 VOLUMEN 5/13
”VIII. La prestación de servicios profesionales, así como la contratación de […] estudios
e investigaciones.”
Por no haber aplicado los procedimientos de adjudicación correspondientes para la
contratación de los servicios pagados, la SEDEREC incumplió los artículos antes señalados.
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información
relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:
“1. En lo que corresponde a su opinión sobre la inadecuada aplicación presupuestal de la
partida 4105, por este medio me permito precisar lo siguiente:
”El capítulo 4000 Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias, es destinado para apoyo
a productores tanto para proyectos productivos como para otras actividades y servicios
que se deriven de los apoyos aprobados, con el fin de garantizar un mejor uso del
recurso, con base en un diagnóstico de necesidades y en beneficio del propio productor,
siendo este el caso concreto de Enjoy México Turístico, S.A. de C.V., empresa constituida
por miembros del Instituto Politécnico Nacional quienes se encargaban de proporcionar
capacitación, asesoría, acompañamiento y evaluación a productores favorecidos con el
programa de Turismo Alternativo.
”Por las características ya señaladas se establece que en este caso no es susceptibles
aplicar la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” toda vez que no correspondió a una
investigación o estudio de actividades propias de la Dependencia (SEDEREC), reiterando
que fue en beneficio directo y exclusivo de los productores que fueron beneficiados
en 2008 con proyectos productivos del programa de Turismo Alternativo.”
Del análisis de la información y documentación proporcionada por la SEDEREC,
se determina que no es procedente su justificación, debido a que la ayuda otorgada a la
sociedad anónima, de acuerdo al convenio suscrito, se destinó a servicios determinados,
verificados y recibidos por la SEDEREC. Además, los recursos no fueron otorgados
directamente a los productores favorecidos con el Programa de Turismo Alternativo,
que alude en su respuesta, de tal suerte que estos, aplicaran la ayuda mediante la
136 VOLUMEN 5/13
contratación del prestador de servicios que más conviniera a sus intereses. Por lo expuesto,
el presente resultado no se modifica.
Recomendación ASC-130-08-13-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que los gastos ejercidos por la prestación de servicios de estudios e investigaciones, se
clasifiquen en la partida que corresponda a su naturaleza económica, de conformidad con
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASC-130-08-14-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que en los procesos de contratación para la prestación de servicios de estudios
e investigaciones a cargo de la Secretaría, se apliquen los procedimientos de adjudicación
correspondientes, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
8. Resultado
En el ejercicio de 2008, la SEDEREC llevó a cabo los programas internos de: Turismo
Alternativo, Mejoramiento de Traspatios; Agricultura Urbana, Fomento a las Actividades
Agropecuarias y a la Agroindustria, Cultivos Nativos y Herbolaria, Mujer Rural, y Fomento
a la Producción Orgánica. El objetivo de los programas fue el de fomentar entre los
habitantes de comunidades rurales del Distrito Federal, actividades productivas, ya sean
agropecuarias o de transformación. Para la ejecución de los programas antes mencionados,
la SEDEREC otorgó ayudas a grupos que presentaron proyectos sustentables a criterio
de la SEDEREC.
Para regular el otorgamiento de las ayudas, la SEDEREC publicó en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, del 31 de enero de 2008, los Lineamientos y Mecanismos de Operación
Programa Rural de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2008, a los cuales se
sujetaron los proyectos presentados por los interesados.
137 VOLUMEN 5/13
Para la evaluación de proyectos presentados, la SEDEREC conformó un Comité Técnico
integrado por el Director General de Desarrollo Rural, la Directora de Financiamiento
Rural, la Coordinadora de Capacitación, los Responsables de los Centros Regionales de
Desarrollo Rural, y los Responsables Técnicos de los diferentes programas.
Con el fin de dar certidumbre y transparencia a los interesados en la oferta de apoyos
previstos, el Comité Técnico publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 18 de
abril de 2008, la “Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección
de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo”. En la convocatoria se estableció el
calendario para la atención de los solicitantes, es decir, períodos de recepción de solicitudes,
de dictaminación y de publicación de los resultados, conforme a la autorización que al
respecto emitió el propio Comité Técnico.
Los sujetos beneficiarios fueron, básicamente, organizaciones rurales establecidas mediante
acta de asamblea, representadas por un comité administrador y un comité de vigilancia.
Los proyectos presentados, fueron sometidos a dictamen y autorización del Comité
Técnico de la SEDEREC. En los casos en que fueron aceptados, las ayudas otorgadas
estuvieron autorizadas por la titular de la SEDEREC, así como formalizadas mediante
convenios sin número suscritos entre la Dirección General de Desarrollo Rural de la
SEDEREC y los representantes de las organizaciones beneficiarias. De igual manera,
la entrega de los apoyos estuvo respaldada por recibos sin número, emitidos con el
importe del monto otorgado.
En la cláusula segunda de los convenios suscritos, se estableció la obligación, para los
beneficiarios, de destinar los recursos, exclusivamente, al pago de los bienes, mano de
obra, o servicios, estipulados en el convenio respectivo.
De igual forma, de acuerdo a la misma cláusula, las organizaciones se comprometían
a presentar la documentación comprobatoria del ejercicio de los gastos efectuados con
las ayudas otorgadas, formalizando la entrega mediante acta-finiquito, firmada entre la
Coordinación del Centro Regional de Desarrollo Rural de la SEDEREC y el representante
de la organización beneficiaria. En estas actas se debe establecer que los beneficiaros
138 VOLUMEN 5/13
han cumplido, en su totalidad, con lo pactado en el convenio suscrito y con lo establecido
en la solicitud de apoyo.
Asimismo, en los convenios suscritos los beneficiarios se comprometieron a entregar
informes de avance y final de la aplicación de las ayudas recibidas.
De la muestra de CLC determinada, 14 correspondieron a ayudas otorgadas a los proyectos
con la documentación justificativa y comprobatoria siguientes:
(Miles de pesos)
CLC Representante de la organización beneficiara
Proyecto Fecha del convenio
Fecha del recibo
Importe de la ayuda
Fecha del acta-finiquito
35 C0 01 00155 15/V/08 11/VI/08 500.0 11/III/09 35 C0 01 00299 10/X/08 500.0 35 C0 01 00973
Serafín Páez Blanco Rehabilitación del Embarcadero de San Sebastian Cuacontle, Xochimilco, 2a. etapa 5/XI/08 245.7
Subtotal 1,245.7 35 C0 01 00513 Sirenia Olivares
Jiménez Expresión Cultural a través de Ideas y Manualidades
4/IX/08 3/IX/08 154.6 22/V/09
Subtotal 154.6 35 C0 01 00514 Maria Luisa Vélez
García Transformación del Maíz para la Elaboración de Tortillas
4/IX/08 3/IX/08 126.9 13/II/09
Subtotal 126.9 35 C0 01 00576 Julio Colín Ibáñez Producción de Plantas
Ornamentales en Invernadero 20/X/08 20/X/08 350.7 6/VIII/09
Subtotal 350.7 35 C0 01 00613 Osbaldo Josué Guerra
Cervantes Producción y Comercialización de Avena
4/IX/08 3/IX/08 500.0 29/VI/09
Subtotal 500.0 35 C0 01 00616 Efraín Bravo Camacho Producción y Comercialización
de Avena 4/IX/08 3/IX/08 343.7 27/III/09
Subtotal 343.7 35 C0 01 00742 Hilda García Martínez Bodega Rural y Agropecuaria
Comunitaria 19/VIII/08 29/VIII/08 412.3 29/VI/09
Subtotal 412.3 35 C0 01 00963 Juan Bernardo Nava
Velasco Modelo Ecoturístico de Autosuficiencia Alimentaria
3/X/08 2/X/08 465.0 4/I/09
Subtotal 465.0 35 C0 01 01111 Oscar Morales Carreón Producción de Jitomate
Orgánico en Invernadero 20/X/08 20/X/08 349.1 29/I/09
Subtotal 349.1 35 C0 01 01233 Guillermina Villarreal
Olmos Producción de Hortalizas en San Miguel Topilejo
3/XI/08 3/XI/08 200.1 22/XII/08
Subtotal 200.1 35 C0 01 01237 Maribel Miranda Gracia Equipamiento para Instalaciones
de Crianza de Ganado Ovino 3/XI/08 3/XI/08 145.6 14/VII/09
Subtotal 145.6
35 C0 01 02024 Modas Xolotsyn, S.C. de R.L. de C.V
Taller de Costura 13/XI/08 13/XI/08 325.7 28/X/09
Subtotal 325.7
Total 4,619.4
139 VOLUMEN 5/13
1. Del análisis efectuado sobre el cumplimiento de la convocatoria expedida y los
convenios suscritos, se observó lo siguiente:
Cumplió Obligaciones de las organizaciones beneficiarias de las ayuda otorgadas Si No
De acuerdo al convenio: a) Presentar la totalidad de la documentación comprobatoria
del gasto efectuado con la ayuda otorgada. 11 1 b) Destinar los recursos exclusivamente al pago de mano de obra,
bienes o servicios estipulados. 11 1 c) Entrega de informes de avance y final de las ayudas otorgadas. 10 2
De acuerdo a la Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo:
d) Entrega del acta de asamblea de la organización. 10 2 e) Copia del contrato de cuenta de cheques mancomunada. 9 3
De los incumplimientos antes señalados, se determinó que:
a) Por la falta de documentación comprobatoria de la organización representada por
Maribel Miranda Gracia, por un importe de 50.6 miles de pesos, la SEDEREC
no observó la cláusula primera del convenio respectivo, la cual estipula:
“… Los Beneficiarios’ proporcionaran a ‘La DGDR’ la comprobación del recurso,
física y documentalmente con el que fueron beneficiados”.
b) Por no haber destinado los recursos recibidos como ayuda exclusivamente a los
bienes y servicios señalados en el convenio suscrito entre la SEDEREC y la
organización representada por Serafín Páez Blanco, en los cuales se estipuló que
serían para la adquisición de distintos bienes y materiales de construcción, sin
embargo, según el recibo que ampara el gasto fueron empleados por la organización
para el pago de supervisión de obra, la SEDEREC no observó la cláusula segunda
del convenio respectivo, que establece: “Compromisos de ‘los beneficiarios’.-
Para la ejecución de este convenio, los beneficiarios se comprometen a: […]
2. Destinar el recurso única y exclusivamente para desarrollar el proyecto
autorizado y convienen en adquirir el (los) componente (s) de apoyo consistente(s)
en 1) Escaleras $11,569.08, 2) Cubierta a base de perfil tubular […] $99,864.00,
3) Jardineras […] $48,030.00 4) Guarnición […] $12,580.00 5) Contra trabe […]
$42,344.91, 6) Madera […] $27,021.27, 7) Teja […] $32,889.57, 8) Colocación de
piedra […] $135,495.13, 9) Colocación de balastre […] $288,000.00, 10) Elaboración
140 VOLUMEN 5/13
y/o modificación de plano eléctrico $2,000.00, 11) Salidas para alumbrado
$26,000.00 12) Instalación de iluminaria de anclaje $350,000.00, 13) Bajadas
de apagadores […] $3,600.00, 14) Instalación de celdas solares $75,000.00,
15) Fabricación de dados […] $31,300.32, 16) Desarrollo de proyecto planos […]
$60,000.00…”.
c) Por no contar con los informes de avance y finales de las organizaciones beneficiarias
de las ayudas, representadas por Sirenia Olivares Jiménez y Juan Bernardo Nava
Velasco, la SEDEREC no observó lo establecido en la cláusula segunda, numeral 4,
de los convenios de concertación respectivos, que establece: “Rendir los informes
de avance y final o cualquier otro que le sea requerido por la ‘DGDR’ hasta la
firma del Acta de Finiquito”.
d) La SEDEREC no contó en el expediente de las organizaciones representadas
por Hilda García Martínez y Oscar Morales Carreón, con las actas de asamblea
en las que se manifieste el acuerdo de llevar a cabo el programa de trabajo y/o el
de inversión correspondientes.
e) Por no contar con la copia del contrato de las cuentas de cheques mancomunadas,
anexa a los expedientes de las organizaciones representadas por Sirenia Olivares
Jiménez, María Luisa Vélez García y Juan Bernardo Nava Velasco, la SEDEREC
no observó el apartado "Requisitos", inciso X, de la Convocatoria para Participar
en el Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo
Alternativo, que establece:
“La solicitud deberá estar integrada con la siguiente documentación […]
”X. copia de contrato de apertura de cuenta de cheques mancomunada, en la cual
se registren por lo menos dos integrantes de la organización en el caso que por el
monto así se determine, una vez que haya sido aprobado el proyecto.”
2. Del expediente de la organización representada por Osbaldo Josué Guerra Cervantes,
se observó que el grupo de trabajo remitió a la SEDEREC, como documentación
comprobatoria, listas de raya del período comprendido del 1o. de junio al 31 de agosto
141 VOLUMEN 5/13
de 2008, mediante las cuales ampara el pago efectuado objeto del apoyo otorgado,
cumpliendo con la cláusula segunda, punto núm. 3, del convenio de concertación.
Sin embargo, la documentación comprobatoria antes señalada, es de fecha anterior
a la firma del convenio respectivo (4 de septiembre de 2008) y a la autorización de la
ayuda, por parte de la titular de la SEDEREC (3 de septiembre de 2008).
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la fracción II, del artículo 49 del Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, que instruye:
“Las erogaciones por concepto de […] ayudas, […] con cargo a este Decreto, se
sujetarán a lo establecido en el Código, apegándose a los siguientes criterios: […]
”II. El otorgamiento se hará con base en criterios de […] temporalidad […] en su
asignación…”
3. Del expediente de la organización representada por Guillermina Villarreal Olmos, se
determinó que el grupo de trabajo remitió a la SEDEREC, como documentación
comprobatoria, dos facturas, la primera con núm. 5368 de fecha 18 de septiembre de 2008
y un importe de 90.0 miles de pesos, resultante de la adquisición de 30 toneladas de
abono; la segunda con núm. 199, de fecha 16 de octubre del mismo mes y año y un
importe de 111.6 miles de pesos, derivado de la adquisición de 300 kilos de semilla.
Sin embargo, la documentación señala que el gasto se efectuó antes de las fechas en
que se firmó el convenio respectivo (3 de noviembre de 2008), en que se autorizó la
ayuda (11 de noviembre de 2008) y en que se celebró la 9a. Sesión del Comité
Técnico de Evaluación y Asignación de Recursos (31 de octubre de 2008), en la cual
se autorizó el proyecto objeto de la observación.
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la fracción II, del artículo 49 del Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.
4. Del expediente de la sociedad cooperativa, representada por Modas Xolotzyn,
S.C. de R.L. de C.V., se determinó que la cooperativa remitió a la SEDEREC, como
documentación comprobatoria, una factura con requisitos fiscales, mediante la cual
142 VOLUMEN 5/13
ampara la realización y el pago de la obra, objeto del apoyo otorgado, cumpliendo con
la cláusula segunda, punto núm. 3, del convenio de concertación.
Sin embargo, se observó que la naturaleza industrial de la actividad señalada en el
proyecto al que se destinó la ayuda (taller de costura), no corresponde a la ejecución de
actividades agropecuarias y agroindustriales, que de acuerdo al apartado “Declaraciones”,
numeral 1.3 y cláusula primera, del convenio respectivo, sirvieron como base para
otorgar el apoyo.
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula primera del convenio respectivo,
en la cual se estipuló que: “Objeto.- El objeto del presente convenio de concertación
es formalizar el apoyo del programa Fomento a las Actividades Agropecuarias y a la
Agroindustria…”.
Asimismo, la SEDEREC no contempló, en el numeral 2.1 requisitos de los beneficiarios
de los Lineamientos y Mecanismos de Operación Programa Rural de la Ciudad de México
para el Ejercicio Fiscal 2008, el tipo de sociedad a la cual se le otorgó la ayuda, por lo
que incumplió dicha norma, la cual señala: “Podrán ser beneficiarios del programa en
sus diversas líneas de acción los productores rurales y sus familias, los ejidatarios,
comuneros, sociedades rurales y los usufructuarios legales que realicen actividades
productivas en el suelo de conservación (excepto los de agricultura urbana que se
puede desarrollar en cualquier tipo de suelo, cuando sea viable), y en el caso de
actividades ligadas al suelo que sean los legítimos propietarios o poseedores de la
superficie a beneficiar”.
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información
relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:
En relación con el numeral 1, inciso a, del presente resultado, informó:
“En relación con la falta de documentación en los expedientes revisados que compruebe
el cumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios de acuerdo con la
convocatoria y los convenios suscritos, me permito detallar lo siguiente:
143 VOLUMEN 5/13
”1. Sobre beneficiarios que presentaron algún tipo de incumplimiento de acuerdo con la
revisión efectuada.
”El acta finiquito que se encuentra incluida en el expediente de esta productora beneficiada,
se elaboró con ocho comprobantes que suman un total de $153,900.00, de los cuales se
observa que el recibo No. 0060 expedido por el proveedor Agromecánica y Equipos de
Oriente S.A. de C.V. con RFC: XXXXXXXXXXX, que ampara la compra de un molino
de martillos con motor de gasolina por la cantidad de $29,850.00 y cotización 28132 de fecha
18/02/2009 expedida por Perfiles Viaducto Tlalpan, S.A. de C.V., por la cantidad de
$26,250.00, no fueron considerados por la parte revisora, como documentos integrantes
de la comprobación, al respecto cabe mencionar que se solicitó al responsable del Centro
Regional No.2 Ing. Diego Segura Gómez, por ser ante quien se realizó la comprobación
del apoyo, aclare el motivo de estos comprobantes, informando que en la zona rural aún
existen proveedores quienes al amparo de solicitar y no recibir el RFC expedido por
la SHCP o por lo menos copia de este no expiden factura como es el caso del recibo
No. 0060 que no obstante contar con el RFC del proveedor, la cantidad con número y
letra y el concepto de la compra, no corresponde a una factura, asimismo presenta
un documento suscrito por la C. Maribel Miranda García, donde señala respecto de la
cotización No. 28132 de fecha 18 de febrero de 2008, por la cantidad de $26,250.00 que
por dicha operación no se le expidió factura debido a que se le requirió el RFC, del cual
ella carece por no estar dada de alta, por lo que manifiesta bajo protesta de decir verdad
lo antes expuesto para todos los efectos legales a que haya lugar, estableciendo que ‘sin
embargo mediante la inspección correspondiente se podrá verificar que el material que ampara
dicha cotización fue empleado para construir un tejado para alojar semovientes’.”
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, la cual
consiste en copia de dos comprobantes, el recibo núm. 60 de Agromecánica y Equipos
de Oriente, S.A. de C.V., del 25 de febrero de 2009, por 29.9 miles de pesos por concepto de
“Molino de Martillos con Motor de Gasolina”, y la cotización, del 18 de febrero de 2009,
por 26.3 miles de pesos; se observa que el concepto del primer comprobante que señala
el pago de supervisión de obra, no guarda relación con el proyecto descrito en el convenio
y, por otra parte, una cotización no es un comprobante de pago. Por lo que el inciso a, del
presente resultado no se modifica.
144 VOLUMEN 5/13
En cuanto al numeral 1, inciso b, la Dirección de Administración en la SEDEREC, señaló:
“El acta finiquito que se encuentra incluida en el expediente de la organización
representada por el C. Serafín Páez Blanco, se elaboró con cuatro comprobantes que
suman un total de $1’245,694.28, de los cuales las facturas 0229, por $500,000.00;
0218 y 0217 por $250,000.00 cada una que en conjunto suman $1’000,000.00, expedidas
por el proveedor bajo el concepto ‘anticipo para la ejecución de la supervisión de la obra’,
concepto que no resultó claro para el responsable del Centro Regional No.4 Profa.
Yolanda de las Mercedes Torres Tello, a quien corresponde la recepción de la
comprobación, por lo que solicito al representante de la organización una desagregación
detallada de cada uno de los conceptos que amparaban de manera global las facturas,
a efecto de poder verificar de una manera más clara y objetiva el avance físico al
relacionar éste con los conceptos desagregados, proporcionado el proveedor para tal
efecto un anexo incluido en el expediente en el que se desglosan las facturas aludidas,
considerando que con este desglose se complementaba la omisión en los documentos,
al respecto se señala que de considerarse necesario se solicitara al representante de la
organización solicite al proveedor de ser posible la reexpedición de las facturas con
el desglose correspondiente, no obstante se destaca que el apoyo en comento fue
empleado en el Embarcadero de Cuacontle mismo que en la inspección física realizada
por ustedes se verificó y comprobó este proyecto existe y que la aplicación de los recursos
fue en base al cumplimiento de los objetivos.”
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, se determinó
que el detalle de gastos presentado corresponde al prestador de servicios Consultoría en
Administración e Ingeniería; sin embargo, las facturas objeto de la observación fueron
emitidas por las empresas AID Arquitectos, S.A. de C.V. y Consultores Administrativos y
en Ingeniería, S.C., por lo que el inciso b, del presente resultado, no se modifica.
Respecto al numeral 1, inciso c, del presente resultado, la Dirección de Administración en
la SEDEREC, indicó:
“Con relación a los informes de avance, en el caso de la beneficiaria Sirenia Olivares
Jiménez estos se encuentran incluidos en el expediente enviado mediante referencia
145 VOLUMEN 5/13
SEDEREC/DGDR/DFR/136/2010; en el cual en la nota aclaratoria se establece que en
cuanto a informes sólo se presentó uno, mismo que en fotocopia nuevamente se anexa.
En el caso beneficiario Nava Velasco, se solicitó al responsable del Centro Regional
No. 1 al C. Francisco Medina Padilla el envío del informe, el cual haremos llegar una vez
que se cuente con esta información.”
Del análisis a la información y/o documentación proporcionada por la SEDEREC, se determinó
que sólo presentó copia fotostática de la minuta de trabajo celebrada con la beneficiaria
Sirenia Olivares Jiménez; no proporcionando la documentación correspondiente a la ayuda
otorgada al beneficiario Juan Bernardo Nava Velasco, por lo que el inciso c, del presente
resultado, no se modifica.
Con relación al numeral 1, inciso d, del presente resultado, la Dirección de Administración
en la SEDEREC, informó:
“Se establece que conforme a la información proporcionada por el Centro Regional No. 2
a cargo del Ing. Diego Segura Gómez, la evidencia documental solicitada, esta incluida en
el expediente, no obstante establece que por práctica, usos y costumbres de los
integrantes de los grupos de trabajo denominan erróneamente acta constitutiva a las
actas de asamblea, por el hecho de estar selladas por el comisariado ejidal en las que se
establece dentro del orden del día tanto la constitución del grupo de trabajo así como el
acuerdo de llevar a cabo un proyecto y los programas institucionales en el cual solicitaran
ser considerados con el apoyo.”
Del análisis a la información y documentación proporcionado por la SEDEREC, se
observa que se proporcionaron copias de las actas de asamblea faltantes; por lo que el
inciso d, del presente resultado, se modifica.
En cuanto al numeral 1, inciso e, del presente resultado, la Dirección de Administración en
la SEDEREC, indicó:
“A fin de atender este requerimiento, se anexa fotocopia de los estados de cuenta
bancarios de los beneficiarios: Sirenia Olivares Jiménez, María Luisa Vélez García y Juan
Bernardo Nava Velasco.”
146 VOLUMEN 5/13
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, en la que
se menciona que anexan fotocopia de los estados de cuenta de las tres personas
mencionadas, se constató que la primera cuenta es mancomunada, la segunda es cuenta
individual y no se anexó el tercer estado de cuenta; por lo que el inciso e, del presente
resultado, se modifica parcialmente, en la parte de que proporcionó evidencia documental
de que uno de los tres beneficiarios, si contó con cuenta mancomunada.
Con relación al numeral 2 del presente resultado, la Dirección de Administración en la
SEDEREC, indicó:
“2. En lo relativo a la documentación comprobatoria presentada por el C. Osbaldo Josué
Guerra Cervantes y su incongruencia respecto a la fecha de firma del convenio
y autorización del apoyo, manifiesto lo siguiente:
”Ha sido una demanda constante de los productores rurales de la Ciudad de México el
hecho de que los tiempo administrativos (pago de apoyos) nunca coinciden con los
tiempos reales que requiere la producción agrícola, como es el caso de el corte de avena
y el amogotado de avena (pago de jornales), que se realiza en la zona de Tlalpan en los
meses de junio y agosto situación que difiere del momento en el que se cuenta con
suficiencia presupuestal para someter al Comité Técnico de Evaluación y Asignación de
Recursos la aprobación de apoyos (2ª sesión extraordinaria celebrada el 3 de septiembre
de 2008) fecha en la que emitió su autorización la titular de la SEDEREC y firma de
convenio (4 de septiembre de 2008), previos al pago del recurso.”
Al respecto, la SEDEREC, no proporcionó documentación que justificara la discrepancia
que existe entre las fechas de los comprobantes y la autorización de la ayuda otorgada;
por lo que el numeral 2, del presente resultado, no se modifica.
En cuanto al numeral 3 del presente resultado, la Dirección de Administración en la
SEDEREC, señaló:
“3. Respecto a la documentación soporte presentada por la C. Guillermina Villarreal
Olmos y su incongruencia en relación con la firma del convenio y autorización del apoyo,
se reitera lo siguiente:
147 VOLUMEN 5/13
”Al igual que en el punto anterior la incongruencia en fechas obedece a la incompatibilidad
de los tiempos, ya que no obstante conforme al proyecto se establece que la incorporación
del abono se realiza de manera previa al sembrado, situación que obliga a los productores
acuden al crédito con el fin de cumplir con los tiempos que requiere el proceso de
producción, no obstante la fecha de emisión de la opinión de uso de suelo, que se precisa
en estos casos, fue emitida por la Secretaría del Medio Ambiente hasta el 17 de septiembre
de 2008, por lo que su presentación al Comité Técnico de Evaluación y Asignación de
Recursos se realizo en la 9a. sesión ordinaria de fecha 31 de octubre.”
Sobre el particular, la SEDEREC no proporcionó documentación que justificara la discrepancia
que existe entre las fechas de los comprobantes y la autorización de la ayuda otorgada;
por lo que el numeral 3, del presente resultado, no se modifica.
Relacionado con el numeral 4 del presente resultado, la Dirección de Administración en la
SEDEREC, indicó:
“4. En lo que respecta a la Sociedad cooperativa representada por Modas Xolotzyn, S.C.
de R.L. de C.V., y su apreciación respecto a que la naturaleza industrial de la actividad
señalada en el proyecto al que se destinó la ayuda (taller de costura), no corresponde a la
ejecución de actividades agropecuarias y agroindustria, que de acuerdo al apartado
“Declaraciones” numeral 1.3 y cláusula primera del convenio respectivo, sirvieron como
base para otorgar el apoyo. En este sentido me permito precisar lo siguiente:
”En cuanto al caso de Modas Xolotzin, S.C. de R.L. de C.V., se establece que efectivamente
no se trata de un proyecto agropecuario sin embargo la partida 4105 también nos permite
brindar apoyos sociales que ayuden a los productores establecidos en la zona rural, que
apoyen el desarrollo rural no solo a través de proyectos agrícolas, a fin de alcanzar
la satisfacción de sus necesidades económicas como son alimentación, vestido, etc. que
se cubren a través de proyectos productivos que apoyan en este caso al desarrollo rural.”
Del análisis a la información proporcionada por la SEDEREC, se determina que no es
procedente su justificación, debido a que la ayuda en cuestión, se otorgó en base a los
Lineamientos y Mecanismos de Operación Programa Rural de la Ciudad de México para
148 VOLUMEN 5/13
el Ejercicio Fiscal 2008, programa señalado en el convenio respectivo; sin embargo, la
ayuda otorgada fue para un proyecto industrial que no se contempló en los lineamientos
respectivos como beneficiario de apoyo, por lo que el numeral 4, del presente resultado,
no se modifica.
Recomendación ASC-130-08-15-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que los beneficiarios de las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales”, comprueben documentalmente en su totalidad el ejercicio de los
recursos recibidos, de conformidad con los lineamientos respectivos.
Recomendación ASC-130-08-16-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, sean
aplicadas por los beneficiarios, exclusivamente a la adquisición de los bienes y servicios
estipulados en el convenio respectivo.
Recomendación ASC-130-08-17-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que los
beneficiarios de las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales y
Sociales”, presenten los informes correspondientes al ejercicio de los recursos recibidos,
de conformidad con el convenio respectivo.
Recomendación ASC-130-08-18-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que los expedientes de los beneficiarios de las ayudas otorgadas con cargo a las partidas
149 VOLUMEN 5/13
4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, cuenten con la totalidad de la documentación solicitada
como requisito para la recepción de las mismas, de conformidad con el convenio suscrito
y los lineamientos establecidos.
Recomendación ASC-130-08-19-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las
ayudas otorgadas, sean autorizadas en tiempo y forma por el titular de la Secretaría, de
conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.
Recomendación ASC-130-08-20-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las
ayudas que proporcione, sean destinadas sólo a los beneficiarios de programas que
correspondan a las líneas de acción establecidas y ejecutadas por la misma Secretaría,
de conformidad con los lineamientos y convenios respectivos.
Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”
9. Resultado
Durante el ejercicio de 2008, la SEDEREC, en la partida 4108 “Ayudas y Donativos
a Instituciones sin Fines de Lucro” ejerció por medio de 17 CLC un monto de 14,810.5 miles
de pesos, que representó el 3.7% del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias” (404,596.5 miles de pesos). La muestra revisada
ascendió a 13,435.5 miles de pesos, ejercidos a través de 14 CLC y representó el 90.7%
del total ejercido en la partida.
Derivado de la revisión realizada a la documentación soporte anexa a las 14 CLC,
correspondiente a la muestra de auditoría, se observó que para el ejercicio de los recursos
se contó con las autorizaciones correspondientes por parte de la titular de la SEDEREC,
de conformidad con el artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente
en 2008, como se muestra a continuación:
150 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
CLC Importe Fecha Destino de la ayuda Número de oficio de autorización
Fecha
35 C0 01 00028 1,211.3 27/II/08 SEDEREC/090/08 11/II/08 35 C0 01 00044 639.6 25/III/08 SEDEREC/192/08 25/III/08 35 C0 01 00072 761.5 18/IV/08 SEDEREC/253/08 18/IV/08 35 C0 01 00127 740.0 4/VI/08 SEDEREC/388/08 3/VI/08 35 C0 01 00157 661.5 10/VII/08 SEDEREC/475/08 10/VII/08 35 C0 01 00205 761.5 11/VIII/08 SEDEREC/526/08 11/VIII/08 35 C0 01 00284 833.3 9/IX/08 SEDEREC/593/08 8/IX/08 35 C0 01 00509 833.3 7/X/08 SEDEREC/670/08 6/X/08 35 C0 01 00731 833.3 6/XI/08 SEDEREC/737/08 4/XI/08 35 C0 01 00934 697.0 21/XI/08 SEDEREC/815/08 21/XI/08 35 C0 01 00979 1,500.0 24/XI/08 SEDEREC/820/08 24/XI/08 35 C0 01 01079 1,500.0 9/XII/08
Conjuntar y concertar acciones con el objeto de acordar y determinar mecanismos institucionales para diseñar e implementar formas de atención a los migrantes originarios del Distrito Federal y sus familias asentadas en la Ciudad de México.
SEDEREC/835/08 3/XII/08 Subtotal 10,972.3 35 C0 01 00118 95.4 23/V/08 Ayuda para desarrollar las acciones
necesarias, garantizando en todo momento el programa presentado, para la realización de “La Asamblea Transnacional de Remitentes y Familias”.
SEDEREC/270/08 24/IV/08
Subtotal 95.4 35 C0 01 01887 2,367.8 22/XII/08 Ayuda a productores de maíz para
el desarrollo del programa de cultivos nativos y herbolaria.
SEDEREC/0861/08 5/XII/08
Subtotal 2,367.8
Total 13,435.5
De la información y documentación justificativa y comprobatoria que amparan el gasto
ejercido en la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”
mediante las CLC antes descritas, se determinó lo siguiente:
1. Se revisaron 12 CLC, por un importe total de 10,972.3 miles de pesos, expedidas
a favor del beneficiario Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo,
A.C., por concepto de ayuda para conjuntar y concertar acciones con el objeto de
acordar y determinar mecanismos institucionales para diseñar e implementar formas
de atención a los migrantes originarios del Distritito Federal y sus familias asentadas
en la Ciudad de México, de acuerdo con el convenio de concertación sin número, de
fecha 21 de noviembre de 2008. Asimismo, el 27 de noviembre de 2008, la SEDEREC
y el representante legal de la asociación beneficiaria suscribieron Addendum al
Convenio de Concertación con el objeto de establecer que las ayudas se otorgarían
de acuerdo a la suficiencia presupuestal de la SEDEREC.
151 VOLUMEN 5/13
Los pagos, de las CLC antes mencionadas, fueron amparados con sus respectivos
recibos con requisitos fiscales, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
CLC Recibo de pago Número Fecha Importe Número Fecha Importe
35 C0 01 00028 27/II/08 1,211.3 20 20/II/08 1,211.3 35 C0 01 00044 25/III/08 639.6 22 18/III/08 639.6 35 C0 01 00072 18/IV/08 761.5 24 18/IV/08 761.5 35 C0 01 00127 4/VI/08 740.0 26 3/VI/08 740.0 35 C0 01 00157 10/VII/08 661.5 28 10/VII/08 661.5 35 C0 01 00205 11/VIII/08 761.5 34 11/VIII/08 761.5 35 C0 01 00284 9/IX/08 833.3 37 8/IX/08 833.3 35 C0 01 00509 7/X/08 833.3 41 6/X/08 833.3 35 C0 01 00731 6/XI/08 833.3 43 5/XI/08 833.3 35 C0 01 00934 21/XI/08 697.0 45 21/XI/08 697.0 35 C0 01 00979 24/XI/08 1,500.0 47 24/XI/08 1,500.0 35 C0 01 01079 9/XII/08 1,500.0 48 3/XII/08 1,500.0
Total 10,972.3 10,972.3
2. De la lectura realizada al convenio de concertación del 21 de noviembre de 2008, se
observó que, de acuerdo a su cláusula segunda, las acciones por efectuar a cargo del
beneficiario de la ayuda serían: proporcionar asesorías en materia migratoria, generando
alternativas que favorezcan la permanencia de la población del Distrito Federal;
realizar investigaciones y estudios sobre el fenómeno migratorio; capacitar a funcionarios
públicos, líderes de migrantes, organizaciones sociales o no gubernamentales en
temas migratorios; promover los derechos humanos integrales tanto de la población
migrante, radicada en Estados Unidos de América, como de sus familiares residentes
en el Distrito Federal, con especial énfasis en la población vulnerable; promover y
difundir los aspectos sociales, culturales y económicos del Distrito Federal en los
Estados Unidos de Norteamérica; instalar Centros de Atención a migrantes originarios
del Distrito Federal radicados en poblaciones de Estados Unidos de Norteamérica,
incluyendo a los migrantes cuya familia resida en la Ciudad de México; y, por último,
impulsar campañas conjuntas para visualizar y crear conciencia, sobre el tema
migratorio, entre la población, servidores públicos y organizaciones sociales del Distrito
Federal, a través de foros, talleres y encuentros realizados tanto en la Ciudad de
México como en los Estados Unidos de Norteamérica.
152 VOLUMEN 5/13
3. Se observó que en el convenio y addendum respectivos, se estipularon programas de
trabajo, sin embargo, no se incluyó un calendario de actividades y un presupuesto
detallado para cada uno de ellos que permitiera la evaluación del alcance de cada una
de las actividades programadas. Además, se estipuló que los programas de trabajo
deberían ser publicados en los respectivos portales de internet, a fin de divulgar la
información relevante sobre los resultados obtenidos en cada una de las actividades.
Mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/09, del 22 de abril de 2010,
la CMHALDF solicitó, a la SEDEREC, entre otra información y documentación, el
programa de trabajo original acordado entre esta Dependencia y la asociación
beneficiaria, con base en el cual se otorgaron recursos por un monto de 3,000.00 miles
de pesos (CLC núms. 35 C0 01 00979 y 35 C0 01 01079, cada una por 1,500.0 miles de
pesos). También solicitó que indicara la fecha en que el programa de trabajo fue
publicado en los respectivos portales de Internet.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0286/2010, del 27 de abril de
2010, la SEDEREC proporcionó original del documento denominado “Propuesta de
Colaboración entre Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo
y el Gobierno del Distrito Federal en Materia de Migración” correspondiente al período
enero-diciembre 2008. En dicho documento, se señala como Programa de Trabajo
para el 2008, la generación de los siguientes productos:
Producto 1: Consolidación de la Casa de la Ciudad de México en el Condado de los
Ángeles California, EUA.
Producto 2: Apertura de Casas de la Ciudad de México en otras ciudades de los
Estados Unidos.
Producto 3: La apertura de espacios de diálogo intersectorial para construir agendas
comunes. Conjuntamente con la apertura de puentes entre migrantes y legisladores,
y entre migrantes y funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno.
Producto 4: Diagnóstico “Alternativas productivas para comunidades migrantes en las
Delegaciones de Iztapalapa y Gustavo A. Madero”.
153 VOLUMEN 5/13
Producto 5: El apoyo a las organizaciones de los migrantes en la rendición de cuentas, a
través de dotarlos de elementos conceptuales y analíticos, generando puentes entre
sectores y generando opinión pública.
Producto 6: Realización de una encuesta en la Ciudad de México, con el fin de
conocer la percepción de los habitantes capitalinos sobre temas concernientes a la
migración.
Producto 7: Elaboración de un proyecto de Ley Migrante para el Distrito Federal.
Asimismo, la SEDEREC proporcionó el documento denominado “Propuesta de
Incorporación del Proyecto de Centro Telefónico, como producto VIII, al Programa de
Trabajo derivado del Convenio de Colaboración entre ‘ICPCD’ y la ‘SEDEREC’”,
a través del cual se propone la Instalación de infraestructura de telecomunicación
y cómputo, necesaria para el funcionamiento del Centro Telefónico en la SEDEREC.
Específicamente, en el Centro de Atención a Migrantes y sus Familias (CAMyF) que,
en coordinación con el Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL),
permitirá la operación del Programa Línea Migrante.
Sin embargo, dichos documentos no corresponden a los programas de trabajo
incluidos en el calendario de actividades, ni en el presupuesto detallado por cada una
de las ellas. Además, la SEDEREC no proporcionó evidencia de que el programa
de trabajo haya sido publicado en los respectivos portales de Internet, como bien lo
establece el convenio respectivo.
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula quinta del Adendum al Convenio
de Concertación, que establece:
“Los montos de las aportaciones económicas o materiales efectuadas por ‘LA SEDEREC’
en el marco del presente convenio y de las disposiciones legales aplicables, se ajustarán
a los programas de trabajo acordados entre ‘Las partes’, así como a las necesidades
y requerimientos de los centros de atención ubicados en el territorio de los Estados
Unidos de América, a efecto de brindar una mejor atención a los migrantes y sus
154 VOLUMEN 5/13
familiares residentes en la Ciudad de México. Considerando anualmente los recursos
disponibles en la partida presupuestal correspondiente.
”Los programas de trabajo deberán constar por escrito y ser publicados en sus
respectivos portales de Internet. Así mismo, ‘Las Partes’ procurarán divulgar en
sus páginas electrónicas, la información relevante sobre los resultados obtenidos
en la instrumentación de dichos programas”.
Asimismo, por la carencia del programa detallado de actividades y del presupuesto
asignado a cada actividad, así como por la falta de delimitación conceptual de la
población a beneficiar, la SEDEREC incumplió con el artículo 501 A, fracciones I, II,
III y X del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008, que señala:
“Los subsidios, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de solidaridad
social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad
y temporalidad.
”A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso
y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar
en reglas de operación, las cuales deberán:
”I. Identificar con claridad, transparencia y objetividad a la población objetivo, por grupo,
género y delegación;
”II. Señalar el calendario de gasto;
”III. Señalar los montos por beneficiario, o el porcentaje del costo del proyecto o acción a
subsidiar o apoyar […]
”X. Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población
objetivo…”.
4. Asimismo, se observó que el convenio y su addendum, suscritos entre la SEDEREC
y el beneficiario de la ayuda, no establecen: la necesidad de ejercer los recursos
155 VOLUMEN 5/13
de acuerdo a programas de trabajo que incluyan un calendario de actividades
(con un presupuesto detallado para cada una de ellas); mecanismos de control de las
actividades por desarrollar; la obligación, por parte del beneficiario, de comprobar
física y documentalmente la aplicación de los recursos; y que la SEDEREC
supervisaría y vigilaría el cumplimiento de lo establecido en el convenio y addendum
respectivo. Estas condiciones sí se establecen en otros convenios para el
otorgamiento de ayudas, suscritos entre la SEDEREC y los beneficiarios, analizados
por la CMHALDF como parte de la documentación justificativa de las CLC elegidas en
la muestra. Así las cosas, la SEDEREC incumplió el artículo 49, fracción II, del
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008,
que estipula:
“Artículo 49.- Las erogaciones por concepto de transferencias, ayudas, donativos,
subsidios y aportaciones del Gobierno del Distrito Federal con cargo a este Decreto,
se sujetarán a lo establecido en el Código, apegándose a los siguientes criterios: […]
”II. El otorgamiento se hará con base en criterios de […] equidad […] en su
asignación…”
5. La CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/13, del 28 de abril
de 2010, solicitó a la SEDEREC que proporcionara el costo de cada uno de los ocho
productos establecidos, en los oficios mediante los cuales la titular de la SEDEREC
autorizó las erogaciones para dar cumplimiento al convenio de concertación objeto de
revisión, hasta integrar el monto de 10,972.3 miles de pesos.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0312/2010, del 3 de mayo
de 2010, la SEDEREC proporcionó copia fotostática del oficio, sin número, de fecha
3 de agosto de 2009, firmado por el director de Iniciativa Ciudadana para la
Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., beneficiaria de la ayuda, en el cual señala
los siguientes montos por producto:
156 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Producto Presupuesto ejercido
Concepto
1. Casa de la Ciudad de México en el Condado de Los Ángeles California, EUA. 5,170.0 No se indica. Subtotal 5,170.0 2. Apertura de Casas de la Ciudad de México en otras ciudades de los Estados Unidos. 3,130.0 No se indica. Subtotal 3,130.0
187.0 Seminario Internacional: “Los Migrantes: Desafíos y Oportunidades”.
68.0 Seminario: “La Ciudad de México, Rumbo a la Construcción de la Comunidad Migrante”.
300.0 Antorcha Guadalupana.
3. Apertura de espacios de diálogo intersectorial para construir agendas comunes.
25.0 Por un Mundo sin Muros: II Jornada sobre Migración y Derechos Humanos.
Subtotal 580.0
4. Diagnóstico “Alternativas productivas para comunidades migrantes en las delegaciones de Iztapalapa y Gustavo A. Madero. 250.0 No se indica. Subtotal 250.0 5. Apoyo a las organizaciones de los migrantes en la rendición de cuentas, a través de dotarlos de elementos conceptuales y analíticos, generando puentes entre sectores y generando opinión pública. 0.0 No se indica. Subtotal 0.0
6. Realización de una encuesta en la Ciudad de México con el fin de conocer la percepción de sus habitantes sobre los temas concernientes a la migración. 104.5 No se indica. Subtotal 104.5 7. Elaboración de un proyecto de Ley migrante para el Distrito Federal. 250.0 No se indica. Subtotal 250.0
8. Instalación de infraestructura de telecomunicación y cómputo, que es necesaria para el funcionamiento del Centro Telefónico en la SEDEREC, específicamente en el Centro de Atención a Migrantes y sus Familias (CAMyF), y que en coordinación con el Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) permitirá la operación del Programa Línea Migrante. 990.7 Comodato con SEDEREC 497.1 Comodato con LOCATEL
Subtotal 1,487.8
Total 10,972.3
Mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/09, del 22 de abril de 2010,
la CMHALDF solicitó a la SEDEREC evidencia documental original relativa a la
comprobación de los gastos efectuados por el beneficiario, con cargo a los recursos
otorgados por la SEDEREC.
157 VOLUMEN 5/13
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0286/2010, del 27 de abril de 2010,
la SEDEREC proporcionó copia del oficio núm. SEDEREC/DA/214/2010, del 30 de
marzo de 2010, así como copia fotostática del soporte documental del gasto ejercido por
el beneficiario en cada uno de los productos, el cual sumó los 10,972.3 miles de pesos.
Del análisis efectuado de la documentación proporcionada, se observó que la
comprobación de los gastos realizados, por el beneficiario de la ayuda, se integró de
la siguiente manera:
(Miles de pesos)
Concepto Importe %
12 facturas emitidas en diversas fechas por Grupo Industrial Gez, S.A. de C.V. 7,632.9 69.6 24 hojas con relación de nombres e importes de honorarios pagados por Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C. 885.6 8.1 Factura núm. B 18396 del 5 de enero de 2009, por la adquisición de equipo para la operación del Programa “Línea Migrante” 990.7 9.0 Factura núm. 71 del 6 de enero de 2009, por la adquisición de equipo para la operación del Programa “Línea Migrante” 497.1 4.5 Otros gastos con comprobantes 963.5 8.8 Gastos sin comprobantes 2.5 0.0
Total 10,972.3 100.0
Respecto de lo anterior, se observó que en las 12 facturas entregadas por el
beneficiario, correspondientes a Grupo Industrial Gez, S.A. de C.V., por un importe
de 7,632.9 miles de pesos, en la sección “Descripción del artículo” se insertaron las
leyendas de: “Organización y logística para la instalación de la casa de la Ciudad de
México en la Ciudad de Chicago en el Estado de Illinois en los E.U.A.”; “Operación
y sostenimiento de la casa de la Ciudad de México en el condado de los Ángeles
Estado de California en los E.U.A.”; “Operación y sostenimiento de la casa de la
Ciudad de México en la Ciudad de Chicago en el Estado de Illinois en los E.U.A”;
“Servicio integral para la realización del seminario internacional los migrantes, desafío
y oportunidad”; “Investigación para la realización del diagnóstico ‘Alternativas
productivas para comunidades migrantes en las delegaciones Iztapalapa y Gustavo A.
Madero”; y “Logística para que asistan ponentes al seminario ‘Ciudad de México,
rumbo a la construcción de la comunidad migrante’”.
158 VOLUMEN 5/13
En relación con lo anterior, la SEDEREC no proporcionó documentación adicional que
evidenciara que la documentación presentada por el beneficiario tuvo relación con el
cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada.
De igual manera, la documentación, consistente en los listados de honorarios por un
importe de 885.6 miles de pesos, no contiene firmas de recibido que hagan constar el
pago de dichos honorarios. La información entregada tampoco justifica la relación que
guardan los pagos referidos con los objetivos de la ayuda otorgada al beneficiario,
ya que la SEDEREC no proporcionó evidencia documental de que los honorarios
pagados por el beneficiario se efectuaron en contraprestación de actividades
relacionadas con el cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada.
Por lo anterior, la SEDEREC incumplió el artículo 50, del Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, que instruye: “Los titulares
de las […] Dependencias […] que con cargo a sus presupuestos autoricen la
ministración de […] ayudas […] serán responsables en el ámbito de su competencia,
de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a lo establecido en las disposiciones
aplicables en la materia”.
6. Con fecha 27 de enero de 2009, fue suscrito un contrato de comodato entre Iniciativa
Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C. (como Comodante) y la
SEDEREC (como Comodataria), relacionado con la factura núm. B 18396, del 5 de
enero de 2009, emitida por el proveedor Ofi Store, S.A. de C.V., por un importe total
de 990.7 miles de pesos, por la adquisición de equipo para la operación del programa
Línea Migrante, destacando las cláusulas siguientes:
“PRIMERA.- ‘EL COMODANTE’ concede gratuitamente a ‘LA COMODATARIA’ el uso
de los bienes muebles, señalados en la cláusula segunda, que forma parte del cuerpo
del presente Instrumento y forman parte de los bienes muebles propiedad del patrimonio
de ‘EL COMODANTE’.
”Los bienes muebles deberán ser utilizados para el programa de ‘Línea Migrante’, en caso
de que los bienes muebles objeto del presente Instrumento se empleé para un fin diverso
al mencionado, ‘EL COMODANTE’ podrá darlo por terminado anticipadamente”.
159 VOLUMEN 5/13
“SEGUNDA.- ‘LA COMODATARIA’ acepta y recibe en el estado en que se encuentran
y a su entera satisfacción los bienes muebles que a continuación se detallan,
asimismo, contrae la obligación de restituirlos a ‘EL COMODANTE’, cuando concluya
este Instrumento, con el deterioro del uso normal, los bienes dados en comodato son
los siguientes:
”Cantidad Producto
Servicio, suministro, colocación, capacitación y conexión a LOCATEL por medio de los siguientes circuitos:
1 Nortel BCM200 4.0 Base System 1 Módulo de Troncal Digital E1 para BCM 1 BCM Media Service PEC III Rohs Nortel Networks 1 Nortel BCM IP Telephony Client 8 Seat 1 Nortel BCM IP Telephony Client 32 Seat 1 BCM Voice Network (MCDN) 1 Nortel BCM SIP Gateway 2 Trunk 1 Nortel BCM SIP Gateway 8 Trunk
25 Nortel IP Phone 2002 / I2002 1 Nortel 470-48T-PWR-48 Port Ethernet Switch 1 Contivity 1100
10 SIP Access Port Lincese 1 Media Card 32 Port – IP Line 4.5 Voice Gateway 1 Forware para 10 agentes y 1 supervisor 1 Servicios profesionales Forward”
El 12 de mayo de 2010, mediante inspección física realizada, se constató que los
bienes y servicios detallados en el cuadro anterior se encuentran en las instalaciones
de la SEDEREC. Adicionalmente, de acuerdo con lo manifestado por el Responsable
de Servicios Generales en la SEDEREC, en el sentido de que con estos bienes
“Actualmente se da servicio de comunicación administrativa y se realizan pruebas de
conectividad con LOCATEL, estamos en espera de recibir infraestructura para operar”,
se colige que los bienes no están siendo utilizados para el programa de “Línea
Migrante”, en contravención al contrato de comodato suscrito entre la SEDEREC y la
beneficiaria de las ayudas.
En relación a la aplicación presupuestal de la partida 4108 “Ayudas y Donativos
a Instituciones sin Fines de Lucro” en la erogación antes descrita, de acuerdo a la
naturaleza económica del gasto y tratándose de una contraprestación convenida,
160 VOLUMEN 5/13
el egreso debió haberse registrado en las partidas 5204 “Equipos y Aparatos de
Comunicación y Telecomunicaciones”, 3301 “Honorarios” y 3302 “Capacitación”,
debido a que actualmente los bienes están siendo utilizados por la SEDEREC. Por lo
cual, la SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del Código Financiero del
Distrito Federal.
La SEDEREC, adicionalmente, debió atender lo establecido en el artículo 37, fracción I,
del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.
De igual forma, por no haber aplicado procedimientos de adquisición de los bienes
y servicios antes mencionados, la SEDEREC incumplió el artículo 26, de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Rural
y Equidad para las Comunidades presentó información relacionada con el presente
resultado, en los siguientes términos:
En relación al numeral 4 del presente resultado, señaló:
“4 Respecto al convenio con la Asociación Civil Iniciativa Ciudadana para la Promoción
de la Cultura del Diálogo (ICPCD A.C.) me permito señalar:
”Sí se consideró el calendario de actividades y el presupuesto detallado por cada una
de ellas donde describe el alcance de las actividades programadas […]
”Asimismo, en su momento se publicó el Programa de Trabajo 2008 en las páginas de Internet
de la Asociación ICPCD y de la SEDEREC, como consta en las impresiones adjuntas”.
De lo anterior, proporcionó la documentación siguiente:
● Oficio, sin número, del 6 de agosto de 2009, mediante el cual la organización
denominada Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo,
A.C., remitió a la responsable del Centro de Atención a Migrantes y sus Familias,
161 VOLUMEN 5/13
un diagrama de ejecución del programa de trabajo de 2008 y un concentrado de
resultados de dicho programa.
● Minuta de acuerdos de la reunión sostenida entre iniciativa ciudadana y la SEDEREC,
del 15 de enero de 2008, firmada por el Director de Administración en la SEDEREC,
el Director de la organización Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del
Diálogo, A.C., y la responsable del Centro de Atención a Migrantes y sus Familias, en
la cual se acordaron los 7 productos a ejecutar y el costo de cada uno, hasta integrar
un total de 10,235.0 miles de pesos.
● Diagrama de programación de ejecución del programa de trabajo 2008, en el cual se
establecieron los 7 productos a ejecutar, la calendarización y el presupuesto de cada
uno, sin fecha y sin firma de quien elaboró.
● Concentrado de resultados del programa de trabajo 2008, en el cual se establecieron
los avances de los 7 productos ejecutados, calendarización y presupuesto ejercido en
cada uno, sin fecha y sin firma de quien elaboró.
● Impresión de las páginas de internet de la SEDEREC y de la organización Iniciativa
Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., del programa de
trabajo 2008, en el cual se publicaron los 7 productos ejecutados, calendarización
y presupuesto de cada uno.
Del análisis de la información y documentación proporcionadas por la SEDEREC, se
determinó que éstas no modifican el presente resultado, debido a que la documentación
concerniente al programa de trabajo, no se encuentra formalizada con firmas de quien
elaboró o autorizó, o que conste que forma parte del convenio respectivo.
En relación al numeral 5 del presente resultado, la Dirección de Administración en la
SEDEREC, indicó:
“5 En cuanto a la comprobación física y documentalmente la aplicación de los recursos
y que la SEDEREC supervisaría y vigilaría el cumplimiento de lo establecido en el
convenio y addendum respectivo, le comento:
162 VOLUMEN 5/13
”Si bien no se establecen expresamente en los instrumentos jurídicos, esta dependencia
sí realizó supervisiones y la asociación comprobó física y documentalmente la aplicación
de los recursos, como consta en las carpetas entregadas en su oportunidad en donde se
describe en forma detallada, los resultados (beneficios) que se han obtenido, a la fecha,
con la puesta en marcha del proyecto desarrollado con los recursos otorgados.
”En relación a la documentación que evidencia la vinculación de los gastos con el
cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada, la asociación ICPCD proporcionó
el concentrado de gastos y la descripción de cada uno de ellos, en el marco del programa
de trabajo.
”Por último, se anexa el oficio s/n de fecha 8 de junio de 2010 donde la asociación
proporciona los listados de honorarios por un importe de 885.6 miles de pesos del
ejercicio 2008 y detalla la vinculación que tiene con el programa de trabajo”.
De lo anterior, proporcionó la documentación siguiente:
● Control de movimientos del Proyecto Migrantes 2008, en el cual la organización
Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., desglosa los
ingresos recibidos y los gastos efectuados con las ayudas otorgadas por la SEDEREC,
por un total de 10,972.3 miles de pesos.
● Oficio núm. SEDEREC/DA/214/2010, del 30 de marzo de 2010, mediante el cual la
Dirección de Administración en la SEDEREC remitió a la Contraloría Interna en
la misma el soporte documental del ejercicio de 2008, de cada uno de los productos
del programa de trabajo del mismo año, de Iniciativa Ciudadana para la Promoción de
la Cultura del Diálogo, A.C., por un monto de 10,972.3 miles de pesos; así como
fotocopias certificadas por la SEDEREC del equipo de la línea migrante.
● Documentación remitida a la Contraloría Interna en la SEDEREC, mediante el oficio
núm. SEDEREC/DA/214/2010 del 30 de marzo de 2010, que ampara el gasto ejercido
por Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., por un monto
de 10,972.3 miles de pesos.
163 VOLUMEN 5/13
● Oficio sin número, del 8 de junio de 2010, mediante el cual la organización Iniciativa
Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., envió a la Dirección de
Administración en la SEDEREC los listados de honorarios por un importe de 885.6 miles
de pesos del ejercicio de 2008 y la relación que detalla la vinculación que guardan los
mismos con los objetivos de la ayuda recibida.
Del análisis de la información y documentación proporcionadas por la SEDEREC,
se determinó que no presentó evidencia documental que justificara el no establecer en el
convenio y addendum, respectivos, la obligación de supervisar y vigilar el cumplimiento de
lo establecido en los mismos, condición que sí presentaron los demás convenios suscritos
con otros beneficiarios de ayudas.
En relación con los documentos que a juicio de la SEDEREC evidencian la vinculación de
los gastos con el cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada, el reporte entregado
de gastos, solamente enuncia en qué se aplicaron los mismos, mas no demuestra que
fueron devengados; asimismo, la relación de los honorarios pagados por la asociación no
especifica qué actividades desarrollaron los beneficiarios de dichos pagos ni los vincula
con el objetivo de la ayuda otorgada. Por lo anterior, el numeral 5 del presente resultado,
no se modifica.
Respecto al numeral 6 del presente resultado, informó:
“6. En relación al supuesto registro indebido en la partida 4108 ‘Ayudas y Donativos a la
Institución sin fines de Lucro’, toda vez que por la naturaleza del gasto debió haberse
afectado las partidas 5204 ‘Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones’,
3301 ‘Honorarios’ y 3302 ‘Capacitación’; incumpliendo con ello el Art. 471, fracción II, del
Código Financiero del Distrito Federal, al respecto se aclara lo siguiente:
”En virtud de que la función principal de esta Secretaría es el desarrollo de programas
sociales, y que dentro de estos programas se localiza el denominado ‘Línea Migrante’ que
consiste en tener una línea con número gratuito para facilitar la comunicación de los
migrantes y sus familiares con esta Secretaría, con el objeto de brindarles de apoyo
requerido de acuerdo a sus necesidades; asimismo, como ustedes saben la instancia que
164 VOLUMEN 5/13
tiene la facultad exclusiva de enlazar este tipo de comunicación es LOCATEL, instancia
a través de la cual se llevó y se lleva el programa, sin embargo al focalizar el hecho de
que LOCATEL no tenía la capacidad de recursos humanos y materiales para constatar
y darle seguimiento a las llamadas que se recibían y ser ellos exclusivamente quienes
tienen esa facultad, es por eso que la asociación Iniciativa Ciudadana para la Promoción
de la Cultura del Diálogo, A.C., solicitó un apoyo con el objeto de darle una mayor
capacidad al programa de línea migrante y a efecto de poder cumplir con el objetivo de
apoyar al migrante y sus familias de las ayudas presupuestadas en nuestras partidas;
se consideró que al ser esto parte de un programa social, ya que al solicitar una ayuda
específica para cumplir un programa de migrantes y haber cumplido con todos los
requisitos técnicos y normativos, el ejercicio del gastos en la partida 4108 ‘Ayudas
y Donativos a la Institución sin fines de Lucro’ es correcta.
”En referencia al contrato de comodato entre Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la
Cultura del Diálogo A.C. (como comodante) y la SEDEREC (como comodataria), le informo:
”En referencia al contrato de comodato entre Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la
Cultura del Diálogo A.C. (como comodante) y la SEDEREC (como comodataria), el equipo
para la operación de la Línea Migrante se encuentra en las instalaciones de esta
dependencia. Para la puesta en marcha del servicio de atención telefónica, durante 2009
se llevaron a cabo los trabajos técnicos por parte de Telmex, Locatel y la SEDEREC,
como consta en el oficio anexo.
”Durante 2010 se han llevado reuniones de trabajo y 2 jornadas de capacitación con LOCATEL
la primera de ellas del 17 al 20 de mayo y la segunda del 7 al 11 de junio del presente
año, con la finalidad de iniciar la recepción de llamadas durante las próximas semanas”.
De lo anterior, proporcionó la documentación siguiente:
● Oficio núm. SEDEREC/DA/977/2009, del 8 de diciembre de 2009, mediante el cual
la Dirección de Administración en la SEDEREC remitió a la Contraloría Interna
en la misma, el soporte documental de los trabajos de instalación e inspección física
del equipo adquirido para el programa de “Línea Migrante”.
165 VOLUMEN 5/13
Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, se determina
que no es procedente su justificación, debido a que la ayuda otorgada a la asociación
civil, se destinó a la adquisición de bienes y servicios que están siendo utilizados por
la SEDEREC dentro de sus mismas instalaciones y no por la Asociación Civil beneficiaria
de la ayuda, por lo que el numeral 6 del presente resultado no se desvirtúa.
Recomendación ASC-130-08-21-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las ayudas
otorgadas a la población con cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones
sin Fines de Lucro”, cuenten con programas de trabajo que incluyan un calendario de
actividades y un presupuesto detallado para cada una de las mismas. Complementariamente,
será necesario que conceptualmente determinen la población por beneficiar; además,
los programas de trabajo deben ser publicados en los respectivos portales de Internet, de
conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASC-130-08-22-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las
ayudas otorgadas a la población, cuenten con convenios en los cuales se estipulen:
programas de trabajo que incluyan un calendario de actividades y el presupuesto
detallado para la realización de cada una de las acciones propuestas; mecanismos de
control de las actividades a desarrollar; y la obligación, por parte del beneficiario,
de comprobar física y documentalmente la efectiva y correcta aplicación de los recursos,
así como la prerrogativa, por parte de la Secretaría, de supervisar y vigilar el cumplimiento de
lo establecido en los mismos. Lo anterior, de conformidad con el Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
Recomendación ASC-130-08-23-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que
166 VOLUMEN 5/13
la documentación presentada por el beneficiario, a manera de comprobación del ejercicio
de los recursos, evidencie que los recursos se han destinado al cumplimiento de los
objetivos de la ayuda otorgada, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
Recomendación ASC-130-08-24-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que los gastos ejercidos, por la prestación de servicios y la adquisición de bienes muebles
usufructuados directamente por la Secretaría, se clasifiquen en la partida que corresponda
a su naturaleza económica, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal.
Recomendación ASC-130-08-25-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las unidades administrativas competentes, adopte medidas de control para
que la adquisición de bienes restringidos se someta a la autorización de la Oficialía Mayor del
Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
Recomendación ASC-130-08-26-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,
por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para
que en la adquisición de bienes muebles y de servicios utilizados directamente por la
Secretaría, se apliquen los procedimientos de adjudicación correspondientes, de conformidad
con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
10. Resultado
Se analizó la CLC núm. 35 C0 01 00118, de fecha 23 de mayo de 2008, expedida a favor
del Centro Nacional de Comunicación Social, A.C., mediante la cual se ejercieron
167 VOLUMEN 5/13
recursos por un importe de 95.4 miles de pesos con cargo a la partida 4108 “Ayudas
y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”.
La documentación justificativa del gasto de la CLC consistió en el Convenio de Colaboración
de Acciones, sin número, suscrito el 22 de abril de 2008, entre la SEDEREC y el Centro
Nacional de Comunicación Social, A.C. (CENCOS). La documentación comprobatoria
del gasto consistió en el recibo de pago con requisitos fiscales núm. 232, del 9 de mayo
de 2008, emitido por CENCOS a favor de la SEDEREC.
De acuerdo a la cláusula primera del convenio antes mencionado, el objeto del mismo
consistió en desarrollar las acciones necesarias para garantizar, en todo momento, el
programa presentado para la realización de “La Asamblea Transnacional de Remitentes
y Familias” (los días 12, 13, 14 y 15 de mayo de 2008).
Asimismo, en dicho convenio, el beneficiario de la ayuda se obligó a comprobar y justificar
física y documentalmente, de manera oportuna ante la SEDEREC, la realización de la
actividad y de los trabajos detallados en el programa, dentro de los siguientes quince
días hábiles posteriores a la realización del evento. También se comprometió a rendir un
informe de avance y de conclusiones.
En relación con lo anterior, como comprobación del gasto efectuado, el beneficiario
remitió a la SEDEREC la factura núm. 935, del 21 de mayo de 2008, expedida por el Club
de Periodistas de México, A.C., a favor de CENCOS y por un importe total de 95.4 miles
de pesos, y con la siguiente descripción: “7 Espacios para la realización del foro:
‘Asamblea Transnacional de Remitentes y Familias’ durante los días del 12 al 15 de mayo
de 2008”.
Como comprobación de la realización del evento, el beneficiario remitió a la SEDEREC
la postal de la invitación al evento; impresión de la convocatoria a los medios de
comunicación (impresión de una página de Internet con fecha 12 de mayo de 2008);
cuaderno del programa del evento; e Informe Sumario de la “Asamblea Transnacional
para Remitentes y sus Familias”. Asimismo, con fecha 15 de mayo de 2008, se elaboró
constancia de hechos firmada por la Directora General de CENCOS y por la responsable
168 VOLUMEN 5/13
del Centro de Atención a Migrantes y sus Familias de la SEDEREC, en la cual se
estableció que: “…en este acto se hace constar que los días 12, 13, 14 y 15, se llevó
a cabo el evento denominado ‘la asamblea transnacional de remitentes y familias’ y se
hace constar que, antes, durante y después del evento anteriormente referido, se realizó
supervisión e inspección de todas y cada una de las actividades referidas en el programa,
implementando las acciones necesarias para el desarrollo del mismo”.
Lo anterior, en cumplimiento del convenio suscrito.
11. Resultado
Se revisó la CLC núm. 35 C0 01 01887, del 22 de diciembre de 2008, la cual indica como
beneficiario a Grupo Produce A.C., por un importe de 2,367.8 miles de pesos. En el apartado
“Notas Especiales o Aclaraciones” de la CLC, se señalaron los siguientes datos:
Programa interno: Cultivos nativos y herbolaria.
Solicitante: Grupo Produce, A.C. Destino del apoyo: Pago por evaluación de ácidos húmicos y fúlvicos, producción de ácidos
húmicos y fúlvicos, adquisición de azospirillum, adquisición de algas marinas, adquisición de bioguano, adquisición de semilla de maíz H 143 C QPM.
Objetivo del proyecto: Programa de apoyo e investigación orientado al fortalecimiento del sistema producto maíz, mediante el desarrollo de investigaciones en campo tendientes a posesionar tecnologías de cultivo orientadas a la productividad y conservación de suelo y agua.
Número de beneficiarios: 17. Temporalidad: Primera y segunda ministración. Fuente de recursos: Fiscales. Forma de pago: Cheque. Oficio de autorización: SEDEREC/0861/08 del 05/12/08, firmado por la Secretaria de Desarrollo
Rural y Equidad para las Comunidades.
Mediante el oficio núm. SEDEREC/0861/08, del 5 de diciembre de 2008, la titular de
la SEDEREC autorizó la erogación para el “Proyecto presentado por la Dirección General
de Desarrollo Rural, correspondiente al programa de Cultivos Nativos y Herbolaria”.
En el mismo oficio, manifestó que conforme a la autorización del Comité Técnico de
Evaluación y Asignación de Recursos de los Programas de Fomento a la Producción
Comercialización para el Desarrollo Rural y Empleo Competitivo y Sustentable de la
SEDEREC, mediante Acuerdo núm. 54/6ª S.E./2008, correspondiente a la Sexta Sesión
169 VOLUMEN 5/13
Extraordinaria, celebrada el 14 de noviembre de 2008, se aprobó el pago del apoyo para
el desarrollo del proyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Rural,
correspondiente al programa de Cultivos Nativos y Herbolaria, por un monto total de
2,367.8 miles de pesos. El oficio referido también consigna que el proyecto beneficiará,
aproximadamente, a 1,000 productores de maíz por medio del Grupo Produce, A.C.,
el cual se encuentra integrado por 17 personas.
De la documentación justificativa y comprobatoria que ampara la CLC antes mencionada,
se observó lo siguiente:
1. No se localizó, anexa a la CLC original proporcionada por la SEDEREC, mediante
el oficio núm. SEDEREC/DA/0265/2010, del 15 de abril de 2010, copia fotostática
u original de la documentación justificativa del gasto; motivo por el cual se solicitó a la
SEDEREC (mediante los oficios núms. ASC/130/08/SEDEREC/10/11 y terminaciones
16 y 18 de fechas 26 de abril, 4 y 6 de mayo del presente año, respectivamente),
el instrumento jurídico (contrato, convenio, etc.), que posibilitó la entrega del apoyo de
2,367.8 miles de pesos a Grupo Produce, A.C.
Mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/347/2010, del 13 de mayo de 2010, el Director
de Administración en la SEDEREC proporcionó el Convenio de Concertación, celebrado
entre la SEDEREC y Grupo Produce, A.C., firmado el 30 de diciembre de 2008.
En la cláusula primera del convenio se señala su objetivo: desarrollar programas
y proyectos que permitan el fortalecimiento del cultivo de maíz en la zona rural del
Distrito Federal, así como todo aquello que conlleve al mejoramiento económico,
social, cultural y ambiental de la zona rural del Distrito Federal. Para hacer posible lo
anterior, los firmantes convinieron en conjuntar y concertar acciones para determinar
los mecanismos institucionales e instrumentos jurídicos que hagan factible el diseño
e implementación de todo lo relacionado con este fin en los rubros de investigación,
capacitación, asistencia técnica y comercialización.
2. Con respecto a la documentación comprobatoria del gasto, el pago de los recursos
fue comprobado mediante dos recibos sin requisitos fiscales, cada uno, por un importe
de 1,183.9 miles de pesos y, ambos, de fecha 30 de enero de 2009.
170 VOLUMEN 5/13
Por contar con la documentación comprobatoria la SEDEREC cumplió con el apartado
IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartado IV.3,
“Registro de Operaciones Presupuestarias”, rubro IV.3.1, “Cuenta por Liquidar
Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios
para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado el 13 de enero de 2006
y su modificación del 20 de octubre del mismo año, vigente en 2008.
3. En la cláusula segunda del Convenio de Concertación, “Obligaciones de las partes”,
numeral 2, se señaló que la SEDEREC se comprometió a entregar recursos,
autorizados por el Comité Técnico de Evaluación y Asignación de Recursos, por un
monto de 2,367.8 miles de pesos, a fin de llevar a cabo el proyecto “Programa Integral
del Maíz”, componente del programa “Cultivos Nativos y Herbolaria”, mediante los
lineamientos, montos y metas que la SEDEREC determine; asimismo, en el numeral
4, se establece que para el logro de los objetivos referidos, la SEDEREC tiene
considerados los montos y conceptos comprometidos que a continuación se detallan:
(Miles de pesos)
Concepto Cantidad Unidad Importe %
1. Evaluación de ácidos húmicos y fúlvicos 1 Proyecto 60.9 2.6 2. Producción de ácidos húmicos y fúlvicos 1 Proyecto 401.6 17.0 3. Adquisición de azospirillum 1,000 Dosis 80.0 3.4 4. Adquisición de algas marinas 1,000 Litros 180.0 7.6 5. Adquisición de bioguano 2,000 Litros 240.0 10.1 6. Adquisición de semilla de maíz
H 143 C QPM 100 Bolsas 110.0 4.6 7. Adquisición de semilla de maíz niebla 200 Bolsas 240.0 10.1 8. Adquisición de semilla de maíz H 140 200 Bolsas 180.0 7.6 9. Adquisición de semilla de maíz H 148 200 Bolsas 180.0 7.6 10. Adquisición de semilla de maíz criolla 18 Tonelada 450.0 19.0 Subtotal 2,122.5 89.6 Monto adicional 245.3 10.4
Total 2,367.8 100.0
En relación con lo anterior, Grupo Produce, A.C., en respuesta al oficio núm. ASC/10/713
del 22 de abril de 2010, mediante el cual la CMHALDF solicitó a dicha asociación la
confirmación de operaciones con la SEDEREC en 2008, proporcionó mediante oficio
sin número de fecha 13 de mayo de 2010, la documentación que ampara la comprobación
171 VOLUMEN 5/13
de los gastos cubiertos con la ayuda otorgada; del análisis realizado a la documentación
proporcionada, se observó que se integró de la siguiente manera:
(Miles de pesos)
Concepto Importe %
Honorarios evaluación de ácidos húmicos y fúlvicos 50.3 2.1 Fertilizantes 1,218.9 51.5 Semilla de maíz azul y blanco cremoso 89.2 3.7 Semilla de maíz híbrido niebla 236.0 10.0 Semilla certificada del híbrido de maíz H-40 75.0 3.2 Semilla certificada del híbrido de maíz H-48 75.0 3.2 Semilla de maíz criolla 497.0 21.0 Subtotal 2,241.4 94.7 Seguimiento al proyecto de maíz en campo 42.0 1.8 Honorarios administración y contabilidad 40.0 1.6 Gasolina 33.3 1.3 Consumo de alimentos 4.9 0.2 Artículos de cafetería 1.7 0.1 Flete bolsa de maíz 1.5 0.1 Casetas 1.5 0.1 Refacciones y mantenimiento automotriz 1.2 0.1 Llamadas telefónicas 0.3 0.0 Subtotal 126.4 5.3 Total 2,367.8 100.0
Cabe señalar, que mediante los oficios núms. ASC/130/08/SEDEREC/10/11 y terminaciones
16 y 18, de fechas 26 de abril, 4 y 6 de mayo del presente año, la CMHALDF solicitó a
la SEDEREC la siguiente información relacionada con la CLC núm. 35 C0 01 01887, que al
término de la fase de ejecución de la auditoría, 7 de mayo de 2010, no fue proporcionada:
a) Expediente (original) correspondiente a “Grupo Produce, A.C.”, que contenga la
totalidad de la información y/o documentación señalada en la “Convocatoria para
Participar en el Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo
Alternativo”, apartado “Requisitos”, numeral 7.
b) Expediente (original) correspondiente a “Grupo Produce, A.C.”, que contenga la totalidad
de la información y documentación señalada en la “Convocatoria para Participar en el
Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo”,
apartado “Características de los proyectos (Programa de trabajo y/o de inversión)”,
numeral 8.
172 VOLUMEN 5/13
c) Evidencia (original) de la comprobación y justificación física y documental de la realización
de las actividades detalladas en el programa de trabajo (fe de hechos notariales, actas
administrativas, fotografías, videos, folletos, entre otros).
d) Evidencia documental (original) del informe de avance y, en su caso, de la conclusión
del programa de trabajo, así como de la supervisión e inspección realizada por la
SEDEREC.
e) Reporte de avance que a la fecha tiene el proyecto para el cual se otorgaron recursos
por 2,367.8 miles de pesos. En su caso, proporcionar copia fotostática legible de la
evidencia documental respectiva.
f) Señalar, en forma detallada, los resultados (beneficios) que a la fecha se han
obtenido con la puesta en marcha del proyecto financiado. En su caso, proporcionar
copia fotostática legible de la evidencia documental respectiva.
Por no proporcionar la documentación e información solicitada, la SEDEREC incumplió
el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que señala:
“Las dependencias […] están obligadas a conservar en su poder y a disposición de la
Secretaría y de otras autoridades competentes, por los plazos que se establezcan en los
ordenamientos legales aplicables, los libros, registros auxiliares e información correspondiente,
así como los documentos originales justificativos y comprobatorios de sus operaciones
financieras”.
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información
y documentación relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:
“Resultado 11
”Relativo a la revisión de la CLC 35 C0 01 01887 a favor de Grupo Produce, A.C.
”2 Respecto a la información que no fue proporcionada al momento de la revisión al grupo
de auditores.
173 VOLUMEN 5/13
”Se anexa expediente completo relativo al ‘Programa Integral Sistema Producto Maíz’”.
Anexo al oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, del 10 de junio de 2010, la Dirección de
Administración en la SEDEREC proporcionó copia fotostática de la siguiente documentación:
● Acta finiquito del 31 de marzo de 2010, celebrada entre personal de la Dirección
General de Desarrollo Rural de la SEDEREC e integrantes del Grupo Produce, A.C.,
la cual se celebró con el objeto de solicitar a los beneficiarios, la exhibición y entrega
de la documentación e informes comprometidos en el Convenio de Colaboración para
el Programa Integral del Sistema Producto Maíz de los Recursos 2008, que tuvieron
a bien signar.
● Informe de Avance 2008-2009 del Programa Integral del Maíz, fechado en enero de 2010,
sin firmar. En el documento se señalan los siguientes avances: A la fecha, el 100 por
ciento de los insumos fueron adquiridos, al tiempo que se cuenta con un avance de
763.5 ha. beneficiadas, correspondientes a 705 productores; el proyecto de micorrizas
se encuentra establecido y en pleno desarrollo, esperando realizar la cosecha en el
mes de febrero; respecto al proyecto MIAF, la plantación ya fue realizada; por otra
parte, la validación de maíces híbridos para el DF ya concluyó y el mejoramiento
genético de maíces criollos se encuentra en etapa de validación; finalmente, la
caracterización de los maíces criollos para determinar sus características industriales
ya fue realizada.
● Documento denominado “Resultados del Programa de Maíz 2008-2009”.
● Solicitud de Incorporación al Programa, Solicitud de Apoyo, Carta Compromiso, Carta de
No Veto, Programa Integral de Maíz para el Distrito Federal 2009, Cédula de Inscripción
en el Registro Federal de Contribuyentes, Comprobante de domicilio, e Identificaciones
personales (Credenciales del Instituto Federal Electoral) de algunos integrantes de la
asociación civil.
Cabe señalar, que la SEDEREC remitió información adicional, la cual fue proporcionada
en el transcurso de la fase de ejecución de la auditoría.
174 VOLUMEN 5/13
De igual manera, la SEDEREC no proporcionó documentación alguna sobre los siguientes
conceptos:
a) Evidencia (original) de la comprobación y justificación física y documental relativa a la
realización de las actividades detalladas en el programa de trabajo (fe de hechos
notariales, actas administrativas, fotografías, videos, folletos, entre otros).
b) Evidencia documental (original) del informe de avance y, en su caso, de conclusión del
programa de trabajo, así como de la supervisión e inspección realizada por la SEDEREC.
Por otra parte, con relación al expediente correspondiente a la asociación civil “Grupo
Produce, A.C.”, que contenga la totalidad de la información y documentación señalada
en la “Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección de Proyectos
Agropecuarios y de Turismo Alternativo”, apartado “Requisitos”, numeral 7; no se identificó,
en la documentación proporcionada por la SEDEREC, ni el acta de asamblea de la
organización en la cual se manifieste el acuerdo de llevar a cabo el programa de trabajo
y/o el de inversión, ni la copia del contrato de cuenta de cheques mancomunada.
Debido a que en el expediente proporcionado no se localizaron los dos documentos
señalados, la SEDEREC incumplió lo establecido en el apartado “Requisitos”, numeral 7,
fracciones VI y X, de la “Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección
de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo”, que señala:
“La solicitud deberá estar integrada con la siguiente documentación: […]
”VI. Acta de asamblea de la organización en la cual se manifieste el acuerdo de llevar
a cabo el programa de trabajo y/o el de inversión. […]
”X. Copia del contrato de apertura de cuenta de cheques mancomunada, en la cual
se registren por lo menos dos integrantes de la organización en el caso que por el monto
así se determine, una vez que haya sido aprobado el proyecto…”.
Del análisis de la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, se
determinó que ésta no suministró lo relacionado con la comprobación y justificación física
175 VOLUMEN 5/13
y documental de la realización de las actividades efectuadas con la ayuda otorgada;
tampoco entregó evidencia documental del informe de avance y, en su caso, de conclusión
del programa de trabajo, ni la documentación, señalada como faltante, relativa a los
requisitos que integran la solicitud de la ayuda otorgada.
Recomendación ASC-130-08-27-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para contar
cabalmente con la documentación solicitada a los beneficiarios de las ayudas otorgadas
(en los lineamientos, convocatoria y convenios respectivos), de conformidad con la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y los lineamientos y reglas de operación
emitidas.
Partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”
12. Resultado
En 2008, la SEDEREC ejerció en la partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”
un importe de 314,953.8 miles de pesos, que representó el 77.8% del total erogado en el
capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” (404,596.5 miles de pesos).
El gasto de la partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”, se ejerció en su
totalidad con cargo al Programa no prioritario 28 “Desarrollo Rural”.
Se determinó una muestra de auditoría consistente en las CLC núms. 35 C0 01 00449,
del 3 de octubre de 2008, y 35 C0 01 02052, del 31 de diciembre del mismo año, por
56,411.5 miles de pesos y 150,000.0 miles de pesos, respectivamente. El importe total de
ambas CLC (206,411.5 miles de pesos), representaron el 65.5% respecto del total
ejercido en la partida (314,953.8 miles de pesos).
Dichas CLC, no implicaron salida de efectivo, ya que fueron expedidas por la SEDEREC
exclusivamente para registrar la aportación de recursos federales efectuada por el Gobierno
Federal, a través de la SAGARPA, directamente al FOFADF, de acuerdo al Convenio
176 VOLUMEN 5/13
de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, suscrito, el 25 de febrero de 2008,
entre la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal, representado por el Secretario
de Gobierno y asistido por la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades.
Dicho convenio, tuvo por objeto el establecer las bases de coordinación y cooperación,
entre las partes que lo suscribieron, para llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones
conjuntas encaminadas a promover el desarrollo rural sustentable en general y demás
iniciativas, que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero, se presenten en lo
particular. Es decir, para sentar las bases de coordinación y cooperación para impulsar
el desarrollo integral de este sector en el Distrito Federal.
Asimismo, el convenio antes mencionado señala que las actividades por efectuar de manera
conjunta y coordinada serían: propiciar la planeación del desarrollo rural sustentable a través
de organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas; fomentar la participación de
los sectores público, privado y social en la definición de programas, estrategias y acciones
en materia de desarrollo rural, agropecuario y pesquero; promover y apoyar los programas
con los que cuenta actualmente la SAGARPA; fomentar la productividad en regiones con
limitantes naturales para la producción; participar en la promoción y difusión de acciones
y programas de investigación, educación y cultura para el desarrollo rural.
De igual manera, en el convenio se estableció que las actividades por efectuar serían
formalizadas mediante acuerdos específicos, o anexos técnicos, en los cuales se establecería:
la aportación y aplicación de los recursos necesarios, la definición de objetivos y metas, las
modalidades a que se sujetarán la actuación conjunta de las partes y su participación
operativa, así como los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero.
Además, se estableció que en el caso de los programas que comprenden el otorgamiento
de apoyos económicos o subsidios, la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal
convinieron en sujetarse a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario
Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2007.
177 VOLUMEN 5/13
Para la ejecución de los programas, se establecieron las aportaciones siguientes:
Con el fin de establecer las bases para la asignación y ejercicio de los apoyos previstos
en las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal
establecieron una aportación conjunta de hasta 128,271.6 miles de pesos. De esta suma,
hasta un monto de 86,594.7 miles de pesos, sería aportación a cargo de la SAGARPA;
y hasta 41,676.9 miles de pesos, aportación a cargo del Gobierno del Distrito Federal.
Asimismo, las aportaciones referidas estarían sujetas a las disposiciones previstas tanto
en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008,
como a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
el 31 de diciembre de 2007.
En relación al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que
establece la realización de inversiones a cargo de la SAGARPA a través del Programa
de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria, se estableció una
aportación del Gobierno Federal a través de la SAGARPA del orden de 150,000.0 miles
de pesos.
Para la ejecución y administración de los programas y acciones, previstos en el Convenio
de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, se estableció lo siguiente:
La administración de los recursos aportados por la SAGARPA y el Gobierno del Distrito
Federal, se llevó a cabo a través del FOFADF, cuyo Comité Técnico estuvo conformado de
manera paritaria por funcionarios de la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal,
cuyas responsabilidades estuvieron definidas en las Reglas de Operación de los Programas
de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, de acuerdo
al convenio, el Gobierno del Distrito Federal se comprometió a recabar y presentar ante la
SAGARPA, la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados,
conforme a las disposiciones previstas en las Reglas de Operación de los Programas de
la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
178 VOLUMEN 5/13
De igual manera, en el convenio se estableció que para que los beneficiarios pudieran
acceder a los apoyos previstos en las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría
de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la SAGARPA,
conjuntamente con el Gobierno del Distrito Federal, emitirían convocatorias en las que se
establecerían calendarios de apertura de ventanillas de atención a los solicitantes, así
como de los períodos de recepción, determinación y fecha de publicación de resultados,
conforme a la autorización emitida por el Comité Técnico Estatal. Las solicitudes de apoyo
a los proyectos, estrategias y acciones, serían sujetas a la recepción, revisión, evaluación
y aprobación en los términos de las reglas antes mencionadas, así como de los lineamientos
emitidos por la SAGARPA. De igual forma, las ventanillas instaladas para la atención de
solicitantes, contarían con sistemas establecidos por la SAGARPA y se instalarían en las
zonas rurales del Distrito Federal.
Para la entrega de los apoyos autorizados, el FOFADF emitiría la autorización a nombre
de la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal, e informaría al beneficiario acerca de
las obligaciones a su cargo, previstas en las reglas de operación y demás disposiciones
que deriven de éstas.
Finalmente, el convenio antes descrito, fue firmado por el Secretario de Gobierno del Distrito
Federal, el Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,
la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y el Delegado de la
SAGARPA en el Distrito Federal; y publicado en el Diario Oficial de la Federación del
16 de marzo de 2008.
En relación a la documentación justificativa y comprobatoria de cada CLC, se observó
lo siguiente:
1. La SEDEREC expidió la CLC núm. 35 C0 01 00449, del 3 de octubre de 2008, por un
importe de 56,411.5 miles de pesos, mediante la cual registró la aportación efectuada por
el Gobierno Federal al Programa Adquisición de Activos Productivos 2008, derivado del
Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable del 25 de febrero de 2008.
Dicho programa, fue llevado a cabo conforme al “Anexo Técnico de Ejecución
Federalizada del Programa de Adquisición de Activos Productivos 2008”, celebrado
179 VOLUMEN 5/13
el 31 de marzo de 2008, entre la SAGARPA, representada por el Delegado de la
SAGARPA en el Distrito Federal y la SEDEREC, representada por su titular.
En relación al Anexo Técnico de Ejecución, se estableció, expresamente, que para
el correcto desarrollo de las acciones y actividades, la SAGARPA y la SEDEREC se
sujetarían a las Reglas de Operación del Programa de Adquisición de Activos
Productivos, elaboradas por la SAGARPA. El Anexo Técnico de Ejecución precisa las
aportaciones de la manera siguiente: de una aportación total de hasta 95,261.6 miles
de pesos, 61,920.0 miles de pesos, correspondieron a la aportación federal (65.0%
respecto del total); y 33,341.6 miles de pesos, a la aportación del Gobierno del Distrito
Federal (35.0% respecto del total).
Dichas aportaciones fueron destinadas a los siguientes componentes:
(Miles de pesos)
Componente Metas programadas
Cantidad de beneficiarios
Monto por ejercer
Desarrollo rural 183 2,760 28,578.5 Acuacultura y pesca 20 120 1,880.0 Ganadero 3,420 628 7,349.0 Agrícola n.a. 4,192 57,454.1
Total 3,623 7,700 95,261.6
n.a. No aplicable.
Asimismo, se estableció que los recursos que aporta la SAGARPA, serían considerados
en todo momento recursos federales, no perdiendo dicha naturaleza al ser transferidos
al Gobierno del Distrito Federal y estarían sujetos a las disposiciones previstas en la
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como aquellas del
“Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observar las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal, para el control, la rendición de
cuentas e informes y la comprobación del manejo transparente de los recursos
públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos análogos”, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004.
El ejercicio de los recursos se efectuó a través del FOFADF.
180 VOLUMEN 5/13
De igual forma, se estableció que el control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos federales, corresponderían indistintamente a las Secretarías de Hacienda
y Crédito Público y de la Función Pública, así como demás autoridades, conforme
al ámbito material de competencia, otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
La aportación de 56,411.5 miles de pesos, fue efectuada por la SAGARPA directamente
al FOFADF y depositada al Fiduciario Scotiabank Inverlat, S.A., al amparo de 17 recibos
expedidos por el fiduciario y enviados por la SAGARPA a la SEDEREC, mediante el
oficio núm. 129-1235 del 11 de junio de 2008, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Número de recibo
Fecha Importe
45 2/IV/08 10,317.8 46 2/IV/08 3,709.2 59 3/IV/08 4,776.9 60 3/IV/08 2,392.4 47 14/IV/08 7,139.1 48 15/IV/08 1,092.0 49 29/IV/08 249.7 50 30/IV/08 7,203.8 51 30/IV/08 3,111.2 52 7/V/08 693.0 53 7/V/08 1,716.6 55 7/V/08 2,025.7 56 7/V/08 977.4 57 7/V/08 1,033.0 58 28/V/08 1,800.0 61 6/VI/08 8,029.2 62 6/VI/08 144.5
Total 56,411.5
Mediante el oficio núm. SEDEREC/0660/2008, del 2 de octubre de 2008, se efectuó la
autorización por parte de la titular de la SEDEREC para el registro y aplicación, con
cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, de los recursos
antes mencionados, correspondientes a las aportaciones efectuadas por la SAGARPA,
en cumplimiento de los artículos 501-A (penúltimo párrafo) y 504 del Código Financiero del
Distrito Federal, vigente en 2008, que instruyen:
“501-A […] Podrán otorgarse subsidios, apoyos o ayudas a personas físicas o morales
individuales, siempre que medie autorización previa del titular de las dependencias,
181 VOLUMEN 5/13
órganos desconcentrados, delegaciones o entidades, en la que se justifique la procedencia
del otorgamiento”.
“Artículo 504. Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades
podrán otorgar donativos y ayudas para beneficio social o interés público o general,
a personas físicas o morales sin fines de carácter político, siempre que cuenten con
suficiencia presupuestal y se cumplan con las disposiciones legales aplicables.
”Las ayudas y los donativos deberán ser autorizados expresamente por el titular de
la dependencia, delegación y órgano desconcentrado. Tratándose de entidades la
autorización la otorgará su órgano de gobierno. La facultad para otorgar la autorización
será indelegable”.
2. La SEDEREC expidió la CLC núm. 35 C0 01 2052, del 31 de diciembre de 2008, por
un importe de 150,000.0 miles de pesos, mediante la cual registró la aportación
efectuada por el Gobierno Federal al Programa de Uso Sustentable de Recursos
Naturales para la Producción Primaria, derivado del Convenio de Coordinación para
el Desarrollo Rural Sustentable del 25 de febrero de 2008.
Dicho programa, fue llevado a cabo conforme al “Anexo Técnico de Ejecución Federalizada
del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria
2008”, celebrado el 26 de septiembre de 2008, entre la SAGARPA, representada por su
Delegado en el Distrito Federal y la SEDEREC, representada por su titular.
En relación al anexo técnico de ejecución antes mencionado, se estableció lo siguiente:
Para el correcto desarrollo de las acciones y actividades, la SAGARPA y la SEDEREC
acordaron expresamente sujetarse a las Reglas de Operación del Programa de Uso
Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria 2008, elaboradas por
la SAGARPA.
Se establecieron las aportaciones de la forma siguiente: de una aportación total de hasta
190,676.9 miles de pesos, 150,000.0 miles de pesos, correspondieron a la aportación
182 VOLUMEN 5/13
federal (78.6% respecto al total); y 40,676.9 miles de pesos, a la aportación del Gobierno
del Distrito Federal (21.4% respecto al total).
Las aportaciones fueron destinadas al componente denominado “Obras y Prácticas
para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua” (ejecución de obras y acciones
para la conservación de zonas de recuperación del manto freático). Dicho componente,
se efectuaría en siete delegaciones del Distrito Federal, como se muestra a continuación:
Metas programadas
Delegación Hectáreas Capacidad de almacenamiento de agua en metros cúbicos
Cantidad de beneficiarios
Álvaro Obregón 85 9,200 75
Cuajimalpa de Morelos 95 9,150 75
La Magdalena Contreras 90 9,650 120
Milpa Alta 365 35,500 305
Tláhuac 150 14,950 180
Tlalpan 365 37,400 305
Xochimilco 300 26,200 165
Total 1,450 142,050 1,225
Asimismo, se estableció que los recursos aportados por la SAGARPA, serían
considerados, en todo momento, recursos federales, no perdiendo dicha naturaleza al
ser transferidos al Gobierno del Distrito Federal. Estarían sujetos a las disposiciones
previstas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como
aquellas del “Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observar las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para el control, la
rendición de cuentas e informes y la comprobación del manejo transparente de los
recursos públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos
análogos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004.
El ejercicio de los recursos se efectuó a través del FOFADF.
De igual forma, se estableció que el control, vigilancia y evaluación de los recursos
públicos federales, corresponderían, indistintamente, a las Secretarías de Hacienda
183 VOLUMEN 5/13
y Crédito Público y de la Función Pública, así como demás autoridades, conforme
al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
La aportación de 150,000.0 miles de pesos, fue efectuada por la SAGARPA directamente
al FOFADF y depositados al Fiduciario Vanguardia Casa de Bolsa, S.A. de C.V., al
amparo del recibo núm. V/601, del 4 de diciembre de 2008.
Mediante el oficio núm. SEDEREC/0895/2008, del 31 de diciembre de 2008, se efectuó
la autorización, por parte de la titular de la SEDEREC, para el registro y aplicación,
con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, de los
recursos antes mencionados, correspondientes a las aportaciones efectuadas por
la SAGARPA, en cumplimiento de los artículos 501-A (penúltimo párrafo) y 504 del
Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.
13. Resultado
Respecto a la obligación de la SEDEREC de notificar, a la CGDF, los montos de las ayudas
otorgadas, y la aplicación de criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad
y transparencia en la asignación de las mismas, se observó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. ASC/10/0218, del 12 de febrero de 2010, la CMHALDF solicitó
a la SEDEREC las notificaciones de las erogaciones efectuadas con cargo a las partidas
4105 “Ayudas Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines
de Lucro”.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0140/2010, del 19 de febrero
de 2010, la SEDEREC remitió copia fotostática de los oficios y reportes mensuales
mediante los cuales se informó a la Contraloría Interna el monto global y los beneficios de
las ayudas y donativos otorgados; así como el reporte por dicho concepto, con cifras
definitivas al mes de diciembre de 2008.
Del análisis a la documentación proporcionada, se verificó que dicha información contiene
el monto global y los beneficios de las ayudas y donativos otorgados por la SEDEREC,
así como los oficios mediante los cuales efectuó el envío a la Contraloría Interna,
la relación de ellos es la siguiente:
184 VOLUMEN 5/13
Numero de oficio Fecha Mes que reporta
SEDEREC/DA/0364/08 13/V/08 Enero a abril SEDEREC/DA/0421/08 4/VI/08 Mayo SEDEREC/DA/0512/08 2/VII/08 Junio SEDEREC/DA/0623/08 4/VIII/08 Julio SEDEREC/DA/0717/08 4/IX/08 Agosto SEDEREC/DA/0831/08 6/X/08 Septiembre SEDEREC/SRF/0298/08 26/XI/08 Octubre SEDEREC/SRF/0331/08 10/XII/08 Noviembre SEDEREC/SRF/038/09 19/II/09 Diciembre
Sin embargo, la normatividad indica de manera puntual la obligación de la SEDEREC
de informar a la CGDF y no a la Contraloría Interna en la SEDEREC.
Por no notificar a la CGDF los montos de los beneficios de los donativos otorgados,
la SEDEREC incumplió con el artículo 504, tercer párrafo, del Código Financiero del
Distrito Federal, vigente en 2008, que establece: “Las dependencias […] deberán informar
a la Contraloría, en el ámbito de sus respectivas competencias, el monto global y los
beneficios de las ayudas y los donativos otorgados”.
2. En relación con los criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad
y transparencia en la asignación de los donativos otorgados, mediante el oficio
núm. ASC/10/0218, del 12 de febrero de 2010, la CMHALDF solicitó a la SEDEREC
que informara sobre los criterios que consideró para el otorgamiento de donativos con
cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones Sin Fines de Lucro”.
Sin embargo, al término de la fase de ejecución de la auditoría, 7 de mayo de 2010,
la SEDEREC no proporcionó información o documentación alguna.
Por no proporcionar la documentación e información solicitada, la SEDEREC
incumplió el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.
En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha
10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información
relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:
“Respecto a los criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad y transparencia
en la asignación de los recursos relativos al capítulo 4000.
185 VOLUMEN 5/13
”3. En lo relativo a la aplicación de criterios selectividad, objetividad, equidad, temporalidad y
transparencia correspondiente a la partida 4108 le comento lo siguiente:
”Respecto a la asignación de recursos a Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la
Cultura del Diálogo A.C., el procedimiento que se siguió fue como se describe en la nota
informativa anexa”.
De lo anterior, la SEDEREC proporcionó la información siguiente:
Nota informativa del 1o. de octubre de 2007, mediante la cual la responsable del Centro de
Atención a Migrantes y sus Familias de la SEDEREC, informó a la Dirección de Administración
en la misma, que ha efectuado consultas a diversas organizaciones para establecer un
programa de trabajo conjunto que incluya la instalación de las Casas de la Ciudad de México
en Estados Unidos, conforme a lo planteado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
De la lectura a lo informado por la SEDEREC, se determinó que no proporcionó evidencia
documental del establecimiento de criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad
y transparencia en la asignación de los recursos relativos al capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, por lo que la observación del presente numeral
no se modifica.
Recomendación ASC-130-08-28-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para asegurarse
de informar a la Contraloría General, en el ámbito de sus respectivas competencias, el
monto global y los beneficios de las ayudas y los donativos otorgados, de conformidad
con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASC-130-08-29-SEDEREC
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por
conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para asegurarse
que, para el otorgamiento de ayudas, cuente con criterios de selectividad, objetividad,
equidad, temporalidad y transparencia, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal.
187 VOLUMEN 5/13
I.16. PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
I.16.1. ANTECEDENTES
Como órgano encargado de la investigación y persecución de los delitos, el Ministerio
Público quedó institucionalizado a partir de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos de 1917; posteriormente, el primer ordenamiento jurídico que rigió la institución
del Ministerio Público en el Distrito Federal fue la Ley Orgánica del Ministerio Público del
Distrito y Territorios Federales publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de
septiembre de 1919, en el cual se estableció que el Ministerio Público quedaría conformado,
entre otros servidores públicos, por un Procurador General de Justicia.
En la Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito y Territorios Federales publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1954, se estableció que el Procurador
General de Justicia sería nombrado por el Presidente de la República, y que los agentes
del Ministerio Público auxiliarían al Procurador.
El 31 de diciembre de 1971, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales, en la
que por primera vez se hace referencia a la Procuraduría y no al Ministerio Público, toda
vez que el contenido de la ley se refiere a todas las actividades de procuración de justicia.
El 15 de diciembre de 1977, por el mismo medio, se publicó la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la cual ya no hizo referencia a los
territorios federales, toda vez que éstos se erigieron en estados de la Federación mediante
las reformas constitucionales del 21 de noviembre de 1952, y del 8 de octubre de 1974.
En la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 1983, se estableció a la
Procuraduría como una dependencia del Poder Ejecutivo Federal y en ella se integró
la institución del Ministerio Público del Distrito Federal y sus órganos auxiliares directos.
Dicha Ley Orgánica tuvo dos reformas mediante decretos publicados en el Diario Oficial
de la Federación el 27 de diciembre de 1985 y el 24 de diciembre de 1986.
188 VOLUMEN 5/13
Mediante el Decreto por el que se reforman los artículos 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105,
107 y 122, así como la denominación del Título Quinto, adición de una fracción IX
al artículo 76 y un primer párrafo del 19 y se deroga la fracción XVII del artículo 89 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 25 de octubre de 1993, la institución del Ministerio Público en el Distrito
Federal quedó a cargo del Procurador General de Justicia del Distrito Federal. Dicho
funcionario sería nombrado y removido por el Jefe del Departamento del Distrito Federal,
con la aprobación del Presidente de la República.
El 30 de abril de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica de
la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, que estuvo en vigor en el ejercicio
de 2008. En ella se estableció que, para el despacho de los asuntos que al Ministerio
Público atribuyen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal y la citada Ley Orgánica, la institución del Ministerio Público
estaría presidida por el Procurador General.
Atribuciones
Los artículos 1o. y 2o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 1996,
establecen las atribuciones de la Procuraduría General de Justicia de Distrito Federal.
“Artículo 1o. Esta Ley tiene por objeto organizar la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, para el despacho de los asuntos que al ministerio público atribuyen la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, este ordenamiento y las demás disposiciones aplicables.
”Artículo 2o. La Institución del Ministerio Público en el Distrito Federal, estará a cargo del
Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y tendrá las siguientes atribuciones
que ejercerá por conducto de su titular o de sus agentes y auxiliares, conforme a lo establecido
en esta Ley y demás disposiciones aplicables:
189 VOLUMEN 5/13
”I. Perseguir los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal;
”II. Velar por la legalidad y por el respeto de los derechos humanos en la esfera de su
competencia, así como promover la pronta, completa y debida impartición de justicia;
”III. Proteger los derechos e intereses de los menores, incapaces, ausentes, ancianos
y otros de carácter individual o social, en general, en los términos que determinen las
leyes;
”IV. Realizar estudios, formular y ejecutar lineamientos de política criminal y promover
reformas que tengan por objeto hacer más eficiente la función de seguridad pública
y contribuir al mejoramiento de la procuración e impartición de justicia;
”V. Las que en materia de seguridad pública le confiere la Ley de Seguridad Pública
del Distrito Federal;
”VI. Participar en la instancia de coordinación del Distrito Federal en el Sistema Nacional
de Seguridad Pública, de acuerdo con la ley y demás normas que regulen la integración,
organización y funcionamiento de dicho Sistema;
”VII. Realizar estudios y desarrollar programas de prevención del delito en el ámbito
de su competencia;
”VIII. Proporcionar atención a las víctimas o los ofendidos por el delito y facilitar
su coadyuvancia;
”IX. Promover la participación de la comunidad en los programas de su competencia, en
los términos que los mismos señalen;
”X. Auxiliar a otras autoridades en la persecución de los delitos de la competencia
de éstas, en los términos de los convenios, bases y demás instrumentos de colaboración
celebrados al efecto, y
”XI. Las demás que señalen otras disposiciones legales”.
190 VOLUMEN 5/13
Situación Presupuestal
A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia
correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:
EGRESOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto 2008 2007 Variación
Importe
(1)
% Importe
(2)
% Importe (1) - (2)
(3)
% (3) / (2)
(4) Presupuesto original
Gasto total 3,937,313.0 100.0 3,799,038.5 100.0 138,274.5 3.6 Corriente 3,805,940.7 96.7 3,712,038.5 97.7 93,902.2 2.5 De capital 131,372.3 3.3 87,000.0 2.3 44,372.3 51.0
Presupuesto ejercido Gasto total 4,038,993.3 100.0 3,886,600.3 100.0 152,393.0 3.9
Corriente 3,908,506.4 96.8 3,808,003.1 98.0 100,503.3 2.6 De capital 130,486.9 3.2 78,597.2 2.0 51,889.7 66.0
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 789-802; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1057-1075.
GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Variación
Programado
(1)
Ejercido
(2)
Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4) 2008
Gasto total 3,937,313.0 4,038,993.3 101,680.3 2.7 Corriente 3,805,940.7 3,908,506.4 102,565.7 2.7 De capital 131,372.3 130,486.9 (885.4) 0.7
2007 Gasto total 3,799,038.5 3,886.600.3 87,561.8 2.3
Corriente 3,712,038.5 3,808,003.1 95,964.6 2.6 De capital 87,000.0 78,597.2 (8,402.8) 9.7
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 789-802; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1057-1075.
191 VOLUMEN 5/13
En 2008, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal tuvo una asignación de
3,937,313.0 miles de pesos, que representó el 4.0% del gasto programable del Sector Central
del Gobierno del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó 4,038,993.3 miles
de pesos, que representaron el 3.6% del monto ejercido (112,100,188.7 miles de pesos).
Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
GASTO POR CAPÍTULOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Presupuestado Ejercido Variación
Importe
(1)
% Importe
(2)
% Importe (2)-(1)
(3)
% (3)/(1)
(4)
Gasto total 3,937,313.0 100.0 4,038,993.3 100.0 101,680.3 2.5
Corriente 3,805,940.7 96.7 3,908,506.4 96.8 102,565.7 2.7
“Servicios Personales” 3,436,810.0 87.3 3,558,433.3 88.1 121,623.3 3.5
“Materiales y Suministros” 93,684.4 2.4 98,701.4 2.5 5,017.0 5.4
“Servicios Generales” 272,146.3 6.9 226,391.8 5.6 (45,754.5) (16.8)
“Transferencias” 3,300.0 0.1 24,979.9 0.6 21,679.9 657.0
De capital 131,372.3 3.3 130,486.9 3.2 (885.4) (0.7)
“Bienes Muebles e Inmuebles” 111,372.3 2.8 130,486.9 3.2 19,114.6 17.2
“Obras Públicas” 20,000.0 0.5 0.0 0.0 (20,000.0) (100.0)
FUENTE: Gobierno de Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 789-802.
Principales Programas
De los cuatro programas en que participó la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal durante 2008, el principal, por su importe ejercido, fue el programa prioritario
11 “Procuración de Justicia”, del Eje Estratégico “Seguridad y Justicia Expedita”.
Por medio de ese programa, se establecieron líneas de acción para detectar las deficiencias
en la integración de las averiguaciones previas, abatir el rezago y desahogar las diligencias
conducentes a la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad; se concluyó
el proyecto MP Virtu@l, sistema que permite a cualquier persona hacer del conocimiento
192 VOLUMEN 5/13
del Ministerio Público hechos constitutivos de delito; se estableció un programa para
atender a las personas que no saben leer ni escribir y que acuden a la dependencia para rendir
declaración como víctimas, ofendidos, indiciados, testigos o peritos; se dio cumplimiento a
las órdenes de investigación y mandamientos judiciales para el esclarecimiento de hechos
presuntamente delictivos; se consolidó el Programa de Unidad de Inteligencia Policial,
cuyo objetivo es proporcionar información estructurada para la indagación de hechos
delictivos; se creó la Unidad de Investigación Cibernética, con el objeto de contar con
agentes policiales especializados en la materia; y se inició la operación del call center
“Base Delfín”, con el objetivo de conocer si un detenido está relacionado con alguna
averiguación previa y, en su caso, si cuenta con antecedentes de ingreso al reclusorio.
También se estableció el Sistema Integral de Huellas Dactilares, que se alimenta de la
base de datos de juzgados penales, de información generada en juzgados cívicos,
de archivos criminales de servicios periciales de la dependencia y de datos proporcionados
por la Secretaría de Transportes y Vialidad; se efectuaron 571,785 dictámenes periciales
solicitados por las autoridades para intervenir en averiguaciones previas; se notificaron
22,287 autos de término constitucional; concluyeron 16,319 expedientes de instrucción;
se realizaron 6,814 pedimentos de confirmación en las Salas de Segunda Instancia; se
registraron 1,471 resoluciones de autos y 3,931 de sentencias favorables al Ministerio
Público; se elaboraron y rindieron 35,215 informes previos y justificados requeridos por las
autoridades judiciales, a los que se adjuntaron constancias y se dio seguimiento a los
juicios interpuestos; se realizaron supervisiones de actos del estado civil de las personas
y de procedimientos conciliatorios en materia civil, por medio de un arreglo favorable para
las partes que acuden cuando aún no han iniciado un procedimiento judicial; y se
proporcionó orientación e información general a 93,977 personas y se asesoró a otras
2,436 de manera personal o por la vía telefónica.
Tipos de Revisión
En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal realizó dos auditorías financieras y una de desempeño a la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
193 VOLUMEN 5/13
I.16.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS
I.16.2.1. CAPÍTULO 4000 “AYUDAS, SUBSIDIOS, APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS”
Auditoría ASC/131/08
ANTECEDENTES
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008 se informó que en el capítulo
4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal (PGJDF) ejerció un presupuesto de 24,979.8 miles de pesos, monto
que representó el 0.6% de su gasto total por 4,038,993.3 miles de pesos, y fue superior en
657.0% (21,679.8 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente de 3,300.0 miles de
pesos. Respecto al presupuesto ejercido en 2007 (19,935.2 miles de pesos), dicho importe
presentó un incremento de 5,044.6 miles de pesos (25.3%).
Del presupuesto ejercido por la PGJDF en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones
y Transferencias” (24,979.8 miles de pesos), destacó el correspondiente a las partidas
4105 “Ayudas Culturales y Sociales” (3,197.5 miles de pesos) y 4108 “Ayudas y Donativos
a Instituciones sin Fines de Lucro” (20,197.7 miles de pesos), que en conjunto ascendió a
23,395.2 miles de pesos y significó el 93.7% del total del capítulo y el 0.6% del total
asignado a la dependencia.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por
la PGJDF con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
se haya ajustado al presupuesto autorizado y ejercido; y que se encuentre justificado,
comprobado, devengado y registrado conforme a la normatividad aplicable.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”
(por tratarse de un rubro de gasto que en el ejercicio revisado presentó variaciones
194 VOLUMEN 5/13
significativas entre el monto presupuestado y el ejercido, así como al registrado en el
ejercicio inmediato anterior), “Exposición al Riesgo” (por ser el capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias” un rubro propenso a ineficiencias, irregularidades
e incumplimiento de objetivos y metas) y “Presencia y Cobertura” (por ser un rubro
susceptible de auditarse por estar en la Cuenta Pública), contenidos en el Manual de
Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal (CMHALDF), vigente a partir del 11 de julio de 2007.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43, del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X; 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o.,13 y 16
de su Reglamento Interior.
ALCANCE
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
respectivos. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra” del
presente informe, se seleccionaron como muestra dos de las cuatro partidas de gasto que
integraron el presupuesto ejercido por la PGJDF en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,
Aportaciones y Transferencias” en 2008 (24,979.8 miles de pesos), por medio de 74 Cuentas
por Liquidar Certificadas (CLC) y 9 documentos múltiples.
Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2008 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de
Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a esta entidad de fiscalización.
