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INFORME DE INVESTIGACIÓN LA PARTICIPACIÓN DE LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES EN LA TOMA DE DECISIONES SOBRE LOS PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL Y COMUNAL Elaborado por: PAOLA ANDREA PEÑA MARITZA BARRERA JOSE SERNA FRANCY CAMPO Tutor: JUAN CARLOS CASTRO FACULTAD DE INVESTIGACIONES ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PÚBLICA COLOMBIA 2015

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INFORME DE INVESTIGACIÓN

LA PARTICIPACIÓN DE LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES EN LA

TOMA DE DECISIONES SOBRE LOS PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL

Y COMUNAL

Elaborado por:

PAOLA ANDREA PEÑA

MARITZA BARRERA

JOSE SERNA

FRANCY CAMPO

Tutor:

JUAN CARLOS CASTRO

FACULTAD DE INVESTIGACIONES

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PÚBLICA

COLOMBIA

2015

2

Contenido

Resumen…………………………………………………………………………………….4

Introducción………………………………………………………………………………...5

CAPÍTULO I: EL PROBLEMA Y EL MÉTODO

1. El problema: Baja participación de las Juntas Administradoras Locales en

cuanto a la toma de decisiones sobre los planes de desarrollo municipal y

comunal…………………………………………………………………………….7

2. Pregunta de investigación…………………………………………………………8

3. Marco teórico conceptual…………………………………………………………8

3.1 La participación como escenario……………………………………………..9

3.2 La planeación y la participación……………………………………………..10

3.3 El sujeto forjador de su propio desarrollo…………………………………..11

3.4 Consideraciones sobre la triada participación, planeación y

desarrollo………………………………………………………………….…..12

4. Metodología……………………………………………………………………….13

4.1 Análisis Documental………………………………………………………….14

4.2 La Encuesta…………………………………………………………………...14

4.2.1 La Muestra………………………………………………………………16

4.3 Observación Participante……………………………………………………17

CAPÍTULO II: RESULTADOS Y CONCLUSIONES

5. Resultados…………………………………………………………………………17

5.1 Desarrollo normativo de las Juntas Administradoras Locales - JAL de

Cali………………………………………………………………………………...17

5.2 La Cadena de Valor de la Planeación en Cali………………………………18

5.2.1 Insumos……………………………………………………………………..25

5.2.2 Actividades o procesos……………………………………………………25

5.2.3 Productos…………………………………………………………………..27

3

5.2.4 Resultados………………………………………………………………..27

5.2.5 Impactos…………………………………………………………………..27

5.2.6 Hallazgos relevantes al analizar la Cadena de Valor de la

Planificación de la Ciudad…………………………………………………………….27

5.3 Indicadores de participación………………………………………………29

5.4 Paralelo entre los Consejeros Territoriales de Planeación y Las Juntas

Administradoras Locales como instancias de planeación……………………33

5.5 Resultados de la aplicación de la encuesta y de la medición de los

indicadores de participación………………………………………………...…35

6. Consideraciones Finales……………………………………………………………..42

4

Resumen

La presente investigación tiene por objeto dar respuesta a la siguiente pregunta:

¿Cómo ha sido la participación de las Juntas Administradoras Locales en la toma de

decisiones sobre los planes de desarrollo, municipal y comunales de Cali en el periodo

2008 al 2014?

La metodología a aplicar consta de una serie de técnicas como el análisis

documental, la observación participante y la encuesta. Dentro de los resultados se encontró

que existen unos vacíos en la aplicación normativa respecto a la participación de esta

instancia en la toma de decisiones, la pertinencia de diseñar la Cadena de Valor del Sistema

de Planeación de la ciudad y a partir de ella construir una batería de indicadores, ajustada al

territorio.

Palabras clave: Participación, Planeación, Planes de Desarrollo, Cadena de Valor,

Indicadores, Sistema de planeación.

5

Introducción

Hoy en día Colombia se ha ido fortaleciendo en el tema de la planeación, prueba de

ello son los múltiples instrumentos con los que cuenta a nivel nacional y junto a ellos las

instancias creadas constitucionalmente para incluir la participación como eje central en la

toma de decisiones, articuladas al Sistema Nacional de Planeación, que representan a la

comunidad y a los diferentes sectores además de promover la participación en el territorio.

Sin embargo aunque los avances del Sistema a nivel nacional son notorios, en los

territorios la situación no es la misma. En muchos municipios pequeños el Sistema de

Planificación no se ha implementado y en otros de mayor categoría, aunque existe, la

articulación se ha hecho difícil entre sus partes, lo que pone en tela de juicio cómo se está

haciendo la planificación participativa en los territorios, entendida no solo como la

distribución de recursos por proyectos sino como la verdadera participación en la toma de

decisiones. Esta investigación se aproxima al Sistema de Planificación de Cali a partir de

examinar la participación en la toma de decisiones de una de las instancias de planificación

del municipio como lo son las Juntas Administradoras Locales o JAL1, su articulación con

el Sistema Municipal y su participación en la toma de decisiones a nivel comunal y a nivel

municipal desde los planes de desarrollo.

Está compuesto por dos capítulos en los que se pretende resolver la siguiente

pregunta de investigación: ¿Cómo ha sido la participación de las Juntas

Administradoras Locales en la toma de decisiones sobre los planes de desarrollo,

municipal y comunales de Cali en el periodo 2008 al 2014?

En el primer capítulo se hace un recorrido desde el problema de investigación, los

objetivos, el marco teórico conceptual y la metodología de investigación; en el segundo

capítulo se dan cuenta de los resultados de la aplicación de la metodología y de los

1 Junta Administradora Local. Para efecto de esta investigación se abreviará este término a JAL cuando sea

necesario.

6

instrumentos diseñados para tal fin. Para finalmente hacer unas consideraciones a manera

de conclusiones que contienen los argumentos en los que se basa la respuesta a la pregunta.

Además dentro del cuerpo de este documento de encontrará, como resultado

emergente de la investigación, una aproximación a la Cadena de Valor del Sistema de

Planificación de la ciudad y una batería de indicadores que fueron diseñados para medir la

efectividad de la participación de esta instancia que se ponen a consideración como insumo

para futuras investigaciones.

7

CAPÍTULO I: EL PROBLEMA Y EL MÉTODO

1. El problema: Baja participación de las Juntas Administradoras Locales en

cuanto a la toma de decisiones sobre los planes de desarrollo municipal y

comunal.

El municipio de Cali con una población de 2.075.380 habitantes según último Censo

General del Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, distribuidos en

22 comunas y 15 corregimientos, con un total 37 JAL conformadas por 333 comuneros,

cuenta con un Sistema de Planificación definido por el Decreto Municipal Compilatorio

0203 del 2001 como un

Conjunto de Agentes e Instancias que conforme a unos principios y a través de un

procedimiento establecido, formulan, aprueban, ejecutan y evalúan los diferentes

instrumentos de planificación del municipio de Santiago de Cali con el fin de

garantizar un desarrollo armónico de la entidad territorial.

Este sistema está conformado por autoridades e instancias cuyo propósito es trabajar

de manera articulada con el objeto de planificar el desarrollo de la ciudad. Sin embargo,

aunque todos tienen derecho a participar, las autoridades deciden y las instancias opinan,

opinión que aunque representa los intereses de la comunidad se ve limitada a emitir

conceptos o a proponer sobre la base de que no tienen carácter vinculante. Posición que

para muchos de los actores del sistema ubicados en estas instancias desmotiva su ejercicio

quitando poder a sus intervenciones. A la luz de lo anterior cabría plantearse lo siguiente:

¿Cómo se da la participación de las instancias en el sistema de planificación de la ciudad de

Cali?, ¿Qué tanto inciden sus conceptos y opiniones en la toma de decisiones?, ¿Es

suficiente la normatividad o esta obstaculiza el ejercicio de la participación en la

planificación?

8

Para poder dar respuesta a preguntas tan complejas como las anteriores se hace

necesario plantear una pregunta de investigación que reúna las preguntas orientadoras y que

permita, a partir del análisis de una instancia, recoger la información suficiente para aportar

a la solución de la misma. Por tal motivo se escogen las Juntas Administradoras Locales

como sujetos de investigación para examinar su participación en la toma de decisiones

sobre los planes de desarrollo comunales y el Plan de Desarrollo Municipal de Cali

escogiendo como periodo de tiempo los últimos dos gobiernos, del 2008 al 2014.

