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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ E1C INVITACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA LEY 1474 DE 2011 Y DECRETO 1082 DE 2015 FONCEP MIC -12 DE 2019 CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y/0 CORRECTIVOS, ASÍ COMO LAS RECARGAS DE LOS EXTINTORES DEL FONCEP. SE CONVOCA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS QUE SE ENCUENTREN CONFORMADAS DE ACUERDO CON LA LEY PARA QUE REALICEN EL CONTROL SOCIAL AL SIGUIENTE PROCESO DE SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA MIC - 12 DE 2019. SE RECOMIENDA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN ESTE PROCESO DE CONTRATACIÓN, LEER CUIDADOSAMENTE EL PRESENTE DOCUMENTO CON EL FIN QUE LA PROPUESTA PRESENTADA CUMPLA CON TODOS LOS REQUISITOS AQUÍ ESTABLECIDOS. BOGOTÁ, D.0 SEPTIEMBRE DE 2019 FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co MEJOR PARA TODOS

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ E1C

INVITACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA

LEY 1474 DE 2011 Y DECRETO 1082 DE 2015

FONCEP MIC -12 DE 2019

CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y/0 CORRECTIVOS, ASÍ COMO LAS RECARGAS DE LOS EXTINTORES DEL FONCEP.

SE CONVOCA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS QUE SE ENCUENTREN CONFORMADAS DE ACUERDO CON LA LEY PARA QUE REALICEN EL CONTROL SOCIAL AL SIGUIENTE PROCESO DE SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA MIC - 12 DE 2019.

SE RECOMIENDA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN ESTE PROCESO DE CONTRATACIÓN, LEER CUIDADOSAMENTE EL PRESENTE DOCUMENTO CON EL FIN QUE LA PROPUESTA PRESENTADA CUMPLA CON TODOS LOS REQUISITOS AQUÍ ESTABLECIDOS.

BOGOTÁ, D.0 SEPTIEMBRE DE 2019

FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co

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INFORMACIÓN GENERAL

El Fondo de prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones FONCEP, es una Entidad del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, cuyo objeto es el reconocer y pagar las cesantías y las obligaciones pensionales con cargo de la administración del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá, se permite invitar a cualquier persona interesada en participar en el presente proceso de selección de mínima cuantía MIC —12 de 2019, que se referencia a continuación.

El presente proceso se regirá por las reglas que se establecen en la presente invitación y los proponentes deberán tener en cuenta al momento de presentar la propuesta:

Se publicará invitación según lo establecido en el cronograma respectivo a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II lo mismo que todos los demás documentos y actos del proceso de contratación. Se recibirán las propuestas hasta la hora determinada en el cronograma establecido, a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II — www.colombiacompra.gov.co La verificación de los requisitos habilitantes, se hará exclusivamente en relación con el proponente que ofrezca el menor precio. En caso que este no cumpla, se procederá a la verificación de los requisitos habilitantes del proponente ubicado en segundo lugar o segundo mejor precio y así sucesivamente. En caso de empate entre las propuestas económicas la Entidad aceptará y adjudicará a quien haya presentado primero la oferta. Publicada la verificación de los requisitos habilitantes y de la evaluación del menor precio, la Entidad otorgará un plazo único de UN (1) DÍA HÁBIL, para que los proponentes puedan formular observaciones a la evaluación. La respuesta a las observaciones se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II — www.colombiacompra.qov.co, simultáneamente con la comunicación de aceptación de la oferta. De no lograrse habilitación de propuesta alguna, se declarará desierto el proceso mediante comunicación motivada que se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II — www.colombiacompra.gov.co, la cual se entiende notificada a partir de la fecha de publicación. Las propuestas deberán tener una validez mínima de dos (2) meses a partir de la fecha del cierre.

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA LIC.

MI.. y111150.

El FONCEP podrá modificar, adicionar o aclarar la presente invitación a través de adendas hasta el día hábil anterior al cierre del proceso. El FONCEP se reserva el derecho de consultar el certificado judicial del representante legal, en caso de no encontrarse información en la página web o que los datos virtuales no coincidan con los datos inmersos en los documentos de identidad, se requerirá al proponente para que los allegue o para que corrija dicha información y la aporte. La Comunicación de Aceptación de la Oferta por parte del Ordenador del Gasto del FONCEP junto con la oferta seleccionada constituyen para todos los efectos el contrato celebrado, con base en el cual se efectuará el registro presupuestal. Con la publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II — www.colombiacompra.gov.co de la comunicación de aceptación suscrita por el Ordenador del Gasto del FONCEP, el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta.

CAPITULO I

CONDICIONES GENERALES

1. OBJETO A CONTRATAR

Contratar la prestación del servicio de mantenimientos preventivos y/o correctivos, así como las recargas de los extintores del FONCEP.

1.1. CLASIFICACIÓN UNSPSC

La siguiente es la Clasificación y/o Códigos de las Naciones Unidas para efectos de la clasificación en el RUP, que conforme a la circular 12 del 5 de mayo de 2014, de la Agencia Colombia Compra, señala que la clasificación del proponente no es un requisito habilitante sino un mecanismo para establecer un lenguaje común entre los partícipes del Sistema de Compras y Contratación Pública, el cual para la presente contratación es el siguiente:

SEGMENTO FAMILIA CLASE PRODUCTO (De ser posible)

Nombre

46000000 46190000 46191600 46191601 Extintores

• FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

1.1.1EASIA

El propósito de este capítulo es dar a conocer las características técnicas mínimas y las actividades a realizar para el cumplimiento del objeto contractual.

1.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

El proveedor deberá tener la capacidad técnica, administrativa y logística para prestar los servicios contratados de acuerdo a las necesidades de la Entidad, atendiendo los requerimientos formulados por el supervisor de forma eficiente y de acuerdo a las especificaciones técnicas mínimas plasmadas en el Anexo Técnico del presente documento.

1.3. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO

El valor del contrato que resulte del proceso será hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($ 2.500.000,00), excluido de IVA e incluyendo demás impuestos, costos, gravámenes a que haya lugar, respaldado con recursos del Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones - FONCEP, de conformidad con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 470 Y 471 del 15 de agosto de 2019, expedido, por el responsable del presupuesto del Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones — FONCEP y avalado por el Ordenador del Gasto.

