Iusnaturalismo o Derecho Natural
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Primer Esbozo jurdico poltico: El Iusnaturalismo Aristotlico-Platnico.
Introduccin
El presente ensayo tiene como objetivo rastrear las tesis Aristotlicas del
Iusnaturalismo o tambin conocido como derecho natural. Es por eso ue el
primer paso ser! e"poner el pensamiento poltico platnico para despus el
Aristotlico. #omo sabemos Aristteles $ue alumno de Platn por lo ue en %ran
medida coincidir!n al menos en las posturas polticas ue ser!n e"puestas en las
si%uientes lneas.
Para ello me basar en los te"tos polticos m!s conocidos del binomio antes
mencionado. A saber& por una parte& '(a )ep*blica+& '(as (eyes+& los di!lo%os de
car!cter poltico como lo son el de 'Prot!%oras+ y 'El Poltico+. Por otro lado& la
',tica icomauea+& '(a Poltica+ y '(a )etrica+. En ellos me encar%are de
e"traer las ideas ue permean hasta nuestros das realizando una comparacin
en el pensamiento poltico de cada cual.
Partiendo del concepto de justicia& el cual ser! vital en el presente escrito as
como lo $ue en el pensamiento helnico y as como lo es actualmente a la hora de
$ormular una norma jurdica. (a justicia& por ejemplo& tiene una connotacin
ne%ativa en Platn mientras ue en Aristteles es positiva. En Platn se es justo
por miedo a las sanciones de la ley. En Aristteles en la mayora de los casos setiene a hacer el bien. /in embar%o& concuerdan en el $in& es decir& en ue debe ser
justo para vivir en armona.
En la transicin del pensamiento poltico platnico al aristotlico de$inir
espor!dicamente al derecho natural y por ende al derecho positivo desde la ptica
jurdica y es por medio de dicho an!lisis ue pasar a conectar las tesis $ilos$icas
antes mencionadas.
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0esarrollo
(a 1recia del si%lo 2 a. c y el posterior& se caracteriz por su en$oue meramente
poltico& a causa del conte"to en el ue se viva. 3n ambiente hostil y blico& era lo
ue se respiraba en el mundo helnico. #olmado de %uerras como la del
Peloponeso 4en$rentamiento entre Atenas y Esparta5. Es en esa atmos$era catica
en la ue se desarrolla el pensamiento Platnico y despus en menor medida el
Aristotlico. Platn como sabemos $ue heredero de la ideolo%a socr!tica uien
tuvo una muerte tr!%ica y democr!tica. Es por eso ue el otrora llamado $ilso$o
de espalda ancha busco soluciones emer%entes. Adem!s de esclarecer la pu%na
sobre la base convencional o natural de la ley. Pero sobretodo la $orma ideal de
%obierno ue deba re%ir en auel tiempo& como en primera instancia lo plantea en
'(a )ep*blica+ en donde el %obierno ue deba re%ir era justamente elrepublicano. Pero en '(as (eyes+ una de sus *ltimas obras concluye ue la mejor
$orma posible de %obierno es la monarua o aristocracia. A pesar de la
discrepancia ue se pueda presentar en su $orma %enuina de %obierno. 0e lo ue
si estaba se%uro era ue el hombre es un ser social 4un animal poltico dira
despus Aristteles5 por naturaleza. 6endencia natural ue le antecede a la
$ormacin del estado& el cual solo es el re$lejo. o como los contractualitas ue
si%los m!s adelante de$enderan por circunstancias i%ual de crticas el pacto
convencional.
Ahora bien& el pensamiento poltico platnico al i%ual ue el aristotlico no solo
comparten la concepcin del Zoon politikn sino tambin ue la base de la
or%anizacin poltica debe se%uir preceptos virtuosos encabezados por la justicia
4la virtud poltica por e"celencia5. Pero la concordancia no es tan literal.
En Platn la justicia tiene una connotacin ne%ativa ya ue 'es por naturaleza
bueno el cometer injusticias& malo el padecerlas& y ue lo malo del padecer
injusticias supera en mucho a lo bueno del cometerlas+. Entendemos ue la
injusticia se encuentra impre%nada en el hombre de manera inherente y tiende
m!s a ello ue al ser justo. Pero en ocasiones se ve obli%ado a obrar de una
menara justa y no por voluntad propia. Es por eso ue los ue cultivan la justicia lo
hacen por impotencia.
