Iniciativas de Reformas Fiscales 2021
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CONTENIDO
1 Ley de Ingresos de la Federación
2 Código Fiscal de la Federación
3 Ley del Impuesto sobre la Renta
4 Ley del Impuesto al Valor Agregado
5 Ley Federal de Derechos
6 Temas Pendientes
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LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
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ESTIMULOS FISCALES
▪ Se prevé que todos los estímulos otorgados serán acumulables.
Para efectos del ISR, al momento en que efectivamente seacrediten.
▪ Finalidad de los estímulos fiscales.
Precedentes de la SCJN.
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CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
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NORMA GENERAL ANTI-ABUSO (GAAR)
▪ GAAR 2020 excluía consecuencias penales.
▪ GAAR 2021 Se propone modificar redacción para señalar que losefectos derivados de la re-caracterización “se limitarán a ladeterminación de contribuciones, accesorios y multas, sin perjuiciode las investigaciones y la responsabilidad penal que pudieraoriginarse con relación a la comisión de delitos fiscales.”
▪ Se precisó en el dictamen de la Cámara de Diputados (DCD) que lapropia aplicación de la GAAR no da origen a consecuencias penales.
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PROCEDIMIENTO DE CANCELACION Y RESTRICCIÓN DE SELLOS DIGITALES
▪ CSD inmediata a contribuyentes.
EFOS.
Listados por transmitir indebidamente pérdidasfiscales.
▪ Ampliación de plazo para resolución de solicitudes deCSD.
De 3 a 10 días.
▪ Limite de 40 días en la restricción sellos para presentaraclaración.
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DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR
▪ Causales para tener por no presentada una solicitud dedevolución.
o Contribuyentes no localizados.
▪ Ejercicio de facultades por cada solicitud o por todas yposibilidad emitir una sola resolución .
▪ Ampliación de plazo para notificar resolución.
o De 10 a 20 días.
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PLAZOS PARA CONSERVAR CONTABILIDAD
▪ Excepción para conservar información y documentación para implementar los acuerdosde procedimientos de resolución de controversia previstos en tratados.
✓ Todo tiempo subsista la sociedad.
▪ Actas de aumentos de capital.
✓ Estados de cuenta / numerario
✓ Avalúos / aumento en especie o por superávit por revaluación de bienes de activo fijo
▪ Aumentos por capitalización de reservas o de dividendos.
✓ Actas de asamblea
✓ Registros contables
▪ Aumentos por capitalización de pasivos.
✓ Actas de asamblea
✓ Certificación existencia de pasivo / reglas del SAT
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PLAZOS PARA CONSERVAR CONTABILIDAD
▪ Actas de disminución de capital social mediante reembolso a los socios.
✓ Estados de cuenta.
▪ Actas de disminución de capital social por liberación concedida a los socios,
✓ Actas de suscripción, de liberación y de cancelación de las acciones, según corresponda.
▪ Actas de fusión o escisión de sociedades.
✓ Estados de situación financiera.
✓ Estados de variaciones en el capital contable .
✓ Papeles de trabajo de la determinación de la CUFIN y CUCA del ejercicio inmediato anteriory posterior al acto.
▪ Constancias que emitan o reciban las personas morales de distribución de dividendos outilidades.
✓ Estados de cuenta.
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RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Límite de responsabilidad de las sociedades escindidas, no aplicable cuando:
▪ Por la transmisión surja en el capitalcontable un concepto o partida noregistrado o reconocido antes.
Responsabilidad solidaria a residentes en México o EPs
▪ Por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, cuando dichos residentes constituyan un establecimiento permanente en territorio nacional.
▪ Control definido conforme reglas Refipres.
Por el monto de las contribuciones que dichos actoshubieran causado.
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ACUERDOS CONCLUSIVOS
Límite temporal la solicitud - 20 días siguientes al:
• Levantamiento del acta final.
• Notificación del oficio de observaciones.
• Notificación de la resolución provisional.
Improcedencia del acuerdo conclusivo:
• Facultades de comprobación para verificar la procedencia de devoluciones de saldo a favor o pago de lo indebido.