2. Pregunta de investigación

¿Cómo ha sido la participación de las Juntas Administradoras Locales en la toma de

decisiones sobre los planes de desarrollo, municipal y comunales de Cali en el periodo

2008 al 2014?

3. Marco teórico conceptual

El presente marco pretende dar a conocer aquellas teorías que fundamentan la

investigación desde la relación que se establece en la triada participación, planeación y

desarrollo, conceptos claves para esta investigación. Para ello se han tomado unos

referentes sobre cada concepto y consecuentemente hacer un análisis a partir de su

integración. Ver figura.1

Figura1. Triada Participación, Planeación y desarrollo.

9

Fuente. Autor

La Figura 1 muestra la convergencia de estos tres conceptos en un agente llamado

ciudadano. En pocas palabras, el ejercicio de la ciudadanía requiere de participar en la

planeación del territorio tomando decisiones que dinamicen sus subsistemas para que se dé

un desarrollo endógeno.

3. 1 La participación como escenario.

La participación es un derecho que ha tomado fuerza en Colombia desde la

Constitución de 1991 cuyo objeto es profundizar la democracia a partir de la toma de

decisiones. En su artículo 2, la Carta Magna expresa lo siguiente:

Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y

garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la

Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la

vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia

nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia

de un orden justo.

Si lo que se toman son decisiones es imperante que la comunidad sea activa en todo

el proceso que decide sobre su porvenir. Por ello la participación debe tomarse no solo

como un proceso, sino como un escenario en donde unos actores construyen su modelo

territorial. Para Velásquez y Gonzales (2010) la participación va más allá (p. 21); un

10

encuentro de voces que buscan llegar a un consenso sobre metas de bienestar y los medios

para alcanzarlas.

Por su parte Espinoza, Pérez y Van de Velde (2006) proponen algunos enfoques

para definir la participación: Como factor fundamental para lograr el desarrollo humano

sostenible; como elemento para fortalecer el sistema democrático, representativo y

participativo; para consolidar la reforma del estado y sus procesos de descentralización;

desde su contribución al desarrollo, la gobernanza y la construcción de la ciudadanía y

desde la perspectiva de los derechos ciudadanos. (p. 10)

Para esta investigación la participación se asume como elemento fundamental

del desarrollo lo que implica formar capital social para la incidencia política. Este tipo

de participación conlleva una nueva forma de ver el desarrollo en la que los

ciudadanos hacen parte de las decisiones y en cierta medida despiertan la necesidad

de gobernarse a sí mismos. Tal como lo cita Espinoza et all (2006):

Los nuevos conceptos de ‘Participación Ciudadana’ sugieren que las/os ciudadanas/os

puedan gobernarse a sí mismas/os influenciando los procesos de toma de decisiones que

afecten sus vidas, sus comunidades, sus ambientes y sus sociedades. Ellas/os tienen

gobiernos para que los rijan pero no completamente, ni sin cuestionar. (p. 13)

Finalmente, existe una definición clave que recoge todo lo anteriormente dicho y

que se acoge en la investigación; es la del Banco Mundial que define la participación

ciudadana como “el proceso a través del cual los interesados influyen y controlan poder

sobre las iniciativas de desarrollo y sobre las decisiones y recursos que afectan sus

vidas”. (Citado en Espinoza et all, p. 12)

Es decir que la participación es un ejercicio del poder. Un poder que permite

que las comunidades ejerzan su derecho a tomar decisiones sobre los proyectos que

necesitan y que se traducen en oportunidades y en calidad de vida.

11

De esta forma Espinoza et all, deduce dos objetivos principales de la participación

ciudadana: Que la participación ciudadana es un medio para socializar la política acercando

al Estado a la gestión pública, a la ciudadanía y que la participación ciudadana amplía el

campo de lo público hacia las esferas de la sociedad civil, rompiendo con el monopolio

del Estado en un ejercicio de compartir responsabilidades que eran exclusivas de este. (p.

16)

3.2 La planeación y la participación

La planeación es el efecto de planear, diseñar estrategias y métodos que permitan

alcanzar los objetivos proyectados. Se asume que toda planeación viene intrínsecamente

relacionada con un plan que en el caso de Colombia y sus entidades territoriales se llama

Plan de Desarrollo y Plan de Ordenamiento Territorial. Para Morcillo (2002) la

planificación

Consiste en identificar y analizar la situación actual en que se encuentra una organización o

una sociedad, prever o anticipar su situación futura, fijar los objetivos a corto, mediano y

largo plazos de solución de problemas identificados y programar las acciones y recursos

que son necesarios para realizar los objetivos establecidos (p. 22).

Por su parte Arizaldo Carvajal (2007) sostiene que la planeación participativa hace

hincapié en situar a los ciudadanos en el centro de las decisiones y que no se refiere

únicamente al hecho de votar sino que incluye procesos de transparencia, apertura y toma

de decisiones; de “dar voz” tanto en escenarios públicos como en corporativos. Afirma que

los procesos ampliamente participativos promueven un desarrollo exitoso a largo plazo (p.

39).

Teniendo en cuenta lo expresado por los autores, para efectos de esta

investigación se entiende la planeación como un proceso ampliamente participativo en

donde priman las propuestas, los argumentos, la voz, el voto y las acciones a largo

plazo que permitan alcanzar unos objetivos definidos desde una visión común del

futuro de un territorio.

3.3 El sujeto forjador de su propio desarrollo

12

El desarrollo es un estado en constante evolución, es un producto emergente de una

serie de elementos en donde el sujeto es forjador de su propio desarrollo. En su ponencia

sobre Desarrollo Endógeno Sergio Boisier (2004) responde ¿para qué? y ¿para quién? el

desarrollo; y concluye que el desarrollo endógeno es para generar unas condiciones en el

territorio, dado su entorno, que le permitan a los seres humanos potenciarse a sí mismos

para llegar a ser personas humanas; y es para el ser humano. (p.3)

En cuanto la planeación del desarrollo, Ruth Saavedra (citada en Arizaldo Carvajal,

2007) la considera como

Un proceso dirigido a orientar el cambio social, en el cual los diferentes actores sociales,

interviniendo de manera sistemática en el presente para construir el futuro, garantizan el

logro del desarrollo deseado y posible, protegiendo las opciones para las generaciones

futuras (p.55).

Lo anterior quiere decir que el desarrollo parte de los actores sociales los

cuales tienen la motivación y la capacidad de generar un cambio; pero este cambio es

endógeno y parte desde las potencialidades del territorio y de sus habitantes, desde la

formación de capital social y humano. Así es como se entiende el desarrollo para esta

investigación.

Finalmente es oportuno dejar constancia de la definición de Plan de Desarrollo

Local plasmada en el Acuerdo 13 de Junio del 2000 por el Concejo y la Alcaldía de Bogotá

Es un instrumento de la planeación en el que se establece el marco de desarrollo de la

localidad con una visión estrategia compartida y de futuro, el cual es resultado de un

proceso de concertación entre los diversos actores de la planeación local. En él se definen

las prioridades del desarrollo para orientar la aplicación racional de los recursos de los

Fondos del Desarrollo local, permitiendo así concebir objetivos y metas alcanzables en un

periodo determinado.

3.4 Consideraciones sobre la triada participación, planeación y desarrollo

Al integrar los elementos de la triada surgen relaciones fuertes entre los unos y los

otros. De ellas se rescatan las siguientes:

13

Los planes de desarrollo y en sí los locales, implican el ejercicio de una planeación

que incluya a las comunidades en la toma de decisiones, es decir que les permita participar

ampliamente. Según el PNUD (2008) Los planes de desarrollo municipales y

departamentales son una gran oportunidad de contribuir en la construcción de la paz como

“el espacio idóneo de encuentro de los ciudadanos y ciudadanas y del intercambio de sus

iniciativas para forjar los mejores caminos para su territorio y su gente” (p. 5).

En Velásquez (2011), la incorporación de la participación en la planeación y en el

ordenamiento territorial significó un cambio de paradigma al cual las instituciones todavía

no se han ajustado. Del paradigma tradicional que miraba el territorio principalmente como

un espacio físico, “sometido al principio del determinismo”, a un paradigma participativo

en donde el mismo territorio se ve como un espacio socialmente construido; el cambio es

un efecto de dinámicas endógenas y la planeación es un “escenario técnico- político de

negociación” (p 243). Este concepto lo amplía mejor Pablo Morcillo (2002) al relacionar la

participación con la planeación para el desarrollo, afirmando que la participación ciudadana

en el proceso de planeación en Colombia es participativa más no participante. “La ley

colombiana prescribe la planeación participativa” (p. 63); se elaboran los planes y luego se

consultan con la ciudadanía quienes emiten conceptos que no son obligatorios. Para

entender mejor, el paradigma participativo de Velásquez se incorpora la planeación

participante de Morcillo.

