Informativo para ejercer su derecho a denuncia

1
Guía para ejercer su derecho a denuncia ¿Qué derechos me confiere la Ley del Consumidor? - Usted puede denunciar ante la justicia a las empresas que atropellan sus derechos para que reciban sanción y para exigir indemnizaciones por los daños causados. - Puede denunciar directamente en el juzgado de policía local, sin necesidad de contratar un abogado. - También puede recurrir al Sernac, que buscará una solución extrajudicial a través de la mediación. - Si esta mediación no resulta exitosa, el Sernac podrá denunciar y/o hacerse parte en aquellas causas que comprometan el interés general de los consumidores. ¿Cómo realizo una denuncia en el juzgado de policía local? Paso 1: Identificar a cuál juzgado de policía local debo acudir - Sepa qué juzgado de policía local le corresponde en el Fono Consulta 600 594 6000 (desde celulares, el 02 2594 6000). Paso 2: Presentar la denuncia - Acuda al juzgado de policía local que le corresponde y Solicite un formulario judicial. - Entregue la denuncia por escrito, firmada y con tres copias (sólo firme la original) al funcionario judicial. Acompañe el formulario con los documentos que fundamenten su denuncia. ¿Y si es una demanda con indemnización? • Denuncia: se interpone para que el tribunal se entere de que la empresa cometió una infracción y sea sancionada. • Demanda: la demanda civil de indemnización de perjuicios para obtener compensaciones en caso de que haya sufrido algún daño o perjuicio. Ambas se presentan en el mismo tribunal, pero son dos instancias distintas. Es recomendable presentar juntas y en un mismo escrito la denuncia y la demanda por indemnización de perjuicios. Los pasos son los mismos que con la denuncia. Será el juez quien resuelva si corresponde o no la indemnización que usted solicita basándose en las pruebas que presente. También puede incluir en su demanda el pago de los costos del juicio. Lo que viene después de la denuncia o demanda. Será notificado por el  juzgado de policía acerca de la solución de caso. De no recibir noticias, puede dirigirse al tribunal e informarse sobre su caso. El tribunal lo citará para dar una declaración indagatoria que ratifique su denuncia. De no realizar este trámite, el caso será archivado dejando sin efecto la denuncia o demanda. La empresa será notificada de la existencia de un proceso en su contra a través de un receptor judicial. Luego de las declaraciones al tribunal, se fijará una fecha para el comparendo entre empresa denunciada y demandante, quien deberá portar todas las pruebas que acrediten los hechos que reclama, incluido testigos (se recomienda que sean a lo menos dos personas). • Sentencia: Concluido este proceso, el juez dictará sentencia definitiva. Si no está de acuerdo con lo resuelto por el juez, usted tiene 5 días para apelar en la Corte de Apelaciones para lo cual debe asesorarse por un abogado que lo represente. Si lo demandado no excede las 10 UTM, la causa es de única instancia, es decir, no se puede apelar. ¿Por qué razones puedo ser indemnizado en un juicio contra una empresa? Daño material: es el perjuicio efectivamente causado. Por ejemplo, los $80 mil que le costó el televisor que salió malo y por el que no le entregaron su derecho a garantía. Lucro cesante: es lo que usted dejó de ganar producto del incumplimiento de la empresa. Por ejemplo, mientras hacía las compras sufrió un accidente por descuido de la empresa y no pudo ir a trabajar. Daño moral: es la evaluación en dinero de las molestias o sufrimientos ocasionados por la infracción de la empresa. Por ejemplo, no pudo entregar el regalo en Navidad o dejó de ir aun funeral porque la aerolínea canceló el vuelo. Recuerde que… Para presentar una denuncia y/o demanda ante un Juzgado Policía Local, Ud. no requiere ser representado por un abogado. El plazo para exigir sus derechos como consumidor es hasta seis meses contados desde que se cometió la infracción. El tiempo que dura la tramitación de su reclamo ante el Sernac suspende ese plazo; por lo que se aconseja presen- tar, como respaldo, el Formulario Único de Atención al Público (para la fecha de ingreso del reclamo) y la carta de cierre del caso (para la fecha de cierre). La denuncia y/o demanda debe notificarse a lo menos, tres días hábiles antes de la fecha fijada para el comparendo. Si se realiza fuera de ese plazo, el juez la tendrá por no presen- tada. Es importante que presente todas las pruebas el día del comparendo ya que los jueces resuelven basándose en ellas. Fuente: Sernac

description

Guía que entrega el paso a paso de cómo hacer denuncias ante los abusos hacia los consumidores.

