Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro...

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1 Investigación del estado actual de la tenencia de las tierras de las comunidades indígenas y afro descendientes en el norte de Esmeraldas CAPITULO CONTENIDO No PAGINA RESUMEN EJECUTIVO 4 CAPITULO 1 INTRODUCCIÓN 7 1.1 Antecedentes 7 1.2 Objetivos de la investigación 9 1.3 Metodología de la investigación 10 CAPITULO 2 EL NORTE DE ESMERALDAS 12 2.1 Los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo: el contexto 12 2.2 La población indígena y afro esmeraldeña en el norte de Esmeraldas 15 2.2.1 La nacionalidad Chachi 15 2.2.2 La nacionalidad Eperaara Sepidaara 16 2.2.3 La nacionalidad Awá 19 2.2.4 El pueblo afro esmeraldeño 21 CAPITULO 3 EL PROCESO DE TITULACIÓN DE LAS TIERRAS EN EL NORTE DE ESMERALDAS 25 3.1La coyuntura para la titulación de las tierras 25 3.2 Mecanismos utilizados en la titulación de las tierras 29 3.2.1 la firma de convenios del INDA con instituciones de desarrollo de la zona 29 3.3 La tenencia y legalización de la tierra en las nacionalidades indígenas y el pueblo afro esmeraldeño en el norte de Esmeraldas 31 3.3.1 La nacionalidad Chachi 31 3.3.2 La nacionalidad Eperaara Sepidaara 34 3.3.3 La nacionalidad Awá 37 3.3.4 El pueblo afro esmeraldeño del norte de Esmeraldas 39 CAPITULO 4 EL DESPOJO DE LAS TIERRAS ANCESTRALES EN EL NORTE DE ESMERALDAS 44 4.1 Mecanismos de expropiación y despojo de 44

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1

Investigación del estado actual de la tenencia de las tierras de las

comunidades indígenas y afro descendientes en el norte de

Esmeraldas

CAPITULO CONTENIDO No PAGINA

RESUMEN EJECUTIVO 4

CAPITULO 1 INTRODUCCIÓN 7

1.1 Antecedentes 7

1.2 Objetivos de la investigación 9

1.3 Metodología de la investigación 10

CAPITULO 2 EL NORTE DE ESMERALDAS 12

2.1 Los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo: el

contexto

12

2.2 La población indígena y afro esmeraldeña en

el norte de Esmeraldas

15

2.2.1 La nacionalidad Chachi 15

2.2.2 La nacionalidad Eperaara Sepidaara 16

2.2.3 La nacionalidad Awá 19

2.2.4 El pueblo afro esmeraldeño 21

CAPITULO 3 EL PROCESO DE TITULACIÓN DE LAS

TIERRAS EN EL NORTE DE

ESMERALDAS

25

3.1La coyuntura para la titulación de las tierras 25

3.2 Mecanismos utilizados en la titulación de las

tierras

29

3.2.1 la firma de convenios del INDA con

instituciones de desarrollo de la zona

29

3.3 La tenencia y legalización de la tierra en las

nacionalidades indígenas y el pueblo afro

esmeraldeño en el norte de Esmeraldas

31

3.3.1 La nacionalidad Chachi 31

3.3.2 La nacionalidad Eperaara Sepidaara 34

3.3.3 La nacionalidad Awá 37

3.3.4 El pueblo afro esmeraldeño del norte de

Esmeraldas

39

CAPITULO 4 EL DESPOJO DE LAS TIERRAS

ANCESTRALES EN EL NORTE DE

ESMERALDAS

44

4.1 Mecanismos de expropiación y despojo de 44

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2

las tierras de las comunidades

4.2 Compra directa 44

4.3 Compra indirecta 44

4.4 Presiones para la venta de las tierras 46

4.5 Amenazas e invasiones 51

4.6 Impactos de la venta de la tierra en las

comunidades indígenas y afro esmeraldeñas del

norte de Esmeraldas

56

4.7 Impactos de género 56

4.8 Impactos causados por la presencia de la

minería ilegal

58

CAPITULO 5 ANALISIS JURÍDICO DE LA VENTA DE

LAS TIERRAS

60

CAPITULO 6 CONCLUSIONES Y

RECOMENDACIONDES

64

6.1 Conclusiones 64

6.2 Recomendaciones 65

BIBLIOGRAFÍA 68

ANEXOS 70

INDICE DE CUADROS

No. NOMBRE DEL CUADRO No.

PÁGINA

1 Población de los cantones Eloy Alfaro y San

Lorenzo

14

2 Comunidades Awá en el norte de Esmeraldas 21

3 Comunidades legalizadas en el primer convenio:

FEPP – INFA Proyecto SUBIR - INDA

30

4 Cantidad de tierras de los centros Chachi en el

norte de Esmeraldas

33

5 Comunidades afro esmeraldeñas con tierras

legalizadas en el cantón Eloy Alfaro

40

6 Comunidades afro esmeraldeñas con tierras

legalizadas en el cantón San Lorenzo

41

7 Cantidad y promedio de has por familia en las

nacionalidades indígenas y el pueblo afro

esmeraldeño

42

8 Matriz de sistematización de presiones a las

comunidades para la venta de sus tierras 2012

48

9 Cambios ocurridos en la cabida original de las

escrituras de las comunidades 2012 Eloy Alfaro

52

10 Cambios ocurridos en la cabida original de las

escrituras de las comunidades 2012 San Lorenzo

54

11 Parroquias afectadas por la contaminación de la 58

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3

minería ilegal

12 Población por nivel de impacto de la

contaminación por la minería ilegal

59

IINDICE DE IMÁGENES

No NOMBRE DE LA IMAGEN No.

PÁGINA

1 Mapa de ubicación de la nacionalidad Chachi 15

2 Asentamientos de la nacionalidad Eperaara

Sepidaara 1999

18

3 Asentamiento del actual territorio de la

nacionalidad Eperaara Sepidaara

19

4 Ordenamiento de las fincas en la nacionalidad

Eperaara Sepidaara

36

5 Mapa del territorio de la nacionalidad Awá 38

IINDICE DE GRAFICOS

No NOMBRE DEL GRAFICO No.

PÁGINA

1 Porcentaje de has de tierras por nacionalidad 43

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Resumen Ejecutivo

El presente estudio trata acerca de la situación de la tenencia de la tierra en las

comunidades indígenas y afro esmeraldeñas del norte de Esmeraldas. En él hemos

encontrado que las nacionalidades: Chachi. Eperaara Sepidaara, Awá y las

comunidades afro esmeraldeñas tienen en conjunto 249.221,78 has, de las cuales,

91.817,38 (37%) corresponden a la nacionalidad Chachi, 31.462,35(33%) a la

nacionalidad Awá, 347.01 a la nacionalidad Eperaara Sepidaara y 125. 295,04 (50%) a las

comunidades del pueblo afro esmeraldeño. Todas se encuentran legalizadas como de

posesión ancestral y no quedan tierras por legalizar a las nacionalidades y al pueblo afro

esmeraldeño. La legalización de las tierras como de posesión ancestral, no han impedido

que estás sean objeto de presión para su venta, invasión, etc. Las comunidades del

pueblo afro esmeraldeño han vendido 29.910,18, producto de amenazas a los

dirigentes, presiones de los comuneros a los cabildos. Configurando así la figura

del despojo. De estos actos es corresponsable el Estado, ya sea por acción u

omisión, ya que de acuerdo al marco jurídico nacional y los Convenios

internacionales, está obligado a proteger las tierras de las nacionalidades y

pueblos indígenas, del pueblo afro ecuatoriano y montubio. Todas las

transacciones de compra –venta carecen de validez jurídica, ya que violan los

numerales 4,5 y 11 del Artículo 57 de la Constitución de la República vigente, el

Artículo 36 de la Ley de Desarrollo Agrario y los Convenios Internacionales. Las

presiones a los territorios de las nacionalidades indígenas y del pueblo afro

esmeraldeño, es propio del tipo de economía de capitalismo extractivista que se

practica en la zona. Las conclusiones y recomendaciones de la investigación son

las siguientes.

Conclusiones

1.- En este momento las tierras legalizadas como de posesión ancestral para

comunidades indígenas y comunidades afro esmeraldeñas, es de 249.221,78 has,

de las cuales el 50% corresponde a las comunidades afro esmeraldeñas, 37% a la

nacionalidad Chachi y el 33% a la nacionalidad Awá del Ecuador.

2.- En la zona norte de Esmeraldas, no quedan tierras de posesión ancestral por

legalizar.

3.- La consecución del título de propiedad colectiva de los territorios de

comunidades afro esmeraldeñas, así como para las nacionalidades indígenas, no

ha garantizado de manera efectiva el derecho colectivo de estos territorios.

4.- No se debe considerar la cantidad de has promedio por familia en las

nacionalidades Chachi y Awá como desproporcionadas. Esa cantidad es coherente

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con el tipo de ecosistema que usan y con la economía que practican. Es la garantía

de que estos sistemas ecológicos subsistan.

5.- Las presiones que sufren las comunidades indígenas y afro esmeraldeñas es

propio del tipo de economía capitalista que impera en la zona.

6.- La venta de las tierras en las comunidades afro esmeraldeñas, ha significado la

disminución a menos de 20 has por familia en promedio (18.88), cantidad

insuficiente para proveer los recursos necesarios para el sustento de las

familias.

7.- Es urgente para la nacionalidad Eperaara Sepidaara encontrar nuevas tierras

que amplíen su espacio territorial, 4. 62 has por familia en promedio no permite

la reproducción material de las familias en condiciones adecuadas.

8.- Todas las tierras (territorio) de las nacionalidades indígenas y del pueblo afro

esmeraldeño se encuentra bajo presión de mineros, madereros, cultivos agro

industriales y son afectados por la presencia de la actividad minera ilegal.

9.- Las mujeres han sido particularmente afectadas por la venta de las tierras y por

la minería ilegal, han visto disminuir sus fuentes de alimentación y han perdido

las prácticas de trabajo tradicional, como la extracción del oro con batea. Además

esto les está afectando gravemente en su salud.

10.- Todas las compras, ventas, que se han realizado de las tierras ancestrales son

nulas, violan las normas jurídicas vigentes, especialmente los derechos colectivos

de las nacionalidades y pueblos indígenas, el pueblo afro ecuatoriano y montubio.

11.- Las instituciones del Estado no han sido diligentes en la protección de los

derechos colectivos de las nacionalidades indígenas y de las comunidades del

pueblo afro esmeraldeñas. Siendo por acción u omisión, co actores del despojo de

las tierras a las comunidades.

12.- En algunos casos, la venta de la tierra se origina en la falta de oportunidades

que las comunidades tienen para acceder a recursos económicos para las

actividades productivas.

13.- Aunque las personas manifiestan que no han sido presionados para vender la

tierra, esta existe.

Recomendaciones

1.- El Estado está obligado a garantizar el cumplimiento de los derechos

colectivos de las nacionalidades y pueblos indígenas, del pueblo afro ecuatoriano

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y montubio. La compra de las tierras violan estos derechos. En consecuencia, se

recomienda que El estado busque los recursos y mecanismos necesarios para

dejar sin efecto estas ventas y se restituya las tierras a las comunidades.

2.- Las autoridades del Estado deben investigar lo actuado por el Programa SI

Tierras en la Asociación la Chiquita, donde en tierras ya tituladas de posesión

ancestral, se procedió a entregar títulos individuales, facilitando así su venta.

3.- El Estado coherente con las normas nacionales, los instrumentos

internacionales, como el Convenio 169 de la OIT, debe implementar programas

de protección de los territorios y tierras ancestrales de las comunidades.

4.- Debido a que las tierras de posesión ancestral, no son sujetas de hipotecas,

garantías bancarias, etc. Se recomienda que el Estado diseñe e implemente

programas de desarrollo acorde con los marcos culturales de las comunidades a

fin de que les provea de crédito, semillas y asistencia técnica de tal manera que se

fomente un desarrollo endógeno.

5.- Se debe buscar la manera de que Comisarios, Registradores de la Propiedad,

conozcan el marco jurídico y se abstengan de notariar y registrar los actos de

compra venta de las tierras ancestrales.

6.- Es deseable que instituciones de DD HH, la Defensoría del Pueblo, capaciten

a dirigentes y comunidades sobre los derechos que les asiste y el marco jurídico

pertinente, para que puedan reclamar los derechos que les asiste sobre sus

territorios ancestrales.

7.- En este mismo sentido se recomienda que las instituciones del Estado, como

la Corte Constitucional y los otros órganos de justicia, atienda de manera pronta y

oportuna las demandas de las nacionalidades y el pueblo adro esmeraldeño. De

manera especial las demandas de la nacionalidad Eperaara Sepidaara, CRSC y la

comunidad de Wimbí.

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7

1

Introducción

1.1.-Antecedentes

La legalización de la tierra para comunidades del pueblo afro ecuatoriano,

nacionalidades y pueblos indígenas y el pueblo montubio, bajo la categoría de

territorios ancestrales, se produjo a partir del año 1994. Esto se produjo como

resultado de las luchas de estas organizaciones, que se levantaron en protesta a

la aprobación de la Ley de Desarrollo Agrario, que fue propuesta por la Cámara

de Agricultura de la Zona I, a la que pertenecen los grandes terratenientes de la

Sierra centro norte del Ecuador y que violentaban sus derechos. Entre otros, se

permitía el fraccionamiento y la venta de las tierras de las comunas indígenas y no

se consideraba la legalización de las tierras ancestrales de afro ecuatorianos y

montubios (ver el capítulo 3 de este estudio).

La aprobación de la Ley, supuso una fuerte amenaza para las comunidades

indígenas, que se movilizaron en toda la Sierra centro, en la Amazonía y en la

costa. Las movilizaciones duraron cerca de un mes. Lo que obligó al gobierno, al

Congreso Nacional, a las Cámaras de la producción, que con la mediación de la

Conferencia Episcopal Ecuatoriana, sentarse a negociar con las comunidades

indígenas, afro ecuatorianas y montubias los términos de la reforma de la Ley de

Desarrollo Agrario que había sido previamente aprobada.

En ese contexto, el Congreso Nacional, reformó la Ley de Desarrollo Agrario,

que reconoció en su artículo 11, como actividad agrícola todas las formas de

subsistencia realizadas por las comunidades indígenas, afro ecuatorianas y

montubias; y en su Artículo 36 el derecho de las comunidades indígenas y de los

pueblos montubio y afro ecuatoriano a la posesión ancestral de las tierras y a la

titulación gratuita por parte del Estado de las mismas. El artículo en mención

señala lo siguiente.

El Estado protegerá las tierras del INDA que se destinen al

desarrollo de las poblaciones montubias, indígenas y afro-

ecuatorianas y las legalizará mediante adjudicación en forma

gratuita a las comunidades o etnias que han estado en su posesión

ancestral, bajo la condición que se respeten tradiciones, vida

1 El texto original de La ley de Desarrollo Agrario se publicado en el Registro Oficial No 461 de

14 de junio de 1994 y sus reformas corresponden al decreto Ley No 7 publicado en el Registro

Oficial 504 del 15 de agosto de 1994

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cultural y organización social propias, incorporando bajo

responsabilidad del INDA, los elementos que coadyuven a mejorar

sistemas de producción, potenciar las tecnologías ancestrales,

lograr la adquisición de nuevas tecnologías, recuperar y

diversificar las semillas y desarrollar otros factores que permitan

elevar sus niveles de vida. Los procedimientos, métodos e

instrumentos que se empleen deben preservar el sistema ecológico.

A partir de este hecho se produjo la titulación de varias comunidades afro

esmeraldeñas e indígenas en el norte de Esmeraldas. Siendo el FEPP - Fondo

Ecuatoriano Populorum Progressio – quien lideró el proceso de titulación de las

tierras de las comunidades afro ecuatorianas y el Proyecto SUBIR, quien además

de apoyar la titulación de algunos Centros de la nacionalidad Chachi, apoyó

también a las comunidades afro esmeraldeñas del alto Cayapas y del bajo Borbón

( ver el capítulo 3 del presente estudio).

Este proceso de legalización de las tierras ancestrales, que ya gozaba del respaldo

jurídico por el mandato de la Ley de Desarrollo Agrario, encontró una mayor

legitimidad en 1998, con la Constitución Política del Estado aprobada por la

Asamblea Nacional, que en el marco de los Derechos Colectivos, profundizó el

carácter especial de las tierras de las comunidades indígenas, afro ecuatorianas y

del pueblo montubio y su protección por parte del Estado. El artículo

correspondiente manifiesta.

―Art. 84.- El Estado reconocerá y garantizará a los pueblos indígenas, de

conformidad con esta Constitución y la ley, el respeto al orden público y

a los derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

1.- Mantener, desarrollar y fortalecer su identidad y tradiciones en lo

espiritual, cultural, lingüístico, social, político y económico.

2.- Conservar la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias,

que serán inalienables, inembargables e indivisibles, salvo la facultad del

Estado para declarar su utilidad pública. Estas tierras estarán exentas del

pago del impuesto predial.

3.- Mantener la posesión ancestral de las tierras comunitarias y a obtener

su adjudicación gratuita, conforme a la ley.

4.- Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los

recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras.

