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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 155 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el recurso de suplicación núme- ro 3.876 de 2009-P, seguido ante la Sección Segunda de la Sala de lo social de este Tri- bunal Superior de Justicia, dimanante de los autos número 1.349 de 2008 del Juzgado de lo social número 7 de Madrid, con fecha 20 de octubre de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal si- guiente: Que estimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de la parte actora contra la sentencia de fecha 30 de abril de 2009, dictada por el Juzgado de lo social número 7 de Madrid en autos número 1.349 de 2008, seguidos a instan- cias de don Manuel Guitián García, contra “Promociones y Proyectos Toisón, Socie- dad Anónima”, y Fondo de Garantía Sala- rial, en reclamación por cantidad, revocando parcialmente la misma en el sentido de con- denar subsidiariamente al Fondo de Garan- tía Salarial al abono de la cantidad a que ha sido condenada la empresa, excepto los plu- ses extrasalariales, y con los límites legales. Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sección de Sala. Expídanse certificaciones de esta senten- cia para su unión a la pieza separada o rollo de suplicación, que se archivará en este Tri- bunal, y a los autos principales. Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia. Hágaseles saber a los antedichos, sirvien- do para ello esta misma orden, que contra la presente sentencia pueden, si a su derecho conviene, interponer recurso de casación para la unificación de la doctrina previsto en los artículos 216 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral, que ha de preparar- se mediante escrito presentado ante esta Sala de lo social dentro del improrrogable plazo de los diez días laborales inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia de acuerdo con lo establecido, más en concreto, en los artículos 219, 227 y 228 de la citada Ley. Asimismo, se hace expresa advertencia a todo posible recurrente en casación para uni- ficación de esta sentencia que no goce de la condición de trabajador o de causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o del beneficio reconocido de justicia gratuita, y por lo que respecta a los dos últimos preceptos dichos (artícu- los 227 y 228), que el depósito de los 300 euros deberá ser efectuado ante la Sala Cuar- ta o de lo social del Tribunal Supremo al tiempo de personarse ante ella y en su cuen- ta número 2410, abierta en el “Banco Espa- ñol de Crédito”, sucursal de la calle Barqui- llo, número 49, oficina 1006, de Madrid, mientras que la consignación en metálico del importe de la condena eventualmente im- puesta deberá acreditarse, cuando así proce- da, por el recurrente que no goce del señala- do beneficio de justicia gratuita ante esta Sala de lo social al tiempo de preparar el re- curso de casación para unificación citado, para lo cual deberá presentar en el tiempo di- cho resguardo acreditativo de haber efectua- do la indicada consignación en la cuenta co- rriente número 2827000000387609 que esta Sección tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, sucursal número 1026, sita en la calle Miguel Ángel, número 17, de Madrid, pudiéndose, en su caso, sustituir dicha con- signación en metálico por el aseguramiento de dicha condena mediante el correspon- diente aval bancario en el que, expresa y ne- cesariamente, habrá de hacerse constar la responsabilidad solidaria de la entidad ban- caria avalista, documento escrito de aval que deberá ser ratificado por persona con poder bastante para ello de la entidad bancaria ava- lista. Si la condena consistiere en constituir el capital-coste de una pensión de Seguridad Social, el ingreso de este habrá de hacerlo en la Tesorería General de la Seguridad Social y una vez se determine por esta su importe, lo que se le comunicará por esta Sala. En el supuesto de que la parte recurrente hubiere efectuado las consignaciones o ase- guramientos necesarios para recurrir, así como los depósitos precisos a igual efecto, procédase de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 201, 202.1 y 202.3 de la citada Ley de 1995, y siempre en atención a la par- te dispositiva de esta sentencia. Una vez adquiera firmeza la presente sen- tencia, devuélvanse los autos originales para su debida ejecución al Juzgado de lo social de su procedencia, dejando de ello debida nota en los libros de esta Sección de Sala. Así por esta nuestra sentencia lo pronun- ciamos, mandamos y firmamos. Procédase a la publicación del fallo de la resolución citada. Se advierte a la parte en ignorado parade- ro que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se tra- te de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y adver- tencia en forma a “Promociones y Proyectos Toisón, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 20 de octubre de 2009.—El secre- tario (firmado). (03/36.703/09) SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En las actuaciones de recurso de suplica- ción número 3.735 de 2009, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 453 de 2008 del Juzga- do de lo social número 26 de Madrid, pro- movidos por doña Elisa Isabel Moreno Pé- rez, contra “Oficina de Intermediación y Servicios Aplicados, Sociedad Limitada” (OFISA), sobre cantidad, con fecha 19 de octubre de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal: Fallamos Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la demandante doña Elisa Isabel Moreno Pérez contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 26 de Madrid en fecha 29 de enero de 2009, en autos número 453 de 2008, sobre cantidad y derechos, seguidos a instancia de la recurrente, contra “Oficina de Intermediación y Servicios Aplicados, Sociedad Limitada” (OFISA), y en conse- cuencia confirmamos dicha sentencia. Sin costas. Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casa- ción para la unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo so- cial dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228 de la Ley de Procedimiento Laboral, advir- tiéndose en relación con los dos últimos pre- ceptos citados, que el depósito de los 300,51 euros deberán efectuarse ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo, en la cuenta corriente número 2410, que tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, sucur- sal 1006, sita en la calle Barquillo, núme- ro 49, de Madrid, al tiempo de personarse en

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 155

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justiciade Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el recurso de suplicación núme-ro 3.876 de 2009-P, seguido ante la SecciónSegunda de la Sala de lo social de este Tri-bunal Superior de Justicia, dimanante de losautos número 1.349 de 2008 del Juzgado delo social número 7 de Madrid, con fecha 20de octubre de 2009 se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Que estimamos el recurso de suplicacióninterpuesto por la representación letrada dela parte actora contra la sentencia de fecha30 de abril de 2009, dictada por el Juzgadode lo social número 7 de Madrid en autosnúmero 1.349 de 2008, seguidos a instan-cias de don Manuel Guitián García, contra“Promociones y Proyectos Toisón, Socie-dad Anónima”, y Fondo de Garantía Sala-rial, en reclamación por cantidad, revocandoparcialmente la misma en el sentido de con-denar subsidiariamente al Fondo de Garan-tía Salarial al abono de la cantidad a que hasido condenada la empresa, excepto los plu-ses extrasalariales, y con los límites legales.

Incorpórese el original de esta sentencia,por su orden, al libro de sentencias de estaSección de Sala.

Expídanse certificaciones de esta senten-cia para su unión a la pieza separada o rollode suplicación, que se archivará en este Tri-bunal, y a los autos principales.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superiorde Justicia.

Hágaseles saber a los antedichos, sirvien-do para ello esta misma orden, que contra lapresente sentencia pueden, si a su derechoconviene, interponer recurso de casaciónpara la unificación de la doctrina previsto enlos artículos 216 y siguientes de la Ley deProcedimiento Laboral, que ha de preparar-se mediante escrito presentado ante estaSala de lo social dentro del improrrogableplazo de los diez días laborales inmediatossiguientes a la fecha de notificación de estasentencia de acuerdo con lo establecido,más en concreto, en los artículos 219, 227y 228 de la citada Ley.

Asimismo, se hace expresa advertencia atodo posible recurrente en casación para uni-ficación de esta sentencia que no goce de lacondición de trabajador o de causahabiente

suyo o beneficiario del régimen público de laSeguridad Social o del beneficio reconocidode justicia gratuita, y por lo que respecta alos dos últimos preceptos dichos (artícu-los 227 y 228), que el depósito de los 300euros deberá ser efectuado ante la Sala Cuar-ta o de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse ante ella y en su cuen-ta número 2410, abierta en el “Banco Espa-ñol de Crédito”, sucursal de la calle Barqui-llo, número 49, oficina 1006, de Madrid,mientras que la consignación en metálico delimporte de la condena eventualmente im-puesta deberá acreditarse, cuando así proce-da, por el recurrente que no goce del señala-do beneficio de justicia gratuita ante estaSala de lo social al tiempo de preparar el re-curso de casación para unificación citado,para lo cual deberá presentar en el tiempo di-cho resguardo acreditativo de haber efectua-do la indicada consignación en la cuenta co-rriente número 2827000000387609 que estaSección tiene abierta en el “Banco Españolde Crédito”, sucursal número 1026, sita en lacalle Miguel Ángel, número 17, de Madrid,pudiéndose, en su caso, sustituir dicha con-signación en metálico por el aseguramientode dicha condena mediante el correspon-diente aval bancario en el que, expresa y ne-cesariamente, habrá de hacerse constar laresponsabilidad solidaria de la entidad ban-caria avalista, documento escrito de aval quedeberá ser ratificado por persona con poderbastante para ello de la entidad bancaria ava-lista.

Si la condena consistiere en constituir elcapital-coste de una pensión de SeguridadSocial, el ingreso de este habrá de hacerlo enla Tesorería General de la Seguridad Socialy una vez se determine por esta su importe,lo que se le comunicará por esta Sala.

En el supuesto de que la parte recurrentehubiere efectuado las consignaciones o ase-guramientos necesarios para recurrir, asícomo los depósitos precisos a igual efecto,procédase de acuerdo con lo dispuesto enlos artículos 201, 202.1 y 202.3 de la citadaLey de 1995, y siempre en atención a la par-te dispositiva de esta sentencia.

Una vez adquiera firmeza la presente sen-tencia, devuélvanse los autos originales parasu debida ejecución al Juzgado de lo socialde su procedencia, dejando de ello debidanota en los libros de esta Sección de Sala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Procédase a la publicación del fallo de laresolución citada.

Se advierte a la parte en ignorado parade-ro que, en lo sucesivo, se le efectuarán lasnotificaciones en estrados, salvo que se tra-

te de autos, sentencias o emplazamientos, deacuerdo con lo prevenido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y adver-tencia en forma a “Promociones y ProyectosToisón, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, se expide el presente edicto enMadrid, a 20 de octubre de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/36.703/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones de recurso de suplica-ción número 3.735 de 2009, seguidas ante laSección Sexta de la Sala de lo social de esteTribunal Superior de Justicia, dimanantesde los autos número 453 de 2008 del Juzga-do de lo social número 26 de Madrid, pro-movidos por doña Elisa Isabel Moreno Pé-rez, contra “Oficina de Intermediación yServicios Aplicados, Sociedad Limitada”(OFISA), sobre cantidad, con fecha 19 deoctubre de 2009 se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal:

Fallamos

Que debemos desestimar y desestimamosel recurso de suplicación interpuesto por lademandante doña Elisa Isabel Moreno Pérezcontra la sentencia dictada por el Juzgado delo social número 26 de Madrid en fecha 29de enero de 2009, en autos número 453 de2008, sobre cantidad y derechos, seguidos ainstancia de la recurrente, contra “Oficinade Intermediación y Servicios Aplicados,Sociedad Limitada” (OFISA), y en conse-cuencia confirmamos dicha sentencia. Sincostas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superiorde Justicia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina, que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a lanotificación de la sentencia de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228de la Ley de Procedimiento Laboral, advir-tiéndose en relación con los dos últimos pre-ceptos citados, que el depósito de los 300,51euros deberán efectuarse ante la Sala de losocial del Tribunal Supremo, en la cuentacorriente número 2410, que tiene abierta enel “Banco Español de Crédito”, sucur-sal 1006, sita en la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, al tiempo de personarse en

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ella, con todo lo recurrente que no tenga lacondición de trabajador o causahabientesuyo o beneficiario del régimen público dela Seguridad Social mientras que la consig-nación del importe de la condena deberáacreditarse, cuando proceda, por la recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso presentado resguardo acreditativode haberla efectuado en la cuenta corrientenúmero 28700000003735/09, que esta Sec-ción Sexta tiene abierta en el “Banco Espa-ñol de Crédito”, sucursal número 1026, sitaen la calle Miguel Ángel, número 17, de Ma-drid, pudiéndose sustituir dicha consigna-ción en metálico por el aseguramiento me-diante aval bancario en el que se hará constarla responsabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente resolu-ción para su incorporación al rollo de esta Sala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado parade-ro que en lo sucesivo se le efectuarán las no-tificaciones en los estrados de este Juzgado,salvo que se trate de autos, sentencias o em-plazamientos de acuerdo con lo prevenidoen el artículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Y para que sirva de notificación y adver-tencia en forma a “Oficina de Intermedia-ción y Servicios Aplicados, Sociedad Limi-tada” (OFISA), en ignorado paradero, seexpide el presente edicto en Madrid, a 21 deoctubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/36.597/09)

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Decimocuarta

EDICTO

La Sección Decimocuarta de la AudienciaProvincial de Madrid.

Hace saber: Que en el recurso de apelaciónnúmero 159 de 2009, seguido a instancias decomunidad de propietarios de urbanización“La Alcazaba”, fase II, calles Arrayanes,números 50 a 72 (pares), ambos inclusive;Medina Azahara, números 49 a 71 (impares),ambos inclusive, y números 3 y 7 de LosHueros, Villalbilla (Madrid), contra la sen-tencia dictada por el Juzgado de primera ins-tancia número 3 de Alcalá de Henares, se-guido a instancias de comunidad depropietarios de urbanización “La Alcaza-ba”, fase II, calles Arrayanes, números 50a 72 (pares), ambos inclusive; Medina Aza-hara, números 49 a 71 (impares), ambos in-clusive, números 3 y 7 de Los Hueros, Vi-llalbilla (Madrid), contra don MarianoMolina Rodríguez, don Rafael FernándezMarín, “Lábaro Grupo Inmobiliario, Socie-dad Anónima”, “Raplh F. Martín, SociedadLimitada”, y “Construcciones Peise, Socie-dad Anónima”, con fecha 15 de julio se hadictado sentencia resolviendo el recurso porlos magistrados don Pablo Quecedo Aracil,doña Amparo Camazón y doña Paloma Gar-cía de Ceca, cuyo fallo es del tenor literal si-guiente:

Que estimando parcialmente el recursode apelación interpuesto por la procurado-

ra señora Narváez Vila, en representaciónde la comunidad de propietarios de urbani-zación “La Alcazaba”, fase II, calles Arra-yanes, números 50 a 72 (pares); MedinaAzahara, números 49 a 71 (impares), y deLos Hueros, números 3 y 7, estimando tam-bién parcialmente el recurso presentadopor el procurador señor Reino García, enrepresentación de don Rafael FernándezMarín, estimando íntegramente el recursopresentado por la procuradora señora Gon-zález-Olivares Sánchez, en representaciónde don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por laprocuradora señora Llamas Villar, en re-presentación de “Lábaro Grupo Inmobilia-rio, Sociedad Anónima”, contra la senten-cia dictada en autos de juicio de menorcuantía seguidos ante el Juzgado de prime-ra instancia número 3 de Alcalá de Henaresbajo el número 15 de 2001, debemos revo-car y revocamos en parte dicha resolución,en el sentido de estimar parcialmente la de-manda interpuesta por la comunidad depropietarios, condenando solidariamente alarquitecto don Rafael Fernández Martín y ala promotora “Lábaro Grupo Inmobiliario,Sociedad Anónima”, a realizar las obras dereparación descritas en el presupuesto dereparación anejo al informe elaborado porel arquitecto don Luis Crespí González,respecto de la UPA de la promoción de LosHueros, fase II, ubicada en el término mu-nicipal de Villalbilla, tanto de los elemen-tos comunes como de los privativos, asícomo al pago de los gastos de alojamientodurante el tiempo imprescindible de ejecu-ción de obras en cada vivienda que se liqui-den en ejecución de sentencia, absolviendode los pedimentos de la demanda a los tam-bién demandados don Mariano Molina Ro-dríguez, “Construcciones Peise, SociedadAnónima”, y “Ralph F. Martín, SociedadLimitada”, condenando, además, a los de-mandados don Rafael Fernández Martín y“Lábaro Grupo Inmobiliario, SociedadAnónima”, al pago de las costas causadasen la primera instancia, salvo las ocasiona-das por los codemandados absueltos, quehan de ser abonadas por la comunidad depropietarios demandante. No se hace ex-presa condena en el pago de las cosas cau-sadas en esta alzada, salvo las ocasionadaspor el recurso presentado por “Lábaro Gru-po Inmobiliario, Sociedad Anónima”, im-puestas a esta entidad.

Y para que sirva de notificación en formaa la apelada incomparecida, “Construccio-nes Peise, Sociedad Anónima”, actualmenteen paradero desconocido, haciendo saberque contra dicha resolución no cabe recursoalguno, libro el presente en Madrid, a 23 deseptiembre de 2009.—El secretario judicial(firmado).

(02/11.295/09)

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Decimoctava

EDICTO

Don José María Ramallo Seisdedos, secre-tario de la Sección Decimoctava de laAudiencia Provincial de Madrid.

Certifico: Que en el recurso de apelaciónnúmero 65 de 2009 se ha dictado resolución,cuyo encabezamiento y fallo son del tenorliteral siguiente:

Sentencia número 68 de 2009

Ilustrísimos señores magistrados: doñaGuadalupe de Jesús Sánchez, don LorenzoPérez San Francisco y don Jesús C. RuedaLópez.—En Madrid, a 18 de febrero de2009.

La Sección Decimoctava de la AudienciaProvincial de Madrid, compuesta por los se-ñores magistrados expresados ha visto engrado de apelación los autos sobre reclama-ción de cantidad, procedentes del Juzgadode primera instancia número 1 de Alcoben-das, seguidos entre partes, de una, comoapelante demandante, “Santa Susana Busi-ness Consulting, Sociedad Limitada”, repre-sentada por la procuradora señora MíguezParada; de otra, como apelante demandado,don Ismael Antonio Lizana Pinilla, repre-sentado por la procuradora señora GuzmánAltuna, y, como apelante demandada in-comparecida, doña Najat Tijani, seguidospor el trámite de juicio ordinario. Visto,siendo magistrado ponente el ilustrísimo se-ñor don Lorenzo Pérez San Francisco.

Fallamos

Que estimando parcialmente el recursode apelación interpuesto por la procuradoraseñora Guzmán Altuna, en nombre y repre-sentación de don Ismael Antonio Lizana Pi-nilla y doña Najat Tijani, debemos revocar yrevocamos la sentencia dictada por el Juzga-do de primera instancia número 1 de Alco-bendas, en el sentido de desestimar la de-manda iniciadora del procedimiento yestimar parcialmente la demanda reconven-cional en la cantidad de 18.772,54 euros,cantidad en la que se condena a la demanda-da reconvencional a abonar a la demandan-te reconvencional, más el interés legal desdela reclamación judicial de la misma, sin ha-cer imposición de costas en el recurso inter-puesto por la demandante reconvencional ycon imposición de costas en el recurso inter-puesto por “Santa Susana Business Consul-ting” y sin hacer imposición de costas enprimera instancia.

Así por esta nuestra sentencia, de la quese unirá certificación literal al rollo de Sala,lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—Ilustrísimos señores magistrados, doña Gua-dalupe de Jesús Sánchez, don Lorenzo PérezSan Francisco y don Jesús C. Rueda Ló-pez.—Rubricado.

Y para que conste y sirva de notificacióna la apelada doña Najat Tijani, incompareci-da, y, en su caso, posibles herederos de lamisma, mediante la publicación del corres-pondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, que entrego ala procuradora doña Inmaculada GuzmánAltuna, expido el presente.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Elsecretario (firmado).

(02/12.352/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 157

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 5DE MADRID

EDICTO

La ilustrísima señora doña María Conso-lación González Sánchez, magistrada-jueztitular del Juzgado de primera instancia nú-mero 5 de Madrid, habiendo visto los pre-sentes autos número 6 de 2006, sobre juicioordinario, seguidos ante este Juzgado entrepartes: de una, como demandante, “BancoFinantia Sofinloc, Sociedad Anónima”, re-presentada por el procurador de los tribuna-les don Javier Iglesias Gómez y asistida delletrado don Rafael Llovet de Vicente, contradon Majd Wardi, sobre reclamación de can-tidad.

Que estimando la demanda formuladapor “Banco Finantia Sofinloc, SociedadAnónima”, representada por el procuradorde los tribunales don Javier Iglesias Gómez,contra don Majd Wardi, debo condenar ycondeno a la parte demandada al pago de13.011,40 euros de principal. La anteriorcantidad habrá de ser incrementada con losintereses moratorios correspondientes segúnlo pactado en el contrato. En cuanto a lascostas causadas en esta instancia procede suimposición a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, de la que se ex-pedirá testimonio para su unión a los autosoriginales, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso deapelación en ambos efectos ante la Audien-cia Provincial de Madrid, que podrá interpo-nerse ante este Juzgado en el plazo de cincodías contados a partir de la fecha de su noti-ficación.

Y para que sirva de notificación de la sen-tencia dictada al demandado rebelde donMajd Wardi, en paradero desconocido, y supublicación en legal forma, se extiende lapresente en Madrid, a 23 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/12.507/09)

JUZGADO NÚMERO 31DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Pareja Gil, secretaria del Juzga-do de primera instancia número 31 deMadrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio,reanudación del tracto número 1.381 de 2008,a instancias de don Rufino Peromingo Esco-bar y don Julio Durán Palacios, sobre la si-guiente finca:

Urbana.—Vivienda en Madrid, avenidade Carabanchel Alto, número 130, escale-ra B, segundo A. Superficie útil 60 metroscuadrados. Cuota 4,23 por 100. Linderos:frente, medianería de la finca de herederosde don Eugenio Martín; derecha, zona deaparcamiento de la propia casa; izquierda,piso E de la misma planta y calle Prado Me-rinero, y fondo, rellano y hueco de la escale-

ra B del edificio. Tiene una terraza, recayen-te a la zona de jardín-aparcamiento del edi-ficio de 8 metros y un voladizo a la callePrado Merinero de 1,20 metros.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nú-mero 15 de Madrid, al tomo 201, libro 201, fo-lio 217, finca registral número 16.514. Su refe-rencia catastral es 6087702VK3668E0021JF.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2008.—La secretaria (firmado).

Adición.—En Madrid, a 22 de mayode 2009.

Para hacer constar en el edicto de fecha 9de diciembre de 2008 que sirve igualmentede citación en forma a la titular registral,mercantil “Construcciones Villarreal, So-ciedad Anónima”, para que en el término delos diez días siguientes a la publicación deledicto pueda comparecer en el expedientealegando lo que a su derecho convenga.

Y para que conste, expido y firmo la pre-sente en Madrid, a 22 de mayo de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.419/09)

JUZGADO NÚMERO 40DE MADRID

EDICTO

Doña María del Rosario Martínez García,secretaria judicial del Juzgado de primerainstancia número 40 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de pri-mera instancia número 40, sito en la calleCapitán Haya, número 66, quinta planta, sesiguen los autos de juicio verbal núme-ro 1.017 de 2008, sobre otras materias, a ins-tancias de las partes que se dirá.

Dictándose sentencia en los referidosautos con el siguiente tenor:

El ilustrísimo señor don Juan José Esca-lonilla Morales, magistrado-juez del Juzga-do de primera instancia número 40 deMadrid, habiendo visto el presente proce-dimiento de juicio verbal, tramitado en esteórgano con el número de autos 1.017 de2008, entre partes: de una, y como deman-dante, la mercantil “Gas Natural Distribu-ción SDG, Sociedad Anónima”, representa-da por la procuradora de los tribunales doñaÁfrica Martín Rico y asistida por el letradodon José Luis Esteban Villar, y como de-mandada, la mercantil “Taberna Viña Oliva,Sociedad Limitada”, en situación procesalde rebeldía.

FalloQue estimando pertinente la demanda in-

terpuesta por “Gas Natural DistribuciónSDG, Sociedad Anónima”, representada enjuicio por la procuradora de los tribunales

doña África Martín Rico, contra la mercantil“Taberna Viña Oliva, Sociedad Limitada”:

a) Debo declarar y declaro resuelto elcontrato de suministro de gas concertado en-tre las partes y formalizado en la póliza deabono número 1.889.190, para el local sito enla calle Santa Isabel, número 35, de Madrid.

b) Debo condenar y condeno a dichademandada a facilitar a la actora la entradaen dicho inmueble a los efectos de desmon-tar el contador de gas y clausurar la unidadreceptora.

c) Debo condenar y condeno a dichademandada a pagar a la actora la cantidad de1.598,77 euros, así como los intereses lega-les devengados por la misma desde la fechade interposición de la demanda.

d) Todo ello con expresa imposición ala demandada de las costas causadas en lapresente instancia.

Contra la presente resolución cabe inter-poner recurso de apelación en este Juzgadopara ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid en el plazo de cinco días a partirde su notificación.

Y para que tenga efecto la notificación dela sentencia a la demandada en autos la mer-cantil “Taberna Viña Oliva, Sociedad Limi-tada”, y para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, seexpide la presente en Madrid, a 16 de octu-bre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.509/09)

JUZGADO NÚMERO 44DE MADRID

EDICTO

Doña Concepción González Martínez, se-cretaria del Juzgado de primera instancianúmero 44 de los de Madrid.

Hace saber: Que en los autos de proce-dimiento ordinario seguidos en este Juzgadode primera instancia número 44 de Madridcon el número 1.574 de 2006, a instancias de“Bufete Luis Zarraluqui, Sociedad Coopera-tiva”, contra doña Carmen Ríos Izquierdo,cuyo último domicilio conocido fue en estacapital y que actualmente se encuentra enignorado paradero, en reclamación de canti-dad, se ha acordado por resolución del díade la fecha notificar por medio del presentela sentencia recaída a la demandada, cuyoencabezamiento y fallo son del tenor literalsiguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de abril de 2008.—DoñaMaría José Lorena Ochoa Vizcaíno, magis-trada-juez del Juzgado de primera instancianúmero 44 de Madrid y su partido judicial,ha visto los presentes autos de juicio ordina-rio número 1.574 de 2006, sobre reclama-ción de cantidad, promovidos por la procu-radora de los tribunales doña MaríaAlbarracín Pascual, en nombre y representa-ción de la entidad “Bufete Luis Zarraluqui,Sociedad Cooperativa”, contra doña Car-men Ríos Izquierdo, declarada en rebeldíaen estos autos.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 158 B.O.C.M. Núm. 273

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramentela demanda formulada por la procuradoradoña María Albarracín Pascual, en nombrey representación de la entidad “Bufete LuisZarraluqui, Sociedad Cooperativa”, contradoña Carmen Ríos Izquierdo, y en conse-cuencia, debo condenar y condeno a la de-mandada a abonar a la actora la suma de9.760,24 euros, más los intereses legales co-rrespondientes desde la fecha de emplaza-miento, así como al abono de las costas cau-sadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma cabe interponer recurso de apelación enel plazo de los cinco días siguientes a su no-tificación.

Y para que sirva de notificación en formalegal a la demandada, en paradero descono-cido, doña Carmen Ríos Izquierdo y para sufijación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anun-cios de este Juzgado, expido el presente.

En Madrid, a 17 de abril de 2008.—La se-cretaria (firmado).

(02/12.153/09)

JUZGADO NÚMERO 58DE MADRID

EDICTO

Doña Nuria Tardío Pérez, secretaria del Juz-gado de primera instancia número 58 deMadrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordadoen resolución del día de la fecha, dictada enel procedimiento de ejecución de títulos nojudiciales número 113 de 2008, que se sigueen este Juzgado a instancias de doña Alejan-dra Torres Vielva, representada por doñaMaría José Arranz de Diego, contra don Ra-fael María Morel Sánchez, en reclamaciónde 90.000 euros de principal e intereses mo-ratorios y ordinarios vencidos, más otros25.000 euros fijados prudencialmente paraintereses y costas de ejecución, por el pre-sente se anuncia la venta en pública subasta,con antelación de veinte días cuando menos,de la siguiente finca propiedad del ejecutado:

Finca sita en la calle Libertad, número 27,tercero izquierda, correspondiente a la fincaregistral número 9.837, inscrita en el Regis-tro de la Propiedad número 28 de Madrid, altomo 2.735, libro 206, folio 201.

La subasta se celebrará el día 14 de enerode 2010, a las trece y treinta horas, en la Salade audiencias de este Juzgado, sito en la ca-lle María de Molina, número 42, conformecon las siguientes

Condiciones

PrimeraLa finca embargada, una vez practicada la

liquidación de cargas, tiene una valoración aefecto de subasta es de 61.203,25 euros.

SegundaLa certificación registral y, en su caso, la

titulación del inmueble o inmuebles que se

subastan estará de manifiesto en la Secreta-ría de este Juzgado.

TerceraSe entenderá que todo licitador acepta

como bastante la titulación existente o queno existan títulos.

CuartaLas cargas o gravámenes anteriores, si los

hubiere, al crédito de la actora continuaránsubsistentes, entendiéndose por el solo he-cho de participar en la subasta que el licita-dor los admite y queda subrogado en la res-ponsabilidad derivada de aquellos, si elremate se adjudicare a su favor.

QuintaPara tomar parte en la subasta los posto-

res deberán depositar previamente en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado en la entidad “Banesto”, agen-cia número 1031, cuenta número 2655, el 30por 100 del valor de la finca a efectos de su-basta, devolviéndose las cantidades, una vezaprobado el remate, a aquellos que partici-pen en la misma, excepto al mejor postor,salvo que soliciten su mantenimiento a dis-posición del Juzgado para el caso en que elrematante no consignare el resto del precio,debiendo consignar, asimismo, en dicho res-guardo si, en su caso, las cantidades ingresa-das pertenecen en todo o en parte a un terce-ro, identificándole adecuadamente.

SextaDesde el anuncio de la subasta hasta su

celebración podrán hacerse posturas por es-crito en sobre cerrado, al que se deberáacompañar el resguardo de haber realizadola consignación a que se refiere la condiciónanterior, los cuales serán abiertos al iniciode la subasta, surtiendo los mismos efectosque las que se realicen oralmente.

SéptimaSolo la ejecutante podrá hacer posturas

con la facultad de ceder el remate a un terce-ro, pudiendo tomar parte en la subasta solocuando existan licitadores, pudiendo mejo-rar las posturas que hicieren.

OctavaPara el caso de que se hagan posturas que

no superen al menos el 50 por 100 del valorde tasación o aun siendo inferiores cubran,al menos, la cantidad por la que se ha despa-chado ejecución, incluyendo la previsiónpara intereses y costas, no se aprobará el re-mate, salvo que el tribunal acuerde otra cosaa la vista de las circunstancias concurrentes.

NovenaPara el caso de que la notificación del se-

ñalamiento al ejecutado resultare infructuo-so por encontrarse en ignorado paradero,sirva la presente de notificación edictal parael mismo.

DécimaEn el supuesto que por causa de fuerza

mayor no pudiere llevarse a cabo la subastaen el día y hora señalados, se celebrará el díasiguiente hábil.

El presente edicto estará expuesto en eltablón de anuncios de este Juzgado y en loslugares públicos de costumbre hasta la fechade celebración de la subasta.

Y en cumplimiento de lo acordado libro elpresente en Madrid, a 6 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.000/09)

JUZGADO NÚMERO 62DE MADRID

EDICTO

Doña María Victoria Fidalgo Iglesias, se-cretaria del Juzgado de primera instancianúmero 62 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se si-guen autos de juicio ordinario número 1.510de 2007, a instancias de doña Nieves PeláezRedondo, contra don Carlos José SebastiánBuendía, don José Javier Peñín Franco y“La Olmeda de Armuña, Sociedad Limita-da”, en los que se ha dictado sentencia, cuyoencabezamiento y fallo son del tenor literalsiguiente:

SentenciaEn Madrid, a 16 de septiembre de 2008.—

Doña Manuela Hernández Lloreda, magistra-da-juez del Juzgado de primera instancia nú-mero 62 de Madrid, habiendo visto lospresentes autos de juicio ordinario con el nú-mero 1.510 de 2007, seguidos por el procura-dor de los tribunales señor Molina Santiago,en nombre y representación de doña NievesPeláez Rebato, asistida del letrado señor Gó-mez Briones, contra don Carlos José Sebas-tián Buendía, representado por el procuradorde los tribunales señor Iglesias Gómez y asis-tido del letrado señor Álvarez Morcillo; donFrancisco Javier Peñín Franco, representadopor la procuradora de los tribunales señoraLópez Puigcerver y bajo la dirección del le-trado señor Villar Rodríguez; y “La Olmedade Armuña, Sociedad Limitada”, en situa-ción procesal de rebeldía, procede a dictar lapresente resolución.

FalloQue desestimando las excepciones de fal-

ta de legitimación activa y pasiva plantea-das, estimo parcialmente la demanda formu-lada por el procurador de los tribunalesseñor Molina Santiago, en nombre y repre-sentación de doña Nieves Peláez Rebato, ycondeno a don Carlos José Sebastián Buen-día, representado por el procurador de lostribunales señor Iglesias Gómez; a donFrancisco Javier Peñín Franco, representadopor la procuradora de los tribunales señoraLópez Puigcerver, y a “La Olmeda de Ar-muña, Sociedad Limitada”, en situaciónprocesal de rebeldía, a realizar las obras yreparaciones recogidas en el informe peri-cial aportado de doña Mónica Díaz Jiménez(en los términos especificados en el funda-mento de derecho quinto de la presente reso-lución) para subsanar los defectos y viciosde la construcción de la vivienda unifamiliarde su propiedad sita en la calle Auseva, nú-mero 20, de la urbanización “La Berzosa”,de Hoyo de Manzanares (Madrid), como

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 159

consecuencia de las filtraciones de agua, sinhacer expresa imposición de las costas pro-cesales causadas.

Así por esta mi sentencia, juzgando defi-nitivamente en esta instancia, lo pronuncio,mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso deapelación ante la ilustrísima Audiencia Pro-vincial de Madrid, que deberá interponerseen este Juzgado por medio de escrito en elplazo de cinco días hábiles siguientes al desu notificación.

En virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la Ley1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y para quesirva de notificación en forma se expide elpresente a “La Olmeda de Armuña, Socie-dad Limitada”.

Madrid, a 26 de octubre de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(02/12.400/09)

JUZGADO NÚMERO 73DE MADRID

EDICTO

Doña Zulema Sepúlveda García, secretariadel Juzgado de primera instancia núme-ro 73 de Madrid.

Hago constar: Que en autos de proce-dimiento ordinario número 991 de 2006 seha acordado notificar a los demandados re-beldes en ignorado paradero, por edicto quese publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, la resolución si-guiente:

Sentencia número 185 de 2008En Madrid, a 27 de octubre de 2008.—

Vistos por don Ángel L. Ramos Muñoz, ma-gistrado-juez sustituto de primera instanciadel número 73 de esta villa, los presentesautos de juicio ordinario sobre reclamaciónde cantidad, tramitados con el número 991de 2006, a instancias de doña Consuelo Pé-rez Núñez y don José Luis Álvarez Carria-zo, representados por el procurador señorMolina Santiago y asistidos del letrado donFrancisco de Sanz, contra doña María de losDolores Álvarez García y herencia yacentede don Enrique Álvarez Carriazo, se ha dic-tado la presente en base al siguiente

FalloQue estimando la demanda presentada

por doña Consuelo Pérez Núñez y don JoséLuis Álvarez Carriazo, contra doña Maríade los Dolores Álvarez García y herenciayacente de don Enrique Álvarez Carriazo,todos ellos con la representación y asisten-cia ya citadas.

1.o Debo condenar y condeno a la de-mandada doña María de los Dolores Álva-rez García a que abone a los demandantes lacantidad de 3.677,35 euros.

2.o Debo condenar y condeno a la de-mandada doña María de los Dolores Álva-rez García a que abone a los demandanteslos intereses de la cantidad de 3.108,14euros desde la fecha de interposición de lademanda, y del resto de cuotas adeudadas

desde la fecha de sus respectivos venci-mientos.

3.o Subsidiariamente, debo condenar ycondeno a la herencia yacente de don Enri-que Álvarez Carriazo a que abone a los de-mandantes las mismas sumas por los con-ceptos de principal e intereses que serecogen en los pronunciamientos anteriores.

4.o Debo imponer e impongo el pago delas costas del procedimiento a los demandados.

Notifíquese a las partes esta resolución,advirtiendo que la misma no es firme y quecontra ella cabe interponer recurso de apela-ción que deberá prepararse ante este Juzga-do en el plazo de cinco días a contar desde lanotificación de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de En-juiciamiento Civil, por el presente se notifi-ca a doña María de los Dolores Álvarez Gar-cía y a la herencia yacente de don EnriqueÁlvarez Carriazo la sentencia de 27 de octu-bre de 2008 recaída en los presentes autos.

En Madrid, a 18 de septiembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.490/09)

JUZGADO NÚMERO 74DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento verbal de desahuciopor falta de pago número 1.110 de 2008, so-bre otras materias, se ha dictado la resolu-ción del tenor literal siguiente:

FalloDeclaro resuelto el contrato de arrenda-

miento urbano a que se contrae la demanday, en consecuencia, haber lugar al desahuciosolicitado por la procuradora doña MaríaSoledad Castañeda González, en nombre yrepresentación de don Ricardo SánchezMartín, ordenando a don Elvin ArturoAbreu Jiménez que desaloje y deje libre y adisposición del actor el objeto del mismo, lavivienda sita en la calle Estroncio, núme-ro 13-E, piso tercero B de Madrid, bajoapercibimiento de lanzamiento si no lo veri-fica en el plazo legal, e imponiéndole elpago de las costas de este juicio.

La presente resolución es apelable paraante la Audiencia Provincial de Madrid en elplazo de cinco días a contar del siguiente asu notificación en los términos prevenidosen los artículos 455 y siguientes de la Ley deEnjuiciamiento Civil (texto de la Ley1/2000), debiendo quien lo efectúe prepararel recurso en la forma prevenida en el artícu-lo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,advirtiéndose al demandado que si lo efec-tuare no se le admitirá tal recurso si, al pre-sentarlo, no manifestare, acreditándolo porescrito, tener satisfechas las rentas vencidasy las que con arreglo al contrato deba pagaradelantadas.

Igualmente se instruye al demandado deque el recurso que interpusiera se declararádesierto, cualquiera que sea el estado en quese halle, si durante su sustanciación dejarede pagar los plazos que venzan o deba ade-

lantar, pudiendo adelantar o consignar pe-ríodos no vencidos, a expensas de su liqui-dación, firme que fuera la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que se ex-pedirá testimonio para su unión a los autos,lo pronuncio, mando y firmo.

PublicaciónLeída y publicada fue la anterior senten-

cia por la ilustrísima señora magistrada-juezque la suscribe, estando celebrando audien-cia pública en el mismo día de su fecha enMadrid, a 10 de septiembre de 2008. Doyfe.—La secretaria judicial (firmado).

En virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000de Enjuiciamiento Civil, por el presente senotifica a don Elvin Arturo Abreu Jiménezla sentencia de fecha 10 de septiembrede 2008.

Madrid, a 20 de octubre de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(02/12.372/09)

JUZGADO NÚMERO 84DE MADRID

EDICTO

En el juicio verbal de desahucio por faltade pago número 1.789 de 2008, sobre otrasmaterias, se ha dictado resolución, cuyo tex-to literal es el siguiente:

Sentencia número 78 de 2009

En Madrid, a 30 de marzo de 2009.—Vis-tos por don Eduardo Corral Corral, magis-trado-juez del Juzgado de primera instancianúmero 84 de esta localidad, los autos dejuicio declarativo verbal de desahucio nú-mero 1.789 de 2008, seguidos a instanciasde don Manuel Cabañero García, represen-tado por el procurador don Felipe JuanasBlanco y asistido de la letrada doña Eva Ma-ría López-Lorenzo García, contra don Adu-lai Ture y doña Guiomar Da Cruz Santos, enrebeldía en las presentes actuaciones, sobredesahucio por falta de pago y reclamaciónde cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor don Manuel Cabañero García, contradon Adulai Ture y doña Guiomar Da CruzSantos, debo declarar y declaro la resolu-ción del contrato de arrendamiento sobre lafinca descrita en el hecho primero de esta re-solución, por falta de pago, y en consecuen-cia, debo condenar y condeno a los citadosdemandados a desalojarla, con apercibi-miento que, en caso contrario, se procederáa su lanzamiento a su costa, lo que se verifi-cará el día 16 de junio de 2009, a las trecehoras, siempre que la parte actora presentela correspondiente demanda ejecutiva a talfin, así como a abonar a la parte actora lacantidad de 6.776,73 euros y las rentas ycantidades asimiladas a las mismas vencidase impagadas desde esta fecha hasta el desa-lojo del inmueble, ello con expresa imposi-ción de costas a la citada demandada.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 160 B.O.C.M. Núm. 273

Líbrese y únase certificación de esta reso-lución a las actuaciones, con inclusión de laoriginal en el libro de sentencias.

Notifíquese a las partes conforme deter-mina el artículo 248 de la Ley Orgánica delPoder Judicial, haciéndoles saber que contrala presente resolución puede interponerserecurso de apelación ante la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, que deberáprepararse ante este Juzgado en el plazo decinco días a contar desde su notificación.

Así lo pronuncia, manda y firma donEduardo Corral Corral, magistrado-juez delJuzgado de primera instancia número 84 deMadrid, en el día de la fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en formaa don Adulai Ture y doña Guiomar Da CruzSantos que se encuentran en ignorado para-dero, expido el presente en Madrid, a 16 deoctubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.473/09)

JUZGADO NÚMERO 85DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio conten-cioso número 166 de 2009, sobre otras ma-terias, se ha dictado la sentencia, cuyo enca-bezamiento y fallo son del tenor literalsiguiente:

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Laseñora doña María Serantes Gómez, magistra-da-juez de primera instancia del número 85 deMadrid y su partido, habiendo visto los pre-sentes autos de divorcio contencioso núme-ro 166 de 2009, seguidos entre partes: de una,como demandante, doña Blanca Martín gar-cía, con procurador don Ángel Francisco Co-dosero Rodríguez y letrada doña María JoséFlores Garrido, y de otra, como demandado,don Luis Armando Ruiz Rodríguez; y …

FalloQue estimando la demanda presentada

por el procurador don Ángel Francisco Co-dosero Rodríguez, en nombre y representa-ción de doña Blanca Martín García, frente adon Luis Armando Ruiz Rodríguez, en si-tuación procesal de rebeldía, debo declarar ydeclaro la disolución por divorcio del matri-monio formado por los cónyuges don LuisArmando Ruiz Rodríguez, y doña BlancaMartín García, celebrado el día 3 de enerode 2006 en el Consulado de España en LaHabana (Cuba), con los efectos legales inhe-rentes a tal situación, acordando las siguien-tes medidas:

1. El uso del domicilio familiar sito enla calle Margaritas, número 24, bajo 3, deMadrid, se atribuye a doña Blanca MartínGarcía.

2. No ha lugar a pronunciamiento sobrepensión compensatoria.

Firme que sea esta resolución, líbrese ofi-cio exhortatorio al encargado del RegistroCivil, al que se acompañará testimonio deella, a fin de que proceda a anotar su partedispositiva en la correspondiente inscrip-ción del matrimonio, y poniendo en las ac-tuaciones certificación de la misma, in-clúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado,notifíquesele la sentencia en la forma pre-vista en el artículo 500 de la Ley de Enjui-ciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la quecabe recurso de apelación ante la ilustrísimaAudiencia Provincial, que deberá prepararseante este Juzgado en el plazo de los cincodías siguientes a su notificación, lo pronun-cio, mando y firmo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de don Luis Armando Ruiz Rodríguez,se extiende la presente para que sirva de cé-dula de notificación.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(02/12.440/09)

JUZGADO NÚMERO 92DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahuciopor falta de pago número 621 de 2009, sobreotras materias, se ha dictado la resolucióndel tenor literal siguiente:

SentenciaEn Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—

Vistos por la ilustrísima señora doña María delMar Ilundaín Minondo, magistrada-juez deprimera instancia del número 92 de Madrid,los presentes autos de juicio verbal núme-ro 621 de 2009, seguidos ante este Juzgado.

FalloQue estimando la demanda formulada por

“Lomesal, Sociedad Limitada”, representa-da por el procurador señor García Martínez,frente a don Ignacio López Fernández.

1. Declaro resuelto el contrato de arren-damiento sobre la finca urbana sita en la ca-lle Isla Tavira, número 28, tercero C, de Ma-drid, condenando a la parte arrendataria a laentrega de la finca arrendada, apercibiéndo-le de lanzamiento si no la desaloja dentro delos términos que la Ley previene.

2. Condeno a la parte demandada a pa-gar la cantidad de 9.166,11 euros, así comoal pago de las rentas y las cantidades que sedevenguen por servicios y suministros hastael desalojo.

3. Condeno a la parte demandada alpago de los intereses legales desde la pre-sente resolución.

4. Condeno a la parte demandada alpago de las costas.

Notifíquese esta sentencia conforme a laLey, haciéndose saber que contra la presen-te resolución se puede preparar recurso deapelación en el plazo de cinco días por eltrámite previsto en los artículos 457 y si-guientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de don Ignacio López Fernández, seextiende la presente para que sirva de cédu-la de notificación.—Madrid, a 21 de octubrede 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.466/09)

JUZGADO NÚMERO 5DE ALCOBENDAS

EDICTO

Doña Laura Pérez Puente, secretaria delJuzgado mixto número 7, actual Juzgadode primera instancia número 5 de Alco-bendas.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 369 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por doña Gemma Susana Fernán-dez Díaz, magistrada-juez del Juzgado deprimera instancia número 5 de Alcobendasy su partido, los presentes autos de juicio defaltas seguidos con el número 369 de 2008,por presunta falta contra el orden público, enlos que ha sido parte denunciante los agen-tes de Policía Local de San Sebastián de losReyes con números de identificación 1.074y 1.070, asistidos por letrada, y, parte de-nunciada, doña Esperanza Esteban Verdu-ras, don Jesús Calvo Arauzo y doña Espe-ranza Verduras Pérez, con la intervencióndel ministerio fiscal.

FalloQue debo condenar y condeno a don Je-

sús Calvo Arauzo, como autor responsablede una falta contra el orden público, a lapena de veinte días de multa, a razón de 5euros por día, lo que constituye un totalde 100 euros, y al pago de las costas proce-sales causadas.

Que debo condenar y condeno a doña Es-peranza Esteban Verduras, como autora res-ponsable de una falta contra el orden públi-co, a la pena de veinte días de multa, a razónde 5 euros por día, lo que constituye un totalde 100 euros, y al pago de las costas proce-sales causadas.

Que debo absolver y absuelvo a doña Es-peranza Verduras Pérez de los hechos deque trae causa este procedimiento, con todoslos pronunciamientos favorables.

Que debo absolver y absuelvo al agentede Policía Local de San Sebastián de los re-yes con número de identificación 1.074 delos hechos de que trae causa este proce-dimiento, con todos los pronunciamientosfavorables.

Si la pena de multa no fuera satisfecha,voluntariamente o por vía de apremio, que-dará el condenado sujeto a una responsabili-dad personal subsidiaria de un día de priva-ción de libertad por cada dos cuotas diariasno satisfechas, que podrá cumplirse en régi-men de localización permanente.

Notifíquese esta resolución al ministeriofiscal y a las partes, haciéndoles saber queno es firme y que contra la misma cabe in-terponer recurso de apelación ante este Juz-gado para su posterior resolución por la ilus-trísima Audiencia Provincial de Madrid, enun plazo de cinco días hábiles a partir de sunotificación.

Expídase el correspondiente testimoniode la misma, que quedará unido a los autos,incorporándose el original al correspondien-te libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Page 7: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 161

PublicaciónLeída y publicada ha sido la anterior sen-

tencia por la señora magistrada-juez que ladictó, constituida en audiencia pública cele-brada en este Juzgado.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Esperanza Esteban Ver-duras, actualmente en paradero desconoci-do, y su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido lapresente en Alcobendas, a 14 de octubrede 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.250/09)

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓNJUZGADO NÚMERO 7

DE MADRID

EDICTO

Doña María Luisa Monreal Hernández, se-cretaria del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.428 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 420 de 2008En Madrid, a 25 de noviembre de 2008.—

La señora doña Susana Trujillano Sánchez,magistrada-juez del Juzgado de instrucciónnúmero 7 de Madrid, habiendo visto y oídolos autos de juicio inmediato de faltas segui-dos en este Juzgado al número 1.428 de2008, contra don Rock Silva Santos, comodenunciado, por falta de hurto.

FalloQue debo condenar y condeno a don

Rock Silva Santos, como responsable enconcepto de autor de una falta de hurto in-tentada, ya definida, a la pena de multa detreinta días, según cuota diaria de 6 euros,esto es, multa de 180 euros, por la falta co-metida con la responsabilidad personal pre-vista en el artículo 53 del Código Penal (undía de privación de libertad por cada doscuotas de multa impagadas) en caso de im-pago, así como al abono de las costas de estejuicio.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al ministerio fiscal, haciéndoles sa-ber que la misma no es firme y que contra ellacabe interponer recurso de apelación en elplazo de cinco días para ante la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid (artículo 976de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.—La magistrada-juez deinstrucción, Susana Trujillano Sánchez.

Sigue la publicación.—La secretaria judi-cial, María Luisa Monreal Hernández (ru-bricados).

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Rock Silva Santos, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enMadrid, a 22 de octubre de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(03/35.268/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE MADRID

EDICTO

Doña María Luisa Monreal Hernández, se-cretaria del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.506 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 119 de 2009En Madrid, a 13 de mayo de 2009.—La

señora doña Susana Trujillo Sánchez, ma-gistrada-juez del Juzgado de instrucción nú-mero 7 de Madrid, habiendo visto y oído losautos de juicio de faltas seguidos en esteJuzgado al número 1.506 de 2008, contradon Francisco Adelino Vicente Gallego,como denunciado, por presunta falta deamenazas.

FalloQue debo absolver y absuelvo a don

Francisco Adelino Vicente Gallego de lafalta de amenazas que venía acusado en lapresente causa, declarando de oficio las cos-tas procesales ocasionadas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes haciéndoles saber que la misma no esfirme y que contra ella cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díaspara ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid (artículo 976 de la Ley de Enjui-ciamiento Criminal).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

PublicaciónLeída y publicada fue la anterior senten-

cia por la señora magistrada-juez que la sus-cribe, estando celebrando audiencia públicaen el mismo día de su fecha. Doy fe.—Lamagistrada-juez de instrucción, Susana Tru-jillano Sánchez.

Sigue la publicación.—La secretaria judi-cial, María Luisa Monreal Hernández (ru-bricados).

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Sandra Ivonne Contre-ras Guerrero, actualmente en paradero des-conocido, y su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,expido la presente en Madrid, a 22 de octu-bre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.266/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE MADRID

EDICTO

Doña María Luisa Monreal Hernández, se-cretaria del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.639 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 120 de 2009En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—La

señora doña Susana Trujillano Sánchez, ma-

gistrada-juez del Juzgado de instrucción nú-mero 7 de Madrid, habiendo visto y oído losautos de juicio de faltas seguidos en esteJuzgado al número 1.639 de 2008, contradoña Natalia Kravchenko, como denuncia-da, por presunta falta de injurias.

