Impuestos Investiga r

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Civismo Fiscal USO DE MIS IMPUESTOS El Gobierno Federal a través del SAT, busca dar a la sociedad claridad y transparencia sobre el proceso del uso y aprovechamiento de los recursos públicos así como concientizarla sobre la importancia del pago de los impuestos y del rol que como ciudadano tenemos para el bienestar de todo el país, por lo que en esta nueva sección encontrarás información de los conceptos básicos para el entendimiento del contexto tributario mexicano, que te ayudará a entender y dar respuesta a las dudas que seguramente tienes en esta materia ¿QUÉ SON LOS IMPUESTOS? Es un pago al Estado, de carácter obligatorio, que consiste en el retiro monetario que realiza el gobierno sobre los recursos de las personas y empresas y es a través del uso de estos recursos que el Gobierno Federal, devuelve a la sociedad esa extracción impositiva a través de bienes públicos, como la educación pública, los servicios como la luz, la impartición de justicia y la seguridad, además de procurar igualdad de oportunidades (de educación, vivienda, cultura, etc.) entre los miembros de la sociedad. Para no perjudicar a los que menos ganan, el impuesto se retira en forma proporcional a la capacidad económica de quien lo paga. Esto se logra con un sistema de impuestos conocido como progresivo, donde quien más gana paga proporcionalmente más impuestos. La ley fundamental de nuestro país es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , en ella se establecen los derechos y obligaciones de sus habitantes y de sus gobernantes. Se trata de la norma jurídica suprema, y ninguna otra ley o disposición puede contrariarla. Es en nuestra Constitución Política donde se establece la obligación de los mexicanos de contribuir para el gasto público del país, es decir, de pagar impuestos . En nuestro país existen diversas contribuciones, además de los impuestos, como son los derechos, los aprovechamientos, las aportaciones de seguridad social. Todas están debidamente reguladas por una ley especial. ¿QUIÉNES PAGAN LOS IMPUESTOS? Como se ha señalado antes, los ciudadanos tenemos como responsabilidad y compromiso contribuir de manera solidaria, proporcional y equitativa en los gastos públicos de la Federación, Estados y los Municipios, conforme lo establece el artículo 31, fracción IV la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual ninguna norma jurídica suprema u otra ley o disposición puede contrariarla

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Civismo FiscalUSO DE MIS IMPUESTOSEl Gobierno Federal a travs del SAT, busca dar a la sociedad claridad y transparencia sobre el proceso del uso y aprovechamiento de los recursos pblicos as como concientizarla sobre la importancia del pago de los impuestos y del rol que como ciudadano tenemos para el bienestar de todo el pas, por lo que en esta nueva seccin encontrars informacin de los conceptos bsicos para el entendimiento del contexto tributario mexicano, que te ayudar a entender y dar respuesta a las dudas que seguramente tienes en esta materia

QU SON LOS IMPUESTOS?Es un pago al Estado, de carcter obligatorio, que consiste en el retiro monetario que realiza el gobierno sobre los recursos de las personas y empresas y es a travs del uso de estos recursos que el Gobierno Federal, devuelve a la sociedad esa extraccin impositiva a travs de bienes pblicos, como la educacin pblica, los servicios como la luz, la imparticin de justicia y la seguridad, adems de procurar igualdad de oportunidades (de educacin, vivienda, cultura, etc.) entre los miembros de la sociedad.Para no perjudicar a los que menos ganan, el impuesto se retira en forma proporcional a la capacidad econmica de quien lo paga. Esto se logra con un sistema de impuestos conocido como progresivo, donde quien ms gana paga proporcionalmente ms impuestos.

La ley fundamental de nuestro pas es la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, en ella se establecen los derechos y obligaciones de sus habitantes y de sus gobernantes. Se trata de la norma jurdica suprema, y ninguna otra ley o disposicin puede contrariarla. Es en nuestra Constitucin Poltica donde se establece la obligacin de los mexicanos de contribuir para el gasto pblico del pas, es decir, de pagar impuestos.