ÍTEM Rubro Presupuestal

Concepto Presupuesto Oficial

1 3-1-2-02-01-03- Maquinaria Para Uso General $500.000 0003-000

2 3-1-2-02-01-02- Otros productos químicos; fibras 0005-000 artificiales (o fibras industriales

hechas por el hombre) $2.500.000

Los proponentes deben ofertar, de conformidad con lo indicado en el formulario - Propuesta Económica, teniendo en cuenta que la oferta no puede sobrepasar el presupuesto oficial de cada uno de los ítems, ni tampoco el presupuesto oficial total del proceso, so pena de que la propuesta SEA RECHAZADA.

1.4. PLAZO DE EJECUCIÓN

FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co

BOGOTÁ

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ALCALUA MAYOR DE sosarA DC

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El contrato a suscribir tendrá un plazo total de DOS (2) MESES Y/0 HASTA EL AGOTAR EL PRESUPUESTO, lo que primero ocurra, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, en este plazo el contratista se compromete a entregar la totalidad del objeto del contrato, sin sobrepasar el 26 de diciembre de 2019

1.4.1. LUGAR DE EJECUCIÓN

Establecimiento Dirección Ciudad

Sede Principal Carrera 6 No. 14 - 98 Edificio Condominio Parque Santander (TORRES A y B).

Bogotá D.C. Casa del Pensionado Carrera 32 # 25b-75

Bodega de archivo Transversal 93 # 25b-77 Bodega 12

1.5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN SU ELECCIÓN

Teniendo en cuenta la necesidad planteada en el estudio previo y el presupuesto oficial de la contratación, se encuentra que procede seleccionar el contratista por la modalidad de contratación de mínima cuantía, o sea inferior al 10% de la menor cuantía de la Entidad, razón por la cual se adelantará de conformidad con el contenido del artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y la Subsección 5 del Decreto el 1082 de 2015.

El artículo 94 de la Ley 1474 de 2011. Transparencia en contratación de Mínima Cuantía, adiciona el Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, estableciendo la Modalidad de Selección de Mínima Cuantía.

Artículo 2.2.1.2.1.5.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, reglamentan la modalidad de selección de Mínima Cuantía, y señalan el procedimiento a seguir cuando la entidad desee adquirir bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda al 10% de la menor cuantía independientemente de su objeto.

"La Entidad Estatal debe elaborar unos estudios previos que deben contener lo siguiente:

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BOGOTÁ

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

La descripción sucinta de la necesidad que pretende satisfacer con la contratación.

La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios.

Las condiciones técnicas exigidas. El valor estimado de/contrato y su justificación. El plazo de ejecución del contrato. El certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la contratación".

Los requisitos habilitantes, corresponden a la verificación de cumplimiento de las condiciones de la invitación de conformidad con el numeral 4 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015. En caso que éste no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente con el segundo mejor precio, ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.

1.6. CRONOGRAMA DEL PROCESO

ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR

Publicación de la invitación

27 de septiembre de 2019 de 2019

SECOP II Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co Presentación de observaciones pon parte de los interesados SECOP II Portal Único de Contratación www.colombiacompratiov.co

Plazo para presentación de observaciones

4 de octubre de 2019 hasta las 04:00 p.m.

Respuesta a las observaciones

8 de octubre de 2019

SECOP II Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co SECOP II Portal Unico de Contratación www.colombiacompra.gov.co

FONCEP

Cierre del proceso o plazo máximo para presentar propuesta

9 de octubre de 2019 a las 10:00 a.m.

Verificación de los requisitos habilitantes de las propuestas

Hasta el 11 de octubre de 2019

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ALCALINA MAYOR DE BOGOTÁ DZ.

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traslado del informe de evaluación y presentación de observaciones y subsanaciones por parte de los proponentes

16 de octubre de 2019

Presentación de observaciones y subsanaciones por parte de los proponentes SECOP II Rodal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co

Plazo para subsanar 17 de octubre de 2019 hasta las 4.00 pm.

Presentación de observaciones y subsanaciones por parte de los proponentes

SECOP II Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co

Respuesta Observaciones y publicación de la Comunicación de Aceptación de la Oferta.

18 de octubre de 2019

SECOP II Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co

1.7. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR

El contrato que emane del presente proceso de selección en atención a la naturaleza de las labores a desarrollar y a las obligaciones contenidas para el presente ítem, se suscribirá un contrato bajo la modalidad de prestación de servicios.

1.8. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, la propuesta más favorable para la entidad será aquella que cumpla con los requisitos de la invitación y ofrezca el precio más bajo.

VERIFICACIÓN CRITERIO CALIFICACIÓN

JURÍDICA Verificación requerimientos jurídicos

Habilitado / No habilitado

TÉCNICA Experiencia Acreditada / Condiciones Técnicas

Habilitado / No habilitado

Las personas interesadas en presentar propuesta deberán cumplir o presentar los siguientes requisitos mínimos habilitantes:

1.9. CONCEPTO HABILITANTE JURÍDICO

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ALCALIRA MAYOR DE BOGOTÁ D.G.

Cada de presentación de la propuesta suscrita por el Representante Legal en donde certifique que no tiene causales de inhabilidades e incompatibilidades para contratar conforme a lo estipulado por Ley. (CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA).

Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía de Persona Natural y/o Representante Legal.

Fotocopia RUT (Registro Único Tributario) de Persona Natural y/o Jurídica. Registro de Identificación Tributaria — RIT. Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de

Comercio Comercio o autoridad competente (según sea el caso), con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso; cuyo objeto social sea de características similares al objeto contractual de la presente invitación. Para persona Natural se debe presentar la inscripción en el Registro Mercantil si a ello hubiere lugar.

En caso de consorcio o unión temporal, deberán presentar además el documento de conformación del mismo, según lo dispuesto por el Estatuto de Contratación y todos y cada uno de los integrantes debe acreditar los requisitos de los oferentes.