• Ejercicio de facultades a través de compulsas a terceros.
• Actos derivados de la cumplimentación a resoluciones o sentencias.
• EFOS.
Acuerdos adoptados son indisputables en el ámbito internacional
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MULTAS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
▪ Se considera agravante para la imposición de multas el incumplimiento de lasobligaciones en materia de precios de transferencia.
▪ Eliminación de la reducción de las multas al 50% por lo que hace al incumplimientode las obligaciones en materia de precios de transferencia.
▪ No aplicación beneficios 70-A (condonación multas y reducción recargos).
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ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO
▪ Incluye a los terceros relacionados con los contribuyentes
Monto será la tercera parte✓ Del monto de las operaciones que el tercero realizó.
✓ Del monto que la autoridad pretenda comprobar.
▪ Modificación del orden de prelación de los bienes que pueden ser objeto deembargo,
✓ Depósitos bancarios en primer lugar
▪ Transitorio - Procedimientos de embargoprecautorio pendientes de resolución a laentrada en vigor del Decreto se sustanciarány resolverán conforme a las disposicionesvigentes al 31 de diciembre de 2020.
▪ DCD - se adiciona que elaseguramiento se ajustará aReglas de Carácter General.
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HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS
▪ Uso de herramientas tecnológicas para recabar imágenes o materialque sirva como constancia de los bienes que se encuentran en eldomicilio fiscal del contribuyente.
➢ Cámaras fotográficas➢ Cámaras de video➢ Grabadoras➢ Teléfonos celulares u otros
▪ Protección de las imágenes o material conforme al artículo 69 delCFF.
• DCD – asignación de los equipos por la autoridad fiscal y laobligación d contar con medidas d seguridad y encriptación .
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FACULTADES DE LOS VISITADORES Y SECRETO FISCAL
• DCD – se adicionó que los visitadores tendrán facultad para:❖ Valorar documentos e informes obtenidos por terceros en el desarrollo de la visita.
❖ Valorar documentos, libros o registros que presente el contribuyente para desvirtuar hechos u
omisiones mencionados en la última acta parcial
• DCD – Eliminó la propuesta para que no se considere una violación al secreto fiscal
el que el MP y la Policía soliciten información a contribuyentes para realizar una
investigación por supuestos delitos.
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NUEVAS ATRIBUCIONES (ART. 33 CFF)
▪ Asistencia gratuita para:
➢ Explicar las disposiciones, así como informar consecuencias deincumplimiento
➢ Civismo fiscal y cultura contributiva
➢ Oficinas para invitar a contribuyentes y orientarlos para la corrección desu situación
➢ Dar a conocer periódicamente por industria o sector
• Parámetros de utilidad
• Conceptos deducibles
• Tasas efectivas
• Márgenes de utilidad
➢ Envío de propuestas de pago prellenadas, comunicados para informarinconsistencias
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AVISOS ANTE EL RFC
▪ De socios o accionistas:
o Aclaración incluye a personastengan característicassimilares.
▪ Cancelación por liquidación, cese operaciones ofusión.➢ No sujetos a facultades.➢ No créditos fiscales.➢ No EFOS, ni listado de transmisión de pérdidas
ni en art 69 CFF.➢ Ingreso declarado o retenido manifestado en
declaraciones concuerde con CFDIs.
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LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
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MAQUILAS
• Se precisa cuando se requiere un APApara la operación de maquila.
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PERSONAS FISICAS CON INGRESOS ASIMILABLES A SALARIO
DCD – se adicionó una disposición para limitar la aplicación del régimen de asimilables a salarios cuando:
▪ PF perciba ingresos mayores a 75 millones▪ Honorarios por servicios prestados
preponderantemente a un prestatario.▪ Prestadores de servicios independientes.▪ Personas físicas con actividad empresarial.
Quienes se ubiquen en el supuesto deberántributar conforme al capítulo del Título de PersonasFísicas.
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PERSONAS FISICAS CON INGRESOS DE PLATAFORMAS DIGITALES
• DCD – Se propone homogeneizar las tasas de retención de la siguiente
forma:
• 2.8%- Servicios de transporte de pasajeros y de entrega de bienes.
