IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I)

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I)

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I). 1. ANTECEDENTES Y FUENTES NORMATIVAS. CUC (1940); ITE (1964) 1986; Ley 37/1992, de 28/12; RD 1624/1992, de 29/12; Directiva 2006/112, de 29/11 Normativa y jurisprudencia comunitaria; aplicación nacional; interpretación dispar Ambito de aplicación: - PowerPoint PPT Presentation

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1. ANTECEDENTES Y FUENTES NORMATIVAS

• CUC (1940); ITE (1964)

• 1986; Ley 37/1992, de 28/12; RD 1624/1992, de 29/12; Directiva 2006/112, de 29/11

• Normativa y jurisprudencia comunitaria; aplicación nacional; interpretación dispar

• Ambito de aplicación:

– Concertado de normativa autónoma (art. 2);

– Territorio IVA, Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSICM) (art. 3);

– Cesión del 50% del rendimiento teórico

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2. ESTRUCTURA DEL IMPUESTO

• Impuesto general “europeo” sobre el consumo

• Indirecto, objetivo, multifásico

• Tributación en destino vs tributación en origen

• Principio de neutralidad [ilícitos, nulos, simulados]

• Devengo instantáneo; declaración periódica

• Carácter exclusivo como impuesto general sobre las ventas

• Compatibilidad con IE, Aduanas, IOS e IAJD

• Complementariedad con ITP

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3. HECHO IMPONIBLE (ART. 1)

3.1 OPERACIONES INTERIORES

• Operaciones empresariales o profesionales onerosas, habituales u ocasionales (arts. 4 y 5)

– Elemento subjetivo del hecho imponible: actividad empresarial, profesional o asimilada

– Onerosidad [autoconsumos; sin ánimo de lucro]

– Ocasionalidad: promotor esporádico; venta del inmovilizado

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ENTREGA DE BIENES (ART. 8)

• Transmisión del poder de disposición sobre bienes corporales (energía)

• Delimitación de operaciones típicas:

– Ejecución de obras (33%);

– Aportaciones no dinerarias;

– Productos informáticos

• Operaciones asimiladas (art. 9):

– Autoconsumo de bienes;

– Transferencias intracomunitarias

• Inversión del sujeto pasivo:

– Exención a la que se renuncia;

– Entrega de bienes inmuebles con garantía constituida;

– Ejecuciones promotor-contratista y subcontratista.

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PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ART. 11)

• Concepto residual

• Actividad económica y relación jurídica

• Enumeración ejemplificativa

• Actividades del “sector público”

• Operaciones asimiladas (art. 12):

– Autoconsumos

– Determinadas concesiones administrativas: puertos, aeropuertos, ferrocarriles

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3.2.- ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS (ART. 13)

• Régimen transitorio a expensas de tributación en origen

• Exención de la entrega y gravamen de la adquisición (art. 15):

– Onerosas y entre sujetos pasivos o personas jurídicas equivalentes, salvo supuestos de no sujeción

– Mediando transporte de la mercancía

• Adquisición de medios de transporte nuevos, siempre adquisición intracomunitaria

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3.3 IMPORTACIONES

• Entrada en el territorio de aplicación de bienes –no servicios- procedentes de un territorio no IVA

• Irrelevancia del fin y del importador

• Excepciones:

– Regímenes aduaneros especiales

– Naves y aeronaves internacionales, salvamento o pesca

– Usos diplomáticos o consulares

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4. SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN

• Operaciones interiores (art. 7)– Transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial

inter vivos o mortis causa

– Bienes y servicios promocionales

– Prestaciones de servicios en régimen de dependencia

– Los autoconsumos realizados por sujetos sin derecho a la deducción

– Prestaciones realizadas por entes públicos actuando como tales

– Determinadas concesiones administrativas

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OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS (ARTS. 13 Y 14)

• Regímenes especiales:– Régimen de viajeros– Régimen de franquicia (simplificado)– Régimen de bienes usados– Régimen de ventas a distancia (35.000 €)

• Determinadas mercancías:– Sujetas a Impuestos especiales– Exentas por operaciones asimiladas a la exportación– Bienes inmovilizados con un coste de instalación superior al