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5.- Ser consultados sobre planes y programas de prospección y

explotación de recursos no renovables que se hallen en sus tierras y que

puedan afectarlos ambiental o culturalmente; participar en los beneficios

que esos proyectos reporten, en cuanto sea posible y recibir

indemnizaciones por los perjuicios socio-ambientales que les causen.

6.- Conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y

de su entorno natural.

El artículo 85 de la mencionada Constitución señalaba ―… el Estado reconocerá a

los pueblos negros o afro ecuatoriano, los derechos determinados en el artículo

anterior, en todo aquello que les sea aplicable (Corporación de Estudios y

Publicaciones: 1998). La posesión ancestral de las tierras, fue uno de los aspectos

en que se aplicó del mandato constitucional.

Con estos antecedentes, entre 1996 y 2001, en el norte de Esmeraldas, se realizó

la titulación de las tierras de al menos 36 comunidades afro esmeraldeñas, con un

aproximado de 125. 295,04 hectáreas de tierras y de 19 Centros Chachi, con

91817,38 has.

Sin embargo, pese a la legislación existente, desde el inicio de la titulación de los

territorios ancestrales, se produjeron invasiones a éstos, presiones para la venta

de sus tierras, que en algunos casos ha terminado en verdaderos despojos de ésta a

las comunidades, especialmente, a las afro esmeraldeñas.

Todo lo anterior ha alterado las extensiones de las propiedades comunitarias,

desmembraciones que de acuerdo al marco legal se pueden calificar de ilegales.

Con estos antecedentes ACNUR, se propuso realizar una investigación que

permita conocer el estado actual de la tenencia de la tierra en las comunidades

indígenas y afro ecuatorianas del norte de Esmeraldas.

1.2.- Objetivos de la investigación

La investigación se planteó los siguientes objetivos, que sirven de marco de

orientación para la ejecución de la investigación.

Objetivo General

Realizar una investigación que nos permita conocer el estado actual en que

se encuentra la tenencia de los territorios ancestrales de las comunidades

afro esmeraldeñas e indígenas: Chachi, Awá y Eperaara Sepidaara

legalizados bajo la modalidad de tierras colectivas de posesión ancestral en

el norte de Esmeraldas.

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10

Objetivos específicos

Identificar los distintos mecanismos que son utilizados para el despojo de

las comunidades afro esmeraldeñas e indígenas de sus tierras en el norte de

Esmeraldas

Realizar un análisis jurídico de la situación en que se encuentran los

territorios ancestrales.

Realizar recomendaciones al gobierno y al Estado, para la reversión de las

tierras que han sido despojadas, en favor de las comunidades.

De acuerdo a la propuesta de investigación, en todos los objetivos debe estar

presente el enfoque de género.

1.3.- Metodología empleada en la investigación

La metodología empleada en la presente investigación, está orientada por la

investigación etnográfica, con un enfoque participativo, donde los resultados de

la investigación estén garantizados, por la participación de los propios actores.

El desarrollo de la investigación tuvo dos partes, que resultaron complementarias

entre sí.

La primera parte se concentró en el trabajo de campo, por medio de la

aplicación de entrevistas, conversaciones, consultas a dirigentes y miembros de

las comunidades, se buscó conocer: extensiones de venta de las tierras,

mecanismos de compra - venta; las presiones, amenazas y desplazamientos a las

que pudieron haber sido sometidas las comunidades.

Además, esta parte del trabajo de campo nos permitió indagar en los problemas

que las comunidades enfrentan en relación a las tierras: a) acceso al mercado de

crédito para el desarrollo de las tierras ancestrales, b) las concepciones de lo

ancestral y lo comunal, c) las presiones para la venta de las tierras y d) los

requerimientos que existen en las comunidades para el manejo y mantenimiento

de las tierras ancestrales.

En esta parte de la investigación también se pudo obtener conocimiento, acerca de

contratos que existen y que no necesariamente se encuentran registrados en el

Registro de la Propiedad; sino que se encuentran en las Comisarías, o

simplemente son guardados en los archivos personales de compradores y

vendedores.

Con los datos de la investigación de campo, se procedió al estudio en los archivos

de los Registros de la Propiedad de los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo,

donde se pudo conocer: cantidad exacta de la tierras comunitarias registradas,

Page 11: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

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número y fecha del registro de los títulos de propiedad de las tierras ancestrales

de las comunidades afro esmeraldeñas e indígenas.

El trabajo en los Registros de la Propiedad de los cantones Eloy Alfaro y San

Lorenzo, nos proporcionó, además, información sobre desmembraciones y

modificaciones de las cabidas de los títulos originales sea por: venta, entrega en

comodato, arriendos, permutas de las tierras de las comunidades ancestrales – que

para el caso de la presente investigación la vamos a llamar despojo -.

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12

2

El norte de Esmeraldas

2.1.- Los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo: el contexto

El norte de Esmeraldas, es un área geográfica cultural, que la integran los

cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo. Cuyos límites son con Colombia, Imbabura

y Carchi.

De acuerdo a un documento de la Unidad Coordinadora de Esmeraldas (1996, 8)

estos dos cantones suman una extensión de 728.600 has, de la cuales 488.500

pertenecen a Eloy Alfaro y 240.100 a San Lorenzo, las mismas que de acuerdo a

su aptitud de uso del suelo estaban distribuidas de la siguiente manera: áreas de

uso especial (reservas) 244.289.70 has, uso agropecuario 211.248.11 has y áreas

de Patrimonio Forestal del Estado 273.061.80 has2 (Minda: 2012, 15).

Ecológicamente, la zona norte de Esmeraldas es muy rica, se encuentra en el área

del Chocó Bío geográfico que tiene su origen en Panamá y se extiende hasta

Manabí. En el Chocó Biogeográfico ecuatoriano se han identificado once zonas

de vida, siendo una de las diez unidades más biodiversas del Neo trópico. Esta

micro región está ubicada en la zona de vida de Bosque Húmedo Tropical (bht) y

Bosque muy húmedo tropical (BMUT) (Holdridge, 1983), (en Fundación Natura,

1995). Esta zona de vida de Bosque muy Húmedo Tropical, alberga entre el 50 y

90% de la biodiversidad existente en el mundo (Barrantes y Chávez: 2000, 3)

Se estima que en esta zona el número total de especies de flora llega a las 6.300

(aproximadamente el 25% de la flora del país), de las cuales 1.260 son

probablemente endémicas de la zona (Dodson & Gentry, 1993), y existen 650

especies de aves de las 1.500 reportadas en todo el país.

La importancia ecológica de esta sub región está determinada porque en ella se

encuentran las áreas protegidas más importantes de la provincia de Esmeraldas,

tales como: la Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas, con una superficie de

204.420 has., de las cuales 161.130 corresponden a los cantones Eloy Alfaro y

San Lorenzo, la Reserva Forestal Awá, con una extensión de 101.000 de las

cuales 28.160 se encuentran en el cantón San Lorenzo y la Reserva Ecológica

2En este momento esta división de uso del suelo ha sido totalmente alterada y las áreas de

Patrimonio Forestal se encuentran sumamente alteradas.

Page 13: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

13

Manglares Cayapas - Mataje con 51.300 has. Todas ellas dentro de los cantones

Eloy Alfaro y San Lorenzo. Además, en el año 1998, el INEFAN creó el bosque

protector Yalaré con una extensión de 1.050 has, para proteger los humedales de

la zona.

Así mismo, esta zona está calificada como uno de los 25 hot spots más

importantes de la tierra.

Referente a la población, según algunos autores, antes de la llegada de los

españoles y de los afro ecuatorianos, en la zona norte de Esmeraldas habrían

existido diferentes grupos indígenas, tales como: los Malaba del valle del río

Mataje, descubiertos en el siglo VIII (Murra: 1946, 807; en Whitten jr: 1997, 39),

y los Esmeraldas, cuya lengua se dice era Chibcha y que se hablaba hasta el siglo

XIX (Murra, 1946, 802; Jijón y Caamaño: 1941; en Whitten jr: 1997, 39). De los

indígenas Malaba se señala su bravura y ferocidad y se añade que su presencia,

entre otras razones, fue la causa que impidió la apertura del camino desde Ibarra a

Esmeraldas en el siglo XVII (en Minda: 2012, 17).

A partir del siglo XV, con la llegada de españoles, llega a la zona la población

afro descendiente y de ahí en adelante, la población va creciendo lentamente

hasta mediados del siglo XX, cuando se experimenta un rápido crecimiento de

población que llegaron impulsados por la construcción del ferrocarril y las

posibilidades de colonización de tierras baldías en la zona. Este fenómeno de

crecimiento de la población, se hace más visible a partir de la primera década del

siglo XXI, cuando se construye la red vial y se produce el boom del cultivo de la

palma africana, especialmente en el cantón San Lorenzo, que experimenta el

mayor crecimiento de la población de la provincia ( ver cuadro1).

Para el año 2001, la población de los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo, era de

61.583 habitantes, de los cuales 33.403 correspondían a Eloy Alfaro y 28.180 a

San Lorenzo. La población auto identificada como afro esmeraldeña fue de

37.833, con un porcentaje del 61.3 % del total de la población. Encontrándose el

62.8% en Eloy Alfaro y el 59.8 % en San Lorenzo (Minda: 2012, 19).

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14

Cuadro No. 1

Población de los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo

Población Eloy Alfaro % San Lorenzo %

No de personas

PERSONAS

No de personas

Indígena 6.680 17 2.243 5, %

Afro

ecuatoriano/a

Afro

descendiente

15.138 38 16.335 38, %

Negro/a 8.429 21 10.687 25, %

Mulato/a 1.891 5 3.638 9, %

Montubio/a 394 1 254 1, %

Mestizo/a 5.794 15 8.132 19, %

Blanco/a 1.353 3 1.089 3, %

Otro/a 60 0 108 0, %

Total 39.739 100 42 486 100

Fuente: INEC 2010

Elaboración: Pablo Minda

Como se puede ver, las cifras del cuadro anterior demuestran un crecimiento

importante de la población en los dos cantones en relación al 2001, cuando esta

era de 61.583 habitantes, hoy es de 82.279, con un incremento del 33.6% durante

el período censal. En referencia a la auto identificación, la categoría de afro

ecuatoriano y afro descendiente pasa de 37.863 (61.48 % en 2001) en los dos

cantones, a 56.108 (68%) del total de la población, con un incremento del 7%.

El cantón que más crece en el período 2001 - 2010, es San Lorenzo, que pasa de

28.180 habitantes en 2001, a 42.486 en 2010, con un crecimiento del 51% de la

población.

Este crecimiento, es mayor a la tasa de crecimiento de la provincia, que creció en

el mismo período en un 39%, al pasar de 385.223 habitantes en 2001, a 534.092

en 2010.

La población indígena, de acuerdo al dato censal es de 8923 habitantes para los

dos cantones; correspondiendo al 10.84 % del total de la población. Este es

inferior al que consideran ser las nacionalidades indígenas ubicadas en el norte de

Esmeraldas.

Page 15: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

15

2.2.- La población indígena y afro esmeraldeña en el norte de Esmeraldas

2.2.1.- La nacionalidad Chachi

Históricamente, se considera que los indígenas Chachi, llegaron a lo que hoy la

zona norte de Esmeraldas, en el siglo XVI procedente de los andes ecuatorianos

– provincia de Imbabura -, posiblemente huyendo de la presencia de los

españoles y se ubicaron en las desembocaduras de los ríos Santiago y Cayapas,

conformado dos pueblos emblemáticos: Pueblo Viejo y Punta Venado (Carrasco:

1983); (Cabrera y Bonifaz: 1998), desde donde se trasladaron al cauce medio y

alto del Río Cayapas, Ónzole, Tululbí – en el norte de Esmeraldas-, y a los

cantones Quinindé y Muisne, en el centro y sur de la provincia.

Imagen No 1

Ubicación de la nacionalidad Chachi

Page 16: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

16

La nacionalidad Chachi actualmente se encuentra conformada por una población

de aproximadamente 12.000 habitantes (Nacionalidad Chachi: 2002)3. Mantienen

aún ciertos rasgos de la organización tradicional, expresadas en la organización de

la comunidad, el centro Chachi – conformado por varias comunidades - y la

FECCHE que es la Federación de Centros Chachi de Esmeraldas y tiene la

representación política de la nacionalidad; pese al grado de penetración de la

cultura occidental en las comunidades Chachi, todavía se mantiene, aunque de

manera disminuida la figura del gobernador, los Uñis y Chaitalas, los mirucos -

curanderos tradicionales-, así como ciertos centros ceremoniales, etc.

Tradicionalmente los chachi viven de la pesca, la caza, la recolección de frutos, y

cultivan el cacao, plátano, yuca, maíz, arroz, la extracción de madera, etc. En este

momento, el cultivo de cacao ha entrado en una fase de mayor tecnificación con el

apoyo de instituciones de desarrollo y del gobierno provincial.

2.2.2.- La nacionalidad Eperara Sepidaara

De su parte, la nacionalidad Eperaara Siapidaara (aunque según la nacionalidad, el

término ya no sería Sepidaara, sino Siapidaara). Son originarios de Colombia,

forman parte de la familia Embera que se encuentra diseminada por todo el

inmenso Chocó, cuyas fronteras abarcan desde el norte en Panamá, Colombia y el

sur del Ecuador.

El Pueblo Eperaara Sepidaara forman parte de los Emberá Katío (Otero, 1952:

107) que habitan, como ya se dijo el Chocó. En Colombia se encuentran ubicados

en los departamentos del Valle, Cauca y Nariño. En el Departamento de Nariño en

los municipios de El Charco, Olaya, Herrera y Tumaco. En el Departamento del

Cauca se encuentran en los municipios de: Guapí, Timbiquí y López de Micay. En

el departamento del Valle, en el Municipio de Buena Ventura (ACIESNA

ACIESCA- OZBESCAC, 1997; en Carrasco: 20,12).

En todos estos municipios conforman unas 32 comunidades, con una población de

unas 7000 personas.

La denominación de Eperaara tiene su origen en su propia mitología, por la cual

este sería ―el pueblo originario de la ―caña brava‖. Etimológicamente sería:

ÉPERA = persona

ÉPERAARA = pueblo (plural)

3 Esta información difiere con la información del INEC, puede deberse a que en el censo de 2010,

los encuestadores del INEC no pudieron llegar a todas las comunidades, debido a lo difícil del

acceso y la distancia.

Page 17: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

17

SIA = caña brava

PIDAARA = son, pertenecen

PEDEE = lengua (Carrasco: 2010, 12).

Esta definición también me ha sido dada por los miembros de la nacionalidad

Eperaara.4

Barrett (1908), por su parte, considera que el pueblo Eperara Siapidaara es gente

de los ríos, están míticamente ligados al agua. Es el pueblo de la sabiduría

chamánica. Esta sabiduría es la que originó las relaciones tempranas con los

llamados Cayapas, a inicios del siglo XX (Minda: 2010)

En términos lingüísticos, varios estudiosos consideran que Los Eperaara

Siapidaara, forman parte del grupo indígena conocido como Chocó, el cual

presenta la siguiente división lingüística, según el antropólogo Mauricio Pardo:

1. la lengua Wounaan

2. la lengua emberá, la cual presenta las siguientes divisiones:

- Dialecto emberá de Panamá, alto y bajo Atrato.

- Dialecto emberá del noroccidente antioqueño y Córdova.

- Dialecto emberá del alto San Juan: Chamí.

- Dialecto emberá del medio Baudó: Catre y Dusa.

- Dialecto emberá; costa al sur de Buenaventura, Sia Pedeé.

Los Eperaara Sepidaara de Ecuador, hablan el Siapedee, que debido a su poco

uso, de acuerdo a la UNESCO se encuentra en peligro de extinción.

La presencia de los Eperaara Siapidaara, también conocidos antes como ―cholos

colombianos‖ data de inicios del siglo XX, como señala Barret, los primeros

contactos se habrían producido por relaciones entre curanderos y shamanes, ya

que la fama que tienen los indígenas del Chocó como curanderos es enorme entre

los indígenas ecuatorianos.

Aunque existen otras razones para que se haya dado este proceso migratorio. La

cusa del desplazamiento sería entre otros: la guerra de los mil días, el control

administrativo de las autoridades colombianas sobre la población y los territorios

indígenas.

Esta migración lenta primero, se intensificó en Esmeraldas, según ha recogido

Victoria Carrasco (2010) de la memoria oral de los habitantes más antiguos de la

comunidad, por la violencia que grupos armados en Colombia que amenazaban la

vida de las familias de este pueblo.

4 Cuaderno de campo 2010, 2011, 2012

Page 18: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

18

Los asentamientos sedentarios en Esmeraldas se dan en la década de los 60 a lo

largo de los ríos Cayapas, Ónzole, Santiago, Bogotá. En el año de 1999 se

identificaron trece asentamientos, generalmente de familias ampliadas en:

Esmeraldas- Codesa, Tambillo, La Tola, Garceo, Palma, Capricho, Bella Aurora,

Concepción, San Francisco, Las Peñas, Quinindé, Canandé, vivían dispersos y

con pocas posibilidades de comunicarse.

