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    Derecho constitucional

    La rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estadose conoce como derecho constitucional. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y laregulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintosórganos.

     

    DEE!"# !#$S%&%'!$(L. !oncepto estricto sensu) Es la rama del Derecho *úblico, quetiene por objeto el estudio de las normas jur+dicas que establecen la organización del Estado, lasatribuciones de sus órganos, de su adecuado funcionamiento, del sistema de garant+as y laconsagración de los derechos humanos.

    DEE!"# !#$S%&%'!$(L. !oncepto latu sensu) Es la rama del Derecho *úblico que tienepor objeto la organización del Estado y de sus poderes, la declaración de los derechos y deberesindiiduales y colectios y las &nstituciones que las garantizan, ya que, el Derecho !onstitucional es

    el producto de la cultura y de la lucha por establecer un orden donde el ser humano sea respetadocomo tal y donde el *oder se rija por normas preestablecidas.

    !#$S%&%'!$. !oncepto) Es la compilación de disposiciones consuetudinarias, escritas,aceptadas y elaboradas en forma solemne que regulan la organización y relaciones de los poderespúblicos y se-alan los derechos, deberes, garant+as y libertades de los ciudadanos y ciudadanas.

    RELACION CON OTRAS DISCIPLINAS

    EL(!$ES DEL DEE!"# !#$S%&%'!$(L !#$ #(S D&S!&*L&$(S, a saber)

    !#$ L( *#L&%&!() %enemos que la *ol+tica, es el conjunto de reglas que deben seguir losgobernantes en sus relaciones con el *oder y se relaciona porque el Derecho !onstitucional tienecomo objeto el ordenamiento pol+tico del Estado.

    !#$ EL DEE!"# (D&$&S%(%&/#) El Derecho (dministratio es el conjunto de normasreguladoras de las &nstituciones pol+ticas y de los actos del *oder Ejecutio y por tal razón elDerecho (dministratio est0 sujeto a los preceptos que establece el Derecho !onstitucional, porquede lo contrario esos actos emanados bajo el imperio del Derecho (dministratio est0n iciados deinconstitucionalidad, pues la !onstitución y la Ley definen las atribuciones de los órganos queejercen el *oder *úblico, a las cuales deben sujetarse las actiidades que realicen. /er (rt+culo 123!4/.

    !#$ EL DEE!"# *E$(L) El Derecho *enal encuadra hechos a normas establecidas y aplicasanciones establecidas en el ordenamiento penal tanto sustantio 5!ódigo *enal6 como adjetio

    5!ódigo #rg0nico *rocesal *enal6 y el Derecho !onstitucional, establece los principios por loscuales se debe regir el Derecho *enal dentro del Estado, enmarcado en el respeto a la libertad ydignidad humana.

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    !#$ EL DEE!"# &$%E$(!$(L *'4L&!#) Esta relación es mas estrecha, pues tanto elDerecho &nternacional *úblico como el Derecho !onstitucional, son ramas del *úblico, ya que,interiene el Estado como sujeto y objeto de la relación jur+dica, porque ningún *a+s puedemantener relaciones internacionales, ni aplicar el Derecho &nternacional s+ dentro de 7ste, no e8isten

    garant+as de car0cter social ni una estructura pol+tica adecuada.

    !#$ L( S#!L#9&() *orque la Sociolog+a es una ciencia que estudia las sociedades, suscaracter+sticas y el elemento humano y el Derecho !onstitucional es la disciplina jur+dica que regulalas relaciones de los ciudadanos con las &nstituciones del Estado.

    !#$ L( E!#$#&() *orque la Econom+a trata la producción, la repartición, y el consumo de la

    riqueza y le da importancia con la aparición y eolución de los ordenamientos jur+dicos en lasociedad y, todos esos ordenamientos jur+dicos deben estar sujetos al Derecho !onstitucional.

    !#$ L( "&S%#&() *orque la "istoria es necesaria para el estudio del Derecho !onstitucional,pues se parte de los procesos pol+ticos que a tra7s de la historia nos hacen comprender lasinquietudes de la sociedad y, que en el tiempo permiten aplicar una metodolog+a determinada con elfin de adecuar las normas, según el progreso indiidual y colectio de la sociedad.

    FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

    :uentes del Derecho !onstitucional. !lasificación de las :uentes.

    El Derecho !onstitucional es una rama del Derecho *úblico &nterno y 7ste se nutre de maneraconstante y permanente, reitalizando sus elementos generales y sus principios fundamentales, atra7s de las :uentes del Derecho !onstitucional.En t7rminos generales la palabra :uente da idea de origen, una causa, un acto creador, unfundamento, un modo de aparición del derecho.

    !L(S&:&!(!&;$)

    *ara el estudio de las :uentes del Derecho !onstitucional nos acogemos al criterio de clasificarlasen dos grandes categor+as a saber) :uentes Directas y :uentes &ndirectas.

    :'E$%ES D&E!%(S)Las fuentes directas o inmediatas del Derecho !onstitucional son por e8celencia la !onstituciónEscrita y la !ostumbre.

    :'E$%ES &$D&E!%(S)Las :uentes &ndirectas o mediatas del Derecho !onstitucional son) la

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    Es en la !onstitución Escrita y en especial la del tipo r+gida donde adem0s de plasmarse el dise-oorganizatio del Estado, se incorporan los dispositios pertinentes para la defensa y alor jer0rquicoque ella ostenta, y por tanto el estudio de las &nstituciones del Estado, los derechos consagrados enla ley :undamental y toda la normatia en ella establecida es la fuente que se brinda en formadirecta o inmediata a nuestra disciplina jur+dica.

    La !ostumbre. La !ostumbre en su acepción general es derecho no escrito, sustentado en los doselementos que sobre ella se hizo descansar en el derecho romano) la ineterata consuetudo y laopinio juris seu necessitatis 5conducta que sigue la gente constantemente y la conicción de esagente que esa conducta es obligatoria6.

    *odemos decir que la !ostumbre !onstitucional dimana de hechos o pr0cticas que se dan ensectores públicos fundamentalmente de alto niel jer0rquico que an creando una especie de modusoperandi sin e8istir preceptos normatios escritos que determinen ese poder. En /enezuela bajo laigencia de la !onstitución de 1=>1 se estilaba que el *residente de la epública designase como*residente encargado al inistro de elaciones &nteriores en los casos de ausencia temporal porsalidas al e8terior, lo constitu+a una pr0ctica o costumbre constitucional, por cuanto no estaba

    obligado a hacer tal designación en el titular de ese inisterio, ya que el art+culo 1?? de la!onstitución de 1=>1, solo le impon+a el deber de designar al ministro que lo suplir+a, que pod+a seruno cualesquiera del 9abinete Ejecutio@ pero por fuerza de la pr0ctica reiterada a lo largo de losa-os resultaba e8tra-o la ruptura del manejo de esta situación arraigada en esta materia.

    Sin embargo esta pr0ctica constitucional quedó desechada en razón de que la !onstitución de 1===al incorporar en la estructura del órgano ejecutio nacional la figura del /icepresidente, estableceque las faltas temporales del *residente de la epública ser0n suplidas por quien ejerza la /ice*residencia Ejecutia 5(rt+culo A2B6.

    En las !onstituciones Escritas del tipo +gida surgen profundas dudas en torno al alor jur+dico dela !ostumbre como fuente de derecho constitucional, pues para algunos aquellas pr0cticas o usosque no tengan como fundamento directo o indirecto la !onstitución, no pueden alcanzar jerarqu+a yalor constitucional. Sin embargo hemos isto que en /enezuela no sólo se emplean pr0cticasconstitucionales como la indicada antes, sino que e8isten otras m0s a niel del Ejecutio $acionalcomo es el caso de que al asumir el cargo un nueo *residente de la epública, los inistros paraese momento presentan una renuncia en bloque a los fines de dejar al *residente de la epública enla mayor libertad para la conformación del nueo gabinete ejecutio.