Por su parte Boisier (1998) en su teoría del Desarrollo Endógeno afirma que el

desarrollo presupone un “complejo y permanente proceso de coordinación de decisiones

que pueden ser tomadas por una multiplicidad de agentes o actores cada uno de los cuales

dispone de un amplio abanico de opciones decisionales” (p 8), es decir que la participación

es un elemento esencial en la planeación para desarrollo.

4. Metodología

La metodología se plantea conforme a los objetivos específicos. Ver Tabla 1.

Tabla 1. Descripción metodológica.

14

Objetivo Específico Actividades Metodología

Identificar teorías en materia de

planeación y participación en la

toma decisiones

1. Análisis de teorías de

planeación y participación en la

toma de decisiones

1. Análisis

documental

Identificar la normatividad

constitucional y legal en materia

de planeación con relación a las

juntas administradoras locales.

2. Recopilación de la normatividad

sobre la participación de la JAL

2. Análisis

documental

Medir el grado de participación

de las Juntas Administradoras

Locales (JAL) en los planes de

desarrollo municipal y

comunales

3. Encuestas a miembros de las

JAL de las comunas de Cali

sobre su participación en los

planes de desarrollo comunal y

municipal.

4. Comparativo entre la JAL y el

CTP como instancias de

participación

3. Encuesta

4. Observación

participante

Analizar la correspondencia

entre la teoría, lo estipulado en

las normas y su materialización

práctica.

5. Análisis comparativo 5. Análisis

comparativo

Fuente: Autor

4.1 Análisis Documental

Se recurre a textos y documentos que contienen información sobre la participación

en la planeación. Entre ellos se encuentran: La Planeación en Colombia de Pablo Morcillo

(2002) y Lógicas Sobre el Desarrollo y Planificación en Cali de Arizaldo Carvajal (2007).

El análisis normativo recopila las leyes, decretos y acuerdos desde la Constitución de 1886

hasta la ley 1551 del 2012 de donde se extraen los principales cambios y la evolución de la

participación de las JAL en la toma de decisiones.

4.2 La Encuesta

15

Se usa la encuesta como instrumento para conocer la percepción de los Ediles en su

ejercicio de participación en la toma de decisiones y medir su eficacia a partir de los

indicadores diseñados para tal fin. Esta consta de dos partes: La parte cualitativa con

preguntas referentes a cuatro criterios escogidos; participación en la toma de

decisiones, eficacia, legalidad y articulación dentro del sistema de planificación; y la

parte cuantitativa con preguntas sobre la eficacia de las decisiones en términos de

propuestas presentadas, propuestas incluidas y propuestas ejecutadas. Ver Anexo 6.

La participación en la toma de decisiones, como primer criterio, se enfoca en la

posición de los comuneros frente a los Comités de Planificación; si sienten o no que su

participación es tenida en cuenta en estos espacios. La Eficacia, como segundo criterio, se

enfoca en el poder de la participación de las JAL en la toma de decisiones sobre el Plan de

Desarrollo Comunal. La legalidad, como tercer criterio, en cuento a las competencias

otorgadas por las diferentes normas a las JAL y su materialización práctica. Y la

Articulación, como cuatro criterio, hacia la instancia como parte de un sistema; el Sistema

de Planificación Municipal. Ver Tabla 2.

Tabla 2. Criterios a evaluar en la primera parte de la encuesta.

Criterio PREGUNTA ORIENTADORA Ponderación –

Valores de

respuesta

Participación en la

toma de decisiones

¿Siente que la participación de la JAL es tenida en cuenta en

los comités de planificación?

SI/NO

Eficacia ¿Cómo considera el poder de la participación de la JAL en

el proceso de elaboración del Plan de Desarrollo

Comunal?

NULO/BAJO/

MEDIO/ALTO

Legalidad ¿Cómo calificaría las competencias otorgadas por ley a las

JAL con relación a su participación en la toma de

decisiones?

SUFICIENTES

/INSUFICIEN

TES

Articulación dentro

del sistema de

planificación

¿Cómo es la articulación de las JAL con las otras instancias

y autoridades del sistema de planificación municipal?

NULA/BAJA/

MEDIA/ALTA

Fuente: Autor

16

Además, en esta primera de la encuesta, se complementaron los criterios con tres

preguntas abiertas sobre los retos de las JAL frente a la participación en la toma de

decisiones, los principales problemas que como instancia han tenido para articularse al

Sistema de Planeación del municipio y sus posturas y retos frente a la ley 1551 del 2012

que habla del presupuesto participativo.

La segunda parte de la encuesta fue elaborada con base en los indicadores diseñados

para medir la eficacia de la participación en términos de propuestas presentadas, incluidas y

ejecutadas, cuyo desglose será más adelante.

4.2.1 La Muestra.

Como se dijo anteriormente Cali cuenta con 333 comuneros distribuidos en 37 Juntas

Administradoras Locales entre rurales y urbanas. Inicialmente el objetivo de la

investigación era aplicar el instrumento a la totalidad de la población pero, debido al

proceso electoral que se atravesó durante el tiempo de toma de la muestra y del relevo

generacional tan grande que se vio en las JAL después de las elecciones, se decidió escoger

una muestra más cualitativa que cuantitativa, que permitiera por lo menos alcanzar un

comunero por JAL. Es así como se convocó a los comuneros a dos talleres a los cuales

asistieron 28 de ellos en total. Ver Tabla 3.

Tabla 3. Características de la muestra

Característica de la muestra Comuneros activos en los dos últimos periodos

de gobierno (2008-2011, 2012-2015) o por lo

menos en uno de ellos.

JAL que tuvieron

representación en los talleres

Comunas 2,3,7,8,10,11,12,13,15,16,19,21

Corregimiento: 58 (La Leonera)

JAL que no tuvieron

representación en los talleres

Comunas: 1,4,5,6,9,14,17,18,20,22

De los 15 corregimientos no asistieron 14.

Total de la muestra 20 comuneros puesto que 8 resultaron nuevos,

electos para el periodo 2016-2018

17

Fuente: Autor

Como se puede observar, aunque el grupo de investigación hizo la convocatoria a

todos los comuneros, las situaciones adversas explicadas en el párrafo anterior, influyeron

en que esta muestra no fuera representativa de la totalidad de la población. Sin embargo, la

variedad de la misma arrojó resultados muy dicientes e interesantes para dar una respuesta

tentativa a la pregunta de investigación. Esta muestra fue usada para poner a prueba el

instrumento y evaluar los indicadores que fueron diseñados para tal fin.

Se sugiere, como parte de una futura investigación y para corroborar los datos

arrojados por esta muestra o mejorarlos, aplicar el instrumento a un número mayor de

comuneros en un periodo que no sea electoral para que esto no afecte la convocatoria.

4.3 Observación participante.

Con objeto de poder conocer más allá el funcionamiento de las instancias de

planeación, el grupo de investigación asistió al XIX Congreso del Sistema Nacional de

Planeación realizado en Tunja del 17 al 20 de noviembre del 2015. A este Congreso se

dieron cita los representantes de los Consejos Territoriales de Planeación de los tres niveles

para discutir sobre el Plan de Desarrollo Nacional y los Planes Territoriales con un enfoque

de paz. El ejercicio de observación participante consistió en acompañarlos en todos los

momentos del evento, escucharlos, interactuar con ellos para conocer sus problemas y retos

desde su instancia. A partir de ello se re realizó un paralelo de los Consejos Territoriales de

Planeación o CTP2 con la instancia de la JAL a nivel local.

CAPÍTULO II: RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

22

Consejos Territoriales de Planeación. Para efecto de esta investigación se abreviará este término a CTP cuando sea necesario. Además se usará la abreviatura CMP o CCP cuando sean Consejos Municipales y Comunales respectivamente.

18

5. Resultados

5.1 Desarrollo normativo de las Juntas Administradoras Locales - JAL de Cali

La Constitución Política de Colombia de 1886 establecía en su artículo 196: “Los

Gobernadores estarán sujetos a responsabilidad administrativa y judicial. Son amovibles

por el Gobierno, y responsables ante la Corte Suprema por los delitos que cometieren en el

ejercicio de sus funciones”.