Para esa fecha se contabilizaban 54 familias con 294 miembros en total, quienes

procedían mayoritariamente del Departamento del Cauca en Colombia, de los ríos

Infi, Micay y Saija.

Imagen No 2

Asentamientos de la nacionalidad Eperaara 1999

Luego de un largo proceso de fortalecimiento organizativo, con el apoyo de la

CONAIE y del CODENPE, los Eperaara inmigrantes, se constituyeron como

nacionalidad. La misma que se denominó ―Organización de la Nacionalidad Épera

del Ecuador (ONAEE)‖, y se legalizó con acuerdo ministerial Nº 001069 del 12

de septiembre del 2001. La organización es filial de la Regional de la Costa:

CONAICE (Organización de las Nacionalidades Indígenas de la Costa

Ecuatoriana) perteneciente a la CONAIE (Confederación de las Nacionalidades

Indígenas del Ecuador). Hoy es NAESE ( nacionalidad Eperaara Sepidaara del

Ecuador).

Page 19: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

19

Uno de los objetivos de la organización de la nacionalidad Eperaara Sepidaara, ha

sido la búsqueda de un territorio para sus habitantes.

Los Eperaara, al momento tienen su asentamiento principal en la comunidad Santa

Rosa de los Eperaara, ubicada a 15 minutos en lancha desde Borbón, los otros

asentamientos son: Bella Aurora, barrio La Cayapa, son 80 familias y suman unas

500 personas.

Imagen No 3

Asentamiento actual del territorio de la nacionalidad Eperaara Sepidaara

2.2.3. La nacionalidad Awá

Otro grupo indígena importante, asentado en el norte de la provincia de

Esmeraldas, es la nacionalidad Awá, denominados también Kwaiker, o Awá -

Kwaiker (Cerón Olarte: 1986), otra manera de las denominaciones que se les da es

Coaiquer (Ehrenreich: 1989, 15). Sin embargo, la auto denominación que ha

adoptado la nacionalidad es la de Awá. Igual que los Eperaara Sepidaara son de

origen colombiano. Han ocupado territorios selváticos de pie de monte andino

colombiano y ecuatoriano en su vertiente hacia el Pacífico (Bosque Húmedo

Tropical hasta Bosque Nublado) los territorios que ocupan se encuentran en una

altitud que va desde los 90 hasta los msnm (Pineda Medina: 2010, 48).

Page 20: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

20

En Colombia se encuentran asentados en los departamentos Nariño y Putumayo,

en la región comprendida entre Altaquer, Kuaiaquer y Ricaurte. Se calcula que en

Colombia son 30 mil personas agrupado en 21 resguardos y se encuentra en un

proceso de consolidación en tres grandes organizaciones: la Unidad Indígena del

Pueblo Awá (UNIPA), el Cabildo Mayor Awá de Ricaurte (CAMAWARI), las

dos en el departamento de Nariño y la Asociación de cabildos Indígenas del

Pueblo Awá del Putumayo (ACIPAP), en el departamento del Putumayo.

Se calcula que el pueblo Awá tiene en Colombia unas 450 mil has de territorio, el

mismo que es colindante con el territorio Awá del Ecuador (ver mapa 5)

No existe un acuerdo definitivo sobre desde que año seda la presencia del pueblo

Awá en el Ecuador. Para unos autores (Pineda Medina: 2010, 48), tomando datos

de la FCAE (Federación de Centros Awá), la presencia de éste grupo indígena

data más o menos desde el año 1900, se habría incrementado hacia 1924,

consolidándose en 1970. Una de las cusas de la emigración fue, primero la guerra

de los mil días, posteriormente la presión de colonos hacia su territorio y

finalmente la presencia de grupos armados del Estado colombiano, grupos

guerrilleros y para militares que ejercían presión sobre el territorio de las

comunidades.

De su parte (Ehrenreich: 1997, 144 - 145) considera que los Awá habitaron parte

de lo que hoy es el Ecuador a partir de 19155, llegaron siguiendo el cauce del río

San Juan de Colombia, huyendo de las presiones administrativas de la iglesia y

los colonos. La migración tuvo lugar por la búsqueda de tierras para mantener

―estilos de vida más tradicionales‖. Esta parte del territorio del Ecuador, que se

encontraba deshabitada les permitió mantener ―relaciones con sus parientes

colombianos y forasteros en sus propios términos‖.

Para este autor, este proceso de ocultamiento duró unos 50 años, hasta que

fueron ―descubiertos‖ por las autoridades ecuatorianas. Este descubrimiento se dio

por el año 1970, cuando el gobierno del Ecuador presionó por el control de este

territorio fronterizo.

Estas aseveraciones nos permiten concluir, que la presencia de la nacionalidad

Awá en el Ecuador no es reciente y tiene al menos unos 90 años. Según la

FCAE, a partir 1982 se empieza un proceso organizativo, proceso que contó

desde el inicio con el apoyo de la fundación ALTROPICO, además a este proceso

se vincularon la iglesia, organismos internacionales y el propio Estado, lo que

5 Esta aseveración es coherente con los datos de una reciente investigación que realicé en

parroquia Ricaurte. Ellos hablan de que los Awá llegaron por el año de 1916 a la zona.

Page 21: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

21

desembocó en la creación de la Federación de Centros Awá del Ecuador y la

adjudicación de una extensión de territorio de 101.000 has. Este territorio,

posteriormente se transformó en lo que hoy es la ―Reserva Étnica Forestal Awá –

kwaiker‖ (Medina Pineda: 2010, 49), de acuerdo a datos del Ministerio del

Ambiente, 28.160 has de esa reserva se encuentran en Esmeraldas, en el cantón

San Lorenzo (Minda: 2012).

Los Awá en Ecuador se encuentran ubicados en tres provincias: Carchi, Imbabura

y Esmeraldas (cantón San Lorenzo), suman una población de 3500 personas,

divididas en 22 centros u organizaciones, 13 de los cuales se encuentran en

Carchi, 3 en Imbabura y 6 en Esmeraldas.

Las comunidades Awá ubicadas en el cantón San Lorenzo se expresan en el

siguiente cuadro.

Cuadro No 2

Comunidades Awá en el norte de Esmeraldas

No Comunidad No

Familias

No personas

1 Balsareño 18 83

2 Guadualito 16 170

3 La Unión 21 96

4 Mataje 40 310

5 Pambilar 29 112

6 Río Bogotá 22 109

Total 146 880

Fuente: FECAE

Elaboración. Pablo Minda B

2.2.4.- El pueblo afro esmeraldeño

Por su parte, la población afro esmeraldeña, se encuentra poblando el norte de

Esmeraldas desde aproximadamente el siglo XVI. Esta presencia se fue

consolidando a partir de tres vertientes a saber:

a) La de los cimarrones (esclavos huidos) de las minas de Tumaco y náufragos,

que poco a poco fueron engrosando la población de la zona.

b) La de los esclavos que fueron introducidos para trabajar tanto en las minas

de oro de los ríos de la zona, así como del ―camino hacia el mar‖ y,

Page 22: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

22

c) El más importante período proveedor de población a la zona es aquel

constituido por el proceso de manumisión, que posibilitó la movilización de

la población de Tumaco, así como de la Sierra ( Minda: 2003)

El habitad de las comunidades afro esmeraldeñas, fue y sigue siendo los causes y

las cabeceras de ríos, por la facilidad que prestan para la navegación para

movilizarse de una a otra comunidad, o a sus lugares de trabajo.

En este momento, de acuerdo al último censo de población, la categoría de auto

identificación de afro ecuatoriano/na, negro/gra y mulato, suman la cantidad de

56.118 personas, lo que hace que 68.2% de la población del norte de Esmeraldas,

se auto denomine, ya sea como afro ecuatoriano (o su variante afro esmeraldeño),

afro descendiente, negro/gra, o mulato/ta.

Los afro esmeraldeños, igual que los indígenas tuvieron que cambiar la

organización tradicional basada en la autoridad de los mayores, los líderes

naturales, para adoptar un sistema de organización que bien puede ser

denominada de ―comunalización‖ (por la conformación de comunas), para

acceder la legalización de la tierra. Un modelo organizativo propio de la sierra y

de la costa norte; el cual está controlado por el Estado y cuya característica

fundamental es la formalidad, basada en la elección de autoridades, las mismas

que tienen que estar legitimadas por el Estado6. Pero que fue la única alternativa

que le quedó para acceder la titulación de las tierras como de ―posesión ancestral‖.

Este proceso se vivió desde l1994 hasta 2002, que es cuando se crean todas las

comunas y asociaciones que obtuvieron la legalización de sus tierras, a excepción

de la Comuna Río Santiago Cayapas, que se creó en los años 50 del siglo 20.

La lucha por la tierra, desencadenó en las comunidades afro esmeraldeñas del

norte de esmeraldas, un proceso de revitalización cultural, basado en el concepto

de lo ancestral, la memoria oral y la búsqueda de la identidad como pueblo con

derechos colectivos.

A nivel de la organización, se constituyó la Gran Comarca Afro Ecuatoriana del

norte de Esmeraldas, que aglutina a las comunas conformadas en Palenques y que

son la expresión política colectiva, que además de la tierra reivindica otras

6 Las autoridades de las comunas, son ratificadas por MAGAP (Ministerio de Agricultura,

Acuacultura y Pesca). Quien les extiende el nombramiento correspondiente. La elección debe ser

legitimada con la presencia del teniente político de la parroquia.

Page 23: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

23

aspiraciones de las comunidades. Como la etno educación, la salud, el medio

ambiente y el reconocimiento a los aportes que los afro ecuatorianos han hecho a

la historia del país.

Como puede verse, lo que tienen en común las nacionalidades indígenas y el

pueblo afro esmeraldeño del norte de Esmeraldas, es que pese, a las diferencias

de orden social y cultural entre sí, todas se organizaron para la defensa de la tierra

y obtener su legalización. Tanto indígenas, como afro esmeraldeños, lograron la

titulación de sus tierras bajo el concepto de ―tierras de posesión ancestral‖, las

mismas que en ese momento se encontraban protegidas por el artículo 36 de la ley

de desarrollo Agrario y desde 1998 por el numeral 3 del Artículo 83 de la

Constitución Política del Estado de ese entonces.

En este momento, estas tierras, se encuentran protegidas, tanto por la Ley de

Desarrollo Agrario, como por la Constitución de la República, aprobada por la

Asamblea Nacional Constituyente de 2008, que en su artículo 57, en lo referente

a los Derechos Colectivos, reconoce y garantiza a las comunas, pueblos y

nacionalidades indígenas, afro ecuatoriano y montubios los siguientes Derechos

Colectivos, entre los que constan:

4.- Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias,

que serán inalienables, inembargables e indivisibles. Estas tierras estarán

exentas del pago de tasas e impuestos;

5.- mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener

su adjudicación gratuita;

6.- participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los

recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras;

11.- a no ser desplazado de sus tierras ancestrales (Asamblea Nacional

Constituyente: 2008).

Para el pueblo afro ecuatoriano, estos derechos se especifican en el artículo 58,

que señala.

Art 58.- Para fortalecer su identidad, cultura, tradiciones y derechos, se reconocen

al pueblo afro ecuatoriano los derechos colectivos establecidos en la Constitución,

la ley y los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales

de derechos humanos ( Asamblea Nacional Constituyente: 2008).

Page 24: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

24

La efectividad, de la aplicación de estos derechos se analizará en el apartado

correspondiente al análisis jurídico de las compra – venta y del despojo de las

tierras de las comunidades.

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25

3

El Proceso de titulación las tierras ancestrales en el norte de

Esmeraldas

En este capítulo se analiza la coyuntura de la titulación de las tierras de las

comunidades, los mecanismos utilizados para la titulación de las mismas, la

tenencia de la tierra en las comunidades y has legalizadas.

3.1.- La coyuntura para la titulación de la tierra

Como ya se indicó, el contexto en que se expidió la Ley de Desarrollo Agrario,

coincidió con la presencia de un gobierno neo liberal, que encontró el momento

propicio para poner en marcha, por una parte las ideas liberales en el campo

lideradas por IDEA, y por otra, poner freno a las demandas que las

organizaciones indígenas habían realizado de manera exitosa con el levantamiento

indígena de 1990, donde entre otras cosas la CONAIE demandó.

Solución para los 72 conflictos de tierras existentes presentados ante el

IERAC

Reorganización de los Comités de Apelación

Creación de un fondo de tierras, para que el gobierno asuma el 90% del

costo de la tierra, mientras las comunidades asumirían el 10%. El precio

debía ser señalado por la Dirección Nacional de Avalúos y Catastros

(DINAC).

Aplicación de la causal de afectación por presión demográfica (Navarro, et

all: 1996, 28).

Todas estas demandas tenían como meta, la solución de los conflictos de tierra.

Las Cámaras también reaccionaron a otras conquistas que habían logrado las

organizaciones indígenas. Estas conquistas se refieren al logro de la legalización

de los territorios7 de las nacionalidades indígenas de la Amazonía. En estos se

cuentan 600 mil hectáreas de tierras legalizadas en abril de 1990 en las provincias

de Napo y Pastaza en favor del pueblo Huao; a estas había que sumar 66.570 has

que habían sido legalizadas previamente a favor de esta misma nacionalidad en el

gobierno del Dr Oswaldo Hurtado Larrea ( Navarro, et all: 1996, 29).

7 En el gobierno del Dr Rodrigo Borja Cevallos y antes, en el gobierno del Dr Oswaldo Hurtado

Larrea, siempre se refirieron como tierras y no territorios.

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26

Posteriormente, en 1992, en el contexto de la celebración de los 500 años de la

resistencia indígena. La OPIP – Organización Indígena de los Pueblos de Pastaza-,

demandó territorios para los pueblos indígenas Quichua, Shuar, Achuar y Záparo.

Para lograrlo, la OPIP, organizó una marcha indígena que partiendo desde el

Puyo, y tras 13 días de marcha, en los que fue sumando apoyo a su causa llegó a

Quito.

Después de una serie de enfrentamientos verbales con el gobierno, éste cedió y

entregó los territorios a los demandantes. Se calcula que la entrega supera los 3

millones has. Este hecho incentivó a otras organizaciones indígenas, entre ellas la

CONAIE, para consolidar la idea y la demanda de territorios ancestrales para las

nacionalidades y pueblos indígenas.

Pero 1992, no solo fue el año de la celebración de los 500 años de resistencia

indígena, fue también el de cambio de gobierno. A un gobierno social demócrata,

le sucedió uno de derecha y conservador, que tenía como proyecto fundamental

―la modernización del Estado‖. Léase privatización y recorte del Estado, sobre

todo en las áreas sociales. Se buscaba también frenar los avances de los indígenas

que habían enarbolado el concepto de nacionalidad, ante lo cual reaccionaron las

Cámaras de la producción.

―Consideramos que ha llegado el momento de acabar con la Reforma Agraria, que

se ha extendido por más de 25 años, lo cual conspira contra el desarrollo

económico y social del país, pues constituye fermento de permanentes reclamos y

fuentes de discordias sociales‖ (Navarro, et all: 1996; 31)

Además se opusieron de manera tajante al concepto de nacionalidades,

considerando que esta idea ponía en peligro ―la unidad del país‖ y propusieron al

gobierno ―represión y desalojos con la máxima dureza de la ley frente a los

indígenas invasores y proclamaban que, si el gobierno no hacía caso a sus

pedidos, iban a formar sus propios grupos represivos frente a la violencia de los

―indios alzados‖ (Navarro, et all: op cit, 31).

Ante la problemática que se les presentaba a las Cámaras de la Producción, frente

las demandas indígenas, su respuesta fue la propuesta de una ley que termine,

efectivamente con el proceso de Reforma Agraria que se había iniciado 25 años

atrás y además elimine la institución que la había ejecutado, el IERAC – Instituto

de Reforma Agraria y Colonización-.

La ley fue aprobada y publicada en el Registro Oficial el 14 de junio de 1994.

Debido a que la Ley efectivamente terminaba con el proceso de reforma agraria,

la CONAIE, convocó a un nuevo levantamiento indígena que tuvo gran acogida

Page 27: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

27

entre las comunidades campesinas de la costa, sierra y Amazonía; lo que forzó

al gobierno a sentarse en la meza de negociaciones, con la mediación de la iglesia,

el Congreso Nacional y teniendo como interlocutores a: la CONAIE, las Cámaras

de la Producción y a las organizaciones afro ecuatorianas.

Luego de un tenso debate, la ley fue sometida a reformas; estas no fueron

debatidas en el Congreso Nacional, siendo aprobada por el ministerio de la ley, su

texto fue publicado como decreto Ley No 7 en el Registro Oficial 504 del 15

de agosto de 1994.

Entre otros aspectos negativos para los campesinos y las comunidades indígenas

y afro ecuatorianos, la Ley suprimió el IERAC, y fue sustituido por el INDA –

Artículo 23 de la Ley-; e introdujo la privatización de los servicios de

legalización y titulación de las tierras; en el mismo Artículo se puede leer ―el

INDA deberá delegar sus facultades a fin de propender a la descentralización de

sus funciones conforme lo establece la Ley‖.

Lo que en la práctica implicó que el INDA no realizaba los servicios de

legalización y titulación, sino que permitió que surjan empresas particulares que

realizaban este trabajo. Haciendo inalcanzable para indígenas, montubios,

campesinos y afro ecuatorianos el pago de este servicio.