    *ara Celsen la costumbre no es fuente del derecho a menos que la !onstitución lo establezcae8presamente y ser0 de esta manera que la costumbre sea un hecho creador de derecho.

    El caso de &nglaterra es la e8presión m0s elocuente de que su organización est0 cimentada m0s enpr0cticas que en leyes. La fuerza de la costumbre que ha ido delineando la organizacióninstitucional de ese pa+s se ha dado en un largo proceso histórico que abarca arios siglos.

    :'E$%ES &$D&E!%(S)La

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    En esa orientación la jurisprudencia ser0 constitucional, y ser0 fuente indirecta de Derecho!onstitucional, cuando sea el resultado de una serie de sentencias con las caracter+sticas indicadas,que emanen de los órganos judiciales facultados para interpretar la !onstitución.

    El art+culo 22 de la !onstitución prescribe que El %ribunal Supremo de

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    nombre de la Defensor+a del *ueblo. 5(rt+culo A?G6.

      PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA

    BOLIVARIANA DE VENEUELA

    !#$S%&%'!&;$ DE L( E*H4L&!( 4#L&/(&($( DE /E$EI'EL(

    (probada por el pueblo de /enezuela, mediante referendo constituyente, a los quince d+as del mesde diciembre de mil noecientos noenta y nuee y proclamada por la (samblea $acional!onstituyente en !aracas, a los einte d+as del mes de diciembre de mil noecientos noenta ynuee. (-o 1?=J de la &ndependencia y 1BGJ de la :ederación.

    %K%'L# &

    *&$!&*S :'$D(E$%(LES

    (rt+culo 1) La epública 4oliariana de /enezuela es irreocablemente libre e independiente yfundamenta su patrimonio moral y sus alores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, enla doctrina de Simón 4ol+ar, el Libertador.

    Son derechos irrenunciables de la $ación la independencia, la libertad, la soberan+a, la inmunidad,la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

    (rt+culo A) /enezuela se constituye en un Estado democr0tico y social de Derecho y de ) FEl 9obierno de la epública 4oliariana de /enezuela y de las entidades pol+ticas que

    la componen es y ser0 siempre democr0tico, participatio, electio, descentralizado, alternatio,responsable, pluralista y de mandatos reocablesF.

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    (rt+culo 3) La !onstitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jur+dico. %odaslas personas y los órganos que ejercen el *oder *úblico est0n sujetos a esta !onstituciónF.

    (rt+culo ?) La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo@ el himno nacional 9loria al4rao *ueblo y el Escudo de (rmas de la epública son los s+mbolos de la patria.

    La ley regular0 sus caracter+sticas, significados y usos.

    (rt+culo =) El idioma oficial es el castellano. Los idiomas ind+genas tambi7n son de uso oficialpara los pueblos ind+genas y deben ser respetados en todo el territorio de la epública, porconstituir patrimonio cultural de la $ación y de la humanidadF.

    DEBERES ! DERECHOS HUMANOS " #ARANTIAS

    %K%'L# &&&

    DE L#S DEE!"#S "'($#S 9(($%K(S, DE L#S DE4EES

    !ap+tulo &

    Disposiciones 9enerales

    (rt+culo 1=. El Estado garantizar0 a toda persona, conforme al principio de progresiidad y sindiscriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indiisible e interdependiente de losderechos humanos. Su respeto y garant+a son obligatorios para los órganos del *oder *úblico deconformidad con esta !onstitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificadospor la epública y con las leyes que los desarrollen.

    (rt+culo AG. %oda persona tiene derecho al libre desenolimiento de su personalidad, sin m0slimitaciones que las que derian del derecho de las dem0s y del orden público y social.

    (rt+culo A1. %odas las personas son iguales ante la ley@ en consecuencia)

    1. $o se permitir0n discriminaciones fundadas en la raza, el se8o, el credo, la condición social oaquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento,goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.A. La ley garantizar0 las condiciones jur+dicas y administratias para que la igualdad ante la ley sea

    real y efectia@ adoptar0 medidas positias a faor de personas o grupos que puedan serdiscriminados, marginados o ulnerables@ proteger0 especialmente a aquellas personas que poralguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidadmanifiesta y sancionar0 los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.2. Sólo se dar0 el trato oficial de ciudadano o ciudadana@ salo las fórmulas diplom0ticas.B. $o se reconocen t+tulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.

    (rt+culo AA. La enunciación de los derechos y garant+as contenidos en esta !onstitución y en losinstrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otrosque, siendo inherentes a la persona, no figuren e8presamente en ellos. La falta de ley reglamentariade estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.

    (rt+culo A2. Los tratados, pactos y conenciones relatios a derechos humanos, suscritos yratificados por /enezuela, tienen jerarqu+a constitucional y prealecen en el orden interno, en la

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    medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio m0s faorables a las establecidas poresta !onstitución y en las leyes de la epública, y son de aplicación inmediata y directa por lostribunales y dem0s órganos del *oder *úblico.

    (rt+culo AB. $inguna disposición legislatia tendr0 efecto retroactio, e8cepto cuando impongamenor pena. Las leyes de procedimiento se aplicar0n desde el momento mismo de entrar en

    igencia, aun en los procesos que se hallaren en curso@ pero en los procesos penales, las pruebas yaeacuadas se estimar0n en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley igente para la fecha enque se promoieron.

    !uando haya dudas se aplicar0 la norma que beneficie al reo o a la rea.

    (rt+culo A. %odo acto dictado en ejercicio del *oder *úblico que iole o menoscabe los derechosgarantizados por esta !onstitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionariaspúblicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, ciil y administratia, segúnlos casos, sin que les siran de e8cusa órdenes superiores.

    (rt+culo A>. %oda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia parahacer aler sus derechos e intereses, incluso los colectios o difusos, a la tutela efectia de losmismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

    El Estado garantizar0 una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma,independiente, responsable, equitatia y e8pedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos oreposiciones inútiles.

    (rt+culo A3. %oda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio delos derechos y garant+as constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figurene8presamente en esta !onstitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

    El procedimiento de la acción de amparo constitucional ser0 oral, público, bree, gratuito y nosujeto a formalidad, y la autoridad judicial competente tendr0 potestad para restablecerinmediatamente la situación jur+dica infringida o la situación que m0s se asemeje a ella. %odotiempo ser0 h0bil y el tribunal lo tramitar0 con preferencia a cualquier otro asunto.

    La acción de amparo a la libertad o seguridad podr0 ser interpuesta por cualquier persona, y eldetenido o detenida ser0 puesto o puesta bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sindilación alguna.

    El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaración del estado dee8cepción o de la restricción de garant+as constitucionales.

    (rt+culo A?. %oda persona tiene el derecho de acceder a la información y a los datos que sobre s+misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o priados, con las e8cepciones queestablezca la ley, as+ como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y de solicitarante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesenerróneos o afectasen ileg+timamente sus derechos. &gualmente, podr0 acceder a documentos decualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de inter7s paracomunidades o grupos de personas. Mueda a salo el secreto de las fuentes de informaciónperiod+stica y de otras profesiones que determine la ley.

    (rt+culo A=. El Estado estar0 obligado a inestigar y sancionar legalmente los delitos contra losderechos humanos cometidos por sus autoridades.

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    Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, iolaciones graes a los derechoshumanos y los cr+menes de guerra son imprescriptibles. Las iolaciones de derechos humanos y losdelitos de lesa humanidad ser0n inestigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichosdelitos quedan e8cluidos de los beneficios que puedan conllear su impunidad, incluidos el indultoy la amnist+a.

    (rt+culo 2G. El Estado tendr0 la obligación de indemnizar integralmente a las +ctimas deiolaciones de los derechos humanos que le sean imputables, o a su derechohabientes, incluido elpago de da-os y perjuicios.