De las dos partidas seleccionadas, se revisó una muestra de 14 CLC y 8 documentos
múltiples, por un importe de 19,765.5 miles de pesos, que representa el 79.1% del monto
ejercido con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,
así como su documentación justificativa y comprobatoria.
195 VOLUMEN 5/13
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General del Albergue Temporal, adscrita a la
Oficina del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal; la Fiscalía Central
de Investigación para Menores, dependiente de la Subprocuraduría de Averiguaciones
Previas Centrales; la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito, dependiente
de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad; y la
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, adscrita a la Oficialía
Mayor de la PGJDF. La primera, por ser la encargada de prestar asistencia y protección
social a los menores en situaciones difíciles, relacionadas con averiguaciones previas y
procesos penales, familiares y civiles, cuando se encuentren en una situación de abandono,
conflicto, daño o peligro; la segunda, por encargarse de intervenir para otorgar a los menores,
discapacitados o incapaces, una amplia protección y asistencia conforme a la ley; la
tercera, por ser responsable de proporcionar apoyo legal, atención médica, psicológica
y social a las víctimas del delito, y a sus familiares; y la última, por encargarse de administrar y
vigilar el ejercicio del presupuesto anual de la Procuraduría, proponer las modificaciones
programáticas y presupuestales que se requieran, e integrar y mantener permanentemente
actualizados los documentos normativo-administrativos de carácter interno, necesarios para
el buen funcionamiento de la institución.
Se analizó el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal vigente en el ejercicio de 2008 para verificar que fuera acorde con la
estructura orgánica dictaminada y que, junto con los manuales de normas y procedimientos
aplicables al rubro en revisión, estuvieran autorizados por la Coordinación General de
Modernización Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal (OMGDF).
Se analizaron 18 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos
asignados al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se
verificaron las causas por las cuales se incrementó dicho presupuesto y se constató que
se contara con la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.
Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno a servidores
públicos de las Direcciones Generales del Albergue Temporal, de Atención a Víctimas
196 VOLUMEN 5/13
del Delito, y de Programación, Operación y Presupuesto; así como de la Fiscalía Central
de Investigación para Menores de la PGJDF.
Se realizaron confirmaciones de operaciones con Servicio, Educación y Desarrollo a la
Comunidad, I.A.P. (SEDAC), y con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración
de Justicia del Distrito Federal, con la finalidad de verificar la recepción de los donativos
que se les otorgaron en 2008, y conocer su aplicación y destino.
Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos aplicables
al rubro en revisión hayan estado en operación durante el período auditado, conforme a la
normatividad aplicable. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:
1. Se verificó que los apoyos sociales otorgados con cargo a cada una de las dos partidas
de la muestra presentaran la autorización correspondiente; que se haya contado con
suficiencia presupuestal para otorgar los apoyos; y que se haya precisado claramente
a quién y para qué se otorgarían los apoyos, los beneficiarios, las condiciones y los
requisitos de los apoyos, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal
y del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008.
2. Se verificó que la PGJDF haya conservado la documentación original justificativa y
comprobatoria de los apoyos y donativos otorgados; que SEDAC y el Consejo Ciudadano
de Seguridad Pública hayan entregado comprobantes de pago (recibos) a nombre
del Gobierno del Distrito Federal-PGJDF y que cumplieran los requisitos fiscales
correspondientes; que la entrega de los apoyos se soporte con documentación donde
conste la firma de recibido por parte de los beneficiarios; que los gastos hayan sido
registrados en las partidas acordes con su naturaleza; que se haya reportado a la SF
en tiempo y forma el pasivo circulante del ejercicio de 2007 pagado en 2008, y del
ejercicio de 2008 pagado en 2009, correspondiente a las partidas del capítulo 4000
“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”; y que los recursos no ejercidos
y, en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2008 hayan sido
devueltos a la SF en los plazos aplicables, en cumplimiento del Código Financiero
del Distrito Federal y del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para
la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008.
197 VOLUMEN 5/13
3. Se constató que la PGJDF haya informado a la Contraloría General del Distrito
Federal (CGDF) sobre el monto global y los beneficios de las ayudas y los donativos
otorgados en 2008; y a la SF sobre los avances en la operación de los programas
o acciones realizadas, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados y
su distribución, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal vigente
en 2008.
Las pruebas sustantivas consistieron en integrar por partida el presupuesto ejercido con
cargo al rubro sujeto a revisión; verificar que las cifras reportadas a la SF por el sujeto
fiscalizado coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008, verificar los
registros presupuestarios y el importe contabilizado por la Subsecretaría de Egresos,
constatar que el sujeto fiscalizado dispusiera de mecanismos idóneos para comprobar la
entrega de las ayudas y donativos a los beneficiarios y verificar que la dependencia contara
con expedientes con la documentación que soporte que los beneficiarios de los apoyos
reunieron los requisitos solicitados para tal efecto.
El alcance al nivel de partida de gasto se señala a continuación:
Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”
Se revisó el 88.5% (2,831.0 miles de pesos) del importe ejercido (3,197.5 miles de pesos)
mediante 10 CLC y 8 documentos múltiples, así como su documentación justificativa
y comprobatoria.
Se verificó la documentación que comprueba la entrega de apoyos económicos por un
importe total de 2,509.5 miles de pesos a 49 beneficiarios por haber sido víctimas,
o alguno de sus familiares, de delitos como homicidio, fraude, lesiones, y abuso sexual o de
autoridad, que consistió en copias de opiniones de procedencia y determinación del apoyo
económico, acuerdos de autorización del apoyo, cartas de instrucción para otorgar los apoyos,
identificaciones oficiales de beneficiarios, pólizas-cheque y recibos donde los beneficiarios
firmaron haber recibido los apoyos económicos. También se revisaron la Ley de Atención
y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal y su Reglamento; el Informe
de Cuenta Pública del Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID),
198 VOLUMEN 5/13
por ser la instancia encargada de apoyar a las víctimas afectadas por la comisión de un
delito en su persona o en su patrimonio; y el acta de la segunda sesión extraordinaria
del Consejo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito.
Además, se revisó la documentación que comprueba la entrega a 20 beneficiarios de
apoyos económicos (para hospedaje, traslados y alimentos, entre otros) o en especie
(servicios funerarios y de traslado al lugar de velación y panteón, y pasajes de cortesía
como resultado de averiguaciones previas), por un importe total de 96.5 miles de pesos,
por haber sido víctimas, o alguno de sus familiares, de delitos violentos, que consistió en
copias de averiguaciones previas, cédulas victimológicas, fichas de control y seguimiento,
oficios de solicitud de los apoyos, facturas, identificaciones oficiales de beneficiarios, pólizas-
cheque y recibos donde los beneficiarios firmaron haber recibido los apoyos económicos.
Finalmente, se verificó la documentación que comprueba la entrega de donativos
a SEDAC por un importe total de 225.0 miles de pesos, que consistió en recibos de
donativos y oficios de solicitud de los recursos; así como el cumplimiento del Convenio
de Colaboración celebrado entre la PGJDF y SEDAC.
Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”
Se revisó el 83.8% (16,934.5 miles de pesos) del importe ejercido (20,197.7 miles de pesos)
mediante cuatro CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.
Se verificó la documentación que comprueba la entrega de donativos al Consejo Ciudadano
de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, por un importe de
16,934.5 miles de pesos, que consistió en recibos de donativos. También se revisaron
el Acuerdo de creación del Consejo Ciudadano; y que se cumpliera lo establecido tanto en
su Reglamento Interno como en el Convenio General de Colaboración, celebrado entre el
Consejo Ciudadano, la PGJDF y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), y el Convenio
de Colaboración específico, formalizado entre el Consejo Ciudadano y la PGJDF; así como
la Memoria Enero 2007-Mayo 2009, las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias
del Consejo Ciudadano, y una encuesta de victimización y eficacia institucional realizada
por el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE).
199 VOLUMEN 5/13
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno, con la finalidad de tener una base sobre
la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría,
se analizaron el dictamen de estructura orgánica y el Manual de Organización General de
la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal vigente en 2008, con el fin de
identificar su estructura orgánica, los objetivos, las funciones y atribuciones de las unidades
administrativas que la integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.
También se revisaron los manuales de normas y procedimientos de la dependencia, con
objeto de verificar los que fueron aplicados por las unidades administrativas que intervienen
en actividades relacionadas con la justificación, autorización, ejercicio, devengación,
comprobación y registro de las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias”. Sobre el particular, se observó lo siguiente:
1. Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. OM/1514/2001, de fecha 31 de agosto de 2001, la OMGDF
autorizó a la PGJDF el dictamen de estructura orgánica núm. 168/2001, vigente a partir
del 1o. de septiembre de 2001. En dicho dictamen se previeron cinco Subprocuradurías
(de Averiguaciones Previas Centrales, de Averiguaciones Previas Desconcentradas, de
Procesos, Jurídica y de Derechos Humanos, y de Atención a Víctimas del Delito y Servicios
a la Comunidad) y la Oficialía Mayor de la dependencia.
2. Manual Administrativo
a) Manual de Organización. La PGJDF contó con un manual de organización general
autorizado por la CGMA de la OMGDF mediante el oficio núm. CGMA/2913/06 de fecha
13 de diciembre de 2006, vigente a partir de esa misma fecha, y registrado con el
núm. MA-14000-168/01. Dicho documento es congruente con el dictamen de estructura
orgánica núm. 168/2001 mencionado y define los objetivos, funciones, atribuciones
y responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas
que integran la dependencia; sin embargo, no fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
b) Manuales de Normas y Procedimientos. La PGJDF contó con 85 manuales de
normas y procedimientos elaborados con base en el dictamen de estructura orgánica
200 VOLUMEN 5/13
núm. 168/2001; sin embargo, sólo 34 fueron registrados ante la CGMA de la OMGDF
por medio de los oficios núms. CGMA/2123/04, CGMA/2376/04, CGMA/2683/04 y
CGMA/3001/04, de fechas 23 de julio, 13 de agosto, 21 de septiembre y 18 de octubre
de 2004, respectivamente; CGMA/0176/05 y CGMA/0178/05, ambos del 27 de enero
de 2005; CGMA/0723/05, CGMA/1048/05 y CGMA/1088/05, del 6 de abril, y 11 y 17 de
mayo de 2005, respectivamente; CGMA/1253/05 y CGMA/1257/05, ambos de fecha
2 de junio de 2005; CGMA/1597/05 y CGMA/1599/05, los dos del 8 de julio de 2005;
CGMA/1593/05 y CGMA/1595/05, ambos del 11 de julio de 2005; CGMA/2290/05
del 7 de octubre de 2005; CGMA/0244/06, CGMA/1689/06 y CGMA/2803/06, del 25 de
enero, 27 de junio y 27 de noviembre de 2006, respectivamente; CGMA/DDO/2970/07 del
19 de septiembre de 2007; CGMA/DDO/1420/08 y CGMA/DDO/3486/08 del 25 de junio y
18 de diciembre de 2008, en ese orden; y CGMA/DDO/0121/09, CGMA/DDO/0440/09
y CGMA/DDO/1058/09, del 19 de enero, 10 de febrero y 13 de abril de 2009,
respectivamente. De dichos manuales se revisaron cuatro, relacionados con el desarrollo
de la auditoría y, en particular, se revisaron los siguientes procedimientos:
– El procedimiento “Canalización de Menores a Instituciones”, del Manual de Normas
y Procedimientos para llevar a Cabo la Entrega, Convivencia para Adopción y
Canalización de Menores, incluye actividades para la Subdirección de Trabajo
Social y la Dirección de Investigación Psicosocial, relacionadas con la canalización
de menores a instituciones públicas o privadas y con el otorgamiento de apoyos
al Albergue Temporal.
– El procedimiento “Apoyo Social a Víctimas del Delito Violento en Área Central”,
del Manual de Normas y Procedimientos para el Apoyo Sociojurídico a Víctimas del
Delito Violento, incluye actividades para el Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas
del Delito Violento relacionadas con la gestión de servicios de funeral gratuitos
o a bajo costo, el otorgamiento de pasajes de cortesía, el apoyo psicosocial y jurídico
y otros servicios asistenciales a las víctimas de delito violento con escasos recursos
económicos.
– El procedimiento “Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Trámite
de Pago de Viáticos, del Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos
para Investigación Oficiales y otras Erogaciones”, del Manual de Normas y
Procedimientos para la Elaboración y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada
201 VOLUMEN 5/13
y su Documentación Soporte, indica los documentos que deberán anexar las
unidades administrativas para tramitar el pago de las CLC, tales como: solicitudes
de recursos por las unidades administrativas correspondientes, facturas, recibos,
nóminas, estimaciones de obra, laudos y plantillas de liquidación, y oficios de
ministración de viáticos, entre otros.
– El procedimiento “Elaboración, Trámite y Registro del Documento Múltiple”, del
Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración y Validación de la Cuenta
por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte, incluye actividades relacionadas
con la expedición de documentos múltiples en casos de movimientos de corrección
y reintegro al presupuesto.
– El procedimiento “Asignación del Presupuesto a las Unidades Ejecutoras del Gasto”,
del Manual de Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal
de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, incluye actividades
relacionadas con la asignación y registro del presupuesto por parte de la Dirección
General de Programación, Organización y Presupuesto, y con la comprobación
del gasto por parte de las unidades ejecutoras.
– El procedimiento “Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Normas
y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federa, incluye actividades relacionadas con la
adecuación del techo financiero y las adecuaciones al presupuesto.
Cabe mencionar que la relación de los procedimientos que integran los manuales
de normas y procedimientos vigentes no fueron publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
3. Evaluación del Control Interno
Para la evaluación del control interno se analizaron el marco normativo y el Manual
Administrativo de la PGJDF, integrado por los Manuales de Organización y de Normas
y Procedimientos; se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno
a servidores públicos de la Fiscalía Central de Investigación para Menores y de las Direcciones
202 VOLUMEN 5/13
Generales del Albergue Temporal, de Atención a Víctimas del Delito y de Programación,
Operación y Presupuesto de la PGJDF, que intervienen en actividades relacionadas con la
justificación, autorización, ejercicio, devengación, comprobación y registro de las erogaciones
efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a
revisión y, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control vigentes en 2008
y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de
control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración
de los riesgos de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que, en cuanto
al ejercicio del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, la PGJDF
estableció mecanismos que, en general, hacen factible la administración de riesgos
relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, las áreas están estructuradas conforme
a las funciones asignadas en el Manual de Organización General del sujeto fiscalizado,
lo cual contribuye al cumplimiento de la normatividad aplicable, así como a la supervisión
y control de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo
que a su vez permite delimitar las responsabilidades.
Sin embargo, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan en
el apartado de resultados.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
A partir del total de recursos ejercidos por la PGJDF con cargo al capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, y derivado de los trabajos que se llevaron a
cabo en la fase de planeación de auditoría y del estudio y evaluación del sistema de
control interno, se determinó revisar 14 CLC y 8 documentos múltiples expedidos con cargo
a dos de cuatro partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido, las cuales sumaron
un monto de 19,765.5 miles de pesos, que representa el 79.1% del universo (24,979.8 miles
de pesos). Las partidas seleccionadas fueron la 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”
y la 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, que corresponden a las
más significativas respecto del total del capítulo.
203 VOLUMEN 5/13
La muestra sujeta a revisión se integró como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Universo Muestra Número Número Partida
CLC Documento múltiple
Presupuesto
ejercido % CLC Documento
múltiple
Importe %
4103 “Pagas de Defunción” 25 0 792.6 3.2 0 0.0 0.0 4104 “Becas” 1 1 792.0 3.2 0 0.0 0.0 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” 42 8 3,197.5 12.8 10 8 2,831.0 88.5 4108“Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”
6
0
20,197.7
80.8
4
0
16,934.5
83.8
Total 74 9 24,979.8 100.0 14 8 19,765.5 79.1
A fin de determinar la muestra de las CLC sujetas a revisión, se consideraron los siguientes
criterios:
1. De la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” se integró el universo de los tipos de
ayuda por los cuales se ejercieron recursos, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Tipo de ayuda* CLC Documento múltiple Monto
Ayudas sociales Apoyo económico a víctimas del delito 2 6 2,534.5 Atención a víctimas del delito violento 34 2 363.0
Subtotal 36 8 2,897.5 Donativos Fundación Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, A.C. (SEDAC), Casa Hogar
6 0 300.0
Subtotal 6 0 300.0
Total 42 8 3,197.5
* Conceptos incluidos en el formato “ADyS Ayudas, Donativos y Subsidios” del Informe de Cuenta Pública de la PGJDF de 2008.
Se eligieron 10 CLC y 8 documentos múltiples, por un monto de 2,831.0 miles de pesos,
y se determinó lo siguiente:
a) Por lo que corresponde a los apoyos económicos y de atención a víctimas
del delito, se revisaron siete CLC y ocho documentos múltiples, por un monto
de 2,606.0 miles de pesos; de dichas CLC se seleccionaron tres, por ser las más
204 VOLUMEN 5/13
significativas en cuanto a su presupuesto ejercido, respecto del total de apoyos
económicos otorgados; y cuatro se seleccionaron en forma aleatoria, considerando
que existe una exposición al riesgo por la entrega de los apoyos.
b) Por lo que corresponde a los donativos realizados al SEDAC, se revisaron tres CLC,
por un monto de 225.0 miles de pesos, las cuales se seleccionaron por ser las
más significativas en cuanto a su presupuesto ejercido respecto de los donativos
otorgados.
2. De la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, la PGJDF
gestionó seis CLC a nombre del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y
Procuración de Justicia del Distrito Federal por un monto de 20,197.7 miles de pesos;
de dichas CLC se revisaron cuatro, por un monto de 16,934.5 miles de pesos, de las
cuales se eligieron tres, por ser las más significativas en cuanto a su presupuesto
ejercido respecto del total de la partida y que en conjunto ascendieron a 15,000.0
miles de pesos; y una más, por un monto de 1,934.5 miles de pesos, fue seleccionada
en forma aleatoria por su exposición al riesgo en la entrega de donativos al Consejo
Ciudadano de Seguridad Pública.
RESULTADOS
1. Resultado
Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la Dirección General
de Programación, Organización y Presupuesto de la PGJDF proporcionó a la CMHALDF
el manual administrativo (apartado de organización), elaborado conforme al dictamen de
estructura orgánica núm. 168/2001, e informó que fue el vigente en 2008; así como
los manuales de normas y procedimientos vigentes en 2008. De su análisis se desprende
lo siguiente:
1. Con el oficio núm. CGMA/2913/06 de fecha 13 de diciembre de 2006, la CGMA de
la OMGDF registró el Manual de Organización General de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal con el número de registro MA-14000-168/01.
Dicho manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,
205 VOLUMEN 5/13
atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área, y se sujeta a la estructura
orgánica correspondiente al dictamen núm. 168/2001, que fue autorizado por la OMGDF
mediante el oficio núm. OM/1514/2001 del 31 de agosto de 2001.
2. La PGJDF contó en 2008 con los Manuales de Normas y Procedimientos para llevar
a Cabo la Entrega, Convivencia para Adopción y Canalización de Menores; para el
Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento; para la Elaboración y Validación de
la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte; y para el Ejercicio y
Control Presupuestal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,
integrados al Manual Administrativo de la dependencia, para regular las operaciones
realizadas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,
de los cuales únicamente el Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración
y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte fue
registrado ante la CGMA de la OMGDF por medio del oficio núm. CGMA/2376/04 de
fecha 13 de agosto de 2004.
Respecto al motivo por el cual no se tramitó ante la CGMA de la OMGDF el registro
de los tres Manuales de Normas y Procedimientos restantes, por medio del oficio sin
número del 23 de septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos
Administrativos de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
informó que “los manuales […] han sido registrados ante la Coordinación General de
Modernización Administrativa a partir de la autorización de la estructura vigente
mediante dictamen 168/2001”; sin embargo, la PGJDF no proporcionó evidencia de
que se haya tramitado el registro de referencia, por lo que incumplió el numeral 4.4.2,
del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno), vigente a partir del 13 de abril de 2007, que dispone:
“4.4.2 Los titulares de las Dependencias […] están obligados a elaborar sus Manuales
Administrativos y a remitirlos a la CGMA para su revisión, dictamen y, en su caso,
registro.”
206 VOLUMEN 5/13
3. Cuatro de seis procedimientos internos analizados no están actualizados, como se
indica a continuación:
a) El procedimiento “Canalización de Menores a Instituciones”, del Manual de Normas
y Procedimientos para llevar a Cabo la Entrega, Convivencia para Adopción y
Canalización de Menores, vigente desde 1996, no ha sido actualizado, toda vez
que hace referencia al albergue temporal como parte de la estructura de la
Subprocuraduría de Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad, aun cuando
en el dictamen de estructura orgánica núm. 168/2001, vigente en 2008, la Dirección
General del Albergue Temporal está adscrita a la Oficina del C. Procurador
General de Justicia del Distrito Federal.
b) El procedimiento “Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de
Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal de la PGJDF,
vigente desde 1998, no ha sido actualizado, toda vez que hace referencia
a diferentes áreas que no se mencionan en el Manual de Organización General
de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y no contempla la
operación del Sistema Integral del Control de Egresos (SICE).
c) Los procedimientos “Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el
Trámite de Pago de Viáticos, Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos
para Investigación Oficiales y otras Erogaciones” y “Elaboración, Trámite y Registro
del Documento Múltiple”, del Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración
y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte,
vigente a partir de 2004, no han sido actualizados, toda vez que no contemplan
la operación del SICE.
Mediante el oficio sin número del 29 de septiembre de 2009, la Dirección de Organización
y Procedimientos Administrativos de la Dirección General de Programación,
Organización y Presupuesto informó que a la fecha de la fase de ejecución de la
presente auditoría (noviembre de 2009) se han actualizado 15 procedimientos, y se
encuentran en proceso de actualización los Manuales de Normas y Procedimientos
correspondientes a las Direcciones Generales de Política y Estadística Criminal, de
Tecnología y Sistemas Informáticos, del Albergue Temporal y de Recursos Humanos.
207 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010, por
medio de la cual el Director de Organización y Procedimientos Administrativos de la
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto informó lo siguiente:
“… durante los años 2008 y 2009 se ha realizado un proceso de actualización de
25 Manuales de Normas y Procedimientos, a solicitud de esta Dirección General
de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), con respuesta favorable de
algunos titulares de las unidades administrativas, 11 en el año 2008 y 14 en el año 2009.
Sin embargo, con la publicación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2008, así como con la próxima
aparición del Reglamento de dicha Ley, será imperiosa la actualización de todos los
manuales (más de 180) que actualmente conforman los instrumentos normativo-
administrativos con que opera la PGJDF.
”En este sentido, se ha elaborado un programa de trabajo detallado […] para cumplir con
este objetivo, el cual contiene las actividades, responsables y tiempos para la realización
de cada una de las etapas del proceso. Incluye desde la solicitud de la DGPOP a los
titulares de las unidades administrativas, como los responsables de mantener actualizados
dichos documentos para que elaboren sus proyectos, hasta la autorización y registro
de todos los manuales ante la Coordinación General de Modernización Administrativa,
y la publicación de aquellos que de acuerdo a la normatividad deba realizarse,
a excepción de los que a criterio del titular de la unidad administrativa se consideren
confidenciales, motivo por el cual no son susceptibles de publicarse.”
Además, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto indicó al
calce del programa de trabajo detallado que éste “iniciará una vez que se haya publicado
el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal y los tiempos y plazos en él establecidos, están condicionados a la
presentación en tiempo y forma de los proyectos de Manuales Administrativos que
deberán elaborar las Unidades Responsables de la Institución, así como a que no
exista otro impedimento de tipo legal, humano o material que lo limite”.
208 VOLUMEN 5/13
De acuerdo con los argumentos expuestos y la documentación proporcionada por
la PGJDF, se confirma que el apartado de procedimientos del manual administrativo
no ha sido actualizado, por lo que se elaboró el “Programa de Actualización de Manuales
Administrativos”; en consecuencia, las observaciones del presente numeral no se
modifican.
Por no actualizar el manual administrativo, en su apartado de procedimientos, la PGJDF
incumplió el numeral 4.4.14, del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de
Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno), vigente a partir del 13 de abril de 2007, que dispone:
“Los titulares de las dependencias […] son los responsables de la actualización de los
manuales administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,
de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la
supresión o creación de leyes y normas”.
Tampoco atendió el artículo 16, inciso e), del Primer Lineamiento: “Ambiente de
Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de
abril de 2007, que establece:
“Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos:
[…]
”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de
Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los
manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura
organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes
y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y
procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se
genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento
de los servidores públicos”.
209 VOLUMEN 5/13
4. El Manual de Organización General y la relación de los procedimientos que integran
los manuales de normas y procedimientos vigentes no fueron publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal. Al respecto, por medio del oficio sin número del 23 de
septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos,
adscrita a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la
Oficialía Mayor de la PGJDF, informó que “en los archivos de esta Dirección no se cuenta
con los motivos o explicación técnica del porqué no se publicó”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010,
por medio de la cual la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos
de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto señaló que
“en la memoria documental de esta Dirección de Área no se encuentra expediente
que avale el razonamiento que soporte la desatención observada, sin embargo como
ya ha sido señalado, en el programa de trabajo está considerada la publicación del
manual en comento”.
Al analizar los argumentos expuestos por la PGJDF y el Programa de Actualización de
Manuales Administrativos proporcionado, se confirmó que el Manual de Organización
General de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la relación de
procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, aun
cuando en el programa se tiene contemplada dicha publicación, por lo cual la observación
del presente numeral no se modifica.
Por no publicar el manual administrativo (apartado de organización) ni la relación
de los procedimientos, la PGJDF incumplió el numeral 4.4.10, del subapartado 4.4,
“Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente
a partir del 13 de abril de 2007, que dispone: “Una vez obtenido el registro de los
Manuales Administrativos ante la CGMA, los titulares de las dependencias […] serán
los responsables de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal,
210 VOLUMEN 5/13
gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y
de Servicios Legales”; tampoco observó el subapartado 5.1, “Especificaciones
Generales”, inciso b), del apartado 5, “Criterios para la Publicación de los Manuales
Administrativos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”, de la Guía Técnica para la
Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2008, el cual
establece que la versión del manual administrativo que se publicará “deberá integrarse
con la siguiente información: Presentación, Antecedentes, Marco Jurídico-Administrativo,
Objetivo General, Estructura Orgánica, Atribuciones, Funciones, Organograma y Listado
de procedimientos”.
Recomendación ASC-131-08-01-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal concluya la
actualización de su manual administrativo, específicamente por lo que se refiere al apartado
de normas y procedimientos para llevar a cabo la entrega, convivencia para adopción
y canalización de menores; para el apoyo sociojurídico a víctimas del delito violento; para
el ejercicio y control presupuestal, y para la elaboración y validación de la Cuenta por
Liquidar Certificada y su documentación soporte; y que se asegure de que dichos
manuales sean remitidos a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal para su revisión,
dictamen y registro, de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno), y los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación ASC-131-08-02-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implemente
mecanismos de control para garantizar que su manual administrativo (apartado de
organización) y sus procedimientos sean publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, conforme a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno).
211 VOLUMEN 5/13
2. Resultado
Se analizaron el techo presupuestal reportado (Analítico de Claves, Programa Operativo
Anual [POA] y Calendario Presupuestal) y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos,
correspondientes al ejercicio fiscal de 2008, y se determinó lo siguiente:
Con el oficio núm. SE/0150/08 de fecha 8 de enero de 2008, la SF comunicó al titular de
la PGJDF el techo presupuestal por 3,937,313.0 miles de pesos aprobado por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para el ejercicio de 2008. De dicho monto,
3,805,940.7 miles de pesos correspondieron a gasto corriente, de los cuales se destinaron
369,130.6 miles de pesos a otros gastos corrientes, en los que se incluyó lo relativo
al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, por 3,300.0 miles
de pesos.
Con el oficio núm. SE/0193/08 de fecha 18 de enero de 2008, la SF remitió al titular de
la PGJDF el Analítico de Claves, el POA y el Calendario Presupuestal, correspondientes
al techo presupuestal aprobado por la ALDF.
En el Analítico de Claves se identificó que se asignaron 1,800.0 miles de pesos a la partida
4103 “Pagas de Defunción”, 1,000.0 miles de pesos a la 4104 “Becas” y 500.0 miles de
pesos a la 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, que en conjunto suman el presupuesto
original del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” (3,300.0 miles
de pesos) reportado en el Informe de Cuenta Pública de la PJGDF de 2008. Cabe mencionar
que la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” no fue
presupuestada originalmente.
Lo anterior muestra que la PGJDF estimó originalmente recursos para tres de las cuatro
partidas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,
que se ajustó al techo presupuestal autorizado y, posteriormente, mediante afectaciones
programático-presupuestales, amplió su presupuesto en un importe de 21,679.8 miles de
pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 24,979.8 miles de pesos,
conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
212 VOLUMEN 5/13
3. Resultado
De acuerdo con la Cuenta Pública de 2008, la PGJDF reportó una asignación original
de 3,300.0 miles de pesos para el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y
Transferencias”, el cual fue objeto de los siguientes movimientos presupuestales:
dos adiciones compensadas, por 2,003.6 miles de pesos; dos adiciones líquidas, por
56,476.7 miles de pesos; ocho ampliaciones compensadas, por 2,231.4 miles de pesos;
tres ampliaciones líquidas, por 18,263.2 miles de pesos; nueve reducciones compensadas,
por 57,049.2 miles de pesos; y dos reducciones líquidas, por 245.9 miles de pesos.
En consecuencia, el presupuesto modificado significó un incremento de 21,679.8 miles de
pesos, para quedar en 24,979.8 miles de pesos, importe que correspondió al presupuesto
ejercido en conjunto por las partidas de gasto de dicho capítulo, como sigue:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Variación Partida Original
(1)
Modificado
(2)
Ejercido
(3)
Absoluta (2) – (1)
(4)
Relativa (4) / (1)
(5)
4103 “Pagas de Defunción” 1,800.0 792.6 792.6 (1,007.4) (56.0) 4104 “Becas” 1,000.0 792.0 792.0 (208.0) (20.8) 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” 500.0 3,197.5 3,197.5 2,697.5 539.5 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”
0.0
20,197.7
20,197.7
20,197.7
n.a.
Total capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
3,300.0
24,979.8
24,979.8
21,679.8
657.0
n.a. No aplicable.
Se analizaron las afectaciones presupuestarias y se determinó que, según las justificaciones
consignadas por la PGJDF, las principales causas por las que se modificó el presupuesto
original fueron las siguientes:
1. El presupuesto asignado a las partidas 4103 “Pagas de Defunción” y 4104 “Becas” fue
reducido en 1,007.4 miles de pesos y 208.0 miles de pesos, respectivamente, porque
los recursos se transfirieron a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, con la
finalidad de proporcionar apoyos económicos a las víctimas u ofendidos por algún hecho
delictivo o a sus beneficiarios.
2. El presupuesto de la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” fue ampliado por
2,697.5 miles de pesos, con la finalidad de dotar de recursos al FAAVID, que se encarga
213 VOLUMEN 5/13
de apoyar temporalmente a las víctimas que son afectadas por la comisión de un
delito en su persona o en su patrimonio con los recursos económicos que se le autorizan
presupuestalmente y, en este caso, para que continuara con el apoyo a las víctimas
o a beneficiarios de éstas, durante el operativo realizado el 20 de junio de 2008 por
la SSP en la discoteca New’s Divine.
3. En la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” se gestionó
una adición líquida por 1,934.5 miles de pesos, así como tres ampliaciones líquidas
por 18,263.2 miles de pesos, que en conjunto correspondieron a un presupuesto
modificado de 20,197.7 miles de pesos, para dar cumplimiento a las obligaciones
financieras surgidas con motivo de la firma del Convenio de Colaboración específico
con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito
Federal a partir de marzo de 2008.
Dichos movimientos se amparan con 18 afectaciones programático-presupuestarias que
autorizó la SF, conforme a los artículos 71, fracción VI; y 68, fracción V, del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008; y reunieron los requisitos
establecidos en el apartado IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2008. Adicionalmente, se comprobó que estos movimientos se gestionaron
conforme a los plazos estipulados en el oficio circular núm. SE/1360/2008 del 8 de octubre
de 2008, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SF.
4. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, se solicitaron a la PGJDF
los registros contables de las operaciones realizadas con cargo a las partidas del capítulo
4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” que afectaron la situación financiera
del Gobierno del Distrito Federal en 2008.
En respuesta, con el oficio núm. 701/2575/2009 del 2 de septiembre de 2009, la Dirección
General de Programación, Organización y Presupuesto remitió copia del oficio núm.
DGCNCP/2864/2009 del 31 de agosto de 2009, mediante el cual la Dirección General de
Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF,
214 VOLUMEN 5/13
remitió el reporte del registro contable correspondiente al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,
Aportaciones y Transferencias”, que para el ejercicio de 2008 fue el siguiente:
(Miles de pesos)
Registro Presupuestal Contable Concepto
Deudor Acreedor
Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”
24,979.8
Cuenta 52101 “Costo de Operación de Programas” 24,979.8 Cuenta 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 24,979.8
Total 24,979.8 24,979.8 Cuenta 61206 “Presupuesto Ejercido” 24,979.8 Cuenta 61201 “Presupuesto por Ejercer” 24,979.8
Total 24,979.8 24,979.8
Se determinó que las cuentas afectadas y los registros contables corresponden a la estructura
del Catálogo de Cuentas establecida en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2006,
vigente en 2008.
5. Resultado
Por medio del oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, la CMHALDF solicitó a
la PGJDF los oficios con los cuales comunicó a la CGDF el monto global y los beneficios
de las ayudas y donativos otorgados en 2008, en cumplimiento del artículo 504, tercer
párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la Dirección General de
Programación, Organización y Presupuesto proporcionó los oficios núms. 701/0946/2008,
701/1494/2008, 701/1718/2008, 701/2162/2008, 701/2583/2008, 701/2823/2008,
701/3229/2008, 701/3585/2008, 701/3879/2008 y 701/4128/2008, de fechas 31 de marzo,
9 y 27 de mayo, 1o. y 31 de julio, 25 de agosto, 30 de septiembre, 29 de octubre, 28 de
noviembre y 30 de diciembre, respectivamente, todos de 2008, dirigidos a la Contraloría
Interna en la PGJDF, y las relaciones de recursos ejercidos mensualmente en 2008 que
anexó a dichos oficios, en las cuales incluyó información relacionada con los donativos
215 VOLUMEN 5/13
y ayudas para beneficio social o interés público o general a personas físicas o morales
sin fines de carácter político, otorgados durante 2008.
Lo anterior, para dar cumplimiento al oficio núm. CG/DGCI/166/2008 del 19 de marzo
de 2008, signado por la Dirección General de Contralorías Internas, adscrita a la CGDF,
mediante el cual se solicitó el monto global y los beneficios de las ayudas y donativos que
la PGJDF ha otorgado, con la finalidad de atender lo establecido en el artículo 504 del
Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm. 700/0003/10
del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF proporcionó copia
de los oficios núms. 800/01679/2008, 800/02290/2008, 800/02800/2008, 800/03272/2008,
800/03990/2008, 800/04313/2008, 800/04902/2008, 800/05537/2008, 800/05974/2008
y 800/00012/2009, de fechas 4 de abril, 13 de mayo, 4 de junio, 7 de julio, 6 y 29 de agosto,
3 y 31 de octubre y 4 de diciembre de 2008, y 5 de enero de 2009, por medio de
los cuales la Contraloría Interna en la PGJDF informó a la CGDF el monto global y los
beneficios de las ayudas y donativos que la PGJDF otorgó para beneficio social o interés
público sin fines de lucro; así como los reportes de los recursos otorgados en 2008.
Al analizar dicha información se observó que, en cuanto a las partidas 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, el
presupuesto ejercido que se reportó a la Contraloría Interna en la PGJDF (23,395.2 miles
de pesos) corresponde a lo presentado en la Cuenta Pública de 2008.
6. Resultado
Por medio del oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, la CMHALDF solicitó
a la PGJDF los oficios con los cuales informó a la SF sobre los avances en la operación
de los programas o acciones realizadas, la población beneficiaria, el monto de los recursos
otorgados y su distribución.
Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la Dirección General de
Programación, Organización y Presupuesto proporcionó los oficios núms. 701/0948/2008,
701/1422/2008, 701/1717/2008, 701/2174/2008, 701/2584/2008, 701/2822/2008, 701/3239/2008,
216 VOLUMEN 5/13
701/3584/2008, 701/3847/2008 y 701/4127/2008, de fechas 31 de marzo, 6 y 27 de mayo,
1o. y 31 de julio, 25 de agosto, 30 de septiembre, 29 de octubre, 25 de noviembre y 30 de
diciembre, respectivamente, todos de 2008, dirigidos a la Dirección General de Egresos
“A” de la SF; y los reportes mensuales del ejercicio de la partida 4105 “Ayudas Culturales
y Sociales” en 2008 que anexó a dichos oficios.
Se analizó la información proporcionada por la dependencia y se observó que los reportes
mensuales del ejercicio de la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” en 2008
incluyen, entre otros datos, el monto y la fuente de los recursos otorgados, los programas
o acciones ejecutados, la referencia del documento justificativo y comprobatorio que soporta
las erogaciones realizadas, los beneficiarios de los apoyos y el tipo de apoyo otorgado, en
cumplimiento del artículo 502-B, último párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal
vigente en 2008.
Por tratarse de apoyos otorgados a beneficiarios por haber sido víctimas, o alguno de sus
familiares, de delitos como homicidio, fraude, lesiones, y abuso sexual o de autoridad;
así como de apoyos económicos (para hospedaje, traslados y alimentos, entre otros) o en
especie (servicios funerarios y de traslado al lugar de velación y panteón, y pasajes de
cortesía como resultado de averiguaciones previas) otorgados a beneficiarios por haber
sido víctimas, o alguno de sus familiares, de delitos violentos, no se sustentaron en reglas
de operación; sin embargo, se verificó que para la entrega de los mismos se contó con la
autorización correspondiente; y que se precisó claramente a quién y para qué se otorgarían,
los beneficiarios, las condiciones y los requisitos de dichos apoyos, en cumplimiento del
artículo 501-A del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”
7. Resultado
Durante el ejercicio de 2008, la PGJDF otorgó apoyos económicos y en especie
a víctimas del delito, por medio de 36 CLC y 8 documentos múltiples, por un monto de
2,897.5 miles de pesos con cargo a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, de los
cuales se seleccionaron para su revisión 7 CLC y 8 documentos múltiples, por un importe
de 2,606.0 miles de pesos (89.9% del total).
217 VOLUMEN 5/13
En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos económicos
otorgados por la PGJDF a 49 beneficiarios por medio de 2 CLC y 6 documentos múltiples,
expedidos con cargo a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, por un importe
total de 2,509.5 miles de pesos, por haber sido víctimas de diversos delitos, se determinó
lo siguiente:
1. El procedimiento implantado por la PGJDF para otorgar apoyos económicos a víctimas
del delito es como sigue:
a) La Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad
es la unidad administrativa de la PGJDF encargada de prestar atención inmediata
a las víctimas del delito, con apoyo psicológico, jurídico, médico y social en casos
relacionados con violencia intrafamiliar, delitos sexuales, o personas extraviadas
y ausentes, entre otros.
b) Para la consecución de sus fines, la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito
y Servicios a la Comunidad tiene adscritos seis Centros de Atención Especializada:
Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento (CADEVI), Centro de
Apoyo de Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA), Centro de Atención a la
Violencia Intrafamiliar (CAVI), Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos
Sexuales (CTA), Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA)
y Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo (CIVA), por medio de
los cuales se reciben las solicitudes de apoyo, que son archivadas en los expedientes
que se elaboran por cada caso que pueda ser sujeto del apoyo económico respectivo.
c) Para su análisis y autorización, las solicitudes de apoyo se someten a la consideración
del Consejo para la Atención y Apoyo para las Víctimas del Delito, máxima autoridad
financiera del FAAVID, toda vez que entre sus principales funciones están la de
evaluar en sus sesiones las solicitudes de apoyo que las víctimas u ofendidos o,
en su caso, sus beneficiarios, le formulen, tomando en cuenta la naturaleza del delito
y sus consecuencias (el daño psicoemocional y patrimonial sufrido por la víctima
u ofendido); y emitir opinión de procedencia y tipo de apoyo a otorgar, con la
finalidad de disminuir el impacto del delito, para su posterior envío a la PGJDF.
218 VOLUMEN 5/13
d) Para el otorgamiento de los apoyos económicos, los acuerdos aprobados en las
sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo para la Atención y Apoyo para
las Víctimas del Delito son remitidos al Comité Técnico para la Atención y Apoyo a
Víctimas del Delito para que, una vez refrendados por éste, se instruya al Banco
del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI) para que realice
los pagos correspondientes a las víctimas u ofendidos.
e) Para recoger su apoyo económico, los beneficiarios tenían que acreditar su
personalidad mediante la presentación de la copia de un documento de identificación
oficial, de preferencia la credencial del Instituto Federal Electoral (IFE) o el pasaporte,
además del acuerdo firmado y refrendado por el Comité Técnico para la Atención
y Apoyo a Víctimas del Delito.
2. En la segunda sesión extraordinaria del Consejo para la Atención y Apoyo para las
Víctimas del Delito, iniciada el 7 de julio de 2008, la Secretaria Técnica señaló que para
someter a su consideración los casos de víctimas del delito, era requisito indispensable
contar con suficiencia presupuestal en el FAAVID; sin embargo, el asesor financiero
del fondo informó que, aun cuando se contaba con recursos era necesario solicitar
más para atender los casos pendientes como los derivados de los hechos en la discoteca
New’s Divine. Por ello, se acordó solicitar al titular de la PGJDF como Presidente del
Consejo para que ayudara a cubrir los apoyos económicos de los casos pendientes
con recursos propios de la PGJDF y suspender la sesión hasta resolver lo relativo a los
recursos solicitados.
3. El 14 de julio de 2008 se reanudó la segunda sesión extraordinaria del Consejo y en ella
el asesor financiero del FAAVID informó que por instrucciones del titular de la PGJDF
se llevarían a cabo previsiones presupuestales por 2,000.0 miles de pesos (provenientes
de recursos fiscales) para apoyar por única ocasión al Fondo para atender los asuntos
pendientes, previa entrega de una copia del acuerdo aprobado por el Consejo, donde
se especificara el nombre de la víctima, su beneficiario y el monto del apoyo. Además, se
le debían remitir las opiniones de procedencia y determinación de los apoyos económicos
emitidas por el Comité Técnico del Fondo, sustentadas en las averiguaciones previas
respectivas. Cabe mencionar que con dichos recursos la PGJDF pagaría los apoyos
219 VOLUMEN 5/13
que se otorgarían en una sola exhibición, mientras que todos los apoyos mensuales
se canalizarían directamente al Fondo para su pago.
4. Los importes de los apoyos aprobados por el Consejo se descontarían del remanente
de los recursos del FAAVID y, una vez agotados, se utilizarían los recursos
proporcionados por la PGJDF. Para tal efecto, las cartas de instrucción ya no serían
remitidas a BANSEFI sino a la PGJDF.
5. En la segunda sesión extraordinaria del 14 de julio de 2008 también se aprobaron
42 casos que serían cubiertos con presupuesto de la PGJDF; sin embargo, como
los recursos fueron insuficientes y aún quedaban casos pendientes de someter a
consideración del Consejo, se suspendió dicha sesión y se solicitaron 600.0 miles de
pesos más a la PGJDF, con los cuales se atendieron otros siete casos adicionales
que se aprobaron en la sesión, reanudada el 23 de julio del mismo año.
6. En total se aprobó el otorgamiento de apoyos por un importe de 2,509.5 miles de pesos
a 49 víctimas de los siguientes delitos:
(Miles de pesos)
Apoyos otorgados Sesión del Consejo / Concepto Casos
Importe
Segunda extraordinaria del 14 de julio de 2008: Homicidios dolosos 2 140.0 Homicidios culposos 2 100.0 Fraude 1 2.5 Lesiones culposas agravadas 1 50.0 Lesiones dolosas y daños a la propiedad 1 30.0
Subtotal 7 322.5 Abusos de autoridad 12 415.0
Abusos de autoridad y lesiones 14 705.0 Abusos de autoridad, robo y lesiones 1 40.0 Abusos de autoridad, lesiones y homicidio 1 105.0 Homicidios 7 490.0
Subtotal 35 1,755.0 Total 42 2,077.5
Segunda extraordinaria del 23 de julio de 2008: Abusos de autoridad y lesiones 2 70.0 Homicidios 4 280.0 Abuso sexual 1 82.0
Total 7 432.0
Total apoyos 49 2,509.5
220 VOLUMEN 5/13
Se constató que los 49 casos mencionados están soportados con las respectivas
opiniones de procedencia y determinación del apoyo económico por parte del Comité
Técnico del FAAVID, y con los acuerdos de autorización del apoyo por parte del
Consejo del Fondo; además, para tramitar el pago de los apoyos, el Comité Técnico
emitió 49 cartas de instrucción dirigidas a la Dirección General de Programación,
Organización y Presupuesto de la Oficialía Mayor de la PGJDF, en las cuales se hizo
referencia al nombre del beneficiario, monto del apoyo y número de acuerdo de
autorización del Consejo para la Atención y Apoyo para las Víctimas del Delito.
7. Para la obtención de recursos para el pago de los apoyos económicos, se gestionaron
las CLC núms. 14-C0-00-00421 y 14-C0-00-00440 por importes de 2,000.0 y 600.0 miles
de pesos, respectivamente, las cuales reúnen los requisitos establecidos en el apartado
IV.3.1 del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal y el Código Financiero del Distrito Federal, ambos vigentes
en 2008.
Dichas CLC están soportadas con 49 pólizas-cheque, a las cuales se anexaron
48 recibos en los que los beneficiarios firmaron de recibido de los apoyos económicos
y una factura expedida por concepto de la adquisición de material médico para
efectuar un procedimiento quirúrgico de cardiología a una víctima de abuso sexual,
así como copias de las identificaciones oficiales que acreditaron la personalidad de
los 49 beneficiarios.
8. Debido a que sólo se entregaron apoyos económicos por 2,509.5 miles de pesos, se
tramitaron los documentos múltiples núms. 14-C0-00-079, 14-C0-00-087 y 14-C0-00-143,
por un importe de 90.5 miles de pesos, por concepto de reintegro de los recursos no
ejercidos, en cumplimiento del artículo 383 del Código Financiero del Distrito Federal
y del numeral 1 del apartado IV.3.2, “Documento Múltiple”, del Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal,
ambos vigentes en 2008.
Además, se tramitaron los documentos múltiples núms. 14-C0-00-063, 14-C0-00-064
y 14-C0-00-071, en la modalidad de observación de glosa, para hacer correcciones en
221 VOLUMEN 5/13
el cuadro de notas especiales o aclaraciones sin modificar los importes ni los registros
presupuestales.
En conclusión, se constató que las ayudas sociales otorgadas por la PGJDF fueron
debidamente autorizadas y registradas de acuerdo a la naturaleza del gasto; que los apoyos
se entregaron a los beneficiarios correspondientes; y que las CLC expedidas estuvieron
resguardadas y contienen la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos
otorgados, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, ambos vigentes en 2008.
8. Resultado
Se analizó la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos económicos o en
especie otorgados por la PGJDF a 20 beneficiarios, por haber sido ellos o sus familiares
víctimas de delitos violentos, mediante cinco CLC y dos documentos múltiples, expedidos con
cargo a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, por un importe total de 96.5 miles
de pesos y se determinó lo siguiente:
1. El apartado “Normas para el Apoyo a Víctimas del Delito Violento en Área Central”, del Manual de Normas y Procedimientos para el Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento, señala que sólo los casos de víctimas de escasos recursos económicos, serán los que ameriten la gestión de servicios de funeral gratuitos o a bajo costo, y el otorgamiento de pasajes de cortesía y otros servicios asistenciales que se determinen.
2. Para solicitar dichos servicios, las personas que son víctimas de algún delito violento o sus familiares levantan la averiguación previa correspondiente en alguna de las Agencias del Ministerio Público del Distrito Federal. Posteriormente, el Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento (CADEVI), adscrito a la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad de la PGJDF, identifica los casos susceptibles de recibir el apoyo en especie (personas involucradas en casos emergentes o de escasos recursos); elabora las cédulas victimológicas en las que se asientan los datos generales del beneficiario, que es el familiar o la víctima del delito violento; gestiona la entrega del apoyo al beneficiario del mismo; y da seguimiento mediante la fichas de control respectivas.
222 VOLUMEN 5/13
3. Los pagos de los apoyos en especie otorgados a víctimas de delitos violentos se
tramitaron como sigue:
a) Por medio de las CLC núms. 14-C0-00-00144, 14-C0-00-00688, 14-C0-00-00881
y 14-C0-00-01021, por un monto de 26.5 miles de pesos, la PGJDF pagó los
siguientes apoyos:
– Servicios funerarios y de traslado al lugar de velación y panteón de nueve
personas por un importe de 26.4 miles de pesos, como resultado de seis
averiguaciones previas por el delito de homicidio culposo y tres por el delito de
homicidio doloso. La entrega de los recursos se realizó directamente a la agencia
funeraria, con la entrega de la factura respectiva, toda vez que el beneficiario
no recibió apoyo en efectivo alguno, sino únicamente los servicios funerarios.
– Pasajes de cortesía para dos personas por 0.1 miles de pesos, como resultado
de dos averiguaciones previas por el delito de robo en cada caso.
Se constató que las CLC estuvieron soportadas con copias de las averiguaciones
previas, las cédulas victimológicas requisitadas por el CADEVI, la ficha de control
y seguimiento, el oficio de solicitud de los apoyos y las facturas respectivas en los
casos del otorgamiento del servicio funerario o los boletos de autobús en los casos
de pasajes de cortesía.
b) Por medio de la CLC núm. 14-C0-00-00802, por un monto de 100.0 miles de pesos,
la PGJDF cubrió apoyos económicos por un total de 70.0 miles de pesos a 9 de
las 12 personas afectadas por el accidente aéreo del 4 de noviembre de 2008 en el
Distrito Federal, en el que se vio involucrado el titular de la Secretaría de Gobernación,
toda vez que fueron las únicas que solicitaron apoyo económico para hospedaje,
traslados, alimentos, etc., de sus familiares que provenían de otras partes de la
República.
Para ello, el personal del CADEVI realizó entrevistas a los familiares de las víctimas,
las cuales se encontraban hospitalizadas en los nosocomios “Hospital Lomas Verdes”,
223 VOLUMEN 5/13
“Hospital General Rubén Leñero” y “Hospital Español”, con la finalidad de obtener
el reporte médico de su estado de salud y elaborar estudios socioeconómicos
para la integración de los expedientes respectivos.
Se constató que las CLC estuvieron soportadas con copias de las solicitudes de
apoyo; pólizas-cheque y recibos firmados por los beneficiarios de haber recibido
el apoyo económico; identificaciones oficiales que acreditaron la personalidad
de los nueve beneficiarios; y el oficio núm. 600/DSGEM/438/2008-11 de fecha 11 de
noviembre de 2008, por medio del cual la Subprocuraduría de Atención a Víctimas
del Delito y Servicios a la Comunidad, con el visto bueno del C. Procurador General
de Justicia del Distrito Federal, solicitó a la Dirección General de Programación,
Organización y Presupuesto recursos por 70.0 miles de pesos para cubrir los
gastos inmediatos y urgentes derivados de los hechos mencionados.
Debido a que sólo se entregaron apoyos económicos por 70.0 miles de pesos,
se tramitó el documento múltiple núm. 14-C0-00-133, por un importe total de
30.0 miles de pesos, por concepto de reintegro de los recursos no ejercidos,
en cumplimiento del artículo 383 del Código Financiero del Distrito Federal; y del
numeral 1 del apartado IV.3.2, “Documento Múltiple”, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, ambos vigentes en 2008.
También se tramitó el documento múltiple núm. 14-C0-00-110, en la modalidad de
observación de glosa, para hacer correcciones en el cuadro de notas especiales
o aclaraciones sin modificar los importes ni los registros presupuestales.
En conclusión, se constató que las ayudas sociales otorgadas por la PGJDF fueron
debidamente autorizadas y registradas de acuerdo con la naturaleza del gasto, que los
apoyos se entregaron a los beneficiarios respectivos, y que las CLC expedidas estuvieron
resguardadas y contienen la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos
otorgados, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, ambos vigentes en 2008.
224 VOLUMEN 5/13
9. Resultado
Se analizó la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos económicos otorgados
por la PGJDF a SEDAC, por medio de tres CLC expedidas con cargo a la partida 4105
“Ayudas Culturales y Sociales”, por un importe total de 225.0 miles de pesos, por concepto
de la atención prestada a los menores de edad que la PGJDF le canalizó para su atención
por encontrarse en situación de riesgo, peligro o abandono, y se determinó lo siguiente:
1. SEDAC es una institución de asistencia privada que se constituyó el 6 de marzo
de 1992, con objeto de ayudar a toda persona que no cuenta con el salario mínimo
para subsistir, así como para prestar servicios de asistencia jurídica y de albergue a
menores de edad, para su guarda y custodia o bajo tutela legítima de la Casa Hogar,
Casa Cuna, hospitales o centros de reclusión, siempre que hubieren sido víctimas de la
comisión de una conducta tipificada como delito o de un conflicto familiar, principalmente.
2. En 2003, la PGJDF celebró un Convenio de Colaboración con SEDAC, con el propósito
de procurar el beneficio de los menores que se encuentren en circunstancias de
riesgo, peligro o abandono. Cabe señalar que la vigencia del convenio es indefinida,
pudiéndose dar por terminado por cualquiera de las partes mediante aviso por escrito
a la otra parte, con 15 días naturales de anticipación.
3. En dicho convenio se estableció que las obligaciones de SEDAC consistirían en
recibir y atender a los menores que la PGJDF le remita, siempre y cuando contara con
los espacios requeridos; asimismo, proporcionar mensualmente información sobre los
menores que le hayan sido canalizados y prestar asistencia médico-pediátrica,
psicológica, escolar y alimenticia, entre otras, que permitan el sano desarrollo de los
menores que se encuentren bajo su custodia.
Mediante el oficio núm. 208/1553/2009-09 del 17 de septiembre de 2009, la Fiscalía
Central de Investigación para Menores de la Subprocuraduría de Averiguaciones
Previas Centrales informó que durante el ejercicio de 2008 se canalizaron 16 menores
a SEDAC.
4. Por su parte, la PGJDF tendría la obligación de dar asesoría legal a SEDAC, así como
un apoyo económico mensual de 30.0 miles de pesos, a efecto de colaborar en los
225 VOLUMEN 5/13
gastos realizados por la atención de los menores canalizados; llevar a cabo el seguimiento
respecto de cada menor canalizado a SEDAC; y la posibilidad de realizar visitas a sus
instalaciones y de otorgar, en su caso, donativos en especie.
Por lo que se refiere a los recursos entregados a SEDAC en 2008, se observó que
la PGJDF le otorgó 25.0 miles de pesos en lugar de los 30.0 miles de pesos que se
habían estipulado en la cláusula quinta del Convenio de Colaboración. Sobre el particular,
mediante el oficio núm. 700/323/2003 de fecha 20 de mayo de 2003, la Oficialía
Mayor de la PGJDF le informó a la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito
y Servicios a la Comunidad de la PGJDF, que “el Gobierno del Distrito Federal realizó
un recorte en el presupuesto de esta Institución, lo cual implica la implementación
de diversas medidas de austeridad presupuestal y la reorientación de recursos […]
En este sentido [el] Convenio de Colaboración establece en la cláusula [sexta], inciso b),
que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, sin responsabilidad
alguna podrá retirar el apoyo económico a que hace referencia la cláusula quinta del
referido Convenio de Colaboración, porque no exista disponibilidad presupuestal.
Por medio de la Nota Informativa sin número de fecha 17 de septiembre de 2003,
la Oficialía Mayor de la PGJDF hizo del conocimiento del titular de la dependencia
que “el pasado 29 de agosto [de 2003] se efectuó una reunión de trabajo con […]
representantes de Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, I.A.P., con el
propósito de explorar alternativas que permitieran reactivar los apoyos que la Procuraduría
estaría en posibilidades de otorgar, atendiendo a la disponibilidad presupuestal.
”Derivado de las políticas de ahorro instrumentadas a la fecha, y con el espíritu de
respaldar los Convenios de Colaboración de la Procuraduría, me permito someter a
su acuerdo la autorización para entregar 25 mil pesos mensuales […] a la Institución
de Asistencia Privada en cita”; sin embargo, la cláusula quinta del Convenio de
Colaboración no fue modificada para asentar el monto real del donativo que en lo
sucesivo se otorgaría a SEDAC.
Cabe mencionar que la nota informativa de referencia contó con firma de Vo.Bo. del titular
de la PGJDF y que en el ejercicio de 2008 SEDAC siempre le solicitó a la PGJDF
recursos por 25.0 miles de pesos.
226 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010, por
medio de la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
informó que “en el convenio que se suscriba en el ejercicio fiscal del 2010, se tomarán
las debidas precauciones de asentar las obligaciones por parte de las áreas involucradas
[…] en el Convenio de Colaboración”.
De acuerdo con el argumento expuesto por la PGJDF, se confirma que si bien la PGJDF
tenía la atribución para retirarle el apoyo económico a SEDAC por la falta de
disponibilidad presupuestal, el titular autorizó que se le entregara un importe menor
al convenido; sin embargo, la Cláusula Quinta del Convenio de Colaboración no fue
actualizada con el monto real del donativo que se otorga al SEDAC, por lo que
la observación del presente numeral no se modifica.
Lo anterior denota fallas de control interno, ya que la PGJDF no efectuó la modificación
por escrito de los convenios que suscribe, cuando los montos de los donativos pactados
no se ajustan al importe realmente otorgado, por lo que incumplió el artículo 16, fracción I,
inciso e), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, que establece lo siguiente:
“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones
y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo
más oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse
adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados financieros
confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones.”
En cuanto a la realización de visitas a las instalaciones de SEDAC, mediante el oficio
núm. 208/1553/2009-09 de fecha 17 de septiembre de 2009, la Fiscalía Central de
Investigación para Menores de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales
227 VOLUMEN 5/13
informó que durante el ejercicio de 2008 no se tuvo evidencia de que se hayan efectuado
visitas a las instalaciones de SEDAC. Cabe mencionar que la cláusula décima segunda
del citado convenio no estableció que dichas visitas deberían realizarse obligatoriamente.
5. También se establecieron para ambas partes las obligaciones de elaborar programas
conjuntos y evaluar los resultados de los mismos mediante la integración de una comisión
con sus representantes; celebrar reuniones de trabajo bimestrales para analizar el avance
de la situación jurídica de los menores canalizados a SEDAC; y celebrar encuentros
y/o talleres en materia de adopción, violencia familiar y escuela para padres.
Mediante el oficio núm. 208/1553/2009-09 del 17 de septiembre de 2009, la Fiscalía
Central de Investigación para Menores de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas
Centrales informó que no se tiene evidencia de que se hayan integrado comisiones de
trabajo, ni de que se hayan celebrado reuniones bimestrales para analizar el avance
de la situación jurídica de los menores canalizados. Tampoco se celebraron encuentros
y/o talleres en materia de adopción, violencia familiar y escuela para padres.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó la nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,
por medio de la cual la Dirección General de Organización, Programación y Presupuesto
informó que “en el convenio que se suscriba en el ejercicio fiscal del 2010, se tomarán las
debidas precauciones de […] hacer cumplir lo contenido en el Convenio de Colaboración”.
Al analizar lo expuesto por la PGJDF, se confirmó que durante 2008 la dependencia
no atendió las cláusulas décima, décima tercera y décima cuarta del Convenio de
Colaboración, que disponen:
“Décima.- Con el propósito de elaborar programas conjuntos y evaluar los resultados
de los mismo, las partes convienen en integrar una comisión con representantes de
ambas […]
”Décima Tercera.- Las partes se comprometen a celebrar reuniones de trabajo
bimestrales para analizar el avance de la situación jurídica de los menores canalizados
a ‘La Institución’.”
228 VOLUMEN 5/13
”Décima Cuarta.- Para el mejor cumplimiento de los fines de este Convenio, las partes
celebrarán encuentros y/o talleres de manera conjunta, sobre adopción, violencia
familiar y escuela para padres.”
Lo anterior denota deficiencias de control interno en la verificación del cumplimiento
de dichas cláusulas, por lo que no se observó el artículo 16, fracción I, inciso h), del
Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, que establece lo siguiente:
“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
”h) Control del sistema de información. Los titulares deben llevar actividades control
en todo el proceso de obtención de información, desde la generación de los documentos
fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así como su archivo y su custodia.”
6. Para que la PGJDF otorgara el apoyo económico, SEDAC debía solicitar por escrito los
recursos dentro de los primeros 10 días de cada mes, acompañado de un informe en el
cual especificara el número de los menores atendidos durante el mes inmediato anterior.
Se constató que SEDAC realizó en forma mensual la solicitud de recursos a la PGJDF,
a la cual incluyó informes respecto al total de menores atendidos, como se muestra a
continuación:
Mes Menores atendidos
Enero 53 Febrero 57 Marzo 55 Abril 59 Mayo 60 Junio 56 Julio 56 Agosto 61 Septiembre 58 Octubre 48 Noviembre 59 Diciembre 52 Total 674
229 VOLUMEN 5/13
Cabe señalar que dicha cantidad incluye tanto a los menores que ya se encontraban
en las instalaciones de SEDAC desde años anteriores, como a los que le remitieron
la PGJDF y otras instituciones durante 2008.
7. Por medio de las CLC núms. 14-C0-00-00121, 14-C0-00-00473 y 14-C0-00-00715,
por montos de 50.0 miles de pesos, 100.0 miles de pesos y 75.0 miles de pesos,
respectivamente, la PGJDF entregó a SEDAC donativos por un total de 225.0 miles
de pesos.
Dichas CLC reúnen los requisitos establecidos en el apartado IV.3.1 del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del
Distrito Federal y el Código Financiero del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008;
y están soportadas con tres recibos de donativo emitidos por SEDAC, los cuales
reúnen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal
de la Federación vigente en 2008, así como con los oficios de solicitud de recursos
correspondientes.
8. Respecto al registro presupuestal de los donativos entregados a SEDAC, la PGJDF
afectó la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”; sin embargo, de acuerdo
con los criterios establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del
Distrito Federal, debió afectar presupuestalmente la partida 4108 “Ayudas y Donativos
a Instituciones sin Fines de Lucro”, toda vez que en la partida 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales” se registran las “asignaciones destinadas a otorgar ayudas en
dinero o en especie a grupos familiares o personas físicas o morales, con la finalidad de
promover entre la población de escasos recursos actividades educativas y deportivas
tales como: espectáculos, conciertos, festivales y otros eventos similares, así como para
ayudar a la satisfacción de sus necesidades económicas, como son: alimentación, vestido,
alojamiento, ayudas de maternidad, matrimonio, viudez y orfandad, así como gastos de
funeral, entre otros”. Cabe señalar que la PGJDF no argumentó nada sobre el particular.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó el oficio núm. 701/013/2010 del 5 de enero de 2010, por medio
230 VOLUMEN 5/13
del cual realizó una consulta a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad
y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF, con la finalidad de
determinar si el registro presupuestal de los donativos en la partida 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales” era adecuado o se debía realizar en la partida 4108 “Ayudas y
Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”; sin embargo, no proporcionó la respuesta
emitida por la SF sobre la consulta realizada.
Por no registrar el gasto de acuerdo con su naturaleza, la PGJDF incumplió el artículo 471,
fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que establece:
“Las dependencias […] deberán llevar los registros del ejercicio de sus presupuestos
autorizados, observando para ello que se realicen: […] II. Con sujeción a los capítulos,
conceptos y partidas del Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría”;
tampoco observó el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito
Federal, el cual señala que en la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin
Fines de Lucro” se deben registrar las “asignaciones en dinero o en especie destinadas
a instituciones privadas sin fines de lucro, que presten servicios de carácter social
y cultural, tales como: escuelas, institutos, universidades, centros de investigación,
hospitales, museos, etc.”.
9. Se efectuó la confirmación de operaciones con SEDAC, quien informó que los recursos
que le fueron suministrados se utilizaron para la alimentación de los menores; el pago de
servicios médicos, de suministro de gas y de combustible; la realización de estudios
de laboratorio; y la compra de medicamentos y de material escolar. Como resultado, se
constató que la información y documentación que SEDAC proporcionó a la CMHALDF
coincide con la proporcionada por la PGJDF durante la revisión.
En conclusión, se constató que la PGJDF efectivamente otorgó los donativos a SEDAC,
y que las CLC expedidas estuvieron resguardadas y contienen la documentación justificativa y
comprobatoria de los apoyos otorgados, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito
Federal y del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008. Sin embargo, los donativos otorgados
no fueron registrados de acuerdo con la naturaleza del gasto y algunas de las obligaciones
contenidas en el Convenio de Colaboración no se llevaron a cabo durante 2008.
231 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-131-08-03-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control para garantizar que en el Convenio de Colaboración suscrito
con Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, Institución de Asistencia Privada, se
estipule el monto real del donativo que le otorgue la dependencia.
Recomendación ASC-131-08-04-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control para garantizar que se elaboren programas conjuntos entre las
dependencias y Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, Institución de Asistencia
Privada, y se evalúen los resultados, que se celebren reuniones de trabajo para analizar
el avance de la situación jurídica de los menores canalizados a dicha institución y que
se celebren los encuentros y/o talleres convenidos, en cumplimiento del Convenio de
Colaboración suscrito.
Recomendación ASC-131-08-05-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control para asegurarse de que las erogaciones por concepto de donativos
a instituciones sin fines de lucro se registren con cargo a la partida que corresponda a la
naturaleza del gasto, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno
del Distrito Federal y con el Código Financiero del Distrito Federal.
Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”
10. Resultado
Durante el ejercicio de 2008, la PGJDF otorgó donativos al Consejo Ciudadano de Seguridad
Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, por medio de seis CLC por un monto
de 20,197.7 miles de pesos con cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin
Fines de Lucro”. De dichas CLC se seleccionó para su revisión la documentación justificativa
y comprobatoria que soporta la expedición de cuatro, por un importe de 16,934.5 miles
de pesos (83.8% del total), y se determinó lo siguiente:
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1. El Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito
Federal tiene su origen en el “Acuerdo por el que se crea el Consejo Ciudadano de
Seguridad Pública y Procuración de Justicia”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 22 de enero de 2007, en el cual se establece que es un órgano de consulta,
análisis y participación ciudadana en materia de seguridad pública, procuración de
justicia, cultura cívica, atención a víctimas del delito, y prevención y readaptación social.
El Consejo Ciudadano es un organismo de la sociedad civil integrado por 25 consejeros
ciudadanos, a invitación del Jefe de Gobierno (uno de los cuales fungirá como presidente);
los titulares de las Secretarías de Gobierno y de la SSP, de la PGJDF y de la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales (los cuales fungirán como consejeros gubernamentales);
y un Secretario Ejecutivo. Entre sus objetivos están generar mecanismos de denuncia
ciudadana, en estrecha colaboración con las autoridades, tanto locales como federales;
y aplicar programas que atiendan aspectos específicos de la seguridad pública y de la
procuración de justicia. Para tal efecto, el Consejo Ciudadano convocará y organizará
a los ciudadanos para realizar diversas acciones, en cumplimiento de sus objetivos,
bajo el principio: “Pasar de la protesta a la propuesta y a la acción”.
2. Con fecha 30 de marzo de 2007, el Consejo Ciudadano suscribió un Convenio
General de Colaboración con la SSP y la PGJDF, con una vigencia indefinida, que
sólo podría darse por terminada por acuerdo de las partes de manera anticipada en el
momento que consideren que se ha cumplido su objeto. Dicho convenio tuvo como
objeto establecer la coordinación entre las dependencias del Gobierno del Distrito
Federal y el Consejo Ciudadano para colaborar en las materias de seguridad pública,
prevención del delito, procuración y administración de justicia, así como en el desarrollo
de programas y proyectos conjuntos, teniendo como base una adecuada comunicación
y apoyo presupuestal para la realización de las acciones concretas que reflejen sus
resultados en beneficio colectivo de los habitantes del Distrito Federal.
En la cláusula segunda del Convenio General de Colaboración se estableció que las
partes podrán celebrar y formalizar convenios específicos en los que se establezcan
de manera clara y específica, entre otros puntos, los recursos financieros, materiales
y económicos que, en su caso, cada una de las partes aportará para la realización
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de cada convenio de colaboración específico que se formalice con base en el Convenio
General; y las limitaciones o autorizaciones que en su caso se fijarán para los resultados
documentales o materiales que se obtengan de la ejecución de los convenios específicos
de colaboración que se celebren. Además, las partes garantizarán el cumplimiento de
todas y cada una de las obligaciones a que se comprometen en la celebración de cada
convenio específico de colaboración que formalicen.
Cabe señalar que el seguimiento al cumplimiento del objeto del Convenio General de
Colaboración se llevaría a cabo mediante las reuniones de trabajo celebradas en el seno
del Consejo Ciudadano.
3. Con fecha 31 de marzo de 2008, la PGJDF celebró un Convenio de Colaboración
específico con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
del Distrito Federal, con una vigencia indefinida que sólo podría darse por terminada
por acuerdo de las partes de manera anticipada en el momento en que consideren que
se ha cumplido con su objeto, cuando alguna de las partes no le sea posible seguir
cumpliendo el objeto del mismo, por caso fortuito o fuerza mayor, o cuando se afecten
los intereses de alguna de las partes para lo cual se formalizarán los instrumentos
jurídicos que correspondan. Dicho convenio tuvo como objeto refrendar y fortalecer la
coordinación entre las partes para colaborar en las materias de prevención del delito
y procuración de justicia, así como en el desarrollo de programas y proyectos conjuntos,
teniendo como base una adecuada comunicación y apoyo presupuestal para la realización
de acciones concretas que reflejen sus resultados en beneficio colectivo de los habitantes
del Distrito Federal.
Finalmente, se indicó que las partes no tendrían responsabilidad civil alguna por daños
y perjuicios que pudieran causarse por retraso, mora e incumplimiento total o parcial
del Convenio de Colaboración específico, como consecuencia de caso fortuito o de
fuerza mayor.
Conforme a las cláusulas segunda “Proyectos”, el Consejo Ciudadano se obligaría
a continuar fortaleciendo el sistema asistencia telefónica y a llevar a cabo encuestas de
opinión para evaluar la percepción de la ciudadanía en materia de seguridad pública
234 VOLUMEN 5/13
y procuración de justicia entre la población, a fin de conocer las circunstancias que
generan la inseguridad y establecer programas de prevención del delito.
La PGJDF proporcionó una encuesta de victimización y eficacia institucional que realizó
el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), en colaboración con el
Consejo Ciudadano, en la cual se asentaron, entre otras conclusiones relacionadas
con los índices de actividad delictiva, que a diciembre de 2008, aproximadamente, en uno
de cada cuatro hogares un miembro de la familia sufre un delito en un lapso de cuatro
meses; que se registra una alta tasa de llamadas de extorsión entre la ciudadanía;
y que los ciudadanos siguen insatisfechos con el desempeño de la policía, el Ministerio
Público y los Jueces.
La PGJDF también proporcionó la Memoria Enero 2007-Mayo 2009, elaborada por el
Consejo Ciudadano, donde este último señaló que cuenta con una capacidad
instalada para atender más de 46 mil llamadas diarias, y que trabaja los 365 días del
año, las 24 horas del día. Además, en dicha memoria se indicó que a mayo de 2009
se tienen implementados los siguientes programas:
Programa Características
“Denuncia Ciudadana” Se pueden iniciar averiguaciones previas cuando ocurra robo a domicilio o a un negocio sin violencia. En caso de que la víctima decida comunicarse a los teléfonos del Consejo Ciudadano, éste enviará a su domicilio una pareja de Agentes Ciudadanos especializados y por medio de una videocomunicación iniciarán y enviarán la averiguación previa al Ministerio Público; la víctima sólo tendrá que ratificar los hechos.
“No más Extorsiones Telefónicas”
Su operación inició el 3 de diciembre de 2007; las modalidades de extorsión más recurrentes son: mensajes vía celular, ganador de sorteos (Boletazo, Tele juegos, etc.), supuestos familiares secuestrados o parientes que vienen del extranjero; amenazas (de secuestro, muerte o golpes); y supuestas deudas y agresiones de presuntos integrantes de “Los Zetas”.
“Capacitación e Impartición de Talleres”
Está dirigido al personal de la SSP y de la PGJDF, con el fin de sensibilizar y mejorar su trato en la atención a víctimas del delito.
“Protejamos a mi Colonia” Su propósito es generar el prototipo de una colonia modelo en seguridad, donde todos participan, y que sirva para replicar las medidas adoptadas en otras zonas de la ciudad; su operación inició en la colonia Condesa y ya se está aplicando en la colonia Narvarte.
“Viajemos Seguras” En conjunto con el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, pretende evitar el abuso sexual en el Sistema de Transporte Colectivo Metro. Cuenta con cinco módulos de atención, ubicados en las estaciones Indios Verdes, Pantitlán, Balderas, Hidalgo y Pino Suárez.
Continúa…
235 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Programa Características
“Amigos del Consejo” Son colaboradores honorarios que reportan aspectos de seguridad o de equipamiento urbano. Los informes son enviados a las autoridades y, una vez obtenida la respuesta, ésta se transmite al propio amigo por medio de un mecanismo digital de pulsera.
“Recompensas” Consiste en recabar información de actos ligados a los delitos de privación ilegal de la libertad y de homicidio. Es un programa vinculado con la PGJDF, toda vez que se acoge al sistema de retribuciones ciudadanas.
“Reporte Ciudadano (REC)” Ofrece transparencia y certidumbre a la población respecto a las actividades que realiza cada vehículo policial y sus tripulantes.
“Consejeros Ciudadanos Vecinales”
Su lema es: “Mi compromiso: si veo algo o sé algo, denuncio”. En mayo de 2009, mediante convocatoria abierta, se alcanzó una base de datos superior a 94 mil personas aceptadas.
“Taxista Seguro” Consiste en que los usuarios evalúen a los conductores mediante cuestionario, con la finalidad de mejorar la calidad en el servicio y la seguridad a bordo de los vehículos.
“Terminales Seguras” En conjunto con la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo (CANAPAT), se instalaron módulos de atención en las cuatro centrales camioneras para que, en caso de que los visitantes sean víctimas de un robo, puedan denunciarlo vía Internet, ante las autoridades competentes (Ministerio Público Virtual).
“Alianza por el Turismo” Consiste en proporcionar asesoría jurídica o, en su caso, acompañamiento ante el Ministerio Público, a los turistas nacionales e internacionales que hubiesen sido víctimas de un robo o de cualquier otro delito.
“No te laves la Manos” Su lema es: “Si ves o sabes algo ¡Denuncia!”. Su propósito es propiciar la cultura de la denuncia, toda vez que los ciudadanos no pueden considerarse ajenos al entorno.
“Protejamos Nuestros Aeropuertos”
Consiste en el incremento de elementos de protección ciudadana y de policías judiciales, el ajuste de su zona de patrullaje, y una mejor coordinación con la Policía Federal y con autoridades de seguridad del aeropuerto para la atención inmediata de emergencias y mejorar la seguridad, tanto en el interior de las Terminales 1 y 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, como en las 12 colonias aledañas.
4. En la cláusula cuarta “Recursos”, se estipuló que para coadyuvar en la ejecución de
los proyectos que desarrolle el Consejo Ciudadano, la PGJDF realizaría las gestiones
que correspondan ante la SF para transferirle recursos financieros.
La PGJDF gestionó ante la SF la autorización de las afectaciones programático-
presupuestarias núms. C-14-C0-00-028, C-14-C0-00-036, C-14-C0-00-064
y C-14-C0-00-077, del 2 y 9 de abril, 19 de mayo y 19 de junio de 2008, respectivamente,
para contar con los 20,197.7 miles de pesos que entregó como donativo al Consejo
Ciudadano por medio de las CLC núms. 14-C0-00-00130, 14-C0-00-00132,
14-C0-00-00245, 14-C0-00-00345, 14-C0-00-00503 y 14-C0-00-00609, del 9 y 10 de
abril, 20 de mayo, 19 de junio, 7 de agosto y 1o. de octubre de 2008, respectivamente.
236 VOLUMEN 5/13
Se constató que las CLC estuvieron soportadas con copias de las afectaciones
programático-presupuestarias con las cuales se gestionaron ante la SF las transferencias
de los recursos al Consejo Ciudadano, del Acuerdo por el que se creó el Consejo
Ciudadano, y de los Convenios de Colaboración general y específico. Éstos últimos
están firmados por el titular de la PGJDF autorizando la entrega de donativos al citado
Consejo Ciudadano.
Cabe mencionar que la PGJDF proporcionó por separado seis recibos expedidos por
el Consejo Ciudadano, que comprueban la recepción de los donativos, pero éstos
no se archivaron anexos a las CLC.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,
por medio de la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
informó que “se procedió al archivo de los recibos de Donativos expedidos por el
Consejo Ciudadano en las CLC correspondientes, y se han tomado las medidas
correctivas para evitar que en el futuro se repita dicha omisión”. Asimismo, entregó
copia del oficio núm. 701/3594/2009 del 23 de diciembre de 2009, mediante el cual el
titular de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto instruyó
a la Dirección de Programación y Presupuesto para que la documentación soporte de
las CLC sea archivada correctamente. Sin embargo, no se proporcionó evidencia
de que la documentación relacionada con los donativos al Consejo Ciudadano se
estén archivando adecuadamente, por lo que la observación del presente numeral
no se modifica.
Por no archivar adecuadamente los recibos de donativos en las CLC correspondientes,
la PGJDF denota deficiencias de control interno, por lo cual incumplió el artículo 16,
fracción I, incisos c) y h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
El artículo 16, fracción I, inciso c) establecen lo siguiente:
“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
237 VOLUMEN 5/13
”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos
y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe
estar disponible para su verificación.”
Además, en la citada cláusula cuarta no se precisaron en forma clara los recursos
financieros, materiales y económicos que, en su caso, el Consejo Ciudadano y la PGJDF
aportarían para su realización, por lo que la dependencia incumplió el inciso c) de
la cláusula segunda “Convenios Específicos” del Convenio General de Colaboración,
que dispone:
“Segunda. Convenios Específicos. Para la realización del objeto del presente instrumento
jurídico, las partes se coordinarán y formalizarán los convenios específicos que se
requieran; en dichos instrumentos jurídicos se establecerán de manera clara y específica,
entre los más importantes, los siguientes puntos […]
”c) Especificar los recursos financieros, materiales y económicos que, en su caso,
cada una de las partes aportará para la realización de cada convenio específico de
colaboración que se formalice con base al presente, de conformidad con las disposiciones
legales que rigen el ejercicio de los recursos públicos.”
5. En el Convenio de Colaboración específico no se indica cómo se determinará el
monto de los donativos a entregar al Consejo Ciudadano; además, la PGJDF no contó
con evidencia de que el Consejo Ciudadano le haya solicitado la entrega de recursos
por 20,197.7 miles de pesos.
La dependencia únicamente proporcionó copia del “Calendario de Donativos al
Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del DF a través
de transferencia electrónica”, en el cual se asentó la fecha en que se requerían
los recursos financieros, el nombre de la dependencia aportante de los recursos, la
determinación de los recursos a transferir y el mes en que la PGJDF debía realizar
transferencias al Consejo Ciudadano, por 20,197.7 miles de pesos, para operar
los programas “Denuncia Ciudadana”, “Recompensas” y “Viajemos Seguras”; crear
indicadores de desempeño judicial en el Distrito Federal y la página de Internet del
Consejo; realizar una encuesta de victimización en conjunto con el CIDE, el Primer
238 VOLUMEN 5/13
Congreso Nacional de Consejos Ciudadanos y la Feria de Prevención del Delito;
poner en marcha los programas “Extorsión Telefónica” y “Protejamos a mi Colonia”;
instalar un Centro de Atención Telefónica para el programa “Denuncia Ciudadana” y la
atención a extranjeros que sean víctimas de robo; e implementar cursos y talleres
dirigidos a servidores públicos de la Policía Judicial y Ministerios Públicos, según se
indicó en el Cuadro Ejecutivo “Programas y actividades permanentes que desarrolla
el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito
Federal (Mayo de 2007 a Mayo de 2008)”.
Cabe señalar que el calendario y el cuadro ejecutivo están en una hoja sin membrete
del Consejo y no cuentan con el nombre ni la firma de quienes lo elaboraron, revisaron
y autorizaron, lo cual denota deficiencias de control interno.
Respecto a la solicitud de los recursos financieros durante 2008, la PGJDF informó que,
derivado de pláticas con representantes del Consejo Ciudadano, éstos manifestaron
que su Presidente se reunió en varias ocasiones con el Procurador General de
Justicia del Distrito Federal para tratar asuntos relativos a los recursos que se
requerían para la operación del Consejo Ciudadano, y que en una de ellas se entregó
al Procurador, en sobre cerrado, un oficio en el cual se solicitaban los recursos de
referencia; sin embargo, no se proporcionó evidencia de que la solicitud de los recursos
se realizó formalmente.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la
PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010, por
medio de la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
informó que “en lo sucesivo se requerirá al Consejo Ciudadano que en lo relativo
a los apoyos de recursos que le sean solicitados al Jefe de Gobierno o al Procurador
General de Justicia del Distrito Federal, se remita a la Oficialía Mayor la solicitud de
recursos para poder contar con el respaldo correspondiente”.
Al analizar el argumento expuesto por la PGJDF, se confirmó la observación señalada
en el presente numeral.
239 VOLUMEN 5/13
Por no contar con evidencia documental de que el Consejo Ciudadano realizó la
solicitud de los recursos formalmente, sino únicamente con una hoja sin membrete en
la que sólo se asentó la fecha en que se requerían los recursos financieros, el monto
de los recursos a transferir, y el mes en que la PGJDF debía realizar las transferencias,
la cual no indica el nombre ni la firma de quien la elaboró, revisó y autorizó, la PGJDF
incumplió el artículo 16, fracción I, inciso h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de
Control”, y fracción I, del Quinto Lineamiento: “Supervisión” de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007. La fracción I
del Quinto Lineamiento dispone:
“I. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal, contar con un sistema de control idóneo y eficiente, así
como mantener su actualización y fortalecerlo constantemente para conservarlo en un
nivel óptimo, y asegurar que funciona adecuadamente, por lo tanto periódicamente deben
evaluar la eficacia del sistema de control interno […]; asimismo, deben asegurarse
que la evaluación aporte si está funcionando adecuadamente, de lo contrario, con
oportunidad proceder a su corrección y fortalecimiento”.
6. Conforme a la cláusula quinta “Entregables” del Convenio, el Consejo Ciudadano se
obligaría a presentar por escrito, al término de cada ejercicio, un informe del detalle de
las actividades realizadas en materia de procuración de justicia y de la aplicación
de los recursos otorgados por la PGJDF.
La dependencia entregó diversos reportes correspondientes a la consecución de acuerdos
en el Marco del Consejo Local de Seguridad Pública; sin embargo, no proporcionó el
informe anual de las actividades realizadas en materia de procuración de justicia a
que hace referencia dicha cláusula. En cuanto a la aplicación de los 20,197.7 miles de
pesos entregados al Consejo, se proporcionó el cuadro “Aplicación de las Aportaciones
de la PGJDF al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
del DF en el año 2008”, en el cual se indica que para servicios personales se destinaron
10,726.2 miles de pesos; para la adquisición de recursos materiales, 3,972.3 miles de
pesos; para el pago de servicios, 1,540.1 miles de pesos; y para el sistema de vinculación
ciudadana, 3,959.1 miles de pesos; sin embargo, dicho cuadro está en una hoja
240 VOLUMEN 5/13
sin membrete del Consejo y no cuenta con el nombre ni con la firma de quien lo
elaboró, revisó y autorizó, lo cual denota deficiencias de control interno.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, el titular de la Oficialía
Mayor de la PGJDF no presentó información alguna relacionada con la presente
observación, por lo que ésta no se modifica.
Por lo anterior, la PGJDF no atendió la cláusula quinta “Entregables” del Convenio de
Colaboración específico, que dispone: “Quinta. Entregables. El ‘Consejo’, al término
de cada ejercicio presentará por escrito a la ‘Procuraduría’, un informe en el que se
rinda el detalle de las actividades realizadas en materia de procuración de justicia, y la
aplicación de los recursos que aporte la Procuraduría”; ni el artículo 16, fracción I,
incisos c), e) y h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
7. En la cláusula octava del Convenio de Colaboración específico se estableció que su
evaluación y seguimiento se llevarían a cabo conforme a las reglas establecidas en el
Convenio General de Colaboración, es decir, mediante reuniones de trabajo que se
realizarían en el seno del Consejo Ciudadano.
La PGJDF proporcionó copia del acta de la sesión extraordinaria de la Asamblea
General del Consejo Ciudadano, celebrada en el mes de agosto de 2008, en la cual
su Presidente informó al titular de la dependencia las actividades realizadas con fecha
de corte el día de la sesión, como sigue:
a) El Centro de Atención Telefónica atendió 37,846 llamadas relacionadas con
extorsiones que se evitaron en el momento; 30,879 de personas que estaban en
proceso de atender llamadas de extorsión y 2,727 de personas que ya habían
entregado el importe solicitado por la extorsión. Se reciben en promedio de 400
a 500 llamadas diarias, con un índice de 3.7% de llamadas perdidas.
b) Del programa “Denuncia Ciudadana” se recibieron 16,460 llamadas y se dieron
15,361 asesorías.
241 VOLUMEN 5/13
c) Del programa “Viajemos Seguras”, en el Metro, se tuvieron 472 intervenciones,
314 asesoramientos y 142 casos de probables puestas a responsabilidad por delitos
de acoso sexual; además, se ha ejercido la acción penal en contra de 53 personas
por el delito de hostigamiento sexual.
d) Con el programa “Protejamos a la Condesa”, el índice delictivo se redujo en más
de 24.0% y las puestas a disposición se incrementaron en más de 400.0%.
e) Del programa “Protejamos a la Narvarte”, sólo se habían recibido 12 llamadas, se
realizaron 3 canalizaciones a la SSP y 9 a las autoridades delegacionales, debido
a su reciente implementación.
f) Se pondrían en marcha la ejecución de los programas “Recompensas”, “Reporte
Ciudadano (REC)”, y la evaluación ciudadana a los cuerpos de policía y la “Pre
denuncia por Internet”.
8. En la cláusula décima primera del Convenio de Colaboración específico se estableció
que cualquier asunto que no se encuentre previsto será resuelto de común acuerdo entre
las partes en un grupo de trabajo, conformado por personal de la PGJDF, por conducto
de su Oficial Mayor y auxiliado por el Director General de Programación, Organización
y Presupuesto, y con el Consejo Ciudadano, mediante su Presidente. Todo acuerdo
que se tome quedaría asentado en minutas de trabajo o actas circunstanciadas,
las cuales formarán parte como anexos del Convenio de Colaboración específico
en el momento de su formalización.
Mediante el oficio núm. 701/2731/2009 de fecha 17 de septiembre de 2009, la Dirección
General de Programación, Organización y Presupuesto informó que “durante 2008
no […] realizó reuniones de trabajo entre la PGJDF y el Consejo Ciudadano”.
9. Se efectuó la confirmación de operaciones con el Consejo Ciudadano, quien remitió
un cuadro en el cual indicó que los 20,197.7 miles de pesos entregados por la PGJDF
como donativo los aplicó en la ejecución de los programas “Denuncia Ciudadana”, “No
más Extorsiones Telefónicas”, “Protejamos a mi Colonia”, “Reporte Ciudadano (REC)”,
“Alianza por el Turismo”, “Viajemos Seguras”, “Recompensas” y “Consejeros Ciudadanos
242 VOLUMEN 5/13
Vecinales”; y para la realización de estudios, evaluaciones y encuestas. Como resultado,
se constató que la información asentada en la documentación que se entregó a la
CMHALDF coincide con la que contienen los documentos proporcionados por la PGJDF
durante la revisión.
En conclusión, se constató que los donativos fueron registrados de acuerdo con la
naturaleza del gasto y recibidos por el Consejo Ciudadano para la consecución de sus
fines, que las CLC expedidas estuvieron resguardadas, y que se contó con los recibos
de donativos emitidos por el Consejo Ciudadano y con las afectaciones programático-
presupuestarias que se tramitaron para contar con los recursos respectivos, en cumplimiento
del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes
en 2008; sin embargo, se determinó que en el Convenio de Colaboración específico no se
precisaron en forma clara los recursos financieros, materiales y económicos que, en su
caso, la PGJDF y el Consejo Ciudadano aportarían para su realización, y que éste último
no presentó al sujeto fiscalizado el informe anual del detalle de las actividades realizadas
en materia de procuración de justicia.
Además, se determinaron deficiencias de control interno, toda vez que los recibos
no se archivaron anexos a las CLC y los formatos “Calendario de Donativos al Consejo
Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del DF a través de transferencia
electrónica” y “Aplicación de las Aportaciones de la PGJDF al Consejo Ciudadano
de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del DF en el año 2008” se elaboraron
en hojas sin membrete del Consejo y no tenían el nombre ni la firma de quien lo elaboró,
revisó y autorizó.
Recomendación ASC-131-08-06-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control y de supervisión para garantizar que la documentación
comprobatoria de la entrega de donativos al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública
y Procuración de Justicia del Distrito Federal se archive debidamente en las Cuentas
por Liquidar Certificadas que soportan las erogaciones realizadas.
243 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-131-08-07-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control para garantizar que los apoyos económicos que se entreguen al
Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal
estén debidamente solicitados con el nombre y la firma autógrafa de quien lo solicita,
y con el membrete del Consejo Ciudadano.
Recomendación ASC-131-08-08-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control para garantizar que en el Convenio de Colaboración específico
que se formalice con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
del Distrito Federal se establezcan en forma clara y específica cómo se determinarán los
recursos financieros, materiales y económicos que, en su caso, cada una de las partes
aportará para su realización, en cumplimiento al Convenio General de Colaboración con la
Secretaría de Seguridad Pública y el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración
de Justicia del Distrito Federal.
Recomendación ASC-131-08-09-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control, supervisión y seguimiento para garantizar que los informes anuales
de actividades del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
del Distrito Federal le sean remitidos con oportunidad; que contengan como mínimo la
aplicación de los recursos, las actividades realizadas y el nombre y la firma autógrafa
de quien los formuló, revisó y autorizó; y que se elaboren en hojas con membrete del
Consejo Ciudadano, con la finalidad de dar cumplimiento al Convenio de Colaboración
específico con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
del Distrito Federal.
244 VOLUMEN 5/13
I.16.2.2. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”
Auditoría ASC/132/08
ANTECEDENTES
De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008, en el capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
(PGJDF) ejerció un presupuesto de 130,486.9 miles de pesos, que representó el 3.2% de
su gasto total (4,038,993.3 miles de pesos) y fue superior en 17.2% (19,114.6 miles
de pesos) al asignado originalmente, de 111,372.3 miles de pesos. Respecto al presupuesto
ejercido en 2007 (78,597.2 miles de pesos), dicho importe representó un incremento
de 51,889.7 miles de pesos (66.0%).
Del presupuesto ejercido por la PGJDF en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
(130,486.9 miles de pesos), destacó el correspondiente a las partidas 5101
“Mobiliario” (14,761.0 miles de pesos), 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones” (43,105.4 miles de pesos), 5206 “Bienes Informáticos” (28,748.0 miles
de pesos) y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de
Programas Públicos” (42,377.0 miles de pesos). En conjunto, el gasto de esas partidas
ascendió a 128,991.4 miles de pesos, que significaron el 98.9% del total del capítulo
y el 3.2% del gasto de la PGJDF.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por
la PGJDF con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se haya ajustado al
presupuesto autorizado y ejercido; y que se encuentre justificado, comprobado, devengado
y registrado conforme a la normatividad aplicable.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”
(por tratarse de un rubro de gasto que en el ejercicio en revisión presentó variaciones
245 VOLUMEN 5/13
significativas entre el monto presupuestado y el ejercido, así como respecto al registrado
en el ejercicio inmediato anterior) y “Presencia y Cobertura” (por ser un rubro susceptible
de auditarse por haberse reportado en la Cuenta Pública), contenidos en el Manual de
Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal (CMHALDF) vigente a partir del 11 de julio de 2007.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;
y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
2o., fracción X; 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o.,13 y 16
de su Reglamento Interior.
ALCANCE
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra”
del presente informe, se seleccionaron como muestra cuatro de las cinco partidas de
gasto que integraron el presupuesto que la PGJDF ejerció en el capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles” en 2008 (130,486.9 miles de pesos), por medio de 42 Cuentas por
Liquidar Certificadas (CLC).
Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2008 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de
Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a esta entidad de fiscalización.
De las cuatro partidas seleccionadas, se revisó una muestra de 13 CLC, por 74,678.6 miles
de pesos, que representa el 57.2% del monto ejercido con cargo al capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles”, así como su documentación justificativa y comprobatoria.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Programación, Organización
y Presupuesto (DGPOP), la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
246 VOLUMEN 5/13
(DGRMSG) y la Dirección General de Tecnología y Sistemas Informáticos (DGTSI),
adscritas a la Oficialía Mayor de la PGJDF. La primera, por ser la encargada de administrar
y vigilar el ejercicio del presupuesto anual de la Procuraduría, proponer las modificaciones
programáticas y presupuestales que se requirieran, e integrar y mantener actualizados
los documentos normativo-administrativos de carácter interno necesarios para el buen
funcionamiento de la institución; la segunda, porque es la encargada de administrar y
abastecer los recursos materiales, y proporcionar los servicios generales a las unidades
administrativas de la PGJDF; y la última, por ser responsable de dotar a la dependencia
de equipos de telecomunicaciones, e implementar sistemas y apoyo tecnológico para
el desempeño eficiente, eficaz y oportuno de las funciones encomendadas a ésta.
Se analizó el Manual de Organización General de la PGJDF vigente en el ejercicio de 2008,
en el cual se indican las funciones de las Direcciones Generales antes mencionadas, para
verificar que fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que, junto con los
Manuales de Normas y Procedimientos aplicables al rubro en revisión, estuviera autorizado
por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor
del Gobierno del Distrito Federal (OMGDF).
Se analizaron 20 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos
asignados al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se verificaron las causas por las
cuales se incrementó dicho presupuesto y se constató que se contara con la documentación
soporte de las modificaciones efectuadas.
Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno a servidores
públicos de las Direcciones Generales de Programación, Organización y Presupuesto;
de Recursos Materiales y Servicios Generales; y de Tecnología y Sistemas Informáticos,
adscritas a la Oficialía Mayor de la PGJDF.
Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos aplicables
al rubro en revisión hayan estado en operación durante el período auditado y que la
normatividad vigente en 2008 se haya observado. Particularmente, las pruebas consistieron
en lo siguiente:
247 VOLUMEN 5/13
1. Se verificó que la adquisición de mobiliario, equipo y aparatos de comunicaciones
y telecomunicaciones, bienes informáticos y vehículos estuviera prevista en el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios; y soportada con
requisiciones autorizadas por el personal facultado para ello; que se haya contado
con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación de los Subcomités de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, de Intercomunicaciones
o de Informática, según corresponda; que las operaciones se hayan formalizado
mediante contratos, en los plazos establecidos; que se hayan realizado estudios de
precios de mercado; que los proveedores hayan presentado las garantías aplicables
en los plazos establecidos; que, previamente a la adquisición de los bienes, se haya
verificado que no hubiera existencia de ellos en el almacén; y que los procedimientos
de licitación pública, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y adjudicación
directa seleccionados como muestra se hayan ajustado a los montos de actuación
autorizados y a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, a la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno) al Código Financiero del Distrito Federal y al Manual Administrativo
de la PGJDF vigentes en 2008.
2. Se verificó que los bienes hayan sido recibidos por la PGJDF y cumplido las
especificaciones establecidas en las requisiciones y en los contratos; que los pagos
a los proveedores se hayan sujetado a las condiciones pactadas en los contratos; que
se hayan aplicado correctamente las sanciones o descuentos a proveedores por
entregas incompletas o extemporáneas de bienes; y que, en caso de incumplimiento de
los contratos, se hayan hecho efectivas las garantías correspondientes, en cumplimiento
del Código Financiero del Distrito Federal y de los Manuales Administrativo y de Normas
y Procedimientos de la PGJDF vigentes en 2008.
3. Se constató que los bienes muebles adquiridos en 2008 estén correctamente
registrados en el padrón inventarial de la PGJDF y cuenten con formato de resguardo
debidamente requisitado; que se encuentren en uso en el área de adscripción indicada
en los resguardos respectivos; que estén protegidos físicamente y asegurados; que, en
los casos de siniestros, se haya efectuado oportunamente el trámite de recuperación
248 VOLUMEN 5/13
correspondiente; y que la adquisición de bienes restringidos con cargo al capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” haya contado con la autorización de la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OMGDF.
4. Se verificó que la PGJDF haya conservado la documentación original justificativa
y comprobatoria de los pagos realizados; que los proveedores hayan entregado
comprobantes de pago (facturas) a nombre del Gobierno del Distrito Federal-PGJDF
y que éstos cumplieran los requisitos fiscales que estableció el Código Fiscal de la
Federación vigente en 2008; que los gastos se hayan registrado en las partidas que
correspondían de acuerdo con su naturaleza; que se haya reportado a la SF en tiempo
y forma el pasivo circulante del ejercicio 2007 pagado en 2008, y del ejercicio 2008
pagado en 2009, correspondiente a las partidas del capítulo 5000 “Bienes Muebles
e Inmuebles”; y que los recursos no ejercidos y, en su caso, los rendimientos que
generaron al 31 de diciembre de 2008 hayan sido enterados a la SF en los plazos
establecidos, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del
Distrito Federal vigentes en 2008.
En cuanto a las pruebas sustantivas, éstas consistieron en integrar por partidas el presupuesto
ejercido con cargo al rubro revisado; verificar que las cifras reportadas por el sujeto
fiscalizado a la SF coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008; verificar
los registros presupuestales y el importe contabilizado por la Subsecretaría de Egresos;
verificar que se contara con evidencia de la recepción de los bienes en el almacén y de su
salida de éste (entradas y salidas del almacén); y constatar que se contara con expedientes
debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores
con los cuales se pactaron adquisiciones.
El alcance al nivel de partida de gasto se señala a continuación:
Partida 5101 “Mobiliario”
Se revisó el 38.6% (5,695.4 miles de pesos) del importe ejercido (14,761.0 miles de pesos)
mediante cuatro CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.
249 VOLUMEN 5/13
Se revisó el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores
núm. IRN/PGJDF/DACS-018/08 para la adquisición de 280 sillas periqueras, 358 escritorios
secretariales de madera, 2,900 sillas secretariales, 50 mesas auxiliares, 50 archiveros
metálicos de 11 gavetas, 5 archiveros de 5 gavetas y 48 mesas de tipo plegable para las
agencias del Ministerio Público y áreas administrativas de la PGJDF; y la documentación
que comprueba los pagos realizados, por un importe de 5,695.4 miles de pesos. Además,
se efectuó la inspección física de 179 de los 3,691 bienes muebles adquiridos con
los proveedores Rodhermueblemex, S.A. de C.V.; Spazios Innovación en Conceptos de
Oficina, S.A. de C.V.; y Armai Muebles, S.A. de C.V., con los cuales se formalizaron los
contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008, PGJDF/DACS-091/2008 y PGJDF/DACS-092/2008,
respectivamente; y se confirmaron operaciones con dichos proveedores.
Partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
Se revisó el 17.7% (7,635.8 miles de pesos) del importe ejercido en la partida 5204
(43,105.4 miles de pesos) mediante dos CLC, así como su documentación justificativa
y comprobatoria.
Se revisó un procedimiento de adjudicación directa para la adquisición de 1,500 radios
portátiles, 300 radios móviles, 80 radios base, 1,500 clips giratorios y 1,880 licencias de
software, con la finalidad de cubrir el 100.0% del equipamiento de la PGJDF en materia
de radiocomunicación; asimismo, se examinó la documentación que comprueba los pagos
realizados, por un importe de 7,635.8 miles de pesos. Se efectuó la inspección física de
102 de los 1,880 radios adquiridos al proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., con el
que se formalizó el contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008; y se confirmaron operaciones
con dicho proveedor.
Partida 5206 “Bienes Informáticos”
Se revisó el 99.7% (28,667.8 miles de pesos) del importe ejercido (28,748.0 miles de pesos)
mediante tres CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.
Se revisó el procedimiento de licitación pública internacional núm. 30100001-011-08 para
la adquisición de 1,700 equipos de fuerza ininterrumpida UPS y 1,656 computadoras,
250 VOLUMEN 5/13
para sustituir los bienes dañados y obsoletos y mantener en óptimas condiciones la
infraestructura de la PGJDF, y la documentación que comprueba los pagos realizados,
por un importe de 28,667.8 miles de pesos. Además, se efectuó la inspección física
de 139 de los 3,356 bienes informáticos adquiridos con los proveedores Conectividad
en Equipos de Telecomunicaciones, S.A. de C.V., y Eclecsis Sinergia y Tecnología,
S. de R. L., con los cuales se formalizaron los contratos núms. PGJDF/DACS-085/2008 y
PGJDF/DACS-086/2008, respectivamente; y se confirmaron operaciones con los proveedores.
Partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
Se revisó el 77.1% (32,679.6 miles de pesos) del importe ejercido (42,377.0 miles de pesos)
mediante cuatro CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.
Se revisó el expediente relativo al procedimiento de licitación pública internacional
núm. 30100001-012-08 que se efectuó para la adquisición de 148 automóviles,
77 motocicletas, 14 camionetas, 4 camiones y 4 microbuses, a fin de contar con un parque
vehicular en óptimas condiciones para el desempeño de las funciones y programas
inherentes a la procuración de justicia a cargo de la dependencia; así como la
documentación que comprueba los pagos realizados por un importe de 32,679.6 miles de
pesos. Además, se efectuó la inspección física de 41 de los 247 vehículos adquiridos
con los proveedores Comercializadora Promotodo, S.A. de C.V.; Auto Comercial Sica,
S.A. de C.V.; Autos Orientales, S.A. de C.V.; y Kasa Automotriz, S.A. de C.V., con los cuales
se formalizaron los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008, PGJDF/DACS-094/2008,
PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008, respectivamente; y se confirmaron
operaciones con los proveedores.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el estudio y evaluación del control interno, con la finalidad de tener una base sobre la
cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría,
se analizaron el Dictamen de Estructura Orgánica y el Manual de Organización General
de la PGJDF vigentes en 2008, a efecto de identificar su estructura orgánica, los
objetivos, las funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran
251 VOLUMEN 5/13
y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También, se revisaron los Manuales
de Normas y Procedimientos de la dependencia, con objeto de verificar los que fueron
aplicados por las unidades administrativas responsables de justificar, autorizar, ejercer,
devengar, comprobar, y registrar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 5000
“Bienes Muebles e Inmuebles”. Al respecto, se constató lo siguiente:
1. Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. OM/1514/2001 de fecha 31 de agosto de 2001, la OMGDF
autorizó a la PGJDF el Dictamen de Estructura Orgánica núm. 168/2001 vigente a partir
del 1o. de septiembre de 2001. En dicho dictamen se previeron una Oficialía Mayor y
cinco Subprocuradurías: de Averiguaciones Previas Centrales, de Averiguaciones Previas
Desconcentradas, de Procesos, Jurídica y de Derechos Humanos, y de Atención a Víctimas
del Delito y Servicios a la Comunidad.
2. Manual Administrativo
a) Manual de Organización. La PGJDF contó con un Manual de Organización General
autorizado por la CGMA de la OMGDF mediante el oficio núm. CGMA/2913/06 de
fecha 13 de diciembre de 2006, vigente a partir de esa misma fecha y registrado con el
núm. MA-14000-168/01. Dicho documento es congruente con el Dictamen de Estructura
Orgánica núm. 168/2001 mencionado, y define los objetivos, funciones, atribuciones y
responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas
que integran la dependencia; sin embargo, no fue publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal.
b) Manuales de Normas y Procedimientos. La PGJDF contó con 85 manuales de normas
y procedimientos elaborados con base en el Dictamen de Estructura Orgánica
núm. 168/2001; sin embargo, sólo 34 fueron registrados ante la CGMA de la OMGDF
por medio de los oficios núms. CGMA/2123/04, CGMA/2376/04, CGMA/2683/04 y
CGMA/3001/04 de fechas 23 de julio, 13 de agosto, 21 de septiembre y 18 de octubre
de 2004, respectivamente; CGMA/0176/05 y CGMA/0178/05, ambos del 27 de enero
de 2005; CGMA/0723/05, CGMA/1048/05 y CGMA/1088/05, del 6 de abril, 11 y 17 de
mayo de 2005, respectivamente; CGMA/1253/05 y CGMA/1257/05, ambos de fecha
252 VOLUMEN 5/13
2 de junio de 2005; CGMA/1597/05 y CGMA/1599/05, los dos del 8 de julio de 2005;
CGMA/1593/05 y CGMA/1595/05, ambos del 11 de julio de 2005; CGMA/2290/05 del
7 de octubre de 2005; CGMA/0244/06, CGMA/1689/06 y CGMA/2803/06 del 25 de
enero, 27 de junio y 27 de noviembre de 2006, respectivamente; CGMA/DDO/2970/07
del 19 de septiembre de 2007; CGMA/DDO/1420/08 y CGMA/DDO/3486/08 del
25 de junio y 18 de diciembre de 2008, en ese orden; y CGMA/DDO/0121/09,
CGMA/DDO/0440/09 y CGMA/DDO/1058/09 del 19 de enero, 10 de febrero y 13 de abril
de 2009, respectivamente. De dichos manuales se revisaron ocho que están relacionados
con el desarrollo de la auditoría y, en particular, de cada uno de ellos se revisaron
los procedimientos que se mencionan a continuación:
● Manual de Normas y Procedimientos para la Recepción, Control y Suministro
de Bienes Muebles
Recepción de Bienes Muebles en el Almacén Central. Incluye actividades relacionadas
con la recepción de los bienes muebles en el almacén central de la PGJDF.
Recepción de Bienes Muebles en las Unidades Administrativas. Incluye actividades
relacionadas con la recepción de los bienes muebles fuera del almacén central,
es decir, directamente en las unidades administrativas de la PGJDF.
● Manual de Normas y Procedimientos para la Adquisición de Bienes, Arrendamientos
y Contratación de Servicios
Planeación, Programación y Presupuestación de las Adquisiciones, Arrendamientos
y Contratación de Servicios. Incluye actividades relacionadas con la elaboración
del programa anual de adquisiciones de la PGJDF.
Adquisición de Bienes, Arrendamientos y Contratación de Servicios a través de
Licitación Pública. Incluye actividades relacionadas con el proceso de licitación
pública, desde la elaboración de las requisiciones de bienes o servicios, hasta la
formalización de los contratos adjudicados.
Adquisición de Bienes, Arrendamientos y Contratación de Servicios a través de
Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores o por Adjudicación
253 VOLUMEN 5/13
Directa. Incluye actividades relacionadas con el proceso de invitación restringida
o adjudicación directa, desde la elaboración de la requisición de bienes o servicios,
hasta la formalización de los contratos adjudicados.
● Manual de Normas y Procedimientos para el Control Inventarial de Bienes
Instrumentales
Alta de Bienes Instrumentales en el Padrón Inventarial. Incluye actividades
relacionadas con el alta en el padrón inventarial de la PGJDF de todos aquellos
bienes instrumentales susceptibles de inventariar, la asignación de un número de
inventario y la colocación de una etiqueta de identificación; así como la integración
de un expediente por cada uno de los bienes instrumentales dados de alta.
Levantamiento de Inventario Físico de Bienes Instrumentales. Incluye actividades
relacionadas con el levantamiento del inventario físico de los bienes con que
cuenta la PGJDF y la verificación de los resguardos correspondientes.
● Manual de Normas y Procedimientos para Efectuar el Cobro del Seguro por Concepto
de Bienes Patrimoniales Siniestrados
Reclamación y Cobro del Seguro por Concepto de Bienes Muebles e Inmuebles.
Incluye actividades relativas al mecanismo aplicable por parte de la PGJDF para
realizar el reclamo y cobro del seguro en aquellos casos en que sus bienes
patrimoniales sufran algún siniestro.
Reclamación y Cobro del Seguro por Concepto de Vehículos Siniestrados. Incluye
actividades relacionadas con el mecanismo aplicable por parte de la PGJDF para
realizar el reclamo y cobro del seguro de los vehículos que sufran algún siniestro.
● Manual de Normas y Procedimientos para la Asignación, Mantenimiento y Suministro
de Equipo de Cómputo
Suministro de Bienes Informáticos. Incluye actividades relacionadas con la solicitud
de bienes informáticos y su salida del almacén.
254 VOLUMEN 5/13
Asignación de Equipo de Cómputo. Incluye actividades relacionadas con la solicitud
y suministro de equipo de cómputo, con la asignación de dicho equipo y con la
elaboración del resguardo respectivo.
● Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración y Validación de la Cuenta
por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte
Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Trámite de Pago de Viáticos,
Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos para Investigación Oficiales y Otras
Erogaciones. Indica los documentos que deberán anexar las unidades administrativas
para tramitar el pago de las CLC, como solicitudes de recursos por las unidades
administrativas correspondientes, facturas, recibos, nóminas, estimaciones de obra,
laudos y plantillas de liquidación, y oficios de ministración de viáticos, entre otros.