Este artículo fue modificado mediante el Acto Legislativo N° 01 de 1968, que

permite crear los Concejos Municipales y su elección a través del voto popular y establece

que estos, para el mejor manejo de los asuntos locales en los territorios podrían crear

las Juntas Administradoras Locales. Esto hace cuarenta y siete años.

Veinte años después, en el año 1988, en la ciudad de Cali se crean las primeras JAL,

a través de la división del territorio municipal en comunas y corregimientos según el

Acuerdo 15 de 1988. A partir de ese momento se gesta el desarrollo normativo de las Juntas

Administradoras Locales en el que se dictan diversas leyes y acuerdos para su

funcionamiento.

Ley 11 de 1986 decreta la participación de la comunidad en los asuntos públicos y

afirma que para mejorar la prestación de los servicios en los territorios, los concejos

podrán dividir el territorio en comunas para la zona urbana y en corregimientos para la

zona rural (Artículo 16). Además que las JAL dictarán a través de resoluciones,

pronunciamientos que sean convenientes para la administración sus territorios,

vigilarán y controlarán los servicios que preste la administración y realizará

propuestas para la asignación de partidas presupuestales para programas en el territorio

(Artículo 17).

Acuerdo 15 de 1988. Divide el territorio municipal en comunas y corregimientos y

dicta las normas marco que regula su funcionamiento y se expiden otras disposiciones.

Permite que las JAL propongan planes y programas de inversión para sus territorios,

19

prioricen obras que consideren deban realizarse y formulen propuestas en el Plan de

Desarrollo de la Comuna y las presenten a la administración para que se consideren a

incluir en el Plan de Desarrollo Municipal. Las J.A.L también realizarían la distribución

y asignación de las partidas de los presupuestos del nivel Nacional, Departamental y Local

que sean a su favor.

Acuerdo 04 de 1989, por medio del cual se asignan otras funciones a las JAL.

Permite su participación en la elaboración y formulación del Plan de Desarrollo

Municipal, donde determina y prioriza las obras que se deban realizar.

Acuerdo 48 de 1990. Reglamenta el funcionamiento de las JAL y asigna funciones

al Presidente, Vicepresidente y Secretario. Permite que las JAL creen comisiones

encargadas de realizar estudios correspondientes a los proyectos y programas para el

buen funcionamiento de la comuna (Artículo 20) y establece que las JAL contarán con la

asesoría profesional por parte de la administración para los temas que así lo requieran

(Artículo 21).

Constitución Política de 1991 establece las funciones de la JAL (Artículo 318):

Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo

económico y social y de obras públicas.

Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o

corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos.

Formular propuestas de inversión ante las autoridades nacionales,

departamentales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos

planes de inversión.

Distribuir las partidas globales que les asigne el presupuesto municipal.

Ejercer las funciones que les deleguen el concejo y otras autoridades locales.

Acuerdo 01 de mayo 1 de 1996. Libro II del Sistema de Planeación Municipal.

Establece el procedimiento para el Plan de Desarrollo de la Comuna y los tiempos que se

20

tendrá para su revisión y aprobación para ser incluido en el Plan de Desarrollo Municipal.

También establece la desconcentración municipal a través de los Centros de

Administración integrada o CALIS.

Decreto 0151 De 2003. Por medio del cual se reglamentan los comités de

planeación de las comunas y corregimientos. Permite la participación de las J.A.L y los

Consejos Territoriales de Planeación - C.T.P de las reuniones convocadas por el Comité de

Planeación con derecho a voz, mas no a voto. Este decreto transfiere funciones de las JAL

al Comité de Planeación dejándolas sin una participación directa en la toma de decisiones

como lo establecieron los acuerdos anteriores y la ley.

Decreto 0209 de 2005. Por medio de la cual se deroga el decreto 0151 del 2003 y

se dicta una nueva reglamentación de los comités de planificación territorial de las comunas

y corregimientos. Permite que las JAL y los CTP de las comunas y corregimientos

participen de las reuniones de los Comités de Planificación y tengan la facultad de voz

y voto.

Decreto 0718 de 2005. Por medio del cual se deroga el decreto 0209 de 2005 y se

expide una nueva reglamentación para los Comités de Planeación territorial de comunas y

corregimientos. Designa nuevas funciones a los Comités de Planeación, donde estos

servirán como espacio de concertación entre los actores comunitarios, sociales e

institucionales para la formulación de propuestas que vayan encaminadas a promover

programas y proyectos que sean incluidas o plasmadas en el Plan de Desarrollo. Pero

Deroga la Facultad que se había otorgado a las JAL y a los CTP vetando su derecho al

Voto en cuanto a la toma de decisiones que le había sido otorgada en el Decreto 0209

de 2005.

Decreto 022 del 2007. Por medio del cual se deroga el decreto 0718 de octubre 25

de 2005 y se expide una nueva reglamentación para los Comités de Planeación territorial de

comunas y corregimientos. Propone al Director del CALI como el encargado de

articular los comités con las otras instancias del Sistema Municipal de Planeación

21

(Artículo. 18), en donde no se nombra la JAL puesto que esta puede asistir a los comités

cuando lo considere necesario con voz, pero sin voto. Limitando su accionar a una firma

dentro del proceso de planificación comunal. Además dicta las funciones de los Comités de

Planificación entre las que se encuentran:

Promover la participación de la comunidad durante la formulación y preparación

de planes, programas y proyectos, integrando, racionalizando y optimizando

esfuerzos y recursos.

Constituirse en espacio de análisis, discusión y socialización de los problemas

de la comuna o corregimiento e identificación de las alternativas de solución.

Concertar la priorización de los problemas que aquejan a la comuna o al

Corregimiento, así como las alternativas de solución.

Brindar apoyo al Profesional Especializado del C.A.L.I. en su función

planificadora del territorio.

Servir de escenario del proceso de formulación del plan de desarrollo de la

comuna o el corregimiento, plan operativo anual de inversiones, plan

plurianual de inversiones, programas y proyectos tendientes a logra el

desarrollo integral de la comuna o corregimiento en concordancia con la

respectiva situación socioeconómica y ambiental y los lineamientos y metodología

que se determinen.

Lograr la participación de la comunidad en la generación de programas y

proyectos compartidos, integrando, racionalizando y optimizando esfuerzos y

recursos.

Realizar el seguimiento de las acciones convenidas por todos, especialmente las

del plan de desarrollo, discutir las dificultades encontradas, evaluar las fallas y

logros y hacer las recomendaciones para sus ajustes.

Acompañar al Profesional Especializado del C.A.L.I. o quien haga sus veces y a

los funcionarios de las entidades en la formulación de los proyectos, cuando así

se requiera.

Propender por que las acciones promovidas por Comité garanticen la igualdad

y la equidad.

22

Velar porque la planificación en el territorio refleje las necesidades de los

diferentes grupos poblacionales con el fin de coadyuvar en la calidad de vida de la

comunidad.

Proporcionar la información que requiera el Consejo de Planeación de la

comuna o corregimiento, para cumplir con su función.

Ley 1551 de 2012. Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y

el funcionamiento de los municipios. Establece el apoyo a la inversión social en las

comunas y corregimientos por medio de la figura del presupuesto participativo, donde la

comunidad a través de las JAL podrá deliberar y decidir sobre una parte del mismo

(Articulo 40). Así mismo establece que la Administración Municipal o el Alcalde podrán

presentar proyectos y propuestas de construcción de obras de infra estructura,

equipamientos y modificación en las rutas de transporte, en el cual las JAL podrán emitir

un pronunciamiento de carácter No vinculante. Es decir que el Alcalde o la

Administración Municipal pueden hacer caso omiso de las recomendaciones o sugerencias

emitidas por las Juntas Administradoras Locales y que puedan atentar con el desarrollo

social e integral de los habitantes de la comuna.

Del análisis anterior se puede concluir que las JAL fueron creadas para un mejor

manejo de los asuntos locales, que incluían su participación en la planeación, formulación

de propuestas y distribución de partidas, sin embargo su historia de poder es inestable,

puesto que han sido vinculadas y al mismo tiempo excluidas de la participación en la toma

de decisiones a través de la normatividad municipal y de la creación de otra instancia a

nivel comunal que le ha desplazado en sus funciones. Los Comités de Planificación se

crearon como un espacio de estudio y concertación democrática entre el gobierno municipal

y la comunidad con la misión de planificar el desarrollo económico y ambiental de su

territorio para el bienestar de los habitantes. Para lo cual se ha convertido en el escenario

por excelencia de la formulación del plan de desarrollo de la comuna o corregimiento. (Para

ver el cuadro completo resultado del análisis normativo revisar el Anexo 1).

