Instrucciones Para Apertura de Expediente

download Instrucciones Para Apertura de Expediente

of 5

Transcript of Instrucciones Para Apertura de Expediente

  • 7/25/2019 Instrucciones Para Apertura de Expediente

    1/5

    CORTE SUPREMA

    INSTRUCCIONES RELATIVAS A JURAMENTO DE ABOGADOS

    HORARIO DE ATENCION Y DIRECCION.

    Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hrs.Apertura de expediente con convalidaciones de 08:00 a 13:00 hrs.Testigos de 08:00 a 13:00 hrs, tanto de Santiago como fuera de la Regin Metropolitana.Direccin Oficina de Ttulos: Bandera n 344, subterrneo, Santiago.

    I-. ANTECEDENTES EXIGIDOS PARA ABRIR EXPEDIENTE:

    IA-. **CHILENOS

    Documentos:

    1 fotografa tamao carnet con nombre completo y rut.Para acreditar nacionalidad:2.1. Certificado de nacimiento actualizado con 30 das y en original, emitido por el Registro Civilde Identificacin (tambin sirve de internet). No debe ser para fines especiales (ej. de finesespeciales: asignacin familiar, matrcula, etc.).2.2. En el caso que el postulante sea nacionalizado va decreto, no debe acompaar certificado denacimiento sino el Decreto del Ministerio del Interior que concede la nacionalidad chilena, ademsla carta original que remite la copia del decreto.En el caso que el postulante hubiera realizado cambio de nombre, deber acompaar copiaautorizada, por el tribunal respectivo, de la sentencia y de su ejecutoria (no legalizada por notario),siempre y cuando en alguno de los documentos presentados se refleje el nombre antiguo.

    Certificado de licenciado o de grado, con nombre completo, rut y en original. Esto sin perjuicio deloficio que se enva en forma interna para validar la informacin del certificado entregado por elpostulante.Certificado de conducta u honorabilidad emitido por la Universidad, con nombre completo, rut y enoriginal.Respecto de la prctica:6.1. Certificado de prctica profesional aprobada por la Central de la Corporacin de AsistenciaJudicial (no por el consultorio), en original. Esto sin perjuicio del oficio que se enva en formainterna para validar la informacin del certificado entregado por el postulante.6.2. Si es funcionario judicial, copia de la resolucin u oficio que concede el beneficio, no puedeabrir expediente mientras dicho beneficio no haya sido otorgado por el Pleno de esta Corte.Concentracin de notas en original de la Universidad de la cual es licenciado(a).

    Respecto de las convalidaciones: Si ha convalidado, homologado, revalidado, etc. aunque sea unramo, y aunque sea un ramo que no diga relacin con la carrera de derecho (ej. natacin), debe traeradems:i. la concentracin de notas de todas las Universidades donde haya estudiado derecho, otra carrera,seminarios, etc. (ej. bachillerato, diplomado, contabilidad, tcnico jurdico, etc.) que ha servido parala convalidacin, homologacin, revalidacin, conocimientos relevantes, etc. Las concentracionesde notas deben venir en documentos separados (ej. concentracin de notas de bachillerato, dondequede especificado y otra concentracin de notas para la carrera de derecho). Todas en original. Sila Universidad cerr, la concentracin debe solicitarla en el Ministerio de Educacin.

  • 7/25/2019 Instrucciones Para Apertura de Expediente

    2/5

    Si fue estudiante de intercambio, deber acompaar certificado en original o una copia autorizada(por la U. chilena de su licenciatura) donde consten las calificaciones obtenidas en la U. extranjera,y tambin deber venir reflejado el nombre del postulante.Acta, certificado, resolucin, memorndum, etc. donde conste la aprobacin de la convalidacin,homologacin, revalidacin, examen de conocimiento relevante, etc. es decir, la aprobacin, enoriginal o bien copia autorizada por la Universidad (no por notario). Generalmente le entregarn un

    paralelo de las convalidaciones.iii. Reglamento de convalidacin, homologacin, etc. o copia autorizada de ste por la Universidad(no por notario).Si la homologacin, revalidacin o convalidacin se debe a un cambio de malla o reincorporacin ala Universidad, el postulante debe acompaar una constancia, certificado, memorandum, etc. queexplique tal situacin.

    IB-. **EXTRANJEROS (que cursaron la totalidad de sus estudios de derecho en Chile)

    1 fotografa tamao carnet con nombre completo y rut.Certificado de licenciado o de grado, con nombre completo y en original.

    Certificado de conducta u honorabilidad emitido por la Universidad, con nombre completo, rut y enoriginal.Copia simple de la cdula de identidad por ambos lados.Copia del certificado de Permanencia Definitiva emitido por el Departamento de Extranjera yMigracin del Ministerio del Interior.Certificado que acredite que el postulante ha cursado la totalidad de sus estudios en dichaUniversidad.Prctica profesional aprobada por la Central de la Corporacin de Asistencia Judicial (no por elconsultorio), en original.Si es funcionario judicial, copia de la resolucin u oficio que concede el beneficio.Concentracin de notas en original.Cumplir con el punto IA 8), en su caso.