15% del total• Agricultores, sujetos pasivos sin derecho a deducción, y no

empresarios: hasta 10.000 €, carácter optativo

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5. EXENCIONES: OPERACIONES INTERIORES

• Perfiles, solicitud y renuncia

• Operaciones inmobiliarias (art. 20. 20ª-23ª):

– terrenos rústicos y no edificables

– segundas y ulteriores adquisiciones

– arrendamientos de terrenos y viviendas

• Arrendamiento financiero: exlusión de la exención de segundas entregas

• Prestaciones de servicios: sanitarios; enseñanza; asistenciales; culturales; postales; artísticos; deportivos; seguro; financieras; juego; sociales (art. 20)

• Entregas de bienes en cuya adquisición no se dedujo el IVA soportado

• UTEs y AIEs: elimina reconocimiento previo y presunción

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OTRAS EXENCIONES

• Adquisiciones intracomunitarias de bienes que en operaciones interiores están exentas

• Importaciones: objetos personales; viajeros; etcétera (arts. 27-67)

• Exportaciones: directas y definitivas; ventas a no residentes (arts. 21 y 22)

• Regímenes especiales aduaneros (arts. 23 y 24)

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6. ÁMBITO ESPACIAL: LUGAR DE REALIZACIÓN

• Puntos de conexión y territorialidad:

– Localización de la operación: interno; comunitario; terceros territorios

– Objeto de contraprestación: bienes; servicios; supuestos específicos

– Condición del adquirente: consumidor; empresario o asimilado

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• Prestación de servicios (arts. 69 y 70)– Domicilio (Gestión económica) o establecimiento

permanente

– Radicación de los inmuebles o trabajos realizados en bienes muebles (en ciertas condiciones)

– Lugar de prestación del servicio: cultural, artístico, deportivo, docente, juegos de azar, accesorios al transporte, o asimilados

– Desarrollo del transporte de viajeros

– Domicilio del destinatario sujeto a IVA: asesoramiento; publicidad; comercio electrónico; cesiones propiedad inmaterial; traducción

– Reglas especiales en mediación y telecomunicaciones

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• Entrega de bienes: puesta a disposición (art. 68)– Adjudicación de inmuebles promovidos por comunidades

de bienes a sus comuneros

– Expedición del bien (salvo IE) y en transporte intracomunitario

– Radicación de los inmuebles

– Instalaciones y montajes (15%)

– Ventas a distancia (>35.000 €; Opción en origen)

• Adquisiciones intracomunitarias: – Lugar de destino

– Transporte de mercancías (arts. 71-74)

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7. ÁMBITO TEMPORAL: EL DEVENGO (ARTS. 75-77)

• Devengo instantáneo, exigibilidad períodica

• Entrega de bienes y adquisiciones intracomunitarias: puesta a disposición. Operaciones intracomunitarias exentas: último día de cada mes; operaciones intracomunitarias sujetas: el 15 de cada mes que se inicie el transporte.

• Servicios: prestación o ejecución

• Comisionista, por cuenta propia o ajena

• Pagos anticipados (cobros parciales) o sucesivos (exigibilidad)

• Importaciones: despacho aduanero

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8. SUJETOS PASIVOS (ARTS. 84 - 89)

• Contribuyentes

– El empresario o profesional que realice la operación interior

– Adquirentes intracomunitarios o importadores

– Inversión del sujeto pasivo: “sustituto”

• Responsables solidarios, destinatarios, y “cómplices del fraude en carrusel”

• Responsables subsidiarios, agentes de aduanas por cuenta del comitente

• Obligación de nombrar representante y solicitar NIF español

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• Repercusión:– IVA soportado; IVA devengado– Obligatoria, incluida en la oferta, de naturaleza

tributaria– Formalizada en la factura o equivalente– “Autorepercusión” con derecho a la deducción

• Rectificación de cuotas repercutidas– Modificación de la base imponible sin regularización

administrativa– Declaración sustitutiva o derecho a la

devolución/autoregularización – Operaciones de reintegración concursal

• Ejercicio en el que se hubiera soportado