● Manual de Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal
de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Asignación del Presupuesto a las Unidades Ejecutoras del Gasto. Incluye actividades
relacionadas con la asignación y registro del presupuesto por parte de la DGPOP
y con la comprobación de las erogaciones por parte de las unidades ejecutoras
del gasto.
Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias. Incluye actividades relacionadas con
la adecuación del techo financiero y adecuaciones al presupuesto.
Autorización de Disponibilidad Presupuestal. Incluye actividades relacionadas con
la solicitud de suficiencia presupuestal por parte de las unidades administrativas
de la PGJDF, vía oficio y con el llenado del formato denominado “Autorización de
Disponibilidad Presupuestal”.
● Manual de Normas y Procedimientos para el Control y Registro de Pasivos y Pago
de Retenciones
Control y Registro del Pasivo en la Adquisición de Bienes Muebles y de Consumo.
Incluye actividades relacionadas con el registro y control de los pasivos que se
255 VOLUMEN 5/13
originen por el pago de bienes muebles y de consumo en un ejercicio distinto
al de su adquisición.
Cabe mencionar que la relación de los procedimientos que integran los manuales de
normas y procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
3. Evaluación del Control Interno
Para la evaluación del control interno, se analizaron el marco normativo y el Manual
Administrativo de la PGJDF vigente en 2008, integrado por los Manuales de Organización
y de Normas y Procedimientos; se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de
control interno a servidores públicos de las Direcciones Generales de Programación,
Operación y Presupuesto, de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Tecnología
y Sistemas Informáticos, adscritas a la Oficialía Mayor de la PGJDF, responsables de
justificar, autorizar, ejercer, devengar, comprobar y registrar las erogaciones efectuadas
con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a
revisión y, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control vigentes en 2008
y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de
control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración
de los riesgos de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la PGJDF
en cuanto al ejercicio del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, estableció mecanismos
que, en general, hacen factible la administración de riesgos relativos a irregularidades
e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas están estructuradas conforme a las
funciones asignadas en el Manual de Organización General del sujeto fiscalizado, ello
contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las
operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite
delimitar las responsabilidades.
Sin embargo, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan en
el apartado de resultados.
256 VOLUMEN 5/13
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
A partir del total de recursos ejercidos por la PGJDF con cargo al capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles” y derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de
planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno,
se determinó revisar 13 CLC con cargo a cuatro de las cinco partidas de gasto que
integraron el presupuesto ejercido, las cuales sumaron un monto de 74,678.6 miles de
pesos, que representa el 57.2% del universo (130,486.9 miles de pesos). Las partidas
seleccionadas fueron la 5101 “Mobiliario”, la 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones”, la 5206 “Bienes Informáticos” y la 5303 “Vehículos y Equipo Destinados
a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, que fueron las más significativas
en cuanto al presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
La muestra sujeta a revisión se integró como sigue:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Universo Muestra CLC % CLC % Número Importe Número Importe
5101 “Mobiliario” 15 14,761.0 11.3 4 5,695.4 38.6 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
14
43,105.4
33.0
2
7,635.8
17.7
5206 “Bienes Informáticos” 4 28,748.0 22.0 3 28,667.8 99.7 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”
2
1,495.5
1.2
0
0.0
0.0
5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
7
42,377.0
32.5
4
32,679.6
77.1
Total 42 130,486.9 100.0 13 74,678.6 57.2
Para seleccionar las CLC sujetas a revisión, se consideraron los siguientes criterios:
1. Seleccionar por lo menos un procedimiento de cada uno de los que se efectuaron
(adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación
pública) con cargo a las partidas del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”,
siempre y cuando se hubiesen realizado y concluido en 2008.
2. En su caso, seleccionar el procedimiento de adjudicación más representativo realizado
con cargo a cada partida del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
257 VOLUMEN 5/13
3. De los contratos derivados de los procedimientos seleccionados, revisar los pagos
efectuados con recursos fiscales de la PGJDF sin considerar los realizados con recursos
del Fondo de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal (FOSEGDF).
Por lo anterior, la muestra sujeta a revisión se integró por dos licitaciones públicas
internacionales, una invitación restringida a cuando menos tres proveedores y una
adjudicación directa, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Universo Muestra Partida/Procedimiento de adjudicación Procedimiento CLC Importe % Procedimiento CLC Importe %
5101 “Mobiliario” Licitación pública nacional 1 11 9,065.6 61.4 0 0 0.0 0.0 Invitación restringida a cuando menos tres proveedores
1
4
5,695.4
38.6
1
4
5,695.4
38.6
Subtotal 2 15 14,761.0 100.0 1 4 5,695.4 38.6
5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
Adjudicación directa 1 2 7,635.8 17.7 1 2 7,635.8 17.7 Licitación pública internacional 1 1 3,680.0 8.5 0 0 0.0 0.0 Licitación pública realizada en 2007 1 10 31,372.4 72.8 0 0 0.0 0.0 Invitación restringida a cuando menos tres proveedores realizada en 2007
1
1
417.2
1.0
0
0
0.0
0.0
Subtotal 4 14 43,105.4 100.0 1 2 7,635.8 17.7
5206 “Bienes Informáticos” Licitación pública internacional 1 3 28,667.8 99.7 1 3 28,667.8 99.7 Adjudicación directa realizada en 2007 1 1 80.2 0.3 0 0 0.0 0.0
Subtotal 2 4 28,748.0 100.0 1 3 28,667.8 99.7
5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
Licitación pública internacional 1 4 32,679.6 77.1 1 4 32,679.6 77.1 Adjudicación directa 1 3 9,697.4 22.9 0 0 0.0 0.0
Subtotal 2 7 42,377.0 100.0 0 4 32,679.6 77.1
Total 10 42* 130,486.9* 4 13 74,678.6 57.2
* Incluye 2 CLC por 1,495.5 miles de pesos, expedidas con cargo a la partida 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”, las cuales no fueron objeto de revisión.
Adicionalmente, para verificar la existencia de los bienes muebles adquiridos con cargo
a las partidas 5101 “Mobiliario”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones” y 5206 “Bienes Informáticos”, las entradas al almacén y las salidas
de éste de los bienes y los resguardados correspondientes, mediante muestreo estadístico,
con un nivel de confianza de 95.0% y un margen de error de 2.0%, se seleccionó una muestra
de 179 piezas de mobiliario, 102 equipos de radiocomunicación y 139 equipos informáticos
258 VOLUMEN 5/13
de un universo de 3,691 piezas de mobiliario, 1,880 equipos de radiocomunicación
y 3,356 equipos informáticos que fueron adquiridos por la PGJDF en 2008 a los proveedores
seleccionados para su revisión.
Por lo que respecta a los 247 vehículos adquiridos con cargo a la partida 5303 “Vehículos
y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” en 2008
a los proveedores con los que se confirmaron operaciones, se determinó revisar del
contrato más representativo por su importe (núm. PGJDF/DACS-095/2008 para la compra
de 85 vehículos), mediante muestreo estadístico, con un nivel de confianza de 90.0%
y un margen de error de 0.1%, una muestra de 41 vehículos adquiridos para verificar su
existencia, los comprobantes de almacén de sus entradas y salidas y sus resguardos
correspondientes.
RESULTADOS
1. Resultado
Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la DGPOP de la PGJDF
proporcionó a la CMHALDF el Manual Administrativo (apartado de organización), elaborado
conforme al Dictamen de Estructura Orgánica núm. 168/2001, e informó que estuvo
vigente en 2008; así como los Manuales de Normas y Procedimientos vigentes en 2008.
De su análisis se desprende lo siguiente:
1. Con el oficio núm. CGMA/2913/06 de fecha 13 de diciembre de 2006, la Coordinación
General de Modernización Administrativa de la OMGDF registró el Manual de
Organización General de la PGJDF con el número de registro MA-14000-168/01.
Dicho manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,
atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área, y se sujeta a la estructura
orgánica correspondiente al Dictamen de Estructura Orgánica núm. 168/2001, que fue
autorizado por la OMGDF mediante el oficio núm. OM/1514/2001 del 31 de agosto
de 2001.
2. La PGJDF contó en 2008 con los Manuales de Normas y Procedimientos para la
Recepción, Control y Suministro de Bienes Muebles; para la Adquisición de Bienes,
259 VOLUMEN 5/13
Arrendamientos y Contratación de Servicios; para el Control Inventarial de Bienes
Instrumentales; para Efectuar el Cobro del Seguro por Concepto de Bienes Patrimoniales
Siniestrados; para la Asignación, Mantenimiento y Suministro de Equipo de Cómputo;
para la Elaboración y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación
Soporte; para el Ejercicio y Control Presupuestal de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal; y para el Control y Registro de Pasivos y Pago de Retenciones,
integrados al Manual Administrativo de la dependencia, para regular las operaciones
realizadas con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, de los cuales
únicamente los Manuales de Normas y Procedimientos para la Elaboración y Validación
de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte; para la Recepción,
Control y Suministro de Bienes Muebles; para la Adquisición de Bienes, Arrendamientos
y Contratación de Servicios; y para el Control Inventarial de Bienes Instrumentales,
fueron registrados ante la CGMA de la OMGDF por medio de los oficios núms.
CGMA/2376/04, CGMA/3001/04, CGMA/1088/05 y CGMA/1257/05, del 13 de agosto
y 18 de octubre de 2004 y 17 de mayo y 2 de junio de 2005, respectivamente.
Respecto al motivo por el cual no se tramitó ante la CGMA de la OMGDF el registro
de los cuatro Manuales de Normas y Procedimientos restantes, por medio del oficio
sin número del 23 de septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos
Administrativos de la DGPOP informó que “los manuales […] han sido registrados
ante la Coordinación General de Modernización Administrativa a partir de la autorización
de la estructura vigente mediante dictamen 168/2001”; sin embargo, la PGJDF no
proporcionó evidencia de que se haya tramitado el registro de referencia, por lo que
incumplió el numeral 4.4.2, del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro
de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007, que
dispone:
“4.4.2. Los titulares de las Dependencias […] están obligados a elaborar sus Manuales
Administrativos y a remitirlos a la CGMA para su revisión, dictamen y, en su caso,
registro.”
260 VOLUMEN 5/13
3. Cuatro de dieciséis procedimientos internos analizados no están actualizados, como
se indica a continuación:
a) El procedimiento “Asignación de Equipo de Cómputo”, del Manual de Normas
y Procedimientos para la Asignación, Mantenimiento y Suministro de Equipo de
Cómputo, vigente desde 1996, no ha sido actualizado, toda vez que hace referencia
a Subdelegaciones Administrativas que no están contempladas en el Manual de
Organización General de la PGJDF.
b) El procedimiento “Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de
Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal de la PGJDF,
vigente desde 1998, no ha sido actualizado, toda vez que hace referencia a áreas
que no se mencionan en el Manual de Organización General de la PGJDF y no
contempla la operación del Sistema Institucional del Control de Egresos (SICE).
c) El procedimiento “Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Trámite de
Pago de Viáticos, Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos para Investigación
Oficiales y Otras Erogaciones”, del Manual de Normas y Procedimientos para la
Elaboración y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación
Soporte, vigente a partir de 2004, no ha sido actualizado, toda vez que no
contempla la operación del SICE.
d) El procedimiento “Control y Registro del Pasivo en la Adquisición de Bienes
Muebles y de Consumo”, del Manual de Normas y Procedimientos para el Control
y Registro de Pasivos y Pago de Retenciones, vigente a partir de 1997, no ha sido
actualizado, toda vez que hace referencia a áreas que no se mencionan en el Manual
de Organización General de la PGJDF y no contempla la operación del SICE.
Al respecto, mediante oficio sin número de fecha 29 de septiembre de 2009, la
Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos de la DGPOP informó
que a esa fecha “se han actualizado 15 procedimientos, y se encuentran en proceso
de actualización los Manuales de Normas y Procedimientos correspondientes a las
Direcciones Generales de Política y Estadística Criminal, de Tecnología y Sistemas
Informáticos, del Albergue Temporal y de Recursos Humanos”.
261 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,
por medio de la cual el Director de Organización y Procedimientos Administrativos
de la DGPOP indicó lo siguiente:
“Durante los años 2008 y 2009 se ha realizado un proceso de actualización de
25 Manuales de Normas y Procedimientos, a solicitud de esta Dirección General
de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), con respuesta favorable de
algunos titulares de las unidades administrativas, 11 en el año 2008 y 14 en el año 2009.
Sin embargo, con la publicación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2008, así como con la próxima
aparición del Reglamento de dicha Ley, será imperiosa la actualización de todos los
manuales (más de 180) que actualmente conforman los instrumentos normativo-
administrativos con que opera la PGJDF.
”En este sentido, se ha elaborado un programa de trabajo detallado […] para cumplir
con este objetivo, el cual contiene las actividades, responsables y tiempos para la
realización de cada una de las etapas del proceso. Incluye desde la solicitud de la DGPOP
a los titulares de las unidades administrativas, como los responsables de mantener
actualizados dichos documentos para que elaboren sus proyectos, hasta la autorización
y registro de todos los manuales ante la Coordinación General de Modernización
Administrativa, y la publicación de aquellos que de acuerdo a la normatividad deba
realizarse, a excepción de los que a criterio del titular de la unidad administrativa
se consideren confidenciales, motivo por el cual no son susceptibles de publicarse.”
Además, la DGPOP indicó al calce del programa de trabajo detallado que éste
“iniciará una vez que se haya publicado el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de
la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y los tiempos y plazos en él
establecidos, están condicionados a la presentación en tiempo y forma de los proyectos
de Manuales Administrativos que deberán elaborar las Unidades Responsables de la
Institución, así como a que no exista otro impedimento de tipo legal, humano o material
que lo limite”.
262 VOLUMEN 5/13
De acuerdo con los argumentos expuestos y la documentación proporcionada por
la PGJDF, se confirma que el apartado de procedimientos del manual administrativo
no ha sido actualizado, por lo que la DGPOP elaboró el “Programa de Actualización
de Manuales Administrativos”; en consecuencia, las observaciones del presente
numeral no se modifican.
Por no actualizar su Manual Administrativo, en su apartado de procedimientos,
la PGJDF incumplió el numeral 4.4.14 del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen
y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a
partir del 13 de abril de 2007, que dispone: “Los titulares de las Dependencias […] son los
responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la
aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación
de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas”.
Además, se infringió el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer Lineamiento:
“Ambiente de Control” de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 9 de abril de 2007, que establece: “e) Manuales de organización y de
procedimientos. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de organización
y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional y a las
atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en cada
caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos los
procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán
de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.
4. La dependencia cuenta con un Manual de Normas y Procedimientos para la Asignación
de Bienes al Personal Operativo de la Policía Judicial; sin embargo, la PGJDF no
cuenta con un procedimiento sustantivo que establezca secuencial y ordenadamente,
la forma de controlar la asignación de los vehículos adquiridos al resto del personal
de la dependencia y los mecanismos para resguardarlos.
263 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm.
700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF
proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010, por medio
del cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales informó
que, respecto a “las actividades para regular la asignación de vehículos al resto del
personal de la PGJDF, esto se hace en apego a lo establecido en el Manual de
Normas y Procedimientos para el Control y Mantenimiento Vehicular, el cual establece
en su cuarto párrafo, sección 5, página 3, que a la letra indica: ‘La Subdirección
de Control de Vehículos deberá registrar la asignación de vehículos a través del
Resguardo de Vehículos […] mismo que deberá contener los datos generales
del servidor público que tenga bajo su resguardo vehículos de la Institución, así como
las características del mismo, siendo esta una función de la Subdirección de Control
Vehicular establecida en el Manual de Organización Específico de la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales, sección VI, hoja 34”.
Del análisis a la información presentada por la PGJDF, se constató que si bien la
dependencia cuenta con un procedimiento, elaborado el 1o. de diciembre de 2000,
relacionado con la asignación y resguardo de vehículos para el personal distinto del
operativo de la Policía Judicial, dicho procedimiento no está actualizado, toda vez
que hace referencia a la Subdirección de Control de Vehículos y en el Manual
de Organización General de la PGJDF vigente la denominación es Subdirección de
Control Vehicular.
Por no actualizar su Manual Administrativo, en su apartado de procedimientos, que
incluye el Manual de Normas y Procedimientos para el Control y Mantenimiento
Vehicular, la PGJDF incumplió el numeral 4.4.14 del subapartado 4.4, “Revisión,
Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a
partir del 13 de abril de 2007, y el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer
Lineamiento: “Ambiente de Control” de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
264 VOLUMEN 5/13
5. El Manual de Organización General y la relación de los procedimientos que integran
los Manuales de Normas y Procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal. Al respecto, por medio de oficio sin número de fecha 23 de
septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos,
adscrita a la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF, informó que “en los archivos
de esta Dirección no se cuenta con los motivos o explicación técnica del porque no
se publicó”.
En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,
por medio de la cual la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos
de la DGPOP informó que “en la memoria documental de esta Dirección de Área
no se encuentra expediente que avale el razonamiento que soporte la desatención
observada, sin embargo como ya ha sido señalado, en el programa de trabajo está
considerada la publicación del manual en comento”.
Los argumentos expuestos por la PGJDF y el Programa de Actualización de
Manuales Administrativos proporcionado, confirman que el Manual de Organización
General y la relación de procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, y que en el programa referido se tiene contemplada dicha publicación;
por ello, la observación del presente numeral no se modifica.
Por no publicar el Manual Administrativo (apartado de organización) ni la relación de los
procedimientos, la PGJDF incumplió el numeral 4.4.10 del subapartado 4.4, “Revisión,
Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de
abril de 2007, que dispone: “Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos
ante la CGMA, los titulares de las Dependencias […] serán los responsables de su
publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando para tal
efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales”.
265 VOLUMEN 5/13
Asimismo, infringió el subapartado 5.1, “Especificaciones Generales”, inciso b, del
apartado 5, “Criterios para la Publicación de los Manuales Administrativos en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal”, de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del
Gobierno del Distrito Federal vigente en 2008, el cual establece que la versión del Manual
Administrativo que se publicará “deberá integrarse con la siguiente información:
Presentación, Antecedentes, Marco Jurídico-Administrativo, Objetivo General, Estructura
Orgánica, Atribuciones, Funciones, Organograma y Listado de procedimientos”.
Cabe mencionar que en el informe de la auditoría financiera núm. ASC/131/08
practicada a la PGJDF con motivo de la Revisión de la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2008, la CMHALDF ya había
observado al ente auditado que no publicó su Manual Administrativo (apartado de
organización) y la relación de los procedimientos, por lo que se formuló la recomendación
núm. ASC-131-08-02-PGJDF. Por ello, no se emite recomendación respecto a dicha
observación.
Recomendación ASC-132-08-10-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal concluya la
actualización de su Manual Administrativo, en su apartado de Normas y Procedimientos
para la Asignación, Mantenimiento y Suministro de Equipo de Cómputo; para el Ejercicio
y Control Presupuestal de la PGJDF; para la Elaboración y Validación de la Cuenta por
Liquidar Certificada y su Documentación Soporte; para el Control y Registro de Pasivos
y Pago de Retenciones; para el Control y Mantenimiento Vehicular; para la Recepción,
Control y Suministro de Bienes Muebles; para la Adquisición de Bienes, Arrendamientos y
Contratación de Servicios; y para el Control Inventarial de Bienes Instrumentales;
y que se asegure de que dichos manuales sean remitidos a la Oficialía Mayor del
Gobierno del Distrito Federal para su revisión, dictamen y registro, de acuerdo con
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno) y los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
266 VOLUMEN 5/13
2. Resultado
En el análisis del techo presupuestal reportado, el Analítico de Claves, el Programa
Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2008, se determinó lo siguiente:
Con el oficio núm. SE/0150/08 de fecha 8 de enero de 2008, la SF comunicó al titular de
la PGJDF, el techo presupuestal por 3,937,313.0 miles de pesos aprobado por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal para el ejercicio de 2008. De dicho monto, 131,372.3 miles
de pesos se destinaron para Gasto de Inversión, de los cuales, 111,372.3 miles de pesos
correspondieron al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”; 31,372.3 miles de
pesos erogados en este capítulo se etiquetaron para el proyecto multianual del Sistema
de Radiocomunicación digital TETRA-ETSI.
Con el oficio núm. SE/0193/08 de fecha 18 de enero de 2008, la SF remitió al titular de
la PGJDF el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal
correspondientes al techo presupuestal aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal.
En el Analítico de Claves se asignaron 15,000.0 miles de pesos a la partida 5101
“Mobiliario”, 86,372.3 miles de pesos a la 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones
y Telecomunicaciones” y 10,000.0 miles de pesos a la 5206 “Bienes Informáticos”, que en
conjunto suman el presupuesto original del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
(111,372.3 miles de pesos), el cual se verificó que fue reportado en el Informe de Cuenta
Pública 2008 de la PJGDF. Cabe mencionar que las partidas 5103 “Vehículos y Equipo
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados
a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” no fueron presupuestadas
originalmente.
Al respecto, en el formato “Detalle del Capítulo 5000” del Programa Operativo Anual,
se constató lo siguiente:
1. En la partida 5101 “Mobiliario” se presupuestaron 15,000.0 miles de pesos, con el
propósito de contar con una infraestructura digna, adecuada y en condiciones óptimas
267 VOLUMEN 5/13
para poder llevar a cabo las diversas actividades que realiza el personal sustantivo,
técnico y administrativo adscrito a la PGJDF y proporcionar servicios de mayor calidad
a la ciudadanía demandante.
2. En la partida 5402 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” se
registraron 86,372.3 miles de pesos con el propósito de suministrar, instalar y poner
en funcionamiento el equipo de radiocomunicación TETRA-ETSI con tecnología digital
encriptada; contar con herramientas de comunicación eficientes para que el personal
sustantivo esté en condiciones de asistir a los llamados de emergencia y operativos,
perfectamente coordinados; continuar la segunda etapa de la adquisición de equipos
de radiocomunicación y licencias de administración de usuarios; ampliar la red de
microondas y contar con tecnología de punta en la institución; y adquirir consolas
de despacho de radiocomunicación modulares, servidores, computadoras personales,
software para la integración de las bases de datos, enlaces para la base de datos
TELMEX (triada), una planta de emergencia, UPS (unidad de energía ininterrumpida),
aire acondicionado y un suite de comunicaciones.
3. En la partida 5206 “Bienes Informáticos” se presupuestaron 10,000.0 miles de pesos
con la finalidad de continuar la sustitución de la infraestructura informática con más
de siete años de uso en la dependencia.
Lo anterior demuestra que la PGJDF estimó originalmente recursos para tres de las cinco
partidas que ejercieron recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”,
que se ajustó al techo presupuestal autorizado y, posteriormente, mediante afectaciones
programático-presupuestales, amplió su presupuesto en un importe de 19,114.6 miles de
pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 130,486.9 miles de pesos,
conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
3. Resultado
En la Cuenta Pública de 2008, la PGJDF reportó una asignación original de 111,372.3 miles de
pesos para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el cual fue objeto de los siguientes
movimientos presupuestales: 4 adiciones compensadas, por 51,974.3 miles de pesos;
268 VOLUMEN 5/13
6 adiciones líquidas, por 3,245.5 miles de pesos; 1 ampliación compensada, por 51.5 miles
de pesos; 11 reducciones compensadas, por 26,685.6 miles de pesos; y 9 reducciones
líquidas, por 9,471.1 miles de pesos. En consecuencia, el presupuesto registró un
incremento de 19,114.6 miles de pesos, para quedar en 130,486.9 miles de pesos,
importe que correspondió al presupuesto ejercido en conjunto por las partidas de gasto
de dicho capítulo, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Variación Partida Original
(1)
Modificado
(2)
Ejercido
(3)
Absoluta
(2) – (1) (4)
Relativa(%)
(4) / (1) (5)
5101 “Mobiliario” 15,000.0 14,761.0 14,761.0 (239.0) (1.6) 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
86,372.3
43,105.4
43,105.4
(43,266.9)
(50.1)
5206 “Bienes Informáticos” 10,000.0 28,748.0 28,748.0 18,748.0 187.5 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”
0.0
1,495.5
1,495.5
1,495.5
n.a.
5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
0.0
42,377.0
42,377.0
42,377.0
n.a.
Total del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
111,372.3
130,486.9
130,486.9
19,114.6
17.2
n.a. No aplicable.
Se analizaron las afectaciones presupuestarias y se determinó que, según las justificaciones
consignadas por la PGJDF, las principales causas por las que se modificó el presupuesto
original fueron las siguientes:
1. Por lo que corresponde a la partida 5101 “Mobiliario”, su presupuesto asignado fue
reducido en 239.0 miles de pesos, con la finalidad de efectuar el cierre del ejercicio
presupuestal, con fundamento en el numeral 1, inciso g), del Oficio Circular
núm. SE/1360/2008 de fecha 8 de octubre de 2008, emitido por la Subsecretaría
de Egresos de la SF.
2. En cuanto a la partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones”, el presupuesto fue reducido en 43,266.9 miles de pesos
con la finalidad de transferir recursos al capítulo 3000 “Servicios Generales” y a las
partidas 5101 “Mobiliario” y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos
y la Operación de Programas Públicos”, para regularizar el suministro de equipos
269 VOLUMEN 5/13
de radiocomunicación portátiles, móviles y bases tetra; y para efectos del cierre
del ejercicio presupuestal.
3. Respecto a la partida 5206 “Bienes Informáticos”, el presupuesto fue ampliado en
18,748.0 miles de pesos, con la finalidad de continuar la sustitución de la infraestructura
informática de la PGJDF.
4. A la partida 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad
Pública” se le dotó de recursos por 1,495.5 miles de pesos con la finalidad de
cumplir las obligaciones financieras derivadas de adeudos del ejercicio fiscal de 2007.
Cabe mencionar que con el oficio núm. 701/0139/2008, del 14 de enero de 2008,
la PGJDF reportó a la SF el pasivo circulante al 31 de diciembre de 2007, el cual incluye
lo correspondiente a la partida de referencia.
5. A la partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación
de Programas Públicos” se le asignaron 42,377.0 miles de pesos provenientes de la
partida 3205 “Arrendamiento de Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas
de Seguridad Pública”, debido a que no se llevó a cabo la contratación del servicio de
arrendamiento y la PGJDF optó por adquirir sus propios vehículos.
Dichos movimientos se ampararon con 20 afectaciones programático-presupuestarias que
autorizó la SF, conforme a los artículos 71, fracción VI; y 68, fracción V, del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y reunieron los requisitos establecidos
en el apartado IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2008. Adicionalmente, se comprobó las afectaciones que se gestionaron
conforme a los plazos estipulados en el oficio circular núm. SE/1360/2008 de fecha 8 de
octubre de 2008, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SF.
4. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, se solicitaron a la PGJDF
los registros contables de las operaciones realizadas en 2008 con cargo a las partidas del
capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
270 VOLUMEN 5/13
En respuesta, con el oficio núm. 701/2575/2009 del 2 de septiembre de 2009, la DGPOP
remitió copia del oficio núm. DGCNCP/2864/2009 del 31 de agosto de 2009, mediante
el cual la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la
Subsecretaría de Egresos de la SF, remitió el reporte del registro contable correspondiente
al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, que para el ejercicio de 2008 fue el siguiente:
(Miles de pesos)
Registro Contable Concepto Presupuestal
Deudor Acreedor
Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 130,486.9 Cuenta 52101 “Costo de Operación de Programas” 130,486.9 Cuenta 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 130,486.9 Total 130,486.9 130,486.9 Cuenta 61206 “Presupuesto Ejercido” 130,486.9 Cuenta 61201 “Presupuesto por Ejercer” 130,486.9
Total 130,486.9 130,486.9
Al respecto, se determinó que las cuentas afectadas y los registros contables corresponden
a la estructura del Catálogo de Cuentas establecida en el Manual de Contabilidad del
Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 10-BIS,
el 29 de diciembre de 2006, vigente en 2008.
5. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, se solicitó a la PGJDF
que indicara el monto y características de su pasivo circulante con cargo a las partidas del
capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y que proporcionara los oficios mediante los
cuales remitió dicha información a la SF.
En respuesta, con el oficio núm. 701/2575/2009 del 2 de septiembre de 2009, la DGPOP
remitió copia del oficio núm. 701/0135/09 de fecha 15 de enero de 2009, y sus anexos
respectivos, mediante el cual informó a la Dirección General de Egresos “A” de la SF del
pasivo circulante correspondiente al ejercicio de 2008.
En el análisis de la información referida, se constató que el pasivo correspondió a los
compromisos no cubiertos durante ese ejercicio. Además, se verificó que se reportó
271 VOLUMEN 5/13
dentro de los plazos establecidos en el oficio circular núm. SE/1360/2008 de fecha 8 de
octubre de 2008, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SF, por lo que se cumplió
el artículo 382 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que establece:
“Para cubrir los compromisos que efectivamente se hayan cumplido y no hubieren sido
cubiertos al treinta y uno de diciembre de cada año, las dependencias […] deberán
atender a lo siguiente para su trámite de pago:
”I. Que se encuentren debidamente contabilizados al treinta y uno de diciembre del
ejercicio correspondiente;
”II. Que exista suficiencia presupuestal para esos compromisos en el año en que se
cumplieron;
”III. Que se informe a la Secretaría, a más tardar el día 15 de enero de cada año, en los
términos del artículo 463 de este Código, el monto y características de su deuda pública
flotante o pasivo circulante, y
”IV. Que se radiquen en la Secretaría los documentos que permitan efectuar los pagos
respectivos, a más tardar el último día de enero del año siguiente al del ejercicio al que
corresponda el gasto.
”De no cumplir con los requisitos antes señalados, dichos compromisos se pagarán con
cargo al presupuesto del año siguiente, sin que esto implique una ampliación al mismo.”
6. Resultado
En el análisis del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios (PAAAPS) y sus modificaciones correspondientes al ejercicio de 2008, que la
DGPOP de la PGJDF proporcionó a la CMHALDF mediante los oficios núms. 701/2533/2009
y 701/2904/2009 del 31 de agosto y 6 de octubre de 2009, respectivamente, se determinó
lo siguiente:
1. Por medio del oficio núm. 703/449/2008 de fecha 14 de febrero de 2008, la DGRMSG
de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la Dirección General de Política Presupuestal
272 VOLUMEN 5/13
de la SF el PAAAPS de la dependencia para su aprobación, en cumplimiento de lo
establecido en los artículos 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 14 de
su Reglamento vigentes en 2008.
2. Con el oficio núm. DGPP/0292/2008 de fecha 19 de febrero de 2008, la SF comunicó
la aprobación del PAAAPS, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 12 de marzo de 2008, conforme al plazo establecido en el segundo párrafo del
artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008, que
dispone: “Las dependencias […] a más tardar el 31 de marzo de cada año, publicarán
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios”.
3. En el apartado “Resumen Presupuestal” del PAAAPS se asentó que se contaba con
una asignación de 111,372.3 miles de pesos para adquirir diversos bienes con cargo
al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, de acuerdo con el techo presupuestal
autorizado y el presupuesto de egresos de la PGJDF para el ejercicio de 2008.
4. En el apartado “Concentrado por Partida Presupuestal”, correspondiente al capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se asentó la asignación de recursos para las partidas
5101 “Mobiliario”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
y 5206 “Bienes Informáticos”, por un total de 111,372.3 miles de pesos, que también
corresponde al techo presupuestal autorizado a la dependencia para 2008.
5. En el apartado “Analítico por Bien o Servicio” se desagregaron los bienes por adquirir
por partida del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, cuyos importes coinciden
con los de los apartados señalados, con los del techo Presupuestal autorizado y con
los del presupuesto de egresos de la PGJDF para el ejercicio de 2008.
6. Mediante los oficios núms. 703/1771/2008, 703/2844/2008, 703/4073/2008
y 703/029/2009 de fechas 2 de junio, 2 de septiembre y 27 de noviembre de 2008, y 6 de
febrero de 2009, respectivamente, la PGJDF remitió a la DGRMSG de la OMGDF las
modificaciones a su PAAAPS mediante los informes de cada trimestre del ejercicio
de 2008, las cuales correspondieron con las operaciones efectuadas por la PGJDF.
273 VOLUMEN 5/13
7. Se constató que los informes trimestrales fueron entregados a la DGRMSG de la OMGDF
fuera del plazo señalado, como se muestra a continuación:
Período Plazo de entrega Fecha de entrega Días de desfase
Primer trimestre 14/IV/08 2/VI/08 33
Segundo trimestre 14/VII/08 2/IX/08 36
Tercer trimestre 14/X/08 27/XI/08 31
Cuarto trimestre 15/I/09 6/II/09 16
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm.
700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF
proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010, por medio del
cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales informó que
“la presentación de informes trimestrales correspondientes a las modificaciones
del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
2008 (PAAAPS) de esta Institución, efectivamente se realizaron fuera de los tiempos
establecidos; sin embargo, se tomaron las medidas para evitar este tipo de situaciones,
por lo que con fechas 30 y 31 de diciembre de 2009, se giraron oficios a la Dirección
de Adquisiciones y Contratación de Servicios y a la Subdirección de Integración
y Evaluación de Programas, instruyendo a que en lo sucesivo dichos informes se
presenten en tiempo y forma ante las instancias respectivas, con el objeto de dar
cumplimiento a los numerales 5.2.1, último párrafo, y 5.16.1 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal”.
Lo manifestado por la PGJDF confirma que las modificaciones al PAAAPS fueron
remitidas a la DGRMSG de la OMGDF fuera de los plazos establecidos. Por tanto, la
PGJDF incumplió el numeral 5.16.2 de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007,
que establece: “Los titulares de las dependencias serán responsables de la debida
274 VOLUMEN 5/13
formulación y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro
de los diez días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la
fecha de la recalendarización”.
Recomendación ASC-132-08-11-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control para garantizar que las modificaciones al Programa Anual de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios sean reportadas a la autoridad
administrativa competente en los plazos establecidos en la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Partida 5101 “Mobiliario”
7. Resultado
En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 14,761.0 miles de pesos con cargo a la partida 5101
“Mobiliario”, por medio de 15 CLC. Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria
del pago realizado a tres proveedores, mediante las CLC núms. 14-C0-00-01055,
14-C0-00-01056, 14-C0-00-01061 y 14-C0-00-01074, por un importe de 5,695.4 miles de
pesos (el 38.6% del total ejercido en la partida), por la adquisición de mobiliario mediante
un procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores, que contempló
las 31 partidas que fueron declaradas desiertas en el procedimiento de licitación pública
nacional núm. 30100001-010-08 celebrado por la PGJDF.
1. En cuanto al proceso de solicitud de los bienes y la autorización de su adquisición,
se determinó lo siguiente:
a) Por medio de la requisición núm. 322-2008 de fecha 20 de agosto de 2008,
la DGRMSG de la Oficialía Mayor de la PGJDF solicitó la adquisición de 46 partidas
de mobiliario.
275 VOLUMEN 5/13
Dicho formato está debidamente requisitado y cuenta con el sello de “No Existencia
en el Almacén Central” y la justificación que señala que se necesita sustituir
el mobiliario de agencias del Ministerio Público de las diversas coordinaciones
territoriales y de las áreas administrativas de la PGJDF, por obsolescencia o porque
se encuentra en mal estado.
b) La suficiencia presupuestal, por un importe de 15,000.0 miles de pesos con cargo
a la partida 5101 “Mobiliario”, fue otorgada con el del oficio núm. 701/2958/2008
de fecha 5 de septiembre de 2008 y el formato núm. DGPOP-701-SP-140-08,
emitidos por la DGPOP. El monto fue determinado con base en el sondeo de
mercado realizado previamente al proceso de adquisición de los bienes.
c) Mediante el oficio núm. 703/2900/2008 de fecha 8 de septiembre de 2008,
la DGRMSG de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la OMGDF los formatos
DAABR “Documento para la Autorización de Adquisiciones de Bienes Restringidos”,
con la finalidad de obtener su autorización para adquirir 24,379 bienes con cargo
a la partida 5101 “Mobiliario”. Al respecto, con el oficio núm. OM/DGRMSG/1852/2008
de fecha 15 de septiembre de 2008, la OMGDF autorizó la adquisición del mobiliario,
en cumplimiento del artículo 37 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.
2. En la revisión del procedimiento de adquisición de mobiliario por medio de la invitación
restringida a cuando menos tres proveedores núm. IRN/PGJDF/DACS-018-08, se
determinó lo siguiente:
a) Para la realización de la invitación restringida que derivó de una licitación pública
nacional en la que se declararon desiertas 31 partidas, la dependencia debió
haber contado previamente con la autorización del titular de la PGJDF, otorgada
con base en una justificación fundada y motivada, según dispone el penúltimo
párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2008.
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor
276 VOLUMEN 5/13
de la PGJDF proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010,
por medio del cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales
informó que “para la realización de la Invitación Restringida que derivó de una
Licitación Pública Nacional en la que se declararon desiertas 31 partidas, esta
dependencia contó con autorización del Procurador de fecha 11 de noviembre
de 2008, por un importe total de $22,690,922.55 (Veintidós millones seiscientos
noventa mil novecientos veintidós pesos 55/100 M.N.) incluido el IVA”; y proporcionó
copia de la autorización de la adquisición por excepción a la licitación pública de
fecha 11 de noviembre de 2008.
Del análisis de los argumentos expuestos y de la autorización proporcionada por
la PGJDF, se concluye que se justificaron, fundaron y motivaron las causas que
acreditaron el ejercicio de la opción; además, se constató que, dicho formato de
autorización está firmado por los titulares de las áreas que solicitaron, justificaron
y propusieron el procedimiento de contratación, y por el Oficial Mayor y el titular
de la PGJDF, quienes otorgaron, respectivamente, el visto bueno y la autorización
para realizar la adquisición.
b) Por tratarse de una invitación restringida a cuando menos tres proveedores
derivada de una licitación pública en la que se declararon desiertas 31 partidas,
la PGJDF debió haber informado al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios la realización de la adquisición por excepción a la licitación
pública con fundamento en el artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal; sin embargo, no lo hizo así.
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de
la PGJDF proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010,
por medio del cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales
informó que “por tratarse de una invitación restringida a cuando menos
tres proveedores, derivada de una Licitación Pública en la que se declararon
desiertas 31 partidas, ésta dependencia informará al Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios, en la 1ra. Sesión Ordinaria de 2010,
277 VOLUMEN 5/13
ya que si bien es cierto la Ley en comento establece dar cumplimiento al artículo
21 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, no establece los tiempos
límite para informar de los procedimientos”; además, remitió copia de nota informativa
sin número, de fecha 28 de enero de 2010, con la que se daría cumplimiento
a lo establecido en el artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2008, ya que por medio de ella se informaría al
Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, en su primera
sesión ordinaria, que se celebraría ese día, de las adquisiciones o contrataciones
que en el ejercicio fiscal de 2008 se llevaron a cabo con fundamento en el
artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2008 y que, por una omisión involuntaria, no se informaron a dicho órgano
colegiado.
El hecho de haber reconocido que no se informó a los miembros del Subcomité
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de las adquisiciones
o contrataciones que en el ejercicio fiscal de 2008 se llevaron a cabo con
fundamento en el artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal vigente en 2008, significa un incumplimiento a la fracción VI del
artículo 21 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008,
que establece: “El Comité tendrá las siguientes facultades […] VI. Dictaminar,
previamente a su contratación, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones
públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el
artículo 54 de esta Ley, salvo en los casos de las fracciones IV y XII del propio
precepto y del artículo 57, de los que solamente se deberá informar al Comité
o Subcomité correspondiente”.
Además, denota fallas de control interno, por lo que se incumplió el artículo 16,
fracción I, incisos e) y h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control” de los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril
de 2007, que establecen lo siguiente:
“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]
278 VOLUMEN 5/13
”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y
otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública
del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más
oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse
adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados financieros
confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones […]
”h) Control del sistema de información. Los titulares deben llevar actividades de
control en todo el proceso de obtención de información, desde la generación
de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así como
su archivo y su custodia.”
c) El expediente de invitación restringida se integró con la documentación derivada
del proceso: requisición; invitación para cotizar; bases; actas de aclaración de bases,
de recepción de propuestas, de recepción de documentación legal y administrativa,
y de apertura de propuestas técnicas y económicas; dictamen y fallo; listas de
asistencia de los proveedores; documentación legal; ofertas técnicas y económicas;
y fianzas de sostenimiento de propuestas de los participantes. Todos los documentos
fueron elaborados y entregados a la PGJDF conforme a la normatividad aplicable.
d) Derivado del fallo de la invitación restringida, se adjudicaron los contratos
núms. PGJDF/DACS-090/2008 al proveedor Rodhermueblemex, S.A. de C.V., por
10,142.5 miles de pesos (IVA incluido); PGJDF/DACS-091/2008 a Spazios Innovación
en Conceptos de Oficina, S.A. de C.V., por 1,020.0 miles de pesos (IVA incluido);
y PGJDF/DACS-092/2008 a Armai Muebles, S.A. de C.V., por 11,528.4 miles
de pesos (IVA incluido), todos de fecha 14 de noviembre de 2008, toda vez que
ofrecieron las mejores condiciones y se sujetaron a lo establecido en las bases
de la invitación restringida.
Cabe mencionar que del importe total adjudicado a dichos proveedores, por
22,690.9 miles de pesos, 25.1% (5,695.4 miles de pesos) se pagó con recursos
fiscales de la PGJDF (5,695.4 miles de pesos) y el 74.9% (16,995.5 miles de pesos)
restante se cubrió con recursos del FOSEGDF.
279 VOLUMEN 5/13
3. Respecto al cumplimiento de los contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008,
PGJDF/DACS-091/2008 y PGJDF/DACS-092/2008, se determinó lo siguiente:
a) Los contratos se formalizaron dentro de los plazos pactados en las bases de la
invitación restringida y reúnen los requisitos mínimos que establece el artículo 56
del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
b) Los proveedores adjudicados presentaron las pólizas de fianza de fecha 14 de
noviembre de 2008, por importes de 1,322.9 miles de pesos, 133.0 miles de pesos
y 1,503.7 miles de pesos, expedidas por Fianzas Monterrey, S.A., para el primer y
segundo contrato, y Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., para el tercer contrato,
en favor de la SF para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo
derivadas de los contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008, PGJDF/DACS-091/2008
y PGJDF/DACS-092/2008.
c) En la cláusula quinta “Plazo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”
de los tres contratos se pactó que el plazo de entrega de la totalidad de los bienes
sería dentro de los 40 días naturales posteriores a la formalización del contrato
(24 de diciembre de 2008). Al respecto, en la revisión de los formatos “Recepción de
Bienes”, se constató que los bienes no fueron entregados hasta el 30 de diciembre
de 2008, debido a que el proveedor Spazios Innovación en Conceptos de Oficina,
S.A. de C.V., mediante oficio sin número de fecha 23 de diciembre de 2008, solicitó
una prórroga para entregar los bienes el día 30 de diciembre de 2008, y los
proveedores Rodhermueblemex, S.A. de C.V., y Armai Muebles, S.A. de C.V.,
mediante oficios sin número de fechas 22 y 23 de diciembre de 2008, solicitaron
una prórroga para entregar los bienes el día 31 de diciembre de 2008, las cuales
fueron otorgada por la PGJDF con los oficios núms. 703/100/1469/2008,
703/100/1470/2008 y 703/100/1468/2008, todos del 24 de diciembre de 2008, para
entregar los bienes conforme a lo solicitado por cada proveedor, en cumplimiento
de lo establecido en el numeral 5.10.1 del apartado 5.10, “De las Prórrogas”, de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.
280 VOLUMEN 5/13
4. Se comprobó que las 3,691 piezas de mobiliario adquiridas fueron dadas de alta en
el padrón inventarial de la dependencia, y que a cada una de ellas le fue asignado
un número de inventario individualizado, que corresponde a las claves del Catálogo
de Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios (CABMS).
5. Respecto de la entrega de siete partidas de mobiliario a las áreas solicitantes, se obtuvo
lo siguiente:
a) En cuanto a la adquisición de 280 sillas periqueras, 358 escritorios secretariales
y 2,900 sillas secretariales adquiridas por medio del contrato núm.
PGJDF/DACS-090/2008, a la fecha de conclusión de la fase de ejecución de la
auditoría (noviembre de 2009) sólo habían sido entregadas a las áreas requirentes
121 sillas periqueras, 260 escritorios y 1,399 sillas secretariales y el resto de los
bienes estaba en el almacén (159 sillas periqueras, 98 escritorios y 1,501 sillas
secretariales).
b) Respecto a las 50 mesas auxiliares adquiridas por medio del contrato
núm. PGJDF/DACS-091/2008, se constató que todas fueron entregadas a las áreas
requirentes.
c) En cuanto a la adquisición de 50 archiveros metálicos de 11 gavetas, 5 archiveros
de 5 gavetas y 48 mesas tipo tablón plegable, por medio del contrato
núm. PGJDF/DACS-092/2008, se detectó que a la fecha de conclusión de la
fase de ejecución de la auditoría (noviembre de 2009) quedaban por entregar
36 mesas.
Respecto a la existencia en el almacén de bienes adquiridos en 2008, la Subdirección
de Almacenes de la Dirección de Control de Bienes de la DGRMSG de la PGJDF,
mediante nota informativa sin número de fecha 2 de diciembre de 2009, informó que
en 2008 se remodelaron únicamente 23 Agencias del Ministerio Público, en las cuales
se distribuyó mobiliario, independientemente de las necesidades que fueron solventadas a
las áreas que integran la PGJDF, por lo que se reservó mobiliario adquirido tanto en 2008
como en el presente año para poder suministrarlo a las 19 Agencias del Ministerio
Público restantes una vez que sean remodeladas y acondicionadas.
281 VOLUMEN 5/13
Los bienes fueron entregados a los usuarios finales por medio de los formatos
“Requerimiento de Material y/o Equipo”, que no corresponden a los indicados en el Manual
de Normas y Procedimientos para la Recepción, Control y Suministro de Bienes Muebles.
Además, en el espacio destinado al concepto se asentaron diferentes denominaciones
para bienes del mismo tipo.
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm.
700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF
proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010, por medio del
cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales informó
que, “en referencia a la utilización de formatos diferentes a los establecidos en el
Manual de Normas y Procedimientos para la Recepción, Control y Suministro de
Bienes Muebles, el cambio de formato sólo considera un reacomodo en las columnas
de datos para facilitar el uso del mismo […] no modifica la información en él
contenida; sin embargo, se dio conocimiento del mismo a las áreas que integran
esta dependencia a través de correo electrónico con fecha 30 de diciembre de 2009,
indicando que será el único válido para requerir bienes del almacén central”;
y presentó copia del formato “Requerimiento de Material o Equipo”, en el que se
observa la modificación de las columnas indicadas; no obstante, para requerir material
y equipo el sujeto fiscalizado utilizó formatos distintos a los establecidos en el manual
de normas y procedimientos correspondiente, por lo que la observación del presente
numeral no se modifica.
Lo anterior denota deficiencias de control interno en los trámites que la PGJDF realiza
para suministrar los bienes adquiridos a las áreas solicitantes y en el llenado del
formato utilizado para tal efecto en 2008, por lo que incumplió el artículo 16, fracción I,
inciso h), Tercer Lineamiento: “Actividades de Control” de los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.
6. Para constatar la existencia, uso y resguardo del mobiliario, se realizó la inspección
física de 179 de las 3,691 piezas adquiridas y se determinó que 106 bienes no han sido
asignados y están en el almacén; los 73 bienes restantes cuentan con resguardos
282 VOLUMEN 5/13
globales, firmados por los Enlaces Administrativos de cada una de las unidades
administrativas de la PGJDF en las que se encuentran asignados, e individuales, firmados
por el servidor público que utiliza el bien. Los resguardos debidamente requisitados
y los bienes se encontraron en buenas condiciones y en uso.
7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-01055, 14-C0-00-01056, 14-C0-00-01061
y 14-C0-00-01074, por un importe total de 5,695.4 miles de pesos, se comprobó que la
primera está soportada con las facturas núms. 1233, 1235 y 1239, emitidas por Armai
Muebles, S.A. de C.V.; la segunda, con la factura núm. 1467, emitida por Spazios
Innovación en Conceptos de Oficina, S.A. de C.V.; y la tercera, con las facturas
núms. 4836 A, 4838 A y 4840 A, emitidas por Rodhermueblemex, S.A. de C.V.,
todas a nombre del Gobierno del Distrito Federal/PGJDF. Dichos documentos reúnen
los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del
Código Fiscal de la Federación y el numeral 4 del subapartado IV.3.1, “Cuenta por
Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para
la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2008.
8. Por lo que corresponde al proceso de registro presupuestal, se constató que el registro
del pago de los contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008, PGJDF/DACS-091/2008
y PGJDF/DACS-092/2008 se realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del
Gobierno del Distrito Federal y, por consiguiente, se cumplió el artículo 471, fracción II,
del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
9. Mediante los oficios núms. ASC/09/1575, ASC/09/1576 y ASC/09/1577, todos de fecha
12 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a los proveedores Rodhermueblemex,
S.A. de C.V.; Armai Muebles, S.A. de C.V.; y Spazios Innovación en Conceptos
de Oficina, S.A. de C.V., respectivamente, información de las operaciones realizadas
con la PGJDF por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008.
Al respecto, los dos primeros proveedores proporcionaron diversa documentación, en
cuyo análisis se determinó que coincide con la entregada por la PGJDF, mientras que
el proveedor Spazios Innovación en Conceptos de Oficina, S.A. de C.V., no proporcionó
documentación alguna.
283 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-132-08-12-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implemente medidas
de control para garantizar que se informe al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios de los procedimientos de invitación restringida a cuando menos
tres proveedores y de adjudicación directa que se deriven de licitaciones públicas
o invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores declaradas desiertas, una vez
que éstos se realicen.
Recomendación ASC-132-08-13-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control y supervisión que garanticen que cuando las unidades administrativas
con que cuenta la dependencia requieran bienes al almacén central, éstos se soliciten por
medio de los formatos establecidos en su Manual de Normas y Procedimientos para la
Recepción, Control y Suministro de Bienes Muebles; y que en dichos formatos se consignen
las mismas denominaciones para los bienes del mismo tipo.
Partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
8. Resultado
En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 43,105.4 miles de pesos con cargo a la partida
5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, por medio de 14 CLC.
Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria del pago realizado a un
proveedor mediante las CLC núms. 14-C0-00-00981 y 14-C0-00-01088, por un importe
de 7,635.8 miles de pesos (17.7% del total ejercido en la partida), por la adquisición de
equipo de radiocomunicaciones, adjudicada directamente.
1. En la revisión del proceso de solicitud de bienes y de la autorización de su compra,
se determinó lo siguiente:
a) Para dar continuidad a la etapa de modernización de los sistemas de comunicaciones
y telecomunicaciones iniciada en el ejercicio de 2007, previo a la adquisición de los
284 VOLUMEN 5/13
bienes, con fechas 14 y 27 de mayo de 2008, la PGJDF realizó un sondeo de
mercado con la empresa EADS Telecom México, S.A. de C.V., quien el 16 de junio
de 2008 remitió la cotización respectiva por un monto de 38,179.3 miles de pesos.
Lo anterior, debido a que la empresa EADS Secure Netwoks SAS es el fabricante
de los sistemas y equipos de radiocomunicación troncalizados con tecnología digital
encriptada, bajo la norma TETRA-ETSI, y tiene como representante único en la
República Mexicana a su filial EADS Telecom México, S.A. de C.V., para vender,
distribuir y prestar servicios a los equipos correspondientes al sistema TETRA.
Cabe mencionar que el sondeo de mercado de fecha 27 de mayo de 2008 fue
actualizado con fecha 21 de julio de 2008, debido a que el primero presentaba
un error en el precio unitario de uno de los bienes cotizados.
b) Mediante el oficio núm. SFDF/0196/2008 de fecha 20 de junio de 2008, la SF autorizó
a la PGJDF comprometer recursos para la adquisición de radios portátiles,
móviles y base para el sistema de radiocomunicación TETRA, por 7,646.9 miles
de pesos para 2008, 15,293.8 miles de pesos para 2009 y 15,293.8 miles de
pesos para 2010.
c) La suficiencia presupuestal fue otorgada mediante el oficio núm. 701/2153/2008
de fecha 1o. de julio de 2008 y el formato núm. DGPOP-701-SP-0105-08, emitidos
por la DGPOP por un importe total de 38,179.3 miles de pesos con cargo a la
partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, con
la finalidad de llevar a cabo los trámites necesarios para la adquisición del equipo
de radiocomunicación durante 2008, 2009 y 2010.
d) Por medio de la requisición núm. 208-2008 de fecha 14 de julio de 2008, la DGTSI
de la Oficialía Mayor de la PGJDF solicitó la adquisición de 1,500 radios portátiles,
300 radios móviles, 80 radios base, 1,500 clips giratorios y 1,880 licencias de
software de administración y control de usuarios.
Dicho formato fue debidamente requisitado y cuenta con el sello de “No Existencia
en el Almacén Central” y la justificación que señala que el equipo se necesita
285 VOLUMEN 5/13
para complementar el número de radios que requieren las áreas sustantivas
de la PGJDF, con la finalidad de lograr un equipamiento en materia de
radiocomunicación al 100.0%.
2. En la revisión del expediente del procedimiento de adquisición mediante adjudicación
directa, se determinó lo siguiente:
a) Con fecha 19 de julio de 2008, se elaboró un cuadro de adjudicación para la
adquisición de los bienes, solicitados con la requisición núm. 208-2008, con el
proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., por un monto de 38,179.3 miles
de pesos.
b) En su séptima sesión ordinaria, realizada el 22 de julio de 2008, el Subcomité
Técnico de Intercomunicaciones del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno del Distrito Federal
dictaminó favorablemente la adquisición de 1,500 equipos de radiocomunicación
portátiles con clip giratorio incluido, 300 equipos de radiocomunicación móviles,
80 equipos de radiocomunicación base y 1,880 licencias de administración y
control de usuarios; y emitió el dictamen técnico núm. STI/ST/070/08, con vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2008, en cumplimiento del numeral 8.1.2 del apartado 8,
“Servicios Generales”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de
abril de 2007; y del oficio circular núm. 0003 de fecha 15 de abril de 2005, emitido
por el Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno del Distrito Federal.
c) Con el oficio núm. SEDECO/DICT/341-J/2008 de fecha 24 de julio de 2008, la
Secretaría de Desarrollo Económico autorizó la omisión del grado de integración
nacional respecto de la adquisición de equipos y aparatos de comunicaciones y
telecomunicaciones, en cumplimiento del penúltimo párrafo de la fracción II del
artículo 30 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
286 VOLUMEN 5/13
d) El Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la
PGJDF aprobó la adjudicación directa por excepción a la licitación pública, por un
importe de 38,179.3 miles de pesos, bajo un esquema multianual (tres años),
en la octava sesión ordinaria del 28 de agosto de 2008, con fundamento en
los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
y 27, inciso c; 28; 52; y 54, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigentes en 2008.
Para tal efecto, se contó previamente con la autorización del titular de la PGJDF y
la justificación fundada y motivada por éste, en cumplimiento del penúltimo
párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2008.
e) La PGJDF formalizó el contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008 de fecha 19 de
septiembre de 2008 con el proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., por un
monto de 38,179.3 miles de pesos, para la adquisición de radios con accesorios
y software de administración y control de usuarios.
Cabe mencionar que del importe total adjudicado al proveedor, 7,635.8 miles de
pesos correspondieron a la primera anualidad, en razón de que es un contrato
multianual (tres años).
3. Respecto al cumplimiento del contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008, se determinó
lo siguiente:
a) El contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008 se formalizó previo a la adquisición
de los bienes, en cumplimiento del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2008; y reúne los requisitos mínimos establecidos
para tal efecto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal.
b) El proveedor adjudicado presentó la póliza de fianza de fecha 19 de septiembre
de 2008, por un importe de 4,979.9 miles de pesos, expedida por Afianzadora
Insurgentes, S.A. de C.V., en favor de la SF para garantizar el cumplimiento
287 VOLUMEN 5/13
de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato, en cumplimiento del
artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2008.
c) En la cláusula quinta “Tiempo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”,
se indicó que 500 radios portátiles, 150 radios móviles, 500 clips giratorios
y 650 licencias de software se entregarían 15 días naturales después de la firma
del contrato (4 de octubre de 2008), y el resto de los bienes 120 días naturales
después de la firma del contrato (17 de enero de 2009).
Al respecto, en la revisión de los formatos “Recepción de Bienes” y las remisiones
del proveedor, se constató que los bienes de la primera entrega ingresaron
al almacén con fecha 15 de octubre de 2008, es decir, con un desfase de 11 días
naturales respecto de la fecha pactada, razón por la cual la PGJDF aplicó al
proveedor una pena convencional de 1,235.0 miles de pesos, la cual fue calculada
adecuadamente, en cumplimiento de lo pactado en la cláusula decimoséptima
“Penas convencionales” del contrato.
Por lo que corresponde a la segunda entrega de los bienes, se constató que ésta
se realizó en tiempo y forma.
4. Se comprobó que los equipos de comunicaciones y telecomunicaciones fueron dados
de alta en el padrón inventarial de la dependencia, que a cada uno de ellos le
fue asignado un número de inventario individualizado que corresponde a las claves
del CABMS.
5. La totalidad de los bienes adquiridos por medio del contrato núm. PGJDF/DACS-
060/2008 fueron entregados por el almacén de la PGJDF a la DGTSI de la Oficialía
Mayor de la PGJDF por medio de los formatos “Requerimiento de material y/o equipo”,
los cuales cuentan con nombre, cargo y firma de los servidores públicos responsables
de entregar y de recibir los bienes.
6. Para constatar la existencia, uso y resguardo de los equipos de comunicación, se
realizó la inspección física de 102 de los 1,880 radios adquiridos y se determinó
288 VOLUMEN 5/13
que cuentan con sus resguardos globales e individuales, debidamente requisitados
y firmados por los servidores públicos que los tienen asignados. Además, se observó
que los radios se encontraban en buenas condiciones y en operación.
7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-00981 y 14-C0-00-01088, por un importe
de 6,400.8 miles de pesos, se comprobó que están soportadas con las facturas
núms. 6212 y 6327, respectivamente, ambas a nombre del Gobierno del Distrito
Federal/PGJDF. Dichas facturas cumplen los requisitos fiscales y administrativos
establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y el
numeral 4 del subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigentes en 2008.
Cabe mencionar que el monto de las facturas ascendió a 7,635.8 miles de pesos;
sin embargo, del pago realizado al proveedor se descontaron 1,235.0 miles de pesos
correspondientes a la pena convencional por la entrega extemporánea de los bienes.
La PGJDF elaboró la CLC de operaciones ajenas correspondiente al entero de dicho
importe a la SF.
8. Se constató que el registro del pago del contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008 se
realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, en
cumplimiento del artículo 471, fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal
vigente en 2008.
9. Mediante el oficio núm. ASC/09/1578 de fecha 12 de octubre de 2008, la CMHALDF
solicitó al proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., información de las operaciones
realizadas con la PGJDF por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008.
Al respecto, con oficio sin número de fecha 20 de octubre de 2009, el proveedor
proporcionó diversa documentación, en cuyo análisis se determinó que corresponde
a la proporcionada por la PGJDF.
289 VOLUMEN 5/13
Partida 5206 “Bienes Informáticos”
9. Resultado
En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 28,748.0 miles de pesos con cargo a la partida
5206 “Bienes Informáticos”, por medio de cuatro CLC. Se revisó la documentación
justificativa y comprobatoria del pago realizado a dos proveedores mediante las CLC
núms. 14-C0-00-01035, 14-C0-00-01063 y 14-C0-00-01079, por 28,667.8 miles de pesos
(99.7% del total ejercido en la partida), para la adquisición de equipo informático mediante
el procedimiento de licitación pública internacional.
1. En la revisión del proceso de solicitud de los bienes y de la autorización de la compra,
se determinó lo siguiente:
a) Por medio de la requisición núm. 145-2008 de fecha 1o. de septiembre de 2008,
la DGTSI de la Oficialía Mayor de la PGJDF solicitó la adquisición de los siguientes
bienes:
Partidas Concepto Cantidad
1 Equipo de fuerza ininterrumpida UPS 1,700 2 Escáner de cama plana 20 3 Escáner de alta velocidad 1 4 Computadora de escritorio de 2GB en RAM, monitor LCD
de 17 pulgadas, incluye Office 2003 en español sin licencia
1,200 5 Computadora portátil tipo Lap Top de 2GB en RAM,
incluye Office 2003 en español sin licencia
60 6 Videoproyector de 2200 lúmenes 10 7 Computadora de desarrollo de 3 GB en RAM,
incluye Office 2003 en español sin licencia
500 8 Terminal lectora de marcas ópticas a lápiz y tinta 2 9 Impresora láser blanco y negro de 50 ppmm 250
10 Impresora láser a color 20
Total 3,763
Dicho formato fue debidamente requisitado y cuenta con el sello de “No Existencia
en el Almacén Central” y con la justificación que señala que se requiere mantener
la infraestructura informática en óptimas condiciones, por lo que es necesaria la
sustitución de los bienes dañados y obsoletos, los cuales en su mayoría tienen
más de ocho años en operación continua y un funcionamiento deficiente o nulo.
290 VOLUMEN 5/13
b) La suficiencia presupuestal fue otorgada por medio de los oficios núms. 701/1562/2008, 701/2176/2008 y 701/3231/2008 de fechas 13 de mayo, 1o. de julio y 30 de septiembre de 2008 y con los formatos DGPOP-701-SP-072Bis-08 y DGPOP-701-SP-167-08 emitidos por la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF, por un importe total de 42,783.4 miles de pesos, con cargo a la partida 5206 “Bienes Informáticos”. Dicho importe fue determinado con base en el sondeo de mercado realizado previamente al proceso de adquisición de los bienes.
c) Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1045/2008 de fecha 23 de mayo de 2008, la DGRMSG de la OMGDF autorizó a la DGTSI de la Oficialía Mayor de la PGJDF la liberación de los recursos para poder atender los requerimientos de bienes informáticos y licencias de software de las diversas unidades sustantivas de la dependencia y así contar con una mejor infraestructura informática en esa institución, en cumplimiento del numeral 4 del apartado I, “Generalidades”, de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 8 de mayo de 2008.
d) Con el oficio núm. CGMA/DPI/1348/08-DT075 de fecha 23 de junio de 2008, el Comité de Informática de la CGMA emitió dictamen técnico con vigencia al 23 de septiembre de 2008, mediante el cual autorizó la adquisición de bienes informáticos, en cumplimiento del numeral 9.2.15 del apartado 9, “Informática del GDF”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.
e) Mediante los oficios núms. SEDECO/DICT/506-O/2008 y SEDECO/DICT/543-O/2008 de fechas 13 y 23 de octubre de 2008, respectivamente, la Secretaría de Desarrollo Económico emitió el dictamen con el que autorizó la omisión del grado de integración nacional, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, para la adquisición de bienes informáticos y licencias de software por un monto de 42,783.4 miles de pesos, en cumplimiento del penúltimo párrafo de la fracción II del artículo 30 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
291 VOLUMEN 5/13
2. En la revisión del expediente de la licitación pública internacional núm. 30100001-011-08,
se determinó lo siguiente:
a) Por tratarse de una licitación pública internacional, el Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios no dictaminó dicha adquisición.
b) En la Vigesimoséptima reunión del Grupo de Trabajo para el Análisis de las Bases
y especificaciones de la licitación pública internacional para la adquisición de bienes
informáticos y licencias de software, se aprobó la emisión de las bases referidas.
c) Con fecha 22 de octubre de 2008, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal la convocatoria núm. 011-08 a la licitación pública internacional
núm. 30100001-011-08, en cumplimiento de los artículos 26 y 32 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 de su Reglamento vigentes en 2008.
Las bases de la licitación pública internacional núm. 30100001-011-08, para la
adquisición de bienes informáticos y licencias de software, reunieron los requisitos
establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y 37 de su Reglamento vigentes en 2008, y fueron adquiridas por 16 licitantes.
d) El expediente de la licitación pública internacional se integró con la documentación
derivada del proceso: requisición; convocatoria; bases; actas de aclaración de
bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción de la documentación legal
y administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas; dictamen
de evaluación de propuestas; listas de asistencias de los proveedores; documentación
legal; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas y entregadas
conforme a la normatividad aplicable.
e) Derivado del fallo de la licitación pública internacional, se adjudicaron los contratos
núms. PGJDF/DACS-085/2008 (partida 1) al proveedor Conectividad en Equipos
de Telecomunicaciones, S.A. de C.V., por 3,110.2 miles de pesos (IVA incluido);
y PGJDF/DACS-086/2008 (partidas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10) al proveedor Eclecsis
Sinergia y Tecnología, S. de R. L., por 39,414.0 miles de pesos (IVA incluido),
ambos de fecha 14 de noviembre de 2008, toda vez que ofrecieron las mejores
292 VOLUMEN 5/13
condiciones y se sujetaron a lo establecido en las bases de la licitación pública
internacional. Las partidas 2 (escáner de cama plana) y 3 (escáner de alta velocidad)
se declararon desiertas.
Cabe mencionar que del importe total adjudicado a dichos proveedores, por
42,524.2 miles de pesos, el 67.4% (28,667.8 miles de pesos) se pagó con recursos
fiscales de la PGJDF y el 32.6% (13,856.4 miles de pesos) restante con recursos del
FOSEGDF.
3. Respecto al cumplimiento de los contratos núms. PGJDF/DACS-085/2008
y PGJDF/DACS-086/2008, se determinó lo siguiente:
a) Los contratos se formalizaron dentro de los plazos establecidos en las bases de la
licitación pública internacional y reúnen los requisitos mínimos que establece
el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2008.
b) Los proveedores contratados presentaron las pólizas de fianza, ambas de fecha
14 de noviembre de 2008, por importes de 405.7 miles de pesos y 5,140.9 miles
de pesos, ambas expedidas por Fianzas Monterrey, S.A., en favor de la SF
para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos
núms. PGJDF/DACS-085/2008 y PGJDF/DACS-086/2008.
c) En la cláusula quinta “Plazo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”
de los dos contratos se pactó que el plazo para la entrega, instalación, configuración y
puesta en operación de los bienes adjudicados sería de 40 días naturales posteriores
a la formalización de los contratos (la fecha límite sería el 26 de diciembre de 2008).
En la revisión de los formatos “Recepción de Bienes”, se constató que los bienes
fueron entregados por los proveedores el 11 y 16 de diciembre de 2008, en tiempo
y forma.
4. Se comprobó que los bienes informáticos fueron dados de alta en el padrón inventarial
de la dependencia y que a cada uno de ellos le fue asignado un número de inventario
individualizado que correspondió con las claves del CABMS.
293 VOLUMEN 5/13
5. La totalidad de los bienes informáticos adquiridos por medio de los contratos
núms. PGJDF/DACS-085/2008 y PGJDF/DACS-086/2008 fueron entregados por el
almacén de la PGJDF a la DGTSI de la Oficialía Mayor de la PGJDF, por medio de los
formatos “Requerimiento de Material y/o Equipo”, los cuales cuentan con el nombre,
cargo y firma de los servidores públicos responsables de entregar y recibir los bienes.
6. Para constatar la existencia, uso y resguardo de los equipos informáticos, se realizó la
inspección física de 139 de los 3,356 bienes informáticos adquiridos y se determinó que
todos cuentan con sus resguardos globales e individuales, firmados por los servidores
públicos que los tienen asignados y debidamente requisitados. Además, se verificó
que los equipos informáticos se encontraban en buenas condiciones y en operación.
7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-01035, 14-C0-00-01063 y 14-C0-00-01079,
por un importe de 28,667.8 miles de pesos, se comprobó que están soportadas con las
facturas núms. 298 a 336, 340 a 350, 419 y 453 a 470, todas a nombre del Gobierno
del Distrito Federal/PGJDF, las cuales incluyen los números de serie de los equipos
informáticos adquiridos y reúnen los requisitos fiscales y administrativos establecidos en
los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y el numeral 4 del subapartado
IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2008.
8. Se constató que el registro del pago de los contratos núms. PGJDF/DACS-085/2008
y PGJDF/DACS-086/2008 se realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del
Gobierno del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 471, fracción II, del Código
Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
9. Mediante los oficios núms. ASC/09/1579 y ASC/09/1580, ambos de fecha 12 de
octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a los proveedores Conectividad en Equipos
de Telecomunicaciones, S.A. de C.V., y Eclecsis Sinergia y Tecnología, S. de R. L.,
respectivamente, información de las operaciones realizadas con la PGJDF por el período
del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008. Al respecto, ambos proveedores
proporcionaron diversa documentación, en cuyo análisis se determinó que coincide
con la entregada por la PGJDF.
294 VOLUMEN 5/13
Partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
10. Resultado
En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 42,377.0 miles de pesos, con cargo a la partida
5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y a la Operación de Programas
Públicos”, por medio de siete CLC. Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria
del pago realizado a cuatro proveedores mediante las CLC núms. 14-C0-00-01034,
14-C0-00-01043, 14-C0-00-01048 y 14-C0-00-01090, por un importe total de 32,679.6 miles
de pesos (77.1% del total ejercido en la partida), por la adquisición de vehículos automotores
terrestres y motocicletas mediante procedimiento de licitación pública internacional.
1. En la revisión del proceso de solicitud de los bienes y la autorización de la compra, se
determinó lo siguiente:
a) Por medio de nueve formatos de “Requisición”, todos de fecha 25 de septiembre
de 2008, la Dirección de Control de Bienes de la DGRMSG de la Oficialía Mayor
solicitó la adquisición de los 343 vehículos siguientes:
Número de requisición
Concepto Cantidad
334 Equipo nuevo de arrastre y salvamento de vehículos que cumpla la NOM-053-SCT-2-1999 4 335 Equipo de plataforma de acero con piso antiderrapante para el salvamento de 2 vehículos,
uno sin rodar que cumpla con la NOM-053-SCT-2-1999
4 336 Microbús para 24 pasajeros 4 337 Camioneta para 8 pasajeros 14 Camioneta tipo Pick Up 9 338 Automóvil utilitario tipo 1 45 Automóvil utilitario tipo 2 45 339 Automóvil utilitario tipo 3 30 Automóvil utilitario tipo 4 44 340 Automóvil utilitario tipo 5 20 Automóvil utilitario tipo 6 50 Automóvil utilitario tipo 7 20 341 Camioneta tipo Estacas de 3.5 4 342 Motocicleta tipo CG cargo 125 50 Total 343
Dichos formatos fueron debidamente requisitados y cuentan con el sello de
“No Existencia en el Almacén Central” y la justificación que señala que para la
consecución de las atribuciones de la PGJDF es necesario contar con un parque
295 VOLUMEN 5/13
vehicular confiable y en óptimas condiciones de operación para el buen desempeño
de las funciones y programas inherente a la procuración de justicia a cargo de la
dependencia.
b) La suficiencia presupuestal fue otorgada mediante el oficio núm. 701/3092/2008
de fecha 17 de septiembre de 2008 y con el formato núm. DGPOP/701/SP/150/08,
emitidos por la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF, por un monto de
49,981.3 miles de pesos con cargo a la partida 5303 “Vehículos y Equipo
Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”. Dicho monto
corresponde a recursos fiscales y se determinó con base en los sondeos de
mercado realizados previamente al proceso de adquisición de los bienes.
c) Mediante los oficios núms. 703/3414/08 y 703/3569/08 de fechas 3 y 15 de octubre
de 2008, respectivamente, la DGRMSG de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió
a la OMGDF el formato DAABR “Documento para la Autorización de Adquisiciones
de Bienes Restringidos”, con la finalidad de obtener su autorización para adquirir
343 vehículos con cargo a la partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados
a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”. Al respecto, con
los oficios núms. OM/DGRMSG/2043/2008 y OM/DGRMSG/2093/2008 de fechas
13 y 21 de octubre de 2008, respectivamente, la OMGDF autorizó la adquisición
de los bienes, en cumplimiento del artículo 37 del Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.
d) Mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/544-O/2008 de fecha 23 de octubre de 2008,
la Secretaría de Desarrollo Económico emitió el dictamen con el que autorizó la
omisión del grado de integración nacional, con vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2008, para la adquisición de diversos vehículos, en cumplimiento del penúltimo
párrafo de la fracción II del artículo 30 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2008.
2. En la revisión del expediente de la licitación pública internacional núm. 30100001-012-
08, se determinó lo siguiente:
a) Por tratarse de una licitación pública internacional, el Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios no dictaminó dicha adquisición.
296 VOLUMEN 5/13
b) En la trigésima reunión del Grupo de Trabajo para el Análisis de las Bases y
Especificaciones de la licitación pública internacional para la adquisición de vehículos
automotores terrestres y motocicletas, se aprobó la emisión de las bases referidas.
c) Con fecha 29 de octubre de 2008, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal la convocatoria núm. 012-08 a la licitación pública internacional
núm. 30100001-012-08, en cumplimiento de los artículos 26 y 32 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 de su Reglamento vigentes en 2008.
d) Las bases de la licitación pública internacional núm. 30100001-012-08 para la
adquisición de vehículos automotores terrestres y motocicletas reúnen los requisitos
establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y 37 de su Reglamento vigentes en 2008.
e) El expediente de la licitación pública internacional se integró con la documentación
derivada del proceso, como: requisición; convocatoria; bases; actas de aclaración
de bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción de la documentación
legal y administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas;
dictamen de evaluación de propuestas; listas de asistencias de los proveedores;
documentación legal; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas
y entregadas conforme a la normatividad aplicable.
f) Derivado del fallo de licitación pública internacional, se adjudicaron los contratos
núms. PGJDF/DACS-093/2008 al proveedor Comercializadora Promotodo,
S.A. de C.V., por 3,268.8 miles de pesos (IVA incluido); PGJDF/DACS-094/2008
al proveedor Auto Comercial Sica, S.A. de C.V., por 16,001.6 miles de pesos
(IVA incluido); PGJDF/DACS-095/2008 al proveedor Autos Orientales, S.A. de C.V.,
por 33,404.2 miles de pesos; y PGJDF/DACS-096/2008 a Kasa Automotriz,
S.A. de C.V., por 42,962.5 miles de pesos, todos del 14 de noviembre de 2008.
Las partidas relacionadas con los automóviles sedán utilitario tipos 3, 5 y 6; con
las grúas de arrastre y de plataforma, y con la camioneta tipo Pick Up se declararon
desiertas.
Cabe mencionar que de los 95,637.1 miles de pesos pagados a dichos proveedores
34.2% (32,679.6 miles de pesos) se pagó con recursos fiscales de la PGJDF,
297 VOLUMEN 5/13
0.4% (366.3 miles de pesos) correspondieron a adeudos de ejercicios anteriores
y el 65.4% (62,591.2 miles de pesos) restante se cubrió con recursos del FOSEGDF.
3. Respecto al cumplimiento de los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008,
PGJDF/DACS-094/2008, PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008, se
determinó lo siguiente:
a) Los contratos se formalizaron dentro de los plazos establecidos en las bases de la
licitación pública internacional y reúnen los requisitos mínimos que establece
el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2008.
b) Los proveedores adjudicados presentaron las pólizas de fianza correspondientes,
todas de fecha 14 de noviembre de 2008, por importes de 426.4 miles de
pesos, 2,087.2 miles de pesos, 4,487.5 miles de pesos y 5,603.8 miles de pesos,
las primeras dos expedidas por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., la tercera por
Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., y la última por Primero Fianzas, S.A. de C.V.,
en favor de la SF, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo
derivadas de los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008, PGJDF/DACS-094/2008,
PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008, respectivamente.
c) En la cláusula séptima “Plazo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”
de los cuatro contratos se pactó que la fecha de entrega de los vehículos
sería dentro de los 40 días naturales posteriores a la celebración de los contratos
(26 de diciembre de 2008).
De acuerdo con los formatos “Recepción de Bienes”, los vehículos fueron
entregados por los proveedores los días 1o., 11, 19 y 24 de diciembre de 2008,
en tiempo y forma; además, con dichos formatos las áreas solicitantes también
recibieron los vehículos para su uso y resguardo.
d) En la cláusula octava “Garantía de Fabricación y Sustitución de los Bienes”, se
pactó que en caso de que algún equipo sufriera algún siniestro o falla, se debería
hacer valer la garantía de fabricación y, en su caso, aplicar penas convencionales.
298 VOLUMEN 5/13
Al respecto, con el oficio núm. 703/04148/2009 de fecha 18 de noviembre de 2009,
la PGJDF informó que no tenía conocimiento de que hubiese sido necesario
aplicar la garantía de cumplimiento de contrato por haber sufrido algún siniestro
o falla en el equipo integrado.
e) Los proveedores entregaron a la PGJDF cartas compromiso con las que se obligaron
a contar con refacciones y partes en el mercado durante un período mínimo de
cinco años, en cumplimiento de la cláusula novena “Refacciones” de los contratos.
f) Los proveedores entregaron por escrito a la PGJDF el programa de mantenimiento
y servicio recomendado para los vehículos y el equipo especial integrado, que se
pactó en la cláusula décima “Programa de Mantenimiento” de los contratos
formalizados el 14 de noviembre de 2008.
g) Los proveedores proporcionaron a la PGJDF un juego de manuales originales, así
como pólizas de garantía en español, como dispone la cláusula undécima “Manuales”
de los contratos.
4. Se comprobó que los vehículos fueron dados de alta en el padrón inventarial de
la dependencia y que a cada uno de ellos le fue asignado un número de inventario
individualizado que correspondió con las claves del CABMS.
5. Mediante los oficios núms. 703/265/2009 y 703/378/2009 de fechas 29 de enero
y 20 de febrero de 2009, respectivamente, la PGJDF remitió a la DGRMSG
de la OMGDF una relación de los vehículos adquiridos durante el ejercicio de 2008,
para su inclusión en la póliza de seguros para “Autos y Camiones” de la compañía
Axa Seguros, S.A. de C.V., por los ejercicios de 2008 y 2009, en cumplimiento
de lo establecido en el apartado 8.5, “Prevención de Riesgos, Aseguramiento y
Recuperación de Siniestros”, de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del
13 de abril de 2007.
299 VOLUMEN 5/13
6. Para constatar la existencia, uso y resguardo de los vehículos, se realizó una
inspección física de 41 de los 247 vehículos adquiridos, que corresponden al contrato
núm. PGJDF/DACS-095/2008 formalizado con Autos Orientales, S.A. de C.V., por ser
el más significativo. Al respecto, se determinó que los vehículos cuentan con sus
resguardos, así como con su correspondiente tarjeta de circulación, factura y formato
de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
Además, de 39 de los 41 vehículos seleccionados, se tomó el calca de los números
de serie de los vehículos, los cuales coinciden con los números de serie asentados en
las facturas correspondientes; y se observó que se encontraban en buenas condiciones
y en operación.
Respecto de los dos vehículos restantes, la PGJDF informó que fueron robados y que
se hicieron las gestiones correspondientes para el cobro de los seguros, los cuales
están en trámite; además, proporcionó copia de las respectivas actas levantadas ante
el Ministerio Público, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8.5, “Prevención
de Riesgos, Aseguramiento y Recuperación de Siniestros”, de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente
a partir del 13 de abril de 2007.
7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-01034, 14-C0-00-01043, 14-C0-00-01048
y 14-C0-00-01090, por un importe de 32,679.6 miles de pesos, se comprobó que están
soportadas con relaciones de facturas y originales de las facturas que amparan los
247 vehículos adquiridos, todas a nombre del Gobierno del Distrito Federal/PGJDF,
las cuales reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los
artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y el numeral 4 del subapartado
IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
8. Por lo que corresponde al proceso de registro presupuestal, se constató que el registro
del pago de los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008, PGJDF/DACS-094/2008,
300 VOLUMEN 5/13
PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008 se realizó conforme al Clasificador
por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 471,
fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.
9. En el apartado A), “Explicación a la Variación del Ejercido respecto del Original”, del
Formato “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta
Pública que la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la Subsecretaría
de Egresos de la SF con el oficio núm. 701/1039/2008 de fecha 31 de marzo de 2008,
respecto al capítulo 5000 se informó que en 2008 se adquirieron 336 vehículos;
sin embargo, existe una diferencia de 43 vehículos respecto a los 293 que realmente
adquirió la PGJDF, como se muestra a continuación:
Bien Cantidad de vehículos Diferencia Informe
de Cuenta Pública CLC
Automóviles sedán 261 182 79 Camionetas 30 14 16 Microbuses 2 4 (2) Grúas 3 - 3 Camiones - 12 (12) Motocicletas 40 77 (37) Otros - 4* (4) Total 336 293 43
* Vehículos adquiridos con cargo a la partida 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” que no fue objeto de revisión.
Lo anterior denota que no se consideraron los registros de los vehículos adquiridos
para la realización del Informe de Cuenta Pública, por lo que se incumplió el artículo 564
del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que establece: “Con base
en los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable
que emane de los registros de las dependencias […] comprendidas en el Presupuesto
de Egresos, la Secretaría integrará la Cuenta Pública y la someterá a la consideración del
Jefe de Gobierno para su presentación en los términos de la Constitución y del Estatuto”.
En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio
núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF
proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010, por medio
301 VOLUMEN 5/13
de la cual el Director General de Programación, Organización y Presupuesto informó que
“por un error involuntario se plasmó información en el Informe de Cuenta Pública 2008
[…] que se obtuvo de los contratos por un total de 336 vehículos; sin embargo, existe
una diferencia de 43 vehículos con respecto a los 293 vehículos que se pagaron
mediante CLC en el 2008. Derivado del análisis que se realizó de la adquisición de
vehículos durante el ejercicio presupuestal 2008, se identifica […] que de los 293 vehículos
adquiridos durante el ejercicio fiscal 2008, 4 vehículos corresponden a ADEFAS 2007.
De la diferencia de 43 vehículos que se reportaron de más en la Cuenta Pública 2008,
20 vehículos corresponden a ADEFAS 2008, y los 23 vehículos restantes se pagaron
con recursos FOSEG”; además, se proporcionó un cuadro cuyas cifras coinciden con
las determinadas por la CMHALDF.
El análisis de los argumentos de la PGJDF y de la documentación presentada, confirma
que la información asentada en el Informe de Cuenta Pública no correspondió
a la consignada en sus registros financieros, presupuestales y contables, por lo que la
observación del presente numeral no se modifica.
10. Mediante los oficios núms. ASC/09/1570, ASC/09/1571, ASC/09/1572 y ASC/09/1573,
todos de fecha 12 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a los proveedores Autos
Orientales, S.A. de C.V.; Auto Comercial Sica, S.A. de C.V.; Kasa Automotriz, S.A. de C.V.;
y Comercializadora Promotodo, S.A. de C.V., información de las operaciones realizadas
con la PGJDF por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008. Al respecto,
los tres primeros proveedores proporcionaron diversa documentación que coincide con
la entregada por la PGJDF, mientras que el proveedor Comercializadora Promotodo,
S.A. de C.V., no proporcionó documentación alguna.
Recomendación ASC-132-08-14-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal por conducto de
la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control que garanticen que la información
que se asiente en el Informe de Cuenta Pública de la dependencia corresponda a la que
se consigne en sus registros financieros, presupuestales y contables, y al ejercicio fiscal
en que se realicen las operaciones.
303 VOLUMEN 5/13
I.17. OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL
I.17.1. ANTECEDENTES
Para dar cumplimiento a la reforma del artículo 73, fracción VI, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de
agosto de 1928, el Congreso de la Unión expidió el 31 de diciembre de ese mismo año
la Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales y dispuso que el Gobierno del Distrito
Federal estuviera a cargo del Presidente de la República, quien lo ejercería mediante
un órgano creado ex profeso, el Departamento del Distrito Federal.
Desde su creación, el Departamento del Distrito Federal consideró en su estructura
a la Oficialía Mayor para ejercer sus atribuciones en materia de administración.
En noviembre de 1983, se dio origen a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito
Federal y el 17 de enero de1984 a su Reglamento Interior.
El 28 de diciembre de 2000, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el nuevo
Reglamento de la Administración Pública del Distrito Federal y, con el oficio
núm. DGAPySPC/64/2000 de fecha 29 de diciembre de 2000, se autorizó la reestructuración
orgánica de la Oficialía Mayor y de sus unidades administrativas.
Atribuciones
El artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, establece
las atribuciones de la Oficialía Mayor:
“Artículo 33. A la Oficialía Mayor corresponde el despacho de las materias relativas a la
administración y desarrollo de personal; al servicio público de carrera; a la modernización
y simplificación administrativa; los recursos materiales; los servicios generales; el patrimonio
inmobiliario; y, en general, la administración interna del Distrito Federal.
”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
304 VOLUMEN 5/13
”I. Proponer al Jefe de Gobierno las medidas técnicas y políticas administrativas para
la organización, funcionamiento y modernización de la Administración Pública
del Distrito Federal;
”II. Diseñar, coordinar e implementar el desarrollo administrativo de las dependencias,
órganos desconcentrados y entidades paraestatales que integran la Administración
Pública del Distrito Federal;
”III. Establecer la normatividad y dictaminar las modificaciones a la estructura orgánica
de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales
de la Administración Pública del Distrito Federal;
”IV. Establecer la normatividad y vigilar la aplicación de los programas de
modernización, simplificación, desarrollo y mejoramiento administrativo, cuidando
la permanente comunicación con la población en cuanto a sus necesidades
respecto de los trámites que realiza y servicios que solicita;
”V. Establecer la normatividad y vigilar la aplicación a los programas de
desconcentración y descentralización del Distrito Federal;
”VI. Determinar la política de informática, diseñando los sistemas que se requieran para
optimizar el uso y la administración de los recursos;
”VII. Proponer al Jefe de Gobierno las normas y políticas tendentes al desarrollo
de las entidades paraestatales;
”VIII. Apoyar al Jefe de Gobierno en la conducción de las entidades paraestatales
agrupadas en cada subsector, y participar en la elaboración de sus respectivos
programas, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan General
de Desarrollo del Distrito Federal;
”IX. Recibir, clasificar, sistematizar y automatizar, a través del órgano que al efecto
se establezca, la información que en las materias registral, normativa, de trámites,
305 VOLUMEN 5/13
servicios y territorial le remitan las áreas competentes, para consulta de las
dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal y público en general;
”X. Operar la organización, funcionamiento y desarrollo del Servicio Público de Carrera
y vigilar su implementación de conformidad con las disposiciones jurídicas
aplicables;
”XI. Expedir lineamientos generales para la selección, evaluación, certificación
y promoción de los servidores públicos de la Administración Pública del Distrito
Federal, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
”XII. Definir en el marco del Servicio Público de Carrera las políticas de evaluación
del desempeño, así como establecer y supervisar los mecanismos relativos a las
promociones, estímulos y gratificaciones para los servidores públicos de carrera
de la Administración Pública del Distrito Federal;
”XIII. Establecer y controlar un sistema de transferencias con el propósito de permitir la
movilidad de servidores públicos de carrera dentro de la estructura de la
Administración Pública del Distrito Federal;
”XIV. Proponer al Jefe de Gobierno la designación o remoción, en su caso, de quienes
deban representar al Distrito Federal ante la Comisión Mixta de Escalafón, la
Comisión Mixta de Higiene y Seguridad y demás comisiones que se integren,
de conformidad con las disposiciones laborales aplicables;
”XV. Autorizar los tabuladores para el pago de los servidores públicos de la
Administración Pública del Distrito Federal centralizada y desconcentrada, así
como la normatividad y la política de sueldos y salarios del personal de la
Administración Pública del Distrito Federal, así como determinar las políticas,
normas y lineamientos administrativos respecto a la contratación de la prestación
de servicios profesionales que lleve a cabo la Administración Pública del Distrito
Federal;
306 VOLUMEN 5/13
”XVI. Intervenir en la formulación de las condiciones generales de trabajo, difundirlas
y vigilar su aplicación;
”XVII. Expedir los nombramientos del personal de la Administración Pública del Distrito
Federal, previo acuerdo de las dependencias, órganos desconcentrados
y entidades competentes;
”XVIII. Establecer la normatividad y las políticas de capacitación del personal de la
Administración Pública del Distrito Federal, en el marco del Servicio Público
de Carrera y de las disposiciones jurídicas aplicables;
”XIX. Establecer la normatividad correspondiente a los arrendamientos, enajenaciones
y adquisiciones que realice el Distrito Federal, así como respecto de los servicios
que le sean prestados e intervenir en unos y otros, de conformidad con las
disposiciones jurídicas aplicables;
”XX. Administrar los bienes muebles e inmuebles del Distrito Federal cuidando
su mantenimiento, conservación y acondicionamiento, así como ordenar su
recuperación administrativa cuando proceda, y proponer al Jefe de Gobierno la
concesión del uso o la venta, en su caso, de dichos bienes;
”XXI. Dirigir y coordinar el Sistema de Valuación de Bienes del Gobierno del Distrito
Federal;
”XXII. Establecer la normatividad y control sobre la administración y enajenación de
bienes del patrimonio de la ciudad, así como el establecimiento de lineamientos
para su adquisición, uso y destino, conforme a los ordenamientos jurídicos
aplicables;
”XXIII. Establecer la normatividad, supervisar y evaluar la operación de las ventanillas
de atención ciudadana;
307 VOLUMEN 5/13
”XXIV. Celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios, escrituras públicas y demás
actos jurídicos de cualquier índole, necesarios para el ejercicio de las atribuciones
del órgano ejecutivo local, excepto los relativos a obra pública, los servicios
relacionados con ésta, la contratación de créditos o firma de títulos crediticios
y otros que sean atribución de otra dependencia, unidad administrativa u órgano
desconcentrado, o correspondan a una facultad indelegable del Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, y
”XXV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”
Conforme al artículo 27 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2000,
la Oficialía Mayor tiene, además de las expresamente conferidas en la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, las siguientes atribuciones:
“Artículo 27. Corresponden al titular de la Oficialía Mayor […]
”I. Atender las necesidades administrativas de la Administración Pública Centralizada
del Distrito Federal;
”I bis. Apoyar a los titulares de las dependencias, unidades administrativas, unidades
administrativas de apoyo técnico-operativo y órganos desconcentrados en la
satisfacción de sus necesidades de servicios, recursos humanos y materiales para
su adecuado funcionamiento, así como apoyar en la instrumentación del Programa
de Modernización y Desarrollo Administrativo Integral;
”II. Establecer y difundir las políticas para regular la administración de recursos humanos
y materiales, de tecnología administrativa, de bienes y servicios informáticos,
de servicios generales, del patrimonio inmobiliario, del archivo documental y de los
bienes muebles, así como proponer aquellas relacionadas con las entidades;
308 VOLUMEN 5/13
”III. Conducir e impulsar la creación, desarrollo, operación, mantenimiento y modernización
de los sistemas del Servicio Público de Carrera, información, administración de
recursos humanos y materiales, organizacionales, tecnología administrativa, bienes
y servicios informáticos, servicios generales, del patrimonio inmobiliario, de los
bienes muebles y del archivo histórico documental;
”IV. Dirigir y resolver, con base en los lineamientos que fije el Jefe de Gobierno, los asuntos
del personal al servicio de la Administración Pública y conducir las relaciones laborales;
”V. Mantener actualizado el escalafón de los trabajadores y vigilar la adecuada difusión
de los movimientos y procesos escalafonarios;
”VI. Autorizar los viáticos y pasajes nacionales y tramitar ante el titular de la
Administración Pública del Distrito Federal la autorización de los pasajes
internacionales y los viáticos en el extranjero, previa validación de suficiencia
presupuestal emitida a las dependencias, órganos desconcentrados y entidades por
la Secretaría de Finanzas;
”VII. Imponer, reducir y revocar las sanciones administrativas a que se haga acreedor el
personal, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables,
sin perjuicio de las que les competan jurídica y administrativamente imponer a otras
autoridades;
”VIII. Determinar la terminación de los efectos del nombramiento de los trabajadores
de la Administración Pública;
”IX. Elaborar las normas y criterios para dictaminar las estructuras orgánicas
y ocupacionales de la Administración Pública, y someterlos a la aprobación del Jefe
de Gobierno;
”X. Definir, actualizar, modificar y, en su caso, aprobar las estructuras organizacionales
y ocupacionales, los catálogos de puestos, los tabuladores respectivos, y los
procedimientos de aplicación de remuneraciones, incentivos y estímulos;
309 VOLUMEN 5/13
”XI. Definir, normar y conducir los programas de mejoramiento de los sistemas
y procedimientos, relacionados con los trámites y servicios de atención al público;
”XII. Realizar estudios administrativos y dictaminar sobre la reorganización de las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo, Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública;
”XIII. Promover y coordinar los programas de intercambio en materia de Administración
Pública y de desarrollo organizacional;
”XIV. Definir y emitir las disposiciones administrativas necesarias para la prestación
de los servicios de la red electrónica digital en la Administración Pública;
”XV. Determinar y coordinar el Programa Institucional de Desarrollo Informático
del Distrito Federal;
”XVI. Requerir a las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Político-
Administrativos, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
la información, datos o la cooperación técnica para el desarrollo de sus funciones;
”XVII. Elaborar y expedir su Manual Administrativo estableciendo las facultades de sus
unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, las cuales se entenderán
delegadas;
”XVIII. Ejercer el presupuesto autorizado, para sus Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, así como el reintegro de los remanentes
presupuestales correspondientes, con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva
o de Área encargada de la administración en su sector; de conformidad con lo que
señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
”XIX. Adquirir y vigilar la correcta utilización de los artículos de consumo, así como
del mobiliario y equipo que requieran las Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, de conformidad
con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
310 VOLUMEN 5/13
”XX. Proyectar y supervisar la ejecución de obras de mantenimiento, remodelación
y reparación de los bienes señalados en la fracción anterior, así como autorizar la
contratación de los servicios generales y los que requieran Unidades Administrativas
y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, de conformidad
con lo que señalen las disposiciones jurídicas aplicables;
”XXI. Formalizar, salvo que el Jefe de Gobierno establezca disposición distinta,
la contratación conforme a la Ley de Adquisiciones y Ley de Obras Públicas, para la
adecuada operación de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
”XXII. Coordinar a las Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la
administración de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo responsables de la informática en los demás órganos de la
Administración Pública del Distrito Federal; y
”XXIII. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones jurídicas
y administrativas aplicables.”
Situación Presupuestal
A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Oficialía Mayor
correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:
311 VOLUMEN 5/13
EGRESOS DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto 2008 2007 Variación
Importe
(1)
% Importe
(2)
% Importe (1) - (2)
(3)
% (3) / (2)
(4)
Presupuesto original
Gasto total 635,140.9 100.0 653,268.3 100.0 (18,127.4) n.a.
Corriente 625,990.9 98.6 653,268.3 100.0 (27,277.4) n.a.
De capital 9,150.0 1.4 0.0 9,150.0 n.a.
Presupuesto ejercido
Gasto total 1,067,972.0 100.0 1,561,844.3 100.0 (493,872.3) n.a.
Corriente 714,455.5 66.9 672,728.7 99.9 41,726.8 6.2
De capital 353,516.4 33.1 889,115.6 0.1 (535,599.2) n.a.
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 745-759 y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 983-1010.
n.a. No aplicable.
GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Importe Variación
Programado
(1)
Ejercido
(2)
Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4)
2008
Gasto total 635,140.9 1,067,972.0 432,831.1 68.1
Corriente 625,990.9 714,455.5 88,464.6 14.1
De capital 9,150.0 353,516.4 344,366.4 3,765.2
2007
Gasto total 653,268.3 1,561,844.3 908,576.0 139.1
Corriente 653,268.3 672,728.7 19,460.4 3.0
De capital 0.0 889,115.6 889,115.6 n.a.
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 745-759 y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 983-1010.
n.a. No aplicable.
312 VOLUMEN 5/13
En 2008, la Oficialía Mayor tuvo una asignación para gasto programable de 635,140.9 miles
de pesos, que representó el 0.6% del importe total programado del Sector Central
del Gobierno del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó 1,067,972.0 miles de
pesos, que representaron el 0.9% del monto ejercido por ese sector (112,100,188.7 miles
de pesos).
Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
GASTO POR CAPÍTULOS DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Presupuestado Ejercido Variación
Importe
(1)
% Importe
(2)
% Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4)
Gasto total 635,140.9 100.0 1,067,972.0 100.0 432,831.1 68.1
Corriente 625,990.9 98.6 714,455.5 66.9 88,464.6 14.1
“Servicios Personales” 506,981.5 79.8 563,158.2 52.7 56,176.7 11.1
“Materiales y Suministros” 13,696.1 2.2 12,594.6 1.2 (1,101.5) n.a.
“Servicios Generales” 104,129.0 16.4 136,713.0 12.8 32,584.0 31.3
“Transferencias” 1,184.3 0.2 1,989.8 0.2 805.5 68.0
De capital 9,150.0 1.4 353,516.4 33.1 344,366.4 3,765.2
“Bienes Muebles e Inmuebles” 9,150.0 1.4 353,516.4 33.1 344,366.4 3,765.2
“Inversión Financiera y Otras Erogaciones” 0.0 n.a. 0.0 n.a. 0.0 n.a.
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 745-759.
n.a. No aplicable.
Principales Programas
En 2008, la Oficialía Mayor ejecutó diversos programas de los Ejes Estratégicos “Reforma
Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes” y “Gestión Pública y Eficaz
y Responsabilidad de la Sociedad”, entre los que destacan los siguientes:
313 VOLUMEN 5/13
1. Eje Estratégico “Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes”
Mediante el programa no prioritario 03 “Administración Pública”, la Oficialía Mayor se
propuso continuar las acciones relativas a la administración y desarrollo personal, la
modernización y simplificación administrativa, el establecimiento de políticas y medidas
administrativas para la mejor aplicación y administración de los recursos materiales y los
servicios generales, en beneficio de la Administración Pública del Distrito Federal, así
como el control y administración del patrimonio inmobiliario del Distrito Federal.
En el caso del programa no prioritario 5 "Conducción y Coordinación de la Política de
Desarrollo", las acciones se orientarían a realizar acciones de planeación coordinación y
supervisión de los trabajos y tareas encaminados a atender las necesidades
administrativas de la Administración Pública del Distrito Federal; coordinar la
instrumentación de políticas tendentes a regular los recursos humanos, materiales y los
servicios generales; conducir la evolución de las estructuras administrativas; y optimizar
los sistemas informáticos.
2. Eje Estratégico “Gestión Pública Eficaz y Responsabilidad de la Sociedad”
Las estrategias y objetivos trazados por la Oficialía Mayor en el programa prioritario 12
“Igualdad de Genero” se enfocaron a mejorar los procesos de administración de los
Centros de Desarrollo Infantil, así como los mecanismos de vigilancia del servicio
educativo-asistencial que se otorga a los hijos de las madres y padres trabajadores de la
Administración Pública Centralizada.
Programa no prioritario 19 “Cultura Esparcimiento y Deporte”
La Oficialía Mayor operó el programa no prioritario 19 “Cultura Esparcimiento y Deporte”
dado que fue la dependencia responsable de la administración y custodia temporal
del Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, cuyo objetivo principal es ofrecer
a la población un servicio social de calidad, atendiendo a diferentes segmentos de la
314 VOLUMEN 5/13
población, entre los que destacan las personas mayores de 60 años, jóvenes que realizan
diversas actividades físicas y población de edad media.
Tipos de Revisión
En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal realizó dos auditorías financieras a la Oficialía Mayor.
315 VOLUMEN 5/13
I.17.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS
I.17.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”
Auditoría ASC/133/08
ANTECEDENTES
Para el ejercicio de 2008, la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM) contó con un presupuesto
original para el capítulo 3000 “Servicios Generales” de 104,129.0 miles de pesos y ejerció
un monto de 136,713.0 miles de pesos, mostrando un incremento de 32,584.0 miles de
pesos (31.3%). Respecto a lo ejercido en 2007 por 106,957.2 miles de pesos, se registró
un incremento de 29,755.8 miles de pesos (27.8%).
Del presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” por 136,713.0 miles de
pesos, destacó el correspondiente a las partidas 3301 “Honorarios” (60,746.9 miles de pesos)
y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles
Adheridos a los Mismos” (14,257.8 miles de pesos), que en suma ascendió a la cantidad
de 75,004.7 miles de pesos y significó el 54.8% del total erogado en el capítulo y el 7.0% del
total ejercido por la OM en 2008 (1,067,972.0 miles de pesos).
En el informe de la Cuenta Pública 2008 del ente, en el formato “ECG Análisis de Egresos
por Capítulo de Gasto” del apartado II. Egresos, la OM reportó que:
“El mayor gasto registrado en el rubro de Servicios Generales respecto del presupuesto
original autorizado por 32,583,988.51 pesos, se explica por una mayor erogación de recursos
efectuada para cubrir el pago de los servicios de avalúo contratados por la Dirección
General de Patrimonio Inmobiliario con los Colegios de Profesionistas para la realización
y dictaminación de los avalúos en materia de bienes muebles, inmuebles y fiscales
requeridos por la Administración Pública del Distrito Federal y por particulares; así como
por el pago de los prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios
asimilados, que durante el ejercicio prestaron sus servicios en la Oficialía Mayor así como
en las distintas unidades que le están adscritas.
316 VOLUMEN 5/13
”Impactaron también los recursos ejercidos con motivo de la custodia temporal del Centro
Social y Deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha’, dentro del cual se realizaron diversas
acciones entre las que se encuentran las reparaciones y adecuaciones a las oficinas
y áreas administrativas del Deportivo; el mantenimiento al empastado de las canchas de
futbol; la contratación del servicio de acondicionamiento acústico para el Auditorio del
Deportivo; así como la contratación de los servicios para el mantenimiento y adecuación
de diversos espacios físicos que incluyó la aplicación de pintura vinílica y de esmalte,
suministro e instalación de wc y mingitorios, instalación de lambrín cerámico y de piso
cerámico, instalación y suministro de regaderas, suministro y colocación de generadores
de vapor y puertas de acceso en los baños de hombres y mujeres, suministro e instalación de
un tanque hidroneumático de 180 galones y una bomba de 2HP, suministro e instalación
de un calentador de agua a gas para 10 servicios, suministro y aplicación de pintura
vinílica en el Salón de Usos Múltiples, instalación de lámparas para plafón y para pared
y aplicación de pintura de esmalte en cancelería, además de trabajos de mantenimiento
en general a los espacios interiores del Auditorio, a la cabina de control en el mismo;
la sustitución del domo en acceso al edificio principal; la protección del espacio de la
subestación eléctrica; los trabajos de mantenimiento al espacio para cocina; la adecuación del
área de squash para gimnasio, las adecuaciones a los baños de hombres y mujeres en el
Salón de Usos Múltiples, en la zona de canchas de futbol y en el módulo de vigilancia,
el suministro y colocación de domo de policarbonato entre el Salón de Usos Múltiples
y casetas, así como la adecuación a la bahía de estacionamiento.
”Asimismo, en el mayor ejercicio incidieron los recursos erogados para los trabajos
relativos al mantenimiento, conservación y rehabilitación con reposición de accesorios
efectuados en los Centros de Desarrollo Infantil números 1, 4 y 7 que permitieron dignificar
el servicio educativo asistencial prestado en dichos espacios; así como los trabajos de
mantenimiento realizados en las instalaciones sanitarias de la planta baja y primer piso
del ‘Edificio Nuevo’ y en las instalaciones sanitarias de la planta baja y primer pisos del
inmueble ocupado por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario que presentaba
severas condiciones de deterioro…”
317 VOLUMEN 5/13
OBJETIVO
Verificar que el presupuesto que se afectó por la Oficialía Mayor con cargo al capítulo
3000 “Servicios Generales” se haya ajustado al presupuesto autorizado y ejercido;
que se encuentre justificado, comprobado, devengado y registrado de conformidad con
la normatividad aplicable.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoria se propone de conformidad con el criterio general de selección de “Importancia
Relativa”; así como el específico de “Presentación de problemas en forma recurrente en
el rubro por auditar”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente a partir
del 11 de julio de 2007.
Mediante el criterio de “Importancia Relativa”, se consideran los rubros de gasto, inversión
y programas, que involucraron recursos considerables y que presentaron variaciones
importantes de los montos presupuestados en relación con los ejercidos, como es el caso
del presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.
El criterio específico de “Presentación de problemas en forma recurrente en el rubro por
auditar” se refiere a los que se han detectado en revisiones anteriores y que son importantes
por su vinculación con los objetivos de la Administración Pública del Distrito Federal.
A la fecha, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (CMHALDF), ha practicado a la OM tres auditorías financieras al capítulo 3000
“Servicios Generales” por los ejercicios de 2001, 2004 y 2005.
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,
fracción VI, y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal; 2o., fracción X; 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VIII, IX y XII, y 28 de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; y 1o., 13, y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
318 VOLUMEN 5/13
ALCANCE
Con base en la información consignada en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito
Federal de 2008, y en la base de datos que la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó
a la CMHALDF, se aprecia que respecto del capítulo 3000 “Servicios Generales” la OM
reportó un presupuesto ejercido en 2008 de 136,713.0 miles de pesos, que con relación al
presupuesto original de 104,129.0 miles de pesos mostró un incremento de 32,584.0 miles
de pesos (31.3%).
El presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se ejerció con cargo a 34 partidas
de gasto, destacando el monto correspondiente a dos de ellas por 75,004.7 miles de pesos,
que representó el 54.8% del total erogado en el capítulo. Dichas partidas registraron un
incremento de 26,555.5 miles de pesos (54.8%) con relación a su asignación original
de 48,449.1 miles de pesos, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Variación Partida
Original % Ejercido % Importe %
3301 “Honorarios” 40,275.0 38.7 60,746.9 44.4 20,471.8 50.8 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” 8,174.1 7.8 14,257.8 10.4 6,083.7 74.4 Subtotal 48,449.1 46.5 75,004.7 54.8 26,555.5 54.8 Otras partidas presupuestales (32) 55,679.9 53.5 61,708.3 45.2 6,028.5 10.8 Total 104,129.0 100.0 136,713.0 100.0 32,584.0 31.3
De la muestra de auditoría determinada del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se revisó
el 100.0% de la documentación justificativa y comprobatoria de 54 Cuentas por Liquidar
Certificadas (CLC) seleccionadas por un monto de 37,164.1 miles de pesos (49.5%),
mediante las cuales se ejerció presupuesto de las partidas 3301 “Honorarios” y 3504
“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos
a los Mismos”, la cual consiste en reportes de actividades; facturas de los servicios contratados
y de los colegios de valuadores; nóminas; pólizas-cheque; suficiencias presupuestales;
contratos; y los documentos que amparan la recepción de los servicios.
Se investigó la existencia de procedimientos generales y específicos aplicables al rubro
sujeto a revisión.
319 VOLUMEN 5/13
Se realizaron pruebas sustantivas que consistieron en el análisis de la variación de los
saldos de las 109 afectaciones presupuestarias con las que se asignó en 2008 el presupuesto
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, asimismo se analizó la justificación de los saldos
reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal con base en la
documentación soporte respectiva. A partir de lo anterior se determinó un aumento
de 20,471.8 miles de pesos, mediante 30 afectaciones presupuestarias, en lo que hace
a la partida 3301 “Honorarios”, y un incremento de 6,083.7 miles de pesos, mediante
35 afectaciones presupuestarias, en lo que se refiere a la partida 3504 “Mantenimiento,
Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”.
Se efectuó el análisis de las causas que motivaron el incremento en el ejercicio del gasto
de las partidas señaladas y que las 65 afectaciones presupuestarias que modificaron el
presupuesto original contaran con el registro y validación del Sistema Institucional de
Control de Egresos (SICE) de la SF.
Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios (PAAAPS) y los Informes Trimestrales de Seguimiento de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios (ISAAPS) autorizados para el ejercicio
presupuestal de 2008, así como las Actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios de la OM.
Se analizaron los registros contables y presupuestales de las operaciones relacionadas
con el importe ejercido por el sujeto de fiscalización con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales”.
Se constató que los recursos erogados con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”,
se hubiesen registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito
Federal y en congruencia con los objetivos y metas de los programas presupuestales que
afectaron.
Se realizaron pruebas de cumplimiento consistentes en la aplicación de cuestionarios a la
Dirección de Recursos Humanos; Subdirección de Nóminas y Movimientos de Personal;
Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; y Subdirección de Servicios
320 VOLUMEN 5/13
Generales, que son las áreas administrativas responsables de la ejecución del gasto de
las partidas 3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes
Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” que pagó la OM en 2008.
Las actividades relativas a la revisión de documentación soporte, por partida del capítulo
3000 “Servicios Generales”, fueron las siguientes:
Partida 3301 “Honorarios”
Se revisaron el Programa Anual de contratación de prestadores de servicios con cargo a
la partida 3301 “Honorarios”; una muestra de auditoría del presupuesto ejercido con 49 CLC
y 2 Documentos Múltiples (DM), por medio de los cuales se efectuaron los pagos
correspondientes; los reportes de actividades mensuales de 99 prestadores de servicio;
se verificó que los expedientes de dichos prestadores de servicios contaran con los
contratos de prestación de servicios y, en su caso, con los convenios de terminación
anticipada, con sus respectivos recibos de pago o pólizas-cheque y con la documentación
solicitada para su contratación (currículum vitae, identificación oficial, cédula fiscal,
comprobante de domicilio, comprobante de estudios y acta de nacimiento).