FalloQue debo absolver y absuelvo a doña Na-

talia Kravchenko de la falta de lesiones e in-jurias de que venía acusada en la presentecausa, declarando de oficio las costas proce-sales ocasionadas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que la misma no esfirme y que contra ella cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díaspara ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid (artículo 976 de la Ley de Enjui-ciamiento Criminal).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

PublicaciónLeída y publicada fue la anterior senten-

cia por la señora magistrada-juez que la sus-cribe, estando celebrando audiencia públicaen el mismo día de su fecha, doy fe.—Lamagistrada-juez de instrucción, Susana Tru-jillano Sánchez.

Sigue la publicación.—La secretaria judi-cial, María Luisa Monreal Hernández (ru-bricados).

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña María del Carmen PlazaRico, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 22 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.269/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en juicio de fal-tas número 715 de 2009 se ha dictado la pre-sente sentencia, que en su parte dispositivadice:

Que debo absolver y absuelvo librementede la falta que se imputaba en los presentesautos a don Hugo Alberto Cardozo, decla-rando las costas de oficio.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolasde su derecho al recurrirla en apelación, antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid, en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado, ante este Juzgado, medianteescrito, durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación, confor-me establece el artículo 795 de la Ley de En-juiciamiento Criminal, sin cuyo requisito nose admitirá la misma.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 162 B.O.C.M. Núm. 273

JUZGADO NÚMERO 28DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 28 de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Hugo Alberto Cardozo,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/35.257/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en juicio de faltasnúmero 587 de 2009 se ha dictado la presentesentencia, que en su parte dispositiva dice:

Que debo absolver y absuelvo librementede la falta que se imputaba en los presentesautos a doña Zhita Hu, declarando las costasde oficio.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolasde su derecho al recurrirla en apelación, antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid, en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado, ante este Juzgado, medianteescrito, durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación, confor-me establece el artículo 795 de la Ley de En-juiciamiento Criminal, sin cuyo requisito nose admitirá la misma.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Bensanka Jalal, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido la presente enMadrid, a 21 de octubre de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/35.254/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.017 de 2009 se ha acordadocitar a don Adrián René Denn, don BogdanCroitoru, don Vasile Virgil Casalean y doñaMarian Sorín Iacob para que comparezcanen este Juzgado el día 19 de enero de 2010, alas diez y cincuenta horas de la mañana, a finde asistir a la celebración del juicio de faltasnúmero 1.017 de 2009, seguido por hurto.

Y para que conste y sirva de citación adon Bogdan Croitoru, doña Marian Sorín Ia-cob, don Adrián René Denn y don VasileVirgil Casalean, actualmente en paraderodesconocido, y su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, expido el presente en Madrid, a 21 deoctubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.251/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 372 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en parte dispositivadice:

Condeno a don Elvis Gilberto VásquezVásquez, como autor de una falta contra elpatrimonio del artículo 623.4 del CódigoPenal, a la pena de un mes de multa, con unacuota diaria de 6 euros, de conformidad conlo establecido en el fundamento segundo deesta resolución; asimismo, deberá indemni-zar, en concepto de responsabilidad civil, a“Metro”, en la cantidad de 1 euro. El conde-nado deberá abonar las costas de este juicio.

Notifíquese la presente sentencia al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolasde su derecho a recurrirla en apelación, antela ilustrísima Audiencia Provincial, en eltérmino de cinco días a contar desde su no-tificación, recurso que se formalizará por es-crito ante este Juzgado haciendo constar enel mismo los motivos de la apelación, todoello de conformidad con el artículo 795 de laLey de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo mando, pro-nuncio y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación desentencia a don Elvis Gilberto Vásquez Vás-quez, actualmente en paradero desconocido, ysu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presenteen Madrid, a 20 de octubre de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/35.259/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 644 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en parte dispositivadice:

Condeno a don Álvaro Fernández Los-cos, don Luis Claudio Hermosilla Ucha ydon Antonio Porras Aguilar, como autoresde una falta contra el orden público del ar-tículo 634 del Código Penal, a la pena detreinta días de multa, con una cuota diaria de5 euros, de conformidad con lo establecidoen el fundamento tercero de esta resolución.Los condenados deberán abonar las costasde este juicio.

Notifíquese la presente sentencia al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolasde su derecho a recurrirla en apelación, antela ilustrísima Audiencia Provincial, en eltérmino de cinco días a contar desde su no-tificación, recurso que se formalizará por es-crito ante este Juzgado haciendo constar enel mismo los motivos de la apelación, todo

ello de conformidad con el artículo 795 de laLey de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo mando, pro-nuncio y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Álvaro Fernández Loscos,don Luis Claudio Hermosilla Ucha y don An-tonio Porras Aguilar, actualmente en parade-ro desconocido, y su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,expido la presente en Madrid, a 20 de octubrede 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.255/09)

JUZGADO NÚMERO 24DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 24 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 677 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que su encabezamientoy parte dispositiva dice:

Vistos por mí, doña Mercedes Pérez Ba-rrios, magistrada-juez del Juzgado de ins-trucción número 24 de Madrid, los presentesautos de juicio de faltas número 677 de2008, seguidos por la presunta falta de lesio-nes y amenazas, en los que han sido parte: elministerio fiscal, en representación de la ac-ción pública; de otra, como denunciantes,don Jorge Rivas Nieto y doña Didna Stram-beanu, asistidos de letrado señor GutiérrezGarrido, y denunciados, don Vasisle ViorelPetru y doña Gealina Alina Budur, asistidosde letrada señora Millares, he venido a dic-tar la presente resolución a los que sirve debase el siguiente

FalloDebo condenar y condeno a don Vasisle

Viorel Petru, como autor responsable de dosfaltas de malos tratos, a la pena de veintedías multa, con una cuota/día de 2 euros, ydebo condenar y condeno a don VasisleViorel Petru y doña Gealina Alina Budur,como autores responsables de una falta deamenazas, a la pena de diez días/multa, conuna cuota diaria de 2 euros, y al pago de lascostas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma podrán interponer recurso de apelaciónen el plazo de cinco días ante este mismoJuzgado para ante la ilustrísima AudienciaProvincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Vasisle Viorel Petru ydoña Gealina Alina Budur, actualmente enparadero desconocido, y su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido la presente en Madrid, a 16de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.296/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 163

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 220 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por el ilustrísimo señor don Maria-no Ascandoni Lobato, magistrado-juez delJuzgado de instrucción número 28 de Ma-drid, los presentes autos de juicio de faltasnúmero 220 de 2009, seguidos por una faltade hurto, en los que han sido partes el minis-terio fiscal, y como implicados: don JuanPablo Zúñiga Plaza, como denunciante, ydon Ramón Romero Ramos, como denun-ciado, en virtud de las facultades que me hansido dadas por la Constitución y en nombredel Rey dicto la siguiente sentencia:

FalloQue debo condenar y condeno a don Ra-

món Romero Ramos, como autor responsa-ble de una falta de hurto, en grado de tenta-tiva, ya descrita, a la pena de treinta días demulta, con una cuota diaria de 3 euros, casode impago habrá de cumplir un día de priva-ción de libertad por cada dos cuotas diariasno satisfechas, todo ello imponiéndole lascostas causadas.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don José Ramón Romero Ra-mos, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 21 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.297/09)

JUZGADO NÚMERO 32DE MADRID

EDICTO

Don Guillermo Vázquez Ariño, secretariodel Juzgado de instrucción número 32 deMadrid.Doy fe y testimonio: Que en el juicio de fal-

tas número 1.096 de 2008 se ha dictado la pre-sente sentencia, que en parte dispositiva dice:

Que debo absolver y absuelvo a doñaMercedes González Ramos de los hechospor los que había sido denunciada, declaran-do de oficio las costas procesales del presen-te juicio.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Mercedes González Ra-mos, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 16 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.271/09)

JUZGADO NÚMERO 42DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretariadel Juzgado de instrucción número 42 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 190 de 2007 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, ma-gistrado-juez del Juzgado de instrucción nú-

mero 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltasseguido en este Juzgado bajo el número 190de 2007, sobre lesiones imprudentes, en vir-tud de denuncia, habiendo sido partes: comodenunciante, don Gustavo del Árbol Rodrí-guez; como denunciado, don Dean King, ycomo responsable civil directo, compañíaaseguradora “Línea Directa”.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don DeanKing, declarando de oficio las costas proce-sales.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación, medianteescrito dirigido a este Juzgado, permane-ciendo durante dicho plazo las actuaciones adisposición de las partes en la Secretaría delmismo. A dicho recurso se le dará el trámiteprevisto en los artículos 795 y 796 de la Leyde Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando yfirmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Dean King, expido la pre-sente en Madrid, a 14 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.249/09)

JUZGADO NÚMERO 42DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretariadel Juzgado de instrucción número 42 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.088 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, ma-gistrado-juez del Juzgado de instrucción nú-mero 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltasseguido en este Juzgado bajo el número 1.088de 2008, sobre amenazas, en virtud de denun-cia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal,en representación de la acción pública; comodenunciantes, doña Amalia Marey y don Vic-toriano Durán, y como denunciada, doñaConsuelo Mosquera Sanfrutos.

FalloQue debo condenar y condeno a doña

Consuelo Mosquera Sanfrutos, como autoraresponsable de una falta de amenazas, a lapena de multa de veinte días, con cuotas dia-rias de 6 euros.

Se fija una responsabilidad personal sub-sidiaria para caso de impago de un día deprivación de libertad por cada dos cuotasdiarias de multa no satisfechas, bien de for-ma voluntaria, bien por vía de apremio.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación, medianteescrito dirigido a este Juzgado, permane-ciendo durante dicho plazo las actuaciones adisposición de las partes en la Secretaría delmismo. A dicho recurso se le dará el trámite

previsto en los artículos 795 y 796 de la Leyde Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando yfirmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Consuelo Mosquera San-frutos, expido la presente en Madrid, a 5 deoctubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.309/09)

JUZGADO NÚMERO 42DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretariadel Juzgado de instrucción número 42 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.170 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabezamien-to y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, ma-gistrado-juez del Juzgado de instrucción nú-mero 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltasseguido en este Juzgado bajo el número 1.170de 2008, en virtud de denuncia, habiendo sidopartes: el ministerio fiscal, en representaciónde la acción pública; y, como denunciantes/denunciados, don Hayat Dghooghi, doñaEzzora Essahel Kallouque y doña María ElsaSantamarta Vega.

FalloQue debo absolver y absuelvo a don Ha-

yat Dghooghi, doña Ezzora Essahel Kallou-que y doña María Elsa Santamarta Vega,contra las que el ministerio fiscal no formu-ló acusación, declarando de oficio las costasprocesales.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación, medianteescrito dirigido a este Juzgado, permane-ciendo durante dicho plazo las actuaciones adisposición de las partes en la Secretaría delmismo. A dicho recurso se le dará el trámiteprevisto en los artículos 795 y 796 de la Leyde Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando yfirmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Ezzora Essahel Kallou-que, expido la presente en Madrid, a 28 deagosto de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.248/09)

JUZGADO NÚMERO 42DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretariadel Juzgado de instrucción número 42 deMadrid.Doy fe y testimonio: Que en el juicio de

faltas número 73 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, ma-gistrado-juez del Juzgado de instrucción nú-mero 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 164 B.O.C.M. Núm. 273

seguido en este Juzgado bajo el número 73de 2009, sobre amenazas, en virtud de denun-cia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal,en representación de la acción pública; comodenunciante, don José Antonio Yagüe Mota,y como denunciados, doña Inés Mena Moya ydon José Luis López Mena.

FalloQue debo absolver y absuelvo a doña Inés

Mena Moya y a don José Luis López Mena,declarando de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación, medianteescrito dirigido a este Juzgado, permane-ciendo durante dicho plazo las actuaciones adisposición de las partes en la Secretaría delmismo. A dicho recurso se le dará el trámiteprevisto en los artículos 795 y 796 de la Leyde Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando yfirmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don José Antonio YagüeMota, expido la presente en Madrid, a 14 deoctubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.247/09)

JUZGADO NÚMERO 42DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretariadel Juzgado de instrucción número 42 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 253 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, ma-gistrado-juez del Juzgado de instrucción nú-mero 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltasseguido en este Juzgado bajo el número 253de 2009, sobre desobediencia, en virtud de de-nuncia, habiendo sido partes: el ministerio fis-cal, en representación de la acción pública;como denunciante, don Jesús Martín Gallar-do, y como denunciada, doña Betty IsabelGonzález Hidalgo.

FalloQue debo absolver y absuelvo a doña

Betty Isabel González Hidalgo de la faltapor la que ha sido denunciada.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación, medianteescrito dirigido a este Juzgado, permane-ciendo durante dicho plazo las actuaciones adisposición de las partes en la Secretaría delmismo. A dicho recurso se le dará el trámiteprevisto en los artículos 795 y 796 de la Leyde Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando yfirmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Jesús Martín Gallardo,expido la presente en Madrid, a 2 de octubrede 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.292/09)

JUZGADO NÚMERO 42DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.139 de 2008 se ha acordado:

CÉDULA DE CITACIÓN

En providencia de esta fecha dictada porel ilustrísimo señor magistrado-juez condestino en el Juzgado de instrucción núme-ro 42 de esta capital, en el expediente expre-sado, seguido por amenazas, se ha acordadocitar al señor fiscal y a las siguientes partes:denunciante, doña Rosa Patricia Solano Ol-medo, citación por edictos, y denunciados,doña Raquel García Guevara y don Floren-tino Díaz Delgado, en calle Pantoja, núme-ro 12, primero A, 28039 Madrid.

Para el día 30 de noviembre de 2009, a lasonce y cincuenta horas, comparezcan en laSala de audiencias de este Juzgado, sito enla plaza de Castilla, número 1, sexta planta;a saber, que podrán acudir asistidos de abo-gado y con los medios de prueba de que in-tenten valerse; apercibiéndoles que de nocomparecer les parará el perjuicio a que hu-biere lugar en derecho, y en el caso de lostestigos, poderles imponer multa de 200 a2.000 euros.

Y para que conste y sirva de citación adoña Rosa Patricia Solano Olmedo, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido el presente enMadrid, a 7 de octubre de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/35.261/09)

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario delJuzgado de instrucción número 54 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 242 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 34 de 2009Que se pronuncia en nombre de Su Ma-

jestad el Rey, en el ejercicio de la potestadjurisdiccional que la Constitución y el pue-blo otorgan.—En Madrid, a 1 de abrilde 2009.

Doña Raimunda de Peñafort LorenteMartínez, magistrada-juez de instruccióndel número 54 de los de esta localidad y supartido judicial, ha visto y oído los autos dejuicio verbal de faltas número 242 de 2009,en el que se ha formulado denuncia contradoña Irene Alvira Uzquino.

FalloQue debo condenar y condeno a doña Ire-

ne Alvira Uzquino, como autora de una fal-ta de hurto, en grado de tentativa, a la penade multa de cuarenta días, con cuota diaria

de 4 euros, y al pago de las costas del juiciosi las hubiera.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, incluyéndolasde su derecho a recurrirla en apelación antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado ante este Juzgado mediante es-crito durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación, sin cuyorequisito no se admitirá la misma.

Llévese testimonio de esta sentencia a lasactuaciones para su notificación y cumpli-miento.

Así por esta mi sentencia la pronuncio,mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a la parte denunciante doña Ra-quel Hernández Martínez, actualmente en pa-radero desconocido, y su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido el presente en Madrid, a 14de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.302/09)

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario delJuzgado de instrucción número 54 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 132 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 49 de 2009Que se pronuncia en nombre de Su Ma-

jestad el Rey, en el ejercicio de la potestadjurisdiccional que la Constitución y el pue-blo otorgan.—En Madrid, a 28 de abrilde 2009.

Doña Raimunda de Peñafort LorenteMartínez, magistrada-juez de instruccióndel número 54 de los de esta localidad y supartido judicial, ha visto y oído los autos dejuicio verbal de faltas número 132 de 2009,en el que se ha formulado denuncia contradoña Paloma Folgueras Fernández.

FalloQue debo condenar y condeno a doña Pa-

loma Folgueras Fernández, como autoraresponsable de una falta de incumplimientodel régimen de visitas, a la pena de multa dediez días, con cuota diaria de 5 euros, y alpago de las costas del juicio si las hubiera.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, incluyéndolasde su derecho a recurrirla en apelación antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado ante este Juzgado mediante es-crito durante ese plazo, exponiendo en el

Page 11: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 165

mismo los motivos de la apelación, sin cuyorequisito no se admitirá la misma.

Llévese testimonio de esta sentencia a lasactuaciones para su notificación y cumpli-miento.

Así por esta mi sentencia la pronuncio,mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a la condenada doña PalomaFolgueras Fernández, actualmente en para-dero desconocido, y su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, expido el presente en Madrid, a 13 deoctubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.301/09)

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario delJuzgado de instrucción número 54 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 562 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 117 de 2009Que se pronuncia en nombre de Su Ma-

jestad el Rey, en el ejercicio de la potestadjurisdiccional que la Constitución y el pue-blo otorgan.—En Madrid, a 30 de juniode 2009.

Doña Raimunda de Peñafort LorenteMartínez, magistrada-juez de instruccióndel número 54 de los de esta localidad y supartido judicial, ha visto y oído los autos dejuicio verbal de faltas número 562 de 2009,en el que se ha formulado denuncia contradoña Mónica Gómez Márquez.

FalloQue debo condenar y condeno a doña

Mónica Gómez Marquez, como autora deuna falta de hurto en grado de tentativa, a lapena de multa de treinta días, con cuota dia-ria de 3 euros, y al pago de las costas del jui-cio si las hubiera.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, incluyéndolasde su derecho a recurrirla en apelación antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado ante este Juzgado mediante es-crito durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación, sin cuyorequisito no se admitirá la misma.

Llévese testimonio de esta sentencia a lasactuaciones para su notificación y cumpli-miento.

Así por esta mi sentencia la pronuncio,mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a la condenada doña MónicaGómez Márquez, actualmente en paraderodesconocido, y su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-

DRID, expido el presente en Madrid, a 13 deoctubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.299/09)

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario del Juz-gado de instrucción número 54 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 111 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 138 de 2009Que se pronuncia en nombre de Su Ma-

jestad el Rey, en el ejercicio de la potestadjurisdiccional que la Constitución y el pue-blo otorgan.—En Madrid, a 6 de juliode 2009.

Doña Raimunda de Peñafort LorenteMartínez, magistrada-juez de instruccióndel número 54 de los de esta localidad y supartido judicial, ha visto y oído los autos dejuicio verbal de faltas número 111 de 2009,en el que se ha formulado denuncia contradon Miguel Méndez Reyes.

FalloQue debo condenar y condeno a don Mi-

guel Méndez Reyes, como autor responsa-ble de una falta de lesiones imprudentes, ala pena de treinta días de multa, con unacuota diaria de 3 euros, y al pago de las cos-tas del juicio, debiendo indemnizar a doñaCristina No Calvo en la suma de 1.986,64euros por los daños materiales, más la sumade 2.228,22 euros por las lesiones, más lasuma de 1.604,92 euros por las secuelas (in-cluido factor de corrección), más la suma de2.160 euros por perjuicio económico deriva-do de gastos en rehabilitación, declarándosela responsabilidad civil subsidiaria de doñaFrancia Carvajal Polanco y la responsabili-dad civil directa de la compañía asegurado-ra “Wintertur Seguros, Sociedad Anónima”,hoy “Axa Seguros Generales, SociedadAnónima”.

Notifíquese esta sentencia a las partes, in-cluyéndolas de su derecho a recurrirla enapelación ante la ilustrísima Audiencia Pro-vincial de Madrid en el término de cincodías contados a partir del siguiente al de sunotificación, quedando durante los mismoslos autos a disposición de las partes en estaSecretaría, haciéndoles saber que el recursodeberá ser formalizado ante este Juzgadomediante escrito durante ese plazo, expo-niendo en el mismo los motivos de la apela-ción, sin cuyo requisito no se admitirá lamisma.

Llévese testimonio de esta sentencia a lasactuaciones para su notificación y cumpli-miento.

Así por esta mi sentencia la pronuncio,mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación desentencia al condenado don Miguel MéndezReyes, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido el pre-

sente en Madrid, a 13 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/35.300/09)

JUZGADO NÚMERO 1DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 1, antes mixto número 1, de Alcaláde Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 59 de 2009, se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

SentenciaEn Alcalá de Henares, a 21 de enero

de 2009.Vistos por don Antonio Antón y Abajo,

magistrado-juez titular del Juzgado de ins-trucción número 1 de esta localidad, los pre-sentes autos de juicio de faltas con número 59de 2009, sobre falta de hurto, apareciendocomo denunciante don José Andrés PizarroLópez, y como denunciado don Jorge Cris-tóbal Rodríguez Rodríguez, interviniendoen calidad de perjudicado “Hipercor”, ha-biendo sido parte el ministerio fiscal.

Condeno a don Jorge Cristóbal Rodrí-guez Rodríguez como autor responsable deuna falta de hurto en grado de tentativa a lapena de multa de un mes, con una cuota dia-ria de 6 euros, con la responsabilidad perso-nal subsidiaria prevista en el Código Penalen caso de impago, así como al pago de lascostas.

Hágase entrega definitiva de los efectossustraídos a su propietario.

Notifíquese la presente resolución a laspartes previniéndoles que frente a la mismacabe interponer recurso de apelación anteeste Juzgado en el plazo de cinco días, quese sustanciará ante la Audiencia Provincial.Así por esta sentencia, la pronuncio, mandoy firmo.

PublicaciónEn el mismo día la anterior sentencia fue

leída en audiencia pública, firmada por suseñoría. Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Jorge Cristóbal Rodrí-guez Rodríguez, actualmente en paraderodesconocido, y su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,expido la presente en Alcalá de Henares,a 19 de octubre de 2009.—El secretario (fir-mado).

(03/35.253/09)

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 1DE ALCORCÓN

EDICTO

Doña Ana Isabel García García, secretariadel Juzgado de instrucción número 1 deAlcorcón.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 166 B.O.C.M. Núm. 273

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 62 de 2009 se ha dictado sen-tencia en fecha 12 de marzo de 2009, cuyoencabezamiento, hechos probados y falloson del tenor literal siguiente:

Encabezamiento

En Alcorcón (Madrid), a 12 de marzode 2009.—Vistos por don Carlos ÁguedaHolgueras, magistrado-juez de instruccióndel número 1 de los de Alcorcón (Madrid),los presentes autos de juicio de faltas, segui-dos en este Juzgado y registrados con el nú-mero 62 de 2009, sobre una falta de hurto,entre partes, a instancias de “Hipercor”,frente a don David Cáceres Fernández ydoña Juana Rodríguez Díaz, con interven-ción del ministerio fiscal; y…

Hechos probados:

Sobre las diecinueve y treinta horas deldía 6 de marzo de 2009, don David CáceresFernández y doña Juana Rodríguez Díazfueron sorprendidos cuando intentaban salirdel establecimiento “Hipercor”, sito en Al-corcón (Madrid), sin abonar el importe de195 euros a que ascendían los productos quellevaban consigo dentro de una bolsa forra-da con papel de aluminio y que pretendíanhacer suyos.

Fallo

Condeno a don David Cáceres Fernándezy doña Juana Rodríguez Díaz, como autoresresponsables, cada uno de ellos, de una faltade hurto del artículo 623.1 del Código Penal,sin la concurrencia de circunstancias modifi-cativas de la responsabilidad criminal, a lapena de treinta días de multa, con una cuotadiaria de 6 euros, cada uno, ello hace un to-tal de 180 euros, cada uno, que serán abona-dos en un solo pago, o en los plazos que enejecución de sentencia se fijen, con arrestosustitutorio de un día por cada dos cuotas quedejaren de abonar. Igualmente les condeno alpago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 976, en relacióncon los artículos 795 y 796 de la Ley de En-juiciamiento Criminal, contra la misma sepuede interponer recurso de apelación en elplazo de cinco días, ante este mismo Juzga-do y para su resolución por la AudienciaProvincial; y expídase testimonio de la mis-ma que quedará unido a los autos, incorpo-rándose el original al correspondiente librode sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Contra la presente cabe recurso de apela-ción en ambos efectos para ante la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid en el plazode cinco días desde la notificación de la sen-tencia al ministerio fiscal y demás partes.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Juana Rodríguez Díaz ydon David Cáceres Fernández, actualmenteen paradero desconocido, y su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y en el tablón de anuncios deeste Juzgado, expido la presente en Alcor-

cón, a 9 de octubre de 2009.—La secretaria(firmado).

(03/36.439/09)

JUZGADO NÚMERO 5DE ALCORCÓN

EDICTO

Doña Martina Milano Navarro, secretariadel Juzgado de instrucción número 5 deAlcorcón (Madrid).

Hace saber y participa: Que en el juiciode faltas número 212 de 2009 se ha dictadola presente sentencia, que en su encabe-zamiento y fallo el del tenor literal si-guiente:

SentenciaEn Alcorcón, a 20 de julio de 2009.—Ha-

biendo visto su señoría, doña Sara PeralesJarillo, magistrada-juez del Juzgado de pri-mera instancia e instrucción número 5 deAlcorcón y su partido, los presentes autos dejuicio de faltas con el número referenciado,sobre falta de hurto, con intervención delministerio fiscal, siendo partes: “Hipercor,Sociedad Anónima”, en calidad de perjudi-cada, y doña Laura María Sigmirean, en ca-lidad de denunciada.

FalloQue debo condenar y condeno a la parte

denunciada, doña Laura María Sigmirean,como autora responsable de una falta dehurto, a la pena de dos meses de multa, conuna cuota diaria de 4 euros.

El impago de la multa determina una res-ponsabilidad personal subsidiaria de un díade privación de libertad por cada dos cuotasimpagadas.

Se imponen las costas a la parte denun-ciada.

Esta resolución no es firme, frente a ellacabe interponer recurso de apelación en elplazo de cinco días a contar desde su notifi-cación al ministerio fiscal y a las partes.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Laura María Sigmi-rean, actualmente en paradero desconoci-do, y su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, expido yfirmo el presente en Alcorcón, a 8 de octu-bre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/35.258/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 264 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en parte dispositivadice:

FalloQue debo absolver y absuelvo a don Flo-

riel Bota y a don Sorín Gheorghe de los he-chos origen de las presentes actuaciones.

Notifíquese a partes personadas que estasentencia no es firme, pudiendo interponerrecurso de apelación en el plazo de cincodías ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid.

Notifíquese la presente sentencia, dándo-se la publicidad en la forma ordenada por laConstitución y las Leyes, quedando luegoarchivada en la Secretaría del Juzgado.

Cúmplase al notificar esta resolución lodispuesto en la Ley.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a don Floriel Bota y adon Sorín Gheorghe, actualmente en para-dero desconocido, y su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido la presente en Coslada, a9 de octubre de 2009.—El secretario (fir-mado).

(03/35.252/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

Doña María Sonia Rica de Miguel, secreta-ria del Juzgado de instrucción número 4de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 65 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su fallo dice:

Fallo

Debo condenar y condeno a don JoséHermira Villa, como autor de una falta deestafa, a la pena de multa de treinta días, concuota diaria de 6 euros, y a indemnizar a lagasolinera sita en la avenida de MartinLuther King, de San Fernando de Henares,en la cantidad de 58,83 euros, cuyo pago ha-brá de efectuarse en la cuenta del Juzgado en“Banesto”, de una sola vez, acreditándolodespués en el Juzgado.

Si el condenado no satisficiere volunta-riamente o por vía de apremio la multa im-puesta quedará sujeto a una responsabilidadpersonal subsidiaria de un día de privaciónde libertad por cada dos cuotas diarias no sa-tisfechas, cuyo cumplimiento extinguirá laobligación de pago de multa.

Se imponen las costas al denunciado.Notifíquese al ministerio fiscal y a las

partes de este procedimiento, haciéndolessaber que esta sentencia no es firme y quepuede ser recurrida en apelación en el plazode cinco días ante la ilustrísima AudienciaProvincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, de la que se ob-tendrá testimonio para la incorporación a lacausa, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don José Hermira Villa, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enCoslada, a 14 de octubre de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/35.263/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 167

JUZGADO NÚMERO 7DE LEGANÉS

EDICTO

Don José Mariano González Sánchez, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 34 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 5 de octubre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don RafaelRosel Marín, magistrado-juez del Juzgadode primera instancia e instrucción número 7de Leganés (Madrid), los presentes autos dejuicio de faltas que bajo el número indicadose tramitan en este Juzgado, en los que inter-vienen, además del ministerio fiscal,“Zara”, “C & A”, don Kin Taha, don IgbewiIgbinomwanhia y don Bright Okoro, enatención al siguiente

FalloQue absuelvo a don Kin Taha, don Igbewi

Igbinomwanhia y don Bright Okoro de res-ponsabilidad penal por los hechos imputados,declarándose de oficio las costas causadas eneste juicio.

Notifíquese a las partes en legal forma lapresente resolución, haciendo saber que lamisma es susceptible de ser recurrida enapelación a conocer por la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, debiendoprepararse mediante escrito a presentar eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Kin Taha, don IgbewiIgbinomwanhia y don Bright Okoro, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido la presente enLeganés, a 6 de octubre de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/35.307/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE LEGANÉS

EDICTO

Don José Mariano González Sánchez, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 72 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabezamien-to y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 5 de octubre de 2009.—Vis-tos por el ilustrísimo señor don Rafael RoselMarín, magistrado-juez del Juzgado de pri-mera instancia e instrucción número 7 de Le-ganés (Madrid), los presentes autos de juiciode faltas que bajo el número indicado se tra-mitan en este Juzgado, en los que intervienen,además del ministerio fiscal: como denun-ciante, don Marcos Garrido González, y porotra parte, doña Floralba Durán Leal y doñaClaudia Janeth Garrido, como denunciadas,en atención al siguiente

FalloQue absuelvo a doña Floralba Durán Leal

y a doña Claudia Janeth Garrido de respon-sabilidad penal por los hechos imputados,declarándose de oficio las costas causadasen este juicio.

Notifíquese a las partes en legal forma lapresente resolución, haciendo saber que lamisma es susceptible de ser recurrida enapelación a conocer por la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, debiendoprepararse mediante escrito a presentar eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Floralba Durán Leal, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enLeganés, a 6 de octubre de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/35.303/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE LEGANÉS

EDICTO

Don José Mariano González Sánchez, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 128 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabezamien-to y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 25 de mayo de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don RafaelRosel Marín, magistrado-juez del Juzgadode primera instancia e instrucción número 7de Leganés (Madrid), los presentes autos dejuicio de faltas que bajo el número indicadose tramitan en este Juzgado, en los que inter-vienen, además del ministerio fiscal, doñaSoledad Luizada Enríquez, don Jesús FínezPascual y doña María Elena González Ro-mero, en atención al siguiente

Fallo

Que absuelvo a don Jesús Fínez Pascual ya doña María Elena González Romero deresponsabilidad penal por los hechos impu-tados, declarándose de oficio las costas cau-sadas en este juicio.

Notifíquese a las partes en legal forma lapresente resolución, haciendo saber que lamisma es susceptible de ser recurrida enapelación a conocer por la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, debiendoprepararse mediante escrito a presentar eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Jesús Fínez Pascual y adoña María Elena González Romero, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enLeganés, a 14 de octubre de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/35.305/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE LEGANÉS

EDICTO

Don José Mariano González Sánchez, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 200 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 5 de octubre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don RafaelRosel Marín, magistrado-juez del Juzgadode primera instancia e instrucción número 7de Leganés (Madrid), los presentes autos dejuicio de faltas que bajo el número indicadose tramitan en este Juzgado, en los que inter-vienen, además del ministerio fiscal, “ElCorte Inglés” y doña Mónica Ángel EbangObono, en atención al siguiente:

Fallo

Que absuelvo a doña Mónica ÁngelEbang Obono de responsabilidad penal porlos hechos imputados, declarándose de ofi-cio las costas causadas en este juicio.

Notifíquese a las partes en legal forma lapresente resolución, haciendo saber que lamisma es susceptible de ser recurrida enapelación a conocer por la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, debiendoprepararse mediante escrito a presentar eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a Mónica Ángel Ebang Obono,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Leganés, a 6 de octubre de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/35.308/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE LEGANÉS

EDICTO

Don José Mariano González Sánchez, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 38 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabezamien-to y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 5 de octubre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don RafaelRosel Marín, magistrado-juez del Juzgadode primera instancia e instrucción número 7de Leganés (Madrid), los presentes autos dejuicio de faltas que bajo el número indicadose tramitan en este Juzgado, en los que inter-vienen, además del ministerio fiscal: comodenunciantes, doña Sara Martínez Álvarez,doña Raquel de los Reyes Rodríguez, doñaMaría Amparo Rodríguez Lorenzo y donJuan Carlos Heras Mialdea, y como denun-ciados, don Carlos Alberto Martín Núñez y

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 168 B.O.C.M. Núm. 273

doña Ariadna Miclín Rodríguez, en aten-ción al siguiente

FalloQue condeno a don Carlos Alberto Mar-

tín Núñez, como autor de tres faltas de lesio-nes, a la pena de multa de sesenta días, conuna cuota de 6 euros por cada una de ellas, oal arresto legal sustitutorio en caso de impa-go, y a que indemnice a doña Sara MartínezÁlvarez, a doña Raquel de los Reyes Rodrí-guez y doña María Amparo Rodríguez Lo-renzo con las sumas de 350, 250 y 350euros, respectivamente.

Que condeno a don Carlos Alberto Mar-tín Núñez, como autor de una falta de mal-trato, a la pena de multa de treinta días, conuna cuota de 6 euros, o al arresto legal susti-tutorio en caso de impago.

Que condeno a don Carlos Alberto Mar-tín Núñez y doña Ariadna Miclín Rodrí-guez, como autores de una falta de hurto, acada uno, la pena de multa de sesenta días,con una cuota de 6 euros, o al arresto legalsustitutorio en caso de impago.

Notifíquese a las partes en legal forma lapresente resolución, haciendo saber que lamisma es susceptible de ser recurrida enapelación a conocer por la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, debiendoprepararse mediante escrito a presentar eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Carlos Alberto MartínNúñez y doña Ariadna Miclín Rodríguez,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Leganés, a 6 de octubre de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/35.304/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE NAVALCARNERO

EDICTO

El magistrado-juez del Juzgado de primerainstancia número 4 de Navalcarnero.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio,reanudación del tracto número 340 de 2008,a instancias de doña María Teresa Hernán-dez Romeo, expediente de dominio para lainmatriculación de la siguiente finca:

Parcela de terreno sita en travesía de Ro-bledo, sin número, en Chapinería (Madrid),con una superficie aproximada de 500 me-tros cuadrados, así como de la vivienda uni-familiar construida en la misma, de una su-perficie total de 89 metros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad deNavalcarnero número 2, al tomo 759, libro 29,folio 71, finca de Chapinería número 2.012.

Referencia catastral número 7111519UK9771S0001SG.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Navalcarnero, a 2 de septiembrede 2009.—El secretario (firmado).

(02/10.964/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE PARLA

EDICTO

Don Juan Ramón de la Fuente Rivera, secre-tario del Juzgado de instrucción número 4de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 149 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabezamien-to y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a doñaJennifer Dee Syferd Robles, como autoraresponsable de una falta de lesiones, a lapena de multa de treinta días, con una cuotadiaria de 4 euros (120 euros), debiendo ha-cer efectiva dicha multa dentro de los cincodías siguientes al requerimiento que se leefectúe una vez firme la presente resolución,con imposición de las costas si las hubiere,quedando sujeta en caso de impago a la res-ponsabilidad personal subsidiaria previstaen el artículo 53 del Código Penal de un díade privación de libertad por cada dos cuotasdiarias no satisfechas, que podrán cumplirseen régimen de localización permanente, ab-solviéndola libremente de la falta de maltra-to imputada respecto a la menor NuriaRauccio Rodríguez.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de apelación, ante la ilustrísimaAudiencia Provincial de Madrid, que deberáinterponerse en este Juzgado en el plazo delos cinco días siguientes a la notificación deesta resolución, conforme previenen los ar-tículos 976 y 790 a 792 de la Ley de Enjui-ciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Jennifer Dee Syferd Ro-bles, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Parla, a 6 de octubre de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/35.306/09)

JUZGADO NÚMERO 2DE VALDEMORO

EDICTO

Don Teodoro Molino Tejedor, secretario delJuzgado de primera instancia número 2de Valdemoro.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio,reanudación del tracto, número 1.124 de2009, a instancias de doña María Luisa Gui-jorro Briz, don Domingo Guijorro Briz, doñaMaría Belén Guijorro Briz, sobre expedientede dominio para la reanudación del tracto ymayor cabida de las siguientes fincas:

Rústica, tierra en Ciempozuelos, la Vegade Arriba, inmediata al molino, hoy paraje“La Fábrica”, de cabida, según título, decuatro fanegas y tres centiáreas, cuya medi-ción supuso una superficie de una hectárea,

cuarenta y cinco áreas y veinticinco decíme-tros cuadrados, que tiene tres olivas,

Linderos: Norte, sociedad “El Iris” y“Cuervo Reguera y Compañía”, actualmen-te parcela número 222 del Catastro; Este,Caz del Jarama; Sur, don Valentín CuencaSoria, actualmente parcela número 9 del Ca-tastro de Rústica, y al Oeste, carretera deSan Martín y finca de don Gaspar García,actualmente parcela número 6 de Rústica.

Es la parcela número 7 del polígono 2 delCatastro de Rústica de Ciempozuelos. Refe-rencia catastral: 28040A002000070000XQ.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Valdemoro, a 16 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/12.326/09)

JUZGADOS DE LO PENAL

JUZGADO NÚMERO 3DE VALLADOLID

EDICTO

Don Jesús Expósito Rodríguez, hijo deAntonio y de Sofía, natural de Madrid, condocumento nacional de identidad núme-ro 51.321.883, nacido el 28 de septiembrede 1952, último domicilio conocido paseo dela Dirección, número 210, de Madrid, encau-sado por abuso sexual en causa procedimien-to abreviado número 486 de 2008 del Juzga-do de lo Penal número 3, procedente delJuzgado de primera instancia e instrucciónnúmero 2 de Mediana del Campo, proce-dimiento abreviado número 486 de 2008, di-manante del atestado de la Dirección Gene-ral de la Policía de Madrid de 21 de febrerode 2005, comparecerá en el término de diezdías ante el expresado Juzgado para asistir ala celebración de las sesiones del juicio oral,bajo apercibimiento de ser declarado rebeldey pararle el perjuicio a que haya lugar.

Al propio tiempo, ruego a todas las auto-ridades y agentes de la Policía Judicial quetan pronto tengan conocimiento del parade-ro del referido acusado procedan a su ingre-so en prisión.

En Valladolid, a 7 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez (firmado).

(03/36.570/09)

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 169

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 129 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Sayon Diarra y don Balla Kante, contrala empresa “Trazas Estructuras, SociedadAnónima”, sobre ordinario, se ha dictado lasiguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Trazas Es-

tructuras, Sociedad Anónima”, en situaciónde insolvencia total por importe de 5.044,72euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Y una vez firme, hágase entre-ga de certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Trazas Estructuras, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.307/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 158 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Dumitru Octav Durbala, contra donRaúl Merino, “Agromadrid Servicios Inte-grales, Sociedad Limitada”, y “Servicios In-tegrales Higueras, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado auto de ejecuciónde 6 de octubre de 2009, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Dumitru Octav Durbala, contra don

Raúl Merino, “Agromadrid Servicios Inte-grales, Sociedad Limitada”, y “Servicios In-tegrales Higueras, Sociedad Limitada”, porun principal de 15.407,43 euros, más1.540,74 euros en concepto de intereses ycostas calculados provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de los deudoresprincipales que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de losdemandados en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de losdeudores de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada los ejecutados por el concepto de devolu-ción por el impuesto sobre la renta de laspersonas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. En caso positivo,se acuerda el embargo de las cantidadespendientes de devolución por la HaciendaPública a los ejecutados hasta cubrir la can-tidad objeto de apremio, interesando la re-misión de las mismas a la “Cuenta de depó-sitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, con número 000000000, entidad 0030, sucursal 1143, DC 50,concepto 2499/0000/00/0340/06, sito en lacalle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por los ejecuta-dos en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose los demandados en ig-norado paradero, notifíquese la misma pormedio de edictos a publicar en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ytablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a los ejecutados que las sucesi-vas notificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación enlegal forma a don Raúl Merino, “Agroma-drid Servicios Integrales, Sociedad Limi-tada”, y “Servicios Integrales Higueras,Sociedad Limitada”, en ignorado parade-ro, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.305/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 861 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Óscar Montes Díez, contra la empresa“Medical Mobile Seguridad, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:

Se admite a trámite la demanda presentaday se señala para el acto de conciliación y, ensu caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 13 de julio de 2010, a lasdiez y veinte horas de su mañana, en la Salade audiencias de este Juzgado, sita en la calleHernani, número 59, primera planta, de estaciudad, debiendo citarse a las partes, con en-trega a la demandada y a los interesados decopia de la demanda y demás documentosaportados, así como del escrito de subsana-ción, con las advertencias previstas en los ar-tículos 82.2 y 83 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Respecto a los otrosíes interesados: porconforme, requiriendo a la empresa deman-dada para que aporte la documentación soli-citada por el actor.

Ha lugar a lo solicitado sobre interrogato-rio o confesión de “Medical Mobile Seguri-dad, Sociedad Limitada”. A tal fin se hacesaber que el interrogatorio habrá de respon-derse por su representante en juicio siemprey cuando hubiera intervenido en los hechoscontrovertidos. En caso contrario, tal cir-cunstancia habrá de alegarse con suficienteantelación al acto del juicio, identificando ala persona que intervino en nombre de la en-tidad para su citación al juicio. Si tal perso-na no formase parte ya de la entidad, podrásolicitar que se le cite en calidad de testigo.Apercibiéndose de que en caso de no cum-plir lo anteriormente señalado o no identifi-car a la persona interviniente en los hechos,ello podrá considerarse como respuesta eva-siva y tenerse por ciertos los hechos a que serefieran las preguntas.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Medical Mobile Seguridad, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 170 B.O.C.M. Núm. 273

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.306/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 142 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pastiu Marius Silviu, contra la empresa“Soluciones Infatek, Sociedad Limitada”,sobre despido, se han dictado auto de ejecu-ción y auto de embargo, cuyas partes dispo-sitivas son las siguientes:

AutoEn Madrid, a 4 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Pastiu MariusSilviu, contra “Soluciones Infatek, SociedadLimitada”, por un importe de 2.168,52 eurosde principal, más 216,85 euros para costas eintereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes de lademandada que a continuación se detallan.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Madrid al efecto de que porla comisión judicial se proceda al embargode los bienes en cuantía suficiente para cu-brir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes y de-rechos de la deudora de que tengan constanciay se comunique a este Juzgado si por parte dela Hacienda Pública se adeuda alguna canti-dad a la ejecutada por el concepto de devolu-ción por el impuesto sobre la renta de las per-sonas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo se acuerdael embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública a la eje-cutada hasta cubrir la cantidad objeto de apre-mio, interesando la remisión de las mismas ala “Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto” con nú-mero 0030, oficina 1143, dígito control 50,beneficiario: Juzgado de lo social número 1,concepto: 2499/0000/00/1504/08, sito en ca-lle Orense, número 19, Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

AutoEn Madrid, a 7 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Se decreta el embargo sobre los ingresos

que se produzcan en las cuentas corrientesde la parte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que las entidades bancarias queobran en la relación remitida por la Oficinade Averiguación Patrimonial actúen comodepositarias o meras intermediarias hastacubrir el importe total del principal adeuda-do, más intereses y costas calculados. Lí-brense las oportunas comunicaciones para laretención y transferencia de las indicadascantidades y sucesivas que se abonen hastacubrir el total importe a la “Cuenta de con-signaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de las cuentas corrientes, de las car-tillas u otros análogos que pudiera tener laejecutada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieran

a la demandada no será válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo,la transferencia ordenada les libera de todaresponsabilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Asimismo, se acuerda el embargo sobreel crédito que contra las empresas que obranen la relación de la Oficina de AveriguaciónPatrimonial ostenta la empresa demandadapor relaciones comerciales mantenidas conla ejecutada, en lo que sea suficiente a cubrirlas cantidades por las cuales se ha despacha-do ejecución. A tal fin, líbrese el presenteoficio a las referidas empresas al objeto derequerirles, baso su personal responsabili-dad, para en el plazo máximo de cinco díasprocedan a dar cumplimiento de lo acorda-do, transfiriendo a la “Cuenta de consigna-

ciones y depósitos” en este Juzgado las can-tidades adeudadas.

Y asimismo adviértase:a) Que el pago que en su caso hicieran

a la demandada no será válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil) y que el efectua-do en cumplimiento del presente requeri-miento les libera de toda responsabilidadfrente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales enque pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia de un embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Soluciones Infatek, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.375/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 45 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donIgnacio Gómez Ruiz y don Joaquín SánchezRodríguez, contra la empresa “EstructurasARD, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado el siguiente auto aprobando in-tereses y costas, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

Parte dispositiva:Se aprueba la tasación de costas y la liqui-

dación de intereses practicada por la suma1.800,32 euros, a cuyo pago resulta conde-nada la parte demandada en las presentes ac-tuaciones.

Pónganse a disposición las cantidades re-sultantes de la tasación practicada, librándo-se al efecto los oportunos mandamientos porimporte de 240,88 euros a favor de don Ig-nacio Gómez Ruiz y por importe de 240,89euros a favor de don Joaquín Sánchez Ro-dríguez, ambos en concepto de intereses, y afavor del letrado don Juan de la Lama Pérez,por importe de 666,67 euros, en concepto decostas, y verificado se acordará.

Asimismo, a la vista de la comunicaciónremitida por la entidad “DHO Infraestructu-ras, Sociedad Anónima”, líbrese nuevamen-te oficio a la misma a fin de que proceda aingresar en la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” de este Juzgado el crédito queconsta a favor de la ejecutada, al objeto deponer a disposición del letrado de la parteejecutante el importe de las costas que que-da pendiente.

Notifíquese la presente a las partes.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 171

Modo de impugnación: no cabe recursoalguno.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras ARD, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.303/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 1 deMadrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

demanda número 268 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donWálter Isaías Gómez Zambrano, contra laempresa “Alisnava Construcciones, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado reso-lución siguiente:

AutoEn Madrid, a 13 de octubre de 2009.Dispongo: Se tiene por desistido a don

Wálter Isaías Gómez Zambrano de su deman-da, procediendo al cierre y archivo de las pre-sentes actuaciones, previa notificación de lapresente resolución a las partes y una vez fir-me esta.

Modo de impugnarla: mediante recurso dereposición a presentar en este Juzgado dentrode los cinco días hábiles siguientes al de reci-birla.—El magistrado-juez de lo social, Anto-nio Martínez Melero.

Se advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Alisnava Construcciones, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.704/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 501 de 2009 de este Juzga-

do de lo social, seguido a instancias de donDavid Lado Costa, contra las empresas “Co-laborador Electrosur Andalucía, SociedadAnónima”, y “Tecnocontrol Sistemas de Se-guridad, Sociedad Anónima”, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento,regístrese en el libro registro correspondien-te. No acreditándose el requisito de concilia-ción previa, se admite provisionalmente atrámite la demanda, advirtiendo a la partedemandante que ha de presentar acta con se-llo original de conciliación previa o certifi-cación acreditativa de haberlo intentado enel plazo de quince días, contados a partir deldía siguiente a la recepción de la notifica-ción, bajo apercibimiento de que de no ha-cerse así se archivará la demanda sin mástrámite.

Y sin perjuicio de ello, se señala para elacto de conciliación y, en su caso, juicio, enúnica convocatoria, la audiencia del día 11de marzo de 2010, a las diez y veinte horas,en la Sala de audiencias de este Juzgado, sitaen la calle Hernani, número 59, primeraplanta, de esta ciudad, debiendo citarse a laspartes, con entrega a las demandadas y a losinteresados de copia de la demanda y demásdocumentos aportados, con las advertenciasprevistas en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral.

Respecto a los otrosíes interesados: porconforme, requiriendo a las empresas de-mandadas para que aporten la documenta-ción solicitada por el actor.

Ha lugar a lo solicitado sobre interrogato-rio o confesión de “Colaborador ElectrosurAndalucía, Sociedad Anónima”, y “Tecno-control Sistemas de Seguridad, SociedadAnónima”. A tal fin se hace saber que el in-terrogatorio habrá de responderse por susrepresentantes en juicio siempre y cuandohubiera intervenido en los hechos contro-vertidos. En caso contrario, tal circunstanciahabrá de alegarse con suficiente antelaciónal acto de juicio, identificando a la personaque intervino en nombre de la entidad parasu citación al juicio. Si tal persona no forma-se parte ya de la entidad, podrá solicitar quese le cite en calidad de testigo. Apercibién-dose de que, en caso de no cumplir lo ante-riormente señalado o no identificar a la per-sona interviniente en los hechos, ello podráconsiderarse como respuesta evasiva y te-nerse por ciertos los hechos a que se refieranlas preguntas.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 348 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Jinnette Polanco de Oleo, contra la em-presa “Foxtown, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Se tiene por desistida a doñaJinette Polanco de Oleo de su demanda, pro-cediendo al cierre y archivo de las presentesactuaciones previa notificación de la presen-te resolución a las partes, y una vez firmeesta.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgado delos cinco días hábiles siguientes al de reci-birla.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Foxtown, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.789/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO

Don José Antonio Rincón Mora, secretariode lo social del número 2 de Madrid, ensustitución.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Emiliano Montero García,contra don Félix Córdoba Gómez, doñaPaulina Rey Gallego, doña Beatriz CórdobaRey, “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”,“Gabinete Jurídico Consultor, Sociedad Li-mitada”, “Disalay Dist. Productos de Ali-mentación, Sociedad Limitada”, “PiquerasCorrey, Sociedad Limitada”, y “Antonio Pi-queras, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor ordinario, registrado con el número 978de 2009, se ha acordado citar a “DisalayDist. Productos de Alimentación, SociedadLimitada”, y “Antonio Piqueras, Sociedad

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Colaborador Electrosur Anda-lucía, Sociedad Anónima”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.571/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 172 B.O.C.M. Núm. 273

Limitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezcan el día 10 de diciembre de2009, a las doce y quince horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 2, sito en la calle Hernani,número 59, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intenten valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Diligencia.—En Madrid, a 22 de octubrede 2009.

La extiendo yo, el secretario judicial, paradar cuenta del estado del procedimiento, de loque paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

ProvidenciaIlustrísimo magistrado-juez de lo social,

don Isidro M. Saiz de Marco.—En Madrid,a 22 de octubre de 2009.