Además, en dicha Ley, en el Artículo 22 se considera el fraccionamiento de los

predios comunales. El mencionado Artículo señala: fraccionamiento de predios

comunales.

Las comunas legalmente constituidas que deseen la partición entre sus

miembros de la totalidad o de una parte de las tierras rústicas que les

pertenecen comunitariamente, podrán proceder a u fraccionamiento previa

resolución adoptada en asamblea general por las dos terceras partes de sus

miembros. Sin embargo, se prohíbe el fraccionamiento de los páramos,

así como de las tierras destinadas a la siembra de bosques. [y continúa el

texto. Así mismo, las comunas se podrán transformar, por decisión de las

dos terceras partes de sus miembros, en cualquiera de las formas

establecidas en las Leyes de Cooperativas y de Compañías (INDA: 1994).

Con esta Ley de acuerdo a los especialistas, especialmente aquellas interesadas en

las cuestiones de género y la ruralidad en Ecuador (Cuvi, Ferraro, Martínez:

2000), lo que se buscaba en realidad, era que las tierras de las comunas entren a

formar parte del mercado de tierras, ya que el argumento principal que existía en

ese momento en el Ecuador, era que las comunidades indígenas tenían muchas

tierras ineficientemente trabajadas. Como sostienen las autoras antes citadas.

Page 28: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

28

La tesis principal sostenida en la Ley – por cierto muy polémica - es

que las comunidades de la Sierra del país tienen muchas tierras de

páramo (cuya posesión es comunitaria) ineficientemente trabajadas;

por lo tanto lo que necesitan no es más tierra, sino más bien un

mercado que les permita sub dividir individualmente estas tierras. La

Ley de Desarrollo Agrario postula, por tanto, el fin del proceso de

Reforma Agraria, considerada como un fracaso y un obstáculo a la

modernización del agro y propone revisar la Ley de Comunas y

eliminar todas las justificaciones para la expropiación de las tierras.

En otras palabras, la Ley postula una estrategia capitalista para la

empresarización del agro, a través de la privatización de las tierras

comunales, el agua; la vinculación de la renta del agro al capital

financiero; el apoyo a la agro industria y a la exportación; y la

capacitación en gerencia empresarial (Cuvi, Ferraro, Martínez: 2000,

33 – 34).

Esta situación era coherente con la ola de privatización y neoliberalismo

que se vivía en todo el continente y que en el caso del Ecuador llegó al

menos con diez años de retraso y postulaba los siguientes principios.

El énfasis en el libre mercado;

La búsqueda de equilibrio de los indicadores macro económicos;

La desregularización de los precios;

La flexibilización del mercado liberal;

La reducción del tamaño del estado;

La priorización de la producción para la exportación;

El pago permanente de la deuda externa.

El objetivo, no era solo las tierras de las comunidades indígenas de la sierra, sino

también las de la costa. Especialmente las de las comunas de la Península de Santa

Elena, donde existen 62 comunas con más de 200 mil has de tierras (Álvarez S:

2002, 71) y donde en ese momento se llevaban a cabo importantes proyectos de

irrigación, lo que las convertía en potenciales para el desarrollo de proyectos de

agricultura para la exportación.

Otras tierras que en ese momento eran deseadas para la implementación de un

gran proyecto agro industrial, eran las del norte de Esmeraldas, donde se

empezaba a desarrollar uno de los proyectos más ambiciosos de esta naturaleza

en Ecuador. El proyecto palmicultor, que al momento de calcula que oscila entre

47 mil y 90 mil has (Minda: 2012); Gobierno Provincial de Esmeraldas: 2011).

Page 29: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

29

Uno de los pocos Artículos que favoreció a las comunidades indígenas,

montubias y afro descendientes, es el ya citado Artículo 36, que permite la

adjudicación gratuita de las tierras de posesión ancestral.

En este contexto, se produjo la titulación de los territorios ancestrales de las

comunidades indígenas y afro ecuatorianas del norte de Esmeraldas.

3.2.- Mecanismos utilizados en la titulación de la tierra

Debido a que la Ley de Desarrollo Agrario, eliminó al IERAC y creó el IINDA, el

mismo que tuvo una estructura distinta, desde el inició nació con poco personal;

pues a diferencia del IERAC que tenía oficinas en todo el país, el INDA nació con

4 Direcciones Distritales ubicadas en: Quito, Guayaquil, Riobamba y Cuenca, lo

que hizo imposible que pueda atender las demandas de legalización y titulación de

las tierras que demandaban las comunidades, especialmente las de Esmeraldas.

Otro aspecto que imposibilitaba la titulación de las tierras de las comunidades

indígenas, montubias y afro ecuatorianas y de los campesinos en general, era su

costo. El precio de las tierras debía ser establecido por la DINAC (Dirección

Nacional de Avalúos y Catastros). El pago debía ser hecho al contado y ―si los

adquirientes de la tierra son campesinos, indígenas, montubios o afro

ecuatorianos, o entidades asociativas de los mismos, se les concederá un plazo de

hasta diez años para pagar, con dos años de gracia, con tasas de interés iguales a

las preferenciales del Banco Nacional de Fomento‖. Art 38 de la Ley de

Desarrollo Agrario. Además las comunidades debían realizar el pago de

linderación, levantamiento planimétrico, elaboración del plan de trabajo, etc.

Imposible para las comunidades indígenas y afro ecuatorianas del norte de

Esmeraldas. De ahí que el mecanismo que se adoptó para la titulación de las

tierras de las comunidades indígenas y afro ecuatorianas del norte de Esmeraldas,

fue la firma de convenios entre el INDA – Instituciones de desarrollo y estas a su

vez firmaron convenios con las comunidades.

3.2.1.- La firma de convenios del INDA con Instituciones de desarrollo de la

zona norte

Debida a la alta presión de las comunidades indígenas y afro ecuatorianas para la

legalización y titulación de sus tierras amparadas en el Artículo 36 de la Ley de

Desarrollo Agrario y dado que éstas no disponía de recursos para el pago de los

costos. Tres instituciones que a la fecha se encontraban trabajando en desarrollo

en la zona firmaron convenios de cooperación con el INDA para apoyar en la

Page 30: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

30

titulación de las tierras de las comunidades indígenas y afro ecuatorianas. Estas

eran FEPP, Proyecto CARE SUBIR y la Actividad 35 del Proyecto GEFF

El INDA firmó con el FEPP el primer convenio en el mes de mayo de 1995,

con la finalidad de legalizar la tenencia de aproximadamente 15.200 has de

―tierras de ocupación ancestral pertenecientes a cuatro comunidades afro

ecuatorianas‖. Estas legalizaciones se cumplieron el 29 de mayo de 1996 y con el

Proyecto SUBIR para la legalización de la comunidad Playa de Oro. Las

primeras 5 comunidades en ser legalizadas en el norte de Esmeraldas, son las que

constan en el siguiente cuadro.

Cuadro No. 3

Comunidades Legalizadas en el Primer Convenio: FEPP – INDA

Proyecto SUBIR – INDA

No Comuna No familias Hectáreas Parroquia Cantón

1 Arenales 48 2.293.63 Santo

Domingo del

Ónzole

Eloy

Alfaro

2 Río Ónzole 276 10.218.66 Iden Eloy

Alfaro

3 Río Bogotá 28 1.416.30 Concepción San

Lorenzo

4 La Peñita 13 319.00 Borbón Eloy

Alfaro

5 Playa de Oro 50 10.400.00 5 de Junio Eloy

Alfaro

Total 14247.59

Fuente: INDA 2000

Elaboración: Pablo Minda 2012

Posteriormente el INDA firmó un nuevo convenio con el FEPP el 16 de octubre

de 1996 para legalizar 42.000 has en los cantones Eloy Alfaro, San Lorenzo y

Muisne. El convenio establecía las cláusulas a cumplir por cada una de las partes.

Lo relevante aquí es que el FEPP proporcionaba los recursos económicos que las

comunidades no podían cumplir, para que el INDA pueda realizar los trabajos de

supervisión y proceda a la legalización de la tierra. Los términos del convenio

son los siguientes:

El FEPP proporcionará los recursos para la contratación de dos

funcionarios por parte del INDA, para la coordinación, sistematización y

ejecución de las actividades del convenio, aclarándose de que el FEPP no

tiene relación laboral alguna con los funcionarios contratados.

Page 31: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

31

El FEPP asignará al INDA un equipo de computación completo acorde al

sistema de informática que se está implementando en el INDA; para

agilitar y sistematizar los trámites.

El FEPP proporcionará directamente los recursos económicos para

viáticos y movilización de los funcionarios que participen en los trabajos

de legalización, de acuerdo a las tablas vigentes publicadas en el Registro

Oficial.

El FEPP asignará un equipo de audio y/o video que permita verificar el

avance del trabajo en la zona.‖8

El aporte de las comunidades consistió en el pago del 25% del costo de

linderación por cada hectárea de tierra y el trabajo de campo (apertura de trochas,

mangas, etc.).

Con el Proyecto CARE SUBIR firmó un convenio de iguales características con

el INDA para legalizar las tierras de las comunidades Chachi y algunas de afro

esmeraldeños.

3.3.- La tenencia y legalización de la tierra en las nacionalidades indígenas y

el pueblo afro esmeraldeño del norte de Esmeraldas

En el siguiente acápite se expone como se da la tenencia de la tierra en las

nacionalidades indígenas y el pueblo afro esmeraldeño y la cantidad de tierras

que mantienen legalizadas bajo la categoría de ―posesión ancestral‖, su

concepción y aplicación. Como se verá, no es igual en todas las nacionalidades y

estas guardan marcadas diferencias con el pueblo afro esmeraldeño.

3.3.1.- Nacionalidad Chachi

El proceso de legalización de la tierra en la Nacionalidad Chachi se inició en el

año 1980. Las comunidades iniciaron este proceso como una forma de proteger

sus territorios de la presión de los colonos, madereros y de las comunidades de

afro esmeraldeños que se encontraban colindando con sus territorios.

El proceso de titulación de las tierras de la nacionalidad Chachi, según los datos

que reposan en el Registro de la propiedad de Eloy Alfaro, empezó en 1991

culminó en 20019. De acuerdo a la información obtenida en el Registro de la

propiedad de Eloy Alfaro y San Lorenzo. En la zona norte las comunidades

8 Convenio de Cooperación INDA-FEPP, 1996 9 1991 es la fecha en que aparecen registradas las primeras comunidades y 2001 las últimas. La

lucha de las comunidades por la legalización del territorio empezó en 1986.

Page 32: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

32

Chachi, de acuerdo a la información del Registro de la propiedad, tienen 91817,38

has, 10 521. 26 has más que las que tenían en el 1998, cuando tenían 81 296.12

(FECCHE: 1998). De esta cantidad, las familias en sus actividades productivas,

ocupan el 21%, mientras que el 79% corresponde a los bosques primarios y

secundarios, razón por la cual el Estado ecuatoriano ha declarado a este territorio

como Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas, Reserva Ecológica Cayapas. Mataje

y Reserva Ecológica Mache-Chindul (CODENPE: 2011).

Estas 91817,38 has son el 78.08%, del total del territorio de la nacionalidad Chachi

en la provincia de Esmeraldas. Lo complementan 6898. 2has (6.54%), en la zona

centro (Quinindé) y 17279.2 (16.38%) en la zona sur (Muisne).

En el proceso de titulación de las tierras, la nacionalidad Chachi tuvo el apoyo de

fundaciones, proyectos y la CONAIE. Entre las instituciones que apoyaron Una

la legalización y titulación de las tierras fue: INDIO ILFE, Proyecto CARE

SUBIR y la CONAIE.

En el siguiente cuadro se expone los centros, número de has, familias y la parroquia a la

que pertenece.

Page 33: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

33

Cuadro No 4

Cantidad de tierras de los Centros Chachi en el norte de Esmeraldas

No Centros No de

familias

No has Parroquia Cantón

1 Pichiyacu 70 3311,8 San José Eloy Alfaro

2 Corriente Grande

65 2942,5

3703,93

Telembí Eloy Alfaro

3 Guadual 50 5370,00

1147,13

Telembí Eloy Alfaro

4 Zabalito 10 730,00

5355,58

Telembí Eloy Alfaro

5

Calle Manza

27 1476,25

241,42

Telembí Eloy Alfaro

6 Gualpí del Cayapas 26 1063,24

1063,24

10403,

60

Telembí Eloy Alfaro

7 Agua Blanca 57 1687,5

1602,7

Telembí Eloy Alfaro

8 Tsejpi 90 6689 Telembí Eloy Alfaro

9 San Miguel 150 4535,59 Telembí Eloy Alfaro

10 Centro Chachi Playa

Grande

35 731,91 San José Eloy Alfaro

11 Zapallo Grande 60 806,59 Telembí Eloy Alfaro

12 Comuna el Encanto 100 8663,00 Atahualpa Eloy Alfaro

13 Capulí 30 13227,60 Santo

Domingo del

Ónzole

Eloy Alfaro

14 Gualpí del Ónzole 23 10400,60 Santo

Domingo del

Ónzole

Eloy Alfaro

15 Pintor 22 570,30 San Francisco

del Ónzole

Eloy Alfaro

16 Jeyambi 35 2273,50 Telembí Eloy Alfaro

17 API 20 3,00 Borbón Eloy Alfaro

18 La Ceiba 26 14000,00 Eloy Alfaro

Total 896 91817,38

Fuente: FECCHE 1998 y Registro de la Propiedad de Eloy Alfaro y San Lorenzo 2012

Elaboración Pablo Minda B

El sistema de tenencia la tierra en la Nacionalidad Chachi, se basa en que ésta

es de propiedad del Centro – comunidad-. Estas son tierras que han sido ocupadas

por la comunidad, desde el XVI. Recién en el siglo XX, los distintos gobiernos,

luego de movilizaciones de las comunidades, la presión de la CONAIE, ha hecho

que les reconozcan los títulos de propiedad, bajo la categoría de tierras de

posesión ancestral.

Page 34: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

34

Para la administración de la tierra, en cada Centro, a un hombre, cuando ha

conformado familia, se le entrega una cantidad de tierra para que la trabaje, para

su usufructo. Esta entrega se hace solo con los hombres. A las mujeres no se les

entrega tierras, cuando se casan, o cuando cumplen la mayoría de edad. Las

mujeres trabajan en la tierra de su marido y pueden continuar usufructuando

esta tierra, una vez que han enviudado.

Si un hombre abandona el Centro – comunidad – la tierra retorna a éste; que

puede entregarla a otro hombre que ha conformado su familia.

De esta manera, la Comunidad, siempre mantiene el control de la propiedad de la

tierra y sea la verdadera dueña; mientras los poseedores, solo tienen el derecho

de uso y usufructo de la misma.

De acuerdo a estudios antropológicos, esta manera de administración de la tierra,

es propia de comunidades cerradas, endogámicas y tiene por objetivo, proteger la

propiedad de la tierra de la comunidad, de los extranjeros y los forasteros (Wolf

Eric: 2003)

3.3.2.- Nacionalidad Eperaara Sepidaara10

La única nacionalidad indígena que no tiene territorio, en el sentido de que éste

haya sido legalizado bajo esta categoría por el Estado y que puede ser considerado

como ancestral, es la nacionalidad Eperaara Sepidaara. La nacionalidad adquirió

un lote de terreno de 347.01 mediante compra. Esta tierra adquirida se ha vuelto

―territorio‖, por la manera de significarla que tienen sus habitantes, por la

relación que mantienen con ella y por la cosmovisión que desarrolla la comunidad

(Viveiro de Castro: 2004 ).

En efecto, para la nacionalidad Eperaara Sepidaara, ―el territorio es parte de sus

cosmovisión, es un ser vivo, que permanece en el tiempo. Es Tachi Euja, Nuestra

Tierra, el lugar donde Dios se manifiesta diáfanamente‖ (Carrasco: 2010, 71).

Además el territorio para los Eperaara Sepidaara es

―Madre naturaleza que da vida y alimento, da albergue, es espacio de

recuperación, el territorio es el lugar donde moran los espíritus que nos

guían y nos dan la sabiduría y el conocimiento”. El territorio es parte de

la cosmovisión, integra los tres mundos, el de lo alto, el de las

10 Toda la información provienen de la reunión con la nacionalidad el ….. de mayo de 2012 ¿????

Page 35: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

35

profundidades y el que vivimos y al no tenerlo somos como pájaro sin

nido‖ Carrasco: 2010, 71-72)11

La búsqueda del territorio tuvo un proceso largo y tortuoso. Empezó en 2000 y

terminó en 2003, con la adquisición de las tierras indicadas. Para esta

adquisición fue importante el apoyo de las Hermanas de la Providencia que

donaron todas las jubilaciones de ese año para este fin, más otros apoyos que

lograron (Carrasco: 2010, 77).

La adquisición del territorio ha significado para la nacionalidad, tener un lugar

donde encontrarse, visibilizarse como pueblo y fortalecerse cultural y

políticamente.

Las 347.01 has de territorio que posee la nacionalidad, se encuentra dividido de

la siguiente manera: 3 has para la misión, que comprende la capilla y un espacio

para el Vicariato; 70.05 de reserva, esto se encuentra junto a la laguna que existe;

otro espacio para centro poblado y el resto se ha entregado a cada familia.

