Iniciativa 116 constitucional

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA FACULTAR A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A CELEBRAR CONVENIOS EN EL MARCO DE ACTIVIDADES QUE TIENDAN AL DESARROLLO REGIONAL. El que suscribe, Abel Octavio Salgado Peña, Diputado Federal a la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que me confieren la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 6, Apartado 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración de esta Honorable Soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos Como es sabido, nuestro país se ha dividido en regiones económicas, con el objeto de que el Gobierno federal esté en condiciones de realizar una mejor planificación en el país e impulsar proyectos económicos, de acuerdo a las características de los estados de la República. Así las cosas, históricamente hay una división de 10 regiones, tomando criterios económicos, geográficos y sociales, principalmente. 1

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Acabo de presentar una iniciativa que tiene como objetivo proporcionar a los Gobernadores de los Estados, herramientas jurídicas que permitan implementar y establecer convenios de colaboración entre entidades federativas, que permitan la generación de condiciones económicas entre estados, para atraer inversión para aumentar la riqueza en las regiones del país.

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA FACULTAR A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A CELEBRAR CONVENIOS EN EL MARCO DE ACTIVIDADES QUE TIENDAN AL DESARROLLO REGIONAL.

El que suscribe, Abel Octavio Salgado Peña, Diputado Federal a la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que me confieren la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 6, Apartado 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración de esta Honorable Soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como es sabido, nuestro país se ha dividido en regiones económicas, con el objeto de que el Gobierno federal esté en condiciones de realizar una mejor planificación en el país e impulsar proyectos económicos, de acuerdo a las características de los estados de la República.

Así las cosas, históricamente hay una división de 10 regiones, tomando criterios económicos, geográficos y sociales, principalmente.

Por ejemplo, conocemos la región noroeste del país que está integrada por los Estados de Baja California, Baja California Sur, Sinaloa, Sonora, Chihuahua y Durango, en el que predominan las actividades agrícolas y ganaderas, para las entidades federativas continentales y marítimas y turísticas, para las peninsulares.

Para la zona occidente del país al que se incorporan los estados de Colima, Jalisco, Nayarit y Michoacán, es una región económica estratégica, por la presencia del puerto de Manzanillo, pero además, las distintas actividades económicas productivas que se asientan en estos estados, como agricultura, ganadería, de transformación, turísticas, entre otros.

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Otro ejemplo lo encontramos en la zona sur - sureste del país, integrada por los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán, en donde se desarrollan actividades agrícolas de gran trascendencia para el país, como la vainilla, cacao, café, ámbar y de importancia internacional por lo que conlleva el Plan Puebla - Panamá.

Estamos convencidos que sin menoscabo de lo contenido en el pacto federal, las Entidades Federativas pueden estar en posibilidades de aumentar la generación de condiciones, que impulsen el desarrollo de sus regiones en específico.

Ejemplo de lo anterior, la zona de los altos de Jalisco y la comarca lagunera, podrían detonar el corredor nacional de la leche para el país, beneficiando a las entidades federativas que lo atraviesan; entre la zona ganadera de Sonora hasta Nayarit, podrían detonar el corredor nacional de la carne del país.

La interrelación de zona de Aguascalientes, Guanajuato y Querétaro y la zona de Jalisco - Colima, podrían traer beneficios al sector de ensambladoras de automóviles, en un nuevo ejemplo.

El corredor entre Manzanillo – Altamira puede abrir esquemas de competitividad en el transporte multimodal que pudiera correr, del Pacífico al Golfo de México.

Otro más podría constituirse entre Veracruz y Chiapas, para generar un corredor o zona cafetalera de México.

Así como lo anterior, en todo México podrían desarrollarse zonas o corredores de gran importancia para detonar las economías locales o regionales, como impulsor de políticas públicas.

Estas zonas podrían desarrollarse, mediante la dotación de las normas jurídicas a los Estados, que permitan establecer vínculos jurídicos entre sí, con el objeto de darles existencia jurídica.

Para tal efecto, vemos necesario incorporar al texto constitucional en su artículos 116, a fin de dotar de atribuciones a las entidades para establecer convenios en el marco del desarrollo, ya sea regional, pero que impacte a lo nacional.

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Luego entonces, el propósito de esta iniciativa es proporcionar a los Gobernadores de los Estados, herramientas jurídicas que permitan implementar y establecer convenios de colaboración entre entidades federativas, que permitan la generación de condiciones económicas entre estados, para atraer inversión para aumentar la riqueza en las regiones del país.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto por la fracción III y el primer párrafo del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, Apartado 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ARTICULO ÚNICO.- Se adiciona un párrafo cuadragésimo tercero al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 116. ...

I. …;

II. …;

III. …;

IV. ….:

V. ...;

VI. ...; y

VII. ... .

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Los Estados podrán celebrar convenios de colaboración o participación, con el objeto de generar condiciones para el desarrollo regional.

Artículo Transitorio.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diez y seis días del mes de abril de dos mil trece.

Es cuanto,

Abel Octavio Salgado PeñaDiputado Federal por Jalisco

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