Dada cuenta; visto el estado que mantie-nen las presentes actuaciones, y resultandoque la parte demandada se encuentra en ig-norado paradero, cítese a la misma por me-dio de edictos que se publicarán en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado. Ad-viértase que las siguientes comunicacionesdirigidas a la mencionada parte se harán enestrados (artículo 59 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Cítese al Fondo de Garantía Salarial, dán-dole traslado de la demanda de conformidadcon lo establecido en el artículo 23.2 de laLey de Procedimiento Laboral, a fin de quecomparezca ante este Juzgado para el acto deconciliación y, en su caso, juicio señaladopara el día 10 de diciembre de 2009, a lasdoce y quince horas de su mañana.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—Elsecretario judicial (firmado).—El magistra-do-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “DisalayDist. Productos de Alimentación, SociedadLimitada”, y “Antonio Piqueras, Sociedad Li-mitada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y colocación en el ta-blón de anuncios.

En Madrid, a 22 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/35.718/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria de lo social del número 2 deMadrid.

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria de lo social del número 2 deMadrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Farid Lahrach, contra “Pi-zarras y Solados, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con elnúmero 998 de 2009, se ha acordado citar a“Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 24 de marzo de 2010, a las once horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 2, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Pizarras ySolados, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.475/09)

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Eleuterio Gómez García,don Jesús Gómez García, don Luis MuñozGómez, don Abderrazak Lahrach Ikarkou-ren y don Mustapha Lahrach, contra “Piza-rras y Solados, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con elnúmero 1.029 de 2009, se ha acordado citara “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezca el día 7 de abril de 2010, a las oncehoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vis-tas de este Juzgado de lo social número 2,sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Pizarras ySolados, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.476/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria de lo social del número 2 deMadrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Mimoun Achauragh, con-tra “Esjata 2, Sociedad Limitada”, en recla-mación por ordinario, registrado con el nú-mero 1.055 de 2009, se ha acordado citar a“Esjata 2, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 15de abril de 2010, a las once y quince horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 2, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Esjata 2,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.473/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 208 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Esther González Clavero, contra laempresa “Easy Products, Sociedad LimitadaUnipersonal”, sobre ordinario, se ha dictadoresolución de fecha 21 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don José Luis Herráez Martínez, don Mi-guel Ángel Mula Budía y don Jorge Alberto

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 173

Márquez Arbeloa, contra “Easy Products,Sociedad Limitada Unipersonal”, por unimporte de 18.746,71 euros de principal,más 1.124,80 euros de intereses provisiona-les y 1.874,67 euros de costas provisionales.

b) Trabar embargo sobre los bienes de lademandada que a continuación se detallan:

Los que se encuentren en el domicilio dela ejecutada “Easy Products, Sociedad Limi-tada Unipersonal”, sito en la calle GonzálezDávila, número 20, quinto derecha, 28031Madrid.

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con comunicación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados de Madrid al efecto de que por lacomisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

d) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

f) Asimismo, practíquense las corres-pondientes diligencias de averiguación debienes, librando comunicación a la Oficinade Averiguación Patrimonial del Decanatode los Juzgados de Madrid, así como oficiosa la Delegación de Hacienda de Madrid ymandamiento al Servicio de Índices del Re-gistro de la Propiedad.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Isi-dro M. Saiz de Marco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Easy Products, Sociedad Limi-tada Unipersonal”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.378/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 202 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Edwin Gustavo Vique, contra la empre-sa “Casa Nova Proyectos Integrales, Socie-dad de Responsabilidad Limitada”, sobredespido, se ha dictado resolución de fecha20 de octubre de 2009, cuya parte dispositi-va es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Edwin Gustavo Vique, contra “CasaNova Proyectos Integrales, Sociedad deResponsabilidad Limitada”, por un importede 13.083,43 euros de principal, más 785euros de intereses provisionales y 1.308,34euros de costas provisionales.

b) Trabar embargo sobre los bienes de lademandada que a continuación se detallan:

Los que se encuentren en el domicilio dela ejecutada “Casa Nova Proyectos Integra-les, Sociedad de Responsabilidad Limitada”,sito en la calle Tajo, número 126, 28380 Col-menar de Oreja (Madrid).

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con comunicación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados de Madrid al efecto de que por lacomisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

d) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

f) Asimismo, practíquense las corres-pondientes diligencias de averiguación debienes, librando oficio a la Delegación deHacienda de Madrid, mandamiento al Servi-cio de Índices del Registro de la Propiedad,y comunicación a la Oficina de Averigua-ción Patrimonial del Decanato de los Juzga-dos de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Isi-dro M. Saiz de Marco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Casa Nova Proyectos Integra-les, Sociedad de Responsabilidad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.301/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 209 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Cristian Pavel Costica, contra la empre-sa “Conse Hostel, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado resolución de fe-cha 22 de octubre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Cristian Pavel Costica, contra “ConseHostel, Sociedad Limitada”, por un princi-pal de 2.553,68 euros, más 153,22 euros enconcepto de intereses y 255,36 euros de cos-tas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos y a tal fin expí-dase los correspondientes oficios y manda-mientos al ilustrísimo señor registrador de laPropiedad, director de la Agencia Tributariay Servicio de Averiguación Patrimonial.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 174 B.O.C.M. Núm. 273

Así por este auto lo acuerda, manda y fir-ma su señoría el ilustrísimo magistrado-juezdon Isidro M. Saiz de Marco.—El secretariojudicial (firmado).—El magistrado-juez delo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Conse Hostel, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.376/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 194 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Esther Gómez Zurita Rodríguez, con-tra las empresas “Atenula, Sociedad Limita-da”, “Selec Servicios Empresariales Selec-ciones de Personal, Sociedad Limitada”,“Servicios Empresariales de Trabajo Tem-poral (SETT) ETT, Sociedad Limitada”,“Grupo Avanza Recursos Humanos, Socie-dad Limitada”, “Grupo Avanza Iber Ges-tión, Sociedad Limitada”, “Grupo AvanzaTask Force, Sociedad Limitada”, “GrupoAvanza Ibérica de Gestión, Sociedad Limi-tada”, “Grupo Avanza Iber Eventos, Socie-dad Limitada”, y “Grupo Avanza Lex, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado resolución de fecha 19 de octubre de2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordoña Esther Gómez Zurita Rodríguez, con-tra “Atenula, Sociedad Limitada”, “SelecServicios Empresariales Selecciones de Per-sonal, Sociedad Limitada”, “Servicios Em-presariales de Trabajo Temporal (SETT)ETT, Sociedad Limitada”, “Grupo AvanzaRecursos Humanos, Sociedad Limitada”,“Grupo Avanza Iber Gestión, Sociedad Li-mitada”, “Grupo Avanza Task Force, Socie-dad Limitada”, “Grupo Avanza Ibérica deGestión, Sociedad Limitada”, “GrupoAvanza Iber Eventos, Sociedad Limitada”,y “Grupo Avanza Lex, Sociedad Limitada”,por un principal de 4.777,20 euros, más286,63 euros en concepto de intereses y477,72 euros de costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de las deudorasprincipales que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos y a tal fin expí-

dase los correspondientes oficios y manda-mientos al registrador de la Propiedad y di-rector de la Agencia Tributaria, así como co-municación a la Oficina de AveriguaciónPatrimonial del Decanato de los Juzgadosde Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Y encontrándose las empresas demanda-das en ignorado paradero, notifíquese lamisma por medio de edictos a publicar en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y tablón de anuncios de este Juzga-do, con la advertencia a las ejecutadas quelas sucesivas notificaciones se practicaránen estrados conforme a lo establecido en elartículo 59 de la Ley de Procedimiento La-boral.

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos.—La secretaria judicial(firmado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Atenula, Sociedad Limitada”,“Selec Servicios Empresariales Seleccionesde Personal, Sociedad Limitada”, “Servi-cios Empresariales de Trabajo Temporal(SETT) ETT, Sociedad Limitada”, “GrupoAvanza Recursos Humanos, Sociedad Limi-tada”, “Grupo Avanza Iber Gestión, Socie-dad Limitada”, “Grupo Avanza Task Force,Sociedad Limitada”, “Grupo Avanza Ibéri-ca de Gestión, Sociedad Limitada”, “GrupoAvanza Iber Eventos, Sociedad Limitada”,y “Grupo Avanza Lex, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.286/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 160 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Najim Aslimani, contra la empresa“Nuevo Perú, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado resolución de fecha20 de octubre de 2009, cuya parte dispositi-va es la siguiente:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-

ción por un principal de 15.591 euros, másla cantidad de 935,46 euros de intereses pro-visionales y 1.559,10 euros de costas provi-sionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Isi-dro M. Saiz de Marco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Nuevo Perú, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.302/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 101 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de dedon Miguel Pareja Martínez, don José LuisPérez Navarro y doña María Victoria Nom-bela Rollón, contra la empresa “Alpha Fi-nanzas Agencia de Valores, Sociedad Anó-nima”, sobre ordinario, se ha dictadoresolución de fecha 19 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Alpha Fi-

nanzas Agencia de Valores, Sociedad Anó-nima”, en situación de insolvencia parcialpor importe de 27.200,44 euros. Insolvenciaque se entenderá a todos los efectos comoprovisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 175

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su señoríael ilustrísimo magistrado-juez de lo socialdon Isidro M. Saiz de Marco. Doy fe.—Elsecretario judicial (firmado).—El magistra-do-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alpha Finanzas Agencia deValores, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.377/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial, en sustitución, del Juz-gado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 867 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Manuel Jiménez Bravo, contra laempresa “Caroki, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado resolución de 16de octubre de 2009, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Fallo

Que en relación con la demanda formula-da por don Juan Manuel Jiménez Bravo,frente a “Caroki, Sociedad Limitada”, de-claro la inadecuación de procedimiento, porhaber sido objeto el actor de despido, y, enconsecuencia, desestimo la pretensión porresolución contractual ex artículo 50 del Es-tatuto de los Trabajadores formulada en lademanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma po-drá interponerse recurso de reposición antela Sala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guiente a la notificación de esta sentencia, opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Caroki, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.285/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial, en sustitución, del Juz-gado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 159 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de dedon José Manuel Marinas Pozo, contra laempresa “Construcciones y ReformasMena, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado resolución de fecha 16 de oc-tubre de 2009, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don José Manuel Marinas Pozo, frente ala empresa “Construcciones y ReformasMena, Sociedad Limitada”, condeno a la ci-tada empresa a abonar al demandante porlos conceptos de su demanda la cantidad de3.446,23 euros, así como 240,76 euros máspor intereses legales por mora.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial,se declara su deber de estar y pasar por loanterior, sin que haya lugar a emitir pronun-ciamiento alguno referido a su relación jurí-dico-material con la parte actora, aún no na-cida y que, en su caso, habría de dirimirse enulterior proceso que pudiera suscitarse entreellos.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, a nombre deeste Juzgado con el número 2500, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto”, a nombre de este Juz-gado con el número 2500, la cantidad obje-to de condena o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-

porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Incorpórese la presente resolución al co-rrespondiente libro de sentencias y autos,dejando en autos testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones y ReformasMena, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.366/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 83 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJuan Sebastián Castaño Arias, contra la em-presa “Alfer Seguridad y Control, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, so-bre ordinario, se ha dictado sentencia de fe-cha 13 de octubre de 2009, cuya parte dispo-sitiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor don Juan Sebastián Castaño Arias, con-tra la mercantil “Alfer Seguridad y Control,Sociedad Limitada”, debo condenar y con-deno a la empresa a que abone al actor lacantidad de 2.173,21 euros, más el recargodel 10 por 100 en concepto de mora en elpago con arreglo a lo previsto en el artícu-lo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.Todo ello sin perjuicio de la responsabilidadlegal que con carácter subsidiario incumbeal Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante la Sala de losocial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, debiendo anunciar su propósitoante este Juzgado en el término de cinco díashábiles siguientes a la notificación del pre-sente fallo, debiendo el recurrente si es em-presario aportar el resguardo acreditativo dehaber depositado en “Banesto”, sito en la ca-lle Orense, número 19, de Madrid, enti-dad 0030, oficina 1143 y número de cuentacorriente 2501/0000/00/0083/09, el importedel principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 176 B.O.C.M. Núm. 273

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.363/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 3de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.670 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marcelo Jofre Araya, contra la empresa“Mainser Control, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dicatdo sentencia, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

FalloProcede estimar en parte la demanda

planteada por don Marcelo Jofre Araya,contra la empresa “Mainser Control, Socie-dad Limitada”, en reclamación de cantidad,y debo condenar a la empresa demandada aque abone al demandante la cantidad totalde 1.961,32 euros, más el 10 por 100 de in-terés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante la Sala de losocial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, debiendo anunciar su propósitoante este Juzgado en el término de cinco díashábiles siguientes a la notificación del pre-sente fallo, debiendo el recurrente si es em-presario aportar el resguardo acreditativo dehaber depositado en “Banesto”, sito en la ca-lle Orense, número 19, de Madrid, entidad0030, oficina 1143 y número de cuenta co-rriente 2501/1670/2008, el importe del prin-cipal y 150,25 euros.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mainser Control, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.360/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 3de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.157 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Isaura Eloísa Jiménez Carrasco, contra

la empresa “Trascom Worldwide Spain, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado la siguiente resolución:

FalloProcede desestimar la demanda planteada

por la demandante doña Isaura Eloísa Jimé-nez Carrasco, contra la empresa demandada“Trascom Worldwide Spain, Sociedad Li-mitada”, en reclamación sobre despido im-procedente, y absolver a la empresa deman-dada de las pretensiones formuladas en sucontra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante la Sala de losocial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, debiendo anunciar su propósitoante este Juzgado en el término de cinco díashábiles siguientes a la notificación del pre-sente fallo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Procesos Operativos Sau”, ab-sorbida por “Trascom Worldwide Spain,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.379/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 3de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 122 de 2009 de ese Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaRosa Edith Guerrero Aguilar, contra la em-presa “Confort Cleaning Systems, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo y precinto de los

vehículos propiedad de la apremiada que acontinuación se describen, con los datos deidentificación conocidos:

Matrícula: 7403BFB.Marca: “Seat”.Modelo: Inca 1.9 SDI furgoneta.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VSSZZZ9KZ1R011378.Matrícula: 8116DCR.Marca: “Peugeot”.Modelo: Partner 1.9.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VF3GJWJYB95112151.Líbrese y remítase directamente y de ofi-

cio mandamiento por duplicado al ilustre se-ñor registrador de Bienes Muebles Provin-cial, Sección de Automóviles y OtrosVehículos de Motor, obrante en el mismo,para que practique el asiento que correspon-

da relativo al embargo trabado sobre losvehículos indicados, se expida certificaciónde haberlo hecho, de la titularidad que cons-te de los bienes y, en su caso, de sus cargasy gravámenes, advirtiéndose que deberá co-municar a este Juzgado la existencia de ulte-riores asientos que pudieran afectar al em-bargo anotado (artículo 253 de la Ley deProcedimiento Laboral), y debiéndose de-volver un ejemplar debidamente cumpli-mentado.

Remítase, asimismo, el mandamiento porfax al Registro de Bienes Muebles a fin deque extienda el correspondiente asiento depresentación.

Ofíciese a la Unidad Administrativa corres-pondiente para la efectividad del precinto.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma cabe recurso de reposición en el plazo decinco días hábiles a contar desde el siguienteal de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Joaquín Castro Colás.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Confort Cleaning Systems, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.364/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 135 de 2009 de ese Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donÁngel Castro Flor y don Jesús HernándezMartín, contra la empresa “Mudanzas Téc-nicas Ruiz, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, sobre ordinario, se ha dic-tado resolución, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo y precinto de los

vehículos propiedad de la apremiada que acontinuación se describen, con los datos deidentificación conocidos:

Matrícula: 0205CMM.Marca: “Volvo”.Modelo: S60.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: YV1RS793242315622.Matrícula: 3766CYK.Marca: “Mercedes”.Modelo: 923.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: WDB9700371K929655.Matrícula: 4364FCR.Marca: “Ford”.Modelo: Transit.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: WF0AXXTTFA6T51324.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 177

Matrícula: M-2054-IH.Marca: “Ebro”.Modelo: 1008 D.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VSG108D6DGB311662.Matrícula: M-3430-AC.Marca: “Avia”.Modelo: 3500 LR.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: 1650327.Matrícula: M-8634-SK.Marca: “Man”.Modelo: 10153F.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: WMAL240811G095377.Matrícula: M-9966-SL.Marca: “Ford”.Modelo: Transit.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: WF0AXXGBVAD25949.Líbrese y remítase directamente y de ofi-

cio mandamiento por duplicado al ilustre se-ñor registrador de Bienes Muebles Provin-cial, Sección de Automóviles y OtrosVehículos de Motor, obrante en el mismo,para que practique el asiento que correspon-da relativo al embargo trabado sobre losvehículos indicados, se expida certificaciónde haberlo hecho, de la titularidad que cons-te de los bienes y, en su caso, de sus cargasy gravámenes, advirtiéndose que deberá co-municar a este Juzgado la existencia de ulte-riores asientos que pudieran afectar al em-bargo anotado (artículo 253 de la Ley deProcedimiento Laboral), y debiéndose de-volver un ejemplar debidamente cumpli-mentado.

Remítase, asimismo, el mandamiento porfax al Registro de Bienes Muebles a fin deque extienda el correspondiente asiento depresentación.

Ofíciese a la Unidad Administrativa corres-pondiente para la efectividad del precinto.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma cabe recurso de reposición en el plazo decinco días hábiles a contar desde el siguienteal de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Joaquín Castro Colás.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mudanzas Técnicas Ruiz, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.277/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 3de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 238 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jorge Salvador Bordón, contra la em-presa “Similares de la Construcción yReformas, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado auto, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de octubrede 2009.

La extiendo yo, el secretario judicial, parahacer constar que ha transcurrido el plazo deveinte días establecido, así como que se hanrecibido los acuses de recibo oportunos, delo que paso a dar cuenta a su señoría ilustrí-sima.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Jorge Salvador Bordón, contra “Simila-res de la Construcción y Reformas, SociedadLimitada”, por un importe de 5.275,45 eurosde principal, más 845 euros para costas e in-tereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la de-mandada en cuantía suficiente, y desconocién-dose bienes concretos, procédase a la averi-guación de los mismos, y a tal fin expídanselos correspondientes oficios y mandamientosal señor director de la Jefatura Provincial deTráfico, Servicio de Índices del Registro de laPropiedad y señor director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juzgadosi por parte de la Hacienda Pública se adeudaalguna cantidad a la ejecutada por el conceptode devolución por el impuesto sobre la rentade las personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo para quetodos ellos, y sin perjuicio de las exigencias le-gales, en el plazo máximo de cinco días facili-ten la relación de todos los bienes o derechosde la deudora de que tengan constancia. Advir-tiéndose a las autoridades y funcionarios re-queridos de las responsabilidades derivadasdel incumplimiento injustificado de lo acorda-do (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, se acuer-da el embargo de los posibles vehículospropiedad de la ejecutada, interesándose a suvez la correspondiente anotación y consi-guiente certificación, así como el embargo delas cantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir lacantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la “Cuenta de depó-sitos y consignaciones” abierta por este Juzga-do en “Banesto”, código banco 0030, claveoficina 1143, cuenta 2501/0000/00/1299/08,sito en la calle Orense, número 19, de Madrid.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios por cada día que seretrase.

e) Dar traslado del escrito presentado y dela presente resolución al Fondo de Garantía

Salarial a los fines expresados en el razona-miento jurídico séptimo.

Y en su caso, requiérase a la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social a fin de queinforme a este Juzgado si la parte demanda-da ha prestado servicios para otra empresa osi ha percibido prestaciones por desempleo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma no cabe recurso alguno, sin perjuicio dela oposición que pueda formularse por laejecutada en el plazo de diez días por defec-tos procesales o por motivos de fondo (ar-tículo 551 de la Ley de EnjuiciamientoCivil, en relación con los artículos 556 y 559del citado texto legal), sin perjuicio de suejecutividad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Joaquín Castro Colás.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Similares de la Construcción yReformas, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.381/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 157 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Roberto Martín Flores, contra la empre-sa “Tubevox, Sociedad Limitada”, sobre or-dinario, se ha dictado resolución de fecha 13de julio de 2009, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Roberto Martín Flores, contra “Tube-vox, Sociedad Limitada”, por un importe de1.324,65 euros de principal, más 210 eurospara costas e intereses que se fijan provisio-nalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con comunicación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados de Madrid al efecto de que por lacomisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 178 B.O.C.M. Núm. 273

d) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma no cabe recurso alguno, sin perjuicio dela oposición que pueda formularse por laejecutada en el plazo de diez días por defec-tos procesales o por motivos de fondo (ar-tículo 551 de la Ley de EnjuiciamientoCivil, en relación con los artículos 556 y 559del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Mercedes Gómez Ferreras.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tubevox, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.361/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 184 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Yolanda Rivero Delgado, contra laempresa “Alba Meril, Sociedad Limitada”,y “Nascentia Internacional, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

ProvidenciaMagistrado-juez de lo social, don Joaquín

Castro Colás.—En Madrid, a 15 de octubrede 2009.

No habiéndose cumplido por las ejecuta-das los requerimientos que les fueron reali-zados, y desconociéndose por el momento laexistencia de bienes suficientes titularidadde las mismas, practíquense los trámites deaveriguación de bienes con arreglo a las nor-mas señaladas en el artículo 248 de la Leyde Procedimiento Laboral. A tal fin, expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,Servicios de Índices del Registro de la Pro-piedad y señor director general de la Agen-cia Tributaria, a fin de que comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad a las ejecutadaspor el concepto de devolución por el im-puesto sobre la renta de las personas físicas,impuesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo, para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relación

de todos los bienes o derechos de las deudo-ras de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

En caso positivo se acuerda el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a las ejecutadashasta cubrir la cantidad objeto de apremio,interesándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, códi-go banco 0030, clave oficina 1143, cuen-ta 2501/0000/00/0375/09, sito en la calleOrense, número 19.

Dese audiencia a la parte ejecutante y alFondo de Garantía Salarial, por el plazomáximo de quince días para que designenbienes e insten lo que a su derecho conven-ga, procediéndose, en su caso, a dictar la in-solvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.

Notifíquese a las demandadas la resolu-ción de fecha mediante edictos que se publi-carán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y en el tablón de anunciosde este Juzgado, con advertencia de que lassucesivas notificaciones se harán en los es-trados del Juzgado conforme a lo reguladoen el artículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Asimismo, en su caso, requiérase a la Te-sorería General de la Seguridad Social a finde que informe a este Juzgado si la parte de-mandada ha prestado servicios para otra em-presa o si ha percibido prestaciones por de-sempleo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma podrán interponer recurso de reposición,ante este Juzgado, dentro del plazo de cincodías hábiles siguientes al de su notificación(artículo 184 de la Ley de ProcedimientoLaboral).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Alba Meril, Sociedad Limita-da”, y “Nascentia Internacional, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.284/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO

Don José Antonio Rincón Mora, secretariode lo social del número 3 de Madrid.Hago saber: Que en el proceso seguido a

instancias de don Constante Roberto RíosReyes, contra “Grupo Guttemberg de Cons-trucciones e Inmuebles y Comercio, Socie-dad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 478 de 2008,se ha acordado notificar la propuesta de pro-videncia de fecha 14 de septiembre de 2009,por encontrarse en ignorado paradero.

Diligencia.—En Madrid, a 14 de sep-tiembre de 2009.

La extiendo yo, el secretario judicial, parahacer constar que la empresa “Grupo Gut-temberg de Construcciones e Inmuebles yComercio, Sociedad Limitada”, ha sido con-siderada insolvente en los autos número 471de 2008 de este Juzgado, por resolución fir-me de fecha 14 de mayo de 2009, de lo fir-me de fecha 14 de mayo de 2009, de lo quepaso a dar cuenta a su señoría con propues-ta de resolución.—Doy fe.

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, doña María José Moreno Mora.—En Madrid, a 14 de septiembre de 2009.

Quedando pendiente de satisfacer en lapresente ejecutoria la suma de 3.550,98euros de principal y 570 euros de intereses ycostas, sin que las actuaciones e indagacio-nes practicadas hayan resultado positivas enorden a la traba de bienes de la entidad eje-cutada, y atendiendo a los precedentes indi-cados en la diligencia anterior, procédase adictar insolvencia, y antes de ello, conformea lo previsto en el artículo 274.3 de la Ley deProcedimiento Laboral, dese audiencia pre-via a la parte actora y al Fondo de GarantíaSalarial por término de diez días para quepuedan señalar, en su caso, la existencia denuevos bienes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentr ode los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “GrupoGuttemberg de Construcciones e Inmueblesy Comercio, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.380/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO

Don José Antonio Rincón Mora, secretariode lo social del número 3 de Madrid.Hago saber: Que por propuesta de provi-

dencia dictada en el día de la fecha, en el pro-ceso seguido a instancias de don Héctor Ro-dríguez Gómez, contra “Ahumados El SalónDorado, Sociedad Anónima”, y “AhumadosVértice, Sociedad Anónima”, en reclamaciónpor ordinario, registrado con el número 1.461de 2009, se ha acordado citar a “AhumadosEl Salón Dorado, Sociedad Anónima”, y“Ahumados Vértice, Sociedad Anónima”, enignorado paradero, a fin de que comparezcanel día 22 de febrero de 2011, a las nueve ycuarenta horas, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 3, sito en la ca-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 179

lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AhumadosEl Salón Dorado, Sociedad Anónima”, y“Ahumados Vértice, Sociedad Anónima”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.566/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de losocial del número 4 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada enel día de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don Agustín Murillo Cañamero,contra “Wolfram, Sociedad Anónima”, y“Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”,en reclamación por ordinario, registrado conel número 1.436 de 2009, se ha acordado ci-tar a “Wolfram, Sociedad Anónima”, y “Gru-po Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcanel día 1 de diciembre de 2009, a las diecisie-te cuarenta y cinco horas, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 4, sito enla calle Hernani, número 59, debiendo com-parecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intenten valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Y para que sirva de citación a “Wolfram,Sociedad Anónima”, y “Grupo Aries SantaFe, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.474/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 4 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.063 de 2009 de este Juz-

gado de lo social, seguido a instancias dedon Ramón Blanco Fernández, contra laempresa “Inelva 2001, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda de despido en-

tablada por don Ramón Blanco Fernández,contra la empresa “Inelva 2001, Sociedad Li-mitada”, declaro improcedente el despido ob-jeto de este procedimiento de fecha 8 de juniode 2009, así como la extinción de la relaciónlaboral del actor con la empresa, condenandoa la entidad demandada a indemnizar al actoren la suma de 13.730,85 euros, así como aabonarle igualmente los salarios de tramita-ción devengados desde la fecha del despido yhasta la fecha de la presente resolución conarreglo al salario declarado probado que as-cienden a la suma de 5.187,21 euros.

Todo ello sin perjuicio de la responsabili-dad legal que con carácter subsidiario co-rresponda a Fondo de Garantía Salarial parael caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma pue-den interponer recurso de suplicación, quedeberá anunciarse ante este Juzgado en eltérmino de cinco días desde la notificaciónde esta sentencia y que será resuelto, en sucaso y cumplidos los trámites legales, por laSala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de Madrid.

Si el recurrente no goza de justicia gratui-ta deberá al tiempo de anunciar el recurso ha-ber consignado la cantidad objeto de condenaen la “Cuenta de depósitos y consignaciones”que tiene abierta este Juzgado con el número2502 en “Banesto”, en la calle Orense, núme-ro 19, de Madrid (haciendo constar en el in-greso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar en la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Expídase testimonio de esta resoluciónque quedará unido a los autos de los que di-mana, llevándose el original al libro de sen-tencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Inelva 2001, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.318/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 4 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.085 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan José Sánchez Lozano, contra laempresa “Inelva 2001, Sociedad Limitada”,y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido,se ha dictado sentencia, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda de despidoentablada por don Juan José Sánchez Loza-no, contra la empresa “Inelva 2001, Socie-dad Limitada”, declaro improcedente el des-pido objeto de este procedimiento de fecha15 de junio de 2009, así como la extinciónde la relación laboral del actor en la fecha dela presente resolución, condenando a la em-presa demandada a indemnizar al trabajadoren la suma de 12.668,40 euros, así como alabono por el concepto de salarios de trami-tación devengados desde la fecha del despi-do y hasta la fecha de la presente resoluciónla suma de 5.255,04 euros con arreglo al sa-lario declarado probado.

Todo ello sin perjuicio de la responsabili-dad legal que con carácter subsidiario co-rresponda a Fondo de Garantía Salarial parael caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma pue-den interponer recurso de suplicación, quedeberá anunciarse ante este Juzgado en eltérmino de cinco días desde la notificaciónde esta sentencia y que será resuelto, en sucaso y cumplidos los trámites legales, por laSala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de Madrid.

Si el recurrente no goza de justicia gratuitadeberá al tiempo de anunciar el recurso haberconsignado la cantidad objeto de condena enla “Cuenta de depósitos y consignaciones” quetiene abierta este Juzgado con el número 2502en “Banesto”, en la calle Orense, número 19,de Madrid (haciendo constar en el ingreso elnúmero de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar en la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Expídase testimonio de esta resoluciónque quedará unido a los autos de los que di-mana, llevándose el original al libro de sen-tencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Inelva 2001, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.341/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 180 B.O.C.M. Núm. 273

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de losocial del número 4 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Mónica Robles Rey, con-tra “Importgodoy, Sociedad Limitada”, enreclamación por despido, registrado con elnúmero 617 de 2009, ejecución número 266de 2009, se ha acordado citar a “Importgo-doy, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día 2 de di-ciembre de 2009, a las nueve y veinticincohoras de su mañana, en la Sala primera B, deeste Juzgado de lo social para la celebraciónde comparecencia en incidente no readmi-sión, que tendrá lugar en la Sala de vistas deeste Juzgado de lo social, número 4, sito encalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-cho acto no se suspenderá por falta injustifi-cada de asistencia.

Y para que sirva de citación a “Importgo-doy, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.563/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.207 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Celia Gutiérrez Sierra, contra la em-presa “Coseva Obras, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado sentencia de fe-cha 16 de octubre de 2009, cuya parte dispo-sitiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor doña Celia Gutiérrez Sierra, contra “Co-seva Obras, Sociedad Limitada”, debo de-clarar y declaro nulo el despido de dicha ac-tora llevado a cabo por la referida empresacon efectos del 25 de mayo de 2009, decla-rando, asimismo, extinguida la relación la-boral que vinculada a las partes con efectosde esta fecha al no ser ya posible que la read-misión llegue a producirse, condenando a lademandada a abonar a aquella en conceptode indemnización por tal extinción la canti-dad de 11.978,55 euros y en concepto de sa-larios dejados de percibir desde la fecha deldespido hasta el día de hoy la cantidad de5.815,23 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiéndoles que contra ella podrán inter-poner recurso de suplicación ante el Tribu-nal Superior de Justicia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Coseva Obras, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.316/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.299 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ángel Jiménez Alcalde, contra las em-presas “Reyen Express Courier, SociedadLimitada”, y “Gestión Postal, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado sen-tencia de fecha 16 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuestapor don Ángel Jiménez Alcalde, contra “Re-yen Express Courier, Sociedad Limitada”, y“Gestión Postal, Sociedad Limitada”, debodeclarar y declaro improcedente el despidodel expresado actor llevado a cabo tácita-mente el 31 de mayo de 2009, declarandoextinguida la relación laboral que vinculadaa las partes con efectos desde la fecha deesta sentencia, condenando solidariamente alas codemandadas a abonar al demandantela cantidad de 5.688,92 euros en conceptode indemnización por dicha extinción, másla cantidad de 6.068,04 euros en conceptode salarios dejados de percibir desde la fe-cha del despido hasta el día de hoy.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiéndoles que contra ella podrán inter-poner recurso de suplicación ante el Tribu-nal Superior de Justicia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Reyen Express Courier, Socie-dad Limitada”, y “Gestión Postal, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.317/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 198 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Dolores Pita Fernández, doñaAna María Gómez Gómez, doña Beatriz Be-nito Clavijo, doña Emiliana Rincón Rincón,doña Susana Pérez Gómez, doña María delMar Carrasco García, doña Concepción Ál-varez Expósito, doña Maia del CarmenGonzález Fernández, doña Ana Chica Pega-lajar y don José Emiliano Peralta Vílchez,contra las empresas “Línea Hogar 2000, So-ciedad Anónima Unipersonal”, e “Interlí-ber, Sociedad Anónima”, sobre despido, seha dictado auto de ejecución de fecha 25 deseptiembre de 2009, cuya parte dispositivaes la siguiente:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por doña María DoloresPita Fernández, doña Ana María GómezGómez, doña Beatriz Benito Clavijo, doñaEmiliana Rincón Rincón, doña Susana Pé-rez Gómez, doña María del Mar CarrascoGarcía, doña Concepción Álvarez Expósito,doña Maia del Carmen González Fernán-dez, doña Ana Chica Pegalajar, don JoséEmiliano Peralta Vílchez, contra “LíneaHogar 2000, Sociedad Anónima Uniperso-nal”, e “Interliber, Sociedad Anónima”, porun importe de 122.494,13 euros de principalmás 12.249,41 euros y 7.349,64 euros paracostas e intereses que se fijan provisional-mente.

b) Trabar embargo sobre los bienes delas demandadas.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Madrid al efecto de que porla comisión judicial se proceda al embargode los bienes en cuantía suficiente para cu-brir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes yderechos de las deudoras de que tenganconstancia y se comunique a este Juzgado sipor parte de la Hacienda Pública se adeudaalguna cantidad a las ejecutadas por el con-cepto de devolución por el impuesto sobre larenta de las personas físicas, impuesto sobreel valor añadido o cualquier otro. En casopositivo se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 181

cienda Pública a las ejecutadas hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesandola remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto” con número 2504,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días, por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Elena Bornaechea Morlans.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Línea Hogar 2000, SociedadAnónima Unipersonal”, e “Interliber, Socie-dad Anónima”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.315/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Farelo Gómez, secretariade lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña ArmenPetrosyan, contra “Externalización y Tele-com, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor sanciones, registrado con el núme-ro 1.503 de 2009, se ha acordado citar a“Externalización y Telecom, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 8 de noviembre de 2010,a las diez y cuarenta horas, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 7, sito en la calle Hernani, número 59, se-gunda, 28020 Madrid, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación y Telecom, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.478/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Farelo Gómez, secretariade lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña RaquelBlanco Prol, contra “Vigemma Informática,Sociedad Limitada”, en reclamación pordespido, registrado con el número 1.494 de2009, se ha acordado citar a “Vigemma In-formática, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 24de noviembre de 2009, a las dieciséis y diezhoras, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 7, sito en la calleHernani, número 59, segunda, 28020 Ma-drid, debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “VigemmaInformática, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 30 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.388/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Farelo Gómez, secretariade lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Chang SooPark, contra don José Manuel FernándezFernández, doña María Magdalena MontesGutiérrez, “Morame, Sociedad Anónima”, y“Novafica, Sociedad Anónima”, en recla-mación por ordinario, registrado con el nú-mero 1.564 de 2009, se ha acordado citar adon José Manuel Fernández Fernández,doña María Magdalena Montes Gutiérrez,“Morame, Sociedad Anónima”, y “Novafi-ca, Sociedad Anónima”, en ignorado para-dero, a fin de que comparezcan el día 27 deenero de 2010, a las nueve y veinte horas,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo

social número 7, sito en la calle Hernani, nú-mero 59, segunda, 28020 Madrid, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intenten valerse,con la advertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don JoséManuel Fernández Fernández, doña MaríaMagdalena Montes Gutiérrez, “Morame,Sociedad Anónima”, y “Novafica, SociedadAnónima”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.407/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 38 de 2007 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaTeresa Japón Yamza, contra la empresa“Cero Control de Accesos, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado auto deinsolvencia del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Cero Con-

trol de Accesos, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de1.138,83 euros. Insolvencia que se entende-rá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social,José Luis de Mesa Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cero Control de Accesos, So-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 182 B.O.C.M. Núm. 273

ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.312/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 24 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAna Vaquero Fernández, contra don JoséSainz Calderón, sobre ordinario, se ha dicta-do auto de insolvencia del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar al ejecutado don José Sainz

Calderón, en situación de insolvencia totalpor importe de 2.080,68 euros. Insolvenciaque se entenderá a todos los efectos comoprovisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social,José Luis de Mesa Gutiérrez.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don José Sainz Calderón, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.313/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 44 de 2007 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJosé María Hernández de la Traba, contra laempresa “Cídex Obras, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado auto de in-solvencia del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Cídex

Obras, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 1.605,86euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) Una vez firme esta resolución, procé-dase a librar los testimonios para presentaral Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social,José Luis de Mesa Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cídex Obras, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.314/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 114 de 2007 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de“Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajoy Enfermedades Profesionales de la Seguri-dad Social”, contra don Gonzalo Lara Mag-net, sobre Seguridad Social, se ha dictadopropuesta de providencia del tenor literal si-guiente:

En Madrid, a 3 de abril de 2009.Quedando pendiente de satisfacer en la

presente ejecutoria la suma de 7.319 eurosde principal y 731,90 euros de interesesy 731,90 euros de costas sin que las actua-

ciones e indagaciones practicadas hayan re-sultado positivas en orden a la traba de bie-nes de la ejecutada, procédase a dictar insol-vencia y antes de ello, conforme lo previstoen el artículo 274.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, dese audiencia a las par-tes y al Fondo de Garantía Salarial para queen término de diez días insten lo que a su de-recho convenga en orden a la continuaciónde la ejecutoria designando en tal caso bie-nes concretos del deudor sobre los que des-pachar ejecución.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad, doy fe.—Conforme: el magis-trado-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Gonzalo Lara Magnet, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.311/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.723 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Carlos Velasco Franco, don Ma-nuel Castro Lozano, don José Antonio Sán-chez González, don Francisco Enrique Ca-rrero González, doña María José MartínLópez Serrano, don José María GonzálezSanz, don Francisco Sánchez Muñoz, donJuan Antonio del Olmo del Olmo y doñaNatalia Ortiz Rodríguez, contra la empresa“Vigilancia Integrada, Sociedad Anónima”,sobre ordinario, se ha dictado la siguienteresolución:

ProvidenciaMagistrada-juez de lo social, doña Enri-

queta Salvador Fernández.—En Madrid, a 7de septiembre de 2009.

Visto el estado de las presentes actuacio-nes, habiéndose acordado el archivo provi-sional hasta el 31 de julio de 2009 en auto defecha 22 de diciembre de 2008, y transcurri-do en exceso el plazo concedido, sin que laspartes hayan manifestado nada, procédase alcierre y archivo de las mismas, previas lasanotaciones oportunas.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes al

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 183

de su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Lo que propongo a su señoría para suconformidad, doy fe.—Conforme: la magis-trada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Juan Carlos Velasco Francoy don José Antonio Sánchez González, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.304/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 380 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Abdedennabi Habibi, contra la empresa“Alisnava Construcciones, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Dispongo: Que debo declarar extinguidala relación laboral que unía a don Abdeden-nabi Habibi y a la empresa “Alisnava Cons-trucciones, Sociedad Limitada”, condenan-do a dicha entidad a que abone al actor lascantidades siguientes:

Indemnización legal: 2.767,65 euros.Salarios de tramitación: 13.677,60 euros.Notifíquese la presente resolución a las

partes, advirtiendo que contra la misma cabeinterponer recurso de reposición ante esteJuzgado dentro del plazo de cinco días hábi-les siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El se-cretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alisnava Construcciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.310/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 219 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Francisco Javier Soria Lázaro, contra laempresa “Anteproyectos y Estudios y Cons-trucción, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se deja en suspenso, en su actual estado,la tramitación de las presentes actuaciones,por hallarse declarada en situación de con-curso de la empresa demandada, sin perjui-cio del tratamiento concursal que correspon-da a dar a los créditos declarados en lasentencia recaída; a cuyo fin podrá instarsela ejecución ante el Juez del concurso (Juz-gado de lo mercantil número 3 de Madrid).

Hágase entrega a la parte actora de copiade la demanda y testimonio de la sentenciarecaída en este procedimiento con expresiónde su firmeza y las actuaciones que se hayanpracticado con posterioridad a la sentencia.

Archívense provisionalmente las presen-tes actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes,así como al Fondo de Garantía Salarial, ha-ciéndoles saber que frente a ella podrá inter-ponerse recurso de reposición ante este Juz-gado en el término de cinco días a contardesde su notificación.

Lo acuerda y firma don José María Reye-ro Sahelices, magistrado-juez del Juzgadode lo social número 9 de Madrid.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Anteproyectos y Estudios yConstrucción, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.446/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.329 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ion Popescu, contra doña Leonor Gar-cía Díez, don José Manuel Rodríguez Gutié-

rrez, “Montajes y Construcciones Ortiz Or-tiz, Sociedad Limitada”, “ColocacionesEcoplac, Sociedad Limitada”, Fondo de Ga-rantía Salarial, y “Montajes Duplac, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do la siguiente sentencia de fecha 7 de juliode 2009, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Sentencia número 287 de 2009

En Madrid, a 7 de julio de 2009.—DoñaMaría Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 deMadrid, habiendo visto los presentes autos,seguidos por cantidad, entre partes: de una,y como demandante, don Ion Popescu, asis-tido de la letrada doña María del Mar PriegoÁlvarez, con número de colegiada 56.770, yde otra, como demandados, “Montajes yConstrucciones Ortiz Ortiz, Sociedad Limi-tada”, “Colocaciones Ecoplac, Sociedad Li-mitada”, y sus administradores concursalesdoña Leonor García Díez y don José ManuelRodríguez Gutiérrez, “Montajes Duplac,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, que no comparecieron pese a estarcitados en legal forma, en nombre del Rey,ha pronunciado la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor don Ion Popescu frente a las empresas“Colocaciones Ecoplac, Sociedad Limita-da”, (actualmente sometida a concurso deacreedores en el que constan designados ad-ministradores doña Leonor García Díez,don José Manuel Rodríguez Gutiérrez y lamercantil “Montajes Duplac, Sociedad Li-mitada”), y “Montajes y Construcciones Or-tiz Ortiz, Sociedad Limitada”, condeno soli-dariamente a las empresas demandadas aabonar al trabajador la cantidad de 1.600euros, más el 10 por 100 en concepto de in-terés anual por mora ascendente a 160 euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarialno se efectúa declaración expresa de absolu-ción o condena sin perjuicio de sus respon-sabilidades y con las limitaciones del artícu-lo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes ad-virtiendo que contra ella no cabe interponerrecurso alguno.

Así por esta mi sentencia, que se unirá porsu orden al libro de sentencias de este Juzga-do de lo social, llevándose certificación dela misma a los presentes autos, lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Montajes y Construcciones Or-tiz Ortiz, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de julio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/36.395/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 184 B.O.C.M. Núm. 273

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria de lo social del número 11 de Madrid.Hago saber: Que por resolución dictada

en el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Itziar Márquez López,contra “Ancredit Agencia Financiera, So-ciedad Limitada”, en reclamación por despi-do, registrado con el número 392 de 2009, seha acordado citar a “Ancredit Agencia Fi-nanciera, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 21de diciembre de 2009, a las nueve y veintehoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 11, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AncreditAgencia Financiera, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.391/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria de lo social del número 11 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Ana Romeo Mera, contra“Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Li-mitada”, en reclamación por despido, regis-trado con el número 443 de 2009, se ha acor-dado citar a “Ancredit Agencia Financiera,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 13 de enerode 2010, a las nueve y veinticinco horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 11, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que deban

revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AncreditAgencia Financiera, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.390/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria de lo social del número 11 de Madrid.Hago saber: Que por resolución dictada

en el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Laidy Yohanna Latorre,contra “Hard Rock Comunicaciones, Socie-dad Limitada”, en reclamación por despido,registrado con el número 1.316 de 2009, seha acordado citar a “Hard Rock Comunica-ciones, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezca el día 30 denoviembre de 2009, a las diez cuarenta ycinco horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 11, sito en la calle Hernani, número 59,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intente va-lerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspende-rán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Hard RockComunicaciones, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.393/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria de lo social del número 11 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María Domínguez Díaz,contra “Weekendtravel, Sociedad LimitadaUnipersonal”, en reclamación por despido,registrado con el número 1.307 de 2009, seha acordado citar a “Weekendtravel, Socie-dad Limitada Unipersonal”, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezca el día 11 deenero de 2010, a las once horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendrán

lugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 11, sito en la calle Herna-ni, número 59, debiendo comparecer perso-nalmente o mediante persona legalmenteapoderada y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Weekend-travel, Sociedad Limitada Unipersonal”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 23 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.415/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria de lo social del número 11 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Dionisio Pérez Montes,contra “Transportes Segundo Gil, SociedadAnónima”, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 441 de 2009, se haacordado citar a “Transportes Segundo Gil,Sociedad Anónima”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 23 de no-viembre de 2009, a las nueve y veinticincohoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 11, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “TransportesSegundo Gil, Sociedad Anónima”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 30 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.396/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 185

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.070 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Sánchez Fernández, don Ra-fael Calvo Sánchez, don Francisco JavierCriado Herrero, doña Sara Príncipe Licini,doña Yolanda Ferrero Santos, don Eloy So-tillo Moral, don Borja Martínez García, donJosé Antonio Tamayo Sánchez, doña Patri-cia Rivas Cruz, doña María del Mar ArzaHerves y doña María del Carmen SánchezMartín, contra las empresas “Anteproyectosy Estudios y Construcción, Sociedad Limi-tada”, y “Pérez Molina 2004, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Dispongo: Examinada de hecho la sen-tencia se aprecia la necesidad de aclararla enel sentido que a continuación se dice: dondefigura “condenando a la empresa a que abo-ne a los actores las siguientes cantidades”,debe decir: «condenando a la empresa “An-teproyectos y Estudios y Construcción, So-ciedad Limitada”, a que abone a los actoreslas siguientes cantidades:

A don José Luis Sánchez Fernández:3.776,62 euros.

A don Rafael Calvo Sánchez: 3.088,31euros.

A don Francisco Javier Criado Herrero:8.274,14 euros.

A doña Sara Príncipe Licini: 6.205,86euros.

A doña Yolanda Ferrero Santos: 6.205,86euros.

A don Eloy Sotillo Moral: 4.599,33euros.

A don Borja Martínez García: 4.119,92euros.

A don José Antonio Tamayo Sánchez:9.053,09 euros.

A doña Patricia Rivas Cruz: 5.456,22euros.

A doña María del Mar Arza Herves:4.546,38 euros.

Más 10 por 100 de interés por mora.Se absuelve a la empresa “Pérez Moli-

na 2004, Sociedad Limitada”», quedando elresto de su contenido en los mismos términos.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del recurso desuplicación que en su caso se formule contrala sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Se-gismundo Crespo Valera.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Anteproyectos y Estudios yConstrucción, Sociedad Limitada”, y “PérezMolina 2004, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.358/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 899 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Julio César Velasco Flórez, don Czes-law Marcin Ryczek, don Wieslaw Szum-niak, don Tomasz Kasimier Ryczek y donManuel Tobías Zúñiga Piña, contra la em-presa “Alay Estructuras, Sociedad LimitadaUnipersonal”, sobre ordinario, se ha dictadola siguiente acta de suspensión:

Acta

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Ante la magistrada-juez de este Juzgado delo social número 12, doña María del CarmenCamargo Sánchez, y con mi asistencia, lasecretaria judicial, doña Montserrat Torren-te Muñoz.

Comparecen: como demandantes, donJulio César Velasco Flórez; don CzeslawMarcin Ryczek, con tarjeta de residencianúmero X-7131633-T; don Wieslaw Szum-niak, con tarjeta de residencia número X-1447003-G; don Tomasz Kasimier Ryczek,con tarjeta de residencia número X-1021216-Q, y don Manuel Tobías ZúñigaPiña, con tarjeta de residencia número X-3665355-Y, asistidos de la letrada doña Ge-raldina González Gil, con número de cole-giada 54.917, y como demandada, “AlayEstructuras, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, que no comparece pese a estar citadaen legal forma.

Su señoría acuerda la suspensión del jui-cio, a fin de que la parte actora en el térmi-no de cuatro días aclare los conceptos recla-mados en la demanda.

Y se señalan nuevamente para el día 15de diciembre de 2009, a las nueve y veintehoras, en la sede de este Juzgado, reiteran-do a las partes las manifestaciones y aper-cibimientos contenidos en la inicial cita-ción.

Dándose por notificadas las partes delpresente acuerdo, termina esta comparecen-cia, firmando este acta los que en la mismaintervienen, después de su señoría ilustrísi-ma, de lo que yo, secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alay Estructuras, Sociedad Li-mitada Unipersonal”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.399/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 899 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Julio César Velasco Flórez, don Czes-law Marcin Pilarczyk, don Wieslaw Szum-niak, don Tomasz Kasimier Ryczek y donManuel Tobías Zúñiga Piña, contra la em-presa “Alay Estructuras, Sociedad LimitadaUnipersonal”, sobre ordinario, se ha dictadoauto de desistimiento, cuya parte dispositivaes la siguiente:

Parte dispositiva:Se tiene por desistida a la parte actora de

su demanda, y una vez firme esta resolu-ción, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alay Estructuras, Sociedad Li-mitada Unipersonal”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.354/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Y REQUERIMIENTO

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 192 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pawel Simñon Kopacz, contra la em-presa “Construcciones Alsterhol, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado autode fecha 20 de octubre de 2009, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: Se declaraextinguida la relación laboral que hasta estafecha ligaba al actor con la empresa “Cons-trucciones Alsterhol, Sociedad Limitada”,fijándose el importe de la indemnización aabonar por dicha empresa al actor, por la ex-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 186 B.O.C.M. Núm. 273

tinción de su contrato en 13.401,30 euros, ypor la indemnización complementaria porlos salarios dejados de percibir, desde la fe-cha del despido, 31 de diciembre de 2008hasta el 20 de octubre de 2009, por importede 11.898,73 euros, lo que hace un total de25.300,03 euros.

Requiérase a la empresa “ConstruccionesAlsterhol, Sociedad Limitada”, a fin de queen el plazo de diez días ingrese en la cuentade este Juzgado abierta en “Banesto”, sucur-sal sita en la calle Orense, número 19, de Ma-drid, al número de cuenta 2510/0000/00/0192/09 la citada cantidad, bajo apercibi-miento de que en caso de no realizarlo se pro-cederá a su exacción por la vía de apremio.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y re-querimiento en legal forma a “Construccio-nes Alsterhol, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.356/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Y REQUERIMIENTO

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 194 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Gheorge Tanase, contra la empresa“Construcciones Alsterhol, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado auto defecha 20 de octubre de 2009, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: Se declaraextinguida la relación laboral que hasta estafecha ligaba al actor con la empresa “Cons-trucciones Alsterhol, Sociedad Limitada”,fijándose el importe de la indemnización aabonar por dicha empresa al actor, por la ex-tinción de su contrato en 7.661,25 euros, ypor la indemnización complementaria porlos salarios dejados de percibir, desde la fe-cha del despido, 31 de diciembre de 2008hasta el 20 de octubre de 2009, por importede 13.302,20 euros, lo que hace un total de20.963,45 euros.