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Adem!s m!s adelante de su discusin en el dialo%o II de '(a )ep*blica+ continua
describiendo a la justicia& pero ahora le atribuye ue es un trmino medio. '7 ste&
dicen& es el ori%en y la esencia de la justicia& ue es al%o intermedio entre lo mejor
- ue sera cometer injusticias impunemente- y lo peor - no poder desuitarse
cuando se padece injusticia+. #omo tambin lo hiciera Aristteles en menor parte
en la ',tica icomauea+ y en mayor medida en '(a Poltica+.
/i%uiendo el hilo conductor sobre la justicia en '(a rep*blica+ para Platn los
adjetivos cali$icativos ue debe tener un hombre justo son el ser sabio y el ser
bueno por otro lado son injustas las personas ue son i%norantes y malas& pero
ue adem!s buscan aventajarse del otro para sacar al%*n tipo de ventaja& es
decir& usar al otro como un medio o aprovecharse literalmente de l. #omo
resultado de dichas acciones los hombres justos producir!n entre los otros unentorno de amistad y armona mientras ue los injustos se %anar!n el odio& las
pu%nas y discordias. Principio moral ue subyace hasta nuestros das y versa
simplemente en tratar a los dem!s de la manera en ue te %ustara ser tratado. /e
trataba de hacer conciencia en auel tiempo por auellos de las %uerras& las
cuales estribaban en la $amosa ley del talin 'ojo por ojo& diente por diente+. 0e ah
la importancia de establecer en la base de la sociedad las virtudes ue para Platn
las m!s importantes son la prudencia& la templanza& la valenta y un escaln
arriba: la justicia. 8ue m!s adelante en el libro 2III esclarecer! sobre ello& al
comprar las presentes virtudes con los tipos de 'clases sociales+ ue hay en la
rep*blica.
Pero ahora pasemos a desarrollar m!s la transicin de como el ser social lle%a a
$ormar el estado. En el pensamiento poltico platnico el hombre no puede ser
autosu$iciente y por ende tiene la necesidad casi innata 9dira yo- de relacionarse
con el otro. 'En tal caso& cuando un hombre se asocia con otro por una necesidad&
con otro por otra necesidad& habiendo necesidad de muchas cosas& lle%an a
con%re%arse en una sola morada muchos hombres para asociarse y au"iliarse+.
3na de las caractersticas del estado deviene en ue cada hombre 4de ahora en
adelante ciudadano5 debe cumplir la $uncin ue le es propia y dada por la
naturaleza& es decir& si un ciudadano se encuentra dotado $sicamente se dedicar!
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al arte de la %uerra y para salva%uardar la ciudad. Por otro lado& la jeraruizacin
de la ciudad se compone tres %randes bloues. (a primera la con$orman los
ciudadanos ue deliberan en el estado& en su mayora son ma%istrados& los cuales
debe ser los encar%ados de %obernar. En pocas palabras el soberano debe ser
$ilso$o. Porue estoy implica ue no %obierna el m!s $uerte sino el m!s sabio y
por medio de su intelecto puede crear una armona en la comunidad. (a se%unda
la inte%ran los %uerreros ue simplemente su $uncin es res%uardar al estado& por
medio de su $uerza $sica. (a tercera la complementan los artesanos o
comerciantes.
'3nos y otros trabajan por el bien de la patria y de los ciudadanos& stos
combatiendo en la %uerra por la com*n de$ensa& auellos $abricando por un precio
razonable toda clase de obras y de instrumentos+.A cada cual Platn le atribuye una virtud ue son las anteriormente mencionadas:
la prudencia& la valenta& la templanza respectivamente. #omplement!ndose cada
una con la justicia. Pero adem!s le asi%na un tipo de alma.
Auella por la cual el alma razona la denominaremos raciocinio&
mientras& ue auella por la ue el alma ama& tiene hambre y sed y
es e"citada por todos los dem!s apetitos es la irracional y apetitiva
ami%a de al%unas satis$acciones sensuales y de los placeres en
%eneral. 4(a )ep*blica& ;??5
En suma& la justica para el ciudadano y para el estado consiste en ue cada parte
ha%a lo suyo. Para ue as e"ista una armona evitando los e"cesos y los
de$ectos. Platn hace n$asis al decir ue el estado es el re$lejo del alma. Por lo
ue si un estado no es justo& no se le puede llamar estado. El estado ideal es
auel ue es racional y justo. Al i%ual ue debe ser moderado y valiente.
