IMAGRO

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1. Objetivos Tener una noción general de lo que es el IMAGRO Conocer las principales diferencias entre la Ley vieja 125/91 y la Ley nueva 2421/04.conocer Tratar acerca de lo que es el SAU, su liquidación y determinación. Conocer brevemente el contenido de las legislaciones relacionadas con actividades agropecuarias. 1

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1. Objetivos

Tener una noción general de lo que es el IMAGRO

Conocer las principales diferencias entre la Ley vieja 125/91 y la Ley nueva 2421/04.conocer

Tratar acerca de lo que es el SAU, su liquidación y determinación.

Conocer brevemente el contenido de las legislaciones relacionadas con actividades agropecuarias.

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2. Introducción

El impuesto sobre la renta es la carga impuesta por un gobierno sobre la renta de las personas físicas y jurídicas. Cuando se trata de empresas de negocios se denomina impuesto de sociedades. El impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre el beneficio de las sociedades son las principales fuentes de recursos de los gobiernos de los países industrializados; en los países menos industrializados también están cobrando una gran importancia en la estructura impositiva.

Constitución es una ciencia política, una ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su gobernación. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. También garantiza al pueblo determinados derechos. La mayoría de los países tienen una constitución escrita.

La legislatura es el periodo en que se otorga al Gobierno y los representantes de la nación capacidad para redactar, cambiar o rechazar leyes y para cobrar y regular los impuestos. Casi todas las legislaturas modernas son representativas, es decir, compuestas por muchos miembros elegidos de forma directa o indirecta por votación popular. Las legislaturas que proporcionan representación directa se consideran en líneas generales como más democráticas en la práctica porque son menos susceptibles de ser dominadas por una sola facción política.

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3. Cuestionario y Respuestas

¿Que es el IMAGRO?

El IMAGRO es el impuesto a las rentas de las actividades agropecuarias. Comprende todas las rentas provenientes de la actividad agropecuaria realizada en el territorio nacional, y estarán gravadas de acuerdo con los criterios que se establecen en el Capítulo 2 del Sistema Tributario Reglamentado. Por las actividades agropecuarias se entiende aquellos que se realizan con el objeto de obtener productos primarios, vegetales o animales, mediante la utilización del factor tierra, tales como: cría o engorde de ganado, producción de lana, cueros y cerdas, producción agrícola, frutícola y hortícola y la producción de leche.

Diferencias entre las leyes 125/91 y 2421/04, con respecto a: contribuyentes, tasas, topes y base imponible.

Contribuyentes: los contribuyentes quedan los mismos en la ley 125/91 y 2421/04, y son los siguientes:

a) Las personas físicas, siempre y cuando su extensión total sea superior a 20 ha en la región Oriental o 100 ha en la región Occidental, aun cuando dichas superficies estuviesen representadas por varias fracciones menores, no adyacentes o situados en distintas zonas rurales.

b) Los condominios. c) Las sucesiones indivisasd) Los núcleos familiarese) Los que intervengan en actividades de aparcería y similares, ya sea en

forma permanente, accidental o transitorio. f) Las sociedades con o sin personería jurídica.g) Las cooperativas que reserven para su uso parte del inmueble rural.h) Las empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas y

sociedades de economía mixta.i) Las personas o entidades domiciliadas o constituidas en el exterior y sus

sucursales, agencias o establecimientos en el país.

La ley 2421/04 menciona, además de esto, como contribuyentes a: usufructuarios de tierras y arrendatarios.

Tasas y Topes:

Ley 125/91 Ley 2124/04Oriental Occidental Oriental Occidental

Topes(ha) Tasas(%) Topes(ha) Tasas(%) Topes(ha) Tasas(%) Topes(ha) Tasas(%)0-20 0 0-20 0 0-20 0 0-100 0+ 20 30 + 20 30 20-300 2,5 100-1500 2,5

+300 10 + 1500 10

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Existe una notable reducción en la tasa impositiva del 30 al 10%. Además se ha realizado una diferenciación entre la región oriental y occidental, dividiendo las dos regiones en tres secciones: las de pequeña superficie, de mediana superficie y las de gran superficie, con sus respectivas tasas de impuesto.