Requiérase a la empresa “ConstruccionesAlsterhol, Sociedad Limitada”, a fin de que

en el plazo de diez días ingrese en la cuentade este Juzgado abierta en “Banesto”, sucur-sal sita en la calle Orense, número 19, de Ma-drid, al número de cuenta 2510/0000/00/0194/09 la citada cantidad, bajo apercibi-miento de que en caso de no realizarlo se pro-cederá a su exacción por la vía de apremio.

Remítase copia de la sentencia dictada yde este auto al Servicio Público de EmpleoEstatal a los efectos legales procedentes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y re-querimiento en legal forma a “Construccio-nes Alsterhol, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.351/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 104 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Carlos Moreno Linares, contra laempresa “Bañonevado, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado auto de fe-cha 20 de octubre de 2009, cuya parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se decreta el embargo sobre los in-gresos que se produzcan en la cuenta co-rriente de la parte ejecutada, así como de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos ycualquier valor mobiliario titularidad de laapremiada en los que las entidades banca-rias “Caja de Ahorros y Monte de Piedad deZaragoza, Aragón y La Rioja”, “Caja Casti-lla-La Mancha”, “Caja de Madrid”, “BancoPopular”, “La Caixa” y “Caixa Catalunya”actúen como depositarias o meras interme-diarias hasta cubrir el importe total del prin-cipal adeudado, más intereses y costas cal-culados. Líbrese la oportuna comunicaciónpara la retención y transferencia de las indi-cadas cantidades y sucesivas que se abonenhasta cubrir el total importe a la “Cuenta deconsignaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartilla

u otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente al acreedor.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

2. Asimismo, se acuerda el embargo so-bre los créditos que contra las empresas“Bricor, Sociedad Anónima”, “Robaño, So-ciedad Limitada”, “Saint Gobain Distribu-ción Construcción, Sociedad Limitada”,“Mobiliario Jupe, Sociedad Limitada”,“Centro del Mueble y Bricolage, SociedadLimitada”, “Bricoking, Sociedad Limita-da”, “Muebles de Cocina Dico, SociedadLimitada”, “Calamita Systems, SociedadLimitada”, “Comercial Conquense, Socie-dad Limitada”, “Azulejos A. Perales, Socie-dad Limitada”, “Manpagrif Extremadura,Sociedad Limitada”, “Ladal, Sociedad Anó-nima”, “Sanigrif, Sociedad Limitada”, “Ba-ños del Duero 2000, Sociedad Limitada”,“Los Siete Hermanos del Bonillo, SociedadLimitada”, “Eduardo Aleixandre, SociedadLimitada”, “Cerámicas y Sanitarios de Se-seña, Sociedad Anónima”, “Pavicasa Ponte-vedra, Sociedad Limitada”, y “Virbaños,Sociedad Anónima”, ostenta la empresa de-mandada por relaciones comerciales mante-nidas con la ejecutada en lo que sea suficien-te a cubrir las cantidades por las cuales se hadespachado ejecución. A tal fin, líbrese losoportunos oficios a las referidas empresas alobjeto de requerirles, bajo su personal res-ponsabilidad, para que en el plazo máximode cinco días proceda a dar cumplimiento delo acordado, transfiriendo a la “Cuenta deconsignaciones y depósitos” en este Juzga-do las cantidades adeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieren

a la demandada no será válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil), y que el efectua-do en cumplimiento del presente requeri-miento les libera de toda responsabilidadfrente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales enque pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia de un embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 187

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Bañonevado, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.353/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria de lo social del número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 120 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José María Cuevas Pomeda, contra laempresa “Esglao Clima, Sociedad Limita-da”, sobre reclamación de cantidad, se hadictado el día 14 de octubre de 2008 resolu-ción, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo sobre los ingresosque se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada “Esglao Clima, Sociedad Li-mitada”, así como de los saldos acreedoresexistentes en las cuentas corrientes, depósitosde ahorro o análogos y cualquier valor mobi-liario titularidad de la apremiada en los que laentidad bancaria actúe como depositaria omera intermediaria hasta cubrir el importe to-tal del principal adeudado, más intereses ycostas calculados. Líbrese la oportuna comu-nicación para la retención y transferencia delas indicadas cantidades y sucesivas que seabonen hasta cubrir el total importe a la“Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulte

o impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, posponiendo su notificación a la eje-cutada hasta tanto sea efectiva la traba de loembargado y a fin de asegurar su efectividad(artículo 54.3 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María Romero-Valdespino Jiménez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Esglao Clima, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.705/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 120 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José María Cuevas Pomeda, contra laempresa “Esglao Clima, Sociedad Limita-da”, sobre reclamación de cantidad, se hadictado con fecha 22 de julio de 2009 la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda el embargo sobre los créditosque contra las empresas y entidades banca-rias “Ploder Unicesa, Sociedad Anónima”,“Constructora Ávalos, Sociedad Anónima”,“FCC Construcción, Sociedad Anónima”,“Ruisanjol Servicios Globales, Sociedad Li-mitada”, “Instalaciones y ClimatizacionesAlbendea y Fernández, Sociedad Limitada”,“Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Die-lectro Industrial, Sociedad Anónima”, “NL,Sociedad Limitada”, “Porsamadrid, Socie-dad Limitada”, “Telefónica de España, So-ciedad Anónima”, “Iberdrola DistribuciónEléctrica, Sociedad Anónima”, y “BancoSantander”, ostenta la empresa demandada,

“Esglao Clima, Sociedad Limitada”, por re-laciones comerciales mantenidas con la eje-cutada en lo que sea suficiente a cubrir lascantidades por las cuales se ha despachadoejecución. A tal fin, líbrese los correspon-dientes oficios a las referidas empresas y en-tidades bancarias al objeto de requerirles,bajo su personal responsabilidad, para queen el plazo máximo de cinco días procedana dar cumplimiento de lo acordado, transfi-riendo a la “Cuenta de consignaciones y de-pósitos” en este Juzgado las cantidadesadeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieren

a la demandada no será válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil), y que el efectua-do en cumplimiento del presente requeri-miento les libera de toda responsabilidadfrente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales enque pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia de un embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Notifíquese la presente resolución a laspartes, proponiendo su notificación a la eje-cutada hasta tanto sea efectiva la traba de loembargado y a fin de asegurar su efectividad(artículo 54.3 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Esglao Clima, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.707/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 151 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Ana Isabel Blázquez Fernández, con-tra la empresa “Studios Zyman, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadoauto de declaración de insolvencia, cuya

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 188 B.O.C.M. Núm. 273

parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Studios Zy-

man, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 2.530euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.—La secreta-ria judicial (firmado).—La magistrada-juezde lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Studios Zyman, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.708/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.700 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de“Aranjuez Desarrollo y Empleo, SociedadAnónima”, contra don Fernando AlcázarBelmonte y Fondo de Garantía Salarial, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

FalloDesestimando íntegramente la demanda

formulada por “Aranjuez Desarrollo y Em-pleo, Sociedad Anónima”, frente a don Fer-nando Alcázar Belmonte y Fondo de Garan-tía Salarial, debo absolver y absuelvo a laparte demandada de todos los pedimentosformulados en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Fernando Alcázar Belmon-te, en ignorado paradero, expido la presente

para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.177/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria de lo social del número 13 de Ma-drid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Jesús Moreno Guerra,contra “Abymatic Sistemas, Sociedad Limi-tada”, en reclamación por despido, registra-do con el número 1.475 de 2009, se ha acor-dado citar a “Abymatic Sistemas, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 10 de diciembre de2009, a las diecisiete horas, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 13, sito en la calle Hernani, número 59,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intente va-lerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspende-rán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AbymaticSistemas, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.410/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria de lo social del número 13 de Ma-drid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Mariano Granados Úrsula,contra “Convierta Comercialización, Socie-dad Limitada”, en reclamación por sancio-nes, registrado con el número 1.485 de2009, se ha acordado citar a “Convierta Co-mercialización, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 10 de diciembre de 2009, a las diecisietey diez horas, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 13, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-

recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ConviertaComercialización, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.408/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria de lo social del número 13 de Ma-drid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.427 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro Vicente Machado Arce, contra laempresa “Proyectos Acelote Dos, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia, cuyo fallo es el siguiente:

FalloEstimando la demanda interpuesta, debo

condenar a la empresa “Proyectos OceloteDos, Sociedad Limitada”, a que abone a donPedro Vicente Machado Arce la cantidad de1.637,43 euros, más el 10 por 100 de interéspor mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, ad-virtiendo que contra ella podrán interponer re-curso de suplicación ante el Tribunal Superiorde Justicia que deberá ser anunciado por com-parecencia o mediante escrito en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la notifi-cación de esta sentencia o por simple manifes-tación en el momento en que se le practique lanotificación. Adviértase igualmente al recu-rrente que no fuera trabajador o beneficiariodel régimen público de Seguridad Social ocausahabiente suyo, o no tenga reconocido elbeneficio de justicia gratuita, que deberá depo-sitar la cantidad de 150,25 euros en la cuentaabierta en “Banesto”, calle Orense, número19, a nombre de este Juzgado con el núme-ro 0030/1143/00/5013/número de expedientey año, acreditando mediante la presentacióndel justificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como en el caso de haber sido condenadoen sentencia al pago de alguna cantidad con-signar en la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta en “Banesto”, calle Orense,número 19, a nombre de este Juzgado con elnúmero 0030/1143/00/2511/expediente y año,la cantidad objeto de condena o formalizaraval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria del

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 189

avalista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recurren-te deberá designar letrado para la tramitacióndel recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Proyectos Ocelote Dos, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.350/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria de lo social del número 13 de Ma-drid.

Hago saber: Que por auto dictado en eldía de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don Ángel Cob Botello, contra“Autocares Beltrán, Sociedad Anónima”, enreclamación por sanciones, registrado con elnúmero 1.491 de 2009, se ha acordado citara “Autocares Beltrán, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezca el día 10 de diciembre de 2009, a lasdieciséis y cuarenta horas de la tarde, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 13, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AutocaresBeltrán, Sociedad Anónima”, se expide lapresente cédula para su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.568/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.562 de 2008 de este Juz-

gado de lo social, seguido a instancias dedon Paulo César Albarello Ramos, contra laempresa “Cacesa Contratas y Montajes, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta pordon Paulo César Albarello Ramos, frente a“Cacesa Contratas y Montajes, Sociedad Li-mitada”, y Fondo de Garantía Salarial,debo:

1.o Condenar a la empresa “CacesaContratas y Montajes, Sociedad Limitada”,a que abone a don Paulo César Albarello Ra-mos la cantidad neta de 4.921 euros, más el10 por 100 de interés por mora.

2.o Absolver al Fondo de Garantía Sala-rial, sin perjuicio de sus responsabilidadeslegales con los límites del artículo 33 del Es-tatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de25.000 pesetas en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, de Madrid,a nombre de este Juzgado con el núme-ro 0030/1143/00/5013/número de expedien-te y año, acreditando mediante la presenta-ción del justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, de Madrid, a nombre deeste Juzgado con el número 0030/1143/00/2511/número de expediente y año, la canti-dad objeto de condena o formalizar avalbancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cacesa Contratas y Montajes,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.683/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.707 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Rigoberto Rodríguez Andrade, contrala empresa “Asenjo y Hermanos Carrasco,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente sentencia:

FalloEstimando la demanda interpuesta por

don Rigoberto Rodríguez Andrade, frente a“Asenjo y Hermanos Carrasco, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial,debo:

1.o Condenar a la empresa “Asenjo yHermanos Carrasco, Sociedad Limitada”, aque abone a don Rigoberto Rodríguez An-drade la cantidad de 7.760,83 euros, más el10 por 100 de interés por mora.

2.o Absolver al Fondo de Garantía Sala-rial, sin perjuicio de sus responsabilidadeslegales con los límites del artículo 33 del Es-tatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de25.000 pesetas en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, de Madrid,a nombre de este Juzgado con el núme-ro 0030/1143/00/5013/número de expedien-te y año, acreditando mediante la presenta-ción del justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, de Madrid, a nombre deeste Juzgado con el número 0030/1143/00/2511/número de expediente y año, la canti-dad objeto de condena o formalizar avalbancario por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del ava-lista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Page 36: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 190 B.O.C.M. Núm. 273

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Asenjo y Hermanos Carrasco,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.754/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 654 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Noureddine Serroukh Alaoui, contra laempresa “Chiquitrén, Sociedad Limitada”,y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente sentencia:

FalloDesestimando íntegramente la demanda

formulada por don Noureddine SerroukhAlaoui, frente a “Chiquitrén, Sociedad Li-mitada”, debo absolver y absuelvo a la par-te demandada de los pedimentos formuladosen su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el núme-ro 2511/0000/00/número de expediente yaño, acreditando mediante la presentacióndel justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, de Madrid, a nombre deeste Juzgado con el número 2511/0000/00/número de expediente y año, la cantidad ob-jeto de condena o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Chiquitrén, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.680/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 473 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María del Carmen Boñalos Serrano,contra la empresa “Jorge Blanco Costura,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente sentencia:

FalloEstimando la demanda interpuesta por

doña María del Carmen Boñalos Serrano,frente a la empresa “Jorge Blanco Costura,Sociedad Limitada”, debo:

1.o Declarar improcedente el despidopracticado con efectos del 6 de mayode 2009.

2.o Declarar extinguida la relación la-boral con efectos del 17 de septiembrede 2009.

3.o Condenar a la empresa “Jorge BlancoCostura, Sociedad Limitada”, a estar y pasarpor las anteriores declaraciones, así como aque abone a doña María del Carmen BolañosSerrano la cantidad de 3.244,05 euros en con-cepto de indemnización y la de 6.440,04 eurosen concepto de salarios de tramitación desdela fecha del despido (el 6 de mayo de 2009)hasta la de la extinción de la relación laboral(el 17 de septiembre de 2009).

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el núme-ro 2511/0000/00/número de expediente yaño, acreditando mediante la presentacióndel justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto”, calle

Orense, número 19, de Madrid, a nombre deeste Juzgado con el número 2511/0000/00/número de expediente y año, la cantidad ob-jeto de condena o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Jorge Blanco Costura, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.753/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.279 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Irfan Muhammad Mirza y don Francis-co Vieto Molina, contra la empresa “GSRSinérgica de Seguridad, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente sentencia y auto de aclaración de fe-cha 23 de junio de 2009 y 10 de septiembrede 2009, respectivamente:

Sentencia número 260 de 2009

En Madrid, a 23 de junio de 2009.—DonÁngel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 deMadrid, tras haber visto los presentes autos,sobre ordinario, entre partes: de una, y comodemandantes, don Irfan Muhammad Mirza,que comparece asistido del letrado donGonzalo Carrillo Ramos, y don FranciscoVieto Molina, que comparece asistido de laletrada doña Teresa Vicente Conde, y deotra, como demandada, “GSR Sinérgica deSeguridad, Sociedad Limitada”, que nocomparece, en nombre del Rey ha dictado lasiguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta pordon Irfan Muhammad Mirza y don Francis-co Vieto Molina, frente a “GSR Sinérgica deSeguridad, Sociedad Limitada”, debo con-denar a la empresa “GSR Sinérgica de Segu-ridad, Sociedad Limitada”, a que abone donIrfan Muhammad Mirza la cantidad de2.543,44 euros y a don Francisco Vieto Mo-lina la cantidad de 1.554,65 euros.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 191

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de25.000 pesetas en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, de Madrid,a nombre de este Juzgado con el núme-ro 0030/1143/00/5013/número de expedien-te y año, acreditando mediante la presenta-ción del justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, de Madrid, a nombre deeste Juzgado con el número 0030/1143/00/2511/número de expediente y año, la canti-dad objeto de condena o formalizar avalbancario por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del ava-lista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Auto

En Madrid, a 10 de septiembre de2009.—Vistos por mí, don Juan AlonsoBoggiero, ilustrísimo señor magistrado-juezde lo social del número 13 de los de Madridy provincia, el anterior escrito solicitandoaclaración de sentencia, dicto la siguienteresolución:

Parte dispositiva:

Dispongo: Aclarar la sentencia en los tér-minos indicados.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiéndoles que contra la mismano cabe interponer recurso alguno distintodel que cabe contra la sentencia.

Así por este mi auto lo pronuncio, mandoy firmo.—La secretaria-judicial (firma-do).—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “GSR Sinérgica de Seguridad,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.678/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.548 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ignacio Callejas del Campo, contra laempresa “Staff Rioja, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado la siguientesentencia:

FalloEstimando la demanda interpuesta por

don Ignacio Callejas del Campo, frente a“Staff Rioja, Sociedad Limitada”, “SP Fide-lity, Sociedad Anónima”, e “Importacionesy Exportaciones Varma, Sociedad Anóni-ma”, debo:

1.o Condenar a la empresa “Staff Rioja,Sociedad Limitada”, a que abone a don Ig-nacio Callejas del Campo la cantidad netade 1.200 euros, más el 10 por 100 de interéspor mora.

2.o Declarar la responsabilidad solida-ria de las empresas “SP Fidelity, SociedadAnónima”, e “Importaciones y Exportacio-nes Varma, Sociedad Anónima”, en el pagode dicha cantidad.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Staff Rioja, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.681/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria de lo social del número 13 de Ma-drid.Hago saber: Que en el procedimiento de

demanda número 1.694 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marcel Pacurariu, contra la empresa“Cacesa Contratas y Montajes, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente sentencia:

FalloEstimando la demanda interpuesta por

don Marcel Pacurariu, frente a “CacesaContratas y Montajes, Sociedad Limitada”,y Fondo de Garantía Salarial, debo:

1.o Condenar a la empresa “CacesaContratas y Montajes, Sociedad Limitada”,a que abone a don Marcel Pacurariu la can-

tidad de 2.964,65 euros, más el 10 por 100de interés por mora.

2.o Absolver al Fondo de Garantía Sala-rial, sin perjuicio de sus responsabilidadeslegales con los límites del artículo 33 del Es-tatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, a nombre deeste Juzgado con el número 0030/1143/00/5013/número de expediente y año, acredi-tando mediante la presentación del justifi-cante de ingreso en el período comprendidohasta la formalización del recurso, así como enel caso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” abier-ta en “Banesto”, calle Orense, número 19, anombre de este Juzgado con el núme-ro 0030/1143/00/2511/número de expedientey año, la cantidad objeto de condena o forma-lizar aval bancario por dicha cantidad en el quese haga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recurren-te deberá designar letrado para la tramitacióndel recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Cacesa Contratas y Montajes, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.784/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

demanda número 838 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Galo Fidel Paladines Maza, contra laempresa “Rehabilitaciones San Rumato, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado la siguiente sentencia:

FalloEstimando la demanda interpuesta por

don Galo Fidel Paladines Maza, frente a la

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 192 B.O.C.M. Núm. 273

empresa “Rehabilitaciones San Rumato,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, debo:

1.o Declarar improcedente el despidopracticado con efectos del 23 de abril de 2009.

2.o Declarar extinguida la relación la-boral con efectos del 19 de octubre de 2009.

3.o Condenar a la empresa “Rehabilita-ciones San Rumato, Sociedad Limitada”, aestar y pasar por las anteriores declaraciones,así como a que abone a don Galo Fidel Pala-dines Maza la cantidad de 14.989,80 euros enconcepto de indemnización y la de 8.620,64euros en concepto de salarios de tramitacióndesde la fecha del despido (el 23 de abril de2009) hasta la de la extinción de la relaciónlaboral (el 19 de octubre de 2009).

4.o Absolver al Fondo de Garantía Sala-rial, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, en la calle Orense, número 19, a nombrede este Juzgado con el número 2511/0000/00/número de expediente y año, acreditandomediante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto”, en la calle Orense, nú-mero 19, a nombre de este Juzgado con elnúmero 2511/0000/00/número de expedien-te y año, la cantidad objeto de condena o for-malizar aval bancario por dicha cantidad enel que se haga constar la responsabilidad so-lidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitiva-mente juzgando, lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Rehabilitaciones San Rumato,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.785/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.714 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Francisco Javier Pérez Gómez, contra laempresa “Generación y Refrigeración deAire Dos, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado la siguiente sentencia:

FalloEstimado la demanda interpuesta por don

Francisco Javier Pérez Gómez, frente a “Ge-neración y Refrigeración de Aire Dos, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, debo:

1.o Condenar a la empresa “Generacióny Refrigeración de Aire Dos, Sociedad Li-mitada”, a que abone a don Francisco JavierPérez Gómez la cantidad de 3.459,55 euros,más el 10 por 100 de interés por mora.

2.o Absolver al Fondo de Garantía Sala-rial, sin perjuicio de sus responsabilidadeslegales con los límites del artículo 33 del Es-tatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen público deSeguridad Social o causahabiente suyo, o notenga reconocido el beneficio de justicia gratui-ta, que deberá depositar la cantidad de 25.000pesetas en la cuenta abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, a nombre de este Juzgadocon el número 0030/1143/00/5013/número deexpediente y año, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en el pe-ríodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de al-guna cantidad consignar en la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, de Madrid,a nombre de este Juzgado con el número0030/1143/00/2511/expediente y año, lacantidad objeto de condena o formalizaraval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Generación y Refrigeración deAire Dos, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.791/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 19 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAlicia Santos Hernández, contra don AdriánGartonea, sobre despido, se han dictado lossiguientes autos de fechas 18 de mayo de2009 y 8 de septiembre del 2009:

AutoEn Madrid, a 18 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:En su virtud, visto el precepto citado, y

demás de general y pertinente aplicación,dispongo:

a) Despachar la ejecución a instanciasde la letrada doña Alicia Santos Hernández,contra don Adrián Gartonea, por la cantidadde 80,86 euros, más 8,08 euros para costas.

b) Trabar embargo sobre los bienes dedon Adrián Gartonea que se hallen en su do-micilio de la calle Julián Barrandero, núme-ro 23, primero A, 28750 San Agustín delGuadalix (Madrid), librando a tal fin testi-monio de la presente resolución con comu-nicación al Servicio Común de Notificacio-nes y Embargos de Madrid, al efecto de quepor la comisión judicial se proceda al em-bargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el mis-mo de mandamiento en forma, pudiéndosesolicitar, si preciso fuere, el auxilio de lafuerza pública así como hacer uso de los me-dios personales y materiales necesarios parapoder acceder a los lugares en que se en-cuentren los bienes cuya traba se pretende.

c) Líbrense oficios al Instituto Nacionalde Empleo y a la Tesorería General de la Se-guridad Social, solicitado en el escrito de laparte demandante, para que comuniquen lasituación laboral del demandado y si recibealgún tipo de prestación.

d) Respecto a las demás diligencias in-teresadas por la parte actora, verificado quesea lo anterior, se acordará lo que proceda.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: no cabe recursoalguno contra la misma.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—El magistrado-juez de losocial, Ángel Juan Alonso Boggiero.

AutoEn Madrid, a 8 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo sobre el salario o

retribución de cualquier otra naturaleza quede la empresa “Ábaco Empleo ETT, Socie-dad Anónima”, perciba don Adrián Garto-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 193

nea, apremiado en las presentes actuaciones,por un importe suficiente a cubrir principaly costas provisionales que asciende a 88,94euros; por lo que requiérase a la referida em-presa, bajo su personal responsabilidad,para que retenga y remita mensualmente,hasta la total liquidación de la deuda las can-tidades que excedan al salario mínimo inter-profesional; debiéndose acreditar mediantecopia de la hoja de salarios o equivalente elimporte del mismo.

Adviértase:a) Que el pago que, en su caso, se hicie-

re al apremiado no sería válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo,la transferencia ordenada le libera de todaresponsabilidad frente al acreedor.

b) De las responsabilidades penales enque pueden incurrir quienes auxilien o seconfabulen con el apremiado para ocultar osustraer alguna parte de sus bienes o crédi-tos (artículo 257 del Código Penal y 893 delCódigo de Comercio).

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social,Ángel Juan Alonso Boggiero.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Adrián Gartonea, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.786/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.404 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Tiberiu Andrei David, contra la empre-sa “Pontevedra de Climatización, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de octubrede 2009.—La extiendo yo, la secretaria ju-dicial, para hacer constar que la empresa de-mandada es desconocida en el domicilio quefigura en la demanda, según consta en la di-ligencia negativa de citación practicada.—Doy fe.

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, doña María Ángeles Charriel Arde-bol.—En Madrid, a 20 de octubre de 2009.

Visto el estado de las actuaciones, y resul-tando que la entidad demandada “Ponteve-dra de Climatización, Sociedad Limitada”,se encuentra en ignorado paradero, cítese a lamisma por medio de edictos que se publica-rán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y tablón de anuncios de esteJuzgado. Adviértase que las siguientes co-municaciones dirigidas a la mencionada par-te se harán en estrados (artículo 59 de la Leyde Procedimiento Laboral).

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo deGarantía Salarial, dándole traslado de la de-manda de conformidad con lo establecidoen el artículo 23.2 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, a fin de que comparezcaante este Juzgado para el acto de concilia-ción y, en su caso, juicio señalado para el día24 de noviembre de 2009, a las nueve y cua-renta horas de su mañana.

Modo de impugnarla: mediante recurso dereposición a presentar en este Juzgado dentrode los cinco días hábiles siguientes al de sunotificación, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Pontevedra de Climatización,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.724/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 29 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donSantiago Cruz Albendín, don Diego Medra-no Moya, don Tomás Olivero Franco y donDaniel Teruel Muñoz, contra las empresas“Encofrados Blamer, Sociedad Limitada”,“Estructuras y Encofrados Feres, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, so-bre ordinario, se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

ActaEn Madrid, a 27 de octubre de 2009.—

Ante la ilustrísima señora magistrada-juezde este Juzgado de lo social número 14,doña María del Carmen Rodrigo Saiz, y con

mi asistencia, la secretaria judicial, doñaMaría Ángeles Charriel Ardebol, compare-cen: como demandantes, don Santiago CruzAlbendín, con documento nacional de iden-tidad número 11809695-T; don Diego Me-drano Moya, con documento nacional deidentidad número 3919219-L; don TomásOlivero Franco, con documento nacional deidentidad número 1108784-T, y don DanielTeruel Muñoz, con documento nacional deidentidad número 53135022-P, asistidos porla letrada doña Lidia Rodríguez Rodríguez,colegiada número 80.453; como demanda-dos, no comparecen “Encofrados Blamer,Sociedad Limitada”, ni Fondo de GarantíaSalarial, pese a estar citados en forma. Nocomparece “Estructuras y Encofrados Feres,Sociedad Limitada”, no constando citada enforma.

Su señoría ilustrísima a la vista de noconstar citada la demandada “Estructuras yEncofrados Feres, Sociedad Limitada”,acuerda la suspensión de los actos de conci-liación y/o juicios señalados, y se señalannuevamente para el día 2 de febrerode 2010, a las diez y treinta horas, en la sedede este Juzgado, reiterando a las partes lasmanifestaciones y apercibimientos conteni-dos en la inicial citación.

Habiendo sido aportada por la parte de-mandante nota simple de la indicada entidadcodemanda, se acuerda la citación a la mis-ma mediante edictos que se publicarán en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, fijándose, asimismo, en el tablónde anuncios de este Juzgado.

Dándose por notificados y citados losasistentes, termina esta comparecencia, fir-mando esta acta los que en la misma inter-vienen, después de su señoría ilustrísima, delo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras y Encofrados Fe-res, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.467/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 111 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Ramón Celestino Serrano, contrala empresa “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado auto de insolvencia de fecha 16 de oc-

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tubre de 2008, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Alfer Segu-

ridad y Control, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de10.058,45 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes y alFondo de Garantía Salarial, advirtiéndose quefrente a la misma cabe recurso de reposiciónen el plazo de cinco días hábiles ante este Juz-gado. Y una vez firme, hágase entrega de cer-tificación a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.790/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.570 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Galo Sánchez Domínguez, contrala empresa “Gestión Encofrados, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia de fecha 5 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

FalloQue estimando la demanda formulada por

don Juan Galo Sánchez Domínguez, contrala empresa “Gesticón Encofrados, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial,debo condenar y condeno a la empresa de-mandada a abonar al actor la cantidad de5.841,11 euros, más el interés de mora del 10por 100 sobre dicha cantidad, obligándole aestar y pasar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución mediante mani-festación de la parte o de su abogado o su re-presentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso de haber consignado la canti-dad objeto de condena en la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” que tiene abiertaeste Juzgado con el número 2512, clave 65,en “Banesto”, en la calle Orense, núme-ro 19, de Madrid (haciendo constar en el in-greso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gestión Encofrados, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.788/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

ejecución número 207 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Soledad Salcedo Romeral, doñaPilar Latorre Martín, doña Esther Juez Este-ban, doña Milagros Merino Saiz, doña Ma-ría Jesús Aparicio Almendros, doña JulitaIluminada Martín Vicente, doña RosarioMartín Segura, doña Fuensanta Bustos Ro-dríguez y doña Pilar Ester Aldáriz, contra laempresa “Quelle La Source, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado provi-dencia de fecha 19 de octubre de 2009 si-guiente:

ProvidenciaIlustrísima magistrada-juez de lo social,

doña María del Carmen Rodrigo Saiz.—EnMadrid, a 19 de octubre de 2009.

Dada cuenta; el anterior oficio por recibi-do, únase a los autos de su razón, y confor-me a lo solicitado se acuerda tomar nota del

reembargo de bienes y embargo del sobran-te que pueda existir en el presente proce-dimiento, y hágase saber al mencionadoJuzgado que el presente procedimiento estáarchivado por insolvencia, librándose a talfin el correspondiente oficio y archivandonuevamente el procedimiento.

Notifíquese esta resolución.Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—

La secretaria judicial (firmado).—La magis-trada-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Quelle La Source, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, yse advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estradosde este Juzgado, salvo las que revistan for-ma de auto o sentencia o se trate de empla-zamiento.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.787/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado de losocial, y con el número 124 de 2009 se tra-mita procedimiento de ejecución por unprincipal de 2.954,01 euros, más 295 eurosy 295 euros presupuestados provisional-mente para intereses y costas, a instancias dedon Petar Radkov Tsvetanov, contra “Mar-tín Mantenimientos y Servicios, SociedadLimitada Laboral”, en el que por resoluciónde esta fecha se ha acordado sacar a la ven-ta en pública subasta el bien que se dirá, se-ñalándose para que tenga lugar en la Sala deaudiencias de este Tribunal el día 28 de ene-ro de 2010, a las diez horas.

Las condiciones generales y particularespara tomar parte en la subasta se encuentranpublicadas en edictos fijados en el tablón deanuncios de este Juzgado.

Bien: vehículo “Citroën” Xsara, matrícu-la M-1267-XY.

Valor: tasado pericialmente en 1.900euros.

Y para que sirva de notificación a las par-tes y terceros interesados, una vez se hayapublicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.481/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 195

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 225 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Freddy Ticerán Tuesta, contra la empre-sa “Belfer Estructuras Hormigón, Sociedad

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 218 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alfredo Milla Pla, contra la empresa“Sistemas de Inteligencia Artificial, Socie-dad Anónima”, sobre despido, se ha dictadola siguiente resolución:

Parte dispositiva:

a) Se acuerda despachar la ejecuciónsolicitada por don Alfredo Milla Pla contra“Sistemas de Inteligencia Artificial, Socie-dad Anónima”, por un importe de 38.180,56euros de principal y otros 7.636 euros de in-tereses y costas, y se decreta el embargo debienes de “Sistemas de Inteligencia Artifi-cial, Sociedad Anónima”.

b) Se acuerda acumular la presente eje-cución a la número 99 de 2009, seguida eneste Juzgado a instancias de don Víctor JavierCerquera Parra, contra la misma ejecutada,ascendiendo el principal de todas las ejecu-ciones acumuladas a un total de 70.846,38euros, más 7.084 euros de intereses y costas.Afectándose los bienes embargados, en sucaso, en las distintas ejecuciones acumuladaspara responder de la totalidad de las mismas.Llévese testimonio de la presente resolución,así como de la sentencia dictada en estos

autos y de los particulares necesarios a la eje-cución a que esta se acumula.

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con notificación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados al efecto de que por la comisiónjudicial se proceda al embargo de bienes encuantía suficiente para cubrir las cantidadesacumuladas y a quienes servirá el presentede mandamiento en forma, pudiéndose soli-citar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerzapública, así como hacer uso de los mediospersonales y materiales necesarios para po-der acceder a los lugares en que se encuen-tren los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días, por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Esta es la resolución que propone la se-cretaria judicial de este Juzgado a la ilustrí-sima señora doña Ana Fernández Valentí,magistrada-juez sustituta del Juzgado de losocial número 15 de Madrid.—Conforme:la magistrada-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sistemas de Inteligencia Artifi-cial, Sociedad Anónima”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.740/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 123 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donManuel Soriano Gaitero, contra las empresas“Ibersur Desarrollo Urbanístico, SociedadLimitada Unipersonal”, y “Desarrollos Em-presariales Alnofrey, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado la siguiente re-solución:

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, doña María Dolores Marín Relan-zón.—Madrid, a 23 de septiembre de 2009.

El anterior informe que remite el peritodon Juan Carlos Casal Álvarez, únase a losautos de su razón, se tiene por modificada latasación de los vehículos embargados en elpresente procedimiento, practíquese nuevaliquidación de cargas, que se notificará a las

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 173 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Martín López, contra la empre-sa “El Pincel Construcciones y Reformas,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado la resolución siguiente:

Propuesta de providencia, de la secretariajudicial, doña María Dolores Marín Relan-zón.—En Madrid, a 6 de octubre de 2009.

Por presentado el anterior escrito y docu-mento que se acompaña, fórmese con losmismos pieza separada y dese traslado delas copias a las partes afectadas. Se tiene porpromovido el levantamiento de los bienesembargados en estos autos y reseñados endicho escrito. De conformidad con lo dis-puesto en el artículo 258.3 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral, cítese de comparecen-cia a todos los afectados el día 25 denoviembre, a las ocho y cincuenta horas,para que aleguen y prueben cuanto a su de-recho convenga respecto del dominio de ta-les bienes. Se advierte al tercerista que encaso de no comparecer se le tendrá por de-sistido de su solicitud, salvo si concurre jus-ta causa para la incomparecencia y así seapreciase por este Juzgado. Se suspendenlas actuaciones relativas a la liquidación detales bienes hasta la resolución de este inci-dente.

Llévese testimonio de esta resolución alos autos principales.

Notifíquese esta resolución a las partes, alFondo de Garantía Salarial y al tercerista.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “El Pincel Construcciones y Re-formas, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.389/09)

Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado lasiguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 3.585,32 euros, másla cantidad de 358 euros en concepto de in-tereses y 358 euros en concepto de costasprovisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Belfer Estructuras Hormigón,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.752/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 196 B.O.C.M. Núm. 273

partes junto con la presente resolución, tras-ladándose la valoración hecha por el perito alas partes litigantes por término de cincodías, advirtiéndoseles de la posibilidad depresentar alegaciones a dicha valoración,según lo establecido en el artículo 639.4 dela Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Ibersur Desarrollo Urbanístico,Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Desa-rrollos Empresariales Alnofrey, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.748/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 6 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de dedon Juan Pérez Matías y don Santiago Pane-ro Martínez, contra las empresas “FranciscoPardos Silva Instalaciones, Sociedad Limi-tada”, “Gomendio Construcciones, Socie-dad Anónima”, “Europea del Gas, SociedadAnónima”, “Estosa Climatización, Socie-dad Limitada”, “Maintenance Ibérica, So-ciedad Anónima”, y “Aldesa Construccio-nes, Sociedad Anónima”, sobre ordinario,se han dictado resoluciones, cuyas partesdispositivas son las siguientes:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Juan Pérez Matías y don Santiago Pane-ro Martínez, contra “Francisco Pardos SilvaInstalaciones, Sociedad Limitada”, “AldesaConstrucciones, Sociedad Anónima”, “Go-mendio Construcciones, Sociedad Anóni-ma”, “Europea del Gas, Sociedad Anóni-ma”, “Estosa Climatización, SociedadLimitada”, y “Maintenance Ibérica, Socie-dad Anónima”, por un importe de 8.933,55euros de principal, más 893,36 euros y893,36 euros para costas e intereses que sefijan provisionalmente (correspondiendo a“Francisco Pardos Silva Instalaciones, So-ciedad Limitada”, con carácter solidario con“Aldesa Construcciones, Sociedad Anóni-ma”, pagar la cantidad de 4.451,06 euros enconcepto de principal, más 890,22 euros

para costas e intereses provisionales; a “Go-mendio Construcciones, Sociedad Anóni-ma”, la cantidad de 1.498,49 euros en con-cepto de principal, más 299,70 euros paracostas e intereses provisionales; a “Europeade Gas, Sociedad Anónima”, la cantidad de1.374 euros en concepto de principal, más274,80 euros para costas e intereses provi-sionales; a “Estosa Climatización, SociedadLimitada”, la cantidad de 210 euros en con-cepto de principal, más 42 euros en concep-to de costas e intereses provisionales, y a“Maintenance Ibérica, Sociedad Anónima”,la cantidad de 1.400 euros en concepto deprincipal, más 280 euros para costas e inte-reses provisionales).

b) Líbrese testimonio de la presente re-solución con comunicación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados de Madrid al efecto de que por lacomisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

Trabar embargo de los bienes de las de-mandadas en cuantía suficiente, y descono-ciéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondiente oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,Servicio de Índices del Registro de la Pro-piedad, Gerencia del Centro de Gestión Ca-tastral y también al señor director de laAgencia Tributaria, a fin de que comuniquea este Juzgado si por parte de la HaciendaPública se adeuda alguna cantidad a las eje-cutadas por el concepto de devolución por elimpuesto sobre la renta de las personas físi-cas, impuesto sobre el valor añadido o cual-quier otro. Y asimismo para que todos ellos,y sin perjuicio de las exigencias legales, enel plazo máximo de cinco días faciliten la re-lación de todos los bienes o derechos de lasdeudoras de que tengan constancia. Advir-tiéndose a las autoridades y funcionarios re-queridos de las responsabilidades derivadasdel incumplimiento injustificado de lo acor-dado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley deProcedimiento Laboral). En caso positivo,se acuerda el embargo de los posiblesvehículos propiedad de las ejecutadas, inte-resándose a su vez la correspondiente anota-ción y consiguiente certificación, así comoel embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública a lasejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesándose la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto”, cuenta corriente número 2514, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de las apremiadas en los que la co-rrespondiente entidad financiera actuaracomo depositaria o mera intermediaria, has-

ta cubrir el importe del principal adeudado eintereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de las apremiadaspara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen con lasapremiadas para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoseles quedeben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a las ejecutadasen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a las ejecutadas que si dejantranscurrir los plazos que se les conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se les podrá imponer el abonode apremios pecuniarios por cada día que seretrasen.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Yolanda Urbán Sánchez.

Parte dispositiva:

Se deja en suspenso, en su actual estado,la tramitación de las presentes actuacionesrespecto de “Europea del Gas, SociedadAnónima”, por hallarse declarada en situa-ción de concurso, sin perjuicio de los dere-chos que correspondan a los actores respectode dicha demandada, que podrán hacer valerante el Juzgado de lo mercantil número 1 deMadrid en los autos número 743 de 2008.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Yolanda Urbán Sánchez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Francisco Pardos Silva Instala-ciones, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 197

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.243/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.600 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Wálter Rafael Pérez Vega, contra la em-presa “Trítium, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado resolución en fecha 4de junio de 2009, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Wálter Rafael Pérez Vega, contra“Trítium, Sociedad Limitada”, debo decla-rar y declaro improcedente el despido de laparte demandante y, en su consecuencia,debo condenar y condeno a la parte deman-dada a que, a opción de la misma, readmitaal trabajador demandante o le abone una in-demnización de 3.712,43 euros y, en todocaso, a que le abone los salarios dejados depercibir desde la fecha del despido (29 deoctubre de 2008) hasta que se produzca lareadmisión, o bien, si opta por la indemniza-ción anterior, hasta la fecha de notificaciónde la presente sentencia.

La opción aludida deberá ejercitarse antela Secretaría de este Juzgado, por compare-cencia o por escrito, en el plazo de cincodías, entendiéndose que procede la readmi-sión si no se hace uso de la opción.

Esta sentencia no es firme y contra ellacabe recurso de suplicación para ante la Salade lo social del Tribunal Superior de Justiciade Madrid, que deberá anunciarse, por com-parecencia o por escrito, ante este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de la misma.

Si quien recurre fuere la parte demandadadeberá acreditar documentalmente al anun-ciar el recurso haber consignado en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado, el importe de la condena, pu-diendo sustituir la consignación en metálicopor aseguramiento mediante aval bancarioen el que habrá de hacerse constar la respon-sabilidad solidaria del avalista. Igualmente,al tiempo de interponer el recurso deberáacreditar documentalmente haber consigna-do en la citada cuanta el depósito de 150,25euros.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Trítium, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.244/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 823 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Dolores Pérez García, contra laempresa “H2O Fitness Zone 2003, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictado re-solución en fecha 10 de julio de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña María Dolores Pérez García, con-tra la empresa “H2O Fitness Zone 2003, So-ciedad Limitada”, debo condenar y condenoa la mercantil demandada a que abone a laactora la suma de 655,69 euros, más el 10por 100 de interés por mora.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “H2O Fitness Zone 2003, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.230/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 821 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Ruiz Parra, contra don JoséMaría Pérez García, sobre despido, se hadictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de octubrede 2009.

La extiendo yo la secretaria judicial, paradar cuenta a su señoría que en fecha de 22 deoctubre de 2009 ha sido presentado el ante-rior escrito por la parte demandante don An-tonio Ruiz Parra.—Doy fe.

ProvidenciaMagistrada-juez de lo social, doña María

José Ceballos Reinoso.—En Madrid, a 26de octubre de 2009.

Dada cuenta del anterior escrito, únase alos autos de su razón y vistas las manifesta-ciones en él contenidas, decir lo siguiente:

La parte actora presentó escrito en fecha2 de diciembre de 2008, proveído medianteresolución de fecha 9 de febrero de 2009, enel sentido de no haber lugar a lo solicitado yno tener validez alguna al no constar notifi-cada la sentencia en legal forma.

En fecha 21 de octubre de 2009 la parteactora presenta nuevo escrito instando inci-dente de despido, por lo que se acuerda citara las partes a comparecencia el día 3 de di-ciembre de 2009, a las nueve y cincuentahoras de su mañana, en la Sala de audienciasde este Juzgado de lo social, sito en la calleHernani, número 59, cuarta planta, advir-tiéndoles que deberán comparecer con todoslos medios de prueba que intenten valerse,así como la incomparecencia, les parará elperjuicio a que haya lugar en derecho.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don José María Pérez García, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.394/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.601 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Galo Sánchez Domínguez, contrala empresa “Gesticón Encofrados, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución cuyo texto literal es el siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña MaríaJosé Ceballos Reinoso.—En Madrid, a 2 denoviembre de 2009.

Dada cuenta del anterior escrito, únase alos autos de su razón, y vistas las manifesta-ciones en él contenidas, se acuerda citar alas partes a comparecencia el día 27 de no-viembre de 2009, a las nueve y cincuentahoras de su mañana, en la Sala de audienciasde este Juzgado de lo social, sito en la calleHernani, número 59, cuarta planta, advir-tiéndoles que deberán comparecer con todoslos medios de prueba que intenten valerse,así como la incomparecencia, les parará elperjuicio a que haya lugar en derecho.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 198 B.O.C.M. Núm. 273

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gesticón Encofrados, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.386/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 138 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alejandro Esteban Dionicio Tarazona ydon Marino Benisio Dionicio Tarazona,contra don José Ángel Vaquero Sanz, sobreordinario, se ha dictado resolución en fecha29 de septiembre de 2009, cuya parte dispo-sitiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Alejandro Esteban Dionicio Tarazona ydon Marino Benisio Dionicio Tarazona, con-tra don José Ángel Vaquero Sanz, por un prin-cipal de 6.885,16 euros, más 688,52 euros enconcepto de intereses y 688,52 euros de cos-tas calculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes del de-mandado en cuantía suficiente, y descono-ciéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índi-ces del Registro de la Propiedad, Gerenciadel Centro de Gestión Catastral y también alseñor director de la Agencia Tributaria, a finde que comunique a este Juzgado si por par-te de la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad al ejecutado por el concepto de de-volución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo, paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos del deudor de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridades yfuncionarios requeridos de las responsabili-dades derivadas del incumplimiento injustifi-cado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3de la Ley de Procedimiento Laboral).

En caso positivo, se acuerda el embargode los posibles vehículos propiedad del eje-cutado, interesándose a su vez la correspon-diente anotación y consiguiente certifica-ción, así como el embargo de las cantidadespendientes de devolución por la HaciendaPública al ejecutado hasta cubrir la cantidadobjeto de apremio, interesándose la remi-

sión de las mismas a la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” abierta por este Juz-gado en “Banesto”, sito en la calle Orense,número 19, cuenta corriente número 2514.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad del apremiado, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados.

Líbrense las oportunas comunicaciones alas entidades financieras del domicilio delapremiado para la retención y transferenciade los saldos resultantes hasta el límite de lacantidad objeto de apremio, y advirtiéndolesde las responsabilidades penales en que pue-dan incurrir quienes auxilien o se confabu-len con el apremiado para ocultar o sustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-lo 893 del Código de Comercio), e indicán-doseles que deben contestar al requerimien-to en el plazo máximo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados de lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere al ejecutado enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase al ejecutado que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Se procederá a través del Punto Neu-tro a averiguar bienes del deudor.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por el ejecuta-do en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose el demandado en igno-rado paradero, notifíquese la misma por me-dio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ytablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia al ejecutado que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María José Ceballos Reinoso.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don José Ángel Vaquero Sanz,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.457/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

ejecución número 135 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Isabel Masero Moreno, doña CatalinaGonzález Ortega, doña Teresa HernándezHernández, doña María Jesús García Gar-cía, don José Martín Arias, doña María Be-lén Piral Guerra, doña Natividad GarcíaGarcía, doña María Luisa Menéndez Dape-na y doña María Luz Cañada Egido, contrala empresa “Taller de Arreglos y Compostu-ras Mágnum, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado resolución en fecha29 de septiembre de 2009, cuya parte dispo-sitiva es la siguiente:Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordoña Isabel Masero Moreno, doña CatalinaGonzález Ortega, doña Teresa HernándezHernández, doña María Jesús García García,don José Martín Arias, doña María Belén Pi-ral Guerra, doña Natividad García García,doña María Luisa Menéndez Dapena y doñaMaría Luz Cañada Egido, contra “Taller deArreglos y Composturas Mágnum, SociedadLimitada”, por un principal de 150.006,95euros, más 15.000,69 euros en concepto de in-tereses y 15.000,69 euros de costas calculadasprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índi-ces del Registro de la Propiedad, Gerenciadel Centro de Gestión Catastral y también alseñor director de la Agencia Tributaria, a finde que comunique a este Juzgado si por par-te de la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo, paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos de la deudora de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridades yfuncionarios requeridos de las responsabili-dades derivadas del incumplimiento injustifi-cado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3de la Ley de Procedimiento Laboral).

En caso positivo, se acuerda el embargode los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez la corres-pondiente anotación y consiguiente certifi-cación, así como el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 199

cantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, sito en la calle Oren-se, número 19, cuenta corriente núme-ro 2514.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados.

Líbrense las oportunas comunicaciones alas entidades financieras del domicilio de laapremiada para la retención y transferenciade los saldos resultantes hasta el límite de lacantidad objeto de apremio, y advirtiéndolesde las responsabilidades penales en que pue-dan incurrir quienes auxilien o se confabu-len con la apremiada para ocultar o sustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-lo 893 del Código de Comercio), e indicán-doseles que deben contestar al requerimien-to en el plazo máximo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados de lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Se advierte a la ejecutada que a travésdel Punto Neutro se procederá de oficio a lasaveriguaciones patrimoniales de la deudora.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Taller de Arreglos y Compos-turas Mágnum, Sociedad Limitada”, en ig-

norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.456/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 27 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donMohamed Ben Adde, contra la empresa“Obras y Proyectos Espe, Sociedad Limita-da”, sobre Seguridad Social, se ha dictadoresolución en fecha 9 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:Se aprueba la tasación de costas y la liqui-

dación de intereses practicada por la sumade 445,45 euros, a cuyo pago resulta conde-nada la parte demandada en las presentes ac-tuaciones.

Pónganse a disposición las cantidades re-sultantes de la tasación practicada, librándo-se al efecto los oportunos mandamientos porun importe de 97,45 euros en concepto deintereses, 348 euros en concepto de honora-rios de letrado y 385,57 euros en conceptode sobrante, que podrán retirarse cualquiermiércoles de cada mes.

Notifíquese la presente a las partes.Modo de impugnación: no cabe recurso

alguno.Así por este auto lo pronuncio, mando y

firmo.—La magistrada-juez de lo social,María José Ceballos Reinoso.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Obras y Proyectos Espe, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.455/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 111 de 2009 de este Juz-

gado de lo social, seguido a instancias dedon Yaroslav Oliynyk, contra la empresa“New Orden Construcciones, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado reso-lución en fecha 30 de junio de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Iván Dudko,contra “New Orden Construcciones, Socie-dad Limitada”, por un importe de 7.356,63euros de principal, más 735,67 eurosy 735,67 euros para costas e intereses que sefijan provisionalmente.

Acumular la presente ejecución a la quese sigue en los autos número 816 de 2009(ejecución número 111 de 2009), contra lamisma ejecutada, ascendiendo el principal aun total de 13.862,63 euros, más 1.386,26euros en concepto de intereses y 1.386,26euros en concepto de costas provisionales.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Madrid al efecto de que porla comisión judicial se proceda al embargode los bienes en cuantía suficiente para cu-brir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque se faciliten relación de todos los bienesy derechos de la deudora de que tenganconstancia y se comunique a este Juzgado sipor parte de la Hacienda Pública se adeudaalguna cantidad a la ejecutada por el con-cepto de devolución por el impuesto sobre larenta de las personas físicas, impuesto sobreel valor añadido o cualquier otro. En casopositivo se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada hasta cubrir lacantidad objeto de apremio, interesando laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto” con número 2514,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente a las partes.Modo de impugnarla: contra la misma no

cabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Yolanda Urbán Sánchez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 200 B.O.C.M. Núm. 273

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.505 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marco Efraín Sanatín Suntasig, contrala empresa “Gesticón Encofrados, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución en fecha 4 de junio de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor don Marco Efraín Sanatín Suntasig,contra “Gesticón Encofrados, Sociedad Li-mitada”, debo declarar y declaro improce-dente el despido de la parte demandante y,en su consecuencia, debo condenar y conde-no a la parte demandada a que, a opción dela misma, readmita al trabajador demandan-te o le abone una indemnización de 5.393,39euros, y en todo caso, a que le abone los sa-larios dejados de percibir desde la fecha deldespido (24 de octubre de 2008) hasta que seproduzca la readmisión o bien, si opta por laindemnización anterior, hasta la fecha denotificación de la presente sentencia.