Transcript of Informativo para ejercer su derecho a denuncia

Page 1: Informativo para ejercer su derecho a denuncia

Guía para ejercer su derecho a denuncia¿Qué derechos me confiere la Ley del Consumidor?

- Usted puede denunciar ante la justicia a las empresas que atropellan sus derechos para que reciban sanción y para exigir indemnizaciones por los daños causados.

- Puede denunciar directamente en el juzgado de policía local, sin necesidad de contratar un abogado.

- También puede recurrir al Sernac, que buscará una solución extrajudicial a través de la mediación.

- Si esta mediación no resulta exitosa, el Sernac podrá denunciar y/o hacerse parte en aquellas causas que comprometan el interés general de los consumidores.

¿Cómo realizo una denuncia en el juzgado de policía local?

Paso 1: Identificar a cuál juzgado de policía local debo acudir

- Sepa qué juzgado de policía local le corresponde en el Fono Consulta 600 594 6000 (desde celulares, el 02 2594 6000).

Paso 2: Presentar la denuncia- Acuda al juzgado de policía local que le corresponde y Solicite

un formulario judicial.

- Entregue la denuncia por escrito, firmada y con tres copias (sólo firme la original) al funcionario judicial. Acompañe el formulario con los documentos que fundamenten su denuncia.

¿Y si es una demanda con indemnización?

• Denuncia: se interpone para que el tribunal se entere de que la empresa cometió una infracción y sea sancionada.

• Demanda: la demanda civil de indemnización de perjuicios para obtener compensaciones en caso de que haya sufrido algún daño o perjuicio.

Ambas se presentan en el mismo tribunal, pero son dos instancias distintas.

• Es recomendable presentar juntas y en un mismo escrito la denuncia y la demanda por indemnización de perjuicios. Los pasos son los mismos que con la denuncia.

• Será el juez quien resuelva si corresponde o no la indemnización que usted solicita basándose en las

pruebas que presente.

• También puede incluir en su demanda el pago de los costos del juicio.

Lo que viene después de la denuncia o demanda.

• Será notificado por el  juzgado de policía acerca de la solución de caso. De no recibir noticias, puede dirigirse al tribunal e informarse sobre su caso.

• El tribunal lo citará para dar una declaración indagatoria que ratifique su denuncia. De no realizar este trámite, el caso será archivado dejando sin efecto la denuncia o demanda.

• La empresa será notificada de la existencia de un proceso en su contra a través de un receptor judicial.

• Luego de las declaraciones al tribunal, se fijará una fecha para el comparendo entre empresa denunciada y demandante, quien deberá portar todas las pruebas que acrediten los hechos que reclama, incluido testigos (se recomienda que sean a lo menos dos personas).

• Sentencia: Concluido este proceso, el juez dictará sentencia definitiva. Si no está de acuerdo con lo resuelto por el juez, usted tiene 5 días para apelar en la Corte de Apelaciones para lo cual debe asesorarse por un abogado que lo represente. Si lo demandado no excede las 10 UTM, la causa es de única instancia, es decir, no se puede apelar.

¿Por qué razones puedo ser indemnizado en un juicio contra una empresa?

Daño material: es el perjuicio efectivamente causado. Por ejemplo, los $80 mil que le costó el televisor que salió malo y por el que no le entregaron su derecho a garantía.

Lucro cesante: es lo que usted dejó de ganar producto del incumplimiento de la empresa. Por ejemplo, mientras hacía las compras sufrió un accidente por descuido de la empresa y no pudo ir a trabajar.

Daño moral: es la evaluación en dinero de las molestias o sufrimientos ocasionados por la infracciónde la empresa. Por ejemplo, no pudoentregar el regalo en Navidad o dejóde ir aun funeral porque la aerolíneacanceló el vuelo.

Recuerde que…• Para presentar una denuncia y/o demanda ante un Juzgado

Policía Local, Ud. no requiere ser representado por un abogado.

• El plazo para exigir sus derechos como consumidor es hasta seis meses contados desde que se cometió la infracción.

• El tiempo que dura la tramitación de su reclamo ante el Sernac suspende ese plazo; por lo que se aconseja presen-tar, como respaldo, el Formulario Único de Atención al Público (para la fecha de ingreso del reclamo) y la carta de cierre del caso (para la fecha de cierre).

• La denuncia y/o demanda debe notificarse a lo menos, tres días hábiles antes de la fecha fijada para el comparendo. Si se realiza fuera de ese plazo, el juez la tendrá por no presen-tada.

• Es importante que presente todas las pruebas el día del comparendo ya que los jueces resuelven basándose en ellas.

Fuente: Sernac