Base imponible: según la ley 125/91, los contribuyentes que sean propietarios, arrendatarios o poseedores a cualquier título de uno o más inmuebles rurales, determinarán la base imponible sobre las hectáreas netas totales.

¿Cual es la superficie mínima no gravada por la ley 2421/04?

La superficie mínima no gravada por la ley 2421/04 es de 20 ha en la región oriental y 100 ha en la región occidental.

¿Que es SAU? ¿Como se tiene que liquidar? ¿Como se determina?

SAU es la abreviación de Superficie Agrológicamente Útil. O sea es toda la superficie de un inmueble, deduciendo bosques, zonas de reserva, tierras estériles, humedales y bañados. Estas superficies quedan liberadas en la Declaración Jurada.

Se liquida por la renta bruta anual que se determinará en forma presunta, aplicando el 12% sobre la suma de los valores fiscales de las hectáreas de los inmuebles rurales que posea el contribuyente. Quedan excluidas todas las superficies declaradas como no SAU. Para el ultimo caso, la renta bruta se computará en proporción al tiempo de tenencia de las hectáreas, en el ejercicio fiscal. La determinación de la renta bruta se deberá efectuar en todos los casos, con independencia de que se realice o no una efectiva explotación. Según la ley 2421/04, cualquier extensión de tierra que no tenga una explotación racional de un 30% de la misma, a los efectos de la ley se considerará que el inmueble rural no tiene un uso eficiente y racional. El Servicio Nacional de Catastro fijará anualmente el valor fiscal de la hectárea rural por zona, excluida las mejoras o edificaciones, en base a los precios promedios vigentes en el mercado interno en los doce meses anteriores al primero de noviembre del año civil que se liquida. Con dicha finalidad dividirá el territorio de la República en zonas rurales de similares características. Para la deducción del SAU, los contribuyentes deberán presentar la correspondiente declaración jurada sobre la superficie total y la SAU disponible ante la Administración Tributaria o la entidad definida por la Administración. En caso de que así no se hiciere serán computados el total de las hectáreas.

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Para la determinación del SAU deberán ser deducidas del total de las hectárea en posesión o usufructo en cabeza de la persona, las siguientes superficies:a) Las ocupadas por bosques naturales o cultivados, por lagunas

permanentes o semi-permanentes y los humedales.b) Las áreas marginales no aptas para uso productivo, como afloramientos

rocosos, esteros, talcales, saladares, etc. c) Las áreas silvestres protegidas bajo dominio privado, sometidos al

régimen de la Ley No. 352/94 de áreas silvestres protegidas o la que la modifique o sustituya.

d) Las ocupadas por rutas, caminos vecinales y/ o servidumbres de paso.e) Las áreas destinadas a servicios ambientales declarados como tales por la

autoridad competente. El número de hectáreas resultante es lo que se denomina Superficie Agrológicamente Útil (S.A.U.).

Legislaciones relacionadas con actividades agropecuarias.

a) Constitución Nacional : la sección que se refiere exclusivamente a la Reforma Agraria es el Capítulo IX, la Sección II, los Artículos 114, 115 y 116.

Art. 114: trata de los objetivos de la Reforma Agraria y la define como uno de los factores fundamentales para el bienestar rural, a través del acceso de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación mediante la tenencia y propiedad de la tierra, acceso al crédito y la asistencia técnica, educacional y sanitaria, se fomentará la creación de asociaciones y se promoverá la producción, la industrialización y la racionalización del mercado para el desarrollo integral del campo.

Art. 115: legisla sobre las bases de la reforma Agraria y del desarrollo rural, y en sus 16 inciso, contiene todo un programa de justicia social para el desarrollo sustentable de la actividad agropecuaria, para la calidad de vida y el progreso social rural, como por ejemplo: un sistema tributario adoptado, la promoción de empresas, aseguración de precios justos al productor primario, adaptar practicas de cultivo que defienden y preserven el ambiente, etc.

Art. 116: legisla sobre el Latifundio y su eliminación progresiva, con expresa mención al latifundio improductivo y la expropiación. La Ley atenderá a la aptitud natural de la tierras, a las necesidades del sector de población vinculado con la agricultura t a las previsiones aconsejables para el desarrollo equilibrado de las actividades agrícolas, pecuarias, forestales e industriales, así como el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la preservación del equilibrio ecológico.