Se revisó que los informes trimestrales de avance programático presupuestal correspondientes
al ejercicio de 2008 de la partida 3301 “Honorarios”, se hayan remitido oportunamente a la OM.
Se verificó si el personal que laboró en la OM en 2008, trabajó al mismo tiempo en otros entes
del Gobierno del Distrito Federal y, en su caso, si contó con la constancia de compatibilidad
para el desempeño de dos o más empleos o comisiones.
De la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y
Muebles Adheridos a los Mismos”, se examinaron los dos procedimientos de licitación pública
nacional celebrados por la OM con relación a esta partida, cuyos montos de adjudicación
ascendieron a un total de 9,046.4 miles de pesos mediante 3 contratos; asimismo, se
revisó un procedimiento de adjudicación directa por un monto de 1,702.4 miles de pesos
asignado mediante un contrato. Al respecto, se verificó que los procedimientos de
adjudicación seleccionados como parte de la muestra de auditoría, se hubiesen ajustado
a los montos de actuación autorizados y a la normatividad aplicable y que los expedientes
321 VOLUMEN 5/13
contaran con la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente, como son
las requisiciones, sondeos de mercado y cotizaciones, contratos, facturas y, en su caso,
bases, publicación de convocatoria, actas de las distintas etapas del procedimiento,
dictámenes y fallos, así como la documentación de los concursantes solicitada en las
bases, y que los contratos adjudicados por la celebración de dichos procedimientos,
hayan sido formalizados con los prestadores de servicios que hubiesen ofrecido las mejores
condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento u oportunidad.
Se analizaron cinco CLC mediante las cuales se realizaron los pagos con cargo a esta partida,
con su documentación soporte, consistente en contratos, facturas, actas de entrega-recepción
por los servicios de mantenimiento, conservación y rehabilitación de accesorios de tres
Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) de la OM, a instalaciones sanitarias y al Centro
Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”.
Se aplicaron los siguientes procedimientos de auditoría:
a) Análisis. Se llevó a cabo el análisis comparativo de la información las nóminas
proporcionadas por la Dirección de Recursos Humanos de la OM con respecto de la
información proporcionada por la Dirección de Recursos Financieros, así como respecto
de la información contenida en la Cuenta Pública 2008.
b) Inspección. Con la finalidad de constatar los servicios de mantenimiento, conservación
y rehabilitación de accesorios desarrollados en 2008, se llevaron a cabo verificaciones
físicas en los tres CENDI; en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”
y en las instalaciones sanitarias de la planta baja y primer piso del inmueble ocupado
por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
c) Observación. Se acudió a observar, a partir de sus resultados, la forma en que se
desarrollaron los servicios de mantenimiento, conservación y rehabilitación de accesorios,
de lo cual se obtuvo constancia fotográfica del estado físico que guardan las instalaciones
mencionadas en el inciso anterior.
d) Declaración. Como parte de los trabajos de auditoría, se aplicaron cuestionarios
a 35 prestadores de servicios profesionales, de los 99 de la muestra de auditoría
determinada, que realizaron cobros por concepto de honorarios asimilables a salarios
322 VOLUMEN 5/13
en el mes de diciembre de 2008 y que, a la fecha de la revisión (febrero de 2010),
continuaban laborando en la OM, para constatar que el pago efectivamente se hubiese
realizado al prestador de servicios profesionales y que los servicios profesionales se
hubiesen prestado efectivamente.
e) Confirmación. Se dirigieron tres oficios de confirmación de operaciones a igual número
de prestadores de servicios, con los que la OM celebró contratos para los servicios de
mantenimiento, conservación y rehabilitación de accesorios en las instalaciones
seleccionadas para su revisión por un importe de 6,476.9 miles de pesos (45.4% del
total ejercido por 14,257.8 miles de pesos).
Además, se llevaron a cabo cuatro confirmaciones de operaciones con prestadores
de servicios profesionales pagados por la OM con cargo a la partida 3301 “Honorarios”.
f) Cálculo. Se verificaron, de la partida 3301 “Honorarios”, las cifras de la nómina de los
prestadores de servicio generada por la Dirección de Recursos Humanos contra las
cifras de la Dirección de Recursos Financieros, ambas adscritas a la OM, y la información
reportada en la Cuenta Pública de 2008 proporcionado por la SF.
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) en la OM,
por ser el área encargada de registrar las operaciones del gasto, de conservar la
documentación justificativa y comprobatoria y de administrar los recursos financieros.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DEL CONTROL INTERNO
Para llevar a cabo el estudio y evaluación del sistema de control interno, con el fin
de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las
pruebas de auditoría, se analizó el Manual Administrativo de la OM vigente en 2008, en
sus apartados de organización y de procedimientos, con el fin de identificar la estructura
orgánica de la dependencia, así como las funciones y atribuciones de las unidades
administrativas que la integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.
A partir de la revisión al manual de procedimientos proporcionado por el sujeto fiscalizado, con
objeto de identificar y verificar los procedimientos correspondientes al capítulo 3000 “Servicios
Generales”, y si éstos se aplicaron en el ejercicio de 2008, se determinó lo siguiente:
323 VOLUMEN 5/13
1. Estructura orgánica
En 2008, la OM realizó sus actividades con base en la estructura orgánica establecida
en el dictamen técnico núm. 2/2007, que le fue comunicada por la Coordinación General
de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de
febrero de 2007.
De conformidad con dicho dictamen, la OM se integró como sigue:
La Oficina del C. Oficial Mayor; tres Direcciones Generales (de Administración y Desarrollo de
Personal, de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Patrimonio Inmobiliario);
y una Coordinación General (de Modernización Administrativa).
Asimismo, contó con una Unidad Administrativa (DGA en la OM); cuatro Unidades
de Enlace Administrativo (una por cada Dirección General y la Coordinación General);
y 15 Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, destacadas en igual número
de entidades públicas (14 dependencias y un organismo público descentralizado).
La estructura anterior incluyó además: un Secretario Particular, dos Asesores, 17 Direcciones,
dos Direcciones Ejecutivas, 33 Subdirecciones y 121 Jefaturas de Unidad Departamental.
Por su parte, la DGA en la OM (Unidad Administrativa en la OM), quedó integrada por tres
direcciones de área: de Recursos Humanos, de Recursos Financieros, y de Recursos
Materiales y Servicios Generales.
2. Manual Administrativo
Los Manuales Administrativos de la OM, en su parte de organización, que estuvieron
vigentes en 2008, fueron el registrado con el número MA-12007-2/07, comunicado por
a CGMA mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0242/08 del 18 de enero de 2008 y el de la
CGMA con número de registro MA-12004-2/07, comunicado por la propia CGMA con
el oficio núm. CGMA/DDO/0560/08 del 28 de abril de 2008; el Manual Administrativo
de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, con número de
registro MA-12003-2/07, comunicado por la CGMA con el oficio núm. CGMA/DDO/2477/08
del 21 de agosto de 2007 y el de la Dirección General de Administración y Desarrollo de
324 VOLUMEN 5/13
Personal, con número de registro MA-12002-2/07, comunicado por la CGMA con el oficio
núm. CGMA/DDO/0426/08 del 16 de abril de 2008.
Del análisis a dichos manuales, se determinó que las unidades administrativas de la OM
que en 2008 participaron directamente en el trámite, registro, control, archivo y salvaguarda
de la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas por
la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, fueron la DGA en la OM y sus
Direcciones de Recursos Humanos, de Recursos Financieros y, de Recursos Materiales
y Servicios Generales.
3. Manual de Procedimientos
Con relación a los manuales de procedimientos, se observó que la OM y en específico
la DGA en la OM, no contó con procedimientos específicos para la partida 3504
“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a
los Mismos”. Por lo que se refiere a los procedimientos utilizados por la DGA y que se
relacionan con el registro y control de las operaciones relativas al capítulo 3000 “Servicios
Generales” y en específico a la partida 3301 “Honorarios”, estos fueron registrados por
la CGMA con el núm. MA-12007-170/01, y comunicados a la DGA en la OM a través del
oficio núm. CGMA/0495 del 26 de febrero de 2003; sin embargo como resultado de lo
expresado por las unidades administrativas a cargo, se confirmó que dichos procedimientos
no se encuentran actualizados.
En este sentido, de la revisión a los procedimientos en cuestión, no se aprecia que cuenten
con lo requerido para la operación y control del capítulo 3000 “Servicios Generales” y en
específico de las partidas sujetas a revisión, lo que ocasiona debilidades de control interno.
4. Pruebas de cumplimiento
Las pruebas de cumplimiento practicadas por la CMHALDF para evaluar el sistema de
control interno que la OM tiene implantado para el capítulo 3000 “Servicios Generales”,
y, en particular las partidas 3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y
Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” consistieron en aplicar
325 VOLUMEN 5/13
cuestionarios y solicitar notas informativas al personal de las áreas de la OM que intervinieron
en la operación, ejercicio del gasto, manejo y control y del capítulo señalado. Dichas áreas
fueron la Dirección de Recursos Humanos; la Subdirección de Nóminas y Movimientos de
Personal; la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; y la Subdirección
de Servicios Generales.
Las pruebas también consistieron en aplicar cuestionarios a los prestadores de servicios
profesionales; inspeccionar físicamente la aplicación de los recursos que otorgó la OM;
recopilar y analizar la información general relativa a las áreas sujetas a estudio; comprobar
que los procedimientos establecidos aseguren razonablemente el cumplimiento de las
leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria;
verificar que los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos responsables
y que la documentación que los soporta se encuentre debidamente resguardada; revisar
la existencia de registros que incluyan todas las operaciones realizadas con relación al rubro
sujeto a revisión; e identificar los riesgos de las operaciones en revisión y del cumplimiento
de los objetivos específicos de control.
Como resultado del examen del control interno aplicado a la OM en cuanto al ejercicio
de los recursos erogados en 2008 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se
determinaron debilidades, en virtud de que la DGA en la OM no cuenta con procedimientos
respecto a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles
y Muebles Adheridos a los Mismos”.
Del análisis a la documentación obtenida y de la respuesta a los cuestionarios aplicados
a los servidores públicos encargados, se determinó que los procedimientos relativos al
ejercicio del gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales” que la OM adoptó en 2008, no
se fundamentaron en un documento formal y autorizado sino que consisten en actividades
empíricas, lo que ocasiona debilidades de control interno.
De lo anterior se desprende que el sistema de control interno establecido en 2008 para
los procesos examinados y evaluados, presenta deficiencias que propician que las
operaciones de la OM se expongan a riesgos de errores e irregularidades. Las fallas
de control interno detectadas, se precisan en los resultados respectivos.
326 VOLUMEN 5/13
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Del capítulo 3000 “Servicios Generales”, la muestra de auditoría determinada correspondió
a 54 CLC por un importe de 37,164.1 miles de pesos, que representa el 27.2% del total de
dicho capítulo (136,713.0 miles de pesos).
La muestra de auditoría, se determinó conforme a los párrafos 17 y 23 del Boletín 5020 de
las Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar del Instituto Mexicano
de Contadores Públicos (IMCP); considerando el tamaño del universo de las partidas
seleccionadas, se utilizó la selección aleatoria, que es la que asegura que todas las partidas
dentro del universo tienen la misma posibilidad de ser seleccionadas, conforme a lo siguiente:
El universo sujeto a revisión, correspondiente al total de las erogaciones efectuadas en 2008
por la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se estratificó por partida
integrante de dicho capítulo (párrafo 17 del Boletín 5020), y de su análisis se estableció
que la muestra de auditoría se determinaría conforme a los párrafos 13, 14, 17 y 23 del
Boletín 5020 (selección casual), por lo que quedaría integrada por las partidas y erogaciones
que reunieran las características siguientes:
1. Aquellas partidas que por su monto fueran las más representativas respecto del total
del presupuesto ejercido con cargo al capítulo 3000 (partidas 3301 “Honorarios” y
3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles
Adheridos a los Mismos”).
2. Aquellas partidas en las que el gasto presentara variaciones significativas, positivas
o negativas, superiores al 20.0% del presupuesto ejercido respecto del presupuesto
original, o una variación positiva o negativa superior al 10.0% en el gasto ejercido
en 2008 respecto del ejercicio inmediato anterior (partidas 3301 “Honorarios” y 3504
“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos
a los Mismos”).
3. En el caso de la partida 3301 “Honorarios”, por importancia relativa del universo de
las CLC, se seleccionaron las erogaciones correspondientes al mes de diciembre por
ser el más representativo de todo el año, ya que incluyó el pago ordinario así como
el extraordinario del ejercicio 2008.
327 VOLUMEN 5/13
4. En el caso de la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes
Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, se aplicó también una selección
de erogaciones por importancia relativa respecto del universo de las CLC.
Considerando lo anterior y el párrafo 25 del Boletín 5020 de las Normas y Procedimientos
de Auditoría y Normas para Atestiguar del IMCP, la determinación de la muestra de
auditoría de los pagos con cargo a las dos partidas seleccionadas, resultó de la aplicación
de números aleatorios de generador electrónico por computadora, con un nivel de
confianza del 95.0% y una tasa de error esperada no mayor a 3.0% y un porcentaje
de precisión de (+,-) 3.0%; resultando para su revisión la muestra de CLC que se indica
a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Universo Muestra Partida CLC Presupuesto
ejercido % del
capítulo CLC Presupuesto
ejercido % partida
total
3301“Honorarios” 156 60,746.9 44.5 49 26,415.3 43.4
3504“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” 50 14,257.8 10.4 5 10,748.8 75.4
Subtotal 206 75,004.7 54.9 54 37,164.1 49.5
Otras partidas (32) 334 61,708.3 45.1 0 0.0 0.0
Total del capítulo 3000 540 136,713.0 100.0 54 37,164.1 27.2
RESULTADOS
1. Resultado
Del análisis efectuado a los manuales administrativos (organización y procedimientos)
de las unidades administrativas adscritas a la OM (Dirección General de Administración
en la OM, Dirección General de Administración de Personal y Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales), encargadas del registro y control de las operaciones
efectuadas por la OM relativas al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó
lo siguiente:
328 VOLUMEN 5/13
1. El Manual Administrativo de la DGA en la OM, vigente en el ejercicio de 2008, fue
elaborado conforme al dictamen de reestructuración orgánica núm. 2/2007 con vigencia
a partir del 1o. de febrero de 2007. Dicho manual quedó registrado ante la CGMA
con el núm. MA-12007-2/07, de conformidad con el oficio núm. CGMA/DDO/0242/08
del 18 de enero de 2008; asimismo, fue difundido a las áreas de la DGA en la OM con
el oficio circular núm. OM/DGA/006/2008 del 28 de enero de 2008. De la revisión al
manual de organización, no se desprende observación alguna.
2. Respecto al Manual de Procedimientos, mediante el oficio número OM/DGA/1925/2009
del 8 de diciembre de 2009, el sujeto fiscalizado proporcionó listados de los
procedimientos relacionados con el registro y control de las operaciones relativas
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, los cuales fueron registrados ante la CGMA
con el número MA-12007-170/01, mediante el oficio núm. CGMA/0495 de fecha 26 de
febrero de 2003.
De conformidad con los listados proporcionados por el sujeto fiscalizado, se determinó
que de los 58 procedimientos utilizados por la DGA en la OM, 24 de ellos corresponden
a la Dirección de Recursos Humanos, adscrita a la DGA en la OM, de los cuales sólo
9 de ellos se relacionan con el registro y control de las operaciones relativas al capítulo
3000 “Servicios Generales”. Los 58 procedimientos que se proporcionaron fueron
registrados y comunicados por la CGMA conforme el oficio núm. CGMA/0495/03
del 26 de febrero de 2003.
Adicionalmente, se proporcionó un listado de 12 procedimientos de la Jefatura de
Unidad Departamental de Nóminas y Movimientos (9 para su actualización y 3 para
su registro) soportadas con el oficio núm. CGMA/0189/05 del 28 de enero de 2005,
con el que la CGMA de la OM informó a la DGA en la OM el registro de dichos
procedimientos.
Por su parte, con el oficio núm. CGMA/2745/03 del 30 de septiembre de 2003,
la CGMA de la OM comunicó al entonces encargado de la DGA en la OM el registro
de 11 procedimientos correspondientes de acuerdo al organigrama de Recursos
Materiales y Servicios Generales de las Subdirecciones de Enlace Administrativo
329 VOLUMEN 5/13
en la OM, para su integración al manual respectivo, conservando el mismo número de
registro MA-12007-170/01.
De conformidad con los listados proporcionados por el sujeto fiscalizado, se determinó
que de los procedimientos utilizados por la DGA en la OM, sólo 9 de ellos se
relacionaron con el registro y control de las operaciones relativas a las partidas
sujetas a revisión, los cuales se consignan en el cuadro siguiente:
Procedimientos Número Denominación Fecha
de elaboraciónNúmero Denominación Fecha
de elaboración
07.001 “Contratación de Prestación de Servicios Profesionales con cargo a la Partida 3301”
1/III/04 07.034 “Mantenimiento de Muebles e Inmuebles”
7/VI/03
07.005 “Integración y Control de Expedientes del Personal de la Oficialía Mayor”
1/III/04 07.048 “Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”
25/XI/02
07.009 “Elaboración de la Nómina del Personal de Honorarios”
1/III/04 07.049 “Procedimientos bajo los cuales se pueden realizar las adquisiciones de bienes y servicios”
25/XI/02
07.081 “Reporte de Retención de Impuesto sobre la Renta por Concepto de Servicios Profesionales y Honorarios Asimilados a Salarios”
1/III/04 07.050 “Licitación Pública Nacional o Internacional”
25/XI/02
07.055 “Informe Mensual de Seguimiento de Licitaciones (SELIC)”
25/XI/02
Al respecto, se observó que dichos procedimientos no están actualizados, ya que dentro
de sus actividades no consideran lo aplicable al capítulo 3000 “Servicios Generales” y las
partidas sujetas a revisión. Lo anterior, se confirmó con las respuestas al cuestionario de
control interno aplicado por la CMHALDF a la Dirección de Recursos Financieros (DRF),
mediante el cual se preguntó específicamente si para 2008 y actualmente cuenta con el
Manual de Procedimientos para el desempeño de sus funciones, solicitándose asimismo
que, relacionara el nombre de los procedimientos que se aplican para la elaboración,
registro, control y autorización de las operaciones financieras del capítulo 3000 “Servicios
Generales” en la OM, las áreas que intervienen y la documentación que se genera.
Respecto de lo anterior la DRF respondió “Que la contratación la realiza la Dirección
de Recursos Humanos con apego a la Circular Uno y la DRF al efectuar los trámites
programático-presupuestales verifica que se encuentre la documentación y autorización
correspondiente”.
330 VOLUMEN 5/13
Además, con nota informativa del 30 de noviembre de 2009, la Subdirección de Enlace
Administrativo en la DRMySG indicó: “… la definición de actividades ha estado a cargo
de cada uno de los directores de área a los cuales se encuentran adscritos y el horario de
labores es ‘abierto’. Por lo que respecta al reclutamiento, selección y contratación, se
ha atendido a lo señalado en el oficio circular núm. DGA/012/2007 ‘Lineamientos para
la autorización de programas de contratación de prestadores de servicios con cargo
a las partidas presupuestales: 3301 ‘Honorarios’, 3302 ‘Capacitación’, 3303 ‘Servicios de
Informática’, 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’ y 3305 ‘Estudios e Investigaciones’”.
Cabe agregar que la DGA en la OM proporcionó, con el oficio núm. OM/DGA/0098/2010
del 14 enero 2010, el procedimiento denominado “Pago de Honorarios por Servicios
Profesionales” y comentó: “Cabe hacer mención que el presente documento se elaboró
derivado de reuniones de trabajo conjuntas con las áreas que comprenden la Oficialía
Mayor (Dirección General de Administración, Dirección de Recursos Humanos, Dirección
de Recursos Financieros y Subdirecciones de Enlace Administrativas), para que existiera
un control adecuado en el trámite ante CGMA y DGADP y el correcto pago en la DGA una
vez obtenidas las autorizaciones respectivas. Este procedimiento se ha venido aplicando
y actualizando a partir del 2007, por lo que durante el ejercicio 2008 se empleó para el
pago de los honorarios profesionales. Actualmente se considera que puede ser tomado
como un procedimiento a formalizarse ante el área correspondiente (CGMA)”.
Por su parte, de la aplicación del cuestionario de control interno por parte de la CMHALDF
a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, a la pregunta específica
relativa a que si para 2008 y actualmente cuenta con Manual de Procedimientos de la
partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles
Adheridos a los Mismos”, la dirección respondió: “No existen procedimientos específicos para
el Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos
a los Mismos”.
Como resultado de lo antes expuesto, se concluye que en 2008 y a la fecha de la auditoría
(marzo de 2010), la OM carece de procedimientos actualizados para el manejo del
presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” y en específico de las partidas 3301
“Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles
y Muebles Adheridos a los Mismos” seleccionadas para su revisión.
331 VOLUMEN 5/13
Por no contar con los procedimientos específicos actualizados aplicables al capítulo
3000 “Servicios Generales”, la OM incumplió el numeral 4.4.14 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2007), vigente en 2008,
que dispone: “4.4.14 Los Titulares de las Dependencias […] son los responsables de la
actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un
proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura
orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización del manual se
realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación
efectuada debiendo remitir a la CGMA la documentación correspondiente para que ésta
proceda a la actualización y registro de dicho Manual”.
En la reunión de confronta, celebrada el 6 de abril de 2010, la Dirección General de
Administración en la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha,
rindió la información siguiente:
“Efectivamente la Oficialía Mayor, no tenía a la fecha de la auditoría los Manuales de
Procedimientos actualizados, sin embargo durante el presente ejercicio se tomaron las
siguientes acciones: Con Oficio Circular número OM/DGA/129/2010 de fecha 20 de enero
de 2010, la Dirección General de Administración instruyó a los Directores adscritos a ésta,
llevaran a cabo la actualización de los Manuales de Procedimientos de cada área, de
conformidad con la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales Administrativos
vigente; dicha instrucción contempló como fecha límite el 22 de febrero, para ser enviados
a la CGMA para su revisión y en su caso aprobación y registro, los proyectos de los
manuales de Procedimientos se enviaron a la CGMA el día 25 de marzo de 2010,
con oficio número OM/DGA/528/2010.”
Del análisis efectuado a la información y documentación proporcionada, se determinó que
el sujeto fiscalizado remitió a la Coordinación General de Modernización Administrativa
un listado de varios procedimientos que se relacionan con el capítulo 3000 “Servicios
Generales”, sin que se aprecie alguno específico para las partidas 3301 “Honorarios”
y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles
332 VOLUMEN 5/13
Adheridos a los Mismos” y sin que la OM precisara a la CMHALDF el alcance de dichos
documentos normativos a fin de identificar en qué medida son aplicables al rubro
señalado, por lo que la observación del presente resultado prevalece.
Recomendación ASC-133-08-10-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para asegurarse de que,
cada vez que se autoricen modificaciones a su estructura orgánica o marco jurídico,
se actualice su Manual Administrativo en sus partes de organización y de procedimientos;
y se tramite oportunamente su revisión, dictamen y registro ante la Coordinación General
de Modernización Administrativa, en cumplimiento de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-133-08-11-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que
se elaboren procedimientos dirigidos a regular el ejercicio de los recursos con cargo al
capítulo 3000 “Servicios Generales” y en específico de las partidas 3301 “Honorarios”
y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles
Adheridos a los Mismos”, y que dichos procedimientos sean incorporados en su Manual
Administrativo y remitidos a la Coordinación General de Modernización Administrativa,
para su revisión, dictamen, y registro, de acuerdo con la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
2. Resultado
En el Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del ejercicio de 2008,
la OM reportó en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto ejercido
de 136,713.0 miles de pesos, importe que con relación a su presupuesto original de
104,129.0 miles de pesos, significó un incremento de 32,584.0 miles de pesos (31.3%).
333 VOLUMEN 5/13
En relación con lo ejercido en 2007 (106,957.2 miles de pesos), dicho capítulo reportó
un incremento de 29,755.8 miles de pesos (27.8%).
La modificación neta al presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, afectó un
programa prioritario que registró un presupuesto ejercido por 10,272.6 miles de pesos
(7.5% del total ejercido con cargo al capítulo referido) y tres no prioritarios que registraron
un presupuesto ejercido por 126,440.4 miles de pesos (92.5% del total ejercido con cargo
al capítulo referido), como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Programa
Original Modificado Ejercido %
Prioritario 12 “Igualdad de Género” 5,041.2 5,231.4 10,272.6 7.5
Subtotal 5,041.2 5,231.4 10,272.6 7.5 No prioritarios
03 “Administración Pública” 98,253.6 18,296.5 116,550.1 85.3 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 834.2 848.2 1,682.4 1.2 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 0.0 8,207.9 8,207.9 6.0
Subtotal 99,087.8 27,352.6 126,440.4 92.5 Total 104,129.0 32,584.0 136,713.0 100.0
Asimismo, se analizó el registro del presupuesto ejercido y se determinó que el origen
de recursos correspondió a los siguientes tipos de pago:
(Miles de pesos y por cientos)
Tipo de pago Presupuesto ejercido
%
00 “Gasto Normal” 66,202.5 48.4 11 “Retención Asimilable a Salario” 25,217.4 18.4 19 “Mantenimiento de la Red Privada del GDF” 0.0 0.0 25 "Telefonía de Larga Distancia partida 3103” 45.1 n.s 51 “Ingresos de Aplicación Automática” 28,919.6 21.2 63 “Pago de Deducibles de Seguros” 118.4 0.1 68 “Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS)” 8,135.0 6.0 70 ”Pago por el Servicio de Energía Eléctrica, de las Dependencias Órganos Desconcentrados que concentra DGSU”
7,553.0 5.5
75 “Centro de Control de Confianza” 522.0 0.4
Total 136,713.0 100.0
n.s. No significativo.
334 VOLUMEN 5/13
Al respecto, se determinó que el presupuesto autorizado, modificado y ejercido por la OM
con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, corresponde al reportado en el Analítico
de Egresos por Dependencia-Clave Presupuestal de la Cuenta Pública de 2008.
En el informe de Cuenta Pública de 2008 del ente, en el formato “ECG Análisis de
Egresos por Capítulo del Gasto” del apartado II. Egresos, la OM informó lo siguiente:
“El mayor gasto registrado en el rubro de Servicios Generales es por una mayor erogación
de recursos efectuada para cubrir el pago de los servicios de avalúos contratados por la
Dirección General de Patrimonio Inmobiliario con los Colegios de Profesionistas para
la realización y dictamen de avalúos en materia de bienes muebles, inmuebles y fiscales
requeridos por la Administración Pública del Distrito Federal y por particulares; así como
por el pago de los prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios
asimilados que durante el ejercicio prestaron sus servicios en la Oficialía Mayor así como
en las distintas Unidades Administrativas que le están adscritas.
”Asimismo, los recursos ejercidos con motivo de la custodia temporal del Centro Social
y Deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha’, dentro del cual se realizaron diversas acciones como
reparaciones y adecuaciones a las oficinas y áreas administrativas del Deportivo;
contratación de los servicios para el mantenimiento y adecuación a diversos espacios
físicos; para los trabajos relativos al mantenimiento, conservación y rehabilitación con
reposición de accesorios efectuados en los Centros de Desarrollo Infantil que permitieron
dignificar el servicio educativo-asistencial presentado en dichos espacios.”
Respecto al programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, en el apartado “Acciones
Realizadas en materia de Equidad de Género” del Informe de Cuenta Pública 2008, se
señala: “En el presente ejercicio, se otorgó el servicio educativo asistencial a 748 niños
y niñas en edades de 45 días a 5 años 11 meses, mediante la conceptualización de un
marco integral, para que los infantes desarrollen el máximo de sus potenciales. El servicio
se otorga durante la jornada laboral de madres y padres trabajadores del Gobierno
del Distrito Federal afiliados al Sindicato Único del GDF. Con las acciones realizadas, se
cumple con la obligación de otorgar atención a los hijos de los trabajadores, además de
apoyar principalmente a las mujeres que prestan sus servicios a la Administración Pública
del Distrito Federal”.
335 VOLUMEN 5/13
Del análisis a la información y documentación de este resultado, no se determinó observación
alguna.
3. Resultado
Derivado del análisis de las afectaciones presupuestarias efectuadas por la OM en 2008
en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó lo siguiente:
El presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 104,129.0 miles de
pesos, se incrementó en 32,584.0 miles de pesos (31.3%) mediante 44 afectaciones
presupuestarias relativas a 34 partidas, de las cuales destacaron y se revisaron las
partidas 3301 “Honorarios”, en la que se ejerció un monto de 60,746.9 miles de pesos
(44.4% del total erogado en el capítulo), y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación
de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, que presentó un presupuesto
ejercido de 14,257.8 miles de pesos (10.4% del total erogado en el capítulo).
La modificación neta al presupuesto original de las dos partidas revisadas, fue por un monto
de 26,555.5 miles de pesos mediante 65 afectaciones presupuestarias, que fueron autorizadas
por la SF y originaron un total de 266 movimientos presupuestales, como sigue:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Partida
Original Ejercido Variación % Cantidad
de afectaciones Movimientos
presupuestales*
3301 “Honorarios” 40,275.0 60,746.8 20,471.8 50.8 30 158 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” 8,174.1 14,257.8 6,083.7 74.4 35 108 Subtotal 48,449.1 75,004.6 26,555.5 54.9 65 266 Otras partidas presupuestales (34) 55,679.9 61,708.4 6,028.5 10.8 44 1,204 Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” 104,129.0 136,713.0 32,584.0 31.3 109 1,470
* Ampliaciones, adiciones y reducciones líquidas y compensadas.
Como se aprecia en el cuadro anterior, las 2 partidas que integraron la muestra de auditoría
fueron las que tuvieron un incremento significativo en su monto (54.9%) en relación
con las otras 34 partidas (10.8%) con las que se ejerció el presupuesto del capitulo 3000
“Servicios Generales”; por programas, las variaciones que tuvo la partida 3301 “Honorarios”
fueron las siguientes:
336 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos y por cientos)
Programas Original
(1)
Modificado
(2)
Ejercido
(3)
Variación (%)
(2)/(1)
Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 1,292.2 (842.0) 450.2 (65.2)
Total programa prioritario 1,292.2 (842.0) 450.2 (65.2) Programas no prioritarios
03 “Administración Pública” 38,982.8 17,200.9 56,183.7 44.1 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 0.0 597.7 597.7 0.0 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 0.0 3,515.2 3,515.2 0.0
Total programas no prioritarios 38,982.8 21,313.8 60,296.6 54.7 Total partida 3301 “Honorarios” 40,275.0 20,471.8 60,746.8 50.8
Asimismo, el presupuesto ejercido de ambas partidas por 75,004.6 miles de pesos, afectó
un programa prioritario y tres no prioritarios, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partidas presupuestales Programa
3301 % 3504 %
Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 450.2 0.7 6,588.0 46.2
Total prioritario 450.2 0.7 6,588.0 46.2 No prioritarios 03 “Administración Pública” 56,183.7 92.5 4,245.3 29.8 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 597.7 1.0 10.0 0.1 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 3,515.2 5.8 3,414.5 23.9
Total no prioritarios 60,296.6 99.3 7,669.8 53.8 Presupuesto total ejercido 60,746.8 100.0 14,257.8 100.0
De conformidad con las justificaciones de las afectaciones presupuestarias, las variaciones
por partida correspondieron a lo siguiente:
Partida 3301 “Honorarios”
El aumento neto de 20,471.8 miles de pesos (50.8%) respecto al presupuesto original
(40,275.0 miles de pesos) resultó de 30 afectaciones presupuestarias autorizadas por
la SF, que originaron 158 movimientos presupuestales; 17 afectaciones fueron reducciones
y ampliaciones compensadas por recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones de recursos
337 VOLUMEN 5/13
que no modificaron al presupuesto y 13 originaron la modificación neta al presupuesto
(4 ampliaciones compensadas, 3 ampliaciones líquidas, 1 adición compensada, 4 reducciones
compensadas y 1 reducción líquida). Lo anterior en función de lo siguiente:
(Miles de pesos)
Numero de afectación Justificaciones Importe
B 25 C0 01 0093 E Adición compensada para que la OM cuente con la suficiencia presupuestal y esté en posibilidades de cubrir el pago por concepto de honorarios a un prestador de servicios con funciones de archivonomía que originalmente se encontraba contratada en la Dirección General del Registro Civil y se realizará su recontratación en la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal. 221.6
C 12 C0 01 0154 E Ampliación líquida de recursos a los programas 03 “Administración Pública” y 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”, con la finalidad de contar con los recursos necesarios para cubrir el programa de honorarios de las unidades administrativas adscritas a la OM para estar en condiciones de cubrir los honorarios de los meses de septiembre a noviembre y parte del mes de diciembre de 2008. 4,793.7
B 12 C0 01 0213 E Adición compensada al programa 03 “Administración Pública” para la partida 3301 “Honorarios” para contar con recursos necesarios para cubrir los honorarios del personal que lleva a cabo trabajos relativos a la actividad institucional de reciente creación denominada “Operar la red troncal de informática”. 352.1
B 12 C0 01 0239 E Ampliación compensada en la partida 3301 “Honorarios” con el propósito de contar con recursos para cubrir y complementar el costo del programa de honorarios de las unidades administrativas adscritas a la OM hasta el mes de diciembre de 2008. 3,083.5
C 12 C0 01 0249 E, C 12 C0 01 0263 E
Ampliaciones líquidas al programa 03 “Administración Pública” en la partida 3301 “Honorarios” para cubrir el costo correspondiente a las nóminas que son cubiertas con recursos de aplicación automática de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2008. 16,476.4
B 12 C0 01 0264 E Ampliación compensada al programa 03 “Administración Pública“, en la partida 3301 “Honorarios” para regularizar los egresos relativos a los recursos de aplicación automática correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2008 y mediante los cuales se llevó a cabo el pago de los colegios de profesionistas encargados de la práctica de avalúos. 1,003.6
B 12 C0 01 0123 E, B 12 C0 01 0276 E
Reducción compensada y ampliación compensada al programa 03 “Administración Pública” para asignar suficiencia presupuestal al compromiso establecido por la OM a fin de regularizar el gasto del mes de mayo de 2008. (18.2)
B 12 C0 01 0170 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública” en la partida 3301 “Honorarios”, para transferir recursos para estar en posibilidad de cubrir las necesidades de gasto que derivan de las tareas administrativas y operativas que se desarrollan en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”. (19.1)
B 12 C0 01 0205 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública” en la partida 3301 “Honorarios” etiquetados con tipo de pago 51 (recursos de aplicación automática), con la finalidad de atender otras prioridades de gasto, que serán cubiertas con este tipo de recursos dentro del mismo centro generador como la adquisición de tres vehículos para el desarrollo de las funciones administrativas de la OM y estar en posibilidades de continuar con la sustitución de unidades vehiculares obsoletas y en mal estado cuyos costos de mantenimiento resultaban incosteables. (510.0)
B 12 C0 01 0231 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública”, en la partida 3301 “Honorarios” de los recursos identificados con el tipo de pago 51 “Ingresos de Aplicación Automática”, en razón que es necesario llevar a cabo la reclasificación del gasto en las partidas en las que se registrarán las erogaciones correspondientes a los recursos de aplicación automática. (4,691.9)
B 12 C0 01 0268 E Reducción líquida a los programas 03 “Administración Pública”; 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”; 12 “Proporcionar Atención a niños y niñas de los CENDIS” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, debido a que dichos recursos no serían ejercidos en 2008. Lo anterior, con fundamento en los artículos 383, 435 y 511 del Código Financiero del Distrito Federal 2008, artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008 y numeral 1, inciso G) de la Circular de Cierre SE/1360/2008. (219.9)
Total 20,471.8
338 VOLUMEN 5/13
Partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”
La modificación neta de 6,083.7 miles de pesos (74.4%) al presupuesto original, de
8,174.1 miles de pesos, resultó de 35 afectaciones presupuestarias autorizadas por la SF,
que originaron 108 movimientos presupuestales, de las cuales 6 afectaciones se debieron
a recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones entre partidas que no modificaron
el presupuesto, y 29 originaron la modificación neta al presupuesto (10 ampliaciones
compensadas, 5 ampliaciones líquidas, 2 adiciones compensadas, 1 adición líquida,
9 reducciones compensadas y 2 reducciones líquidas). Lo anterior en función de lo siguiente:
(Miles de pesos)
Número de afectación Justificaciones Importe
C 12 C0 01 0057 E Ampliación compensada, con la finalidad de asignar recursos para los trabajos de conservación y mantenimiento que serán ejecutados en los centros de desarrollo infantil a cargo de la OM con el objeto de dignificar las instalaciones en las que se presta el servicio educativo. 1,452.5
C 12 C0 010066 E, B 12 C0 010183 E
Adición líquida y ampliación compensada para llevar a cabo diversos trabajos de mantenimiento a oficinas de la OM que incluyen el desmantelamiento de cancelería, alfombras y sistema de iluminación 1,310.7
C 12 C0 01 0091 E Ampliación líquida, ya que los recursos se requieren para el mantenimiento y conservación de diversos espacios, entre los que se encuentra la adecuación para el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha” de una cancha de squash gimnasio, conservación y mantenimiento de una cocina, salón de eventos, sanitarios con regaderas, sanitarios en zona de canchas, así como, el suministro y colocación de generadores de vapor y alimentación de agua caliente a zona de regaderas. 2,500.0
B 12 C0 01 0109 E, B 12 C0 01 0138 E, B 12 C0 01 0170 E, B 12 C0 01 0239 E, B 12 C0 01 0273 E
Ampliación compensada (4) y adición compensada (1) en el programa 03 “Administración Pública” para llevar a cabo tareas y trabajos relativos a la adición de la actividad institucional de reciente creación denominada “Operar la red troncal de informática”, mediante la cual se realizarán las acciones para crear una infraestructura; cubrir los gastos de las áreas administrativas de la OM. 1,099.8
B 12 C0 010128 E, C 12 C0 010168 E, C 12 C0 010196 E
Ampliación compensada (1) y ampliación líquida (2) para estar en posibilidades de cubrir los gastos por los diversos servicios de mantenimiento, reparación y adecuación que se realizan a los espacios destinados a las oficinas e instalaciones del deportivo “Rosario Iglesias Rocha”. 1,639.4
B 12 C0 01 0220 E Ampliación compensada al programa 12 “Equidad de Género” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, lo anterior con la finalidad de adecuar el calendario financiero para estar en posibilidad de cubrir los gastos según las necesidades de operación de la dependencia. 2.7
B 12 C0 010231 E Adición compensada al programa 03 “Administración Pública” con la finalidad de atender diversas adquisiciones para atender y mantener la operatividad de las áreas generadoras de recursos y para realizar trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo en las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Patrimonio Inmobiliario encargadas de la generación de recursos de aplicación automática. 2,450.0
B 12 C0 01 0237 E Ampliación compensada a los programas 03 “Administración Pública” y 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” para estar en condiciones de cubrir el costo de los trabajos de sustitución de plafones que serán efectuados en la planta baja del edificio nuevo en el que se ubica la OM. 198.2
Continúa…
339 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Número de afectación Justificaciones Importe
B 12 C0 01 0244 E Ampliación compensada a los programas 03 “Administración Pública”; 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”; 12 “Igualdad de Género” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, con la finalidad de provisionar para el cierre del ejercicio 2008, ya que los recursos serán destinados a compras urgentes y de poca cuantía en diversas partidas de gasto para atender oportunamente las erogaciones en materia de fondo revolvente y su cierre correspondiente. 2.0
C 12 C0 01 0249 E Ampliación líquida al programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, con la finalidad de regularizar presupuestalmente la captación de recursos de aplicación automática de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2008 y para cubrir diversas adquisiciones y gastos operativos. 2.1
B 12 C0 01 0009 E, B 12 C0 01 0073 E, C12 C0 01 0029 E, B 12 C0 01 0041E, B 12 C0 01 0134 E, B 12 C0 010142 E
Reducción compensada (5) y ampliación líquida (1) los recursos serán reorientados a la atención de otras necesidades de gasto de la OM; cabe señalar que la adecuación no afecta el cumplimiento de la actividad institucional programada originalmente, en razón de que dichos recursos no se encuentran comprometidos y resultan ser susceptibles de ser reorientados a la atención de otras prioridades; asimismo, dicho planteamiento no afecta las actividades institucionales programadas originalmente. (724.7)
B 12 C0 010157 E Reducción compensada, se efectuó al programa 03 “Administración Pública” en razón de que en los procesos de contratación de diversos servicios de mantenimiento se generaron economías susceptibles de ser reorientadas a la atención de otras necesidades. (5.2)
B 12 C0 010188 E Reducción compensada al programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” para llevar a cabo los trabajos relativos a la ampliación de la infraestructura eléctrica en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha” se clasificaron de manera errónea en la partida 3504 debiendo haberse clasificado en la partida 5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico” por lo que la presente reducción es con la finalidad de transferir los recursos a la partida correcta. (1,200.0)
B 12 C0 01 0206 E Reducción compensada a los programas 03 “Administración Pública”; 12 “Equidad de Genero” para ejecutarse la ampliación compensada para adquirir mobiliario de oficina, así como para clasificar el presupuesto dentro del programa en el que se hicieron las erogaciones. (160.0)
B 12 C0 01 0264 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública”, en las partidas 2101 “Materiales y Útiles de Oficina “, 3504 “Mantenimiento, Reparación y Conservación de Bienes Muebles e Inmuebles Adheridos a los Mismos”, lo anterior en razón de que los recursos de aplicación automática programados en dichas partidas no fueron requeridos al cierre del ejercicio 2008. (1,729.7)
C 12 C0 01 0268 E Reducción líquida a los programas 03 “Administración Pública”; 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”; 12 “Proporcionar Atención a niños y niñas de los CENDIS” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, debido a que dichos recursos no fueron ejercidos en 2008. (710.6)
C 12 C0 01 0275 E Reducción líquida al programa 03 “Administración Pública”, debido a que dichos recursos no fueron ejercidos en 2008. (43.5)
Total 6,083.7
Las 65 afectaciones presupuestarias tramitadas por la OM, que corresponden a las partidas
de la muestra, estuvieron soportadas con la documentación requerida en el Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, vigente en 2008.
Asimismo, mediante los oficios núms. ASC/09/1616 y ASC/133/08/OM/09-001 de fechas
19 de octubre y 26 de noviembre, respectivamente, ambos de 2009, la CMHALDF solicitó
340 VOLUMEN 5/13
al ente fiscalizado una nota informativa que explicara el incremento en 2008 de las partidas
3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles
y Muebles Adheridos a los Mismos” del presupuesto original contra el ejercido, así como
el incremento en relación a lo ejercido en 2007, como se reportó en la Cuenta Pública del
Gobierno del Distrito Federal de 2008.
En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/1740/2008 del 9 de noviembre de 2008,
el Director General de Administración en la OM proporcionó una nota informativa sin número
y fecha en la que indicó:
“La variación que se registró en la partida 3301 ‘Honorarios’ por $20,471,857.88 pesos,
se deriva principalmente de la ampliación de recursos en la partida de referencia con el
propósito de contar con los recursos necesarios para cubrir y complementar el costo del
programa de honorarios de las Unidades Administrativas adscritas a Oficialía Mayor hasta
el mes de diciembre del presente ejercicio; así como la ampliación de recursos con la
finalidad de actualizar el registro presupuestal del costo correspondiente a las nóminas
que son cubiertas con recursos de aplicación automática.”
Asimismo, con el oficio núm. OM/DGA/1859/2008 del 1o. de diciembre de 2009, el Director
General de Administración en OM propocionó otra nota informativa también sin fecha y sin
número en la que indicó:
“… De igual manera la variación que presentó la partida 3504 ‘Mantenimiento, Conservación
y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos’, que se registró
de 6’083,640.16 pesos, se explica principalmente por las ampliaciones de recursos que se
requirieron para las siguientes acciones:
”Ampliación de recursos por un importe de $1’452,500.00 (un millón cuatrocientos cincuenta
y dos mil quinientos pesos 00/100 MN.) en la partida 3504 ‘Mantenimiento, Conservación y
Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos’, con la finalidad de
asignar recursos para los trabajos de conservación y mantenimiento que fueron ejecutados
en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) a cargo de la Oficialía Mayor con el objeto
de dignificar las instalaciones en las que se presta el servicio educativo-asistencial, en
beneficio de los hijos de las y los trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.
341 VOLUMEN 5/13
”De igual manera se ampliaron los recursos en esta partida por un monto de $2’500,000.00
(Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), los cuales se requirieron para el
mantenimiento y conservación de diversos espacios, entre los que se encuentra la adecuación
de una cancha de squash a gimnasio, conservación y mantenimiento de una cocina, salón de
eventos, sanitarios con regaderas, sanitarios en zona de canchas, sanitario para salón
de eventos y cubierta de policarbonato, así como el suministro y colocación de generadores
de vapor y alimentación de agua caliente a zona de regaderas; todo esto en el Centro
Social y Deportivo Rosario Iglesias Rocha.
”Así mismo, se ampliaron los recursos por un importe total de $1’200,000.00 (Un millón
doscientos mil pesos 00/100 M.N.), con la finalidad de llevar a cabo los trabajos relativos
a la adecuación de la infraestructura eléctrica en el Centro Social y Deportivo ‘Rosario
Iglesias Rocha’, con la finalidad de garantizar la eficiencia de la red de energía eléctrica,
para lo que se requiere de una fuente de abastecimiento de energía adicional para el
sistemas de bombas de calor y equipo de filtrado instalados en la alberca, así como para
dotar de la energía necesaria a las instalaciones que actualmente se encuentran en proceso
de adecuación y mantenimiento y que requieren de energía adicional. Cabe señalar, que
dentro de los trabajos considerados, se encuentra la instalación de un transformador y los
accesorios necesarios para el debido funcionamiento de la red eléctrica del Deportivo.
”Se amplió un importe de $910,723.72 (novecientos diez mil setecientos veintitrés pesos
72/100 M.N.) en la partida de referencia, con la finalidad de realizar diversos servicios
de mantenimiento en las diferentes áreas adscritas a la Oficialía Mayor.
”Dentro de otros conceptos de gasto que influyeron en el mayor ejercicio observado,
destacan los recursos para la realización del Censo de Recursos Humanos a cargo de la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal y a través del cual se buscó
contar con información actualizada y real sobre los recursos humanos con que cuenta la
Administración Pública del Distrito Federal; la contratación del servicio de envío y reenvío de
correspondencia bajo la modalidad de porte pagado de un total de 700,000 piezas postales
contratado para apoyar al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de
Justicia en la campaña de evaluación ciudadana de los servicios de seguridad pública
prestados por el Gobierno de la Ciudad, apoyo que se otorgó con base en lo dispuesto
342 VOLUMEN 5/13
en el artículo 3o. transitorio del Acuerdo de Creación de dicho Consejo; el pago de los
gastos notariales relativos a la formalización y escrituración de los inmuebles adquiridos
por la Oficialía mayor; las erogaciones para cubrir la contratación de los servicios de
soporte técnico para las bases de datos Oracle y Meta-4 que permitieron el adecuado
funcionamiento y operación de la nómina SIDEN y para los cuales no se contó con
asignación original; así como las erogaciones correspondientes al arrendamiento de los
inmuebles ocupados por el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de
Justicia y por la Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional debido
a que el presupuesto originalmente asignado para su arrendamiento resultó insuficiente
para cubrir las necesidades durante todo el ejercicio 2008.
”De igual manera, la variación del presupuesto ejercido del 2007 por $3’838,737.93 pesos
con respecto a lo ejercido en 2008 por $14’257,788.15 pesos, se debió a la previsión de
recursos para el rubro de Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles
y Muebles Adheridos a los mismos, de los cuales $6’661,375.00 pesos se erogaron en el
mantenimiento al CENDI 1, CENDI 4 y CENDI 7, respectivamente.
”Impactaron también, el mantenimiento por $2’516,904.06 al Deportivo Rosario Iglesias
Rocha, dentro del cual se realizaron diversas acciones entre las cuales se encuentran
reparaciones y adecuaciones a las oficinas y áreas administrativas del Deportivo.
”Así mismo, en el ejercicio del gasto impactó el mantenimiento por $2’025,254.09 pesos
a los baños de la planta baja del edificio nuevo de Plaza de la Constitución, de los cuales
incluyó el suministro e instalación de wc y mingitorios […] y el mantenimiento a oficinas
del Deportivo Rosario Iglesias Rocha…”
No obstante lo anterior, las variaciones que incrementaron el presupuesto asignado
y los múltiples movimientos presupuestales que modificaron el presupuesto original de la
partida 3301 “Honorarios” de la OM, permiten determinar que no se realizó una adecuada
presupuestación, en contravención del artículo 16, fracciones I, II, III y IV, de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, que dispone: “Las dependencias [...] formularán
sus programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios y sus respectivos
presupuestos considerando: I. Las acciones previas durante y posteriores a la realización de
343 VOLUMEN 5/13
dichas operaciones; II. Los objetivos y metas a corto y mediano plazo; III. La calendarización
física y financiera de la utilización de los recursos necesarios; y IV. Las unidades responsables
de su instrumentación”.
Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 6 de abril de 2010, la Dirección
General de Administración de la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la
misma fecha, informó lo siguiente:
“Cabe aclarar, que la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal sí planea su
presupuesto de acuerdo a las necesidades del servicio, pero éste se proyecta en el
‘Anteproyecto del Programa Operativo Anual 2008’, […] en virtud de que el ‘Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2008’, se elabora hasta
que se comunica el gasto de inversión ‘Autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal’, por lo que en términos concretos las necesidades que se proyectan para ejercer,
no se realizan primero elaborando el Programa Anual de Adquisiciones, situación que para
poder elaborar dicho Programa Anual, se requiere apegarse al numeral 6 Requisitos de
Operación y Formato. El cual en el inciso a) menciona que se requiere para su elaboración
el resumen presupuestal; asimismo se aclara que en este Programa no se consideran
todas las partidas presupuestales que no son objeto del mismo, por lo que en este sentido se
reitera que el Programa Anual no es la Proyección inicial de necesidades de la Dependencia.”
Lo anterior no desvirtúa la observación del presente resultado, ya que el sujeto fiscalizado
no proporcionó la cifra que presentó como presupuesto original de la partida 3301 “Honorarios”
en su anteproyecto de presupuesto de egresos para 2008, que efectivamente es la base para
elaborar su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
y que permitiera constatar que la OM proyectara un gasto razonablemente ajustado a lo
que iba a erogar.
Recomendación ASC-133-08-12-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se
realice una adecuada presupuestación de la partida 3301 “Honorarios”, en cumplimiento
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
344 VOLUMEN 5/13
4. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/09/1612 de fecha 19 de octubre de 2009, la CMHALDF
solicitó a la OM el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios (PAAAPS) de 2008 y sus modificaciones realizadas en ese año; los Informes
Trimestrales del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
(ISAAPS) formulados en 2008, así como cualquier otro tipo de informe que se haya remitido
a la OM; y los oficios de envío y, en su caso, de autorización respectivos.
El Director General de Administración en la OM, con el oficio núm. OM/DGA/1730/2009
de fecha 9 de noviembre de 2009, remitió documentación al respecto. En el análisis de
esa información se determinó lo siguiente:
1. Se observó que el PAAAPS y sus modificaciones de 2008, se enviaron a la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM con desfases de
1 a 270 días hábiles respecto a las fechas establecidas, como se muestra en seguida:
Oficio de envío a la DGRMSG Fechas de presentación Período Número Fecha Acuse
de oficio Según
Circular Uno
Desfase en días hábiles
Anual OM/DGA/0252/2008 15/II/08 18/II/08 15/II/08 1 Primer trimestre OM/DGA/0621/2008 10/IV/08 10/IV/08 14/IV/08 0 Segundo trimestre OM/DGA/1072/2008 10/VII/08 10/VII/08 14/VII/08 0 Tercer trimestre OM/DGA/1723/2009 6/XI/09 9/XI/09 14/X/08 270 Cuarto trimestre OM/DGA/1726/2009 6/XI/09 9/XI/09 15/I/09 205
Por no presentar oportunamente las modificaciones del Programa Anual de Adquisiciones
de 2008 (tercer y cuarto trimestres), la dependencia contravino los numerales 5.16.1 y
5.16.2 del apartado 5, “Adquisiciones”; subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno) del 12 de abril de 2007, vigente en 2008, el primero establece que. “Las
DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información a la DGRMSG.
Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por dependencia […]
de acuerdo a los siguientes períodos: Anualmente: a) Programa Anual de Adquisiciones.
345 VOLUMEN 5/13
Trimestralmente: a) El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada”;
y el segundo dispone: “Los titulares de las dependencias serán responsables de la
debida formulación y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse
dentro de los diez días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores
a la fecha de la recalendarización”.
Cabe señalar, que la OM publicó oportunamente, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
la versión validada del PAAAPS del ejercicio de 2008 a nivel capítulo presupuestal el
25 de marzo de 2008.
2. Respecto a los ISAAPS del ejercicio de 2008, con el oficio núm. OM/DGA/1730/2009
del 9 de noviembre de 2009, la DGA en la OM únicamente proporcionó el oficio
núm. CAAAPSDF/191/2008 con sello de recibido del 11 de agosto de 2008, mediante
el cual el Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito
Federal (CAAAPSDF) remitió a lo(s) Presidente(s) de (los) Subcomité(s) de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de las Dependencias del Gobierno del
Distrito Federal el “Formato Trimestral de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios (ISAAPS), correspondiente al resumen del período de enero-junio 2008”.
Derivado del análisis a la información proporcionada, se observó que la OM presentó
los ISAAPS con desfases de 83 y 20 días hábiles respecto a las fechas establecidas
para el primer y segundo trimestres de 2008, respectivamente; y, respecto del tercero
y cuarto trimestres no proporcionó información alguna de su presentación, como se
muestra a continuación:
Oficio de envío a la CAAAPSDF Fechas de presentación Período Número Fecha Acuse
de oficio Según
Circular Uno
Desfase en días hábiles
Primer trimestre CAAAPSDF/191/2008 7/VIIII/08 11I/VIII/08 14/IV/08 83 Segundo trimestre CAAAPSDF/191/2008 7/VIII/08 11I/VIII/08 14/VII/08 20 Tercer trimestre No proporcionado 14/X/08 Cuarto trimestre No proporcionado 15/I/09
Por lo anterior, la OM incumplió el numeral 5.16.1 del apartado 5, “Adquisiciones”;
subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de
346 VOLUMEN 5/13
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) del 12 de abril de 2007, vigente en 2008,
que establece: “Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la
información a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera
consolidada por dependencia […] de acuerdo a los siguientes períodos: […] b) Informe
del seguimiento de las adquisiciones arrendamientos y prestación de servicios efectuados
durante el trimestre inmediato anterior (ISAAPS)”. Tampoco observó el artículo 53
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008, que instruye:
“Los titulares de las dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez días
naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría […] en el que se referirán
las operaciones autorizadas […], realizadas en el mes calendario inmediato anterior…”.
Con motivo de la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, la Dirección
General de Administración en la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la
misma fecha, informó lo siguiente:
“De la revisión efectuada, efectivamente las modificaciones al Programa Anual de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), así como de las
modificaciones al Informe de Seguimiento de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios (ISAAPS), sí fueron emitidos con desfase los informes trimestrales entregados …”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado confirma las observaciones de los numerales del
presente resultado.
Recomendación ASC-133-08-13-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se
presenten oportunamente tanto el Programa Anual de Adquisiciones como sus modificaciones
realizadas durante el ejercicio respectivo, de acuerdo con la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) y la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, vigentes.
347 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-133-08-14-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que los
Informes Trimestrales de Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios se elaboren y envíen con oportunidad a la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, en cumplimiento con la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) y la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, vigentes.
Partida 3301 “Honorarios”
5. Resultado
Por medio del oficio núm. ASC/09/1616 del 19 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó
a la OM las conciliaciones presupuestarias efectuadas mensualmente con la SF y los informes
trimestrales sobre el cumplimiento del Programa Anual Autorizado de Contratación de
Servicios (mediante el formato DAP-04), enviados a la Dirección General de Administración
de Personal, correspondientes al ejercicio de 2008 de las unidades administrativas adscritas
a la OM.
En respuesta, la Dirección General de Administración de la OM, por medio del oficio
núm. OM/DGA/1740/09 de fecha 9 de noviembre de 2009, proporcionó las conciliaciones
presupuestarias efectuadas con la SF de 2008 y los Informes trimestrales DAP-04
enviados a la DGAP, correspondientes al ejercicio de 2008.
1. Del análisis a las cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales de 2008,
por medio de las cuales la OM validó la información que le remitió a la Dirección General
de Egresos “B” (DGE), adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF, se observó
que las conciliaciones de enero a abril; junio a agosto y octubre a diciembre fueron
enviadas a la SF con retrasos de 2 a 53 días hábiles, como se muestra en seguida:
348 VOLUMEN 5/13
Oficio de envío a la DGE Fechas de presentación Mes/2008 Número Fecha Acuse
de oficio Según Manual
de Normas
Desfase en días hábiles
Enero OM/DGA/281/2008 20/II/08 20/II/08 14/II/08 5 Febrero OM/DGA/472/2008 18/III/08 18/III/08 14/III/08 2 Marzo OM/DGA/DRF/213/2008 02/III/08 06/V/08 14/IV/08 15 Abril OM/DGA/DRF/261/2008 21/V/08 26/V/09 14/V/08 8 Mayo OM/DGA/DRF/317/2008 10/VI/08 11/VI/08 13/VI/08 0 Junio OM/DGA/DRF/454/2008 17/VII/08 23/VII/08 14/VII/08 7 Julio OM/DGA/DRF/594/2008 22/VIII/08 27/VIII/08 14/VIII/08 9 Agosto OM/DGA/DRF/690/2008 17/IX/08 18/IX/08 12/IX/08 4 Septiembre OM/DGA/DRF/774/2008 9/X/08 10/X/08 14/X/08 0 Octubre OM/DGA/DRF/991/2008 19/XI/08 21/XI/08 14/XI/08 5 Noviembre OM/DGA/DRF/1074/2008 10/XII/08 30/XII/08 12/XII/08 11 Diciembre OM/DGA/DRF/SF/011/2009 30/III/09 30/III/09 14/I/09 53
Por lo anterior, la OM incumplió el artículo 554, fracción I, inciso a), del Código
Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que dispone: “Las dependencias
[…] deberán proporcionar a la Secretaría [de Finanzas] la siguiente información:
I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente: a) Conciliación
del ejercicio presupuestal”; así como el numeral 9 del inciso A, “Instrumento para
el Registro del Presupuesto Ejercido”, del subapartado IV.3.1 Cuenta por Liquidar
Certificada, apartado IV.3 Registro de Operaciones Presupuestarias, del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2008, que indica: “El registro del presupuesto ejercido se desarrollará
con base en la autorización que expida el titular de la UR o de los servidores públicos con
el nivel de estructura, en quien se haya delegado dicha responsabilidad, atendiendo a
lo siguiente: [...] c) Al cierre de cada mes, la DGPP operará y expedirá los reportes
acumulados del registro programático-presupuestal en discos compactos, mismos que
comunicará por escrito a las UR'S y DGE's [Direcciones Generales de Egresos] con el
fin de revisar los registros y llevar a cabo los procesos de conciliación establecidos”.
2. De la revisión a los Informes trimestrales de Contratos de Prestación de Servicios
del ejercicio 2008 (formato DAP-04), con cargo a la partida 3301 “Honorarios”,
enviados a la Dirección General de Administración de Personal, se observó que
los correspondientes a cada una de las unidades administrativas adscritas a la OM
se presentaron con retrasos de 9 a 20 días hábiles y existieron algunos faltantes,
como se muestra a continuación:
349 VOLUMEN 5/13
(Días de desfase)
Unidades Administrativas adscritas a la OM
Trimestre 2008 OM DGA DGADP DGRMySG DGPI CGEDP CGMA Deportivo “Rosario Iglesias
Rocha”
Primero NA 1 20 20 20 1 20 20 20 1 NA 1 Segundo 18 18 18 18 18 18 18 NA 1 Tercero 0 1 9 9 9 9 9 9 9 Cuarto 0 0 0 0 0 0 0 0 1 Proporcionados en la reunión de confronta. NA No aplica. OM Oficialía Mayor. DGA Dirección General de Administración. DGADP Dirección General de Administración de Personal. DGRMySG Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales. DGPI Dirección General de Patrimonio Inmobiliario. CGEDP Coordinación General de Evaluación y Desarrollo de Profesional. CGMA Coordinación General de Modernización Administrativa.
Por lo anterior, la OM no observó el numeral 1 del apartado VII. “Informes” de los Lineamientos
para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo
a las partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de
Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”
vigentes en 2008, que instruye: “Las Dependencias […], remitirán a la Dirección General
de Administración de Personal mediante el formato DAP-04, un informe trimestral sobre
el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios, […], diez días
hábiles posteriores al vencimiento del trimestre que reportan”.
Con motivo de la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, la DGA en la OM,
mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:
“1. Del análisis efectuado por el ente auditor a las cédulas de conciliación de cifras
programático-presupuestales de 2008, por medio de las cuales se observó que la OM
validó la información que le remitió a la Dirección General de Egresos ‘B’ (DGE), adscrita
a la Subsecretaría de Egresos de la SF, el ente auditor observó que las conciliaciones de
enero a abril; junio a agosto y octubre a diciembre fueron enviadas a la SF con retrasos
de 2 a 53 días hábiles; situación que efectivamente sucedió provocado por la falta de
información que emite la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal a través de la Dirección
General de Política Presupuestal, debido a que para poder realizar las conciliaciones de la
cifras programático-presupuestal en los plazos establecidos según Manual de Normas,
350 VOLUMEN 5/13
se requiere del ‘CIERRE PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTAL DE CADA MES’ y que es
enviado a esta Dirección General de Administración con diferentes fechas las cuales
están desfasadas, situación que a su vez se refleja en el área financiera en la entrega
retrasada de las conciliaciones referidas, ya que se tiene que revisar y cruzar con la
información que se tiene en sistema, ya que muchas veces el sistema por su complejidad
no refleja la misma posición financiera de la conciliación recibida por Finanzas. Por lo anterior,
es importante señalar que dichas conciliaciones aun y cuando se trate de entregarse en
tiempo y forma no se da en la práctica por el desfase de la entrega de las conciliaciones
como ya se mencionó […].
”2. Respecto de que en algunos de los casos no se entregaron los informes trimestrales
y en otros casos se entregaron con desfase, sobre el particular se aclara lo siguiente:
”INFORMES NO ENTREGADOS
”OM: Para el caso del informe del primer trimestre, no le aplica en virtud de que la
contratación de prestadores de servicios profesionales se efectuó a partir del 16 de junio
de 2008; el informe correspondiente al tercer trimestre de acuerdo con la copia de la
información que se proporcionó en su momento, sí se tiene, misma que se adjunta copia
del oficio número OM/DGA/DRH/1769/2008.
”DGRMSG: El informe correspondiente al primer trimestre de acuerdo con la copia de la
información que se proporcionó en su momento, sí se tiene, misma que se adjunta copia
del oficio número OM/DGA/DRH/819/2008.
”CGMA: El informe correspondiente al primer trimestre de acuerdo con la copia de la
información que se proporcionó en su momento, sí se tiene, misma que se adjunta copia
del oficio número OM/DGA/DRH/819/2008.
”DEPORTIVO ROSARIO IGLESIAS ROCHA: Para el caso de los informes del primer
y segundo trimestre, no le aplica en virtud de que en primer lugar la custodia provisional
del Deportivo fue a partir de mayo de 2008 y la contratación de prestadores de servicios
profesionales se efectuó a partir del 01 de julio de 2008. Por lo que se reitera que no
aplica la presentación de dichos informes.
351 VOLUMEN 5/13
”INFORMES CON DESFASE: Efectivamente algunos informes se entregaron fuera de
tiempo como lo marca los Lineamientos, sin embargo cabe precisar que dichos desfases
se derivan de que como se elaboran distintas nóminas por cada Dirección General, las
cuales son pagadas por cada una de ellas y al final envían la información, misma que es
enviada por cada Dirección General para su concentración de manera retrasada, lo que
ocasiona que al efectuar el informe de manera consolidada éste sea entregado fuera
de tiempo. Sin embargo, se efectuará una Circular a cada área para que se implante un
sistema de control interno que permita a cada Dirección General enviar la información
para que se concentre y se puedan emitir los informes en tiempo y forma.”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado con respecto al numeral 1, no modifica el contenido
de la observación formulada.
Por lo que respecta al numeral 2 en relación con los informes trimestrales que no
proporcionaron, se realizaron las modificaciones correspondientes ya que, se remitieron
los oficios con los cuales se realizó la presentación de dichos informes, asimismo, se
aclararon los casos en que no procedió la presentación de los mismos por que no hubo
contratación de prestadores de servicios en esos trimestres; sin embargo, prevalece la
observación referente a los desfases en la presentación de los informes trimestrales de los
Contratos de Prestación de Servicios del ejercicio sobre el Programa Anual Autorizado de
Contratación de Prestadores de Servicios (formato DAP-04) de 2008 enviados a la DGAP.
Recomendación ASC-133-08-15-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se
presenten oportunamente a la Secretaría de Finanzas las conciliaciones mensuales
presupuestarias, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal vigente.
Recomendación ASC-133-08-16-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se
presenten oportunamente los informes trimestrales sobre el Programa Anual Autorizado
de Contratación de Prestadores de Servicios (formato DAP-04), como lo dispone los
Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios
352 VOLUMEN 5/13
con cargo a las partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303
“Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios
e Investigaciones” vigentes.
6. Resultado
Mediante el oficio núm. ASC/09/1616 del 19 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a la OM
los reportes del Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido y del Impuesto sobre Nóminas,
tanto mensuales como anual correspondientes a 2008, así como los oficios de envío a la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM.
En respuesta, la Dirección General de Administración en la OM, con el oficio
núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de noviembre de 2009, proporcionó dicha información,
respecto de la cual se determinó lo siguiente:
1. La OM presentó oportunamente ante la Dirección General de Administración y Desarrollo
de Personal de la OM, los reportes mensuales para el pago de las retenciones del ISR
retenido y del Impuesto sobre Nóminas por el ejercicio de 2008, de conformidad con
lo instruido por la DGADP en la circular número DGADP/000028/2008 del 9 de enero
de 2008, en la cual indicó que:
“… envío el calendario para la recepción de la información mensual para el pago de
las retenciones de ISR y del Impuesto sobre Nóminas del ejercicio 2008 Formatos
DGADP-01 ‘Formato Múltiple para el Entero de Impuesto sobre la Renta Retenido
e Impuesto sobre Nómina con Recursos Presupuestales’ [...]
”En virtud de lo anterior, les solicito girar sus apreciables instrucciones a quien
corresponda para que la información sea enviada puntualmente en la fecha y horarios
establecidos en el calendario [Calendario para la recepción de la información mensual
para el pago de las retenciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre
Nóminas]. No omito señalar que el tercer párrafo del artículo 19 del Decreto del
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal vigente, establece:
‘Los titulares de las dependencias, […] que realicen sus operaciones con el Registro
353 VOLUMEN 5/13
Federal de Contribuyentes del Gobierno del Distrito Federal, [...] deberán remitir
correcta y oportunamente a la Oficialía la información necesaria, para que esta
cumpla dentro de los plazos legales con la obligación de tramitar ante la Secretaría
el pago del Impuesto sobre la Renta’.”
2. Con el oficio núm. OM/DGA/011/2009 del 6 de enero de 2009, la DGA en la OM
presentó a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM
el reporte del mes de diciembre de 2008 del ISR retenido (formatos DGADP-01
“Formato Múltiple para Entero del Impuesto sobre la Renta Retenido e Impuesto
sobre Nóminas con Recursos Presupuestales” y DGADP-02 “Formato Múltiple para
Entero del Impuesto sobre la Renta Retenido e Impuesto sobre la Renta Retenido e
Impuesto sobre Nóminas con Recursos no Presupuestales, Autogenerados, Federales,
FOSEG, etc.”); al respecto, se observó que la presentación fue con un desfase de
tres días hábiles, ya que la fecha de presentación era el 6 y se presentó el 9 de enero
de 2009.
Por lo anterior, la DGA en la OM incumplió lo instruido por la Dirección General
de Administración y Desarrollo de Personal de la OM mediante la circular
núm. DGADP/000028/2008 del 9 de enero de 2008, en la cual informó a los Directores
Generales de Administración de las dependencias el esquema para la entrega de la
información fiscal anual de 2008.
3. Se determinó que las cifras presentadas en los reportes de los doce meses de 2008
del ISR retenido (en los formatos DGAP-01 y DGAP-02, por un importe total de
6,685.9 miles de pesos), coinciden con el reporte anual del ISR retenido (informado
en los formatos DGADP-34, por el mismo importe), como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Período Reporte Honorarios asimilados presupuestales
Honorarios asimilados autogenerados
Total
Mensual DGADP-01 3,458.3 Mensual DGADP-02 3227.6 Total anual 3,458.3 3,227.6 6,685.9 Mensuales (12) DGAP-34 3,458.3 3,227.6 6,685.9
354 VOLUMEN 5/13
El importe bruto de las 156 CLC con las que la OM ejerció el presupuesto de la partida
3301 “Honorarios” (menos el monto de 18 DM), es de 67,432.7 miles de pesos,
que coincide con lo reportado en la Cuenta Pública, menos el I.S.R retenido por
6,685.9 miles de pesos, arroja un monto neto de 60,746.8 miles de pesos, el cual
coincide con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008.
4. Mediante el oficio núm. ASC/09/1616 del 19 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó
a la OM el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios 2008
y las modificaciones realizadas con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, así como los
anexos respectivos, incluyendo los oficios de autorización de la Dirección General de
Administración y Desarrollo de Personal, adscrita a la OM.
En respuesta, la DGA en la OM, con el oficio núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de
noviembre de 2009, proporcionó dicha información, de lo cual se observó lo siguiente:
El gasto total reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008
como ejercido en ese año con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, por concepto de
honorarios asimilados a salarios, honorarios autogenerados y a colegios de valuadores,
por 60,746.8 miles de pesos, no coincide con el total de la integración, por número de
contratos y montos, de lo incluido en el Programa Anual Autorizado de Contratación
de Prestadores de Servicios, ni con lo reportado en los Informes Trimestrales sobre
el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios (DAP-04),
como se muestra en el cuadro siguiente:
355 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Oficios de Autorización y Modificaciones al Programa Anual de Contratación de Prestación de Servicios de la DGADP de OM
Informes Trimestrales (DAP-04)
Contratos Contratos Dependencia/Unidad administrativa
Número Fecha Cantidad Importe Cantidad Importe
Oficialía Mayor DGADP/001832/2008 16/VI/08 7 254.0 7 84.7 DGADP/002323/2008 4/VIII/08 9 167.0 18 376.3 DGADP/002658/2008 5/IX/08 2 160.0 4 120.0 Subtotal 18 581.0 29 581.0 Dirección General de Administración DGADP/00139/2008 25/I/08 12 239.6 12 454.7 DGADP/00670/2008 7/III/08 14 215.2 0 0.0 DGADP/00875/2008 31/III/08 10 159.4 21 488.4 DGADP/001352/2008 6/V/08 9 612.1 11 548.9 DGADP/001355/2008 6/V/08 9 457.9 0 0.0 DGADP/001702/2008 5/VI/08 2 81.6 0 0.0 DGADP/001983/2008 1/VII/08 1 21.5 0 0.0 DGADP/002657/2008 5/IX/08 11 551.8 11 358.3 DGADP/003483/2008 18/XI/08 11 183.9 0 0.0 Subtotal 79 2,523.0 55 1,850.3 Deportivo Rosario Iglesias DGADP/001359/2008 6/V/08 39 310.3 73 697.5 DGADP/001704/2008 5/VI/08 34 387.1 0 0.0 DGADP/001984/2008 1/VII/08 43 880.9 94 1,326.8 DGADP/002322/2008 4/VIII/08 1 0.7 0 0.0 DGADP/002651/2008 5/IX/08 45 914.4 73 1,267.5 DGADP/003251/2008 31/X/08 49 429.7 0 0.0 DGADP/003626/2008 1/XII/08 42 427.7 0 0.0
Subtotal 253 3,350.8 240 3,291.8
Dirección General de Patrimonio Inmobiliario DGADP/00140/2008 25/I/08 97 2,236.7 142 1,992.7 DGADP/00406/2008 20/II/08 2 55.0 57 1,350.7 DGADP/00672/2008 7/III/08 95 2,270.3 121 1,262.2 DGADP/000876/2008 31/III/08 4 0.01 73 1,843.9 DGADP/001354/2008 6/V/08 92 4,097.3 100 957.8 DGADP/002656/2008 5/IX/08 92 3,772.3 87 2,058.1 DGADP/002914/20081 2/X/08 1 131.8 49 933.7 DGADP/003250/2008 31/X/08 4 0.01 49 2,190.0 DGADP/003484/20081 18/IX/08 49 325.0 0 0.0 Subtotal 436 12,888.4 678 12,589.1
Dirección General de Administración de Personal DGADP/00141/2008 25/I/08 109 1,798.9 179 1,035.2 DGADP/00671/2008 3/IV/08 113 1,895.2 44 109.2 DGADP/001353/2008 6/V/08 70 3,674.4 112 2,397.2 DGADP/001734/2008 6/VI/08 9 322.2 26 358.1 DGADP/002020/2008 7/VII/08 3 71.4 0 0.0 DGADP/002652/2008 5/IX/08 84 4,345.0 26 362.1 DGADP/002913/2008 2/X/08 -12 0.0 141 2,847.6 DGADP/003344/2008 6/XI/08 4 88.0 76 3,086.5 DGADP/003627/20081 1/XII/08 2 101.8 0 0.0 Subtotal 393 12,296.9 604 10,195.9
Continúa…
356 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Oficios de Autorización y Modificaciones al Programa Anual de Contratación de Prestación de Servicios de la DGADP de OM
Informes Trimestrales (DAP-04)
Contratos Contratos Dependencia/Unidad administrativa
Número Fecha Cantidad Importe Cantidad Importe
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 5 DGADP/00142/2008 25/I/08 4 84.4 4 66.7 DGADP/00673/2008 7/III/08 4 84.4 0 0.0 DGADP/001355/2008 6/V/08 9 457.9 16 344.9 DGADP/001703/2008 5/VI/08 3 221.1 31 691.6 DGADP/002655/2008 5/XI/08 19 945.6 40 945.6 DGADP/003486/2008 18/XI/08 19 315.2 0 0.0 Subtotal 58 2,108.6 91 2,048.8 Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional DGADP/00144/2008 25/I/08 47 1,165.6 47 1,748.4 DGADP/00675/2008 7III/08 47 1,165.6 47 1,748.4 DGADP/001357/2008 6/V/08 46 2,331.2 0 0.0 DGADP/002653/2008 5/VI/08 46 1,748.4 46 1,748.4 DGADP/003485/08 18/XI/08 46 82.8 0 0.0 Subtotal 232 6,993.6 140 5,245.2 Coordinación General de Modernización Administrativa y Servicios DGADP/00143/2008 25/I/08 16 736.2 34 1,199.9 DGADP/00407/2008 7/III/08 2 55.3 0 0.0 DGADP/00674/2008 6/V/08 18 846.8 21 1,169.4 DGADP/001356/2008 6/VI/08 10 1,492.0 96 1,748.4 DGADP/002654/2008 5/XI/08 10 1,492.0 10 1,119.0 DGADP/00130/2008 22/X/08 2 325.0 12 1,444.0 Subtotal 58 4,947.3 173 6,680.7 Total 1,527 45,689.6 2,010 42,482.8
Cuenta Pública * (60,746.8) * (60,746.8)
Diferencia 15,057.2 18,264.0
* No reportado en Cuenta Pública. 1 Adición de folios a costos compensados. 2 Cancelación de folio a costos compensados.
Lo anterior evidencia debilidades de control interno que inobserva los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer
lineamiento, inciso e, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril
de 2007, que señala: “Artículo 16.- Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de
Control Interno son los siguientes: […] III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]
e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros
eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,
para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que
puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando
a los titulares la toma de decisiones”.
357 VOLUMEN 5/13
En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, la DGA en la OM, mediante
el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:
“Respecto a que el informe [del mes de diciembre de 2008] se entregó con un desfase de
tres días […] el desfase deriva de que la información que se genera de las demás
Direcciones Generales, se recibió fuera de tiempo, ya que dichas áreas se encontraban
de vacaciones y no se tenía toda la información de manera concentrada para elaborar el
informe y poderlo enviar en tiempo y forma conforme al calendario emitido por la DGADP;
sin embargo para mayor precisión se envía el informe anual el cual fue entregado
mediante oficio número OM/DGA/0037/2009 y recibido el día 14 de enero de 2009 conforme
al oficio Circular número DGADP/000117/2008. (se anexa copia de los informes mensuales
y anuales, así como sus calendarios respectivos)
”En relación con el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios 2008
y las Modificaciones realizadas, de lo cual no coincide con el total reportado en cuenta pública
de 2008, que corresponde a los conceptos de honorarios asimilados a salarios, honorarios
autogenerados y A COLEGIOS VALUADORES, al respecto se aclara que el programa en
cuestión, sólo contempla la integración anual de prestadores de servicios profesionales
contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios y autogenerados, con
cargo a la partida 3301 ‘Honorarios’ del año 2008, mismo que se elabora con base a los
requerimientos de cada Dirección General, el cual se verifica que el objeto de la contratación
este prevista en el Programa Anual, definiendo las funciones específicas que para cada
caso serán desarrolladas y determinando el costo unitario y el total del programa, mismo
que es integrado bajo los principios básicos de austeridad y racionalidad presupuestal,
en atención a lo señalado en el artículo 8 de la Ley de Austeridad para el Gobierno
del Distrito Federal; por lo que dicho programa no prevé en su integración anual
A COLEGIOS VALUADORES, que aun y cuando se cargan a la misma partida este
programa corresponde a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, quien es la que
contrata directamente y además dichas contrataciones no son iguales a las de los servicios
profesionales de honorarios asimilados a salarios, razón por la cual siempre existirá
diferencia contra el resultado general de cuenta pública.”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado con respecto al numeral 2, no modifica el
contenido de la observación formulada; ya que en el oficio núm. OM/DGA/0037/2009
358 VOLUMEN 5/13
recibido el 14 de enero de 2009 la DGA de la OM informó: “Me refiero a su circular
DGADP/000117/2008 de fecha 15 de diciembre del 2008, mediante el cual solicita le sea
remitida diversa información para el cumplimiento de obligaciones fiscales de carácter anual”.
Por lo que respecta al numeral 4, lo manifestado por el sujeto fiscalizado [el Programa
Anual de Contratación de Prestadores de servicios no prevé en su integración anual
a Colegios Valuadores, que aun y cuando se cargan a la misma partida 3301 “Honorarios”
corresponde a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, la contratación directa
y dichas contrataciones no son iguales a las de los servicios profesionales] no modifica
el contenido de la observación formulada, ya que la Dirección General de Patrimonio
Inmobiliario está adscrita a la propia OM y los Lineamientos para la autorización de programas
de contratación de prestadores de servicios con cargo a las partidas presupuestales:
3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de informática”, 3304 “Servicios
estadísticos y geográficos” y 3305 “Estudios e investigaciones”, emitidos por dicha
dependencia no prevén casos de excepción para no presentar el Programa Anual de
Contratación de Prestadores de Servicios 2008 y las Modificaciones realizadas de los
pagos que se hagan a la partida 3301 “Honorarios”, además de que lo pagado a dichos
colegios en 2008 ascendió a un importe total neto de 12,880.1 miles de pesos, como se
muestra en el resultado siguiente, y las diferencias presentadas en este resultado ascienden
a 15,057.2 miles de pesos y 18,264.0 miles de pesos, asimismo el ente tampoco explicó
lo relativo a la discrepancia entre estas diferencias.
Recomendación ASC-133-08-17-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que
se concilien los importes anuales del Impuesto sobre la Renta retenido con los que se
reporten mensualmente mediante los formatos DGADP-01 y DGADP-02, en cumplimiento
de la normatividad emitida por la Secretaría de Finanzas al respecto, así como los
Lineamientos de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación ASC-133-08-18-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que
se concilien los importes que se presentan en la Cuenta Pública con cargo a la partida
359 VOLUMEN 5/13
3301 “Honorarios” (que incluye los pagos a los Colegios de Valuadores) con los reportados
en el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios y en los
Informes Trimestrales sobre el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores
de Servicios, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
7. Resultado
En 2008, la integración del presupuesto ejercido por la OM con cargo a la partida 3301
“Honorarios” (60,746.8 miles de pesos), fue: 47,866.7 miles de pesos (47,978.1 miles
de pesos menos 111.4 miles de pesos mediante documento múltiple), que correspondieron
a pagos a prestadores de servicios por honorarios asimilados a salarios (78.8% de la
partida), que laboraron en las unidades administrativas de la OM; y 12,880.1 miles de pesos
(13,502.4 miles de pesos menos 622.3 miles de pesos mediante documento múltiple) que
correspondió al 21 .2% de la partida, por concepto de pagos de honorarios a los colegios
de valuadores, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Importe bruto
ISR retenido
Importe neto
%
Nóminas OM 47,978.1 6,699.8 41,278.3 Documentos múltiples (111.4) 0.0 (111.4) Subtotal (Nómina) 47,866.7 6,699.8 41,166.9 78.8 Colegios de valuadores 13,502.4 0.0 13,502.4 Documentos múltiples (622.3) 0.0 (622.3) Subtotal (Colegios) 12,880.1 0.0 12,880.1 21.2 Total (Nómina y Colegios) 60,746.8 6,699.8 54,047.0 Cuenta Pública 60,746.8 6,699.8 54,047.0 Diferencia 0.0 0.0 0.0 100.0
Respecto a los honorarios asimilados a salarios, el ente auditado proporcionó a la CMHALDF
información que consiste en CLC, recibos, expedientes de personal, reportes de actividades,
formatos de impuestos retenidos y demás información y documentación complementaria;
y referente a los honorarios pagados a colegios de valuadores, la OM entregó expedientes
de los procesos de adjudicación, los contratos, facturas y demás información y documentación
complementaria. Al respecto, se determinó lo siguiente:
360 VOLUMEN 5/13
1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de noviembre de 2009, el Director
General de Administración en la OM proporcionó a la CMHALDF la relación de las
156 CLC, por un importe bruto de 61,480.5 miles de pesos, y los 18 documentos múltiples,
por un importe total de 733.7 miles de pesos, que integraron el presupuesto ejercido
en 2008 de la partida 3301 “Honorarios” que registró un monto de 60,746.8 miles de pesos
resultado del pago por honorarios asimilados a salarios, a autogenerados y a colegios
de valuadores.
2. Las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios asimilados
a salarios de 2008, de las unidades administrativas adscritas a la OM, fueron debidamente
autorizadas, para ello anexó en cada tipo de nómina la relación de contratos, período
por pagar, monto pagado a cada prestador de servicios y firmas de los prestadores de
servicios por el pago recibido. Dichas nóminas totalizaron la cantidad de 47,866.7 miles
de pesos, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Nóminas de honorarios asimilados a salarios de la Oficialía Mayor Unidades administrativas Fiscales Autogenerados CENDIS Total
Oficialía Mayor 597.7 597.7 Dirección General de Administración 2,156.2 3,515.2 5,671.4 Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal 1,542.7 11,103.6 450.2 13,096.5 Dirección General de Patrimonio Inmobiliario 5,402.1 8,030.5 13,432.6 Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 2,241.8 2,241.8 Coordinación General de Modernización Administrativa 5,307.7 5,307.7 Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional 7,519.0 7,519.0
Total 24,767.2 22,649.3 450.2 47,866.7
En análisis de las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios de la
partida 3301 “Honorarios”, se constató que los pagos realizados a los prestadores de servicios
de honorarios asimilados a salarios y de honorarios de autogenerados se desarrollaron en
forma mensual, de enero a diciembre (incluyó pago único) de 2008. Sin embargo, el pago
debió de realizarse quincenalmente, tal como se establece en el apartado, “Políticas y/o Normas
de Operación”, del procedimiento “Elaboración de la Nómina del Personal de Honorarios”
del 1o. de marzo de 2004 vigente en 2008, que indica: “La Dirección de Recursos Humanos
adscrita a la Dirección General de Administración, es el área encargada de integrar la nómina
361 VOLUMEN 5/13
quincenal del personal de honorarios contratado bajo la partida presupuestal 3301.
A efecto de integrar la nómina con base a los distintos conceptos aplicables...”.
Asimismo, se observó que el procedimiento “Elaboración de la Nómina del Personal de
Honorarios” utilizado en 2008 por la OM, no estaba actualizado, por lo que se incumplió
el numeral 4.4.14 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular
Uno 2007), vigente en 2008.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/575/2020 de la misma fecha la DGA en la OM proporcionó documentación
e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado, ya que la OM
indicó que “efectivamente los pagos por concepto de honorarios a salarios asimilados
se efectúan de manera mensual conforme a lo convenido en los contratos formalizados,
y no quincenal como se tiene contemplado en el Manual de Procedimientos de 2004 y del
cual ya no está vigente; sin embargo la Oficialía Mayor, no tenía a la fecha de la auditoría
los Manuales de Procedimientos actualizados, mismos que durante el presente ejercicio
se tomaron las siguientes acciones: con oficio circular número OM/DGA/129/2010 de fecha
20 de enero de 2010, la Dirección General de Administración instruyó a los Directores
adscritos a ésta, llevaran a cabo la actualización de los Manuales de Procedimientos de cada
área, de conformidad con la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales Administrativos
vigente; dicha instrucción contempló como fecha límite el 22 de febrero, para ser enviados
a la CGMA para su revisión y en su caso aprobación y registro, los proyectos de los manuales
de Procedimientos se enviaron a la CGMA el día 25 de marzo de 2010, con oficio número
OM/DGA/528/2010 (se anexa copia de oficios de las acciones emprendidas)”.
Asimismo, la OM remitió copia fotostática de la descriptiva del procedimiento “Pago de
Honorarios por Servicios Profesionales”, en la cual no se especifica que los pagos realizados
a los prestadores de servicios de honorarios asimilados a salarios y de honorarios de
autogenerados debería ser en forma mensual conforme a lo convenido en los contratos
formalizados con éstos, por lo cual el resultado prevalece.
Recomendación ASC-133-08-19-OM
Se reitera la primera recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 1.
362 VOLUMEN 5/13
8. Resultado
Para la partida 3301 “Honorarios” se determinó una muestra de auditoría, por un monto de
26,415.3 miles de pesos, que representó el 43.5% del presupuesto total registrado en 2008
en dicha partida (60,746.8 miles de pesos), la cual se integró por las nóminas de los
prestadores de servicios, que incluyó el concepto de honorarios asimilados a salarios,
a autogenerados y a los colegios de valuadores, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Muestra de auditoría Concepto Ejercido
CLC Importe %
Nóminas de la OM 47,978.1 39 18,372.6 38.3
Colegios de valuadores 13,502.4 10 8,052.0 59.6
Subtotal 61,480.5 49 26,424.6 43.0
Documentos Múltiples (733.7) 2 (9.3) 1.3
Total (nómina y colegios) 60,746.8 26,415.3 43.5
El monto de la muestra de auditoría determinada (26,415.3 miles de pesos) se ejerció por
medio de 49 CLC. De las cuales 39 CLC, por un importe total de 18,372.6 miles de pesos,
correspondieron a los pagos a prestadores de servicios contratados por honorarios;
y 10 CLC, por un monto de 8,052.0 miles de pesos, correspondieron a honorarios a
colegios de valuadores; dicho monto (muestra), se constató que coincidió con el ejercicio
presupuestal expresado por partida, que la Subsecretaría de Egresos de la SF proporcionó
a la CMHALDF.
Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria anexa a dichas CLC, la cual
consistió en oficios de solicitud de pago promovidos por la Dirección de Recursos
Humanos de la DGA en la OM para gestionar los pagos correspondientes a honorarios
ante la Dirección de Recursos Financieros en la DGA en la OM; resúmenes de nómina;
nóminas firmadas por el personal de honorarios y autorizadas por el director general de la
unidad administrativa adscrita a la OM; y oficios de autorización de la Dirección General
de Administración y Desarrollo de Personal en la OM, mediante los cuales se aprueba
la contratación de prestadores de servicios conforme el Programa Anual de Prestación de
Servicios para el ejercicio presupuestal de 2008.
363 VOLUMEN 5/13
Por otra parte, se verificó que las CLC estuvieran registradas en los auxiliares presupuestales
de la OM de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito
Federal vigente en el ejercicio fiscal de 2008.
En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la DGA en la OM,
no se determinó observación alguna.
9. Resultado
Mediante muestreo estadístico, se seleccionaron y revisaron los expedientes de 99 prestadores
de servicios que recibieron pagos en el mes de diciembre en 2008, por concepto de honorarios
asimilables a sueldos con cargo a la partida 3301 “Honorarios”.
En el análisis de la documentación soporte de los 99 expedientes de personal
proporcionados por la DGA en la OM, se observó que carecen de lo siguiente:
Documento Expedientes con faltantes
Formato de solicitud de empleo 99 Copia certificada de acta de nacimiento 2 Clave Única de Registro de Población 1 Registro Federal de Contribuyentes 2 Dos fotografías tamaño infantil 97 Comprobante de domicilio 4 Escrito en el que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que el servidor público no tiene otro empleo en el. Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno con el mismo Gobierno del Distrito Federal 68 Escrito en el que manifieste que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la Contraloría General del Distrito Federal si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que en caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal 19
1. En el cuestionario de control interno aplicado a la Dirección de Recursos Humanos de
la OM, señaló que la documentación básica que deben contener los expedientes
de los prestadores de servicios contratados por honorarios con cargo a la partida
3301 “Honorarios”, “…es […] identificación oficial, Registro Federal de Contribuyentes,
comprobante de estudios y de domicilio, currículum vitae, copia del acta de nacimiento,
Clave Única de Registro de Población, escrito para solicitar información de no
inhabilitación a la Contraloría General del Distrito Federal, carta protesta, contrato
y reporte de actividades”.
364 VOLUMEN 5/13
Por no contar los expedientes con la documentación requerida, la OM incumplió
los numerales 1.3.7, incisos a), b), f), g), i), j), k) y l); y 1.3.15 de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno) del 12 de abril de 2007 vigente en 2008. El numeral 1.3.7 establece
que “previo a la formalización de la relación laboral, el aspirante a ocupar una
plaza en alguna de las Dependencias […] deberá entregar lo siguiente: a) Formato de
solicitud de empleo totalmente requisitado. b) Acta de nacimiento. […] f) Registro
Federal de Contribuyentes (RFC) g) Clave Única de Registro de Población (CURP)
[…] i) Copia del comprobante de domicilio. j) Dos fotografías tamaño infantil de frente.
k) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo
en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato
alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal.
l) Escrito en el que manifieste que da su autorización para que el área de Recursos
Humanos consulte en la CGDF, si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo
o cargo en el servicio público y que en el caso de que se encuentre inhabilitado,
queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal”
y el numeral 1.3.15 indica que “el titular del Área de Recursos Humanos de la
Dependencia es responsable de la […] actualización de los expedientes de personal
de los trabajadores adscritos…”.
Tampoco observó el numeral 2, apartado VIII “Responsabilidades”, de los Lineamientos
para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios
Profesionales con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302
“Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos
y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones” para el Ejercicio Presupuestal
2008, expedido por la OM y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de marzo de 2006 vigente en 2008,
el cual señala: “Será responsabilidad de los servidores públicos competentes de las
Dependencias […] la elaboración, procesamiento y operación de los contratos,
así como, el trámite para recabar los documentos que avalen la contratación de los
prestadores de servicios, en el ámbito de sus respectivas competencias”.
365 VOLUMEN 5/13
Respecto a los escritos en el que manifiesta el prestador de servicios bajo protesta
de decir la verdad, que no tenia otro empleo o contrato celebrado con el GDF y que se
localizaron en los expedientes resguardados por la OM, se observó que se refieren al
Gobierno Federal y no al Gobierno del Distrito Federal, ya que indican: “Para efectos
del artículo 71 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así
como el 52 fracción III, 53, 54, 55, 56 y 57 del Reglamento de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que no desempeño
otro empleo o comisión en la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado,
Dependencias del Gobierno Federal y en la Procuraduría General de la República […].
Bajo la misma protesta, manifiesto que para el caso que con posterioridad se me
brinde la oportunidad de prestar mis servicios en otro puesto o entidad de las señaladas,
tramitaré la compatibilidad de empleo respectiva hasta obtener la autorización
correspondiente; de las dos Dependencias involucradas, en el entendido de que no
podré iniciar labores en el nuevo puesto si antes no cuento con esa autorización”.
Relativo al segundo escrito y que señala: “Manifiesto a usted bajo protesta de decir
verdad, que no tengo antecedentes negativos en la Contraloría General del Distrito
Federal, ni he sido condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza ni
por cualquier otro delito. Por lo que doy mi autorización para que realice las consultas
requeridas respecto de mi persona y comprobar lo dicho, dándome por enterado de
que en caso contrario no podré ingresar a laborar al Gobierno del Distrito Federal”, se
estableció que de los escritos que sí se localizaron en los expedientes, lo manifestado
correspondió a lo dispuesto por la normatividad aplicable.
Por no contar con la documentación actualizada en los expedientes de los prestadores
de servicios, la OM incumplió el objetivo general del procedimiento “Actualización de
las Tarjetas de Kárdex y Expedientes del Personal”, que establece: “Mantener un
control adecuado y fidedigno de los diversos movimientos generados en la trayectoria
laboral de los empleados adscritos al sector Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal, sin omitir dato alguno a fin de mantener actualizada la información contenida
en los expedientes del personal” y contravino el apartado “Políticas y/o Normas de
Operación” del procedimiento “Integración y Control de los Expedientes del Personal
de la Oficialía Mayor”, el cual indica: “Es responsabilidad del área administrativa
366 VOLUMEN 5/13
mantener actualizados los expedientes de los empleados, con los documentos que
conforman la historia laboral […] La revisión y actualización de los expedientes debe
ser continua y permanente”.
2. En el análisis de los contratos e informes de actividades incluidos en los 99 expedientes
de los prestadores de servicios, se observó que tres prestadores de servicios realizaron
actividades distintas a las estipuladas en la cláusula primera, “Objeto del Contrato” de
los ocho contratos que suscribieron en 2008, como se indica a continuación:
Contrato Actividades a desarrollar y desarrolladas Número Vigencias Según el objeto de los contratos Según informes de actividades mensuales
DGPI/SEA/14 DGPI/SEA/16 DGPI/SEA/31
Del 1/I/2008 al 29/II/2008 Del 1/III/2008 al 30/IV/2008 Del 1/V/2008 al 30/VI/2008
Operador de sistemas de Información Geográfica, programación en Visual Basic con plataforma de Oracle, PHP, para Internet y Power Objects de Oracle, mantenimiento correctivo en sofware y hardware, así como administración de redes.
Recibir y atender las solicitudes de información presentadas por las dependencias de la Administración Pública del GDF y por particulares. Determinar la naturaleza jurídica de los bienes inmuebles propiedad del DF, es decir, si pertenecen al dominio público o privado con fundamento en lo establecido por la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del Distrito Federal. Tramitar ante dependencias externas, el original o copia certificada de la documentación que no se encuentre en la DGPI.
DGADP/8 DGADP/8
Del 1/III/2008 al 30/IV//2008 Del 1/V/2008 al 31/VIII/2008
Apoyar en la integración de expedientes del archivo del programa de descuentos por nómina.
Revisar los datos emitidos por el SIDEN para elaborar credenciales a los trabajadores del GDF. Recibir documentos de los trabajadores para expedir credenciales del GDF. Control y recepción de personal para expedir credenciales de los trabajadores del GDF. Elaborar y entregar credenciales a los trabajadores del GDF.
DGPI/SEA/10 DGPI/SEA/10 DGPI/SEA/18
Del 1/I/2008 al 29/II/2008 Del 1/III/2008 al 30/IV/2008 Del 1/IX/2008 al 31XII/2008
Colaborar en los apoyos y asistencia en informática en los diversos programas prioritarios encomendados directamente a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
Apoyar la supervisión del registro y actualización del inventario inmobiliario propiedad del GDF, así como apoyar en el resguardo de los títulos, contratos, convenios y demás que acrediten la propiedad de los mismos. Análisis jurídico de la documentación que se encuentra integrada en expedientes de la que se presume la propiedad del DF, a fin de actualizar la información. Determinar de la situación jurídica y administrativa de los inmuebles en los que el GDF tiene la posesión en forma pacífica, continua por medio de diversas dependencias quienes las utilizan para la prestación de servicios públicos con el fin de ser regularizados en favor del DF mediante la expropiación, matriculación administrativa y judicial o prescripción positiva. Realizar inspección física a los inmuebles propiedad del DF.
367 VOLUMEN 5/13
Por no formular los convenios modificatorios para justificar las actividades desarrolladas
por los prestadores de servicios y que fueron distintas a las previstas en los contratos,
la OM incumplió la décima sexta cláusula de los contratos suscritos, la cual establece:
“Décima sexta. Modificación del contrato. El presente contrato podrá ser modificado
en todo o en parte, a través del convenio modificatorio respectivo, cuando así lo considere
necesario el GDF”.
3. Con el oficio núm. ASC/133/08/OM/09-002 del 26 de noviembre de 2009, la CMHALDF
solicitó en medio magnético el listado de los prestadores de servicios a los que la OM
pagó honorarios en 2008 y que seguían a febrero de 2010 en la Delegación.
En respuesta, con el oficio núm. OM/DGA/DRH/2052/2009 del 4 de diciembre de 2009,
la Dirección de Recursos Humanos en la OM proporcionó una relación de 35 prestadores
de servicio (5 adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales; 16 a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario; 1 a la Dirección
General de Administración; y 13 a la Dirección General de Administración y Desarrollo
de Personal).
Asimismo, con el oficio núm. ASC/133/08/OM/10-009 del 16 de febrero de 2010,
la CMHALDF solicitó a la DGA en la OM, la presencia de los 35 prestadores de
servicios, con objeto de aplicarles un cuestionario de control interno, de los cuales sólo
se presentaron 26.
A continuación, se analizaron los contratos de los prestadores de servicios y las
respuestas obtenidas en los cuestionarios de control interno aplicados a 26 de ellos,
y se confirmó que las actividades que indicaron haber desarrollado coincidieron con
las señaladas en el objeto de sus contratos (cláusula primera).
Respecto a los importes mensuales pagados a los 99 prestadores de servicios, se
determinó que la OM pagó a 23 un importe mensual igual o superior a la percepción
mensual bruta del nivel más bajo de personal de estructura del Gobierno del Distrito
Federal.
Sobre el particular, mediante el oficio núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de noviembre
de 2009, la DGA en la OM remitió las autorizaciones de la CGMA respectivas,
368 VOLUMEN 5/13
conforme a los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de
Prestadores de Servicios Profesionales con cargo a las Partidas Presupuestales:
3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios
Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones” para el Ejercicio
Presupuestal 2008.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM proporcionó documentación
e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado, por lo siguiente:
Por lo que se refiere a la documentación que debe contener el expediente de honorarios,
se emitirá reiterativo a cada Dirección General para que se tomen las medidas conducentes
y los expedientes contengan dicha información.
”Por lo que respecta a los escritos bajo protesta [localizados] en los expedientes de los
prestadores de servicios, en los que observó que existen cartas bajo protesta, que se
refieren al Gobierno Federal y no al Gobierno del Distrito Federal, ya que indican:
‘Para efectos del artículo 71 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, así
como el 52 fracción III, 53, 54, 55, 56 y 57 del Reglamento de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público; sobre el particular, se aclara que dicha carta se solicita con
base a un oficio circular núm. 07/2007 de fecha 28 de febrero de 2007, en el que de acuerdo
a las facultades que le otorga el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, la Dirección General de Administración, emitió la misma para su aplicación y
observancia correspondiente, sin embargo se procederá a la brevedad a la actualización
de dichas disposiciones.
”… de los prestadores de servicios en los que observó que tres [de ellos] realizaron
actividades distintas a las señaladas en la cláusula primera ‘objeto del contrato’; al respecto,
el […], Subdirector de Enlace Administrativo en la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario
donde fueron contratados dos de los tres prestadores de servicios profesionales, aclara
que los contratos de los prestadores de servicios por honorarios […] el objeto de sus contratos
describen en forma genérica las actividades para las cuales son contratados los prestadores
de servicios, en cambio los reportes de actividades que deben presentar mensualmente
369 VOLUMEN 5/13
los prestadores de servicios, especifican cada una de las actividades realizadas, por lo
que pueden llegar a verse un tanto diferente en su descripción pero en lo sustantivo,
las actividades son el desglose del objeto de los contratos”. No obstante lo anterior, la
observación se formuló, porque en el análisis de las actividades reportadas en los informes
mensuales y en los contratos, se determinó que no se vinculan, de ello se informó en el
cuadro correspondiente al numeral 2 del presente resultado ya que el objeto del contrato
se refiere a trabajos informáticos y ninguna de las actividades reportadas en los informes
tuvo relación con dicho campo de acción, a fin de evitar dicha irregularidad, se debió
suscribir convenios modificatorios, tal como se estipuló en la cláusula décima sexta de
dichos instrumentos jurídicos.
También la OM indicó que “para el caso del prestador del servicio contratado en la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, […], Encargado de
la Subdirección de Enlace Administrativa […], comunica que dicha situación se presentó
por lo siguiente: El prestador de servicios […] realizó otras actividades a las señaladas en
el objeto del contrato, también lo es que si realizó la actividad indicada en el contrato,
ya que sólo apoyó otras actividades esporádicamente por cargas de trabajo y únicamente
le faltó al prestador de servicios señalar en su reporte la actividad que también llevó a
cabo ‘Apoyar en la integración de expedientes del archivo del programa de descuentos
por nómina’. La supervisión sí se llevó a cabo, ya que cumplió con las actividades e
instrucciones de acuerdo con el objeto del contrato que fueron encomendadas, así como
otras actividades por cargas de trabajo, por lo cual se cumplió con la cláusula del contrato
referente a la supervisión”. No obstante lo anterior, la observación prevalece, ya que el
prestador de servicios no reportó ninguna actividad relacionada con el objeto del contrato,
por lo que se debió suscribir el convenio modificatorio correspondiente.
Recomendación ASC-133-08-20-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que previo
a la formalización de la relación laboral de los aspirantes a ocupar una plaza de honorarios
profesionales asimilados a sueldos y salarios y honorarios asimilados autogenerados, se
cuente con los documentos que establece la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
370 VOLUMEN 5/13
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-133-08-21-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor implante medidas de control para garantizar que los
expedientes de los prestadores de servicios de honorarios profesionales asimilados a
sueldos y salarios y honorarios asimilados autogenerados cuenten con la documentación
actualizada, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-133-08-22-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que los
prestadores de servicios de honorarios profesionales asimilados a sueldos y salarios
y honorarios asimilados autogenerados cumplan las actividades previstas en el objeto del
contrato, y en el caso que desarrollen otras actividades que se suscriban los convenios
modificatorios respectivos, en cumplimiento de lo estipulado en los contratos de prestación
de servicios.
10. Resultado
Con el oficio núm. ASC/09/0996 del 9 de julio de 2009, la CMHALDF solicitó las nóminas
ordinarias y extraordinarias del Gobierno del Distrito Federal de las 24 quincenas de 2008
a la OM, las cuales fueron proporcionadas por la DGA en la OM mediante el oficio
núm. OM/DGA/1058/2009 del 23 de julio de 2009.
En la conciliación efectuada por la CMHALDF correspondiente al ejercicio de 2008 entre
las nóminas centralizadas con las de la OM relativas a los honorarios de prestadores de
servicios profesionales, honorarios asimilables a salarios y honorarios autogenerados,
se observó lo siguiente:
1. La OM pagó un monto de 33.8 miles de pesos a dos prestadores de servicios con
cargo a la partida 3301 “Honorarios”, los cuales cobraron en otras dependencias del
Gobierno del Distrito Federal durante los mismos períodos que laboraron para la OM,
como se muestra en el siguiente cuadro:
371 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Nóminas de honorarios de la Oficialía Mayor Nómina ordinaria del Gobierno del Distrito Federal Total Número
de contrato Período Monto
(1) Dependencia Período Monto
(2) (1) +( 2)
(3)
DGADP/18 3 16 al 31 de enero de 2008
5.9
Delegación Iztacalco 1 16 al 31 de enero de 2008
4.8*
10.7
13 2 16 2 DGADP 48 3
1o. de enero al 29 de febrero de 2008 1o. de marzo al 30 de abril de 2008 1o. de mayo al 30 de junio de 2008
9.3
9.3
9.3
Dirección General de Prevención y Readaptación Social1
1o. de enero al 30 de junio de 2008
41.0*
68.9
Total 33.8 45.8 79.6
* Confirmado. 1 Tipo de nómina del GDF: Base. 2 Pagos realizados con recursos fiscales. 3 Pagos realizados con recursos autogenerador.
Con objeto de confirmar la información proporcionada por la OM en relación con los
pagos efectuados por otros entes, por medio de los oficios núms. ASC/10/0323
y ASC/10/0324 ambos del 24 de febrero de 2010 se solicitó a la Delegación Iztacalco y
a la Dirección General de Prevención y Readaptación Social (DGPRS) copias certificadas
de la documentación que acreditara la contratación y pagos realizados en 2008 a los
dos prestadores de servicios señalados en el cuadro.
En respuesta, la DGPRS con el oficio núm. DEPRS/1050/2010 del 26 de febrero de 2010,
remitió comprobantes de liquidación de pago del 1o. de enero al 30 de junio de 2008
y la constancia de nombramiento y movimiento de personal, en la que se específica la
alta de nuevo ingreso.
Asimismo, la Delegación Iztacalco, con el oficio núm. DGA/447/10 del 5 de abril de 2010,
proporcionó constancias de nombramiento de personal (alta por reingreso y baja por
renuncia la cual fue el 31 de enero de 2008), constancia de sueldos y salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario, comprobantes de liquidación de pago del 16 al 31 de
enero y del 1o. al 15 de febrero ambos de 2008, de éste último pago remitió también copia
certificada del recibo de pago cancelado y de los comprobantes del depósito respectivo.
Respecto a los escritos bajo protesta que se localizaron en los expedientes de los dos
prestadores de servicios citados en el presente numeral, se observó que se refieren
al Gobierno Federal y no al Gobierno del Distrito Federal.
372 VOLUMEN 5/13
Por no contar con la documentación actualizada en los expedientes de los prestadores
de servicios, la OM incumplió el objetivo general de los procedimientos “Actualización
de las Tarjetas de Kárdex y Expedientes del Personal”; y contravino el apartado
“Políticas y/o Normas de Operación” del procedimiento “Integración y Control de los
Expedientes del Personal de la Oficialía Mayor”.
2. Mediante el oficio núm. ASC/133/08/OM/10-010, del 23 de febrero de 2010, la CMHALDF
solicitó los comprobantes de pago de 2008, como recibos, pólizas de cheques,
trasferencias y nóminas de cada uno de los prestadores de servicios, que resultaron
de la conciliación las nóminas de la OM con las nóminas del Gobierno del Distrito
Federal. Con el oficio núm. OM/DGA/397/2010 del 26 de febrero de 201, la DGA en la OM
remitió pólizas cheque y relaciones de nóminas, las cuales mostraron las firmas de dichos
servidores públicos por el pago realizado en 2008, así como con las de los responsables
de elaborarlas y autorizarlas, por lo que con dicha documentación, se confirmaron los
pagos efectuados a los prestadores de servicios.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha la Dirección General de Administración
en la OM informó que respecto a “los [2] prestadores de servicios con cargo a la partida
3301 ‘Honorarios’, de los cuales el ente auditor detectó que cobraron durante los mismos
períodos en otras dependencias del Gobierno del Distrito Federal […]; al respecto […] la
Subdirección de Enlace Administrativa en la DGADP, comunica que: … antes de firmar el
instrumento jurídico por el cual se contrata por honorarios se le pregunta si tiene otro trabajo
en el Gobierno Federal o local para en su caso, solicitar la compatibilidad de empleos y esto
queda constancia con el escrito de bajo protesta que firman los prestadores de servicios.
Si bien es cierto que el escrito de bajo protesta que no desempeña otro empleo o comisión,
se menciona la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y su Reglamento,
también lo es, que el artículo 1o. de la Ley y su Reglamento se considera al Departamento
del D.F. actualmente Gobierno del Distrito Federal, por lo que se desprende que dentro de
los artículos señalados en la carta de protesta se considera al Gobierno Local (se anexa
copia de carta bajo protestad y el artículo 1o. de la Ley y Reglamento)”.
Lo anterior evidencia que los prestadores de servicios referidos, declararon con falsedad
al momento de la suscripción del contrato de prestación de servicios con la OM, al indicar
373 VOLUMEN 5/13
que no contaban con otro empleo en el Gobierno Federal y por extensión, como lo indica
la OM, en el Gobierno del Distrito Federal.