En nuestro pas existen diversas contribuciones, adems de los impuestos, como son los derechos, los aprovechamientos, las aportaciones de seguridad social. Todas estn debidamente reguladas por una ley especial.

QUINES PAGAN LOS IMPUESTOS?Como se ha sealado antes, los ciudadanos tenemos como responsabilidad y compromiso contribuir de manera solidaria, proporcional y equitativa en los gastos pblicos de la Federacin, Estados y los Municipios, conforme lo establece el artculo 31, fraccin IV la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, la cual ninguna norma jurdica suprema u otra ley o disposicin puede contrariarla y en ella se sealan los derechos y obligaciones esenciales de los habitantes y sus gobernantes, encontrndose entre estas obligaciones el pago de nuestros impuestos.Los ciudadanos Persona Fsicas y Personas Morales, tienen la obligacin de pagar sus impuestos y el derecho de exigir un gasto pblico transparente y eficiente.

QUINES COBRAN LOS IMPUESTOS?En materia fiscal existen tres entidades que tienen la capacidad para cobrar impuestos, la Federacin, los Estados y los Municipios.La Federacin y los Estados, tienen la capacidad para establecer contribuciones y son la nica instancia facultada por nuestra Constitucin para realizarlo.Existen impuestos que pertenecen exclusivamente a la federacin y estos son cobrados por El SAT, el cual es un rgano desconcentrado de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, cuya responsabilidad es aplicar la legislacin fiscal y aduanera, con el fin de que las personas fsicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto pblico; de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras; de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la informacin necesaria para el diseo y la evaluacin de la poltica tributaria.

POR QU SE PAGAN LOS IMPUESTOS?Como toda empresa el estado requiere de la realizacin de diversas actividades para cumplir con sus objetivos, como es el desarrollo de actividades complejas que van encaminadas a proveer de servicios pblicos y a satisfacer las necesidades generales de la sociedad.En razn de lo anterior, la actividad financiera del Estado conoce tres momentos de gran importancia para el pas:La obtencin de ingresosLa gestin o manejo de los recursos obtenidos y la administracin y explotacin de bienes patrimoniales de carcter permanenteLa realizacin de erogaciones para el sostenimiento de las funciones pblicas; la prestacin de servicios pblicos y la realizacin de diversas actividades.Por ello, es preciso exista un organismo regulador, al cual se le adjudique el cumplimiento de satisfacer determinadas necesidades pblicas, como es la seguridad social, salud, educacin, infraestructura, entre otros.

EN QU SE UTILIZAN LOS IMPUESTOS?Los recursos recaudados a travs de los impuestos, tienen como fin costear los servicios pblicos que el Estado brinda, y el contribuyente paga con los impuestos, los servicios que recibe. En ese sentido, hablamos de una contraprestacin, toda vez que el contribuyente proporciona una parte de sus recursos a cambio de la satisfaccin de ciertas necesidades de carcter colectivo, como el drenaje, el alcantarillado, el transporte pblico, los hospitales, el servicio de bomberos, ambulancias, construccin, mantenimiento de vas pblicas, y tambin a programas y proyectos de apoyo a los micro, pequeos y medianos empresarios y para subsidios necesarios para el desarrollo del pas.

CMO SE REPARTEN LOS RECURSOS?La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, seala que la administracin de los recursos pblicos federales se realizar con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economa, racionalidad, austeridad, control, equidad de gnero, rendicin de cuentas y transparencia, por lo que a partir de ello, la gestin pblica destina los recursos a programas productivos, cuyos resultados se ven reflejados en la atencin de necesidades como son entre otras; la Salud, Educacin, Desarrollo social, Seguridad pblica, Desarrollo industrial y empresarial, Ganadera, Proteccin de recursos naturales, Silvicultura, Imparticin de justicia.Es importante resaltar que ninguna de estas iniciativas sera posible sin tu apoyo, ya que gracias al pago de tus contribuciones, el Estado est en condiciones para destinar recursos a dichos planes, programas y proyectos.