23

Por lo tanto, el Sistema de Planeación de la ciudad de Cali se desarticuló al crear un

espacio sin soporte legal ni constitucional puesto que ellos ya estaban definidos y dejar por

fuera del sistema los Consejos Comunales y Corregimentales de Planeación. Lo que ha

traído como consecuencia una planificación deficiente en los territorios. El profesor Juan

Carlos Castro emite un concepto sobre el Sistema de Planeación de la ciudad de Cali a

petición de los comuneros en donde sugiere que la ciudad debe retomar las autoridades e

instancias de planeación legalmente creadas para poder definir de manera articulada,

coherente y concertada la visión de futuro desde lo local lo municipal (2012). Esta

investigación concuerda con ello.

5.2 La Cadena de Valor de la Planeación en Cali

A continuación se describen cada uno de los pasos de la cadena de valor del Sistema

de Planificación de la ciudad partiendo de lo que existe en las normas. Propuesta de esta

investigación y considerada indispensable si lo que se pretende es medir la participación.

Para su análisis se tuvo en cuenta la Cadena de Valor Público propuesta por el

Departamento de Planeación Nacional -DNP representada en la Figura 2.

Figura 2. Cadena de Valor Público.

Fuente: DNP

24

Adaptando la cadena al Sistema de Planificación de Cali su distribución es como

muestra la Figura 2.

Figura 2. Cadena del Sistema de Planificación en Cali

Fuente: Autor

5.2.1 Insumos.

Los insumos se subdividieron en tres categorías: Institucionales; Actores,

Autoridades e Instancias y Normatividad. Los institucionales comprenden todos

aquellos documentos que orientan la planificación y la alinean con el desarrollo nacional.

Los Actores, Autoridades e Instancias comprenden el factor humano, todos aquellos

ciudadanos que en ejercicio de sus funciones, poder y soberanía; de manera individual o de

forma organizada intervienen, se interesan, se ven afectados o son beneficiados de la

decisiones que se tomen en cuanto al desarrollo. La normatividad especifica el marco

normativo que se debe tener en cuenta para hacer planificación en la Ciudad. Ver Tabla 4.

Tabla 4. Insumos de la Planificación de la ciudad de Cali.

25

Insumos de la Planificación de la ciudad de Cali

Institucionales Actores, Autoridades e Instancias Normatividad

Programa de gobierno

Plan de desarrollo nacional

y departamental

Plan de ordenamiento

territorial

Visión departamental (valle

del cauca 2032)

Visión municipal (visión cali

2036)

Planes de desarrollo

comunales

Planes sectoriales

Objetivos del desarrollo

sostenible

Diagnóstico institucional

(rendición de cuentas y

eutoevaluación de la entidad

territorial)

Diagnóstico de la ciudad

Estrategias y directrices del

desarrollo económico del

municipio y conservación el

patrimonio cultural

MFMP (Marco Fiscal de

Mediano Plazo)

MGMP (Marco de Gastos de

Mediano Plazo)

Banco de proyectos

Autoridades: alcalde,

consejo de gobierno,

departamento de

planeación, consejos

sectoriales

Participantes y

beneficiarios: sector

público, sector privado,

sector académico, sector

fundacional y sector

comunitario, población

civil y demás actores

comunitarios

Instancias: a nivel

municipal: Concejo

Municipal, Consejo

Municipal de Planeación,

Corporación Autónoma

Regional

Comunales o de

corregimientos: Junta

Administradora Local,

Consejo de Planeación

de la Comuna o

Corregimiento.

Constitución política

Ley 1333/1986

Régimen Municipal

Ley 152/1994 Plan

del Desarrollo

Ley 1454/2011

Orgánica de

Ordenamiento

Territorial

Ley 388/1997 del

Plan de

Ordenamiento

Territorial

Decreto Municipal

Compilatorio

0203/2001

Fuente: Autor

5.2.2 Actividades o Procesos.

26

Las actividades o procesos también se subdividen en categorías de la siguiente

forma: Revisión del Plan de Ordenamiento Territorial, Elaboración de los Planes de

Desarrollo Comunales y Elaboración del Plan de Desarrollo Municipal.

Esta categorización se relaciona con el deber ser de la planificación en los

municipios. El Plan de Ordenamiento Territorial – POT orienta la planificación a mediano

y largo plazo. El Plan de Desarrollo Municipal debe ir alineado con lo proyectado en el

POT y a su vez debe formularse, no solo con base en un programa de gobierno, sino con lo

suministrado en los Planes de Desarrollo Comunales y de Corregimientos. Las actividades

o procesos de cada categoría se indican en la Tabla 5.

Tabla 5. Actividades o Procesos

Actividades o procesos de la planificación en la ciudad de Cali

Revisión del POT Elaboración de los Planes

de Desarrollo Comunales

Elaboración del Plan de Desarrollo

Municipal

Formulación de los ajustes al POT

Concertación institucional sobre los

ajustes al POT (concertación CVC y

Consejo Territorial de Planeación)

Consulta ciudadana (opinión de

gremios económicos y

agremiaciones profesionales,

ecológicas, cívicas y comunitarias;

convocatorias públicas para

discusión; audiencias con juntas

administradoras locales art. 24 ley

388/1997; exposición de

documentos; recolección de

recomendaciones y observaciones a

través de mecanismos de

participación comunal art. 22 ley

388/1997)

Recolección de

información (apoyan la

Juntas Administradoras

Locales)

Consulta al Consejo

Comunal de Planeación

para concepto

Ajustes al documento con

base en observaciones del

Consejo

Comunal de Planeación

Formulación de los planes

de desarrollo comunales

Aprobación de la JAL

Formulación del Plan de Desarrollo

con base en el Plan Prospectivo de las

Comunas y/o Corregimientos, el Plan

Prospectivo de los Subsectores y

Políticas Sectoriales, evaluación del

Plan de Desarrollo Vigente y las

recomendaciones de las secretarías y

los CALI´S

Convocatoria y elección del Consejo

Municipal de Planeación (a este

asiste por el sector comunitario un

representante de las JAL´s con voto.

Art 4 Acuerdo 01 /1995)

Consulta ciudadana

Concertación institucional:

presentación al Consejo de Gobierno,

al Consejo Municipal de Planeación y

27

Ajustes al proyecto inicial con base

en recomendaciones del CTP, CVC

y la consulta

Presentación al Concejo Municipal

Aprobación por el Concejo

Municipal por acuerdo o adopción

por decreto.

al COMFIS (Consejo Municipal de

Política Fiscal)

Ajustes al plan luego de concertación

y consultas

Presentación al Concejo Municipal

Modificaciones y ajustes al plan

luego de los debates

Aprobación por acuerdo o adopción

por decreto

Fuente: Autor

5.2.3 Productos

Los productos del sistema de participación, según el Decreto Municipal 0203 del

2001, son: Plan de Ordenamiento Territorial, Plan de Desarrollo Municipal, Planes de

Desarrollo Comunales, Políticas Sectoriales, Estatutos, Instrumentos Operativos,

Instrumentos de Apoyo Operativo. En todos ellos queda consagrado el rumbo de la ciudad

en el corto, mediano y largo plazo.

5.2.4 Resultados

Los resultados de la cadena de valor son todos los objetivos que quedan

consagrados en cada uno de los productos mencionados en el punto anterior. Estos

resultados se miden en metas e indicadores y varían de acuerdo a la visión de la ciudad y

del desarrollo de la misma.

5.2.5 Impactos

28

Aportar al desarrollo integral y sostenible basado en principios de justicia, equidad,

igualdad y respeto de la ley, solidaridad social y económica y participación comunitaria que

le permita a sus habitantes vivir con bienestar y dignidad. (Artículo 69, Decreto 0203 del

2001).

5.2.6 Hallazgos relevantes al analizar la Cadena de Valor de la Planificación de la

Ciudad.

Los aspectos relevantes encontrados son los siguientes:

Existe una institución creada por la normatividad municipal que no está

dentro del Sistema de Planificación: Los Comités de Planificación; y una

instancia que debe estar funcionando pero que no existe en la ciudad, los

Consejos Comunales y Corregimentales de Planeación.

En Cali los comités de planificación fueron implementados como espacios de

planeación de las comunas dentro del proceso de la elaboración del plan de

desarrollo y para fortalecer la participación de las organizaciones comunitarias. De

ellos hacen parte las Juntas de Acción Comunal, los representantes de diferentes

sectores y la Junta Administradora Local quienes debaten los diferentes proyectos a

realizarse durante el periodo de gobierno siguiente; pero no todos pueden votar.