La opción aludida deberá ejercitarse antela Secretaría de este Juzgado, por compare-cencia o por escrito, en el plazo de cincodías entendiéndose que procede la readmi-sión si no se hace uso de la opción.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gesticón Encofrados, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.565/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 109 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ben Abdallah Abdallah, contra la em-presa “Construcciones DN Octene, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoresolución en fecha 16 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Construc-

ciones DN Octene, Sociedad Limitada”, ensituación de insolvencia total por importe de12.588,36 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Expedir declaración de insolvenciapara su inserción en el “Boletín Oficial delRegistro Mercantil”.

c) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María José Ceballos Reinoso.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones DN Octene,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.746/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 111 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Yaroslav Oliynyk, contra la empresa“New Order Construcciones, Sociedad Li-

mitada”, sobre ordinario, se ha dictado reso-lución en fecha 28 de julio de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Yaroslav Oli-ynyk, contra “New Order Construcciones,Sociedad Limitada” por un importe de 6.506euros de principal, más 650,60 euros y650,60 euros para costas e intereses que sefijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) A tal fin, líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Madrid al efecto de que porla comisión judicial se proceda al embargode los bienes en cuantía suficiente para cu-brir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes yderechos de la deudora de que tengan cons-tancia y se comunique a este Juzgado si porparte de la Hacienda Pública se adeuda algu-na cantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. En caso positivo seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Pú-blica a la ejecutada hasta cubrir la cantidadobjeto de apremio, interesando la remisiónde las mismas a la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta por este Juzgado en“Banesto” con número 2514, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Yolanda Urban Sánchez.

Lo preinserto concuerda bien y fielmentecon su original al que me remito y para quesurta los efectos oportunos, expido el pre-sente que firmo en Madrid, a 28 de juliode 2009.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “New Orden Construcciones,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.452/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 201

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “New Order Construcciones,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.702/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 81 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMaría Maurelle López, doña María RosaGómez González, doña Raquel Herrero Ma-yoral, don Ramiro Rey Jiménez, donFrancisco Sánchez Lorente, doña MaríaJosé Naranjo Fernández, don David Rodrí-guez Santos, doña Teresa Marín Medina,doña Rosa María Claro del Olmo y doñaMaría González Marcos, contra las empre-sas “Unión Fenosa Metra, Sociedad Limita-da”, “Leader Line, Sociedad Anónima”,“Unitono Servicios Externalizados, Socie-dad Anónima”, “Cobra Servicios Auxilia-res, Sociedad Anónima”, “Atento Teleservi-cios España, Sociedad Anónima”, y “SitelIbérica Teleservice, Sociedad Anónima”,sobre ordinario, se ha dictado resolución,con la siguiente parte dispositiva:

Se tiene por desistidos a doña Laura Gli-ceria Mateo Gómez, doña Gema García Ru-biales, doña Rosa Martínez Mena, doña Ma-ría Luz Araque Tirado, doña BeatrizVarillas Cuello, don Andrés Vargas Arbole-da, doña Sara Montserrat Cáceres Domín-guez, don Leonardo Riveros Morreno deTagle, don Enrique Corraliza Rodríguez,doña Francisca Rueda Carazo, doña EvaMaría Álvarez Macarrón, doña Olga Serra-no Guijarro y don Darío Urbistondo Jimé-nez de su demanda, continuando el proce-dimiento con respecto al resto de losdemandantes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma “Leader Line, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.220/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Noura ElYamlahi, contra “Bamber Investment, So-ciedad Limitada”, en reclamación por ordi-nario, registrado con el número 1.014de 2009, se ha acordado citar a “Bamber In-vestment, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 4de marzo de 2010, a las once y quince horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 17, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “BamberInvestment, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.480/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 154 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis San Deogracias Pérez, contrala empresa “Rebosolda, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Rebosolda,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia total por importe de 10.450 euros deprincipal. Insolvencia que se entenderá a to-dos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) De conformidad con el artículo 274.5de la Ley de Procedimiento Laboral remíta-se testimonio de esta resolución al “Boletín

Oficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Rebosolda, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.701/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 863 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Doris Magali Martínez Peña, contralas empresas “Gespro Outsourcing, Socie-dad Limitada”, y “Barceló Gestión Hotele-ra, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, seha dictado sentencia con fecha 9 de octubrede 2009, cuyo fallo es del tenor literal si-guiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña Doris Magali Martínez Peña, con-tra “Gespro Outsourcing, Sociedad Limita-da”, y “Barceló Gestión Hotelera, SociedadAnónima”, debo condenar y condeno a laempresa demandada “Gespro Outsourcing,Sociedad Limitada”, a abonar a la deman-dante 1.855,86 euros, más el 10 por 100 co-rrespondiente en concepto de interés pormora, absolviendo a la empresa “BarcelóGestión Hotelera, Sociedad Anónima”, delos pedimentos de la demanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 202 B.O.C.M. Núm. 273

150,25 euros en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto”, anombre de este Juzgado con el núme-ro 2515, acreditándolo mediante la presen-tación del justificante de ingreso en el perío-do comprendido hasta la formalización delrecurso, así como en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de algunacantidad consignar en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” la cantidad objeto decondena o formalizar aval bancario por di-cha cantidad en el que se haga constar la res-ponsabilidad solidaria del avalista, incorpo-rándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso.

En todo caso, el recurrente deberá desig-nar letrado para la tramitación del recurso almomento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Gespro Outsourcing, SociedadLimitada”, y “Barceló Gestión Hotelera, So-ciedad Anónima”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.700/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 190 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mariano Vaquero Martínez, contra laempresa “Restaurante Nicolás, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Mariano Vaquero Martínez, contra“Restaurante Nicolás, Sociedad Limitada”,por un importe de 16.508,77 euros de prin-cipal, más 2.683 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a lanúmero 188 de 2009, seguida ante este Juzga-do a instancias de don Leandro Ariola Serce-ña, contra la misma ejecutada, ascendiendo elprincipal de todas las ejecuciones acumuladasa un total de 26.072,69 euros de principal, más4.238 euros de intereses y costas, afectándoselos bienes embargados, en su caso, en las di-ferentes ejecuciones acumuladas para respon-der de la totalidad de las mismas. Llévese tes-timonio de la presente ejecución, así como dela sentencia dictada en estos autos y de losparticulares necesarios a la ejecución a queesta se acumula.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.729/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 196 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Rosa Montaño Tamaral, contrala empresa “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña María Rosa Montaño Tamaral, contra“Restaurante Nicolás, Sociedad Limitada”,por un importe de 25.957,72 euros de prin-cipal, más 4.219 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a lanúmero 188 de 2009, seguida ante este Juz-gado a instancias de don Leandro AriolaSerceña, don Mariano Vaquero Martínez ydoña Dolores Abollo Fernández, contra lamisma ejecutada, ascendiendo el principalde todas las ejecuciones acumuladas a un to-tal de 62.152,26 euros de principal, más10.102 euros de intereses y costas, afectán-dose los bienes embargados, en su caso, enlas diferentes ejecuciones acumuladas pararesponder de la totalidad de las mismas. Llé-vese testimonio de la presente ejecución, asícomo de la sentencia dictada en estos autosy de los particulares necesarios a la ejecu-ción a que esta se acumula.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.732/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 200 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donJesús María Otero Girón, contra la empresa“Restaurante Nicolás, Sociedad Limitada”,

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 203

sobre despido, se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Jesús María Otero Girón, contra “Res-taurante Nicolás, Sociedad Limitada”, porun importe de principal, más costas e intere-ses que se fijarán provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cantidad suficiente paracubrir esas cantidades que a continuaciónsea detallan.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a lanúmero 188 de 2009, seguida ante este Juz-gado a instancias de don Leandro AriolaSerceña, don Mariano Vaquero Martínez,doña Dolores Abollo Fernández y doña Ma-ría Rosa Montaño Tamaral, contra la mismaejecutada, ascendiendo el principal de todaslas ejecuciones acumuladas a un total de118.498,28 euros de principal, más 19.259euros de intereses y costas, afectándose losbienes embargados, en su caso, en las dife-rentes ejecuciones acumuladas para respon-der de la totalidad de las mismas. Llévesetestimonio de la presente ejecución, asícomo de la sentencia dictada en estos autosy de los particulares necesarios a la ejecu-ción a que este se acumula.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.733/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 198 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMargarita Grasa Cebollero, contra la empre-sa “Restaurante Nicolás, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Margarita Grasa Cebollero, contra“Restaurante Nicolás, Sociedad Limitada”,por un importe de 46.285,98 euros de prin-cipal, más 7.522 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a lanúmero 188 de 2009, seguida ante este Juz-gado a instancias de don Leandro AriolaSerceña, don Mariano Vaquero Martínez,doña Dolores Abollo Fernández y doña Ma-ría Rosa Montaño Tamaral, contra la mismaejecutada, ascendiendo el principal de todaslas ejecuciones acumuladas a un total de108.438,24 euros de principal, más 17.624euros de intereses y costas, afectándose losbienes embargados, en su caso, en las dife-rentes ejecuciones acumuladas para respon-der de la totalidad de las mismas. Llévesetestimonio de la presente ejecución, asícomo de la sentencia dictada en estos autosy de los particulares necesarios a la ejecu-ción a que este se acumula.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.727/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 194 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Dolores Abollo Fernández, contra laempresa “Restaurante Nicolás, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Dolores Abollo Fernández, contra“Restaurante Nicolás, Sociedad Limitada”,por un importe de 10.121,85 euros de prin-cipal, más 1.645 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a lanúmero 188 de 2009, seguida ante este Juz-gado a instancias de don Leandro AriolaSerceña y don Mariano Vaquero Martínez,contra la misma ejecutada, ascendiendo elprincipal de todas las ejecuciones acumula-das a un total de 36.194,54 euros de princi-pal, más 5.883 euros de intereses y costas,afectándose los bienes embargados, en sucaso, en las diferentes ejecuciones acumula-das para responder de la totalidad de las mis-mas. Llévese testimonio de la presente eje-cución, así como de la sentencia dictada enestos autos y de los particulares necesarios ala ejecución a que este se acumula.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 204 B.O.C.M. Núm. 273

relación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.742/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 57 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaHermelinda Barrueta Dicol, contra la em-presa “Charlindian, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado resolución de fe-cha 14 de octubre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Charlindian,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia total por importe de 8.225,55 euros.Insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) Publíquese esta declaración en el“Boletín Oficial del Registro Mercantil”, y atal efecto líbrese y remítase el correspon-diente edicto.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante, previa solicitud de parte me-diante comparecencia en la Secretaría deeste Juzgado o mediante escrito, para quesurta efectos ante el Fondo de Garantía Sa-larial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Charlindian, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.734/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 74 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donVladimyr Sadovnikov, contra la empresa“Proservis, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Proservis,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia total por importe de 1.635,28 euros.Insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) Publíquese esta declaración en el“Boletín Oficial del Registro Mercantil”, y atal efecto líbrese y remítase el correspon-diente edicto.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante, previa solicitud de parte me-diante comparecencia en la Secretaría deeste Juzgado o mediante escrito, para quesurta efectos ante el Fondo de Garantía Sa-larial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Proservis, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.688/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 170 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Leandro Mascarena Andrés, contra laempresa “Consolidación Servicios y ObrasCiviles, Sociedad Limitada”, sobre despido,se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Consolida-

ción Servicios y Obras Civiles, Sociedad Li-mitada”, en situación de insolvencia totalpor importe de 18.519,50 euros. Insolvenciaque se entenderá a todos los efectos comoprovisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) Publíquese esta declaración en el“Boletín Oficial del Registro Mercantil”, y atal efecto líbrese y remítase el correspon-diente edicto.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante, previa solicitud de parte me-diante comparecencia en la Secretaría deeste Juzgado o mediante escrito, para quesurta efectos ante el Fondo de Garantía Sa-larial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Consolidación Servicios yObras Civiles, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.741/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 205

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 27 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donIgnacio Lage Moreda, contra la empresa“JJ Software de Medicina, Sociedad Anóni-ma”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción de fecha 14 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “JJ Software

de Medicina, Sociedad Anónima”, en situa-ción de insolvencia total por importe de14.703,94 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) Publíquese esta declaración en el“Boletín Oficial del Registro Mercantil”, y atal efecto líbrese y remítase el correspon-diente edicto.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, advir-tiéndose que contra la misma cabe interpo-ner recurso de reposición, ante este Juzgado,dentro del plazo de cinco días hábiles a con-tar desde su notificación. Y una vez firme,hágase entrega de certificación a la parte eje-cutante, previa solicitud de parte mediantecomparecencia en la Secretaría de este Juz-gado o mediante escrito, para que surta efec-tos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para su con-formidad. Doy fe.—Conforme: el magistra-do-juez de lo social (firmado).—La secreta-ria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “JJ Software de Medicina, So-ciedad Anónima”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.692/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 174 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Fany Beatriz Ávila Peñaranda, contrala empresa “Germanancy, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Fany Beatriz Ávila Peñaranda, contra

“Germanancy, Sociedad Limitada”, por unprincipal de 4.086 euros, más 664 euros enconcepto de intereses y de costas calculadosprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse oficios y mandamientos al Servicio deÍndices del Registro de la Propiedad o, en sucaso, consúltese la base de datos de la Teso-rería General de la Seguridad Social, laAgencia Estatal de la Administración Tribu-taria y Dirección General de Tráfico a travésdel Punto Neutral Judicial, a fin de informarsi por parte de la Hacienda Pública se adeu-da alguna cantidad a la ejecutada por el con-cepto de devolución por el impuesto sobre larenta de las personas físicas, impuesto sobreel valor añadido o cualquier otro. Y asimis-mo para que todos ellos, y sin perjuicio delas exigencias legales, en el plazo máximode cinco días faciliten la relación de todoslos bienes o derechos de la deudora de quetengan constancia. Advirtiéndose a las auto-ridades y funcionarios requeridos de las res-ponsabilidades derivadas del incumplimien-to injustificado de lo acordado (artículos75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento La-boral).

En caso positivo, se acuerda el embargo delos posibles vehículos propiedad de la ejecuta-da, interesándose a su vez la correspondienteanotación y consiguiente certificación, asícomo el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a la eje-cutada, y se decreta el embargo sobre los in-gresos que se produzcan en la cuenta corrientede la parte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrientes,depósitos de ahorro o análogos y cualquier va-lor mobiliario titularidad de la apremiada, enlos que la entidad bancaria actúe como deposi-taria o mera intermediaria, hasta cubrir la can-tidad objeto de apremio, interesándose la remi-sión de las mismas a la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta por este Juzgado en“Banesto”, sito en la calle Orense, número 19,de Madrid.

Líbrense las oportunas comunicaciones alas entidades financieras del domicilio de laapremiada para la retención y transferenciade los saldos resultantes hasta el límite de lacantidad objeto de apremio, y advirtiéndolesde las responsabilidades penales en que pue-dan incurrir quienes auxilien o se confabu-len con la apremiada para ocultar o sustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-lo 893 del Código de Comercio), e indicán-doseles que deben contestar al requerimien-to en el plazo máximo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados de lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Germanancy, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.721/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 188 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Leandro Arbola Serceña, contra la em-presa “Restaurante Nicolás, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado resolu-ción, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Leandro Arbola Serceña, contra “Res-taurante Nicolás, Sociedad Limitada”, porun principal de 9.563,92 euros, más 1.555euros en concepto de intereses y de costascalculados provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la de-mandada en cuantía suficiente, y descono-ciéndose bienes concretos, procédase a la ave-riguación de los mismos, y a tal fin expídanseoficios y mandamientos al Servicio de Índicesdel Registro de la Propiedad o, en su caso,consúltese la base de datos de la Tesorería Ge-neral de la Seguridad Social, la Agencia Esta-tal de la Administración Tributaria y Direc-ción General de Tráfico a través del Punto

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 206 B.O.C.M. Núm. 273

Neutral Judicial, a fin de informar si por partede la Hacienda Pública se adeuda alguna can-tidad a la ejecutada por el concepto de devo-lución por el impuesto sobre la renta de laspersonas físicas, impuesto sobre el valor aña-dido o cualquier otro. Y asimismo para quetodos ellos, y sin perjuicio de las exigenciaslegales, en el plazo máximo de cinco días fa-ciliten la relación de todos los bienes o dere-chos de la deudora de que tengan constancia.Advirtiéndose a las autoridades y funciona-rios requeridos de las responsabilidades deri-vadas del incumplimiento injustificado de loacordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley deProcedimiento Laboral).

En caso positivo, se acuerda el embargode los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez la corres-pondiente anotación y consiguiente certifi-cación, así como el embargo de las cantida-des pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada, y se decre-ta el embargo sobre los ingresos que se pro-duzcan en la cuenta corriente de la parte eje-cutada, así como de los saldos acreedoresexistentes en las cuentas corrientes, depósi-tos de ahorro o análogos y cualquier valormobiliario titularidad de la apremiada, enlos que la entidad bancaria actúe como de-positaria o mera intermediaria, hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesándo-se la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, sito en la calle Oren-se, número 19, de Madrid.

Líbrense las oportunas comunicaciones alas entidades financieras del domicilio de laapremiada para la retención y transferenciade los saldos resultantes hasta el límite de lacantidad objeto de apremio, y advirtiéndolesde las responsabilidades penales en que pue-dan incurrir quienes auxilien o se confabu-len con la apremiada para ocultar o sustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-los 519 y siguientes del Código Penal y 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Restaurante Nicolás, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.743/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 967 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Santos López, don Fernando Fló-rez Gómez, don José Reynaldo EspinozaAndrade, don Rafael Álvaro Barrena Casta-ñón y don José Manuel Gómez Sánchez,contra la empresa “Teligent, Sociedad Anó-nima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobreordinario, se ha dictado sentencia número467 de 2009, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Fallo

Debo desestimar y desestimo la demandaformulada por don Jesús Santos López, donFernando Flórez Gómez, don José ReynaldoEspinoza Andrade, don Rafael Álvaro Ba-rrena Castañón y don José Manuel GómezSánchez, frente a “Teligent, Sociedad Anó-nima”, y Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, alas que se hará saber que contra la mismapodrán interponer recurso de suplicaciónante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Madrid, que deberá seranunciado mediante escrito en este Juzgadoen el plazo de cinco días hábiles contados apartir del siguiente de notificación de la sen-tencia, y para ello, si el recurrente no gozadel beneficio de justicia gratuita, deberáconsignar la cantidad de 150,25 euros en lacuenta número 2516, así como la cantidadimporte de la condena en la cuenta núme-ro 2516, clave 65, que tiene abierta este Juz-gado en “Banesto”, calle Orense, núme-ro 19, de Madrid, número de banco 0030,número de agencia 1143, dígito de control 5,

indicando número de procedimiento para sulocalización.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Teligent, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, así como parasu colocación en el tablón de anuncios deeste Juzgado, firmo el presente.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.676/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 366 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Miguel Ángel Martínez Motoso, contrala empresa “Convierta Comercialización,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, sobre ordinario, se ha dictado sen-tencia número 480 de 2009, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

FalloEstimando la demanda, condeno a la em-

presa “Convierta Comercialización, Socie-dad Limitada”, a abonar a don Miguel ÁngelMartínez Motoso la cantidad de 3.375euros, más 252 euros en concepto de interéspor mora.

Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial.Notifíquese esta sentencia a las partes, a

las que se hará saber que contra la mismapodrán interponer recurso de suplicaciónante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Madrid, que deberá seranunciado mediante escrito en este Juzgadoen el plazo de cinco días hábiles contados apartir del siguiente de notificación de la sen-tencia, y para ello, si el recurrente no gozadel beneficio de justicia gratuita, deberáconsignar la cantidad de 150,25 euros en lacuenta número 2516, así como la cantidadimporte de la condena en la cuenta núme-ro 2516, clave 65, que tiene abierta este Juz-gado en “Banesto”, calle Orense, núme-ro 19, de Madrid, número de banco 0030,número de agencia 1143, dígito de control 5,indicando número de procedimiento para sulocalización.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 207

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Convierta Comercialización,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.697/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 948 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Susana Albuerne López, doña Ana Isa-bel Romasanta Romasanta y don EduardoEmilio Galiana Ramírez, contra don LuisSans Abad, don Luis Sans Huecas, “Institu-to para el Apoyo de la Mediana Empresa,Sociedad Anónima”, “Técnicas de Gestióny Dirección, Sociedad Limitada”, “Logo-land, Limited”, “Manhattan Group”, y“Swiss Market, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado sentencia número 519de 2009, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

FalloEstimando en parte las demandas, decla-

ro improcedente el despido de doña SusanaAlbuerne López, don Eduardo Emilio Ga-liana Ramírez y doña Ana Isabel Romasan-ta Romasanta, y condeno solidariamente alas empresas “Instituto para el Apoyo de laMediana Empresa, Sociedad Anónima”,(IAME), “Técnicas de Gestión y Dirección,Sociedad Limitada”, “Logoland, Limited”,“Manhattan Group”, “International Docu-ment Distribution, Sociedad Limitada”, y“Swiss Market, Sociedad Limitada”, a queopten en el plazo con cinco días, por escritoante este Juzgado, entre la readmisión de losactores o el abono como indemnización:

A doña Susana Albuerne López:12.942,14 euros.

A don Eduardo Emilio Galiana Ramírez:2.108,56 euros.

A doña Ana Isabel Romasanta Romasan-ta: 5.474,12 euros.

Y, en todo caso, los salarios dejados depercibir desde la fecha de despido a la noti-ficación de la sentencia.

Se entiende que procede la readmisión sino optan en plazo expresamente a favor dela indemnización.

Se absuelve a don Luis Sans Abad y a donLuis Sans Huecas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, alas que se hará saber que contra la mismapodrán interponer recurso de suplicaciónante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Madrid, que deberá seranunciado mediante escrito en este Juzgadoen el plazo de cinco días hábiles contados apartir del siguiente de notificación de la sen-

tencia, y para ello, si el recurrente no gozadel beneficio de justicia gratuita, deberáconsignar la cantidad de 150,25 euros en lacuenta número 2516, así como la cantidadimporte de la condena en la cuenta número2516, clave 65, que tiene abierta este Juzga-do en “Banesto”, calle Orense, número 19,de Madrid, número de banco 0030, númerode agencia 1143, dígito de control 5, indi-cando número de procedimiento para su lo-calización.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Logoland, Limited”, y “SwissMarket, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.698/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 945 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Martín Ramiro, contra don LuisSans Abad, don Luis Sans Huecas, “Institu-to para el Apoyo de la Mediana Empresa,Sociedad Anónima”, “Técnicas de Gestióny Dirección, Sociedad Limitada”, “Logo-land, Limited”, “Manhattan Group”, y“Swiss Market, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado sentencia número 518de 2009, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Fallo

Estimando en parte la demanda, se decla-ra improcedente el despido de don JoséMartín Ramiro, y se condena solidariamen-te a las empresas “Instituto para el Apoyo dela Mediana Empresa, Sociedad Anónima”,(IAME), “Técnicas de Gestión y Dirección,Sociedad Limitada”, “Logoland, Limited”,“Manhattan Group”, “International Docu-ment Distribution, Sociedad Limitada”, y“Swiss Market, Sociedad Limitada”, a queopten en el plazo con cinco días, por escritoante este Juzgado, entre la readmisión delactor o el abono como indemnización de5.409 euros y, en todo caso, los salarios de-jados de percibir desde la fecha de despido ala notificación de la sentencia.

Se entiende que procede la readmisión sino optan en plazo expresamente a favor dela indemnización.

Se absuelve a don Luis Sans Abab y a donLuis Sans Huecas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, alas que se hará saber que contra la mismapodrán interponer recurso de suplicaciónante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Madrid, que deberá seranunciado mediante escrito en este Juzgadoen el plazo de cinco días hábiles contados apartir del siguiente de notificación de la sen-tencia, y para ello, si el recurrente no gozadel beneficio de justicia gratuita, deberáconsignar la cantidad de 150,25 euros en lacuenta número 2516, así como la cantidadimporte de la condena en la cuenta núme-ro 2516, clave 65, que tiene abierta este Juz-gado en “Banesto”, calle Orense, núme-ro 19, de Madrid, número de banco 0030,número de agencia 1143, dígito de control 5,indicando número de procedimiento para sulocalización.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Logoland, Limited” y “SwissMarket, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.684/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de losocial del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Jorge PérezMontes, contra “Servicio DiscapacitadosSociales Manipulados, Sociedad Limitada”,y “Dancing with Wolves, Sociedad Limita-da”, en reclamación por despido, registradocon el número 1.356 de 2009, se ha acorda-do citar a “Servicios Discapacitados Socia-les Manipulados, Sociedad Limitada”, y“Dancing with Wolves, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezcan el día 20 de noviembre de 2009, alas ocho y cincuenta horas de su mañana,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 18, sito en la calle Hernani,número 59, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intenten valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que deban

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revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ServicioDiscapacitados Sociales Manipulados, So-ciedad Limitada”, y “Dancing with Wolves,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.609/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretario judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 136 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Sánchez Abad, don Javier Fernán-dez Ajenjo y don Manuel Sánchez Abad,contra las empresas “Cuadrícula Promocio-nes y Obras, Sociedad Limitada”, y “ArialCesco, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado resolución, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Jesús SánchezAbad, contra “Cuadrícula Promociones yObras, Sociedad Limitada”, y “Arial Cesco,Sociedad Limitada”, por un importe de7.700 euros de principal, más 1.251,25euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes delas demandadas.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Madrid al efecto de que porla comisión judicial se proceda al embargode los bienes en cuantía suficiente para cu-brir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes y de-rechos de la deudora de que tengan constanciay se comunique a este Juzgado si por parte dela Hacienda Pública se adeuda alguna canti-dad a la ejecutada por el concepto de devolu-ción por el impuesto sobre la renta de las per-sonas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro o, en su caso, consúltese labase de datos de la Tesorería General de la Se-guridad Social, Agencia Estatal de Adminis-

tración Tributaria y Dirección General de Trá-fico a través del Punto Neutro Judicial. Encaso positivo se acuerda el embargo de lascantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública a las ejecutadas y se decre-ta el embargo sobre los ingresos que se pro-duzcan en la cuenta corriente de la parte eje-cutada, así como de los saldos acreedoresexistentes en las cuentas corrientes, depósitosde ahorro o análogos y cualquier valor mobi-liario titularidad de la apremiada en los que laentidad bancaria actúe como depositaria omera intermediaria, hasta cubrir la cantidadobjeto de apremio, interesando la remisión delas mismas a la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto” con número 2516/0000/64/0136/09,sito en la calle Orense, número 19, de Madrid,oficina 1143.

Se acuerda el embargo sobre el créditoque contra las empresas que figuran en labase de datos de la Tesorería General de laSeguridad Social ostenta la empresa deman-dada por relaciones comerciales mantenidascon la misma en lo que sea suficiente a cubrirlas cantidades por las cuales se ha despacha-do ejecución. A tal fin, líbrense los corres-pondientes oficios a las referidas empresas alobjeto de requerirles, bajo su personal res-ponsabilidad, para que en el plazo máximode cinco días procedan a dar cumplimientode lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta deconsignaciones y depósitos” en este Juzgadolas cantidades adeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieren

a la demandada no será válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil), y que el efectua-do en cumplimiento del presente requeri-miento les libera de toda responsabilidadfrente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales enque pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia de un embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por las eje-cutadas en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cuadrícula Promociones yObras, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido el presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.721/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 170 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Leandro Mascarena Andrés, contra laempresa “Consolidación Servicios y ObrasCiviles, Sociedad Limitada”, sobre despido,se ha dictado resolución, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 18.519,50 euros,más la cantidad de 3.010 euros en conceptode intereses y en concepto de costas provi-sionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Consolidación Servicios yObras Civiles, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.737/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 189 de 2009 de este Juz-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 209

gado de lo social, seguido a instancias dedon Voineac Iure Iván, contra la empresa“Tinalto, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado auto de ejecución de fe-cha 15 de octubre de 2009, cuya parte dispo-sitiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Voineac IureIván, contra “Tinalto, Sociedad Limitada”,por un importe de 529,60 euros de principal,más 87 euros para costas e intereses que sefijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente.

c) Acumular la presente ejecución a lasnúmeros 155 de 2008, 175 de 2008, 177 de2008, y 47 de 2009, acumuladas, seguidasante este Juzgado a instancias de don Mar-cio Roberto de Silveira, don Francisco Ja-vier Sánchez Pérez, don Naciri Abderrahim,don Rubén Romero Marcos y catorce más,contra la misma ejecutada “Tinalto, Socie-dad Limitada”, ascendiendo el principal delas cinco ejecuciones acumuladas a un totalde 44.367,71 euros (1.734,82 euros de laejecución número 175 de 2008 de donFrancisco Javier Sánchez Pérez, 4.814,54euros de la ejecución número 155 de 2008de don Marcio Roberto Da Silveira,1.889,42 euros de la ejecución número 47 de2009 de don Naciri Abderrahim, 529,60euros de la ejecución número 189 de 2009de don Voineac Iure Iván, y de la ejecuciónnúmero 177 de 2008 a don Rubén RomeroMarcos, 3.179,97 euros; a don Marius Cons-tant Mailat, 1.884,18 euros; a don VíctorManuel Borja Marfetán, 2.132,10 euros; adon Mihail Dragusín, 2.181,67 euros; a donLuis Antonio Soto Herrera, 2.454,39 euros;a don Zlatil Dimitrov Kapralov, 942,08euros; a don Sorín Mirea, 2.627,93 euros; adon Iván Belarmino Pilco Pilco, 3.867,52euros; a don Kostyantyn Polashchenko,2.528,77 euros; a don Florín Antohi,2.380,01 euros; a don Florián Militaru,2.290,67 euros; a don Darwin Boris Valare-zo Barba, 2.118,57 euros; a don Gonzalo Fa-bricio Viteri Giler, 2.454,13 euros; a donJosé Luis Villa Ramos, 3.005,06 euros y adon Razvan Patrascu, 1.352,28 euros), más7.124,75 euros para costas e intereses provi-sionales (782,36 euros de la ejecución nú-mero 155 de 2009, 282 euros de la ejecuciónnúmero 175 de 2008, 5.752,39 euros de laejecución número 177 de 2008 y 308 eurosde la ejecución número 47 de 2009), afec-tándose los bienes embargados, en su caso,en las diferentes ejecuciones acumuladaspara responder de la totalidad de las mismas.Llévese testimonio de la presente ejecución,así como de la sentencia dictada en estosautos y de los particulares necesarios a laejecución a que esta se acumula.

d) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios.

f) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial, a los fines expresados en el ra-zonamiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tinalto, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.736/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.603 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Martínez Simón Calderón, con-tra la empresa “Tayven Car Distribución,Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se hadictado auto de aclaración de sentencia nú-mero 373 de 2009, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Acuerdo: Aclarar el fallo de la sentenciaen el sentido que la cantidad adeudada es de8.255,50 euros, manteniéndose íntegramen-te el resto de los pronunciamientos conteni-dos en el mismo.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiéndoles que la misma forma parte in-tegrante de la sentencia y que el plazo parainterponer en suplicación comienza a contara partir del día siguiente al recibo de la pre-sente resolución.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tayven Car Distribución, So-ciedad Anónima”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.699/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

demanda número 48 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaClara Eugenia Santiago Padín, contra la em-presa “Unión Temporal de Empresas Servi-cio Norte Moisés Limpiezas Principado, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado sentencia número 457 de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

FalloEstimando en parte la demandad, conde-

no a la empresa “Unión Temporal de Em-presas Servicio Norte Moisés LimpiezasPrincipado, Sociedad Limitada”, a abonar adoña Clara Eugenia Santiago Padín la canti-dad de 260,02 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, alas que se hará saber que contra la misma nopodrán interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Unión Temporal de EmpresasServicio Norte Moisés Limpiezas Principa-do, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.696/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 136 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Sánchez Abad, don Javier Fernán-dez Ajenjo y don Manuel Sánchez Abad,contra las empresas “Cuadrícula Promocio-nes y Obras, Sociedad Limitada”, y “ArialCesco, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado resolución, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña Ofelia Ruiz Pontones.—EnMadrid, a 29 de septiembre de 2009.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 210 B.O.C.M. Núm. 273

Dada cuenta; se recibió en fecha 24 de ju-lio de 2009 en la cuenta de este Juzgado lacantidad de 1.755,96 euros en virtud del em-bargo de cuentas corrientes de la empresaejecutada; y se ha practicado el correspon-diente prorrateo de la siguiente manera:

A don Jesús Sánchez Abad (30 por 100):614 euros.

A don Francisco Sánchez-Gil Abad (29por 100): 508 euros.

A don Manuel Sánchez Abad (36 por100): 633,96 euros.

Y en su virtud, póngase a disposición de donJesús Sánchez Abad la cantidad de 614 euros,de don Francisco Sánchez-Gil Abad la canti-dad de 508 euros y de don Manuel SánchezAbad la cantidad de 633,96 euros, expídanse yentréguense los correspondientes mandamien-tos de devolución a los interesados en la Secre-taría de este Juzgado, haciendo saber a las par-tes que los mandamientos caducan a los tresmeses desde su expedición.

Restando estas cantidades que se ponen adisposición de lo adeudado, le quedan a losdemandantes por cobrar a partir de esta fe-cha y por si se recibieran futuras cantidadesde embargos de la empresa ejecutada o si seconocieren nuevos bienes, las siguientescantidades:

A don Jesús Sánchez Abad, 26.458,58euros.

A don Francisco Sánchez-Gil Abad,22.161,58 euros.

A don Manuel Sánchez Abad, 26.838,62euros.

Quedando reducido el principal a75.458,78 euros.

Notifíquese esta resolución a las empre-sas a través de estrados.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magis-trada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Cuadrícula Promociones yObras, Sociedad Limitada”, y “Arial Cesco,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.686/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 182 de 2009 de este Juz-

gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Dolores Franco Parrilla, contrala empresa “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado resolución, cuya parte dispositiva en sutenor literal es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordoña María Dolores Franco Parrilla, contra“Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limi-tada”, por un principal de 2.280,67 euros,más 124,40 euros de intereses y 207,33euros de costas calculadas en ambos casosprovisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2517, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.673/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 54 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJulio David Ramos Borda, contra don JuanMorea Molano y “Construcciones y Refor-mas Era, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado resolución, cuya parte dis-positiva en su tenor literal es la siguiente:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Julio David Ra-mos Borda, contra don Juan Morea Molanoy “Construcciones y Reformas Era, Socie-dad Limitada”, por un importe de 27.498,86euros de principal, más 1.649,93 euros deintereses y 2.749,89 euros de costas calcula-das en ambos casos provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes delos demandados que a continuación se deta-llan.

c) A tal fin, líbrense oficios a los perti-nentes organismos y registros públicos, conel fin de que faciliten relación de todos losbienes o derechos de los deudores de que ten-gan constancia, y se comunique a este Juzga-do si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a los ejecutados porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, impues-to sobre el valor añadido o cualquier otro. Encaso positivo, se acuerda el embargo de lascantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública a los ejecutados, hasta cu-brir la cantidad objeto de apremio, interesan-do la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, con número 2517, sitoen la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a don Juan Morea Molano y“Construcciones y Reformas Era, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.669/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 19de Madrid.

Page 57: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 211

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 104 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Nieto Quintana, contra la empre-sa “GMV Tecnología Segura, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva en su tenorliteral es la siguiente:

Procede alzar el embargo en su día decre-tado respecto a la finca registral núme-ro 26.423 inscrita en el Registro de la Pro-piedad número 17 de Madrid. Urbana:4.—Local número 4, de la casa número 5 dela calle Iliada, de Madrid, Canillejas, se ha-lla situado en la planta baja del edificio. Tie-ne una superficie aproximada de 70 metroscuadrados. Linda: mirando desde su entra-da, por su frente, con calle Ilíada y con el lo-cal número 3; por la derecha, con dicho lo-cal y con las naves letra A y letra B; por laizquierda con la casa número 3 de la calleIlíada, y por el fondo, con la nave letra A, deesta misma planta. Es propiedad de este lo-cal, parte de su cubierta, siendo por tanto sureparación de cuenta de su propietario. Cuo-ta.—Le corresponde una cuota de participa-ción en el inmueble total del que forma par-te y en sus elementos comunes de 5,37 por100 y en igual proporción contribuirá a losgastos comunes del mismo. Referencia ca-tastral: 8264309VK4786C0004 como pro-piedad de “GMV Tecnología Segura, Socie-dad Limitada/Gemava Tecnología Segura,Sociedad Limitada”, a tal fin, librándose, ensu caso, el oportuno mandamiento a fin deque se deje sin efecto la anotación preventi-va que motivó la presente ejecución.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “GMV Tecnología Segura, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.670/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.346 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Rubén García Trapote, contra la empre-sa “Grupo Astunosa, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva en su tenor literal es lasiguiente:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por don Rubén García Trapote, contra laempresa “Grupo Astunosa, Sociedad Limi-

tada”, y Fondo de Garantía Salarial, que nocomparecen pese a estar citados en legal for-ma, debo condenar y condeno a la demanda-da a abonar al actor la suma de 11.484,37euros por los conceptos de su demanda, másel 10 por 100 de interés por mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarialhabrá de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Astunosa, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.672/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 331 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Armando López Lemus y don JuliánMuñoz Fernández, contra la empresa “Sla-ter Soft Laboratories, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre ordinario,se ha dictado resolución, cuya parte disposi-tiva en su tenor literal es la siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sen-tencia se aprecia la necesidad de aclararla enel sentido que a continuación se dice:

Fundamentos de derecho:Quinto.—En atención a todo lo expuesto,

es forzado concluir que la demanda debe serdesestimada, ya que como establece el Tri-bunal Supremo en las sentencias de fechas15 de octubre de 2003 (recurso núme-ro 2.013 de 2003), 17 de enero de 2006 (re-curso número 3.716 de 2005) o 11 de sep-tiembre de 2007 (recurso número 2.394 de2007), es doctrina judicial reiterada, de laque son manifestación, entre otras, las sen-tencias del Tribunal Supremo, Sala Cuarta,de fechas 8 de mayo de 18 de julio de 1990,23 de abril de 1996 y 22 de mayo de 2000,la parte declara que para el éxito de la acciónde rescisión de la relación laboral a instan-cias del trabajador, por incumplimientos delempresario del artículo 50.1 del Estatuto delos Trabajadores, es necesaria la preexisten-cia de la relación jurídico laboral al tiempode formalizar la pretensión indemnizatoria,porque no puede pretenderse la resoluciónde una relación si ya no existe, por habersido previamente resuelta por actos de cual-quiera de las partes.

Lo que se ha producido en el presentecaso no es un supuesto de extinción del ar-tículo 50 del Estatuto de los Trabajadores,sino que estamos ante un despido tácito porparte de la empresa que no fue impugnado,

despido que debió haberse impugnado porel cauce establecido en los artículos 103 ysiguientes de la Ley de Procedimiento La-boral, pues como se razona en la sentenciadel Tribunal Supremo de 14 de mayo de2007 (recurso número 85 de 2006), “la ex-presión despido no debe entenderse constre-ñida al que tenga origen disciplinario, yaque su significado también comprende, porlo general, cualquier otro cese unilateral-mente impuesto por el empresario”. En defi-nitiva, pues, la demanda de extinción nopuede prosperar ya que no consta que la re-lación laboral esté viva, sino que, al menos,desde marzo de 2008, no prestan los actoresservicios para la demandada (sentencia delTribunal Superior de Justicia de Valencia de15 de mayo de 2008).

A lo anterior no puede oponerse, comopretenden los demandantes, que aún siguenen situación del alta en la Seguridad Social,figurando la demandada como empleadora,ya que es una mera situación administrativa,sin que ello demuestre que exista una cotiza-ción efectiva, ni mucho menos, como pre-tenden, una prestación de servicios, por laque no perciben salario alguno y frente a laque los actores no tuvieron una reacción cla-ra e inmediata.

“Debiendo entenderse por tanto produci-do el despido tácito el 1 de marzo de 2008”.

Quedando íntegramente igual el resto dela resolución.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Slater Soft Laboratories, Socie-dad Limitada” en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.675/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 178 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Miguel Ángel Carrascosa Moral, contradon Jesús A. García Ríos, sobre despido, seha dictado resolución, cuya parte dispositivaen su tenor literal es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Miguel Ángel Carrascosa Moral, contradon Jesús A. García Ríos, por un principalde 15.525,60 euros de principal, 931,54euros de intereses y 1.552,56 euros de cos-tas, calculados en ambos casos provisional-mente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo de

Page 58: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 212 B.O.C.M. Núm. 273

quince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes del deudor prin-cipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes del de-mandado en cuantía suficiente, y para el casode que no se tuviese conocimiento de la exis-tencia de bienes suficientes diríjanse oficiosa los pertinentes organismos y registros pú-blicos con el fin de que faciliten relación detodos los bienes o derechos del deudor deque tengan constancia y se comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad al ejecutado porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. En caso positivo, se acuerda el embar-go de las cantidades pendientes de devolu-ción por la Hacienda Pública al ejecutadohasta cubrir la cantidad objeto de apremio,interesando la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, connúmero 2517, sito en calle Orense, número19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por el ejecuta-do en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose el demandado en igno-rado paradero, notifíquese la misma por me-dio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ytablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia al ejecutado que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Jesús A. García Ríos, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.875/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 10 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaTouria Drissi, doña Sayda Yamili ChávezParedes y don Jackson González Arquez,contra la empresa “Montalvo 97, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-

solución, cuya parte dispositiva en su tenorliteral es la siguiente:

a) Declarar a la ejecutada “Montal-vo 97, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 9.047,25euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Montalvo 97, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.874/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

ejecución número 146 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Javier López Vergara, contra la empre-sa “Transportes Aldamada, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda el embargo y precinto de losvehículos propiedad de la apremiada que acontinuación se describen, con los datos deidentificación conocidos:

Matrícula: 1471FCY.Marca: “Nissan”.Modelo: Cabstar.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VWASBFTL063833429.Matrícula: 4341BZZ.Marca: “Renault”.Modelo: 480.18-T.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VF611GTA000119207.Matrícula: 6894CFJ.Marca: “Renault”.Modelo: R340.18.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VF6RA08A100001233.

Matrícula: 9549FMM.Marca: “Opel”.Modelo: Antara.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: WOLLA63F770040369.Matrícula: BU-01249-R.Marca: “Fruehauf”.Modelo: EOBFA3.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: HA006401.Matrícula: GU-00677-R.Marca: “Montenegro”.Modelo: SHLF 35.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VST003120NM000138.Matrícula: R-9376-BBB.Marca: “Fruehauf”.Modelo: LRA.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VFKXXT34CL1RA3305.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Transportes Aldamade, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.868/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 148 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Lorenzo Carmona Romero, contra laempresa “Estructuras de Hormigón Forza-for, Sociedad Limitada”, sobre despido, seha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Lorenzo Carmo-na Romero, contra “Estructuras de Hormi-gón Forzafor, Sociedad Limitada”, por unimporte de 2.226 euros de principal, más222,60 euros y 222,60 euros para costas eintereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada que se encuentren en el domi-cilio sito en la calle Campoalbillo, núme-ros 7-22, Talamanca del Jarama (Madrid).

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargosde los Juzgados de Madrid al efecto de quepor la comisión judicial se proceda al em-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 213

bargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el pre-sente de mandamiento en forma, pudiendosolicitar, si preciso fuere, el auxilio de lafuerza pública, así como hacer uso de losmedios personales y materiales necesariospara poder acceder a los lugares en que seencuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque se faciliten relación de todos los bienesy derechos de la deudora de que tenganconstancia y se comunique a este Juzgado sipor parte de la Hacienda Pública se adeudaalguna cantidad a la ejecutada por el con-cepto de devolución por el impuesto sobre larenta de las personas físicas, impuesto sobreel valor añadido o cualquier otro. En casopositivo se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada hasta cubrir lacantidad objeto de apremio, interesando laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto” con número 2518,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras de Hormigón For-zafor, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.213/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.417 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Sánchez Domínguez, contra la em-presa “Proyectos Saipán, Sociedad Limita-

da”, sobre ordinario, se ha dictado elsiguiente auto de citación:

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 24 de noviembre de 2009,a las dieciséis y cincuenta horas, en la Salade audiencias de este Juzgado, sita en la ca-lle Hernani, número 59, tercera planta (3-C),de esta ciudad, debiendo citarse a las partes,con entrega a la demandada y a los interesa-dos de copia de la demanda y demás docu-mentos aportados, con las advertencias pre-vistas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley deProcedimiento Laboral.

Al otrosí digo: ha lugar a lo solicitado so-bre interrogatorio o confesión de “ProyectosSaipán, Sociedad Limitada”. A tal fin sehace saber que el interrogatorio habrá deresponderse por su representante en juiciosiempre y cuando hubiera intervenido en loshechos controvertidos. En caso contrario, talcircunstancia habrá de alegarse con sufi-ciente antelación al acto del juicio, identifi-cando a la persona que intervino en nombrede la entidad, para su citación al juicio. Si talpersona no formase parte ya de la entidad,podrá solicitar que se le cite en calidad detestigo. Apercibiéndose de que, en caso deno cumplir lo anteriormente señalado o noidentificar a la persona interviniente en loshechos, ello podrá considerarse como res-puesta evasiva y tenerse por ciertos los he-chos a que se refieran las preguntas.

Ha lugar a la documental que la actoraaporte en el acto de juicio: cuando se pro-ponga se acordará.

En cuanto a la documental aportada por laactora relativa al acta de requerimiento paraasistir a la junta de la sociedad “ProyectosSaipán, Sociedad Limitada”, póngase en co-nocimiento de la parte, a los efectos legalesoportunos, que dicha documentación estáincompleta, faltando diferentes páginas dela misma.

Ha lugar a la testifical: cuando se propon-ga se acordará.

Al otrosí segundo digo: se tiene por hechala manifestación de asistencia letrada.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto, lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Proyectos Saipán, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de octubre de 2009.—Lasecretario judicial (firmado).

(03/36.578/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 73 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJorge Enrique Ibarra López, contra la em-presa “Nimotans, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado el siguiente autode fecha 19 de octubre de 2009:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Nimotans,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia total por importe de 4.205,30 euros.Insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Hágase en-trega de certificación a la parte ejecutantepara que surta efectos ante el Fondo de Ga-rantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Nimotans, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.867/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Page 60: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 214 B.O.C.M. Núm. 273

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.555 de 2008, ejecuciónnúmero 78 de 2009, de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don José Da-niel Molano Pérez y don Miguel AlmellonesGonzález, contra la empresa “Raysa Refor-mas e Instalaciones, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado en fecha de 20de octubre de 2009 el siguiente auto:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don José Daniel Mo-lano Pérez y don Miguel Almellones Gonzá-lez, contra “Raysa Reformas e Instalaciones,Sociedad Limitada”, por un importe de27.705,01 euros de principal (correspon-diendo 10.699,19 euros a don José DanielMolano Pérez, siendo 1.907,33 euros indem-nización y 8.791,86 euros salarios de trami-tación, y 17.005,82 euros a don Miguel Al-mellones González, siendo 3.545,78 eurosindemnización y 13.460,04 euros salarios detramitación), más 2.770,50 euros y 2.770,50euros para costas e intereses que se fijan pro-visionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) A tal fin diríjanse oficios a los perti-nentes organismos y registros públicos conel fin de que faciliten relación de todos losbienes o derechos de la deudora de que ten-gan constancia y se comunique a este Juzga-do si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a la ejecutada por elconcepto de devolución por el impuesto so-bre la renta de las personas físicas, impues-to sobre el valor añadido o cualquier otro.En caso positivo, se acuerda el embargo delas cantidades pendientes de devolución porla Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cu-brir la cantidad objeto de apremio, intere-sando la remisión de las mismas a la “Cuen-ta de depósitos y consignaciones” abiertapor este Juzgado en “Banesto” con núme-ro 2518/0000/00/1555/08, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días, por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Raysa Reformas e Instalacio-nes, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.866/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 772 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Álvarez Estébanez y don Pa-blo de Diego Martínez, contra las empresas“Discoma, Sociedad Limitada”, y “Elzaso,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado la siguiente resolución:

FalloQue estimando parcialmente las deman-

das acumuladas en este procedimiento y for-muladas por don José Luis Álvarez Estéba-nez y don Pablo de Diego Martínez, contralas empresas “Elzaso, Sociedad Limitada”,y “Discoma, Sociedad Limitada”, que nocomparecen pese a estar citadas en legal for-ma, debo declarar y declaro procedente eldespido objetivo de que han sido objeto losactores, debiendo ser indemnizados en lacuantía legal prevista en el artículo 53 delEstatuto de los Trabajadores, que el actordon José Luis Álvarez percibió en la sumade 6.219,85 euros y don Pablo de Diego per-cibió en la suma de 9.568,99 euros, conde-nando a la empresa “Elzaso, Sociedad Limi-tada”, al abono de la diferencia no abonadapor importe de 2.297,19 euros para don JoséLuis Álvarez y de 1.704,68 euros para donPablo de Diego, absolviéndole el resto depedimentos de la demanda.

Que debo absolver y absuelvo a la empre-sa “Discoma, Sociedad Limitada”, de lospedimentos de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las parteshaciéndoles saber que la misma no es firmey contra ella cabe formular recurso de supli-cación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado dentro de los cinco días siguientesa la notificación de esta resolución, bastan-do para ello la mera manifestación de la par-te o de su abogado o su representante al ha-cerle la notificación de aquella de supropósito de entablarlo, o bien por compare-cencia o por escrito de las partes, de su abo-gado o su representante dentro del indicadoplazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 5020 en “Banesto”,en la calle Orense, número 19, de Madrid(haciendo constar en el ingreso el número deexpediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Discoma, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.865/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 255 de 2009, ejecuciónnúmero 189 de 2009 de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don José Da-vid Carrizo Ocaña, contra la empresa “Alis-nava Construcciones, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado en fecha 19 deoctubre de 2009 el siguiente auto:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 24.023,72 euros,más la cantidad de 2.402,37 euros en con-cepto de intereses y 2.402,37 euros en con-cepto de costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alisnava Construcciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.864/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 215

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 75 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJamal Si Hamdan y don Adil Haj, contra laempresa “Alves Enfoscados y Monocapa,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado auto, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Alves En-

foscados y Monocapa, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia parcial por im-porte de 2.549,86 euros, de los que 1.532,74euros corresponden a don Jamal Si Hamdany 1.017,12 euros a don Adil Haj. Insolven-cia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Habiéndose recibida devuelta por correosla notificación de la providencia de 27 de ju-lio de 2009, dirigida a la parte ejecutada, no-tifíquese la presente resolución por mediode edictos que serán publicados en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así por este anuncio lo pronuncia, manday firma su señoría ilustrísima doña IsabelSánchez Peña, magistrada-juez del Juzgadode lo social número 21 de Madrid.—La ma-gistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alves Enfoscados y Monoca-pa, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.862/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 402 de 2009-B de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro David Delgado Loor, contra donJanusz Brocyna, “Andamiajes Krynat, So-ciedad Limitada”, y “Andamiajes Krynaton,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado con esta fecha auto, cuya parte dis-positiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

1.o Declarar extinguida la relación la-boral que unía a don Pedro David DelgadoLoor con la parte demandada don JanuszBrocyna, “Andamiajes Krynat, SociedadLimitada”, y “Andamiajes Krynaton, Socie-dad Limitada”.