RIESGOS POR NO PAGAR IMPUESTOS?El incumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, trae como consecuencia la imposicin de multas, recargos, gastos de ejecucin y la revisin de las autoridades fiscales.

QUINES SE BENEFICIAN?Con el pago de los impuestos, se beneficia toda la sociedad, ya que con sus contribuciones se atienden necesidades bsicas de la poblacin y se impulsa el desarrollo social y econmico del pas

**// otros datos importantes http://www.sat.gob.mx/civismo_fiscal/contenidos/autocapacitacion.html

INSCRIPCIN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC)http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/21_12672.html

Para inscribirse en el RFC usted necesita iniciar su trmite a travs de Internet y concluirlo en cualquier Administracin Local de Servicios al Contribuyente dentro de los diez das siguientes al envo de la solicitud.

Para acudir a la Administracin Local le recomendamos concertar una cita. Lleve los siguientes documentos en original: Acta de nacimiento o constancia de la CURP. Comprobante de domicilio Identificacin personal Nmero de folio asignado que se le proporcion al realizar el envo de su preinscripcin En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario pblico.

Tratndose de personas morales en lugar del acta de nacimiento debern presentar copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.

Para mayor informacin sobre los aspectos especficos de la inscripcin consulte el Catlogo de Servicios y Trmites del SAT y la Gua para la inscripcin.

Al finalizar su trmite de inscripcin se le entregarn los siguientes documentos: Copia de la solicitud de inscripcin Cdula de Identificacin Fiscal o Constancia de Registro Gua de Obligaciones Acuse de Inscripcin al RFC

Inicie su preinscripcin. Consulte la gua de apoyo para inscribirse al RFCSi tiene problemas para realizar la preinscripcin acuda a la Administracin Local de Servicios al Contribuyente con los documentos y requisitos necesarios. Con gusto le ayudaremos.

EVITE ERRORES DE TRMITES Y PAGOSErrores frecuentesPara evitar problemas como el rechazo de algn trmite, envo de requerimientos y multas por parte del SAT, y cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales, le presentamos algunos de los errores ms frecuentes y la forma de prevenirlos. Al darse de alta o inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Al presentar avisos por cambios en su situacin fiscal Relacionados con los comprobantes fiscales Al deducir gastos Al pagar sus impuestos o presentar declaraciones Relacionados con su contabilidadIdentifique su actividad

Servicios profesionales

Actividades comerciales

Renta de casas o locales

Empleados o asalariados

PREGUNTAS DE PRINCIPIANTES FISCALEShttp://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/preguntas_frecuentes/73_19795.htmlPlanteamientos frecuentes para los principiantes fiscales. Servicio de declaraciones y pagos Por qu pagar impuestos Soy persona fsica o persona moral? Cmo debe pagar sus impuestos Abrir un negocio o trabajar por su cuenta? Cerr su negocio? Dej de trabajar? Evite errores de trmites y pagos Requerimientos. Qu hacer si recibe uno

CMO DEBE PAGAR SUS IMPUESTOS?

Para pagar sus impuestos debe hacer dos tipos de declaraciones:

Mensuales mismas que se presentan a ms tardar el 17 del mes siguiente al que corresponde el pago y anuales, que habitualmente se presentan, al ao siguiente de haber obtenido sus ingresos por las actividades realizadas.

Las personas morales con fines de lucro deben presentarla por Internet durante el periodo enero a marzo del siguiente ao.

Declaraciones mensuales

No pague recargos ni multas. Presente a tiempo su declaracin mensual Si usted presenta su declaracin mensual a tiempo se evita gastos y molestias innecesarias, adems tendr los elementos para presentar su Declaracin Anual de manera gil, rpida y sin contratiempos.