Compromiso Anticorrupción. (COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN) Certificado de antecedentes de la Contraloría General de la República de

Persona Natural y/o Jurídica (Representante legal y Proponente) Certificado de antecedentes de la Procuraduría General de la República de

Persona Natural y/o Jurídica (Representante Legal y Proponente). Certificado de antecedentes de la Policía Nacional de Colombia (Representante

Legal). Impresión de la constancia del Sistema de Registro Nacional de Medida

Correctivas RNMC, en donde se evidencie no estar en mora en el pago de multas establecidas en el Código Nacional de Policía Art. 183. (Representante Legal o persona natural proponente.)

Certificación pago de parafiscales de conformidad con el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, expedido por el Revisor Fiscal o Representante Legal y/o contador público (según el caso).

Certificación Bancaria.

1.10. CONCEPTO HABILITANTE TÉCNICO

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1.10.1. Experiencia Acreditada.

Se requiere acreditar por parte del oferente y mediante certificaciones de contrato (s) ejecutado (s) con los siguientes requisitos:

Acredita la experiencia en ejecución de contratos de objeto similar. El valor del contrato (s) presentado debe ser igual o superior al 100% valor del presupuesto oficial del presente proceso.

La certificación deberá contener:

Nombre de la persona natural o jurídica certificada. _ Nombre de la entidad contratante. _ Objeto detallado del contrato. _ Valor del contrato. _ Fecha de inicio y terminación del contrato. _ Cumplimiento del objeto contractual. _ Firma del funcionario competente. _ Certificaciones de Calidad _

Cuando no exista certificación del contrato, el proponente deberá anexar copia del contrato y de los documentos soportes tales como acta de liquidación y/o factura de pago, que pruebe su ejecución.

La entidad se reserva la facultad de verificar la información que aporten los oferentes.

1.10.2. Condiciones Técnicas

Para el cumplimiento del presente concepto habilitante técnico se requiere que el oferente presente dentro de la oferta:

1. El proponente acreditara que cumple con las condiciones técnicas mínimas excluyentes del procese mediante suscripción clara, inequívoca e incondicional de la carta de la propuesta técnica suministrada por la entidad para tal fin (Anexo 2 — ANEXO TÉCNICO), en donde acepta expresamente las especificaciones técnicas referidas en el estudio previo y su respectivo anexo técnico.

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ

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PARÁGRAFO: La aceptación expresa de las especificaciones técnicas mínimas es de obligatorio cumplimiento por los oferentes y de llegarse a condicionar por parte del oferente de alguna forma el cumplimiento de las mismas, implicara que su oferta sea NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.

2 Ficha técnica de los agentes químicos empleados para la recarga de los extintores de propiedad de la entidad.

3 Certificación del laboratorio o importador para Colombia del HCFC-123, indicando la antigüedad del proponente, ya sea, como distribuidor o comprador, con una vigencia que no deberá exceder los dos años.

1.11. CONCEPTO EVALUACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA.

El factor de selección para el presente proceso y que se constituye en la propuesta más favorable para la Entidad, es la propuesta que presente el precio más bajo.

Los proponentes deben ofertar, de conformidad con lo indicado en el anexo No. 3 — Propuesta Económica, teniendo en cuenta que la oferta no puede sobrepasar el presupuesto oficial de cada uno de los ítems, ni tampoco el presupuesto oficial total del proceso, so pena de que la propuesta SEA RECHAZADA.

El proceso se adjudicará total, NO habrá adjudicaciones parciales.

Es importante aclarar que los oferentes participantes dentro del proceso deben respetar el formato establecido por la entidad, para efectuar la presentación de oferta, toda vez, que en el mismo se encuentran discriminados los impuestos por elemento.

La entidad revisará las ofertas económicas y verificará que la de menor precio total cumple con las condiciones de la invitación. (Artículo 2.2.1.2.1.5.2. Decreto 1082 de 2015).

PARÁGRAFO 1: Es importante aclarar que para garantizar los principios de selección objetiva y pluralidad de los oferentes, la entidad al momento de evaluar las propuestas, tanto de Régimen Simplificado como las presentadas por personas pertenecientes al Régimen Común (Obligación tributaria de cobro de IVA), la valoración del menor precio se realizará antes de IVA, pero en todo caso los valores totales (propuesta económica más IVA) no podrá superar el presupuesto oficial por ítem y presupuesto total del proceso .

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

44.

En el evento de recibir ofertas únicamente de proponentes del régimen común, se evaluarán los valores totales por ítem y total del proceso incluido el IVA.

PARÁGRAFO 2: La entidad Estatal puede solicitar a los proponentes subsanar inconsistencias o errores siempre y cuando la corrección de las inconsistencias o de errores no represente una reformulación de la oferta.

1.12. FACTOR DE EVALUACIÓN

De conformidad con lo dispuesto especialmente en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, la propuesta más favorable para la entidad será aquella que cumpla con los requisitos habilitantes de la invitación y ofrezca el precio más bajo.

1.13. CRITERIO DE DESEMPATE

En caso de empate entre las propuestas, la entidad conforme a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015, procederá a aceptar la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo de acuerdo con la radicación de la propuesta en la fecha de cierre.

1.14. CAUSALES DE RECHAZO

RECHAZO DE LA OFERTA

Solo serán causales de rechazo las previstas en el pliego de condiciones y las expresamente señaladas en la Ley. Por lo tanto, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.1.1.2.1.3. del Decreto 1082 de 2015, la Entidad rechazará las propuestas en los siguientes eventos:

Cuando el oferente no incluya en su propuesta la oferta económica o que no esté debidamente firmada por el Representante Legal u oferente persona natural o no esté diligenciada de conformidad con las condiciones del proceso y los requerimientos de la plataforma SECOP II. Cuando la propuesta presente datos tergiversados o alterados que afecten la comparación objetiva de la misma. Cuando la propuesta sea incompleta u omita información relevante para su comparación.