Debido a la poca tierra que poseen – 347.01 has, para 80 familias-, más las áreas

destinadas al uso comunal. Han establecido un régimen de reparto de la tierra,

que consiste en entregarle 3.5 has a cada familia. A los hombres y las mujeres

cuando cumplen 18 años de edad se les entrega 1 ha de tierra a cada uno. Si dos

jóvenes se casan y ya tienen 18 años, tienen derecho a reclamar, 1.5 has de tierra,

hasta completar las 3.5 que le corresponde a cada familia.

11 Cursivas en el original

Page 36: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

36

Imagen No 4

Ordenamiento de las fincas en la nacionalidad Eperaara Sepidaara

Con la finalidad de mantener la familia amplia, se ha buscado que las tierras

entregadas formen un cuerpo cierto con las tierras de los miembros de un solo

tronco familiar.

La tierra entregada deber trabajada en un lapso máximo de cinco años. Si en

cinco años la tierra no está trabajada, esta vuelve a la nacionalidad, para ser

entregada a otra familia.

En la Nacionalidad Eperaara Sepidaara, la tierra es la nacionalidad. Si un hombre,

o una mujer, se casan con personas que no son Eperaara Sepidaara, son

expulsados de la comunidad y la tierra retorna a la nacionalidad, quien la entrega a

otra familia.

En esta nacionalidad, no existe diferencia en la entrega de la tierra, tanto a

hombres como para mujeres. Por lo que se puede decir que en el aspecto formal y

legal, no existe discriminación de género.

Como puede verse, la cantidad de tierras que dispone la nacionalidad Eperaara

Sepidaara es ínfima, incluidos los espacios comunales, le tocaría a cada familia

4.33 has; si esto se divide para cada persona, considerando que la población es de

500 habitantes, la cantidad baja a 0.69 has por persona, lo que es absolutamente

Page 37: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

37

insuficiente para la reproducción humana, desde el punto de vista ecológico en

tierras bajas de la costa.

3.3.3.- La nacionalidad Awá

La nacionalidad Awá tienen 6 comunidades en la provincia de Esmeraldas – todas

asentadas en el cantón San Lorenzo- en las parroquias Tululbí, Mataje – Santa

Rita – y Alto Tambo. De acuerdo a los datos de la FECAE, en San Lorenzo viven

146 familias con un número de 880 personas y poseen 5073, 70 has (RPSL:

2012); además de las 28 160 has que forman parte de la Reserva Étnica Forestal

Awá y que fuera adjudicada en 1998 por el Estado, con una extensión de 101.000

has (CODENPE, SIDENPE, SIISE: 2002).

Sobre la cantidad has del territorio de la nacionalidad Awá existen ciertas

discrepancias en los datos. La misma información de la fuente antes citada,

señala que son 121000 has legalizadas y 5500 has sin legalizar, lo que daría un

total de 126500 has (CODENPE, SIDENPE, SIISE: 2002).

La legalización y titulación de sus tierras también ha sido largo y tortuoso. Este

empezó en 1988, con el reconocimiento del MAG (Ministerio de Agricultura y

Ganadería) del territorio de la nacionalidad Awá. En 1995 el INEFAN delimitó

nuevamente las áreas del territorio y finalmente el Ministerio del Ambiente le

adjudicó a la FCAE en 2006 93 336. 61 has en las parroquias: Tululbí y Mataje

de del cantón San Lorenzo; Chical, Tobar Donoso y Jijón y Caamaño en los

cantones Tulcán y Mira en la provincia del Carchi (Medina Pineda: 2010, 49;

nota 33).12

Los Awá para el manejo de sus territorio han preferido la denominación de

Reserva Étnica Forestal Awá – kwaiker. Para cuyo manejo se han desarrollado

una serie de proyectos, apoyados fundamentalmente por la Cooperación

Internacional. Entre los más importantes sobresalen: Sustainable Uses for

Biological Resocurse - Uso sostenible de los recursos bilógicos- (SUBIR); el

programa CAIMAN, Éste último tuvo una duración de 9 años (1997 – 2008) y se

enfocaron al manejo del bosque que incluía zonificación territorial, planes de

manejo, capacitación al personal de las comunidades de la FECAE, apoyo al

programa de aprovechamiento forestal, adquisición de maquinaria, etc.

Posteriormente con el apoyo de la fundación ALTROPICO, establecieron

relaciones con agencias internacionales de conservación como: el World Wildlife

12 Algunos dirigentes de las comunidades afro esmeraldeñas manifiestan que el problema se

originó cuando se midió el territorio Awá, que no tomó en cuanta el uso que de manera tradicional

hacían de él las familias de la parroquia Ricaurte.

Page 38: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

38

Fund - Fondo Mundial para la Naturaleza - (WWF) y CEPF (Critical

Ecosysitems Partnerdship Fund): Junto a los cuales han actuado otros programas

como el PNUD – PPD. Esto nos hace ver, que el eje de la nacionalidad Awá es el

manejo de sus territorios y los recursos en él existentes, con el apoyo de la

Cooperación Internacional.

Junto a esto se encuentra el manejo tradicional del territorio, el mismo que se basa

en la realización de las actividades de bajo impacto ambiental y ecológico. Caza,

pesca, aprovechamiento de la flora, tanto para alimentación, como para

construcción de viviendas, agricultura de subsistencia con cultivos de yuca, caña,

maíz, plátano, especialmente el denominado ―chiro‖ u o‖ ―rito‖.

Tradicionalmente, la FECAE, no entrega una cantidad determinada de tierras a las

familias. Estas van utilizando el territorio de acuerdo a su ubicación en áreas

dispersas. El territorio de un padre se trasmite por vía masculina. En este sistema,

las relaciones de parentesco resulta ser muy importante, tanto para la autoayuda,

como para el mantenimiento del territorio. Aunque en Colombia, se registra

prácticas de compra y venta de tierras entre los Awá – Kwaiker, en Ecuador, esa

práctica está prohibida, pues el territorio corresponde a la comunidad representada

en la FCAE (Cerón Solarte: 2000, 95).

Imagen No 5

Mapa del territorio de la nacionalidad Awá

Page 39: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

39

Como se puede ver en la anterior figura, el territorio de la nacionalidad Awá en

Ecuador, es continuo con el territorio de esta nacionalidad en Colombia.

2.2.4.- El Pueblo afro esmeraldeño del norte de Esmeraldas

El pueblo afro esmeraldeño, pese a estar asentado en la zona norte de Esmeraldas, es el

último en empezar los procesos de legalización y titulación de las tierras. Con excepción

de las comunas San Francisco del Bogotá y Santa Rita del Bogotá que fueron legalizadas

en 199113, todas las demás fueron legalizadas a partir de 1996. En los cuadros 5 y 6 se

expone las comunidades y la cantidad de tierra legalizada como de posesión ancestral en

el cantón Eloy Alfaro y San Lorenzo

.

Una de las razones para que las comunidades afro esmeraldeñas se hayan

demorado en la titulación y legalización de las de las tierras, es porque recién

con la Ley de Desarrollo Agrario 1994, se les reconoció a las comunidades afro

ecuatorianas el derecho a la posesión ancestral de la tierra. Antes se les

consideraba como campesinos, por lo que debían pagar el precio de la tierra para

que sea legalizada de manera individual, de la misma manera que se legalizaba a

los campesinos.

En las comunidades afro esmeraldeñas del norte de Esmeraldas, la administración

del territorio se encuentra tanto en las familias, como en la comuna. Desde un

punto legal. La tierra, el territorio, está adjudicado a la comuna y de acuerdo al

marco legal no se puede vender, arrendar, ni hipotecar; pero en la práctica las

familias poseen las tierras de las que eran dueñas antes que sea adjudicada como

de posesión ancestral y algunas personas creen que si las pueden vender. Esto crea

una situación ambigua, es como si existieran dos tipos de regímenes de

administración de las tierras.

En relación a posesión ancestral, existen dos aspectos importantes. Por una parte,

las personas consideran como de ―posesión ancestral‖ las tierras que han heredado

de sus ancestros – bisabuelos, abuelos, padres, esposos, etc.-. –, caso comuna

RSC, San Javier, la Boca-. Estas tierras, siendo consideradas ancestrales, son a la

vez privadas y se pueden vender, arrendar, expropiar, etc. En este caso se trataría

de un ―ancestro familiar‖ y no de un ancestro común, de toda la comunidad, que

funda un clan o un linaje a la manera de algunos pueblos en el África, donde en

base a la ideología del parentesco el titular de tierra pueden ser…

las autoridades territoriales, el clan, el linaje, el grupo familiar o la

unidad de producción, pero nunca el individuo. De ahí que se distinga

13 Estas comunidades fueron legalizadas mediante Decreto Ejecutivo del presidente de la

República Rodrigo Borja. El Director del IERAC, usó la denominación de comunas de negros e

indígenas para otorgarles las tierras en forma gratuita.

Page 40: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

40

entre depositarios y derechos de uso. Como es completamente

evidente en el presente caso, los titulares son grupos organizados de

manera vertical con derechos corporativos y no la comunidad en su

conjunto. A diferencia de Asia y Europa, las aldeas africanas no eran

unidades económicas, sino más bien unidades socio políticas

sostenidas por lazos de parentesco y buen vecino (Mafege Archie:

2010, 31).

Cuadro No 5

Comunidades afro esmeraldeñas con tierras legalizadas en el cantón Eloy Alfaro

No Comunidad No de

familias No has de la

comunidad Parroquia Cantón

1 Arenales 65 2296,63 San Francisco Eloy Alfaro

2 Comuna Río Ónzole 276 10218,63 Santo

Domingo del

Ónzole

Eloy Alfaro

3 Comuna Río Santiago

Cayapas 2600 61900,00 9 parroquias Eloy Alfaro

4 Playa de Oro 75 10406,67 Playa de oro Eloy Alfaro

5 San Francisco del

Ónzole 66 2600,12 San Francisco

del Ónzole Eloy Alfaro

6 Bella Vista del Río

Ónzole 22 588 Anchayacu Eloy Alfaro

7 La Loma de Izcuandé 35 897,76 Anchayacu Eloy Alfaro

8 Asociación de

Trabajadores de

Viruela

28 1605,31

319,42 Telembí Eloy Alfaro

9 Asociación

Campesina de Majua

28 524, 62 Telembí Eloy Alfaro

10 Asociación de Negros

del margen derecho

del Río Cayapas

30 923,44 Telembí Eloy Alfaro

11 Chispero 150 881,17 Telembí Eloy Alfaro

12 Asociación 9 de

Octubre ( Telembí

35 695.95 Telembí Eloy Alfaro

13 Palma 20 305,29 Borbón Eloy Alfaro

14 Los Atajos 75 83,55 Borbón Eloy Alfaro

15 El Capricho 10 1612,06 Borbón Eloy Alfaro

16 Pampa 33 223,65 Borbón Eloy Alfaro

17 Ranchito 16 17,39

728,57 Borbón Eloy Alfaro

18 Buenos Aires 18 292,39 Borbón Eloy Alfaro

19 El Tigre 28 112,46

748,43 Eloy Alfaro

Total 3610 96760,94 Eloy Alfaro

Fuente: Trabajo de campo, Registro de la propiedad de Eloy Alfaro y San Lorenzo: 2012

Elaboración: Pablo Minda B

Page 41: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

41

Cuadro No 6

Comunidades afro ecuatorianas del cantón San Lorenzo

No Comunidad No de

familias

No has de la

comunidad

Parroquia Cantón

1 La Loma del Bajo

Borbón

42 1575,21 Tambillo San Lorenzo

2 La Alegría 55 1304,99 Tambillo San Lorenzo

3 El Progreso 70 1947,40 Tambillo San Lorenzo

4 Bellavista del Bajo

Borbón

12

216,45 Tambillo San Lorenzo

5 Los Olivos 4 68,94

11,54

Tambillo San Lorenzo

6 Comuna Río Bogotá 28 1416,30 Concepción San Lorenzo

7 Asociación de

trabajadores de Wimbí 25 663,79 Wimbí San Lorenzo

Comunidad de Wimbí 100 9350,00 San Lorenzo

8 Los Ajos 75 2415,00 San Javier San Lorenzo

9 Guabal de Cachabí 100 2508,40 Urbina San Lorenzo

10 Barranquilla de San

Javier 50 1430,80 San Javier San Lorenzo

11 La Boca 80 991,40 Carondelet San Lorenzo

12 Carondelet del Bogotá 59 819,80 Carondelet San Lorenzo

13 Winbicito 50 1175,62 5 de junio San Lorenzo

14 San Francisco del Bogotá 452 2690,40 Santa Rita San Lorenzo

15 Santa Rita 60 1004, 80 Santa Rita San Lorenzo

16 Comuna de afro

ecuatorianos Lucha y

Progreso

60 1566,94 San Lorenzo

17 La Chiquita 18 365,36 Ricaurte San Lorenzo

Total 1340 31518,34

Fuente: Trabajo de campo, Registro de la propiedad de Eloy Alfaro y San Lorenzo: 2012

Elaboración: Pablo Minda B

Algo parecido a lo que señala Magefe, se presentaba en la CRSC, pero este

sistema de administración comunal de la tierra, se encuentra en franca

descomposición. El sistema era más parecido a los clanes familiares –

entendiendo por familia la unidad biológica y ampliada-, que conforma una

unidad de producción.

El otro concepto de lo ―ancestral‖ se aplica a las tierras que son de la comunidad y

han sido legalizadas, bajo el concepto de ―posesión ancestral‖ a nombre de la

comunidad o comuna. Pero aun así, pese a que las tierras están legalizadas a

nombre de las comunidades – comunas que son los titulares de las tierras -. En la

práctica, las tierras son de las familias, o de la persona a la que la comuna le

Page 42: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

42

asignó la tierra. En ningún caso las tierras revierten a las comunidades. Esto

genera tensiones y conflictos entre aquellos que quieren vender las tierras y

aquellos que no.

Esto se explica por cuanto, a diferencia de las comunidades indígenas, que son

comunidades cerradas, las comunidades afro esmeraldeñas son abiertas. No está

prohibido el ingreso de extraños a las comunidades, no se prohíben los

matrimonios con personas de otros grupos étnicos o culturales. Es más, como

sostiene Eric Wolf, algunos comuneros piensan que el ingreso de los extraños

es beneficiosa, por qué pueden traer progreso a la comunidad (Wolf Eric: 2003,

118 – 144).

En relación a los derechos sobre la tierra, manifiestan que hombres y mujeres

tienen los mismos derechos para acceder a la tierra. Esto está en concordancia con

la Ley de Comunas, que señala que comuneros son todas las personas hombres y

mujeres que han cumplido la mayoría de edad y se encuentran registrados en el

Padrón de la Comuna.

Sin embargo, en comunas donde aún tienen tierras de respaldo, esta se asigna a los

hombres que han cumplido la mayoría de edad y adquieren compromisos

matrimoniales – caso de la comuna Río Ónzole – y no a las mujeres. Las mujeres

heredan las tierras que han sido de sus padres, o de sus esposos, etc.

En conclusión, las nacionalidades indígenas y el pueblo afro esmeraldeño, tienen

distintas visiones del territorio, que se han legalizado como de posesión ancestral,

como indica el siguiente cuadro.

Cuadro No 7

Cantidad y promedio has por familias en las nacionalidades indígenas y en pueblo

afro esmeraldeño

No Nacionalidad No has No

Familias

Promedio

has familia

1 Chachi 91817,38 896 102.47

2 Awá 31462,35 146 215.49

3 Eperaara Sepidaara 347,01 80 4.33

4 Pueblo afro

esmeraldeño 125295,04 5067 24.78

Total 249221,78 6072

Fuente: Registro de la propiedad Eloy Alfaro, San Lorenzo y trabajo de campo 2012

Elaboración: Pablo Minda B

Page 43: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

43

El siguiente gráfico, ilustra la cantidad de has por nacionalidad y por familia en

cada una de ellas. Como se ve en el cuadro anterior, la cantidad de tierras en la

nacionalidad Eperaara Sepidaara es completamente ínfima.

El siguiente gráfico nos ilustra sobre el porcentaje de tierras por cada nacionalidad

y el pueblo afro esmeraldeño.

Gráfico No1

Porcentaje de has de tierras por nacionalidad

Fuente: Registro de la Propiedad y trabajo de campo 2012

Elaboración: Pablo Minda

Se debe señalar que no obstante la titulación y legalización de las tierras como

posesión ancestral, esto no ha impedido para el derecho de las comunidades sea

vulnerado por empresas, colonos, invasores y mineros ilegales. El Estado

ecuatoriano no ha cumplido de manera cabal el mandato internacional de proteger

las tierras de posesión ancestral de las comunidades (Convenio 169 de la OIT, No

14 y 15) como se verá en el siguiente capítulo.

Page 44: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

44

4

El despojo de las tierras ancestrales en el norte de Esmeraldas

En el presente capítulo se analiza las presiones sufridas por las comunidades afro

esmeraldeñas e indígenas para el despojo de sus tierras y los impactos de este

despojo.