• 5% - Servicios de hospedaje.
• 2.4%- Enajenación de bienes y prestación de servicios
• Se adiciona la sanción consistente en bloqueo de la red pública, en caso de
incumplimiento de obligaciones de retener y enterar el ISR durante tres meses
consecutivos.
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LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
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ENAJENACION DE BIENES MUEBLES
• Eliminación de la excepción para la enajenación de los bienes usados, respectode los servicios de intermediación digital
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SERVICIOS PRESTADOS POR PLATAFORMAS DIGITALES
▪ Retención del 100% del IVA
➢ Plataformas digitales de intermediación a residentes en elextranjero sin EP en el país.
▪ Plataformas digitales de intermediación exentas deproporcionar información sobre los residentes en el extranjeroque presten servicios a través de dichas plataformas.
▪ Obligación para las Plataformas de intermediación de emitir yenviar comprobante cuando sean solicitados.
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PLATAFORMAS DIGITALES
▪ Nuevamente se propone mecanismo de control bloqueo deacceso a Internet de sus servicios cuando:
o No se inscriban en el RFC.
o No designen un representante legal y un domicilio fiscal en México o notramiten su firma electrónica avanzada. Dicho bloqueo se efectuaríamediante los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones enMéxico hasta el momento en que cumplan con sus obligaciones.
o Residentes en el extranjero inscritos, cuando omitan enterar el IVA,propio o derivado de retenciones, no presenten declaracionesinformativas mensuales.
▪ Bloqueo mediante concesionarios de redes públicas detelecomunicaciones en México hasta el momento en quecumplan con sus obligaciones.
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LEY FEDERAL DE DERECHOS
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DERECHOS MINEROS
▪ En materia de derecho especial sobre minería se prevén las modificaciones siguientes:
➢ Establecer que las personas que enajenen minerales serán sujetos del derecho especial sobre minería aun
cuando no sean titulares de una concesión o asignación.
• Derogar el acreditamiento del derecho sobre minería contra el derecho especial sobre minería. Se estableció
un régimen transitorio conforme al cual en 2021 se podrá acreditar el 50% de los pagos por concepto del
derecho sobre minería.
➢ Precisar que el valor de los títulos de concesiones mineras no es un gasto deducible para efectos de este
derecho.
▪ En materia de derecho extraordinario sobre minería se prevén las modificacionessiguientes:
➢ Establecer que las personas que enajenen minerales serán sujetos del derecho extraordinario sobre minería
aun cuando no sean titulares de una concesión o asignación.
➢ Considerar ingresos acumulables en vez de ingresos obtenidos para el cálculo del derecho extraordinario
sobre minería.
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DERECHOS POR EL USO DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
• El ejecutivo Federal propuso incrementos del 48% en dos de las bandas móviles (800 y 850
Mhz), mantuvo sin cambios (más allá de la inflación) tres de las bandas (AWS, PCS y 2.5. Ghz) y
propuso derechos por bandas que actualmente no están previstas en la Ley Federal de
Derechos (600 Mhz, Banda L y 3.3. a 3.6. GHz) que son las propicias para el despliegue de la
red 5G.
• Cabe mencionar que las cuotas propuestas para las bandas relacionadas con la red 5g son
186% superiores a las propuestas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
• La Cámara de Diputados aprobó, en términos generales, los referidos aumentos y solamente
redujo los derechos correspondientes a las frecuencias 814MHz a 824MHz, de 824MHz a
849MHz, de 859MHZ a 869MHZ y de 869MHz a 894MHz.
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TEMAS PENDIENTES
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Temas Pendientes
• 4-A Entidades transparentes
• Definición de criterios antes de entrada en vigor
• Limitante deducción intereses
➢ Diferimiento o reglas
• Esquemas reportables
➢ Reglas
• Pagos a Refipres
➢ Reglas y aclaraciones
• Estímulo región fronteriza
➢ Continúa o no
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FIN DE LA PRESENTACION