    El Estado adoptar0 las medidas legislatias y de otra naturaleza, para hacer efectias lasindemnizaciones establecidas en este art+culo.

    El Estado proteger0 a las +ctimas de delitos comunes y procurar0 que los culpables reparen losda-os causados.

    (rt+culo 21. %oda persona tiene derecho, en los t7rminos establecidos por los tratados, pactos yconenciones sobre derechos humanos ratificados por la epública, a dirigir peticiones o quejasante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a susderechos humanos.

    El Estado adoptar0, conforme a procedimientos establecidos en esta !onstitución y la ley, lasmedidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganosinternacionales preistos en este art+culo.

    !ap+tulo &&

    De la nacionalidad y de la ciudadan+a

    Sección *rimera) De la $acionalidad

    (rt+culo 2A. Son enezolanos y enezolanas por nacimiento)

    1. %oda persona nacida en el territorio de la epública.A. %oda persona nacida en territorio e8tranjero, hijo o hija de padre enezolano por nacimiento ymadre enezolana por nacimiento.2. %oda persona nacida en territorio e8tranjero, hijo o hija de padre enezolano por nacimiento o

    madre enezolana por nacimiento, siempre que establezcan su residencia en el territorio de laepública o declaren su oluntad de acogerse a la nacionalidad enezolana.B. %oda persona nacida en territorio e8tranjero de padre enezolano por naturalización o madreenezolana por naturalización siempre que antes de cumplir dieciocho a-os de edad, establezca suresidencia en el territorio de la epública y antes de cumplir einticinco a-os de edad declare suoluntad de acogerse a la nacionalidad enezolana.

    (rt+culo 22. Son enezolanos y enezolanas por naturalización)

    1. Los e8tranjeros o e8tranjeras que obtengan carta de naturaleza. ( tal fin deber0n tener domicilioen /enezuela con residencia ininterrumpida de, por lo menos, diez a-os, inmediatamente anteriores

    a la fecha de la respectia solicitud.El tiempo de residencia se reducir0 a cinco a-os en el caso de aquellos y aquellas que tuieren lanacionalidad originaria de Espa-a, *ortugal, &talia, pa+ses latinoamericanos y del !aribe.

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    A. Los e8tranjeros o e8tranjeras que contraigan matrimonio con enezolanas o enezolanos desdeque declaren su oluntad de serlo, transcurridos por lo menos cinco a-os a partir de la fecha delmatrimonio.2. Los e8tranjeros o e8tranjeras menores de edad para la fecha de la naturalización del padre o de lamadre que ejerza sobre ellos la patria potestad, siempre que declaren su oluntad de ser enezolanoso enezolanas antes de cumplir los eintiún a-os de edad y hayan residido en /enezuela,

    ininterrumpidamente, durante los cinco a-os anteriores a dicha declaración.

    (rt+culo 2B. La nacionalidad enezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.

    (rt+culo 2. Los enezolanos y enezolanas por nacimiento no podr0n ser priados o priadas de sunacionalidad. La nacionalidad enezolana por naturalización sólo podr0 ser reocada mediantesentencia judicial, de acuerdo con la ley.

    (rt+culo 2>. Se puede renunciar a la nacionalidad enezolana. Muien renuncie a la nacionalidadenezolana por nacimiento puede recuperarla si se domicilia en el territorio de la epública por unlapso no menor de dos a-os y manifiesta su oluntad de hacerlo. Los enezolanos y enezolanas

    por naturalización que renuncien a la nacionalidad enezolana podr0n recuperarla cumpliendonueamente los requisitos e8igidos en el art+culo 22 de esta !onstitución.

    (rt+culo 23. El Estado promoer0 la celebración de tratados internacionales en materia denacionalidad, especialmente con los Estados fronterizos y los se-alados en el numeral 1 del art+culo22 de esta !onstitución.

    (rt+culo 2?. La ley dictar0, de conformidad con las disposiciones anteriores, las normas sustantiasy procesales relacionadas con la adquisición, opción, renuncia y recuperación de la nacionalidadenezolana, as+ como con la reocación y nulidad de la naturalización.

    Sección Segunda) De la !iudadan+a

    (rt+culo 2=. Los enezolanos y enezolanas que no est7n sujetos o sujetas a inhabilitación pol+ticani a interdicción ciil, y en las condiciones de edad preistas en esta !onstitución, ejercen laciudadan+a y, en consecuencia, son titulares de derechos y deberes pol+ticos de acuerdo con esta!onstitución.

    (rt+culo BG. Los derechos pol+ticos son priatios de los enezolanos y enezolanas pornacimiento, salo las e8cepciones establecidas en esta !onstitución.

    9ozan de los mismos derechos de los enezolanos y enezolanas por nacimiento los enezolanos yenezolanas por naturalización que hubieren ingresado al pa+s antes de cumplir los siete a-os deedad y residido en 7l permanentemente hasta alcanzar la mayoridad.

    (rt+culo B1. Sólo los enezolanos y enezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad, podr0nejercer los cargos de *residente o *residenta de la epública, /icepresidente Ejecutio o/icepresidenta Ejecutia, *residente o *residenta y /icepresidentes o /icepresidentas de la(samblea $acional, magistrados o magistradas del %ribunal Supremo de

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    *ara ejercer los cargos de diputados o diputadas a la (samblea $acional, inistros o inistras,9obernadores o 9obernadoras y (lcaldes o (lcaldesas de Estados y unicipios no fronterizos, losenezolanos y enezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpidaen /enezuela no menor de quince a-os y cumplir los requisitos de aptitud preistos en la ley.

    (rt+culo BA. Muien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadan+a. El ejercicio de laciudadan+a o de alguno de los derechos pol+ticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicialfirme en los casos que determine la ley.

    !ap+tulo &&&

    De los Derechos !iiles

    (rt+culo B2. El derecho a la ida es iniolable. $inguna ley podr0 establecer la pena de muerte, niautoridad alguna aplicarla. El Estado proteger0 la ida de las personas que se encuentren priadasde su libertad, prestando el sericio militar o ciil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra

    forma.

    (rt+culo BB. La libertad personal es iniolable, en consecuencia)

    1. $inguna persona puede ser arrestada o detenida sino en irtud de una orden judicial, a menos quesea sorprendida in fraganti. En este caso ser0 lleada ante una autoridad judicial en un tiempo nomayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Ser0 juzgada en libertad,e8cepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso.La constitución de caución e8igida por la ley para conceder la libertad de la persona detenida nocausar0 impuesto alguno.A. %oda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado oabogada o persona de su confianza, y 7stos o 7stas, a su ez, tienen el derecho a ser informados oinformadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados o notificadasinmediatamente de los motios de la detención y a que dejen constancia escrita en el e8pedientesobre el estado f+sico y ps+quico de la persona detenida, ya sea por s+ mismos o por s+ mismas, o conel au8ilio de especialistas. La autoridad competente llear0 un registro público de toda detenciónrealizada, que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones yfuncionarios o funcionarias que la practicaron.especto a la detención de e8tranjeros o e8tranjeras se obserar0, adem0s, la notificación consularpreista en los tratados internacionales sobre la materia.2. La pena no puede trascender de la persona condenada. $o habr0 condenas a penas perpetuas o

    infamantes. Las penas priatias de la libertad no e8ceder0n de treinta a-os.B. %oda autoridad que ejecute medidas priatias de la libertad estar0 obligada a identificarse.. $inguna persona continuar0 en detención despu7s de dictada orden de e8carcelación por laautoridad competente o una ez cumplida la pena impuesta.

