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LA ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA
La estructura de la norma jurídica cuenta con dos partes fundamentales, las cuales son:
El supuesto de hecho y la consecuencia jurídica.
Regla que regula el comportamiento de los individuos en la sociedad y cuyo incumplimiento
se encuentra sancionado por el propio ordenamiento. La norma jurídica tiene la siguiente
estructura: una hipótesis, o supuesto de hecho, y una consecuencia jurídica, de manera que
la concurrencia de ciertas circunstancias determina la aplicación del mandato establecido por
la ley.
Se entiende por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si se produce provocará
la consecuencia, y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción de una
conducta humana en el supuesto de hecho normativo. Se puede agregar a estas dos partes
fundamentales el Deber Ser, que es el enlace lógico entre el supuesto de hecho y la
consecuencia jurídica.
Con lo antes expuesto, se puede formular la estructura lógica de una norma jurídica, que sería
de la siguiente manera:
Si es A debe ser B
Si es no B debe ser C
El nacimiento de esta estructura o tesis depende en forma directa de la materialización o
cumplimiento de la hipótesis, lo cual conlleva a afirmar que este enunciado corresponde a la
de un Juicio Hipotético.
Ejemplo: Si A es un patrono que debe pagar un salario, y el hecho de pagar ese salario es la
conducta esperada por la norma (B), y no lo hace, entonces C, es decir, le será impuesta una
sanción.
La norma jurídica tiene su propia teoría la cual se refiere a tres puntos, a las características de
dicha norma, a su estructura y a los elementos de ella. Algunos impulsores de la teoría de la
norma jurídica son Hans Kelsen, y Carlos Cossio.
En cuanto a la estructura de la norma jurídica se entiende mejor de la siguiente forma:
Mandato + sanción= norma jurídica
Mandato: norma secundaria o endonorma.
Sanción: norma primaria o perinorma.
Conclusión:
La estructura de la norma jurídica se refiere a la formulación que, A representa la situación
dentro de la cual debe encontrarse el sujeto, B es la conducta prevista por la norma que debe
tener el sujeto y C es la sanción impuesta por el órgano competente del Estado.
Podemos citar como ejemplo: Si A es un patrono que debe pagar un salario, y el hecho de
pagar ese salario es la conducta esperada por la norma (B), y no lo hace, entonces C, es decir,
le será impuesta una sanción.
Recomendación:
Una sentencia es válida, cuando ha sido dictada formal y sustancialmente de acuerdo con las
leyes respectivas; una ley será válida si encuadra en la constitución, es necesario investigar y
leer mucho para estar con conocimientos frescos y poder afrontar situaciones que se
presenten.