Informe de Macroeconomia (1)
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Universidad Tecnológica de Honduras
Campus El ProgresoINTEGRANTES:
NOHELY RODRIGUEZ TANIA MIRALDA
JOHANA MARTINEZ
TRABAJO:EXPOSICION GRUPAL DE MERCADO DE DINERO
CATEDRÁTICO:
LIC. Esdwith García Castellanos
ASIGNATURA:MACROECONOMIA
SECCION:219
PRESENTADO EN:
El Progreso, Yoro 07 de Agosto del 2014
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo se realizó con el fin de analizar el mecanismo que el
mercado de dinero para poder entender muchos aspectos de la actualidad
económica del mundo pero en especial de nuestro país: Honduras También
queremos aprender acerca del punto de vista de Mercado dinero, demanda de
dinero, oferta de dinero, equilibrio de mercado, en cada uno de los mercados
que serán parte de nuestra consulta. Diariamente se perciben los cambios en
los precios de los bienes y servicios que son necesarios para el subsistir del ser
humano. Por ejemplo, hace unos meses atrás el precio de la gasolina era
distinto al que se debe de pagar hoy en día. La economía se basa en las
decisiones que los agentes económicos (productores y consumidores) realicen
con tal de enfrentar la escasez de los recursos. Estas decisiones se basan en
los costos y beneficios, los cuales concurren en el mercado. El mercado está
compuesto por consumidores y productores que intercambian bienes, y es en
esta concurrencia donde va a establecerse los precios de productos y servicios
y las cantidades producidas. El conocer adecuadamente el comportamiento de
los mercados es fundamental, ya que son los que determinan la asignación de
recursos en las economías.
Objetivo general
Nuestro objetivo primordial es realizar un informe que nos permita ver de
manera clara lo que es el mercado de dinero y así poder entender su
mecanismo de acción dentro de la sociedad.
Objetivos específicos
Determinar el concepto y clasificación del mercado de dinero.
Conocer la Historia del nacimiento de la Banca en Honduras.
Determinar las causas que llevaron a las fusiones y quiebras bancarias en el país.
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MERCADO DE DINERO
Es aquel en el que se llevan a cabo operaciones o transacciones mercantiles
con activos financieros emitidos a plazo menor de un año. El mercado de
dinero se define como aquel en donde se ofrecen y demandan instrumentos de
deuda (aquellos valores o documentos que representan pasivos, es decir, que
los poseedores de estos títulos fungen como acreedores de la empresa
emisora) de corto plazo, tomando en cuenta que son utilizados para financiar
activos de pronta recuperación, o desfases temporales de recursos de las
empresas. Entre otras características destacan su elevada posibilidad de
negociación, el contar con rendimiento preestablecido (fijo o variable), así como
ser bajo riesgo y plazo definido.
El funcionamiento de las operaciones realizadas en "Mercado de Dinero", está
basado en el cumplimiento de los siguientes aspectos, mismos que deberán
ser observados tanto por el cliente como por el Banco o Casa de Bolsa:
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Estos préstamos (para el Banco) podrán recibirse de Personas Físicas y
Morales.
Las Instituciones podrán pactar libremente con su clientela los montos
mínimos a partir de los cuales estén dispuestas a recibir estos
préstamos.
Las Instituciones podrán realizar operaciones de compra-venta de
Instrumentos de Mercado de Dinero por cuenta del cliente 10 y o por
cuenta propia de la misma Institución.
Tanto las Instituciones como los clientes, pactarán libremente, en cada
caso, la tasa de interés que el préstamo genere.
CLASIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS
Existen diferentes formas de clasificar a los instrumentos del Mercado de
Dinero, las más importantes son: por su forma de cotización, colocación y
riesgo emisor.
1) Por su forma de cotización
a) Instrumentos que cotizan a descuento:
Cuando su precio de compra está determinado a partir deuna tasa de
descuento que se aplica a su valor nominal; obteniéndose como rendimiento
una ganancia de capital derivada del diferencial entre el valor de amortización
(valor nominal) y su costo de adquisición (por ejemplo: CETES, Pagarés
Bancarios, Papel Comercial, etc.).
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b) Instrumentos que cotizan en precio:
Cuando su precio de compra puede estar por arriba o bajo par (valor nominal),
como resultado de sumar el valor presente de los pagos periódicos que ofrezca
devengar (por ejemplo: Bondes, bonos, Bonos Bancarios, etc.).