    (rt+culo B. Se proh+be a la autoridad pública, sea ciil o militar, aun en estado de emergencia,e8cepción o restricción de garant+as, practicar, permitir o tolerar la desaparición forzada depersonas. El funcionario o funcionaria que reciba orden o instrucción para practicarla, tiene laobligación de no obedecerla y denunciarla a las autoridades competentes. Los autores o autorasintelectuales y materiales, cómplices y encubridores o encubridoras del delito de desapariciónforzada de personas, as+ como la tentatia de comisión del mismo, ser0n sancionados o sancionadas

    de conformidad con la ley.

    (rt+culo B>. %oda persona tiene derecho a que se respete su integridad f+sica, ps+quica y moral, en

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    consecuencia)

    1. $inguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.%oda +ctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte deagentes del Estado, tiene derecho a la rehabilitación.A. %oda persona priada de libertad ser0 tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser

    humano.2. $inguna persona ser0 sometida sin su libre consentimiento a e8perimentos cient+ficos, o ae80menes m7dicos o de laboratorio, e8cepto cuando se encontrare en peligro su ida o por otrascircunstancias que determine la ley.B. %odo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos osufrimientos f+sicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, ser0sancionado o sancionada de acuerdo con la ley.

    (rt+culo B3. El hogar dom7stico y todo recinto priado de persona son iniolables. $o podr0n serallanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir deacuerdo con la ley, las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser

    humano.

    Las isitas sanitarias que se practiquen, de conformidad con la ley, sólo podr0n hacerse preio aisode los funcionarios o funcionarias que las ordenen o hayan de practicarlas.

    (rt+culo B?. Se garantiza el secreto e iniolabilidad de las comunicaciones priadas en todas susformas. $o podr0n ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimientode las disposiciones legales y preser0ndose el secreto de lo priado que no guarde relación con elcorrespondiente proceso.

    (rt+culo B=. El debido proceso se aplicar0 a todas las actuaciones judiciales y administratias@ enconsecuencia)

    1. La defensa y la asistencia jur+dica son derechos iniolables en todo estado y grado de lainestigación y del proceso. %oda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cualesse le inestiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados paraejercer su defensa. Ser0n nulas las pruebas obtenidas mediante iolación del debido proceso. %odapersona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las e8cepciones establecidas enesta !onstitución y la ley.A. %oda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.2. %oda persona tiene derecho a ser o+da en cualquier clase de proceso, con las debidas garant+as y

    dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente, independiente eimparcial establecido con anterioridad. Muien no hable castellano o no pueda comunicarse demanera erbal, tiene derecho a un int7rprete.B. %oda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias,o especiales, con las garant+as establecidas en esta !onstitución y en la ley. $inguna persona podr0ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podr0 ser procesada portribunales de e8cepción o por comisiones creadas para tal efecto.. $inguna persona podr0 ser obligada a confesarse culpable o declarar contra s+ misma, sucónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundode afinidad.La confesión solamente ser0 0lida si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza.

    >. $inguna persona podr0 ser sancionada por actos u omisiones que no fueren preistos comodelitos, faltas o infracciones en leyes pree8istentes.3. $inguna persona podr0 ser sometida a juicio por los mismos hechos en irtud de los cuales

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    hubiese sido juzgada anteriormente.?. %oda persona podr0 solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la situación jur+dicalesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Mueda a salo el derecho del o de laparticular de e8igir la responsabilidad personal del magistrado o de la magistrada, del juez o de la

     jueza@ y el derecho del Estado de actuar contra 7stos o 7stas.

    (rt+culo G. %oda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorionacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la epública y oler, trasladar susbienes y pertenencias en el pa+s, traer sus bienes al pa+s o sacarlos, sin m0s limitaciones que lasestablecidas por la ley. En caso de concesión de +as, la ley establecer0 los supuestos en los quedebe garantizarse el uso de una +a alterna. Los enezolanos y enezolanas pueden ingresar al pa+ssin necesidad de autorización alguna.

    $ingún acto del *oder *úblico podr0 establecer la pena de e8tra-amiento del territorio nacionalcontra enezolanos o enezolanas.

    (rt+culo 1. %oda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier

    autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competenciade 7stos o 7stas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta. Muienes iolen este derecho ser0nsancionados o sancionadas conforme a la ley, pudiendo ser destituidos o destituidas del cargorespectio.

    (rt+culo A. %oda persona tiene derecho de asociarse con fines l+citos, de conformidad con la ley. ElEstado estar0 obligado a facilitar el ejercicio de este derecho.

    (rt+culo 2. %oda persona tiene el derecho de reunirse, pública o priadamente, sin permiso preio,con fines l+citos y sin armas. Las reuniones en lugares públicos se regir0n por la ley.

    (rt+culo B. $inguna persona podr0 ser sometida a esclaitud o seridumbre. La trata de personas y,en particular, la de mujeres, ni-os, ni-as y adolescentes en todas sus formas, estar0 sujeta a laspenas preistas en la ley.

    (rt+culo . %oda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a tra7s de los órganosde seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza,ulnerabilidad o riesgo para la integridad f+sica de las personas, sus propiedades, el disfrute de susderechos y el cumplimiento de sus deberes.

    La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la preención,

    seguridad ciudadana y administración de emergencias ser0 regulada por una ley especial.Los cuerpos de seguridad del Estado respetar0n la dignidad y los derechos humanos de todas laspersonas. El uso de armas o sustancias tó8icas por parte del funcionario policial y de seguridadestar0 limitado por principios de necesidad, coneniencia, oportunidad y proporcionalidad,conforme a la ley.

    (rt+culo >. %oda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y al de la madre,y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizar0 el derecho a inestigar la maternidady la paternidad.

    %oda persona tienen derecho a ser inscrita gratuitamente en el registro ciil despu7s de sunacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, deconformidad con la ley. Nstos no contendr0n mención alguna que califique la filiación.

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    (rt+culo 3. %oda persona tiene derecho a e8presar libremente sus pensamientos, sus ideas uopiniones de ia oz, por escrito o mediante cualquier otra forma de e8presión, y de hacer uso paraello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Muienhaga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo e8presado. $o se permite elanonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuean la

    intolerancia religiosa.

    Se proh+be la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de losasuntos bajo sus responsabilidades.

    (rt+culo ?. La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades queindique la ley. %oda persona tiene derecho a la información oportuna, eraz e imparcial, sin censura,de acuerdo con los principios de esta !onstitución, as+ como a la r7plica y rectificación cuando seea afectada directamente por informaciones ine8actas o agraiantes. Los ni-os, ni-as yadolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

    (rt+culo =. El Estado garantizar0 la libertad de religión y de culto. %oda persona tiene derecho aprofesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en priado o en público, mediante laense-anza u otras pr0cticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y alorden público. Se garantiza, as+ mismo, la independencia y la autonom+a de las iglesias yconfesiones religiosas, sin m0s limitaciones que las deriadas de esta !onstitución y de la ley. Elpadre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa que est7 deacuerdo con sus conicciones.

    $adie podr0 inocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni paraimpedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos.

    (rt+culo >G. %oda persona tiene derecho a la protección de su honor, ida priada, intimidad, propiaimagen, confidencialidad y reputación.

    La ley limitar0 el uso de la inform0tica para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar delos ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.

    (rt+culo >1. %oda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salo que supr0ctica afecte su personalidad o constituya delito. La objeción de conciencia no puede inocarsepara eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de susderechos.

    !ap+tulo &/

    De los Derechos *ol+ticos y del eferendo *opular

    Sección *rimera) De los Derechos *ol+ticos

    (rt+culo >A. %odos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en losasuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.

    La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio

    necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto indiidual comocolectio. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condicionesm0s faorables para su pr0ctica.

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    (rt+culo >2. El sufragio es un derecho. Se ejercer0 mediante otaciones libres, uniersales, directasy secretas. La ley garantizar0 el principio de la personalización del sufragio y la representaciónproporcional.