Las JAL tienen voz pero no voto en estos espacios lo que limita su participación a

aprobar los proyectos que han sido escogidos. El poder de las Juntas se ve diluido

en un espacio de participación que no aparece en ninguna parte de la cadena de

valor del sistema y que ha asumido funciones propias de la JAL e incluso que está

integrado por sectores, a sabiendas que este tipo de conformación es propia de los

Consejos de Planeación. Es decir que aparece como un híbrido entre la JAL y los

CCP y sin embargo tanto comuneros como consejeros territoriales tienen voz pero

no voto en este espacio.

29

En el acuerdo 01 de 1995 se otorga un espacio para un integrante de las JAL de

la ciudad en el Comité de Planificación Municipal en representación de las

organizaciones comunitarias. Este espacio en la realidad es cuestionado por

algunos Consejeros Territoriales que afirman que las JAL tiene su propia instancia,

que su radio de acción es la comuna y que el Consejo Territorial es municipal. Por

tal motivo se considera que se debería fortalecer más la JAL como instancia

comunal y los CTPs como instancia que debe ser municipal comunal y

corregimental.

Normativamente se le otorga a las JAL el poder de participar en la elaboración

de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social y de

obras públicas y de aprobar los planes comunales (Art 31 CP 1991). Según el

Decreto compilatorio 0203 del 2001 son las encargadas de aprobar el plan de

desarrollo de la comuna o corregimiento, sin perjuicio de su participación en la

elaboración y formulación del mismo (Art. 73). Sin embargo estás no tienen voto

en la toma de decisiones sobre los proyectos que van a ser incluidos en los planes

comunales; aunque tienen voz, es un poder cuestionado en la práctica.

El Decreto 0203 del 2001 es un decreto compilatorio del Acuerdo 70 del 2000 y

del acuerdo 01 de 1995, sin embargo esta compilación no contiene el artículo 4

del acuerdo 01 de 1995 que crea el Consejo Municipal de Planeación y se dicta

su composición. Se deja constancia de esto en esta investigación porque es

relevante para la misma.

5.3 Indicadores de Participación

Según la guía metodológica de formulación de indicadores del DNP, un indicador

es “una representación cuantitativa (variable o relación entre variables), verificable

objetivamente, a partir de la cual se registra, procesa y presenta la información necesaria

para medir el avance o retroceso de un determinado objetivo” (p. 4). Los pasos para

formular un indicador se muestran en la Figura 3.

30

Figura 3: ¿Cómo se formula un indicador?

Fuente: DNP

Paso 1. Identificar el objetivo a evaluar: “Garantizar la participación de las JAL

en la toma de decisiones sobre planes de desarrollo”. Objetivo basado en el Art 318 de la

CP de 1991 y en Decreto municipal compilatorio 0203 del 2001. Se asocia a la política

denominada Sistema de Planificación de la ciudad de Cali consagrada en el Decreto

Compilatorio Municipal 0203 del 2001.

Paso 2: Definir la tipología del indicador de acuerdo al nivel de la cadena de valor

en el cual se ubique el objetivo. La participación de las JAL en el plan de desarrollo

municipal y los planes comunales hace parte de las actividades o procesos de la cadena

de valor.

31

A su vez, existen tres tipos de indicadores a lo largo de la cadena: Indicadores de

gestión, producto y efecto. Para el caso del objetivo identificado la tipología de indicador

que corresponde es de gestión.

Paso 3. Redacción del Indicador. Los indicadores fueron elaborados partiendo de

la idea que las JAL participan en la APROBACIÓN de los planes de desarrollo comunal y

PRESENTAN PROPUESTAS al Plan de Desarrollo Municipal. Ver Figura 4.

Figura 4. Ubicación de la JAL en la Cadena de Valor del Sistema de Planificación de Cali

Fuente: Autor

Objeto a cuantificar: Participación de la JAL en la toma de decisiones en los

Planes de Desarrollo Comunal y el Plan de Desarrollo Municipal. Condición deseada del

objeto: Una efectiva participación de las JAL en la toma de decisiones.

El Objeto a cuantificar para esta investigación se describe a partir de: Propuestas

presentadas, Propuestas Incluidas y Propuestas Ejecutadas. Lo que se pretende es

poder a través de la valoración de estas características medir la eficacia de la Participación

en la toma de decisiones. Para ello se construyeron tres indicadores, Ver Tabla 6:

Tabla 6. Indicadores de eficacia

Nombre de Indicador 1 Propuestas realizadas al plan de Desarrollo

Las JAL aprueban los planes de desarrollo comunal

Las JAL presentan propuestas al plan de desarrollo

Nivel de la Cadena de Valor: Actividades y Procesos

Revisión del POT

Elaboración de los Planes de Desarrollo comunales

Elaboración del Plan de Desarrollo Municipal

Ubicación de la JAL en la Cadena de Valor del Sistema de Planificación de Cali.

32

Descripción Este indicador pretende dar a conocer la participación de las JAL en la toma de

decisiones desde las propuestas presentadas en los comités de planificación como

instancia constituida para este fin. Dar la efectividad de las propuestas presentadas

frente a su inclusión en los planes de desarrollo comunal y municipal. Por tal

motivo al momento de aplicar el indicador se debe especificar el tipo de plan de

desarrollo.

Unidad de Medida Porcentaje

Fórmula Propuestas Incluidas / Propuestas Presentadas

Variables del

Indicador

Propuesta presentadas: Propuestas hechas por la JAL y sus integrantes en los

Comités de Planificación Comunal o a los Planea de Desarrollo como parte de los

CTP o como Ediles o Instancia de participación.

Propuestas Incluidas: De las propuestas presentadas se mide cuáles de ellas fueron

incluidas en los proyectos de desarrollo.

Periodicidad de la

Medición del Indicador

Una vez, Se incluye dentro de los instrumentos de medición preparados para

trabajar con la muestra de Ediles.

Tipología Indicador de gestión

Fecha de creación Nov 8 del 2015

Nombre de indicador 2 Propuestas ejecutadas en el periodo de gobierno.

Descripción Este indicador pretende dar a conocer la participación de las JAL en la toma de

decisiones desde las propuestas ejecutadas en el periodo de gobierno para el cual

rige determinado plan de desarrollo. Medir la eficacia de las propuestas incluidas

frente a su ejecución en dos periodos de gobierno 2008-2011, 2012-2015 a nivel

comunal y a nivel municipal. Por tal motivo al momento de aplicar el indicador se

debe especificar el tipo de plan de desarrollo.

Unidad de Medida Porcentaje

Fórmula Propuestas Ejecutadas / Propuestas Incluidas

Variables del

Indicador

Propuesta Incluidas: Propuestas que quedaron en el documento de plan de

desarrollo.

Propuestas Ejecutadas: De las propuestas incluidas se mide cuáles de ellas fueron

ejecutadas en los dos periodos de gobierno.

Periodicidad de la

Medición del Indicador

Una vez. Se incluye dentro de los instrumentos de medición preparados para

trabajar con la muestra de Ediles.

Tipología Indicador de gestión

Fecha de creación Nov 8 del 2015

Nombre de indicador 3 Propuestas efectivas de participación de las JAL

Descripción Este indicador recoge los resultados de los indicadores anteriores simplificando el

33

proceso. Pasa de las propuestas presentadas a las propuestas elaboradas. Es decir

que mide que tan eficaz es la participación en toma decisiones a partir de los

resultados en la entrega de productos y servicios a la comunidad. Medir la eficacia

de las propuestas presentadas frente a su ejecución en dos periodos de gobierno

2008-2015 a nivel comunal y a nivel municipal. Por tal motivo al momento de

aplicar el indicador se debe especificar el tipo de plan de desarrollo.

Unidad de Medida Porcentaje

Fórmula Propuestas Ejecutadas / Propuestas Presentadas.

Variables del

Indicador

Propuesta Presentadas: Propuestas hechas por la JAL y sus integrantes en los

Comités de Planificación Comunal o a los Planea de Desarrollo como parte de los

CTP o como Ediles o Instancia de participación.

Propuestas Ejecutadas: De las propuestas incluidas se mide cuáles de ellas fueron

ejecutadas en los dos periodos de gobierno.

Periodicidad de la

Medición del Indicador

Una vez. Se incluye dentro de los instrumentos de medición preparados para

trabajar con la muestra de Ediles.

