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SISTEMAS JURÍDICOS
Por sistemas jurídicos entendemos al conjunto de instituciones gubernamentales, normas
jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es derecho, su función en la
sociedad y la manera de que se debería crear, aplicar, perfeccionar, aplicar y estudiar.
El sistema jurídico es por tanto, el conjunto de normas jurídicas objetivas que están en vigor
en determinado lugar y época, y que el Estado estableció o creó con el objeto de regular
la conducta humana o el comportamiento humano.
Los sistemas jurídicos integran el conjunto de leyes, costumbres, razones y jurisprudencia
de derecho positivo que rigen en los diversos países del mundo. Cada país tiene su propio
sistema jurídico y su peculiar manera de considerar las leyes, las costumbres y
la jurisprudencia.
El poder del sistema jurídico
El poder es la potestad soberana que tiene el Estado para expedir, promulgar y aplicar las
leyes de la república. El poder que tiene cada una de las Funciones del Estado es limitado,
por mandato constitucional.
Los límites del sistema jurídico
Son materiales y formales:
Limites materiales.- tienes que ver con el contenido de las normas .
Los limites formales.- se refiere a los procedimientos que debe tomarse en cuenta para
aplicar la reglas jurídicas.
Para garantizar la vigencia del ordenamiento jurídico, el sistema ha previsto que los
dignatarios, autoridades, funcionarios y servidores de la Función Judicial al asumir sus
atribuciones y deberes, gocen de poder suficiente para respeta y hacer respetar lo que manda
la Norma Suprema, de esta manera el poder se encuentra repartido jerárquicamente.
El deber de los sistemas jurídicos
El ordenamiento del sistema jurídico no solo posee poderes si no también deberes en una
interacción recíproca. El deber es la obligación limitada, gradual y jerárquica que tienen los
servidores de la Función Judicial para ejecutar y hacer cumplir las leyes de la república. No
hay en consecuencia deberes sin poderes jurídicos reconocidos por el sistema.
No obstante, el sistema jurídico de cada país presenta variaciones o bien, integra ciertas
instituciones de otros sistemas. Existen pues numerosos países que tienen un sistema jurídico
mixto.
Clasificación del sistema jurídico
Sistemas de derecho civil y sistemas mixtos con derecho civil
Se encontrarán dentro de esta categoría aquellos países que, junto con otras fuentes, han sido
principalmente influenciados por su herencia jurídica romana y que, dando preeminencia al
derecho escrito, han resueltamente adoptado una codificación sistemática de su derecho
común.
Sistemas de Common law y sistemas mixtos con Common law
De la misma manera que el sistema de derecho civil, el sistema del Common law opera en
ambientes culturalmente diversos del mundo.
Sistemas de derecho musulmán y sistemas mixtos de derecho musulmán
El sistema de derecho musulmán es un sistema autónomo de derecho religioso propiamente
dicho, que radica esencialmente en el Corán. En un cierto número de países de tradición
musulmana, tiene sin embargo tendencia a limitarse al estatuto personal, aúnque aquello
pueda ser bastante ampliamente comprendido.
Sistemas de derecho consuetudinario y sistemas mixtos de derecho consuetudinario
Al presente existen muy pocas entidades políticas cuyos sistemas puedan ser propiamente
designados como enteramente consuetudinarios. La costumbre
Sistemas de derecho mixtos
La designación de "mixto", que ha sido preferida a "híbrido" o "compuesto", no debe ser
entendida en el sentido restrictivo que le fuera atribuido por ciertos autores. Se encontrarán
en esta categoría aquellos países donde dos o más sistemas se aplican de manera acumulativa
o de interacción, como así también aquellos en los cuales hay una yuxtaposición de sistemas
dado que los mismos se aplican simultáneamente a áreas más o menos diferenciadas.
Conclusión:
Los sistemas jurídicos es un conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas,
actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es derecho, con el objeto de regular
la conducta humana o el comportamiento humano. Los sistemas jurídicos no solo poseen
poderes si no también deberes en una interacción recíproca, cuya finalidad será siempre
administrar justicia.
Recomendación:
Los sistemas jurídicos son entidades que protegen los derechos y obligan a cumplir los
deberes ante una sociedad mediante la Función Judicial, es esta la razón para cumplir las
disposiciones previstas por las leyes y mantenerse al margen de la ley y convivencia social
estable.