    (rt+culo >B. Son electores o electoras todos los enezolanos y enezolanas que hayan cumplido

    dieciocho a-os de edad y que no est7n sujetos a interdicción ciil o inhabilitación pol+tica.

    El oto para las elecciones parroquiales, municipales y estadales se har0 e8tensio a los e8tranjeroso e8tranjeras que hayan cumplido dieciocho a-os de edad, con m0s de diez a-os de residencia en elpa+s, con las limitaciones establecidas en esta !onstitución y en la ley, y que no est7n sujetos ainterdicción ciil o inhabilitación pol+tica.

    (rt+culo >. $o podr0n optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados ocondenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten elpatrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y deacuerdo con la graedad del delito.

    (rt+culo >>. Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes rindan cuentaspúblicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado.

    (rt+culo >3. %odos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines pol+ticos,mediante m7todos democr0ticos de organización, funcionamiento y dirección. Sus organismos dedirección y sus candidatos o candidatas a cargos de elección popular ser0n seleccionados oseleccionadas en elecciones internas con la participación de sus integrantes. $o se permitir0 elfinanciamiento de las asociaciones con fines pol+ticos con fondos proenientes del Estado.

    La ley regular0 lo concerniente al financiamiento y a las contribuciones priadas de lasorganizaciones con fines pol+ticos, y los mecanismos de control que aseguren la pulcritud en elorigen y manejo de las mismas. (s+ mismo regular0 las campa-as pol+ticas y electorales, suduración y l+mites de gastos propendiendo a su democratización.

    Los ciudadanos y ciudadanas, por iniciatia propia, y las asociaciones con fines pol+ticos, tienenderecho a concurrir a los procesos electorales postulando candidatos o candidatas. Elfinanciamiento de la propaganda pol+tica y de las campa-as electorales ser0 regulado por la ley. Lasdirecciones de las asociaciones con fines pol+ticos no podr0n contratar con entidades del sectorpúblico.

    (rt+culo >?. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pac+ficamente y sin armas,sin otros requisitos que los que establezca la ley.

    Se proh+be el uso de armas de fuego y sustancias tó8icas en el control de manifestaciones pac+ficas.La ley regular0 la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.

    (rt+culo >=. La epública 4oliariana de /enezuela reconoce y garantiza el derecho de asilo yrefugio.

    Se proh+be la e8tradición de enezolanos y enezolanas.

    (rt+culo 3G. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberan+a, enlo pol+tico) la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la reocatoria delmandato, las iniciatias legislatia, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea

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    de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones ser0n de car0cter inculante, entre otros@ y en lo socialy económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperatias entodas sus formas incluyendo las de car0cter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria ydem0s formas asociatias guiadas por los alores de la mutua cooperación y la solidaridad.

    La ley establecer0 las condiciones para el efectio funcionamiento de los medios de participación

    preistos en este art+culo.

    Sección Segunda) Del eferendo *opular

    (rt+culo 31. Las materias de especial trascendencia nacional podr0n ser sometidas a referendoconsultio por iniciatia del *residente o *residenta de la epública en !onsejo de inistros@ poracuerdo de la (samblea $acional, aprobado por el oto de la mayor+a de sus integrantes@ o asolicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en elregistro ciil y electoral.

    %ambi7n podr0n ser sometidas a referendo consultio las materias de especial trascendencia

    parroquial, municipal y estadal. La iniciatia le corresponde a la

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    (rt+culo 3B. Ser0n sometidas a referendo, para ser abrogadas total o parcialmente, las leyes cuyaabrogación fuere solicitada por iniciatia de un número no menor del diez por ciento de loselectores y electoras inscritos e inscritas en el registro ciil y electoral o por el *residente o*residenta de la epública en !onsejo de inistros.

    %ambi7n podr0n ser sometidos a referendo abrogatorio los decretos con fuerza de ley que dicte el

    *residente o *residenta de la epública en uso de la atribución prescrita en el numeral ? del art+culoA2> de esta !onstitución, cuando fuere solicitado por un número no menor del cinco por ciento delos electores y electoras inscritos e inscritas en el registro ciil y electoral.

    *ara la alidez del referendo abrogatorio ser0 indispensable la concurrencia de, por lo menos, elcuarenta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el registro ciil y electoral.

    $o podr0n ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto, las que establezcan omodifiquen impuestos, las de cr7dito público ni las de amnist+a, ni aquellas que protejan, garanticeno desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales.

    $o podr0 hacerse m0s de un referendo abrogatorio en un per+odo constitucional para la mismamateria.

    !ap+tulo /

    De los Derechos Sociales y de las :amilias

    (rt+culo 3. El Estado proteger0 a las familias como asociación natural de la sociedad y como elespacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basanen la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y elrespeto rec+proco entre sus integrantes. El Estado garantizar0 protección a la madre, al padre o aquienes ejerzan la jefatura de la familia.

    Los ni-os, ni-as y adolescentes tienen derecho a iir, ser criados o criadas y a desarrollarse en elseno de su familia de origen. !uando ello sea imposible o contrario a su inter7s superior, tendr0nderecho a una familia sustituta, de conformidad con la ley. La adopción tiene efectos similares a lafiliación y se establece siempre en beneficio del adoptado o la adoptada, de conformidad con la ley.La adopción internacional es subsidiaria de la nacional.

    (rt+culo 3>. La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente, sea cual fuere el estadociil de la madre o del padre. Las parejas tienen derecho a decidir libre y responsablemente el

    número de hijos o hijas que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que lesaseguren el ejercicio de este derecho. El Estado garantizar0 asistencia y protección integral a lamaternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante el embarazo, el parto y elpuerperio, y asegurar0 sericios de planificación familiar integral basados en alores 7ticos ycient+ficos.

    El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener yasistir a sus hijos o hijas, y 7stos o 7stas tienen el deber de asistirlos o asistirlas cuando aquel oaquella no puedan hacerlo por s+ mismos o por si mismas. La ley establecer0 las medidas necesariasy adecuadas para garantizar la efectiidad de la obligación alimentaria.

    (rt+culo 33. Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundado en el libreconsentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges. Las unionesestables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley

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    producir0n los mismos efectos que el matrimonio.

    (rt+culo 3?. Los ni-os, ni-as y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estar0n protegidos porla legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetar0n, garantizar0n ydesarrollar0n los contenidos de esta !onstitución, la !onención sobre los Derechos del $i-o ydem0s tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la epública. El

    Estado, las familias y la sociedad asegurar0n, con prioridad absoluta, protección integral, para locual se tomar0 en cuenta su inter7s superior en las decisiones y acciones que les conciernan. ElEstado promoer0 su incorporación progresia a la ciudadan+a actia, y crear0 un sistema rectornacional para la protección integral de los ni-os, ni-as y adolescentes.

    (rt+culo 3=. Los jóenes y las jóenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos actios del procesode desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, crear0oportunidades para estimular su tr0nsito productio hacia la ida adulta y, en particular, para lacapacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.

    (rt+culo ?G. El Estado garantizar0 a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y

    garant+as. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, est0 obligado arespetar su dignidad humana, su autonom+a y les garantizar0 atención integral y los beneficios de laseguridad social que eleen y aseguren su calidad de ida. Las pensiones y jubilaciones otorgadasmediante el sistema de Seguridad Social no podr0n ser inferiores al salario m+nimo urbano. ( losancianos y ancianas se les garantizar0 el derecho a un trabajo acorde con aquellos y aquellas quemanifiesten su deseo y est7n en capacidad para ello.

    (rt+culo ?1. %oda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejerciciopleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El Estado, con laparticipación solidaria de las familias y la sociedad, le garantizar0 el respeto a su dignidad humana,la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias, y promoer0 su formación,capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones, de conformidad con la ley. Se lesreconoce a las personas sordas o mudas el derecho a e8presarse y comunicarse a tra7s de la lenguade se-as enezolana.