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b) Código Rural año 1931, Ley Nº 1248 : tiene 429 artículos y legisla para un tiempo y modalidades de vida y comunicación en gran medida ya superadas. Sin embargo, su contenido no dejo de proveer las distintas situaciones de la vida rural, incluyendo régimen de empleos y de rutas. Prácticamente perdió vigencia y sus incipientes regulaciones sociales del trabajo, quedaron perfeccionadas en el actual Código del Trabajo y en el Estatuto Agrario.

c) Código Laboral o del Trabajo – Ley Nº 213/93 : el Capitulo V se refiere al

Trabajo Rural en los artículos 157 al 191. se ocupa preferentemente de las relaciones de trabajo de todas las personas de ambos sexos que ejecuten labores en establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales, tambos o explotaciones similares.

Art. 157: se establece cubriendo todos los derechos sociales del trabajador rural y sobre las compromisos y empréstitos de los empresarios y sus familias.

Art. 178: pone termino a la explotación de los familiares del empleado rural que prestaban servicios gratuitos y se establece el descanso obligatorio, con algunas excepciones, remunerando con el recargo correspondiente en este periodo.

Art. 182: establece la jornada de ocho horas de trabajo.

Art. 183: establece la obligación de informar el ingreso de un trabajador a las autoridades administrativas del trabajo y su inscripción en el Instituto de Prevención Social. Además se legisla sobre trabajo de menores y sobre preaviso en caso de despido injustificado.

d) Estatuto Agrario – Ley 1863 del 04/10/2001 : consta de 13 Títulos, 25 Capítulos y 117 Artículos. En este cuerpo legal no hay muchas diferencias de los anteriores cuerpos legales sobre la Reforma Agraria. Legisla sobre todas las materias que se detallan en el Índice adjunto y que específicamente se consigna siguiendo a cada articulo, teniendo así una visión general de la estructura y contenido normativo de esta Ley. Incorpora obligaciones sobre sostenibilidad ambiental y restablece la organización, funcionamiento y administración de los campos Comunales. Tiene disposiciones básicas para impulsar una política de utilización racional y eficiente de las tierras para hacer posible una producción y productividad sustentable, con asistencia técnica adecuada, y la función del crédito barato a corto, mediano y largo plazo.

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4. Conclusión

Después de haber respondido todo el cuestionario se puede decir que es fundamental y de gran importancia que cada uno que trabaja o esté relacionado de alguna manera con la producción agropecuaria tiene los conocimientos básicos de esa nueva Ley 2421/04, que sí presenta algunas modificaciones con respecto a la Ley 125/91 en algunos aspectos importantes como la tasa imponible que se ha reducido de un 30% al 10%.

Es alentoso que se grava el Impuesto solamente sobre la Superficie

Agrológicamente Útil, promoviendo así el uso mas eficiente y racional de la tierra y manteniendo probablemente mas tierra bajo bosque, si es que la empresa o el propietario no es capaz de pagar tanto impuesto si la producción no es grande y se puede realizar en menor superficie. También pueden haber mas personas a las que interese el tema de inscribir sus tierras que no usan como reservas naturales, para liberarse del impuesto a la tierra.

Como el IMAGRO se grava solamente sobre la ganancia neta de la producción agropecuaria, probablemente origina una tendencia de mayor inversión por parte de los productores agropecuarias en sus empresas, sea eso en la intensificación o extensión de la misma, llegando así a un uso mas eficiente y racional de la tierra.

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5. Bibliografía

PETTIT, HORACIO ANTONIO; FRANCO, CAROLINA MONTSERRAT. Derecho Ambiental y Agrario. ServiBooks Editora. Paraguay. 2001

PLANO DE EGEA, J. M. La Constitución de la Republica del Paraguay. Primera edición. Paraguay. 1992.

PLANO DE EGEA, J. M. Sistema Tributario de la Republica del Paraguay. Séptima edición. Editorial Latindata. Paraguay. 2000.

Enciclopedia Microsoft® Encarta® 2000. © 1993-1999 Microsoft Corporación.

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