Pero @8u consecuencia tiene el ser injustos en el estado En primera instancia
una sancin interna;
& pero Platn va m!s all!.
1 #abe mencionar ue se casti%aba no por la $alta cometida sino por las $altas uepuedan sobrevenir& es decir& el motivo por el ue se casti%aba era para poner el ejemplo yevitar ue los actos inadecuados se vuelvan a repetir. Platn deca ue nin%*n ciudadanose atreva a actuar en contra de las leyes y ue uien as lo ha%a sea casti%ado con lamuerte o las m!s duras penas.
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#iertamente. /i somos justos no su$riremos casti%os de los
dioses& pero rechazaremos las %anancias de la injusticia. /i somos
injustos& en cambio. Bbtendr m!s esas %anancias y& cuando
cometamos trans%resiones o $altas. Implorando persuadiremos a
los dioses para evitar ser casti%ados. 4(a )ep*blica& ;
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(a importancia de la enseDanza de los ciudadanos no solo versa en la $ormacin
de $uturos %obernantes sino tambin para ue deliberen en la $ormacin de las
leyes del estado. (as cu!les ser!n lo ue le conviene al mayor n*mero de
individuos y as el le%islador lo impondr! a toda la multitud. (as leyes ue se
inscriben deben respetar a la justicia. Por otro lado& deben ser lo m!s parcial ue
se pueda. Porue la justicia y la cooperacin social tienen un $uerte vnculo ya ue
es por medio del com*n acuerdo ue se trata de ser lo m!s justo posible en una
comunidad& por eso la justicia es base de la estructura comunal. 0e lo contrario&
se caera en lapleonexia y en la imparcialidad& por ende no se respetara a la
justicia y no respetar a la justicia en el estado ocasionara un descontrol.
As tambin debemos pensar ue el le%islador& ue es uien
comanda a esos rebaDos en lo ue a la justicia y los contratosrecprocos se re$iere& nunca ser! capaz& puesto ue imparte sus
rdenes en conjunto& de atribuir con e"actitud a cada uno en
particular lo ue le conviene. 4El Poltico& ;;5
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Al ser alumno de Platn& Aristteles $ue el sucesor del %ran pensamiento platnico.
0entro de las tesis principales en las cuales concordaban era la concepcin antes
mencionada del ser social 4a partir de ahora animal poltico o social5.
Pero la idea principal ue nos importa au es la ue tenan sobre el
Iusnaturalismo o el derecho natural 4aporta entre muchas otras cosas la idea de la
justicia5.
(a ley puede ser particular o %eneral. (lamo Hparticular a la ley
escrita por la cual se ri%en las comunidades y H%eneral Jla ue va
de acuerdo con la naturalezaK a auellas normas no escritas en las
ue parece haber acuerdo entre todos. Lacemos voluntariamente
lo ue hacemos con conocimiento y sin coaccin. o todo lo ue
hacemos voluntariamente se ha decidido de antemano& pero todo
lo decidido de antema no se hace con conocimiento& porue nadie
i%nora lo ue ha decidido de antemano. 4(a )etrica& >MM>& P. ;MF5
El derecho natural>no tiene un ori%en o una %nesis ue proven%a de un a%ente
e"terno& el derecho natural se resume en los valores o el est!ndar mnimo ue
merece cualuier hombre para su apropiada convivencia& es decir& hay valores ue
son aceptados como parte necesaria e inte%radora en la cual todos los hombres y
todas las sociedades merecen tener por el simple hecho de ue est!n vivos y son
hombre. En otras palabras& es al%o ue ya tienes por el simple hecho de nacervivo. Por ejemplo& parte del derecho natural& es el valor a la vida. (o cual est!
esparcido en el universo de lo natural no lo puedes ver& pero es un valor ue ah
est!& intrnsecamente relacionado con el hombre y la sociedad.
(a importancia del derecho natural actualmente estriba en ue sin l& no se podra
%enerar una nueva clase de normatividad& porue el derecho positivo? no crea
derecho positivo& pero el derecho natural si crea derecho positivo. /e necesitan
una de la otra. /i no concuerdan no se puede crear una re%la de conducta. Pero el
2 El derecho natural son los derechos del hombre ue se encuentran en la naturaleza yson universales& inmutables y eternos.