Pasos para presentar sus declaraciones mensuales

Si realiza sus declaraciones con el Servicio de Declaraciones y Pagos (depsito referenciado, o lnea de captura), d clic aqu para conocer ms informacin; de lo contrario siga estos pasos:1. Tenga a la mano la informacin de sus ingresos y gastos2. Determine el impuesto correspondiente3. Presente su declaracin: 4. Con pago, en los bancos autorizados (ya sea por Internet o por ventanilla), En ceros, presente la declaracin informativa de razones por las cuales no se realiza el pagoPuede verificar o consultar la informacin relacionada con sus pagos o declaraciones estadsticas en la Oficina virtual, opcin Consulta de pagos, declaraciones estadsticas y correcciones.

La Declaracin Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), debe presentarla durante el mes siguiente al que corresponda la informacin. En cuanto al impuesto a los depsitos en efectivo (IDE), el pago se realiza el ltimo da del mes de que se trate, salvo en depsitos a plazo cuyo monto individual exceda de 15,000 pesos para los cuales debe recaudarse el impuesto en el momento en que se realicen dichos depsitos. Para mayor informacin consulte: IETU, DIOT e IDE. Recuerde que adems de los gastos relacionados con su actividad, que deduce en sus pagos mensuales; en su Declaracin Anual puede deducir algunos gastos personales, tales como: honorarios mdicos, gastos hospitalarios, anlisis y estudios clnicos, primas de seguros de gastos mdicos, donativos a instituciones autorizadas, gastos funerales, entre otros. Solicite las facturas o recibos fiscales a tiempo para que pueda aprovechar este beneficio.1. Qu impuestos se deben declarar mensualmente2. Por qu es importante mantenerse al corriente en sus pagos mensuales (provisionales y definitivos)3. En qu fechas debe presentar sus pagos provisionales y definitivosConsulte el Calendario fiscal para corroborar sus fechas de pago y concerte una cita para recibir atencin personal.

Declaracin anual En su gran mayora, las personas fsicas y las personas morales estn obligadas a presentar una declaracin donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), es decir, una declaracin anual.

Las personas fsicas que se encuentran obligadas a presentar la declaracin anual deben hacerlo en abril de cada ao.

Las personas morales con fines de lucro deben presentar la declaracin por Internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente ao a declarar.

Para mayor informacin le sugerimos consulte la seccin de Declaracin Anual.

**// visitaeste apartado PAGOS REFERENCIADOS http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_15130.html **//PREGUNTAS Y RESPUESTAShttp://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_23327.html

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/DyP/TipsPF_180712V2.pdf

CATLOGO DE SERVICIOS Y TRMITES

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/102_12004.html

INFORMACIN Y SERVICIOShttp://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/default.aspDeclaracin AnualEn su mayora, las personas fsicas y las personas morales estn obligadas a presentar una declaracin donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), es decir, una declaracin anual.

Software

El SAT ha desarrollado herramientas electrnicas para facilitarle el cumplimiento de sus obligaciones, estos programas son gratuitos y aqui pueden descargarseFormas fiscales

En algunos casos para declarar y/o pagar impuestos son necesarias las formas fiscales concelas o descrgalas.

Otros ServiciosVerificacin de autenticidad

No se deje engaar verifique la autenticidad de mensajes y documentos y compruebe que quien se presenta ante usted est autorizadoNotificaciones

Consulte aqu las notificaciones por estrados y por edictos, de conformidad con los artculos 139 y 140 del CFF.

SOY PERSONA FSICA O PERSONA MORAL?Para fines fiscales, es necesario definir si una persona realizar sus actividades econmicas como persona fsica o como persona moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto depende la forma y requisitos para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y las obligaciones que adquieran.

Persona fsica es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos. Persona moral es una agrupacin de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociacin civil.Por ejemplo, en el caso de personas fsicas existen varios regmenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.

En el caso de personas morales, el rgimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son diferentes en relacion a si tienen o no fines de lucro.

REVISE EL CALENDARIO FISCALhttp://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/calendario_fiscal/default.asp

DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTEShttp://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/18_299.htmlAhora todos sus derechos como contribuyente estn plasmados en la ( 61 kB) Ley Federal de Derechos del Contribuyente, publicada en el DOF el 23 de junio de 2005.

