IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I)
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I)
1. ANTECEDENTES Y FUENTES NORMATIVAS
• CUC (1940); ITE (1964)
• 1986; Ley 37/1992, de 28/12; RD 1624/1992, de 29/12; Directiva 2006/112, de 29/11
• Normativa y jurisprudencia comunitaria; aplicación nacional; interpretación dispar
• Ambito de aplicación:
– Concertado de normativa autónoma (art. 2);
– Territorio IVA, Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla (IPSICM) (art. 3);
– Cesión del 50% del rendimiento teórico
2. ESTRUCTURA DEL IMPUESTO
• Impuesto general “europeo” sobre el consumo
• Indirecto, objetivo, multifásico
• Tributación en destino vs tributación en origen
• Principio de neutralidad [ilícitos, nulos, simulados]
• Devengo instantáneo; declaración periódica
• Carácter exclusivo como impuesto general sobre las ventas
• Compatibilidad con IE, Aduanas, IOS e IAJD
• Complementariedad con ITP
3. HECHO IMPONIBLE (ART. 1)
3.1 OPERACIONES INTERIORES
• Operaciones empresariales o profesionales onerosas, habituales u ocasionales (arts. 4 y 5)
– Elemento subjetivo del hecho imponible: actividad empresarial, profesional o asimilada
– Onerosidad [autoconsumos; sin ánimo de lucro]
– Ocasionalidad: promotor esporádico; venta del inmovilizado
ENTREGA DE BIENES (ART. 8)
• Transmisión del poder de disposición sobre bienes corporales (energía)
• Delimitación de operaciones típicas:
– Ejecución de obras (33%);
– Aportaciones no dinerarias;
– Productos informáticos
• Operaciones asimiladas (art. 9):
– Autoconsumo de bienes;
– Transferencias intracomunitarias
• Inversión del sujeto pasivo:
– Exención a la que se renuncia;
– Entrega de bienes inmuebles con garantía constituida;
– Ejecuciones promotor-contratista y subcontratista.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS (ART. 11)
• Concepto residual
• Actividad económica y relación jurídica
• Enumeración ejemplificativa
• Actividades del “sector público”
• Operaciones asimiladas (art. 12):
– Autoconsumos
– Determinadas concesiones administrativas: puertos, aeropuertos, ferrocarriles
3.2.- ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS (ART. 13)
• Régimen transitorio a expensas de tributación en origen
• Exención de la entrega y gravamen de la adquisición (art. 15):
– Onerosas y entre sujetos pasivos o personas jurídicas equivalentes, salvo supuestos de no sujeción
– Mediando transporte de la mercancía
• Adquisición de medios de transporte nuevos, siempre adquisición intracomunitaria
3.3 IMPORTACIONES
• Entrada en el territorio de aplicación de bienes –no servicios- procedentes de un territorio no IVA
• Irrelevancia del fin y del importador
• Excepciones:
– Regímenes aduaneros especiales
– Naves y aeronaves internacionales, salvamento o pesca
– Usos diplomáticos o consulares
4. SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN
• Operaciones interiores (art. 7)– Transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial
inter vivos o mortis causa
– Bienes y servicios promocionales
– Prestaciones de servicios en régimen de dependencia
– Los autoconsumos realizados por sujetos sin derecho a la deducción
– Prestaciones realizadas por entes públicos actuando como tales
– Determinadas concesiones administrativas
OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS (ARTS. 13 Y 14)
• Regímenes especiales:– Régimen de viajeros– Régimen de franquicia (simplificado)– Régimen de bienes usados– Régimen de ventas a distancia (35.000 €)
• Determinadas mercancías:– Sujetas a Impuestos especiales– Exentas por operaciones asimiladas a la exportación– Bienes inmovilizados con un coste de instalación superior al