    (rt+culo ?A. %oda persona tiene derecho a una iienda adecuada, segura, cómoda, higi7nicas, consericios b0sicos esenciales que incluyan un h0bitat que humanice las relaciones familiares,ecinales y comunitarias. La satisfacción progresia de este derecho es obligación compartida entrelos ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus 0mbitos.

    El Estado dar0 prioridad a las familias y garantizar0 los medios para que 7stas, y especialmente las

    de escasos recursos, puedan acceder a las pol+ticas sociales y al cr7dito para la construcción,adquisición o ampliación de iiendas.

    (rt+culo ?2. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizar0como parte del derecho a la ida. El Estado promoer0 y desarrollar0 pol+ticas orientadas a elear lacalidad de ida, el bienestar colectio y el acceso a los sericios. %odas las personas tienen derechoa la protección de la salud, as+ como el deber de participar actiamente en su promoción y defensa,y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidadcon los tratados y conenios internacionales suscritos y ratificados por la epública.

    (rt+culo ?B. *ara garantizar el derecho a la salud, el Estado crear0, ejercer0 la rector+a y gestionar0

    un sistema público nacional de salud, de car0cter intersectorial, descentralizado y participatio,integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, uniersalidad,integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dar0

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    prioridad a la promoción de la salud y a la preención de las enfermedades, garantizandotratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y sericios públicos de salud sonpropiedad del Estado y no podr0n ser priatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y eldeber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la pol+ticaespec+fica en las instituciones públicas de salud.

    (rt+culo ?. El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, queintegrar0 los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otrafuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizar0 un presupuesto para la saludque permita cumplir con los objetios de la pol+tica sanitaria. En coordinación con las uniersidadesy los centros de inestigación, se promoer0 y desarrollar0 una pol+tica nacional de formación deprofesionales, t7cnicos y t7cnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud.El Estado regular0 las instituciones públicas y priadas de salud.

    (rt+culo ?>. %oda persona tiene derecho a la seguridad social como sericio público de car0cter nolucratio, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad,enfermedad, inalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos

    laborales, p7rdida de empleo, desempleo, ejez, iudedad, orfandad, iienda, cargas deriadas dela ida familiar y cualquier otra circunstancia de preisión social. El Estado tiene la obligación deasegurar la efectiidad de este derecho, creando un sistema de seguridad social uniersal, integral,de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participatio, de contribuciones directas oindirectas. La ausencia de capacidad contributia no ser0 motio para e8cluir a las personas de suprotección. Los recursos financieros de la seguridad social no podr0n ser destinados a otros fines.Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir lossericios m7dicos y asistenciales y dem0s beneficios de la seguridad social podr0n seradministrados sólo con fines sociales bajo la rector+a del Estado. Los remanentes netos del capitaldestinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumular0n a los fines de su distribucióny contribución en esos sericios. El sistema de seguridad social ser0 regulado por una ley org0nicaespecial.

    (rt+culo ?3. %oda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizar0 laadopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona puede obtener ocupaciónproductia, que le proporcione una e8istencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio deeste derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptar0 medidas tendentes a garantizarel ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertadde trabajo no ser0 sometida a otras restricciones que las que la ley establezca.

    %odo patrono o patrona garantizar0 a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad,

    higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptar0 medidas y crear0 instituciones quepermitan el control y la promoción de estas condiciones.

    (rt+culo ??. El Estado garantizar0 la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio delderecho al trabajo. El Estado reconocer0 el trabajo del hogar como actiidad económica que creaalor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridadsocial de conformidad con la ley.

    (rt+culo ?=. El trabajo es un hecho social y gozar0 de la protección del Estado. La ley dispondr0 lonecesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores ytrabajadoras. *ara el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes

    principios)

    1. $inguna ley podr0 establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresiidad de los

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    derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prealece la realidad sobre las formas oapariencias.A. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o conenio que impliquerenuncia o menoscabo de estos derechos. Sólo es posible la transacción y conenimiento al t7rminode la relación laboral, de conformidad con los requisitos que establezca la ley.2. !uando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de arias normas, o en la

    interpretación de una determinada norma se aplicar0 la m0s faorable al trabajador o trabajadora. Lanorma adoptada se aplicar0 en su integridad.B. %oda medida o acto del patrono contrario a esta !onstitución es nulo y no genera efecto alguno.. Se proh+be todo tipo de discriminación por razones de pol+tica, edad, raza, se8o o credo o porcualquier otra condición.>. Se proh+be el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar su desarrollo integral. ElEstado los o las proteger0 contra cualquier e8plotación económica y social.

    (rt+culo =G. La jornada de trabajo diurna no e8ceder0 de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatrohoras semanales. En los casos en que la ley lo permita, la jornada de trabajo nocturna no e8ceder0de siete horas diarias ni de treinta y cinco semanales. $ingún patrono o patrona podr0 obligar a los

    trabajadores o trabajadoras a laborar horas e8traordinarias. Se propender0 a la progresiadisminución de la jornada de trabajo dentro del inter7s social y del 0mbito que se determine y sedispondr0 lo coneniente para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio del desarrollof+sico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras.

    Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho al descanso semanal y acaciones remunerados enlas mismas condiciones que las jornadas efectiamente laboradas.

    (rt+culo =1. %odo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita iircon dignidad y cubrir para s+ y su familia las necesidades b0sicas materiales, sociales eintelectuales. Se garantizar0 el pago de igual salario por igual trabajo y se fijar0 la participación quedebe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario esinembargable y se pagar0 periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salo la e8cepciónde la obligación alimentaria, de conformidad con la ley.

    El Estado garantizar0 a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector priado unsalario m+nimo ital que ser0 ajustado cada a-o, tomando como una de las referencias el costo de lacanasta b0sica. La Ley establecer0 la forma y el procedimiento.

    (rt+culo =A. %odos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que lesrecompensen la antigOedad en el sericio y los amparen en caso de cesant+a. El salario y las

    prestaciones sociales son cr7ditos laborales de e8igibilidad inmediata. %oda mora en su pago generaintereses, los cuales constituyen deudas de alor y gozar0n de los mismos priilegios y garant+as dela deuda principal.

    (rt+culo =2. La ley garantizar0 la estabilidad en el trabajo y dispondr0 lo conducente para limitartoda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta !onstitución son nulos.

    (rt+culo =B. La ley determinar0 la responsabilidad que corresponda a la persona natural o jur+dicaen cuyo proecho se presta el sericio mediante intermediario o contratista, sin perjuicio de laresponsabilidad solidaria de 7stos. El Estado establecer0, a tra7s del órgano competente, laresponsabilidad que corresponda a los patronos o patronas en general, en caso de simulación o

    fraude, con el propósito de desirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislaciónlaboral.

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    (rt+culo =. Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad deautorización preia, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimenconenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, as+ como a afiliarse o no a ellas, deconformidad con la Ley. Estas organizaciones no est0n sujetas a interención, suspensión odisolución administratia. Los trabajadores y trabajadoras est0n protegidos y protegidas contra todoacto de discriminación o de injerencia contrario al ejercicio de este derecho. Los promotores o

    promotoras y los o las integrantes de las directias de las organizaciones sindicales gozar0n deinamoilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de susfunciones.

    *ara el ejercicio de la democracia sindical, los estatutos y reglamentos de las organizacionessindicales establecer0n la alternabilidad de los y las integrantes de las directias y representantesmediante el sufragio uniersal, directo y secreto. Los y las integrantes de las directias yrepresentantes sindicales que abusen de los beneficios deriados de la libertad sindical para su lucroo inter7s personal, ser0n sancionados o sancionadas de conformidad con la ley. Los y las integrantesde las directias de las organizaciones sindicales estar0n obligados u obligadas a hacer declaración

     jurada de bienes.