Recomendación ASC-133-08-23-OM
Es conveniente que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para asegurarse de que
los prestadores de servicios contratados con cargo a la partida 3301 “Honorarios” no formen
parte de la nómina del Sistema Integral Desconcentrado de Nómina del Gobierno del Distrito
Federal o, en su caso, que dichos prestadores de servicios cuenten con la autorización
de contratación otorgada por la Contraloría General del Distrito Federal, de conformidad
con la normatividad aplicable.
11. Resultado
Del total ejercido (60,746.8 miles de pesos) en la partida 3301 “Honorarios”, se seleccionó
una muestra de auditoría de 26,415.3 miles de pesos mediante 49 CLC, de los cuales,
8,052.0 miles de pesos (30.5%) que fueron pagados mediante 10 CLC, correspondieron a
pagos en 2008 a colegios de profesionistas de valuación que realizaron servicios técnicos
en diversos inmuebles de las Delegaciones del Distrito Federal, dichos pagos se muestran
a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta por Liquidar Certificada Razón social Número Fecha Cantidad
de facturas Importe
Colegio de Valuadores de México, A.C. 12 CO 01 04890 12/XII/08 18 472.5 12 CO 01 05588 31/XII/08 37 999.8 12 CO 01 05609 31/XII/08 161 1,380.0 12 CO 01 01820 10/VI/08 118 1,468.7
Subtotal 334 4,321.0 Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricista, A.C. 12 CO 01 05606 31/XII/08 22 472.2 12 CO 01 05610 31/XII/08 30 1,320.0 12 CO 01 03833 21/X/08 1 1,315.3
Subtotal 53 3,107.5 Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C. 12 CO 01 05263 31/XII/08 13 71.5 12 CO 01 05607 31/XII/08 36 252.1 12 CO 01 05608 31/XII/08 51 299.9
Subtotal 100 623.5
Total 487 8,052.0
374 VOLUMEN 5/13
En la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria, se observó lo siguiente:
1. En la revisión de las CLC, se constató que la OM cumplió lo que establecen los incisos
2, 4, 15, 27 y 41, numeral IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada, Lineamientos Generales”
del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal; y los artículos 378 y 381 del Código Financiero del Distrito
Federal, vigente en 2008.
2. Mediante el oficio núm. DGPI/049/2008 del 24 de enero de 2008, se tuvo conocimiento
que la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario solicitó a la DGA en la OM que
llevara a cabo los trámites necesarios para contar con suficiencia presupuestal por
7,600.0 miles de pesos, a fin de realizar la contratación de los colegios de profesionistas
en materia de valuación de bienes.
Posteriormente, con el oficio núm. DGPI/113/2008 del 7 de febrero de 2008, la Dirección
General de Patrimonio Inmobiliario amplió esta información, indicando que se llevó a
cabo un análisis estadístico de los datos históricos relativos a las cantidades de trabajos
valuatorios y los pagos realizados en los últimos cinco años, con lo cual se proyectó
para el ejercicio de 2008 una cantidad de 1,385 avalúos mediante un importe de
15,000.0 miles de pesos, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Avalúos Año
Cantidad Importe
2003 754 11,097.7 2004 1,041 11,516.0 2005 732 11,999.5 2006 1,922 13,326.5 2007 1,179 10,655.8 2008 1,385 15,000.0
Asimismo, como justificación para esta contratación de los colegios de profesionistas,
la DGPI indicó “Debido a la especialización que requieren los trabajos de valuación de
bienes que solicitan las distintas dependencias, unidades administrativas, órganos
político-administrativos, órganos desconcentrados y entidades de la administración
pública del Distrito Federal, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, considera
375 VOLUMEN 5/13
factible la contratación por el procedimientos de adjudicación directa a los siguientes
colegios de profesionistas:
”[Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricista A.C.] es un cuerpo colegiado que se
destaca por su especialidad en valuación de maquinaria y equipos especiales, equipo
de construcción, equipo eléctrico, equipo electrónico, equipo de telecomunicaciones,
redes de fibra óptica, plantas potabilizadoras de agua, complejos industriales; aglutina
especialistas de alta calidad profesional para la realización de los siguientes tipos de
avalúos que requiere la Administración Pública del Distrito Federal, como son: avalúos
de negocios en marcha que fijan importes de contraprestaciones mensuales que debe
cobrar el GDF a permisionarios; avalúos de infraestructura a instalaciones especiales;
avalúos de transferencia de potencialidad de usos de suelo; avalúos de intangibles;
avalúos de inmuebles catalogados; avalúos de maquinaria, equipo y bienes muebles
diversos; y avalúos de bienes expropiados por causas de utilidad pública.
”El [Colegio de Valuadores de México A.C.], es un cuerpo colegiado que se destaca por
su especialización en valuación de negocios en marcha, obras de arte, semovientes,
avalúos rurales, análisis de riesgos; aglutina especialistas de alta calidad profesional
para la realización de los diferentes tipos de avalúos que requiere la Administración
Pública del Distrito Federal, como son: avalúos de negocios en marcha; avalúos de obras
de arte, avalúos de infraestructura e instalaciones especiales; avalúos de intangibles;
avalúos de inmuebles catalogados; avalúos de maquinaria, equipo y bienes muebles
diversos; avalúos de semovientes; y avalúos de bienes expropiados por causas de
utilidad pública.
”El [Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C.], es un cuerpo colegiado
que se destaca por su especialidad en valuación de terrenos urbanos y rurales;
inmuebles diversos; justipreciación de rentas; construcciones, incluyendo equipo
e instalación; complejos turísticos y de servicios; avalúos masivos, actualizaciones de
avalúos, levantamientos topográficos y arquitectónicos; y avalúos para el cumplimiento
de obligaciones fiscales y expropiaciones.”
También se precisó que el costo de cada avalúo resulta variable, siendo el valor mínimo
por pagar de 1,315.0 pesos más IVA y sin contar con un máximo, debido a que el costo
376 VOLUMEN 5/13
depende de las propias características técnicas del trabajo, ya sea por las dimensiones del
bien valuado, por ser un avalúo maestro o por la complejidad del propio trabajo valuatorio.
Por último, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario señaló que el incremento
en el total de recursos para 2008, se debió a la previsión de avalúos por programas de
expropiaciones y compras para el reordenamiento del comercio informal y los referentes
a la seguridad pública.
Al respecto, mediante el oficio núm. OM/DGA/339/2008 del 26 de febrero de 2008, la
DGA en la OM informó a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario lo siguiente:
“… para contratar los servicios de valuación con los colegios de valuadores serán
presentados a dictaminación y consideración del H. Órgano Colegiado en la próxima
Sesión Extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios de la OM.
”Sobre el particular, […], fue necesario destinar $1,673,117.51 (Un millón setecientos
setenta y tres mil ciento diecisiete pesos 51/100 M.N.) del presupuesto del Ejercicio
Fiscal 2008, para el pago de adeudos fiscales al ejercicio 2007, el recurso con el que
se cuenta para atender la contratación de referencia se modifica quedando un disponible
de $5,988,353.49 (Cinco millones novecientos ochenta y ocho mil trescientos cincuenta
y tres pesos 49/100 M.N.) […].
”Cabe señalar […] de conformidad con las necesidades que en materia valuatoria
determine esa Dirección General se efectuarán las gestiones presupuestales
correspondientes a efecto de estar en condición de cubrir la totalidad de los
requerimientos.”
3. El 10 de marzo de 2008, el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios de la OM aprobó por unanimidad la contratación de los trabajos de valuación.
Mediante el acuerdo núm. 04/1ª.EXTRORD/08 se autorizó la participación del Colegio
Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C., por un importe de 1,260.0 miles
de pesos (IVA incluido); con el acuerdo núm. 05/1ª.EXTRORD/08, la del Colegio de
Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C., por un importe de 2,363.8 miles de pesos;
377 VOLUMEN 5/13
y con el acuerdo núm. 06/1ª.EXTRORD/08, la del Colegio de Valuadores de México,
A.C. por un importe de 2,363.8 miles de pesos. En los tres casos, se aprobó la
contratación mediante el procedimiento de adjudicación directa por caso de excepción,
con fundamento en el artículo 54, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal, y con vigencia a partir del día siguiente al de la formalización del
contrato y hasta el 31 de diciembre de 2008.
Los contratos de prestación de servicios profesionales en materia de valuación de bienes
y celebrados con los colegios de profesionistas (Colegio de Ingenieros Mecánicos
Electricistas, A.C., Colegio de Valuadores de México, A.C. y Colegio Nacional de
Ingenieros Arquitectos de México, A.C.), los tres contratos se firmaron y rubricaron
el 11 de marzo de 2008, y se dispuso la formalización con base en la modalidad de
contrato abierto, en términos de lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal. Para los dos primeros se estableció un mínimo por ejercer
de 300.0 miles de pesos (IVA incluido) y un máximo de 2,363.8 miles de pesos; y para
el tercero se indicó un mínimo y máximo de 300.0 y 1,260.7 miles de pesos,
respectivamente, todos con una vigencia que comprende un período a partir del día
siguiente a la formalización del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2008.
Durante 2008, presentaron modificaciones los términos y condiciones de contratación
de dichos colegios profesionales las cuales se indican a continuación:
Mediante el oficio núm. DGPI/1588/2008 del 13 de junio de 2008, la Dirección General de
Patrimonio Inmobiliario solicitó a la Dirección General de Administración que se autorizara
una suficiencia presupuestal por 472.8 miles de pesos, correspondientes al 20.0%
del monto máximo (2,363.8 miles de pesos) considerado en el contrato con el Colegio de
Valuadores de México, A.C.. Con el oficio núm. OM/DGA/925/2008 del 16 de junio
de 2008, la Dirección General de Administración autorizó la suficiencia presupuestal.
Por lo anterior, el 30 de junio de 2008 se firmó un convenio modificatorio al contrato
abierto de prestación de servicios en materia de valuación de bienes del 11 de marzo
de 2008 con el Colegio de Valuadores de México, A.C., con el cual se modificó la cláusula
tercera del contrato relativa al monto mínimo y máximo por ejercer, para quedar con
un monto mínimo de 300.0 miles de pesos y un máximo de 2,836.6 miles de pesos
378 VOLUMEN 5/13
(IVA incluido), lo anterior en cumplimiento del artículo 65, primer párrafo, de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 17 de mayo de 2004, vigente en 2008.
Con el acuerdo núm.15/6ª.EXTORD/08, del 15 de octubre de 2008, el Subcomité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios autorizó la contratación del
Colegio de Valuadores de México, A.C. de nueva cuenta, por lo que, el 16 de octubre
de 2008, se formalizó un nuevo contrato abierto de prestación de servicios
profesionales en materia de valuación de bienes, por un monto mínimo de 300.0 miles
de pesos y un máximo de 2,836.6 miles de pesos (IVA incluido). Lo anterior por que
se ejercieron en su totalidad los recursos autorizados del convenio modificatorio del
30 de junio de 2008, y con dicho convenio debían llevarse a cabo trabajos valuatorios
del Proyecto Macro: Supervías Reforma y Poniente, así como la Línea Dorada del
Metro (pago de afectaciones, expropiaciones y compras), según indicó la Dirección
General de Patrimonio Inmobiliario en el oficio núm. DGPI/2449/2008 del 2 de
septiembre de 2008, con el cual además solicitó suficiencia presupuestal a la DGA
en la OM, la cual dio su autorización por medio del el oficio núm. OM/DGA/1403/2008
del 11 de septiembre de 2008.
Posteriormente, con el oficio núm. DGPI/2730/2008 del 30 de septiembre de 2008,
la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario solicitó suficiencia presupuestal
por 472.7 miles de pesos, correspondiente al 20.0% del contrato con el Colegio de
Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C., en razón de que “derivado de las acciones
del Jefe de Gobierno, se han incrementado considerablemente los trabajos en materia
de valuación de bienes; en consecuencia el contrato de prestación de servicios en
materia de valuación de bienes, celebrado con dicho colegio fue el 11 de marzo del
año en curso, está por agotarse”.
De igual forma, con el oficio núm. DGPI/2735/2008 del 30 de septiembre de 2008,
la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario solicitó suficiencia presupuestal
por 252.1 miles de pesos, correspondiente al 20.0% del monto contratado con el
Colegio Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C., la cual fue otorgada con el oficio
núm. OM/DGA/DRF/829 del 22 de octubre de 2008. El convenio modificatorio se
formalizó el 12 de noviembre de 2008.
379 VOLUMEN 5/13
4. Con el oficio núm. DGPI/DA/1288/2008, del 24 de diciembre de 2008, la Dirección
General de Patrimonio Inmobiliario solicitó de nueva cuenta a la DGA en la OM suficiencia
presupuestal para contratar a los Colegios Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C.
(1,320 miles de pesos), Valuadores de México, A.C. (1,380 miles de pesos) y Nacional
de Ingenieros Arquitectos de México, A.C. (300.0 miles de pesos), por un importe total de
3,000.0 miles de pesos requeridos para el cierre del ejercicio de 2008. En respuesta,
con el oficio núm. OM/DGA/DRF/1130/2008, la Dirección de Recursos Financieros
comunicó la autorización de suficiencia presupuestal e indicó que “los compromisos que
se llegasen a generar a partir del presente comunicado deberán quedar debidamente
devengados y contabilizados a más tardar el 31 de diciembre de 2008, conforme a lo
establecido en los artículos 381 y 382 del Código Financiero del Distrito Federal…”.
Sobre el particular, se revisó el acta de la décima segunda sesión ordinaria del Subcomité
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del 26 de diciembre
de 2008 y se constató que con los acuerdos núms. 22/12ª.ORD/08, 23/12ª.ORD/08 y
24/12ª.ORD/08, el Subcomité aprobó la contratación de los Colegios de Ingenieros
Mecánicos Electricistas, A.C.; Valuadores de México, A.C. y Nacional de Ingenieros
Arquitectos de México, A.C., respectivamente, la cual se realizaría mediante el
procedimiento de adjudicación directa por caso de excepción, lo anterior con fundamento
en el artículo 54, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
En esta sesión del Subcomité se indicó que los recursos para finalizar los trabajos
correspondientes a los contratos anteriores se habían agotado y esta nueva solicitud
“responde a más requerimientos y demanda de avalúos. Tenemos afectaciones de la
Línea Dorada del Metro y solicitudes de actualización de permisos administrativos que
varían y van de la mano con recursos autogenerados”.
El 26 de diciembre de 2008, se firmaron los contratos respectivos con los Colegios
de valuadores de Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C. (1,320 miles de pesos),
Valuadores de México, A.C. (1,380 miles de pesos) y Nacional de Ingenieros Arquitectos
de México, A.C. (300.0 miles de pesos), todos con una vigencia del 27 al 31 de
diciembre de 2008.
Del análisis a la información y documentación de este resultado, no se determinó
observación alguna.
380 VOLUMEN 5/13
12. Resultado
Con objeto de verificar el cumplimiento del apartado de las “Disposiciones de Racionalidad
y Austeridad” del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008, por medio del oficio núm. ASC/133/08/OM/10-11 del 3 de marzo de 2010,
la CMHALDF solicitó a la OM las medidas y acciones de austeridad implementadas en 2008,
conforme al Manual de Buenas Prácticas de Ahorro para Fomentar Criterios de Austeridad y
Formatos de Medidas y Acciones de Austeridad, y de los Ahorros y Recuperaciones
obtenidos, así como los registros mensuales de los ahorros y recuperaciones relevantes
que se informaron en 2008 con respecto a la partida 3301 “Honorarios”.
En respuesta, con el oficio núm. OM/DGA/450/2010 del 8 de marzo de 2010, la Dirección
General de Administración de la OM informó que en “2008, el ejercicio de recursos con cargo
a la partida presupuestal de honorarios estuvo en apego a lo previsto en el artículo 8o. de
la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal”.
Mediante el oficio núm. ASC/09/1612 del 19 de octubre de 2009, también se solicitó los
informes semestral y anual de la actuación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento
y Prestación de la OM durante el ejercicio de 2008, para verificar el formato de ahorros y
economías obtenidas en 2008. Al respecto, el sujeto fiscalizado proporcionó el oficio
núm. OM/DGA/1277/2008 del 19 de agosto de 2008, con el cual la Secretaría Ejecutiva
del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios de la OM remitió
al Secretario Ejecutivo del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de
Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal, únicamente el Informe Semestral
de Actuación 2008, mediante el cual el Oficial Mayor y Presidente de la Secretaría
Ejecutiva del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios
y la Directora General de Administración y Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva
del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios de la OM,
informaron lo que sigue:
“Durante este primer semestre, las cinco contrataciones más relevantes para la OM en las
cuales se obtuvieron ahorros en relación a los sondeos de mercado realizados, se encuentran
las siguientes, según se muestra en seguida.
381 VOLUMEN 5/13
”Adjudicación Directa OM/DGA/DRMSG/CA-016-2008 por la Adquisición del Sistema
de Filtrado y Calefacción para el Centro Social y Deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha’ por un
monto presupuestado de 2,785 miles de pesos y un monto adjudicado de 2,646 miles de
pesos con un ahorro de 139 miles de pesos y un porcentaje de ahorro del 5.0%.”
En este sentido, se concluye que la OM no precisó las medidas y acciones de austeridad
que se implementaron en 2008 para obtener ahorros, las cuales debieron ser comunicadas
para su registro anual a la CGMA, en el formato de medidas y acciones de austeridad a
implementar. Tampoco proporcionó los registros mensuales de los ahorros recuperaciones
que se reportaron a la CGMA en 2008 respecto a la partida 3301 “Honorarios”.
Por lo anterior, la OM contravino los numerales 10.9.2, 10.9.3, 10.9.4 y 10.9.5, apartado 10.9,
“Austeridad del Gasto Público del GDF”, de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos (Circular Uno), vigente en 2008. El primero dispone:“Las Dependencias […]
a través de los titulares de las DGA, deberán observar la LAGDF, el CFDF en su Título
Segundo Capítulo Primero Disposiciones Generales, el DPEDF en el Título Tercero,
Capítulo Primero Disposiciones de Racionalidad y Austeridad, así como las demás
disposiciones aplicables a la materia”; el segundo establece: “Las Dependencias […]
a través de los titulares de las DGA, integrarán para cada ejercicio una serie de medidas
y acciones de austeridad a implementar para obtener ahorros, en el Formato […] de
‘Medidas y Acciones de Austeridad a Implementar’ emitido por la OM”; el tercero instruye:
“Los titulares de las DGA deberán remitir copia a la CGMA, durante los primeros cinco
días hábiles del mes de febrero de cada año, para su seguimiento y evaluación”; y el
último indica: “Las Dependencias […] a través de la DGA, llevarán un registro de sus
ahorros y recuperaciones importantes sobre la base de lo programado en las medidas
de acciones de austeridad”.
Tampoco atendió el artículo 438 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008,
que establece: “Las dependencias […] deberán sujetarse a lo previsto en la Ley de Austeridad
para calcular la estimación de gasto por concepto de […] servicios generales”.
Además el artículo 36, fracción VI, capítulo I, “Disposiciones de Racionalidad y Austeridad
en su Título Tercero”, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
382 VOLUMEN 5/13
el Ejercicio Fiscal 2008, que dispone: “Los titulares de las Dependencias […] serán
conjuntamente responsables con los servidores públicos encargados de la administración
de los recursos asignados, de las erogaciones por los conceptos que a continuación se
indican, los cuales se sujetarán a lo establecido en la Ley de Austeridad y a los siguientes
criterios de racionalidad y disciplina presupuestal […] VI. Honorarios.- Las contrataciones
se llevarán a cabo en los términos de lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal y demás disposiciones aplicables en la materia…”.
En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha la Dirección General de Administración
en la OM proporcionó documentación e información que no desvirtúan las observaciones
del presente resultado, debido a que la OM argumentó que “respecto a porque no se
dio cumplimiento al formato contemplado en el Manual de Buenas Prácticas; sobre el
particular, se comenta que de acuerdo con una de las observaciones efectuadas por
el ente auditor en el resultado 3, en el que mencionó que: ‘No obstante lo anterior, las
variaciones que incrementaron el presupuesto asignado y los múltiples movimientos
presupuestales que modificaron el presupuesto original…, de la OM, permiten deducir que
no realizó una adecuada presupuestación…’; al respecto, se precisa que debido a lo
antes expuesto en el Resultado en cuestión, la Oficialía Mayor, no tenía elementos
relacionados con la Recuperación y obtención de Economías a favor del Gobierno del
Distrito Federal que encuadrarán en el requisitado de los formatos de dicho Manual”.
Lo expuesto por el sujeto fiscalizado no modifica las observaciones del presente resultado,
ya que la normatividad infringida en el presente resultado considera al capítulo 3000
“Servicios Generales” y a la partida 3301 “Honorarios” sujeta a medidas de austeridad
y, además la OM, no presentó evidencia documental de las medidas y acciones de
austeridad que se implementaron en 2008, por lo que el resultado prevalece.
Recomendación ASC-133-08-24-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control y de supervisión para
garantizar que se implementen en cada ejercicio medidas y acciones de austeridad, con el
propósito de obtener ahorros, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
383 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-133-08-25-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control y de supervisión para
garantizar que se elabore y remita el formato “Medidas y Acciones de Austeridad a
Implementar”, a la Coordinación General de Modernización Administrativa, en cumplimiento
de la normatividad aplicable.
Recomendación ASC-133-08-26-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control y de supervisión para
garantizar que se lleve a cabo el registro de ahorros y recuperaciones relevantes,
conforme a lo programado en las medidas y acciones de austeridad, en cumplimiento de
la normatividad aplicable.
13. Resultado
En 2008, el presupuesto ejercido por la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales”, por un monto de 136,713.0 miles de pesos, de ellos 14,257.8 miles de pesos
(10.4%) correspondieron a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de
Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, dichos recursos que se pagaron
mediante 50 CLC menos las reducciones derivadas de 3 documentos múltiples. La partida
3504 mostró un incremento de 10,419.1 miles de pesos (271.4%) respecto al presupuesto
ejercido en 2007 (3,838.7 miles de pesos).
Se seleccionó una muestra de auditoria de 10,748.8 miles de pesos para la revisión de dicha
partida, que representaron el 75.4% del presupuesto ejercido en la partida el cual se ejerció
mediante dos licitaciones públicas internacionales, por un importe total de 9,046.4 miles
de pesos, y una adjudicación directa, por un importe de 1,702.4 miles de pesos; y en las
que participaron tres prestadores de servicios con igual número de contratos, así como un
convenio modificatorio. Las operaciones se registraron mediante cinco CLC expedidas
por la OM en 2008, como se muestra a continuación:
384 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Adjudicación Razón social
Tipo Número Número de contrato CLC Importe
Grupo Distribuidor Esmeralda, S.A. de C.V. LPN1 30001106-006-08 OM/DGA/DRMSG/CPS-019-2008 03790 y 04288 6,529.4
Proveedora DM, S.A. de C.V. LPN1 30001106-009-08 OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008 0506 2,397.8
*OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008 119.2
Subtotal 9,046.4
Ferretodo, S.A. de C.V. AD2 OM/DGA/DRMSG/CPS-027-2008 5530 y 5603 1,702.4
Total 10,748.8
* Convenio modificatorio por ampliación en el monto. 1 Licitación pública nacional. 2 Adjudicación directa.
En el análisis de los tres procesos de adquisición, así como su documentación justificativa
y comprobatoria, se determinó lo siguiente:
1. Licitación pública nacional núm. 30001106-006-08
Este procedimiento se realizó para la contratación del servicio de mantenimiento, conservación
y rehabilitación con reposición de accesorios en primera fase a las instalaciones de los
Centros de Desarrollo Infantil (CENDI’S) adscritos a la OM e identificados por ésta con
los números 1, 4 y 7.
En la revisión de dicho procedimiento, se observó lo siguiente:
a) Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/013/2008 del 13 de mayo de 2008,
la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales notificó a la Dirección de
Relaciones Laborales, ambas adscritas a la OM, las requisiciones núms. RS/34-2008,
RS/35-2008 y RS/36-2008, todas del 19 de mayo de 2008, con la justificación:
“Mantenimiento integral a los espacios que constituyen el Centro de Desarrollo Infantil
(CENDI’S)”.
b) La DRMSG solicitó al Director de Recursos Financieros de la OM, mediante los oficios
núms. OM/DGA/DRMSG/86/102/2008 y OM/DGA/DRMSG/86/102/103/2008, ambos
385 VOLUMEN 5/13
del 29 de mayo de 2008, que autorizara suficiencia presupuestal para atender las
requisiciones mencionadas. En repuesta, con los oficios núms. OM/DGA/DRF/287/2008,
OM/DGA/DRF/288/2008 y OM/DGA/DRF/289/2008, todos del 2 de junio de 2008,
la Dirección de Recursos Financieros emitió las autorizaciones correspondientes;
se autorizaron 1,880.9; miles de pesos para el CENDI núm. 1; 3,283.3 miles de pesos,
para el CENDI núm. 4; y 1,881.9 miles de pesos, para el CENDI núm. 7. En conjunto
se dispuso de un importe total de 7,046.1 miles de pesos.
c) Con el oficio núm. OM/DGA/864/2008 del 4 de junio de 2008, la DGA solicitó a la
Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, la publicación de la convocatoria
a la licitación pública nacional núm. 30001106-006-08, la cual apareció publicada
el 9 de junio de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
d) Las bases de la licitación pública nacional 30001106-006-08, se firmaron el 9 de
junio de 2008, y contenía la siguiente documentación: anexo núm. 1 “Descripción
del Servicio de Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación con Reposición de
Accesorios a tres Centros de Desarrollo Infantil de la Oficialía Mayor”; anexo núm. 2
“Formato de Declaración Bajo Protesta de Decir Verdad”; Anexo núm. 3 “Formato de
No Estar en los Supuestos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos”; anexo núm. 4 “Formato de Prestación de Ofertas de
Precios más Bajos”; anexo núm. 5 “Texto que deberá Contener la Fianza por un Importe
Mínimo del 5% del Importe Total de la Propuesta sin IVA para Garantizar la Formalidad
de la Propuesta Económica”; y anexo núm. 6 “Texto que deberá Contener la Fianza
por un Importe Mínimo del 15% del Importe a Contratar sin IVA, para Garantizar el
Cumplimiento del Contrato”.
Asimismo, el 12 de junio de 2008 se llevó a cabo la junta de aclaraciones de las bases
se comprobó que debidamente firmada por los servidores públicos y representantes
de las tres empresas participantes.
e) El acto de presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas se llevó a cabo
el 16 de junio de 2008, con la participación de tres de los proveedores participantes
para este evento.
386 VOLUMEN 5/13
f) Se realizó la evaluación cualitativa de la documentación legal y administrativa
correspondiente a las tres empresas que presentaron tanto su propuesta técnica
como la económica, para informar el resultado del análisis cuantitativo de las tres
ofertas económicas presentadas en el Dictamen y Fallo de la Licitación.
g) La sesión para comunicar el resultado del dictamen y fallo de la licitación pública
nacional núm. 30001106-005-08 se llevó a cabo el 28 de junio de 2008; por ello,
en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43, fracción II, y 49 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal, se determinó que la empresa Grupo
Distribuidor Esmeralda, S.A. de C.V. cumplió los requisitos de los puntos 4.2, 1.20, 4.3
y 4.4 de las bases de Licitación y su oferta económica que presentó fue la de menor
precio, además cubrió cualitativamente con los requisitos solicitados respecto a su
documentación legal y administrativa.
h) El acta del resultado del Dictamen de Fallo de la licitación pública nacional
núm. 30001106-006-08 fue enviada a la Secretaría de la Función Pública para su
registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales COMPRANET,
según consta en el acuse de recibo núm. 30908 del 9 de julio de 2008.
i) El Dictamen de Fallo se llevó a cabo el 8 de julio de 2008 y, posteriormente, se formalizó
el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-019-2008 para la prestación de Servicios
para el Mantenimiento, conservación y rehabilitación con reposición de accesorios a
tres CENDI, el cual se firmó el 10 de julio de 2008 por total de 6,661.3 miles de pesos
(IVA incluido), tal como lo señala la cláusula segunda del contrato, y tuvo una vigencia
del 11 de julio al 6 de septiembre de 2008.
j) El contrato fue liquidado al proveedor con las CLC núms. 12 C0 01 03790
y 12 C0 01 04288, emitidas por la OM el 15 de octubre y 11 de noviembre de 2008,
respectivamente, por un importe de 3,246.2 miles de pesos (IVA incluido) y 3,283.2 miles
de pesos (IVA incluido), en ese orden, que sumó un importe total de 6,529.4 miles de
pesos, menos dos notas de crédito núms. 0353 y 0354, ambas del 8 de septiembre
de 2008, por un importe de 75.8 miles de pesos y 56.1 miles de pesos, respectivamente
las cuales sumaron un monto de 131.9 miles de pesos, la primera nota fue por
387 VOLUMEN 5/13
descuentos derivados de la duplicación, en el concepto 1.11 del catálogo de conceptos
del CENDI núm.1; y en el caso de la segunda nota por duplicación en el concepto 3.11
del catálogo de conceptos del CENDI núm.7, dichos conceptos se encuentran en las
bases de licitación. Las CLC estuvieron amparadas con 43 facturas correspondientes
a agosto y septiembre de 2008.
El contrato estableció que se debería dar mantenimiento a los CENDI núm. 1, ubicado
en Prolongación de Sastrería núm. 20, colonia 10 de Mayo, C.P. 15290; al CENDI
núm. 4, ubicado en Dr. Lavista núm. 54, casi esquina con Dr. Andrade, colonia Doctores,
C.P. 06720; y al CENDI núm. 7, con domicilio en Oriente 42 núm. 360, entre Lorenzo
Boturini y Avenida del Taller, colonia 24 de abril, C.P. 15980. Asimismo, incluyó
dichos contratos de servicios, como suministro y aplicación de impermeabilizante
tradicional, acabado terracota; suministro y aplicación de pintura vinílica de manera
combinada en interiores y exteriores; reparación y sustitución de puertas tipo multipanel
con chapa; suministro y colocación de retretes; reparación de mamparas en área de
baño infantiles; suministro y colocación de lambrín cerámico; sustitución de la instalación
eléctrica, suministro y colocación de piso cerámico.
k) Con el objetivo de verificar el plazo de entrega, recepción y verificación de los servicios,
se revisaron los reportes quincenales y las actas de verificación de terminación
y recepción de trabajos de los CENDI núms. 1, 4 y 7, los cuales estuvieron anexos a
las CLC, y se determinó que los trabajos se entregaron el 6 de septiembre de 2008,
en cumplimento de las cláusulas tercera y quinta del contrato.
l) Se comprobó que la garantía de cumplimiento amparada con la póliza de seguro
núm. 000810AH1308, expedida en favor de la SF, por 868.9 miles de pesos, correspondió
al importe del 15% del monto máximo total del contrato (sin IVA), lo anterior de
conformidad con la cláusula décima quinta del contrato; y a los artículos 73, fracción III,
75 y 75 Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
m) Se revisó que las empresas presentaran los seguros o las pólizas de responsabilidad
civil, relativas a los daños a terceros, resultado del servicio de mantenimiento,
por causas imputables al proveedor, por un importe de 100.0 miles de pesos
388 VOLUMEN 5/13
para la partida núm. 1 correspondiente al CENDI núm.1; de 250.0 miles de pesos para
la partida núm. 2 al CENDI núm. 4; y de 100.0 miles de pesos para la partida
núm. 3, al CENDI núm. 7 y con una vigencia mínima que sería igual al término de las
obligaciones contractuales, en cumplimiento a la cláusula décima séptima del contrato.
n) Se constató que el gasto por la contratación de servicios de mantenimiento,
conservación y rehabilitación con reposición de accesorios se haya devengado, para
ello se realizaron visitas de inspección (febrero de 2010) a las instalaciones de
los CENDI núm. 1, 4 y 7 y se observó que las instalaciones operan con normalidad
y que los trabajos en general se conservan en buen estado, lo cual se confirmó con
las encargadas de los CENDI, quienes informaron que los trabajos se realizaron en
tiempo y forma.
En la revisión de la documentación soporte del procedimiento de licitación pública
nacional y de las CLC que soportan el pago, no se observaron incumplimientos
que reportar.
2. Licitación pública nacional núm. 30001106-009-08
Mediante este procedimiento la OM llevó a cabo la contratación de la prestación de servicio
para el mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social y Deportivo
“Rosario Iglesias Rocha”.
a) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/483/2008 del 30 de julio de 2008, la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó suficiencia presupuestal por
2,612.0 miles de pesos con cargo a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación
y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, para
lo cual elaboró la requisición núm. RS/40/2008 del 9 de julio de 2008 con la
justificación siguiente: “Se solicita servicio con la finalidad de mantener condiciones
óptimas de operación los espacios que se encuentran disgregados de las áreas
administrativas del deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha”. En respuesta, con el oficio
núm. OM/DGA/DRF/499BIS/2008 del 1o. de agosto de 2008, la Dirección de Recursos
Financieros proporcionó la autorización correspondiente.
389 VOLUMEN 5/13
b) Con el oficio núm. OM/DGA/1193/2008 del 11 de agosto de 2008, la DGA en la OM
envió a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la convocatoria
núm. 009/2008, la cual fue publicada el 8 de agosto de 2008 en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal. En la convocatoria se indicó el 12 de agosto como fecha
límite para adquirir las bases; el 14 de agosto para llevar a cabo la junta de aclaración
de bases; el 18 de agosto para la presentación y apertura de sobres con la
documentación legal y administrativa, propuesta técnica y económica; y el 21 de agosto
para el fallo.
c) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/526/2008 del 7 de agosto de 2008, la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó a la Unidad de Gobierno Electrónico
y Política de Tecnologías de la Información, publicar (página web) la convocatoria en
el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET), lo cual
realizó el 8 de agosto de 2008 de conformidad con el reporte de verificación de
transmisión serie núm. A5K111806, y el acuse de recibo núm. 14256 de la Secretaría
de la Función Pública.
d) El 31 de julio de 2008, se reunió y acordó el grupo revisor de bases emitir las
respectivas para llevar a cabo la licitación pública nacional para la contratación del
servicio de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social
y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”. Con el oficio núm. OM/DGA/1193/2008 del 4 de
agosto de 2008 la DGA en la OM envió a la Dirección General Jurídica y de Estudios
Legislativos de la OM, la convocatoria núm. 009/2008 relativa a la Licitación Pública
Nacional núm. 30001106-009-08.
e) Las bases para la Licitación Pública Nacional núm. 30001106-009-08 fueron
expedidas el 8 de agosto de 2008. Asimismo, se constató que el acta de junta de
aclaración de bases, se firmó el 14 de agosto de 2008, por los servidores públicos
y representantes legales de las empresas participantes.
f) El 18 de agosto de 2008, se llevó a cabo el acto de presentación y apertura
de propuestas técnicas y económicas en el que acudieron sólo dos proveedores, así
como los representantes de la OM y la Contraloría Interna. Los participantes en dicho
390 VOLUMEN 5/13
acto presentaron, tanto la documentación correspondiente a sus propuestas, como la
documentación legal y administrativa requerida en las bases, levantándose el acta
correspondiente y, a continuación, se elaboró el análisis cuantitativo correspondiente
de la documentación presentada.
g) Se realizó la evaluación cualitativa de la documentación legal y administrativa
presentada por los dos participantes, así como la evaluación cuantitativa de las
propuestas económicas ofrecidas por cada proveedor.
h) El dictamen de fallo se efectuó el 21 de agosto de 2008, en el cual se dictaminó en
favor de Proveedora DM, S.A. de C.V., y se destacó que el proveedor cumplió
cualitativamente con los requisitos solicitados respecto a su documentación legal
y administrativa, siendo su propuesta económica la de menor precio.
i) El 25 de agosto de 2008, la OM formalizó el contrato
núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008 con el prestador de servicios, por un monto de
2,397.8 miles de pesos, con una vigencia del 26 de agosto al 26 de octubre de 2008
para realizar los trabajos de mantenimiento y de adecuación física, de conformidad
con la cláusula segunda del contrato.
j) El prestador del servicio entregó la fianza núm. 000923AH1308 del 25 de agosto
de 2008 en favor de la SF, por 312.7 miles de pesos. Además, entregó la póliza de
seguro sobre responsabilidad civil general núm. 00000605, por 250.0 miles de pesos.
k) El prestador de servicios presentó escritura pública núm. 1941 del 13 de octubre
de 1998 y constancia de no adeudo de impuestos expedida el 8 de agosto de 2008
por la SF.
l) Como objeto del contrato, de conformidad con la cláusula primera, se estipuló:
“Realizar el servicio de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro
Social y Deportivo Rosario Iglesias Rocha, de conformidad con lo señalado en este
instrumento así como en su anexo 1”. En la revisión de este anexo, se verificó que
se contrataron los servicios de mantenimiento general para los baños y vestidores de
391 VOLUMEN 5/13
hombres y de mujeres; para el salón de usos múltiples; para el auditorio, para el
espacio para cocina; y para el módulo de sanitarios en zona de campos de fútbol,
principalmente.
m) La cláusula segunda refirió un pago por 2,085.0 miles de pesos, más 15.0%
de IVA, este equivalente a la cantidad de 312.8 miles de pesos, lo que significó
un monto total de 2,397.8 miles de pesos, los cuales se cubrirían en dos partes:
la primera al término del primer mes; y la segunda, a la conclusión y entrega de los
trabajos.
n) La cláusula cuarta indicó que el prestador de servicios debía entregar cada 15 días
un reporte de los servicios efectuados, a fin de evaluar los avances conforme
al programa de trabajo establecido; y en la cláusula décima novena señaló que
durante la vigencia del contrato el Gobierno del Distrito Federal podría realizar visitas
de comprobación a las instalaciones a efecto de constatar la calidad y cumplimiento
del servicio.
ñ) La cláusula séptima señaló que el prestador del servicio garantizaría los trabajos
realizados por un período de 12 meses, contados a partir de su entrega a entera
satisfacción y, en términos del artículo 70 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal, el prestador del servicio se obligaba a responder de los defectos, vicios
ocultos y deficiencias en la calidad de los servicios. La cláusula décima quinta
estableció que la garantía de cumplimiento sería del 15.0% del monto total del
contrato (sin IVA), en favor del Gobierno del Distrito Federal y que debía entregarla
el prestador del servicio a la firma del contrato.
o) También se constató que el contrato fue rubricado en todas sus fojas y que contó con
las firmas del prestador del servicio, como del Director General de Administración,
del Director de Recursos Financieros, del Director de Recursos Materiales y Servicios
Generales y del Subdirector de Servicios Generales, por la OM.
p) Cabe señalar, que el 25 de octubre de 2008 las partes mencionadas suscribieron
un convenio modificatorio al contrato de prestación de servicios citado, el cual fue
392 VOLUMEN 5/13
registrado con el núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008. En las declaraciones
del convenio, se indicó que el Gobierno del Distrito Federal “requiere realizar la
modificación para ampliar los trabajos, en virtud de lo cual con fundamento en el
artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal realizó la solicitud
respectiva al prestador del servicio con fundamento en lo dispuesto en la cláusula
sexta del referido instrumento jurídico”. Por su parte, mediante oficio sin número de
fecha 24 de octubre de 2008, el prestador del servicio manifestó su conformidad para
la ampliación del contrato de referencia.
q) Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRF/850/2008 del 27 de octubre de 2008, el
Director de Recursos Financieros de la OM autorizó la suficiencia presupuestal para
la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles
y Muebles adheridos a los mismos” para cumplir con el pago correspondiente a la
aplicación.
r) La cláusula primera del convenio se estableció: “El objeto del presente convenio es
modificar las cláusulas segunda, cuarta y décima quinta del contrato de prestación
de servicios de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social
y Deportivo Rosario Iglesias Rocha, con número OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008,
con el fin de incrementar el monto”. El Gobierno del Distrito Federal pagaría
103.6 miles de pesos, más 15.0% de IVA (15.5 miles de pesos), lo que equivale
a 119.1 miles de pesos; es decir, el importe total del contrato por 2,397.8 miles de
pesos, se modificó en 2,516.9 miles de pesos (5.0%); y se estableció una vigencia
del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2008.
s) La CMHALDF verificó que dicha modificación en monto y tiempo se hubiese
llevado a cabo conforme a la cláusula sexta del contrato de prestación de servicio,
en la que se estipuló: “El presente contrato podrá ser modificado entre las partes en
términos del artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, siempre
y cuando se encuentre vigente, sea dentro del mismo ejercicio presupuestal
y el monto total de la modificación no rebase en su conjunto el 20.0% del valor total
del contrato y demás condiciones de los bienes sean iguales a los inicialmente
pactados”.
393 VOLUMEN 5/13
t) En consecuencia, el prestador de servicios realizó la ampliación de la fianza
núm. 000923AH1308 en favor de la SF, por 0.7 miles de pesos la cual fue acorde
a lo estipulado.
u) El prestador del servicio presentó la factura núm. 1134 del 17 de noviembre de 2008, por
un importe de 119.1 miles de pesos, en la cual señaló diversos trabajos de adecuación
del área de squash para gimnasio, y entregó un reporte fotográfico del 20 de noviembre,
como evidencia de los trabajos de ampliación realizados al deportivo.
Asimismo, en el expediente se encontró el acta de terminación y recepción de trabajos
del 15 de noviembre de 2008, en la cual se especificaron los trabajos realizados.
v) En la revisión de la CLC núm. 12-CO-01-05064 del 26 de diciembre de 2008, se verificó
que se pagó un importe de 2,516.9 miles de pesos (IVA incluido) en favor del prestador
de servicios, por concepto de servicios de mantenimiento y adecuación de espacios
físicos del Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, los trabajos se efectuaron
al amparo del contrato de prestación de servicios núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008
del 25 de agosto de 2008, por un monto de 2,397.8 miles de pesos; y el convenio
modificatorio núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008 del 25 de octubre de 2008,
por un importe adicional al contrato original de 119.1 miles de pesos.
w) El pago estuvo soportado con el original de 19 facturas, núms. 1106 al 1114; 1117,
1118; 1120 al 1124, 1126, 1128 y 1134 (7 del 27 de octubre; 11 del 22 de septiembre
y 1 del 11 de noviembre, todas de 2008), presentadas por el prestador de servicios,
de conformidad con la cláusula tercera del contrato, en la cual se indicó que las
facturas deberían ser expedidas a nombre del Gobierno del Distrito Federal, con RFC
GDF-971205-4NA, con domicilio fiscal en Plaza de la Constitución, S/N (entre 20 de
Noviembre y Pino Suárez), C.P. 06068, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc;
debiendo contener el RFC del prestador del servicio, la descripción de los trabajos
realizados, precio unitarios, subtotal, Impuesto al Valor Agregado, importe total,
número de la partida, número de licitación pública nacional y número de contrato;
también se verificó que dichas facturas cumplieran los requisitos fiscales que establece
el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación; y se corroboró el cumplimiento
394 VOLUMEN 5/13
de la cláusula décima del contrato relativa a los impuestos y derechos, en la cual se
indicó que el Gobierno del Distrito Federal únicamente pagaría el importe correspondiente
al IVA.
x) De conformidad con los reportes quincenales de los trabajos realizados del
25 de agosto al 7 de septiembre; del 8 al 21 de septiembre; del 22 de septiembre al 5
de octubre; del 6 al 26 de octubre y del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2008;
proporcionados por el prestador de servicios junto con los reportes fotográficos
correspondientes, en dichos documentos se estableció que se llevó a cabo el
mantenimiento general a los baños y vestidores de hombres y mujeres, estos trabajos
consistieron en pintar muros, sustituir vidrios, mingitorios y mamparas, y efectuar la
instalación del generador de vapor; que se suministrara e instalara equipo de bombeo
y el calentador de agua para las regaderas, que se diera mantenimiento al salón de
usos múltiples y al auditorio; y que se sustituyera el domo en el acceso al edificio
principal, se instalara nuevas ventanas de aluminio y que se adecuara espacios para
oficinas administrativas, entre otros trabajos.
y) Se constató que la OM contó con el acta de verificación de terminación y recepción de
los trabajos del 27 de octubre de 2008, firmada por la Subdirección de Servicios
Generales de la OM y el representante legal del prestador de servicios, en el cual
se describieron en forma detallada los trabajos realizados, por lo que el prestador de
servicios cumplió la cláusula segunda del contrato, que señaló una vigencia del mismo,
la cual comprendió del 26 de agosto al 26 de octubre de 2008.
z) Se revisó el acta de verificación de terminación y recepción de los trabajos
del 15 de noviembre de 2008, correspondiente al convenio modificatorio
núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008, para la adecuación de área de
squash para gimnasio, firmada por la Subdirección de Servicios Generales de la OM
y el representante legal del proveedor, por lo que el proveedor cumplió lo que
señala la cláusula segunda del convenio modificatorio, que indica una vigencia del
mismo comprendida del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2008, con lo cual se
estableció que la Dependencia tuvo mecanismos de control y supervisión respecto
a la vigencia.
395 VOLUMEN 5/13
Cabe señalar que con el fin de constatar que el gasto por la contratación de servicios
de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social y Deportivo
“Rosario Iglesias Rocha” se hubiese devengado, se realizaron visitas de inspección
(15 de febrero de 2010) a las instalaciones de dicho Centro, ubicado en Calzada del
Hueso núm. 400, colonia Girasoles, Delegación Coyoacán, en las que se corroboró que
las instalaciones operan con normalidad y que los trabajos, en general, se conservan
en buen estado.
Con el propósito de determinar los motivos por los que la OM realizó en 2008 trabajos
de mantenimiento en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, así como
el beneficio social obtenido con esos trabajos, con el oficio núm. ASC/134/08/010/OM-07
del 2 de febrero de 2010, la CMHALDF solicitó a la DGA en la OM explicara la razón
por la cual la OM administró dicho deportivo; realizó los gastos de mantenimiento
en ese inmueble; y el beneficio social que se esperaría con el gasto efectuado.
En respuesta, con el oficio núm. OM/DGA/222/2010 del 4 de febrero de 2010,
la Dirección de Recursos Financieros informó lo siguiente:
“…con fecha 1o. de mayo de 2008, por instrucciones superiores, la Oficialía
Mayor del Distrito Federal recibió para su custodia y administración provisional
el Centro Deportivo Rosario Iglesias Rocha, mismo que se encuentra ubicado en
Calzada del Hueso número 900, Colonia Girasoles, Delegación Coyoacán, con
una superficie de 90,000 m2 de terreno y 3,931.4 m2 de construcción, mismo que
cuenta con diferentes servicios deportivos como son: futbol, natación, basquetbol,
squash, tenis, frontenis, frontón y gimnasio, cuyo principal objetivo es brindar a la
población un servicio de carácter social de calidad, que implica atender a diferentes
segmentos de la población, entre ellos destaca la atención a personas mayores
de 60 años, jóvenes que realizan diversas actividades físicas, y población de edad
media; así mismo, cuenta con áreas de juegos infantiles, espacios abiertos para
esparcimiento y convivencia social; igualmente destaca la existencia, dentro de esta
población, del interés por tener una fuente de recreación que permita desterrar
el consumo de drogas y alcohol, y proveer a sus integrantes de diferentes fuentes
de esparcimiento.
396 VOLUMEN 5/13
”En este sentido, cumpliendo con las actividades inherentes a la administración
y custodia del inmueble, y atendiendo a las quejas que en su oportunidad fueron
presentadas al Oficial Mayor, por las pésimas condiciones en que se encontraban
las instalaciones, se realizaron visitas al inmueble y se detectó un daño mayor
de la alberca, toda vez que el agua se encontraba en estado verdoso y con basura,
por la falta de filtrado y tratamiento, cuyo sistema se encontraba sin operar desde
aproximadamente 7 meses antes, además de que las calderas no funcionaban.
”Por lo antes señalado, la OM llevó a cabo los gastos de mantenimiento del inmueble
para brindar un servicio de interés público y social, como es la promoción del deporte,
actividades recreativas y culturales, así como el sano esparcimiento para las familias,
destacando entre sus usuarios las personas mayores de 60 años, población de edad
media y niños que realizan diversas actividades físicas; por lo que el beneficio
social que obtuvo el Gobierno del Distrito Federal a través de la Oficialía Mayor,
al administrar temporalmente el deportivo, fue recobrar los espacios deportivos y de
esparcimiento para que siguiera brindando a la población –principalmente a personas
de la tercera edad– un espacio digno, así como fomentar el hábito del deporte en los
jóvenes de la ciudad, que permita alejarlos de las drogas y otros vicios que actualmente
asechan a la juventud.”
Derivado de la revisión a la documentación soporte del procedimiento de la licitación
pública nacional núm. 30001106-009-08 y a la documentación soporte de las CLC
que amparan el pago, no se realiza observación alguna.
3. Procedimiento de adjudicación directa
Mediante este procedimiento, la OM llevó a cabo la contratación de la prestación de
servicio para el mantenimiento a las instalaciones sanitarias con reposición de accesorios
en los baños de hombres y mujeres. El contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-027-2008
del 3 de noviembre de 2008 se adjudicó al prestador de servicios Ferretodo, S.A. de C.V.,
por el importe de 1,866.6 miles de pesos (IVA incluido), los servicios contratados fueron
para el mantenimiento a instalaciones sanitarias en el inmueble de la Dirección General
de Patrimonio Inmobiliario, ubicado en el edificio sur de Rivera de San Cosme, colonia
397 VOLUMEN 5/13
San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, por 676.7 miles de pesos; y en la planta baja y
primer piso de inmueble ubicado en Plaza de la Constitución núm. 1 (entre 20 de Noviembre
y Pino Suárez), colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, por 1,189.9 miles de pesos.
La muestra de auditoría ascendió a 1,702.4 miles de pesos.
De la revisión a la documentación soporte del procedimiento de la adjudicación directa se
destaca lo siguiente:
a) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/484/2008 del 10 de octubre de 2008,
la Subdirección de Servicios Generales remitió a la Subdirección de Recursos
Materiales la requisición núm. RS/46/2008 del 10 de octubre de 2008, en la cual se
solicitó el mantenimiento a las instalaciones sanitarias con reposición de accesorios
en la planta baja y primer piso, conforme a las especificaciones técnicas y condiciones
señaladas en el anexo núm. 1 y presentó como justificación en dicho documento:
“Derivado del excesivo deterioro en que se encuentran los módulos sanitarios, resulta
necesario llevar a acabo la atención de los espacios físicos, con sustitución de
mobiliario y accesorios, con la finalidad de contar con espacios dignos”.
b) Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/454/2008 del 10 de octubre de 2008,
la Subdirección de Servicios Generales remitió a la Subdirección de Recursos
Materiales la requisición núm. RS/47/2008 del 10 de octubre de 2008, en la cual
solicitó el mantenimiento a las instalaciones sanitarias con reposición de accesorios
en el edificio sur del inmueble que ocupa la Dirección de Patrimonio Inmobiliario en
San Cosme, colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, y en dicha requisición
presentó como justificación: “Derivado del excesivo deterioro en que se encuentran
los módulos sanitarios, resulta necesario llevar a acabo la atención de los espacios
físicos, con sustitución de mobiliario y accesorios, con la finalidad de contar con
espacios dignos que permitan brindar un servicio a la comunidad laboral que en
el inmueble prestan sus servicios”.
c) Mediante los oficios núms. OM/DGA/DRMSG/SRM/411/2008
y OM/DGA/DRMSG/SRM/412/2008 ambos del 13 de octubre de 2008, la Subdirección
de Recursos Materiales solicitó a la Dirección de Recursos Financieros la suficiencia
398 VOLUMEN 5/13
presupuestal con cargo a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación
de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” para atender las requisiciones
núms. RS/46-2008 y RS/47-2008, respectivamente, para el mantenimiento a las
instalaciones sanitarias con reposición de accesorios.
En respuesta, con los oficios núms. OM/DGA/DRF/804/2008 y OM/DGA/DRF/814/2008
del 15 y 16 de octubre de 2008, respectivamente, la Dirección de Recursos
Financieros autorizó la suficiencia presupuestal, por 1,199.7 miles de pesos, para
la requisición núm. RS/46-2008; y por 680.9 miles de pesos, para la requisición
núm. RS/47-2008, en cumplimiento del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal.
d) Se verificó el sondeo de mercado realizado por la Jefatura de Unidad Departamental
de Adquisiciones de la Subdirección de Recursos Materiales de la OM y el cuadro
comparativo proporcionado por la OM con precios unitarios y totales, y se constató
que las tres empresas participantes entregaron escritos para hacer constar los datos
fiscales de sus representantes; que no se encontraban en alguno de los supuestos de
los artículos 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 47, fracción XXIII,
de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; que estaba de
acuerdo con las penas convencionales; que aceptaran de la OM que no otorgaba anticipos
y que pagaría a los 20 días posteriores a la entrega de la factura; que la adjudicación
se otorgaría a la propuesta más baja; y que los artículos ofertados contarían por lo
menos con un 50.0% de integración nacional entre otras especificaciones.
e) Se revisó el acta de presentación y apertura de propuestas de la invitación restringida
nacional núm. IRN/OM/DGA/DRMSG/001/2008 del 28 de octubre de 2008, relativa
a la contratación de mantenimiento a instalaciones sanitarias con reposición de
accesorios, con el fin de verificar el cumplimiento del artículo 43, fracción I, de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal.
De la revisión cuantitativa de la documentación legal, administrativa, técnica y económica
se concluyó que sólo dos de los prestadores de servicios cumplieron lo solicitado en
las bases. Por tanto, al no contar con un mínimo de tres propuestas que observaron
399 VOLUMEN 5/13
los requisitos establecidos en la invitación restringida se declaró desierta, de conformidad
con el artículo 51, primero y segundo párrafos de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal, que estipulan lo siguiente:
“La convocante procederá a declarar desierta una licitación cuando ningún proveedor
haya adquirido las bases, habiéndolas adquirido no hubieren presentado propuestas,
las posturas presentadas no reúnan los requisitos solicitados en las bases de licitación
o sus precios no fueren convenientes.
”Para determinar que los precios ofertados no resultan convenientes, la convocante
deberá fundar y motivar su resolución, tomando en consideración los estudios de
precios de mercado realizados previo al procedimiento licitatorio. Una vez que declare
desierta la licitación, la convocante procederá conforme a lo establecido por el artículo 55
de la Ley.”
Dicha acta fue rubricada y firmada por la convocante y las empresas participantes,
y se elaboró el cuadro comparativo respectivo, del cumplimiento de las bases, relativo
al análisis cuantitativo que se llevó a cabo; y se anexó la lista de asistencia de los
participantes.
Conforme al artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de mayo de 2004,
vigente en 2008, el 3 de noviembre de 2008 se firmó el contrato administrativo de
prestación de servicios núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-027-2008 para el mantenimiento
a instalaciones sanitarias con reposición de accesorios a la empresa Ferretodo,
S.A. de C.V.
f) Se verificó el objeto del contrato, que en la cláusula primera establece: “El prestador
del servicio se obliga a realizar los mantenimientos a las instalaciones sanitarias
con reposición de accesorios, conforme a las características, especificaciones
técnicas, precios unitarios y demás particularidades descritas en el Anexo 1 mismo
que firmado por los contratantes forma parte integral de este instrumento jurídico”.
Los servicios contratados que se especificaron fueron el mantenimiento a instalaciones
sanitarias en el inmueble de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, ubicado
400 VOLUMEN 5/13
en el edificio sur de Rivera de San Cosme núm. 76, colonia San Rafael, Delegación
Cuauhtémoc, por 676.7 miles de pesos; y en la planta baja y primer piso del inmueble
en Plaza de la Constitución, núm. 1 (entre 20 de Noviembre y Pino Suárez), colonia
Centro, Delegación Cuauhtémoc, por 1,189.9 miles de pesos.
El importe total del contrato fue por 1,866.6 miles de pesos (IVA incluido) y una
vigencia del 5 de noviembre al 25 de diciembre de 2008. En la cláusula séptima se
indicó la vigencia de garantía, en la cual se especifica que el prestador del servicio
garantizaría los trabajos por un período de 12 meses contados a partir de su recepción
formal y a entera satisfacción de la Subdirección de Servicios Generales.
g) Se constató que el prestador entregó la fianza núm. 210695-0000 del 3 de noviembre
de 2008, por 243.5 miles de pesos, a nombre de la SF, en cumplimiento de los
artículos 73, fracción III; y 75 Bis, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal.
h) Las facturas correspondientes a la muestra de auditoría, se pagaron mediante las
CLC núms. 12 C0 01 5530 y 12 C0 01 5603, ambas del31 de diciembre de 2008, por
importes de 1,025.7 miles de pesos (por 4 facturas con núms. 508170 al 508177;
508179 al 508181 y 508184 al 508186, todas del 31 de diciembre de 2008),
y 676.8 miles de pesos (por 33 facturas con núms. 508097 al 50829, todas del 30 de
diciembre de 2008), IVA incluido, respectivamente, las cuales suman un importe total
de 1,702.5 miles de pesos.
Asimismo, con los oficios núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/840/2008
y OM/DGA/DRMSG/SSG/135/2009 ambos del 30 de enero de 2009, la Subdirección
de Servicios Generales validó para su pago las facturas mencionadas, en cumplimiento
de la cláusula tercera del contrato la cual establece que “el pago de los servicios [...]
se realizará […], dentro de los veinte días hábiles posteriores a la fecha de entrega de
la documentación correspondiente, debidamente requisitada en la Dirección de Recursos
Financieros, este trámite se realizará por conducto de la Dirección de Recursos
Materiales y Servicios Generales, una vez que hayan sido validadas las facturas
por la Subdirección de Servicios Generales”.
401 VOLUMEN 5/13
Se verificó que las facturas contaran con el RFC, con domicilio fiscal en Plaza de la
Constitución S/N (entre 20 de Noviembre y Pino Suárez), C.P. 06068, colonia Centro,
Delegación Cuauhtémoc, conforme lo señala la cláusula tercera del contrato. También
se verificó que dichas facturas contaran con los requisitos fiscales que establece el
artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y que se cumplió con la cláusula
décima del contrato relativa a los impuestos y derechos, en la cual se indicó que el
Gobierno del Distrito Federal únicamente pagaría el importe correspondiente al IVA.
i) Se constató que el pago contara con el acta de verificación de terminación y
recepción de trabajos, la cual se firmó el 24 de diciembre de 2008 por el Jefe de
Unidad Departamental de Mantenimiento de la Subdirección de Servicios Generales,
por el representante de la Dirección General de Administración de la OM y por el
representante de la empresa y en dicha acta se señaló lo siguiente:
“De conformidad con lo señalado en la cláusula primera del contrato de referencia.
Se procedió a revisar los trabajos de conformidad con lo establecido en el anexo del
contrato de prestación de servicio.
”Por lo que previa verificación de la conclusión de los trabajos en tiempo y forma
de acuerdo con lo establecido en el contrato y Programa de Trabajo, se procede a la
recepción de los mismos.”
Derivado del análisis realizado se desprende que el proveedor cumplió la cláusula
segunda del contrato, que indicó una vigencia comprendida del 5 de noviembre
al 25 de diciembre de 2008; así como con la cláusula quinta, que señaló: “Los servicios
objeto del presente contrato se realizarán de acuerdo con el Programa de Trabajo que
para cada partida formule la Subdirección de Servicios Generales, considerando
que dichos programas se dividirán en dos etapas, las cuales en ninguna circunstancia
podrán exceder de 25 días naturales y no podrán ejecutarse de manera simultánea en
el mismo inmueble”.
Además, en el expediente de las CLC, la Oficialía Mayor adjuntó fotografías de los
trabajos de mantenimiento realizados y de los sanitarios instalados.
402 VOLUMEN 5/13
Cabe señalar que con el fin de constatar que el gasto por la contratación de servicios
de mantenimiento a instalaciones sanitarias con reposición de accesorios se haya
devengado, se realizaron visitas de inspección el 4 de febrero de 2010, en los inmuebles
de Plaza de la Constitución núm. 1 (entre las calles 20 de Noviembre y Pino Suárez),
colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, así como en Rivera de San Cosme núm. 76,
colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc. Al respecto, se constató que las
instalaciones de los sanitarios de hombre y mujeres operan con normalidad y que los
trabajos en general se conservan en buen estado: accesorios completos, mamparas
y puertas, vidrios y espejos completos, paredes pintadas, instalaciones eléctricas
en funcionamiento y pisos en buenas condiciones.
Por lo anterior, se verificó que la Oficialía Mayor cumplió los artículos 378, 381 y 471
fracción II del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008; y con los incisos 2,
4 y 15, numeral IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada, Lineamientos Generales”, del
Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública
del Distrito Federal.
De la revisión a la documentación soporte que ampara el procedimiento de la adjudicación
directa, se constató que la OM sustentó la adjudicación directa de conformidad con el
artículo 54 de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, por lo que no se realiza
observación alguna respecto del procedimiento de esta adjudicación directa ni de los
montos contratados.
14. Resultado
Con el propósito de verificar que el registro contable de las operaciones relativas
al capítulo 3000 “Servicios Generales” efectuadas por la OM en 2008 y, en específico,
en las partidas 3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación
de Bienes Inmueble y Bienes Muebles Adheridos a los Mismos” se realizara de acuerdo
con la normatividad aplicable se requirió al sujeto fiscalizado dichos registros.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNCP/0396/2010 del 17 marzo de 2008, la
Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF proporcionó
403 VOLUMEN 5/13
los oficios núms. DGPP/311/2010 y DC/056/2010, ambos del 16 de marzo de 2010,
remitidos por la Dirección General de Política Presupuestal y la Dirección de Contabilidad,
respectivamente.
En el primer oficio, el Director General de Política Presupuestal de la SF entregó
la relación de CLC elaboradas y autorizadas en 2008 por la OM para el capítulo 3000
“Servicios Generales”, por un monto de 136,713.0 miles de pesos. En el segundo oficio,
el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF informó que
en 2008 los registros contables relativos al capítulo 3000 “Servicios Generales” con cargo
al presupuesto de la OM, por el monto de 136,713.0 miles de pesos, fueron los siguientes:
(Miles de pesos)
Cuenta Debe Haber
Cuentas contables 52101 “Costo de Operación de Programas” 52101 12-01-03-00-00 “Servicios Generales” 52101 12-01-03-01-00 “Obras por Administración” 37,768.4 52101 12-01-03-02-00 “Corriente” 98,944.6 Total 136,713.0 21204 “Descuentos y Percepciones a favor de Terceros” 21204 07-02-03-00-00 “ISR de Período” 6,925.0 21204 40-04-00-00-00 “Sanción del Ejercicio” 33.0 Subtotal 6,958.0 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 21219 12-01-00-00-00 “Oficialía Mayor” 129,755.0 Total 136,713.0
Cuentas presupuestales 61206 “Presupuesto Ejercido” 61206 12-01-00-00-00 “Oficialía Mayor” 136,713.0 61201 “Presupuesto por Ejercer” 61201 12-01-00-00-00 “Oficialía Mayor” 136,713.0
Al respecto, se constató que los registros presupuestales de la OM y los contables de la SF
al 31 de diciembre de 2008 no presentaron diferencias, y que los registros presupuestales
correspondieron a los establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno
del Distrito Federal y los contables a las cuentas señaladas en el Manual de Contabilidad del
Gobierno del Distrito Federal, Sector Central, por lo cual no hay observaciones que destacar
en el presente resultado.
404 VOLUMEN 5/13
I.17.2.2. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”
Auditoría ASC/134/08
ANTECEDENTES
En 2008, se asignó a la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM) un presupuesto original
de 635,140.9 miles de pesos y ejerció recursos por 1,067,972.0 miles de pesos, que
representaron el 2.3% del presupuesto total ejercido por las dependencias del Sector
Central de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal (46,873,514.2 miles
de pesos).
En la Cuenta Pública de 2008, la OM reportó que el presupuesto ejercido fue de
1,067,972.0 miles de pesos, de los cuales 353,516.4 miles de pesos (33.1%) correspondieron
al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”. Para este capítulo, la OM mostró un original
de 9,150.0 miles de pesos y presentó una modificación neta de recursos por un monto de
344,366.4 miles de pesos. Respecto al erogado en 2007 (703,480.9 miles de pesos),
significó un decremento del 49.7% (349,964.5 miles de pesos).
En 2008, el presupuesto ejercido para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, fue
de 353,516.4 miles de pesos con cargo a 10 partidas presupuestales, a continuación se
muestran las variaciones con relación al ejercicio de 2007:
405 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto ejercido Variaciones Partida
2007 2008 Absoluta %
5101 “Mobiliario” 957.7 1,301.0 343.3 35.9 5102 “Equipo de Administración” 511.8 377.8 (133.9) (26.2) 5103 “Equipo Educacional y Recreativo” 691.2 675.6 (15.6) (2.3) 5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 3.8 2,646.0 2,642.2 70,273.7 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 382.9 769.9 386.9 101.1 5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico” 353.0 1,501.7 1,148.7 325.4 5206 “Bienes Informáticos” 8,017.0 16,014.9 7,997.9 99.8 5207 “Maquinaría y Equipo Diverso” 0.0 784.7 784.7 n.a. 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos” 924.6 3,318.8 2,394.2 258.9 5701 “Edificios y Locales” 54,631.9 0.0 (54,631.9) (100.0) 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 631,596.5 326,126.0 (305,470.5) (48.4) 5704 “Adquisiciones, Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles por Concepto de Protección Civil” 5,410.7 0.0 (5,410.7) (100.0) Total capítulo 703,480.9 353,516.4 (349,964.4) (49.7)
n.a. No aplicable.
Durante 2008, para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por el presupuesto
ejercido destacaron las partidas 5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” (2,646.0 miles de
pesos), 5206 “Bienes Informáticos” (16,014.9 miles de pesos), 5304 “Vehículos y Equipo
destinados a Servicios Administrativos” (3,318.8 miles de pesos) y 5703 “Adjudicaciones,
Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” (326,126.0 miles de pesos), que en
conjunto sumaron 348,105.7 miles de pesos y significaron el 98.5% del total erogado para
el capítulo, al amparo de 80 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 36 documentos
múltiples, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
CLC Documentos múltiples Partida
Número Importe Número Importe Importe
total %
5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 4 2,646.0 1 0.0 2,646.0 0.8 5206 “Bienes Informáticos” 10 16,014.9 0.0 16,014.9 4.5 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos”
5 3,318.8 0.0 3,318.8 1.0
5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”
40 333,990.4 34 7,864.4 326,126.0 92.2
Subtotal 59 355,970.1 35 7,864.4 348,105.7 98.5 Otras seis partidas con presupuesto inferior a 2,000.0 miles de pesos
21 5,410.7 1 0.0 5,410.7 1.5
Total 80 361,380.8 36 7,864.4 353,516.4 100.0
406 VOLUMEN 5/13
Asimismo, en el apartado “Explicaciones a las Causas de Variación en los Egresos por
Capítulo de Gasto” la Cuenta Pública de 2008, la OM informó:
“A) La variación registrada […] se explica principalmente por las ampliaciones de recursos
que se requirieron para las siguientes acciones:
”En el marco de las acciones llevadas a cabo para la regulación y reordenamiento del
comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México se adquirieron […]
inmuebles […] en la Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.
”Asimismo, se llevó a cabo la adquisición del inmueble ubicado en la calle Fray Juan de
Zumárraga número 31, Colonia Villa Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero;
se adquirió un inmueble ubicado en la calle de Berna número 18 bis, Colonia Juárez,
Delegación Cuauhtémoc y se cubrió el pago de la expropiación del inmueble ubicado en
Palma número 2, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.
”Se realizó el pago de la indemnización por la expropiación del predio ubicado en Venustiano
Carranza número 154, en la Colonia Centro […]
”Se realizó la adquisición del inmueble ubicado en Cerrada de Abasolo número 25,
Colonia San Miguel Ajusco, Delegación Tlalpan, así como el localizado en Ramos Millán s/n,
Colonia Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac.
”Se adquirieron […] inmuebles ubicados […] en la Delegación Tláhuac. Para la creación del
Museo del Tequila en la Plaza de Garibaldi se cubrió parte del costo de los inmuebles […]
en la Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.
”Además de las adquisiciones inmobiliarias […] en el mayor gasto registrado influyeron los
recursos destinados a la adquisición de bienes informáticos orientados a continuar con
la sustitución y mejora de la plataforma tecnológica con la que en materia de informática
cuenta la Oficialía Mayor […]
”En la variación registrada, incidieron también los recursos ejercidos para la compra de
nueve vehículos tipo sedán; tres camionetas tipo pick up; un camión a redilas, un camión
407 VOLUMEN 5/13
a diesel tipo mudancero, así como cuatro camionetas tipo pick up requeridas para el
desarrollo de las tareas administrativas y de servicios generales de las distintas unidades
administrativas adscritas a la Oficialía Mayor. Con ello se dio continuidad a las acciones
para la renovación y sustitución del parque vehicular con que cuenta la Dependencia.”
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por la
Oficialía Mayor del Distrito Federal con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
se haya ajustado al presupuesto autorizado y ejercido; y se encuentre justificado, comprobado,
devengado y registrado, de conformidad con la normatividad aplicable.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se programó de conformidad con los criterios generales de “Importancia
Relativa” e “Interés General”; así como el específico de “Presentación de Problemas en forma
Recurrente en el Rubro por Auditar”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías
expedido el 19 de junio de 2007, dirigido a todo el personal auditor de las unidades
administrativas de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (CMHALDF).
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos16, primer párrafo, 74, fracción VI;
y 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; así como con los artículo 42, fracción XIX y 43 del Estatuto
de Gobierno del Distrito Federal. También se fundamentó en los artículos 10, fracción VI, de
la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 2o., fracción X; 3o.; y 8o.,
fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de
Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13, y 16 del Reglamento
Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE
Se llevaron a cabo pruebas de cumplimiento, las cuales consistieron en aplicar cuestionarios
de control interno a las diversas áreas de la Dirección General de Administración (DGA)
408 VOLUMEN 5/13
y a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (DGPI), responsables de la gestión,
autorización, operación financiera y presupuestal, y destino de los bienes muebles e inmuebles
adquiridos en 2008, respectivamente.
Con la información consignada en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008
y en la base de datos que la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a la CMHALDF,
la cual consistió en los registros relativos a 80 CLC y 36 documentos múltiples, se integró
el 100.0% del presupuesto ejercido en 2008 por la OM para el capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles” (353,516.4 miles de pesos).
Del importe ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se revisó
el 98.7% (348,875.7 miles de pesos), correspondiente a cinco partidas presupuestales:
5202 “Maquinaria y Equipo Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones”, 5206 “Bienes Informáticos”, 5304 “Vehículos y Equipos destinados
a Servicios Administrativos”; y 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones
de Inmuebles”; dicho importe se ejerció mediante 29 CLC y 21 documentos múltiples,
y se verificó que estuviera devengado y amparado con su documentación justificativa y
comprobatoria respectiva, en el caso de la adquisición de maquinaria, vehículos y bienes
informáticos, por requisiciones, contratos y facturas.
Se examinaron los expedientes relativos a los procesos de contratación, los cuales se
realizaron por medio de tres licitaciones públicas internacionales, dos adjudicaciones
directas y una invitación restringida, y se constató que los bienes adquiridos contaran con
los resguardos respectivos.
En el caso de la adquisición y expropiación de bienes inmuebles, se examinó la
documentación soporte, la cual estuvo constituida por actas de las sesiones ordinarias
y extraordinarias del Comité del Patrimonio Inmobiliario, en las que se dictaminó su
adquisición o expropiación; dictámenes de avalúo; contratos; escrituras notariadas; actas
de entrega-recepción de los inmuebles; inscripciones en el Registro Público de la
Propiedad y el Comercio del Distrito Federal, y los Permisos Administrativos Temporales
y Revocables, de aquellos inmuebles que fueron concesionados a las asociaciones de
comerciantes ambulantes.
409 VOLUMEN 5/13
Se verificó que las adquisiciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
se hubiesen registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del
Distrito Federal y en congruencia con los objetivos y metas de los programas presupuestales
que afectaron.
Se constató si en los reportes correspondientes al pasivo circulante de 2008, los cuales
fueron enviados por la OM a fin de que la SF fuera informada, se indicaron operaciones
realizadas en ese ejercicio con cargo a las partidas seleccionadas como muestra de
auditoría; y si dichas operaciones se pagaron con cargo al presupuesto de 2008.
Se examinaron 52 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto del capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, y se verificaron las causas por las que se incrementó
el presupuesto original en dicho capítulo. Asimismo, se revisó que dichas afectaciones
contaran con la justificación correspondiente y el registro de firmas electrónicas, de
conformidad con las firmas comunicadas a la SF para el trámite y registro de la afectación
programático-presupuestal.
Se revisó el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,
Sector OM, autorizado para el ejercicio presupuestal de 2008 y sus respectivas modificaciones
trimestrales, así como las actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios, Sector OM.
Se confirmaron operaciones de compra realizadas con seis empresas, con las cuales
la OM formalizó contratos en 2008 con cargo a las partidas 5202 “Maquinaria y Equipo
Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” y 5206
“Bienes Informáticos”, por un monto de 16,098.7 miles de pesos, que significaron el 95.3%
de la muestra de auditoría para esas partidas (16,892.5 miles de pesos).
También se confirmaron operaciones con los anteriores propietarios de 13 de los 15 inmuebles
que integraron la muestra de auditoría por un monto de 270,351.0 miles de pesos, que
representaron el 96.1% de la muestra de auditoría (281,275.1 miles de pesos).
Con el objeto de verificar las adquisiciones de inmuebles, se realizó una inspección física
a 14 de los 15 inmuebles de la muestra y a 48 equipos informáticos que correspondió
410 VOLUMEN 5/13
al 35.8% del total del equipo adquirido en 2008 (134 unidades de bienes informáticos),
2 enlaces de microondas de alto rendimiento, 2 impresoras de alto rendimiento, así como
8 de los 12 vehículos adquiridos, los cuales estuvieron ubicados en diversas unidades
administrativas de la OM.
La auditoría se llevó a cabo en la DGA en la OM, que, de conformidad con las funciones
de su Manual Administrativo, es la unidad encargada de consolidar las operaciones realizadas
por las unidades administrativas que integran a la OM, de supervisar el presupuesto, de
conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto y de aplicar los controles
establecidos; y en la DGPI, que, de acuerdo con las funciones de su Manual Administrativo,
es la responsable de administrar el uso del patrimonio inmobiliario del Distrito Federal, de
registrar y clasificar los bienes que integran el padrón inmobiliario, de concentrar y resguardar
los títulos de propiedad, de dirigir y coordinar el sistema de valuación de bienes del Gobierno
del Distrito Federal, de formalizar permisos administrativos temporales y revocables, y de
vigilar el cumplimiento de normas, criterios y políticas vigentes en los procesos jurídicos
de adquisición, enajenación, permutas y arrendamientos de bienes inmuebles.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DEL CONTROL INTERNO
Para llevar a cabo el estudio y evaluación del control interno, se verificó el Manual
Administrativo de la OM vigente en 2008, en su apartado de organización, con el fin de
identificar la estructura orgánica de la dependencia, así como las funciones y atribuciones
de las unidades administrativas que la integraron y las que intervinieron en el rubro objeto
de la revisión.
Además, se revisó el manual de procedimientos proporcionado por el sujeto fiscalizado,
con objeto de identificar y verificar los correspondientes al capítulo 5000 “Bienes Muebles
e Inmuebles”, y si éstos se aplicaron en el ejercicio de 2008. Al respecto, se determinó
lo siguiente:
1. Estructura orgánica
En 2008, la OM realizó sus actividades con base en la estructura orgánica establecida
en el dictamen técnico núm. 2/2007, el cual fue comunicado por la Coordinación General
411 VOLUMEN 5/13
de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de
febrero de 2007.
De conformidad con dicho dictamen, la estructura orgánica de la OM se integró por: una
Oficina del C. Oficial Mayor; tres Direcciones Generales (de Administración y Desarrollo
de Personal, de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Patrimonio Inmobiliario);
una Coordinación General (de Modernización Administrativa); una Unidad Administrativa
(Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor); cuatro Unidades de Enlace
Administrativo (una por cada Dirección General y la Coordinación General); y 15 Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, destacadas en igual número de entidades
públicas (14 dependencias y un organismo público descentralizado).
La estructura anterior incluyó además: un Secretario Particular, dos Asesores, 17 Direcciones,
dos Direcciones Ejecutivas, 33 Subdirecciones y 121 Jefaturas de Unidad Departamental.
Por su parte, la DGA (Unidad Administrativa) en la OM, se integró por la Dirección de
Recursos Humanos, la Dirección de Recursos Financieros y la Dirección de Recursos
Materiales y Servicios Generales.
2. Manual Administrativo
En 2008, las unidades administrativas de la OM que participaron directamente en el control,
trámite, registro, archivo y salvaguarda de la documentación justificativa y comprobatoria de las
operaciones realizadas por la OM con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
fueron la DGPI y la DGA, así como las áreas de la Dirección de Recursos Financieros
y la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscritas a la DGA.
Los manuales administrativos de la OM, en su parte de organización vigentes en 2008, fueron
el Manual Administrativo de la DGA en la OM con número de registro MA-12007-2/07, el cual
fue comunicado por la CGMA mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0242/08 del 18 de enero
de 2008; y el Manual Administrativo de la DGPI con número de registro MA-12005-2/07,
el cual fue comunicado por la CGMA con el oficio núm. CGMA/DDO/03170/07 del 2 de
octubre de 2007.
412 VOLUMEN 5/13
Con relación a los manuales de procedimientos, se observó que la OM no contó
con procedimientos específicos para la adquisición de inmuebles; sin embargo, los
utilizados por la DGA y la DGPI para el registro y control de las operaciones relativas al
capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, fueron registrados por la CGMA con los
núms. MA-12007-170/01 y MA-12005-2/07, respectivamente, y comunicados a la DGA
y DGPI a través de los oficios núms. CGMA/0495/03 y CGMA/067/08 del 26 de febrero
de 2003 y 9 de enero de 2008, en ese orden.
Los trabajos de auditoría consistieron en aplicar cuestionarios de control interno al personal
de la DGA y de la DGPI que intervino en el ejercicio de los recursos con cargo al capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”; recopilar y analizar información general relativa a las
áreas sujetas a revisión; comprobar que los procedimientos establecidos por dichas áreas
aseguraran razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas
y otras disposiciones de observancia; verificar que los gastos hayan sido autorizados
por los servidores públicos responsables para tal efecto y que la documentación que los
ampara se encontrara debidamente resguardada; revisar que hubiera registros que
incluyeran todas las operaciones llevadas a cabo con cargo al capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles”; e identificar los riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos
específicos de control.
Como resultado del examen al control interno aplicado por la OM, se determinaron
debilidades, en virtud de que no se contó con procedimientos específicos para la adquisición
de inmuebles y no se encontraron actualizados los aplicables al rubro sujeto a revisión.
De lo anterior se desprende que el sistema de control interno establecido en 2008,
para los procesos examinados y evaluados, presentó deficiencias que pueden propiciar
que las operaciones de la OM relacionadas con el capítulo sujeto a revisión se expongan
a riesgos de irregularidades en el registro y control de dichas operaciones. Las fallas de
control detectadas se señalan en el presente informe, en el apartado de resultados.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
En 2008, el presupuesto ejercido por la OM para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e
Inmuebles”, fue erogado por medio de la expedición de 80 CLC y 36 documentos múltiples
con cargo a 10 partidas presupuestales de gasto, como se muestra en el cuadro siguiente:
413 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos y por cientos)
CLC Documentos múltiples Partida
Número Importe Número Importe Total %
5101 “Mobiliario” 9 1,301.0 1 0.0 1,301.0 0.4
5102 “Equipo de Administración” 4 377.8 0.0 377.8 0.1
5103 “Equipo Educacional y Recreativo” 3 675.6 0.0 675.6 0.2
5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 4 2,646.0 1 0.0 2,646.0 0.8
5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 1 769.9 0.0 769.9 0.2
5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico” 2 1,501.7 0.0 1,501.7 0.4
5206 “Bienes Informáticos” 10 16,014.8 0.0 16,014.9 4.5
5207 “Maquinaría y Equipo Diverso” 2 784.7 0.0 784.7 0.2
5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos” 5 3,318.8 0.0 3,318.8 0.9
5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 40 333,990.4 34 7,864.4 326,126.0 92.3
Sumas 80 361,380.9 36 7,864.4 353,516.4 100.0
Para establecer el universo sujeto a revisión, se estratificó el importe total erogado en el
capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el cual estuvo integrado por 10 partidas de gasto.
En el análisis del presupuesto ejercido, se determinó que dicho universo se integraría por
las partidas que reunieran las siguientes características:
1. Que por su monto fueran las más representativas del total del presupuesto ejercido
en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
2. Que por su importancia en el cumplimiento del objetivo de la auditoría fueran las partidas
más relevantes.
3. Que por los bienes muebles adquiridos, fueran las partidas en las cuales se hubiesen
involucrado los distintos procesos de adquisición (adjudicación directa, licitación pública
internacional e invitación restringida a cuando menos tres proveedores).
De acuerdo con lo anterior, se determinó que el universo sujeto a revisión se integraría
por cinco partidas de gasto que, en conjunto, suman 348,875.7 miles de pesos, dicho monto
representó el 98.7% del total ejercido en el capítulo (353,516.4 miles de pesos), como se
muestra en el cuadro siguiente:
414 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos y por cientos)
CLC Documentos múltiples Partida
Número Importe Número Importe Total %
5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 4 2,646.0 1 0.0 2,646.0 0.8 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 1 769.9 0.0 769.9 0.2 5206 “Bienes Informáticos” 10 16,014.9 0.0 16,014.9 4.5 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos” 5 3,318.9 0.0 3,318.9 0.9 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 40 333,990.4 34 (7,864.4) 326,126.0 92.3
Universo sujeto a revisión 60 356,740.1 35 (7,864.4) 348,875.7 98.7 Otras cinco partidas del capítulo 20 4,640.8 1 0.1 4,640.7 1.3
Total ejercido en el capítulo 80 361,380.9 36 (7,864.5) 353,516.4 100.0
El presupuesto ejercido en las cuatro partidas relativas a bienes muebles (5202 “Maquinaria
y Equipo Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”,
5206 “Bienes Informáticos” y 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios
Administrativos”), por un monto de 22,749.7 miles de pesos, fue erogado por adquirir
maquinaria y equipo industrial, dos enlaces de microondas, equipo informático (computadoras
e impresoras) y vehículos. Lo anterior fue derivado de 5 licitaciones públicas internacionales,
1 invitación restringida y 10 adjudicaciones directas, como sigue:
(Miles de pesos)
Número de procedimientos Partida Licitación
pública Invitación restringida
Adjudicación directa
Contratos Importe
5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 1 1 2,646.0 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
1 1 769.9
5206 “Bienes Informáticos” 3 6 7 16,014.9 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos”
2 3 5 3,318.9
Sumas 5 1 10 14 22,749.7
La determinación de la muestra de CLC y documentos múltiples por revisar de las cinco
partidas mencionadas, incluida la correspondiente a bienes inmuebles (5703 “Adjudicaciones,
Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”), se definió conforme a la selección
dirigida o casual establecida en el Boletín 5020, párrafo 17, de las Normas y Procedimientos
415 VOLUMEN 5/13
de Auditoría y Normas para Atestiguar del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Sobre el particular, se consideraron los siguientes aspectos:
1. Que en el caso de la partida relativa a inmuebles se consideraran las diferentes
modalidades de compra de bienes inmuebles (adquisiciones, adjudicaciones,
expropiaciones e indemnizaciones, partida 5703).
2. Que por su peso específico de cada CLC seleccionada, dentro de la partida
correspondiente, fueran las más representativas (partidas 5202, 5204, 5304 y 5703).
3. Que en el caso de las partidas relativas a bienes muebles (5202 “Maquinaria y Equipo
Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”,
5206 “Bienes Informáticos” y 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios
Administrativos”), no se excluyeran ninguno de las tres modalidades de adquisición
(licitación pública internacional, invitación restringida y adjudicación directa).
4. Que por su monto correspondieran a los proveedores más representativos del total
del presupuesto ejercido en cada partida.
La muestra de auditoría de CLC y documentos múltiples relativa a las cinco partidas
seleccionadas, se integró de la siguiente manera:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Ejercido Muestra
en 2008 Importe CLC Documentos múltiples
%
5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 2,646.0 1,852.2 2 0 0.6 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
769.9 769.9 1 0 0.3
5206 “Bienes Informáticos” 16,014.9 12,165.6 4 4.1 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos”
3,318.9 1,311.0 2 0 0.4
5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”
326,126.0 281,275.1 20 21 94.6
Sumas 348,875.7 297,373.8 29 21 100.0*
Presupuesto ejercido en el capítulo 353,516.4 84.1**
* Corresponde al importe de la muestra sujeta a revisión. ** Corresponde al importe de la muestra con relación al presupuesto ejercido en el capítulo.
416 VOLUMEN 5/13
RESULTADOS
1. Resultado
Del análisis a los manuales administrativos de organización y procedimientos de las dos
unidades administrativas adscritas a la OM (DGA y DGPI), encargadas del registro
y control de las operaciones relativas al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se
determinó lo siguiente:
1. El Manual Administrativo de la DGA en la OM vigente durante el ejercicio de 2008,
fue elaborado conforme al dictamen de reestructuración orgánica núm. 2/2007,
el cual entró en vigor a partir del 1o. de febrero de 2007. Dicho manual quedó
registrado con el núm. MA-12007-2/07 ante la CGMA de conformidad con el oficio
núm. CGMA/DDO/0242/08 del 18 de enero de 2008; asimismo, se difundió a las áreas
de la DGA en la OM, por medio del oficio circular núm. OM/DGA/006/2008 del 28 de
enero de 2008 de la DGA.
Mediante el oficio núm. DGPI/690/2007 del 31 de mayo de 2007, la DGPI remitió
la actualización de su Manual Administrativo a la CGMA, el cual se registró con el
número MA-12005-2/07 y con el oficio núm. CGMA/DDO/03170/07 del 2 de octubre
de 2007, comunicó a la DGPI dicho registro. El manual fue difundido entre el personal
de las áreas de la DGPI por medio de los memorandos núms. CACPIEI/158/2008,
CACPIEI/163/2008, y CACPIEI/164/2008, el primero del 7 de mayo y los dos restantes
del 14 de mayo de 2008.
De la revisión a los dos manuales descritos no se desprende observación alguna.
2. Respecto a los procedimientos, mediante los oficios núms. OM/DGA/1925/2009
del 8 de diciembre de 2009 y DGPI/3367/2009 de la misma fecha, la DGA y la DGPI
proporcionaron listados de los procedimientos relacionados con el registro y control de
las operaciones relativas al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, los cuales
fueron registrados, ante la CGMA, con los núms. MA-12007-170/01 y MA-12005-2/07,
respectivamente.
417 VOLUMEN 5/13
De conformidad con los listados proporcionados por el sujeto fiscalizado, se determinó
que, de los 58 procedimientos utilizados por la DGA, 14 de ellos se relacionan con
el registro y control de las operaciones relativas al capítulo 5000 “Bienes Muebles
e Inmuebles”; mientras que, de los 45 procedimientos aplicados por la DGPI, 21 de ellos
se relacionan con las operaciones de dicho capítulo.
Dichos procedimientos fueron registrados y comunicados por la CGMA a la DGA
y a la DGPI conforme a los oficios señalados en el cuadro siguiente:
Procedimientos Oficio Unidad administrativa Registrados1 Relacionados2 Número Fecha
Dirección General de Administración 24 0 CGMA/0495/03 26/II/03 11 5 CGMA/2745/03 30/IX/03 6 1 CGMA/0183/04 26/I/04 6 0 CGMA/0969/04 19/IV/04 8 8 CGMA/1089/04 30/IV/04 3 0 CGMA/0189/05 28/I/05
Total procedimientos 58 14 Dirección General de Patrimonio Inmobiliario 45 21 CGMA/067/08 9/I/08
1 Procedimientos registrados por las Direcciones Generales de Administración y de Patrimonio Inmobiliario. 2 Procedimientos que se relacionan con las operaciones del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
En análisis de los procedimientos, se observó que la OM, como dependencia normativa
centralizadora, no contó con procedimientos específicos para el registro y control de las
operaciones relacionadas con la adquisición de inmuebles.
Tales procedimientos, deberían servir a la OM como mecanismos de control interno que
dispusieran, entre otras, actividades que prevean, identifiquen, justifiquen y consideren
recursos para la adquisición de inmuebles, y dichos recursos deberían comunicarse a la SF
en el Proyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual, de la OM para
que dicha dependencia procediera a la formulación del Techo Presupuestal respectivo.
Por no contar con procedimientos específicos para la adquisición de inmuebles, el sujeto
fiscalizado incumplió el artículo 16, III. Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”,
fracción I, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 9 de abril de 2007, que dispone lo siguiente:
418 VOLUMEN 5/13
”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores
públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para
evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno
que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de
manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación
confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como
salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo.”
Cabe señalar que esta observación está relacionada con la falta de procedimientos para
el registro y control de los bienes inmuebles, con la formulada en la auditoría financiera
con clave ASC/119/07, practicada en el ejercicio de 2007 al capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles”, por esta entidad de fiscalización a la OM. Con objeto de prevenir
la observación señalada, se emitió la recomendación con clave ASC-119-07-19-OM, la cual
indicó: “Es necesario que la Oficialía Mayor elabore los procedimientos para el registro
y control de las operaciones relacionadas con el capítulo 5000 ‘Bienes Muebles e Inmuebles’,
de conformidad con la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno)
y con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal”.
A la fecha de conclusión de esta auditoría (febrero 2010), dicha recomendación del ejercicio
2007 no ha sido desahogada por el sujeto fiscalizado.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM, mediante
el oficio núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:
“La Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor (DGA-OM), en apego a la
regla segunda de las ‘Reglas de Carácter General por las que se Crean el Sistema
Integral de Administración del Pago’ así como el ‘Sistema Institucional de Control
de Egresos, en la Secretaría de Finanzas y se Regula el uso de Medios Electrónicos en
materia Presupuestal del Distrito Federal’, cuenta con la información presupuestal relativa
419 VOLUMEN 5/13
a la adquisición de inmuebles, cuyo pago es solicitado por la Dirección General de
Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor; asimismo se tiene el resguardo y custodia
de la documentación programático-presupuestal impresa.
”Como se puede apreciar, las funciones anteriormente señaladas y que son realizadas por
la DGA-OM, se derivan directamente de la normatividad ya existente.
”Asimismo, se observa que la determinación de los inmuebles susceptibles de ser
adquiridos durante un ejercicio presupuestal, no compete a la DGA-OM, unidad
administrativa que es únicamente responsable de la recepción de solicitudes de pago y el
trámite de éste.”
Adicionalmente, por medio de la DGPI, el sujeto fiscalizado, proporcionó el procedimiento
“Adquisición de Inmuebles”, así como el oficio núm. CPIYEI/064/2009 del 7 de diciembre
de 2009, mediante el cual fue enviado por la Coordinación de Apoyo al Comité del
Patrimonio Inmobiliario y Enlace Institucional de la OM en la DGPI a la CGMA, adscrita a
la Contraloría General del Distrito Federal, para su revisión y, en caso de ser procedente,
el registro por esa dependencia.
En el análisis del procedimiento “Adquisición de Inmuebles”, se determinó que contiene
las actividades que permitieran en el ejercicio fiscal de 2008, cumplir a la OM el objetivo para
el cual fue diseñado el citado procedimiento, por lo que no se formuló recomendación de esta
auditoría, pero persiste la relativa a la formulada a la revisión de la Cuenta Pública de 2007,
en virtud de que también involucraba procedimientos específicos de bienes muebles.
2. Resultado
La SF comunicó el Techo Presupuestal a la OM mediante el oficio núm. SE/0148/08 del
8 de enero de 2008, que consideró recursos por 635,140.9 miles de pesos, los cuales
incluyeron un importe de 9,150.0 miles de pesos para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e
Inmuebles”. De conformidad con el Techo Presupuestal comunicado por la SF, la OM elaboró
su Presupuesto de Egresos, Calendario de Gastos y Analítico de Claves por el ejercicio
fiscal de 2008, los cuales fueron enviados a la SF con el oficio núm. DGA/407/2008 del
5 de marzo de 2008 para su aprobación por dicha dependencia.
420 VOLUMEN 5/13
Posteriormente, mediante el oficio núm. SE/0191/08 del 18 de enero de 2008, la SF comunicó
a la OM la autorización del Presupuesto de Egresos, el Calendario Presupuestal y el Analítico
de Claves. Al respecto, se observó que la OM sólo consideró recursos para el capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por un monto de 9,150.0 miles de pesos, para ser
ejercidos íntegramente en la partida 5206 “Bienes Informáticos”, y no se consideraron
recursos para la adquisición de bienes inmuebles ni para las otras ocho partidas en las
que ejerció recursos, situación que se observó también en la auditoría financiera al capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” con clave ASC/119/07 practicada por esta entidad de
fiscalización por el ejercicio fiscal de 2007, en la que se emitió la siguiente recomendación:
“Recomendación ASC-119-07-21-OM. Es necesario que la Oficialía Mayor implante
mecanismos de control a efecto de garantizar que cuando se realicen estimaciones de
recursos para la adquisición de bienes y servicios en su Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos y Programa Operativo Anual, sean considerados los recursos por ejercer del
capítulo correspondiente a la adquisición, de conformidad con el Código Financiero del Distrito
Federal y el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto
de Presupuesto de Egresos vigentes a la fecha de su formulación.”
A la fecha de conclusión de esta auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no ha
sido desahogada por parte del sujeto fiscalizado.
Por lo anterior, se solicitó al sujeto fiscalizado nota informativa en la que explicara las
acciones emprendidas para corregir dicha omisión. En respuesta, mediante el oficio
núm. OM/DGA/222/2020 del 4 de febrero de 2010, la DGA manifestó lo siguiente:
“De acuerdo al oficio núm. SFDF/SE/1477/2009 de fecha 28 de octubre de 2009,
mediante el cual la Secretaría de Finanzas comunica el Techo Presupuestal asignado
a la Oficialía Mayor para el ejercicio fiscal de 2010, en su párrafo tercero señala que el
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2010 deberá respetar tanto la estructura
económica como la de resultados del gasto autorizado. Asimismo, en el párrafo cuarto
se establece que en la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos de Egresos y el
Programa Operativo Anual, las unidades responsables se deberán apegar estrictamente
al techo presupuestal comunicado, mismo que para dicho año no contempló autorizaciones
de recursos en el capítulo 5000 ‘Bienes Muebles e Inmuebles’.
421 VOLUMEN 5/13
”No obstante lo anterior, mediante el oficio núm. OM/DGA/1666/2009 del 30 de octubre
de 2009, se solicitó a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la OM, remitiera
los requerimientos de materiales, suministros y servicios, así como específicos para el
adecuado desarrollo de sus funciones, al cual la unidad administrativa dio respuesta
mediante el oficio núm. DGPI/3103/2009, recibido el 13 de noviembre de 2009, no incluyendo
requerimientos específicos en materia de adquisición de inmuebles.”
De conformidad con las medidas tomadas por el sujeto fiscalizado para corregir la omisión
y considerar recursos en su Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual para la
adquisición de inmuebles, se constató que el correspondiente al ejercicio fiscal de 2010,
el cual estaba en proceso de elaboración a la fecha de auditoría, se realizará tomando en
consideración los requerimientos específicos de sus unidades administrativas como se indicó
en la respuesta de la DGA.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM no
proporcionó información adicional respecto de la observación de este resultado.
Recomendación ASC-134-08-01-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor implante mecanismos de control a efecto de garantizar
que cuando se realicen estimaciones de recursos para la adquisición de bienes y servicios
en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual, sean
considerados los recursos por ejercer del capítulo correspondiente a la adquisición de
inmuebles, de conformidad con el Código Fiscal para el Distrito Federal y el Manual
de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto de Presupuesto de
Egresos vigentes a la fecha de su formulación.
3. Resultado
El presupuesto ejercido por la OM en 2008 para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e
Inmuebles”, por el monto de 353,516.7 miles de pesos, se erogó con cargo a un programa
prioritario y tres programas no prioritarios, como sigue:
422 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos y por cientos)
Programas Importe %
Prioritario: 12 “Igualdad de Género” 442.3 0.1
Sumas 442.3 0.1 No prioritarios:
3 “Administración Pública” 347,377.0 98.3 5 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo” 602.9 0.1 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 5,094.2 1.4
Sumas 353,074.1 99.9 Total 353,516.4 100.0
El monto del capítulo fue registrado con el dígito identificador del gasto 01 “Gasto Corriente”
y los tipos de pago siguientes:
(Miles de pesos y por cientos)
Tipos de pago Importe %
00 “Gasto Normal” 347,358.9 98.3 51 “Ingresos de Aplicación Automática” 2,157.5 0.6 58 “Proyectos de Promoción y Desarrollo Turístico” 4,000.0 1.1
Total 353,516.4 100.0
La modificación al presupuesto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se realizó
mediante 52 afectaciones programático-presupuestarias autorizadas por la SF, las cuales
incluyeron 82 movimientos presupuestarios, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Importe
Presupuesto original 9,150.0 Más:
Adiciones: 64,980.1 5 Líquidas 5,227.9 24 Compensadas 59,752.2
Ampliaciones: 336,130.6 14 Líquidas 331,994.1 7 Compensadas 4,136.5
Menos: Reducciones: (56,744.3)
11 Líquidas (44,852.2) 21 Compensadas (11,892.1)
Total modificación 344,366.4 Presupuesto modificado y ejercido 353,516.4
423 VOLUMEN 5/13
De las 52 afectaciones programático-presupuestarias que afectaron el capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles”, por el importe total de 344,366.4 miles de pesos, 45 de ellas, por un
monto de 339,209.6 miles de pesos (98.5%), correspondieron al universo sujeto a revisión
integrado por las cinco partidas de gasto seleccionadas (5202 “Maquinaria y Equipo Industrial”,
5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, 5206 “Bienes
Informáticos”, 5304 “Vehículos y Equipos destinados a Servicios Administrativos” y 5703
“Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”) y 5,156.8 miles de
pesos, a siete afectaciones programático-presupuestales de otras cinco partidas no
sujetas a revisión. En las justificaciones de las 45 afectaciones presupuestarias relativas
a las partidas de la muestra de auditoría, se asentó lo siguiente:
(Miles de pesos)
Partidas Número de afectación Fecha
5202 5204 5206 5304 5703 Justificación
B 12 C0 01 0003 B 12 C0 01 0183 B 12 C0 01 0205
6/II/08 6/X/08 24/X/08
270.0136.0510.0
Adiciones compensadas al Programa 03 “Administración Pública”, se adquirieron vehículos para desempeñar funciones administrativas en la Oficialía Mayor, continuando con la sustitución de unidades vehiculares obsoletas y en mal estado, y con costos de mantenimiento incosteables.
B 12 C0 01 0005 8/II/08 4,500.0 Adición y ampliación compensadas de recursos al Programa03 “Administración Pública”, para la adquisición de dos impresoras de alto rendimiento para la emisión de recibos de liquidación y reportes de nómina quincenales procesados a través del Sistema Desconcentrado de Nóminas (SIDEN).
C 12 C0 01 0019 5/III/08 33,014.1 Adición líquida al Programa 03 “Administración Pública”, para la adquisición del predio ubicado en Fray Juan de Zumárraga núm. 31, colonia Villa Gustavo A. Madero, segúnacuerdo del Comité de Patrimonio Inmobiliario en su sesiónextraordinaria del 16 de noviembre de 2007 (18-E/2007), inmueble asignado al Órgano Político-Administrativo en Gustavo A. Madero.
B 12 C0 01 0048 9/IV/08 855.0 Ampliación y adición compensadas a los Programas: 03 “Administración Pública”, por importe de 730.0 miles de pesos, y 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”, por 125.0 miles de pesos, adquiriéndose vehículos para continuar con la sustitución de unidades obsoletas y en mal estado, cuyos costos de mantenimiento eran incosteables.
C 12 C0 01 0049 9/IV/08 8,952.5 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública”,se adquirió el inmueble ubicado en República de Uruguaynúm. 26, colonia Centro, ya que se requirió este predio para la ampliación al Programa Centro Histórico.
C 12 C0 01 0053 15/IV/08 23,000.0 Ampliación líquida de recursos para realizar el pago de la indemnización por la expropiación del predio ubicado en Palma núm. 2, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.
B 12 C0 01 0057 30/IV/08 (1,452.5) Reducción compensada al Programa 03 “Administración Pública”, derivado de las economías obtenidas del procesode licitación por la compra de dos impresoras de alto rendimiento para el procesamiento de la nómina SIDEN, la reducción se realizó considerando que las economías fueron orientadas a la atención de otras prioridades.
B 12 C0 01 0058 30/IV/08 3,000.0 Ampliación compensada para la adquisición de dos servidores, dos unidades de arreglos de discos y una unidad (robot) para el respaldo de información, requeridos para sustituir los equipos obsoletos con que contaba esta Oficialía Mayor para el proceso de la nómina SIDEN.
Continúa…
424 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Partidas Número de afectación Fecha
5202 5204 5206 5304 5703 Justificación
C 12 C0 01 0066 12/V/05 2,785.4 Adición líquida al Programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, para el mantenimiento en las oficinas administrativas del Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”y sustituir los equipos obsoletos de filtrado, bombeo y calefacción de la alberca del deportivo.
C 12 C0 01 0083 10/VI/08 11,800.1 Ampliación líquida al programa 03 “Administración Pública”para la adquisición de los inmuebles ubicados en Camino Real s/n, y Ramos Millán s/n colonia Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac; Cerrada de Abasolo núm. 25, colonia San Miguel Ajusco, Delegación Tlalpan, cuyos inmuebles fueron asignados al Sistema para el Desarrollo Integral de las Familias del Distrito Federal (DIF-DF).
C 12 C0 01 0087 25/VI/08 5,018.5 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública”,para la adquisición de los inmuebles ubicados en 4a. Cerradade Zaragoza núm. 19, y Camino a Santa Cruz, L-11, coloniaLomas de San Lorenzo; Eva Sámano L-8, M-17, colonia 2a. Ampliación Santiago Acahualtepec; Río Colorado L-17, M-1;Insurgentes L-13, M-2, Colonia Consejo Agrarista Mexicano; 2a. Cerrada de Zaragoza núm. 6, y Texcales núm. 19 colonia Lomas de San Lorenzo, todos ellos en la Delegación Iztapalapa, inmuebles destinados para la construcción de un centro de monitoreo y prevención de desastres.
B 05 C0 01 0090 19/XII/08 13,000.0 Adición compensada de recursos que se realiza al amparo del “Convenio de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos” y su convenio modificatorio, suscrito entre el Gobierno del Distrito Federal y la Secretaría de Turismo Federal. Dichos recursos se orientaran a cubrir los gastos por la adquisición de dos inmuebles donde se albergará el “Museo del Tequila” que se ubicará en Plaza Garibaldi, dicha adquisición corresponde a una primera etapa del proyecto.
C 12 C0 01 0125 23/VII/08 18,121.0 Ampliación líquida para realizar el pago de indemnización por la expropiación del predio ubicado en Venustiano Carranza núm. 154, colonia Centro, derivado de un convenio de cumplimiento sustituto de sentencia.
B 12 C0 01 0128 15/VII/08 (139.4) Reducción compensada al Programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, derivado de que se obtuvieron economías en el proceso para la adquisición de equipo de filtrado y calefacción para la alberca del Deportivo “RosarioIglesias Rocha”, y éstos recursos fueron transferidos a otrasnecesidades de ese deportivo.
C 12 C0 01 0136 1/VIII/08 65,934.3 Ampliación de recursos para la adquisición de los inmueblesubicados en Avenida. José Ma. Pino Suárez núm. 99, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, asignado a la Secretaría de Desarrollo Social para ser destinado como Centro de Asistencia Social por conducto del Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS); y Victoria núm. 12, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, destinado a la regularización y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico.
C 12 C0 01 0159 18/IX/08 7,221.3 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública” para la adquisición del inmueble ubicado en Jesús Carranzanúm. 15, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, autorizadapor el Comité de Patrimonio Inmobiliario en su (7-E/2008) sesión extraordinaria del 11 de abril de 2008, destinado para la construcción de un establecimiento contiguo al Centro Comunitario DIF-DF en la Delegación Cuauhtémoc.
B 12 C0 01 0167 10/IX/08 139.0 Adición compensada al Programa 03 “Administración Pública”,para la adquisición de un lector óptico, con lo cual la Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional complementó las acciones emprendidas para la evaluacióndel desempeño y la confianza de los servidores públicos adscritos, a la Administración Pública del Distrito Federal.
C 12 C0 01 0184 10/X/08 72,296.8 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública”para la adquisición de los inmuebles ubicados en Mesonesnúm. 113, Allende núm. 35, Tacuba núm. 90, y Victoria núm. 14, en la colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, destinados a la regulación y reordenamiento del comercio ambulante del Centro Histórico; y el inmueble de Berna núm.18 bis, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, asignado a la Secretaría de Seguridad Pública y destinado a la Unidad de Protección de la Zona Rosa.
Continúa…
425 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Partidas Número de afectación Fecha
5202 5204 5206 5304 5703 Justificación
C 12 C0 01 0209 27/X/08 773.2 Adición líquida al Programa 03 “Administración Pública”, para lo cual se adquirieron dos equipos de enlaces de microondas de alto rendimiento para dotar del servicio de la red de datos del Gobierno del Distrito Federal, por medio del cual se presta el servicio de conectividad entre las distintasdependencias y zonas alejadas de las Delegaciones ÁlvaroObregón, Cuajimalpa, Miguel Hidalgo, Tláhuac e Iztapalapaque carecen de servicios digitales.
B 12 C0 01 0214 31/IX/08 673.5 Ampliación compensada al Programa 03 “Administración Pública” para la adquisición de 30 equipos de cómputo destinados a la Coordinación General de Evaluacióny Desarrollo Profesional, para ampliar la cobertura y capacidad de respuesta en las evaluaciones de desempeño, integridad, desarrollo del factor humano y control de la confianza de los servidores públicos; asimismo, se adquirióun servidor para albergar los sistemas y desarrollar aplicaciones administrativas a cargo de la Dirección Generalde Administración.
B 12 C0 01 0235 11/XI/08 (3,850.9) Reducciones al Programa 03 “Administración Pública”, en razón de que la adquisición del predio ubicado en Camino Real s/n, colonia Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac, los recursos fueron reorientados a la atención de necesidades de mayor prioridad.
B 12 C0 01 0239 18/XI/08 (2,829.7)
B 12 C0 01 0240 14/XI/08 30.0 Ampliación compensada al Programa 03 “Administración Pública” para comprar un servidor tipo torre, para albergar los sistemas y aplicaciones administrativas con que opera la Dirección General de Administración.
B 12 C0 01 0244 25/XI/08 (6.6) (2.4) Reducción compensada en los Programas: 03 “AdministraciónPública” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, aplicada en diversas partidas de gasto que registraron economíasy remanentes presupuestales que no serían aplicados, los recursos fueron reorientados a otras necesidades de gasto de la Oficialía Mayor.
C 12 C0 01 0249 10/XII/08 860.0 Adición líquida de recursos de aplicación automática para regularizar presupuestalmente la captación de los mismos, en los meses de agosto, septiembre y octubre de 2008 al Programa 03 “Administración Pública”, además de que se adquirieron equipos informáticos.
C 12 C0 01 0260 31/XII/08 (5,000.0) Reducción líquida. Los recursos destinados para la adquisición del inmueble ubicado en Callejón de la Amargura núm. 8, colonia Centro, los cuales no fueron requeridos, debido a que con el oficio núm. DGPI/17/2009, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario comunicó que el particular requería regularizar el predio para su posterior venta al Gobierno del Distrito Federal.
B 12 C0 01 0264 31/XII/08 (860.0) 1,324.8 Reducción compensada al Programa 03 “Administración Pública”, dado que los recursos de aplicación automática programados no serían requeridos al cierre del ejercicio, se transfirieron para regularizar los egresos con recursos autogenerados de noviembre y diciembre de 2008. Adición compensada al mismo programa para regularizar los egresos relativos a los recursos de aplicación automática de noviembre y diciembre de 2008.
C 12 C0 01 0269 C 12 C0 01 0284
31/XII/08 31/XII/08
(3.3) (18.6) (32.6) (36,416.6)(2,864.4)
Reducciones líquidas a los Programas: 03 “AdministraciónPública” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, debido a que dichos recursos no serían ejercidos en el ejercicio fiscal de 2008, por lo que se dispuso de los recursos al cierre del ejercicio, lo anterior con fundamento en los artículos 383, 435 y 511 del Código Financiero del DistritoFederal para 2008, artículo 35 del Decreto de Presupuestode Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008 y numeral 1, inciso G) de la Circular de Cierre núm. SE/1360/2008.
Otras siete afectaciones con efecto cero 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0
Totales 2,646.0 769.9 6,864.8 3,060.8 325,868.1 339,209.6
426 VOLUMEN 5/13
La ampliación neta al presupuesto original de la OM, se efectuó conforme al apartado IV.3.3,
“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006 y la modificación correspondiente del 20
de octubre de ese mismo año vigente en 2008, relativo dicho apartado a la definición,
clasificación, solicitud y autorización por la instancia correspondiente de las afectaciones
programático-presupuestarias, por lo que no se formula observación al respecto.
4. Resultado
Partida 5202 “Maquinaria y Equipo Industrial”
En 2008, el presupuesto ejercido en esta partida fue de 2,646.0 miles de pesos, y representó
el 0.7% del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el cual se
destinó para adquirir equipo para la desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica y puesta
a punto del mismo para la alberca del deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, ubicado en la
Delegación Coyoacán. Dicho inmueble fue administrado por la OM a partir de mayo de 2008.