2.o Sustituir la obligación de readmi-sión incumplida por el demandada por la in-demnización de 6.732 euros.

3.o Condenar a la parte demandada, donJanusz Brocyna, “Andamiajes Krynat, So-ciedad Limitada”, y “Andamiajes Krynaton,Sociedad Limitada”, al pago de los salariosde tramitación a la parte demandante, donPedro David Delgado Loor, por importe de122,37 euros (40,79 euros salario/día).

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de reposición, ante este Juzgado, den-tro del plazo de cinco días hábiles siguientesal de su notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima señora doña Isabel Sán-chez Peña, magistrada-juez sustituta delJuzgado de lo social número 21 de Ma-drid.—La magistrada-juez de lo social (fir-mado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple loordenado.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Janusz Brocyna, “Andamia-jes Krynat, Sociedad Limitada”, y “Anda-miajes Krynaton, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.863/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.052 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alfonso Arroyo Guijarro, contra la em-presa “Auxcón 2004, Sociedad Limitada,sobre despido, se ha dictado la siguiente re-solución:

Sentencia número 475 de 2009En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—

Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jor-ge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez delJuzgado de lo social número 23 de esta ciu-dad, los presentes autos de juicio verbal nú-mero 1.052 de 2009, sobre despido, segui-dos entre partes: de una, como demandante,don Alfonso Arroyo Guijarro, asistido delletrado don Leocricio Almodóvar Díez, y deotra, como demandada, “Auxón 2004, So-ciedad Limitada”, que no comparece pese aser citada en legal forma, ha pronunciado ennombre de Su Majestad el Rey la siguientesentencia:

FalloQue estimando la demanda promovida

por don Alfonso Arroyo Guijarro, frente a laempresa “Auxcón 2004, Sociedad Limita-da”, declaro la improcedencia del despidode que fue objeto el trabajador demandante,así como extinguida la relación laboral queunía a las partes, y condeno a la mercantildemandada a que abone al actor la cantidadde 8.000,88 euros en concepto de indemni-zación, más 5.189,76 euros en concepto desalarios de tramitación devengados hasta lafecha.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer recurso de suplicación paraante la Sala de lo social del Tribunal Superiorde Justicia de Madrid, el cual deberá ser anun-ciado por escrito o comparencia en el términode cinco días a contar desde el siguiente al dela notificación de la sentencia, y con expresaadvertencia de que de ser el recurrente la par-te demandada deberá exhibir ante este Juzga-do el resguardo acreditativo de haber deposi-tado en la cuenta de “Recursos” de esteJuzgado de lo social número 23, número deidentificación 0030/1143/45/2521, abierta enel “Banco Español de Crédito” (“Banesto”),oficina sita en la calle Orense, número 19, deesta ciudad, la cantidad objeto de condena,pudiendo sustituirse la consignación en metá-lico por el aseguramiento mediante aval ban-cario en el que deberá hacerse constar la res-ponsabilidad solidaria del avalista, y acreditartambién haber depositado en la indicadacuenta la cantidad de 150,25 euros, precepti-va legalmente para recurrir, sin cuyos requisi-tos no se tendrá por anunciado dicho recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Auxcón 2004, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 216 B.O.C.M. Núm. 273

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.861/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 195 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Gutiérrez Cárceles, contra la em-presa “Montajes Eléctricos Sochmathiew,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado el siguiente auto:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resoluciónsolicitada por don Luis Gutiérrez Cárceles,contra “Montajes Eléctricos Sochmathiew, So-ciedad Limitada”, por un importe de 3.730,51euros de principal, más 373,05 euros y 279,78euros para costas e intereses que se fijan provi-sionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela ejecutada que se encuentren en el domici-lio social de la misma, sito en el paseo deTeruel, número 10, octavo, 50004 Zaragoza.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Zaragoza al efecto de quepor la comisión judicial se proceda al embar-go de los bienes en cuantía suficiente paracubrir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

d) Se acuerda el embargo de los depósi-tos bancarios y los saldos favorables quearrojen las cuentas abiertas a nombre de laejecutada en entidades de crédito. A tal fin,realícese consulta a través de los serviciosdel Punto Neutro Judicial, y de resultar po-sitivo, y para su efectividad, líibrense losoficios correspondientes.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de bienes suficien-tes, diríjanse oficios a los pertinentes orga-nismos y registros públicos con el fin de quefaciliten relación de todos los bienes y dere-chos de la deudora de que tengan constanciay se comunique a este Juzgado si por partede la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. En caso positivo seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Pú-blica a la ejecutada hasta cubrir la cantidadobjeto de apremio, interesando la remisiónde las mismas a la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta por este Juzgado en

“Banesto”, sucursal número 1143, sita en lacalle Orense, número 19, de Madrid, cuentanúmero 0030/1143/64/2521/0195/09.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la misma no cabe recurso alguno,sin perjuicio de la oposición que pueda for-mularse por la ejecutada en el plazo de diezdías por defectos procesales o por motivosde fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuicia-miento Civil, en relación con los artículos556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Montajes Eléctricos Sochmathiew,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.860/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariade lo social del número 24 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don José Jerónimo LorbadaCostales, contra “Estampa 1949, SociedadLimitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 1.059 de 2009, se haacordado citar a “Estampa 1949, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 12 de abril de 2010, alas diez y diez horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 24, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Estampa1949, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 23 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.715/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariade lo social del número 24 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Fernando Gómez Gonzá-lez, contra “Auxiliar de Servicios, Limpie-zas y Maquinarias OP, Sociedad Limitada”,en reclamación por despido, registrado conel número 1.597 de 2009, se ha acordado ci-tar a “Auxiliar de Servicios, Limpiezas yMaquinarias OP, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 19 de noviembre de 2009, a las dieciséisy cincuenta horas, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 24, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Auxiliarde Servicios, Limpiezas y Maquinarias OP,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 22 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.713/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 431 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro Oswaldo Carhuanina Alejos,contra doña María Luz Collaguazo Su-cuzhana, “Multiservicios Azogues, Socie-dad Limitada”, y “Tania y Jéssica, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado lasiguiente providencia de fecha 20 de octu-bre de 2009:

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, doña Marta Menárguez Salo-món.—En Madrid, a 20 de octubre de 2009.

A la vista de la anterior diligencia negati-va, se acuerda suspender la comparecenciaseñalada para el día de hoy, no estando cita-da la parte demandada, y se acuerda señalarnuevamente para la celebración del inciden-te de no readmisión el próximo día 1 de di-ciembre de 2009 a las doce y treinta horas,para lo cual cítese conforme a lo establecido

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 217

en el artículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral a las empresas demandadas.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la secre-taria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a doña María Luz Collaguazo Su-cuzhana, “Multiservicios Azogues, Socie-dad Limitada”, y “Tania y Jéssica, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.722/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariade lo social del número 24 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Alfonso Ortiz Solis, con-tra “Madrid Ciudad Bella, Sociedad Limita-da”, en reclamación por ordinario, registra-do con el número 676 de 2009, se haacordado citar a “Madrid Ciudad Bella, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 12 de enerode 2010, a las nueve y cuarenta horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 24, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “MadridCiudad Bella, Sociedad Limitada”, se expi-de la presente cédula para su publicación enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 23 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.403/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 145 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Lorenzo Estacio, contra la empre-sa “J. Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado el si-guiente auto de fecha 13 de octubre de 2009:

Dispongo: Que debo declarar y declaroextinguida con fecha de hoy la relación la-boral existente entre las partes al no habersido readmitido el actor, con todas las con-secuencias económicas que se derivan deeste pronunciamiento, condenando a la de-mandada a abonar al actor las cantidades si-guientes:

En concepto de indemnización:64.461,18 euros.

En concepto de salarios devengados des-de la fecha de despido: 10.590,12 euros.

Notifíquese la presente resolución a laspartes (a través de correo certificado conacuse de recibo, y en el caso de ser infructuo-sa, por medio del Servicio Común de Notifi-caciones y Embargos y/o edictos), advirtien-do que contra la misma podrán interponerrecurso de reposición, ante este Juzgado,dentro del plazo de cinco días hábiles si-guientes al de su notificación (artículo 184de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo mando y firmo.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “J. Sánchez Vidal e Hijos, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.783/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 143 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Enrique Meca Samaniego, contra la em-presa “J. Sánchez Vidal e Hijos, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictado elsiguiente auto de fecha 13 de octubrede 2009:

Dispongo: Que debo declarar y declaroextinguida con fecha de hoy la relación la-boral existente entre las partes al no habersido readmitido el actor, con todas las con-secuencias económicas que se derive de estepronunciamiento, condenando a la deman-dada a abonar al actor las cantidades si-guientes:

En concepto de indemnización: 9.358,98euros.

En concepto de salarios devengados des-de la fecha de despido: 7.487,19 euros.

Notifíquese la presente resolución a laspartes (a través de correo certificado conacuse de recibo, y en el caso de ser infructuo-sa, por medio del Servicio Común de Notifi-caciones y Embargos y/o edictos), advirtien-do que contra la misma podrán interponerrecurso de reposición, ante este Juzgado,dentro del plazo de cinco días hábiles si-guientes al de su notificación (artículo 184de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo mando y firmo.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “J. Sánchez Vidal e Hijos, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.859/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.231 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Agustín Cea Toro, contra la empresa“Talleres Gometal, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente sen-tencia de fecha 14 de octubre de 2009:

FalloQue estimando en parte la demanda inter-

puesta por don Agustín Cea Toro, contra laempresa “Talleres Gometal, Sociedad Limi-tada”, debo declarar y declaro el derecho deldemandante a percibir la cantidad total de6.620,10 euros por los conceptos que se di-cen en el hecho probado segundo de estasentencia, condenando a la empresa deman-dada a estar y pasar por esta declaración y aabonar al demandante los citados importes,así como los intereses a que se refiere el fun-damento segundo de esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes yadviértase de que no es firme, y que contrala misma cabe interponer recurso de supli-cación para ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, de-biendo, en su caso, anunciar el propósito dehacerlo dentro de los cinco días siguientes ala notificación de la misma por conducto deeste Juzgado, bastando para ello la mera ma-nifestación de la parte o de su abogado o re-presentante al hacerle la notificación de lasentencia de su propósito de entablar el re-curso, pudiendo también anunciarse el re-curso por comparecencia o por escrito de laspartes o de su abogado o representante anteeste Juzgado y en el indicado plazo, si fuerala empresa demandada quien intentase inter-poner el recurso de suplicación deberá con-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 218 B.O.C.M. Núm. 273

signar el depósito de 150,25 euros en lacuenta corriente denominada “Recurso desuplicación” que con el número 2522 man-tiene este Juzgado de lo social en la mismaentidad bancaria, debiendo el recurrente en-tregar en la Secretaría del Juzgado el corres-pondiente resguardo al tiempo de interponerel recurso de suplicación.

Se advierte además a las partes que deberánhacer constar en los escritos de interposicióndel recurso y de impugnación un domicilio enla sede del Tribunal Superior de Justicia deMadrid a efectos de notificación, dando cum-plimiento a lo dispuesto en el artículo 195 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Talleres Gometal, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.782/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 855 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Miguel Martínez Moreno Arro-nes, contra la empresa “Bluebox Estudios,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente sentencia de fecha 29 deseptiembre de 2009:

FalloQue estimando en parte la demanda inter-

puesta por don Carlos Miguel Martínez Mo-reno Arrones, contra la empresa “BlueboxEstudios, Sociedad Limitada”, debo decla-rar y declaro improcedente la decisión ex-tintiva del nexo laboral aquí enjuiciada de laque fue objeto el día 16 de abril de 2009 yextinguida la relación laboral que unía a laspartes con efectos de la fecha de esta senten-cia; condenando a la demandada a que abo-ne al actor una indemnización en cuantía de3.500,40 euros, así como los salarios deja-dos de percibir desde la fecha indicada has-ta la de esta sentencia, lo que asciende a lacantidad de 9.509,42 euros, haciendo un to-tal de 13.009 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes yadviértase de que no es firme, y que contrala misma cabe interponer recurso de supli-cación para ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, de-biendo, en su caso, anunciar el propósito dehacerlo dentro de los cinco días siguientes ala notificación de la misma por conducto de

este Juzgado, bastando para ello la mera ma-nifestación de la parte o de su abogado o re-presentante al hacerle la notificación de lasentencia de su propósito de entablar el re-curso, pudiendo también anunciarse el re-curso por comparecencia o por escrito de laspartes o de su abogado o representante anteeste Juzgado y en el indicado plazo, si fuerala empresa demandada quien intentase inter-poner el recurso de suplicación deberá con-signar el depósito de 150,25 euros en lacuenta corriente denominada “Recurso desuplicación” que con el número 2522 man-tiene este Juzgado de lo social en la mismaentidad bancaria, debiendo el recurrente en-tregar en la Secretaría del Juzgado el corres-pondiente resguardo al tiempo de interponerel recurso de suplicación.

Se advierte además a las partes que deberánhacer constar en los escritos de interposicióndel recurso y de impugnación un domicilio enla sede del Tribunal Superior de Justicia deMadrid a efectos de notificación, dando cum-plimiento a lo dispuesto en el artículo 195 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Bluebox Estudios, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.781/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 186 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Blanca de la Cruz Chamorro, contra laempresa “Confort Cleaning Systems, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do el siguiente auto de fecha 14 de octubrede 2009:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Blanca de la Cruz Chamorro, contra“Confort Cleaning Systems, Sociedad Limi-tada”, por un principal de 11.930,58 euros,más 715,83 euros en concepto de intereses y1.193,05 euros de costas calculadas provi-sionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos a la Oficina de Colaboración con laDirección General de Tráfico, al Registro de

la Propiedad número 14 de Madrid, a la Ofi-cina de Colaboración con el Catastro, a laOficina de Averiguación Patrimonial y tam-bién al señor director de la Agencia Tributa-ria, a fin de que comunique a este Juzgado sipor parte de la Hacienda Pública se adeudaalguna cantidad a la ejecutada por el con-cepto de devolución por el impuesto sobre larenta de las personas físicas, impuesto sobreel valor añadido o cualquier otro. Y asimismopara que todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos de la deudora de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridadesy funcionarios requeridos de las responsabi-lidades derivadas del incumplimiento injusti-ficado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3de la Ley de Procedimiento Laboral). Encaso positivo, se acuerda el embargo de losposibles vehículos propiedad de la ejecuta-da, interesándose a su vez la correspondien-te anotación y consiguiente certificación, asícomo el embargo de las cantidades pendien-tes de devolución por la Hacienda Pública ala ejecutada hasta cubrir la cantidad objetode apremio, interesándose la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto”, sito en la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 219

ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Soledad Fernández del Mazo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Confort Cleaning Systems, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.211/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 33 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJamal Ziounate y don Monir Ziounate, con-tra la empresa “Obras y Reformas Dafesa,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado el siguiente auto de insolvencia:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Obras y Re-

formas Dafesa, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de23.878,05 euros, de los cuales le correspon-de al ejecutante don Jamal Ziounate la can-tidad de 10.888,57 euros y al ejecutante donMonir Ziounate un principal de 12.989,48euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a la ejecutada “Obras y ReformasDafesa, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.205/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 131 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Montserrat Santiago Burgos y doñaEusebia Mateo Jiménez, contra la empresa“Dermatus Europe, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado el siguiente auto:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Dermatus

Europe, Sociedad Limitada”, en situaciónde insolvencia total por importe de 47.934euros, de los cuales le corresponde a la eje-cutante doña Montserrat Santiago Burgosun principal de 21.690 euros y a la ejecutan-te doña Eusebia Mateo Jiménez un principalde 26.244 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a la ejecutada “Dermatus Europe,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.208/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 987 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Gualoto Estrella Édison Xavier, contrala empresa “Sistemas Integrales de Rehabi-litación, Sociedad Anónima”, sobre despi-do, se ha dictado la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Édison Xavier Gualoto Estrella, don

Iacob Tacu, don Fredy Ramiro Rocha Coca,don Rodrigo Manuel Molina Sarango, donPedro Guzmán, don Vicente Gonzalo Jimé-nez, don Luis Enrique Andrade Guerrero,don Piotr Tomasz Wlizlo, don Pedro Ger-mán Lucero Pérez, don Olmedo Rafael JaénBenítez, don José Carlos Paiva dos Santos,don Germán Medrano Villarroel, don TulioRaúl Colana Luarte, don Willian RafaelBeato Torres, don Érrol Bolívar GavilanesYuqui, don Gróber Filiberto Medrano Villa-rroel, don Diego Paredes Ramírez y don Ro-lando Damián Salas Gutiérrez, contra “Sis-temas Integrales de Rehabilitación,Sociedad Anónima”, debo declarar y decla-ro improcedente el despido de los deman-dantes de fecha 8 de junio de 2009, decla-rando, asimismo, extinguida con efectos dela fecha de la presente resolución la relaciónlaboral que vinculaba a las partes litigantes,condenando a la demandada a abonar a losactores las siguientes cantidades, sin perjui-cio de la responsabilidad subsidiaria de Fon-do de Garantía Salarial para el caso de insol-vencia empresarial.

A don Édison Xavier Gualoto Estrella:1.703,21 euros de indemnización y 5.084,82euros de salarios de tramitación.

A don Iacob Tacu: 1.706,92 euros de in-demnización y 5.095,89 euros de salarios detramitación.

A don Fredy Ramiro Rocha Coca:1.842,46 euros de indemnización y 5.500,56euros de salarios de tramitación.

A don Rodrigo Manuel Molina Sarango:3.244,80 euros de indemnización y 5.071,29euros de salarios de tramitación.

A don Pedro Guzmán: 4.171,50 euros deindemnización y 5.701,05 euros de salariosde tramitación.

A don Vicente Gonzalo Jiménez:4.213,60 euros de indemnización y 6.585,42euros de salarios de tramitación.

A don Luis Enrique Andrade Guerrero:2.549,04 euros de indemnización y 5.500,56euros de salarios de tramitación.

A don Piotr Tomasz Wlizlo: 1.706,92euros de indemnización y 5.095,89 euros desalarios de tramitación.

A don Pedro Germán Lucero Pérez:1.464,64 euros de indemnización y 4.867,11euros de salarios de tramitación.

A don Olmedo Rafael Jaén Benítez:6.806,25 euros de indemnización y 7.441,50euros de salarios de tramitación.

A don José Carlos Paiva dos Santos:1.728,75 euros de indemnización y 5.161,08euros de salarios de tramitación.

A don Germán Medrano Villarroel:1.782,72 euros de indemnización y 5.322,21euros de salarios de tramitación.

A don Tulio Raúl Colana Luarte: 3.033euros de indemnización y 4.974,12 euros desalarios de tramitación.

A don Willian Rafael Beato Torres:1.864,75 euros de indemnización y 5.095,89euros de salarios de tramitación.

A don Érrol Bolívar Gavilanes Yuqui:1.630,28 euros de indemnización y 4.867,11euros de salarios de tramitación.

A don Gróber Filiberto Medrano Villa-rroel: 2.271,68 euros de indemnización y5.322,21 euros de salarios de tramitación.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 220 B.O.C.M. Núm. 273

A don Diego Paredes Ramírez: 1.717,22euros de indemnización y 5.126,64 euros desalarios de tramitación.

A don Rolando Damián Salas Gutiérrez:3.174,75 euros de indemnización y 5.206,59euros de salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de Madrid, Sala de losocial, debiendo anunciarlo previamenteante este Juzgado en el término de cinco díashábiles contados a partir del siguiente de sunotificación.

Previniendo a la empresa demandada quepara recurrir deberá acreditar haber ingresa-do en la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” de este Juzgado de lo social, núme-ro 2523, clave 65, con indicación delnúmero de procedimiento, abierta en el“Banco Español de Crédito”, en la calleOrense, número 19, de esta capital, ofici-na 1143, el importe de la condena y 150,25euros en concepto de depósito, siendo admi-sible la sustitución del ingreso de la cantidadobjeto de condena por la aportación de avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista, sin cuyos re-quisitos no será admitido a trámite el recur-so, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sistemas Integrales de Rehabi-litación, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.289/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.065 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Benito Wáshington Godoy Durán, con-tra la empresa “Sistemas Integrales deRehabilitación, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado en fecha 6 de octubrede 2009 la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada por

don Benito Wáshington Godoy Durán, con-tra “Sistemas Integrales de Rehabilitación,Sociedad Anónima”, y Fondo de GarantíaSalarial, debo declarar y declaro improce-dente el despido del actor de fecha 8 de junio

de 2009, condenando a la empresa demanda-da a que en el plazo de los cinco días hábilessiguientes al de notificación de la presenteresolución, opte entre readmitir al trabajadoren las mismas condiciones anteriores al des-pido, o indemnizarle en la suma de 1.104,85euros, con abono, en todo caso, de los sala-rios dejados de percibir desde la fecha deldespido hasta la de notificación de la presen-te resolución, a razón de 42,17 euros diarios,y que a la fecha ascienden a 5.102,57 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de Madrid, Sala de losocial, debiendo anunciarlo previamenteante este Juzgado en el término de cinco díashábiles contados a partir del siguiente de sunotificación.

Previniendo a la empresa demandada quepara recurrir deberá acreditar haber ingresa-do en la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” de este Juzgado de lo social, núme-ro 2523, clave 65, con indicación delnúmero de procedimiento, abierta en el“Banco Español de Crédito”, en la calleOrense, número 19, de esta capital, ofici-na 1143, el importe de la condena y 150,25euros en concepto de depósito, siendo admi-sible la sustitución del ingreso de la cantidadobjeto de condena por la aportación de avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista, sin cuyos re-quisitos no será admitido a trámite el recur-so, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sistemas Integrales de Rehabi-litación, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.294/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.067 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Miguel Illana Barrera, contra la empre-sa “BS Microtec Madrid Mite, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada por

don Miguel Illana Barrera, contra “BS Mi-

crotec Madrid Mite, Sociedad Limitada”,debo declarar y declaro improcedente el des-pido del demandante de fecha 8 de junio de2009 y extinguida con efectos de la fecha dela presente resolución la relación laboral quevinculaba a las partes litigantes, condenandoa la demandada a abonar al actor las siguien-tes cantidades, sin perjuicio de la responsabi-lidad subsidiaria de Fondo de Garantía Sala-rial para el caso de insolvencia empresarial.

Indemnización: 36.333,34 euros.Salarios de tramitación: 9.653,04 euros.Notifíquese esta resolución a las partes,

haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de Madrid, Sala de losocial, debiendo anunciarlo previamenteante este Juzgado en el término de cinco díashábiles contados a partir del siguiente de sunotificación.

Previniendo a la empresa demandada quepara recurrir deberá acreditar haber ingresadoen la “Cuenta de depósitos y consignaciones”de este Juzgado de lo social, número 2523, cla-ve 65, con indicación del número de proce-dimiento, abierta en el “Banco Español de Cré-dito”, en la calle Orense, número 19, de estacapital, oficina 1143, el importe de la condenay 150,25 euros en concepto de depósito, siendoadmisible la sustitución del ingreso de la canti-dad objeto de condena por la aportación de avalbancario en el que se hará constar la responsa-bilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisi-tos no será admitido a trámite el recurso, que-dando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “BS Microtec Madrid Mite, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.290/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.022 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Ana María Ransanz Cerrada, contra laempresa “Spin Out Solutions, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor doña Ana María Ransanz Cerrada y don

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 221

Pablo Meco Gómez, contra “Spin Out Solu-tions, Sociedad Limitada”, debo declarar ydeclaro improcedente el despido de los de-mandantes de fecha 5 de junio de 2009, con-denando a la empresa demandada a que en elplazo de los cinco días hábiles siguientes alde notificación de la presente resolución,opte entre readmitir a los trabajadores en lasmismas condiciones anteriores al despido oindemnizarles en las sumas que seguida-mente se indicarán, con abono, en todo caso,de los salarios dejados de percibir desde lafecha del despido hasta la de notificación dela presente resolución, sin perjuicio de laresponsabilidad subsidiaria de Fondo de Ga-rantía Salarial para el caso de insolvenciaempresarial.

A doña Ana María Ransanz Cerrada:18.029,75 euros.

A don Pablo Meco Gómez: 15.112,50euros.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de Madrid, Sala de losocial, debiendo anunciarlo previamenteante este Juzgado en el término de cinco díashábiles contados a partir del siguiente de sunotificación.

Previniendo a la empresa demandada quepara recurrir deberá acreditar haber ingresadoen la “Cuenta de depósitos y consignaciones”de este Juzgado de lo social, número 2523, cla-ve 65, con indicación del número de proce-dimiento, abierta en el “Banco Español deCrédito”, en la calle Orense, número 19, deesta capital, oficina 1143, el importe de la con-dena y 150,25 euros en concepto de depósito,siendo admisible la sustitución del ingreso dela cantidad objeto de condena por la aporta-ción de aval bancario en el que se hará constarla responsabilidad solidaria del avalista, sincuyos requisitos no será admitido a trámite elrecurso, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a “Spin Out Solutions, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.291/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.613 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ramón Palomino Pérez, contra la em-presa “Promociones y Proyectos Toisón,Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda promovida

por don Ramón Palomino Pérez, contra“Promociones y Proyectos Toisón, Socie-dad Anónima”, debo condenar y condeno ala empresa demandada a pagar a la actora lasuma de 2.517 euros, más el 10 por 100 deinterés moratorio, sin perjuicio de la respon-sabilidad subsidiaria que pueda alcanzar alFondo de Garantía Salarial para el caso deinsolvencia empresarial.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de Madrid, Sala de losocial, debiendo anunciarlo previamenteante este Juzgado en el término de cinco díashábiles contados a partir del siguiente de sunotificación.

Previniendo a la empresa demandada quepara recurrir deberá acreditar haber ingresadoen la “Cuenta de depósitos y consignaciones”de este Juzgado de lo social, número 2523, cla-ve 65, con indicación del número de proce-dimiento, abierta en el “Banco Español deCrédito”, en la calle Orense, número 19, deesta capital, oficina 1143, el importe de la con-dena y 150,25 euros en concepto de depósito,siendo admisible la sustitución del ingreso dela cantidad objeto de condena por la aporta-ción de aval bancario en el que se hará constarla responsabilidad solidaria del avalista, sincuyos requisitos no será admitido a trámite elrecurso, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Promociones y Proyectos Toi-són, Sociedad Anónima”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.287/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 530 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Alejandro Anaya Collazos, con-

tra la empresa “Transport Consulting 2006,Sociedad Cooperativa CL”, sobre despido,se ha dictado la siguiente sentencia del tenorliteral siguiente:

FalloQue desestimando la demanda deducida

por don Carlos Elejandro Anaya Collazos,contra “Transport Consulting 2006, Socie-dad Cooperativa CL” (doña Cristina Riera,don Luis Carlos Chango Chango, don Cris-tián Caiza Rojas, don Carlos Santaxi Pillajoy don Luis Óscar Díaz Sánchez), debo ab-solver y absuelvo a la demandada de los pe-dimentos deducidos en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma, cabeinterponer recurso de suplicación ante laSala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, que se anunciara dentrode los cinco días siguientes a su notifica-ción, bastando para ello la manifestación dela parte, de su abogado o de su representan-te en el momento de la notificación, pudien-do hacerlo también estas personas por com-parecencia y/o por escrito ante este Juzgado,en el mismo plazo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Transport Consulting 2006,Sociedad Cooperativa CL”, doña CristinaRiera, don Luis Carlos Chango Chango, donCristián Caiza Rojas, don Carlos Santaxi Pi-llajo y don Luis Óscar Díaz Sánchez, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.288/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.339 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Dilia Nelly León León, contra la empre-sa “Progazoime, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado providencia del te-nor literal siguiente:

ProvidenciaMagistrada-juez de lo social, doña Sole-

dad Fernández del Mazo.—En Madrid, a 6de octubre de 2009.

Dada cuenta, y visto es estado de las ac-tuaciones y resultando que la empresa de-mandada “Progazoime, Sociedad Limita-da”, se encuentra en ignorado paradero,notifíquese la sentencia de 14 de julio de2009 por medio de edictos que se publicarán

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en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y tablón de anuncios de esteJuzgado. Adviértase que las siguientes co-municaciones dirigidas a la mencionadaparte se harán en estrados (artículo 59 de laLey de Procedimiento Laboral). Hágase sa-ber a la parte actora que si conoce nuevo do-micilio de la demandada deberá comunicar-lo a fin de que ponga en conocimiento eldomicilio social de la empresa. Ofíciese a laOficina de Gestión Patrimonial a fin de queponga en conocimiento el domicilio socialde la empresa.

Se acuerda, asimismo, notificar al Fondode Garantía Salarial.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral).

Así lo mando y firma su señoría ilustrísi-ma. Doy fe.—La secretaria judicial (firma-do).—La magistrada-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Progazoime, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.293/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 785 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Andrés Ochoa de Alda González, con-tra la empresa “Excavaciones, Derribos yÁridos, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado el siguiente auto:

Parte dispositiva:a) Acumular a los presentes autos los

provenientes del Juzgado de lo social núme-ro 23, seguidos con el número 1.232 de 2009.

b) Oficiar al Juzgado citado solicitán-dole remitir los autos acumulados, con testi-monio de la presente resolución.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de reposición, ante este Juzgado, den-tro del plazo de cinco días hábiles siguientesal de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Soledad Fernández del Mazo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Excavaciones, Derribos y Ári-dos, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.295/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.073 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Miguel Ángel de Santos Barrajón, donMiguel Ángel de Santos Barrionuevo, donEfim Burca, don Ion Burca y don AntalolyShevlhuk, contra la empresa “Sistemas Inte-grales de Rehabilitación, Sociedad Anóni-ma”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Miguel Ángel de Santos Barrajón,don Miguel Ángel de Santos Barrionuevo,don Efim Burca, don Ion Burca y don Anta-loly Shevlhuk, contra “Sistemas Integralesde Rehabilitación, Sociedad Anónima”,debo declarar y declaro improcedente eldespido de los demandantes de fecha 8 dejunio de 2009, declarando, asimismo, extin-guida con efectos de la fecha de la presenteresolución la relación laboral que vinculabaa las partes litigantes, condenando a la de-mandada a abonar a los actores las siguien-tes cantidades, sin perjuicio de la responsa-bilidad subsidiaria de Fondo de GarantíaSalarial para el caso de insolvencia empre-sarial.

A don Miguel Ángel de Santos Barrajón:2.260,80 euros de indemnización y 6.179,52euros de salarios de tramitación.

A don Miguel Ángel de Santos Barrio-nuevo: 2.091,60 euros de indemnización y5.717,04 euros de salarios de tramitación.

A don Efim Burca: 3.495,20 euros de in-demnización y 8.827,71 euros de salarios detramitación.

A don Ion Burca: 2.545,55 euros de in-demnización y 6.429,21 euros de salarios detramitación.

A don Antaloly Shevlhuk: 2.069,89 eurosde indemnización y 6.179,52 euros de sala-rios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de Madrid, Sala de losocial, debiendo anunciarlo previamenteante este Juzgado en el término de cinco díashábiles contados a partir del siguiente de sunotificación.

Previniendo a la empresa demandada quepara recurrir deberá acreditar haber ingresa-do en la “Cuenta de depósitos y consigna-

ciones” de este Juzgado de lo social, núme-ro 2523, clave 65, con indicación del núme-ro de procedimiento, abierta en el “BancoEspañol de Crédito”, en la calle Orense, nú-mero 19, de esta capital, oficina 1143, el im-porte de la condena y 150,25 euros en con-cepto de depósito, siendo admisible lasustitución del ingreso de la cantidad objetode condena por la aportación de aval banca-rio en el que se hará constar la responsabili-dad solidaria del avalista, sin cuyos requisi-tos no será admitido a trámite el recurso,quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sistemas Integrales de Rehabi-litación, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.292/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 134 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Maohamed Bentaher, contra la empresa“Distrito 30 Construcciones y Obras, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoel siguiente auto de fecha 14 de octubrede 2009:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Distrito 30

Construcciones y Obras, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia total por importede 17.866,21 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 223

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Distrito 30 Construcciones yObras, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.780/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 167 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Méndez Aybar, contra la empresa“Manipulados SP, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado el siguiente autode fecha 7 de octubre de 2009:

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral

mantenida entre don José Méndez Aybar yla empresa “Manipulados SP, Sociedad Li-mitada”, debiendo abonar esta al trabajadorlas siguientes cantidades:

Indemnización: 14.395,35 euros.Salarios de tramitación: 14.496,37 euros.Notifíquese la presente resolución a las

partes, advirtiéndoles que contra la mismacabe recurso de reposición en el plazo decinco días hábiles a contar desde el siguienteal de su notificación.

Así por este auto lo acuerda, manda y fir-ma la magistrada-juez sustituta de este Juz-gado de lo social doña Soledad Fernándezdel Mazo. Doy fe.—La secretaria judicial(firmado).—La magistrada-juez sustituta delo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Manipulados SP, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.779/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTO

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario delo social del número 26 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Gery Mon-taño Zurita, contra “Apisan Canalizaciones,Sociedad Limitada”, en reclamación por

despido, registrado con el número 1.483de 2009, se ha acordado citar a “Apisan Ca-nalizaciones, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, a fin de que comparezca eldía 26 de noviembre de 2009, a las diecisie-te horas, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 26, sito en la calleOrense, número 22, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ApisanCanalizaciones, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.416/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTO

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario delo social del número 26 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don José AntonioCoria Aguilar, contra “Apisan Canalizacio-nes, Sociedad Limitada”, en reclamación pordespido, registrado con el número 1.485de 2009, se ha acordado citar a “Apisan Cana-lizaciones, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 26 denoviembre de 2009, a las diecisiete y veintehoras, para la celebración de los actos de con-ciliación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 26, sito en la calle Orense, nú-mero 22, debiendo comparecer personalmen-te o mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que inten-te valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ApisanCanalizaciones, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.417/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTO

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario delo social del número 26 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providen-cia dictada en el día de la fecha en el procesoseguido a instancias de don Carlos ManuelHuertas Fernández, contra “Externalización deServicios Back Office, Sociedad Limitada”, enreclamación por despido, registrado con el nú-mero 1.494 de 2009, se ha acordado citar a“Externalización de Servicios Back Office, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, a finde que comparezca el día 26 de noviembrede 2009, a las diecisiete y cuarenta horas, parala celebración de los actos de conciliación y, ensu caso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 26, sito en la calle Orense, número 22, de-biendo comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación de Servicios Back Office, SociedadLimitada”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 27 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.419/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario ju-dicial del Juzgado de lo social número 26de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 845 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Dolores Crespillo Moreno, con-tra la empresa “Ratio Fórem, Sociedad Li-mitada”, sobre movilidad geográfica y fun-cional, se ha dictado sentencia, cuya partedispositiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña María Dolores Crespillo Moreno,frente a la empresa demandada “Ratio Fó-rem, Sociedad Limitada”, debo declarar ydeclaro injustificada la medida adoptada porla empresa de cambio de jornada, horario ysalario, y condeno a la demandada a reponera la actora en las mismas condiciones quetenía antes de la modificación y que se expo-nen en el hecho primero de la demanda. Y,asimismo, condeno a la demandada a estar ypasar por la presente resolución con todas

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 224 B.O.C.M. Núm. 273

las consecuencias jurídicas y económicasinherentes a la presente resolución.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, a nombre deeste Juzgado con el número 2524, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto”, calle Orense, número19, a nombre de este Juzgado con el número2524, la cantidad objeto de condena o for-malizar aval bancario por dicha cantidad enel que se haga constar la responsabilidad so-lidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Ratio Fórem, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.778/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario ju-dicial del Juzgado de lo social número 26de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 271 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Daniela Amalia Tatu, contra la empre-sa “Pigmalión Hostelera, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado sentencia,cuya parte dispositiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña Daniela Amalia Tatu, don GabrielBalán y don Narber Noboa Peña, frente, ycomo demandada, la empresa “PigmaliónHostelera, Sociedad Limitada”, debo decla-

rar y declaro improcedente el despido de lostrabajadores demandantes y condeno a laempresa demandada a estar y pasar por taldeclaración y a que en el plazo de cinco díasdesde la notificación de la presente senten-cia opte entre la readmisión de los deman-dantes en las mismas condiciones anterioresal despido o el abono a los mismos de unaindemnización cifrada en las siguientes can-tidades:

Para doña Daniela Amalia Tatu: la canti-dad de 2.866,73 euros en concepto de in-demnización.

Para don Gabriel Balán: la cantidad de1.565,84 euros en concepto de indemniza-ción.

Y para don Narber Noboa Peña: la canti-dad de 531,51 euros en concepto de indem-nización.

Y asimismo debo condenar a la demanda-da a que, en todo caso, abone a los actoreslos salarios dejados de percibir por estosdesde la fecha del despido (21 de febrero de2009) y hasta la fecha de notificación de lapresente sentencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Pigmalión Hostelera, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.777/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 27 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicialdel Juzgado de lo social número 27 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 120 de 2005 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pablo Palop Díaz, contra la empresa“Altimia Consultoría y Soluciones Tecnoló-gicas, Sociedad Anónima”, sobre despido,se ha dictado el siguiente auto de insolven-cia de fecha 14 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Altimia

Consultoría y Soluciones Tecnológicas, So-ciedad Anónima”, en situación de insolven-cia total por importe de 18.710,92 euros deprincipal, más 1.871,09 euros y 1.122,65euros presupuestados para costas e intere-ses. Insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Así lo acuerda y firma su señoría ilustrísi-ma doña Concepción del Brío Carretero.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Altimia Consultoría y Solucio-nes Tecnológicas, Sociedad Anónima”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.463/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 27 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicialdel Juzgado de lo social número 27 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 1 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMónica Monje Jiménez, contra la empresa“Saresa, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado el siguiente auto de insol-vencia de fecha 7 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Saresa, So-

ciedad Limitada”, en situación de insolven-cia total por importe de 6.979,74 euros deprincipal, más 530 euros de intereses y 700euros para costas. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Así lo acuerda y firma su señoría ilustrísi-ma doña Concepción del Brío Carretero.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Saresa, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

Page 71: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 225

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.461/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde doña María de los Reyes Ayllón Heras,contra “Ibertarimas, Sociedad Limitada”, enreclamación por despido, registrado con elnúmero 1.474 de 2009, se ha acordado citara “Ibertarimas, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 1 de diciembre de 2009, a las diecisietey treinta horas, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 28, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Ibertari-mas, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.412/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Teodoro Molano Molano, contra“Ibertarimas, Sociedad Limitada”, en recla-mación por despido, registrado con el núme-ro 1.494 de 2009, se ha acordado citar a“Ibertarimas, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, a fin de que comparezca eldía 1 de diciembre de 2009, a las dieciochohoras, en la Sala de audiencias 1-C, sita enla calle Orense, número 22. En caso de quela sala asignada no hubiera finalizado losjuicios señalados con horario de la mañana,deberán trasladarse a la sala 4-C (plantacuarta) o 5-B (quinta planta), debiendo com-parecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada y con todos los me-dios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y

que dichos actos no se suspenderán por fal-ta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Ibertari-mas, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.411/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Hamid Sedraudi, contra “Joalcrís Ur-banizaciones, Sociedad Limitada”, en recla-mación por ordinario, registrado con el nú-mero 610 de 2009, se ha acordado citar a“Joalcrís Urbanizaciones, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 18 de marzo de 2010, a lasdiez cuarenta y cinco horas de su mañana,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 28, sito en la calle Orense,número 22, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “JoalcrísUrbanizaciones, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.308/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde doña Kely Acosta Sevilla, contra “Apli-cación de Sistemas Antideslizantes, Socie-dad Limitada”, “Ilico Clean y Services, So-

ciedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 1.460 de 2009, se haacordado citar a “Aplicación de SistemasAntideslizantes, Sociedad Limitada”, “IlicoClean y Services, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezcan el día 19de enero de 2010, a las once y quince horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 28, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intenten valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Aplica-ción de Sistemas Antideslizantes, SociedadLimitada”, “Ilico Clean y Services, Socie-dad Limitada”, y Fondo de Garantía Sala-rial, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.392/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Marwane Aboussi, contra “JoalcrisUrbanizaciones, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con elnúmero 608 de 2009, se ha acordado citar a“Joalcris Urbanizaciones, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 18 de marzo de 2010, a lasdiez y treinta horas de su mañana, para la ce-lebración de los actos de conciliación y, ensu caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 28, sito en la calle Orense, núme-ro 22, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “JoalcrisUrbanizaciones, Sociedad Limitada”, se ex-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 226 B.O.C.M. Núm. 273

pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.596/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instancias dedon Abadelfattam El Kamili, contra “Joal-cris Urbanizaciones, Sociedad Limitada”, enreclamación por ordinario, registrado con elnúmero 612 de 2009, se ha acordado citar a“Joalcris Urbanizaciones, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 18 de marzo de 2010, a lasonce horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 28, sitoen la calle Orense, número 22, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán por fal-ta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “JoalcrisUrbanizaciones, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.585/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde doña Ramona Matos de León, contra “GilPérez Express, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con elnúmero 658 de 2009, se ha acordado citar a“Gil Pérez Express, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 27 de abril de 2010, a las diez y vein-te horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas

de este Juzgado de lo social número 28, sitoen la calle Orense, número 22, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Gil PérezExpress, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.599/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Cecilio Tobares Huelves, contra“New Nel Dos, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con elnúmero 554 de 2009, se ha acordado citar a“New Nel Dos, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 11 de marzo de 2010, a las diez y diezhoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 28, sitoen la calle Orense, número 22, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “New NelDos, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.594/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha, en el proceso seguido a instanciasde don Luis Antonio Martínez Yandún, con-tra “Basatir, Sociedad Limitada”, en recla-mación por despido, registrado con el núme-ro 1.442 de 2009, se ha acordado citar a“Basatir, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 1de diciembre de 2009, a las dieciséis y vein-te horas, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, juicio, que ten-drán lugar en la sala de audiencias 1-C (pri-mera planta), sita en la calle Hernani, núme-ro 59; en caso de que la Sala asignada nohubiera finalizado los juicios señalados conhorario de la mañana, deberán trasladarse ala Sala 4-C (planta cuarta) o 5-B (quintaplanta), debiendo comparecer personalmen-te o mediante persona legalmente apoderaday con todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Basatir,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.580/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha, en el proceso seguido a instanciasde doña María Luisa Sancho Galván, contra“Alfa Energía, Sociedad Limitada”, en re-clamación por despido, registrado con el nú-mero 1.458 de 2009, se ha acordado citar a“Alfa Energía, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 1 de diciembre de 2009, a las diecisietehoras de su tarde, en la sala de audien-cias 1-C (primera planta), sita en la calleHernani, número 59; en caso de que la Salaasignada no hubiera finalizado los juiciosseñalados con horario de la mañana, debe-rán trasladarse a la Sala 4-C (planta cuarta)o 5-B (quinta planta), debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 227

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Alfa Ener-gía, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.581/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha, en el proceso seguido a instanciasde doña María del Carmen HernándezHoyo, contra “Parquets y Pavimentos enMadera Solano, Sociedad Limitada”, en re-clamación por despido, registrado con el nú-mero 1.462 de 2009, se ha acordado citar a“Parquets y Pavimentos en Madera Solano,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 1 de diciem-bre de 2009, a las diecisiete horas de su tar-de, en la Sala de audiencias 1-C (primeraplanta), sita en la calle Hernani, número 59;en caso de que la Sala asignada no hubierafinalizado los juicios señalados con horariode la mañana, deberán trasladarse a laSala 4-C (planta cuarta) o 5-B (quinta plan-ta), debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Parquets y Pavimentos en Madera So-lano, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.583/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.278 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de

don Hamed Ben Ezzaaouia, contra la em-presa “Joalcrís Urbanizaciones, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado lasiguiente resolución:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: A la vistade cuanto antecede, declaro con esta fechaextinguida la relación laboral que unía a donHamed Ben Ezzaouia con la empresa “Joal-crís Urbanizaciones, Sociedad Limitada”,acordando que esta abone a aquel la sumatotal de 18.730,02 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Joalcrís Urbanizaciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.203/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 927 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Arturo Ríos Pérez, contra la em-presa “Shapur Purya MSP Imprenta y Re-parto de Publicidad, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado la siguienteresolución:

Parte dispositiva:Se tiene a la parte actora, don Carlos Ar-

turo Ríos Pérez, por desistida de su deman-da, con reserva de acciones y una vez firmeesta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Shapur Purya MSP Imprenta yReparto de Publicidad, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.458/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 25 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJosé Ignacio García Urquiaga, contra la em-presa “GMAC España, Sociedad Anónimade Financiación EFC”, sobre sanciones, seha dictado la siguiente resolución:

Se tiene a la parte actora por desistida desu demanda, y una vez firme esta resolu-ción, archívese.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don José Ignacio García Urquia-ga, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.459/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariadel Juzgado de lo social número 29 deMadrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancias de doña Eleonora Zheleva Gos-podinova, doña Rosa Graciela Báez, doñaMaría Elsa Loayza Zárate, doña CristinaMihcel Stirlea, don Julio Alberto Morón Vi-llar y doña Laila El Maaroufi Tarik, contra“Meg 96, Sociedad Limitada Unipersonal”,ministerio fiscal y Fondo de Garantía Sala-rial, en reclamación por despido, registradocon el número 1.176 de 2009, se ha acorda-do citar a “Meg 96, Sociedad Limitada Uni-personal”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 14 de enero de 2010,a las diez treinta y cinco horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 29, sito en la calle Orense,número 22, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Page 74: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 228 B.O.C.M. Núm. 273

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Meg 96,Sociedad Limitada Unipersonal”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.564/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 193 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Oleh Kadun, contra la empresa “Confe-deración Ibérica de Montajes, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Confederación

Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, ensituación de insolvencia total por importe de3.933,87 euros. Insolvencia que se entenderá atodos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Y una vez firme, hágase entre-ga de certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Confederación Ibérica de Mon-tajes, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.740/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 236 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Rafael Cornejo Da Silva, contra la em-presa “Erinuse Construcciones, SociedadLimitada Unipersonal”, sobre ordinario, seha dictado la siguiente resolución:

Se tiene a la parte actora don Rafael Cor-nejo Da Silva por desistida de su demanda,y una vez firme esta resolución, archívese.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a don Rafael Cornejo Da Silva y“Erinuse Construcciones, Sociedad Limita-da Unipersonal”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.738/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 192 de 2009 Juzgado delo social, seguido a instancias de doña Ma-ría Soledad Salcedo Romeral, doña Pilar La-torre Martín, doña Esther Juez Esteban,doña Milagros Merino Saiz, doña María Je-sús Aparicio Almendros, doña Julita Ilumi-nada Martín Vicente, doña Rosario MartínSegura, doña Fuensanta Bustos Rodríguez ydoña Pilar Ester Aldáriz, contra la empresa“Quelle La Source, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda.a) Declarar a la ejecutada “Quelle La

Source, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 87.060,46euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

Correspondiendo a cada uno de los acto-res las siguientes cantidades:

A doña María Soledad Salcedo Romeral:8.687,63 euros.

A doña Pilar Latorre Martín: 9.764,76euros.

A doña Esther Juez Esteban: 10.277,28euros.

A doña Milagros Merino Saiz: 13.827,42euros.

A doña María Jesús Aparicio Almendros:5.227,6 euros.

A doña Julita Iluminada Martín Vicente:10.212,87 euros.

A doña Rosario Martín Segura: 8.635,33euros.

A doña Fuensanta Bustos Rodríguez:6.541,56 euros.

A doña Pilar Ester Aldáriz: 13.886,01euros.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Quelle La Source, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.739/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigos Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.449 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon César Candelier Acevedo, contra la em-presa “Grama Global 2006, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña María Emma Cobo García.—En Madrid, a 13 de julio de 2009.

Dada cuenta; al no haber sido retirada lacantidad consignada por el trabajador donCésar Candelier Acevedo, se procede a po-ner a disposición de la empresa “GramaGlobal 2006, Sociedad Limitada”, la canti-dad de 175,59 euros, pudiendo retirarla unavez sea firme la presente resolución.

Los mandamientos deberán ser presenta-dos al cobro en un plazo de tres meses a con-tar desde el día siguiente a su emisión, noexcluyéndose los días inhábiles pero sí eldía del vencimiento, por lo que se entenderáque el mandamiento vence el día hábil si-guiente.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don César Candelier Acevedo,

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 229

en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.735/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 328 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan José Piernas Constanzo, contra laempresa “Menelao y Agamenón, SociedadLimitada”, Fondo de Garantía Salarial, donJavier José La Orden Gómez, don FelipeBaza de la Fuente y “Electromadrid Sur, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado sentencia de fecha 24 de junio de 2009,cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta pordon Juan José Piernas Constanzo, como par-te actora, que comparece asistido de letrado,contra, como demandado, “Menelao y Aga-menón, Sociedad Limitada”, en situación deconcurso de acreedores, siendo sus adminis-tradores concursales don José Javier de la Or-den Gómez, don Felipe Baza de la Fuente y“Electromadrid Sur, Sociedad Limitada”,que no comparecen, pese a estar citados, ha-biéndose emplazado al Fondo de GarantíaSalarial, que no comparece, condeno a la em-presa citada a abonar al actor la cantidad de11.923,36 euros, más el interés legal del 10por 100 anual del pago de salarios.

Condeno al Fondo de Garantía Salarial aestar y pasar por la anterior declaración ycondena, sin perjuicio de sus responsabili-dades legales ulteriores, si hubiera lugar aello, previa instrucción del oportuno expe-diente administrativo.