15% del total• Agricultores, sujetos pasivos sin derecho a deducción, y no
empresarios: hasta 10.000 €, carácter optativo
5. EXENCIONES: OPERACIONES INTERIORES
• Perfiles, solicitud y renuncia
• Operaciones inmobiliarias (art. 20. 20ª-23ª):
– terrenos rústicos y no edificables
– segundas y ulteriores adquisiciones
– arrendamientos de terrenos y viviendas
• Arrendamiento financiero: exlusión de la exención de segundas entregas
• Prestaciones de servicios: sanitarios; enseñanza; asistenciales; culturales; postales; artísticos; deportivos; seguro; financieras; juego; sociales (art. 20)
• Entregas de bienes en cuya adquisición no se dedujo el IVA soportado
• UTEs y AIEs: elimina reconocimiento previo y presunción
OTRAS EXENCIONES
• Adquisiciones intracomunitarias de bienes que en operaciones interiores están exentas
• Importaciones: objetos personales; viajeros; etcétera (arts. 27-67)
• Exportaciones: directas y definitivas; ventas a no residentes (arts. 21 y 22)
• Regímenes especiales aduaneros (arts. 23 y 24)
6. ÁMBITO ESPACIAL: LUGAR DE REALIZACIÓN
• Puntos de conexión y territorialidad:
– Localización de la operación: interno; comunitario; terceros territorios
– Objeto de contraprestación: bienes; servicios; supuestos específicos
– Condición del adquirente: consumidor; empresario o asimilado
• Prestación de servicios (arts. 69 y 70)– Domicilio (Gestión económica) o establecimiento
permanente
– Radicación de los inmuebles o trabajos realizados en bienes muebles (en ciertas condiciones)
– Lugar de prestación del servicio: cultural, artístico, deportivo, docente, juegos de azar, accesorios al transporte, o asimilados
– Desarrollo del transporte de viajeros
– Domicilio del destinatario sujeto a IVA: asesoramiento; publicidad; comercio electrónico; cesiones propiedad inmaterial; traducción
– Reglas especiales en mediación y telecomunicaciones
• Entrega de bienes: puesta a disposición (art. 68)– Adjudicación de inmuebles promovidos por comunidades
de bienes a sus comuneros
– Expedición del bien (salvo IE) y en transporte intracomunitario
– Radicación de los inmuebles
– Instalaciones y montajes (15%)
– Ventas a distancia (>35.000 €; Opción en origen)
• Adquisiciones intracomunitarias: – Lugar de destino
– Transporte de mercancías (arts. 71-74)
7. ÁMBITO TEMPORAL: EL DEVENGO (ARTS. 75-77)
• Devengo instantáneo, exigibilidad períodica
• Entrega de bienes y adquisiciones intracomunitarias: puesta a disposición. Operaciones intracomunitarias exentas: último día de cada mes; operaciones intracomunitarias sujetas: el 15 de cada mes que se inicie el transporte.
• Servicios: prestación o ejecución
• Comisionista, por cuenta propia o ajena
• Pagos anticipados (cobros parciales) o sucesivos (exigibilidad)
• Importaciones: despacho aduanero
8. SUJETOS PASIVOS (ARTS. 84 - 89)
• Contribuyentes
– El empresario o profesional que realice la operación interior
– Adquirentes intracomunitarios o importadores
– Inversión del sujeto pasivo: “sustituto”
• Responsables solidarios, destinatarios, y “cómplices del fraude en carrusel”
• Responsables subsidiarios, agentes de aduanas por cuenta del comitente
• Obligación de nombrar representante y solicitar NIF español
• Repercusión:– IVA soportado; IVA devengado– Obligatoria, incluida en la oferta, de naturaleza
tributaria– Formalizada en la factura o equivalente– “Autorepercusión” con derecho a la deducción
• Rectificación de cuotas repercutidas– Modificación de la base imponible sin regularización
administrativa– Declaración sustitutiva o derecho a la
devolución/autoregularización – Operaciones de reintegración concursal
• Ejercicio en el que se hubiera soportado