    (rt+culo =>. %odos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del priado tienenderecho a la negociación colectia oluntaria y a celebrar conenciones colectias de trabajo, sinm0s requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizar0 su desarrollo y establecer0 loconducente para faorecer las relaciones colectias y la solución de los conflictos laborales. Lasconenciones colectias amparan a todos los trabajadores y trabajadoras actios y actias almomento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad.

    (rt+culo =3. %odos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del priado tienen derecho ala huelga, dentro de las condiciones que establezca la ley.

    !ap+tulo /&

    De los Derechos !ulturales y Educatios

    (rt+culo =?. La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inersión,producción y diulgación de la obra creatia, cient+fica, tecnológica y human+stica, incluyendo laprotección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocer0 yproteger0 la propiedad intelectual sobre las obras cient+ficas, literarias y art+sticas, inenciones,innoaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones ye8cepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la

    epública en esta materia.(rt+culo ==. Los alores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo enezolano y underecho fundamental que el Estado fomentar0 y garantizar0, procurando las condiciones,instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonom+a de laadministración cultural pública en los t7rminos que establezca la ley. El Estado garantizar0 laprotección y preseración, enriquecimiento, conseración y restauración del patrimonio cultural,tangible e intangible, y la memoria histórica de la $ación. Los bienes que constituyen el patrimoniocultural de la $ación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La Ley establecer0 laspenas y sanciones para los da-os causados a estos bienes.

    (rt+culo 1GG. Las culturas populares constitutias de la enezolanidad gozan de atención especial,reconoci7ndose y respet0ndose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas. Laley establecer0 incentios y est+mulos para las personas, instituciones y comunidades que

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    promuean, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actiidades culturales en el pa+s,as+ como la cultura enezolana en el e8terior. El Estado garantizar0 a los trabajadores y trabajadorasculturales su incorporación al sistema de seguridad social que les permita una ida digna,reconociendo las particularidades del quehacer cultural, de conformidad con la ley.

    (rt+culo 1G1. El Estado garantizar0 la emisión, recepción y circulación de la información cultural.

    Los medios de comunicación tienen el deber de coadyuar a la difusión de los alores de latradición popular y la obra de los o las artistas, escritores, escritoras, compositores, compositoras,cineastas, cient+ficos, cient+ficas y dem0s creadores y creadoras culturales del pa+s. Los mediosteleisios deber0n incorporar subt+tulos y traducción a la lengua de se-as, para las personas conproblemas auditios. La ley establecer0 los t7rminos y modalidades de estas obligaciones.

    (rt+culo 1GA. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democr0tica,gratuita y obligatoria. El Estado la asumir0 como función indeclinable y de m08imo inter7s en todossus nieles y modalidades, y como instrumento del conocimiento cient+fico, human+stico ytecnológico al sericio de la sociedad. La educación es un sericio público y est0 fundamentada enel respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creatio

    de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democr0tica basada enla aloración 7tica del trabajo y en la participación actia, consciente y solidaria en los procesos detransformación social consustanciados con los alores de la identidad nacional, y con una isiónlatinoamericana y uniersal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoer0el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta !onstitución yen la ley.

    (rt+culo 1G2. %oda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, enigualdad de condiciones y oportunidades, sin m0s limitaciones que las deriadas de sus aptitudes,ocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus nieles, desde el maternal hasta elniel medio diersificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregradouniersitario. ( tal fin, el Estado realizar0 una inersión prioritaria, de conformidad con lasrecomendaciones de la #rganización de las $aciones 'nidas. El Estado crear0 y sostendr0instituciones y sericios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia yculminación en el sistema educatio. La ley garantizar0 igual atención a las personas connecesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren priados o priadas de sulibertad o carezcan de condiciones b0sicas para su incorporación y permanencia en el sistemaeducatio.

    Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educatios públicos a niel medio yuniersitario ser0n reconocidas como desgra0menes al impuesto sobre la renta según la ley

    respectia.(rt+culo 1GB. La educación estar0 a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobadaidoneidad acad7mica. El Estado estimular0 su actualización permanente y les garantizar0 laestabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea pública o priada, atendiendo a esta!onstitución y a la ley, en un r7gimen de trabajo y niel de ida acorde con su eleada misión. Elingreso, promoción y permanencia en el sistema educatio, ser0n establecidos por ley y responder0a criterios de ealuación de m7ritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no acad7mica.

    (rt+culo 1G. La ley determinar0 las profesiones que requieren t+tulo y las condiciones que debencumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiación.

    (rt+culo 1G>. %oda persona natural o jur+dica, preia demostración de su capacidad, cuando cumplade manera permanente con los requisitos 7ticos, acad7micos, cient+ficos, económicos, de

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    infraestructura y los dem0s que la ley establezca, puede fundar y mantener instituciones educatiaspriadas bajo la estricta inspección y igilancia del Estado, preia aceptación de 7ste.

    (rt+culo 1G3. La educación ambiental es obligatoria en los nieles y modalidades del sistemaeducatio, as+ como tambi7n en la educación ciudadana no formal. Es de obligatorio cumplimientoen las instituciones públicas y priadas, hasta el ciclo diersificado, la ense-anza de la lengua

    castellana, la historia y la geograf+a de /enezuela, as+ como los principios del ideario boliariano.

    (rt+culo 1G?. Los medios de comunicación social, públicos y priados, deben contribuir a laformación ciudadana. El Estado garantizar0 sericios públicos de radio, teleisión y redes debibliotecas y de inform0tica, con el fin de permitir el acceso uniersal a la información. Los centroseducatios deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nueas tecnolog+as, de susinnoaciones, según los requisitos que establezca la ley.

    (rt+culo 1G=. El Estado reconocer0 la autonom+a uniersitaria como principio y jerarqu+a quepermite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarsea la búsqueda del conocimiento a tra7s de la inestigación cient+fica, human+stica y tecnológica,

    para beneficio espiritual y material de la $ación. Las uniersidades autónomas se dar0n sus normasde gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control yigilancia que a tales efectos establezca la ley. Se consagra la autonom+a uniersitaria paraplanificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de inestigación, docencia y e8tensión. Seestablece la iniolabilidad del recinto uniersitario. Las uniersidades nacionales e8perimentalesalcanzar0n su autonom+a de conformidad con la ley.

    (rt+culo 11G. El Estado reconocer0 el inter7s público de la ciencia, la tecnolog+a, el conocimiento,la innoación y sus aplicaciones y los sericios de información necesarios por ser instrumentosfundamentales para el desarrollo económico, social y pol+tico del pa+s, as+ como para la seguridad ysoberan+a nacional. *ara el fomento y desarrollo de esas actiidades, el Estado destinar0 recursossuficientes y crear0 el sistema nacional de ciencia y tecnolog+a de acuerdo con la ley. El sectorpriado deber0 aportar recursos para las mismos. El Estado garantizar0 el cumplimiento de losprincipios 7ticos y legales que deben regir las actiidades de inestigación cient+fica, human+stica ytecnológica. La ley determinar0 los modos y medios para dar cumplimiento a esta garant+a.

    (rt+culo 111. %odas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actiidades quebenefician la calidad de ida indiidual y colectia. El Estado asumir0 el deporte y la recreacióncomo pol+tica de educación y salud pública y garantizar0 los recursos para su promoción. Laeducación f+sica y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la ni-ez yadolescencia. Su ense-anza es obligatoria en todos los nieles de la educación pública y priada

    hasta el ciclo diersificado, con las e8cepciones que establezca la ley. El Estado garantizar0 laatención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, as+ como el apoyo al deporte dealta competencia y la ealuación y regulación de las entidades deportias del sector público y delpriado, de conformidad con la ley.

    La ley establecer0 incentios y est+mulos a las personas, instituciones y comunidades quepromuean a los y las atletas y desarrollen o financien planes, programas y actiidades deportiasen el pa+s.