2) Por su forma de colocación
a) Oferta Pública de Valores:
Se ofrecen valores a través de algún medio de comunicación masivo al público
en general, especificando cada una de las características de la emisión.
b) Subasta de Valores:
Es la venta de valores que se hace al mejor postor. En México, los valores
gubernamentales se colocan bajo el procedimiento de subastas.
Sólo pueden presentar posturas y, por lo tanto, adquirir títulos en colocación
primaria, para su distribución entre el público conforme al procedimiento de
subastas: los Bancos, Casas de Bolsa, Compañías de Seguros, de Fianzas y
Sociedades de Inversión del país.
3) Por el grado de riesgo, es decir, de la capacidad de pago del emisor
a) Gubernamentales:
Estos instrumentos tienen la garantía del Gobierno Federal.
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b) Bancarios:
Instrumentos emitidos y con garantía del patrimonio mismo de las entidades
financieras como Bancos, Casas de Bolsa, Arrendadoras Financieras,
Empresas de Factoraje y Almacenes Generales de Depósito.
c) Comerciales o privados:
Estos valores cuentan con el respaldo del patrimonio de la empresa si son
quirografarios o con garantía específica.
DIVISIONES DEL MERCADO DE DINERO
Mercado Primario:
Lo constituyen las colocaciones nuevas. El título es negociado directamente del
emisor al inversionista, resultando un movimiento de efectivo para el primero
para cubrir una necesidad de financiamiento.
Mercado Secundario:
Es el mercado en el cual se ofertan y demandan títulos o valores que ya han
sido emitidos, y cuyo objetivo consiste en dar liquidez a sus tenedores
mediante la cesión de dichos títulos o valores al comprador.
Las ventajas que usted tiene al invertir en el mercado de dinero, pueden ser las
siguientes:
* El mercado de dinero ofrece atractivos intereses.
* Son flexibles en los plazos de inversión.
* Se trata de inversiones seguras y de bajo riesgo.
* Ofrecen alta liquidez.
* Se tiene acceso a un mercado de inversiones altamente sofisticado.
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El mercado de dinero es el complemento del mercado de capitales.
Transferencias de recursos en el corto plazo. Es interesante notar que
tratándose de acciones, si se trata de transferencias (compra-venta) en el
mercado secundario y la tenencia, tanto del vendedor como la contrapartida del
comprador fue (será) de corto plazo, la operación aludida caería dentro de los
terrenos del mercado de dinero. Sin embargo, en esencia, y por su naturaleza
las transferencias de acciones corresponden al mercado de capitales.
Historia de la Banca Nacional
La banca Nacional surgió como una respuesta a los gritos de auxilio que hacia
la economía, puesto que la crisis numeraria, la inestabilidad de las políticas
dictadas y la falta de un ente regulador estaban causando que el país se viera
en apuros al no poder tener una estructura definida que guiara la actividad
financiera del país. Un país no se puede desarrollar económicamente si no
existe una economía que desarrollar, y una economía no existe hasta que no
hay organismos que lo integren y regulen. Esta frase hace referencia a la
importancia que tiene las instituciones bancarias en una economía emergente
6
.
No se puede ignorar la importancia de la estructura Financiera en un país. He
aquí la principal razón de la relevancia del presente trabajo que relata la
historia de la Banca Hondureña desde sus primeros intentos de formación,
pasando por el establecimiento formal de su estructura Financiera, así como
los cambios que se dieron en su Desarrollo, los entes reguladores que
aparecieron para su supervisión y las nuevas instituciones de apoyo a los
pequeños empresarios que surgieron posteriormente.
Nacimiento del sistema Financiero en Honduras
Para 1832 José Antonio Márquez era el supremo Jefe de Estado del país, los
grandes problemas para ese entonces se resumían en el irrespeto de la ley de
la moneda pues se hacían emisiones sucesivas de monedas de baja ley, sin
embargo durante el gobierno de don Marco Aurelio Soto y Ramón Rosa se
emitió el decreto No. 46 del 2 de abril de 1879, conocida como la primera ley
monetaria de Honduras, esta ley rige la emisión del peso plata prácticamente
hasta 1931 cuando se emite por primera vez el lempira como moneda nacional.
Sin embargo, durante este periodo, 1879-1931, aunque institucionalmente se
respeta escrupulosamente la ley de la moneda, la emisión de la misma no es
satisfactoria por lo cual se padece durante el periodo de una escasez crónica
de moneda nacional hasta el punto que se hace necesario autorizar la
circulación de moneda de los Estados Unidos de América. Un avance
institucional importante en esta evolución lo constituye la emisión de papel
moneda, la cual comienza con la concesión otorgada a dos bancos privados
para emitir billetes, los cuales se fusionan en 1889 para constituir el banco de
Honduras, el cual junto a la concesión del Banco Atlántida en 1913 constituyen
los dos bancos privados que emiten papel moneda hasta la fundación del
Banco Central de Honduras en 1950.