    Luego de la apertura, el o la funcionaria le indicar el da y hora en que debe exhibir su pasaportevigente.* Los extranjeros o chilenos que cursaron sus estudios de derecho en el extranjero, deben dirigirse ala Oficina de Pleno (2 piso, Corte Suprema)

    II.- **TANTO PARA CHILENOS COMO EXTRANJEROS

    a) Apertura por un tercero:- En el evento, que el postulante no pueda comparecer personalmente a realizar los trmites deapertura de expediente, deber hacerlo mediante mandato notarial simple, el que no tiene formatoestablecido, slo se aconseja el siguiente tenor: se le faculta realizar la apertura de expediente de

    titulacin de abogado(a), ante la Excma. Corte Suprema, como asimismo realizar todas las gestionestendientes a la obtencin del ttulo.Adems se sugiere agregar los correos electrnicos tanto del mandante como del mandatario.- Copia de la cdula de identidad, por ambos lados, del mandatario y del mandante.- El mandatario deber tener claridad en todos los datos personales del postulante: nombre,direccin, telfono, etc. y sobre todo del correo electrnico del postulante.La funcin del mandatario ser entregar la documentacin requerida, llenar a mano el escrito deapertura de expediente, y mantener siempre informado al postulante.

  • 7/25/2019 Instrucciones Para Apertura de Expediente

    3/5

    - Se hace presente que la Oficina de Ttulos tomar contacto directamente con el mandatario y steser el responsable de transmitir la informacin al postulante.b) Al momento de abrir expediente (con o sin mandatario):- Se pedir al momento de la apertura la exhibicin de cdula de identidad, la que debe estar vigentey en buen estado, de lo contrario se puede presentar la copia de la tramitacin de sta ante elServicio de Registro Civil.

    - Atendido que la documentacin que se requiere para abrir expediente debe ser toda en original, serecomienda a los Licenciados(as) sacar previamente fotocopia autorizada de los documentos. Losdocumentos que se dejan en el expediente no se devuelven (ni siquiera para postular a la AcademiaJudicial).** No se abrir expediente si falta alguno de estos requisitos o documentos mencionados, si elnombre o rut se encuentran mal escritos, o bien si el formato acompaado no corresponde alregistrado por la Universidad en la Corte.

    III-. DEL EXTRACTO DE FILIACIN Y LOS TESTIGOS.-

    IIIA.- Certificado de extracto de filiacin y antecedentes:

    La Oficina de Ttulo se encuentra en lnea con el Servicio de Registro Civil, por lo tanto este trmitese realiza en forma interna.

    IIIB.- De los testigos:

    Informacin general:Se requieren 2 testigos de conducta, los que declaran en forma conjunta de 08:00 a 13:00 hrs.Les ser solicitada al momento de su declaracin su cdula de identidad vigente y en buen estado.No se puede presentar pasaporte.No es necesaria tenida formal, pero no los dejarn ingresar al Palacio de Tribunales con pantalncorto, ni falda corta.Siempre se debe dejar copia de la cdula de identidad del postulante.

    Inhabilidades: no pueden declarar como testigos los menores de 18 aos, parientes del postulante yasea por afinidad o consanguinidad hasta el 4 grado inclusive, funcionarios judiciales, personas quehayan venido a declarar ms de dos veces en un ao calendario, ni el mandatario(a) del postulante.Para determinar si el tiempo que el testigo conoce al postulante es suficiente para declarar sobre suconducta, ser evaluado por esta Oficina, atendida las circunstancias que emanen de la declaracin,pero nunca puede ser un plazo inferior a un ao.Por lo que eventualmente puede ser rechazada la declaracin de un testigo, a pesar de conocersems de un ao.

    Postulantes con domicilio en la Regin Metropolitana:

    Al momento de efectuarse la apertura del expediente, se le indicar al postulante desde que dapuede traer a sus testigos de conducta, los que no ser necesario anunciar en forma previa, slorespetando el da y horario que le indique el o la funcionaria, inhabilidades, y traerlos en formaconjunta. Los testigos no se presentan el da de la apertura de expediente.

  • 7/25/2019 Instrucciones Para Apertura de Expediente

    4/5

    Postulante con domicilio fuera de la Regin Metropolitana:

    Existen dos alternativas:

    i.- La declaracin de los testigos puede ser recibida al momento de la apertura de expediente,siempre y cuando el postulante acredite copulativamente:

    - que tiene domicilio fuera de la regin Metropolitana; mediante certificado de residencia(extendido por notario o junta de vecinos) o alguna cuenta de fecha reciente que debe reflejar elnombre y domicilio del postulante (no de un tercero), y- adems, a lo menos, uno de los testigos debe tener tambin domicilio fuera de la reginMetropolitana, de lo contrario se deben presentar en la oportunidad que se presentan los testigos delos postulantes de Santiago.No se aceptarn como comprobante de domicilio: la cdula de identidad, licencia de conducir, nicontrato de arriendo.

    ii.- Puede traer la declaracin, de ambos testigos, ante notario, segn formato que se encuentrapublicado en el portal del Poder Judicial al final de Instruccin Juramento de Abogados. (Portaldel Poder Judicial link Abogad@).