Para el presente estudio, la pérdida de las tierras de las comunidades, sea que se

produzca por acción violenta, o por presiones de otra naturaleza, como la

intimidación, hostigamiento, o compra de las tierras, aunque sea ―aparentemente

consentido‖, se entiende como despojo.

4.1.- Mecanismos de expropiación y despojo de las tierras de las comunidades

En el trabajo de campo se identificaron distintos mecanismos y formas que se son

usados por parte de los actores que buscan apropiarse de las tierras de las

comunidades. Los mecanismos más usados son: compra directa, compra por

medio de intermediarios, invasión, presiones y amenazas.

4.2.- Compra directa

Esta se produce cuando los empresarios, compradores individuales, de manera

directa han negociado con las personas de las comunidades, comunas; han

estipulado un precio por las tierras, firman algún documento de compra – venta y

esta transacción es legalizada en alguna institución pública: notaria, tenencia

política, Registro de la Propiedad, etc.

Estos casos son los que menos se registran en el norte de Esmeraldas. La chiquita,

una parte de la Comuna la Alegría y La Boca, son los casos de compra - venta

directa, que se han producido en el norte de Esmeraldas.

4.3.- Compra indirecta

Este ha sido el mecanismo más usado para la compra – venta de las tierras en

norte de Esmeraldas. Consiste en que una persona, o personas, previamente

contactada por los interesados en comprar las tierras de las comunidades, se

ponen en contacto con los comuneros, dirigentes de las comunidades y les

proponen el negocio. Generalmente, el argumento es que con esta venta, van a

obtener el dinero que les hace falta, para emprender en los procesos de desarrollo

de las comunidades.

Page 45: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

45

Estos procesos de intermediación, no se presentan todos de la misma manera y

existen marcadas diferencias entre unos y otros. En el caso de la comuna la

Loma, el mecanismo fue que un traficante de tierras, se hizo admitir como

comunero. Luego éste, en su condición de tal, compró las tierras a los comuneros

y posteriormente procedió a venderle a una empresa que se encuentra

implementando cultivos de palma africana. Esta misma persona hizo de

intermediario en una parte de la venta en las tierras de la comuna la Alegría. Esta

venta y todas las demás carecen de valor jurídico. Pues si bien el Artículo 22 de

la Ley de Desarrollo Agrario, permite el fraccionamiento de las tierras comunales,

el Artículo 57 de la Constitución de la República en sus numerales 4 y 5 prohíben

de manera explícita la venta y el fraccionamiento de estas tierras.

Aunque en todos los casos donde han producido venta de tierras han existido

intermediarios, existen dos que son emblemáticos. Estos son los casos de la

Comuna Río Santiago Cayapas y la comunidad de Wimbí. El caso de Wimbí se

vuelve emblemático, aquí existieron siete intermediarios y en la compra de la

tierra se incluye: la iglesia, el cementerio, las canchas deportivas, la escuela y el

río.

En el caso de la primera – CRSC- donde se han vendido 17365,18 has14, los

intermediarios fueron varios, entre los que según se nos informó figuran dirigentes

de la propia comuna. En la comunidad de Wimbí, donde la venta fue de 9350,oo

has15, la venta se dividió en siete lotes, con igual número de intermediarios, que

compraron las tierras a su nombre y luego las vendieron a un empresario.

Los intermediarios, llamados también para estos casos testaferros, por esta

intermediación ganan una comisión que se descuenta del valor de la tierra. Así por

ejemplo, en la CRSC, el precio que se pagó por la ha de tierra a los comuneros

fue de 300 USD cada ha; en la comuna La Alegría el precio que obtuvieron del

intermediario fue de 400 USD; mientras que cuando negoció directamente la

comuna, el precio que lograron fue de 600 USD. En la comuna La Loma el

precio que se pagó por la ha de tierra fue de 400 USD; luego debido a los

reclamos de los comuneros se aumentó 100 dólares más por ha.

En la comuna el Progreso, el precio que se pagó por cada ha de tierra fue de

700USD, para cada comunero.

14 La última información que obtuve, es que en estos últimos 90 días se han vendido 3000 has más

de tierras 15 Aquí se vendió, el cementerio y hasta la iglesia del pueblo.

Page 46: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

46

La intermediación en la venta de la tierra ha generado conflictos, tanto entre los

comuneros y los intermediarios y entre éstos y los compradores por los precios

pagados por ha. de las tierras. Este fue el caso de la CRSC, donde se han

entablado varios juicios para que se produzcan reajustes a los precios de compra

de la tierra. Uno de éstos juicios fue por el valor de 300.000,oo ; otro por

800.000,oo USD. De éste último precio aún faltaba un saldo de 200.000,oo

USD16 que deben ser entregados a los dueños de la tierra.

4.4.- Presiones para la venta de las tierras

Entendemos por presión, la acción que ejerce un actor determinado, generalmente

con poder, sobre otro actor desprovisto de poder17 para que termine haciendo su

voluntad, o accediendo a sus demandas.

Cuando se pregunta a los dirigentes o comuneros, si han sufrido presiones para la

venta de las tierras, estos de manera general manifiestan que no; que las ventas se

han producido de manera libre. Sin embargo, cuando se indagó un poco más al

respecto aparecieron los tipos de presión: a) presiones directas de los comuneros

al cabildo de la comuna para que se vendan las tierras – caso la Loma, la Alegría,

El Progreso -, b) presiones de ex dirigentes a los comuneros y dirigentes del

cabildo para se vendan las tierras – caso la CRSC-, c) presiones directas de

empresas a comuneros por el hecho de que su predio se encuentra rodeado por las

propiedades de las empresas y d) las presiones del entorno político - social que

hacen que los comuneros se vean obligados a vender las tierras.

Estas presiones también se han hecho presentes en las comunidades indígenas.

Las que más presiones han sufrido son; Tsejpi y Gualpí de la nacionalidad

Chachi, en este caso se trata de la presencia de madereros y mineros que buscan el

territorio de las comunidades para el desarrollo de sus actividades.

También ha sufrido presiones la nacionalidad Eperaara Sepidaara, que mantiene

un conflicto con invasores, que cada vez van aumento la presión para obtener

mayor cantidad de tierras. Se trata de tres personas que se encuentra dentro del

territorio de la nacionalidad, pero que a medida que madura el conflicto van

introduciendo a más parientes de su familia.

16 Esto ha generado un conflicto al interior de las comunidades. Pues no se logran poner de

acuerdo, hay quienes creen que estos valores deben ir directamente a los comuneros; otros que

deben ser intermediados por el cabildo de la comuna. 17 Para el efecto, poder se entiende aquí, en sentido amplio de fuerza, conocimiento, relaciones

con autoridades y capacidad de infundir temor a otro.

Page 47: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

47

Otra de las nacionalidades que ha sufrido fuertes presiones sobre su territorio es

la nacionalidad Awá. Esto se evidenció en el conflicto mantenido con la

comunidad afro esmeraldeña de Ricaurte en 2007, cuando una asociación de

moradores de Ricaurte, el 12 de enero de 2007se hizo adjudicar por parte del

Ministerio del Ambiente17 493 has, que corresponden a la Reserva Awá, bajo el

argumento que esas tierras se encuentran en la parroquia de Ricaurte y que

ancestralmente habían pertenecido a familias afro esmeraldeñas de esta

parroquia.

Luego de una serie de investigaciones, movilizaciones de la nacionalidad Awá a

Quito, el Ministerio del Ambiente, revisó esa decisión y mantuvo la adjudicación

de las tierras a favor de la nacionalidad Awá.

Lo que se señaló posteriormente, es que detrás de este conflicto, existían intereses

de las empresas madereras y otros, que buscaban que el Estado le adjudicara las

tierras a la asociación, para que posteriormente, ésta proceda a vender las tierras

para la implementación de los proyectos agro industriales y de explotación

forestal.

Otra de las presiones que existe en las comunidades afro esmeraldeñas para la

venta de las tierras, es el hecho de que al ser éstas de posesión ancestral, no

pueden ser hipotecadas en los bancos para adquirir créditos para la producción.

Esta situación es aprovechada por los compradores de tierras, quienes les hacen

creer que serán parte de los proyectos que se van a implementar; o que con la

venta de una parte de la tierra podrán impulsar sus propios proyectos.

En la comunidad la Chiquita fuimos informados, que el Programa SI Tierras,

sobre la posesión ancestral, entregó escrituras individuales a los miembros de la

asociación, lo que posteriormente facilitó su venta.

Se debe señalar que, si bien las nacionalidades indígenas, no registran ventas de

sus territorios, estos son constantemente acosados por madereros, cultivadores de

palma africana, cuyas plantaciones se encuentran cerca de los territorios de las

nacionalidades – caso Awá-, y ahora se hace presente los mineros ilegales, que

como se verá más adelante han generado contaminación ambiental de todas las

cuencas de los ríos del norte de Esmeraldas.

A continuación se presenta una matriz que analiza las presiones que han sufrido

las comunidades.

Page 48: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

48

Cuadro No 8

Matriz de sistematización de presiones a las comunidades para la pérdida de sus tierras 2012

No Comunidad No de

familias

No personas

de origen

colombiano

No has

según RP

de Eloy

Alfaro y

San

Lorenzo

Parroquia Cantón

Presiones de las que han sido victima Que

actores

Venta has Arriendo Comodato Presiones y

amen azas

1 Arenales 65 - 2296,63 San

Francisco - ´- x

Comprador

es de tierras

2 Comuna Río

Ónzole 276 - 10218,63

Santo

Domingo del

Ónzole

x

3 Comuna Río

Bogotá 28 - 1416,3 Concepción x

4 Playa de Oro 75 - 10406,67 Playa de oro x

5

San

Francisco

del Ónzole

66 2600,12 San

Francisco x

6

Bella Vista

del Río

Ónzole

22 588 Anchayacu

7 La Loma de

Izcuandé 35 897,76 Anchayacu

8 La Loma del

Bajo Borbón 42 1575,21 Tambillo 870

Presión al

cabildo Pay Paylon

9 La Alegría 55 1304,99 Tambillo 416

Presión de

intermediari

os

Energy

Palma

Pay Paylon

10 El Progreso 70 10 1947,4 Tambillo 500 Presión al EPACEN

Page 49: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

49

cabildo Energy

Palma

11

Bella Vista

del Bajo

Borbón

12 216,45 Tambillo

12 Palma 20 4 305,29

83,55

13 Los Atajos 75 10 1612,06

14 El Capricho 10 223,65

15 Pampa 33

16 Ranchito 17,39

728,57

17 Buenos

Aires 18 1 292,39

18 Los Olivos 4 68,94

3 11,54

19 El Tigre 28 112, 46

748,43

20 Wimbí 9350 Wimbí 9359 Empresario

21 Los Ajos 75 2415 Urbina 20 Mineras

22 Guabal de

Cachabí 100 4 2508,4 Urbina - x

23

Barranquilla

de San

Javier

50 10 1430,8 San Javier 500 x

Energy

Palma

Domingo

Quintero

24 La Boca 80 20 991,4 Carondelet 500 x

25 Carondelet

del Bogotá 59 5 819,8 Carondelet

Page 50: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

50

26 Winbicito 50 1175,62 5 de junio 400

Empresa de

palma

africana

27

San

Francisco

del Bogotá

452 15 2690,4 Santa Rita

28 Santa Rita 60 10 1004, 80 Santa Rita

29 La Chiquita 18 1 365,36 Ricaurte

30

Comuna Río

Santiago -

Cayapas

2900 50 61900

Esta

Comuna

abarca 9

parroquias

17365,18 x x

31

Asociación

de

Trabajadores

de Viruela

28 1605,31

Telembí

319,42

32

Asociación

Campesina

de Majua

28 524, 62 Telembí

33

Asociación

de Negros

del margen

derecho del

Río Cayapas

30 923,44 Atahualpa

34 Comuna

Chispero 150 - 881,17 Telembí

35 Asociación 9

de Octubre 35 695,95 Telembí

36 La Peñita 18 319 Borbón

Total 5067 140 125951,04 29910,18

Fuente: Trabajo de campo, Registro de la propiedad de Eloy Alfaro y San Lorenzo: 2012

Elaboración: Pablo Minda

Page 51: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

51

4.5 Amenazas e invasiones

Las amenazas, de acuerdo a la información recopilada en el trabajo de campo se han hecho

presentes de manera directa en la CRSC y en Wimbí. En esta última comunidad, según se

nos fue referido, se presume que hubo muertes violentas por esta causa.

Las invasiones, en cambio se han dado en la comuna el Progreso, donde no se pudo

legalizar 970 has que pertenecían al Patrimonio Forestal del Estado, pero que

ancestralmente formaban parte del territorio de la comunidad. Personas extrañas invadieron

las tierras, las legalizaron y posteriormente las vendieron a empresarios. En estas tierras

ahora se encuentran cultivos de palma africana.

Otras comunidades que han sufrido procesos de invasión, o amenazas de invasión, aunque

de menor cantidad de tierras son: Arenales, Comuna Río Ónzole, San Francisco del

Ónzole.

La nacionalidad Eperaara también ha sufrido amenazas e invasiones desde hace tres años.

La nacionalidad manifiesta que 3 invasores que se encuentran en su zona de reserva. Ellos

han presentado denuncias a: INDA; Secretaria de Tierras, Gobernación; Jefatura Política

del Cantón Eloy Alfaro, pero no han recibido atención favorable a sus demandas.

Todos estos procesos han contribuido a que varias comunidades, en estos momentos no

tengan las cantidades de tierras que constan originalmente en el Registro de la Propiedad,

como consta en los cuadros 9 y 10 que sistematizan, las ventas, arriendos, invasiones, las

amenazas y las presiones en los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo.

Page 52: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

52

Cuadro No 9

Cambios ocurridos en la cabida original de las escrituras de las tierras de las comunidades 2012

Eloy Alfaro

No Comunidad No de

familias

No has de

la

comunidad

Parroquia Cantón Cambios ocurridos en la cabida original de las escrituras por: No has

actuales

Venta has Arriendo

has

Comodato

has

Invasión has Presiones/

amenazas

1 Arenales 65 2296,63 San

Francisco Eloy

Alfaro

2296,63

2 Comuna Río

Ónzole 276 10218,63 Santo

Domingo

del Ónzole

Eloy

Alfaro

x 10218,63

3 Comuna Río

Santiago

Cayapas

2600 61900,00 9

parroquias Eloy

Alfaro

17365,18 x x 44534, 82

4 Playa de Oro 75 10406,67 Playa de

oro Eloy

Alfaro

10406,67

5 San

Francisco del

Ónzole

66 2600,12 San

Francisco

del Ónzole

Eloy

Alfaro

x 2600,12

6 Bella Vista

del Río

Ónzole

22 588,00 Anchayacu Eloy

Alfaro

588,00

7 La Loma de

Izcuandé 35 897,76 Anchayacu Eloy

Alfaro

897,76

8 Asociación

de

Trabajadores

de Viruela

28 1605,31

319,42

Telembí Eloy

Alfaro

x 1605,31

319,42

9 Asociación

Campesina

de Majua

28 524, 62 Telembí Eloy

Alfaro

x 524, 62

Page 53: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

53

10 Asociación

de Negros

del margen

derecho del

Río Cayapas

30 923,44 Telembí Eloy

Alfaro

x 923,44

11 Chispero 150 881,17 Telembí Eloy

Alfaro

881,17

12 Asociación 9

de Octubre (

Telembí)

35 695,95 Telembí Eloy

Alfaro

695,95

13 Palma 20 305,29

83,55

Borbón Eloy

Alfaro

305,29

83,55

14 Los Atajos 75 1612,06 Borbón Eloy

Alfaro

1612,06

15 El Capricho 10 223,65 Borbón Eloy

Alfaro

223,65

16 Pampa 33 Borbón Eloy

Alfaro

17 Ranchito 16 17,39

728,57

Borbón Eloy

Alfaro

17,39

728,57

18 Buenos

Aires 18 292,39 Borbón Eloy

Alfaro

292,39

19 El Tigre 28 112, 46

748,43

Eloy

Alfaro

112, 46

748,43

Total 3610 97344,43 79997,25

Page 54: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

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Cuadro No 10

Cambios ocurridos en la cabida original de las escrituras de las tierras de las comunidades 2012

San Lorenzo

No Comunidad No de

familias

No has de

la

comunida

d

Parroquia Cantón Cambios ocurridos en la cabida original de las escrituras por:

Venta

has

Arriendo has Comodato

has

Invasión has Presiones/

amenazas

No has

actuales

1 La Loma del

Bajo Borbón

42 1575,21 Tambillo San

Lorenzo

870,00 x 712,79

2 La Alegría 55 1304,99 Tambillo San

Lorenzo

416,00 x 888,99

3 El Progreso 70 1947,40 Tambillo San

Lorenzo

500,00 x 1447,40

4 Bellavista

del Bajo

Borbón

12

216,45 Tambillo San

Lorenzo

216,45

5 Los Olivos 4 68,94

11,54

Tambillo 68,94

11,54

6 Comuna Río

Bogotá

28 1416,30 Concepció

n

San

Lorenzo

1416,30

7 Asociación

de

trabajadores

de Wimbí

52 663,79 Wimbí San

Lorenzo

x 663,79

Comunidad

de Wimbí

150 9350,00 9350,00 -

8 Los Ajos 75 2415,00 San Javier 20 x 2415,00

9 Guabal de

Cachabí 100 2508,40 Urbina 2508,40

10 Barranquilla

de San Javier 50 1430,80 San Javier 500,00 x 930,00

11 La Boca 80 991,40 Carondelet 500,00 x 491,40

12 Carondelet 59 819,80 Carondelet 100,00 719,80

Page 55: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

55

del Bogotá

13 Winbicito 50 1175,62 5 de junio 400,00 x 775,62

14 San

Francisco del

Bogotá

452 2690,40 Santa Rita 2690,40

15 Santa Rita 60 1004, 80 Santa Rita 1004, 80

16 Comuna de

afro

ecuatorianos

Lucha y

Progreso

60 1566,94 1566,94

17 La Chiquita 18 365,36 Ricaurte 180,00 185,36

Total 1350 31513,14 12816,00 18697,14

Fuente: Registro de la Propiedad de San Lorenzo y trabajo de campo 2012

Elaboración: Pablo Minda B

Page 56: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

56

4.6.- Impactos de la venta de la tierra en las comunidades indígenas y afro

esmeraldeñas

Uno de los primeros impactos de la venta de las tierras en las comunidades, es la

disminución de la cantidad de ésta disponible para las familias. Si bien en el cuadro No 7

se establece que la cantidad de has de tierras de posesión ancestral de las comunidades

afro esmeraldeñas es de 125.595,04 has que dividido para 5067 familias da un promedio de 24.