Mediante nota informativa, la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado que explicara
porqué la OM asumió la administración de dicho centro social y deportivo, así como los
gastos de mantenimiento de dicho inmueble durante 2008. En respuesta, con el oficio
núm. OM/DGA/222/2010 del 4 de febrero de 2010, la DGA informó lo siguiente:
“Con fecha 1o. de mayo de 2008, por instrucciones superiores la Oficialía Mayor del
Distrito Federal recibió para su custodia y administración provisional el Centro Deportivo
‘Rosario Iglesias Rocha’, ubicado en calzada del Hueso núm. 900, Colonia los Girasoles
en la Delegación Coyoacán, cuyo principal objetivo es brindar a la población un servicio
de carácter social de calidad que implica atender a diferentes segmentos de la población
entre los que destacan la atención de personas mayores de 60 años, jóvenes que realizan
diversas actividades físicas y población de edad media.
”En este sentido se debe mencionar que cumpliendo con las actividades inherentes a la
administración y custodia del inmueble y atendiendo las quejas que en su oportunidad
le fueron presentadas al C. Oficial Mayor por las pésimas condiciones en que se encontraban
427 VOLUMEN 5/13
las instalaciones por lo que se procedió a realizar visitas a las instalaciones. Se detectó en
el caso de la alberca un daño mayor en cuyo sistema se encontraba sin operar desde
hace siete meses, además de que las calderas no funcionaban, representando un peligro
inminente por su deterioro y contaminación.
”Por lo antes señalado, la Oficialía Mayor llevó a cabo los gastos de mantenimiento del
inmueble para poder brindar un servicio de interés público y social, como es la promoción
del deporte, actividades recreativas y culturales; así como el sano esparcimiento para las
familias destacando entre sus usuarios las personas mayores de 60 años, población de edad
media y niños; por lo que el beneficio social que obtuvo el Gobierno del Distrito Federal
a través de la Oficialía Mayor, al administrar temporalmente el deportivo, fue recobrar los
espacios deportivos y de esparcimiento para que siguiera brindando un servicio a la
población. Asimismo, se aclara que la Oficialía Mayor no es la propietaria del inmueble…”
La adquisición del equipo para rehabilitar la caldera de la alberca del deportivo se realizó
por medio del procedimiento de adjudicación directa, siendo seleccionado el proveedor con
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) XXXXXXXXXXX , por 2,646.0 miles de pesos,
con quien la OM celebró el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-016-2008 el 28 de mayo
de 2008, pagado mediante seis CLC y un documento múltiple, de los cuales se seleccionaron
para su revisión las CLC núms. 12 C0 01 01928 y 12 C0 01 02424 del 20 de junio y 18 de
julio de 2008, respectivamente, por importes de 1,058.4 miles de pesos y 793.8 miles de pesos
en ese orden, que en conjunto representaron el 70.0% del monto erogado.
En la revisión del expediente y de la documentación relativa al procedimiento de adjudicación
directa, se determinó que se llevó a cabo conforme a la fracción II Bis del artículo 54 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y conforme a los montos autorizados. Dicho
precepto legal dispone:
“Las dependencias […] bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones,
arrendamiento y prestación de servicios a través de un procedimiento de invitación a cuando
menos tres proveedores o por adjudicación directa cuando: […]
”II. Bis. Se demuestre que existen mejores condiciones en cuanto a precio, calidad,
financiamiento u oportunidad.”
428 VOLUMEN 5/13
El proceso de adquisición se llevó a cabo como sigue:
1. La Subdirección de Servicios Generales presentó a la Subdirección de Recursos
Materiales, ambas áreas adscritas a la DGA, la requisición núm. RC/236-2008 del
8 de mayo de 2008, por medio de la cual se solicitó la adquisición de un sistema de
filtrado y calefacción, desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica, y puesta a punto
para la alberca del centro social y deportivo “Rosario Iglesias Rocha”.
2. El 8 de mayo de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales realizó un sondeo de
mercado para la adquisición del sistema de filtrado y calefacción con cuatro empresas,
a fin de cotizar precios, condiciones de calidad y servicio.
3. Mediante la afectación presupuestaría núm. B 12 C0 0066 del 12 de mayo de 2008,
por el importe de 2,785.0 miles de pesos, la OM solicitó a la SF recursos para la
adquisición de dicho equipo.
4. El 12 de mayo de 2008, el Director de Recursos Materiales y Servicios Generales
presentó al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,
Sector OM, la justificación para llevar a cabo la adquisición del equipo referido.
5. El 13 de mayo de 2008, mediante el oficio núm. OM/DGA/772/2008, la DGA, solicitó a
la Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO), en caso de considerarlo procedente,
se omitiera el grado de integración nacional para llevar a cabo la adquisición de un
sistema de filtrado y calefacción, desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica
y puesta a punto para sustituir el sistema descompuesto de la alberca de dicho
deportivo. En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/193-M/2008 del 19 de mayo
de 2008, la SEDECO dictaminó procedente la omisión del grado de integración nacional
para dicho equipo.
6. Mediante el oficio núm. OM/DGA/771/08 del 13 de mayo de 2008, la DGA envió a la
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM el formato
DABR (Documento para la Autorización de Bienes Restringidos). En respuesta, con el
oficio núm. OM/DGRMSG/951/2008 del 20 de mayo de 2008, esa dirección autoriza la
adquisición de los bienes descritos.
429 VOLUMEN 5/13
7. El 15 de mayo de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales elaboró el cuadro
comparativo de precios, así como de las condiciones de entrega, pago y garantías de
servicio, entre otras. Para ello se determinó que sólo una de las tres empresas
comparadas cumplía las especificaciones requeridas y que manejaba el menor costo
en el mercado.
8. El 17 de mayo de 2008 se elaboró el acta administrativa de entrega-recepción de la
administración y del inmueble del centro social y deportivo “Rosario Iglesias Rocha”
por parte de la Dirección General del Instituto del Deporte del Distrito Federal a la
Oficialía Mayor. En el apartado “Descripción del Inmueble” de dicho instrumento
jurídico se señala: “La Oficialía Mayor recibe el inmueble para su custodia temporal
hasta en tanto se determine su asignación correspondiente. Asimismo se hace constar
que una vez que se defina el área que tendrá a su cargo el uso, goce y administración
del inmueble, se solicitará al Comité del Patrimonio Inmobiliario, la dictaminación
correspondiente…”.
9. El 20 de mayo de 2008, el Oficial Mayor autorizó la adquisición de los bienes descritos
a solicitud expresa de la DGA, con fundamento en el artículo 54, penúltimo párrafo
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que señala: “Para efectos de lo
dispuesto en este artículo, deberá obtenerse previamente la autorización del titular
de la dependencia […] para lo cual deberá elaborar una justificación firmada por
quien autoriza, en la que se funden y motiven las causas que acrediten fehaciente
y documentalmente el ejercicio de la opción”.
10. En su segunda sesión extraordinaria celebrada el 23 de mayo de 2008, el Subcomité
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM dictaminó
procedente dicha adquisición por medio del procedimiento de adjudicación directa
hasta por el monto de 2,646.00 miles de pesos (IVA incluido).
11. El 28 de mayo de 2008, la OM celebró el contrato para la adquisición del sistema de
filtrado y calefacción, desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica, y puesta a punto
del mismo para la alberca del deportivo “Rosario Iglesias Rocha” con el proveedor con
RFC XXXXXXXXXXX, por un monto de 2,300.9 miles de pesos, más IVA (345.1 miles
de pesos) para un importe total de 2,646.0 miles de pesos.
430 VOLUMEN 5/13
12. El monto del contrato, por 2,646.0 miles de pesos fue pagado mediante seis CLC,
formando parte de la muestra las CLC núms. 12 C0 01 01928, por importe de 1,058.4 miles
de pesos, y la 12 C0 01 02424, por importe de 793.8 miles de pesos que amparan las
facturas núms. 0464 y 0474, del 20 de junio y 18 de julio de 2008, respectivamente.
Para comprobar que el gasto por la adquisición de maquinaria y equipo para la alberca
del deportivo y centro social “Rosario Iglesias Rocha” se devengó conforme a lo previsto, se
realizó visita de inspección el 26 de febrero de 2010 por parte del personal auditor a dicho
centro social y deportivo, ubicado en calzada del Hueso núm. 900, colonia los Girasoles
en la Delegación Coyoacán, y se constató que dicha maquinaria se encuentra instalada
y en funcionamiento.
En la revisión de la documentación soporte de las CLC seleccionadas, no se determinó
observación alguna.
5. Resultado
Partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
Se revisó el 100.0% del presupuesto ejercido en esta partida (769.9 miles de pesos) el
cual representó el 0.2% del erogado en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
y el 0.3% del total de la muestra (297,373.8 miles de pesos).
El presupuesto ejercido por 769.9 miles de pesos, fue erogado para la adquisición de dos
enlaces de microondas de alto rendimiento, que además incluyó el servicio de instalación,
programación y puesta a punto de dichos instrumentos, el cual se contrató por medio
del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores
núm. IRI/OM/DGA/DRMSG/004/2008, autorizado por el titular de la dependencia. De este
procedimiento, se adjudicó a la empresa con RFC XXXXXXXXXXXX el contrato núm.
OM/DGA/DRMSG/CA/-054-2008 del 14 de noviembre de 2008, el cual se liquidó mediante
la CLC núm. 12 C0 01 04988 emitida el 19 de diciembre de 2008, por 769.9 miles de pesos.
En la revisión del expediente relativo al procedimiento de invitación restringida a cuando
menos tres proveedores y a la documentación soporte de la CLC seleccionada, no se
detectó observación alguna, así como tampoco en el pago respectivo.
431 VOLUMEN 5/13
El proceso de adquisición se llevó a cabo de la siguiente manera:
1. Mediante el oficio núm. CGMA/DNTI/2218/2008 del 5 de septiembre de 2008, el
Coordinador General de Modernización Administrativa remitió a la DGA la requisición
núm. RC/90-2008, en la cual se solicitaba la compra de dos enlaces de microondas
de alto rendimiento.
2. El 22 de octubre de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales realizó un estudio de mercado con tres
empresas especializadas en ese equipo para obtener el mejor costo de los dos enlaces.
3. Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SRM/540/2008 del 28 de octubre de 2008, la
Subdirección de Recursos Materiales solicitó a la Dirección de Recursos Financieros
de la DGA la suficiencia presupuestal para la adquisición de los enlaces. En respuesta,
mediante el oficio núm. OM/DGA/DRF/857/2008 de la misma fecha, el Subdirector de
Recursos Financieros comunicó al Subdirector de Recursos Materiales la confirmación
de la suficiencia presupuestal solicitada, la cual se otorgó mediante la afectación
programático-presupuestaria núm. C 12 C0 01 0209 del 27 de octubre de 2008, por
un monto de 773.2 miles de pesos.
4. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1701/2008 del 30 de octubre de 2008, la DGA
solicitó a la SEDECO, dictaminar, en caso de ser procedente, la omisión del grado
de integración nacional para la adquisición de los dos enlaces de microondas de alto
rendimiento. En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/590-N/2008 del 4 de
noviembre de 2008, dicha dependencia autorizó la omisión del grado de integración
nacional respecto de la adquisición del equipo señalado.
5. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1706/2008 del 31 de octubre de 2008, la DGA solicitó
someter al Subcomité Técnico de Intercomunicaciones y al Director de Servicios
Generales de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de
la OM, la adquisición de los dos enlaces de microondas de alto rendimiento. En su
segunda sesión extraordinaria, celebrada el 6 de noviembre de 2008, dicho Subcomité,
resolvió y dictaminó favorablemente la adquisición.
432 VOLUMEN 5/13
6. El 7 de noviembre de 2008, mediante el oficio núm. OM/DGA/1752/2008, la DGA
comunicó a la Contraloría Interna en la OM el inicio del proceso de invitación restringida
a cuando menos tres participantes para la adquisición de los dos enlaces de microondas
de alto rendimiento.
7. El 7 de noviembre de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales emitió las bases
para la invitación restringida internacional núm. IRI/OM/DGA/DRMSG/004/2008 para
la adquisición de dos enlaces de microondas de alto rendimiento. Dichas bases fueron
revisadas y aprobadas por el grupo revisor de bases, según consta en el acta del
29 de octubre de 2008. Asimismo, se realizó la Junta de Aclaración de Bases el 10 de
noviembre de 2008, en la que participaron las tres empresas invitadas.
8. El 12 de noviembre de 2008, se llevó a cabo la presentación y apertura de propuestas
técnicas y económicas, participando los tres proveedores, la OM y la Contraloría
Interna. Las empresas participantes presentaron la documentación correspondiente
a sus propuestas técnica y económica, la documentación legal y administrativa
requerida en las bases. En el evento se levantó el acta correspondiente.
9. El 13 de noviembre de 2008, se emitió el fallo correspondiente, en el cual se determinó
que, derivado del análisis cualitativo de las propuestas técnicas y el cuantitativo de las
propuestas económicas, así como de la documentación legal y administrativa, se adjudicó
el contrato al proveedor con el RFC XXXXXXXXXXXX, ya que fue la propuesta que
ofreció las mejores condiciones de calidad y precio.
10. El 14 de noviembre de 2008, se suscribió el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-054-2008,
por un importe de 669.5 miles de pesos más IVA (100.4 miles de pesos) para un importe
total de 769.9 miles de pesos. Asimismo, el proveedor entregó la fianza correspondiente,
como garantía de cumplimiento de contrato, por un monto de 100.5 miles de pesos,
equivalente al 15.0% del valor del contrato sin IVA, tal como se estipuló en las bases
y de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
11. Mediante el oficio núm. OM/DGA//SEA/-CGMA/0809/2008 del 11 de diciembre de 2008,
la Subdirectora de Enlace Administrativo de la CGMA comunicó a la DGA que se
recibieron los equipos en el Centro de Cómputo Perisur, ubicado en Rinconada
433 VOLUMEN 5/13
Colonial s/n, Colonia Pedregal de Carrasco, Delegación Coyoacán, instalaciones de la
Subdirección de Redes que ocupa. Asimismo, envió el acta de terminación entrega-
recepción, por medio de la cual se acusó de recibido y de instalado los dos enlaces
de microondas de alto rendimiento a entera satisfacción del cliente.
12. Respecto al monto adjudicado del contrato, por 669.4 miles de pesos (sin IVA), se
constató que no rebasó el monto autorizado para el procedimiento de invitación
restringida a cuando menos tres participantes (3,570.0 miles de pesos), de conformidad
con lo establecido en el artículo 57 del Decreto del Presupuesto de Egresos para
el Ejercicio Fiscal de 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de
diciembre de 2007.
Para comprobar que el gasto se devengó conforme a lo previsto, se realizó visita de
inspección física el 3 de marzo de 2010, efectuada por el personal auditor de la CMHALDF,
para lo cual la DRMSG de la DGA informó que dicho equipo se encontraba operando en
las instalaciones de la Dirección de Nuevas Tecnologías de la Información adscrita a la CGMA
(a la fecha de la auditoría, ésta coordinación se encontraba adscrita a la Contraloría
General del Distrito Federal), dichas instalaciones están ubicadas en la Delegación Coyoacán.
En la visita de inspección física se verificó la existencia y funcionamiento del equipo adquirido
y que éste se encontró bajo el resguardo de la Dirección de Nuevas Tecnologías.
6. Resultado
Partida 5206 “Bienes Informáticos”
En 2008, en la partida 5206 “Bienes Informáticos” se erogaron 16,014.9 miles de pesos,
que representaron el 4.5% del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 (353,516.4 miles
de pesos), dicho gasto se empleó para la adquisición de equipo informático. La compra se
realizó mediante tres licitaciones públicas internacionales, por un monto de 7,859.2 miles
de pesos; y seis adjudicaciones directas, por un importe total de 8,155.7 miles de pesos.
De dicha partida se seleccionó una muestra de 12,165.7 miles de pesos, que representó
el 76.0% del presupuesto ejercido en la partida, y correspondió a dos licitaciones públicas
internacionales, por 5,165.7 miles de pesos; y una adjudicación directa, por 7,000.0 miles
de pesos, como se muestra en el cuadro siguiente:
434 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Procedimiento Clave Importe RFC del Proveedor
Número del contrato
Licitación pública internacional
30001106-0004-08 1,983.7 XXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CA-018-2008
30001106-0004-08 134.5 XXXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CM-002/CA-018* Licitación pública internacional
30001106-0001-08 3,047.5 XXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008
Subtotal licitado 5,165.7 Adjudicación directa 7,000.0 XXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008 Total de la muestra 12,165.7
* Convenio modificatorio por ampliación en el monto y en el número de equipos adquiridos.
En el análisis de los tres procesos de adquisición y su documentación justificativa
y comprobatoria, se determinó lo siguiente:
Licitación pública internacional núm. 30001106-004-08
La OM llevó a cabo este procedimiento para la adquisición de 134 computadoras personales,
500 no-break y 3 impresoras láser para la red local. Al respecto se observó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/JUDST/5/2008 del 26 de febrero de 2008, la Jefatura
de Unidad Departamental de Soporte Técnico de la Subdirección de Recursos Materiales,
solicitó equipo de cómputo a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la DGA, para lo cual entregó la requisición de compra núm. RC/00009
2008 del 26 de febrero de 2008, con la justificación: “Equipo de cómputo requerido
para la continuación del proyecto de sustitución de equipo de cómputo obsoleto y en
mal estado de las Direcciones Generales de la Oficialía Mayor”.
2. Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SRM/57/2008 del 4 de marzo de 2008, la
Subdirección de Recursos Materiales solicitó la suficiencia presupuestal a la Dirección
de Recursos Financieros; la cual fue autorizada mediante el oficio núm.
OM/DGA/DRF/78/2008 del 5 de marzo de 2008, la cual se obtuvo con la afectación
programático-presupuestal núm. B 12 C0 01 005.
3. Con el oficio núm. OM/DGA/690/2008 del 28 de abril de 2008, la DGA solicitó
la omisión del grado de integración nacional, ya que en dicho oficio se señalaba:
435 VOLUMEN 5/13
“En el país no se producen estos bienes informáticos, los cuales son fabricados en
los Estados Unidos y Canadá”. Mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/137-A/2008,
del 30 de abril de 2008, la SEDECO autorizó dicha omisión.
4. Mediante el oficio núm. OM/DGA/815/2008 del 23 de mayo de 2008, la DGA solicitó a
la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la publicación de la convocatoria
núm. 004/2008, la cual se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de
mayo de 2008.
5. Las Bases para Licitación Pública Internacional núm. 30001106-004-008, fueron
expedidas el 29 de mayo de 2008 por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios
Generales para la adquisición de computadoras personales tipo 1; impresoras láser para
red local tipo 2; y equipos no break. Asimismo, el 3 de junio de 2008, se levantó el acta
correspondiente a la Junta de Aclaración de Bases, la cual estuvo debidamente firmada
por los servidores públicos y representantes legales de las empresas participantes.
6. Del 10 al 14 de marzo de 2008, se efectuó en la Oficinas de la DGA el sondeo de mercado
para la compra de los bienes informáticos, con la asistencia de los proveedores
participantes.
7. El acto de presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas, se llevó a cabo
el 6 de junio de 2008 con la asistencia de siete proveedores.
8. Se evaluó cualitativamente la documentación legal y administrativa de los participantes,
y cuantitativamente las propuestas económicas presentadas por cada proveedor.
9. El 17 de junio de 2008, se dictaminó a favor de los proveedores con RFC XXXXXXXXXXX
y XXXXXXXXXXX, por los importes de 316.3 miles de pesos por los 500 no-break y
1,983.7 miles de pesos por las 134 computadoras, y las 3 impresoras, respectivamente.
De los dos proveedores adjudicados, se seleccionó para su revisión al segundo
(CSI 980907-QN7). Se revisó dicho fallo y se comprobó que el proveedor cumplió
cualitativamente con los requisitos solicitados respecto a su documentación legal y
administrativa, siendo su propuesta económica la de menor precio para la adquisición
de las computadoras personales tipo 1, requeridas en la licitación pública internacional
núm. 30001106-004-08.
436 VOLUMEN 5/13
10. Posteriormente se formalizaron los contratos con los dos proveedores ganadores,
para su revisión se seleccionó el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-018-2008 del
23 de junio de 2008 por 1,983.7 miles de pesos, que fue liquidado mediante la CLC
núm. 12 C0 01 02824, por un importe de 1,983.7 miles de pesos, la cual se expidió
el 8 de agosto de 2008, y que amparó la factura núm. 5734 por el mismo importe.
11. Se estableció qué del contrato seleccionado para su revisión, se celebró el
convenio modificatorio núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CA-018 2008 del 14 de julio
de 2008, por 134.5 miles de pesos, (IVA incluido), que fue liquidado mediante la CLC
núm. 12 C0 01 02839 del 9 de agosto de 2008 y que amparó la factura núm. 5749,
por el importe de los 134.5 miles de pesos. El contrato y el convenio modificatorio,
sumaron un monto de 2,118.2 miles de pesos.
12. Para garantizar el cumplimiento de los contratos, el proveedor entregó la póliza de
fianza núm. 000659AH1308 del 23 de junio de 2008, por un importe de 258.7 miles
de pesos, la cual correspondió al 5.0% del valor del contrato (sin IVA) de conformidad
con lo pactado en el contrato, la cual se incrementó en 17.5 miles de pesos, ya que
correspondió al 15.0% del incremento, éste último fue el resultado del convenio
modificatorio (134.5 miles de pesos). Dicha garantía ascendió a 276.2 miles de pesos.
13. Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/118/2008 del 24 de julio de 2008, el Jefe de
Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios comunicó a la Subdirección
de Recursos Materiales, adscrita a la DGA, la recepción de las 134 computadoras, las
cuales ingresaron en el Almacén Central de la OM.
Respecto al pago de los equipos, se observó que le fue aplicada una sanción al proveedor
por 98.7 miles de pesos, correspondiente al atraso de tres días en la entrega del equipo,
se había pactado dicho movimiento para el 18 de julio de 2008, y no fue hasta el día
21 del mismo mes y año que se envió. El monto referido fue el resultado de aplicar
una penalidad del 2.0% sobre el monto de los bienes dejados de entregar (el total de
las 134 computadoras sin IVA) por cada día de atraso, de conformidad con la cláusula
décimo segunda del contrato, que estipuló:
“’El G.D.F’ aplicará penas convencionales por incumplimiento o atraso en la adquisición de
los equipos objeto de este contrato, sin considerar el IVA, como se señala a continuación:
437 VOLUMEN 5/13
Del 2% (dos por ciento) del costo total de los bienes dejados de entregar, por cada día
natural de atraso del plazo máximo de entrega conforme a lo previsto en el presente
contrato.”
Al respecto, se estableció que el importe de los bienes que se dejaron de entregar
(las 134 computadoras) fue de 1,644.9 miles de pesos y el de las 3 impresoras láser
entregadas en tiempo fue de 80.1 miles de pesos (ambos importes sin IVA), y que la
aplicación de las penas convencionales se realizó sobre el valor de los equipos de
cómputo. Cabe señalar que el importe de las penas convencionales, por 98.7 miles
de pesos, fue descontado del pago de la CLC núm. núm. 12 C0 01 02824, la cual
se expidió con un importe de 1,983.7 miles de pesos, de los que sólo se liquidaron
1,885.0 miles de pesos.
Con objeto de verificar que se haya devengado el gasto, se realizó inspección física
el 4 y 5 de marzo de 2010, por el personal auditor de la CMHALDF a una muestra
de 48 (35.8%) de las 134 computadoras adquiridas. Derivado de la inspección, se
encontró que de las 48 computadoras seleccionadas, 19 se encuentran operando en
las Oficinas de la OM, 11 en la Coordinación General de Modernización Administrativa,
13 en las instalaciones del Fideicomiso “Ciudad Digital” y 5 en la DGPI. Dichos equipos
se encontraron bajo el resguardo del personal de las unidades administrativas
y del fideicomiso conforme al registro del “Padrón Inventarial de Bienes Muebles
e Instrumentales, Resultado del Levantamiento del Inventario Físico con Cierre al 31 de
Diciembre de 2008”.
Licitación pública internacional núm. 30001106-001-08
Con base en este procedimiento, la OM adquirió dos impresoras de alto rendimiento,
destinadas para la impresión de los recibos de nómina y otros documentos relacionados
con la nómina de los trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.
1. Mediante el oficio núm. DCPN/02021I/2008 del 21 de noviembre de 2007, el Director de
Control y Procesamiento de Nómina remitió a la DGA la requisición núm. RC/123-2007,
en dicho oficio solicitó la adquisición de dos impresoras de alto rendimiento.
438 VOLUMEN 5/13
2. Por medio del oficio núm. DRMSG/2331/2007 del 17 de diciembre de 2007, la Dirección
de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM solicitó a la Dirección de
Recursos Financieros de la DGA la suficiencia presupuestal respectiva para llevar a cabo
la adquisición de las dos impresoras de alto rendimiento. En respuesta, mediante el oficio
núm. OM/DGA/DRF/033/2008 del 8 de febrero de 2008, el Subdirector de Recursos
Financieros comunicó al Jefe de Unidad Departamental de Adquisiciones la suficiencia
presupuestal solicitada hasta por un monto de 4,500.0 miles de pesos, la cual fue
obtenida por la OM con la afectación programático-presupuestaria núm. B 12 C0 01 0005,
por un monto de 4,500.0 miles de pesos.
3. Con fecha 18 de enero de 2008, la Jefatura de Unidad Departamental de la Dirección
de Recursos Materiales y Servicios Generales de la DGA, realizó un estudio de mercado
con dos empresas para obtener el costo promedio de los equipos.
4. Con el oficio núm. OM/DGA/0104/2008 del 24 de enero de 2008, y con fundamento en
el artículo 8o., de la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal, la DGA
solicitó a la Dirección General de Legalidad y Responsabilidades de la Contraloría General
del Distrito Federal, su opinión para llevar a cabo una transferencia compensada de
recursos provenientes de la partida 1509 “Asignaciones para Requerimientos de
Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios, así como de Líderes
Coordinadores y Enlaces” a la partida 5206 “Bienes Informáticos”, por la cantidad
de 4,500.0 miles de pesos. En respuesta, con el oficio núm. CG/DGLR/21/2008 del
30 de enero de 2008, la Dirección General de Legalidad y Responsabilidades dio su
opinión favorable para llevar a cabo dicha transferencia.
5. Mediante el oficio núm. OM/DGA/0224/2008 del 12 de febrero de 2008, la DGA
solicitó a la SEDECO dictaminar, en caso de ser procedente, la omisión del grado
de integración nacional para la adquisición de las dos impresoras de alto rendimiento.
En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/016-F/2008 del 13 de febrero de 2008,
dicha dependencia autorizó la omisión del grado de integración nacional respecto de
la adquisición de las impresoras.
6. Mediante el oficio núm. OM/DGA/0221/2008 del 12 de febrero de 2008, la DGA solicitó
al Comité de Informática y al Coordinador General de Modernización Administrativa de
439 VOLUMEN 5/13
la OM, el dictamen técnico para la adquisición de dos impresoras de alto rendimiento.
Dicho comité, por medio del oficio núm. CGMA/DPI/698/08 del 20 de mayo de 2008,
comunicó el dictamen técnico favorable para la adquisición de dicho equipo.
7. El 26 de febrero de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales emitió las Bases
de la Licitación Pública Internacional núm. 30001106-001-08 para la adquisición de
dos impresoras de alto rendimiento. Dichas bases fueron revisadas y aprobadas por
el grupo revisor de bases, según consta en el acta del 12 de diciembre de 2007.
8. Con el oficio núm. OM/DGA/276/2008 del 19 de febrero de 2008, la DGA solicitó a la
Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la publicación en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal de la convocatoria, la cual se publicó el 26 de febrero de 2008.
9. El 29 de febrero de 2008 se realizó la Junta de Aclaración de Bases, en la que
participaron cinco de las seis empresas que adquirieron las bases.
10. Asimismo, el 5 de marzo de 2008 se realizó la presentación y apertura de propuestas
técnicas y económicas, en la que participaron sólo dos proveedores, además de los
representantes de la OM y de la Contraloría Interna. En dicho acto, los participantes
entregaron la documentación correspondiente a sus propuestas, así como la
documentación legal y administrativa requerida en las bases, de lo anterior se elaboró el
análisis cuantitativo de la documentación presentada y se levantó el acta correspondiente.
11. Mediante el acta de fecha 7 de marzo de 2008, se comunicó a los participantes el
diferimiento de la presentación del Resultado del Dictamen y Fallo para el 12 de marzo
de 2008, debido a que la Subdirección de Operación de Nómina de la Dirección
General de Administración de Personal no presentó en el tiempo y forma establecidos
el análisis cualitativo de las propuestas técnicas.
12. El 12 de marzo de 2008, se emitió el dictamen técnico, en el cual se estableció el
resultado del análisis cualitativo de la documentación legal y administrativa presentada
por las dos empresas que previamente habían entregado su propuesta técnica como
la económica. También se informó del resultado del análisis cuantitativo de las ofertas
440 VOLUMEN 5/13
económicas y se les comunicó el dictamen y fallo, como resultado se determinó que el
proveedor con el RFC XXXXXXXXXXX ofreció las mejores condiciones de calidad
y precio.
13. El 19 de marzo de 2008, fue suscrito el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008,
por un monto de 2,650.00 miles de pesos, más IVA (397.5 miles de pesos) para
un importe total de 3,047.5 miles de pesos. Dicho importe fue liquidado con la CLC
núm. 12 C0 01 02422 emitida por la OM el 17 de julio de 2008, por 3,047.5 miles
de pesos, la cual amparó el pago de la factura núm. 00193665 del proveedor con
RFC XXXXXXXXXX.
14. El proveedor ganador entregó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 903039, por
397.5 miles de pesos, relativa al contrato número OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008,
equivalente al 15.0% del valor del contrato (sin IVA), tal como se estipuló en las bases
y de conformidad con el artículo 73, fracción III y 75, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal y el numeral 5.13.2 de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigentes en 2008.
No obstante lo anterior, en la cláusula décimo séptima del contrato
núm. OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008, se estipuló: “La garantía de cumplimiento del
presente contrato la constituirá el ‘Proveedor’ por un importe del 15% del monto
máximo total del presente contrato, mediante fianza, cheque certificado, cheque
de caja, billete de depósito o carta de crédito, a favor de la Secretaría de Finanzas del
Distrito Federal, que deberá entregar el ‘Proveedor’ a ‘El GDF’ a la firma del presente
contrato…”.
Mientras que en la cláusula segunda “Monto y Vigencia del Contrato”, de dicho contrato,
se indicó: “Las partes establecen que ‘el GDF’ pagará a ‘El Proveedor’ por la
adquisición de dos impresoras láser de alto rendimiento objeto del presente contrato
la cantidad de $2,650,000.00 que sumada a la cantidad de $397,500.0 por concepto
de IVA, asciende a la cantidad total de $3,047,500.00…”.
441 VOLUMEN 5/13
Cabe señalar que en la cláusula décimo séptima del contrato relativa a la entrega
de la garantía de cumplimiento, dispuso que el valor de la fianza sería del 15.0% del
monto total del contrato, el cual, de conformidad con la cláusula segunda dicho monto
total incluye el IVA, por lo que se observa que la citada cláusula décimo séptima del
contrato es incongruente con lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal y con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno). No obstante que el importe de la fianza de garantía
de cumplimiento entregada por el proveedor, sí correspondió al 15.0% del monto del
contrato antes de IVA.
Al respecto, el sujeto fiscalizado no contó con mecanismos de control interno que
permitan verificar que las cláusulas estipuladas en sus contratos de adquisiciones
de bienes se encuentran redactadas conforme la normatividad específica para cada
una de ellas.
Por lo anterior, no observó lo dispuesto en el artículo 16, III. Tercer Lineamiento:
“Actividades de Control”, fracción I, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007, que señala:
“I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores
públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos
para evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control
interno que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales,
asegurando de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal
y de operación confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de
actuación, así como salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la
transparencia de su manejo.”
15. Mediante el oficio núm. DCPN/1031/2008 del 3 de junio de 2008, el Director de Control
y Procesamiento de Nómina informó al Director de Recursos Materiales y Servicios
442 VOLUMEN 5/13
Generales en la OM, que se recibieron las dos impresoras de alto rendimiento en las
oficinas de esa unidad administrativa, ubicadas en Damas núm. 118, colonia San José
Insurgentes, Delegación Benito Juárez.
Para constatar que el gasto por la adquisición de los equipos se hubiese devengado,
se realizó una visita de inspección en las oficinas de la Dirección de Control y
Procesamiento de Nómina, en la que se pudo constatar la existencia y funcionamiento
del equipo. Asimismo, se verificó que el equipo contó con el número de inventario
respectivo, así como con el resguardo a cargo del personal que lo opera.
Procedimiento de adjudicación directa
Mediante este procedimiento, la OM adquirió en 2008 un sistema de enlace inalámbrico
y centro de datos para la primera fase del Proyecto Ciudad Digital, el cual fue adjudicado
a la empresa con RFC XXXXXXXXXXXX, por un importe de 7,000.0 miles de pesos,
formalizado mediante el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008 de fecha 14 de marzo
de 2008. Dicho contrato fue liquidado con la expedición de la CLC núm. 12 C0 01 02418
del 14 de julio de 2008 por los 7,000.0 miles de pesos.
De la revisión de la documentación soporte del procedimiento de la adjudicación directa
destaca lo siguiente:
1. El Coordinador General de Modernización Administrativa de la OM, mediante el oficio
núm. CGMA/0811/08 del 27 de febrero de 2008, presentó a la DGA la requisición
núm. RC/11-2008, solicitando la adquisición de un sistema de enlace inalámbrico
y centro de datos para la primera fase del Proyecto Ciudad Digital. Adicionalmente,
presentó la justificación para la adquisición del equipo, en la que se indicó, entre otras
cosas, lo siguiente:
a) Mediante el oficio núm. CC/SPR/041/08 del 11 de febrero de 2008, el Secretario
Ejecutivo del Consejo de Competitividad de la Ciudad de México solicitó a la OM
la adquisición de la infraestructura inalámbrica y centro de datos necesarios para
iniciar la primera fase del “Proyecto Ciudad Digital”.
443 VOLUMEN 5/13
b) El 22 de febrero de 2008, el C. Oficial Mayor instruyó a la CGMA a fin de que,
en el ámbito de sus atribuciones conferidas y en estricto cumplimiento de las
disposiciones jurídicas aplicables en materia de adquisiciones, se realizaran todos
los trámites tendentes a la atención de dicho requerimiento.
c) De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal, a la CGMA corresponde impulsar las acciones de
modernización administrativa, y coordinar la creación, desarrollo, operación,
mantenimiento y la modernización de las tecnologías de la información de la
Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se realizó la requisición,
tomando como base las características técnicas solicitadas por el Secretario
Ejecutivo del Consejo de Competitividad.
2. Con fecha 28 de febrero de 2008, el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios
Generales solicitó, mediante el oficio número OM/DGA/DRMSG/SRM/59/2008,
la suficiencia presupuestal para la adquisición del equipo. En respuesta, mediante
el oficio núm. OM/DGA/DRF/70/2008 de la misma fecha, el Director de Recursos
Financieros comunicó la suficiencia presupuestal autorizada hasta por un monto de
7,000.0 miles de pesos.
3. Con el oficio núm. OM/DGA/411/2008 del 6 de marzo de 2008, la DGA solicitó a la
Secretaría de Desarrollo Económico que, en caso de considerarlo procedente, se omitiera
el grado de integración nacional para llevar a cabo la adquisición de un sistema de
infraestructura inalámbrica y centro de datos para la red digital que cubriría un polígono
de 857,752.85 m2 del Centro Histórico de la Ciudad de México. En respuesta, con el
oficio núm. SEDECO/DICT/042-M/2008 del 6 de marzo de 2008, esa Secretaría
dictaminó procedente la omisión del grado de integración nacional para la adquisición
de dicho equipo.
4. Con el oficio núm. OM/DGA/376/2008 del 29 de febrero de 2008, la DGA solicitó
al presidente suplente del Comité de Informática que indicara si era factible que la OM
considerara vigente el Dictamen Técnico del Comité de Informática que en su
momento fue emitido para el Consejo de Competitividad. En respuesta, con el oficio
444 VOLUMEN 5/13
núm. CGMA/DPI/856/08 del 29 de febrero de 2008, la CGMA informó que se otorgaba
una extensión de la vigencia de dicho dictamen por tres meses más. Derivado de lo
anterior, el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,
en su primera sesión extraordinaria de 2008, celebrada el 10 de marzo, dictaminó
procedente la adquisición del equipo.
5. Con fecha 28 de febrero de 2008, a solicitud de la CGMA, el C. Oficial Mayor autorizó
la adquisición de la infraestructura inalámbrica y centro de datos para la red digital
bajo el amparo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
6. Con fecha 25 de febrero de 2008, el proveedor con RFC ETA 030411 HS9, presentó
sus propuestas técnica y económica, así como la documentación legal y administrativa
requerida por la OM. La propuesta económica fue postulada por el proveedor en un
importe de 6,087.0 miles de pesos, más IVA de 913.0 miles de pesos.
7. Con fecha 14 de marzo de 2008, fue suscrito el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008
por un monto de 7,000.0 miles de pesos (IVA incluido).
8. El proveedor presentó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 0001000478, relativa
al contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008 con fecha 12 de marzo de 2008
por el importe de 1,050.0 miles de pesos, la cual representó el 15.0% del valor total
del contrato (7,000.0 miles de pesos).
Al respecto, se observó que el contrato, en su cláusula decimocuarta consideró lo
siguiente: “La garantía de cumplimiento del presente contrato la constituirá el ‘Proveedor’
por un importe del 15% del monto máximo total del presente contrato, mediante
fianza, cheque certificado, cheque de caja, billete de depósito o carta de crédito, a favor
de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, que deberá entregar el ‘Proveedor’
a ‘El GDF’ a la firma del presente contrato…”.
Dicha disposición contraviene tanto la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
como la Circular Uno, en las que se establece que el importe de las garantías de
cumplimiento de contrato será del 15.0% del valor total del contrato sin considerar
cualquier contribución, en este caso el IVA.
445 VOLUMEN 5/13
Por lo anterior, la OM incumplió la fracción III, del artículo 73 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal y el numeral 5.13.2 de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008.
El artículo 73 dispone: ”Quienes participen en las licitaciones o celebren los contratos
a que se refiere esta Ley, deberán garantizar: […]
”III. El cumplimiento de los contratos, con un importe máximo del 15% del total del
contrato sin considerar cualquier contribución.”
El numeral 5.13.2 establece: “Para determinar el porcentaje de las garantías de la
formalidad de la propuesta y el cumplimiento del contrato, se tomará en cuenta
lo siguiente: […]
”c) Para el caso de contratos abiertos, las garantías de formalidad de la propuesta
y cumplimiento del contrato se calcularán sobre el monto máximo de los bienes
y/o servicios a contratar.
”En cualquier caso, las garantías se determinarán sin considerar el IVA.”
Asimismo incumplió el artículo 16, III. Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”,
fracción I, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007.
9. Con fecha 18 de abril de 2008, se realizó el acta circunstanciada que da constancia
de la entrega-recepción y verificación de los equipos por parte del proveedor a la OM.
Asimismo, se celebró otra acta circunstanciada con fecha 22 de abril de la instalación
y puesta a punto de los equipos y entrega-recepción del sistema instalado en las
oficinas que ocupa la Subdirección de Base de Datos, adscrita a la Dirección de Nuevas
Tecnologías de la Información de la CGMA, ubicadas en Fray Servando Teresa de
Mier, núm. 77, 4o. piso, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.
446 VOLUMEN 5/13
10. Mediante el “Acta de transferencia de Bienes Muebles”, formulada con fecha 2 de
diciembre de 2008, la OM, a través de la DGA, realizó la transferencia respecto de la
infraestructura inalámbrica y centro de datos para la red digital con cobertura que
abarcó un polígono de 857,752.85 m2 del Centro Histórico de la Ciudad de México
en favor del Fideicomiso Público Ciudad Digital (fideicomiso creado el 22 de enero
de 2008 y que actualmente depende de la Secretaría de Finanzas).
Con el propósito de constatar que el gasto efectuado por la OM en 2008 para la compra
del sistema se haya devengado, se realizó una visita de inspección física al equipo,
no obstante que actualmente dicho equipo ya no forma parte de los bienes de la OM,
el cual se encuentra instalado en el Fideicomiso Público Ciudad Digital, ubicado en
Río Nazas núm. 134, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc. Derivado de la
visita, se pudo constatar que el equipo se encuentra bajo el resguardo del responsable
del área jurídica de dicho fideicomiso. Asimismo, se tuvo conocimiento de que el equipo
fue transferido al fideicomiso por medio del acta de transferencia de bienes celebrada
entre la OM (representada en ese acto por su Directora General de Administración)
y el fideicomiso (representado por su Director General) el 2 de diciembre de 2008, en
la que se detallan cada uno de sus componentes, los cuales se encuentran instalados
en las oficinas del fideicomiso (se verificó a través del número de inventario).
De la revisión de la documentación soporte que ampara el procedimiento de la
adjudicación, se desprende que la OM sustentó la adquisición bajo el procedimiento
de adjudicación directa al amparo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal, y no se realiza observación alguna respecto del procedimiento de
esta adjudicación ni de los montos contratados.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM fecha informó lo siguiente:
“En relación al texto de las cláusulas de los contratos OM/DGA/DRMSG/007 y 008-2008,
mediante los cuales se adquirieron ‘un sistema de enlace inalámbrico y centro de datos’
y ‘dos impresoras de alto rendimiento para la nómina’, respectivamente; llevándose a cabo
para el primero una adjudicación directa y para el segundo la Licitación Pública Nacional
[la licitación fue internacional] 30001106-001-08.
447 VOLUMEN 5/13
”Mencionando que se incumplió en ambos casos con la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal, Circular Uno vigente, así como con el artículo 16, fracción III, Tercer Lineamiento,
‘Actividades de Control’, fracción primera, del Acuerdo por el que se establecen los
Lineamientos Generales de Control Interno.
”La dependencia desea aclarar que, si bien coincide con el fiscalizador en que se omitió
en el clausulado correspondiente a la Garantía de Cumplimiento de los dos contratos
la cita textual de que ‘la fianza será calculada sobre el monto máximo total del contrato sin
incluir cualquier contribución o sin incluir el IVA’; nuestra interpretación es diferente dado
que gran parte de los proveedores que participan en procedimientos de adquisiciones
conocen de antemano la Ley de la materia, además de que en su parte correspondiente
en las bases y en las invitaciones se cita la normatividad aplicable, además en el segundo
párrafo de las cláusulas citadas se indica a partir del tercer renglón lo siguiente:
”‘… que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal…’ y los párrafos siguientes especifican el texto de la fianza, con lo
cual el proveedor tiene siempre y en todo momento la información de cuál es el monto del
contrato para efectos de la fianza y es por ello que su cálculo, importe y contenido de las
respectivas fianzas (se anexa copia de contratos y fianzas para mayor referencia) fue tal
como se establece en la normatividad, sin que la aparente omisión afectara su expedición
y mucho menos existan incongruencias o controversias por lo estipulado en las cláusulas
de ‘Monto y Vigencia’ de los contratos contra las de ‘Garantía de Cumplimiento’.
”Al respecto, es importante mencionar que en diversos actos durante todo el procedimiento
se informa a los proveedores del contenido de la Ley y su aplicación, por lo cual esto
puede considerarse como un uso común en todo el Gobierno del Distrito Federal y sus
proveedores, por ello vale señalar que nuestro derecho contempla como fuentes del
mismo las denominadas formales y las informales dentro de las cuales están los usos
y costumbres, los principios generales del derecho la doctrina.
”Se acepta la omisión en estos dos casos aislados, en lo correspondiente al haber precisado
de manera más textual las palabras compuestas ‘sin IVA’, aun y cuando se expresa que
es conforme a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que como muestra
el mismo resultado de la auditoría los demás contratos revisados sí cuentan con el texto
448 VOLUMEN 5/13
literal respecto al monto total del contrato sin considerar el lVA para efecto de la garantía
de cumplimiento, por lo cual se puede aseverar que de los más de 230 contratos de
adquisiciones celebrados en el año 2008 por la Dirección General de Administración
y por lo tanto sí existen los mecanismos de control internos ya que como lo menciona el
auditor en el resultado la fianza está correcta, por lo que el mencionado incumplimiento
referido por el Fiscalizador, se considera carente de sustento en los hechos que el mismo
resultado arroja.”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado respecto al numeral 2 corrobora que no se precisó
en la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento del contrato, que el importe de dicha
garantía se calcularía sobre el importe total de cada contrato sin considerar el IVA, por lo
que su respuesta no modifica el contenido de la observación formulada.
Respecto al numeral 3, cabe señalar que en dicho numeral además de indicar una redacción
errónea de la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento de contrato, se realizó un
cobro en exceso al proveedor relativo a la garantía de cumplimiento, ya que la garantía
cobrada fue de 1,050.0 miles de pesos (15.0%), la cual fue calculada sobre el monto
del contrato incluyendo el IVA (el valor de contrato fue 6,087.0 miles de pesos y un IVA de
913.0 miles de pesos, para un valor total del contrato de 7,000.0 miles de pesos),
situación que no fue aclarada en su respuesta.
Por lo anterior, lo manifestado por el sujeto fiscalizado respecto del numeral 3, confirma
que no se precisó en la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento del contrato, que el
importe de dicha garantía se calcularía sobre el importe total de cada contrato sin considerar
el IVA, por lo que tampoco modifica el contenido de la observación formulada.
Recomendación ASC-134-08-02-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control a fin de verificar
que las cláusulas de los contratos de adquisiciones de bienes informáticos relativas a las
garantías de cumplimiento se sujeten a la normatividad aplicable para cada una de ellas,
de conformidad con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
449 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-134-08-03-OM
Es conveniente que la Oficialía Mayor implemente mecanismos de control a fin de
cerciorarse de que las garantías de cumplimiento de contrato que solicite por la adquisición
de equipo informático se calculen con base en el monto total del contrato sin considerar el
Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal y la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno).
7. Resultado
Partida 5304 “Vehículos y Equipo destinado a Servicios Administrativos”
El presupuesto ejercido en esta partida en 2008 por la OM fue de 3,318.9 miles de pesos,
que representa el 0.9% del total ejercido en el capítulo (353,516.4 miles de pesos), de los
cuales se seleccionaron para su revisión 1,311.0 miles de pesos, que representan el 0.4%
de la muestra de auditoría (297,373.8 miles de pesos).
El importe de 1,311.0 miles de pesos fue erogado para la adquisición de vehículos tipo sedán
para apoyo administrativo en las diversas áreas de la OM. Dicho gasto fue realizado a
través del procedimiento de la licitación pública internacional núm. 30001106-010-08,
del cual resultaron ganadores dos participantes. Para efectos de la revisión, se seleccionó
al proveedor con RFC XXXXXXXXXXXX, con quien la OM celebró el contrato
núm. OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008 por un importe de 972.0 miles de pesos más IVA
de 145.8 miles de pesos, sumando un total de 1,117.8 miles de pesos por la adquisición de
10 vehículos. Adicionalmente, se realizó una ampliación a dicho contrato para la compra
de 2 vehículos más por la cantidad de 168.0 miles de pesos más IVA de 25.2 miles de
pesos, por lo cual el total contratado con el proveedor fue de 1,311.0 miles de pesos por
la adquisición de un total de 12 vehículos.
El monto de 1,311.0 miles de pesos fue liquidado al proveedor con las CLC núms.
12 C0 01 04945 y 12 C0 01 05354 por importes de 1,117.8 miles de pesos y 193.2 miles
450 VOLUMEN 5/13
de pesos (IVA incluido en ambas CLC), emitidas por la OM el 23 y 31 de diciembre de 2008,
respectivamente.
Con base en el análisis del expediente de la documentación relativa al proceso de la
licitación pública internacional y la documentación soporte de las CLC que amparan el pago
de los 10 vehículos originalmente pactados y la compra adicional de otros 2, se determinó
lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/470/2008 del 8 de octubre de 2008, la
Subdirección de Servicios Generales presentó a la Subdirección de Recursos Materiales
(ambas adscritas a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la DGA)
la requisición núm. RC/79-2008 para la adquisición de 10 vehículos tipo sedán para la
sustitución de los vehículos que se encontraban en malas condiciones mecánicas y que
por su costo y antigüedad ya no era costeable su reparación.
2. Con fecha 9 de octubre de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales realizó
cuadros comparativos para la adquisición de los vehículos como resultado del sondeo
de mercado practicado por esa Subdirección con diversas agencias distribuidoras.
3. Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SRM/395/2008 del 9 de octubre de 2008, la
Subdirección de Recursos Materiales solicitó a la Dirección de Recursos Financieros de
la OM la autorización de la suficiencia presupuestal para la adquisición de los vehículos.
En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/DRF/789/2008 del 10 de octubre de 2008,
la Dirección de Recursos Financieros de la DGA comunicó a la solicitante la autorización
de dichos recursos hasta por el monto de 1,343.6 miles de pesos. En este sentido, fueron
tramitadas las afectaciones programático-presupuestarias núms. B 12 C0 01 0003,
B 12 C0 01 0048, B 12 C0 01 0100 y B 12 C0 01 0183 por importes de 270.0 miles
de pesos, 855.0 miles de pesos, 258.0 miles de pesos y 136.0 miles de pesos,
respectivamente, las cuales suman un monto de 1,519.0 miles de pesos.
4. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1583/08 del 17 de octubre de 2008, la DGA remitió
a la DGRMSG de la OM, con fundamento en el artículo 37, fracciones II y V, del
Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008 y el numeral 5.11
451 VOLUMEN 5/13
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal, (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de diciembre de 2007
y el 12 de abril de ese mismo año), el formato “DABR” relativo a la adquisición de
bienes restringidos. En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/2091/2008
del 21 de octubre de 2008, la DGRMSG autorizó a la solicitante llevar a cabo la
adquisición de los vehículos.
5. Por medio del oficio núm. OM/DGA/1562/2008 del 15 de octubre de 2008, la DGA solicitó
a la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Distrito Federal dictaminar, en
caso de ser procedente, la omisión del grado de integración nacional para la adquisición
de los 10 vehículos. En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/526-O/2008 del
17 de octubre de 2008, dicha secretaría autorizó la omisión del grado de integración
nacional para la adquisición de dichos bienes.
6. Con fecha 17 de octubre de 2008, el grupo revisor de bases se reunió y acordó emitir
las bases respectivas para llevar a cabo la licitación pública internacional para la
compra de los vehículos. Dichas bases fueron emitidas el 24 de octubre del mismo
mes y año por la Subdirección de Recursos Materiales.
7. Con el oficio núm. OM/DGA/1632 del 21 de octubre de 2008, la DGA comunicó a
la Contraloría Interna en la OM el inicio del procedimiento de la licitación pública
internacional.
8. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1631/2008 del 21 de octubre de 2008, la DGA
solicitó a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos la publicación de la
convocatoria de la licitación pública internacional con clave LPI 30001106-010-08 para
la adquisición de vehículos y camionetas tipo sedán. Dicha convocatoria fue publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de octubre de 2008.
9. Con fecha 29 de octubre de 2008, se llevó a cabo la junta de aclaración de bases en
la que participaron dos de las siete empresas que adquirieron las bases de la licitación.
452 VOLUMEN 5/13
10. El 31 de octubre de 2008, se realizó el acto de presentación y apertura de los sobres
con las propuestas técnica y económica de tres participantes, de los cuales se analizó
la documentación legal y administrativa, quedando constancia en el acta respectiva.
11. Con fecha 3 de noviembre de 2008, se elaboró el dictamen de la licitación, el cual
mostró el análisis cualitativo tanto de la documentación legal y administrativa como
de las propuestas técnicas y el cuantitativo de las propuestas económicas de los
tres participantes. Derivado del dictamen, se determinó declarar ganador a dos de
los participantes, lo cual fue comunicado el día 4 de noviembre de 2008. En dicho
comunicado, se informó que le fueron adjudicadas las partidas núms. 1 y 2 (cuatro y seis
vehículos) al proveedor con RFCXXXXXXXXXXXXX por el importe de 1,117.8 miles
de pesos, IVA incluido (objeto de la muestra) y la partida núm. 3 (con tres vehículos)
a otro participante, por importe de 507.1 miles de pesos (IVA incluido).
12. El 7 de noviembre de 2008, fue suscrito el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008
con el proveedor con RFC XXXXXXXXXXXX por un importe de 972.0 miles
de pesos más IVA de 145.8 miles de pesos, sumando un total de 1,117.8 miles de
pesos. Dicho contrato fue ampliado mediante el convenio modificatorio
núm. OM/DGA/DRMSG/CM-003/CA-050-2008 de fecha 14 de noviembre de 2008 por
un monto de 193.2 miles de pesos (IVA incluido) para la adquisición de dos vehículos
más con las mismas características que los anteriores, lo que representó un incremento
del 17.3% del monto original del contrato.
Al respecto, se verificó que la ampliación al contrato inicial
(OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008) no rebasó el incremento del 20.0% del valor total
del contrato establecido en el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal, vigente a la fecha de la modificación al contrato.
13. El proveedor ganador presentó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 1068826
relativa al contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008 por un importe de 171.0 miles de
pesos (15.0% del valor total del contrato antes de IVA), de fecha 14 de noviembre de 2008
(fecha de la modificación al contrato).
Al respecto, se verificó que la fianza fue entregada de conformidad con los montos y plazos
establecidos en los artículos 73 y 75 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
453 VOLUMEN 5/13
Para constatar que el gasto realizado por la OM para la adquisición de los 12 vehículos
tipo sedán para apoyar en las actividades administrativas de las diferentes áreas de la OM,
hubiese sido devengado se realizó la inspección física de las 12 unidades. Al respecto, se
pudo constatar que se encuentran identificadas con el número de inventario respectivo
y que los números de serie del motor consignados en las facturas corresponden a los
identificados en los motores de los vehículos inspeccionados. Asimismo, se verificó que
las 12 unidades contaron con el resguardo respectivo del personal al que fueron asignadas
(3 a la DGA, 3 a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, 3 a la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, 1 a la Oficina del C. Oficial
Mayor y 2 a la DGPI); sin embargo, se observó que ninguno de los 12 vehículos que se
verificaron cuentan con el logotipo del Gobierno del Distrito Federal, por lo que la OM
incumplió el numeral 8.8.3 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno) publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de
abril de 2007, vigente en 2008, que indica:
“8.8.3 Los vehículos terrestres para uso oficial de servidores públicos, serán asignados
de acuerdo a las siguientes disposiciones:
”Los vehículos que sean asignados conforme al inciso c) del presente numeral [servicios
generales y áreas de apoyo administrativo (vehículos clasificados en la partida 3511 del
Clasificador por Objeto del Gasto)] serán rotulados conforme a las características del ‘Manual
de Identidad Gráfica del GDF’, vigente, además contendrán la leyenda ‘Este vehículo es
para uso oficial’.”
Derivado de la revisión de la documentación soporte del procedimiento de la licitación pública
internacional con clave 30001106-010-08, llevada a cabo por la OM para la adquisición de
los vehículos tipo sedán, y de la documentación soporte de las CLC que amparan el pago
de dichos bienes, no se realiza observación alguna.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM, mediante
el oficio núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:
454 VOLUMEN 5/13
“De la revisión física efectuada, efectivamente las 12 unidades vehiculares no cuentan con
el balizamiento respectivo, por el siguiente hecho: La Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal, a través de sus Unidades Administrativas, requiere de unidades sin balizamiento,
ya que de acuerdo a las expropiaciones que realiza actualmente este Gobierno en el ámbito
de su competencia, así como de las recuperaciones administrativas y judiciales, imposición de
sanciones contenidas en la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, además
de la incorporación por aprobación del Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal de la IV Legislatura, de la Ley de Extinción de Dominio, la cual regula la pérdida
de los derechos de propiedad de los bienes mencionados en el artículo 5o. de esta Ley,
sin contraprestación ni compensación alguna para el afectado, cuando se acredite el hecho
ilícito en los casos de delincuencia organizada, secuestro, robo de vehículos y trata de
personas, y el afectado no logre probar la procedencia lícita de dichos bienes y su actuación
de buena fe, así como que estaba impedido para conocer su utilización ilícita.
”Por lo que en este contexto, la Extinción de Dominio es un instrumento de naturaleza
jurisdiccional, de carácter real y de contenido patrimonial, en el que le otorga a la Oficialía
Mayor la facultad de apoyar al Ejecutivo Local, para proceder sobre cualquier derecho
real, principal o accesorio, independientemente de quien los tenga en su poder, o los haya
adquirido; situación que se relaciona con el uso de las unidades vehiculares que fueron
objeto de la revisión, sin embargo este hecho por ser de naturaleza confidencial, no puede
exponerse abiertamente, por ser recóndito por el uso que se les da al momento de las
expropiaciones y que son utilizados por Servidores Públicos que participan en estos
eventos de expropiación y que pueden correr riesgo desde el inicio de los programas de
investigación para la elaboración de los programas de seguridad y vigilancia a instalaciones
y aseguramiento de inmuebles, utilizando dichas unidades vehiculares y que además se
realiza en la mayoría de las ocasiones de manera nocturna.
”Por lo antes expuesto, los 12 vehículos revisados por el fiscalizador, deben seguir estando
sin balizar de acuerdo a lo antes mencionado.”
Cabe señalar, que no obstante que el argumento manifestado por el sujeto fiscalizado
indica los actos en los cuales intervienen operativamente dichos vehículos, no existe en la
normatividad observada, emitida por la propia OM, casos de excepción para no llevar a cabo
la identificación del equipo vehicular. Asimismo, de conformidad con los resguardos de los
455 VOLUMEN 5/13
vehículos se conoció que diez de ellos fueron asignados a diferentes áreas administrativas
de la OM (tres a la DGA, tres a la DGRMSG, tres a la DGADP y uno a la Oficina del
C. Oficial Mayor) y sólo dos a la DGPI, área que interviene en el ámbito de sus atribuciones
en los procedimientos de expropiaciones y extinción de dominio argumentados en la
respuesta del sujeto fiscalizado.
Por lo anterior, lo manifestado por el sujeto fiscalizado no modifica el contenido del presente
resultado.
Recomendación ASC-134-08-04-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con el fin de garantizar
que los vehículos que adquiera con cargo a la partida 5304 “Vehículos y Equipo Destinado
a Servicios Administrativos” cuenten con el logotipo del Gobierno del Distrito Federal,
de conformidad con la Normatividad en materia den Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno).
8. Resultado
Con el fin de constatar que las adquisiciones realizadas por la OM en 2008 relativas al
capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se hubiesen considerado en el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) 2008 y sus
respectivas modificaciones trimestrales, se verificaron dichos documentos, de lo que se
desprende lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/0252/2008 del 15 de febrero de 2008 y fecha de
recibido el 18 del mismo mes y año, la OM remitió a la DGRMSG la versión definitiva
de su PAAAPS correspondiente al ejercicio de 2008 con tres días de desfase respecto
a la fecha límite establecida en la Circular Uno.
Por no enviar en el plazo establecido la versión definitiva del PAAAPS del ejercicio de 2008,
la OM no observó el segundo párrafo del numeral 5.2.1 de la Normatividad en materia
456 VOLUMEN 5/13
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicadas
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008, que indica:
”Las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, remitirán a la DGRMSG,
copia del PAAAPS que envíen a la SF para su validación. La versión definitiva se
enviará a la DGRMSG a más tardar la primera quincena del mes de febrero, del
ejercicio presupuestal reportado.”
2. Respecto a las modificaciones trimestrales de su PAAAPS por el ejercicio de 2008,
se observó que las modificaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres
de 2008, fueron remitidas a la DGRMSG por la OM con desfases de 13 y 10 meses
respectivamente, ya que ambos informes se remitieron hasta el 9 de noviembre de 2009.
Por presentar a la DGRMSG las modificaciones trimestrales de su PAAAPS con retrasos,
la OM infringió el numeral 5.2.1, último párrafo y los numerales 5.16.1 y 5.16.2,
apartado 5, “Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias , Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008, que señalan:
“5.2.1 [...] Las modificaciones del PAAAPS deberán reportarse a la DGRMSG, de
manera trimestral, en forma impresa respetando los lineamientos que para tal efecto
se emitan y en dispositivo magnético, así como una síntesis cualitativa que sustente
los movimientos para los capítulos en donde se presenten los cambios.”
“5.16.1 Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información
a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por
dependencia […] de acuerdo a los siguientes períodos: Anualmente: a) Programa
Anual de Adquisiciones. Trimestralmente: a) El Programa Anual de Adquisiciones en
versión modificada.”
457 VOLUMEN 5/13
“5.16.2 Los titulares de las Dependencias serán responsables de la debida formulación
y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez
días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la fecha de la
recalendarización.”
La entrega con desfases de las modificaciones trimestrales de los PAAAPS presentados
por la OM a la DGRMSG, fue observada también en la auditoría financiera con clave
ASC/119/07, practicada por la CMHALDF al sujeto fiscalizado, específicamente al capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”. En dicha auditoría se emitió la recomendación
núm. ASC-119-07-25-OM, la cual señaló: “Es necesario que la Oficialía Mayor
establezca mecanismos de control a fin de garantizar que las modificaciones
trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios sean remitidas a la autoridad correspondiente, dentro de los plazos establecidos
en la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno)”.
Al respecto, a la fecha de la auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no se
había desahogado por el sujeto fiscalizado.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM,
mediante el oficio núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:
“De la revisión efectuada, efectivamente el primer Programa Anual se envió a Finanzas
para su revisión y aprobación, mismo que fue remitido a esta dependencia desfasadamente,
ocasionando que el día 15 de febrero fuera viernes y el Programa se enviara hasta
el día hábil 18 de febrero, sin embargo su publicación fue en tiempo y forma como lo
ordena la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Lo referente a los demás informes
trimestrales entregados con desfase, efectivamente sí fueron enviados en esas fechas,
ya que aun y cuando la propia Normatividad en materia de Administración de Recursos
(Circular Uno 2007), contempla el período de entrega de estos informes, la propia
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal no prevé tiempos específicos para la entrega
de las modificaciones, ya que las modificaciones se basan con cifras reales arrojadas
en las conciliaciones ‘Programático-presupuestales’ que por cada período envía la
Subsecretaría de Egresos, y que además se realiza de manera desfasada y en ocasiones
458 VOLUMEN 5/13
por semestre, situación que se puede observar como ejemplo en los oficios para el período
2009 y 2010.
”Por lo antes expuesto, es necesario se considere que la fecha establecida en la Circular
Uno para la entrega de este informe, es opuesta a la de la operación real de las Unidades
Administrativas involucradas, no obstante se seguirán realizando esfuerzos para tratar de
obtener la información financiera de manera expedita, sin embargo, no omito comentar que
actualmente la Secretaría de Finanzas implantó un nuevo Sistema denominado SAPGRP,
con el cual se registrará el presupuesto, sus modificaciones, compromisos, etc., el cual
está iniciando de manera paulatina y se espera que una vez que opere al 100% se pueda
obtener de manera inmediata la información de las modificaciones presupuestales.
”Es importante señalar, que la Circular Uno no estipula entregar este tipo de informe de
manera parcial, sino con cifras definitivas, ya que el sistema implantado por la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales, no tiene campos para cifras previas
y sólo puede ser utilizado por períodos, ya que el Sistema lo saturan todas las Dependencias
del Gobierno del Distrito Federal.”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado confirma que tanto la versión definitiva de su PAAAPS,
como las modificaciones relativas al tercero y cuarto trimestre de 2008, fueron enviadas
con desfase respecto de la fecha estipulada en la Circular Uno, por lo que su respuesta
de confronta no modifica el contenido del presente resultado, ya que no desvirtúa las
observaciones formuladas.
Recomendación ASC-134-08-05-OM
Es conveniente que la Oficialía Mayor implemente mecanismos de control a fin de cerciorarse
de que la versión definitiva del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y
Prestación de Servicios del ejercicio que corresponda sea enviada a la Dirección General
de Recursos Materiales y Servicios Generales en el plazo establecido en la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
459 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-134-08-06-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con el fin de
garantizar que las modificaciones trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios sean remitidas a la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales en los plazos establecidos en la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
9. Resultado
Partida 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones
e Indemnizaciones de Inmuebles”
El presupuesto ejercido en 2008 en esta partida fue de 326,126.0 miles de pesos, que
representa el 92.2% del presupuesto ejercido por la OM en el capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles” (353,516.4 miles de pesos). Dichos recursos fueron erogados para
la adquisición de 26 inmuebles y expropiación de uno, de los cuales fueron seleccionados
como muestra de auditoría 15 por el monto de 281,275.1 miles de pesos, que representan
el 86.2% del total de la partida. Dicho monto se integró por un importe de 132,524.4 miles
de pesos correspondiente a la parte de terrenos y construcciones de casa-habitación
(parte exenta); por un importe de 129,348.5 miles de pesos, relativo a la parte de locales
comerciales (parte gravada o sujeta de IVA); y un IVA de 19,402.2 miles de pesos.
El monto de la muestra fue ejercido mediante 20 CLC y 21 DM por importes de 286,275.1
miles de pesos y 5,000.0 miles de pesos, respectivamente, expedidos dichos documentos
para el pago de los 15 inmuebles, como se muestra en el cuadro siguiente:
460 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Cuenta por Liquidar Certificada Bien inmueble Número Importes Fecha
de emisión
Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07050
00973 33,014.1 1/IV/08
Texcales, Manzana 34, núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780
02347 702.8 4/VII/08
Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
02493 1 18,121.0 24/VII/08
Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090
02804 38,957.6 5/VIII/08
Calle Victoria núm. 12 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
02805 2 02806 2 02807 2
12,267.1 6,133.6 6,133.6
5/VIII/08 5/VIII/08 5/VIII/08
Total inmueble 24,534.3
Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
03786 2 03787 2 03788 2
26,493.5 13,246.8 13,246.8
15/X/08 15/X/08 15/X/08
Total inmueble 52,987.1
República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
02963 8,092.1 1/IX/08
República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
02964 27,380.8 1/IX/08
Allende núm. 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
04223 5,439.4 5/XI/08
Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
04313 52,080.2 18/XI/08
Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090
04869 3 2,864.4 8/XII/08
Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200
03386 7,221.3 24/IX/08
Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600
04321 1,880.1 19/XI/08
Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06010
05087 4 00202 4 05088 4
5,000.0 (5,000.0) 6,000.0
26/XII/08 31/XII/08 26/XII/08
Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
05089 5 2,000.0 26/XII/08
Total de la muestra de auditoría de bienes inmuebles 281,275.1
1 Corresponde al pago de indemnización de un convenio de transacción judicial, derivado de la expropiación del inmueble. 2 El importe de la CLC corresponde al pago de cada uno de los tres propietarios del inmueble. 3 El pago corresponde a uno de los dos propietarios del inmueble. 4 Cancelación de la CLC núm. 05087 mediante el DM 0202, dado que en su momento no se concretó la adquisición del inmueble
de Callejón de la Amargura núm. 8, y con la CLC núm. 05088 se liquidó el inmueble de Callejón de la Amargura núm. 10. 5 Corresponde al primero de los tres pagos pactados (el 1o. en 2008 y el resto en otros ejercicios).
Del análisis de las 20 CLC y los 21 documentos múltiples expedidos por la OM en 2008
para el pago de los 15 inmuebles, se determinó lo siguiente:
Las 20 CLC indicaron la ubicación y la superficie del inmueble adquirido; sin embargo,
carecen del dato de la fecha de adquisición del inmueble (tomándose como fecha de
461 VOLUMEN 5/13
adquisición la estipulada en el contrato formalizado para su compra), ya que dichas CLC
sólo consignaron la fecha del avalúo o de la sesión del Comité del Patrimonio Inmobiliario
que se encargó de dictaminar su adquisición.
Por la omisión detectada en las CLC’s, el sujeto fiscalizado incumplió el numeral 18, inciso g),
apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006 y su modificación del 20 de octubre de
ese mismo año, vigente en 2008.
El numeral 18 dispone: “Para poder operar su registro presupuestal, las CLC’s deberán
cumplir con los siguientes requisitos […] g) Las CLC’s cuya clave presupuestal corresponda
a la adquisición de bienes inmuebles, deberán contener en el recuadro de Notas Especiales
o Aclaraciones las características: superficie, ubicación, y fecha de adquisición del inmueble,
para efectos de registro contable”.
Esta omisión fue observada también en la auditoría financiera con clave ASC/119/07
practicada por la CMHALDF a la OM por el ejercicio de 2007, al capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles”, de la que se derivó la recomendación núm. ASC-119-07-27-OM,
la cual señala: “Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control a
fin de garantizar que las Cuentas por Liquidar Certificadas relativas a la adquisición de
bienes inmuebles cuenten con todos los datos establecidos en el recuadro de notas
especiales, de conformidad con el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios
para la Administración Pública del Distrito Federal”.
A la fecha de cierre de la auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no se había
desahogado por el sujeto fiscalizado.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM informó lo siguiente:
“Es importante señalar que la compra-venta de inmuebles a favor del Gobierno del Distrito
Federal, se efectúa mediante contratos privados que establecen comúnmente el pago de
anticipos a la firma de los mismos, así como la liquidación del total a la firma de las escrituras,
462 VOLUMEN 5/13
cabe aclarar que al tramitar la CLC para la liquidación del valor total del inmueble, no se
proporciona a la DGA-OM la fecha exacta en la que se formalizará la firma de escrituras
ante el Notario.”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado en su respuesta no modifica el contenido del
presente resultado, en virtud de que el dato omitido en el recuadro de Notas Especiales
o Aclaraciones de las CLC observadas corresponde a la fecha de adquisición estipulada
en el contrato formalizado para la adquisición de los inmuebles.
Recomendación ASC-134-08-07-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control a fin de garantizar
que el recuadro de notas especiales de las Cuentas por Liquidar Certificadas relativas a la
adquisición de bienes inmuebles se llenen de acuerdo con los datos previstos en el Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal.
10. Resultado
Para llevar a cabo la adquisición de 14 inmuebles y la expropiación de uno, los cuales
fueron seleccionados como muestra de auditoría, la OM sometió a consideración y
dictaminación del Comité del Patrimonio Inmobiliario, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 14 y 15, fracción I, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público,
la adquisición en 14 casos y la expropiación en un caso. De los 15 inmuebles, 2 fueron
dictaminados en sesiones extraordinarias realizadas en el ejercicio de 2007 y los restantes
13 fueron dictaminados en una sesión ordinaria y siete extraordinarias en el ejercicio de 2008,
como se muestra a continuación:
463 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Cuentas por Liquidar Certificadas
Sesión del Comité del Patrimonio Inmobiliario Bien inmueble
Número Importes Número Fecha
Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero, México, C.P. 07050
00973 33,014.1 18-E/2007 16/XI/07
Texcales Manzana 34 núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780
02347 702.8 14-E/2007 31/X/07
Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
02493 18,121.0 01-E/2008 29/I/08
Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
02804 38,957.6 07-E/2008 08-E/2008
11/IV/08 17/IV/08
Calle Victoria núm. 12 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
02805 02806 02807
12,267.16,133.66,133.5
08-E/2008 17/IV/08
Total inmueble de Victoria núm. 12 24,534.2
República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, C.P. 06010
02963 8,092.1 07-E/2008 11/IV/08
República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, C.P. 06010
02964 27,380.8 07-E/2008 11/IV/08
Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
03786 03787 03788
26,493.513,246.813,246.8
08-E/2008
17/IV/08
Total inmueble de Victoria núm. 14 52,987.1
Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200
03386 7,221.3 07-E/08 11/IV/08
Allende núm. 35, Col, Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
04223 5,439.4 3Ord/08 21/II/08
Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
04313 52,080.2 09-E/08 30/IV/08
Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600
04321 1,880.1 04-E/08 6/III/08
Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090
04869 2,864.4 03-E/08 21/II/08
Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
05088 6,000.0 32-E/2008 11/XII/08
Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
05089 2,000.0 32-E/2008 11/XII/08
Total de la muestra de auditoría de bienes Inmuebles 281,275.1
El caso del predio ubicado en José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, en la
Delegación Cuauhtémoc, fue sometido a la dictaminación del Comité del Patrimonio
Inmobiliario en la séptima sesión extraordinaria; sin embargo, el caso del inmueble fue
retirado en dicha sesión, por lo que se dictaminó y aprobó su adquisición en la octava
sesión extraordinaria celebrada el 17 de abril de 2008.
Respecto al proceso de dictaminación de los 15 inmuebles que integraron la muestra de
auditoría no se formula observación alguna.
464 VOLUMEN 5/13
11. Resultado
Previo a la formalización de los contratos de compraventa de los 15 inmuebles adquiridos
por la OM en 2008, y en cumplimiento de los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias
y extraordinarias del Comité del Patrimonio Inmobiliario en los que se dictaminó su adquisición,
así como de los numerales 1.12 y 11.12, apartado “Avalúos de Bienes del Distrito Federal”
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno)
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008,
la OM requirió los dictámenes de avalúo emitidos por la Dirección de Avalúos de la DGPI.
Dichos documentos fueron el resultado de los estudios realizados por peritos valuadores
designados por diversos colegios de profesionistas, con quienes la OM celebró contratos
de prestación de servicios profesionales, los cuales fueron aprobados por el Subcomité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM.
El precio máximo de compra de los 14 inmuebles y el valor comercial de un inmueble
determinados en los dictámenes de avalúo fueron los siguientes:
(Miles de pesos)
Dictamen de avalúo Bien inmueble Número
progresivo Número
secuencial Fecha
Precio máximo
de compra*
Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07050
24/08/07-00009 AI(CO)-08367 24/VIII/07 32,305.7
Texcales Manzana 34, núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780
23/08/07-00010 AI(CO)-08299 23/VIII/07 717.2
Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
14/12/07-00001 AI(CO)-08562 14/XII/07 18,121.0**
Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
01/04/08-00001 AI(CO)-08740 1/III/08 36,000.0
Calle Victoria núm. 12, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
09/04/08-00003 AI(CO)-08766 14/IV/08 22,000.0
República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
14/03/08-00002 AI(CO)-08724 21/IV/08 7,575.6
República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010
14/03/08-00001 AI(CO)-08723 21/IV/08 29,693.3
Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
09/04/08-00002 AI(CO)-08765 14/IV/08 47,000.0
Continúa…
465 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Dictamen de avalúo Bien inmueble Número
progresivo Número
secuencial Fecha
Precio máximo
de compra*
Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200
14/03/08-00005 AI(CO)-08727 26/V/08 7,260.0
Allende núm. 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
11/12/07-00002 AI(CO)-08558 27/XII/07 5,000.0
Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
06/05/08-00003 AI(CO)-08791 6/V/08 55,000.0
Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600
28/01/08-00001 AI(CO)-08668 11/III/08 1,880.1
Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090
11/12/07-00001 AI(CO)-08557 27/XII/07 5,240.0
Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
10/12/08-00004 AI(CO)-09272 12/XII/08 24,093.5
Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
05/12/08-00001 AI(CO)-09268 12/XII/08 5,906.5
Total de la muestra de auditoría de bienes inmuebles 297,792.9
*Precio sin IVA. **Valor comercial para expropiación.
De conformidad con los dictámenes de avalúo, el valor de los 15 inmuebles adquiridos por
la OM en 2008 fue de 297,792.9 miles de pesos, mientras que el importe erogado a través
de las 20 CLC emitidas para su pago fue de 261,872.9 miles de pesos (132,524.4 miles
de pesos para terrenos y casa-habitación y 129,348.5 miles de pesos para locales
comerciales sin considerar el IVA), cantidad inferior en 35,920.0 miles de pesos respecto
del precio de adquisición (sin IVA). De acuerdo con lo anterior, se dio cumplimiento al
artículo 40, párrafo segundo, fracción VII, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio
Público, que dispone: “El precio de los inmuebles que se vayan a adquirir, así como el monto
de las indemnizaciones, no podrá ser superior al señalado en el dictamen respectivo”.
Por lo anterior, no se formula observación al respecto.
12. Resultado
De la revisión de la documentación soporte de las CLC que amparan los pagos de la OM
en 2008 por la adquisición de los 15 inmuebles que integraron la muestra de auditoría,
de las justificaciones presentadas en las afectaciones programático-presupuestarias, así
como de los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité del
Patrimonio Inmobiliario en las que se dictaminó su adquisición se desprende que el destino
que se dio a cada uno de los 15 inmuebles fue el siguiente:
466 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Bien inmueble Número de CLC
Importes Destino del inmueble
Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero. C.P. 07050
00973 33,014.1 Asignado a la Delegación Gustavo A. Madero para la creación de un centro comercial.
Texcales Manzana 34, núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780
02347 702.8 Inmueble destinado a la construcción y equipamiento de un centro de monitoreo y prevención de desastres en Iztapalapa.
Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
02493 18,121.0 Convenio de Transacción Judicial.
Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
02804 38,957.6 Inmueble asignado a la Secretaría de Desarrollo Social para ser destinado a un centro social del Instituto de Asistencia e Integración Social.
02805 12,267.1 02806 6,133.6
Calle Victoria núm. 12 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050.
02807 6,133.6
Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Total Inmueble 24,534.3
03786 26,493.5 03787 13,246.8
Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, , México, D.F., C.P. 06050
03788 13,246.8
Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Total Inmueble 52,987.1
República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
02963 8,092.1 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
02964 27,380.8 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Allende núm. 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010.
04223 5,439.4 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060.
04313 52,080.2 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090.
04869 2,864.4 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200.
03386 7,221.3 Inmueble asignado al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF-DF, para la construcción de un establecimiento contiguo al Centro Comunitario DIF-Cuauhtémoc.
Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600
04321 1,880.1 Inmueble asignado a la Secretaría de Seguridad Pública y destinado a la Unidad de Protección ubicado en la Zona Rosa.
Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
05088 6,000.0 Creación del Museo del Tequila en Plaza Garibaldi.
Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
05089 2,000.0
Creación del Museo del Tequila en Plaza Garibaldi.
Total de la muestra de auditoría de bienes inmuebles 281,275.1
467 VOLUMEN 5/13
De la revisión de la documentación soporte que ampara la adquisición de los 15 inmuebles
destaca lo siguiente:
1. El pago realizado por el importe de 18,121.0 miles de pesos por el predio ubicado
en Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, en la Delegación Cuauhtémoc,
deriva de un convenio de transacción judicial celebrado entre la OM y la inmobiliaria
propietaria con RFC XXXXXXXXXXX Dicho convenio contó con los siguientes
antecedentes:
a) Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 y 30 de
diciembre de 1992, se expropiaron en favor del Distrito Federal diversos inmuebles,
entre los que se encuentra el ubicado en dicha dirección.
b) Con motivo de la expropiación, la inmobiliaria dueña del inmueble con RFC
XXXXXXXXXXX promovió juicio de garantías ante el Juzgado Octavo de Distrito
en materia Administrativa del Distrito Federal.
c) El 18 de octubre de 1993, antes de que fuera resuelto el juicio de amparo, se celebró
el convenio de transacción judicial entre la inmobiliaria demandante y el entonces
Departamento del Distrito Federal, por lo que este último se obligó a entregar libre
de todo gravamen tres inmuebles (1. Conformado por el predio de Eje Seis Sur,
Tintorero, Retorno Wateu y San Antonio, Colonia Noche Buena, Delegación Benito
Juárez; 2. Colombia núm. 42, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc; y 3. Eje Seis
Sur, Tintorero, esquina sureste con Giorgione núm. 45, Colonia Nonoalco, Delegación
Benito Juárez).
d) El Comité del Patrimonio Inmobiliario, en su vigésima segunda sesión extraordinaria,
celebrada el 7 de octubre de 1993, autorizó la desincorporación de los tres
predios en favor de la inmobiliaria demandante con el carácter de indemnización
por la expropiación del predio de Venustiano Carranza núm. 154.
e) El Comité del Patrimonio Inmobiliario, en su quinta sesión ordinaria, celebrada
el 9 de marzo de 1995, autorizó la entrega, así como la formalización de la
desincorporación de los inmuebles referidos.
468 VOLUMEN 5/13
f) Con fecha 7 de diciembre de 2000, la inmobiliaria demandante, mediante escrito
formulado por ésta demandó el cumplimiento del Convenio de Transacción Judicial,
quedando radicado el juicio ante el Juzgado Trigésimo de lo Civil de esta ciudad.
g) Con fecha 20 de marzo de 2003, el Juez Trigésimo Octavo de lo Civil dictó sentencia
definitiva, por lo cual condenó al Gobierno del Distrito Federal al otorgamiento y
firma de escritura pública en la que conste el convenio de transacción judicial
celebrado con la inmobiliaria demandante, sentencia que causó ejecutoria mediante
auto de fecha 4 de abril de 2003.
h) Ante la imposibilidad física y jurídica de entregar y escriturar los inmuebles objeto
del convenio de transacción judicial a nombre de la inmobiliaria demandante, y en
virtud de que uno de éstos fue destinado a la reubicación del comercio ambulante
y los otros dos fueron afectados por las obras del segundo piso, se convino
cumplir de manera sustituta la sentencia, liquidando el valor del inmueble expropiado
en su momento (Venustiano Carranza núm. 154, colonia Centro, Delegación
Cuauhtémoc) de conformidad con avalúo practicado. Dicho avalúo, con número
secuencial AI(OS)-8562 y número progresivo 14/12/2007-001, estableció un valor
comercial de la expropiación de 18,121.0 miles de pesos.
i) El Comité del Patrimonio Inmobiliario dictaminó, en su primera sesión extraordinaria
de 2008, celebrada el 29 de enero de ese año, la procedencia de modificar los
acuerdos emitidos por ese órgano colegiado durante su vigésima segunda sesión
extraordinaria de 1993 y la quinta sesión ordinaria de 1995. Asimismo, autorizó
que se iniciaran los trámites para dar cumplimiento sustituto a la sentencia
pronunciada en los autos del juicio ordinario civil promovido por la demandante,
mediante el pago de los 18,121.0 miles de pesos con base en el avalúo practicado
por la DGPI.
j) Mediante la CLC núm. 12 C0 01 02493, emitida el 24 de julio de 2008, la OM
liquidó al propietario con RFC XXXXXXXXXXX el importe de 18,121.0 miles de
pesos, correspondiente al valor comercial de expropiación de dicho inmueble,
dando cumplimiento al pago sustituto pactado con la inmobiliaria demandante.
469 VOLUMEN 5/13
2. En el caso de siete inmuebles, ubicados en: calle Victoria núms. 12 y 14, República
de Paraguay núms. 15, 17 y 19, calle de Allende núm. 35, Correo Mayor núm. 36 y
Mesones núm. 113, todos en la Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, se tuvo
conocimiento que de conformidad con la justificación presentada para su adquisición,
fueron destinados al establecimiento de espacios comerciales para la regulación y
reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Con objeto de verificar que el gasto efectuado por la OM en 2008, se haya devengado
y constatar la existencia de los inmuebles señalados, se realizó la inspección física de
los siete inmuebles, de lo que se constató que estos inmuebles se encuentran
ocupados por diversas organizaciones del comercio ambulante. Al respecto, la DGPI,
mediante el oficio núm. DGPI/205/2010 del 21 de enero de 2010, proporcionó copia de
los permisos administrativos temporales y revocables correspondientes a los inmuebles
ubicados en Allende núm. 35 y Mesones núm. 113, ambos en la Colonia Centro,
Delegación Cuauhtémoc, otorgados en favor de la asociación de comerciantes
ambulantes Comercio Alternativo para Una Vida Digna, A.C.
3. En el caso de los predios ubicados en Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, y Callejón
de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, de conformidad con
la justificación presentada al Comité del Patrimonio Inmobiliario y de la documentación
que ampara la adquisición de los dos inmuebles consideraron lo siguiente:
a) Con fecha 17 de junio de 2008, se celebró el Convenio de Coordinación en
materia de Reasignación de Recursos entre el Ejecutivo Federal, representado
por la Secretaría de Turismo Federal, y el Gobierno del Distrito Federal. En dicho
convenio se estableció dentro del objeto del contrato lo siguiente: “El presente
convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tiene por objeto
transferir recursos presupuestarios federales al Gobierno del Distrito Federal para
coordinar su participación con el ejecutivo Federal en materia de programas
regionales y proyectos de desarrollo turístico…”.
Asimismo, se indicó que los programas y proyectos en los que se coordinarían
las acciones serían: Corredor Turístico y Cultural Bellas Artes-Garibaldi-Lagunilla
470 VOLUMEN 5/13
(Plaza Garibaldi) y la 2a. Etapa del Programa de Imagen urbana de la Zona Rosa.
Se destinaron 31,000.0 miles de pesos y 28,000.0 miles de pesos, respectivamente,
y 1,000.0 miles de pesos a otros programas regionales para un total de 60,000.0 miles
de pesos.
b) El 17 de septiembre de 2008, fue celebrado el Convenio Modificatorio al Convenio
de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos, entre el Ejecutivo
Federal, representado por la Secretaría de Turismo Federal, y el Gobierno del
Distrito Federal, a través del cual se modificó tanto el monto de los recursos como
el número de los programas y proyectos, al pasar de 60,000.0 miles de pesos
a 63,000.0 miles de pesos. Derivado de lo anterior, la distribución de los montos por
programas quedó de la siguiente manera: Corredor Turístico y Cultural Bellas Artes-
Garibaldi-Lagunilla (Plaza Garibaldi) con un importe de 36,000.0 miles de pesos,
la 2a. Etapa del Programa de Imagen urbana de la Zona Rosa con 10,000.0 miles
de pesos, adicionando los programas “Museo del Tequila” con 13,000.0 miles de
pesos y “Proyecto Eco-turístico en la Delegación Tláhuac” con 3,000.0 miles
de pesos y 1,000.0 miles de pesos para otros programas regionales.
c) En la trigésima segunda sesión extraordinaria del Comité del Patrimonio Inmobiliario,
celebrada el 11 de diciembre de 2008, se dictaminó procedente adquirir Ad
Corpus (sólo la superficie) dichos inmuebles, los cuales serían destinados para el
proyecto denominado “Museo del Tequila”, cuyo pago sería en las mejores
condiciones para el Distrito Federal y se realizaría con cargo al presupuesto de
las autoridades federal y local; el dictamen de avalúo consideró el precio máximo
de compra de 5,906.5 miles de pesos, para el predio de Callejón de San Camilito
núm. 13 y de 24,093.5 miles de pesos para el predio de Callejón de la Amargura
núms. 8 y 10, ambos en la Colonia Centro.
d) Mediante la afectación programático-presupuestaria núm. B 05 C0 01 090 del
12 de diciembre de 2008, por 13,000.0 miles de pesos, la SF dotó de recursos a
la OM con cargo a la partida presupuestal 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones
e Indemnizaciones de Inmuebles” para la adquisición de los dos inmuebles
referidos.
471 VOLUMEN 5/13
e) Con las CLC núms. 12 C0 01 05088 y 12 C0 01 05089, por importes de 6,000.0 miles
de pesos y 2,000.0 miles de pesos, respectivamente, expedidas por la OM con
fecha 26 de diciembre de 2008 (la primera corresponde al predio de Callejón de la
Amargura núms. 8 y 10 y la segunda al predio de Callejón de San Camilito núm. 13),
se liquidó el primer pago de los dos pactados en el contrato de compraventa
respectivo, correspondiente a los dos inmuebles.
Con el fin de constatar que el gasto efectuado por la OM para la adquisición de los dos
inmuebles se hubiese devengado, se realizó visita de inspección a los dos inmuebles, y se
constató que éstos se encuentran ubicados en la zona de Plaza Garibaldi; sin embargo,
no se detectaron indicios de remodelación o reconstrucción en su estructura, en las que
se advierta la creación del Museo del Tequila, objeto para el cual fueron adquiridos.
De la revisión efectuada del proceso de adquisición de los dos inmuebles y del pago
efectuado por la OM no se determinó observación alguna.
13. Resultado
Concluidos los procesos de adquisición de los 15 inmuebles revisados, la OM realizó en 2008
la entrega-recepción de los inmuebles y la inscripción de la escritura notariada de éstos
en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Con el análisis de la información
proporcionada al respecto por la OM, se determinó lo siguiente:
1. La entrega de los inmuebles por los propietarios anteriores, se formalizó en ocho casos
mediante la elaboración de actas de entrega-recepción suscritas entre el personal
de la OM y el representante legal de los propietarios y con la escritura notariada en
siete casos.
Por lo anterior, la CMHALDF requirió las actas de entrega-recepción de los inmuebles
de la muestra. En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/1730/2009 del 9 de
noviembre de 2009, la OM proporcionó las relativas a 11 inmuebles como, se señala
a continuación:
472 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos y metros cuadrados)
Acta de entrega-recepción Bien inmueble Importes
Superficie Construcción Fecha
Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Col. Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero. C.P. 07050
33,014.1 *
Texcales Manzana 34 núm. 19, Col. Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780
702.8 127.294 9/07/08
Venustiano Carranza núm. 154, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
18,121.0 *
Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
38,957.6 997.347 1,098.6 15/VIII/08
Calle Victoria núm. 12, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
24,534.3 308.589 11/IV/08
República de Paraguay núm. 19, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010
8,092.1 439.723 19/IX/08
República de Paraguay núms. 15 y 17, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010
27,380.8 2,331.085 12/IX/08
Calle Victoria núm. 14 Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050
52,987.1 *
Jesús Carranza núm. 15, Col. Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06200
7,221.3 02/X/08
Allende núm. 35, Col, Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
5,439.4 28/XI/08
Correo Mayor núm. 36, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
52,080.2 703.342 25/XI/08
Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600
1,880.1 119.573 30/III/09
Mesones núm. 113 colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090
2,864.4 145.50 11/XII/07
Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
6,000.0 *
Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
2,000.0 *
Total de la muestra de bienes inmuebles 281,275.1
*No se elaboró acta de entrega-recepción, ya que el inmueble se entregó a la firma de la escritura notariada.
En el caso de cuatro inmuebles ubicados en el Centro Histórico, el sujeto fiscalizado,
en respuesta al punto 37 del oficio de solicitud inicial núm. ASC/09/08/1612 del 19 de
octubre de 2009, mediante el oficio núm. OM/DGA/1730/09 del 9 de noviembre de 2009,
manifestó: “De los inmuebles adquiridos por la Oficialía Mayor que no cuentan con el
acta de Entrega-Recepción del inmueble, se cuenta con el documento jurídico que
otorga el pleno derecho de dominio sobre los inmuebles. No se cuenta con el acta
administrativa de entrega-recepción por el propietario anterior a la DGPI, en virtud de que
en el instrumento notarial correspondiente a cada inmueble se estableció que en ese
acto se entregaba el inmueble”.
2. De conformidad con el artículo 66 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio
Público, relativo a la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio
473 VOLUMEN 5/13
de aquellas operaciones de compraventa formalizadas por la dependencia, la CMHALDF
solicitó el documento que avalara la inscripción de los 15 inmuebles adquiridos por
la OM en 2008. En respuesta al cuestionario de control interno aplicado a la DGPI y a
la solicitud de información, mediante los oficios núms. DGPI/3367/2009 del 8 de
diciembre de 2009 y DGPI/352/2010 del 5 de febrero de 2010, el sujeto fiscalizado
proporcionó el “Reporte del Inventario Inmobiliario al 31 de diciembre de 2008 (Altas)”,
y el Folio Real del Registro Público de la Propiedad y del Comercio correspondiente a
los inmuebles de Calle de Allende núm. 35, Mesones núm. 113 y Venustiano Carranza
núm. 154, ubicados en la Colonia Centro, con los folios 115312, 9486562 y 9154285,
respectivamente. Por lo que se refiere a los restantes 12 inmuebles, la DGPI informó
en el segundo oficio que dicho registro se encuentra en trámite de inscripción en
diversas notarías públicas del Distrito Federal.
3. Con el propósito de verificar la incorporación de los 15 inmuebles adquiridos por la OM
en 2008 al Registro, Catálogo e Inventario Inmobiliario del Gobierno del Distrito Federal,
establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio
Público, la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado el citado registro. Dicha inscripción
se proporcionó en respuesta al cuestionario de control interno aplicado a la DGPI,
la cual remitió el listado con la clave de la memoria documental que se asignó a cada
uno de los 15 inmuebles, como se muestra en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Bien inmueble Importes Clave de memoria documental
Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero. C.P. 07050
33,014.1 2008-CA-02INC-13
Texcales Manzana 34, núm. 19, Col. Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780
702.8 2008-CA-01-INC-11
Venustiano Carranza núm. 154, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
18,121.0 2008-CA-03-INC-08
Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
38,957.6 2008-CA-03-INC-05
Calle Victoria núm. 12, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06050, México D.F.
24,534.3 2008-CA-02-INC-09
República de Paraguay núm. 19, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010
8,092.1 2008-CA-03-INC-04
República de Paraguay núms. 15 y 17, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010
27,380.8 2008-CA-03-INC-03
Continúa…
474 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Bien inmueble Importes Clave de memoria documental
Calle Victoria núm. 14, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06050, México D.F.
52,987.1 2008-CA-02-INC-10
Jesús Carranza núm. 15, Col. Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200
7,221.3 2008-CA-02-INC-15
Allende núm. 35, Col, Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
5,439.4 2008-CA-02-INC-08
Correo Mayor núm. 36, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060
52,080.2 2008-CA-02-INC-07
Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600
1,880.1 2009-CA-01-INC-03
Mesones núm. 113, Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06090
2,864.4 2008-CA-02-INC-03
Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
6,000.0 2008-CA-02-INC-01
Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010
2,000.0 2008-CA-02-INC-02
Total de la muestra de bienes inmuebles 281,275.1
De la revisión a las actas de entrega-recepción, la inscripción en el registro Público de la
Propiedad y el Comercio y del Registro en el Catálogo e Inventario Inmobiliario del Distrito
Federal de los 15 inmuebles seleccionados, no se formula observación alguna.
14. Resultado
El artículo 60 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, establece:
“Las Dependencias y Entidades, deberán presentar a la Oficialía, un Programa Anual
calendarizado, que contenga sus necesidades inmobiliarias a fin de contar con la
información que apoye las políticas y decisiones que se adopten en la materia”. Con base
en dicho artículo, a la OM le corresponde cuantificar y calificar los requerimientos de
inmuebles de las dependencias y entidades a fin de contar con información que apoye las
políticas y decisiones sobre materia de inmuebles. Al respecto, se solicitaron al sujeto
fiscalizado los Programas Anuales Calendarizados de necesidades inmobiliarias que en el
ejercicio de 2008 le debieron presentar las dependencias y entidades. En respuesta, mediante
el oficio núm. DGP/352/2010 del 5 de febrero de 2010, la DGPI proporcionó nota informativa
en la que indica: “Al respecto me permito informar: Una vez realizada una búsqueda
exhaustiva en los archivos a mi cargo, no se encontraron dichos programas, por lo que no
es posible remitirle lo solicitado, en virtud de que para el ejercicio de 2008 no se hizo
exigible a las dependencias y entidades el cumplimiento a las necesidades inmobiliarias
en términos del artículo 60 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público”.
475 VOLUMEN 5/13
Por carecer de mecanismos de control interno que le permitieran a la OM requerir los
Programas Anuales de Necesidades Inmobiliarias a fin de contar con información que
apoye las políticas y decisiones sobre materia de inmuebles, el sujeto fiscalizado no
observó el artículo 16, fracción I, del IV. Cuarto Lineamiento: “Información y Comunicación”
de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007,
vigentes en 2008, que señala:
“I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal,
y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán
establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen, sea adecuada
para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas, así como para
cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en materia de información
están sujetas, en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables.”
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM proporcionó la siguiente
documentación:
Treinta y cinco oficios remitidos por la DGPI a igual número de entes públicos del
Gobierno del Distrito Federal, requiriendo la información que permita establecer las
normas y directrices para integrar el Programa Anual Calendarizado de Necesidades
Inmobiliarias para el ejercicio de 2010.
La documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado no modifica el presente resultado.
Recomendación ASC-134-08-08-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control que le permitan
requerir los Programas Anuales de Necesidades Inmobiliarias a las dependencias y
entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a fin de contar con información
que apoye las políticas y decisiones sobre materia de inmuebles, de conformidad con la
Ley del Régimen Patrimonial y el Servicio Público y en cumplimiento de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
476 VOLUMEN 5/13
15. Resultado
En la revisión del pasivo circulante relativo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
del ejercicio de 2008, que la OM reportó a la SF, se observó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. DGA/0043/2008 del 15 de enero de 2008, la DGA en la OM
reportó un pasivo circulante relativo a dicho capítulo por un monto de 41,213.8 miles
de pesos, de los cuales 3,825.5 miles de pesos, correspondieron a la partida 5206
“Bienes Informáticos”; 318.2 miles de pesos, a la partida 5304 “Vehículos y Equipo
destinados a Servicios Administrativos”; 36,416.6 miles de pesos, a la partida 5703
“Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”; y 671.4 miles de
pesos, a otras tres partidas del capítulo no sujetas a revisión.
2. De la verificación del reporte del pasivo circulante y de las CLC con las cuales se
liquidó el pasivo correspondiente a la partida 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones
e Indemnizaciones de Inmuebles” por el monto de 36,416.6 miles de pesos, se
observó que incluye la cantidad de 2,442.4 miles de pesos como pendiente de pago a
la empresa con RFC XXXXXXXXXXX, cuyo adeudo deriva de la adquisición por parte
de la OM del inmueble de Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro.
3. De conformidad con el reporte del pasivo circulante, el compromiso de pago con el
propietario del inmueble de Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro,
ascendía a 41,400.0 miles de pesos, de los cuales la OM pagó en 2008 un importe de
38,957.6 miles de pesos, quedando pendiente de liquidar el saldo de los 2,442.4 miles
de pesos; sin embargo, el contrato de compraventa de ese inmueble estableció un valor
de adquisición del inmueble por la cantidad de 36,000.0 miles de pesos más un IVA de
2,957.6 miles de pesos, sumando un total por pagar de 38,957.6 miles de pesos,
los cuales fueron liquidados por la OM mediante la CLC núm. 12 C0 01 02804 del
5 de agosto de 2008, por lo que no se encontró CLC que avalara el adeudo pendiente
de los 2,442.4 miles de pesos registrado en el reporte del pasivo circulante.
4. Mediante el oficio núm. ASC/134/08/010/OM-07 del 2 de febrero de 2010, la CMHALDF
solicitó nota informativa que aclarara la razón por la cual se reportó el pasivo circulante
por un importe mayor (2,442.4 miles de pesos) en la partida 5703 “Adjudicaciones,
Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” y en específico el relativo al inmueble
477 VOLUMEN 5/13
de José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro. En respuesta, con el oficio
núm. OM/DGA/222/2010 del 4 de febrero de 2010, la DGA informó: “El valor comercial total
de dicho inmueble fue de $38,957,551.00 pesos incluido el IVA por $2,957,551.00 pesos,
el cual fue cubierto a través de la Cuenta por Liquidar Certificada núm. 12 C0 01 02804,
de fecha 5 de agosto de 20008. El reporte de pasivo circulante comunicado a la
Secretaría de Finanzas, por un error involuntario contempló el importe total del avalúo
del inmueble, considerando el rubro de terrenos, el cual de acuerdo al artículo 9o. de
la Ley del Impuesto al Valor Agregado, fracción I y II, suelo y cuando sólo parte de las
construcciones se utilicen o destinen a casa habitación, no se pagará el impuesto
por dicho rubro, razón por la cual no fueron erogados los $2,442,449.00 pesos, que
resultan de la diferencia entre el pasivo circulante y el valor pagado del inmueble”.
Al respecto, se desprende que a la fecha de elaboración y presentación ante la SF del
Reporte del Pasivo Circulante (15 de enero de 2009), ya se había efectuado el pago de
dicho inmueble (5 de agosto de 2008), por lo que dicho reporte no reflejó los importes
pendientes de pago correspondientes a esa partida.
Lo anterior evidencia que la OM no contó con mecanismos de control interno para verificar
que las cifras presentadas en el Reporte del Pasivo Circulante correspondieran a los
compromisos reales pendientes de pago.
Por lo expuesto, la OM no observó el artículo 16, tercer lineamiento, “Actividades de Control”,
inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública
del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007,
que dispone: “e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones
y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del
Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno
posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente
para que puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,
facilitando a los titulares la toma de decisiones”.
En la auditoría financiera con clave ASC/119/07, practicada por esta entidad de fiscalización
a la OM por el ejercicio de 2008 al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se observó
de igual forma un pasivo circulante de 2007 reportado con un importe mayor que el
efectivamente pagado, por lo que se emitió la recomendación núm. ASC-119-07-31-OM,
478 VOLUMEN 5/13
que indica: “Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con
el fin de verificar que el pasivo circulante se encuentre soportado con las Cuentas por
Liquidar Certificadas que amparen dicho pasivo, conforme a la normatividad aplicable”.
A la fecha de cierre de la auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no se había
desahogado por el sujeto fiscalizado.
En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio
núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM informó:
“Es necesario establecer mecanismos de coordinación más eficaces entre las Direcciones
Generales de Administración y de Patrimonio Inmobiliario, a efecto de que el Pasivo
Circulante refleje las necesidades reales de pagos, de acuerdo a los plazos y condiciones
de pagos establecidos.”
Lo manifestado por el sujeto fiscalizado confirma la observación del presente resultado.
Recomendación ASC-134-08-09-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con el fin de
verificar que las cifras presentadas en el Reporte del Pasivo Circulante correspondan
a los compromisos reales pendientes de pago, conforme a la normatividad aplicable.
16. Resultado
Con el propósito de verificar el registro contable de las operaciones relativas al capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” efectuadas por la OM en 2008, en específico en la partida
de inmuebles, 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”,
se requirieron al sujeto fiscalizado dichos registros.
En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/1730/2009 del 9 de noviembre de 2009, la
DGA de la OM, proporcionó los oficios núms. DGCNP/3910/2009 y DGCNP/3910/2009
del 19 de noviembre de 2009 y 9 de febrero de 2010, remitidos por la SF. Con dichos
oficios, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF informó
que los registros contables relativos a los bienes inmuebles adquiridos o expropiados
en 2008 con cargo al presupuesto de la OM por el monto de 326,126.0 miles de pesos
479 VOLUMEN 5/13
corresponden a lo registrado por esta dependencia [SF] en la cuenta contable 12 502
“Inmuebles” por un monto de 326,126,005.04 pesos.
Asimismo, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF
remitió a esta entidad de fiscalización el oficio núm. DGCNCP/0396/2010 del 17 de marzo
de 2010, en el cual se detallan los registros relativos al capítulo 5000 “Bienes Muebles
e Inmuebles”, como a continuación se muestra:
(Pesos)
Movimientos Cuenta Cargos Abonos
12201 “Mobiliario y Equipo de Administración” 2,354,384.34 12202 “Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos” 3,318,846.00 12203 “Maquinaria, Herramientas y Aparatos” 21,717,211.32 12502 “Inmuebles” 326,126,005.04 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 353,417,755.70 21204 “Descuentos y Percepciones a Favor de Terceros” 98,691.00
Total registros contables 353,516,446.70 353,516,446.70 61206 “Presupuesto Ejercido” 353,516,446.70 61201 “Presupuesto por Ejercer” 353,516,446.70
Total registros presupuestales 353,516,446.70 353,516,446.70
Al respecto, se constató que los registros presupuestales de la OM y los contables de la SF
al 31 de diciembre de 2008 no presentaron diferencias, y que los registros presupuestales
corresponden a los establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto y los contables
a las cuentas señaladas en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal,
Sector Central.
Asimismo, se comprobó que el importe de 326,126.0 miles de pesos registrado
presupuestalmente por la OM en 2008 forma parte de la cuenta contable “Inmuebles”,
apartado VIII.1.2, “Estado de Situación Financiera Comparativo (2007-2008)”, de los Estados
Financieros del Sector Central de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del
ejercicio de 2008. Dicho estado presentó un incremento en ese rubro por 6,832,783.9 miles
de pesos, que incluyó el monto de 326,126.0 miles de pesos relativo a los inmuebles
adquiridos por la OM en 2008.
De los registros presupuestales y contables no se determinó observación alguna.
481 VOLUMEN 5/13
I.18. CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
I.18.1. ANTECEDENTES
La Consejería Jurídica y de Servicios Legales fue creada en diciembre de 1999 con el
propósito de redimensionar la instrumentación efectiva del derecho, en el desarrollo de las
funciones públicas, para constituir a la justicia como fin y conformar el ejercicio del poder
por medio de la ley y su legitimidad constitucional.
La dependencia se vio en la necesidad de contar con un área que se encargara
únicamente de las actividades administrativas. Por tal motivo, mediante el oficio
núm. OM/2859/2000 de fecha 29 de diciembre de 2000, la Oficialía Mayor comunicó a la
dependencia el dictamen núm. 134/2000, con el cual fue creada la Dirección Administrativa,
como responsable de suministrar los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos
que requiriera. Posteriormente, con el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07 del 23 de marzo
de 2007, se informó al Oficial Mayor sobre el cambio de nomenclatura de la Dirección de
Administración a Dirección Ejecutiva de Administración.
Atribuciones
El artículo 35 de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, que entró en vigor el
1o. de enero de 1999 y fue reformada el 20 de mayo de 1999; el 31 de enero de 2002;
el 4 de agosto de 2004; el 15 de junio de 2005; el 19 de mayo y 11 de agosto de 2006;
el 6 de febrero, 30 de abril y 14 de noviembre de 2007; el 24 de enero, 2 de octubre,
21 de octubre, 10 de noviembre, 5 de diciembre y 10 de diciembre de 2008, estableció las
atribuciones de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales:
“Artículo 35. A la Consejería Jurídica y de Servicios Legales corresponde el despacho de
las materias relativas a las funciones de orientación, asistencia, publicación oficial,
y coordinación de asuntos jurídicos; revisión y elaboración de los proyectos de iniciativas
de leyes y decretos que presente el Jefe de Gobierno a la Asamblea Legislativa; revisión y
elaboración de los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y demás instrumentos
482 VOLUMEN 5/13
jurídicos y administrativos que se sometan a consideración del Jefe de Gobierno de los
servicios relacionados con el Registro Civil, Registro Público de la Propiedad y de Comercio
y del Archivo General de Notarías.