    !ap+tulo /&&

    De los Derechos Económicos

    (rt+culo 11A. %odas las personas pueden dedicarse libremente a la actiidad económica de su

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    preferencia, sin m0s limitaciones que las preistas en esta !onstitución y las que establezcan lasleyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras deinter7s social. El Estado promoer0 la iniciatia priada, garantizando la creación y justadistribución de la riqueza, as+ como la producción de bienes y sericios que satisfagan lasnecesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de sufacultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la econom+a e impulsar el

    desarrollo integral del pa+s.

    (rt+culo 112. $o se permitir0n monopolios. Se declaran contrarios a los principios fundamentalesde esta !onstitución cualesquier acto, actiidad, conducta o acuerdo de los y las particulares quetengan por objeto el establecimiento de un monopolio o que conduzcan, por sus efectos reales eindependientemente de la oluntad de aquellos o aquellas, a su e8istencia, cualquiera que fuere laforma que adoptare en la realidad. %ambi7n es contrario a dichos principios el abuso de la posiciónde dominio que un o una particular, un conjunto de ellos o de ellas, o una empresa o conjunto deempresas, adquiera o haya adquirido en un determinado mercado de bienes o de sericios, conindependencia de la causa determinante de tal posición de dominio, as+ como cuando se trate de unademanda concentrada. En todos los casos antes indicados, el Estado adoptar0 las medidas que

    fueren necesarias para eitar los efectos nocios y restrictios del monopolio, del abuso de laposición de dominio y de las demandas concentradas, teniendo como finalidad la protección delpúblico consumidor, de los productores y productoras y el aseguramiento de condiciones efectiasde competencia en la econom+a.

    !uando se trate de e8plotación de recursos naturales propiedad de la $ación o de la prestación desericios de naturaleza pública con e8clusiidad o sin ella, el Estado podr0 otorgar concesiones portiempo determinado, asegurando siempre la e8istencia de contraprestaciones o contrapartidasadecuadas al inter7s público.

    (rt+culo 11B. El il+cito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización yotros delitos cone8os, ser0n penados seeramente de acuerdo con la ley.

    (rt+culo 11. Se garantiza el derecho de propiedad. %oda persona tiene derecho al uso, goce,disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estar0 sometida a las contribuciones, restriccionesy obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de inter7s general. Sólo porcausa de utilidad pública o inter7s social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justaindemnización, podr0 ser declarada la e8propiación de cualquier clase de bienes.

    (rt+culo 11>. $o se decretar0n ni ejecutar0n confiscaciones de bienes sino en los casos permitidospor esta !onstitución. *or +a de e8cepción podr0n ser objeto de confiscación, mediante sentencia

    firme, los bienes de personas naturales o jur+dicas, nacionales o e8tranjeras, responsables de delitoscometidos contra el patrimonio público, los bienes de quienes se hayan enriquecido il+citamente alamparo del *oder *úblico y los bienes proenientes de las actiidades comerciales, financieras ocualesquiera otras inculadas al tr0fico il+cito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes

    (rt+culo 113. %odas las personas tendr0n derecho a disponer de bienes y sericios de calidad, as+como a una información adecuada y no enga-osa sobre el contenido y caracter+sticas de losproductos y sericios que consumen, a la libertad de elección y a un trato equitatio y digno. La leyestablecer0 los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de control decalidad y cantidad de bienes y sericios, los procedimientos de defensa del público consumidor, elresarcimiento de los da-os ocasionados y las sanciones correspondientes por la iolación de estos

    derechos.

    (rt+culo 11?. Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, as+ como de la comunidad

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    para desarrollar asociaciones de car0cter social y participatio, como las cooperatias, cajas deahorro, mutuales y otras formas asociatias. Estas asociaciones podr0n desarrollar cualquier tipo deactiidad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocer0 las especificidades de estasorganizaciones, en especial, las relatias al acto cooperatio, al trabajo asociado y su car0ctergenerador de beneficios colectios.

    El estado promoer0 y proteger0 estas asociaciones destinadas a mejorar la econom+a popular yalternatia.

    !ap+tulo /&&&

    De los Derechos de los pueblos ind+genas

    (rt+culo 11=. El Estado reconocer0 la e8istencia de los pueblos y comunidades ind+genas, suorganización social, pol+tica y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, as+como su h0bitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan yque son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de ida. !orresponder0 al Ejecutio

    $acional, con la participación de los pueblos ind+genas, demarcar y garantizar el derecho a lapropiedad colectia de sus tierras, las cuales ser0n inalienables, imprescriptibles, inembargables eintransferibles de acuerdo con lo establecido en esta !onstitución y en la ley.

    (rt+culo 1AG. El aproechamiento de los recursos naturales en los h0bitats ind+genas por parte delEstado se har0 sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente,est0 sujeto a preia información y consulta a las comunidades ind+genas respectias. Los beneficiosde este aproechamiento por parte de los pueblos ind+genas est0n sujetos a esta !onstitución y a laley.

    (rt+culo 1A1. Los pueblos ind+genas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad 7tnica ycultural, cosmoisión, alores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentar0la aloración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos ind+genas, los cuales tienenderecho a una educación propia y a un r7gimen educatio de car0cter intercultural y bilingOe,atendiendo a sus particularidades socioculturales, alores y tradiciones.

    (rt+culo 1AA. Los pueblos ind+genas tienen derecho a una salud integral que considere sus pr0cticasy culturas. El Estado reconocer0 su medicina tradicional y las terapias complementarias, consujeción a principios bio7ticos.

    (rt+culo 1A2. Los pueblos ind+genas tienen derecho a mantener y promoer sus propias pr0cticas

    económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio@ sus actiidades productiastradicionales, su participación en la econom+a nacional y a definir sus prioridades. Los pueblosind+genas tienen derecho a sericios de formación profesional y a participar en la elaboración,ejecución y gestión de programas espec+ficos de capacitación, sericios de asistencia t7cnica yfinanciera que fortalezcan sus actiidades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.El Estado garantizar0 a los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a los pueblos ind+genas elgoce de los derechos que confiere la legislación laboral.

    (rt+culo 1AB. Se garantiza y protege la propiedad intelectual colectia de los conocimientos,tecnolog+as e innoaciones de los pueblos ind+genas. %oda actiidad relacionada con los recursosgen7ticos y los conocimientos asociados a los mismos perseguir0n beneficios colectios. Se proh+be

    el registro de patentes sobre estos recursos y conocimientos ancestrales.

    (rt+culo 1A. Los pueblos ind+genas tienen derecho a la participación pol+tica. El Estado garantizar0

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    territorial, la autodeterminación y los intereses de la $ación.

    (rt+culo 121. %oda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta !onstitución, las leyes y losdem0s actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del *oder *úblico.

    (rt+culo 12A. %oda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar

    solidariamente en la ida pol+tica, ciil y comunitaria del pa+s, promoiendo y defendiendo losderechos humanos como fundamento de la coniencia democr0tica y de la paz social.

    (rt+culo 122. %oda persona tiene el deber de coadyuar a los gastos públicos mediante el pago deimpuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

    (rt+culo 12B. %oda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los sericios ciil omilitar necesarios para la defensa, preseración y desarrollo del pa+s, o para hacer frente asituaciones de calamidad pública. $adie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.

    %oda persona tiene el deber de prestar sericios en las funciones electorales que se les asignen de

    conformidad con la ley.

    (rt+culo 12. Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta !onstitución y a la ley,en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no e8cluyen las que, en irtud de lasolidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o a las particularessegún su capacidad. La ley proeer0 lo conducente para imponer el cumplimiento de estasobligaciones en los casos en que fuere necesario. Muienes aspiren al ejercicio de cualquierprofesión, tienen el deber de prestar sericio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condicionesque determine la ley.