78 has por familia. Sin embargo, una vez que se resta la cantidad de tierras vendidas, este total

queda en 95.684. 86, lo que divido para 5067 familias queda un promedio de 18.88 has por familia.

Si este análisis se hace por cantones, tenemos que para San Lorenzo el promedio de has de tierra

por familia es 13.84 ha y en Eloy Alfaro 22.15 has; pero pueden haber casos como el de la CRSC,

donde el promedio es de 17. 12 has por familia, asumiendo que no se produzcan más ventas.

Esto ha incidido en la disminución de los medios de vida de las familias, quienes en algunos casos

han tenido que emigrar o buscar tierras donde parientes cercano u otros familiares para trabajar; o

han tenido que invadir; lo que a su vez ha agudizado los conflictos en las comunidades.

Los que han vendido la tierra y no han emigrado, se han convertido en trabadores de las mismas

empresas a quienes vendieron las tierras. Han tenido que someterse a un régimen de trabajo al que

no estaban acostumbrados. La mayoría trabaja sin la seguridad social. En otros casos, algunas

personas que han vendido la tierra y han adquirido electrodomésticos; cuando se han enfermado han

tenido que vender estos equipos para tratarse (Entrevista a personas de la CRSC).

Otro impacto de la venta de las tierras en las comunidades afro esmeraldeñas, es la desorganización

y los conflictos en las organizaciones. En este momento la CRSC se encuentra en acefalía, sin una

dirigencia legitimada. En la mayor parte de las comunas, no se ha actualizado el padrón de los

comuneros, existen retrasos en la elección de los cabildos, sin los cuales las comunas no pueden

funcionar de manera adecuada.

En las comunidades indígenas, si bien no se han producido ventas del territorio, son constantemente

acosados y amenazados por madereros, mineros, colonos y empiezan procesos de acumulación

individual de tierras (Gualpí del Ónzole)

4.6.- Impactos de género

Uno de los objetivos de la investigación fue constatar como el despojo de las tierras afectan

a las mujeres. En las entrevistas realizadas en San Javier y la CRSC (Comuna Río Santiago

Cayapas) y en otras comunidades. La percepción de las mujeres es que la venta de las

tierras, igual que la presencia de la minería, ha tenido un impacto muy negativo sobre sus

vidas.

La primera cuestión que refieren es que la venta de la tierra, el consecuente desmonte para

el establecimiento de los cultivos de palma africana, les ha privado de los medios de

Page 57: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

57

subsistencia. ―Hemos perdido las fuentes de vida y alimentación: el agua, la caza del ratón

churi, la cacería‖. La siguiente entrevista ilustra de mejor manera la situación.

Antes nosotros nos alimentábamos en un 90% de productos del medio, tanto en lo

que eran presas, como en los productos vegetales. Ahora es al contrario, yo

pienso que ahora es un 99% a 1%, porque lo que más utilizamos es el verde que

ese si no ha desaparecido18. Pero todo lo concerniente a lo que se hacía antes sí.

La gente iba al río tiraba su atarraya, un trasmayo y se obtenía el pescado; no era

necesario ir a comprar. Entonces afectó tanto a la calidad de los productos como

en la economía. Todo hay que comprar: el pescado, el pollo, la carne, todo,

porque la gente ya no se dedica a la cría de gallinas, patos, que ya no se los ve por

aquí. (X3, entrevista 20/8/2011). (En Minda: 2012).

Manifiestan además, que ―han tenido que ingresar a un régimen de trabajo temporal,

siendo pocas las que tienen un trabajo estable en las palmicultoras‖.

En relación a la presencia de las mineras manifiestan ―ahora es más grave que la venta de las

tierras, por que contaminan el agua que ya no se puede tomar, y la culpa es de la minería, se ha

terminado la pesca, que era un recurso importante para la alimentación. Igual que con la palma, al

inicio había trabajo, después se termina por que todo lo hacen las máquinas‖.

Otro de los impactos al que hacen referencia es que con la presencia de la minería ilegal,

―se terminó con el trabajo de la práctica artesanal de extraer oro con la batea, que

tradicionalmente realizaban las mujeres‖.

Por otra parte, añaden que la presencia de las ―mineras‖ ―ha hecho que lleguen personas

extrañas a las comunidades que generan violencia y también ha generado que algunas

chicas, especialmente las más jóvenes ingresen a un sistema de prostitución encubierto y

los jóvenes al alcoholismo‖.

Otro de los impactos que las mujeres identifican es el referido a la salud. Manifiestan que

como consecuencia de la contaminación de las aguas se han hecho presentes varias

enfermedades como: hongos vaginales, hongos a la piel, granos y otras enfermedades que

―aparecen, pero no se sabe que son‖.

En términos generales manifiestan que ―ven un futuro incierto, para sus vidas, tanto por la

venta de las tierras, como por la minería‖ En San Javier una señora manifestó ―sí, ya

sabemos que nos vamos a morir, los del Ministerio nos explicaron todo. Estamos

totalmente contaminados‖.

18 Aunque la entrevistada no lo menciona, en muchas ocasiones el plátano que consume en el norte de

Esmeraldas, proviene de la provincia de Manabí, del cantón El Carmen.

Page 58: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

58

4.7.- Impactos causados por la presencia de la minería aurífera ilegal

Otro de los impactos que están sufriendo los territorios de las nacionalidades indígenas y el

pueblo afro esmeraldeños, es la contaminación ambiental a causa de la presencia de la

minería ilegal que se desarrolla en sus territorios, o en las cuencas de los ríos cuyas aguas

es consumida por sus habitantes.

Como nos ilustran los dos cuadros siguientes, esta contaminación que es básicamente por la

presencia de materiales pesados, mercurio, plomo, arsénico y turbidez del agua, afecta

prácticamente a todas las comunidades de los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo.

El siguiente cuadro ilustra las parroquias y el grado de afectación de la contaminación por

la minería ilegal.

Cuadro No 11

Parroquias afectadas por la contaminación de la minería ilegal

No Parroquia

Población Impactos

Alto Medio Bajo Ninguno

1 Valdez ( cabecera parroquial Limones) 6839 x

2 Anchayacu 2434 x

3 Atahualpa 1473 x

4 Borbón 7755 x

5 La Tola 4057 x

6 Luis Vargas Torres ( Playa de Oro) 363 x

7 Maldonado 1649 x

8 Pampanal de Bolívar 1084 x

9 San Francisco de Ónzole 1544 x

10 Santo Domingo de Ónzole 1727 x

11 Selva Alegre 1141 x

12 Telembí 5720 x

13 Colón Eloy del María 1386 x

14 San José del Cayapas 1510 x

15 Timbré 1014 x

16 San Lorenzo 24958 x

17 Alto tambo ( cabecera parroquial

Guadual)

1880 x

18 Ancón - Pichingal 1788 x

19 Calderón 641 x

20 Carondelet 1655 x

21 5 de Junio 418 x

22 Concepción 2323 x

23 Mataje 1280 x

24 San Javier de Cachabí 517 x

Page 59: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

59

25 Santa Rita 1560 x

26 Tambillo 1638 x

27 Tululbí ( cabecera parroquial Ricaurte) 2079 x

28 Urbina 674 x

Fuente: UCESE, 2011

Elaboración: Pablo Minda B

El cuadro número 11 resume el número de población y el grado de afectación a las que

están sometidas por la minería ilegal.

Cuadro No 12

Población por nivel de impacto por la minería ilegal

No Nivel de impacto Población

1 Alto impacto 25.795

2 Mediano impacto 41.644

3 Significativo impacto 67.439

4 Bajo impacto 7.600

5 Impacto 75.039

6 Ningún impacto 6.068

Fuente: PUCESE, 2011

Elaboración: Elaboración: Pablo Minda B

A manera de conclusión de este capítulo, se puede señalar que las situación de despojo de

las tierras de las nacionalidades indígenas y el pueblo afro esmeraldeño, la contaminación

ambiental, se da en un contexto de presencia de una economía compleja, donde existen

todos los componentes de una economía de frontera (Riveiro Darcy: 1971); o también lo

que Escobar denomina globalidad imperial y colonialidad global; (Escobar A: 2005, 21-

46)19, o economías de extracción (Bunker: 1986).

Todas estas economías tienen algo en común, son extractivistas, fragilizan los medios de

vida de las comunidades, se hace uso de la violencia para aterrorizar a las comunidades,

dando paso a lo que Escobar también llama ―fascismo social‖, desplazándolas para usar los

territorios y los recursos que el capitalismo requiere.

Frente a esto el Estado, se ha mostrado incapaz de proteger los territorios de las

comunidades indígenas y del pueblo afro esmeraldeño. Siendo en no pocas ocasiones ya sea

por acción u omisión co actor del despojo de los territorios de las comunidades.

19 Para ver en detalle cómo opera la globalidad imperial y la colonialidad global, ver el capítulo 2 del texto

citado, donde se analiza la situación de la región del Pacífico colombiano, que está relacionado con el área de

investigación.

Page 60: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

60

5

Análisis jurídico de la venta de las tierras

A partir del marco jurídico vigente, el mismo que se deriva de la Ley de Desarrollo

Agrario, aprobada por el Congreso Nacional en 1994, así como por el mandato de la

Constitución Política del Estado de 1998, que en sus artículo 84 numeral 2, señala

textualmente. ―Conservar la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias, que serán

inalienables, inembargables e indivisibles, salvo la facultad del Estado para declarar su

utilidad pública. Estas tierras estarán exentas del impuesto predial‖.

Así como por el reconocimiento expreso que hace la Constitución de la República de 2008,

en cuyo Artículo 57, numerales: 4, 5, 6 y 11 y el Artículo 58, antes citados; que

garantizan la propiedad imprescriptible de las tierras ancestrales, a no ser desplazados de

las mismas; y la garantía de la aplicación de los Derechos Colectivos para las comunidades

afro ecuatorianas.

Se puede concluir que los procesos de compra - venta de las tierras de posesión ancestral,

que se han realizado en el norte de la provincia de Esmeraldas, los mismos que en unos

casos – La Loma, La Alegría, La Chiquita-, han sido legalizados en las Comisarías20 y otros

como en la comuna Carondelet del Bogotá, cuya venta se encuentra registrada en el

Registro de la Propiedad del Cantón San Lorenzo21 son totalmente nulos. Por cuanto violan

todas las normas expresas que existen sobre la posesión de las tierras ancestrales.

Pese a todo esto, existen algunos problemas que deben analizados. La venta de las tierras

de la CRSC, para sus promotores, no constituye una venta de tierras ancestrales, por

cuanto estas no estaban reconocidas como tal y por el contrario, existe un grupo de

personas que sostienen que estas tierras ―son privadas‖ por cuanto fueron compradas por

64 comuneros y por tanto los legítimos dueños de estas tierras son los herederos de estas

personas que compraron originalmente la tierra22.

20 En el caso de la comuna La Loma y La Alegría, las compra – venta se han legalizado en la Comisaría

Primera del cantón Esmeraldas, donde el Notario era en ese entonces el abogado Carlos Macías Sierra. En el

caso de la Chiquita, estas ventas se han legalizado en la Notaria de San Lorenzo, ante el Notario Público

Merlin Chávez. 21 En el Registro de la Propiedad de San Lorenzo consta inscrita la venta de dos lotes de tierras. Uno de 48

has y otro de 50 has como “escrituras de adjudicación”, que de acuerdo al Registrador de la Propiedad no

implica, propiedad, ni desmembración de la posesión de la comuna. 22 Este ha sido un argumento de las personas que son partidarios de la venta de las tierras. Sin embargo, una

última información que fue me proporcionada, sostiene que estas tierras siempre fueron públicas, pues el

Municipio de Eloy Alfaro compró estas tierras para la CRSC. Si esto fuera así, toda la concepción y la

Page 61: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

61

En este momento, algunos comuneros han planteado un juicio de nulidad de la venta de

9.350 has en la CRSC, debido a la violación de los procedimientos para su compra. El

juicio se sustenta en la Corte Superior de Justicia de Esmeraldas y busca revertir las tierras

a la comuna. No obstante, este no será un trámite fácil, pues los compradores son personas

vinculadas al poder económico y político del país.

En el caso de las tierras de la comunidad de Wimbí23, estas no fueron legalizadas como de

posesión ancestral; sin embargo, han sido asumidas de esta manera, en función de la

posesión consuetudinaria que la comunidad ha mantenido sobre estas tierras.

El problema jurídico sobre estas tierras, se inició cuando un empresario las adquirió y dejó

prácticamente sin tierras a la comunidad de Wimbí. La disputa jurídica ha tenido varios

episodios.

La comunidad ganó el juicio en primera instancia en el Juzgado de Limones el 15 de

septiembre de 2007 y devolvió las tierras a la comunidad; este fallo fue ratificado por la

Corte Superior de Justicia de Esmeraldas el 25 de febrero de 2010; sin embargo, el

empresario que había comprado las tierras, presentó un recurso de ―incumplimiento‖ ante

el Tribunal de Garantías Constitucionales, sobre un fallo favorable que él había obtenido

antes. Este tribunal, el 18 de mayo de 2010, falló a favor del empresario; con lo cual las

tierras volvieron a poder de éste. Al ser éste un Tribunal de última instancia, invalidó todos

los fallos anteriores.

La comunidad de su parte ha interpuesto dos nuevos recursos, uno ante la Corte

Interamericana de Justicia, pidiendo la anulación del fallo del Tribunal y otro ante la Sub

Secretaria de Tierras, para que en aplicación del Artículo 718 del Decreto Ejecutivo 352

del 30 de octubre de 2010 se proceda a la reversión de las tierras en favor de la comunidad.

Si la Sub secretaría de Tierras acepta el pedido de reversión hecho por la comunidad, estas

tierras deben volver a la comunidad y dejar sin efecto lo actuado, primero por el INDA y

luego por los tribunales.

La CRSC también ha interpuesto una demanda por la nulidad de la venta de 9350 has, esta

demanda se sustancia en la Corte de Justicia de Esmeraldas y se espera que la Corte falle a

favor de los demandantes. Pues la venta fue realizada, según manifiestan los comuneros de

manera ilegal.

argumentación que han existido sobre estas tierras cambiaría totalmente en favor de la tesis de que estas

siempre han sido de posesión ancestral. 23 La información sobre esta comunidad fue obtenida de una entrevista realizada al abogado que llevó la

causa y de personas de la comunidad. También entrevisté al responsable de la Sub Secretaría de Tierras en

Esmeraldas.

Page 62: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

62

Frente a los argumentos jurídicos esgrimidos por los abogados, algunos dirigentes e

intermediarios, para justificar las ventas de las tierras de posesión ancestral de las

comunidades indígenas y del pueblo afro esmeraldeño. Se debe tomar en cuenta el fallo de

la Corte Constitucional en relación a la Consulta pre legislativa, donde señala.

… los derechos colectivos reconocidos para las comunas, comunidades, pueblos y

nacionalidades indígenas participan de los siguientes elementos que los diferencian de los

clásicos derechos individuales en cualquiera de sus manifestaciones:

a) Su titular es un sujeto colectivo autónomo, no una sumatoria de intereses y

voluntades individuas;

b) Su contenidos es concebido como una garantía de la realización de la igualdad

material de los grupos étnicos y culturales respecto a los demás miembros de la

sociedad;

c) La condición que determina la existencia de del derecho colectivo no depende de la

acción u omisión de sus titulares, sino que depende de la existencia de un poder

jurídico de actuación autónoma de estos en caso de incumplimiento (Corte

Constitucional: 2011), y continúa…

… para esta Corte, es preciso dejar en claro que la Constitución ecuatoriana está dotada de fuertes

instrumentos que garantizan la plena vigencia de los derechos reconocidos. Entre estos, los más

relevantes para el presente caso son la directa e inmediata aplicación de la Constitución y de los

instrumentos internacionales de derechos humanos, cuando éstos son más favorables a la vigencia

de los derechos, aún a falta de ley (artículos 11, numeral 3 y 426 C. E); y la supremacía de la

Constitución frente a cualquier otra norma del ordenamiento jurídico (artículo 424 C: E) (Corte

Constitucional: 2011).