Contra la presente sentencia definitiva, deconformidad con lo establecido en el artícu-lo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral,procede recurso de suplicación.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Menelao y Agamenón, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.189/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTO

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria de lo social del número 30 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don IgnacioRodríguez Moya, contra “Logimadrid, So-

ciedad de Responsabilidad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 1.497de 2009, se ha acordado citar a “Logima-drid, Sociedad de Responsabilidad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 9 de diciembre de 2009, a lasdiecisiete horas, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en el Salon de actos de losJuzgados de la calle Hernani, número 59,planta baja, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Citando a confesión judicial al represen-tante legal de la demandada, con apercibi-miento de tenerle por confeso en caso de in-comparecencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Logima-drid, Sociedad de Responsabilidad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 28 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.576/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.081 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Sergio Osvaldo Moreno Miraglia, con-tra “Amiganew, Sociedad Limitada”, y Fon-do de Garantía Salarial, sobre despido, se hadictado sentencia de fecha 14 de octubre de2009, cuyo fallo es del tenor literal si-guiente:

Que estimando la demanda interpuestapor don Sergio Osvaldo Moreno de acuerdocon su documentación, si bien es conocidoigualmente como don Sergio Osvaldo Mo-reno Miraglia o simplemente como don Ser-gio Moreno en la documentación laboral,con número de identificación de extranje-ro X-3854209-F, como parte actora, quecomparece asistido de letrado, contra, deotra parte, como demandada “Amiganew,Sociedad Limitada”, que no comparece,pese a estar citada, habiéndose emplazado alFondo de Garantía Salarial, que no compa-rece, declaro la improcedencia del despido yextinguida la relación laboral con efectos dela presente resolución, y condeno a la em-presa demandada a satisfacer a la parte acto-ra, la cantidad de 5.625,60 euros como in-

demnización y 4.500,88 euros como salariosde tramitación.

Condeno al Fondo de Garantía Salarial aestar y pasar por la anterior declaración ycondena, sin perjuicio de sus responsabili-dades legales ulteriores, si hubiera lugar aello, previa instrucción del oportuno expe-diente administrativo.

Del importe de los salarios de tramitaciónpodrá descontarse, si se prueba lo percibido, elimporte de los salarios percibidos en otro em-pleo alternativo u ocupación por cuenta propiasustitutiva del trabajo y salario perdidos.

Del mismo modo, en caso de haber trami-tado prestaciones por desempleo, procederála regularización de la prestación ante elServicio de Empleo, formulando nueva soli-citud prestacional en forma, a cuyo efecto senotificará la presente resolución a dicha ges-tora.

Contra la presente sentencia definitiva, deconformidad con lo establecido en el artícu-lo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral,procede recurso de suplicación.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Amiganew, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido el presen-te edicto de notificación para su colocaciónen el tablón de anuncios de este Juzgado einserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.441/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 31 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 31 de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

demanda número 284 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mahmoud Daghdoughi y don NajimAfakir, contra la empresa “Juan Carlos Zar-zalejo, Sociedad Limitada”, sobre despido,se ha dictado sentencia, cuya parte disposi-tiva es la siguiente:

Estimando la demanda de despido a ins-tancias de don Mahmoud Daghdoughi y donNajim Afakir, frente a “Juan Carlos Zarzale-jo, Sociedad Limitada”, debo declarar y de-claro improcedente el despido de los actoresy declaro extinguida la relación laboral queunía a las partes, condenando a la empresademandada a abonar a los actores las si-guientes cantidades:

A don Mahmoud Daghdoughi:Indemnización: 10.867,50 euros.Salarios de tramitación: 322 euros (del 16

al 22 de enero de 2009).A don Najim Afakir:Indemnización: 6.394,50 euros.Salarios de tramitación: 298,41 euros (del

16 al 22 de enero de 2009).Sin hacer pronunciamiento alguno res-

pecto al Fondo de Garantía Salarial, sin per-juicio de la responsabilidad subsidiaria en casode insolvencia provisional de la empresa.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 230 B.O.C.M. Núm. 273

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicaciónante el Tribunal Superior de Justicia dentrode los cinco días siguientes a la notificaciónde esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o de surepresentante dentro del plazo indicado.

Se advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Juan Carlos Zarzalejo, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.187/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento nú-

mero 570 de 2008, ejecución número 161 de2009 de este Juzgado de lo social, seguido ainstancias de don Víctor Manuel GarcíaSanz, contra la empresa “Suministros yComplementos Informáticos, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

ProvidenciaIlustrísimo magistrado-juez de lo so-

cial.—En Madrid, a 23 de octubre de 2009.Dada cuenta; por presentado el anterior

escrito, únase a los autos de su razón y desetraslado de la copia a las otras partes afecta-das. Se tiene por solicitada la ejecución de laobligación de readmitir impuesta por sen-tencia de fecha 8 de julio de 2009 dictadapor el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, Sala de lo social, Sección Segunda, a laempresa “Suministros y Complementos In-formáticos, Sociedad Limitada”, en favordel demandante don Víctor Manuel GarcíaSanz, y previo a su resolución, se acuerdaoír a las partes en comparecencia que se ce-lebrará en este Juzgado de lo social, sito encalle Hernani, número 59, segunda planta, eldía 2 de diciembre de 2009, a las nuevetreinta y cinco horas, que solo versará sobrela falta de readmisión en debida forma quese ha alegado, a la que deberán acudir contodos los medios de prueba de que intentenvalerse en orden a esa cuestión.

Cítese en legal forma a tal fin, quedandoadvertidas de que si no acudiese la parte de-mandante (por sí o debidamente representa-da), se le tendrá por desistida de su petición,en tanto que si el ausente fuese el empresa-rio (por sí o legalmente representado), elacto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso dereposición a presentar en este Juzgado dentrode los cinco días hábiles siguientes al de sunotificación, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo manda y firma su señoría. Doyfe.—La secretaria judicial (firmado).—Elmagistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Suministros y ComplementosInformáticos, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.712/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.618 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Patricia López Antolino, contra la em-presa “Terma Actual, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre ordinario,se ha dictado la siguiente resolución:

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña María Luisa Gil Meana.—EnMadrid, a 22 de octubre de 2009.

Dada cuenta; el anterior escrito presenta-do por la parte actora, únase a los autos de surazón, y visto el contenido del mismo, se tie-ne por aportada papeleta de conciliaciónante el Servicio de Mediación, Arbitraje yConciliación, por lo que se acuerda señalarnuevamente la vista para el día 21 de enerode 2010, a las diez horas de su mañana, sir-viendo la presente de citación en forma, ha-ciendo saber a las partes que deberán com-parecer con todos los medios de prueba deque intenten valerse.

Notifíquese esta resolución.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Terma Actual, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido el pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.714/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María Jesús Sierra SanMartín, contra “Escuela Infantil El Gato conBotas, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 1.153de 2009, se ha acordado citar a “Escuela In-fantil El Gato con Botas, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 2 de diciembre de 2010, a lasonce y treinta horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 32, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “EscuelaInfantil El Gato con Botas, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 23 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.711/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada enel día de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don José Luis Martín de Oro, donFrancisco Javier Morago Monteagudo y donArturo Sánchez Rodríguez, contra don Anasta-sio Silveira Muñoz, don Javier Silveira Her-nández, don Víctor Silveira Hernández, donÁlvaro Silveira Hernández, doña MercedesHernández Olalla, don Anastasio Silveira Her-nández, “Silveira Machinery Rental, Sociedadde Responsabilidad Limitada”, “Landstate, So-ciedad Limitada”, “Tacesa Maquinaria, Socie-dad Limitada”, “Pilotes 2000, Sociedad Anóni-ma”, y “Traest, Sociedad de ResponsabilidadLimitada”, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 568 de 2009, se ha acorda-do citar a don Anastasio Silveira Muñoz, donJavier Silveira Hernández, don Víctor SilveiraHernández, don Álvaro Silveira Hernández,doña Mercedes Hernández Olalla, don Anasta-sio Silveira Hernández, “Silveira MachineryRental, Sociedad de Responsabilidad Limita-da”, “Landstate, Sociedad Limitada”, “Tacesa

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 231

Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Pilotes2000, Sociedad Anónima”, y “Traest, Socie-dad de Responsabilidad Limitada”, en ignora-do paradero, a fin de que comparezcan el día 10de diciembre de 2009, a las ocho y cincuentahoras, para la celebración de los actos de con-ciliación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 32, sito en la calle Hernani, nú-mero 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Anasta-sio Silveira Muñoz, don Javier Silveira Her-nández, don Víctor Silveira Hernández, donÁlvaro Silveira Hernández, doña MercedesHernández Olalla, don Anastasio Silveira Her-nández, “Silveira Machinery Rental, Sociedadde Responsabilidad Limitada”, “Landstate,Sociedad Limitada”, “Tacesa Maquinaria, So-ciedad Limitada”, “Pilotes 2000, SociedadAnónima”, y “Traest, Sociedad de Responsa-bilidad Limitada”, se expide la presente cédu-la para su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocaciónen el tablón de anuncios.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.575/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento nú-mero 1.477 de 2008, ejecución número 117de 2009, de este Juzgado de lo social, segui-do a instancias de doña Elena Guardo Martí-nez, contra la empresa “Inversiones Palma-real, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, seha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Madrid, a 23 de julio de 2009.

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Elena Guardo Martínez, contra “Inver-siones Palmareal, Sociedad Limitada”, porun importe de 1.932,57 euros de principal,más 144,94 euros de intereses y 193,26euros de costas que se fijan provisionalmen-te sin perjuicio de ulterior liquidación.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada que se encuentren en su domi-cilio.

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con comunicación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados de Madrid al efecto de que por la

comisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

d) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

f) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, María Lui-sa Gil Meana.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Inversiones Palmareal, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.726/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento nú-mero 590 de 2009, ejecución 174 de 2009,de este Juzgado de lo social, seguido a ins-tancias de don Pablo César Mera Asensio,contra la empresa “Infotaller de Estructuras,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado la siguiente resolución:

Providencia

El magistrado-juez de lo social.—En Ma-drid, a 29 de octubre de 2009.

Dada cuenta; por presentado el anteriorescrito, únase a los autos de su razón y desetraslado de copia a las otras partes.

Se tiene por solicitada la readmisión en laempresa “Infotaller de Estructuras, SociedadLimitada”, del demandante don Pablo CésarMera Asensio. Se requiere al empresariopara que le reponga en su puesto de trabajoen el plazo de tres días hábiles, de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 280.2 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Se acuerda oír a las partes en compare-cencia para el caso de que la empresa de-mandada no cumpliera el requerimiento dereadmisión efectuado por parte de este Juz-gado, que se celebrará en este Juzgado de losocial, sito en calle Hernani, número 59, se-gunda planta, el día 2 de diciembre de 2009,a las nueve cincuenta y cinco horas, que soloversará sobre la falta de readmisión en debi-da forma que se ha alegado, a la que deberánacudir con todos los medios de prueba deque intenten valerse en orden a esa cuestión.Cítese en legal forma a tal fin, quedando ad-vertidas de que si no acudiese la parte de-mandante (por sí o debidamente representa-da), se le tendrá por desistida de su petición,en tanto que si el ausente fuese el empresa-rio (por sí o legalmente representado), elacto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así lo manda y firma su señoría. Doyfe.—La secretaria judicial (firmado).—Elmagistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Infotaller de Estructuras, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.573/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña María Teresa Domínguez Velasco, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se si-guen autos con el número 235 de 2009, hoyejecución número 93 de 2009, a instanciasde don Jorge Voces Fernández, contra laempresa “Mobra 2020, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, en los que en fecha 17 de ju-lio de 2009 se ha dictado auto, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Mobra 2020,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 232 B.O.C.M. Núm. 273

vencia total, con carácter provisional, porimporte de 4.742,16 euros. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Y una vez firme, hágase entre-ga de certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísi-ma. Doy fe.—La secretaria judicial (firma-do).—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Y para que sirva de notificación “Mo-bra 2020, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido el presente en Madrid, a 21de octubre de 2009.—La secretaria judicial(firmado).

(03/36.722/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña María Teresa Domínguez Velasco, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se si-guen autos con el número D-412 de 2009,hoy ejecución número 163 de 2009, a ins-tancias de don Wilson Rodrigo AgualongoParedes, contra las empresas “Baemco, So-ciedad Limitada”, y “Metalistería Gemetal,Sociedad Limitada”, sobre despido, en losque en fecha 20 de octubre de 2009 se hadictado auto, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a las ejecutadas “Baemco,

Sociedad Limitada”, y “Metalistería Geme-tal, Sociedad Limitada”, en situación de in-solvencia total, con carácter provisional, porimporte de 16.329,92 euros. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de las ejecutadas.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Y una vez firme, hágase entre-ga de certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísi-ma. Doy fe.—La secretaria judicial (firma-do).—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Y para que sirva de notificación “Baemco,Sociedad Limitada”, y “Metalistería Gemetal,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,

expido el presente en Madrid, a 20 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.723/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 211 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Illya Kozmych y doña Mykola Ne-simkka, contra la empresa “Servipladi 24Horas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado con fecha 20 de octubre de2009 auto, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Illya Kozmych y doña Mykola Ne-simkka, contra “Servipladi 24 Horas, Socie-dad Limitada”, por un importe de 4.283,58euros de principal (de los que 2.141,79euros corresponden a doña Illya y 2.141,79euros a doña Mykola), más 430 euros y 260euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índi-ces del Registro de la Propiedad, Gerenciadel Centro de Gestión Catastral y también alseñor director de la Agencia Tributaria, a finde que comunique a este Juzgado si por par-te de la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo, paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos de la deudora de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridadesy funcionarios requeridos de las responsabi-lidades derivadas del incumplimiento injus-tificado de lo acordado (artículos 75.3y 238.3 de la Ley de Procedimiento Labo-ral). En caso positivo, se acuerda el embar-go de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez la corres-pondiente anotación y consiguiente certifi-cación, así como el embargo de las cantida-des pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesándo-se la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” número 2806abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen calle Orense, número 19, de Madrid.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-

laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Y en aplicación de lo dispuesto en los ar-tículos 248 de la Ley de Procedimiento La-boral y 113.1, letra H), de la Ley GeneralTributaria (redactado por la Ley 40/1998, de9 de diciembre), líbrese oficio a la Oficinade Averiguación Patrimonial del Ministeriode Economía y Hacienda a fin de localizarbienes y derechos titularidad de la parte eje-cutada, diligenciándose a través del Serviciode Apoyo del Decanato de esta ciudad.

Se acuerda el embargo del vehículo pro-piedad de la apremiada que a continuaciónse describe, con los datos de identificaciónconocidos:

Matrícula: M-6054-YX.Marca: “Mercedes-Benz”.Modelo: 110CDI.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VSA63819413282626.Líbrese y remítase directamente y de ofi-

cio mandamiento por duplicado al ilustre se-ñor registrador de Bienes Muebles Provin-cial, Sección de Automóviles y OtrosVehículos de Motor, obrante en el mismo,para que practique el asiento que correspon-da relativo al embargo trabado sobre elvehículo indicado, se expida certificaciónde haberlo hecho, de la titularidad que cons-te del bien y, en su caso, de sus cargas y gra-vámenes, advirtiéndose que deberá comuni-car a este Juzgado la existencia de ulterioresasientos que pudieran afectar al embargoanotado (artículo 253 de la Ley de Proce-dimiento Laboral), y debiéndose devolverun ejemplar debidamente cumplimentado.

Con relación a la solicitud del embargo delas cantidades retenidas por “Dragados”, de-berá indicar la dirección de la misma.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-

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sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,José Pablo Aramendi Sánchez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Servipladi 24 Horas, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido elpresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.724/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.514 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Germán Gabriel Campuzano Pacheco,contra la empresa “Pablo Andrés AsistenciaTécnica, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado sentencia de fecha 20 deoctubre de 2009 del tenor literal siguiente:

Estimando en parte la demanda formula-da por don Germán Gabriel Campuzano Pa-checo, frente a “Pablo Andrés AsistenciaTécnica, Sociedad Limitada”, debo conde-nar y condeno a la empresa demandada aabonar al actor la cantidad de 3.306 euros,más el 10 por 100 de interés por mora. Sinhacer pronunciamiento alguno respecto alFondo de Garantía Salarial, sin perjuicio desu responsabilidad legal subsidiaria en casode insolvencia de la empresa.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicaciónante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, el cual deberá anunciarse ante este Juz-gado dentro de los cinco días siguientes a lanotificación de esta resolución, bastandopara ello la mera manifestación de la parte ode su abogado o su representante al hacerlela notificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes de su abogado o de surepresentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 2807/0000/60, se-guido del número de procedimiento (cuatrocifras) y año de incoación del mismo (doscifras), en la oficina del “Banco Español deCrédito” (“Banesto”), en la calle Orense,número 19, de esta capital.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso acreditar haber consigna-do la suma de 150,25 euros en concepto dedepósito en la cuenta número 2807/0000/65,seguido del número de procedimiento (cua-tro cifras) y año de incoación del mismo (doscifras), en el mismo banco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Pablo Andrés Asistencia Téc-nica, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.719/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.551 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Ramón Muñoz de la Morena, donJavier Serrállez Durán y don Juan CarlosCampos López, contra la empresa “Asofico,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado sentencia, cuyo fallo literal es el si-guiente:

Estimando en parte las demandas formu-ladas por don José Ramón Muñoz de la Mo-rena, don Javier Serrállez Durán y don JuanCarlos Campos López, frente a “Asofico,Sociedad Limitada”, debo condenar y con-deno a la empresa demandada a abonar a losactores las cantidades siguientes, más el 10por 100 de interés por mora:

A don José Ramón Muñoz de la Morena:2.553,54 euros.

A don Javier Serrállez Durán: 2.387,80euros.

A don Juan Carlos Campos López:2.365,54 euros.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicaciónante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, el cual deberá anunciarse ante este Juz-gado dentro de los cinco días siguientes a lanotificación de esta resolución, bastando

para ello la mera manifestación de la parte ode su abogado o su representante al hacerlela notificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes de su abogado o de surepresentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 2807/0000/60, se-guido del número de procedimiento (cuatrocifras) y año de incoación del mismo (doscifras), en la oficina del “Banco Español deCrédito” (“Banesto”), en la calle Orense,número 19, de esta capital.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso acreditar haber consigna-do la suma de 150,25 euros en concepto dedepósito en la cuenta número 2807/0000/65,seguido del número de procedimiento (cua-tro cifras) y año de incoación del mismo (doscifras), en el mismo banco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Asofico, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.720/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña Gracia Fernández Morán, secretariade lo social del número 35 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Isabel López Rodríguez,contra don Daniel Gómez Herrera y “Ter-maspa y Balnearios, Sociedad Limitada”, enreclamación por ordinario, registrado con elnúmero 1.338 de 2009, se ha acordado citara don Daniel Gómez Herrera y “Termaspa yBalnearios, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, a fin de que comparezcan el día24 de febrero de 2010, a las nueve y cin-cuenta horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 35, sito en la calle Hernani, número 59,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don DanielGómez Herrera y “Termaspa y Balnearios,

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 234 B.O.C.M. Núm. 273

Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/35.222/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 212 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Batres Arnanz, contra la empre-sa “Eurocontab AJC, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado auto el día dela fecha, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Carlos Batres Arnanz, contra “Eurocon-tab AJC, Sociedad Limitada”, por un princi-pal de 16.104 euros, más 966 euros y 1.610euros en concepto de intereses y de costascalculados provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índi-ces del Registro de la Propiedad, Gerenciadel Centro de Gestión Catastral y también alseñor director de la Agencia Tributaria, a finde que comunique a este Juzgado si por par-te de la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos de la deudora de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridadesy funcionarios requeridos de las responsabi-lidades derivadas del incumplimiento injus-tificado de lo acordado (artículos 75.3y 238.3 de la Ley de Procedimiento Labo-ral). En caso positivo, se acuerda el embar-go de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez la corres-pondiente anotación y consiguiente certifi-cación, así como el embargo de las cantida-des pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesándo-se la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, cuenta corriente nú-mero 2808/0000/00/0288/09, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-

pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Eurocontab AJC, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.201/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

demanda número 210 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mamadou Saganogo, contra don ÁngelSánchez Menéndez, sobre despido, se hadictado resolución, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Parte dispositiva:Dispongo: Decretar la ejecución del fallo

de la sentencia dictada en las presentes ac-tuaciones con fecha 4 de junio de 2009, de-clarando extinguida a partir de esta fecha larelación laboral que ligaba a las partes ycondenando a la parte demandada a pagar ala parte actora las siguientes cantidades:

Indemnización: 2.213,98 euros, corres-pondiente a cuarenta y seis días de salario.

Salarios de tramitación: desde el 8 de ene-ro de 2009 hasta el 30 de junio de 2009, a ra-

zón de un salario día de 48,13 euros; no pro-ceden por el período de 1 de julio de 2009 a19 de agosto de 2009, y desde esa fecha has-ta la fecha de la presente resolución, a razónde 13,49 euros al día.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de reposición, ante este Juzgado, den-tro del plazo de cinco días hábiles siguientesal de su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mandoy firmo.—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Ángel Sánchez Menéndez,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.172/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de doña María Almudena BilbaoGarcía, contra la empresa “Promocón Servi-cios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, re-gistrados con el número 1.257 de 2008, eje-cución número 97 de 2009, de este Juzgadode lo social, se ha dictado auto, cuyo enca-bezamiento y parte dispositiva son del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Promocón

Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia total por importede 3.911,12 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 235

Así lo acuerda manda y firma su señoría.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Promocón Servicios Inmobilia-rios, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, así como para su colocación en eltablón de anuncios de este Juzgado, expidoy firmo la presente.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.174/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de doña Julia Pardo Carmona, contralas empresas “Global Kit, Sociedad Limita-da”, y “Olorón Investiment, Sociedad Limi-tada”, registradas con el número 1.139de 2008, ejecución número 178 de 2009, deeste Juzgado de lo social, se ha dictado auto,cuyo encabezamiento y parte dispositivason del tenor literal siguiente:

AutoEn Madrid, a 15 de octubre de 2009.

Hechos:Primero.—En las presentes actuaciones

seguidas a instancias de doña Julia PardoCarmona, contra “Global Kit, Sociedad Li-mitada”, y “Olorón Investiment, SociedadLimitada”, en materia de ordinario, despa-chada ejecución por importe de 2.949,52euros, más 295 euros calculados provisio-nalmente para costas y 221 euros de intere-ses, resulta pendiente la cuantía de 2.949,52euros de principal.

Razonamiento jurídico:Primero.—De conformidad con el artícu-

lo 252 de la Ley de Procedimiento Laboral yartículos 584 y siguientes de la Ley de En-juiciamiento Civil, procede acordar el em-bargo de bienes de las ejecutadas hasta cu-brir el importe antes mencionado.

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo y precinto del

vehículo propiedad de la apremiada “GlobalKit, Sociedad Limitada” (cédula de identifi-cación fiscal número B-83082800), que acontinuación se describe, con los datos deidentificación conocidos:

Apremiada: “Global Kit, Sociedad Limi-tada” (cédula de identificación fiscal núme-ro B-83082800).

Matrícula: 9766FMJ.Marca: “Mercedes”.Modelo: 109 CDI.Líbrese y remítase directamente y de ofi-

cio mandamiento por duplicado al ilustre se-ñor registrador de Bienes Muebles Provin-cial, Sección de Automóviles y Otros

Vehículos de Motor, obrante en el mismo,para que practique el asiento que correspon-da relativo al embargo trabado sobre elvehículo indicado, se expida certificaciónde haberlo hecho, de la titularidad que cons-te del bien y, en su caso, de sus cargas y gra-vámenes, advirtiéndose que deberá comuni-car a este Juzgado la existencia de ulterioresasientos que pudieran afectar al embargoanotado (artículo 253 de la Ley de Proce-dimiento Laboral), y debiéndose devolverun ejemplar debidamente cumplimentado.

Remítase, asimismo, el mandamiento porfax al Registro de Bienes Muebles a fin deque extienda el correspondiente asiento depresentación.

Ofíciese a la Unidad Administrativa co-rrespondiente para la efectividad del precin-to y conveniente depósito.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,José Antonio Capilla Bolaños.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Global Kit, Sociedad Limita-da”, y “Olorón Investiment, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, asícomo para su colocación en el tablón deanuncios de este Juzgado, expido y firmo lapresente.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.176/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en ese Juzgado a ins-tancia de don Justo Valenciano Espinar, donLuis Valenciano Espinar, don Gabriel Va-lenciano Espinar y don José Valenciano Es-pinar, contra don Alberto Broco González,don Rubén Broco Morales y “Sermán Insta-laciones, Comunidad de Bienes”, registra-das con el número 860 de 2006, ejecuciónnúmero 37 de 2007, de este Juzgado de losocial, se ha dictado auto cuyo encabe-zamiento y parte dispositiva son del tenor li-teral siguiente:

Parte dispositiva:Se acuerda alzar el embargo de los bienes

descritos en el hecho segundo de esta reso-lución.

Firme la presente resolución, líbresemandamiento por duplicado dirigido al Re-gistro Provincial de Bienes Muebles de Ma-drid, para que proceda a la cancelación de laanotación preventiva de embargo delvehículo embargado en las presentes actua-

ciones matrícula C-1876-BLG, así comooficio dirigido a la Jefatura Provincial deTráfico de Madrid para que deje sin efecto laorden de precinto y depósito del citadovehículo.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,José Antonio Capilla Bolaños.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Alberto Broco González,don Rubén Broco Morales y “Sermán Insta-laciones, Comunidad de Bienes”, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, así como para sucolocación en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.558/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento de

ejecución número 174 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Sebatián Cirilo Dues Rentería, contra laempresa “Derekoy Investment, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadoauto el día de la fecha, cuya parte dispositi-va es la siguiente:

a) Declarar a la ejecutada “Derekoy In-vestment, Sociedad Limitada” en situaciónde insolvencia total por importe de 5.479,10euros, insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado, y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Derekoy Investment, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.557/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 236 B.O.C.M. Núm. 273

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 215 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Daniel Gómez Arjona, contra la empre-sa “Her Will, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado auto el día de la fe-cha, cuya parte dispositiva es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Daniel Gómez Arjona, contra “HerWill, Sociedad Anónima”, por un principalde 12.282,34 euros, más 736 euros y 1.228euros en concepto de intereses y de costascalculados provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la de-mandada en cuantía suficiente, y descono-ciéndose bienes concretos, procédase a la ave-riguación de los mismos, y a tal fin expídanselos correspondientes oficios y mandamientosal señor jefe provincial de Tráfico, ilustrísimoseñor alcalde, Servicio de Índices del Registrode la Propiedad, Gerencia del Centro de Ges-tión Catastral y también al señor director de laAgencia Tributaria, a fin de que comunique aeste Juzgado si por parte de la Hacienda Pú-blica se adeuda alguna cantidad a la ejecutadapor el concepto de devolución por el impues-to sobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquier otro.Y asimismo para que todos ellos, y sin perjui-cio de las exigencias legales, en el plazo máxi-mo de cinco días faciliten la relación de todoslos bienes o derechos de la deudora de quetengan constancia. Advirtiéndose a las autori-dades y funcionarios requeridos de las respon-sabilidades derivadas del incumplimiento in-justificado de lo acordado (artículos 75.3y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).En caso positivo, se acuerda el embargo de losposibles vehículos propiedad de la ejecutada,interesándose a su vez la correspondiente ano-tación y consiguiente certificación, así comoel embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública a la eje-cutada hasta cubrir la cantidad objeto de apre-mio, interesándose la remisión de las mismasa la “Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, cuentacorriente número 2808/0000/00/1501/08, sitoen calle Orense, número 19, de Madrid.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 55 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donAlfonso Claros Romero y don SebastiánWawro, contra la empresa “Todo Mármol yGranito, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado resolución, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Dispongo: Decretar la ejecución del fallo

de la sentencia dictada en las presentes ac-tuaciones con fecha 7 de mayo de 2009, de-clarando extinguida a partir de esta fecha larelación laboral que ligaba a las partes ycondenando a la parte demandada a pagar ala parte actora las siguientes cantidades:

Indemnización:A don Alfonso Claros Romero: 9.315,58

euros.A don Sebastián Warwo: 10.314,06

euros.Salarios de tramitación: desde el 3 de di-

ciembre de 2008 hasta el 16 de octubre de2009, a razón de un salario/día de 40,77 y43,31 euros, respectivamente.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de reposición, ante este Juzgado, den-tro del plazo de cinco días hábiles siguientesal de su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mandoy firmo.—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Todo Mármol y Granito, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.717/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria de lo social del número 35 de Ma-drid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de doña María Dolores Sanz Gil,contra las empresas “Ser Taller Motocicle-tas, Sociedad Limitada”, y “European SuplyAutomotion Center, Sociedad Limitada”, enreclamación por cantidad, registrado, con elnúmero 510 de 2009, se ha dictado senten-cia, cuyo encabezamiento y fallo son del te-nor literal siguiente:

FalloQue estimando como estimo la demanda

de cantidad formulada por doña María Do-lores Sanz Gil contra “Ser Taller Motocicle-tas, Sociedad Limitada”, y “European SuplyAutomotion Center, Sociedad Limitada”,debo condenar y condeno solidariamente aambas demandadas al pago a la actora de747,84 euros, que se incrementarán en un 10por 100 de mora.

Se notifica esta sentencia a las partes, ad-virtiendo que la misma es firme y contra ellano cabe interponer recurso alguno.

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Ser Taller Motocicletas, SociedadLimitada”, y “European Suply AutomotionCenter, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, se expide el presente edicto para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, así como para sucolocación en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.715/09)

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Her Will, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.718/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria de lo social del número 35 de losde Madrid y su provincia.

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 237

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de don Francisco Javier LópezAzaustre, contra “Demoliciones Manuales,Sociedad Limitada”, “Demoliciones Fergo,Sociedad Limitada”, y “Demoliciones yRehabilitaciones del Sur, Sociedad Limita-da”, en reclamación por despido, registradocon el número 863 de 2009, se ha dictadosentencia, cuyo encabezamiento y fallo sondel tenor literal siguiente:

FalloQue estimando como estimo en parte la

demanda de despido formulada por donFrancisco Javier López Azaustre, contra“Demoliciones Manuales, Sociedad Limita-da”, “Demoliciones Fergo, Sociedad Limi-tada”, y “Demoliciones y Rehabilitacionesdel Sur, Sociedad Limitada”, debo declarary declaro el mismo improcedente con con-dena a “Demoliciones Manuales, SociedadLimitada”, a que en el plazo de cinco díasopte por la readmisión del actor o bien le in-demnice con la cuantía de 5.441,52 euros,correspondientes a ciento veintitrés días desalario; en todo caso, a los salarios de trami-tación desde el 6 de mayo de 2009 a la fechade notificación de esta resolución, a razónde un salario/día de 44,24 euros.

Se absuelve al resto de las codemandadas.Se notifica esta sentencia a las partes, con

la advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anunciarel recurso haber consignado la cantidad ob-jeto de condena en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” que tiene abierta este Juz-gado con el número 2808/0000/00/0863/09en el “Banco Español de Crédito” (“Banes-to”), en la calle Orense, número 19, de Ma-drid (haciendo constar en el ingreso el núme-ro de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “De-moliciones y Rehabilitaciones del Sur, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, seexpide el presente edicto para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, así como para su coloca-ción en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo el presente.

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado de losocial, a instancias de don Eduard Ceban,contra la empresa “Ady and Denis, Socie-dad Limitada”, registrado con el número1.328 de 2008, ejecución número 210 de2009, de este Juzgado de lo social, se ha dic-tado auto, cuyo encabezamiento y parte dis-positiva son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 2.972,72 euros, másla cantidad de 223 euros en concepto de in-tereses y 297 euros en concepto de costasprovisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto, lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Ady and Denis, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, así comopara su colocación en el tablón de anunciosde este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.713/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria de lo social número 35 de los deMadrid y su provincia.

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Begoña González Rozas, secre-taria sustituta, refuerzo-tardes, de lo so-cial número 35 de Madrid.Hago saber: Que por resolución dictada

en el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Pedro Elías Méndez Vera,contra don David Garca Cruz, en reclama-ción por despido, registrado con el núme-ro 1.458 de 2009, se ha acordado citar a donDavid Garca Cruz, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 19 de noviem-bre de 2009, a las dieciocho y veinte horas,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 35, sito en la calle Hernani,número 59, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.714/09)

Hago saber: Que en las presentes actuacio-nes que se siguen en este Juzgado a instanciasde don Marcel Demerel Sabou, contra “Coal-sa Pintura y Decoración, Sociedad Limitada”,“Aplicación de Pinturas Api, Sociedad Anóni-ma”, y “Helvetia Previsión, Sociedad Anóni-ma de Seguros y Reaseguros”, en reclamaciónpor cantidad, registrado con el número 1.065de 2009, se ha dictado auto de desistimiento,cuyo encabezamiento y parte dispositiva sondel tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Así por este auto, digo: Se tiene a la parte

actora por desistida de su demanda y archí-vese el procedimiento sin más trámite, unavez firme esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiéndoles que contra la mismacabe recurso de reposición, ante este Juzga-do de lo social, en el plazo de cinco días há-biles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo acuerdo, mando y fir-mo.—El magistrado-juez de lo social, JoséAntonio Capilla Bolaños.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Coalsa Pintura y Decoración,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido el presente edicto para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, así como para su coloca-ción en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.712/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 238 B.O.C.M. Núm. 273

Y para que sirva de citación a don DavidGarca Cruz, se expide la presente cédulapara su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y coloca-ción en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.853/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria de lo social del número 36 de Madrid.Hago saber: Que por resolución dictada

en el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Azucena Calero Lucas,contra “Limpiezas Integrales Retablo, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 1.515 de 2009, se haacordado citar a “Limpiezas Integrales Re-rablo, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezca el día 8 demarzo de 2010, a las diez y treinta horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 36, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “LimpiezasIntegrales Retablo, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.420/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 157 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Diego Fernández Prado, contra laempresa “Soluciones Logísticas Centrales,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado resolución, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Soluciones

Logísticas Centrales, Sociedad Limitada”, en

situación de insolvencia parcial por importede 1.415,76 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Hágase en-trega de certificación a la parte ejecutantepara que surta efectos ante el Fondo de Ga-rantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Soluciones Logísticas Centra-les, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.710/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 109 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Mónica Zamorano Fuentes, contra laempresa “Quatro Informática y Telecomu-nicaciones, Sociedad Anónima”, sobre des-pido, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Quatro In-

formática y Telecomunicaciones, SociedadAnónima”, en situación de insolvencia par-cial por importe de 19.791,22 euros. Insol-vencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Hágase en-trega de certificación a la parte ejecutante

para que surta efectos ante el Fondo de Ga-rantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Quatro Informática y Teleco-municaciones, Sociedad Anónima”, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.711/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.260 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Raúl Sánchez López y don David EspínCabello, contra la empresa “Jar ProyectosDiseño Instalaciones Especiales, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, so-bre despido, se ha dictado sentencia, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Fallo

Que estimando las demandas formuladaspor don Raúl Sánchez López y don DavidEspín Cabello, en materia de despido, con-tra la empresa “Jar Proyectos Diseño Insta-laciones Especiales, Sociedad Limitada”,con intervención del Fondo de Garantía Sa-larial, debo declarar y declaro improcedenteel despido de los referidos actores, conde-nando a la empresa “Jar Proyectos DiseñoInstalaciones Especiales, Sociedad Limita-da” a abonarles una indemnización de12.042,24 euros para don Raúl Sánchez Ló-pez y de 8.440,32 euros para don David Es-pín Cabello, y los salarios dejados de perci-bir desde la fecha del despido, 31 de mayode 2009, a la fecha de la presente resolución,que a razón de 53,76 euros diarios asciendena 6.612,48 euros para cada uno, declarandoextinguida la relación laboral que unía a laspartes con efectos de 1 de octubre de 2009.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquélla, de su propósito de enta-blarlo o bien por comparecencia o por

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 239

escrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Jar Proyectos Diseño Instala-ciones Especiales, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido el presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.525/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.257 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Genero Llorca, contra la em-presa “Estructuras Fertesa, Sociedad Limi-tada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobreordinario, se ha dictado sentencia núme-ro 419 de 2009, de fecha 14 de octubre de2009, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor don José Luis Genero Llorca, contra laempresa “Estructuras Fertesa, Sociedad Li-mitada”, en materia de reclamación de can-tidad, con intervención del Fondo de Garan-tía Salarial, debo condenar y condeno a laempresa “Estructuras Fertesa, Sociedad Li-mitada”, a abonar a don José Luis GeneroLlorca la cantidad de 1.128,58 euros, más elinterés legal de demora del 10 por 100 anualsobre dicha cantidad, obligándole a estar ypasar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese la presente resolución a laspartes con la advertencia de que contra ellano cabe formular reclamación alguna.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras Fertesa, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.709/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 67 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donFrancisco Tamayo García, don FlorencioGómez Sánchez y don Ramón Tamayo Gar-cía, contra la empresa “Mármol Tecnologíay Diseño, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Mármol

Tecnología y Diseño, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia parcial por im-porte de 146.179,59 euros. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mandoy firmo.—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mármol Tecnología y Diseño,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido el presente en Madrid, a 9 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.193/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 77 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donEduardo Fernández Victoriano, contra laempresa “Redes Tech Files, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Redes Tech

Files, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total, por importe de 4.009,84

euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Redes Tech Files, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido elpresente en Madrid, a 9 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.190/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 786 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alfredo Berrendero Hernanz, contra laempresa “Cajus, Sociedad Limitada Uniper-sonal”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Alfredo Berrendero Hernanz, frentea “Cajus, Sociedad Limitada Unipersonal”,debo declarar y declaro nulo el despido im-pugnado, declarando asimismo extinguidala relación laboral habida entre partes conefectos desde la presente, condenando a lademandada a abonar a la actora las siguien-tes sumas:

Indemnización 33.141,13 euros.Salarios límite: 13.375,88 euros.Notifíquese esta sentencia a las partes,

advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, agencia 1143, sucursal sita en la calleOrense, número 19, a nombre de este Juzga-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 240 B.O.C.M. Núm. 273

do con el número 0030/1143/2810/0000/65,seguidos del número de autos, acreditandomediante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto”, agencia de calle Oren-se, número 19, de Madrid, a nombre de esteJuzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la can-tidad objeto de condena o formalizar avalbancario por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del ava-lista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Cajus, Sociedad Limitada Uniper-sonal”, en ignorado paradero, expido el pre-sente en Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.524/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social número38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 206 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Fernando Muñoz Durán, contra el Fon-do de Garantía Salarial, “Sociedad Españo-la de los Procedimientos FIT, SociedadAnónima”, “Asociación Madrileña de Ex-portadores de Caucho, Sociedad Limitada”,“Agualar Descalcificaciones, Sociedad Li-mitada”, y “Livingstone & Tikal, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia de fecha 2 de junio de 2009, cuyofallo es del tenor literal siguiente:

FalloEstimando la demanda formulada por

don Fernando Muñoz Durán, contra “Socie-dad Anónima de Procedimientos FIT, So-ciedad Anónima”, “Asociación Madrileñade Exportadores de Caucho, Sociedad Limi-tada”, “Agualar Descalcificaciones, Socie-dad Limitada”, “Livingstone & Tikal, So-ciedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, debo declarar y declaro extinguidala relación laboral que une al actor con laparte demandada y, en consecuencia, conde-no solidariamente a las empresas demanda-das a que indemnicen a la parte actora en44.273,77 euros.

Notifíquese esta sentencia a las parte, conla advertencia de que no es firme y contra

ella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro del plazo de cinco días siguientes a la no-tificación de esta resolución, mediante ma-nifestación de la parte o de su abogado o surepresentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de las partes, de suabogado o su representante dentro del indi-cado plazo.

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Livingstone & Tikal, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.188/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social número38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 65 de 2006 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donGabriel Iván Simic, contra la empresa “Es-tudio Pinos Alta, Sociedad Limitada Uni-personal”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social,doña Inmaculada Parrado Caparrós.—EnMadrid, a 18 de junio de 2009.

Habiendo sido puesta a disposición dedon Gabriel Iván Simic la cantidad de 1,38euros en fecha 28 de mayo de 2007, no ha-biendo sido presentada al cobro, de confor-midad con lo establecido en el artículo 18 dela Ley 33/2003, de 3 de noviembre, y ha-biendo transcurrido en exceso el plazo de unaño previsto para ello, transfiérase la men-cionada cantidad a la “Cuenta de fondosprovisionalmente abandonados”, una vezfirme la presente resolución.

Procédase al archivo de las presentes ac-tuaciones.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estudio Pinos Alta, SociedadLimitada Unipersonal”, en ignorado parade-ro, expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.186/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.162 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguidos a instancias dedon Ricardo Álvarez Broceño, contra la em-presa “Intelligent Video Backup & RestoreServices, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, sobre despido, se ha dicta-do sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por eldemandante don Ricardo Álvarez Broceño,contra “Intelligent Video Backup & RestoreServices, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaroimprocedente el despido de la parte actora,condenando a las empresas demandadas aestar y pasar por la anterior declaración, contodos los efectos inherentes a la misma y, enconsecuencia, a que opten en el plazo decinco días desde la notificación de esta sen-tencia, por readmitir a la parte actora en supuesto de trabajo en las mismas condicionesque regían con anterioridad al despido o leindemnicen en la cantidad de 7.916,67euros, debiéndole de abonar en cualquiercaso los salarios dejados de percibir desde lafecha del despido y hasta la de notificaciónde esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, bastando paraello la mera manifestación de la parte o desu abogado o su representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado en “Banesto”, en la calle Orense,número 19, de Madrid (haciendo constar enel ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 241

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Intelligent Video Backup & RestoreServices, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido el presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.331/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 219 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Eduardo Abellán Lozano, contra la em-presa “D & Co Comunicación Operativa,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado auto, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Eduardo Abellán Lozano, contra“D & Co Comunicación Operativa, Socie-dad Limitada”, por un importe de 11.605euros de principal, más 1.160,50 euros paracostas e intereses que se fijan provisional-mente.

b) Se acepta la acumulación de esta eje-cución a la seguida en el Juzgado de lo so-cial número 24 de Madrid con el núme-ro 157 de 2009, y una vez firme estaresolución, remítansele los presentes autos.

Notifíquese esta a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Y para que le sirva de notificación en le-

gal forma a “D & Co Comunicación Opera-tiva, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.332/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 146 de 2009 de este Juz-

gado de lo social, seguido a instancias dedoña Aránzazu Conde García, contra la em-presa “Leyan 2008, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado auto de fecha 15de octubre de 2009, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: No ha lugar a la aclaración so-licitada por doña Aránzazu Conde Garcíadel auto de fecha 25 de septiembre de 2009,el cual se mantiene íntegramente.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del que, en sucaso, se formule contra el citado auto.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Leyan 2008, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.522/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 203 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Josefa Cuervo Marco, contra la empre-sa “Indutex, Sociedad Limitada”, sobre des-pido, se ha dictado auto en fecha 16 de octu-bre de 2009, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboralque unía a doña Josefa Cuervo Marco con laempresa “Indutex, Sociedad Limitada”,condenando a esta a que abone a aquella lascantidades siguientes:

Nombre de la trabajadora: doña JosefaCuervo Marco.

Indemnización: 26.354,66 euros.Salarios de tramitación: 3.210,72 euros

(habiéndose descontado el período de 23 defebrero de 2009 a 20 de julio de 2009 en quela parte actora prestó servicios para otra em-presa).

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que se

acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Indutex, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.521/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 63 de 2006 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donAdrián Slavsky y don Mariano Campodóni-co, contra las empresas “Estudio Pinos Alta,Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Estu-dio Las Rozas, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

ProvidenciaIlustrísima magistrada-juez de lo social,

doña Inmaculada Parrado Caparrós.—EnMadrid, a 18 de junio de 2009.

Habiendo sido puesta a disposición dedon Adrián Slavsky y de don Mariano Cam-podónico la cantidad de 2,76 euros, a cadauno de ellos, en fecha 18 de abril de 2007,no habiendo sido presentada al cobro deconformidad con lo establecido en el artícu-lo 18 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,y habiendo transcurrido en exceso el plazode un año previsto para ello, transfiérase lamencionada cantidad a la “Cuenta de fondosprovisionalmente abandonados”, una vezfirme la presente resolución.

Procédase al archivo de las presentes ac-tuaciones.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Y para que les sirva de notificación en le-

gal forma a “Estudio Pinos Alta, SociedadLimitada Unipersonal”, y “Estudio Las Ro-zas, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.523/09)

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 242 B.O.C.M. Núm. 273

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 112 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donDaniel Matellanes Pérez, doña Ángeles Al-cañiz Torrecilla, don Julián Álvaro Ayllón,don Ángel Periáñez Costumero, don ÁngelPeriáñez Barroso, don Miguel Herraiz Baña-res, doña Lorenza García Heras, don Anto-nio Linares Garrido y don Juan Ramón Ma-gallo Laín, contra las empresas “MarcialLuis Ramón 3, Sociedad Limitada”, y “FaroFinisterre, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo esel siguiente:

Estimando la demanda formulada pordoña Ángeles Alcañiz Torrecilla, don JuliánÁlvaro Ayllon, don Daniel Matellanes Pé-rez, don Ángel Periáñez Costumero, donÁngel Periáñez Barroso, don Miguel He-rraiz Bañares, doña Lorenza García Heras,don Antonio Linares Garrido y don Juan Ra-món Magallo Laín, contra “Marcial LuisRamón 3, Sociedad Limitada”, “Faro Finis-terre, Sociedad Limitada”, y Fondo de Ga-rantía Salarial, debo condenar y condeno so-lidariamente a las empresas demandadas aque abonen a los actores las siguientes can-tidades:

A doña Ángeles Alcañiz Torrecilla,2.331,75 euros.

A don Julián Álvaro Ayllón, 1.375,68euros.

A don Daniel Matellanes Pérez, 1.172,24euros.

A don Ángel Periáñez Costumero,1.791,42 euros.

A don Ángel Periáñez Barroso, 3.377,69euros.

A don Miguel Ángel Herraiz Bañares,1.961,20 euros.

A doña Lorenza García Heras, 1.090,84euros.

A don Antonio Linares Garrido, 2.200euros netos y 169,32 euros brutos.

A don Juan Ramón Magallo Laín,1.798,71 euros, más el 10 por 100 de interéspor mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, mediante mani-festación de la parte o de su abogado o su re-presentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado en “Banesto”, en la calle Orense,

número 19, de Madrid (haciendo constar enel ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Marcial Luis Ramón 3, Socie-dad Limitada”, y “Faro Finisterre, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.520/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 39 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez González, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.075 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Zhor Saad, contra la empresa “Villa-manoli, Sociedad Limitada”, sobre despido,se ha dictado la siguiente resolución:

FalloEstimando la demanda presentada por

doña Zhor Saad, frente a la empresa “Villa-manoli, Sociedad Limitada”, declaro impro-cedente el despido de fecha de efectos 29 demayo de 2009 y resuelto el contrato de tra-bajo que unía a las partes con efectos de lafecha de esta resolución, condenando a laempresa demandada a que, no siendo posi-ble la readmisión por encontrarse cerrada ysin actividad, abone a la actora la cantidadde 6.011,89 euros en concepto de indemni-zación y 4.775,40 euros por salarios de tra-mitación.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma pueden interponer recurso de suplica-ción en el plazo y con las formalidades quese establecen en el texto refundido de la Leyde Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Diligencia.—En fecha 16 de octubre de2009 fue publicada la anterior resolución.

Asimismo, de conformidad con lo previs-to en el artículo 100 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, se notifica esta sentenciaa las partes, con la advertencia de que no esfirme y contra ella cabe formular recurso desuplicación ante el Tribunal Superior deJusticia dentro de los cinco días hábiles si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando para ello la mera manifestación dela parte o de su abogado o su representanteal hacerle la notificación de aquella de supropósito de entablarlo, o bien por compare-

cencia o escrito de las partes, de su abogadoo de su representante dentro del plazo indi-cado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita, deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 4283 en “Banesto”,oficina sita en la calle Orense, número 19,de Madrid.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta, haciendo constar en el ingreso elnúmero de procedimiento.

Si el recurrente fuera entidad gestora, de-berá presentar ante el Juzgado, al anunciarsu recurso, certificación acreditativa de quecomienza el abono de la prestación de pagoperiódico y que lo proseguirá puntualmentedurante la tramitación del recurso.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Villamanoli, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.489/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 283 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Alfonso Tapia Gómez, contra laempresa “Palsán Obras y Servicios, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadola siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Luis Alfonso Tapia Gómez, contra“Palsán Obras y Servicios, Sociedad Limi-tada”, por un importe de 10.277,75 euros deprincipal (que corresponden a 1.653,75euros de indemnización, más 8.624 euros desalarios de tramitación), más 1.027,77 eurospara costas e intereses que se fijan provisio-nalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente para cu-brir dichas cantidades, practicándose a talfin las averiguaciones oportunas.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 243

rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecutadaen el plazo de diez días por defectos procesa-les o por motivos de fondo (artículo 551 de laLey de Enjuiciamiento Civil, en relación conlos artículos 556 y 559 del mismo texto le-gal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima señora magistrada-juezde lo social, doña Elena de Lizaur García-Margallo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Palsán Obras y Servicios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 16 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.663/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 299 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mario Martín Estévez, contra la empre-sa “Comunicaciones Móviles Griñón, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Mario Martín Estévez, contra “Comuni-caciones Móviles Griñón, Sociedad Limita-da”, por un importe de 3.981,25 euros deprincipal (que corresponden a 614,25 eurosde indemnización, más 3.367 euros de sala-rios de tramitación), más 398,12 euros paracostas e intereses que se fijan provisional-mente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente para cu-brir dichas cantidades, practicándose a talfin las averiguaciones oportunas.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono de

apremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecutadaen el plazo de diez días por defectos procesa-les o por motivos de fondo (artículo 551 de laLey de Enjuiciamiento Civil, en relación conlos artículos 556 y 559 del mismo texto le-gal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima señora magistrada-juezde lo social, doña Elena de Lizaur García-Margallo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Comunicaciones Móviles Gri-ñón, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 16 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.664/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 184 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Montero Álvarez, contra la em-presa “Procesos, Organización del Trans-porte e Ingeniería de Control para el Estudiode Líneas” (“Porticel, Sociedad AnónimaLaboral”), sobre despido, se ha dictado en eldía de la fecha auto, cuya parte dispositivaes la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don David Montero Álvarez, contra “Proce-sos, Organización del Transporte e Ingenie-ría de Control para el Estudio de Líneas”(“Porticel, Sociedad Anónima Laboral”),por un importe de 38.605,59 euros de prin-cipal, más 5.000 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente para cu-brir dichas cantidades, practicándose a talfin las averiguaciones oportunas.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-

rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecutadaen el plazo de diez días por defectos procesa-les o por motivos de fondo (artículo 551 de laLey de Enjuiciamiento Civil, en relación conlos artículos 556 y 559 del mismo texto le-gal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima señora magistrada-juezde lo social, doña Elena de Lizaur García-Margallo. Doy fe.—La secretaria judicial(firmado).—La magistrada-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Procesos, Organización delTransporte e Ingeniería de Control para elEstudio de Líneas” (“Porticel, SociedadAnónima Laboral”), en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 19 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.666/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 548 de 2009-MO de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedoña Purificación Álvarez Gómez, contralas empresas “MG Dog Pet Productos, So-ciedad Limitada Unipersonal”, “El Tío Pe-dro, Sociedad Limitada”, “Bodog Ergan-zungsfuttermittel, Sociedad Limitada”, y“Fremap”, sobre extinción, se ha dictado lasiguiente sentencia número 335, de 19 deoctubre de 2009:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por doña Purificación Álvarez Gómez, fren-te a las empresas “MG Dog Pet Productos,Sociedad Limitada Unipersonal”, “El TíoPedro, Sociedad Limitada Unipersonal”, y“Bodog Erganzungsfuttermittel, SociedadLimitada”, debo declarar y declaro extingui-do el contrato de trabajo celebrado entre laspartes, a la fecha de la presente resolución, yen consecuencia condeno solidariamente alas empresas demandadas a que abonen a latrabajadora la cantidad de 22.481,17 eurosnetos en concepto de indemnización deriva-da de la extinción del contrato de trabajo.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiéndoles que pueden recurrir en supli-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 244 B.O.C.M. Núm. 273

cación ante la Sala de lo social del TribunalSuperior de Justicia de Madrid, en el plazode cinco días hábiles a contar del siguiente ala notificación, por medio de comparecenciao por escrito; siendo indispensable si el re-currente no ostenta el carácter de trabajadory no goza del beneficio de justicia gratuitaque presente resguardo acreditativo de ha-ber ingresado, en impreso separado, el totalal que se le condena y sin cuyo requisito nose tendrá por anunciado el recurso; y al mis-mo tiempo para su formalización deberápresentar resguardo de ingreso del depósitoespecial de 150,25 euros, ambos en la cuen-ta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sincuyo requisito no podrá tenerse en cuenta elrecurso y quedará firme la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “El Tío Pedro, Sociedad Limita-da Unipersonal”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 19 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.665/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 454 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Abelardo Fernández Carballo, contra laempresa “Construcciones China Beach, So-ciedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dic-tado la siguiente resolución:

Dispongo: Se tiene por desistido a donAbelardo Fernández Carballo, de la deman-da formulada en materia de cantidad, frentea “Construcciones China Beach, SociedadLimitada”, y “Fremap”.