”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
”I. Coordinar la función jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal,
con excepción de la materia fiscal;
”II. Asesorar jurídicamente al Jefe de Gobierno en los asuntos que éste le encomiende;
”III. Elaborar y revisar en su caso los proyectos de iniciativas de leyes y decretos
que el Jefe de Gobierno presente a la Asamblea Legislativa, con excepción de
aquellas que se refieran a la materia fiscal;
”IV. Formular y revisar en su caso los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos
y demás instrumentos jurídicos de naturaleza similar, con la finalidad de someterlos
a consideración y, en su caso, firma del Jefe de Gobierno;
”V. Elaborar y revisar en su caso los proyectos de reglamentos sobre leyes expedidas
por el Congreso de la Unión relativas al Distrito Federal a efecto de que el Jefe de
Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, los someta a la consideración
del Presidente de la República;
”VI. Elaborar el proyecto de agenda legislativa del Jefe de Gobierno, atendiendo
a las propuestas de las dependencias, órganos desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal y someterlo a la consideración del mismo;
”VII. Definir, unificar, sistematizar y difundir los criterios para la interpretación de las
disposiciones jurídicas que normen el funcionamiento de la Administración Pública
del Distrito Federal; así como unificar los criterios que deben seguir las
dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal;
483 VOLUMEN 5/13
”VIII. Asesorar jurídicamente a las dependencias, órganos desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal, cuando éstos así lo soliciten;
”IX. Vigilar, en el ámbito jurídico-procesal, el cumplimiento de los preceptos constitucionales
por parte de las autoridades del Distrito Federal, especialmente por lo que
se refiere a las garantías individuales y derechos humanos, así como dictar las
disposiciones administrativas necesarias para tal efecto;
”X. Tramitar, substanciar y dejar en estado de resolución los recursos administrativos
interpuestos en contra de actos y resoluciones del Jefe de Gobierno y de los
titulares de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal;
así como substanciar en su caso los procedimientos contenciosos;
”XI. Intervenir en los juicios de amparo, cuando el Jefe de Gobierno tenga el carácter
de autoridad responsable, exista solicitud de la autoridad responsable o medie
instrucción del Jefe de Gobierno; así como supervisar todas las etapas de su
proceso y la elaboración de los informes previos y con justificación cuando
la importancia del asunto así lo amerite;
”XII. Participar, junto con las demás dependencias competentes, en la actualización
y simplificación del marco normativo jurídico;
”XIII. Dirigir, organizar, supervisar y controlar la defensoría de oficio del fuero común
en el Distrito Federal, de conformidad con la Ley de la materia, así como prestar
los servicios de defensoría de oficio, de orientación y asistencia jurídica;
"XIV. Publicar, difundir y distribuir la Gaceta Oficial del Distrito Federal;
”XV. Certificar, en la esfera de sus atribuciones, los documentos expedidos por el Jefe
de Gobierno y aquellos expedidos por los servidores públicos adscritos a la propia
Consejería Jurídica y de Servicios Legales en el desempeño de sus funciones;
”XVI. Expedir copias certificadas, excepto en materia fiscal, de los documentos que
obren en los archivos de las dependencias de la Administración Pública del Distrito
484 VOLUMEN 5/13
Federal, previa autorización y envío de los mismos por el titular de la dependencia
de que se trate, sin perjuicio de la facultad que tiene el titular de cada dependencia
de certificar los documentos que obren en sus archivos y los expedidos por los
servidores públicos que les estén subordinados en el ejercicio de sus atribuciones;
”XVII. Tramitar e integrar debidamente los expedientes de expropiación, de ocupación
temporal o de limitación de dominio, para los efectos que establece el artículo 20 bis
de la Ley de Expropiación; así como conocer y resolver el recurso administrativo
de revocación respectivo;
”XVIII. Prestar los servicios relacionados con las funciones encomendadas por las
disposiciones jurídicas al Registro Civil;
”XIX. Prestar los servicios relacionados con las funciones encomendadas por las
disposiciones jurídicas al Registro Público de la Propiedad y de Comercio;
”XX. Dirigir, organizar y supervisar el Archivo General de Notarías; elaborar los
lineamientos y criterios técnico-jurídicos a los que se sujetará el mismo, en general,
prestar los servicios relacionados con éste, así como crear, administrar y resguardar
la base de datos que contenga los avisos de testamento otorgados en el Distrito
Federal o ante cónsul, proporcionado dicha información al Registro Nacional
de avisos de Testamento y remitir a los jueces y notarios los resultados de las
búsquedas que a su vez expida el Registro Nacional de Avisos de Testamento;
”XXI. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia
de jurados, panteones, consejos de tutelas, registro público de la propiedad y de
comercio, registro civil, archivo general de notarías, legalizaciones, exhortos y bienes
mostrencos, así como intervenir en materia de cultos conforme a las leyes de la
materia;
”XXII. Proponer al Jefe de Gobierno el nombramiento y remoción de los jueces y secretarios
de los Juzgados Cívicos, así como el número de estos juzgados en el Distrito Federal,
y su ámbito de jurisdicción territorial, conforme a los lineamientos que emita
el Consejo de Justicia Cívica;
485 VOLUMEN 5/13
”XXIII. De conformidad las disposiciones aplicables de la Ley de Justicia Cívica para
el Distrito Federal, elaborar los lineamientos y criterios técnico-jurídicos a los que
se sujetarán los Juzgados Cívicos, supervisando y vigilando el funcionamiento de
los mismos;
”XXIV. Previa opinión de la Secretaría de Gobierno en cuanto a la posible concertación,
coadyuvar en la elaboración y sancionar los convenios, contratos y demás
instrumentos jurídicos y administrativos relativos a la coordinación con la
Administración Pública Federal y con los Gobiernos Estatales;
”XXV. Emitir, en coordinación con la Oficialía Mayor, los lineamientos generales para la
suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos que en el ámbito
de sus respectivas competencias acuerden las dependencias, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal;
”XXVI. Someter a la consideración del Jefe de Gobierno el otorgamiento de Patentes de
Notario y Aspirante, así como establecer los lineamientos y criterios técnico-
jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones
jurídicas en materia notarial y recibir, tramitar, substanciar y resolver las quejas en
contra de notarios;
”XXVII. Tramitar los indultos que se vayan a conceder a los reos sentenciados por delitos
de competencia de los tribunales del fuero común en el Distrito Federal;
”XXVIII. Presidir la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno del Distrito Federal,
integrada por los responsables de asuntos jurídicos de las dependencias, órganos
desconcentrados y entidades paraestatales de la Administración Pública del
Distrito Federal, que tendrá por objeto la coordinación en materia Jurídica, y
”XXIX. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”
486 VOLUMEN 5/13
Situación Presupuestal
A continuación se presentan los egresos de la dependencia correspondientes
a los ejercicios de 2008 y 2007:
EGRESOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto 2008 2007 Variación Importe
(1)
% Importe
(2)
% Importe (1) - (2)
(3)
% (3) / (2)
(4) Presupuesto original
Gasto total 527,430.9 100.0 503,718.7 100.0 23,712.2 4.7 Corriente 511,005.1 96.9 493,718.7 98.0 17,286.4 3.5 De capital 16,425.8 3.1 10,000.0 2.0 6,425.8 64.3
Presupuesto ejercido Gasto total 720,652.5 100.0 545,039.2 100.0 175,613.3 32.2
Corriente 670,815.7 93.1 520,540.9 95.5 150,274.8 28.9 De capital 49,836.8 6.9 24,498.3 4.5 25,338.5 103.4
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 822-833; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1092-1148.
GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, 2008 Y 2007
(Miles de pesos y por cientos)
Importe Variación Concepto
Programado
(1)
Ejercido
(2)
Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4) 2008
Gasto total 527,430.9 720,652.5 193,221.60 36.6 Corriente 511,005.1 670,815.7 159,810.60 31.3 De capital 16,425.8 49,836.8 33,411.00 203.4
2007 Gasto total 503,718.7 545,039.2 41,320.50 8.2
Corriente 493,718.7 520,540.9 26,822.20 5.4
De capital 10,000.0 24,498.3 14,498.30 145.0
FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 822-833 y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1092-1148.
487 VOLUMEN 5/13
En 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales tuvo una asignación para gasto
programable de 527,430.9 miles de pesos, que representó el 0.5% del importe total
programado del Sector Central del Gobierno del Distrito Federal (101,749,805.3 miles de
pesos), y erogó 720,652.5 miles de pesos, que representaron el 0.6% del monto ejercido
por ese sector (144,046,586.7 miles de pesos).
Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:
GASTO POR CAPÍTULOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, 2008
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Presupuestado Ejercido Variación Importe
(1)
% Importe
(2)
% Importe (2) - (1)
(3)
% (3) / (1)
(4) Gasto total 527,430.9 100.0 720,652.5 100.0 193,221.6 36.6
Corriente 511,005.1 96.9 670,815.7 93.1 159,810.6 31.3 “Servicios Personales” 365,841.3 69.4 424,429.2 58.9 58,587.9 16.0 “Materiales y Suministros” 13,103.9 2.5 16,136.2 2.2 3,032.3 23.1 “Servicios Generales” 131,160.0 24.9 229,637.5 31.9 98,477.6 75.1 “Transferencias” 900.0 0.2 612.8 0.1 (287.2) (31.9)
De capital 16,425.8 3.1 49,836.8 6.9 33,411.0 203.4 “Bienes Muebles e Inmuebles” 16,425.8 3.1 49,836.8 6.9 33,411.0 203.4
FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 822-833.
Principales Programas
Los programas en que participó la Consejería Jurídica y de Servicios Legales durante
2008 fueron los siguientes:
1. Programa no prioritario 3 “Administración Pública”, actividades institucionales 03 “Operar
el Programa Integral del Registro Civil", para elevar los niveles de calidad de la atención
que se brinda a la población, a través de la implementación de medidas y estrategias
encaminadas a consolidar la modernización administrativa y la descentralización de
los servicios para así permitir la adecuada optimización de los recursos, mejorar
el cumplimiento de los procesos de trabajo y con ello incrementar el número de
488 VOLUMEN 5/13
ciudadanos y trámites atendidos. 04 “Proporcionar servicios legales” reduciendo el
tiempo en la atención y en la resolución de los casos, se especializó a las áreas
operativas para convertirlas en áreas de análisis jurídico, los beneficios del call center
superan los métodos de asistencia, se dignificó la atención primaria de los usuarios;
se asigna y da seguimiento en línea a los asuntos a cargo de cada defensor de oficio,
se brinda asesoría con la mayor privacidad y de manera personalizada, se evita el
hacinamiento en las áreas de trabajo, y se simplifican los procesos. 06 “Elaborar
decretos de expropiación y desincorporación”, expropiación de terrenos para
destinarlos a las acciones de mejoramiento urbano, edificación de viviendas de interés
social y popular y, regulación en beneficio de sus actuales ocupantes y, conforme a la
disponibilidad de viviendas para otros solicitantes del mismo derecho, así como obras
destinadas a prestar servicios de beneficio colectivo, como la construcción de un
centro de abasto y una casa de la tercera edad, 14 “Atender asuntos y procedimientos
jurídicos”, dictaminando la procedencia o improcedencia del servicio registral
solicitando por los usuarios, con base en la calificación legal realizada por los
dictaminadores y 26 “Operar el programa estatal de modernización del Registro
Público de la Propiedad”, cuyo objetivo es modernizar el Registro Público de la
Propiedad del Distrito Federal garantizando el desarrollo de la función que tiene
asignada, así como ofrecer seguridad jurídica mediante la inscripción y publicidad
de los actos que requieren satisfacer tal requisito para surtir efecto frente a terceros.
2. Programa no prioritario 5 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo”,
actividad institucional 09 “Coordinar Políticas Sectoriales”.
3. Programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, actividad institucional 05 “Agilizar
la gestión gubernamental para las mujeres”.
Tipos de Revisión
En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Consejería Jurídica
y de Servicios Legales, en los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles
e Inmuebles”.
489 VOLUMEN 5/13
I.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA
I.18.2.1. CAPÍTULOS 3000 “SERVICIOS GENERALES” Y 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”
Auditoría ASC/135/08
ANTECEDENTES
De acuerdo con la información de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal,
correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales
(CJSL) contó con un presupuesto original en el capítulo 3000 “Servicios Generales” de
131,160.0 miles de pesos y ejerció un monto de 229,637.5 miles de pesos, que representa
el 31.9% del total de la dependencia (720,652.5 miles de pesos) y fue 75.1% superior
(98,477.5 miles de pesos) al presupuesto original autorizado en dicho capítulo. Respecto a lo
ejercido en 2007, por 92,168.4 miles de pesos, se registró un incremento de 137,469.1 miles
de pesos (149.1%).
Del presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de pesos),
destacó el correspondiente a las partidas 3301 “Honorarios” (103,575.2 miles de pesos)
y 3305 “Estudios e Investigaciones” (56,257.7 miles de pesos), que en conjunto ascendió
a 159,832.9 miles de pesos y significó el 69.6% del total erogado en el capítulo y el 22.2%
del presupuesto total ejercido por la CJSL (720,652.5 miles de pesos).
El capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” contó con un presupuesto original de
16,425.8 miles de pesos y ejerció un monto de 49,836.8 miles de pesos, que representó
el 6.9% del total de la dependencia (720,652.5 miles de pesos) y fue 203.4% superior
(33,411.0 miles de pesos) al presupuesto original autorizado en dicho capítulo. Respecto a lo
ejercido en 2007, por 24,498.3 miles de pesos, se registró un incremento de 25,338.5 miles
de pesos (103.4%).
Del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” (49,836.8 miles de
pesos), destacó el correspondiente a la partida 5206 “Bienes Informáticos” (31,782.1 miles
490 VOLUMEN 5/13
de pesos) y significó el 63.8% del total erogado en el capítulo y el 4.4% del presupuesto
total ejercido por la CJSL (720,652.5 miles de pesos).
En la Cuenta Pública de 2008, apartado “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, la
Consejería Jurídica y de Servicios Legales informó, respecto del capítulo 3000 “Servicios
Generales”, que la variación en la partida 3301 “Honorarios” correspondió al incremento
“derivado de los nuevos programas que fueron implementados […] tal es el caso de la
continuidad en el Programa de Modernización Integral del Registro Civil el cual en su
subprograma de captura histórica contó con 346 capturistas y 10 supervisores, dando un
total de 356 prestadores de servicios profesionales, los cuales trabajaron jornadas de 8 horas
de lunes a viernes y en tres turnos logrando la captura de 8,500,000 actos registrales,
superando ampliamente la meta anual establecida de 1,250,000; para el programa de
Call Center se contó con 39 personas a cargo de las líneas telefónicas, así como dos
supervisores, un jefe de área y un técnico de soporte informático; para el programa de
reciente creación denominado Ingenieros como Peritos de Tránsito Terrestre, se contrataron
136 peritos con perfil de Ingenieros Mecánicos, quienes están distribuidos en las dieciséis
delegaciones políticas del Distrito Federal, cubriendo jornadas de 8 horas en tres turnos:
matutino, vespertino y nocturno, que comprenden sábados, domingos y días festivos.
Con recursos de aplicación automática se contrataron 494 personas quienes coadyuvan
a las funciones sustantivas de los Centros Generadores de Recursos, de esta forma se
encuentran 118 en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (RPPyC), 15 en la
Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y 341 en la Dirección General
del Registro Civil, de estos últimos 280 son capturistas”.
En relación con la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, se informó lo siguiente: que
“tuvo un incremento considerable derivado a 6 estudios que se llevaron a cabo, el primero
de ellos fue el estudio del Plan de Ingenieros como peritos de Tránsito Terrestre, efectuado
por el Instituto Politécnico Nacional, el cual fue realizado para substanciar el procedimiento
en casos de daño culposo con motivo del tránsito de vehículos que sustentan el Programa de
Ingenieros como Peritos de Tránsito Terrestre. Los 5 estudios restantes fueron realizados
con motivo del Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad y
de Comercio, el cual tiene como objetivo modernizar los Registros Públicos de Propiedad
Estatales, estandarizando sus procesos e iniciar la homologación de la función registral
491 VOLUMEN 5/13
a nivel nacional, desarrollando a sus instituciones registrales para que brinden absoluta
seguridad jurídica al tráfico inmobiliario en el país, por lo que se realizaron los siguientes
estudios:
”Estudio para la Modernización de las Instalaciones del Registro Público de la Propiedad y de
Comercio, estudio sobre los Derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio
del Distrito Federal, estudios sobre el Marco Jurídico de los derechos del RPPyC del D.F.,
estudio sobre el proyecto de Cableado Estructurado y un último estudio sobre las
Instalaciones Eléctricas, todos estos estudios en pro de la Modernización del Registro
Público en comento, en esta partida también se contempló el pago a la empresa con la
experiencia necesaria con consultoría y tecnología para realizar un estudio a profundidad
y ejecutar el Programa de Modernización del RPPyC”.
Asimismo, la CJSL informó que la variación en la partida 5206 “Bienes Informáticos”
correspondió al incremento “en función de los nuevos programas que se implementaron
en esta Dependencia para el ejercicio fiscal 2008 […] Programa de Modernización Integral
del Registro Civil […] se adquirieron 210 computadoras personales para uso secretarial
[…] este Programa tiene como objetivo realizar la captura y digitalización de al menos
1,250,000 registros de nacimientos y/o resto de los actos registrales del archivo histórico
por el período comprendido entre 1930 y 2001, beneficiando con ello un promedio de
3,000,000 millones de personas anualmente […] Para el programa de Asistencia Jurídica
en Línea ‘Call Center’ el cual permite agilizar el control de gestión de la Dirección de
Defensoría de Oficio y mejorar su calidad en beneficio de la ciudadanía orientándolos en
el menor tiempo posible y canalizándolos según los casos a las instancias competentes,
para dar inicio a este Programa se hizo necesaria la adquisición de […] los siguientes
bienes informáticos: 50 computadoras personales, 50 no breaks, 15 impresoras láser,
3 scanners, 3 UPS, 1 switch tipo 1, 1 equipo de Acces Point y 3 routters, es importante
mencionar que con la puesta en marcha de este Call Center se atendió a un aproximado
de 106,000 personas al concluir el ejercicio fiscal […] Con relación al Programa Estatal de
Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio para el cual se firmó el
Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de Recursos Federales que serán destinados
a la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito
Federal, cuya finalidad es modernizar el Registro Público de la Propiedad estandarizando
492 VOLUMEN 5/13
sus procesos e iniciando la homologación de la función registral a nivel nacional,
desarrollando a sus instituciones registrales para que brinden absoluta seguridad jurídica
al tráfico inmobiliario en el país, trayendo consigo un beneficio de al menos 360,000
usuarios anuales de todo el Distrito Federal. A razón de lo anterior, fue necesario adquirir
[…] 325 computadoras tipo 1, 5 computadoras tipo 2, 2 computadoras portátil tipo 1,
2 servidor tipo 2, 1 servidor tipo 1, 1 servidor tipo 2, 74 impresora láser tipo 1, 1 impresora
a color tipo 3, 450 no breaks, 11 UPS, 2 escáner de cama plana, 1 video proyector”.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por la CJSL
con cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
se haya ajustado a los presupuestos autorizado y ejercido; y que se encontrara justificado,
comprobado, devengado y registrado de conformidad con la normatividad aplicable.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La auditoría se sustentó en los criterios generales de selección “Importancia Relativa”
y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, vigente
a partir del 11 de julio de 2007.
Además, la auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo,
74, fracción VI, y 122, apartado C, base primera fracción V, inciso C), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; 2o., fracción X, 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica
de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal.
ALCANCE
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra”
493 VOLUMEN 5/13
del presente informe, se seleccionaron en la muestra 8 de las 39 partidas de gasto
que integraron el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” por
229,637.5 miles de pesos, a través de 979 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
y 120 Documentos Múltiples (DM); así como 4 de las 9 partidas del presupuesto ejercido
en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” por un importe de 49,836.8 miles de
pesos, a través de 52 CLC y 4 DM.
Dichos montos se integraron con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno
del Distrito Federal de 2008 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de
Egresos de la Secretaría de Finanzas proporcionó a esta entidad de fiscalización.
De las ocho partidas seleccionadas del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se revisó una
muestra de 26 CLC, por un importe de 92,311.5 miles de pesos, que representa el 40.2%
del importe ejercido en dicho capítulo; y de las cuatro partidas del capítulo 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles” se revisó una muestra de 12 CLC por un importe de 37,880.4 miles de
pesos, que representa el 76.0% del monto ejercido por la CJSL en ese capítulo. Cabe aclarar
que se modificó la muestra de la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, incluyendo
una CLC más por 10,620.8 miles de pesos.
Se analizó el Manual Administrativo de la CJSL vigente en el ejercicio de 2008, para verificar
que el Manual de Organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que
junto con los procedimientos aplicables al rubro en revisión estuvieran registrados por
la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor (OM).
La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Administración, por ser la unidad
administrativa encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros;
y de registrar las operaciones financieras y de conservar la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidos
por la Oficialía Mayor y la Secretaría de Finanzas.
Se efectuaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno a los titulares
de la Subdirección de Recursos Humanos, de la Subdirección de Recursos Financieros, de
la Subdirección de Recursos Materiales y de la Subdirección de Servicios Generales,
adscritas a la Dirección Ejecutiva de Administración.
494 VOLUMEN 5/13
Se analizaron la estructura orgánica de la CJSL, la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal y su Reglamento Interior y el Manual Administrativo de la CJSL,
vigentes en 2008, a fin de determinar las áreas, funciones y procedimientos relativos a los
capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, y se verificó que
éstos estuvieran autorizados y registrados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor.
Se realizaron pruebas de cumplimiento, las cuales se detallan a continuación:
1. Se verificó que el pago de las CLC se haya realizado de acuerdo con el artículo 381,
fracciones I y III, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, el cual
establece que “las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades,
deberán cuidar bajo su responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus
presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: I. Que
correspondan a compromisos efectivamente devengados [...] y; III. Que se encuentren
debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos,
entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen la obligación
de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de
las sumas de dinero correspondientes”.
2. Se verificó que el sujeto fiscalizado contara con la Cédula de Registro de Firmas
de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Autorizar y/o Solicitar las
Autorizaciones del Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos
Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y Presupuesto Comprometido,
de conformidad con los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites
Presupuestarios”, y IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado
IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2006, vigente en 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 13 de enero de 2006, y sus reformas del 28 de febrero de 2007.
3. Se verificó que las autorizaciones, los documentos generados, así como el control
y las actividades asignadas a las unidades administrativas involucradas en la revisión
495 VOLUMEN 5/13
de los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se
llevaran a cabo conforme a los procedimientos existentes y a la normatividad aplicable.
4. Se verificó que se contara con el Manual Administrativo que definiera de manera clara
las atribuciones y funciones de las áreas involucradas en los procedimientos relacionados
con el rubro auditado y que garantizara el cumplimiento de la normatividad aplicable.
5. Se constató que los gastos fueran registrados en la partida que les corresponde, de
acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto vigente en 2008.
6. Se comprobó la existencia y la correcta elaboración de las requisiciones de compra
u órdenes de servicio.
7. Se verificó que las adquisiciones de bienes y la contratación de servicios contaran con
suficiencia presupuestal.
8. Se verificó que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
haya dictaminado las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios.
9. Se verificó la realización de estudios de precios de mercado en los procedimientos
de adjudicación.
10. Se constató que los procedimientos de adquisición de bienes y contratación de servicios
(adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación
pública nacional o internacional) se ajustaran a la normatividad aplicable.
11. Se constató que en la adjudicación de los pedidos o contratos se hayan respetado los
montos de actuación autorizados, con objeto de verificar que los procesos de contratación
de bienes y servicios se ajustaran a los términos establecidos en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.
12. Se constató la celebración de contratos para la adquisición de bienes o contratación
de servicios generales, así como su formalización en los plazos establecidos.
13. Se verificó que se hayan recibido los bienes o servicios a tiempo y que correspondieran
a las especificaciones establecidas en los contratos celebrados.
496 VOLUMEN 5/13
14. Se verificó que los proveedores de bienes o prestadores de servicios hubieran
presentado las garantías correspondientes en los plazos establecidos en favor de la
Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y que se haya constatado su autenticidad.
15. Se verificó que se contara con evidencia de la recepción de los servicios, y de la
recepción (entradas de almacén) y salida de los bienes.
16. Se verificó que los expedientes de los procesos de adjudicación de bienes y servicios
se encontraran debidamente integrados.
17. Se verificó que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago y que dichos
comprobantes reunieran los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A
del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
18. Se verificó que los pagos a los proveedores por concepto de adquisición de bienes
o contratación de servicios se hayan sujetado a las condiciones pactadas en el convenio
administrativo correspondiente.
19. Se verificó que en caso de incumplimiento de los contratos se hubiesen hecho
efectivas las garantías correspondientes.
20. Se verificó que los prestadores de servicios con cargo a la partida presupuestal 3301
“Honorarios” estuviesen incluidos en el Programa Anual de Contratación de Prestadores
de Servicios Profesionales y que dicho documento se encontrara debidamente autorizado.
21. Se verificó que los expedientes de los prestadores de servicios contaran con la
documentación prevista en la normatividad aplicable.
22. Se comprobó que la dependencia haya enviado los reportes trimestrales del avance
en el programa anual de prestadores de servicios a la OM.
23. Se verificó que los prestadores de servicios de la CJSL durante 2008, únicamente hayan
prestado servicios en dicha dependencia.
24. Se verificó que se contara con el Registro de Asistencia del Personal de la Policía
Auxiliar (fatigas) y la existencia de conciliaciones de turnos de servicios de vigilancia.
497 VOLUMEN 5/13
Se analizaron 160 afectaciones programático-presupuestarias, de las cuales 125 modificaron
los recursos de los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e
Inmuebles”; se verificaron las causas por las cuales se aumentó el presupuesto; y se
constató que se contara con la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.
Las pruebas sustantivas consistieron en integrar por partida el presupuesto ejercido con
cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”;
se verificó que las cifras reportadas por el sujeto fiscalizado a la Secretaría de Finanzas
coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008 se comprobó la autorización
y monto de los contratos que resultaron en la muestra de auditoría y se verificó que
los importes de las CLC de la muestra coincidieran con las cifras consignadas en la
documentación comprobatoria.
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
El presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió a 229,637.5 miles
de pesos. Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria de las partidas 3301
“Honorarios”, 3305 “Estudios e Investigaciones”, 3409 “Patentes, Regalías y Otros”,
3411 “Servicios de Vigilancia”, 3104 “Servicios de Energía Eléctrica”, 3506 “Servicios
de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” 3802 “Espectáculos Culturales”
y 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones” cuyo gasto fue de 92,311.5 miles de pesos (el 40.2% del ejercido
en el capítulo), mismo que representa el total de la suma de las partidas de la muestra
seleccionada, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Marco muestral Muestra Partida
CLC Importe CLC Importe %
3301 “Honorarios” 143 103,572.2 7 27,528.8 26.6 3305 “Estudios e Investigaciones” 24 56,257.7 2 48,000.0 83.5 3409 “Patentes, Regalías y Otros” 9 12,715.9 2 10,153.6 79.8 3411 “Servicios de Vigilancia” 14 8,955.2 6 3,482.5 38.9 3104 “Servicios de Energía Eléctrica” 11 4,237.5 3 1,348.1 31.8 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” 31 3,981.1 4 1,263.1 31.7 3802 “Espectáculos Culturales” 3 300.0 1 259.4 86.5 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 1 276.0 1 276.0 100.0 Total 236 190,295.6 26 92,311.5 48.5
498 VOLUMEN 5/13
Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
El gasto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” fue de 49,836.8 miles de pesos.
Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria de las partidas 5206 “Bienes
Informáticos”, 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”,
5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas
Públicos” y 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”, cuyo gasto fue de 37,880.4 miles
de pesos (el 76.0% del ejercido en el capítulo), como se detalla a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Marco muestral Muestra Partida
CLC Importe CLC Importe %
5206 “Bienes Informáticos” 29 31,782.1 7 23,526.3 74.0 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 5 10,855.0 3 10,794.5 99.4 5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 1 3,306.2 1 3,306.2 100.0 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción” 1 253.3 1 253.3 100.0 Total 36 46,196.6 12 37,880.3 76.0
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el examen y evaluación del control interno se realizó el estudio general del área, se
analizaron la estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados de organización
y de procedimientos) de la CJSL vigentes en 2008, así como el marco normativo, con el fin
de identificar las atribuciones y funciones de las unidades administrativas que intervinieron
en el rubro revisado; y los procedimientos aplicados en dichas unidades administrativas,
relacionados con la autorización, adquisición, contratación, recepción, pago, registro y control
administrativo de las erogaciones efectuadas con cargo a los capítulos 3000 “Servicios
Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y la conservación de la documentación
justificativa y comprobatoria correspondiente. Al respecto, se observó lo siguiente:
1. Estructura Orgánica
Con el oficio núm. ASC/09/1323, del 21 de agosto de 2009, se solicitó a la Dirección
Ejecutiva de Administración en la CJSL la estructura orgánica autorizada, los manuales
de organización y los procedimientos administrativos relacionados con los capítulos
3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” vigentes en 2008, copia
499 VOLUMEN 5/13
fotostática de los oficios de envío y autorización y, en su caso, que indicara los períodos
de 2008 en que estuvieron vigentes, la fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal y cómo fueron difundidos al personal de la CJSL.
En respuesta, la información fue proporcionada mediante el oficio núm. CJS/LCP/027/2009,
del 2 de septiembre de 2009.
Con el análisis de la información se constató que la CJSL en 2008 contó con el oficio
núm. OM/0984/2001, del 24 de mayo de 2001, con el cual la OM le dio a conocer el
dictamen favorable de la estructura orgánica con núm. 153/2001. En dicho dictamen
se estableció que la estructura orgánica se integró como sigue: Un Consejero Jurídico
y de Servicios Legales, la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica y cuatro Direcciones
Generales (Jurídica y de Estudios Legislativos, Registro Civil, Servicios Legales y Registro
Público de la Propiedad y de Comercio) con 154 procedimientos administrativos.
Por otra parte, con el oficio núm. CGMA/DDO/0505/07, del 15 de febrero de 2007,
la CGMA informó a la Dirección de Administración de la CJSL sobre el dictamen favorable
núm. 02/2007 respecto a la estructura orgánica de dicha Dirección adscrita a la OM.
Asimismo, con el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07, del 23 de marzo de 2007, se informó
al Oficial Mayor el cambio de denominación de la Dirección de Administración a Dirección
Ejecutiva de Administración, y la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
se dividió, quedando como Subdirección de Recursos Materiales y Subdirección de Servicios
Generales, con vigencia a partir del 16 de marzo de 2007.
2. Manual Administrativo
En 2008, la Dirección Ejecutiva de Administración contó con su manual administrativo,
el cual fue autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la
Oficialía Mayor mediante el oficio núm. CGMA/DDO/2803/07 del 11 de septiembre de 2007
y registrado con el número de dictamen. De su análisis se desprende lo siguiente:
a) Cuenta con el apartado de organización, que define las funciones, atribuciones y
responsabilidades de los servidores públicos de las unidades administrativas que
la integraron en 2008; fue actualizado de conformidad con el dictamen núm. 02/2007
con número de registro MA-12021-2/07.
500 VOLUMEN 5/13
b) La Dirección Ejecutiva de Administración contó con 56 procedimientos: 12 de la
Subdirección de Recursos Materiales, 5 de la Subdirección de Servicios Generales,
11 de la Subdirección de Recursos Financieros y 28 de la Subdirección de Recursos
Humanos, de los cuales se analizaron 14 procedimientos relativos a los capítulos 3000
“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, los cuales se mencionan
a continuanción:
Procedimientos
Dirección General de Administración Subdirección de Recursos Humanos
1. Nómina del Programa Anual de Servicios Profesionales 2. Trámite de Altas, Promociones y Bajas de Personal de Honorarios
Fiscales, Federales, Autogenerados y Personal Eventual 3. Cumplimiento Mensual de las Obligaciones Fiscales derivadas
de la Elaboración de las Nóminas Eventuales y Nóminas de Honorarios Subdirección de Recursos Financieros
4. Pago de Honorarios por 3301 “Honorarios” 5. Pago a Proveedores y/o Prestadores de Servicios 6. Trámite y Registro de Documentos Múltiples 7. Registro y Aprobación de Requisiciones, Órdenes de Servicio
y Listado de Casos Subdirección de Recursos Materiales
8. Adjudicación Directa 9. Excepciones a la Licitación Pública 10. Invitación a cuando menos Tres Proveedores 11. Licitación Pública
Subdirección de Servicios Generales 12. Control y Abastecimiento de Bienes 13. Control de Pedidos y Requisiciones 14. Recepción de Bienes en el Almacén
c) Veintiocho procedimientos administrativos correspondientes a la Subirección de Recursos
Humanos fueron integrados en el Manual Administrativo de la Dirección Ejecutiva de
Administración en la CJSL con número de registro MA-12021-2/07; sin embargo,
respecto de los 28 procedimientos administrativos correspondientes a las Subdirecciones
de Recursos Financieros (11 procedimientos), Recursos Materiales (12 procedimientos)
y de Servicios Generales (5 procedimientos), la CGMA los devolvió a la CJSL mediante
los oficios núms. CGMA/DD0/1356/08, del 24 de junio de 2008, y CGMA/DDO/1904/08,
del 14 de agosto de 2008, con observaciones para su corrección y reingreso para
continuar con el proceso de análisis y registro.
501 VOLUMEN 5/13
d) Los 28 procedimientos de la Subdirección de Recursos Humanos autorizados y
registrados fueron difundidos al personal mediante el oficio núm. CJSL/DEA/0126/2009,
de fecha 13 de enero de 2009.
Se verificó que los 14 procedimientos administrativos contaran con los cuatro elementos
básicos de control interno, relativos a los objetivos de autorización, de procesamiento y
clasificación de transacciones, de verificación y evaluación, y de salvaguarda física. Como
resultado de la revisión se identificaron procedimientos que carecen de algunos de ellos.
Los trabajos de auditoría incluyeron entrevistas con el personal de la CJSL sobre sus
actividades; y la aplicación de cuestionarios de control interno a los titulares de la Subdirección
de Recursos Humanos, de la Subdirección de Recursos Financieros, de la Subdirección de
Recursos Materiales y de la Subdirección de Servicios Generales, adscritas a la Dirección
Ejecutiva de Administración, las cuales intervinieron en el ejercicio de los recursos ejercidos
en los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
Del estudio y evaluación del control interno establecido por la CJSL en 2008, se concluye
que no contó con los mecanismos y actividades de control suficientes para atender y mitigar
en su totalidad los riesgos que afectan a la dependencia; para promover y supervisar el
cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para el registro y control de la
información generada; y para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia
y consistencia de la información y documentación generadas, para la comunicación
e interacción de las áreas involucradas en el ejercicio, registro y control de los recursos.
Las fallas de control detectadas se señalan en el apartado de resultados.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Para determinar del tamaño de la muestra se utilizó una fórmula para muestreo aleatorio,
estableciendo un nivel de confianza de 95.0% y un margen de error de 5.0%. Para estimar
la proporción positiva, se consideraron los antecedentes obtenidos de revisiones anteriores
a la CJSL, el archivo permanente de la Contaduría Mayor de Hacienda y los resultados de la
evaluación previa del control interno establecido en la Consejería; se estimó una proporción
positiva de 98.3%, determinando como resultado para el capítulo 3000 un tamaño de
muestra de 26 CLC de 979 emitidas.
502 VOLUMEN 5/13
Posteriormente, con objeto de optimizar la selección de la muestra, se dividió el capítulo
3000 “Servicios Generales” en tres estratos, a saber:
El primer estrato lo componen las partidas presupuestarias con una participación respecto
del gasto total en el capítulo de más de 2.0%.
El segundo estrato se integró con las partidas que representaron entre el 0.15% y el 2.0%
del total ejercido en el capítulo.
El tercer estrato se integró con las partidas que representaron menos del 0.15% del total
ejercido en el capítulo.
Por último, el tamaño final de la muestra (26 CLC) se seleccionó aleatoriamente de los tres
estratos conforme al cuadro siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Universo Muestra Partida
CLC Importe % CLC Importe %
Intervalo de partidas con participación mayor de 2.0% 315 201,258.8 87.6 16 89,164.9 38.83301 “Honorarios” 143 103,572.2 45.1 7 27,528.8 12.03305 “Estudios e Investigaciones” 24 56,257.7 24.5 2 48,000.0 20.93409 “Patentes, Regalías y Otros” 9 12,715.9 5.5 2 10,153.6 4.43411 “Servicios de Vigilancia” 14 8,955.2 3.9 6 3,482.5 1.5
Intervalo de partidas con participación entre el 0.15 y 2.0% 456 26,359.9 11.5 7 2,611.2 1.13104 “Servicio de Energía Eléctrica 11 4,237.5 1.8 3 1,348.1 0.63506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación 31 3,981.1 1.7 4 1,263.1 0.6
Intervalo de partidas con participación menor de 0.15% 208 2,018.7 0.9 2 535.4 0.23802 "Espectáculos Culturales" 3 300.0 0.1 1 259.4 0.13513 "Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones" 1 276.0 0.1 1 276.0 0.1
979 229,637.5 100.0 26 92,311.5 40.2
La muestra seleccionada de 92,311.5 miles de pesos representa el 40.2% del presupuesto
ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales (229.637.5 miles de pesos).
Respecto al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, estableciendo un nivel de
confianza de 95.0% y un margen de error de 5.0%. Asimismo, para estimar la proporción
positiva, se consideraron los antecedentes obtenidos de revisiones anteriores a la CJSL,
503 VOLUMEN 5/13
el archivo permanente de la Contaduría Mayor de Hacienda y los resultados de la
evaluación previa del control interno establecido en la Consejería; se estimó una proporción
positiva de 99.0%, determinando como resultado un tamaño de muestra de 12 CLC de 52
emitidas.
El capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se dividió en tres estratos, a saber:
El primer estrato lo componen las partidas presupuestarias con una participación respecto
del gasto total en el capítulo de más de 20.0%.
El segundo estrato se integró con las partidas que representaron entre el 2.0% y el 20.0%
del total ejercido en el capítulo.
El tercer estrato se integró con las partidas que representaron menos de 2.0% del total
ejercido en el capítulo.
Posteriormente, con objeto de revisar procesos completos en las tres principales partidas
de la muestra, se verificó que las CLC cumplieran el importe total de los contratos a dichas
CLC, por lo que el tamaño final de la muestra (12 CLC) se seleccionó aleatoriamente en
los tres estratos conforme al cuadro siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Universo Muestra Partida
CLC Importe % CLC Importe %
Intervalo de partidas con participación mayor de 20% 34 42,637.1 85.6 10 34,320.9 68.95206 “Bienes Informáticos” 29 31,782.1 63.8 7 23,526.3 47.25703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 5 10,855.0 21.8 3 10,794.5 21.7
Intervalo de partidas con participación entre el 2 y 20% 6 6,521.7 13.1 1 3,306.2 6.65303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”. 1 3,306.2 6.6 1 3,306.2 6.6
Intervalo de partidas con participación menor de 2% 12 677.9 1.4 1 253.3 0.55203 “Maquinaria y Equipo de Construcción” 1 253.3 0.5 1 253.3 0.5
Total 52 49,836.8 100.0 12 37,880.4 76.0
La muestra seleccionada de 37,880.4 miles de pesos representa el 76.0% del presupuesto
ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” en la CJSL (49,836.8 miles de
pesos).
504 VOLUMEN 5/13
RESULTADOS
1. Resultado
Mediante el oficio núm. OM/0984/2001, del 24 de mayo de 2001, la Oficialía Mayor dio a
conocer el dictamen favorable de la estructura orgánica con núm. 153/2001 para la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales vigente en 2008. En dicho dictamen se estableció que la
estructura orgánica se integró como sigue: Un Consejero Jurídico y de Servicios Legales,
la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica y cuatro Direcciones Generales (Jurídica y de
Estudios Legislativos, Registro Civil, Servicios Legales y Registro Público de la Propiedad
y de Comercio) con 154 procedimientos administrativos.
Por otra parte, con el oficio núm. CGMA/DDO/0505/07, del 15 de febrero de 2007, la CGMA
informó a la Dirección de Administración de la CJSL sobre el dictamen favorable
núm. 02/2007 respecto a la estructura orgánica de dicha dirección adscrita a la OM.
Además, con el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07, del 23 de marzo de 2007, se informó al
Oficial Mayor el cambio de denominación de la Dirección de Administración a Dirección
Ejecutiva de Administración. Asimismo, la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios
Generales se dividió, quedando como Subdirección de Recursos Materiales y Subdirección
de Servicios Generales, con vigencia a partir del 16 de marzo de 2007.
La Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL proporcionó a la CMHALDF el Manual
Administrativo vigente en 2008, elaborado conforme a su dictamen núm. 02/2007 y su
alcance, así como 56 procedimientos vigentes en 2008. Al respecto, se constató que la
Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL cuenta con Manual de Organización y que
éste fue registrado con el oficio núm. CGMA/DDO/2803/07 del 11 de septiembre de 2007,
en el que la CGMA notificó que fue registrado dicho manual con el núm. MA-12021-2/07.
Respecto a los 56 procedimientos mencionados, se analizaron 14, de los cuales 3 pertenecen
a la Subdirección de Recursos Humanos (“Nómina del Programa Anual de Servicios
Profesionales”, “Trámite de Altas, Promociones y Bajas de Personal de Honorarios Fiscales,
Federales, Autogenerados y Personal Eventual” y “Cumplimiento Mensual de las Obligaciones
Fiscales derivadas de la elaboración de las Nóminas Eventuales y Nóminas de Honorarios”),
4 a la Subdirección de Recursos Financieros (“Pago de Honorarios por 3301 “Honorarios”,
505 VOLUMEN 5/13
“Pago a Proveedores y/o Prestadores de Servicios”, “Trámite y Registro de Documentos
Múltiples” y “Registro y Aprobación de Requisiciones, Órdenes de Servicio y Listado de
Casos”), 4 a la Subdirección de Recursos Materiales (“Adjudicación Directa”, “Excepciones
a la Licitación Pública”, “Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores” y
“Licitación Pública”), y 3 a la Subdirección de Servicios Generales (“Control y Abastecimiento
de Bienes”, “Control de Pedidos y Requisiciones” y “Recepción de Bienes en el Almacén”),
todos relativos al ejercicio, registro y control de los recursos de los capítulos 3000 “Servicios
Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.
Se verificó que los 14 procedimientos contaran con los elementos básicos del control interno,
relativos a la autorización, procesamiento y clasificación de transacciones, verificación y
evaluación, y salvaguarda física de los activos, como lo señala el Boletín 3050 “Estudio
y Evaluación del Control Interno” de las Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas
para Atestiguar emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. De dichos
procedimientos, se identificaron 8 que carecen de algunos elementos básicos de control
interno, como se muestra a continuación:
Procedimientos Elementos básicos de control interno no incluidos Autorización Verificación
y evaluación Salvaguarda
física
Pago de Honorarios por 3301 “Honorarios” X* Pago a Proveedores y/o Prestadores de Servicios X* Trámite y Registro de Documentos Múltiples X* Registro y Aprobación de Requisiciones, Órdenes de Servicio y Listado de Casos
X*
Adjudicación Directa X** X* Excepciones a la Licitación Pública X** X** Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores X** Licitación Pública X**
* Procedimientos de la Subdirección de Recursos Financieros. ** Procedimientos de la Subdirección de Recursos Materiales.
Por otra parte, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07, del 23 de marzo de 2007, se
informó al Oficial Mayor los siguientes movimientos con vigencia a partir del 16 de marzo
de 2007, en alcance al dictamen núm. 02/2007 de la Oficialía Mayor, comunicado con el
oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de febrero de 2007: cambio de denominación de la Dirección
de Administración a Dirección Ejecutiva de Administración, asimismo, la Subdirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales se dividió, quedando como Subdirección
506 VOLUMEN 5/13
de Recursos Materiales y Subdirección de Servicios Generales. Respecto a lo anterior, el
apartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, numeral 4.4.14,
de la Circular Uno vigente desde el 13 de abril de 2007, establece: “Los titulares de las
Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, son los
responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la
aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de
la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización
del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor
de la modificación efectuada y se enviará a la CGMA la documentación correspondiente
para que esta proceda a la actualización y registro de dicho Manual”. La Dirección
Ejecutiva de Administración proporcionó mediante el oficio núm. CJSL/DEA/LCP/029/2009,
del 10 de septiembre de 2009, los oficios de envió y autorización por parte de la CGMA
de los procedimientos relacionados con las Subdirecciones de Recursos Humanos
(28 procedimientos), Recursos Financieros (11 procedimientos), Recursos Materiales
(12 procedimientos) y Servicios Generales (5 procedimientos). En el análisis de dichos oficios
se observó lo siguiente:
Subdirección Oficio Fecha límite
Fecha de envío
Días hábiles de desfase
Recursos Humanos CJSL/DEA/1052/2008 21/VI/07 30/VIII/08 278 Recursos Financieros CJSL/DEA/0613/2008 21/VI/07 28/IV/08 213 Recursos Materiales CJSL/DEA/0335/2008 21/VI/07 3/III/08 176 Servicios Generales CJSL/DEA/0335/2008 21/VI/07 3/III/08 176
También se constató que los procedimientos denominados “Nómina del Programa Anual
de Servicios Profesionales”, “Trámite de Altas, Promociones y Bajas de Personal de
Honorarios Fiscales, Federales, Autogenerados y Personal Eventual”, “Cumplimiento
Mensual de las Obligaciones Fiscales derivadas de la elaboración de las Nóminas Eventuales
y Nóminas de Honorarios” de la Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección
Ejecutiva de Administración fueron integrados en el Manual Administrativo de la Dirección
Ejecutiva de Administración en la CJSL, con número de registro MA-12021-2/07; sin embargo,
de los procedimientos correspondientes a las Subdirecciones de Recursos Financieros,
Recursos Materiales y de Servicios Generales, a la fecha del cierre de la auditoría no han
sido registrados ante la CGMA.
507 VOLUMEN 5/13
Por no contar con el manual de procedimientos registrado ante la OM, lo cual muestra
debilidad en el sistema de control interno, la Dirección Ejecutiva de Administración no se
ajustó al apartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”,
numeral 4.4.14, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero de 2010,
la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración, informó lo siguiente:
“Se anexa copia del oficio No. CJSL/DEA/LCP/002/2010, en el cual se informa el estatus
del proceso de Dictaminación y Registro del Manual de Procedimientos de la Dirección
Ejecutiva de Administración.”
En el citado oficio, el Líder Coordinador de Proyectos en la Dirección Ejecutiva de
Administración informó al Director Ejecutivo del área que “en relación al trámite de
dictaminación y registro de los procedimientos de la Subdirección de Recursos Materiales,
de la Subdirección de Servicios Generales y de la Subdirección de Recursos Financieros,
la Dirección de Desarrollo Organizacional de la Coordinación General de Modernización
Administrativa comunica que ya concluyó su proceso de Dictaminación, asignándoles el
No. de Registro MA-12021-2/07 a los procesos de las citadas Subdirecciones. Por medio
de los oficios Nos. CGMA/DDO/0004/2010 y CGMA/DDO/0043/2010, de fecha 11 de
enero del presente”. Cabe mencionar que dichos oficios no fueron proporcionados a esta
entidad de fiscalización.
Por lo anterior, se confirma que el Manual de Procedimientos no se encontró oportunamente
registrado ante la OM, lo cual muestra debilidad en el sistema de control interno en la
Dirección Ejecutiva de Administración, por lo que el resultado no se modifica.
Mediante cuestionario de control interno del 10 de septiembre de 2009, aplicado a la
Subdirectora de Recursos Humanos, proporcionó evidencia documental de su difusión
entre el personal encargado de aplicarlos mediante los oficios correspondientes, así como de
su registro ante la OM, conforme a la Normatividad en materia de Administración de Recursos
508 VOLUMEN 5/13
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007.
Además, se detectó que la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL no contó en 2008
con procedimientos para el control, manejo y pago de los siguientes servicios: vigilancia
para la partida 3411; energía eléctrica para la partida 3104 y lavandería, limpieza, higiene
y fumigación para la partida 3506; por lo tanto, que no atendió la Guía Técnica para la
Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2008, apartado 3.2,
relativo al “Contenido de los Manuales”, inciso k), que establece: “Para efecto de integrar
el Manual de Procedimientos se sugiere identificar e incluir procedimientos sustantivos
que, en forma breve y clara, muestren secuencial y ordenadamente la forma de realizar
un trabajo ejecutado por las áreas que integran la Dependencia, Unidad Administrativa,
Órgano Desconcentrado, Órgano Político-Administrativo o Entidad”. Tampoco atendió el
artículo 16, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de
abril de 2007, vigentes en 2008, que indica: “Los titulares de las Unidades de Gobierno
de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de
organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional
y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en
cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos los
procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán de estar
debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó
documentación ni información respecto a la presente observación, por lo que está no se
modifica.
Recomendación ASC-135-08-01-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales a través de la Dirección
Ejecutiva de Administración establezca mecanismos de control y supervisión para
garantizar que su Manual Administrativo, en su parte de organización y procedimientos,
se encuentre actualizado y se tramite oportunamente su revisión, dictamen y registro
509 VOLUMEN 5/13
ante la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor, en
cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno).
Recomendación ASC-135-08-02-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales elabore procedimientos
para el control, manejo y pago de los servicios de vigilancia, energía eléctrica y lavandería,
limpieza, higiene y fumigación y que éstos se envíen para su registro ante la Coordinación
General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor, de conformidad
con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno).
2. Resultado
A fin de verificar que el presupuesto relacionado con los capítulos 3000 “Servicios Generales”
y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se haya registrado conforme a los montos aprobados y
de acuerdo con la normatividad aplicable; así como, de identificar las causas de la variación
en el presupuesto original de dicho rubro, se revisaron las afectaciones presupuestarias
correspondientes. Al respecto, se determinó lo siguiente:
Según la Cuenta Pública de 2008, la CJSL reportó para los recursos ejercidos en el
capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 131,160.0 miles de pesos,
el cual tuvo una modificación neta realizada mediante 125 afectaciones programático-
presupuestarias por 98,477.5 miles de pesos, para alcanzar un presupuesto modificado
de 229,637.5 miles de pesos, que fue ejercido en su totalidad.
Respecto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se reportó un presupuesto
original de 16,425.8 miles de pesos, el cual tuvo una modificación neta realizada mediante
35 afectaciones programático-presupuestarias por 33,411.0 miles de pesos, para alcanzar
un presupuesto modificado de 49,836.8 miles de pesos que fue ejercido en su totalidad.
510 VOLUMEN 5/13
Dichos movimientos se ampararon con 160 afectaciones programático-presupuestarias
que autorizó la Secretaría de Finanzas por conducto de la Dirección General de Egresos
“B” y la Dirección General de Política Presupuestal, conforme al artículo 68, fracción V, del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y a los apartados
IV.3.3.1, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Compensadas”, numeral 15, y
IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Líquidas”, numeral 18, del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2006, vigente en 2008.
Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincida con lo reportado en la Cuenta
Pública de 2008, y que el presupuesto modificado en las partidas seleccionadas en la
muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas,
mediante el oficio núm. ASC/09/1323, del 21 de agosto de 2009, se solicitaron a la
Dirección Ejecutiva de Administración las afectaciones programático-presupuestarias, y su
documentación soporte, realizadas con cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales”
y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, las cuales fueron proporcionadas con el oficio
núm. CJS/LCP/027/2009, del 2 de septiembre de 2009, por el Director Ejecutivo de
Administración. Las 125 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original
del capítulo 3000 “Servicios Generales” se integran como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original 131,160.0 Más: Adiciones
Compensadas 32,316.2 Líquidas 52,544.1 84,860.3
Más: Ampliaciones
Compensadas 182,510.4 Líquidas 43,931.1 226,441.5
Menos: Reducciones
Compensadas -197,418.1 Líquidas -15,406.2 -212,824.3
Incremento neto 98,477.5 Presupuesto modificado 229,637.5 Presupuesto ejercido 229,637.5
Saldo 0.0
511 VOLUMEN 5/13
Las afectaciones presupuestarias se componen de 39 movimientos con adición compensada
por 32,316.2 miles de pesos, 16 movimientos con adición líquida por 52,544.1 miles de
pesos, 771 movimientos de ampliaciones compensadas por 182,510.4 miles de pesos,
48 movimientos de ampliaciones líquidas por 43,931.1 miles de pesos, 1,105 movimientos
de reducciones compensadas por 197,418.1 miles de pesos y 244 movimientos con
reducciones líquidas por 15,406.2 miles de pesos.
De las 125 afectaciones programático-presupuestarias, 1 afectación líquida aumentó el
presupuesto original en la cantidad neta de 48,000.0 miles de pesos, la cual fue
autorizada mediante el oficio núm. DOFV/2153/2008, de fecha 17 de septiembre de 2008,
por el Director de Operación de Fondos y Valores de la Dirección General de Administración
Financiera de la Secretaría de Finanzas. Asimismo, una afectación compensada disminuyó
el presupuesto original en la cantidad neta de 24,721.4 miles de pesos. De éstas, la
justificación se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Número de afectación
Justificación Importe neto
B 25 C0 01 213 Se solicita la presente adición de recursos por un importe de 48,000.0 miles de pesos en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” con tipo de pago 45 “Transferencias Federales vinculadas a Programas de Infraestructura, Social y de Servicios” y Actividad Institucional 26 “Operar el Programa Estatal de Modernización de Registro Público de la Propiedad”, se requiere contar con los recursos en el mes de noviembre a efecto de dar inicio con los trabajos del Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad. 48,000.0
B 25 C0 01 202 Se solicita la reducción compensada de recursos por 24,721.4 miles de pesos en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” partida que fue autorizada en la Actividad Institucional 14 “Atender asuntos y procedimientos jurídicos” de manera provisional, por lo que, mediante oficio CJSL/DEA/1279/2008, se solicitó la adición de la actividad institucional “Operar el Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad” con la finalidad de destinar los recursos a la modernización. (24,721.4)
Total 23,278.6
Por otra parte, las 35 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original
del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se integran como se muestra a continuación:
512 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original 16,425.8 Más: Adiciones
Compensadas 18,653.7 Líquidas 15,495.9 34,149.6
Más: Ampliaciones
Compensadas 41,752.7 Líquidas 10,338.7 52,091.4
Menos: Reducciones
Compensadas -50,797.1 Líquidas -2,032.9 -52,830.0
Incremento neto 33,411.1 Presupuesto modificado 49,836.8 Presupuesto ejercido 49,836.8
Saldo 0.0
Las afectaciones presupuestarias se componen de 9 movimientos con adición compensada
por 18,653.7 miles de pesos, 16 movimientos con adición líquida por 15,495.9 miles de pesos,
38 movimientos de ampliaciones compensadas por 41,752.7 miles de pesos, 5 movimientos
de ampliaciones líquidas por 10,338.7 miles de pesos, 51 movimientos de reducciones
compensadas por 50,797.1 miles de pesos y 16 movimientos con reducciones líquidas por
2,032.9 miles de pesos.
De las 35 afectaciones programático-presupuestarias, 1 afectación compensada aumentó
el presupuesto original por la cantidad de 11,465.7 miles de pesos y 1 afectación compensada
redujo el presupuesto original por la cantidad de 5,346.8 miles de pesos, de las cuales la
justificación se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Número de afectación
Justificación Importe neto
B 25 C0 01 202 Se solicita la adición compensada en las partidas 5102 “Equipo de Administración” (video Proyector), 5103 “Equipo Educacional y Recreativo” (Cámara Digital), 5206 “Bienes Informáticos, en la Actividad Institucional 26 “Operar el Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad”, con la finalidad de reclasificar los recursos federales que serán destinados a la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio. 11,465.7
Continúa…
513 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Número de afectación
Justificación Importe neto
B 25 C0 01 255 Se solicita la presente reducción compensada en las partidas 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” y 5206 “Bienes Informáticos”, debido a que no se adquirieron diversos bienes, en apego a la circular de cierre No. SE/1360/2008 en su inciso g) cuya finalidad sea el aprovechamiento óptimo de los recursos autorizados en el presupuesto. (5,346.8)
Total 6,118.9
De acuerdo con lo anterior, los presupuestos modificados y ejercidos fueron de 229,637.5
miles de pesos y 49,637.8 miles de pesos de los capítulos 3000 “Servicios Generales”
y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, respectivamente, cantidades que coinciden con lo
reportado en la Cuenta Pública de 2008.
En la revisión de las afectaciones presupuestarias se comprobó que fueron requisitadas
y autorizadas conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la
Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2006, vigente en 2008;
y que el sujeto fiscalizado contó con el soporte documental de éstas y con los formatos de
afectación presupuestaria, de afectación programática y de justificación, del 1o. de enero
al 31 de diciembre de 2008. Por lo anterior, no se formula observación alguna.
Por otra parte, la Dirección Ejecutiva de Administración proporcionó, mediante el oficio
núm. CJS/LCP/027/2009, del 2 de septiembre de 2009, nota informativa en relación con
la variación del ejercicio de 2008 respecto al ejercicio de 2007 a los capítulos 3000
“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y respecto a su presupuesto
original asignado, en donde se indicó lo siguiente:
“La variación que presenta el capítulo 3000 ‘Servicios Generales’ se deriva de ampliaciones
líquidas de recursos para llevar a cabo el Programa de Peritos Terrestre. El Proyecto Call
Center, cámaras de seguridad y el Programa Estatal de Modernización del Registro
Público y de la Propiedad y del Comercio, más afectaciones de recursos que vienen de
otro capítulo para el pago de diferentes servicios necesarios para el buen funcionamiento de
esta Consejería Jurídica, menos reducciones compensadas de recursos que se transfirieron
a otro capítulo y reducciones líquidas que fueron transferidas a otras dependencias.”
514 VOLUMEN 5/13
Respecto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, informó que “la variación que
presenta se deriva de ampliaciones líquidas de recursos para el pago de las expropiaciones,
programa de capturistas, Proyecto Call Center, cámaras de seguridad, Programa Estatal de
Modernización del RPPyC, programa de peritos de tránsito, más afectaciones compensadas
de recursos que vienen de otros capítulos para el pago de bienes informáticos y reducciones
compensadas de recursos que se transfirieron de otros capítulos”.
Con base en la información y documentación proporcionadas por la CJSL, se concluye
que la variación positiva registrada al cierre de 2008 respecto a la previsión original en los
recursos de los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
se debió a que se requirieron recursos para el Programa Estatal de Modernización del
Registro Público y de la Propiedad y del Comercio.
Asimismo, se concluye que las modificaciones del presupuesto proveniente de los capítulos
3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se sujetaron a los
montos aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes.
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
Partida 3301 “Honorarios”
3. Resultado
La Consejería Jurídica y de Servicios Legales ejerció recursos por un importe de
103,572.2 miles de pesos con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, que representan
el 45.1% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de
pesos). De acuerdo con la metodología descrita en el apartado “Determinación de la
Muestra" del presente informe, se seleccionaron para su revisión siete CLC por un monto
total registrado con cargo a la partida de referencia de 27,528.8 miles de pesos, que
representan el 26.6% del ejercido en dicha partida y el 12.0% respecto al total ejercido
en el capítulo, las cuales se relacionan a continuación:
515 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
CLC Fecha Importe Quincenas
25 C0 01 00811 9/IX/08 3,631.1 Primera de septiembre de 2008 25 C0 01 01001 23/X/08 3,629.5 Segunda de octubre de 2008 25 C0 01 01061 10/XI/08 3,807.4 Primera de noviembre de 2008 25 C0 01 01102 24/XI/08 3,748.0 Segunda de noviembre de 2008 25 C0 01 01190 9/XII/08 3,746.8 Primera de diciembre de 2008 25 C0 01 01196 9/XII/08 5,147.4 Pago único 25 C0 01 01249 18/XII/08 3,818.6 Segunda de diciembre de 2008
27,528.8
Se observó que las CLC revisadas son impresiones del Sistema Institucional de Control
de Egresos (SICE) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos
en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos facultados para elaborar y
autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Afectaciones
Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió los apartados IV,
“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, y IV.3, “Registro de Operaciones
Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigente
en 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006, y sus
reformas del 28 de febrero de 2007, que disponen: “Con fundamento en lo establecido en
el Código Financiero del Distrito Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del año
vigente y conforme a las responsabilidades que de ahí se derivan, le corresponde al titular
de la UR o a los servidores públicos de nivel de estructura, que fueron facultados conforme
a ley, autorizar el pago, el cual lo autentica mediante su firma”.
Respecto a los documentos múltiples núms. 25 C0 01 167, del 3 de noviembre de 2008;
25 C0 01 185, 25 C0 01 189, 25 C0 01 190 y 25 C0 01 203, del 1o. de diciembre de 2008;
25 C0 01 208, del 12 de diciembre de 2008; 25 C0 01 216, 25 C0 01 220, 25 C0 01 221,
25 C0 01 223 y 25 C0 01 241, del 31 de diciembre de 2008, por un monto de 105.3 miles
de pesos, por concepto de reintegro de honorarios no cobrados correspondientes a la
primera quincena de septiembre, segunda quincena de octubre, primera y segunda
quincenas de noviembre, primera y segunda quincenas de diciembre y pago único, todos
de 2008, se verificó que se hayan elaborado, autorizado y registrado de acuerdo con la
normatividad aplicable y que contaran con la documentación soporte correspondiente.
516 VOLUMEN 5/13
Sobre el particular, se constató que dichos documentos fueron elaborados y autorizados
conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal y que cuentan con la documentación soporte correspondiente.
Se verificó que la programación, contratación, control, registro y pago a los prestadores de
servicios, correspondientes a 2008, se hubieran sujetado a los Lineamientos para la
Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las
Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de
Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”,
vigentes durante 2008. Al respecto, se comprobó que la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales se sujetó a dichos lineamientos, salvo por lo descrito en los siguientes numerales:
1. De la revisión de la documentación que ampara la autorización y programación
de los servicios de la partida 3301 “Honorarios”, se determinó que la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales contó con el Programa Anual de Contratación de
Prestadores de Servicios Profesionales para 2008, que fue autorizado por la Dirección
General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM mediante los oficios
núms. DGADP/000026/2008, DGADP/000027/2008 y DGADP/000231/2008, todos del
7 de enero de 2008, y DGADP/000232/2008, del 5 de febrero de 2008. Dicho programa
se integró originalmente con 299 prestadores de servicios profesionales bajo el
régimen de honorarios asimilados a salarios de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales y 211 prestadores de servicios profesionales bajo el régimen de honorarios
autogenerados (138 de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de
Comercio, 14 de la Dirección Jurídica y de Estudios Legislativos y 59 de la Dirección
del Registro Civil), por un monto de 4,918.1 miles de pesos.
Mediante los oficios sin número del 12 de diciembre de 2007, el Secretario Ejecutivo
de la CJSL informó al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios que se llevará a cabo las gestiones ante la Oficialía Mayor para solicitar la
autorización del Programa Anual de Contratos de Servicios Profesionales para 2008
con cargo a la partida 3301 “Honorarios” por el período de enero a marzo de 2008,
por lo que en la duodécima sesión ordinaria, celebrada el 17 de diciembre de 2007, en
los puntos núms. 5.2, 5.3, 5.4, y 5.5, se informó a dicho subcomité lo correspondiente,
como se hizo constar en el acta respectiva.
517 VOLUMEN 5/13
Por lo anterior, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales se sujetó a lo establecido
en el capítulo III, Programa Anual, numeral 2, de los Lineamientos para la Autorización
de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas
Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”,
3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”,
vigentes durante 2008.
2. Para verificar que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales hubiese entregado a
la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM
los nueve programas extraordinarios de contratación de prestadores de servicios que
se ejercieron y autorizaron en 2008. Mediante el oficio núm. ASC/09/1323, del 21 de
agosto de 2009, se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL que
proporcionara los oficios con los cuales se entregaron dichos programas extraordinarios
a la DGADP, de los cuales se observó que en todos los casos la fecha de entrega
no cumple lo establecido en la normatividad, como se muestra a continuación:
Oficio remitido a la DGADP
Fecha del oficio
Fecha de recepción en la DGADP
Fecha en que debió entregarse
Días de desfase
Adición de folios
Vigencia del contrato
CJSL/DEA/0156/2008 30/I/08 1/II/08 11/I/08 16 3 1/II/08 al 31/III/08 CJSL/DEA/0127/2008 31/I/08 31/1/08 11/I/08 15 10 1/II/08 al 31/III/08 CJSL/DEA/0452/2008 28/III/08 31/III/08 6/III/08 15 2 1/IV/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0637/2008 31/III/08 31/III/08 6/III/08 15 1 1/IV/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0636/2008 30/IV/08 30/IV/08 10/IV/08 15 154 1/V/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0633/2008 30/IV/08 30/IV/08 10/IV/08 15 2 1/V/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0747/2008 28/V/08 28/V/08 12/V/08 13 4 1/VI/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0918/2008 26/VI/08 27/VI/08 25/VI/08 3 280 16/VII/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0919/2008 26/VI/08 26/VI/08 10/VI/08 13 245 1/VII/08 al 31/XII/08
Por lo anterior, mediante el oficio núm. ASC/135/08/14, del 10 de noviembre de 2009,
se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL que explicara los
motivos por los cuales dichos programas extraordinarios no fueron presentados en el
tiempo establecido. En respuesta, la Subdirección de Recursos Humanos, mediante
el oficio núm. CJSL/DES/SRH/3208/2009, del 18 de noviembre de 2009, informó
que “la Consejería Jurídica y de Servicios Legales no ha emitido ningún Programa
Extraordinario de Contratación de Prestadores de Servicios para la partida 3301
‘Honorarios Asimilables a Salarios’. Por lo anterior la Dirección General de Administración
518 VOLUMEN 5/13
y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, dependencia encargada de emitir
las autorizaciones de los Programas, no realizó ninguna observación a nuestras
autorizaciones en el que se haya entregado en forma extemporánea”.
Asimismo, mediante cuestionario de control interno aplicado a la Subdirección de
Recursos Humanos el 26 de noviembre de 2009, se le solicitó que explicara por qué
no se consideran programas extraordinarios. En respuesta, la Subdirección de Recursos
Humanos informó:
“De conformidad con los Lineamientos emitidos por la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, los programas presentados por esta
Consejería Jurídica y de Servicios Legales siempre se han registrado como programas
ordinarios, sin tener ninguna observación por parte de dicha Dirección General e
inclusive, en algunos casos, cuando lo requiere la DGADP, con Opinión Favorable de
la Contraloría General del GDF, para la erogación de recursos en los programas
de Servicios Profesionales del ejercicio 2008…”
“Así mismo, hago de su conocimiento que en ningún caso existió negativa para la
autorización de dichos programas por parte de la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, como se muestra en las autorizaciones
anexas al presente, ya que los programas citados se apegan a la normatividad vigente…”
En el análisis de la información anterior se observó que los prestadores de servicios
no fueron considerados en el programa anual de prestadores de servicios, por lo que
de acuerdo con los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de
Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,
3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y
Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, vigentes en 2008, deben considerarse
programas extraordinarios.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero
de 2010, la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó
lo siguiente:
“Se incluye justificación y copias de oficios dirigidos a la DGADP.”
519 VOLUMEN 5/13
A continuación se presenta la siguiente argumentación para la atención del Resultado
en comento:
“Que de conformidad con el artículo 98 del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal y de los “Lineamientos para la Autorización de Programas
de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las partidas presupuestales:
3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios
Estadísticos y Geográficos”, y 3305 “Estudios e Investigaciones”, para el ejercicio
fiscal 2006”; la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal
de la Oficialía Mayor de Personal es la instancia que valida y autoriza el Programa
Anual de Contratación de Prestadores de Servicios, así como su continuidad,
modificaciones y adiciones del Programa en referencia, de igual forma los Programas
Extraordinarios.
”El Programa Anual de Prestación de Servicios para el ejercicio presupuestal 2008 de
la Consejería Jurídica y de Servicios Legales fue autorizado por la Dirección General
de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor.
”En el ejercicio presupuestal 2008 la Consejería Jurídica y de Servicios Legales no llevó
a cabo Programas Extraordinarios, toda vez que las autorizaciones que se solicitaron a la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, y que se mencionan en
el punto 1, eran de modificación al Programa Anual para la cancelación y/o adición
de folios por lo que, salvo mejor opinión, no hacen referencia a la autorización de un
Programa Extraordinario.
”A mayor abundamiento, al presentar la solicitud de autorización de modificación para
la cancelación y/o adición de folios dentro del Programa Anual de Contratación de
Prestadores de Servicios 2008 ya autorizado con anterioridad, a la Dirección General
de Administración y Desarrollo de Personal, éstas fueron otorgadas, en apego a la
normatividad en la materia, a través de los siguientes oficios DGADP/000232/2008,
DGADP/000372/2008, DGADP/000366/2008, DGADP/001075/2008, DGADP/00941/2008,
DGADP/01650/2008, DGADP/01818/2008, DGADP/02117/2008, DGADP/002887/2008,
DGADP/02964/2008, DGADP/03327/2008 y DGADP/003427/2008.
520 VOLUMEN 5/13
”Por lo que, salvo mejor opinión, esta Consejería Jurídica y de Servicios Legales
cumplió en tiempo y forma con la presentación del Programa Anual de Prestación
de Servicios 2008 y sus modificaciones (cancelación y/o adición de folios), contando
con las autorizaciones correspondientes.”
Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, ésta proporcionó evidencia de que
no se llevaron a cabo programas extraordinarios, toda vez que las autorizaciones
que se solicitaron a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de
la Oficialía Mayor eran de modificación al Programa Anual para la Cancelación y/o adición
de folios, por lo que el presente numeral del resultado se modifica.
3. Se verificó que la CJSL hubiera entregado a la DGADP los informes trimestrales,
correspondientes a los honorarios asimilados a salarios y honorarios autogenerados
dentro del plazo establecido por los Lineamientos para la Autorización de Programas
de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales:
3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios
Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”. Al respecto, se
comprobó que la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL presentó de manera
extemporánea a la OM algunos informes en 2008, con atrasos de 9 a 27 días hábiles,
como se muestra en el siguiente cuadro:
Informe trimestral 2008
Fecha de recepción en la DGAP
Fecha máxima
para entrega
Días hábiles
de desfase
Enero-Marzo 25/IV/08 14/IV/08 9 Abril-Junio 7/VIII/08 14/VII/08 18 Julio-Septiembre 21/IX/08 14/X/08 27 Octubre-Diciembre 16/II/09 20/I/09 18 Octubre-Diciembre (Alcance) 26/II/09 20/I/09 26
Mediante el oficio núm. ASC/135/08/05, del 6 de octubre de 2009, se solicitó a la
Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL que informara el motivo por el cual
los informes trimestrales remitidos a la DGADP de la OM no fueron entregados en el
plazo establecido. En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DEA/SRH/2854bis/2009,
del 20 de octubre de 2009, se informó que “la entrega de los informes entregados
521 VOLUMEN 5/13
a destiempo se debe 1.- A que las Unidades Administrativas entregan el informe con
fecha límite a la Jefatura de Unidad Departamental de Administración de Personal de
la Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de Administración,
es decir el último día que tiene para entregar el informe respectivo para su revisión
y si existiera errores se los llevan y tardan aproximadamente de 5 a 10 días para
entregar la corrección, lo cual implica un retraso mayúsculo”.
Por lo anterior, la CJSL incumplió el apartado VII, “Informes”, numeral 1, de los
Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores
de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302
“Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y
Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, vigentes durante 2008, el cual
señala: “Las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados y Entidades,
remitirán a la DGAP mediante el formato DAP-04, un informe trimestral sobre
el cumplimiento del Programa Anual autorizado de Contratación de Prestadores
de Servicios, por cada partida presupuestal, anexando copia del Registro Federal de
Contribuyentes de los prestadores de servicios, para lo cual dichas instancias tendrán
como fecha límite para la entrega del mismo, diez días hábiles posteriores al vencimiento
del trimestre que reportan”.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó
documentación ni información en relación con la presente observación, por lo que no
se modifica.
Recomendación ASC-135-08-03-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca medidas
de control y supervisión para remitir los informes trimestrales, relativos al cumplimiento
del programa anual autorizado de contratación de prestadores de servicios, en del plazo
establecido, de acuerdo con los Lineamientos para la Autorización de Programas de
Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales:
3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios
Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.
522 VOLUMEN 5/13
4. Resultado
Con objeto de comprobar que la integración de los expedientes de los prestadores de
servicios profesionales contratados por la CJSL durante el ejercicio en revisión se haya
sujetado a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),
vigente desde el 13 de abril de 2007, mediante los oficios núms. ASC/135/08/07,
ASC/135/08/08, ASC/135/08/10 y ASC/135/08/11, del 13, 16, 20 y 22 todos de octubre
de 2009, en ese orden, se solicitaron a la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL
83 expedientes de un total de 1,219. De la revisión de éstos, se desprende lo siguiente:
Concepto No localizado en el expediente
Solicitud de empleo 6 Copia certificada del acta de nacimiento 1 Currículum Vital 3 Copia de credencial para votar, pasaporte vigente o cédula profesional 1 Copia RFC 4 Copia del CURP 2 Copia del documento que acredite el nivel máximo de estudios 3 Comprobante de domicilio 4 Fotografías 17 Escrito con el que se manifieste no tener otro empleo en el GDF y que no ha celebrado contrato alguno como prestador de servicios profesionales con el GDF
13
Escrito de autorización para investigación de no inhabilitación 7 Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas por otro patrón 58 Manifestación de no estar jubilado mediante incorporación a programas de retiro 72 Informes mensuales de actividades del ejercicio de 2008 1
Con los oficios núms. ASC/135/08/13, ASC/135/08/19 y ASC/135/08/21, del 9, 23 y 25 de
noviembre de 2009, se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL
que informara o aclarara las causas por las que los expedientes no cuentan con toda la
documentación correspondiente. En respuesta, la Subdirección de Recursos Humanos,
mediante el oficio núm. CJSL/DEA/SRH/3208/2009, del 18 de noviembre de 2009, proporcionó
fotografías de tres prestadores de servicios, una Constancia de remuneraciones cubiertas
y retenciones, cinco escritos con los que se manifiesta no tener otro empleo en el
Gobierno del Distrito Federal y no haber celebrado contrato alguno como prestador de
servicios profesionales con el GDF, dos Currículum Vitae y un comprobante de domicilio.
523 VOLUMEN 5/13
Asimismo, informó que con relación al folio 322.1, “los documentos faltantes en su expediente
no fueron integrados debido a que esta persona no laboró. En el expediente se anexó
copia del cheque devuelto. Referente a las Constancias de Remuneraciones Cubiertas
y Retenciones Efectuadas por otro padrón y las Cartas de Manifestación de no haber sido
sujetos de jubilación mediante Programas de Retiro; informó que dichos documentos son
opcionales, razón por la cual no se encuentran anexos a los expedientes”.
Mediante cuestionario de control interno aplicado a la Subdirección de Recursos Humanos
el 26 de noviembre de 2009, se pidió que explicara por qué los expedientes solicitados
mediante los oficios núms. ASC/135/08/07, ASC/135/08/08, ASC/135/08/10 y ASC/135/08/11,
del 13, 16, 20 y 22 de octubre de 2009, fueron entregados en forma parcial a esta entidad
de fiscalización y por qué dichos expedientes no se encontraban integrados con la
documentación establecida en la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007; y que explicara la causa por
la cual no fueron proporcionados los expedientes de los prestadores de servicios con folios
63 y 796. En respuesta, la Subdirección de Recursos Humanos informó que “los expedientes
de los prestadores de servicios profesionales, por falta de espacio en la Subdirección de
Recursos Humanos, se concentran en las áreas de adscripción, por tal motivo los enlaces
administrativos remitieron la información a dicho Órgano Fiscalizador parcialmente…”.
En cuanto a los expedientes no proporcionados durante la ejecución de la auditoría, señaló:
“Al respecto me permito informar que dichos expedientes fueron solicitados y entregados
al […] Auditor de la Contraloría Interna en la CJSL, el día 03 de agosto del presente año […]
por Enlace Administrativo en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de
Comercio con motivo de la auditoría que realizó la Contraloría Interna en la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales, mismos que no han sido devueltos a dicha área…”.
Con el oficio núm. CJSL/DEA/SRH/3380/2009, de fecha 30 de noviembre de 2009, signado
por la Subdirección de Recursos Humanos, se solicitaron los expedientes mencionados
a la Contraloría Interna.
Lo anterior denota deficiencias en el control y supervisión de las actividades de integración,
archivo y custodia de los expedientes de los prestadores de servicios, por lo que la Jefatura
524 VOLUMEN 5/13
de Unidad Departamental de Administración de Personal, adscrita a la Subdirección de
Recursos Humanos, no se sujetó al numeral XII del apartado “Funciones” establecido
en el Manual Administrativo de la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL, que
señala que esa área deberá “asegurar la integración y actualización de los expedientes
individuales del personal de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales”.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/201, del 12 de enero de 2010,
la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó lo siguiente:
“Se presentan copias de los expedientes de las siguientes personas:
”1. C. Pineda Pineda Yara Heidi
”2. C. González Martínez Aurora”
Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, ésta proporcionó los dos expedientes
de prestadores de servicios observados, por lo que se modifica esta observación.
Por no contar con la documentación requerida para la contratación de los prestadores de
servicios, la Subdirección de Recursos Humanos incumplió los numerales 1.3.7 y 1.3.15
del apartado 1.3 “Contratación, Nombramientos, Identificación y Expedientes de Personal”
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno)
vigente desde el 13 de abril de 2007. El numeral 1.3.7 señala que, “previo a la formalización
de la relación laboral, el aspirante a ocupar una plaza en alguna de las Dependencias
o Entidades, deberá entregar lo siguiente: a) Formato de solicitud de empleo totalmente
requisitado; b) Copia certificada del Acta de Nacimiento […] c) Currículum Vitae […]
e) Copia de Identificación Oficial, Credencial para Votar, Pasaporte vigente, Cédula
Profesional […] f) Copia del documento en donde conste la clave del Registro Federal de
Contribuyentes (R.F.C.); g) Copia del documento en donde conste la Clave Única de Registro
de Población (C.U.R.P.); h) Copia del documento que acredite el nivel máximo de Estudios;
i) Copia del Comprobante de Domicilio; j) Dos fotografías tamaño infantil de frente; k) Escrito
en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el Gobierno
del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador
525 VOLUMEN 5/13
de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal; l) Escrito en el que manifieste
que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la CGDF, si
se encuentra inhabilitado […] m) Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones
efectuadas emitidas por otro patrón […] o) Manifestación del empleo de no haber sido
sujeto de jubilación mediante incorporación a programas de retiro con apoyo económico”.
El numeral 1.3.15 establece que, “el Titular del Área de Recursos Humanos de la
Dependencia, es responsable de la custodia y actualización de los expedientes de personal
de los trabajadores adscritos a ésta, así como de los que hayan causado baja antes de la
desconcentración de los registros de personal por parte de la OM”.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó
información ni documentación respecto a la presente observación, por lo que no se
modifica.
De lo anterior, se concluye que el presente resultado se modificó con lo relacionado a los
dos expedientes no proporcionados durante la ejecución de la auditoría.
Recomendación ASC-135-08-04-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca medidas de
control y supervisión para integrar, archivar y custodiar los expedientes de los prestadores
de servicios, como lo establece el numeral XII del apartado “Funciones” del Manual
Administrativo de la Dirección Ejecutiva de Administración en la Consejería Jurídica y de
Servicios Legales; y los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación
de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,
3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y
Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.
5. Resultado
De los 83 prestadores de servicios se verificó que contaran con los contratos de prestación
de servicios formalizados por la CJSL, y se observó lo siguiente:
1. Ochenta y un contratos de prestadores de servicios cuentan con las firmas requisitadas.
526 VOLUMEN 5/13
2. Un contrato de prestador de servicios, se informó que esta persona no laboró en
la CJSL.
3. El contrato de un prestador de servicios (folio 796) no fue proporcionado durante la
auditoría; sin embargo, la Subdirección de Recursos Humanos informó mediante
respuesta al cuestionario de control interno mencionado anteriormente que “dichos
expedientes fueron solicitados y entregados al […] Auditor de la Contraloría Interna en
la CJSL, el día 03 de agosto del presente año […] por Enlace Administrativo en la
Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio con motivo de
la auditoría que realizó la Contraloría Interna en la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales, mismos que no han sido devueltos a dicha área”.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero de 2010,
la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó lo siguiente:
“Se anexa contrato (796) de la C. Pineda Pineda Yara Heidi, debidamente formalizado”.
Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, esta proporcionó el contrato correspondiente
a la C. Pineda Pineda Yara Heidi, debidamente formalizado; por lo tanto, el presente resultado
se modifica.
6. Resultado
Se verificó que los prestadores de servicios contratados por la CJSL en 2008 e incluidos en
las nóminas proporcionadas en archivo magnético por la Dirección Ejecutiva de Administración
en la CJSL no hubieran tenido simultáneamente otro empleo, cargo o comisión en la
Administración Pública del Distrito Federal. Sobre el particular, se efectuó lo siguiente:
Mediante una conciliación entre las nóminas del Gobierno del Distrito Federal y la base de
datos de las nóminas de los prestadores de servicios por honorarios contratados por la CJSL
en 2008, se determinó lo siguiente:
1. Se detectó que en 2008 tres personas que aparecen en las nóminas de prestadores
de servicios, también habían laborado con cargo a las nóminas de base en la CJSL.
527 VOLUMEN 5/13
Para verificar que dichos prestadores de servicios no laboraron en ambos cargos en
forma simultánea, mediante el oficio núm. ASC/135/08/14, del 10 de noviembre de 2009,
se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración que proporcionara los expedientes
de los tres trabajadores de nómina correspondientes a 2008, asimismo, con el oficio
núm. ASC/135/08/20, del 24 de noviembre de 2009, se solicitó que proporcionara
las constancias de movimientos, constancia de nombramiento, recibos de nómina
o documento mediante el cual se le realizaron los pagos, listas o tarjetas de asistencia,
horario y días de la semana en que prestaron sus servicios en la CJSL durante 2008.
En respuesta, la Dirección Ejecutiva de Administración proporcionó dicha información,
con la cual se constató que los tres prestadores de servicios laboraron en diferentes
períodos en uno y otro cargo dentro de la CJSL.
2. Diecisiete prestadores de servicios laboraron durante 2008 en las siguientes instancias:
en las Delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero y La Magdalena Contreras; en la
Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal, en la Coordinación
General de Modernización Administrativa del Gobierno del Distrito Federal y en la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM.
Con objeto de comprobar que los 17 prestadores de servicios no laboraron simultáneamente
en las instancias mencionadas y en la CJSL, mediante los oficios núms. ASC/09/1721,
ASC/09/1722, ASC/09/1723, ASC/09/1725 y ASC/09/1726, todos del 9 de noviembre de 2009,
y ASC/09/1868, del 2 de diciembre de 2009, se solicitó a dichas instancias que proporcionaran
información y documentación relativa a los 17 prestadores de servicios, consistente en:
constancia de nombramiento, recibos de nómina del 2008, o documento mediante el cual
se realizó el pago en ese ente, listas o tarjetas de asistencia de 2008, horario y días de la
semana en que prestó sus servicios durante 2008.
Dichos entes remitieron la información y documentación mediante los oficios
núms. DAP/DGRH/OM/SSP/7637/2009, DAP/DGRH/OM/SSP/7863/2009 y
DAP/DGRH/OM/SSP/7874/2009, del 12, 26 y 30 de noviembre de 2009, respectivamente,
de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal; DGADP/03436/2009,
del 13 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Administración y Desarrollo
de Personal de la OM; DB10-1.2.2.3.2/2524/2009, del 13 de noviembre de 2009, de la
Delegación La Magdalena Contreras; DGAM/DGA/0311/2009, del 13 de noviembre de 2009,
528 VOLUMEN 5/13
de la Delegación Gustavo A. Madero; DGA/2073/2009, del 20 de noviembre de 2009, de
la Delegación Cuauhtémoc, y OM/DGA/1900/2009, del 4 de diciembre de 2009, de la
Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor.
1. De la revisión de la información y documentación remitidas por los entes, se verificaron
los casos de los servidores públicos que prestaron servicios en la Delegación
La Magdalena Contreras y en la Dirección General de Administración y Desarrollo de
Personal de la OM al respecto no se detectaron irregularidades.
2. En cuanto al servidor público que prestó sus servicios en la Delegación Cuauhtémoc
se indicó que trabajó con un horario de 9:00 a 16:00 hrs. de lunes a viernes; respecto
al servidor público que prestó sus servicios en la Delegación Gustavo A. Madero, se
indicó que laboró de enero a la primera quincena de abril de 2008 con un horario de
8:00 a 15:00 hrs. de lunes a viernes y a partir del 16 de abril de 2008 con un horario
de 16:00 a 22:00 hrs. de lunes a viernes, y en cuanto al servidor público que laboró en
la Dirección General de la Oficialía Mayor, se proporcionaron los recibos de pago
correspondientes al ejercicio de 2008; sin embargo, en los contratos de los tres
prestadores de servicios no se establece el horario de labores.
3. Respecto a los 12 servidores públicos que prestaron sus servicios en la Secretaría
de Seguridad Pública del Distrito Federal, se observó lo siguiente:
a) Cuatro laboraron de lunes a viernes con los siguientes horarios: dos de 8:00
a 15:00 hrs. uno de 9:00 a 16:00 hrs. y otro de 15:00 a 22:00 hrs.
b) De ocho se proporcionaron las fatigas de servicios de 2008. Del análisis de éstas
se desprende que dichos servidores registraron diversos horarios, por lo que no
es posible definir el horario que tuvieron en el ejercicio de 2008.
Por lo anterior, se concluye que en los contratos de los 20 prestadores de servicios no se
establece el horario de labores. Asimismo, la Subdirección de Recursos Humanos, con el
oficio núm. CJSL/DEA/SRH/2950/2009, del 28 de octubre de 2009, informó que “el Prestador
de Servicios Profesionales no recibe sueldo, sino honorarios, cuenta con un Registro Federal
de Contribuyentes como profesionista o técnico, no está sujeto a un horario determinado,
y desarrolla sus actividades bajo un contrato de prestación de servicios profesionales,
529 VOLUMEN 5/13
que es de naturaleza civil y no laboral. Por ende el Prestador de Servicios Profesionales
no registra su asistencia en listas”.
Cabe señalar que de los 17 prestadores de servicios, 13 presentaron escrito en el que
manifiestan no tener otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que no ha celebrado
contrato alguno como prestador de servicios profesionales con el mismo Gobierno del
Distrito Federal; 3 no presentaron dicho escrito.
Un prestador de servicios presentó escrito del 7 de abril de 2008, con el cual señala que
“me permito manifestar bajo protesta de decir verdad, que me encuentro laborando en la
Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal, en la Dirección
Ejecutiva de Seguridad Privada, ocupando la plaza 1200202, así mismo manifiesto que
no he celebrado contrato alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno
del Distrito Federal”.
Por este último caso, la Subdirección de Recursos Humanos incumplió el numeral 5,
incisos a) y b), del capítulo II, “Disposiciones Generales”, de los Lineamientos para la
Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo
a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de
Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”,
vigentes durante 2008, el cual señala: “No procederá la celebración de ningún tipo de
contrato de prestadores de servicios en los siguientes casos: a) Cuando el interesado en
prestar el servicio desempeñe un empleo, cargo o comisión en la Administración Pública
Federal o del Distrito Federal, o lo haya desempeñado hasta un año antes de la publicación
de la convocatoria, o fecha de celebración del contrato […] y b) Cuando el interesado en
prestar el servicio tenga celebrado otro contrato de prestación de servicios en el Gobierno
del Distrito Federal”. Asimismo, incumplió el artículo 47, fracción XI, de la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos, que señala: “Todo servidor público tendrá
las siguientes obligaciones, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad
y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y
cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin
perjuicio de sus derechos laborales, así como de las normas específicas que al respecto
rijan en el servicio de las fuerzas armadas […] XI.- Abstenerse de desempeñar algún otro
empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley le prohíba”.
530 VOLUMEN 5/13
Respecto a los tres prestadores de servicios que no presentaron el escrito en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el Gobierno del
Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador
de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal, la Subdirección de Recursos
Humanos no se sujetó al numeral 1.3.7 del apartado 1.3, “Contratación, Nombramientos,
Identificación y Expedientes de Personal” de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007, que
señala que, “Previo a la formalización de la relación laboral, el aspirante a ocupar una
plaza en alguna de las Dependencias o Entidades, deberá entregar lo siguiente […]
k) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en
el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno
como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal…”.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero
de 2010, la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó
lo siguiente:
“Se presentan cuatro declaraciones de prestadores de servicios profesionales.”
Adicionalmente se informa que:
“A. Se anexa de la C. Mendoza Patiño Luz María, Prestador de Servicio Profesionales el
escrito original en el que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro
empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado
contrato alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito
Federal de fecha 16 de abril de 2008.
”B. Se anexa del C. Jiménez Garrido Marco Antonio, Prestador de Servicio Profesionales
el escrito original en el que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro
empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado
contrato alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito
Federal de fecha 01 de julio de 2008.
531 VOLUMEN 5/13
”C. Se anexa de la C. Monroy Ahumada Socorro Esperanza, Prestador de Servicio
Profesionales el escrito original, con carácter devolutivo, en el que manifiesta bajo
protesta de decir verdad, ‘que el cargo que desempeño en otro empleo o comisión
dentro del Gobierno del Distrito, no interfiere con las actividades encomendadas en
el contrato de Prestación de Servicios Profesionales’ de fecha 1 de abril de 2008.
”D. Se anexa de la C. Fernández Ramírez María Eugenia, Prestador de Servicio
Profesionales el escrito original, con carácter devolutivo, en el que manifiesta bajo
protesta de decir verdad, ‘que el cargo que desempeño en otro empleo o comisión
dentro del Gobierno del Distrito, no interfiere con las actividades encomendadas en
el contrato de Prestación de Servicios Profesionales’ de fecha 1 de febrero de 2008.”
Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, se proporcionaron dos escritos en los
que se manifiesta “no tener otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que no han
celebrado contrato alguno como prestadores de servicios profesionales con el mismo GDF”.
Asimismo, se proporcionaron dos escritos en los que se señala que el cargo que se
desempeñó en otro empleo o comisión dentro del Gobierno del Distrito Federal, “no interfirió
con las actividades encomendadas en el contrato de Prestación de Servicios Profesionales”.
Sin embargo, los prestadores de servicios no deben contar con otro empleo en el Gobierno
del Distrito Federal, circunstancia que debe manifestarse expresamente en el escrito bajo
protesta de decir verdad, ya que el numeral 5, incisos a) y b), del capítulo II, “Disposiciones
Generales”, de los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de
Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,
3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y
Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, vigentes durante 2008, señala que
“no procederá la celebración de ningún tipo de contrato de prestadores de servicios en los
siguientes casos: a) Cuando el interesado en prestar el servicio desempeñe un empleo,
cargo o comisión en la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, o lo haya
desempeñado hasta un año antes de la publicación de la convocatoria, o fecha de
celebración del contrato […] y b) Cuando el interesado en prestar el servicio tenga
celebrado otro contrato de prestación de servicios en el Gobierno del Distrito Federal”,
por lo tanto, no se modifica el resultado.
532 VOLUMEN 5/13
Recomendación ASC-135-08-05-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales implante mecanismos
de control y supervisión para garantizar que la los prestadores de servicios que contrate
no desempeñen un empleo, cargo o comisión en la administración pública federal o del
Distrito Federal, o lo hayan desempeñado hasta un año antes de la publicación de la
convocatoria, de conformidad con los Lineamientos para la Autorización de Programas
de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales:
3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios
Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.
Recomendación ASC-135-08-06-CJSL
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 4.
Partida 3305 “Estudios e Investigaciones”
7. Resultado
Durante el ejercicio de 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales ejerció un importe
de 56,257.7 miles de pesos con cargo a la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, de la
que se seleccionó una muestra de dos CLC, la núm. 25 C0 01 001261 del 22 de diciembre
de 2008, por un importe total de 37,379.2 miles de pesos. Y la núm. 25 C0 01 01389, del
31 de diciembre de 2008, por un importe de 10,620.8 miles de pesos. Estas representan
el 85.3% del presupuesto total ejercido en la partida, y el 21.0% del presupuesto total
ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de pesos).
1. Se verificó que las CLC revisadas son impresiones del Sistema Institucional de Control
de Egresos (SICE) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos
inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados
para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples
y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió
los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”,
y IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta
533 VOLUMEN 5/13
por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios
para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
2. Para verificar que dicho gasto se realizara y registrara correctamente, que el procedimiento
de adjudicación contara con toda la documentación justificativa y comprobatoria de
conformidad con la normatividad aplicable, mediante el oficio núm. ASC/135/08/01, de
fecha 7 de septiembre de 2009, se solicitó a la Subdirección de Recursos Financieros
que proporcionara la CLC núm. 25 C0 01 01261, del 22 de diciembre de 2008, por un
importe de 37,379.2 miles de pesos, y la CLC núm. 25 C0 01 01389, del 31 de
diciembre de 2008, por un importe de 10,620.8 miles de pesos.
La documentación justificativa consistió en el contrato tipo núm. 084, celebrado el 24 de
noviembre de 2008 con el proveedor Futuver, S.A. de C.V. Dicho contrato se autorizó
en la quinta sesión extraordinaria, en el caso núm. 12, del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales, celebrada el 19 de noviembre de 2008. El procedimiento de adquisición
del servicio fue por adjudicación directa, de conformidad con los artículos 134 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. párrafo segundo, de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal; y 1o. fracción VI, y 41, fracción I, de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, derivado de las requisición
núm. 0369.
Al analizar la documentación soporte que se anexó a la CLC núm. 25 C0 01 01261 se
observó que el contrato tipo núm. 84, celebrado con la empresa Futuver, S.A. de C.V., fue
por un monto de 48,000.0 miles de pesos, derivado del “Programa para la Modernización
de los Registros Públicos de la Propiedad de los Estados”.
Con fecha 14 de noviembre de 2008, la Consejera Jurídica y de Servicios Legales envió a
los miembros del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
de la CJSL la justificación y autorización para llevar a cabo la contratación, mediante el
procedimiento de adjudicación directa, de los servicios prestados por el proveedor
Futuver, S.A. de C.V., para la ejecución del “Proyecto de Modernización del Registro
Público del Distrito Federal”, que se describen a continuación.
534 VOLUMEN 5/13
“El Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, es la institución
a través de la cual, el Gobierno de la ciudad, otorga garantía de certeza jurídica a los
actos de registro y publicidad que la ley instruye y la ciudadanía demanda, para cumplir
con esta misión, tiene dos grandes funciones, inscribir actos jurídicos y darles publicidad por
medio de diversas consultas, copias y certificados. Para lo cual cuenta con un catálogo de
casi 400 trámites y servicios.
”El dinámico crecimiento de la ciudad de México, y la consecuente necesidad de regularización
inmobiliaria, han propiciado un significativo incremento en el volumen de operaciones que
ingresan diariamente a la institución; este volumen de operación es el más importante del
país con más de 1500 solicitudes de servicios diariamente. De ahí la importancia de que
los servicios que otorga el Registro Público de la Propiedad y de Comercio cumplan con
los estándares internacionales de calidad y eficiencia; por lo que se torna indispensable
utilizar herramientas tecnológicas que permitan a la autoridad encargada del Registro
Público, mediante un Programa de Modernización Integral, garantizar la certeza, seguridad
jurídica y protección a la propiedad, su transmisión, gravámenes y los efectos de los
derechos inscritos; así como de los actos jurídicos realizados por empresas y personas
morales.
”El modelo integral de Modernización plantea las metas de toda institución registral
nacional; esto es, establece de manera sistemática, la existencia de 9 componentes a saber:
Marco Jurídico, Procesos Registrales, Tecnologías de la Información, Gestión de Calidad,
Profesionalización de la Función Registral, Políticas Institucionales, Gestión y Acervo
Documental, Participación y Vinculación con otros Sectores, e indicadores de Desempeño,
los cuales son susceptibles de ser cuantificados objetivamente.
”El alcance del proyecto es la modernización de la Institución del Registro Público y de las
oficinas que tiene para ofrecer el servicio que la ciudadanía demanda.
”La realización de este objetivo principal, se consigue a través de la cobertura integral
de los siguientes objetivos de apoyo:
535 VOLUMEN 5/13
”Adecuación del marco jurídico garantizando un registro público declarativo con el
cumplimiento de los principios registrales que señala el modelo integral de registro
público.
”Poner en marcha un Organismo con autonomía e independencia para la gestión del
Registro Público de la Propiedad.
”Definición de un esquema de responsabilidades de los empleados, funcionarios y directivos
del Registro.
”Definición, documentación y estandarización de los procesos organizativos que se
establecerán en las oficinas del Registro Público del Distrito Federal.
”Definición de nuevos servicios registrales que requieren los usuarios institucionales,
el mercado inmobiliario y los ciudadanos.
”Definir los mecanismos para garantizar que el gran cambio que se producirá en el Registro
público de la propiedad esté sujeto a una mejora continua.
”Así con fecha del 8 de septiembre de 2008, el Gobierno del Distrito Federal y el Ejecutivo
Federal por conducto de La Consejería Jurídica, suscribieron el Convenio de Coordinación
para el otorgamiento de Recursos Federales para ser destinados a la Modernización del
Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
”Dicho convenio tiene por objeto asignar conjuntamente, sendas cantidades de recursos
presupuestarios, con la finalidad de que el Registro Público de la Propiedad del Distrito
Federal, se convierta en un organismo eficiente y eficaz que garantice plenamente la certeza
jurídica de los derechos inscritos.
”Bajo esta perspectiva, de manera general el objetivo principal del Programa de Modernización
para el Registro Público de la Propiedad será ‘Modernizar el Registro Público de la
Propiedad y de Comercio del Distrito Federal garantizando el desarrollo de la función que
tiene asignada: ofrecer seguridad jurídica mediante la inscripción y publicidad de los actos
que requieren satisfacer tal requisito para surtir efectos frente a terceros’.
536 VOLUMEN 5/13
”De acuerdo con los diagnósticos realizados para determinar las necesidades de cambio
del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como con los sondeos
correspondientes, se estima que para el cumplimiento total del Proyecto de Modernización
para el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, se requiere
un presupuesto de aproximadamente 370,000.0 (miles de pesos), por los tres años en los
que se pretende realizar, mismo que será financiado por los gobiernos local y federal […]
”Es importante señalar que el Proyecto de Modernización del Registro Público de la
Propiedad y de Comercio del Distrito Federal se estima tendrá su desarrollo en el período
comprendido del 24 de noviembre de 2008 al 30 de marzo de 2011, esto es en tres años,
proyecto que estará financiado por los gobiernos local y federal.
”La erogación de recursos para el presente ejercicio se ampara bajo el Convenio de
Coordinación para el otorgamiento de Recursos Federales, que serán destinados a la
Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal,
que celebraron los citados gobiernos con fecha 8 de septiembre de 2008, y en el cual se
pactó en su cláusula séptima en relación con la segunda, que el gobierno local aportaría
la cantidad de 48,000.0 (miles de pesos) y el gobierno federal una cantidad igual que hacen
un total de 96,000.0 (miles de pesos), para el ejercicio 2008. Esta erogación es para
concretar la primera fase de la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de
Comercio del Distrito Federal. La primera fase en materia de Consultoría, se desarrollará
de acuerdo a los siguientes componentes:
”Marco Jurídico
”Procesos Registrales
”Tecnologías de Información
”Gestión de Calidad
”Profesionalización
”Políticas Institucionales
537 VOLUMEN 5/13
”Gestión del Acervo
”Vinculación con otros Sectores
”Indicadores
”Administración del Cambio
”La Consejería Jurídica y de Servicios Legales no cuenta con los estudios específicos
relativos al caso, el personal, ni con las unidades administrativas para llevar a cabo el
desarrollo de los componentes integrales que componen el Proyecto estatal de Modernización
del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
”En este orden de ideas, se reitera que se requiere del personal debidamente capacitado
y certificado, con una amplia experiencia en consultoría y tecnología en materia registral,
para el desarrollo integral del proyecto.
”A efecto de contar con diversas opciones para la realización de un proyecto integral
de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal,
la Dirección Ejecutiva de Administración de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales,
realizó una exploración en el mercado, para detectar a la empresa que contara con
los recursos y experiencia necesarios para ejecutar el Programa de Modernización de la
institución registral, considerando a las siguientes empresas y una Institución Educativa:
Alternativas en Economías, S.A. de C.V., Servicios Profesionales GISnet, S.C., Centro de
Información Registral, Catastral, y Economía. A.C., Universidad Autónoma Metropolitana,
y Futuver, S.A. de C.V.
”A efecto de apoyar esta tarea, se estableció el Comité Interdisciplinario de Evaluación y
seguimiento del Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad
del Distrito Federal, el cual está integrado por el Director General del RPP, los Directores
de Proceso Registral, de Inmuebles Públicos y Registro de Programas, de Acervos
Registrales y Certificados y de Informática, así como por los Subdirectores de Ventanilla
Única y de Control de Gestión y de Dictaminación Registral, quienes llevaron a cabo el
análisis técnico de la información proporcionada por diversas empresas e Instituciones
538 VOLUMEN 5/13
de Educación Superior, con el fin de conocer su capacidad técnica, curricular y de
experiencia en la materia registral para ejecutar el proyecto mencionado, arrojando como
resultado lo siguiente:
”A. La empresa Alternativas en Economía, S.A. de C.V., en las fases de diseño,
implementación y consolidación, no se menciona la elaboración de un diagnóstico que
permita conocer la situación actual del Registro, en la etapa de Consolidación, señala
el establecimiento de un Sistema de Gestión de Calidad, sin que se mencione el diseño
particular que requiere el Registro, es decir, no cumplió con el esquema de integralidad
del proyecto.
”B. La empresa Servicios Profesionales GISnet, S.C, manifestó tener capacidad para
el desarrollo de los 9 componentes que marca el PEM; sin embargo, no acreditó
experiencia en la ejecución de algún proyecto integral.
”C. La empresa Centro de Información Registral, Catastral y Económica, A.C., con escrito
de fecha 14 de octubre de 2008, a través del presidente de su Consejo Directivo,
informó que no tiene interés en participar en el referido Programa de Modernización.
”D. Por su parte, la Universidad Autónoma Metropolitana, informó a través del oficio
número SG.3985.2008, de fecha 3 de noviembre de 2008, firmado por el Secretario
General de dicha casa de estudios, quien hizo del conocimiento que no cuentan con
la capacidad para ejecutar el Programa Estatal de Modernización del Registro Público
de la Propiedad del Distrito Federal.
”E. La empresa Futuver, S.A. de C.V., de la documentación remitida por la empresa
se desprende lo siguiente: ha ejecutado el proyecto integral de modernización del
Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio del Estado de Tamaulipas;
ha participado en más de 80 proyectos integrales de modernización de Registros
Públicos en España. La gestión de proyectos la desarrolla mediante una herramienta
denominada IDINET, implantada, según lo refiere en su documentación, en más
de 15 organizaciones y centros tecnológicos, dispone de licencia para distribuir
una solución tecnológica adecuada al modelo integral y bajo técnica de Folio
Real, Futuver, S.A de C.V. ha desarrollado una solución propia denominada Futureg,
539 VOLUMEN 5/13
de la cual es propietaria de la licencia. En su documentación describe capacidad para
atender nueve componentes: Procesos Registrales, Marco Jurídico, Profesionalización
de la Función Registral; Gestión y Acervo Documental; Tecnologías de la Información;
Políticas Institucionales; Indicadores de Desempeño; Participación y Vinculación con
otros Sectores y Gestión de Calidad.
”Con los antecedentes anteriores, se concluye que la única empresa que cuenta con la
capacidad técnica, humana y tecnológica para llevar a cabo el desarrollo integral del
Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad del Distrito
Federal, es la empresa FUTUVER, S.A. de C.V.
”En este sentido, se somete a consideración del H. Cuerpo Colegiado la contratación
de este servicio a cargo de la empresa FUTUVER, S.A. de C.V., al amparo de la fracción I
del artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
en razón de que por las justificaciones planteadas anteriormente y en estricto apego a la
hipótesis normativa que prevé el precepto legal de referencia, no existe ni se cuenta con
alternativas o sustitutos técnicamente razonables que puedan desarrollar armónica e
integralmente el proyecto de modernización en los términos que se plantean, de acuerdo
a las necesidades técnicas que se requieren para la Modernización del Registro Público
de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Aunado a lo anterior y tomando en
cuenta que la realización del proyecto no se podrá concretar en el corto plazo sino que
se requiere para su implementación de varios ejercicios, queda sujeta la contratación
en los ejercicios posteriores a la disponibilidad presupuestal con que se cuente.
”Autorización:
”Con base en el artículo 134 Constitucional y los artículos 1º fracción VI, 40 y 41 fracción I
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tengo a bien
solicitar de este H. Cuerpo Colegiado la autorización para llevar a cabo la contratación,
mediante el procedimiento de Adjudicación Directa, para la ejecución del ‘Proyecto de
Modernización del Registro Público del Distrito Federal’, por un importe total de 48,000.0 miles
de pesos incluido IVA, por el período del 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2008,
con cargo a la partida 3305 ‘Estudios e Investigaciones’, recursos del Programa Estatal
540 VOLUMEN 5/13
de Modernización (PEM), derivados del Convenio de Coordinación para el otorgamiento de
Recursos Federales, que serán destinados a la Modernización del Registro Público de la
Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de fecha 8 de septiembre de 2008.
”En la 5a. sesión extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios de la Consejería, celebrada el 19 de noviembre de 2008, el H. Cuerpo Colegiado
aprueba por unanimidad la contratación mediante el procedimiento de Adjudicación Directa
la cual rebasó el monto de actuación (240.0 miles de pesos), del Prestador de Servicios
‘Futuver, S.A. de C.V.’, para la realización del ‘Servicio de Consultoría Especializada
para la implementación del Programa Estatal de Modernización’, con cargo a la partida
3305 ‘Estudios e Investigaciones’, por un importe de 48,000.0 miles de pesos IVA incluido.
La vigencia del contrato es del 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2008, de
conformidad a lo establecido en los artículos 134 Constitucional; y 22, 25 y 41 fracción I
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
”Asimismo, con el oficio núm. 075/ICyTDF/DG/EyP/2008, del 08 de mayo de 2008,
la Directora General y el Coordinador de Estudios y Proyectos del Instituto de Ciencia y
Tecnología del Distrito Federal, otorga el Visto Bueno al proyecto denominado Programa
Estatal de Modernización (PEM) 2008-2010 del Registro Público de la Propiedad y del
Comercio.”
Se verificó que Futuver, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma la garantía de cumplimiento
del contrato, con la fianza núm. 1079646, del 28 de noviembre de 2008, por un monto de
4,173.9 miles de pesos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 73 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
La documentación comprobatoria que soporta el pago consta de las facturas núms. 013,
con un importe de 19,889.9 miles de pesos; 014, con un importe de 17,489.3 miles
de pesos; y 025, con un importe de 10,620.8 miles de pesos, de fechas 5, 17 y 31 de
diciembre de 2008, respectivamente, y que corresponden al pago de la primera, segunda
y tercera etapas de los servicios de consultoría especializada para la implementación del
Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio
del D.F.
541 VOLUMEN 5/13
Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2008.
8. Resultado
Respecto a los resultados del estudio contratado, la cláusula primera del contrato tipo
núm. 084, celebrado con la empresa Futuver, S.A. de C.V., establece que “el prestador de
servicios se compromete a entregar a La Consejería los resultados del estudio contratado
mediante entregables, los cuales comprenden un total de 68 documentos” sobre el particular,
mediante el oficio núm. ASC/135/11, de fecha 22 de octubre de 2009, se solicitó a la CJSL
que permitiera al personal auditor la revisión de los documentos relativos a los resultados
del estudio.
El 9 de noviembre de 2009, se llevó a cabo la revisión de los entregables, resultado de los
servicios prestados por la empresa Futuver, S.A. de C.V., en las oficinas de la Dirección
General de Registro Público de la Propiedad y de Comercio, ubicada en Manuel Villalongín
núm. 15, Colonia Cuauhtémoc, en presencia de los asistentes en la Dirección General
de Registro Público de la Propiedad y de Comercio, personal que fue asignado por el
Director General para proporcionar los documentos. En dicha inspección, se revisaron
cada uno de los 68 entregables y los números de páginas de éstos, establecidos en el
contrato tipo 084, celebrado el 24 de noviembre de 2008. Dichos entregables consistieron
en cuadernillos y/o carpetas que contienen información correspondiente a cada uno de los
resultados acordados en el programa y que se describen en el contrato en la cláusula
primera, como a continuación se detalla:
542 VOLUMEN 5/13
Entregables Número de páginas
1. Plan estratégico del Marco Jurídico 30 2. Informe de Inconsistencias 147 3. Informe de Estrategia de Incorporación de Medios Electrónicos 23 4. Lista de Adecuaciones a Instrumentos Jurídicos 19 5. Lista de Cambios requeridos en Código Civil y Reglamento 39 6. Propuesta de Nuevo Marco Jurídico (Código Civil, Reglamento, Ley) 177 7. Propuesta de Adecuaciones más Importantes a Otros Marcos Jurídicos
íntimamente relacionados
106 8. Plan Estratégico de Reingeniería de Procesos 28 9. Informes de Visitas Iniciales al RPP 144 10. Informe Propuesta de Consenso de Procesos 34 11. Informe de Necesidades y Premisas 16 12. Guía para Inventario Categorizado de Libros 32 13. Guía para Inventario de Folios Reales en Bóveda 44 14. Guía para Inventario de Libro de Dictámenes 22 15. Informe del Impacto de Implantación de Nuevos Procesos 27 16. Análisis Funcional para la definición del Lenguaje XML 685 17. Guía Rápida de Procedimientos 32 18. Manual Detallado de Procesos 63 19. Plan Estratégico de Tecnologías de Información 30 20. Informe de Necesidades del Sistema Informático Registral a implantar 44 21. Informe del Sustento Jurídico para las Funcionalidades
del Nuevo Sistema Informático 31
22. Diagrama Conceptual de Migración al Nuevo Sistema Informático Registral 83 23. Manual de Migración Conceptual al Nuevo Sistema Informático Registral 273 24. Mapa General de Procesos 52 25. Diagrama General de Infraestructura 72 26. Anexos Técnicos de Instalación de Software en Equipos 110 27. Anexos Técnicos de Licitaciones de Equipo 77 28. Informe de Recepción Correcta y Configuración de Equipo Correcta 69 29. Listado de Personas que se proponen como Equipo de Modernización 4 30. Plan Estratégico para la Profesionalización 32 31. Informe de Roles con Perfil Personal de cada Directivo 273 32. Actas de Participación en el Estudio 49 33. Informe de Perfil Personal 860
3 tomos 34. Actas de Asistencia a la Entrevista 47 35. Informe de Indicadores de RRHH 22 36. Presentación Ejecutiva del Análisis Completo 45 37. Informe de Detección de Talento y Capacidad de Desarrollo Profesional 22 38. Informe de Evaluación de Personal 36 39. Actas de Asistencia a las Evaluaciones 18 40. Informe de Personal con Plan Amortización Personalizada 6 apartados
Continúa…
543 VOLUMEN 5/13
… Continuación
Entregables Número de páginas
41. Actas de Reunión 19 42. Informe de Acuerdos Alcanzados 11 43. Informe Carencias y Necesidades del Personal y la Solución para Mejorarlo
a Largo Plazo
21
44. Informe de Entrenamiento del RPP durante Proyecto 14 45. Informe de Plan de Desarrollo Individual para Próximo Año 58 46. Contenidos Jurídicos Necesarios para el Entrenamiento Presencial 1 carpeta47. Contenidos Jurídicos de Entrenamiento On Line 231 48. Contenidos Organizativos Necesarios para el Entrenamiento Presencial 109 49. Contenidos Organizativos de Entrenamiento On Line 333 50. Informe de Aplicación de casos Prácticos a Directivos 9 51. Definición de Cada caso Práctico 12 52. Actas de Aplicación de Dinámicas 21 53. Contenidos en Calidad de Servicio Necesarios para el Entrenamiento Presencial 122 54. Contenidos en Calidad de Servicio de Entrenamiento On Line 158 55. Plan Estratégico para las Políticas Institucionales 22 56. Diagnóstico de Autosustentabilidad Financiera y de Gestión del RPP 16 57. Estrategia para la Creación del Instituto Registral como Organismo Público
Descentralizado encargado de la Función Registral 25
58. Análisis y Justificación de la Estructura Organizativa y Desarrollo de la Estrategia de Funcionamiento del Instituto Registral
17
59. Manual de Organización y de Procedimientos del Instituto Registral 23 60. Informe de Personal con Capacidad de Liderazgo y Posibles Transmisores
del Cambio Cultural 8
61. Informe de las Variables Significativas del Cambio 15 62. Informe de la Cultura Institucional y Propuesta de Valores Corporativos.