La garantía de estos derechos para el pueblo afro ecuatoriano se encuentra en los artículos

58 y 59 de la Constitución de la República.

Tal como sostiene la Corte Constitucional, la norma a invocarse en estos temas, que viola

los derechos colectivos de las comunidades afro esmeraldeñas, es la Constitución y los

instrumentos internacionales. Debido a que el titular de los derechos colectivos es ―un

sujeto autónomo y no una suma de voluntades individuales‖, para la aplicación de la norma

constitucional, poco importa si es una persona, o varias personas de las comunidades que

han decido vender la tierra. Ellos por si solos, de manera individual, no son portadores de

los derechos colectivos.

Las comunidades afro esmeraldeñas, si estuvieran decididas a hacerlo, pueden presentar

ante cualquier juez, un amparo constitucional para que frene y deje sin efecto las compras

de las tierras de las comunidades. Sin embargo, solo dos comunidades están dispuestas a

luchar para que se anulen las ventas. Estas son: la CRSC y Wimbí.

Page 63: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

63

Es evidente que el Estado frente a la obligación que tiene de proteger las tierras de

posesión ancestral de las comunidades afro esmeraldeñas como parte de los derechos

colectivos, no ha sido lo suficientemente diligente.

Page 64: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

64

6

Conclusiones y recomendaciones

En este capítulo se establecen algunas conclusiones del estudio y se formulan

recomendaciones, orientadas a buscar la manera como revertir las tierras ancestrales

vendidas, a las comunidades afro esmeraldeñas, por una parte y por otra, a como proteger

las tierras ancestrales de las comunidades de las nacionalidades indígenas del pueblo afro

esmeraldeño.

6.1.- Conclusiones

Conclusiones

1.- En este momento las tierras legalizadas como de posesión ancestral para comunidades

indígenas y comunidades afro esmeraldeñas, es de 249.221,78 has, de las cuales el 50%

corresponde a las comunidades afro esmeraldeñas, 37% a la nacionalidad Chachi y el 33%

a la nacionalidad Awá del Ecuador.

2.- En la zona norte de Esmeraldas, no quedan tierras de posesión ancestral por legalizar.

3.- La consecución del título de propiedad colectiva de los territorios de comunidades afro

esmeraldeñas, así como para las nacionalidades indígenas, no ha garantizado de manera

efectiva el derecho colectivo de estos territorios.

4.- No se debe considerar la cantidad de has promedio por familia en las nacionalidades

Chachi y Awá como desproporcionadas. Esa cantidad es coherente con el tipo de

ecosistema que usan y con la economía que practican. Es la garantía de que estos sistemas

ecológicos subsistan.

5.- Las presiones que sufren las comunidades indígenas y afro esmeraldeñas es propio del

tipo de economía capitalista que impera en la zona.

6.- La venta de las tierras en las comunidades afro esmeraldeñas, ha significado la

disminución a menos de 20 has por familia en promedio (18.88), cantidad insuficiente para

proveer los recursos necesarios para el sustento de las familias.

7.- Es urgente para la nacionalidad Eperaara Sepidaara encontrar nuevas tierras que

amplíen su espacio territorial, 4. 62 has por familia en promedio no permite la

reproducción material de las familias en condiciones adecuadas.

8.- Todas las tierras (territorio) de las nacionalidades indígenas y del pueblo afro

esmeraldeño se encuentran bajo presión de mineros, madereros, cultivos agro industriales y

son afectados por la presencia de la actividad minera ilegal.

Page 65: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

65

9.- Las mujeres han sido particularmente afectadas por la venta de las tierras y por la

minería ilegal, han visto disminuir sus fuentes de alimentación y han perdido las prácticas

de trabajo tradicional, como la extracción del oro con batea. Además esto les está

afectando gravemente en su salud.

10.- Todas las compras, ventas, que se han realizado de las tierras ancestrales son nulas,

violan las normas jurídicas vigentes, especialmente los derechos colectivos de las

nacionalidades y pueblos indígenas, el pueblo afro ecuatoriano y montubio.

11.- Las instituciones del Estado no han sido diligentes en la protección de los derechos

colectivos de las nacionalidades indígenas y de las comunidades del pueblo afro

esmeraldeñas. Siendo por acción u omisión, co actores del despojo de las tierras a las

comunidades.

12.- En algunos casos, la venta de la tierra se origina en la falta de oportunidades que las

comunidades tienen para acceder a recursos económicos para las actividades productivas.

13.- Aunque las personas manifiestan que no han sido presionados para vender la tierra,

esta existe.

Recomendaciones

1.- El Estado está obligado a garantizar el cumplimiento de los derechos colectivos de las

nacionalidades y pueblos indígenas, del pueblo afro ecuatoriano y montubio. La compra de

las tierras violan estos derechos. En consecuencia, se recomienda que El estado busque los

recursos y mecanismos necesarios para dejar sin efecto estas ventas y se restituya las

tierras a las comunidades.

2.- Las autoridades del Estado deben investigar lo actuado por el Programa SI Tierras en la

Asociación la Chiquita, donde en tierras ya tituladas de posesión ancestral, se procedió a

entregar títulos individuales, facilitando así su venta.

3.- El Estado coherente con las normas nacionales, los instrumentos internacionales, como

el Convenio 169 de la OIT, debe implementar programas de protección de los territorios y

tierras ancestrales de las comunidades.

4.- Debido a que las tierras de posesión ancestral, no son sujetas de hipotecas, garantías

bancarias, etc. Se recomienda que el Estado diseñe e implemente programas de desarrollo

acorde con los marcos culturales de las comunidades a fin de que les provea de crédito,

semillas y asistencia técnica de tal manera que se fomente un desarrollo endógeno.

Page 66: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

66

5.- Se debe buscar la manera de que Comisarios, Registradores de la Propiedad, conozcan

el marco jurídico y se abstengan de notariar y registrar los actos de compra venta de las

tierras ancestrales.

6.- Es deseable que instituciones de DD HH, la Defensoría del Pueblo, capaciten a

dirigentes y comunidades sobre los derechos que les asiste y el marco jurídico pertinente,

para que puedan reclamar los derechos que les asiste sobre sus territorios ancestrales.

7.- En este mismo sentido se recomienda que las instituciones del Estado, como la Corte

Constitucional y los otros órganos de justicia, atienda de manera pronta y oportuna las

demandas de las nacionalidades y el pueblo adro esmeraldeño. De manera especial las

demandas de la nacionalidad Eperaara Sepidaara, CRSC y la comunidad de Wimbí.

Page 67: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

67

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Esmeraldas, PPF/GTZ

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70

Anexos

Anexo 1

Registro de las tierras de posesión ancestral en el registro de la Propiedad de Eloy Alfaro

Comunidades afro descendientes

Nombre de la comunidad No has No de

Registro

Fecha de

Registro

Observaciones

1 Comuna Playa de oro

10.406,67 79 13 – 06 - 1996

2 Comuna Río Ónzole

10. 218,63 78 13 - 06 - 1996

3 Comuna Arenales

2.296,63 76 13 – 06 - 1996

4

Comuna San Francisco del

Ónzole

2.600,12 - - No consta

registrada en el RP

de Eloy Alfaro

5 Bellavista del Ónzole

588,oo 53 5 -05- 2000

6

La Loma de Izcuandé

897,76 157 17 – 09 - 1998

7 Asociación de Palmeños

305,29

83,55

77

83

3 – 07 – 2001

3 – 07 - 2001

8 El Capricho

223,65 09 6 – 02 - 2001

9 Ranchito

17,39

728,57

78

80

3 - 07 – 2001

3 – 07 – 2001

10 Comuna Río Santiago

Cayapas

44.534, 82 161 1 – 08 - 2007

11 Asociación de Trabajadores

de Viruela

1605,31

319,42

29

86

9 – 03 – 1998

3 – 07 - 2001

12 El Tigre

112, 46

748,43

79

84

3-07 -2001

3 -07 - 2001

13 Asociación Campesina de

Majua

524, 62 27 9 – 03 1998

14 Asociación de Negros del

margen Derecho del Río

Cayapas

923,44 26 9 – 03 -1998

15 Comuna Chispero

881,17 24 9 - 03 -1998

16 Asociación 9 de Octubre

695,95 25 9 – 03 - 1998

17 Comuna San Miguel

1728,74 28 9 – 03 - 1998

Page 71: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

71

18 La Peñita

319,oo 77 13 – 06 - 1996

19 Asociación de Trabajadores

Unidos triunfaremos

305,29 77 3 – 07 - 2001

20 Asociación Agroforestal San

Antonio

66,78 82 3 -07 - 2001

21 Asociación de Trabajadores

Agroforestales Nueva Unión

1301, 29

310,77

85

91

3 – 07 – 2001

3 – 07 - 2001

Fuente: registro de la Propiedad del cantón Limones 2012

Elaboración: Pablo Minda

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72

Anexo 2

Registro de las tierras de posesión ancestral en el registro de la Propiedad de Eloy Alfaro

Comunidades indígenas

No Centros

No has No de

Registro

Fecha de

Registro

Observaciones

1 Pichiyacu Grande 3.311, 80 115

12- 09 - 1996

2 Corriente Grande 2.942,50

3703, 93

129

87

25-09 – 1996

3 -07 – 2001

3 Guadual 5.370,oo

1147,13

130

74

25– 09 -1996

3– 07 – 2001

4 Zabalito 730,40

5355, 58

131

89

25– 09 –1996

3 -07 - 2001

5

Calle Manza

1476,25

241, 42

132

88

25– 09 – 1996

3 – 07- 2001

6 Gualpí 1063, 24

10.403, 60

133

129

25 -09 – 1996

22 – 10 - 2001

7 Agua Blanca 1687, 50

1602, 7

134

72

25 - 09 – 1996

3 – 07 - 2001

8 Tsejpi

6689,oo 6 10 – 1- 1994

9 San Miguel

4535,59 22 8 – 03 -1998

10 Guadual

1283,84 24 9 -03 - 1998

11 Centro Chachi Playa

Grande

731, 91 401 6 –12 -1999

12 Zapallo Grande

806,59 402 6- 12- 1999

13 Comuna el Encanto

8663, oo 10 5 -01- 1991

14 Gualpí 10.403, 90 11 22–01-1991

15 Pintor 570,30 209 21–06 -1991

16 Organización de la

Nacionalidad Eperaara

del Ecuador

347,01 18 6 – 02 - 2003 Se debe realizar un

traspaso de la ONE a

la Nacionalidad

Eperaara Siepidara del

Ecuador

Fuente: registro de la Propiedad del cantón Eloy Alfaro 2012

Elaboración: pablo Minda B

Page 73: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

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Anexo No 3

Tenencia de la tierra de posesión ancestral según Registro de la Propiedad de San Lorenzo

Comunidades afro esmeraldeñas

Nombre de la

comunidad

No has No de

Registro

Fecha de

Registro

Observaciones

1 Comuna Río Bogotá

1416,30 605 19 – 06- 1996

2

La Loma del Bajo

Borbón

1575,21 631 27 – 11- 1997

3 La Alegría

1304,99 632 27 – 11- 1997

4 El Progreso

1947,40 093 15 – 12- 1999

5 Bella Vista del Bajo

Borbón

No consta inscrito en el

RP de San Lorenzo

6 Los Olivos

68,94

11,54

039 18 – 07- 2001

18 - 07- 2001

7 Wimbí

663,79 040 18 – 07- 2001

8 Los Ajos

2415,00 09 8 – 03- 2001

9 Guabal de Cachabí

2508,40 092 15 – 12- 1999

10 Barranquilla de San

Javier

1430,80 070 28 – 06 - 2000

11 La Boca

991,40 648 5 – 10 - 1998

12 Carondelet del Bogotá 819,80 640 o 346 2 – 07 - 1998

13 Wimbicito

1175,62 633 27 – 11 - 1997

14 Santa Rita

1004, 80 464 6 – 11 - 1991

15 San Francisco del

Bogotá

2690,40 465 6 – 11 - 1991

16 Comuna de Afro

ecuatorianos Lucha y

progreso

1566,94 027 23 – 09 - 2002

17 La Chiquita

365,36 058 13 – 08 - 2008

Total

Fuente: registro de la Propiedad del cantón San Lorenzo 2012

Elaboración: Pablo Minda

Page 74: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

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Anexo No 4

Registro de Tenencia de la tierra de posesión ancestral según Registro de la Propiedad de San Lorenzo

Comunidades indígenas

No Comunidad

No has No de

registro

Fecha Observaciones

1

Comuna Awá

101,00 587 21 - 03 - 1995

2

El Pan

1430,00 032

3

Centro Awá Río

Bogotá

1771,35 041 18 – 07 – 2001

4

Centro Awá Río

Bogotá segunda parte

1771,35 019 23 – 09 - 2002

Page 75: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

75

Anexo 5

Guía de entrevistas para grupos focales

Objetivos

Identificar y caracterizar las percepciones, sentimientos e ideas de los actores y

miembros de las comunidades indígenas y afro esmeraldeñas sobre la presión y

pérdida de las tierras comunitarias de posesión ancestral.

Identificar los actores, mecanismos, tipología y tácticas que son utilizadas por los

distintos actores en la presión por la tierra a las comunidades.

Identificar si las comunidades pretenden/quieren recuperar el territorio

Guía de preguntas

Han sufrido amenazas, presiones para que vendan, arrienden o den en comodato las

tierras de las comunidades

Qué tipo de presiones han sufrido

Qué tipo de personas, instituciones o empresas les han presionado

Qué mecanismos han utilizado para presionarles

Cómo era la vida antes de sufrir estas presiones

Qué piensan ustedes sobre el despojo de sus tierras

Qué mecanismos han utilizado las empresas e instituciones

Estarían ustedes interesados/das en realizar procesos de demanda para la

recuperación de las tierras

Instrumentos de registro

Tarjetas de colores en las que se recogen las percepciones o ideas de los/as

participantes por pregunta. La idea es valorizar las ideas, conceptos, palabras de los

participantes pegando las tarjetas en una pizarra, en una pared o una plancha de

espumaflex

Elaboración de la memoria del taller mediante la transcripción de las tarjetas;

Elaboración de un informe por grupo focal o taller

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Anexo 6

Guía de entrevistas para aplicar a las mujeres de las comunidades

Objetivos

Analizar los impactos: sociales, económicos, laborales, culturales, que el despojo de las

tierras comunitarias ha tenido en las vidas de las mujeres indígenas y afro esmeraldeñas en

el norte de Esmeraldas

Analizar la percepción jurídica que acerca de la tenencia, sucesión de la tierra tienen las

mujeres indígenas y afro esmeraldeñas en el norte del norte de Esmeraldas.

Guía de preguntas abiertas

Cómo ha afectado en sus vidas las ventas de las tierras de las comunidades. En el

trabajo; en la alimentación, en la salud.

En que les ha afectado la presencia de las empresas mineras en sus comunidad

Los derechos legales, jurídicos, que tienen ustedes sobre las tierras se cumplen

cuando se trata de: herencias de padres a hijas; cuando se muere el marido aunque

no estuvieran casados. La comuna entrega de sus tierras de reserva comunal, un

lote de tierra cuando una mujer ha cumplido 18 años y va a ―comprometerse‖ –

casarse-, igual que a los hombres.

Page 77: Investigación del Estado actual de la tenencia de las tierras de las Comunidadeas Indígenas y Afro descendientes en el norte de Esmeraldas

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Anexo 7

Guía de entrevistas semi estructuradas para aplicar a los comunidades dirigentes de las

comunidades y líderes en general.

Objetivos

1. Identificar y caracterizar las percepciones, sentimientos e ideas de los actores y

miembros de las comunidades indígenas y afro esmeraldeñas sobre la presión y

pérdida de las tierras comunitarias de posesión ancestral.

2. Identificar los actores, mecanismos, tipología y tácticas que son utilizadas por

los distintos actores en la presión por la tierra a las comunidades.

3. Identificar si las comunidades pretenden/quieren recuperar el territorio

4. Conocer el impacto que el despojo ha causado sobre la vida de las mujeres

Preguntas abiertas

Han vendido, arrendado, dado en comodato, tierras en la comunidad

Han sufrido amenazas, presiones para que vendan, arrienden o den en comodato las

tierras de su comunidad

Qué tipo de presiones han sufrido

Qué tipo de personas, instituciones o empresas les han presionado

Qué mecanismos han utilizado para presionarles

A que han sido dedicadas las tierras que antes eran de su comunidad

Que piensan ustedes sobre la pérdida – despojo que han sufrido – de sus tierras

Están ustedes interesados en iniciar procesos que les permitan recuperar las tierras

de las que han sido despojados/das

Como ha afectado el despojo de las tierras en la vida de las mujeres

Antes de la pérdida de la tierra a que se dedicaban las mujeres en la comunidad

Cómo miran el futuro