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Cuando el objeto social del oferente no tenga una relación con el objeto del proceso de selección. Cuando la propuesta se presente de forma extemporánea.

fi Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución Política, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y en las demás disposiciones legales vigentes Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una propuesta. En este caso, se rechazaran todas las propuestas que incurran en la situación descrita Que la propuesta económica sobrepase el valor del presupuesto oficial de los ítems Se rechazaran las ofertas que no discriminen los valores como se señala en la "PROPUESTA ECONÓMICA". Cuando la propuesta no cumpla con los requisitos técnicos del objeto a contratar establecidos en el anexo técnico. En los demás casos dispuestos en la presente invitación o la Ley.

1.15. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO

El proceso se declarará desierto dentro del plazo previsto para adjudicar, bajo las siguientes consideraciones:

Cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ningún oferente, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. Cuando no se presenten oferentes al proceso de selección.

CAPITULO II

CONDICIONES CONTRACTUALES

2.1. PLAZO DE EJECUCIÓN

El contrato a suscribir tendrá un plazo total de DOS (2) MESES Y/0 HASTA EL AGOTAR EL PRESUPUESTO, lo que primero ocurra, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, en este plazo el contratista se compromete a

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entregar la totalidad del objeto del contrato, sin sobrepasar el 26 de diciembre de 2019.

2.2. VALOR Y FORMA DE PAGO

2.2.1. VALOR

El valor del contrato que resulte del proceso será hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($ 2.500.000,00), excluido de IVA e incluyendo demás impuestos, costos, gravámenes a que haya lugar, respaldado con recursos del Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones - FONCEP, de conformidad con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 470 Y 471 del 15 de agosto de 2019, expedido, por el responsable del presupuesto del Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones — FONCEP y avalado por el Ordenador del Gasto.

ÍTEM Rubro Presupuestal

Concepto Presupuesto Oficial

1 3-1-2-02-01-03- 0003-000

Maquinaria Para Uso General $500.000

2 3-1-2-02-01-02- Otros productos químicos; fibras 0005-000 artificiales (o fibras industriales

hechas por el hombre) $2.500.000

Los proponentes deben ofertar, de conformidad con lo indicado en el formulario - Propuesta Económica, teniendo en cuenta que la oferta no puede sobrepasar el presupuesto oficial de cada uno de los ítems ni tampoco el presupuesto oficial total del proceso so pena de que la propuesta SEA RECHAZADA.

2.2.2. FORMA DE PAGO

La forma de pago del presente contrato, se realizará en pagos parciales desagregado por ítems, los cuales no pueden superar su valor de la siguiente manera:

El valor del servicio del presente ítem descrito en el anexo técnico, será cancelado mediante un ÚNICO PAGO, posterior a la realización del 100% de los servicios solicitados para los extintores del FONCEP, y el saldo restante del valor del presente ítem, de conformidad como se ejecuten; todos los pagos requieren acta de recibo

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a satisfacción por parte del supervisor, previa radicación de cuentas de cobro presentadas por el contratista debidamente aprobadas por el supervisor del contrato por parte del FONCEP, que corresponderá al valor total de los servicios requeridos por FONCEP. La factura deberá incluir todos los impuestos, costos directos o indirectos a que haya lugar, cada uno, por los servicios efectivamente prestados.

PARÁGRAFO PRIMERO: Piezas, Repuestos y Componentes No Previstos: En el evento de requerir en la ejecución del contrato mantenimientos posteriores al inicial o cambio de piezas, repuestos, componentes u otros, el contratista deberá remitir una cotización discriminada con el valor de los elementos a reemplazar, para aprobación del supervisor, con base en los precios del mercado. Bajo ninguna circunstancia el contratista efectuará cambios de piezas, repuestos y componentes sin la autorización y conocimiento previo del supervisor del contrato.

PARÁGRAFO TERCERO.-COSTOS RELACIONADOS CON LA LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

Concepto Valor/ Porcentaje Periodicidad del pago

Fuente

Póliza Única de Cumplimiento o Garantía Bancaria a primer requerimiento

Porcentajes determinados en la minuta del contrato

Pago Único a la firma del Contrato

Decreto 1082 de 2015

Rete ICA 9.66 x 1.000 Mensual sobre el

valor de la factura antes de IVA

Estatuto Tributario Distrital

Retención en la Fuente a título de renta

Retención en la fuente, De acuerdo a tabla del Art. 383

del Estatuto Tributario

Mensual sobre el valor de la factura antes de IVA

Estatuto Tributario Nacional

Estampilla pro Adulto Mayor

2% Mensual sobre el valor de la factura antes de IVA

Acuerdo Concejo de Bogotá

Estampilla Pro Cultura

0.5% Mensual sobre el valor de la factura antes de IVA

Acuerdo Concejo de Bogotá

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Estampilla 1.1% Mensual sobre el Acuerdo Concejo Universidad Francisco José de

valor de la factura antes de IVA

de Bogotá

Caldas

Es de aclarar que las retenciones practicadas están sujetas a la naturaleza y tratamiento tributario especial del proveedor del servicio, lo cual se debe tener en cuenta en los soportes que adjunten.

2.3. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.

Acatar la Constitución, la ley, las normas legales y proced mentales establecidas por el Gobierno Nacional, Distrital, por el FONCEP y demás disposiciones pertinentes. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social integral y aportes parafiscales, según corresponda, y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en la Ley 828 de 2003, en la Ley 1122 de 2007, Decreto 1703 de 2002, Decreto 510 del 5 de Marzo de 2003 y demás normas que las adicionen, complementen o modifiquen. Para la realización de los pagos el contratista deberá presentar junto con cada factura o su documento equivalente, la constancia de cumplimiento de dichas obligaciones; cumplimiento que verificará y del cual dejará constancia escrita al FONCEP, a través del supervisor del contrato, durante toda la ejecución y al momento de realizar la liquidación del contrato, cuando haya lugar. En el plazo establecido en el contrato y una vez se le entregue copia del mismo deberá constituir la(s) garantías(s) pactada(s). De igual manera mantenerla vigente en los términos establecidos en el respectivo contrato. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía al Supervisor del contrato. Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus actividades obtenga. Esta es de propiedad del FONCEP, y solo salvo expreso requerimiento de autoridad competente podrá ser divulgada. Cumplir las instrucciones que durante el desarrollo del contrato le comunique al FONCEP por conducto del Supervisor del contrato. Cumplir con el objeto contractual con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del Contratista

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5?GOTA MEJOR PARA TODOS

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ALCALDÍA MAYOR DE Boacmt ac

con el FONCEP Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas.

