Inccripcion Com. Individual

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INSCRIPCION DE COMERCIANTE Y EMPRESA INDIVIDUAL Cuando una persona decide llevar a cabo alguna actividad comercial, deberá inscribirse como comerciante individual. Según el Código de Comercio: ARTICULO 334, OBLIGADOS AL REGISTRO: Es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil jurisdiccional: 1. De los comerciantes individuales que tengan un capital de Q2,000.00 o mas. 2. De todas las sociedades mercantiles. 3. De empresas y establecimientos mercantiles comprendidos dentro de estos extranjeros 4. De los hechos y relaciones jurídicas que especifiquen las leyes 5. De los auxiliares de comercio La inscripción de comerciantes individuales, auxiliares de comercio y de las empresas y establecimientos mercantiles, deberá solicitarse dentro de un mes de haberse constituido como tales o de haberse abierto la empresa o el establecimiento. El de las sociedades, dentro del mes siguiente al otorgamiento de la escritura de constitución. Este mismo plazo rige para los demás hechos y relaciones jurídicas. ARTÍCULO 335. COMERCIANTE INDIVIDUAL. La inscripción del comerciante individual se hará mediante declaración jurada del interesado, consignada en formulario con firma autenticada, que comprenderá: 1. Nombres y apellidos completos, edad, estado civil, nacionalidad, domicilio y dirección. 2. Actividad a que se dedique.

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INSCRIPCION DE COMERCIANTE Y EMPRESA INDIVIDUAL

Cuando una persona decide llevar a cabo alguna actividad comercial, deberá inscribirse como comerciante individual.

Según el Código de Comercio:

ARTICULO 334, OBLIGADOS AL REGISTRO:

Es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil jurisdiccional:

1. De los comerciantes individuales que tengan un capital de Q2,000.00 o mas.2. De todas las sociedades mercantiles.3. De empresas y establecimientos mercantiles comprendidos dentro de estos

extranjeros4. De los hechos y relaciones jurídicas que especifiquen las leyes5. De los auxiliares de comercio

La inscripción de comerciantes individuales, auxiliares de comercio y de las empresas y establecimientos mercantiles, deberá solicitarse dentro de un mes de haberse constituido como tales o de haberse abierto la empresa o el establecimiento.

El de las sociedades, dentro del mes siguiente al otorgamiento de la escritura de constitución. Este mismo plazo rige para los demás hechos y relaciones jurídicas.

ARTÍCULO 335. COMERCIANTE INDIVIDUAL.

La inscripción del comerciante individual se hará mediante declaración jurada del interesado, consignada en formulario con firma autenticada, que comprenderá:

1. Nombres y apellidos completos, edad, estado civil, nacionalidad, domicilio y dirección.

2. Actividad a que se dedique.3. Régimen económico de su matrimonio, si fuere casado o unido de hecho.4. Nombre de su empresa y sus establecimientos y sus direcciones.5. Fecha en que haya dado principio su actividad mercantil.

El registrador razonará la cédula de vecindad del interesado.

ARTÍCULO 336. EMPRESA O ESTABLECIMIENTO.

La inscripción de la empresa o establecimiento mercantil se hará en la forma prevista en el artículo anterior, que comprenderá:

1. Nombre de la empresa o establecimiento.

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2. Nombre del propietario y número de su registro como comerciante.3. Dirección de la empresa o establecimiento.4. Objeto.5. Nombres de los administradores o factores.

Los pasos necesarios para obtener la respectiva inscripción legal, dependerán si posee o no NIT o el activo que tenga el comerciante. En el caso que el activo sea inferior a Q 2000 no será necesario la inscripción ante el Registro Mercantil, pero si en SAT.

Los pasos generarles son los siguientes según el Registro Mercantil:

Imagen extraída de página oficial del Registro Mercantil, http://www.registromercantil.gob.gt/

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PASOS SI SE TIENE NIT

Activo menor a Q2,000.00

Se deberá presentar los siguientes documentos durante el proceso.

o Solicitud de acreditación de imprenta o Solicitud de habilitación de libros contables o Documento Personal de Identificación de todos los comparecientes o Recibo de luz, agua o teléfono o Recibo de pago para habilitar libros contables en SAT

Ya habiendo realizado el proceso el comerciante individual recibirá:

o Una constancia del RTUo Carné del NITo Calcomanía de habilitación de libros en SATo Talonario de factura

Activo de Q2,000.00 a Q25,000.00

Se deberá presentar los siguientes documentos durante el proceso:

1. Solicitud de inscripción comerciante individual 2. Documento Personal de Identificación del compareciente o todos los

comparecientes (x3)3. Solicitud de inscripción comerciante individual autenticada 4. Recibo de pago inscripción comerciante individual 5. Recibo de pago inscripción de empresa 6. Contraseña de inscripción de comerciante 7. Contraseña de inscripción de empresa 8. Timbre fiscal de Q25.00 9. Memorial solicitud autorización de libros (x2)10. Orden de pago para autorización de libros RM11. Recibo de pago autorización de libros 12. Formulario SAT 52 13. Formulario SAT 162 14. Recibo de luz, agua o teléfono 15. Orden de pago de habilitación de libros emitida por SAT 16. Recibo de pago de habilitación de libros

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Ya realizado el proceso el comerciante recibirá:

o Patente de empresa o Calcomanía de autorización de libros en RMG o Constancia de acreditación de imprenta o Calcomanía de habilitación de libros o Talonario de facturas

Activo mayor de Q25,000.00

Se deberá presentar los siguientes documentos durante el proceso:

1. Solicitud de inscripción comerciante individual 2. Documento Personal de Identificación del compareciente o todos los

comparecientes (x3)3. Solicitud de inscripción comerciante individual autenticada 4. Recibo de pago inscripción comerciante individual 5. Recibo de pago inscripción de empresa 6. Contraseña de inscripción de comerciante 7. Contraseña de inscripción de empresa 8. Timbre fiscal de Q25.00 9. Memorial solicitud autorización de libros (x2)10. Orden de pago para autorización de libros RM11. Recibo de pago autorización de libros 12. Formulario SAT 1613. Formulario SAT 52 14. Formulario SAT 162 15. Recibo de luz, agua o teléfono 16. Orden de pago de habilitación de libros emitida por SAT 17. Recibo de pago de habilitación de libros

Ya realizado el proceso el comerciante recibirá:

o Patente de empresa o Calcomanía de autorización de libros en RMG o Calcomanía de habilitación de libros o Talonario de facturas

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PASOS SI NI TIENE NIT

Activo menor a Q2,000.00

Se deberá presentar los siguientes documentos durante el proceso

1. Solicitud de inscripción SAT-16 2. Documento Personal de Identificación de todos los comparecientes3. Recibo de luz, agua o teléfono 4. Solicitud de habilitación de libros contables 5. Orden de pago de habilitación de libros en SAT 6. Recibo de pago de habilitación de libros en SAT 7. Formulario SAT 162

Ya realizado el proceso el comerciante recibirá:o Una constancia del RTUo Carné del NITo Talonario de facturas

Activo de Q2,000.00 a Q25,000.00

Se deberá presentar los siguientes documentos durante el proceso:

1. Documento Personal de Identificación de todos los comparecientes (x 2) 2. Solicitud de inscripción comerciante individual sin NIT 3. Solicitud de inscripción con firma legalizada 4. Recibo de pago inscripción de comerciante 5. Recibo de pago inscripción de empresa 6. Recibo de luz, agua o teléfono 7. Contraseña de inscripción de empresa 8. Timbres fiscales de Q25.00 9. Memorial solicitud autorización de libros 10. Orden de pago para habilitar libros contables en SAT 11. Orden de pago para autorización de libros RM 12. Recibo de pago por autorización de libros contables en RM 13. Recibo de pago por habilitación de libros contables en SAT

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Ya realizado el proceso el comerciante recibirá:

o Patente de empresa individual o Carnet NIT o Constancia de inscripción en RTU o Calcomanía de autorización de libros en RMG o Calcomanía de habilitación de libros en SAT o Talonario de facturas

Activo Mayor a Q25,000.00

Se deberán presentar los siguientes documentos durante el proceso:

1. Solicitud de inscripción 2. Documento Personal de Identificación de todos los comparecientes (x 2) 3. Solicitud de inscripción con firma legalizada 4. Recibo de pago inscripción de comerciante 5. Recibo de pago inscripción de empresa 6. Recibo de luz, agua o teléfono 7. Contraseña de inscripción de empresa 8. Timbres fiscales de Q25.00 9. Memorial solicitud autorización de libros 10. Orden de pago para habilitar libros contables en SAT 11. Orden de pago para autorización de libros RM 12. Recibo de pago de autorización de libros en RMG

Ya realizado el proceso el comerciante recibirá:

o Patente de empresa individual o Carnet NIT o Constancia de inscripción en RTU o Calcomanía de habilitación de libros en RMG o Calcomanía de habilitación de libros en SAT o Talonario de facturas

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EJEMPLO DE LOS FORMULARIOS Y REQUISITOS LOS DIFERENTES ACTIVOS CON O SIN NIT

Solicitud de comerciante individual respectivamente autenticada

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Recibo de pago y Contraseña de inscripción comerciante individual

Recibo de pago y Contraseña de inscripción de Empresa

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Timbres fiscales

Formularios SAT