Para garantizar el acceso de los contribuyentes a una justicia tributaria en el orden federal, a partir del 4 de septiembre de 2006 se public la Ley Orgnica de la Procuradura de la Defensa del Contribuyente que regula las funciones de la Procuradura de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

El Cdigo Fiscal de la Federacin seala una serie de derechos que esta ley agrupa junto con algunos nuevos, que el Servicio de Administracin Tributaria (SAT) respeta y le garantiza la forma de ejercerlos, enfocando a ellos sus funciones y las actividades que realiza.

Conozca sus derechos para que los pueda hacer valer, para que exista una relacin de equidad legal entre usted y las autoridades fiscales.

Cules son sus derechos? Para cumplir con sus obligaciones fiscales Durante los procedimientos de comprobacin (visitas domiciliarias, revisiones de contabilidad y otros) Cuando le impongan sanciones Cuando haga valer los medios de defensa Otros derechosInmovilizacin de cuentas bancarias

Preguntas y respuestas frecuentes

Material de apoyo

Folletera sobre diversos temas para facilitar el cumplimiento correcto y oportuno de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Tambin existe el programa Sndicos del Contribuyente que facilita la relacin entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, a quienes ofrece apoyo en los problemas que pudieran enfrentar al realizar sus trmites, adems de salvaguardar sus derechos y garantas.

REQUERIMIENTOS. QU HACER SI RECIBE UNOQu es un requerimiento, y qu hacer si recibe uno?Un requerimiento es un documento que enva la autoridad fiscal a un contribuyente por un posible error u omisin en el cumplimiento de obligaciones fiscales.El Servicio de Administracin Tributaria (SAT) le podr requerir por alguno de los motivos siguientes, entre otros: Aclaracin de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones). Aclaracin de requerimientos por no presentar solicitud de inscripcin o los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales. Aclaracin de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos. Aclaracin sobre crditos fiscales. Adeudo por error aritmtico en declaraciones. Aclaracin sobre crditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado. Aclaracin sobre crditos fiscales. Multas impuestas por las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente. Aclaracin sobre crditos fiscales. Por actualizacin y recargos en crditos fiscales. Aclaracin sobre crditos fiscales. Requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago de parcialidades.Para atender o aclarar un requerimiento debe acudir al Mdulo de Servicios Tributarios del SAT que corresponda a su domicilio fiscal, para presentar el o los documentos que comprueben que cumpli con lo que le solicitaron, o bien que ya corrigi el error u omisin. En los requerimientos se seala el plazo que tiene para presentar la informacin solicitada; si no lo hace dentro del plazo la autoridad le impondr una multa.