Notifíquese esta resolución a las partes, yfirme, procédase al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).—La secretaria judicial (firma-do).—La magistrada-juez de lo social, Ele-na de Lizaur García-Margallo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones China Beach,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 19 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.661/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 40 de 2006 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donM'Hamed El Ahmer, contra la empresa“Elacarma, Sociedad Limitada”, don JoséAntonio López Aguado y don Antonio Ló-pez Regalón, sobre despido, se ha dictadoauto en fecha 15 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:Se estima el recurso de reposición inter-

puesto por M'Hamed El Ahmer, contra elauto de fecha 16 de marzo de 2009, cuya re-solución se repone en el sentido de declararla ampliación de la presente ejecución con-tra los administradores de la sociedad “Ela-carma, Sociedad Limitada”, don José Anto-nio López Aguado y don Antonio LópezRegalón.

Contra este auto no cabe recurso alguno,conforme a lo establecido en el artículo 184de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este su auto lo acuerda, manda yfirma la señora doña Elena de Lizaur Gar-cía-Margallo, magistrada-juez del Juzgadode lo social número 1 de Móstoles y su par-tido, de lo que doy fe.—La secretaria judi-cial (firmado).—La magistrada-juez de losocial (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a don Antonio López Regalón,don José Antonio López Aguado y “Elacar-ma, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 19 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.668/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 203 de 2009 de este Juz-

gado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro Parrilla Benéitez, contra donFrancisco Javier Rodríguez Perdiguero,“Técnicas Industriales Tromeces, SociedadLimitada”, y “Matricería Roda, SociedadLimitada” sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Fallo

Desestimando la excepción de caducidadde la acción, pero estimando la excepción defalta de legitimación pasiva planteada por lacodemandada “Técnicas Industriales Tro-meces, Sociedad Limitada Unipersonal”,debo absolver y absuelvo a dicha empresade los pedimentos contra ella formulados enel presente procedimiento por don Pedro Pa-rrilla Benéitez.

Desestimando la demanda interpuesta pordon Pedro Parrilla Benéitez, contra donFrancisco Javier Rodríguez Perdiguero,debo absolver y absuelvo al mismo de lospedimentos contra él formulados en esteprocedimiento.

Estimando la demanda interpuesta pordon Pedro Parrilla Benéitez, contra “Matri-cería Roda, Sociedad Limitada”, en recla-mación por despido, debo declarar y declaroimprocedente el despido de que fue objeto elactor el día 31 de diciembre de 2008, y de-claro extinguida desde esta fecha la relaciónlaboral que vinculaba a las partes, conde-nando a la demandada a abonar al deman-dante una indemnización en cuantía de58.860,56 euros, así como al abono de lossalarios dejados de percibir desde la fechade despido (31 de diciembre de 2008) hastala fecha anterior al inicio de su relación la-boral con la empresa “Famdemo, SociedadAnónima”, es decir, hasta el 19 de abril de2009, a razón de 58,35 euros/día. Todo ellosin perjuicio de las responsabilidades delFondo de Garantía Salarial en virtud del ar-tículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes esta sentencia, ha-ciéndoles saber que frente a la misma puedeninterponer recurso de suplicación ante la Salade lo social del Tribunal Superior de Justiciade Madrid, anunciándolo por comparecenciao por escrito ante este Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles dentro de los cincodías siguientes al de su notificación, debien-do el recurrente, si es empresario y no gozadel beneficio de justicia gratuita, consignaren la cuenta corriente número 2850, que esteJuzgado tiene abierta en “Banesto” con elnombre de “Cuenta de depósitos y consigna-ciones”, la cantidad objeto de condena. Tam-bién deberá acreditar, al tiempo de anunciar-lo o en el momento de interponerlo o altiempo de personarse en la Secretaría de laSala de lo social, el haber depositado en dichacuenta la suma de 150,25 euros. Todo ello se-gún lo dispuesto en los artículos 188 y si-guientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Matricería Roda, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido la

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 245

presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 20 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.659/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.409 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Antonio Gómez Fernández, contrala empresa “Construcciones, Reformas yProyectos Cantisur 3000, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado sentenciade fecha 13 de octubre de 2009, cuyo falloes del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda interpuesta pordon José Antonio Gómez Fernández, contra“Construcciones, Reformas y ProyectosCantisur 3000, Sociedad Limitada”, en re-clamación de cantidad, debo condenar ycondeno a la empresa demandada a abonaral actor la cantidad de 3.013,74 euros por losconceptos y períodos indicados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyo, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo deGoya, número 2, de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851, la cantidad obje-to de condena, o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones, Reformas y

Proyectos Cantisur 3000, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 14 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.554/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.429 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Elena Azucena Fernández Fernández,contra la empresa “Aislamientos Alonso,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado sentencia de fecha 13 de octubre de2009, cuyo fallo es del tenor literal si-guiente:

Estimando parcialmente la demanda in-terpuesta por doña Elena Azucena Fernán-dez Fernández, contra “Aislamientos Alon-so, Sociedad Limitada”, en reclamación decantidad, debo condenar y condeno a la em-presa demandada a abonar a la actora la can-tidad de 6.566,84 euros por los conceptos yperíodos indicados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyo, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo deGoya, número 2, de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851, la cantidad obje-to de condena, o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Aislamientos Alonso, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 14 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.553/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.294 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Liliana María Ortegón Aguirre, contrala empresa “Hermol Comunicaciones, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado la siguiente resolución:

Estimando la demanda interpuesta pordoña Liliana María Ortegón Aguirre, contra“Hermol Comunicaciones, Sociedad Limi-tada”, en reclamación de cantidad, debocondenar y condeno a la empresa demanda-da a abonar a la actora la cantidad de1.999,99 euros por los conceptos y períodosindicados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyo, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo deGoya, número 2, de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851, la cantidad obje-to de condena, o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Page 92: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 246 B.O.C.M. Núm. 273

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Hermol Comunicaciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 20 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.552/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 89 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donRamón Lara Torrente, contra las empresas“Scarlett Selección, Sociedad Limitada”, y“A3 Carisma, Sociedad Limitada”, sobre or-dinario, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a las ejecutadas “Scarlett

Selección, Sociedad Limitada”, y “A3 Ca-risma, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 5.937,51euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de lasejecutadas.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Scarlett Selección, SociedadLimitada”, y “A3 Carisma, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 20 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.658/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 306 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Francisco Tavárez de la Rosa, con-tra la empresa “Palsán Obras y Servicios,

Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado con fecha 21 de octubre de 2009auto despachando ejecución, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Juan Francisco Tavárez de la Rosa, con-tra “Palsán Obras y Servicios, Sociedad Li-mitada”, por un importe de 11.193,75 eurosde principal, más 2.239 euros para costas eintereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin este-se a los ya acordados en la ejecución núme-ro 302 de 2009, seguida ante este Juzgadocontra la misma ejecutada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Ana Victo-ria Jiménez Jiménez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Palsán Obras y Servicios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 21 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.656/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 304 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Gonzalo Wálter Chilpa Roca, contra laempresa “Palsán Obras y Servicios, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictado

con fecha 21 de octubre de 2009 auto despa-chando ejecución, cuya parte dispositiva esla siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Gonzalo Wálter Chilpa Roca, contra“Palsán Obras y Servicios, Sociedad Limi-tada”, por un importe de 13.107,50 euros deprincipal, más 2.622 euros para costas e in-tereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin este-se a los ya acordados en la ejecución núme-ro 302 de 2009, seguida ante este Juzgadocontra la misma ejecutada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Ana Victo-ria Jiménez Jiménez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Palsán Obras y Servicios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 21 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.554/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 323 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan José Somoza Lorido y don MiguelÁngel Rodríguez Sánchez, contra la empre-sa “Construcciones y Obras Cíjara, Socie-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 247

dad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Juan José Somoza Lorido y don MiguelÁngel Rodríguez Sánchez, contra “Cons-trucciones y Obras Cíjara, Sociedad Limita-da”, por un importe de 4.468,77 euros deprincipal, más 893,75 euros para costas e in-tereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos estese a la ave-riguación de bienes acordada en la ejecu-ción número 163 de 2009, seguida contra lamisma demandada.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Ana Victo-ria Jiménez Jiménez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones y Obras Cíjara,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 20 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.657/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE ALBACETE

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José López Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 2de Albacete.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 602 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Castillo López, contra la em-presa “Estudios, Obras y Proyectos Electri-

cidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:Se admite a trámite la demanda presenta-

da, regístrese en el libro correspondiente yse señala para el acto de conciliación y, ensu caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 24 de noviembre de 2009,a las diez y diez horas, en la Sala de audien-cias de este Juzgado, sita en la calle Tinte,número 3, tercero, de esta ciudad, debiendocitarse a las partes, con entrega a la deman-dada y a los interesados de copia de la de-manda y demás documentos aportados, asícomo del escrito de subsanación, en su caso,con las advertencias previstas en los artícu-los 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento La-boral.

Se accede a la práctica de las pruebas in-teresadas en el escrito de demanda: cítese allegal representante de la demandada paraque comparezca al acto del juicio oral a finde practicar la prueba de interrogatorio departe, con apercibimiento de ser tenido porconfeso en la sentencia en caso de incompa-recencia injustificada.

A la documental: nóminas del trabajadorcorrespondientes al último año (junio de2008 hasta junio de 2009, ambos inclusive)y seguros sociales (TC1 y TC2) correspon-dientes al último año (junio de 2008 hastajunio de 2009, ambos inclusive).

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legalforma a “Estudios, Obras y Proyectos Elec-tricidad, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Albacete, a 29 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.173/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE ALICANTE

EDICTO

Don José Agustín Rifé Fernández Ramos,secretario del Juzgado de lo social núme-ro 1 de Alicante.

Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en esteJuzgado de lo social con el número 463 de2009, por despidos, instado por don JuanFrancisco Ochando López, frente a “Promo-ciones Vacacionales de la Costa Mediterrá-nea, Sociedad Limitada”, “Promociones

Vacacionales Salcón, Sociedad Limitada”,“Servicios Turísticos Vacstyle, SociedadLimitada Unipersonal”, “Gestiones In-mostyle 2005, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, don Javier Conde Moreno y Fondo deGarantía Salarial, se ha dictado sentencia defecha 8 de octubre de 2009, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

FalloQue desestimo la demanda formulada por

don Juan Francisco Ochando López, frente alas empresas “Promociones Vacacionalesde la Costa Mediterránea, Sociedad Limita-da”, “Promociones Vacacionales Salcón,Sociedad Limitada”, “Servicios TurísticosVacstyle, Sociedad Limitada Unipersonal”,“Gestiones Inmostyle 2005, Sociedad Limi-tada Unipersonal”, don Javier Conde More-no y Fondo de Garantía Salarial, en materiade extinción de contrato de trabajo ex artícu-lo 50 del Estatuto de los Trabajadores, conabsolución de los demandados de las peti-ciones deducidas de contrario.

Notifíquese esta sentencia a las partes, ad-virtiéndoles que el recurso procedente contrala misma es el de suplicación, ante la Sala delo social del Tribunal Superior de Justicia deValencia, anunciándolo en este Juzgado de losocial en el término de cinco días hábiles apartir del siguiente de notificación de la reso-lución, debiendo acreditar el recurrente, ex-cepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la canti-dad objeto de condena en la cuenta corrientenúmero 0111, clave 65 (pudiendo sustituirsela consignación en metálico por le asegura-miento mediante aval bancario), con indica-ción del número de procedimiento, la canti-dad objeto de condena, y haber consignado,como depósito en efectivo la suma de 150,25euros (25.000 pesetas) en la cuenta corrientenúmero 0111, clave 67, ambas en “Banesto”sucursal sita en la calle Foglietti, numero 24,de Alicante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia,manda y firma el ilustrísimo señor don Sal-vador Díaz Molina, magistrado-juez delJuzgado de lo social, número 1 de Alicante(firmado y rubricado).

Y para que sirva de notificación a la em-presa “Promociones Vacacionales Salcón,Sociedad Limitada”, cuyo paradero actualse desconoce y el último conocido lo fue enpaseo de la Castellana, número 114, escale-ra segunda, segundo 3, de Madrid, expido elpresente en Alicante, a 16 de octubre de2009, para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.275/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE BARCELONA

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 545de 2008, seguidos en este Juzgado a instanciasde don Mohamed Joundi contra “Tribal, So-ciedad Civil Particular”, don Sergio BarreraCabello, don Juan Carlos Barreras Marsilla ydon Marcelino Alcaide Fernández, en rela-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 248 B.O.C.M. Núm. 273

ción a reclamación de cantidad, por el presen-te se notifica a don Juan Carlos Barrera Mar-silla, en ignorado paradero, la resolución dic-tada en los presentes autos en fecha 13 de juliode 2009, cuyo tenor literal de su parte disposi-tiva dice:

FalloQue estimando la falta de legitimación

pasiva de la demandada y desestimando lademanda formulada por don MohamedJoundi frente a “Tribal, Sociedad Civil Par-ticular”, don Sergio Barrera Cabello, donJuan Carlos Barrera Marsilla y don Marceli-no Alcaide Fernández (socios) y Fondo deGarantía Salarial, debo absolver a los de-mandados de las pretensiones deducidas ensu contra.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiéndoles que contra la mismapodrán interponer recurso de suplicaciónante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Cataluña, anunciando talpropósito mediante comparecencia o por es-crito ante este Juzgado en el plazo de cincodías a contar del siguiente a la notificaciónde esta sentencia, haciéndose constar ade-más un domicilio en la sede de dicho Tribu-nal Superior a efectos de notificaciones.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma ala precitada, cuyo domicilio se desconoce, ad-virtiéndole que las sucesivas notificaciones,salvo que revistan forma de auto o sentencia,se harán en estrados y para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, a los efectos pertinentes, expido elpresente edicto en Barcelona, a 13 de juliode 2009.—La secretaria judicial, MercedesLlopis Lucas.

(03/36.598/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE BILBAO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Inés Alavarado Fernández, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 2de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 368de 2005, ejecución número 89 de 2007, deeste Juzgado de lo social, seguidos a instan-cias de don José Luis Lafarga Simón, contraInstituto Nacional de la Seguridad Social,Tesorería General de la Seguridad Social y“Realizaciones Inmobiliarias Centro, Socie-dad Anónima”, sobre Seguridad Social, seha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Bilbao, a 19 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:Se acuerda el levantamiento y cancelación

de la anotación preventiva de embargo practi-cada el 28 de abril de 2008 por el Registro dela Propiedad de Fuenlabrada número 4, reali-zado sobre la finca número 12.613, inscrita enel Registro de la Propiedad número 4 de Fuen-labrada, tomo 1.339, libro 225, folio 128, ins-cripción segunda.

Líbrese mandamiento por duplicado alRegistro de la Propiedad.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, con expresión de la infracciónque se imputa a la resolución impugnada(artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuicia-miento Civil), sin que su mera interposiciónsuspenda la ejecutividad de lo que se acuer-da (artículo 184.1 de la Ley de Procedimien-to Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manday firma la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social doña Mónica González Fer-nández.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Realizaciones InmobiliariasCentro, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 26 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.716/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE BILBAO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa Linaza Vicandi, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 9 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 482de 2009 de este Juzgado de lo social, segui-dos a instancias de doña María Isabel Que-vedo Álvaro, contra la empresa “Kivemu,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado la sentencia número 398, cuyo falloliteralmente dice:

Fallo

Que estimando la demanda deducida pordoña María Isabel Quevedo Álvaro, contra“Kivemu, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaroimprocedente el despido de la actora reali-zado con efectos al 20 de abril de 2009, con-denando a la empresa demandada a que, enel plazo de cinco días a contar desde la noti-ficación de esta resolución, opte entre read-mitir a la demandante en su puesto de traba-jo en las mismas condiciones y efectos quetenía o a indemnizarle por la extinción de larelación laboral con la cantidad de 7.273,02euros, y en ambos casos, a abonar a la traba-jadora los salarios de tramitación dejados depercibir, a razón de 49,73 euros/día, desde lafecha del despido hasta la notificación de lasentencia o hasta que la actora encontraraotro empleo, si dicha colocación fuera ante-rior a esta sentencia y se acreditara por elempleador lo percibido para su descuento delos salarios de tramitación, debiendo poneren conocimiento del Juzgado en el plazo an-

tes dicho si opta o no por la readmisión, en-tendiéndose que opta por la readmisión parael caso de no verificarlo. Todo ello sin per-juicio de la responsabilidad que legalmentepudiera corresponder al Fondo de GarantíaSalarial.

Contra esta sentencia cabe recurso de su-plicación ante la Sala de lo social del Tribu-nal Superior de Justicia del País Vasco, de-biendo ser anunciado tal propósito mediantecomparecencia o por escrito, ante este Juz-gado, en el plazo de cinco días a contar des-de su notificación, debiendo para hacerlo lademandada ingresar en la cuenta núme-ro 4783/0000/65 del “Grupo Banesto”(“Banco Español de Crédito”) la cantidad lí-quida importe de la condena, sin cuyo requi-sito no podrá tenerse por anunciado el recur-so. Dicha consignación puede sustituirsepor aval bancario, en la forma dispuesta enel artículo 228 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Asimismo, deberá ingresarse en la mismacuenta corriente, con el código 69, la canti-dad de 150,25 euros en concepto de depósi-to para recurso de suplicación, debiendopresentar el correspondiente resguardo en laSecretaría de este Juzgado al tiempo de in-terponer el recurso.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Kivemu, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 19 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.636/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE CÁCERES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Pablo Carrasco Escribano, secre-tario judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 627 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Fidel Ángel Rubio Domínguez, contrala empresa “Nisola Estructuras, SociedadLimitada”, y otros, sobre Seguridad Social,se ha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Cáceres, a 19 de octubre de 2009.Dispongo: Tener por no formalizado el

recurso de suplicación anunciado por Insti-tuto Nacional de la Seguridad Social y Teso-rería contra la sentencia dictada en los pre-sentes autos, que se declara firme.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recurso dereposición a presentar en este Juzgado den-tro de los cinco días hábiles siguientes al derecibirla, cuya sola interposición no suspen-derá la ejecutividad de lo que se acuerda (ar-

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 249

tículo 184.1 de la Ley de Procedimiento La-boral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoríailustrísima. Doy fe.—El secretario judicial(firmado).—El magistrado-juez de lo social,Mariano Mecerreyes Jiménez.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a las empresas “Nisola Estructu-ras, Sociedad Limitada”, “Alay Estructuras,Sociedad Limitada”, “Estructuras y Ferra-llas El Peñón, Sociedad Limitada”, y “Cí-tem Estructuras del Hormigón, Sociedad Li-mitada”, expido el presente en Cáceres, a 19de octubre de 2009.—El secretario judicial(firmado).

(03/35.078/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE CÁCERES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Pablo Carrasco Escribano, secre-tario judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 627 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Fidel Ángel Rubio Domínguez, contrala empresa “Nisola Estructuras, SociedadLimitada”, y otros, sobre Seguridad Social,se ha dictado la siguiente resolución:

Dispongo: Tener por no formalizado elrecurso de suplicación anunciado por Insti-tuto Nacional de la Seguridad Social y Teso-rería General de la Seguridad Social contrala sentencia dictada en los presentes autos,que se declara firme.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoríailustrísima. Doy fe.—El secretario judicial(firmado).—El magistrado-juez de lo social,Mariano Mecerreyes Jiménez.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a las empresas “Nisola Estructu-ras, Sociedad Limitada”, “Alay Estructuras,Sociedad Limitada”, “Estructuras y FerrallasEl Peñón, Sociedad Limitada”, y “Citem Es-tructuras del Hormigón, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido el presen-te en Cáceres, a 19 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/36.643/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE CÁCERES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Pablo Carrasco Escribano, secre-tario judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 122 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias deInstituto Nacional de la Seguridad Social yTesorería General de la Seguridad Social,contra la empresa “Estructuras Mada, So-ciedad Limitada”, sobre Seguridad Social,se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Estructuras

Mada, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia con carácter provisional por im-porte de 134.448,59 euros. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente, y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma su señoríailustrísima.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras Mada, SociedadLimitada”, expido el presente en Cáceres, a19 de octubre de 2009.—El secretario judi-cial (firmado).

(03/36.648/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE CUENCA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles de las Heras López, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 225 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Miguel Fernández Rubio, contrala empresa “Joist, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

Propuesta de auto de la secretaria judicial,doña Ángeles de las Heras López.—EnCuenca, a 7 de octubre de 2009.

Dispongo:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Jesús Miguel Fernández Rubio, indica-da en los hechos de esta resolución por unprincipal de 4.391,81 euros, más 768,56euros que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente para cu-brir dichas cantidades, las que se embarganen este procedimiento al que este se acumu-la, por estar las mismas afectadas a cubrir eltotal de las ejecuciones acumuladas.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios de hasta 601,01 eurospor cada día que se retrase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial, a los fines expresados en el ra-zonamiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a lanúmero 125 de 2008, seguida en este Juzga-do a instancias de don Dionisio ManzanaresCana contra la misma ejecutada, “Joist, So-ciedad Limitada”, ascendiendo el principalde todas las ejecuciones acumuladas a un to-tal de 74.687,72 euros, más 13.123,54 eurospara intereses y costas. Afectándose los bie-nes embargados, en su caso, en las distintasejecuciones acumuladas para responder dela totalidad de las mismas. Llévese testimo-nio de la presente resolución, así como de lasentencia dictada en estos autos y de los par-ticulares necesarios a la ejecución a la queesta se acumula.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social,Fernando Lisbona Laguna.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Joist, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.005/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE GUADALAJARA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Rosario de Andrés Herrero,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 112 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Mercedes del Olmo Gamo, contra laempresa “Indulisa, Sociedad Anónima”, se

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 250 B.O.C.M. Núm. 273

ha dictado resolución, cuya parte dispositivaes la siguiente:

ProvidenciaMagistrado-juez de lo social, don Jesús

González Velasco.—En Guadalajara, a 16de junio de 2009.

El anterior escrito presentado por el letradodon Manuel Álvarez Canónica únase a losautos de su razón, regístrese en el libro de eje-cuciones y requiérase a la entidad demandada,“Indulisa, Sociedad Anónima”, para que en elplazo de diez días ingrese en este Juzgado lacantidad de 300 euros fijada en sentencia porel Tribunal Superior de Justicia de Castilla-LaMancha en concepto de minuta de honorariosy que deberá ingresar en la cuenta de este Juz-gado de la entidad “Banesto”, calle Mayor,número 12, de Guadalajara, número de cuen-ta 1808/0000/64/0112/09, haciéndole saberque en caso de impago se procederá a su eje-cución por la vía de apremio.

Visto lo solicitado en cuanto a los intere-ses solicitados y siendo esta cantidad líquidacon carácter previo al despacho de la presen-te ejecución, practíquese por la secretaria ju-dicial liquidación de intereses en sede deautos principales y, tras ello, se acordará.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magis-trado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Indulisa, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 30 de septiembrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.548/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE GUADALAJARA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 2 deGuadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 129 de 2008-A de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Mohamed Bensaid y Fondo de GarantíaSalarial, contra la empresa “Construccionesy Proyectos Orgamar, Sociedad Limitada”,se ha dictado en fecha 14 de enero de 2009auto, cuyo tenor literal es el siguiente:

Parte dispositiva:a) Se acuerda despachar ejecución a

instancias de don Mohamed Bensaid, frente

a la empresa “Construcciones y ProyectosOrgamar, Sociedad Limitada”, para cubrirla cantidad de 2.202,75 euros de principal,más 440,55 euros que se calculan provisio-nalmente y sin perjuicio de posterior liqui-dación para intereses y costas.

b) Tráigase a estos autos testimonio delauto de insolvencia dictado con fecha 12 deenero de 2009 en el procedimiento de ejecu-ción seguido en este Juzgado bajo el núme-ro 75 de 2007. Asimismo, tráigase a estosautos testimonio de la sentencia dictada enel procedimiento seguido en este Juzgadobajo el número 414 de 2007.

c) Dese audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes. Para la notificación a la entidad eje-cutada, líbrese edicto para su publicación enel “Boletín Oficial” de esta provincia y en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Modo de impugnación: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecutadaen el plazo de diez días por defectos procesa-les o por motivos de fondo (artículo 551 de laLey de Enjuiciamiento Civil, en relación conlos artículos 556 y 559 del mismo texto le-gal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma el iluistrísimo señor magistrado-juezde lo social, don José Eduardo Martínez Me-diavilla. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones y ProyectosOrgamar, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 16 de septiembrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.600/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María del Carmen Ortega Ugena, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 6 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos eneste Juzgado bajo el número 379 de 2009, ainstancias de la parte actora, don AlejandroPostigo Postigo, contra la empresa “DaycoFF Construcciones, Sociedad Limitada”, so-bre despidos/ceses en general, se ha dictado

resolución de fecha 1 de julio de 2009 del te-nor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda presentada

por don Alejandro Postigo Postigo, asistidopor el letrado señor Baena Hijano, contra“Dayco FF Construcciones, Sociedad Limi-tada”, con cédula de identificación fis-cal B-84027630, que no comparece pese asu citación en forma, debo declarar y decla-ro improcedente el despido realizado por lademandada al actor o, declarando extingui-da la relación laboral habida entre las partesy condenando a la demandada “Dayco FFConstrucciones, Sociedad Limitada”, a queindemnice al actor en la cantidad de 981,76euros, cantidad a la que habrá de añadirse7.440,90 euros (43,77 euros/salario día) co-rrespondientes a los salarios de tramitacióndevengados desde la fecha del despido, 12de enero de 2009, hasta el dictado de la pre-sente resolución, cantidad a la que habrá quehacer los descuentos oportunos, caso de es-tar trabajando el actor.

Incorpórese la presente sentencia al librocorrespondiente, expídase testimonio para suunión a los autos y notifíquese a las partes in-teresadas, haciéndoles saber que contra lamisma cabe interponer recurso de suplica-ción ante la Sala de lo social del Tribunal Su-perior de Justicia de Málaga, anunciándoloante este Juzgado de lo social número 6 delos de Málaga en los cinco días siguientes ala notificación de esta sentencia.

En cuanto a la condenada al pago, parahacer uso de este derecho, deberá ingresarlas cantidades a que el fallo se contrae en la“Cuenta de consignaciones y depósitos” deeste Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la de-mandada “Dayco FF Construcciones, Socie-dad Limitada”, actualmente en paraderodesconocido, expido el presente para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, con la advertencia deque las siguientes notificaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir la for-ma de auto, sentencia o se trate de emplaza-mientos.

En Málaga, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.634/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MATARÓ

EDICTO

Según lo acordado en los autos de proce-dimiento de ejecución número 35 de 2009,seguidos en este Juzgado a instancias de donAntonio Colorado Díaz contra “TopmenServicios Auxiliares, Sociedad Limitada”,por el presente se notifica a “Topmen Servi-cios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, la resolución dictada enlos presentes autos en fecha 24 de marzo de2009, cuyo tenor literal de su parte disposi-tiva dice:

Dispongo: Ejecutar la sentencia firme in-dicada en los antecedentes de hecho. A tal

Page 97: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 251

efecto, atendidas las circunstancias concu-rrentes en estas actuaciones, hay que decla-rar a la parte ejecutada, “Topmen ServiciosAuxiliares, Sociedad Limitada”, en situa-ción de insolvencia, con carácter provisio-nal, por el importe de 2.173,34 euros deprincipal, 217,33 euros de intereses y217,33 euros de costas.

Se tienen que archivar las actuaciones,con la anotación previa al libro correspon-diente, y sin perjuicio de continuar la ejecu-ción si en el futuro se conocen nuevos bie-nes de la parte ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial y hágase saberque esta resolución no es firme y que se pue-de interponer recurso de reposición en con-tra en el plazo de cinco días hábiles en esteJuzgado. Asimismo, la parte ejecutada sepuede oponer en el mismo plazo, exceptoque su dirección no sea conocida o se igno-re su paradero. En este último caso se puedeoponer en el plazo máximo de nueve díasdesde la notificación por medio de este auto.

Adviértase a la parte ejecutada, notificadapor medio de edictos, que todas las provisio-nes y diligencias que se dicten en adelante ytodas las citaciones que se le tengan que ha-cer se le notificarán en los estrados de esteJuzgado.

Así lo dispongo, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a

la precitada, cuyo domicilio se desconoce, ad-virtiéndole que las sucesivas notificaciones,salvo que revistan forma de auto o sentencia,se harán en estrados y para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, a los efectos pertinentes, expido el pre-sente edicto en Mataró, a 21 de octubre de2009.—La secretaria judicial, Silvia SantanaLena.

(03/36.368/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE SAN SEBASTIÁN

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Jesús Stampa Castillo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 4 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos número 383de 2008, ejecución número 81 de 2008, deeste Juzgado de lo social, seguidos a instan-cias de don Juan José Huarte Mauleón, con-tra las empresas “Europont Componentes,Sociedad Limitada”, “Gorelán Sistemas, So-ciedad Limitada”, “Gorelán, Sociedad Limi-tada”, “Joist, Sociedad Limitada”, “OriconsProyectos Industriales, Sociedad Limitada”,Magru, Sociedad Limitada”, “Joist Andalu-cía, Sociedad Limitada”, y “Grupo Sut, So-ciedad Limitada”, sobre materias laboralesindividuales, se han dictado en fecha 14 deoctubre de 2009 autos, cuyas partes disposi-tivas son del tenor literal siguiente:

Dispongo: A los efectos de las presentesactuaciones número 383 de 2008, ejecuciónnúmero 81 de 2008, y para el pago de36.273,66 euros de principal y 6.530 euroscalculados para intereses y costas, se decla-ran insolventes, por ahora, a las deudoras“Europont Componentes, Sociedad Limita-

da”, “Gorelán Sistemas, Sociedad Limita-da”, “Gorelán, Sociedad Limitada”, “Joist,Sociedad Limitada”, “Oricons Proyectos In-dustriales, Sociedad Limitada”, Magru, So-ciedad Limitada”, “Joist Andalucía, Socie-dad Limitada”, y “Grupo Sut, SociedadLimitada”, sin perjuicio de que pudiera en-contrárseles nuevos bienes que permitieranhacer efectiva la deuda aún pendiente depago.

Publíquese en el “Boletín Oficial del Re-gistro Mercantil” la declaración de insol-vencia de las deudoras (artículo 274.5 de laLey de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes y a dicho organismo.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, con expresión de la infracciónque se imputa a la resolución impugnada(artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuicia-miento Civil), sin que su mera interposiciónsuspenda la ejecutividad de lo que se acuer-da (artículo 184.1 de la Ley de Procedimien-to Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manday firma el ilustrísimo magistrado-juez de losocial don Ricardo Bandrés Ermúa. Doyfe.—La secretaria judicial (firmado).—Elmagistrado-juez de lo social (firmado).

Parte dispositiva:Se decreta el embargo de los bienes pro-

piedad de las ejecutadas descritos en el he-cho primero de esta resolución.

Practíquese anotación preventiva del em-bargo trabado en el Registro de la Propiedadde Olmedo.

A tal efecto, líbrese mandamiento por du-plicado al señor registrador para que practi-que la anotación acordada y expida certifi-cación de haberlo hecho, de la titularidad delos bienes y de sus cargas y gravámenes, in-teresándole al mismo tiempo la comunica-ción a este Juzgado de la existencia de asien-tos ulteriores que pudieran afectar alembargo anotado, así como la comunica-ción a los titulares de derechos que figurenen la misma y que consten en asientos pos-teriores al del gravamen que se ejecuta, elestado de la ejecución para que puedan in-tervenir en el avalúo y subasta de los bienessi les conviniere.

Insértese en el mandamiento esta resolu-ción, haciendo constar que es firme a efec-tos registrales.

De acuerdo con lo ordenado en los artícu-los 629.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civily 418 del Reglamento Hipotecario, remítaseel mandamiento en el día de hoy al citado re-gistro:

1.o Por fax.2.o Por correo certificado con acuse de

recibo.Requiérase a las deudoras para que en el

plazo de diez días presenten en esta Secreta-ría los títulos de propiedad de los bienes em-bargados, apercibiéndoles que de no hacerlose procederá, en su caso, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 664 de la Leyde Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgado

dentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, con expresión de la infracciónque se imputa a la resolución impugnada(artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuicia-miento Civil), sin que su mera interposiciónsuspenda la ejecutividad de lo que se acuer-da (artículo 184.1 de la Ley de Procedimien-to Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manday firma el ilustrísimo magistrado-juez de losocial don Ricardo Bandrés Ermúa. Doyfe.—La secretaria judicial (firmado).—Elmagistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Magru, Sociedad Limitada”, y“Grupo Sut, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 19 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.641/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE SANTA CRUZ

DE TENERIFE

EDICTO

Don Jesús Gregori Villanueva, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 3de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en este Juzgado de lo so-cial se siguen autos número 246 de 2009, ainstancias de doña Lilibeth Sánchez Ramos,contra “Externia Group, Sociedad Anóni-ma”, y “Almacén Relojería Santos, Socie-dad Limitada”, por cantidad, en los que seha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenorliteral siguiente:

Que estimando la demanda formulada pordoña Lilibeth Sánchez Ramos, contra lasempresas “Externia Group, Sociedad Anóni-ma”, y “Almacén Relojería Santos, SociedadLimitada”, debo condenar y condeno solida-riamente a las demandadas a que abonen a laactora la cantidad de 5.629 euros, con más el10 por 100 de mora patronal.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma cabe interponer recurso de suplicaciónante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia, debiendo anunciarlo en esteJuzgado dentro de los cinco días siguientesa la notificación de esta sentencia.

Adviértase al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode la Seguridad Social o causahabientesuyo, o no tenga rconocido el beneficio dejusticia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado,acreditándolo mediante la presentación deljustificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como, en el caso de haber sido condena-do al pago de alguna cantidad, consignar enla “Cuenta de depósitos y consignaciones”,también abierta en “Banesto”, a nombre de

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009Pág. 252 B.O.C.M. Núm. 273

este Juzgado, la cantidad objeto de condena,o formalizar aval bancario por dicha canti-dad, en el que se haga constar la responsabi-lidad solidaria del avalista, incorporándolosa este Juzgado con el anuncio de recurso. Entodo caso, el recurrente deberá designar le-trado para la tramitación del recurso al mo-mento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, de la que se lle-vará certificación a los autos, lo pronuncio,mando y firmo.

De conformidad con lo previsto en el ar-tículo 59 de la Ley de Procedimiento Labo-ral, se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Externia Group, Sociedad Anóni-ma”, y “Almacén Relojería Santos, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de sep-tiembre de 2009.—El secretario judicial(firmado).

(03/36.551/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 5 DE SANTA CRUZ

DE TENERIFE

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Parra Lozano, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 5de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en los presentes autos deejecución número 212 de 2009, seguidos ainstancias de doña Aysatu Ndiaye Rodrí-guez, contra “Aqua Test Pamoavil I, Socie-dad Limitada”, por despido, se ha dictado lasiguiente resolución:

Se acuerda:1. Declarar extinguida la relación labo-

ral entre las partes a la fecha de esta resolu-ción.

2. Condenar a la parte demandada“Aqua Test Pamoavil I, Sociedad Limita-da”, a que abone a la parte actora doñaAysatu Ndiaye Rodríguez la cantidad de[55,50 × (13 × 45 : 12)] 2.705,63 euros enconcepto de indemnización.

3. Condenar a la expresada parte de-mandada a que abone a la parte actora lacantidad de [(55,50 × 254) − (59 × 24,27)]12.665,07 euros en concepto de salarios detramitación desde la fecha de despido hastala fecha de este auto, descontados los perío-dos trabajados para otra empresa, así comoel tiempo en el que la demandante estuvo dealta en el régimen especial de trabajadoresautónomos (considerando que en el mismopercibió ingresos equivalente al menos alsalario mínimo); sin descuento de las presta-ciones por desempleo al no constar su im-porte, sin perjuicio de su reintegro al Institu-to Nacional de Empleo en caso de efectivocobro de los salarios de tramitación.

Contra el presente auto cabe recurso dereposición ante este Juzgado en el plazo decinco días.

Así lo acordó, mandó y firma don FélixBarriuso Algar, magistrado-juez del Juzga-do de lo social número 5 de los de esta ciu-dad y su provincia.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que conste y tenga lugar la notifi-cación en legal forma a la ejecutada “AquaTest Pamoavil I, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 23 de sep-tiembre de 2009.—La secretaria judicial(firmado).

(03/36.550/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 233 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Sergio Lorenzo Carrasco, contra la em-presa “Actuaciones Urbanísticas San BlasTorrejón, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, la ilustrísima

señora doña María del Pilar Martínez Gamo,magistrada-juez de lo social del número 2 deToledo y su provincia, dice:

Primero.—Que procede ejecutar el títuloejecutivo indicado en los hechos de la pre-sente resolución, ejecución solicitada por laparte actora don Sergio Lorenzo Carrasco,contra la parte ejecutada “Actuaciones Ur-banísticas San Blas Torrejón, Sociedad Li-mitada”, y al efecto y sin previo requeri-miento de pago se embarguen bienespropiedad de la ejecutada suficientes a cu-brir el total de la deuda por un importe de20.780,62 euros de principal, más 4.156,12euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente, sin perjuicio de ulteriorliquidación, sirviendo este auto de manda-miento de forma a la comisión judicial, inte-grada por el agente judicial y el secretario uoficial habilitado, que practicará la diligen-cia con sujeción al orden y limitaciones le-gales, y depositando lo que se embargueconforme a derecho, advirtiéndole de losapremios pecuniarios prevenidos en los ar-tículos 239.2 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Segundo.—Trabar embargo de los bienesde la demandada en cuantía suficiente, ydesconociéndose bienes concretos, procéda-se a la averiguación de los mismos, y a talfin expídanse los correspondientes oficios ymandamientos al señor jefe de la Jefatura

Provincial de Tráfico, señor alcalde delAyuntamiento, Servicio de Índices del Re-gistro de la Propiedad, Gerencia del Centrode Gestión Catastral y también al señor di-rector de la Agencia Tributaria, a fin de quecomunique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. Y asimismo, para que to-dos ellos, y sin perjuicio de las exigenciaslegales, en el plazo máximo de cinco días fa-ciliten la relación de todos los bienes o dere-chos de la deudora de que tengan constan-cia. Advirtiéndose a las autoridades yfuncionarios requeridos de las responsabili-dades derivadas del incumplimiento injusti-ficado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3de la Ley de Procedimiento Laboral). Encaso positivo, se acuerda el embargo de losposibles vehículos propiedad de la ejecuta-da, interesándose a su vez la correspondien-te anotación y consiguiente certificación, asícomo el embargo de las cantidades pendien-tes de devolución por la Hacienda Pública ala ejecutada hasta cubrir la cantidad objetode apremio, interesándose la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” abierta por este Juzgado en el“Banco Español de Crédito, Sociedad Anó-nima”, cuenta corriente número 4321, sitoen la plaza Zocodover, número 4, de Toledo,clave 64, y procedimiento del que dimanaesta resolución, entidad 0030, oficina 1054.

Asimismo, se acuerda el embargo de to-dos los ingresos que se produzcan y de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519y siguientes del Código Penal y 893 del Có-digo de Comercio), e indicándoseles que de-ben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Tercero.—Advertir y requerir a la ejecuta-da de las obligaciones y requerimientos quese le efectúan en los razonamientos jurídicoscuarto y quinto de esta resolución, y de lasconsecuencias de su incumplimiento que sedetallan en el razonamiento jurídico sexto, yque podrán dar lugar a la imposición de apre-mios pecuniarios en cuantía de hasta 100.000pesetas por cada día de retraso.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolucióny del escrito interesando la ejecución al Fon-do de Garantía Salarial a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico octavo, a

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MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 273 Pág. 253

quien se le notificarán las sucesivas actua-ciones que puedan afectarle, y pueda ejecu-tar las acciones para las que está legitimado,debiendo en un plazo máximo de quincedías instar lo que a su derecho convenga ydesigne los bienes propiedad de la deudora.

Quinto.—Líbrense los despachos oportu-nos a fin de averiguar bienes propiedad de laparte ejecutada a Ayuntamientos, JefaturaProvincial de Tráfico de Toledo, AgenciaTributaria, Registro General de Índices de laPropiedad y Mercantil, Registro de la Pro-piedad, entidades bancarias y financieras, ydemás organismos que resultaren necesariosa efectos de que informe a este Juzgado decuantos bienes estuvieren a nombre de laejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—El secretario judicial (fir-mado).—La magistrada-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Actuaciones Urbanísticas SanBlas Torrejón, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Toledo a 28 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.549/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE VALENCIA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Sala Navalón, secretaria delJuzgado de lo social número 6 de los deValencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos de ejecución número 40 de 2009,dimanantes de los autos número 415 de2009, a instancias de don Guillermo Merca-der Bueno, contra “Traveltur Hotels & Re-sorts, Sociedad Limitada” (antes “GeneralTours Vacations & Resorts, Sociedad Limi-tada”), “Turihoteles Vacations Club, Socie-dad Limitada”, “Investigación y DesarrolloTurístico Medioambiental, Sociedad Limi-tada”, y “Vacaciones Mediterráneo, Socie-dad Limitada”, en la que el día 19 de octu-bre de 2009 se ha dictado auto de extinciónde la relación laboral, cuya parte dispositivaes la siguiente:

Declarar extinguida la relación laboral queunía a la parte actora con las empresas “Tra-

veltur Hotels & Resorts, Sociedad Limitada”(antes “General Tours Vacations & Resorts,Sociedad Limitada”), “Turihoteles VacationsClub, Sociedad Limitada”, “Investigación yDesarrollo Turístico Medioambiental, Socie-dad Limitada”, y “Vacaciones Mediterráneo,Sociedad Limitada”, con efectos del día de lafecha, y condenar a estas últimas a abonar lassiguientes cantidades por los conceptos de in-demnización y salarios de tramitación:

Nombre de las empresas: “Traveltur Ho-tels & Resorts, Sociedad Limitada” (antes“General Tours Vacations & Resorts, Socie-dad Limitada”), “Turihoteles VacationsClub, Sociedad Limitada”, “Investigación yDesarrollo Turístico Medioambiental, So-ciedad Limitada”, y “Vacaciones Mediterrá-neo, Sociedad Limitada”.

Indemnización: 23.608,56 euros.Salarios de tramitación: 12.561,92 euros.Se hace saber que contra esta resolución

cabe recurso de reposición ante este mismoJuzgado, en el plazo de cinco días, y en laforma y con los requisitos señalados en elartículo 452 de la Ley de EnjuiciamientoCivil.

Encontrándose las entidades demandadasen ignorado paradero, notifíqueseles la pre-sente resolución mediante edictos a publicaren el tablón de anuncios de este órgano judi-cial y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Así lo manda y firma el ilustrísimo señordon Emilio Pastor Pérez, magistrado-juezdel Juzgado de lo social número 6 de Valen-cia. Doy fe. —Siguen firmas y rúbricas.

Y para que conste y sirva de notificacióna “Traveltur Hotels & Resorts, Sociedad Li-mitada” (antes “General Tours Vacations &Resorts, Sociedad Limitada”), “TurihotelesVacations Club, Sociedad Limitada”, “In-vestigación y Desarrollo Turístico Me-dioambiental, Sociedad Limitada”, y “Va-caciones Mediterráneo, SociedadLimitada”, que se encuentran en ignoradoparadero, así como para su inserción en eltablón de anuncios y publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, expido el presente en Valencia a 20 deoctubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/36.647/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE VALLADOLID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Olalla García, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 1 deValladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 246 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Mónica Romero Díaz, contra la em-presa “Picunches, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado la siguiente reso-lución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Dispongo:Primero.—Despachar la ejecución solici-

tada por doña Mónica Romero Díaz, contra

“Picunches, Sociedad Limitada”, por un im-porte de 30.014 euros de principal, más7.500 euros para costas e intereses que se fi-jan provisionalmente.

Segundo.—Trabar embargo de los bienesde la demandada en cuantía suficiente, ydesconociéndose bienes concretos, procéda-se a la averiguación de los mismos, y a talfin expídanse los correspondientes oficios ymandamientos al señor jefe provincial deTráfico, ilustrísimo señor alcalde, Serviciode Índices del Registro de la Propiedad, Ge-rencia del Centro de Gestión Catastral ytambién al señor director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juz-gado si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a la ejecutada por elconcepto de devolución por el impuesto so-bre la renta de las personas físicas, impues-to sobre el valor añadido o cualquier otro. Yasimismo, para que todos ellos, y sin perjui-cio de las exigencias legales, en el plazomáximo de cinco días faciliten la relación detodos los bienes o derechos de la deudora deque tengan constancia. Advirtiéndose a lasautoridades y funcionarios requeridos de lasresponsabilidades derivadas del incumpli-miento injustificado de lo acordado (artícu-los 75.3 y 238.3 de la Ley de ProcedimientoLaboral). En caso positivo, se acuerda elembargo de los posibles vehículos propie-dad de la ejecutada, interesándose a su vezla correspondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de lascantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesándo-se la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, cuenta corriente nú-mero 46260000640246/09, sito en la plazaSan Miguel, de Valladolid.

Asimismo, se acuerda el embargo de todoslos ingresos que se produzcan y de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos, así comode cualquier valor mobiliario titularidad de laapremiada, en los que la correspondiente enti-dad financiera actuara como depositaria omera intermediaria hasta cubrir el importe delprincipal adeudado e intereses y costas calcu-lados. Líbrense las oportunas comunicacionesa las entidades financieras del domicilio de laapremiada para la retención y transferencia delos saldos resultantes hasta el límite de la can-tidad objeto de apremio, y advirtiéndoles delas responsabilidades penales en que puedanincurrir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519 ysiguientes del Código Penal y 893 del Códigode Comercio), e indicándoseles que debencontestar al requerimiento en el plazo máxi-mo de cinco días hábiles a contar desde su no-tificación, bajo los apercibimientos derivadosde lo establecido en los artículos 75 y 238.3 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Tercero.—Advertir y requerir a la ejecu-tada de las obligaciones y requerimientosque se le efectúan en los razonamientos jurí-dicos cuarto y quinto de esta resolución y delas consecuencias de su incumplimiento quese detallan en el razonamiento jurídico sex-to y podrán dar lugar a la imposición de

Page 100: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · de don Mariano Molina Rodríguez, y de-sestimando el recurso interpuesto por la procuradora señora Llamas Villar, en re- ... a realizar

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apremios pecuniarios en cuantía de hasta601 euros por cada día de retraso.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolucióny del escrito interesando al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma el ilustrísimo magistrado-juez del Juz-gado de lo social número 1 de Valladoliddon José Miguel Tabares Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Picunches, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 24 de septiembrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.645/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE VALLADOLID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Luis García Roig, secretario judi-cial del Juzgado de lo social número 2 deValladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 258 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Antonio de la Cruz Domínguez,contra la empresa “Mantenimientos de Jar-dinería Misán, Sociedad Limitada”, sobre

ordinario, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda in-terpuesta por don José Antonio de la CruzDomínguez, contra la empresa “Manteni-mientos de Jardinería Misan, Sociedad Li-mitada”, en reclamación por cantidad, con-denando a la empresa demandada a abonaral actor la suma de 614,95 euros.

Se previene a las partes que contra la pre-sente sentencia no cabe recurso por razón dela cuantía.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mantenimientos de JardineríaMisan, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Valladolid, a 21 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.003/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE VIGO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Lagos Súrez-Llanos, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 4de Vigo.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 59 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJosé Antonio García Jardón, contra la em-

presa “Eusanet, Sociedad Limitada”, sobrecantidades, se ha dictado el siguiente autodeclarando la insolvencia, cuya parte dispo-sitiva dice:

Vistos los preceptos legales y demás degeneral aplicación.

Su señoría ilustrísima doña Carmen Ló-pez Moledo, magistrada-juez del Juzgadode lo social número 4 de Vigo, dijo: Que de-bía declarar y declaraba la insolvencia pro-visional por las cantidades y conceptos aquírecogidos, y reseñados en el hecho primero,segundo y tercero, a las empresas ejecutadas“TLR Soft, Sociedad Limitada”, y “Eusa-net, Sociedad Limitada”, con domicilio enel polígono industrial de “A Granxa”, en lacalle D, números 143-145, de O Porriño, yen la calle Alberto Alcocer, número 17, 1-A,de Madrid, respectivamente.

Notifíquese a las partes y al Fondo de Ga-rantía Salarial, haciéndoles saber que contraesta resolución cabe recurso de reposiciónante este Juzgado de lo social, en el plazo decinco días siguientes a su notificación, y unavez firme procédase al archivo de la ejecu-ción, previa anotación en los libros corres-pondientes.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Eusanet, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Vigo, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/36.601/09)