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  • 7/29/2019 intervencin en la Corte Penal Internacional

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    ACTIVIDAD 9 ALBA MONEDERO

    INTERVENCIN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

    1. Articulacin de Tratados Internacionales de Derechos Humanos

    La ratificacin de Estatutos Internacionales sobre Derechos Humanos se remonta a finales dela Segunda Guerra Mundial con l afirma de tratados por parte de la mayora de Estados en elmundo, en los que stos se configuraban como garantes fundamentales de la seguridadnecesaria para el respeto de derechos democrticos individuales. El desarrollo del DerechoInternacional Humanitario fue aplicado ms adelante en aras de proteger los derechoshumanos en situaciones de conflicto armado, bajo la excepcin resumida en el Artculo 4 delPacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos, por la cual los Estados quedan eximidosde garantizar la proteccin de derechos "en situaciones excepcionales que pongan en peligrola vida de la nacin". La aplicacin simultnea de los dos tratados durante los conflictosarmados pretende garantizar la aplicacin de derechos tanto en la relacin con el enemigocomo en la proteccin de no combatientes. La confluencia de ambos en el Artculo 3, por lacual la preocupacin por la salvaguardad e los derechos humanos fundamentales debeaplicarse a cualquier tipo de situacin armada, regula la relacin del Estado con susciudadanos.

    "...por Derecho Internacional Humanitario aplicable en los conflictosarmados, se entiende las normas internacionales, de origenconvencional o consuetudinario, especialmente destinadas asolucionar los problemas de ndole humanitaria que se derivandirectamente de los conflictos armados, internacionales o no, ylimitan, por razones humanitarias, el derecho de las partes enconflicto a utilizar los mtodos y medios de hacer la guerra de sueleccin o protegen a las personas y los bienes afectados o que

    pueden verse afectados por el conflicto."1

    La aceptacin del DIH dentro de la Constitucin de cada Estado establece el sometimiento asus reglas tanto en guerra exterior como en estado de conmocin nterior, incluso cuando seha declarado el estado de excepcin en el pas. Las normas del derecho internacional seaplican a todos los conflictos armados, respetndose en todas circunstancias y con respectoa todas las personas bajo la jurisdiccin del Gobierno parte. Estas normas prohben cualquiertrato discriminatorio de las vctimas de la guerra basado en el concepto de "guerra justa".

    La controversia sin embargo se alza en la consideracin del conflicto como internacional ointerno. Ho yen da, la mayora de los conflictos armados se dan dentro de las fronteras deun mismo pas, en los que es comn el apoyo de las fuerzas armadas de otro Estado a favordel Gobierno o de los insurgentes. Dentro de las normas internacionales de regulacin dederechos humanos que rigen los conflictos internos, el obstculo principal se articula en elprincipio de soberana del Estado, por el cual el Artculo 3 intenta regular las disposicioneshumanas que deben ser observadas por las partes. En cualquier caso, la definicin de

    conflicto armado interno debe contemplar que las dos partes acepten y apliquen laregulacin de los Convenios intenacionales en la actividad militar. La aplicacin y el controlde dichas normas recaen en manos del Estado, que asume la responsabilidad de lasviolaciones de derechos cometidas dentro de sus fronteras a travs del establecimiento de unaparato jurdico independiente para perseguir y condenara los responsables.

    2. Constitucin de la Corte Penal Internacional

    La constitucin de un tribunal penal internacional se estableci el 17 de julio de 1998durante la conferencia Diplomtica en Roma de Naciones Unidas. Por primera vez, una corteinternacional permanente (CPI) tiene jurisdiccin sobre crmenes cometidos tanto enconflictos internacionales como internos, aunque ello no afecte a la obligacin de cada Estadosignatario del procesamiento de criminales de guerra en tribunales nacionales.