9. A la finalización del contrato, devolver al supervisor la totalidad de información y/o documentación, así como las claves de acceso que le hayan sido entregadas con ocasión de la ejecución del mismo. De igual forma entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales, así como los informes y archivos a su cargo, requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo (Cuando aplique).

10.Que con la firma del contrato el contratista declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado, consagradas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y Decreto 1082 de 2015, ni en conflicto de intereses frente al FONCEP, ni en las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia.

11.Realizar los actos necesarios y tomar las medidas conducentes para el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y para la ejecución del contrato.

12.Conocer y aplicar durante la ejecución de sus obligaciones contractuales, las Políticas de seguridad de la información del FONCEP, "Aplicable a proveedores y terceros" y "De uso apropiado de los activos de información".

13.Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan y mantener informado sobre el desarrollo de las actividades puestas bajo su responsabilidad al Supervisor del contrato. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho. Desarrollar el objeto acorde con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993. Las demás que se requieran de acuerdo con la naturaleza del contrato.

2.4. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA

Realizar los diagnósticos y entrega de informes con las novedades presentadas en el mantenimiento ejecutado sobre los extintores de propiedad del FONCEP. Brindar garantía sobre los trabajos adelantados, mínimo de un año posterior a la finalización de los mismos y recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato. Para el desarrollo del mantenimiento preventivo a los extintores descritos en el anexo técnico, tendrá un plazo máximo de un (1) mes calendario para ejecutar los mantenimientos preventivos, y el tiempo del plazo de ejecución restante es

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para efectos de ejecución de los mantenimientos preventivos y/o correctivos que requieran con posterioridad. Para la ejecución del contrato deberá como mínimo desarrollar las siguientes pruebas: a) Revisión de Manómetro, b) Cambio de sellos y etiquetas de identificación, c) Aplicación de anticorrosivo y pintura de ser necesario, d) Lubricación, adecuación y prueba de válvulas, e) Verificación de presión, envases, mangueras y boquillas. Efectuar el vaciado y disposición final de acuerdo a la normatividad ambiental vigente del contenido de los extintores de propiedad del FONCEP. Dotar al personal técnico de los elementos de seguridad industrial necesarios para la prestación del servicio. En caso tal de que sea necesario el traslado de los extintores a un taller para la revisión, recarga y/o reparación, el contratista deberá garantizar la seguridad de los equipos y responder ante eventuales pérdidas o daños de los mismos. Para ello, el contratista deberá reemplazar los extintores retirados de la entidad por unos de similares características, durante el tiempo que tarde la recarga y/o mantenimiento. Si dentro del desarrollo de las actividades de recarga, mantenimiento o revisión de los extintores, surge como resultado de dicha actividad algún residuo peligroso, el contratista deberá presentar a la entidad el respectivo certificado de disposición final de los mismos de acuerdo con la normatividad legal vigente en la materia. Para el manejo de residuos contaminantes, el contratista deberá adjuntar a la respectiva cuenta de cobro y/o factura el certificado de disposición final de dichos residuos, como requisito para el pago.

10.En caso tal, que durante la ejecución de los mantenimientos sea necesario el cambio de alguno de los componentes de los extintores de propiedad del FONCEP, el contratista deberá remitir una cotización discriminada con el valor de los elementos a reemplazar para que el supervisor apruebe la misma. Bajo ninguna circunstancia el contratista efectuará cambios de piezas sin la autorización y conocimiento previo del supervisor del contrato.

11. El contratista deberá proporcionar una garantía sobre los elementos reparados y/o recargados por un término no menor de doce (12) meses. De igual manera el contratista deberá efectuar la marcación de los extintores recargados, para lo cual la etiqueta deberá contener como mínimo, la fecha de recarga y expiaron de la misma, la empresa quien presta el servicio, información de contacto, tipo de extintor y agente empleado y los demás datos relevantes que considere necesarios.

12.En general las que se desprendan por haber sido presentadas en la oferta, por ley o que al contrato le correspondan.

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99GOTA MEJOR PARA TODOS

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

2.5. OBLIGACIONES DEL FONCEP Efectuar el pago de conformidad con las condiciones del contrato. Analizar y responder los requerimientos que formule el contratista dentro del término del contrato. Suscribir las actas correspondientes al desarrollo del contrato tales como inicio, parciales, terminación, liquidación o supervisión del mismo. Entregar los certificados de la prestación del servicio recibido. Designar al supervisor para vigilar el cumplimiento del objeto contractual dentro del término de ejecución y demás condiciones establecidas. Vigilar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se deriven del contrato. Recibir toda la información que en medio físico y magnético, según corresponda, haya sido producida por el contratista en ejecución del contrato.

Las demás establecidas en el acápite del Manual de Contratación aprobado por la Entidad

9.2. GARANTÍA ÚNICA

En cumplimiento de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes, el CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del Fondo de Prestaciones Económicas Cesantías y Pensiones — FONCEP, dadas las características del bien a adquirir, una GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO, o GARANTÍA BANCARIA A PRIMER REQUERIMIENTO, que ampare los siguientes riesgos:

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del Contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la suscripción del mismo.

CALIDAD DEL SERVICIO: Por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia del plazo de ejecución y seis (6) meses más.

SALARIOS PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: Por una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más, contados a partir de la aceptación de oferta.

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MEJOR PARA TODOS

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AL CALDIA MAYOR DE BOGOTÁ 11E.

Las garantías no podrán ser canceladas sin la autorización escrita de FONCEP. El CONTRATISTA deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para mantener vigente las garantías a que se refiere el contrato.

Será a cargo del CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de las garantías.

En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del contrato resultante, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes. Si el oferente a quien se adjudique el contrato, con ocasión de la adición, prórroga, suspensión o cualquier otra circunstancia que se presente durante la ejecución del contrato resultante, se niega a realizar la modificación de la póliza correspondiente, la entidad notificará de tal hecho a la compañía aseguradora que expidió la garantía que ampara la ejecución del contrato y coordinará con ésta, el mecanismo a fin de obtener la modificación de las garantías. Lo anterior por cuenta y riesgo del oferente al que se le adjudique el contrato, sin perjuicio de las sanciones o multas a que hubiere lugar.