Cdigo fiscal de la federacinhttp://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/7.htm?s=CDIGO FISCAL DE LA FEDERACINTEXTO VIGENTEPublicado en el Diario Oficial de la Federacin el 31 de diciembre de 1981(En vigor a partir del 1 de enero de 1983, excepcin hecha del Ttulo VI, del Procedimiento Contencioso Administrativo, cuya vigencia inici el 1 de abril de 1983)Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la Repblica.JOS LPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:Que el H. Congreso de la Unin se ha servido dirigirme el siguienteDECRETO:El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:CDIGO FISCAL DE LA FEDERACINEs el ordenamiento jurdico de observancia federal que establece conceptos y procedimientos para la obtencin de ingresos fiscales. Establece la forma en que se ejecutarn las resoluciones fiscales, los recursos administrativos, adems de indicar el sistema que se deber de seguir para resolver situaciones que se presenten ante el Tribunal Fiscal de la Federacin. Regula adems la aplicacin de las leyes fiscales en caso de presentar alguna laguna o duplicidad en las mismas.IMPUESTOS 2012http://losimpuestos.com.mx/impuestos-2012/Por suerte para todos, en estos das el presidente de la Mesa Directiva de la Cmara de Diputados, Jorge Carlos Ramrez Marn, dio la garanta de que durante el proceso de aprobacin del paquete econmico para 2012 no se promover la creacin de nuevos impuestos.Esto es bueno para los mexicanos dado que no debemos modificar nuestro comportamiento segn lo que venamos haciendo en base a los impuestos 2011. Lo que aclar el responsable es que si seguimos cargando impositivamente, si tuviramos la osada de pretender crear nuevos impuestos, lo cual es inadmisible, estaramos causndole un dao muy grande al pas con el pretexto de ser responsables.Como noticia agradable, sabemos que esto no ocurrir dado que al menos el PRI, que es la bancada ms grande, ha dicho que no permitir que haya nuevos impuestos.Asimismo, de nada afectar la salida de Ernesto Cordero de la Secretara de Hacienda al paquete econmico de 2012, que comprende la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos y la miscelnea fiscal. Sin embargo, lo que s va a impactar es la situacin econmica global, por lo que se debe actuar de manera responsable, sobre todo en materia de ingresos, sin debilitar las finanzas del pas.Recordamos que los impuestos 2011 ms relevantes han sido: Impuesto a los Depsitos en Efectivo (IDE) Impuesto sobre la Renta (ISR) Impuesto Especial sobre Produccin y Servicios (IEPS) Impuesto al Valor Agregado (IVA) Impuesto empresarial a tasa nica (IETU)Estos, tienen un vencimiento mensual, y por eso es importante conocer el Calendario del SAT: Calendario Fiscal Enero Calendario Fiscal Febrero Calendario Fiscal Marzo Calendario Fiscal Abril Calendario Fiscal Mayo Calendario Fiscal Junio Calendario Fiscal Julio Calendario Fiscal Agosto Calendario Fiscal Septiembre Calendario Fiscal Octubre Calendario Fiscal Noviembre Calendario Fiscal DiciembreEl impuesto IDEEl impuesto IDE es conocido como el Impuesto a los Depsitos en Efectivo. Lgicamente, grava a aquellos depsitos en efectivo, ya sea por uno o por la suma de varios depsitos cuyo monto en el mes exceda de $15,000 pesos (vigencia a partir del 1 de enero de 2010, anteriormente eran montos superiores a los $25.000). La tasa a aplicar es del 3% sobre el excedente de mencionado monto al mes.Para determinar la base imponible, se debe realizar la suma del acumulado de todos los depsitos en efectivo que recibe un contribuyente en todas las cuentas en las cuales sea titular de una misma institucin.Una vez realizada la suma, si la cantidad de depsitos dentro del mes de que se trate, excede $15,000, ese excedente causar la imposicin del impuesto sobre los depsitos en efectivo.Asimismo, para los caso de Tarjetas de Crdito se recaudar slo cuando exista saldo a favor generado por depsitos en efectivo. Quedan alcanzadas todas las personas fsicas o morales que efecten depsitos en efectivo en cuentas abiertas a su nombre.Clculo del IDEEL IDE es igual al 3% del excedente del monto exento del pago del impuesto.Ejemplo: Suma de depsitos mensuales: $30.000 Monto Exento: $15.000 Excedente: $15.000 Tasa: 3% IDE a pagar: Excedente x Tasa / $15.000 x 3% = $450.-Cmo se paga?El impuesto se recauda por las instituciones del sistema financiero en las que se tengan abiertas las cuentas de los contribuyentes. Si no existen los fondos suficientes para hacer la recaudacin del impuesto, las instituciones financieras estn obligadas a recaudar en el momento en que se realice algn depsito durante el ao en cualquiera de las cuentas que tenga el contribuyente.Estn obligados al pago todas las personas fsicas y morales por el importe excedente de 15,000 pesos en los depsitos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.Asimismo, estarn obligadas todas las personas fsicas y las morales que adquieran cheques de caja en efectivo sin importar el monto.No estn obligadas al pago: La Federacin, entidades federativas y municipios Las entidades de la administracin pblica paraestatal que estn consideradas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta Las personas morales con fines no lucrativos conforme a la Ley delImpuesto sobre la Renta Las instituciones del sistema financiero por los depsitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediacin financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas concentradoras.La recaudacin se realizar el ltimo da del mes de que se trate, salvo en depsitos plazo cuyo monto individual exceda de 15,000 pesos, los que se deben recaudar en el momento en que se realicen dichos depsitos.Sin embargo, existen algunos depsitos sobre los que no se paga el IDE: Los de transferencias electrnicas, traspasos de cuenta, ttulos de crdito (cheques, pagars) o cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institucin que los reciba. Depsitos en efectivo que se realicen en las cuentas hasta por un monto que no exceda de 15,000 pesos en cada mes de calendario. Los pagos efectuados que no sean en efectivo, sino a travs de depsitos por traspaso o transferencias electrnicas, aun cuando stos sean mayores de 15,000 pesos. Por las transferencias electrnicas de fondos que hacen los residentes en el extranjero, ya que no se considera un depsito en efectivo.Debajo podr ver un video sobre cmo calcular el IDE y tendr la opcin dedescargar el archivo aqu:

El impuesto IVAEl IVA -Impuesto al Valor Agregado- posee varias alcuotas o tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios.Si bien la ley menciona 4 diferentes categoras, en realidad son tres tasas, ya que los productos exentos no poseen tasa.Las tasas del 16% y 11% (vigentes desde 2010) gravan las siguientes actividades: Enajenacin de bienes Prestacin de servicios independientes Dacin en uso o goce temporal de bienes Importacin de bienes o serviciosCabe mencionar que, para todas aquellas actividades se aplicar la tasa del 16%, a menos que, la operatoria se lleva a cabo en una regin fronteriza, donde se aplicar el 11% como tasa.Asimismo, la tasa del cero 0% se aplica a las siguientes actividades:

Enajenacin de: Animales y Vegetales Medicinas de patente Hielo y agua no gaseosa ni compuesta Ixtle, palma y lechuguilla Tractores para accionar implementos agrcolas Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas Invernaderos hiropnicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas Oro, joyera, orfebrera, piezas artsticas u ornamentales y lingotes Libros, peridicos y revistasPrestacin de servicios independientes: Directamente a los agricultores y ganaderos De molienda o trituracin de maz o de trigo De pasteurizacin de leche En invernaderos hidropnicos Despepite de algodn en rama Sacrificio de ganado y aves de corral Reaseguro. Suministro de agua para uso domsticoPor otra parte, muchos artculos se encuentran exentos. La idea de este post no era abundar en detalle sino diferenciar correctamente las tasas aplicables segn los casos. No obstante, estaremos ampliando en materiaimpositiva y acerca del IVA.

El impuesto IETU

El IETU, que por sus siglas significa Impuesto Empresarial a Tasa nica, grava la percepcin efectiva de ingresos para las operaciones de enajenacin de bienes, prestacin de servicios y otorgamiento en uso o goce temporal de bienes.Sujetos alcanzados: personas fsicas y morales residentes en territorio nacional. Asimismo, residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el pas.El IETU gravar las siguientes actividades: Prestacin de servicios independientes Enajenacin de bienes Otorgamiento del uso o goce temporal de bienesAquellos ingresos obtenidos producto de la realizacin de las actividades sealadas, se acumularn para efectos del IETU cuando sean efectivamente cobrados. Siempre existe la opcin de deducir todas las erogaciones, Impuesto sobre la Renta (ISR), intereses que deriven de contratos de prstamo, financiamiento o arrendamiento financiero y las aportaciones de seguridad social.Exentos de pagar el IETU: Ingresos obtenidos por Entidades Federativas, Municipios, rganos constitucionales autnomos, entidades de administracin pblica paraestatal, partidos, asociaciones, sindicatos obreros y las sociedades civiles organizadas con fines cientficos, polticos, religiosos y culturales. Actividades agrcolas, ganaderas o pesqueras.En concreto, el IETU grava la diferencia entre los ingresos de las empresas y los gastos en bienes intermedios.Tasas aplicables: En 2008: 16,5% En 2009: 17% En 2010: 17,5% Tasa Vigente

