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sistemas juridicos

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SISTEMAS JURÍDICOS

Por sistemas jurídicos entendemos al conjunto de instituciones gubernamentales, normas

jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es derecho, su función en la

sociedad y la manera de que se debería crear, aplicar, perfeccionar, aplicar y estudiar.

El sistema jurídico es por tanto, el conjunto de normas jurídicas objetivas que están en vigor

en determinado lugar y época, y que el Estado estableció o creó con el objeto de regular

la conducta humana o el comportamiento humano.

Los sistemas jurídicos integran el conjunto de leyes, costumbres, razones y jurisprudencia

de derecho positivo que rigen en los diversos países del mundo. Cada país tiene su propio

sistema jurídico y su peculiar manera de considerar las leyes, las costumbres y

la jurisprudencia.

El poder del sistema jurídico

El poder es la potestad soberana que tiene el Estado para expedir, promulgar y aplicar las

leyes de la república. El poder que tiene cada una de las Funciones del Estado es limitado,

por mandato constitucional.

Los límites del sistema jurídico

Son materiales y formales:

Limites materiales.- tienes que ver con el contenido de las normas .

Los limites formales.- se refiere a los procedimientos que debe tomarse en cuenta para

aplicar la reglas jurídicas.

Para garantizar la vigencia del ordenamiento jurídico, el sistema ha previsto que los

dignatarios, autoridades, funcionarios y servidores de la Función Judicial al asumir sus

atribuciones y deberes, gocen de poder suficiente para respeta y hacer respetar lo que manda

la Norma Suprema, de esta manera el poder se encuentra repartido jerárquicamente.

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El deber de los sistemas jurídicos

El ordenamiento del sistema jurídico no solo posee poderes si no también deberes en una

interacción recíproca. El deber es la obligación limitada, gradual y jerárquica que tienen los

servidores de la Función Judicial para ejecutar y hacer cumplir las leyes de la república. No

hay en consecuencia deberes sin poderes jurídicos reconocidos por el sistema.

No obstante, el sistema jurídico de cada país presenta variaciones o bien, integra ciertas

instituciones de otros sistemas. Existen pues numerosos países que tienen un sistema jurídico

mixto.

Clasificación del sistema jurídico

Sistemas de derecho civil y sistemas mixtos con derecho civil

Se encontrarán dentro de esta categoría aquellos países que, junto con otras fuentes, han sido

principalmente influenciados por su herencia jurídica romana y que, dando preeminencia al

derecho escrito, han resueltamente adoptado una codificación sistemática de su derecho

común.

Sistemas de Common law y sistemas mixtos con Common law

De la misma manera que el sistema de derecho civil, el sistema del Common law opera en

ambientes culturalmente diversos del mundo.

Sistemas de derecho musulmán y sistemas mixtos de derecho musulmán

El sistema de derecho musulmán es un sistema autónomo de derecho religioso propiamente

dicho, que radica esencialmente en el Corán. En un cierto número de países de tradición

musulmana, tiene sin embargo tendencia a limitarse al estatuto personal, aúnque aquello

pueda ser bastante ampliamente comprendido.

Sistemas de derecho consuetudinario y sistemas mixtos de derecho consuetudinario

Al presente existen muy pocas entidades políticas cuyos sistemas puedan ser propiamente

designados como enteramente consuetudinarios. La costumbre

Sistemas de derecho mixtos

La designación de "mixto", que ha sido preferida a "híbrido" o "compuesto", no debe ser

entendida en el sentido restrictivo que le fuera atribuido por ciertos autores. Se encontrarán

en esta categoría aquellos países donde dos o más sistemas se aplican de manera acumulativa

o de interacción, como así también aquellos en los cuales hay una yuxtaposición de sistemas

dado que los mismos se aplican simultáneamente a áreas más o menos diferenciadas.

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Conclusión:

Los sistemas jurídicos es un conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas,

actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es derecho, con el objeto de regular

la conducta humana o el comportamiento humano. Los sistemas jurídicos no solo poseen

poderes si no también deberes en una interacción recíproca, cuya finalidad será siempre

administrar justicia.

Recomendación:

Los sistemas jurídicos son entidades que protegen los derechos y obligan a cumplir los

deberes ante una sociedad mediante la Función Judicial, es esta la razón para cumplir las

disposiciones previstas por las leyes y mantenerse al margen de la ley y convivencia social

estable.