Tipología Indicador de gestión

Fecha de creación Nov 8 del 2015

Fuente: Autor

5.4 Paralelo entre los Consejeros Territoriales de Planeación y Las Juntas

Administradoras Locales como instancias de planeación.

El paralelo se construye con base en la observación participante y en la aplicación

de la encuesta. Ver Tabla 7. Con respecto a la observación participante en el Anexo 2 y 3 se

encuentra el informe de la actividad y algunos ejemplos de formatos aplicados con los

Consejeros Territoriales del país. En el Anexo 4 se encuentra el registro fotográfico de este

trabajo de campo.

Imagen 1. Foto, entrevista a Francoise Coupe, Consejera Territorial de Medellín.

34

Fuente: Autor

Tabla. 7. Paralelo CTP y JAL

Paralelo CTP y JAL

Criterio CTP JAL

Participación en

la toma de

decisiones

Es tenida en cuenta siempre y

cuando se haga valer con la ley y

el respaldo de las comunidades.

No es tenida en cuenta puesto que los que aprueban

son delegados de la administración. Han perdido

poder frente a los Comités de planificación.

Eficacia

Relativamente baja puesto que sus

conceptos no son vinculantes

Nula, puesto que el poder de planeación está en los

comités y el decisión en los delegados de la

administración y en el director del Cali.

Legalidad

En ambos casos las funciones y competencias otorgadas son suficientes, el problema

radica en que hacerlas cumplir. Aunque los CTP reclaman poder hacer observaciones de

más vinculantes.

Articulación

dentro del

sistema de

planificación

En ambos casos la desarticulación es total con el Sistema. El gran problema es la disputa

por el poder con los gobiernos locales que no reconocen en muchos casos la importancia

de estas instancias y sus derechos.

Principales

problemas de la

instancia

1. Desarticulación

2. Incumplimiento de la

normatividad parte de los

gobiernos territoriales

1. Desarticulación

2. Incumplimiento de la normatividad frente

a la JAL por parte de los gobiernos

municipales

35

3. Falta de capacitación de

los consejeros

territoriales

3. Perdida de funciones frente a los Comités

de Planificación

Retos a afrontar 1. Articulación entre los

CTP de los diferentes

niveles y de estos al

Sistema de Planeación

Nacional

2. Capacitación de los

consejeros territoriales

1. Hacer valer sus propuestas como JAL para

que esta sean incluidas en la planificación

dentro de sus funciones otorgadas por ley.

2. Hacer respetar las decisiones. Que estas

no sean cambiadas por planeación

municipal.

3. Transformar los CALI´s para que

funcionen en beneficio de la comunidad

4. Capacitación de los ediles en planeación y

proyectos

5. Gestionar apoyo económico de parte del

estado por su labor y además dotación

para su buen funcionamiento.

Fuente: Autor

Frente a la ley 1551 del 2012 sobre presupuesto participativo, los ediles esperan: velar por

el cumplimiento de la norma, que se les permita una mayor participación en la toma de

decisiones, hacer seguimiento de la pertinencia de los proyectos a seleccionar, veeduría a la

ejecución de los mismos y la no politización del presupuesto participativo. Por su parte los

consejeros territoriales tiene un gran reto con la Ley Estatutaria 1757 del 2015 por la cual

se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación

democrática y es conocerla.

5.5 Resultados de la aplicación de la encuesta y de la medición de los

indicadores de participación

A continuación se exponen los resultados de la aplicación del instrumento a la

muestra de comuneros de Cali. Para consultar en su totalidad las matrices y tablas que se

incluyen en este punto consultar el Anexo 5.

Imagen 2. Talleres con comuneros de Cali

36

Fuente: Autor

Como se dijo anteriormente la encuesta permite valorar datos cualitativos y cuantitativos

que se registraron en tres matrices. La Matriz 1, contiene el registro de las valoraciones de

los comuneros a los criterios de Participación en la toma de decisiones, Eficacia, Legalidad

y articulación dentro del sistema de participación. La Tabla 8 muestra los resultados. Los

campos en gris corresponden a comuneros nuevos que asistieron a los talleres, sobre los

que se deja constancia pero que no hacen parte de la muestra.

Tabla 8. Matriz 1.

37

Fuente: Autor

Como la Matriz lo indica, solo 3 de los 20 comuneros responden Si a la pregunta sobre, si

siente que la participación de las JAL es tenida en cuenta en los comités de planificación lo

que permite concluir que hay una gran mayoría de comuneros insatisfechos con la poca

garantía de participación en estos espacios de toma de decisiones a nivel de comuna.

Respecto a la Eficacia de los 20 comuneros, 15 responden que no hay poder de las JAL

para participar en la toma de decisiones; e igualmente pasa con la articulación de esta

instancia al Sistema de Planificación Municipal donde 20 de ellos declaran que esta es nula

o baja.

Sin embargo sorprende las opiniones tan divididas frente al tema de si las competencias son

o no insuficientes para ejercer la participación y esto se debe a las justificaciones que los

comuneros dan en cada uno de estos aspectos y que se pueden apreciar en la Tabla 9.

Tabla 9. Matriz 2.

38

Fuente: Autor

En cuanto a la legalidad, las posiciones aparentemente están divididas, sin embargo

Sí concuerdan.

Por un lado existe una normatividad que protege el derecho de las JAL a participar

en la toma de decisiones, por lo que la mitad de los encuestados piensan que son

suficientes. Sin embargo, estas en la práctica no se cumplen, o como es el caso de la ciudad

de Cali encuentran muchas trabas adjudicadas a decretos municipales que entran a

confundir, por lo que la otra mitad de los comuneros piensan que son insuficientes.

39

Por otro lado, en cuanto a la participación en la toma de decisiones, los comuneros

concuerdan en que sus funciones les fueron quitadas. La expedición del decreto 0022 del

2007 que crea los Comités de Planificación es muestra de ello. Así mismo los comuneros

concuerdan en la importancia de tener “voz y voto” en los procesos de planificación de las

comunas y no relegar su papel a la puesta de una firma ya que debido a esto, su

participación no tiene tanto poder en los comités como la de otras organizaciones. Y

finalmente en cuanto a su articulación al Sistema de Planificación del municipio los

comuneros afirman que esta no se da porque ellos no son convocados a una participación

activa en la toma de decisiones.

Los resultados de los indicadores aparecen en las Tablas 10, 11 y 12.

Tabla 10. Matriz 3.

Fuente: Autor

40

Tabla 11. Resultados de los indicadores para el Plan de Desarrollo Comunal

Nombre del Indicador:

Propuestas realizadas al plan de

desarrollo

Nombre del Indicador:

Propuestas ejecutadas en el

periodo de gobierno

Nombre del Indicador:

Propuestas Efectivas de

Participación de las JAL

El grado de efectividad de este

indicador muestra que de todos

los ediles que presentaron

propuestas el 66% logro que al

menos una de ellas fuera incluida

en el plan de desarrollo comunal.

El 72% de los ediles encuestados

presentaron propuestas.

El grado de efectividad del este

indicador muestra que de todos

los ediles que presentaron

propuestas el 44% logró que al

menos una propuesta fuera

ejecutada dentro del periodo de

gobierno respectivo.

El grado de efectividad de este

indicador muestra que de todos

los ediles que hicieron propuestas

el 44% logró que al menos una de

las propuestas fuera ejecutada.

Esto significa que el grado de

efectividad de la participación de

las JAL en la toma de decisiones

es del 44%.

Fuente: Autor

Tabla 12. Resultados de los indicadores para el Plan de Desarrollo Municipal

Nombre del Indicador:

Propuestas realizadas al plan de

desarrollo

Nombre del Indicador:

Propuestas ejecutadas en el

periodo de gobierno

Nombre del Indicador:

Propuestas Efectivas de

Participación de las JAL

El grado de efectividad de este

indicador muestra que de todos

los ediles que presentaron

propuestas el 100% logro que al

menos una de ellas fuera incluida

en el plan de desarrollo comunal.

El 36% de los ediles encuestados

presentaron propuestas.

El grado de efectividad del este

indicador muestra que de todos

los ediles que presentaron

propuestas el 75% logró que al

menos una propuesta fuera

ejecutada dentro del periodo de

gobierno respectivo.

El grado de efectividad de este

indicador muestra que de todos

los ediles que hicieron propuestas

el 75% logró que al menos una de

las propuestas fuera ejecutada.

Esto significa que el grado de

efectividad de la participación de

las JAL en la toma de decisiones

frente al plan de desarrollo es del

75%.