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Sin embargo, durante este periodo, 1879-1931, aunque institucionalmente se
respeta escrupulosamente la ley de la moneda, la emisión de la misma no es
satisfactoria por lo cual se padece durante el periodo de una escasez crónica
de moneda nacional hasta el punto que se hace necesario autorizar la
circulación de moneda de los Estados Unidos de América. Un avance
institucional importante en esta evolución lo constituye la emisión de papel
moneda, la cual comienza con la concesión otorgada a dos bancos privados
para emitir billetes, los cuales se fusionan en 1889 para constituir el banco de
Honduras, el cual junto a la concesión del Banco Atlántida en 1913 constituyen
los dos bancos privados que emiten papel moneda hasta la fundación del
Banco Central de Honduras en 1950.
El banco comenzó sus actividades el 1 de julio de 1950 basado en ley nacional,
y su establecimiento permitió unificar por primera vez bajo la tutela del Estado
hondureño, los diversos medios de pago existentes en aquel momento, y
nacionalizó y centralizó la autoridad monetaria y de crédito de la nación. La ley
de creación del Banco fue promulgada el 3 de febrero del mismo año y entró en
vigor al cabo de 5 meses, con el fin de permitir a su propietario, el abogado
Roberto Ramírez, regularizar su reglamentación operativa y adaptarla a los
cambios. Si bien el lempira ya era de curso legal antes de la creación del
Banco, sólo a partir de entonces la divisa pasó a estar bajo la tutela y el control
estatales.
Actualmente, el Banco Central de Honduras está dirigido por el Licenciado
Marlon Tabora, cargo que ocupó en fecha veintiuno de diciembre de 2013.
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Funciones del Banco central:
Formular y dirigir la Política Monetaria, Crediticia y Cambiaria del país y
emitir la normativa correspondiente.
Emitir las monedas y billetes de curso legal en el territorio del país.
Habilitar los agentes cambiarios que podrán negociar divisas en el
territorio nacional.
Administrar las Reservas Monetarias Internacionales.
Determinar el tipo de cambio de la divisa en función de la oferta y
demanda.
Realizar operaciones de crédito para atender insuficiencias de liquidez
de las Instituciones del Sistema Financiero Nacional.
Realizar operaciones de Estabilización Monetaria.
Ejercer las funciones de banquero, agente fiscal y consejero económico-
financiero del Estado.
Elaborar y publicar las principales estadísticas macroeconómicas.
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LEY MONETARIA
Artículo 1.- La unidad monetaria de Honduras es el Lempira, cuyo símbolo es
L. El Lempira se divide en cien partes denominadas centavos.
Artículo 2.- Mientras no se cambie su valor en la forma prevista en la Ley del
Banco Central de Honduras, el Lempira será igual a 0.444335 gramos de oro
fino.
Artículo 3.- Las obligaciones de pagar en dinero, de cualquier clase o
Naturaleza que fuere que deban ser ejecutadas en Honduras, se liquidarán y
Cumplirán en Lempiras.
Artículo 4.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:
a) Los pagos que, como resultado de transacciones internacionales deban
Efectuarse desde Honduras al extranjero y desde el extranjero a
Honduras.
b) Las remuneraciones a favor de personas o entidades domiciliadas en el
Exterior por servicios prestados temporalmente en el país.
c) Las transacciones menores que efectúen los turistas y viajeros, las
Cuales estarán sujetas a las regulaciones que dictare el Directorio del
Banco Central de Honduras, a fin de evitar la circulación de monedas o
Billetes extranjeros en el territorio nacional.