3 El derecho positivo son las normas jurdicas escritas. el derecho positivo& lo ue hace esuna abstraccin de esos $undamentos& valores ideales& ue se encuentran en lanaturaleza hacia las constituciones y normatividad de un pas.
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derecho natural no es coercitivo 4ue el estado pueda e"i%ir su aplicacin de cierta
normatividad por la $uerza5& entonces& aunue e"istiera cierta normatividad en el
mundo natural ue esta intrnsecamente relacionada con el hombre si no est! en
una disposicin escrita& no puede ser coercitiva.
Lablemos& por tanto& en primer lu%ar de las leyes y de cmo debe
servirse de ellas uien e"horta o disuade y uien acusa o de$iende.
Pues es evidente ue& en caso de ue la ley escrita sea contraria a
nuestro caso& hay ue recurrir a la %eneral o a lo razonable como
mejores elementos de juicio& pues eso es lo ue si%ni$ica Hcon el
mejor criterio& no utilizar a toda costa las leyes escritas. 7 tambin
a ue lo razonable permanece siempre y nunca cambia& como
tampoco la ley %eneral 4pues es con$orme a la naturaleza5&
mientras ue las escritas lo hacen a menudo. 4(a )etrica& >MM>&
P. ;?M5
En suma& el derecho positivo no puede crear nada& el derecho positivo en s& sin el
derecho natural& no sera nada& porue el derecho positivo carece de toda
moralidad o toda $iloso$a y ueda al albedro del le%islador& es decir& es tan simple
como redactar un documento y ue la con%reso de la unin lo apruebe& pero lo
ue hace el derecho positivo& es e"traer del mundo natural& todos esos valores&
para positivarlos& es por eso ue los dos se complementan& solo el derecho naturalcarece de la $uerza su$iciente para ue lle%ue a todos los hombres y sociedades.
Por lo ue necesita al derecho positivo para ue sus preceptos y valores
aduieran coercitividad& pero al mismo tiempo el derecho positivo necesita al
natural como $uente de inspiracin y de abstraccin. Por ejemplo en nuestro pas&
el primer artculo de la constitucin dice ue se reconoce a los derechos humanos
y ue se consa%ran en la constitucin. Al decir reconoce& se est! aceptando a
priori la e"istencia de una normatividad ue se encuentre en un lu%ar di$erente.
3na vez e"plicado el concepto de derecho natural y positivo desde la ptica
jurdica& retomemos a Aristteles para se%uir el rastro poltico del Iusnaturalismo.
Al principio de la ',tica icomauea+ 'el Nilso$o+ nos dice ue '6odo arte y toda
investi%acin e& i%ualmente& toda accin y libre eleccin parecen tender a al%*n
bien por esto se ha mani$estado& con razn& ue el bien es auello hacia lo ue
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todas las cosas tienden+. En otras palabras& nuestra tendencia natural es
inclinarnos siempre a buscar el bien y en la mayora de los casos a ser justo. A la
b*sueda del bien asertivamente Aristteles la relaciona como perteneciente a la
poltica. (a cual la de$ine como 'la ciencia ue tiene como $in $ijar las normas
%enerales de la accin ue ase%uren el bien de los ciudadanos y& en de$initiva& de
la ciudad+. (a poltica se encar%ar! de salva%uardar la ciudad y por ende al
ciudadano. Por medio de la $ormulacin de leyes. Pero sobretodo educ!ndolo y
enseD!ndole a ser virtuosoF.
Puesto ue vemos ue toda ciudad y ue toda comunidad est!
constituida con miras a al%*n bien 4porue en vista de lo ue les
parece bueno todos obran en todos sus actos5& es evidente ue
todas tienden a un cierto bien& pero sobre todo tiende al supremola soberana entre todas y ue incluye a todas las dem!s. ,sta es
la llamada ciudad y comunidad cvica.+ 4(a Poltica& ;
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establecer a la justicia como la base del buen vivir en comunidad. '(a justicia& en
cambio& es un valor cvico& pues la justicia es el orden de la comunidad civil& y la
virtud de la justicia es el discernimiento de lo justo+. Pero tambin coinciden en
ue se debe buscar literalmente el justo medio entre lo ue trazo Aristteles como
la justicia en el e"ceso y la injustica en la escases. Pero @#mo se de$ine al justo
y al injusto /e entiende como ciudadano injusto a uien uebranta la ley ue
previamente ha sido acordada por la comunidad. El injusto tiene los adjetivos de
ser codicioso 4pleonexia5 y no ser euitativo& por lo contrario& justo es auel ue
procura respetar la ley y es euitativo con el otro. Para Aristteles no e"iste un
solo tipo de justicia sino ue hace una jeraruizacin. (a justicia particular 'es la
ue se aplica en la distribucin de honores& dinero o cualuier cosa compartida
entre los miembros de la comunidad+. Por otra parte& la justicia universal establecelos tratos en las relaciones entre individuos. Esta *ltima tiene dos partes& pues los
tratos son voluntarios e involuntarios+. (a justicia distributiva se encuentra para m
de manera implcita en el conjunto anterior ya ue no vara mucho en la di$erencia
para con las antes mencionadas. Adem!s es siempre con$orme a la proporcin ya
establecida.