    1Lo que usted desea saber sobre Derecho Internacional Humanitario

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    Al adherirse a los Convenios de Ginebra, los Estados se han comprometido no slo harespetar dichos Convenios, sino a hacerlos respetar en toda circunstancia:

    "Cada uno de los miembros de la comunidad internacional se hacomprometido a velar por que estos tratados se respeten de formauniversal y a utilizar sus propios medios para ello: las presionesdiplomticas, las presiones en el marco de las organizacionesinternacionales, incluidas las presiones econmicas, siempre que serespeten las disposiciones que prevn derogaciones en favor de losgrupos ms vulnerables. Lo que las vctimas y las organizacioneshumanitarias esperan de los Gobiernos no es que stos sustituyan alos organismos humanitarios emprendiendo sus propias acciones desocorro, sino que velen por el respeto de las normas a las cualeshan suscrito. Corresponde a los Estados hacer todo lo posible porque los tratados a los que se han adherido sean respetadosuniversalmente y, de esta forma, puedan hacer una contribucin decisiva a la proteccin de las vctimas de la guerra."2

    La firma de los Tratados por el conjunto de Estados implica que stos deben velar para quelas partes contendientes en un conflicto interno respeten el derecho internacional

    humanitario pactado. El problema reside en que la garanta de proteccin de derechos no seaplica durante los procedimientos militares, sino como amenaza a posteriori en elprocesamiento legal por crmenes cometidos durante la accin armada. La demandas epresenta despus ante los organismos supranacionales por particulares o Estados. No entradentro de sus disposiciones la afirmacin del derecho o la reparacin de danos, sino laconveniencia de los infractores a modificar sus conductas para evitar nuevas violaciones.El Protocolo Adiciona lII complementa el Artculo 3 en los conflictos armados que sedesarrollan dentro de la jurisdiccin de un solo Estado Parte de los Protocolos de Roma.Hace constar que la poblacin civil no ser objeto de ataque ni podr ser utilizada comoparte utilizando el terror para la accin armada. Slo estn permitidas formas dedesplazamiento si lo exige la seguridad de las personas o por razones militares imperiosas.La aplicacin del Protocolo II no disminuye, sino que al contrario, refuerza la garanta delEstado en su atribucin de conservare n su territorio el orden pblico, restablecerlo cuandosea alterado, investigar los hechos punibles, acusar a los infractores y aplicar sancionespenales a los responsables:

    Slo puede pronunciar condenas un tribunal que ofrezca lasgarantas esenciales de independencia e imparcialidad: detalladainformacin sin demora al acusado sobre la infraccin que se leatribuye, exclusin de la responsabilidad colectiva y de toda condena

    por un acto u omisin que no fueran delictivos en el momento decometerse, presuncin de inocencia, juicio estando presente elacusado, ausencia de presin para obtener que el acusado seconfiese culpable, informacin acerca de sus derechos a interponerrecurso judicial. No se dictar la pena de muerte contra personasmenores de 18 aos, contra las mujeres encintas ni las madres de

    nios de corta edad.

    La intervencin de la Corte Penal Internacional slo se aplica en casos de genocidio,crmenes contra la humanidad y crmenes de guerra. La jurisdiccin de la CPI escomplementaria a las cortes nacionales, y solo acta en los casos en que stas seanincapaces o no puedan llevar a cabo correctamente la investigacin y procesamiento. Seconsidera a un Gobierno "incapaz" de procesar dichos crmenes cuando su sistema legal seha colapsado de acuerdo a los principios de transparencia e independencia que rigen lajusticia. La injerencia se considerara en el caso en que ya se hayan llevado a cabo lasdisposiciones jurdicas establecidas internacionalmente para el procesamiento de criminalesdentro de las fronteras nacionales, y la Corte Penal Internacional decidiera volver aintervenir en un proceso considerado jurdicamente correcto.

    Espaa es uno de los 200 pases que han ratificado el Estatuto de Roma, lo que le ofrece la

    garanta legal internacional de que en caso de conflicto armado puedan ser enjuiciados los2Lo que usted desea saber sobre Derecho Internacional Humanitario

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    responsables de genocidio, crmenes de lesa humanidad o de guerra. Por otro lado, le obligaa acatar las leyes internacionales de regulacin de Derechos Humanos y DerechoInternacional Humanitario, as como a apoyar econmicamente y judicialmente a la CortePenal Internacional, en caso de que as sea requerido. En general los asuntos en los quepuede estar implicado un Estado en los procesos llevados por la CPI son aquellos en los quesea determinante su ayuda para otorgar las pruebas necesarias o la informacin pertinentepara la investigacin judicial.