Fuente: Autor

Otras observaciones

Existe mayor participación de los ediles en los planes de desarrollo comunales que

en el plan de desarrollo municipal. El porcentaje es de 66% frente a 36%.

El promedio de propuestas presentadas por edil es de 3 en el caso del plan de

desarrollo comunal, frente a 1 propuesta al plan de desarrollo municipal.

41

El promedio de eficacia de la participación de los ediles en los planes de desarrollo

comunal es de 74%. En el plan de desarrollo es de 87%. Lo anterior respecto a que

por lo menos una propuesta de las que presenta es aprobada.

Sin embargo en términos de total de propuestas presentadas, de 37 propuestas

presentadas solo 16 llegaron a ser ejecutadas. Esto equivale a un 43%. Es decir

menos del 50% de las propuestas que presentan los ediles llegan a ejecutarse.

De lo anterior se desprenden dos conclusiones, la primera es que por eficacia las

propuestas que logran ser incluidas la gran mayoría son ejecutadas es decir un 64%;

sin embargo la participación significa proponer y en este caso el porcentaje de lo

que se propone a lo que se ejecuta es mucho menor, menos del 50%. Al relacionar

este aspecto con el cuadro de indicadores se puede observar que la participación en

la toma de decisiones de los ediles es baja puesto aunque lo que está incluido se

ejecuta, sus propuestas muchas se quedan por fuera de los planes de desarrollo.

Así mismo, el instrumento permitió obtener datos cualitativos para profundizar en el tema

de la articulación de la instancia al Sistema, los retos de los comuneros frente al tema de la

participación en la toma de decisiones y la ley 1551 sobre presupuestos participativos.

Frente a estos tres puntos los resultados se pueden observar en la segunda parte de la Matriz

2. Tabla 13. (Cabe recordar que los que están en gris son comuneros que por ser nuevos en

el cargo no caben dentro de la muestra).

Tabla 13. Segunda parte de Matriz 2.

42

Fuente: Autor

De la Tabla 13 se puede concluir que:

La articulación de las JAL al Sistema se ve afectada por la pérdida de sus funciones

ante los Comités de Planificación de las comunas.

Las JAL tienen tres retos fundamentales: hacer cumplir la constitución y la ley que

los ampara sobre los decretos municipales, lograr que sus resoluciones sean tenidas

en cuenta y recuperar su voz y su voto.

Frente a la ley 1551 las JAL asumen el papel de su defensa, de su cumplimiento, de

su participación como proponentes y veedores de los proyectos aprobados y de la

defensa de la voluntad de las comunidades, reflejadas en necesidades y en proyectos

incluyentes y priorizados por ellas mismas.

43

6. Consideraciones finales

Para los comuneros de las JAL de Cali la participación no ha sido un “escenario”,

como dicen Velásquez y Gonzales (2010), en donde sus voces sean escuchadas. El cambio

recurrente en la normatividad en cuanto al poder de decisión de las JAL, sobre todo en los

planes comunales, ha llevado a que hoy día, estas sean una instancia que ha sido puesta al

margen del sistema de planeación, que aprueba lo que otros han decidido. Esto a su vez

perjudica en parte el funcionamiento del Sistema de Planeación Municipal, por las luchas

conflictivas entre las JAL y los comités de planificación afectando directamente la

democracia en la ciudad.

En cuanto a la planeación participativa que sitúa al ciudadano como centro de las

decisiones (Arizaldo Carvajal, 2011). Las JAL están siendo relegadas en los procesos de

decisión lo que, según el autor, compromete el desarrollo a largo plazo puesto que se

reducen los actores que deben participar en ello. A la luz de Boisier (2004) se podría

afirmar que las JAL están siendo excluidas de la planeación del desarrollo de sus territorios

porque se supone que el sujeto es forjador.

En cuanto a la efectividad de la participación de las JAL en la toma de decisiones

durante el periodo estudiado, se confirma la teoría de Velásquez y Gonzales (2010) sobre la

ruptura que se debe dar desde el paradigma anterior (determinista) al nuevo paradigma de la

participación como un escenario técnico – político de negociación. Hay una resistencia que

se evidencia en la inestabilidad de la normatividad frente al poder otorgado a las JAL en la

toma de decisiones, hasta el punto en que hoy día ese poder se limita y de obstaculiza en

lugar de fortalecerse, con la creación de los Comités de Planificación Comunal.

Finalmente, y para dar respuesta al interrogante planteado como pregunta de

investigación, la participación de las JAL en la toma de decisiones frente a los planes de

desarrollo municipal y comunal durante el periodo 2008 al 2014 ha sido, como diría Pablo

Morcillo (2002), participativa más no participante. Contemplada como planeación

participativa en la norma puesto que las JAL tienen espacio en los CTP como

representantes del sector comunitario y en los Comités de Planificación como asistentes

con voz pero sin voto, en donde son informados para emitir conceptos y opiniones no

44

vinculantes; mas no participante puesto que la efectividad medida en términos de

propuestas presentadas es muy baja lo que ha debilitado los procesos de iniciativas propias

de esta instancia y su relación con otros actores del sistema de planificación en las

comunas.

45

Bibliografía

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Estudios Desarrollo y Territorio. Recuperado el 10 de Septiembre de 2014, de

http://www.cedet.edu.ar/Archivos/Bibliotecas/ponencia_boisier.pdf

Boisier, S. (1998). Teorías y metáforas del desarrollo territorial. Revista Austral de

Ciencias Sociales, 2, 5-18.

Morcillo, P. (2002). La Planeación en Colombia. Historia, Derecho y Gestión. Bogotá:

Ediciones Jurídicas Gustavo Ibañes LTDA.

Velasquez, F., & Gonzales, E. (2010). La Planeación Participativa, el Sistema Nacional de

Planeación y los Presupuestos Participativos en Colombia. Viva la ciudadanía. Recuperado

el 8 de Septiembre de 2014, de

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territorial y participación. Cap. 4 (p 243 – 257). Seminario Propuestas estratégicas

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Castro, Juan C. Concepto Sistema de Planificación – Papel de las JAL (2010). Carta de

respuesta a una petición hecha por la Asociación de Líderes de Santiago de Cali al profesor

Juan Carlos Castro de la ESAP.

PNUD Colombia (2008). Temas que no pueden faltar en los planes de desarrollo. Bogotá

Colombia.

Departamento Nacional de Planeación (2009). Guía metodológica para la formulación de

indicadores.

46

Normatividad

La Constitución Política de Colombia de 1886. Artículo 196.

Acto Legislativo N° 01 de 1968.

Ley 1551 de 2012. Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el

funcionamiento de los municipios. Artículo 40.

Ley 11 de 1986. Por la cual se dicta el Estatuto Básico de la Administración Municipal y se

ordena la participación de la comunidad en el manejo de los asuntos locales. Artículos 16 y

17.

Acuerdo 15 de 1988. Por el cual se divide el territorio municipal en comunas y

corregimientos, se dictan las normas marco que regulan su funcionamiento y se expiden

otras disposiciones.

Acuerdo 04 de 1989. Por medio del cual se asignan otras funciones a las Juntas

Administradoras Locales y se reforma el acuerdo 01 de 1989.

Acuerdo 48 de 1990. Por medio del cual se reglamenta el funcionamiento de las Juntas

Administradoras, se asignan funciones al presidente, vicepresidente y secretario de las

mencionadas Juntas y se modifica el acuerdo 15 de 1989. Artículo 21.

Acuerdo 01 de mayo 1 de 1996. Por la cual se dictan normas sobre la estructura de la

administración municipal y de las funciones de sus dependencias, las escalas de

remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la administración

central municipal, y con relación a algunas entidades de la administración municipal

descentralizada y se expiden otras disposiciones. Libro II

Decreto 0151 De 2003. Por medio del cual se reglamentan los comités de planeación

territorial de las comunas y corregimientos.

Decreto 0209 de 2005. Por medio de la cual se deroga el decreto 0151 del 2003 y se dicta

una nueva reglamentación de los Comités de Planeación Territorial de las comunas y

corregimientos.

47

Decreto 0718 de 2005. Por medio del cual se deroga el decreto 0209 de 2005 y se expide

una nueva reglamentación para los comités de planeación territorial de comunas y

corregimientos.

Decreto 022 del 2007. Por medio del cual se deroga el decreto 0718 de octubre 25 de

2005 y se expide una nueva reglamentación para los Comités de Planeación territorial de

comunas y corregimientos.