Iva 1er Cuatrimestre 2014 (Autoguardado)

4
1 ¿Cómo calcular y declarar el anticipo cuatrimestral de IVA en mayo de 2014? Por: actualicese.com Publicado: 28 de abril de 2014 Entre mayo 9 y 22 de 2014 se vence el plazo para esta obligación. Las normas que definen cómo se debe calcular este anticipo son las contenidas en los artículos 25 y 26 del Decreto 1794 de agosto de 2013 y el art. 28 del Decreto 2972. Los que sí deban liquidar el anticipo usarán el nuevo formulario 490 para 2014 en el cual se utilizará el nuevo concepto “58” de IVA anual. De acuerdo con lo indicado en el art. 28 del Decreto 2972 de dic. 20 de 2013 , entre el 9 y el 22 de mayo de 2014 se vence el plazo para cancelar el primer anticipo cuatrimestral del año gravable 2014 por parte de aquellos responsables de IVA que ya tienen definido que su declaración del 2014 sí será

Transcript of Iva 1er Cuatrimestre 2014 (Autoguardado)

1

Cmo calcular y declarar el anticipo cuatrimestral de IVA en mayo de 2014?Por: actualicese.comPublicado: 28 de abril de 2014

Entre mayo 9 y 22 de 2014 se vence el plazo para esta obligacin. Las normas que definen cmo se debe calcular este anticipo son las contenidas en los artculos 25 y 26 del Decreto 1794 de agosto de 2013 y el art. 28 del Decreto 2972. Los que s deban liquidar el anticipo usarn el nuevo formulario 490 para 2014 en el cual se utilizar el nuevo concepto 58 de IVA anual.De acuerdo con lo indicado en elart. 28 del Decreto 2972 de dic. 20 de 2013, entre el 9 y el 22 de mayo de 2014 se vence el plazo para cancelar el primer anticipo cuatrimestral del ao gravable 2014 por parte de aquellos responsables de IVA que ya tienen definido que su declaracin del 2014 s ser una declaracin con periodicidad anual (vernumeral 3 del art. 600 del E.T.yart. 27 del Decreto 2972 dic. de 2013).Las instrucciones sobre la forma en que se deber calcular el valor de dicho anticipo siguen siendo las contenidas en losarts. 25 y 26 del Decreto 1794 de agosto de 2013, parte de las cuales fueron repetidas de nuevo dentro del art. 28 del Decreto 2972 de dic. de 2013, y son las siguientes:a) Independiente de si durante el ao anterior (2013) present una o varias declaraciones de IVA (pues pudieron haber hecho declaracin anual, cuatrimestral o bimestral), deben tomar todas las diferentes declaraciones del periodo 2013 y sumarle las casillas 82 de ese formulario(s) 300 de los periodos del 2013(casillas del saldo a pagar). En este punto conviene mencionar que si algunos de los formularios del 2013 de un mismo declarante s arrojaban saldo a pagar (casilla 82) y otros le arrojaban saldo a favor (rengln 85 y sin incluir sanciones), entonceslo nico que se toma en cuenta es la sumatoria de los formularios que s tuviesen valores en la casilla 82 y no se deben restar con los formularios que tengan valores en las casillas 85.b) Luego, debern tomar el 30% de la sumatoria de esas casillas 82 de los formularios 300 del ao 2013 y comparar con lo que sea el total del IVA generado de los meses de enero hasta abril de 2014. Si ese 30% de los saldos a pagar del 2013 es superior a lo que sume el IVA generado del periodo enero hasta abril de 2014, solo se liquidar como anticipo cuatrimestral en mayo de 2014 el 100% de ese IVA generado del periodo enero-abril de 2014 (que podra ser incluso un valor de cero si en efecto entre ene-abril de 2014 no se gener ningn valor de IVA). Perosi el IVA generado de enero-abril de 2014 est por encima del valor de ese 30% de los saldos a pagar del 2013, s se liquidar como anticipo en mayo de 2014 el valor del 30% de los saldos a pagar del 2013.El anticipo se cancela usando formularios 490Debe recordarse queel anticipo que se tenga que liquidar y pagar en mayo de 2014 se calculara sin que todava exista la respectiva declaracin(pues la declaracin 2014 solo se terminar presentando en enero de 2015). Ese anticipo por lo tanto se declarara en uno de losnuevos formularios 490 diseados para el actual ao 2014y se diligenciara de la siguiente forma:a. En la casilla Ao ira 2014.b. En la casilla Concepto ira 58 (IVA anual).c. En la casilla periodo ira 01.d. En la casilla 29 del No. Del formulario no se diligenciara ningn numero pues la declaracin como tal aun no existira en mayo de 2014.Al final del ao, cuando se presente la declaracin anual se usar un tercer formulario 490Cuando el declarante anual de IVA finalmente presente su declaracin ao gravable 2014 en enero de 2015, en ese caso en elformulario 300 de IVA del 2014despus del rengln 84 (gran total saldo a pagar) no se incluyeron renglones para restar los anticipos que ya habr hecho en mayo y septiembre.Y es claro que no se necesita que exista un rengln para esto pues la situacin ser la misma que enfrenta el gran contribuyente todos los aos en su impuesto de renta, pues primero en febrero le hacen pagar un anticipo en un formulario 490 y en abril, en el formulario 110, cuando ya presenta la declaracin de renta y define el total impuesto a pagar, all no existe rengln para restar el anticipo hecho en febrero sino que sencillamente el gran contribuyente se acordar de que ya en febrero haba pagado un anticipo y en consecuencia, al pagar el saldo final que le arroj su formulario 110 solo pagar, otra vez con formularios 490, la respectiva diferencia. Eso mismo har el declarante anual de IVA:con un tercer formulario 490 pagar la diferencia entre lo que diga su formulario 300 que presentar en enero de 2015 y lo que digan sus dos primeros formularios 490 presentados en mayo y septiembre de 2014.Adems, si al final del ao cuando el declarante anual de IVA se de cuenta que los anticipos hechos en mayo y septiembre de pronto resultaron ser mayores a lo que finalmente liquid en su formulario anual de IVA (o que incluso su declaracin anual de IVA 2014 le dio saldo a favor en lugar de saldo a pagar),en ese caso lo que tendr que hacer es el trmite de solicitar a la DIAN que le devuelva los pagos que hizo en exceso.Para ello se deben seguirtodas las instruccionesy usar losformularios especialesque la DIAN usa para ese tipo de solicitudes.