Incluye Dinámicas de Grupo y Entrega de Código de Ética 19
63. Plan Estratégico del Cambio 30 64. Informe de cómo realizar la Comunicación del Proyecto Acciones Concretas
a realizar durante el Primer Año del Proyecto para sensibilizar Personal 22
65. Informe de Acciones y Medidas para Superar la Resistencia Inicial al Cambio 16 66. Plan de Acción para Aceptación del Cambio 21 67. Acta de Instalación y Puesta en marcha de IDINET DF 2 68. Informes Mensuales de Seguimiento del Proyecto. Noviembre y Diciembre 33
Por otra parte, la cláusula segunda del contrato establece que “la vigencia del contrato
será del 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2008. La fecha límite en la que ‘el
prestador de servicios’ deberá entregar los resultados respecto de los estudios derivados
de la prestación de servicios de Consultoría Especializada para la implementación del
Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio
del Distrito Federal a ‘La Consejería’, será el 31 de diciembre de 2008”.
544 VOLUMEN 5/13
Al respecto, se presentó un escrito de fecha 17 de diciembre de 2008, signado por la Directora
de División de Registro de la empresa Futuver, S.A. de C.V., dirigido al Director General
del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, mediante el cual
se le hizo entrega de los resultados (entregables) correspondientes al Programa Estatal
de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, según el contrato
núm. 084/2008.
Mediante el oficio núm. ASC/09/1677, del 30 de octubre de 2009, la CMHALDF notificó
al proveedor Futuver, S.A. de C.V., la práctica de compulsa para que proporcionara la
documentación relacionada con las operaciones que realizó con la CJSL durante 2008,
la cual entregó el 6 de noviembre de 2009, sin que se detectaran diferencias respecto a la
presentada por el sujeto fiscalizado.
Por todo lo anterior, se concluye que se dio cumplimiento a lo establecido en el contrato
tipo número. 84, celebrado con la empresa Futuver S.A. de C.V.
9. Resultado
Con objeto de conocer los beneficios que se han obtenido en relación con los trabajos
realizados para la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, con
el oficio núm. ASC/135/08/17, del 13 de noviembre de 2009, se remitió un cuestionario
de control interno. Al respecto, el Director General del Registro Público de la Propiedad
y de Comercio del Distrito Federal, informó:
“El Programa de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio
del Distrito Federal, es un proyecto integral a tres años […] sin embargo, actualmente, se
implementó el Boletín Registral Electrónico, se puso en marcha el Procedimiento de ingreso
vía Internet de las solicitudes de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes,
se adecuó el marco jurídico, se actualizó la estructura y contenidos de la página web
y se atendió los convenios de colaboración celebrados con organismos públicos y grupos
o asociaciones inmobiliarias.
”Como una medida que forma parte del conjunto de acciones para fomentar la reactivación
económica de la ciudad de México, se determinó el nuevo servicio de solicitud electrónica,
545 VOLUMEN 5/13
a través de Internet, del certificado de existencia o inexistencia de gravámenes. Este trámite
es de los más recurrentes dentro del Registro Público, por lo que nació la necesidad
de agilizar el procedimiento de expedición, por lo tanto, se estableció un término de cinco
días hábiles para expedirlo. Con esta medida se mejoran sustancialmente los tiempos de
respuesta en el servicio brindado a los usuarios. A partir del 1 de julio de 2009, se puede
solicitar por Internet la expedición del certificado, en la página www.consejeria.df.gob.mx,
lo que representa que el usuario no tenga que asistir a la institución para requerir el trámite;
adicionalmente se cuenta con la posibilidad de recibir el mencionado documento en la
casa u oficina del solicitante, mediante el pago del servicio de mensajería. Cabe señalar,
que de la revisión a dicha página de Internet, se constató que es posible elaborar los
trámites antes mencionados.
”En el marco de la Modernización Administrativa del Gobierno del Distrito Federal, se
implementa la actualización de los procesos y procedimientos, así como la reingeniería
de la página web de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y del propio Registro
Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.
”Por otra parte, se encuentra determinada la estructura y funcionalidad del mencionado
portal, el que de manera esquemática, amigable e interactiva, proporciona desde finales
del mes de julio de 2009, información actualizada sobre los trámites y servicios que brinda el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como nuevas funcionalidades para la
obtención de servicios en línea, a través de la Ventanilla Virtual de la Institución Registral.
”Asimismo, para dar viabilidad legal a los anteriores servicios, se adecuó el marco jurídico
con reformas y adiciones al Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito
Federal, las cuales fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Con estas
modificaciones se estableció la eliminación del área de Dictaminación Registral, con el objeto
de mejorar los flujos de gestión interna y la calificación integral.”
De lo anterior, se concluye que el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
ha obtenido beneficios a través del Programa Estatal de Modernización del Registro
Público de la Propiedad del Distrito Federal, el cual se empezó a desarrollar a partir del
24 de noviembre de 2008 y concluirá en 2010.
546 VOLUMEN 5/13
Partida 3409 “Patentes, Regalías y Otros”
10. Resultado
En el ejercicio de 2008, la CJSL ejerció 12,715.9 miles de pesos en la partida 3409 “Patentes,
Regalías y Otros”. De acuerdo con la metodología descrita en el apartado de la determinación
de la muestra, se seleccionaron para su revisión las CLC núms. 25 C0 01 01267, del
24 de diciembre de 2008, por un monto de 7,791.2 miles de pesos; y 25 C0 01 01395,
del 31 de diciembre de 2008, por un monto de 2,362.4 miles de pesos, siendo el importe
total de la muestra de 10,153.6 miles de pesos, el cual representó el 79.8% del importe
ejercido en la partida.
Las CLC revisadas son impresiones del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE)
y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula
de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para elaborar y autorizar las
Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-
Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió los apartados IV, “Lineamientos
Generales para los Trámites Presupuestarios”, y IV.3, “Registro de Operaciones
Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2008.
1. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01267, se adquirió la licencia anual ilimitada en número
de documentos de la tecnología Scrambled Indicia versión 5.1, para el Registro Público
de la Propiedad y de Comercio; y con la CLC núm. 25 C0 01 01395, se adquirieron
dos licencias de Windows Server (Windows Server 2008 Enterprise x64) en español,
siete licencias de Windows Server (Windows Server 2008 Estándar x64) en español, dos
licencias de gestor de base de datos (SQL Server 2008 Enterprice x64) en español,
una licencia de gestor de base de datos (SQL Server 2008 Estándar x64) en español, una
licencia (System Center Operation Manager x54) en español, una licencia (System Center
Configuration Manager x54) en español y 550 licencias de Cals (de Configuration
Manager) en español, siendo un total de 564 licencias. El sistema Scrambled Indicia
se adquirió con el objetivo de abatir la problemática de alteración y falsificación de
documentos dentro del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, éste protege
547 VOLUMEN 5/13
los documentos al momento de ser impresos. La medida de seguridad consiste en la
impresión de un gráfico con elementos únicos y particulares que identifican al propio
documento, para evitar así que pueda ser alterado en su contenido o bien reproducido
de manera apócrifa. Las licencias CALS, se instalaron en el servidor que valida a los
usuarios del Registro Público de la Propiedad y de Comercio en el momento que
se conectan para utilizar la aplicación de Futureg (Sistema de Gestión Integral de los
Registros de la Propiedad).
Estas adquisiciones tuvieron origen en las requisiciones núms. 0354/08, del 7 de octubre
de 2008, y 400/2008, del 14 noviembre de 2008, ambas con sello de suficiencia
presupuestal; sin embargo, no contaron con el sello de “no existencia en el almacén”,
por lo que el Almacén Central de la CJSL incumplió los numerales 6.2.2, inciso a),
y 6.2.3, del apartado 6.2, “De los almacenes”, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2008.
El primero señala que el almacén central será el área responsable: “a) Aplicar los
sellos de ‘Existencia, Existencia Mínima o No Existencia en Almacén’”; el segundo,
que previo a realizar cualquier tipo de compra, la DGA, a través del área de
adquisiciones, solicitará al Almacén Central la información relacionada a la existencia
de bienes, con el propósito de que el Almacén Central verifique con los Almacenes
Locales y/o Subalmacenes, las existencias. Una vez hecha la revisión, el Almacén
Central, deberá estampar el sello de Existencia, Existencias Mínimas o de No Existencia
en Almacén en la requisición de compra.”Además, no observó la norma 61 de las
Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito
Federal, vigentes en 2008, que establece: “Las Dependencias, Órganos Desconcentrados
o Delegaciones, previo a la adquisición de bienes muebles, deberá obtener en las
solicitudes de compra el Sello de Existencia o de No Existencia de Almacén que asentará
y firmará el responsable del Almacén Central, avalando la existencia o no existencia
en los Almacenes Locales o Subalmacenes de su jurisdicción”.
La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01267
consistió en el contrato tipo núm. 103/08, del 28 de noviembre de 2008, por un monto
548 VOLUMEN 5/13
de 7,791.2 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el proveedor Tornado Solutions,
S.A. de C.V, y para la CLC núm. 25 C0 01 01395, en el contrato tipo núm. 094/08, del
28 de noviembre de 2008, por un monto de 2,362.4 miles de pesos (IVA incluido),
celebrado con el proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V. Dichos
contratos se realizaron con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 1o., párrafo segundo, de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal; y los artículos 1o., fracción VI, 26, fracción II,
28, fracción II, y 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y su Reglamento vigente en 2008.
2. La adquisición de la licencia anual ilimitada Scrambled Indicia versión 5.1, se llevó a
cabo por el procedimiento de adjudicación directa, ésta rebasó el monto de actuación
establecido en el artículo 57 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal de 2008, el cual señala que para la CJSL el monto asignado
en la adjudicación directa fue de 240.0 miles de pesos. No obstante, se contó con la
autorización del titular de la CJSL y del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios en el acta de la úndecima sesión ordinaria del 28 de
noviembre de 2008, para el caso Núm. 13/08, conforme al artículo 54, penúltimo párrafo,
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, el cual establece que “para efectos de
lo dispuesto en este artículo, deberá obtenerse previamente la autorización del titular
de la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, para lo cual deberá
elaborar una justificación firmada por quien autoriza, en la que se funden y motiven
las causas que acrediten fehaciente y documentalmente el ejercicio de la opción”.
3. Respecto a la adquisición de las 564 licencias Windows Server, se llevó a cabo mediante
el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores con
núm. PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/05/08, en el cual el proveedor Personal y Sistemas
Integrados, S.A. de C.V., de acuerdo con el sondeo de mercado de precios, fue el que
ofreció mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
4. Los proveedores Tornado Solutions, S.A. de C.V., y Personal y Sistemas Integrados,
S.A. de C.V., presentaron en tiempo y forma las garantías de cumplimiento de
los contratos, con las fianzas núms. 224229-0000, del 1o. de diciembre de 2008,
549 VOLUMEN 5/13
por un monto de 1,016.2 miles de pesos, y 2602 4488 0001000267, del 5 de diciembre
de 2008, por un monto de 205.4 miles de pesos, respectivamente, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2008.
5. Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Tornado Solutions, S.A. de C.V.,
la cual consistió en la factura núm. 643, del 23 de diciembre de 2008, correspondiente
a la CLC núm. 25 C0 01 01267, por un importe de 7,791.2 miles de pesos; y del
proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V., que consistio en la factura
núm. 0788, del 26 de diciembre de 2008, correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01395,
por un importe de 2,362.4 miles de pesos. Dichas facturas reunieron los requisitos
fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación
vigente en 2008.
6. El sistema Scrambled Indicia versión 5.1 fue recibido por la Dirección de Informática,
mediante el acta de entrega de fecha 9 de diciembre de 2008, de acuerdo con lo
establecido en la cláusula novena del contrato tipo núm. 103/08, del 28 de noviembre
de 2008, que señala que “el prestador de servicios se compromete a entregar la
licencia anual ilimitada en número de documentos de la Tecnología Scrambled Indicia
versión 5.1, bienes objeto de este contrato en la Dirección de Informática de la CJSL”.
7. Mediante el oficio núm. ASC/09/1680, del 30 de octubre de 2009, la CMHALDF notificó
al proveedor Tornado Solutions, S.A. de C.V. la práctica de compulsa, para que
proporcionara la documentación relacionada con las operaciones que realizó con la
CJSL durante 2008, la que entregó el 5 de noviembre de 2009, sin que se detectaran
diferencias respecto a la documentación presentada por el sujeto fiscalizado.
8. Respecto a las 564 licencias correspondientes a la factura núm. 788 del contrato tipo
núm. 094/08, en la cláusula novena se establece que “el proveedor se compromete a
entregar el software, objeto de este contrato en el Almacén General de la Consejería
”por ello, mediante el oficio núm. ASC/135/08/11, del 22 de octubre de 2008, se solicitó
a la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL que porporcionara evidencia
documental de las 564 licencias. En respuesta, el Jefe de Unidad Departamental
550 VOLUMEN 5/13
de Almacenes e Inventarios, mediante nota informativa del 28 de octubre de 2009,
informó que ‘de conformidad con la Norma 9, de las Normas Generales de Bienes
Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, lo que corresponde al
capítulo 3000 ‘Servicios Generales’, no ingresaron al almacén central de la CJSL;
pero sin embargo el Almacén Central llevó de manera paralela un control interno
sobre la entrega de la citada adquisición, para tal efecto se anexa el documento”.
Con la finalidad de constatar que las 564 licencias Windows Server hayan ingresado a
la CJSL, mediante el oficio núm. ASC/09/1790, del 17 de noviembre de 2009, se notificó
al proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V., la práctica de compulsa,
para que proporcionara la documentación relacionada con las operaciones que realizó
con el sujeto fiscalizado durante 2008, la que entregó el 20 de noviembre de 2009.
Dicho proveedor proporcionó evidencia de la entrega de las 564 licencias mediante
el formato “Reporte de Servicio/Entrega de Productos” del 31 de diciembre de 2008,
con el que recibió el Subdirector de Soporte Técnico y Cómputo de la Dirección de
Informática de la CJSL, bajo el concepto “entrega de producto nuevo”.
9. Para verificar la existencia de la licencia Scrambled Indicia, versión 5.1, del proveedor
Tornado Solutions, S.A. de C.V., así como de las licencias de Windows Server 2008
del proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V., el 9 de noviembre de 2009
se realizó una inspección física en la Dirección de Informática, en presencia del
Subdirector de Soporte Técnico y Cómputo y el Jefe de Unidad Departamental de Soporte
Técnico y Cómputo y Atención a Usuarios, adscrito a la Dirección de Informática.
En la inspección física se verificó que la licencia anual ilimitada en número de
documentos de la tecnología Scrambled Indicia, versión 5.1, y las 564 licencias que
se mensionan en el numeral 1 del presente resultado, se encuentran instaladas
en la Dirección de Informática con llaves especiales tipo USB, y que corresponden
a las adquisiciones pagadas con las CLC núms. 25 C0 01 01267 y 25 C0 01 01395
seleccionadas en la muestra.
Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008, en el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas
551 VOLUMEN 5/13
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2008; sin embargo, por no contar con el sello de “No existencia en almacén” en
las requisiciones núms. 0354/08 y 400/2008, el Almacén Central de la CJSL incumplió los
numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3, del apartado 6.2 “De los almacenes” de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2008
así como la norma 61 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración
Pública del Distrito Federal.
En la reunión de confronta, celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó
información ni documentación en relación con la presente observación, por lo que no se
modifica.
Recomendación ASC-135-08-07-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca mecanismos
de control y supervisión para asegurarse de que las requisiciones de compra contengan el
sello de “No existencia en almacén”, de acuerdo con lo establecido en la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2008; y en la
norma 61 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública
del Distrito Federal.
Partida 3411 “Servicios de Vigilancia”
11. Resultado
Con cargo a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia” la CJSL ejerció un monto de
8,955.2 miles de pesos, para su revisión se seleccionó una muestra de seis CLC emitidas
por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), por conducto de la Policía Auxiliar
del Distrito Federal (PADF), y tramitadas en forma centralizada para su cobro, por un
importe de 3,482.5 miles de pesos, que equivale al 38.9% del total ejercido en dicha partida.
552 VOLUMEN 5/13
A continuación se relacionan las seis CLC seleccionadas:
(Miles de pesos)
Número de CLC Fecha Importe
12 C0 01 00467 27III/2008 662.9 12 C0 01 01856 21/VI/2008 134.9 12 C0 01 01943 26/VI/2008 769.0 12 C0 01 03442 7/X/2008 760.5 12 C0 01 04950 22/XII/2008 742.1 12 C0 01 05309 31/XII/2008 413.1
Total 3,482.5
Las CLC revisadas fueron impresas por el SICE y fueron elaboradas y autorizadas por
servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos,
facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos
Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió
los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”; IV.3, “Registro
de Operaciones Presupuestarias”; IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2008.
Se verificó que dichas CLC contaran con la documentación justificativa y comprobatoria
del gasto, de acuerdo con el artículo 381, fracciones I y III, del Código Financiero del Distrito
Federal vigente en 2008, y que los importes cobrados por concepto de servicios de vigilancia
intramuros correspondieran a lo convenido con la SSP.
En el análisis de dicha documentación, se determinó lo siguiente:
1. La CLC núm. 12 C0 01 01856 correspondió al pago retroactivo del incremento del 5.0%
estipulado en las declaraciones del convenio administrativo de colaboración consolidado
para la prestación del servicio de vigilancia núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08,
por los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2008, por un monto de 134.9 miles
de pesos. Dicho pago se fundamentó en la cláusula cuarta “Forma y Lugar de Pago”
del convenio administrativo, la cual establece que, “para la recuperación del costo
de operación por el servicio de seguridad, protección y vigilancia, la PADF presenta
553 VOLUMEN 5/13
mensualmente el Informe Presupuestal de Liquidación, documento que incluye el número
de elementos, horario y número de jornadas cubiertas, así como aquellas que no se
cubrieron por faltas…”.
2. La CJSL contó con el convenio administrativo de colaboración consolidado para la
prestación del servicio de vigilancia núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08,
que celebraron la Oficialía Mayor (OM) y la (SSP) el 20 de diciembre de 2007. Dicho
convenio incluye las firmas del Oficial Mayor, del Secretario de Seguridad Pública del
Distrito Federal, del Secretario de Finanzas y, como testigos, del Director General
de Recursos Materiales y Servicios Generales en la Oficialía Mayor y del Director
General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal.
El convenio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08, en la cláusula primera, establece
que “la SSP, se obliga a proporcionar por conducto de su Dirección General de la Policía
Auxiliar del Distrito Federal, el servicio de seguridad, protección y vigilancia en los
muebles e instalaciones propiedad y/o cargo del Gobierno del Distrito Federal a fin de
conservar, controlar y salvaguardar los bienes muebles y valores que se encuentren
en los mismos, a los servidores públicos que en éstos laboren, a las personas que
los visiten respecto de cualquier acción individual o colectiva de cualquier persona
o grupo que intente cometer acto u actos ilícitos de violencia o de cualquier otra
naturaleza, y que con dicha conducta les pudiera causar afectación de conformidad
con los lugares y condiciones establecidos…”.
Por otra parte, en el Anexo I de dicho convenio, se establecen las cuotas y tipos
de servicios correspondientes a la CJSL que se relacionan en seguida:
Tipo de servicio Turno Por jornada de:
Tarifa única a pagar por jornada laborada
12 x 12 12:00 h. 412.45 Intramuros
24 x 24 24:00 h. 353.85
En el Anexo III del convenio, se estableció el formato para el “Requerimiento de
Turnos en Base a los Elementos y/o Patrullas”. La CJSL, mediante el oficio de solicitud
de adhesión núm. CJSL/DEA/1385/2007 del 15 de noviembre de 2007, solicitó al Director
554 VOLUMEN 5/13
de Servicios Generales de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM la incorporación de 22 elementos, con horario de trabajo de 12 x 12 h
y 48 elementos de 24 x 24 h, lo que da un total de 70 elementos por mes.
Se verificó si la CJSL se sujeto a los numerales 5 y 6 de la cláusula segunda del
convenio administrativo de colaboración consolidado núm. OM/DGRMSG/035/2008, que
establecen: 5. El Gobierno del Distrito Federal podrá en todo momento, incrementar,
disminuir o modificar la cantidad de elementos establecidos en el anexo III […]
6… siempre y cuando éstas cuenten con los recursos necesarios y disponibles en la
partida presupuestal consolidada 3411 ‘Servicios de Vigilancia’…”. Se revisaron los
Informes Presupuestales de Liquidaciones a Cargo de las Unidades Ejecutoras del
Gasto Usuarias de los Servicios de la PADF de 2008 y se observó que, según el informe
núm. E 645854 de17 de diciembre de 2008, correspondiente al período del 1o al 30 de
noviembre de 2008, se incorporaron tres elementos, uno con turno de 12 x 12 h y dos
de 24 x 24 h, que hace un total de 73 elementos.
Mediante el oficio núm. ASC/135/08/04 del 1o. de octubre de 2009, se solicitó a la
Dirección Ejecutiva de Administración información al respecto. En respuesta, la Dirección
Ejecutiva de Administración con el oficio núm. CJSL/DEA/LCP/043/2009 del 6 de
octubre de 2009, proporcionó copia del oficio núm. CJSL/DEA/1498 del 22 de octubre
de 2008, con el cual la Dirección Ejecutiva de Administración solicitó a la Dirección
General de Servicios Generales de la OM la autorización para la adhesión de los tres
elementos; y presentó el oficio núm. DGRMSG/DSG/2186/2008 del 29 de octubre
de 2008, mediante el cual el Director de Servicios Generales de la OM autorizó la
incorporación de los tres elementos.
Por lo anterior, se concluye que la Dirección Ejecutiva de Administración cumplió lo
estipulado en el convenio administrativo de colaboración consolidado para la prestación
del servicio de vigilancia núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08.
3. Mediante las Conciliaciones Mensuales de Turnos de Elementos, Informes Presupuestales
de Liquidaciones a Cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto Usuarias de los Servicios
de la Policía Auxiliar del Distrito Federal y Fatigas de Asistencia de la Policía Auxiliar, de
los meses de febrero, mayo, agosto, noviembre y diciembre, todos de 2008, se verificó
555 VOLUMEN 5/13
que los turnos por los servicios de vigilancia prestados por la PADF a la CJSL se
hubiesen consignado en el formato “Conciliación Mensual de Turnos de Elementos” y que
estos correspondieran a los días que aparecen registrados en las listas de asistencia
(fatigas) y a los elementos que estuvieron a cargo de los servicios de vigilancia
intramuros según los Informes Presupuestales de Liquidación. En el análisis de dicha
información se determinó lo siguiente:
Número de CLC Período Turnos Faltas Total
12 C0 01 00467 Del 1o. al 31 de mayo de 2008 1,942 63 1,879 12 C0 01 01943 Del 1o. al 31 de mayo de 2008 2,082 6 2,076 12 C0 01 03442 Del 1o. al 31 de agosto de 2008 2,020 0 2,020 12 C0 01 04950 Del 1o. al 30 de noviembre de 2008 1,992 18 1,974 12 C0 01 05309 Del 1o. al 15 de diciembre de 2008 2,139 9 2,130
La cláusula segunda, numeral 14, del convenio administrativo núm.
OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08 establece que “la SSP tomará las providencias
necesarias para cubrir al personal designado que no asista a cumplir con su labor en
el turno correspondiente en un plazo no mayor a noventa minutos contados a partir de
la conclusión del registro de asistencia, salvo en casos fortuitos o de fuerza mayor”.
Al respecto, mediante el oficio núm. ASC/135/08/09 del 26 de octubre de 2009, se
solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL que informara sobre
los motivos de las incidencias (faltas) del ejercicio de 2008. Al respecto, con el oficio
núm. CJSL/DEA/LCP/043BIS/2009 del 29 de octubre de 2009, la Dirección Ejecutiva
de Administración en la CJSL remitió copia del oficio núm. PADF/60/01/22/0269/2009
del 29 de octubre de 2009 con el que el Comandante del Destacamento 22 de la SSP
informó: “las incidencias del personal operativo, perteneciente a este destacamento
a mi cargo […] se deben a que los elementos de 12h x 12 h laboran de lunes a sábado
y descansan el día domingo, esto generó que tuviesen que acudir entre semana a
diferentes situaciones que a continuación se indican: Citas médicas personales, citas
médicas de sus menores hijos, cursos básicos impartidos en el centro de formación
policial, prácticas de tiro, vacaciones, incapacidades médicas y faltas injustificadas”.
Cabe señalar que no se efectuaron pagos por los días en que se registraron dichas
incidencias; sin embargo, la SSP incumplió lo establecido en el numeral 14 de la
cláusula segunda del convenio.
556 VOLUMEN 5/13
La CJSL contó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de conformidad
con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal vigente en 2008.
Partida 3104 “Servicios de Energía Eléctrica”
12. Resultado
La CJSL ejerció recursos por un importe de 4,237.5 miles de pesos con cargo a la partida
3104 “Servicios de Energía Eléctrica”, monto que representa el 0.6% del gasto total del
capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de pesos). De acuerdo con la
metodología descrita en el apartado de determinación de la muestra, se seleccionaron
para su revisión tres CLC por un monto de 1,348.1 miles de pesos, que significan el 31.8%
del importe ejercido en la partida, las cuales se relacionan a continuación:
(Miles de pesos)
Fecha Número de CLC Importe Beneficiario
16/X/08 07 C0 01 8891 415.2 Secretaría de Hacienda y Crédito Público 3/XII/08 07 C0 01 11641 465.4 Secretaría de Hacienda y Crédito Público
31/XII/08 07 C0 01 16549 467.5 Secretaría de Hacienda y Crédito Público
1,348.1
Sobre el particular, debido a que los recursos de este rubro se ejercen en forma centralizada,
se verificó que la CJSL contara con copia de las CLC de referencia y con la documentación
comprobatoria de los pagos; se solicito que se indicara cuál fue la metodología utilizada
para determinar los montos pagados por concepto de energía eléctrica y que se informara
de los mecanismos de control establecidos para conciliar los cargos determinados por la
Dirección de Alumbrado Público de la Dirección General de Servicios Urbanos (DGSU), con
la finalidad de constatar que los pagos correspondieran al consumo de la dependencia.
Mediante el oficio núm. ASC/135/08/01 del 7 de septiembre de 2009, se solicitó se
proporcionara copia de las CLC seleccionadas y su documentación soporte, consistente en
los “Folios Aviso de Adeudo” relativos a dichas CLC, emitidos por la Dirección de Alumbrado
557 VOLUMEN 5/13
Público de la DGSU, la Secretaría de Obras y Servicios (SOS), y los Reportes Integrales
del Gasto de Consumo de Energía Eléctrica de las Dependencias del Gobierno del Distrito
Federal. Por lo que, la CJSL con oficio núm. CJSL/DEA/SRF/1216/2009 del 2 de octubre
de 2009 solicitó a la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU de la Secretaría de Obras
y Servicios proporcionará dicha documentación.
Por no contar en sus archivos con las CLC núms. 07 C0 01 8891, 07 C0 01 11641
y 07 C0 01 11641, la Subdirección de Recursos Financieros no se apegó al artículo 546
del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, el cual establece que:
“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades estarán obligadas
a conservar en su poder y a disposición de la Secretaría y de otras autoridades competentes,
por los plazos que se establezcan en los ordenamientos legales aplicables, los libros,
registros auxiliares e información correspondiente, así como los documentos justificativos
y comprobatorios de sus operaciones financieras”.
Asimismo, no se ajustó al numeral 4, del apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”
del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública
del Distrito Federal vigente en 2008, que señala: “Las CLC’s se deberán soportar con los
originales de la documentación comprobatoria y las UR’s verificarán y serán responsables
de que ésta cumpla con los requisitos fiscales y administrativos que le sean aplicables,
asimismo de su glosa, guarda y custodia para los fines legales y administrativos que sean
procedentes”.
Por otra parte, mediante la CLC núm. 07 C0 01 16549 del 31 de diciembre de 2008
la CJSL pagó el servicio de energía eléctrica del mes de noviembre, por un importe de
467.6 miles de pesos; sin embargo, en la “Consulta Anual por Sector 2008” realizada
por la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU indicó que el total a pagar fue de
501.4 miles de pesos. Al respecto, con el oficio núm. ASC/135/08/13 del 9 de noviembre
de 2009 se solicitó a la DEA la aclaración de lo antes señalado. En respuesta, la DEA
proporcionó la nota informativa del 13 de noviembre de 2009 signada por el Coordinador
de Área de Procesos de Factura Eléctrica de la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU,
en la cual informa al Subdirector de Servicios Generales lo siguiente: “La justificación
de tal diferencia resulta ser que el importe reportado a través de la CLC 07 C0 01 16549
por $467,460.0, refiere el pago ‘estimado’ para el mes de noviembre de 2008 (para efectos
558 VOLUMEN 5/13
de presupuesto comprometido al cierre) y el importe señalado en el ‘Padrón o Consulta
Anual por Sector 2008’, es el resultado real de su facturación en ese ciclo, la cual fue
presentada con posterioridad por la Suministradora y procesada por esta Dirección de
Alumbrado Público; por lo tanto, el primer monto es estimado y el segundo es real
facturado. La diferencia del importe se consideró dentro del ejercicio 2009”. Por lo que en
este aspecto, no existe observación alguna.
Asimismo, con oficio núm. ASC/135/08/08 del 16 de octubre de 2009 se solicitó a la
Subdirección de Servicios Generales proporcionará el procedimiento que se llevó a cabo
en 2008 para el pago y la verificación del consumo de energía eléctrica. Al respecto, mediante
nota informativa del 27 de octubre de 2009 la Subdirección de Servicios Generales
informó que el procedimiento para el pago por dicho concepto es que: “Cada bimestre se
solicitó a la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU, el consumo y el importe de las
cuentas que corresponden a la CJSL, mismas que se analizaron contra presupuesto y se
registraban en el analítico mensual”; asimismo, informó que para la verificación del consumo
de energía eléctrica de los inmuebles de la CJSL “Se solicitó a los Enlaces Administrativos,
la lectura de los medidores que corresponden a cada Unidad Administrativa (anterior y
actual), fecha de lectura (anterior y actual) y consumo. Dicha información se concentró
y se procesó para obtener el costo por mes, mismo que se cotejó con los estados mensuales
recibidos de la Dirección de Alumbrado Público”.
Por lo anterior, se observó que la Subdirección de Servicios Generales no cuenta con un
procedimiento administrativo en el que se lleve a cabo el control y conciliación de los pagos por
consumo de energía eléctrica.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero
de 2010, la CJSL por conducto de la DEA informó lo siguiente:
“Se anexa copia del oficio número CJSL/DEA/007/2010, mediante el cual se remitió para
consideración de la Coordinación General de Modernización Administrativa, la solicitud de
Dictaminación y en su caso Registro, del Procedimiento recomendado”.
Respecto a la respuesta de confronta expuesta por la CJSL, se proporcionó el procedimiento
administrativo “Conciliación y Control de Pagos por Consumo de Energía Eléctrica”,
559 VOLUMEN 5/13
el cual se envió mediante el oficio núm. CJSL/DEA/0007/2010 del 8 de enero del 2010
a la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor
con el fin de que se dictamine y, en su caso, se registre como parte de los procedimientos
de la Subdirección de Servicios Generales de la Dirección Ejecutiva de Administración.
No obstante lo señalado por la CJSL, es de concluirse que en el ejercicio revisado no se
contaba con dicho procedimiento, por lo cual no se modifica la presente observación.
Con la finalidad de verificar que los números de cuentas de energía eléctrica correspondientes
a los inmuebles de la CJSL relacionadas en el padrón, sean las correctas se realizó la
inspección física de 5 de los 10 números de cuentas de energía eléctrica; así como
los números de medidor ubicados en cada uno de los inmuebles. Sobre el particular,
no se detectaron diferencias.
Por lo anterior, se concluye que por no contar en sus archivos con las CLC
núms. 07 C0 01 8891, 07 C0 01 11641 y 07 C0 01 16549, la Subdirección de Recursos
Financieros incumplió los artículos 546 del Código Financiero del Distrito Federal y el
numeral 4, del apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada” del Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes
en 2008; asimismo, la Subdirección de Servicios Generales no cuenta con un procedimiento
administrativo para el control y conciliación de los pagos por consumo de energía eléctrica.
Lo anterior denota falla de control.
En la reunión de confronta celebrada el día 12 de enero de 2010, la CJSL no informó
ni proporcionó documentación en relación a la presente observación, por lo que no se
modifica.
Recomendación ASC-135-08-08-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca mecanismos
de control y supervisión, para asegurarse de recabar, archivar y resguardar las Cuentas
por Liquidar Certificadas que hayan sido emitidas en forma centralizada y su documentación
soporte, mediante las cuales ejercen el presupuesto autorizado, en apego a lo establecido
en el Código Financiero del Distrito Federal.
560 VOLUMEN 5/13
Partida 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación”
13. Resultado
En el ejercicio de 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CJSL) ejerció
3,981.1 miles de pesos en la partida 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y
Fumigación” que de acuerdo con la metodología descrita en el apartado de la determinación
de la muestra, se seleccionaron para su revisión cuatro CLC, por 1,263.1 miles de pesos,
que representan el 31.7 del total ejercido en la partida (3,981.1 miles de pesos), y el 0.6%
del total ejercido con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de
pesos). Sobre el particular, se constató lo siguiente: Las CLC revisadas son impresiones
del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) y fueron elaboradas y autorizadas
por los servidores públicos, inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos, facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas,
Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que
la CJSL cumplió el apartado IV “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”
apartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1 “Cuenta
por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para
la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2008.
1. Mediante las CLC núms. 25 C0 01 00913 del 03 de octubre de 2008, 25 C0 01 01044
del 6 de noviembre de 2008, 25 C0 01 01161 y 25 C0 01 01297 del 8 y 31 de diciembre
de 2008, respectivamente, se pagaron servicios de limpieza correspondientes a los
meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, en ese orden, del ejercicio 2008
por un monto de 1,263.2 miles de pesos. Dicho servicio tuvo origen en la requisición
núm. 252 del 7 de julio de 2008, la cual contó con sello de suficiencia presupuestal.
2. La documentación justificativa que soporta el pago de las CLC señaladas en el párrafo
anterior consistió en el contrato tipo núm. 019 del 26 de agosto de 2008 y su convenio
modificatorio núm. 022/08 del 26 de agosto de 2008, celebrados con el proveedor
Stroro Construcciones, S.A. de C.V., cabe señalar que en la cláusula primera del contrato
tipo núm. 019 señala que, el prestador de servicio se obliga a realizar el servicio de
limpieza en las oficinas y áreas comunes de las Direcciones Generales dependientes
561 VOLUMEN 5/13
de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, las cuales son: Dirección General
del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Dirección General Jurídica y de
Estudios Legislativos, Archivo General de Notarías, Dirección General del Registro
Civil, Dirección General de Servicios Legales, Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica,
Juzgados Cívicos, Dirección de Informática y Dirección Ejecutiva de Administración.
Asimismo, el convenio modificatorio se realizó para la ampliacion de dos elementos
a dicho contrato por el periodo del 1o de septiembre al 31 de diciembre de 2008.
Dicho contrato y convenio modificatorio se realizaron con fundamento en los artículos 134
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27, inciso a); 28, 30,
fracción I, y 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008.
3. La adquisición del servicio de limpieza se llevó a cabo por el procedimiento de licitación
pública nacional núm. LPN/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/08, la cual se apegó al artículo 30
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008, en la misma
participaron un total de tres proveedores: la empresa Diseño Particular en Limpieza,
la empresa Limpieza Tláloc, S.A. de C.V., y la empresa Stroro Contrucciones,
S.A. de C.V., siendo este último el que cumplió satisfactoriamente con la totalidad
de los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos requeridos.
4. Se verificó que el proveedor Stroro Construcciones, S.A. de C.V., presentó en
tiempo y forma la garantía de cumplimiento del contrato, con la fianza núm.
2602 4149 000 1000 345 000000 0000 del 28 de marzo por un importe de 241.1 miles
de pesos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2008.
5. Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Stroro Construcciones,
S.A. de C.V., la cual consistió en las facturas núm. 3517 del 30 de septiembre de 2008,
con un importe de 315.8 miles de pesos, la núm. 3562 del 31 de octubre de 2008, con
un importe de 315.8 miles de pesos, la núm. 3660 del 30 de noviembre de 2008, con un
importe de 315.8 miles de pesos y la núm. 3686 del 31 de diciembre de 2008, con
un importe de 315.8 miles de pesos. Dichas facturas reunieron los requisitos fiscales
establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente
en 2008.
562 VOLUMEN 5/13
6. Con la finalidad de verificar que el pago realizado por la CJSL correspondiera con los
servicios de limpieza prestados por el proveedor Stroro Construcciones S.A. de C.V.,
mediante el oficio núm. ASC/135/08/09 del 19 de octubre de 2009, se solicitó a la DEA
proporcionara las conciliaciones de turnos y listas de asistencia del personal de limpieza
de los meses de septiembre, octubre noviembre y diciembre de 2008. En respuesta,
la DEA con el oficio núm. CJSL/DEA/LCP/043bis/2009 del 26 de octubre de 2009,
proporcionó la documentación correspondiente. Del análisis a las conciliaciones de turnos
y listas de asistencia del personal de limpieza se verificó que en el caso de que se hayan
presentado faltas por dicho personal se hubiese aplicado el descuento correspondiente.
Por lo anterior, se concluye que la CJSL, contó con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008, El Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal.
Partida 3802 “Espectáculos Culturales”
14. Resultado
En el ejercicio de 2008, la CJSL erogó 300.0 miles de pesos con cargo a la partida 3802
“Espectáculos Culturales”. De acuerdo con la metodología descrita en el apartado de la
“Determinación de la Muestra”, se seleccionó para su revisión la CLC núm. 25 C0 01
00323 del 15 de mayo de 2008, por un monto de 259.4 miles de pesos, la cual representó
el 86.5% del importe ejercido en la partida.
1. La CLC revisada es una impresión del Sistema Institucional de Control de Egresos
(SICE) y fue elaborada y autorizada por los servidores públicos, inscritos en la Cédula
de Registro de Firmas de los Servidores Públicos, Facultados para elaborar y
autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Afectaciones
Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió el apartado IV
“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, apartado IV.3, “Registro
de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”,
del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
563 VOLUMEN 5/13
2. Mediante la CLC 25 C0 01 00323, se pagó el desayuno para el evento social del día
de las madres celebrado el 12 de mayo de 2008, en el Hotel Sheraton Centro
Histórico en beneficio de 1,050 madres trabajadoras de la CJSL. Dicha adquisición
tuvo origen en las requisición núm. 0109 del 08 de abril de 2008, la cual contó con el
sello de suficiencia presupuestal.
3. La documentación justificativa que soporta el pago, consistió en el contrato tipo
núm. 109/08 del 21 de abril de 2008, por un monto de 259.4 miles de pesos celebrado
con el proveedor Asesoría y Logísitica en Servicios para Eventos, S.A. de C.V., dicho
contrato se realizó con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, 27 inciso C, 28 y 55 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal, vigente en 2008.
4. La adquisición del evento social se llevó a cabo por el procedimiento de adjudicación
directa, donde de acuerdo al cuadro comparativo de precios, Asesoría y Logística en
Servicios para Eventos, S.A. de C.V., ofreció mejores condiciones en cuanto el precio,
calidad y oportunidad. Cabe mecionar que la adquisición de dicho servicio no rebasó
el monto de actuación para la adjudicación directa establecido en el artículo 57 del
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.
5. Se revisó la documentación comprobatoria la cual consistió en la factura núm. 251
del 14 de mayo de 2008, por un monto de 229.4 miles de pesos (IVA incluido)
correspondiente al pago del evento social y la factura núm. 252 de misma fecha, por un
monto de 30.0 miles de pesos (IVA excento) por la adquisición de los jugos, néctares
y concentrados de frutas. Dichas facturas reunieron los requisitos fiscales establecidos
en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
6. Con la finalidad de comprobar que la Subdirección de Recursos Humanos haya cumplido
la cláusula séptima del contrato tipo núm. 027 que establece que, “Los servicios que
preste el prestador de servicio serán supervisados por la Subdirección de Recursos
Humanos, con el objeto de verificar que la organización del evento se efectúe conforme
a lo estipulado en la cláusula primera”. Mediante oficio núm. ASC/135/08/17 del 13 de
noviembre de 2009 se solicitó a la DEA proporcionara evidencia de la supervisión
realizada por la Subdirección de Recursos Humanos. En respuesta, la DEA remitió
564 VOLUMEN 5/13
nota informativa del 16 de mayo de 2008, en la cual la Jefatura de Unidad
Departamental de Relaciones Laborales y Capacitación le informa a la Subdiectora de
Recursos Humanos que “…el evento se realizó en la fecha 12 de mayo del presente
conforme a lo establecido con el contrato tipo núm. 027, de fecha 21 de abril del presente,
con la empresa ‘Asesoría y Logística en Servicios Para Eventos, S.A. de C.V...”;
asimismo proporcionó 14 fotografías que evidencían la realización de dicho evento.
Cabe señalar que el evento citado se registró en la partida 3802 “Espectáculos
Culturales” que de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto, señala que son:
“Asignaciones destinadas a la celebración de audiciones, conciertos, exposiciones,
obras de teatro y toda clase de eventos culturales, así como de festivales escolares”
y pueden cargarse a esta partida: las erogaciones en pago de los servicios y bienes
que se requieran directamente para la realización del evento como: alquiler de local
y equipo, adaptación y decoraciones, alojamientos de asistentes foráneos, costo de
alimentos, honorarios a maestros de ceremonias, actores, grupos musicales, etc”;
sin embargo la partida 1507 “Otras Prestaciones” según el Clasificador por Objeto del
Gasto indica que son, “Asignaciones destinadas a cubrir otras prestaciones derivadas
de relaciones laborales o contractuales que las dependencias, órganos desconcentrados,
delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal realizan en
beneficio de sus empleados, por concepto de ayudas para renta, pasajes, anteojos,
despensas, guarderías, becas para sus hijos, defunción de sus familiares directos, etc…”.
Por lo anterior, se observó que la DEA registró erróneamente el evento social en la partida
3802 “Espectáculos Culturales”, por lo que mediante el oficio núm. ASC/135/08/20 del
24 de noviembre de 2009, se solicitó a la DEA informara la causa por la cual no se registró
en la partida 1507 “Otras Prestaciones”. En respuesta, mediante nota informativa del 25 de
noviembre de 2009, la Jefatura de Unidad Departamental de Control Presupuestal informó
que, “El gasto del evento para el festejo del día de las madres celebrado el día 12 de
mayo de 2008 a beneficio de las madres trabajadoras de esta CJSL, fue aplicado en la
partida 3802 ‘Espectáculos Culturales’, debido a que se contaba con la disponibilidad
presupuestal en dicha partida, no así en la partida 1507 ‘Otras Prestaciones’, que por
la naturaleza del gasto no corresponde a una prestación”. No obstante, el Clasificador
por Objeto del Gasto vigente en 2007, indica que las asignaciones destinadas a cubrir
565 VOLUMEN 5/13
otras prestaciones derivadas de relaciones laborales o contractuales […] en beneficio de
sus empleados, serán cargadas a la partida 1507 “Otras Prestaciones”. Por lo se concluye
que el festejo para el personal adscrito a la CJSL corresponde a una prestación derivada
de su relación laboral y por lo tanto debió aplicarse en la partida 1507 citada.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero
de 2010, la CJSL por conducto de la DEA informó lo siguiente:
“Se anexa justificación y copia del oficio No. CJSL/DEA/SDRF/688/2008 y reporte de ejercicio
de la partida 3802.”
La justificación se menciona a continuación:
“El gasto del evento para el festejo del día de las madres celebrado el día 12 de mayo
de 2008 a beneficio de las madres trabajadoras de esta Consejería Jurídica y de Servicios
Legales, fue aplicado en la partida 3802 ‘Espectáculos culturales’ debido a que se contaba
con la disponibilidad presupuestal en dicha partida, no así en la partida 1507 ‘Otras
prestaciones’ que por la naturaleza del gasto no corresponde a una prestación, ya que
en 2008 fue la primera ocasión que se llevó a cabo un evento de esta naturaleza y por
ende no corresponde a prestaciones adquiridas”.
Por lo anterior, derivado de que el evento se llevó a cabo por primera vez, que se contaba
con la disponibilidad presupuestal en la partida 3802 “Espectáculos Culturales”, que no
corresponde a prestaciones adquiridas y que el evento no fue para el personal en general
de la CJSL, el presente resultado se modifica.
15. Resultado
Con objeto de verificar que la DEA haya enviado a la Secretaría de Finanzas (SF)
los reportes mensuales conforme a lo establecido en el numeral 5 de los lineamientos
sobre los Gastos relativos a las Partidas 3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales”, vigentes en 2008, el cual señala que “los gastos que se efectúen
relativos a ambas partidas del procedimiento, deberán ser reportados 5 días hábiles
posteriores al cierre de cada mes, en el formato y conforme al instructivo de llenado anexo
566 VOLUMEN 5/13
al mismo”, dichos lineamientos fueron difundidos con el oficio núm. SE/781/2005 del 14 de
junio de 2005, a los titulares de las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Al respecto, con el oficio
núm. ASC/135/08/10 del 20 de octubre de 2009 y ASC/135/08/17 del 13 de noviembre
de 2009, se solicitó a la DEA que entregara los reportes mensuales del 2008. En respuesta,
con oficio núm. CJSL/043bis2/2009 y CJSL/DEA/LCP/083bis1/2009 del 4 y 23 de noviembre
de 2009, respectivamente, la DEA proporcionó nota informativa del 26 de noviembre de 2009
en la cual la Jefatura de Unidad Departamental de Control Presupuestal informó que:
“El presupuesto del ejercicio 2008 no tenía programadas originalmente las partidas 3802
‘Espectáculos Culturales’ y 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’, fue hasta el mes de mayo
que se aperturó y reportó únicamente la partida 3802 con un presupuesto de 300.0 miles
de pesos el cual se ejerció el mismo mes. La partida 3802 ‘Espectáculos Culturales’ no
presentó movimientos en los meses anteriores o posteriores al mes de mayo. La partida
4105 ‘Ayudas culturales y sociales’ no existió en el Programa Operativo Anual del ejercicio
de 2008”. Del análisis a la revisión del reporte mensual proporcionado se observó que el
correspondiente al mes de mayo, se entregó 3 días hábiles fuera del plazo señalado
en dichos lineamientos, como se muestra a continuación:
Período Número de oficio Fecha límite
Fecha de envío
Días hábiles de desfase
Mayo CJSL/DEA/SRF/688/2008 6/VI/08 12/VI/08 3
Por no enviar el reporte mensual de mayo dentro del plazo establecido en los Lineamientos
sobre los Gastos Relativos a las partidas 3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas
Culturales y Sociales”, la Dirección Ejecutiva de Administración incumplió el numeral 5
de éstos.
En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero de 2010,
la CJSL por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó lo siguiente:
“Se anexa justificación
”Se anexa copia del oficio núm. DGADP/001175/2008 de fecha 15 de abril de 2008, signado
por el Lic. Justo Federico Escobedo Miramontes, Director General de Administración
567 VOLUMEN 5/13
y Desarrollo de Personal, en el cual autoriza a la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales ejercer recursos para el evento del día de las madres.
”El presupuesto original del ejercicio 2008 no contemplaba las partidas 3802 ‘Espectáculos
culturales’ y 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’, fue hasta el mes de mayo de 2008 que
se aperturó y reportó la partida 3802, únicamente, con un presupuesto de $300,000.00,
el cual se ejerció el mismo mes.
”La partida 3802 ‘Espectáculos Culturales’ no presentó movimientos en los meses
anteriores o posteriores al mes de mayo de 2008.
”Por lo anterior, sólo se adjunta copia del oficio y del reporte detalle de los gastos
efectuados en dichas partidas, el cual aplicó para la partida 3802 en el mes de mayo
de 2008, con el número de oficio No. CJSL/DEA/SRF/688/2008, ‘REPORTE DEL MES
DE MAYO’”. Cabe hacer mención que dicho oficio, no presenta sello de acuse de la
Secretaría de Finanzas.
Con la respuesta de la CJSL, se confirma que el reporte del mes de mayo correspondiente
a la partida 3802 “Espectáculos Culturales”, remitido a la Secretaría de Finanzas mediante
el oficio núm. CJSL/DEA/SRF/688/2008, se envió con tres días de desfase, establecido en
los Lineamientos sobre los Gastos Relativos a las Partidas 3802 “Espectáculos Culturales”
y 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, por lo que el resultado no se modifica.
Recomendación ASC-135-08-09-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales implante medidas de
control y supervisión para garantizar que los reportes mensuales relativos a las partidas
3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, sean remitidos
a la Secretaría de Finanzas dentro del plazo establecido en los Lineamientos sobre los
Gastos relativos a las Partidas 3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas Culturales
y Sociales”.
568 VOLUMEN 5/13
Partida 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”
16. Resultado
En el ejercicio de 2008, la CJSL erogó 276.0 miles de pesos con cargo a la partida
3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones
y Telecomunicaciones” con recursos de aplicación automática (autogenerados),
correspondientes a la Dirección General del Registro Civil. De acuerdo con la metodología
descrita en el apartado de determinación de la muestra, se seleccionó para su revisión
la CLC núm. 25 C0 01 01409 del 31 de diciembre de 2008, por un monto de 276.0 miles
de pesos, el cual representó el 100.0% del importe ejercido en la partida.
Mediante el oficio núm. ASC/09/1323 del 21 de agosto de 2009, se solicitó a la CJSL que
proporcionara la CLC núm. 25 C0 01 01409 con su documentación justificativa y
comprobatoria correspondiente. La documentación fue proporcionada mediante el oficio
núm. CJSL/DEA/1086/2009 del 31 de agosto de 2009.
1. La CLC revisada fue impresa por el SICE y elaborada y autorizada por servidores
públicos, inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos
Facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos
Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, en cumplimiento de
los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, IV.3,
“Registro de Operaciones Presupuestarias”, IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”,
del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federa vigente en 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 13 de enero de 2006, y sus reformas del 28 de febrero de 2007.
En cuanto a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, correspondiente
a la CLC analizada, se determinó lo siguiente:
2. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01409, se pagó el servicio de mantenimiento y
reparación de los equipos y sistemas de radiocomunicación instalados en el centro de
cómputo del Registro Civil y en los Juzgados núm. 2 de la Delegación Venustiano
569 VOLUMEN 5/13
Carranza, núm.13 de la Delegación Gustavo A. Madero, núm. 20 de la Delegación
Coyoacán, y núm. 25 de la Delegación Iztapalapa. El servicio incluía la revisión,
reparación y mantenimiento de los siguientes equipos: equipos de radio marca Proxim
Tsunami MP.11, mod. 5054-R-LR High Power Suscriber Unit para rango Extended
Conector Tipo N, núm. de parte 5454-SUA-LR-US; equipos Inyector Power Over
Ethernet compatible con Tsunami MP. 11 mod. 5054-L-Lrhifh Power Suscriber Unit
4301-US Proxim Actívate Ethernet 802.3 AF de 1 puerto DC; injector 4301-US;
compatible con el núm. de parte 5054-SUA-LR-US, antenas direccionales de panel
23 DBI, rango de frecuencia 5.725-5.875 GHZ; protectores de rayos Proxim Wireles
POE70251 para Tsunami MP. 11 Model 5054-R; equipos Dongle serial para
alineación de antena, El servicio incluye la alineación de antenas, pruebas de enlace
y el montaje y desmontaje de equipos.
3. El mantenimiento y reparación de los equipos y sistemas se deriva se la requisición
núm. 0307/08, del 3 de octubre de 2008 la cual cuenta con sello de suficiencia
presupuestal. El Subdirector de Recursos Financieros autorizó la suficiencia presupuestal
a dicha requisición y también fue autorizado por el Jefe de Unidad Departamental de
Control de Ingresos de Aplicación Automática.
4. La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01409
es el contrato tipo núm. 105/08, del 18 de noviembre de 2008, celebrado por un monto
de 276.0 miles de pesos (IVA incluido), con el proveedor Soluciones y Tecnologías
Informáticas, S.A. de C.V., con base en los artículos 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y 27 inciso C; 28; y 55 por monto de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal vigentes en 2008. La adquisición se efectuó
mediante el procedimiento de adjudicación directa y no rebasó el monto de actuación,
establecido en el artículo 57 del Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2008 (240.0 miles de pesos, sin IVA). Cabe mencionar
que Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V., ofertó las mejores condiciones
en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
5. Con el oficio núm. CJSL/DEA/1086/2009 del 31 de agosto de 2009, la CJSL autorizó
realizar el mantenimiento y reparación de los enlaces de los juzgados del Registro
570 VOLUMEN 5/13
Civil, con cargo a la partida 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos
y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”.
6. Se verificó que el prestador de servicios Soluciones y Tecnologías Informáticas,
S.A. de C.V., se le eximió de presentar la fianza de cumplimiento con fundamento en los
artículos 55 y 74 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
El artículo 55 establece: “Las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y
entidades, bajo su responsabilidad, podrán llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos
y prestación de servicios, a través del procedimiento de invitación restringida a
cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa, cuando el importe de
cada operación no exceda de los montos de actuación que al efecto se establecerán
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal correspondiente al
Ejercicio Fiscal respectivo, siempre que las operaciones no se fraccionen para quedar
comprendidas en este supuesto de excepción a la licitación pública”. El artículo 74
dispone: “Cuando las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades
celebren contratos en los casos señalados en los artículos 54, fracciones IX y XIII y
adjudicación directa que por monto se sitúen en la hipótesis del artículo 55 de esta
Ley, podrán, bajo su responsabilidad, eximir al proveedor de presentar la garantía
de cumplimiento del contrato respectivo”.
7. Se revisó la documentación comprobatoria de Soluciones y Tecnologías Informáticas,
S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 2552 del 12 de diciembre de 2008,
correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01409 sujeta a revisión, por un importe total
de 276.0 miles de pesos. Dicha factura reunió los requisitos fiscales establecidos en
los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
8. Mediante el Acta Administrativa “de entrega-recepción de los trabajos” de fecha 1o. de
diciembre de 2008, Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V. entregó
en tres tantos, bitácora de obra y memoria fotográfica. El acta fue firmada por el
representante legal del prestador de servicios y por el Director General del Registro
Civil y el Director de Informática. Dicha entrega se sujetó a los plazos establecidos
en la cláusula segunda del contrato tipo núm. 105/08 del 18 de noviembre de 2008,
que señala como fecha límite para la entrega el día 1o. de diciembre de 2008.
571 VOLUMEN 5/13
9. Se revisaron los reportes de servicio núms. 213 y 214 del 18 de noviembre de 2009,
224 del 24 de noviembre de 2008, 231 del 25 de noviembre de 2009 y 239 del 27 de
noviembre de 2009 relativos al mantenimiento y reparación de los equipos y sistemas
de radiocomunicación instalados en el centro de cómputo del Registro Civil y en los
Juzgados núm. 2 de la Delegación Venustiano Carranza, núm.13 de la Delegación
Gustavo A. Madero, núm. 20 de la Delegación Coyoacán, y núm. 25 de la Delegación
Iztapalapa, firmados de conformidad por el proveedor y por los usuarios de los equipos
en la CJSL.
10. Se revisó la documentación con la que se pagó el servicio de mantenimiento y
reparación de los equipos y sistemas de radiocomunicación instalados en el centro
de cómputo del Registro Civil y en los Juzgados núms. 2, 13, 20 y 25, que consiste en la
póliza-cheque núm. 4585 de la cuenta núm. 65501631577 del Banco Santander, S.A.,
por un importe de 276.0 miles de pesos.
Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas y
Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente
en 2008.
Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
Partida 5206 “Bienes Informáticos”
17. Resultado
En el ejercicio de 2008, la CJSL erogó 31,782.1 miles de pesos con cargo a la partida
5206 “Bienes Informáticos”. De acuerdo con la metodología descrita en el apartado de
determinación de la muestra, se seleccionaron para su revisión 7 CLC, por un importe total
de 23,526.3 miles de pesos, que representan el 74.0% del monto ejercido en la partida.
Las CLC se relacionan a continuación:
572 VOLUMEN 5/13
(Miles de pesos)
Fecha CLC Importe Bienes informáticos
1/VIII/08 25 C0 01 00649 2,013.4 210 computadoras personales para uso secretarial 31/XII/08 25 C0 01 01304 3,188.3 6 escáner 31/XII/08 25 C0 01 01316 7,394.0 2 computadoras portátiles
2 servidores tipo 1 1 servidor tipo 2 1 impresora a color láser 450 no break 11 UPS (Sistema de Energía Ininterrumpible) 40 switch de distribución departamental 1 switch modular multicapas
31/XII/08 25 C0 01 01327 2,277.9 2 blades de base de datos 5 blades de directorio activo 2 servidores de administración 2 rack de 42 U, Accesorios e instalaciones 2 sais para servidor
31/XII/08 25 C0 01 01354 5,280.0 330 computadoras personales para uso secretarial 31/XII/08 25 C0 01 01361 1,801.7 113 computadoras personales para uso secretarial 31/XII/08 25 C0 01 01412 1,571.0 184 no break
25 discos duros Western Digital 71 computadoras personales para uso secretarial 23,526.3
1. Se verificó que las CLC fueron impresas por el SICE y elaboradas y autorizadas por
los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos, Facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas,
Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo
que la CJSL cumplió los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites
Presupuestarios”, IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, IV.3.1, “Cuenta
por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios
para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008. Mediante la CLC
núm. 25 C0 01 01316 del 31 de diciembre de 2008 se pagaron 2 computadoras
portátiles, 2 servidores tipo 1, 1 servidor tipo 2, 1 impresora láser a color, 450 no breaks,
11 UPS (Sistema de Energía Ininterrumpible), 40 switch de distribución departamental
y 1 switch modular multicapas, por un monto de 7,394.0 miles de pesos. Dicha
adquisición se derivo de la requisición núm. 350 del 4 de noviembre de 2008, la cual
contó con sello de suficiencia presupuestal y sello de “no existencia en el almacén”.
2. La documentación justificativa del pago de la CLC núm. 25 C0 01 01316 es el contrato tipo
núm. 092/08 del 28 de noviembre de 2008, por un monto de 7,394.0 miles de pesos
573 VOLUMEN 5/13
(IVA incluido), celebrado con el proveedor Datapoint, S.A. de C.V. Dicho contrato se
celebró con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; los artículos 1o. fracción VI; 26 fracción I; 27; y 28, fracción II, de
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento
vigentes en 2008, y 4o, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
La adquisición de las 2 computadoras portátiles, 2 servidores, tipo 1, 1 servidor tipo 2,
1 impresora láser a color, 450 no break, 11 UPS (sistema de energía ininterrumpible),
40 switch de distribución departamental y 1 switch modular multicapas se llevó a cabo
mediante el procedimiento de licitación pública internacional núm. 30114002-001-08,
con fundamento en el artículo 27, inciso a), de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal. Cabe mencionar que en dicha licitación, participaron 10 proveedores, de los
cuales el proveedor Datapoint, S.A. de C.V. cumplió satisfactoriamente con la totalidad
de los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos requeridos.
Se verificó que el proveedor Datapoint, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma, la
garantía de cumplimiento del contrato, con la fianza núm. 1077407, por un monto de
643.0 miles de pesos del 2 de diciembre de 2008, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
Se revisó la documentación comprobatoria, del proveedor Datapoint, S.A. de C.V.
consistente en la factura núm. 31262 del 29 de diciembre de 2008, correspondiente
a la CLC núm. 25 C0 01 01316, por un importe total de 7,394.0 miles de pesos.
Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del
Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
Con el oficio núm. ASC/09/1676 del 30 de octubre de 2009, se convocó al proveedor
Datapoint, S.A. de C.V., la práctica de compulsa, para que proporcionara la
documentación relacionada con las operaciones que realizó con la CJSL durante 2008.
Dicha documentación fue entregada el 05 de noviembre de 2009, sin que se detectaran
diferencias respecto a la presentada por el sujeto fiscalizado.
3. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01412, del 31 de diciembre de 2008, se pagaron
184 no break, 25 discos duros Western Digital de 160 GB y 71 computadoras personales
574 VOLUMEN 5/13
para uso secretarial, por un monto de 1,571.0 miles de pesos. Dichas adquisiciones
tuvieron origen en las requisiciones núms. 405 del 13 de noviembre de 2008, 0421
y 0422 del 17 de diciembre de 2008, las cuales contaron con sello de suficiencia
presupuestal; sin embargo, no contaron con sello de “no existencia en el almacén”.
Por lo tanto, el Almacén Central de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales
incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3 del apartado 6.2, “De los Almacenes”,
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.
La documentación justificativa del pago de la CLC núm. 25 C0 01 01412 consistió
en el contrato tipo núm. 110/08 celebrado el 28 de noviembre de 2008, por un monto
de 351.5 miles de pesos IVA incluido; el cual tuvo un convenio modificatorio núm. 037/08
del 18 de diciembre de 2008, por un importe de 68.5 miles de pesos IVA incluido, dicho
convenio modificatorio se debió a la ampliación del 20.0% del contrato tipo núm. 110/08,
celebrado con el proveedor Datapoint, S.A. de C.V.; el contrato tipo núm. 109/08
del 28 de noviembre de 2008, por un monto de 653.7 miles de pesos IVA incluido,
el cual tuvo un convenio modificatorio núm. 036/08 del 18 de diciembre de 2008,
por un importe de 478.3 miles de pesos, celebrado con el proveedor Ofiproductos de
Computación, S.A. de C.V.; y el contrato pedido núm. 175/08 del 28 de noviembre
de 2008, por un monto de 18.9 miles de pesos IVA incluido, celebrado con el proveedor
Random Informática, S.A de C.V. Dichos contratos, convenios modificatorios y contrato
pedido se celebraron con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 1o. fracción VI; 26, fracciones I y III;
27; 28, fracción II; 40; y 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y su Reglamento vigente; y 4o. último párrafo; 67; y 74 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
La adquisición de 184 no break y 71 computadoras personales para uso secretarial
se llevó a cabo mediante el procedimiento de licitación pública internacional
núm. 30114002-003-08, y la compra de los 25 discos duros Western Digital de 160 GB
se efectuó mediante adjudicación directa, los cuales se realizaron con fundamento en los
artículos 27, incisos a) y c), y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
575 VOLUMEN 5/13
Se verificó que los proveedores Datapoint, S.A. de C.V., Ofiproductos de
Computación, S.A. de C.V., y Random Informática, S.A. de C.V., presentaron
en tiempo y forma las garantías de cumplimiento de los contratos con las fianzas
núms. 2514 16 28 0001000266 000000 0000, por 175.1 miles de pesos, del 14 de
julio de 2008; 3135-00459-0, por 320.3 miles de pesos, del 28 de noviembre de 2008;
y 1079144, por 30.6 miles de pesos, del 2 de diciembre de 2008, en cumplimiento
de lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2008.
Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Datapoint, S.A. de C.V., la
cual consistió en la factura núm. 31287 del 31 de diciembre de 2008, por 68.5 miles
de pesos; la factura núm. 6457 del 15 de diciembre de 2008 del proveedor Random
Informática, S.A. de C.V. por 18.9 miles de pesos; y la factura núm. 40045 del 26 de
diciembre de 2008 del proveedor Ofiproductos de Computación, S.A de C.V. por
653.7 miles de pesos. Dichas facturas reunieron los requisitos fiscales establecidos
en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
A continuación se detallan los bienes informáticos que surtió, cada uno de los
proveedores, así como el tipo de procedimiento, mediante el cual se contrataron
dichas adquisiciones:
576 VOLUMEN 5/13
Fecha CLC Importe Bienes informáticos Proveedor Tipo y número de procedimiento de adquisición
1/VIII/08 25 C0 01 00649 2,013.4 210 computadoras personales para uso secretarial
Random Informática, S.A. de C.V.
Licitación pública internacional30114002-001-08
31/XII/08 25 C0 01 01304 3,188.3 6 escáner Olivares Hermanos, S.A. de C.V.
Invitación a cuando menos tres proveedores
PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/08 31/XII/08 25 C0 01 01316 7,394.0 2 computadoras portátiles 2 servidores tipo 1 1 servidor tipo 2 1 impresora a color láser 450 no break 11 UPS (Sistema de Energía
Ininterrumpible) 40 switch de distribución
departamental 1 switch modular multicapas
Datapoint, S.A. de C.V.
Licitación pública internacional30114002-001-08
31/XII/08 25 C0 01 01327 2,277.9 2 blades base de datos 5 blades de directorio activo 2 servidores de administración 2 rack de 42 U, accesorios
e instalaciones 2 sais para servidor
Enlaces y Comunicaciones
Avanzadas, S.A. de C.V.
Invitación a cuando menos tres proveedores
PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/06/08
31/XII/08 25 C0 01 01354 5,280.0 330 computadoras personales para uso secretarial
31/XII/08 25 C0 01 01361 1,801.7 113 computadoras personales para uso secretarial
Ofiproductos de Computación,
S.A. de C.V.
Licitación pública internacional 30114002-003-08
31/XII/08 25 C0 01 01412 1,571.0 184 no break Datapoint, S.A. de C.V.
Licitación pública internacional30114002-003-08
25 discos duros Western Digital Random Informática, S.A. de C.V.
Adjudicación directa pedido núm. 175
71 computadoras personales para uso secretarial
Ofiproductos de Computación,
S.A. de C.V. 30114002-003-08
23,526.3
Con el oficio núm. ASC/09/1819 del 19 de noviembre de 2009, la CMHALDF notificó
al proveedor Datapoint, S.A. de C.V., la práctica de compulsa, para que proporcionara
la documentación relacionada con las operaciones que realizó con la CJSL durante 2008.
La documentación fue entregada el 26 de noviembre de 2009, sin que se detectaran
diferencias respecto a la presentada por el sujeto fiscalizado.
4. Mediante las CLC núms. 25 C0 01 01354 y 25 C0 01 01361, ambas del 31 de diciembre
de 2008, se pagaron 443 computadoras, por un monto de 7,081.7 miles de pesos.
Dichas adquisiciones se derivaron de las requisiciones núms. 350 y 405 del 22 de
octubre y 13 de noviembre de 2008, respectivamente. Las requisiciones contaron
con sello de suficiencia presupuestal; sin embargo, la requisición núm. 405 no contó con
sello de “no existencia en el almacén”.
577 VOLUMEN 5/13
Por no contar con sello de no existencia en el almacén en la requisición núm. 405
el Almacén Central de la CJSL incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3 del
apartado 6.2, “De los Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.
La documentación justificativa del pago de las CLC núms. 25 C0 01 01354
y 25 C0 01 01361 consistió en el contrato tipo núm. 090/08 del 28 de noviembre
de 2008, por un monto de 5,280.0 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el
proveedor Ofiproductos de Computación, S.A. de C.V.; y el contrato tipo núm. 109/08
del 28 de noviembre de 2008, por un monto de 1,801.7 miles de pesos. Dichos contratos
se celebraron con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, artículo 1o. fracción VI; 26, fracción I; 27; y 28, fracción II,
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su
Reglamento vigentes en 2008; y 4o. último párrafo, de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal.
La adquisición de 443 computadoras se llevó a cabo mediante el procedimiento de
licitación pública internacional núm. 30114002-003-08, con fundamento en el artículo 27,
inciso a), de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Se verificó que el proveedor Ofiproductos de Computación, S.A. de C.V., presentó
en tiempo y forma las garantías de cumplimiento de los contratos, con las fianzas
núms. 225519-0000, por 740.7 miles de pesos, y 3135-00459-0, por 320.3 miles de
pesos, ambas del 28 de noviembre de 2008, en cumplimiento de lo establecido en
el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Ofiproductos de Computación,
S.A. de C.V., la cual consistió en las facturas núms. 40039 y 40040, ambas del 22 de
diciembre de 2008, por importes de 5,280.0 miles de pesos y 98.1 miles de pesos,
respectivamente, correspondientes a la CLC núm. 25 C0 01 01354; y la factura
núm. 40048 del 26 de diciembre de 2008, por un importe de 1,801.7 miles de pesos,
578 VOLUMEN 5/13
correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01361. Dichas facturas reunieron
los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
Federación vigente en 2008.
5. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 00649 del 1o. de agosto de 2008, se pagaron
210 computadoras, por un monto de 2,013.4 miles de pesos. Dicha adquisición se
derivó de la requisición núm. 193 del 18 de junio de 2008, la cual contó con sello
de suficiencia presupuestal y con sello de “no existencia en el almacén”.
La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 00649,
consistió en el contrato tipo núm. 044/08 del 10 de julio de 2008, por un monto
de 2,013.4 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el proveedor Random
Informática, S.A. de C.V.; y el convenio modificatorio núm. 021/08 del 24 de julio
de 2008, el cual en la cláusula primera refiere que “el motivo es el cambio en las
características del procesador y unidad de almacenamiento…”. Cabe señalar que
dicho contrato y convenio modificatorio se realizaron con fundamento en los artículos
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. fracción VI; 26,
fracción I; 27; y 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2008; y 4o. último párrafo, y 67 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
La adquisición de las 210 computadoras se llevó a cabo mediante la licitación pública
internacional núm. 30114002-001-08, con fundamento en el artículo 27, inciso a), de
la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Se verificó que el proveedor Random Informática, S.A. de C.V., presentó en
tiempo y forma la garantía de cumplimiento del contrato con la fianza núm.
2514 1628 0001000266 000000 0000, por un importe de 1,750.1 miles de pesos,
del 14 de junio de 2008, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 73 de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Random Informática,
S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 6324 del 25 de julio de 2008,
579 VOLUMEN 5/13
correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 0064, por un importe de 2,013.4 miles de pesos.
Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A
del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
6. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01304 del 31 de diciembre de 2008, se pagaron
seis escáner, por un monto de 3,188.3 miles de pesos. Dicha adquisición se derivó
de la requisición núm. 401 del 21 de noviembre de 2008, la cual contó con sello de
suficiencia presupuestal; sin embargo, no contó con sello de “no existencia en el
almacén”. Por lo anterior, el Almacén Central de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3 del apartado 6.2, “De los
Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.
La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01304,
consistió en el contrato tipo núm. 096/08 del 28 de noviembre de 2008, por un
importe de 3,188.3 miles de pesos IVA incluido celebrado con el proveedor Olivares
Hermanos, S.A. de C.V. Dicho contrato se celebró con fundamento en los artículos
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1o.
fracción VI; 26 fracción I; y 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2008.
La adquisición de los seis escáner se llevó a cabo mediante el procedimiento de
invitación a cuando menos tres proveedores núm. PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/08,
con fundamento en los artículos 27, inciso b); 54; 55; y 56 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal.
Se verificó que el proveedor Olivares Hermanos, S.A de C.V. presentó en
tiempo y forma la garantía de cumplimiento en el contrato, con la fianza núm.
2514 3978 0001000554 000000 0000 del 2 de diciembre de 2008 por un importe
de 277.2 miles de pesos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 73 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
580 VOLUMEN 5/13
Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Olivares Hermanos,
S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 05564, del 23 de diciembre de 2008,
correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01304, por un importe de 3,188.3 miles de
pesos. Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A
del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
7. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01327, del 31 de diciembre de 2008, se pagaron dos
blades de base de datos, cinco blades de directorio activo, dos servidores de
administración, dos racks de 42 U, accesorios e instalaciones y dos sais para
servidor, por un monto de 2,277.9 miles de pesos. Dichas adquisiciones se derivaron
de la requisición núm. 403 del 21 de noviembre de 2008, la cual contó con sello de
suficiencia presupuestal; sin embargo, no presenta sello de “no existencia en el
almacén”. Por lo anterior, el Almacén Central de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales incumplió los numerales 6.2.2 inciso a), y 6.2.3 del apartado 6.2, “De los
Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007; así como la
norma 61 de las “Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública”
del Distrito Federal vigentes en 2008.
La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01327,
consistió en el contrato tipo núm. 095 del 28 de noviembre de 2008, por un importe
de 2,277.9 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el proveedor Enlace y
Comunicaciones Avanzadas, S.A. de C.V. Dicho contrato se celebró con fundamento
en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
26 fracción I; 27; 28 fracción I; y 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2008; y 4o. último párrafo,
y 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
La adquisición de los dos blades Base de Datos, cinco Blades de directorio activo,
dos servidores de administración, dos racks de 42 U, accesorios e instalaciones y dos
sais para servidor se llevó a cabo mediante el procedimiento de invitación a cuando
581 VOLUMEN 5/13
menos tres proveedores núm. PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/06/08, con fundamento en los
artículos 27, inciso b); 54; 55; y 56 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Se verificó que el proveedor Enlace y Comunicaciones Avanzadas, S.A. de C.V. presentó
en tiempo y forma la garantía de cumplimento con la fianza núm. 3247-00388-5 del
28 de noviembre de 2008, por un importe de 198.1 miles de pesos, en cumplimiento
de lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2008.
Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Enlace y Comunicaciones
Avanzadas, S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 3972 del 31 de diciembre
de 2008, correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01304, por un importe de
2,277.9 miles de pesos. Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los
artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
En la revisión de los “Kardex Electrónicos Almacén Central”, se constató que los
bienes informáticos adquiridos fueron entregados por los proveedores dentro de los
plazos establecidos en los contratos. Asimismo, en los “Kardex Electrónicos Almacén
Central” se registraron las fechas de entrada al almacén y de salida de éste, como
se muestra a continuación:
CLC Fecha Bienes informáticos Fecha de entrada al almacén
Fecha de salida
del almacén
25 C0 01 00649 1/VIII/08 210 computadoras personales para uso secretarial 25/VII/08 25/VII/08 25 C0 01 01304 31/XII/08 6 escáner 31/XII/08 14/I/09 25 C0 01 01316 31/XII/08 2 computadoras portátiles 26/XII/08 31/XII/08 2 servidores tipo 1 26/XII/08 31/XII/08 1 servidor tipo 2 26/XII/08 31/XII/08 1 impresora a color láser 26/XII/08 31/XII/08 450 no-break 26/XII/08 31/XII/08 11 UPS (Sistema de Energía Ininterrumpible) 26/XII/08 31/XII/08 40 switch de distribución departamental 26/XII/08 31/XII/08 1 switch modular multicapas 27/XII/08 31/XII/08 25 C0 01 01327 31/XII/08 2 blades de base de datos 31/XII/08 14/I/09 2 blades de directorio activo 31/XII/08 14/I/09 2 servidores de administración 31/XII/08 14/I/09 2 rack de 42 U, accesorios e instalaciones 31/XII/08 14/I/09 2 sais para servidor 31/XII/08 14/I/09 25 C0 01 01354 31/XII/08 330 computadoras personales para uso secretarial 23/XII/08 23/XII/08 25 C0 01 01361 31/XII/08 113 computadoras personales para uso secretarial 23/XII/08 23/XII/08 25 C0 01 01412 31/XII/08 154 no-break
30 26/XII/08 30/XII/08
26/XII/08 31/XII/08
25 discos duros Western Digital 15/XII/08 8/I/09 41 computadoras personales para uso secretarial
30 23/XII/08 31/XII/08
23/XII/08 14/I/09
582 VOLUMEN 5/13
Sin embargo, se observó que en los vales de salida del almacén con folios núms. 959
y 965, las fechas de salida no corresponden a la registrada en el Kardex Electrónico
del Almacén Central, como se muestra a continuación:
Vale de salida Kardex Cantidad Bien Informático
Folio núm. Fecha Electrónico
113 Computadoras Personales para Uso Secretarial
959
18/XII/08
23/XII/08
30 No break 965 15/I/09 31/XII/08
Asimismo, se detectó que los vales de salida del almacén con folios núms. 89, 959 y 960,
con fechas 25 de julio, y 18 y 26 de diciembre, todos de 2008, no contienen el sello
del almacén requisitado en dicho formato. Lo anterior denota fallas de control interno.
Con la finalidad de verificar si los bienes informáticos se entregaron a la Dirección
de Informática, la CMHALDF llevó a cabo una inspección física los días 6, 9, 10, 11,
12 y 13 de noviembre de 2009, respecto a 95 bienes informáticos (3 escáner, 2 UPS
(sistema de energía ininterrumpible); 8 switch ruteador de 24 puertos, 1 servidor,
1 impresora láser, 2 computadoras portátiles, 33 computadoras y 45 no break).
En la inspección física se constató que el número de serie de los bienes informáticos
correspondiera con el registrado en el resguardo múltiple con fecha del 31 de
diciembre de 2008, a nombre del Subdirector de Soporte Técnico y Cómputo, adscrito
a la Dirección de Informática de la CJSL y se observó lo siguiente:
a) De los 95 bienes informáticos, 70 se encuentran utilizados por el personal de diversas
áreas de la Dirección General del Registro Público y de Comercio (Acervos, Bóveda,
Certificados, Dictaminación, Dirección de Jurídico, Embargos, Folios Inmediatos,
Inmuebles, Investigación Registral, Materialización, Mezanine, Módulo Ciudadano,
Módulo de Consultas, Programas y Ventanilla Única). Sin embargo, el personal
no cuenta con los resguardos correspondientes, por lo que la Jefatura de Unidad
Departamental de Almacén e Inventarios no se apegó a la fracción II, antepenúltimo
y último párrafo de la norma 14 del Capítulo IV, “Control y Registro de los Bienes
Muebles”, de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública
del Distrito Federal vigentes en 2008, que establece: “De resguardo: Registro
por el que se deberá controlar la asignación de los bienes instrumentales
583 VOLUMEN 5/13
mediante la elaboración de un documento que contendrá los datos relativos al
registro individual de los bienes y del servidor público que los tiene a cargo para el
desarrollo de sus actividades[…]. El resguardo no deberá ser enmendado o alterado
en cualquiera de sus conceptos, por lo que se debe verificar su actualización
cuando se registre algún cambio de usuario […]. Para el caso de bienes informáticos,
armamento, semovientes, equipo de comunicación, seguridad, entre otros, los
responsables de las áreas técnicas coadyuvarán con los responsables del área
de inventarios en el control y actualización del padrón inventarial para su debido
resguardo”.
b) Se localizaron 80 no break almacenados en el tapanco ubicado en el 4o. piso
del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, entre éstos se localizaron
ocho que fueron seleccionados para la inspección física. Mediante los oficio
núms. ASC/135/08/17, ASC/135/08/19 y ASC/135/08/21 del 13, 23 y 25 de noviembre
de 2009, respectivamente, se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración
que informara la razón por la cual se encontraban en el tapanco. En respuesta,
con oficio sin núm. del 26 de noviembre de 2009, la Subdirección de Soporte
Técnico y Cómputo informó: “la Dirección de Informática diseñó un plan de
instalación de equipos de cómputo que en su tercera fase incluye la instalación
de dichos no break; esta fase de instalación se culminó el día 20 de noviembre del
presente quedando instalados 62 no break y dejando 18 no break para atender
cualquier requerimiento de descompostura o falla del mismo”.
c) Dos switch ruteadores de 24 puertos con números de serie YEVFA6ME82F80
y YEVFA6ME83180 no se encontraban instalados.
d) Un no break con número de serie 5B0842T17161 no se localizó durante la inspección
física realizada en la Subdirección de Soporte Técnico y Cómputo. Mediante nota
informativa del 25 de noviembre de 2009 se informó que se encontraba localizado
en el área de certificados, por lo cual se verificó.
e) Noventa y cinco bienes informáticos no contaron con placa o etiqueta de identificación
física, por lo tanto, la Jefatura de Unidad Departamental de Almacén e Inventarios
incumplió el segundo párrafo de la fracción I de la norma 14 del Capítulo IV,
584 VOLUMEN 5/13
“Control y Registro de los Bienes Muebles” de las Normas Generales de Bienes
Muebles, de la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2008 que
establece: “La identificación física de los bienes instrumentales, se realizará
mediante una placa o etiqueta que contendrá las siglas GDF, denominación o siglas
de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Delegación o clave ejecutora del
gasto, clave según CABMSDF y número progresivo que se asigne”.
Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo
establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2008. Sin embargo, debido a que las requisiciones núms. 401, 403, 405, 0421
y 0422 no contaron con sello de “no existencia en el almacén”, el Almacén Central de la
Consejería Jurídica y de Servicios Legales incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3
del apartado 6.2, “De los Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.
En la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no informó ni
proporcionó documentación relacionada con la presente observación, por lo que no se
modifica.
Recomendación ASC-135-08-10-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, establezca mecanismos de
control y supervisión que permitan garantizar que todos los bienes instrumentales contengan
una placa y/o etiqueta de identificación física de acuerdo a las Normas Generales de Bienes
Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2008.
Recomendación ASC-135-08-11-CJSL
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 10.
585 VOLUMEN 5/13
Partida 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”
18. Resultado
En 2008, la CJSL ejerció 10,855.0 miles de pesos con cargo a la partida 5703 “Adjudicaciones,
Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”, de ese monto se revisaron tres CLC
por 10,794.5 miles de pesos (99.4%) relativas a la expropiación de cinco inmuebles
ubicados en la colonia Reforma Política de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el
decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de marzo de 2007,
el cual dispone lo siguiente: “Decreto por el que se expropian a favor del Distrito Federal,
diversos inmuebles ubicados en la colonia Reforma Política, de la Delegación Iztapalapa,
en esta ciudad, para la construcción de un parque público, áreas verdes, campo deportivo
y centro de servicios comunitarios”. En el mismo documento se establece:
“Que de conformidad con la Ley de Expropiación son causas de utilidad pública, entre
otras, el embellecimiento, ampliación, mejoramiento y saneamiento de las poblaciones, la
construcción de hospitales, escuelas parques, jardines, campos deportivos y de cualquier
obra destinada a prestar servicios de beneficio colectivo, así como el mejoramiento de centros
de población y de sus fuentes propias de vida;
”Que la Ley General de Asentamientos Humanos establece como causa de utilidad pública
el mejoramiento de los centros de población, la ejecución de planes o programas de desarrollo
urbano, así como la ejecución de obras de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos;
”Que el destino al que actualmente se dedican los inmuebles construidos en la poligonal
de referencia, generan condiciones de inseguridad para los vecinos del lugar, dado que
en ellos se realizan diversas actividades ilegales tales como la venta de artículos y partes
automotrices de procedencia ilícita.
”Que dentro de la zona en que se encuentran los inmuebles detallados en este Decreto,
no existen áreas verdes, parques, jardines, instalaciones que ofrezcan servicios comunitarios
o espacios para el esparcimiento de los niños, jóvenes, personas con discapacidad y
adultos mayores, así como para la convivencia de las familias o a la práctica de algún
deporte, circunstancia que constituye un factor más que influye de manera negativa en la
calidad de vida de los vecinos del lugar;
586 VOLUMEN 5/13
”Que el espacio que ocupan los inmuebles que se encuentran en la poligonal descrita en
este Decreto, es idóneo por su dimensión para la construcción de un parque público
recreativo, con parque deportivo, áreas verdes, un centro de servicios comunitarios
e instalaciones para el esparcimiento de los habitantes de la zona.
”Que con la construcción de estas instalaciones, se favorece el medio ambiente, la imagen
urbana de la zona, así como las condiciones de salud, seguridad y bienestar de los habitantes,
a la vez que permite la transformación de espacios que actualmente son propicios para el
desarrollo de actividades ilícitas;
”Que con base en esta problemática, la Secretaría de Gobierno, de conformidad con sus
atribuciones, determinó como causa de utilidad pública, la ejecución de acciones de
mejoramiento urbano en la colonia Reforma Política de esta ciudad, con el objeto
de construir el mencionado parque público recreativo, campo deportivo, áreas verdes, un
centro de servicios comunitarios e instalaciones para el esparcimiento de los habitantes
de la zona.”
En el decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 20 de marzo de 2007,
el artículo 1o. establece: “Se expropian por causa de utilidad pública los inmuebles
ubicados en la poligonal que forman la calzada Ermita Iztapalapa, Línea de Energía Eléctrica
de Alta Tensión, calle Reforma Deportiva y diversas propiedades particulares que tienen frente
a la calle Zacapexco (antes Reforma Urbana) de la colonia Reforma Política, en la Delegación
Iztapalapa de esta Ciudad de México, Distrito Federal, para ser destinados a la construcción
de un parque público recreativo, con campo deportivo, áreas verdes, un centro de servicios
comunitarios e instalaciones para el esparcimiento de los habitantes de la zona…”.
El artículo 3o. del decreto señala: “La Administración Pública del Distrito Federal pagará
la indemnización constitucional correspondiente a quienes resulten afectados por esta
expropiación y acrediten su legítimo derecho, tomando como base el valor que fije el avalúo
de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor”.
A fin de verificar que dicho gasto se hubiese realizado y registrado correctamente, y que
se contara con toda la documentación justificativa y comprobatoria, de acuerdo con la
normatividad aplicable, mediante el oficio núm. ASC/135/08/01 de fecha 7 de septiembre
587 VOLUMEN 5/13
de 2009, se solicitó a la Subdirección de Recursos Financieros que proporcionara la CLC
núm. 25 C0 01 00133 del 7 de marzo de 2008, por un importe de 5,300.0 miles de pesos;
la CLC núm. 25 C0 01 00181 del 1o. de abril de 2008, por un importe de 4,530.1 miles de
pesos y la CLC núm. 25 C0 01 00 295 del 6 de mayo de 2008, por un importe de 964.4 miles
de pesos, siendo un total de 10,794.5 miles de pesos.
1. Con la CLC núm. 25 C0 01 00133 se pagó un total de 5,300.0 miles de pesos por la
indemnización de dos predios. Uno de los predios se ubica en el lote 13, manzana 9,
zona 4, colonia Santa María Aztahuacán, actualmente calle Chevrolet, número 9,
colonia Reforma Política, por un importe de 5,000.0 miles de pesos, que se pagó con
el cheque núm. 6338 del Banco Santander, S.A., con fecha 19 de diciembre de 2008,
en favor de Rosa Genoveva Antonio, el pago también se soporta con el convenio
celebrado el 22 de diciembre de 2008 entre el Gobierno del Distrito Federal (parte
compradora) y el particular (parte vendedora). El segundo predio es el localizado en el
lote 9, manzana 3, zona 4, colonia Reforma Política, antes colonia Santa María
Aztahuacán de la Delegación Iztapalapa, por un importe de 300.0 miles de pesos,
pagado con el cheque núm. 2860 del Banco Santander, S.A., con fecha 10 de marzo
de 2008, en favor de María Teresa Huerta Muñoz. Dicho pago se soporta con el
convenio celebrado el 7 de abril de 2008 entre el Gobierno del Distrito Federal (parte
compradora) y el particular (parte vendedora). Al respecto, por dichos predios, el sujeto
fiscalizado presentó los avalúos correspondientes por la Dirección de Avalúos de la
Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
2. Con la CLC núm. 25 C0 01 00181 se pagó un total de 4,530.0 miles de pesos por la
indemnización de dos predios. El primero es el ubicado en el lote 02, manzana 9,
zona 4, colonia Reforma Política antes colonia Santa María Aztahuacán, que se pagó
con el cheque núm. 2952 del Banco Santander, S.A., con fecha 7 de abril de 2008, en
favor de Joaquín Figueroa Lucero, por un importe de 3,163.4 miles de pesos; el segundo
predio se localiza en el lote 11, manzana 11, zona 4, colonia Reforma Política antes
colonia Santa María Aztahuacán, de la Delegación Iztapalapa, que se pagó con el
cheque núm. 2953, del Banco Santander, S.A., por un monto de 1,366.6 miles de pesos,
con fecha 7 de abril de 2008, en favor de Joaquín Figueroa Lucero. Los pagos de las
indemnizaciones se soportan con el convenio celebrado el 10 de abril de 2008 entre el
Gobierno del Distrito Federal (parte compradora) y los particulares (parte vendedora).
588 VOLUMEN 5/13
Al respecto, por dichos predios, el sujeto fiscalizado presentó los avalúos correspondientes
por la Dirección de Avalúos de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de
la OM.
3. Con la núm. CLC 25 C0 01 00 295 se pagó un total de 964.0 miles de pesos por
la indemnización de un inmueble ubicado en la calle Volkswagen, antes Reforma
Campesina, lote 06, manzana 13, zona 4, colonia Reforma Política, antes colonia
Santa María Aztahuacán, de la Delegación Iztapalapa. Al respecto, con el oficio
núm. DGSL/DC/SCCA/8206/2009 de fecha 13 de noviembre de 2009, signado por el
Director General de Servicios Legales, dirigido al Director Ejecutivo de Administración
de la CJSL, se señalo lo siguiente:
“Con relación al juicio de amparo 390/2007, promovido por el C. Julio Luna López,
radicado en el juzgado décimo tercero de distrito en Materia Administrativa en el
Distrito Federal, cuyo acto reclamado fue el decreto publicado el 20 de marzo de 2007
mediante el cual se expropió el inmueble, ubicado en la calle Volkswagen antes Reforma
Campesina, el lote 06, manzana 13, zona 4, colonia Reforma Política antes colonia
Santa María Aztahuacán, de la Delegación Iztapalapa, le manifiesto que para defender
los intereses del Distrito Federal, en desahogo al requerimiento del juez, con fecha
del 09 de mayo de 2008, se exhibió ante el juzgado del conocimiento el billete de
depósito número S431540 del 8 de mayo de 2008, por un importe de 964.0 miles de
pesos, de conformidad con el valor comercial determinado por la Dirección de Avalúos
de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, que forma parte de la carpeta
técnica de expropiación. En virtud de lo anterior, por acuerdo de 19 de noviembre
de 2008, se sobreseyó el juicio debido a que se acreditó el pago de la indemnización
correspondiente.
”Por lo tanto, en dicho juicio no hubo necesidad de celebrar convenio con la parte
quejosa, ya que el juicio se sobreseyó fuera de audiencia.”
Como soporte documental se presentó copia certificada del billete de depósito
núm. S431540 por 964.4 miles de pesos, de fecha 5 de mayo de 2008; copia certificada
del desistimiento por parte del quejoso Julio Luna López; avalúo del predio, y expediente
original y copia del juicio de amparo núm. 390/2007.
589 VOLUMEN 5/13
Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa
y comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con
lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de
Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
vigente en 2008.
Partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”
19. Resultado
En el ejercicio de 2008, la CJSL, ejerció 3,306.2 miles de pesos con cargo la partida 5303
“Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas
Públicos”. Al respecto, se seleccionó para su revisión la CLC núm. 25 C0 01 00568 del
9 de julio de 2008, por un monto de 3,306.2 miles de pesos, que representó el 100.0%
del importe ejercido en la partida.
Se verificó que dicha CLC se hubiese elaborado por el personal autorizado en 2008 y que
se contara con la autorización del titular de la dependencia para adjudicar directamente la
compra, que rebasó el monto de actuación; con evidencia documental de haber recibido
los bienes adquiridos, y con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.
Al respecto, con el oficio núm. ASC/09/1323 del 21 de agosto de 2009, se le solicitó a
la CJSL la CLC referida con su documentación justificativa y comprobatoria. La información
fue proporcionada con el oficio núm. CJSL/DEA/1086/2009 del 31 de agosto de 2009, de
su revisión, se determinó lo siguiente:
1. La CLC fue impresa por el SICE y elaborada y autorizada por servidores públicos
inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos, facultados
para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples
y Afectaciones Programático Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió
el apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, apartado
IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por
Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
590 VOLUMEN 5/13
2. Mediante la CLC de referencia, se adquirieron 32 motocicletas marca Suzuki, tipo
DL650, modelo 2008, con los números de serie siguientes: JS1VP54A582102194,
JS1VP54A682102205, JS1VP54A582102213, JS1VP54A282102203, JS1VP54AX82102207,
JS1VP54A282102198, JS1VP54A982102196, JS1VP54A482101893, JS1VP54A282101892,
JS1VP54A082102197, JS1VP54A982101887, JS1VP54A682101894, JS1VP54A482102218,
JS1VP54A982102215, JS1VP54A482102199, JS1VP54A382102209, JS1VP54AX82102210
JS1VP54A182102211, JS1VP54A782102214, JS1VP54A782101886, JS1VP54A282102217,
JS1VP54A382102212, JS1VP54A082102216, JS1VP54A882102206, JS1VP54A482102204,
JS1VP54A182102192, JS1VP54AX82102191, JS1VP54A382102193, JS1VP54A782102195,
JS1VP54A682101863, JS1VP54AX82101865 y JS1VP54A882101895, dicha adquisición
se derivo de la requisición núm. 0166/08 del 13 de junio de 2008, que cuenta con sello
de “no existencia” en el almacén.
3. La documentación justificativa del pago consistió en el contrato tipo núm. 039/08 del
16 de junio de 2008, por un monto de 3,306.2 miles de pesos (IVA incluido) y el convenio
modificatorio núm. 020/08 del 24 de junio de 2008, celebrados con el proveedor
Suzuka Motos, S. de R. L. de C.V. Dicho contrato se adjudicó directamente con base
en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con
fundamento en los artículos 27, inciso C, 28 y 54, fracción V, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal. La adquisición rebasó el monto máximo de actuación para
adjudicación directa establecido en el artículo 57 del Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008; no obstante, se contó
con la autorización del titular de la CJSL y del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios, conforme al artículo 54, párrafo penúltimo,
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
4. Se verificó que la adquisición contó con la justificación por parte del Director Ejecutivo
de Justicia Cívica, el cual señaló que “su adquisición permitirá la coordinación, supervisión
y la atención de los daños ocasionados en forma culposa, con motivo del tránsito de
vehículos”. y dar cabal cumplimiento, al Decreto de reforma publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, el 13 de marzo de 2008, el cual indica:
Artículo Primero.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 240 y se reforma el
artículo 242 del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
591 VOLUMEN 5/13
Artículo 240. No se considerará delito:
I. Cuando por culpa se ocasione únicamente daño a la propiedad con motivo del tránsito
de vehículos; y
II. El conductor o conductores involucrados no se encuentren en alguno de los
supuestos establecidos en las fracciones I y II del artículo 242 de este Código
Penal.
Artículo 242. Cuando los daños se ocasionen culposamente con motivo de tránsito de
vehículos, siempre que no se trate del supuesto previsto en la fracción I del segundo
párrafo del artículo 240 de este cuerpo normativo, se impondrá la mitad de las penas
previstas en el artículo 239 de este Código.
I. El agente conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes
o psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares; o
II. No auxilie a la víctima del delito o se dé a la fuga.
Al conductor de un vehículo automotor, que se retire del lugar en que participó en un
hecho donde únicamente se causó daño a la propiedad, en su forma de comisión
culposa y con motivo del tránsito vehicular, con el propósito de no llegar a un acuerdo
en la forma de reparación de los daños y sin acudir ante el juez cívico competente, se le
impondrá de uno a tres años de prisión y de 100 a 500 días multa, independientemente
de la responsabilidad administrativa o civil que resulten de esos hechos.
5. La adquisición contó con la autorización del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios, emitida en la segunda sesión extraordinaria del 13 de junio
de 2008 para el caso núm. 06/08.
6. Se verificó que el proveedor presentó en tiempo y forma la garantía de cumplimiento
del contrato con la fianza núm. 3247-00366-7 del 16 de junio de 2008, por un monto
de 287.5 miles de pesos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.
592 VOLUMEN 5/13
7. La CJSL acreditó que el proveedor ofreció las mejores condiciones en cuanto a
precio, calidad, financiamiento y oportunidad respecto a las cotizaciones de otros dos
proveedores.
8. Se revisaron 32 facturas, núms. 2185, 2188, 2189, 2190, 2191, 2192, 2193, 2194, 2195,
2196, 2197, 2198, 2199, 2200 y 2264 del 1 de julio de 2008; la factura núm. 2265 del
2 de julio de 2008; y las facturas núms. 2266, 2267, 2268, 2269, 2270, 2271, 2272,
2273, 2274, 2275, 2276, 2277, 2278, 2279, 2280 y 2282 del 3 de julio de 2008,
correspondientes a la CLC núm. 25 C0 01 00568 sujeta a revisión, por un importe total
de 3,306.2 miles de pesos, cantidad ejercida en la partida revisada. Dichas facturas
reunieron los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código
Fiscal de la Federación vigente en 2008.
9. Con el sello de recibido del Almacén Central del 3 de julio de 2008, asentado en las
facturas, se verificó que las 32 motocicletas, tipo DL650, marca Suzuki, modelo 2008,
ingresaron al Almacén Central de la CJSL, en cumplimiento a lo establecido en el contrato
tipo núm. 039/08 del 16 de junio de 2008.
10. Los bienes recibidos en el Almacén General de la CJSL fueron entregados a la Dirección
Ejecutiva de Justicia Cívica mediante el formato “Vale de Salida del Almacén Central”
de fecha 1 de agosto de 2008, con firmas del solicitante y de recibido de conformidad
por el Director Ejecutivo de Justicia Cívica, autorizado por el Subdirector de Recursos
Materiales y Servicios Generales y con el visto bueno del Jefe de Unidad Departamental
de Almacenes e Inventarios. Al respecto, se entregó una relación en la que se indica
el área de adscripción, ubicación del vehículo, nombre, número de empleado y puesto
del usuario del vehículo y la clave CABMS, número progresivo, descripción, número
de serie y marca de los bienes con las firmas de los servidores públicos referidos.
11. Se detectó que el vale de salida del Almacén Central no tiene sello del almacén, ni
folio de salida. Lo anterior denota fallas de control interno. Por otra parte, se verificó
que los bienes se hubiesen registrado en el padrón inventarial, sin que se encontraran
diferencias al respecto.
12. Se elaboró un resguardo múltiple por las 32 motocicletas, el cual fue firmado por el
Director Ejecutivo de Justicia Cívica, quien las asignó mediante el formato “Resguardo
593 VOLUMEN 5/13
Provisional” a los peritos de tránsito terrestre. los cuales se presentaron a la entidad
de fiscalización para su verificación.
13. El 4 de noviembre de 2009, se realizó una inspección física en el estacionamiento del
edificio de la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, lugar donde se concentraron las
motocicletas, para verificar su existencia, dicha prueba de auditoría se realizó en
presencia del Encargado del Enlace Administrativo en la Dirección de Justicia Cívica;
al respecto, se observó lo siguiente:
a) Se localizaron 30 motocicletas tipo DL650, marca Suzuki, modelo 2008.
b) La motocicleta con número de serie JS1VP54AX82102191 se encontraba en
reparación con el distribuidor Suzuka Motos, S. de R.L. de C.V., fue recibida con
la orden de trabajo núm. 3491 de fecha 29 de diciembre de 2008. Sobre el particular,
el 18 de noviembre de 2009 se realizó una inspección física en el taller del
distribuidor Suzuka Motos, S. de R.L. de C.V., ubicado en Bucareli No. 51, colonia
Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, y se observó que dicha motocicleta se
encontraba en el taller; el administrador único de Suzuka Motos, S. de R.L. de C.V.,
informó que “el desperfecto que tiene la motocicleta fue a causa de la mala
operación por parte del conductor, asimismo, señaló que no había sido reparada,
por no tener la autorización correspondiente por parte de la CJSL”.
Con el oficio núm. ASC/135/08/13 de fecha 9 de noviembre de 2009, se solicitó a
la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL nota informativa en la que se
explicara la razón por la cual aún no había sido reparada la motocicleta descrita.
En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DEA/SSG/JUDM/0180/09 del 13 de noviembre
de 2009, la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL informó que
“la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, a la fecha no ha realizado reporte
alguno sobre este vehículo, en particular a la Subdirección de Servicios Generales,
o a esta Jefatura de Unidad Departamental de Mantenimiento”.
Con el oficio núm. CJSL/DEJC/3447/09 del 20 de noviembre de 2009, el Director
Ejecutivo de Justicia Cívica informó que la motocicleta “ya fue reparada y presentada
para su revisión física al personal de la CMHALDF, con la fecha antes mencionada
594 VOLUMEN 5/13
de la cual se comprobó su funcionamiento”. No obstante, se concluye que existen
fallas de control interno respecto a la reparación de las motocicletas.
c) La motocicleta con número de serie JS1VP54A282101892 se encontraba en
reparación con el mismo distribuidor y fue recibida con la orden de trabajo
núm. 5168 de fecha 28 de octubre de 2009; se informó que se le dio salida debido
a que solamente recibió servicio de mantenimiento preventivo de los 3000 kilómetros.
Mediante el oficio núm. ASC/09/1679 del 30 de octubre de 2009, se convocó al proveedor
a compulsa para que proporcionara la documentación relacionada con las operaciones
que realizó con la CJSL durante 2008, la cual se entregó el 5 de noviembre de 2009, sin que
se detectaran diferencias respecto a la información presentada por el sujeto fiscalizado.
Se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y comprobatoria del
gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008,
el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
Sin embargo, en la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no
informó ni proporcionó documentación relacionada con la presente observación, por lo que
ésta no se modifica.
Recomendación ASC-135-08-12-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca medidas de
control y supervisión para asegurarse de que en los vales de salida de almacén se
requisiten todos los campos que incluye el formato, a efecto de dejar constancia del sello de
almacén, de la fecha de salida y de la descripción de los bienes que fueron entregados.
Partida 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”
20. Resultado
En el ejercicio de 2008, la CJSL, ejerció 253.3 miles de pesos, con cargo a la partida 5203
“Maquinaria y equipo de construcción”, mediante la CLC núm. 25 C0 01 00567, la cual
representó el 100.0% de la muestra con recursos fiscales del presupuesto asignado a la CJSL.
595 VOLUMEN 5/13
1. La CLC fue impresa por el SICE y elaborada y autorizada por servidores públicos
inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados
para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples
y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió el
apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, apartado
IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por
Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.
2. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 00567, se adquirieron 42 GPS VISTA HCX, con
los siguientes números de serie: 16D143438, 16D144071, 16D144073, 16D144085,
16D144086, 16D144090, 16D144093, 16D144094, 16D144096, 16D144079, 16D144077,
16D144081, 16D144088, 16D129292, 16D144084, 16D144076, 16D144087, 16D144070,
16D143433, 16D144095, 16D144083, 16D144074, 16D129318, 16D144091, 16D144082,
16D144075, 16D143439, 16D144092, 16D144069, 16D144078, 16D129297, 16D132760,
16D143435, 16D144089, 16D144072, 16D129294, 16D129289, 16D144080, 16D144078,
16D129297, 16D132760, 16D143435. Dicha compra se derivó de la requisición
núm. 168/08 del 9 de junio de 2008 y 400/2008, con sellos de suficiencia presupuestal
y de “no existencia” en el almacén.
3. La documentación justificativa que soporta el pago consistió en el contrato tipo
núm. 043, por un monto de 253.3 miles de pesos (IVA incluido) celebrado con el
proveedor Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V., con fundamento
en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
y 27, inciso C; 28; y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigentes
en 2008.
4. La adquisición de los 42 GPS se erefctuo mediante procedimiento de adjudicación
directa sin rebasar el monto de actuación establecido en el artículo 57 del Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.
Se constató que el proveedor Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V., de
acuerdo con el cuadro comparativo de precios, fue quien ofertó las mejores condiciones
en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
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5. De acuerdo con la claúsula séptima del contrato tipo núm. 43, se eximió al proveedor
de presentar garantía de cumplimiento, con fundamento en los artículos 55 y 74 de la
Ley de Adquisiciones del Distrito Federal.
6. Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Soluciones y Tecnologías
Informáticas, S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 2377 del 30 de junio
de 2008. Dicha factura reunió los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29
y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.
7. Los 42 GPS fueron recibidos en el Almacén Central el 30 de junio de 2008 en tiempo
y forma, conforme a lo establecido en el contrato tipo núm. 043/08; el 6 de octubre
de 2008 salieron mediante un vale de salida, sin folio de salida ni sello del almacén,
lo que denota fallas de control interno.
8. En la revisión de las tarjetas de almacén (kardex) se verificó que la entrada y la salida
de los 42 GPS fueron registradas con fechas del 30 de junio y 1o. de diciembre de 2008,
respectivamente.
9. Adicionalmente, se detectó que existe un resguardo múltiple por los 42 GPS, firmado
por el Director Ejecutivo de Justicia Cívica. Cabe mencionar que dicho servidor público
asignó 33 GPS a los peritos de tránsito terrestre, por lo que elaboró un resguardo
provisional para cada uno de los bienes, dichos resguardos fueron presentados a la
entidad de fiscalización para su constatación.
10. Para verificar la existencia de los 42 GPS, el 4 de noviembre de 2009 se realizó una
inspección física en el edificio de la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, lugar donde
se constató que 33 de los bienes estaban bajo resguardo de los peritos valuadores,
8 se encontraron en el almacén del Enlace Administrativo de dicha dirección y 1, según
lo informado, fue sustraído. Por lo anterior, mediante el oficio núm. ASC/135/08/17 de
fecha 13 de noviembre de 2009, se solicitó que se informara por qué aún seguían
8 GPS en el almacén del Enlace Administrativo y cuál era el estatus jurídico del GPS
que fue sustraído.
En respuesta, mediante el oficio núm. CJSL/DEJC/3499 de fecha 23 de noviembre
de 2009, el Director Ejecutivo de Justicia Cívica informó al Subdirector de Recursos
597 VOLUMEN 5/13
Materiales lo siguiente: “Al respecto, me permito hacer de su conocimiento que a través
de mi diverso CJSL/DEJC/3383/09, recibido en esa Subdirección a su cargo el día 19 del
mes en curso, se turna copia de la Averiguación Previa No. FCH/CUH-6T2/00312/09-03,
expedida el día 10 de noviembre de 2009, por la Agencia Investigadora del Ministerio
Público CUH-6, de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal, mediante la cual se hace formalmente la
denuncia por el robo de un localizador satelital (GPS) de la oficina del que suscribe;
así también y atento a la observación se remite copia simple de los resguardos,
mediante los cuales se asignan, a partir de la fecha, los ocho GPS (al mismo número
de Peritos en Tránsito Terrestre), los cuales permanecieron en el almacén del Enlace
Administrativo de esta Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica”. Esta situación confirma
fallas de control interno.
Cabe señalar que la adquisición de los 42 GPS se registró en la partida 5203
“Maquinaria y Equipo de Construcción”, que, de acuerdo con el Clasificador por Objeto
del Gasto, corresponde a: “asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y
equipo utilizados en la construcción, tales como: quebradoras, revolvedoras, palas
mecánicas, tractores oruga, motoconformadoras, escrepas, aplanadoras, excavadoras,
grúas, dragas, carretillas, etc.”. Por ello, se considera que los bienes debieron registrarse
en la partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, ya
que el Clasificador por Objeto del Gasto indica que se relaciona con “telecomunicaciones,
tales como: comunicación satelital, microondas, transmisores, receptores, equipo de
télex, de radar, sonar, de video, amplificadores, equipos telefónicos, telegráficos, etc.”.
Se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto
y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 2008, el
Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008;
sin embargo, se detectaron fallas de control relativas a los requisitos que deben reunir
los vales de salida; y se detectó que la DEA registró erróneamente la adquisición de los
42 GPS en la partida 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”, contrariamente a lo
que establece el Clasificador por Objeto del Gasto vigente en 2008.
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En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero de 2010,
la CJSL, por conducto de la DEA, informó lo siguiente:
“Se anexa justificación:
”Ésta corresponde a la Requisición de compra 0168, con Número de Folio S.R.F. 0140 y
el Contrato Tipo No. 0043, por un importe de $257,680.50, de fecha 09 de Junio de 2008,
que textualmente dice: GPS aparato para medir distancias geodésicas, 1000 waypoints,
brújula electrónica, cálculo de áreas, Waad, barómetro, altímetro graficador de fases lunares,
derivado a la descripción que presenta, se consultó en su momento a la Subdirección
de Recursos Materiales, sobre las características de este instrumento y para qué sería su
utilidad, lo cual mencionaron que es un aparato que sirve para medir distancias, como los
que utilizan los ingenieros, y que tiene más funciones.”
No obstante lo señalado por la CJSL, se concluye que la adquisición de los 42 GPS
se registró erróneamente, en la partida 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”, que
de acuerdo a lo señalado en el Clasificador por Objeto del Gasto, son “Asignaciones
destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo utilizados en la construcción, tales
como: quebradoras, revolvedoras, palas mecánicas, tractores oruga, motoconformadoras,
escrepas, aplanadoras, excavadoras, grúas, dragas, carretillas, etc.” y la partida 5204
“Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” son “Asignaciones para
equipos y aparatos tales como: comunicación satelital, microondas, transmisores, receptores,
equipo de télex, de radar, sonar, de video, amplificadores, equipos telefónicos, telegráficos,
etc.” ya que el aparato GPS tiene como característica principal la comunicación satelital
y la transmisión de datos, por lo que el presente resultado no se modifica.
Recomendación ASC-135-08-13-CJSL
Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de las áreas
administrativas competentes, efectúe acciones para garantizar que el gasto se registre de
acuerdo con su naturaleza, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto.
Recomendación ASC-135-08-14-CJSL
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 19.