El impuesto ISRComo ya hemos de saber, el impuesto sobre renta o ISR, es un impuesto federal catalogado como de los ms importantes el cual grava directamente los ingresos de las personas fsicas y morales.Dentro de la Ley de Impuesto sobre Renta, ha habido un incremento del ISR para 2010 al 30%, la cual se mantendr durante 2011, y 2012, con esperanza que baje en 2013.Segn la Ley de ISR, el impuesto se aplica en cada ejercicio pero previo a ello, se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual.El objeto del Impueto Sobre Renta en Mxico es el obtener un ingreso por cualquiera de las siguientes causas: Intereses Premios Dividendos y ganancias repartidas Enajenacin Bienes Servicio subordinado Actividades profesionales ArrendamientoTabla ISR 2011 para el clculo de los pagos provisionales mensualesLmite InferiorLmite SuperiorCuota FijaPorcentaje aplicable sobre excedente lmite inferior

0,01490,070,001.92%

496,084.210,419,526,40%

4.210,427.399,42247,2310,88%

7.399,438.601,50594,2416,00%

8.601,5110.298,35786,5517,92%

10.298,3620.770,291.090,6221,36%

20.770,3032.736,833.327,4223,52%

32.736,84En adelante6.141,9530.00%

El impuesto IEPS

IEPS o Impuesto Especial sobre Produccin y Servicios, se paga por la produccin y venta o importacin de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, principalmente. Al igual que el IVA es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.Los pagos se realizan mensualmente a ms tardar el 17 del mes siguiente al que corresponda el pago y no tiene que presentar declaracin anual.Sujetos del IEPSPersonas fsicas o morales que enajenen los bienes siguientes estn obligadas al pago del IEPS: Bebidas con contenido alcohlico y cerveza Tabacos labrados Diesel Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantesSujetos ExentosPersonas que enajenen los siguientes productos: Aguamiel y sus derivados Los comercializadores (no productores) de tabaco labrados gasolinas y diesel, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros tabacos labrados. Los bienes que se encuentren sujetos al rgimen aduaneroA qu considera como no enajenacin el IEPS?No se consideran enajenaciones a la transmisin de propiedad realizada por muerte o donacin; ventas de bebidas alcohlicas al pblico general, en botellas abiertas o por copeo, para consumo en el mismo lugar.

INVESTIGARhttp://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/default.htm?s=

En que fecha el DOF se public este Impuesto y en que fecha entro en vigencia?Que presidente Decret este Impuesto?

Ley del Impuesto a los Depsitos en Efectivo (IDE) Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) Ley del Impuesto Especial sobre Produccin y Servicios (IEPS) Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) Ley del Impuesto empresarial a tasa nica (IETU)

**//instrucciones: entrar al enlace azul de la unam y DESPLIEGUE SECUENCIAL POR DOCUMENTO COMPLETO en el men de la LEGISLACIN FEDERAL ahi encontraras la informacion necesaria.

Calcular impuestos:1. 01 de enero depositan 8500 en la cuenta bancaria por los socios2. 04 de enero se compra 8000 pesos en mercanca para ventas + iva se hace pago electrnico3. 07 de enero se vende 15000 en mercanca el costo es de 8000 el cliente deposita en efectivo a nuestra cuenta bancaria iva incluido4. 15 de enero nos deposita un cliente un adelanto de pedido por 100005. 17 de enero se compra a nuestro proveedor 25000 en mercanca + iva se hace pago electrnico6. 25 de enero nuestro cliente nos compra 40000 en mercanca el costo fue de 25000 con iva incluido su pago restante nos lo deposita en efectivo a nuestra cuenta7. 27 de enero se compra mas mercancia por 40000 + iva se hace pago electrnico8. 30 de enero se vende

**// calcular IVA, IDE, ISR, IETU

COMPRASIVAVENTAIVADEP. BAN.IDEINGR.EGR.BASEISR%TAB.IETU17.5%BASE

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