9.3. INDEMNIDAD

De conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, el CONTRATISTA, se obliga a mantener indemne al FONCEP de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus actuaciones, las de sus subcontratistas o dependientes.

9.4. SUPERVISIÓN

La supervisión que resulte del presente proceso de contratación será ejercida por la Jefe de la Oficina de Informática y Sistemas del FONCEP y tendrá comunicación directa con el Contratista y por su conducto se tramitarán todos los asuntos relativos al desarrollo del mismo.

9.5. SANCIONES

2.9.1. MULTAS

La mora por parte del CONTRATISTA en el cumplimiento de alguna o algunas de las obligaciones del contrato, dará lugar a la aplicación de multas sucesivas por una

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BoGOTA

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.,

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suma equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso y que, sumadas no superen el 10% del valor total del mismo.

El valor de las multas se descontará por la Entidad del saldo a favor del Contratista si lo hubiere, previa comunicación escrita al Contratista. Si no hay tal saldo se efectuará la respectiva reclamación ante la aseguradora que expidió la garantía única del contrato, en los términos y condiciones establecidos en el Código de Comercio.

El incumplimiento y la determinación del valor a pagar se acreditan ante la aseguradora con una comunicación suscrita por el Director de la Entidad. Sin perjuicio de lo anterior, la Entidad adelantará las acciones pertinentes ante la jurisdicción competente cuando así se requiera.

Lo anterior salvo en el caso en que el Contratista demuestre que su tardanza o mora obedecieron a hechos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. Las multas se pactan sin perjuicio de que la Entidad pueda acudir a los mecanismos de compensación y a su cobro por vía judicial o mediante Jurisdicción Coactiva.

2.9.2. PENAL PECUNIARIA

En caso de incumplimiento por parte del Contratista de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, el Contratista pagará a la Entidad a título de pena, una suma equivalente al 20% del valor del contrato, suma que la Entidad, hará efectiva mediante cobro de la garantía única de cumplimiento o, a su elección, de los saldos que adeude al contratista si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizada con la suscripción del Contrato; si esto no fuere posible se cobrará por vía judicial o por Jurisdicción Coactiva o por el mecanismo de la compensación. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios no cubiertos por la aplicación de dicha sanción.

9.6. DEBIDO PROCESO.

En caso de mora en la ejecución y/o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, la Entidad adelantará el procedimiento administrativo establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes, con el objeto de garantizar el debido proceso allí mencionado.

9.7. CADUCIDAD

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BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA 11C.

Previo requerimiento por escrito al Contratista, la Entidad declarará la caducidad del contrato, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo del Contratista que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en la Ley.

En caso de que la Entidad decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado.

La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante continué inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro Contratista, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar.

La declaración de la caducidad no dará lugar a indemnización del Contratista, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento.

Agradecemos su interés en la presentación de su propuesta,

BEATRIZ H LENA ZA ORA GONZÁLEZ SUBDIRECTORA INANCIERA Y ADMINISTRATIVA

Actividad Nombre Cargo Dependencia Firma

Proyecto Sebastián Santacruz González Asesor Externo, Contratación

Oficina Asesora Jurídica ---

Revisó Victor Manuel Jaimes Sánchez Responsable Responsable Área Administrativa (el

Aprobó Angela Maria Artunduapa Tovar Jefe Oficina Asesora Jurídica -

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BOGOTA

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ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA DE,

ANEXO No. 1

ANEXO TÉCNICO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Recarga y Mantenimiento de los extintores de propiedad del FONCEP así como la respectiva señalización y demarcación.

ELEMENTOS

ítem ELEMENTO ESPECIFICACIÓN

TÉCNICA CANTIDAD

UNIDAD DE MEDIDA

IVA

1 Extintor. Capacidad 9000

Grs Agente Limpio Ecológico HCFC 123

Mantenimiento Preventivo * 6 UNIDADES 19%

2 Extintor. Capacidad 3700

Grs Agente Limpio Ecológico HCFC 123

Mantenimiento Preventivo * 22 UNIDADES 19%

3 Extintor. Capacidad 2.5

Gin DE AGUA A PRESIÓN

Recarga - Mantenimiento Preventivo

2 UNIDADES 19%

4 Extintor. Multipropósito 20

Lb Recarga - Mantenimiento Preventivo

5 UNIDADES 19%

5 Extintor GAS CO2 10 Lb Recarga - Mantenimiento Preventivo

1 UNIDAD 19%

6 Extintor Satélite 150 Lbs Recarga - Mantenimiento Preventivo

5 UNIDAD 19%

7 Extintor ABC Recarga - Mantenimiento Preventivo

3 UNIDADES 19%

Nota 1: *Para estos elementos se requiere únicamente mantenimiento preventivo con la respectiva revisión de cada uno de los componentes que integran el elemento.

Nota 2— Mantenimientos Preventivos:

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ 11C

MACIEMDA

Para efectos de ejecutar el servicio de los mantenimientos preventivos, el contratista deberá como mínimo desarrollar las siguientes pruebas y actividades:

Revisión de Manómetro. Cambio de sellos y etiquetas de identificación. Aplicación de anticorrosivo y pintura de ser necesario. Lubricación, adecuación y prueba de válvulas. Verificación de presión, envases, mangueras y boquillas.

Los precios ofertados por el proponente, para efectuar dicho mantenimiento, se mantendrán durante toda la ejecución del contrato, en el caso de requerirse más mantenimientos preventivos.

A la finalización de los mantenimientos preventivos, el CONTRATISTA deberá entregar para el pago de los mismos, los diagnósticos e informes con las novedades presentadas en el mantenimiento ejecutado sobre los extintores de propiedad del FONCEP. En caso tal de que sea necesario el traslado de los extintores a un taller para la revisión, recarga y/o reparación, el contratista deberá garantizar la seguridad de los equipos y responder ante eventuales pérdidas o daños de los mismos. Para ello, el contratista debera reemplazar los extintores retirados de la entidad por unos de similares características, durante el tiempo que tarde la recarga y/o mantenimiento.