(a justicia correctiva 'tiene lu%ar en los tratos mutuos& tanto voluntarios como
involuntarios+. (a justicia de la reciprocidad se basa en la proporcin y no en la
i%ualdad. Au Aristteles retoma la tesis platnica de darle a cada uien lo ue le
corresponde. (a justicia poltica& la cual nos interesa& versa en lo ue habamos
de$inido con anterioridad por justicia. /in embar%o& una discrepancia con el
pensamiento platnico es ue Aristteles divide a la justicia poltica.
(a justicia poltica puede ser naturaly le%al natural& la ue tiene
en todas partes la misma $uerza y no est! sujeta al parecer
humano le%al& la ue considera las acciones en su ori%enindi$erentes& pero ue cesan de serlo una vez ha sido establecido.
4,tica icomauea& ;F5
* Para Aristteles la justicia primaria es la justicia no escrita& natural& por oposicin a lajusticia le%al y convencional& ue supone la intervencin humana.
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(a presente dicotoma $un%ir! como el parte a%uas entre el Iusnaturalismo
y el Iuspositivismo. Nilso$os como #icern y /anto 6om!s de Auino
retomar!n la primera corriente& pero en la modernidad 4creo ue Lobbes
es el primero ue entra a la concepcin positivista5& entrar! en decadencia
el Iusnaturalismo.
#onclusin
El estudio del Iusnaturalismo o derecho natural es uno de los temas medulares en
el !mbito del derecho& de la $iloso$a del derecho& la $iloso$a poltica y porue no
para la tica. Es importante conocer su %nesis porue como dijimos en el
presente escrito dentro del Iusnaturalismo se encuentra implcitos los valores uetenemos por el simple hecho de estar vivos y vivir en comunidad. Por otra parte& el
haber utilizado como base a pensadores de la anti%Oedad nos hace re$le"ionar de
como a pesar del pasar de los si%los sus ideas perduran hasta nuestra civilizacin
contempor!nea. Por ejemplo. Nilso$os como ohn )aQls en su libro '6eora de la
justicia+ retoman el pensamiento helnico. Rencin aparte ue el Iusnaturalismo
como he recalcado en el escrito& es la base del derecho positivo as como la
justicia es la base para sentar las leyes del vivir com*n.
/i bien el Iusnaturalismo tiene sus puntos dbiles y as lo hacen ver los
contractualitas en la modernidad 4Lobbes& )ousseau& (ocSe y Tant5. En lo
personal& me inclino a la postura jurdica ue versa en ue sin derecho positivo es
estril el derecho natural y viceversa. /in embar%o& al proclamarse muchos
%obernantes o reyes como enviados divinos me hace inclinarme m!s haca el
contractualismo. Pero no uiero decir ue re$uto lo anteriormente escrito sino ue
soy consciente de la importancia del Iusnaturalismo& pero tambin del
Iuspositivismo. Al%unos se inclinar!n a uno u otro& lo ue es cierto es ue no se
puede ser totalmente parcial.
Btra de las posturas opuestas al Iusnaturalismo es la ue apela al
constitucionalismo& la cual parte de la concepcin de los derechos $undamentales
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y humanos& ue en lo personal plantean el mismo $in ue el derecho natural al
decir ue al estar vivos tenemos ciertos derechos y obli%aciones.
En conclusin& si bien el Iusnaturalismo est! en decadencia creo ue es vital para
el positivismo y por esa razn no debe olvidarse.
Uiblio%ra$a
Platn. 4;5. (a )etrica. >MM>: Alianza.
Aristteles. 4;