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d) Las primas e indemnizaciones estipuladas en contratos de seguro,
Siempre que se ajusten a las regulaciones que sobre la materia dictare el 2
Directorio del Banco Central de Honduras, el cual podrá prohibir la
Celebración de determinadas clases de contratos cuando los considere
Inconvenientes para la situación cambiaria o para la economía del país.
e) Los depósitos en monedas extranjeras que se constituyan en las
Instituciones autorizadas por el Directorio del Banco Central para
Recibirlos, siempre que se trate de devolución a los depositantes
Originales.
f) Las obligaciones en favor de personas jurídicas de derecho o de interés
Público que, en virtud de disposiciones legales, deban ser pagadas en
Monedas o divisas extranjeras.
g) Los títulos de crédito que se emitieren, ya sea por el Estado, cumplidos
los requisitos establecidos por la ley, o bien por el Banco Central de
Honduras, previo acuerdo del Directorio, siempre que en uno u otro caso
así lo exigiere la política monetaria en beneficio de la economía nacional.
h) Las deudas contraídas y documentadas en moneda extranjera por medio
del Sistema Financiero autorizado y las Bolsas de valores. (Último inciso
reformado mediante el Decreto No.136-94, publicado en La Gaceta el 28
de octubre de 1994).
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REFORMA A LA LEY MONETARIA
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 342 de la Constitución
De la República, el Banco Central de Honduras, tiene a su cargo la formulación
y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado brindar seguridad jurídica a los
actos que se realicen dentro del territorio nacional y a aquellos que deban
producir efectos en el mismo.
La Emisión Monetaria está fundamentada y regulada por leyes y reglamentos,
los cuales constituyen el marco jurídico mediante el cual el Banco Central de
Honduras ejerce la función de ente emisor de billetes y monedas. La
Constitución de la República de Honduras en el Artículo 342, literalmente
contempla que: "La emisión monetaria es potestad exclusiva del Estado, que la
ejercerá por medio del Banco Central de Honduras".
Asimismo, en La Ley del Banco Central de Honduras, Artículo 26 y La Ley
Monetaria en su Artículo 5°, manifiestan que: "El Banco Central de Honduras
será el único emisor de monedas y billetes de curso legal en el territorio del
país y para ello se regirá por esta ley y por los reglamentos que sobre la
materia dicte el Directorio y que apruebe el Poder Ejecutivo."
Por otra parte los Artículos 1 y 3 de la Ley Monetaria establecen al Lempira
como unidad monetaria y que las obligaciones de pagar en dinero se liquidarán
y ejecutarán en Lempiras.
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Los billetes y monedas emitidos por el Banco Central de Honduras tendrán
fuerza legal y poder liberatorio ilimitado en el territorio de la República. Las
personas o entidades que hagan circular objetos o documentos con el fin de
que sirvan como moneda convencional incurrirán en las penas que establece el
Código Penal para los casos de falsificación.
PRODUCTO INTERNO BRUTO
Esta variable da el producto interno bruto (PIB) o el valor de todos los bienes y
servicios finales producidos dentro de una nación en un año determinado. El
PIB al tipo de cambio de paridad del poder adquisitivo (PPA) de una nación es
la suma de valor de todos los bienes y servicios producidos en el país valuados
a los precios que prevalecen en los Estados Unidos. Esta es la medida que la
mayoría de los economistas prefieren emplear cuando estudian el bienestar per
cápita y cuando comparan las condiciones de vida o el uso de los recursos en
varios países. La medida es difícil de calcular, ya que un valor en dólares
americanos tiene que ser asignado a todos los bienes y servicios en el país,
independientemente de si estos bienes y servicios tienen un equivalente directo
en los Estados Unidos. Como resultado, estimaciones PPA para algunos
países se basan en una canasta pequeña de bienes y servicios. Además,
muchos países no participan formalmente en el proyecto PPA del Banco
Mundial que calcula estas medidas, por lo que el resultado de las estimaciones
del PIB de estos países puede carecer de precisión. Para muchos países en
desarrollo, las estimaciones del PIB basados en PPA son múltiples del PIB al
tipo de cambio oficial (PIB TCO).
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Fórmula para calcular el PIB.
La fórmulamás sencilla y común para el cálculo del PIB es la siguiente:
PIB = C + I + G + X – M
De donde:
C: es el valor total del consumo nacional.
I: es la formación bruta de capital también conocida como Inversión.
G: el gasto público.
X: es el valor total de las exportaciones.
M: el volumen o valor de las importaciones.
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Conclusiones
La ley Monetaria es de los elementos más importantes en nuestro país, ya que con ella podemos saber lo necesario acerca de todo lo que trata de economía y sus leyes.
El Producto Interno Bruto es necesario para la el cálculo de bienes y servicios, que son generados en el país.
Cada uno de los elementos tanto como Ley Monetaria y Producto Interno Bruto son tan importantes que muchas veces no prestamos atención al cambio que estos pueden generar en la economía de nuestro país.
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Bibliografía
http://www.gerencie.com/producto-interno-bruto.html
Banco Central de Honduras (BCH)
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