    En este caso no se requiere certificado de residencia, slo se exige que la notara est ubicada fuerade la Regin Metropolitana.No se puede dividir la declaracin ya sea ante notario o en la Oficina.Igualmente el postulante debe acompaar fotocopia simple por ambos lados de su cdula deidentidad y la cdula de identidad de sus testigos.La declaracin no podr tener una antigedad superior a 15 das corridos al momento de la aperturadel expediente.Sin perjuicio de lo anterior, la Oficina de Ttulos puede rechazar las declaraciones si considera quese cometi algn error o bien no se cumpli algn requisito o formalidad. Atendido que los testigosno podrn ser interrogados, con este tipo de declaracin se es extremadamente estricto en todas lasformalidades.Nota: que el postulante de fuera de la Regin Metropolitana pueda traer sus testigos el mismo da de

    la apertura no es un beneficio para adelantar su ingreso a los listados de juramento, se trata debrindar slo la tranquilidad de efectuar esos trmites el mismo da, de modo tal que no significapreferencia.

    IV-.INFORMACIONES GENERALES

    Las fechas de los juramentos no estn predeterminadas, la Oficina de ttulos se entera semana asemana si habr o no juramento la semana siguiente.La fecha de juramento se fija con 7 das de antelacin, ms o menos, siendo casi siempre un daViernes. La oficina de Ttulos se encarga de avisar a los postulantes que les corresponde jurar, porcorreo electrnico, por lo que se ruega dejarlo claramente escrito.

    Toda comunicacin con el postulante se realizar por correo electrnico, ya sea por reparos,solicitud de documentos, etc.Es de responsabilidad del postulante avisar con la debida anticipacin, va correo electrnico, encaso que se ausentare del pas o no pudiere asistir en determinadas fechas, de lo contrario, alpostulante se le ubicar en el ltimo listado de juramento. Asimismo si da aviso de inasistencia almomento de recibir la notificacin de juramento, ser ubicado en el ltimo listado.Se hace presente que desde que el postulante abre expediente de titulacin debe estar a disposicinde la Corte para ser llamado en cualquier momento, independiente de toda estimacin de juramento

  • 7/25/2019 Instrucciones Para Apertura de Expediente

    5/5

    que se le haya entregado, o que el postulante haya calculado, siendo la nica fecha cierta y vlida larecibida por correo electrnico y que indica Notificacin de juramento.Se entregarn 2 invitaciones por postulanteEl pasaporte no sirve para ninguna instancia de tramitacin en la Oficina de Ttulos, ni tampocopara el da del juramento.

    TODA CONSULTA Y SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTE ES A TRAVES DE CORREOELECTRONICO a don Sergio Seplveda Vallejos: [email protected], CON INDICACINDE NOMBRE COMPLETO Y RUT. NO SE CONTESTARAN CONSULTASTELEFONICAS.

    ltima modificacin del documento: 19 Marzo 2015

    El presente instructivo lo puede encontrar en el Portal del Poder Judicial (www.pjud.cl) linkAbogad@ Instruccin Juramento de Abogados (mano derecha de la pantalla). Tambin alfinal del instructivo encontrar el formato de declaracin de testigos.

    DECLARACION JURADA DE TESTIGOS

    En XX, a XX de XX de XXXX, comparecen don(a) XXXXX, domiciliado(a) en XXXX, comuna deXXXX, XXX regin, y don(a) XXXX, domiciliado(a) en XXXXX, comuna de XXXX, XXX, regin,ambos mayores de edad, quienes juramentados exponen:Que don(a) XXXXX conoce desde hace XX ao(s), y don(a) XXX conoce desde hace XX ao(s),a don(a) (nombre del postulante), cdula de identidad n XXX, por tal motivo les consta que sudomicilio es XXX, comuna de XXXX, XXXX regin, y que don(a) (nombre del postulante) haobservado, hasta la fecha, una buena conducta o comportamiento social.

    Adems agregan que no son funcionarios judiciales, no han declarado en ms de dosoportunidades como testigos de conducta de algn postulante al ttulo de abogado(a) y que notienen parentesco con don(a) (nombre del postulante) ni por afinidad ni por consanguinidadhasta el cuarto grado inclusive.

    Ratifican y firman esta declaracin, previa exhibicin de sus cdulas de identidad.

    C.I. C.I.

    Nota: No debe ser llenado a mano.

    Debe transcribirse.