Nota 3 — Mantenimientos Correctivos:

Para efectos de ejecutar el servicio de los mantenimientos correctivos, entendiéndose como el cambio de alguno de los componentes que conforman el extintor, EL CONTRATISTA los deberá ejecutar, previa presentación de una cotización discriminada con el valor de los elementos a reemplazar para que el supervisor apruebe la misma.

PARÁGRAFO: La necesidad de reemplazar los elementos, será determinada por el FONCEP, previa aprobación por parte del supervisor del contrato. Bajo ninguna circunstancia el contratista efectuará cambios de piezas sin la autorización y conocimiento previo del supervisor del contrato, en caso contrario será asumido por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, de manera que el FONCEP no reconocerá valores por tal concepto.

Los precios que se acuerden por los elementos requeridos, en ningún caso, serán superiores a los del mercado al momento en que se solicite la cotización, para lo cual el FONCEP realizará un pequeño estudio de mercado, con el fin de validar los costos de los elementos a suministrar. En el evento en que en el análisis de los precios unitarios de los elementos se obtenga un menor valor al ofertado por el CONTRATISTA, se aplicará el menor valor.

A la finalización de los mantenimientos correctivos, el CONTRATISTA deberá entregar para el pago de los mismos, los elementos sujetos de cambio e informes con las novedades presentadas en el mantenimiento ejecutado sobre los extintores de propiedad del FONCEP.

ACTIVIDAD NOMBRE CARGO DEPENDENCIA

Revisó Victor Manuel Jaimes Sánchez Responsable Responsable Área Administrativa (e)

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BOGOTÁ

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ALCALDÍA MAYOR DE BOCutil

FORMULARIO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Bogotá D.C. de del 2019

Señores:

Ciudad.

El suscrito de conformidad con lo requerido en la invitación pública FONCEP MIC —12 DE 2019, cuyo objeto es: "Contratar la prestación del servicio de mantenimientos preventivos y/o correctivos, así como las recargas de los extintores del FONCEP", en caso de resultar aceptada la propuesta presentada, me comprometo a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y de la invitación con la totalidad de las especificaciones técnicas señaladas en la misma.

Declaro, asimismo:

Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas aquí, tiene participación en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha oferta. Que nos hemos familiarizado y hemos estudiado la Invitación a Presentar Oferta y demás documentos, así como las demás condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en dichos documentos. Así mismo manifestamos que el FONCEP facilitó de manera adecuada y de acuerdo con nuestras necesidades la totalidad de la información requerida para la elaboración de la propuesta, garantizando siempre la confidencialidad de la misma. Que nuestra oferta cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos del proceso, anexo técnico y condiciones de la invitación pública. Nos comprometemos a ejecutar el objeto y la totalidad de las obligaciones contractuales establecidas en el proceso. Que entendemos que la aceptación de la oferta, conforme está definido en la Invitación a presentar oferta, incluye todos los impuestos, tasas o contribuciones directas o indirectas que sean aplicables, así como todos los costos directos e indirectos que se causen por labores de administración y las utilidades del contratista. Que no existe ninguna falsedad en nuestra Propuesta. Que el (los) abajo firmante(s), obrando en nombre y representación del Proponente manifiesto (amos) que me (nos) obligo (amos) incondicionalmente a ejecutar el Contrato (Oferta y su aceptación), en los términos y condiciones previstos en la Invitación Pública. Que, de acuerdo con lo establecido en la Invitación a presentar oferta, adjunto se anexa la documentación solicitada en el mismo. Que se acepta la evaluación a la oferta presentada y la aceptación del cumplimiento de las especificaciones técnicas referidas en el estudio, la oferta y la adjudicación, así como el cumplimiento del plazo del proceso y de la aceptación de oferta. Que, en caso de ser aceptada mi propuesta, me comprometo a legalizar el contrato e iniciar la ejecución del mismo, en los plazos previstos en la presente invitación pública.

FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co

59GOTÁ MEJOR PARA TODOS

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AL ALMA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

Que, a solicitud del FONCEP me (nos) obligo (amos) a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la propuesta. Que de manera libre y espontánea manifiesto que en el evento de resultar aceptada presente propuesta, renuncio (amos) a efectuar cualquier acción, reclamación o demanda en contra del FONCEP por hechos o circunstancias que conozco (conocemos) o he(mos) debido conocer por razón de las condiciones y exigencias que se establecieron en la Invitación a presentar oferta y en el contrato, y, que manifiesto (amos) aceptar en su totalidad. Bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta manifiesto(amos), que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, ni la sociedad que represento incurso(s) en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales, así mismo señalo que no me encuentro (o la(s) persona(s) por mi representada(s) no se encuentra(n)) en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. Esta oferta es presentada por con cedula de ciudadanía No. y quien firma la carta de presentación y no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con del FONCEP. Me comprometo a ejecutar el objeto y obligaciones contractuales en el término establecido en la Invitación Pública.

El (Los) abajo firmante(s) declaro(amos) que he(mos) recibido todos los documentos y anexos descritos en la Invitación a presentar oferta, así como las adendas a los mismos.

De ustedes atentamente,

NOMBRE DEL PROPONENTE: DIRECCIÓN: CIUDAD: TELÉFONO: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: NIT: FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO:

C.C.

NOTA: SE PODRÁ PRESENTAR OTRO MODELO DE CARTA, SIEMPRE QUE INCLUYA LA INFORMACIÓN Y MANIFESTACIONES AQUÍ REQUERIDAS.

FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co

52GOTAs MEJOR PARA TODOS

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ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ DO.

FORMULARIO No. 2 PROPUESTA ECONÓMICA

VALORES PROPUESTOS PARA LA CONTRATACIÓN FONCEP MIC — 12 DE 2019 OBJETO: "CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS WO CORRECTIVOS, ASÍ COMO LAS RECARGAS DE LOS EXTINTORES DEL FONCEP".

El suscrito de conformidad con lo requerido en la invitación del FONCEP MIC — 12 DE 2019, manifiesto que los valores de mí propuesta tienen impuestos, costos, gravámenes a que haya lugar para la suscripción y ejecución del contrato será de la siguiente manera:

ELEMENTOS

ítem ELEMENTO ESPECIFICACIÓN TÉCNICA

CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA IVA

1 Extintor. Capacidad 9000 Grs Agente Limpio Ecológico HCFC 123

Mantenimiento Preventivo * 6 UNIDADES 19%

2 Extintor. Capacidad 3700 Grs Agente Limpio Ecológico HCFC 123

Mantenimiento Preventivo * 22 UNIDADES 19%

3 Extintor. Capacidad 2.5 Gln DE AGUA A PRESIÓN

Recarga - Mantenimiento Preventivo

2 UNIDADES 19%

4 Extintor. Multipropósito 20 Lb

Recarga - Mantenimiento Preventivo

5 UNIDADES 19%

5 Extintor GAS CO2 10 Lb Recarga - Mantenimiento Preventivo

1 UNIDAD 19%

6 Extintor Satélite 150 Lbs Recarga - Mantenimiento Preventivo

5 UNIDAD 19%

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BOGOTA

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o ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.0

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3 UNIDADES 19%

PARÁGRAFO: 1. Los proponentes deben ofertar, de conformidad con lo indicado en el presente formulario de Propuesta Económica, teniendo en cuenta que la oferta no puede sobrepasar el Presupuesto Oficial Estimado, ni tampoco el valor total del proceso.

PARÁGRAFO: 2. Para efectos del diligenciamiento del presente formato, se solicita a los proponentes NO APORTAR CIFRAS CON DECIMALES, SOLO VALORES EXACTOS.

FIRMA DEL PROPONENTE Cédula No.

FONCEP - Sede Principal: Carrera 6 Nro. 14-98 Edificio Condominio Parque Santander Teléfono: +571 307 62 00 www.foncep.gov.co

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ALCALDIA MAYOR DE 0000TA D.C.

FORMULARIO No. 3

COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN

El suscrito, a saber , identificado con la cédula de ciudadanía No , expedida en: , domiciliado y residente en: en calidad de , que en adelante se denominará EL PROPONENTE, manifiesto la voluntad de asumir, de manera unilateral, la presente INVITACIÓN PÚBLICA, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Que el FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES — FONCEP adelanta el proceso de MIC — 12 DE 2019, para: "CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y/0 CORRECTIVOS, ASÍ COMO LAS RECARGAS DE LOS EXTINTORES DEL FONCEP".

SEGUNDO: Que es interés de EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado Colombiano, y DEL FONCEP para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación y la responsabilidad de rendir cuentas.

TERCERO: Que EL PROPONENTE se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso y, en tal sentido, suscribe el presente compromiso anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS

EL PROPONENTE no dará u ofrecerá dinero u otra utilidad a ningún funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.

EL PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor, o consultor, lo haga en su nombre.

EL PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de selección y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá las obligaciones de:

No dar u ofrecer dinero u otra utilidad a los funcionarios del FONCEP, ni a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que, por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan incidir en la aceptación de la propuesta.

- No dar u ofrecer dinero u otra utilidad a los funcionarios de FONCEP durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada su propuesta.

EL PROPONENTE se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en la presente contratación.

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ALCALDÍA rama DE BOGOTÁ D.C.

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Así mismo EL PROPONENTE asume y reconoce expresamente, las siguientes consecuencias en el caso de incumplir el presente COMPROMISO o de cualquiera otra de sus obligaciones legales asociadas a las gestiones propias de la contratación estatal bajo su cargo:

Las consecuencias previstas en el Código Único Disciplinario o cualquier otra norma que la complemente, modifique, reforme o aclare. Las sanciones previstas en el Código Único Disciplinario o cualquier otra norma que la complemente, modifique, reforme o aclare. Las consecuencias y sanciones que surjan como resultado del proceso de responsabilidad fiscal que se inicie con fundamento en la aplicación de la Ley 610 de 2000, modificada por la Ley 1474 de 2011 o cualquiera otra norma que la complemente, modifique, reforme o aclare y el resarcimiento del detrimento patrimonial correspondiente, en los términos de la misma ley.

CLÁUSULA SEGUNDA. PAGOS REALIZADOS

EL PROPONENTE declara que para la elaboración y presentación de la presente propuesta ha realizado, o deberá realizar, únicamente los pagos que se generen para la presentación y conformación de la propuesta, incluyendo los pagos de bonificaciones o sumas adicionales al salario ordinario que puedan hacerse a sus propios empleados, representantes, agentes o asesores, o a los empleados, representantes, agentes o asesores de otras empresas, tanto públicos como privados, así mismo en caso de resultar favorecida su propuesta EL PROPONENTE realizará únicamente los pagos correspondientes a la ejecución del contrato.

CLÁUSULA TERCERA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO

EL PROPONENTE asume, con la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en la invitación pública del proceso de contratación, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.

En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de , a los... días del mes de de 2019

EL PROPONENTE:

(Nombre, número del documento de identificación y firma del proponente o su representante)

SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES PLURAL (CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES LEGALES.

NOTA: SE PODRÁ PRESENTAR OTRO MODELO DE CERTIFICACIÓN, SIEMPRE QUE INCLUYA LA INFORMACIÓN Y MANIFESTACIONES AQUÍ REQUERIDAS

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOIA DC

FORMULARIO No. 4

CERTIFICACIÓN DE PAGOS SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

El suscrito Revisor Fiscal de (nombre de la empresa)

CERTIFICA

Que la (nombre de la firma) ha efectuado los pagos por concepto de aportes de los empleados de la misma, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar), durante lapso que incluye los pagos correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la expedición de la presente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002.

La presente certificación se expide con destino al Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP, a los (_) días del mes de del año dos mil dieciocho (2019), en la ciudad de Bogotá D.C.

C.C. No. Tarjeta Profesional.

NOTA: SE PODRÁ PRESENTAR OTRO MODELO DE CERTIFICACIÓN, SIEMPRE QUE INCLUYA LA INFORMACIÓN Y MANIFESTACIONES AQUÍ REQUERIDAS.

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