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Impuesto al Valor Agregado Caso: Venezuela Capítulo I: Generalidades

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Impuesto al Valor AgregadoCaso: Venezuela

Capítulo I: Generalidades

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“Informa a nuestros compatriotas que el impuesto que se pague con el propósito de educar no es más que la milésima parte de lo que se tendrá que pagar a los reyes, sacerdotes y nobles que ascenderán al poder si dejamos al pueblo en ignorancia”

Thomas Jefferson

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OBJETIVO

Que el alumno conozca la aplicación de la normativa del Impuesto al Valor Valor Agregado (IVA) en Venezuela, su evolución y principales impactos para el Contribuyente; como insumo para manejar a nivel estratégico, gerencial y operativo instrumental el riesgo legal, operacional, monetario y reputacional inherente a éste tributo.

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Relación IVA-Estado

En términos simples el estado es la organización política y jurídica de un pueblo en undeterminado territorio; a su vez la política económica de un estado, se refiere a la estrategia general que trazan los gobiernos de dicho estado en cuanto a la conduccióneconómica de un país.

Siendo así, la política económica busca establecer un conjunto de acciones gubernamentales dirigidas a la modificación, alteración o control de algún fenómeno económico, tratando de regularlos; es decir la forma y efectos de la intervención del estado en la vida económica con la finalidad de conseguir determinados objetivos.

La política fiscal a su vez, es una rama de la política económica que configura elpresupuesto del estado, siendo sus componentes el ingreso y el gasto público, por loque estos 2 últimos elementos son variables de control para asegurar y mantener la estabilidad económica de un país.

El ingreso público por su parte son las entradas de dinero a la tesorería del estado,cualquiera sea su naturaleza, el estado por tanto recauda ingresos públicos deacuerdo con su necesidad de cumplir con un conjunto de fines asociados al papel querepresenta en la sociedad, necesidades que varían de un estado a otro.

El ingreso antes mencionado, puede obtenerse a través de la vía extraordinaria como por ejemplo una venta de bienes del estado u operaciones de crédito público, y a través de la vía ordinaria la cual proviene de ingresos cuya recaudación tiene la posibilidad de ser repetida año tras año porque provienen de la administración del patrimonio del estado o de tributos que son exigidos por el estado a los particulares de manera rutinaria bajo su poder de imperio.

Visto así, los tributos son ingresos públicos que se convierten en obligaciones pecuniarias, impuestas unilateralmente por el estado como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincule el deber de contribuir, cuyo fin principal es el de obtener los ingresos ordinarios necesarios para el sostenimiento del gasto público.

Por todo lo anterior, todo régimen socioeconómico de un país debe fundamentarse enlos principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia,protección del ambiente, productividad y solidaridad, con el fin de asegurar eldesarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para su pueblo.

De allí, toda política económica que emprenda cualquier estado deberá estaral servicio de la sociedad a la que se debe.

Siendo así, la gestión fiscal debe estar regida en Venezuela por los principios deeficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal establecido en elartículo 311 de la Constitución Nacional de forma tal que los ingresos ordinariosdeberán ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios.

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En aras de cubrir ese equilibrio presupuestario, el sistema tributario procurará la justadistribución de las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente,atendiendo al principio de la progresividad, así como la protección de la economíanacional y la elevación del nivel de vida de la población, sustentándose para ello en unsistema eficiente para la recaudación de los tributos según lo dispuesto en el artículo316 ejusdem; de forma tal que el Estado pueda promover y defender la estabilidadeconómica, evitar la vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetariay de precios para asegurar el bienestar social, todo ello en consonancia con lo indicadoen el artículo 320 de la Constitución Nacional antes mencionada.

Aspectos básicos y disposiciones fundamentales del IVA

ORIGEN

Los impuestos tienen antecedentes remotos relacionados con Egipto, Grecia y Roma; en Francia, durante la edad media rigió un tributo semejante al IVA, llamado “Maltote”, que fue antecedente de la “Alcabala” Española, implementada por Alfonso XI en 1342 (siglo XVI), sin embargo este último, es el origen que comúnmente se le atribuye al Impuesto sobre las Ventas cuando el Reino de Castilla quería reconquistar los territorios del Reino de Granada, estableciendo un nuevo tributo sobre el volumen de las ventas, con el fin de financiar el asedio a la ciudad de Algeciras.

A pesar de los antecedentes anteriores, este tipo de impuesto se comenzó a conocer y generalizar a partir de la Primera Guerra Mundial, cuando los Alemanes en el año 1925 implementaron un Impuesto a las Ventas tipo cascada o acumulativo.

Ahora bien, como esta modalidad trajo algunas consecuencias desfavorables, se hizo necesaria su sustitución por un nuevo régimen fiscal que favoreciera a los productos exportados; nivelara, desde el punto de vista fiscal el precio de las mercancías de importación; evitara la imposición acumulativa y evitara la inflación económica.  Los primeros cambios en esta modalidad se implementaron en el año 1948 en Francia, donde se estableció de forma exclusiva para el nivel de mayorista, el Impuesto a las Ventas, el cual ya contemplaba que debía recaudarse en etapas periódicas; permitiendo, a su vez, la deducción de la parte del impuesto ya cubierto en la etapa o periodo anterior. 

Sin embargo, la modalidad de Impuesto a las Ventas tipo “Valor Agregado” (IVA) que conocemos en Venezuela, tiene su origen en el año 1967, en el Tratado de Roma de la Comunidad Económica Europea; cuando el Consejo de la Comunidad Europea establece la necesidad de la creación del Mercado Común, haciéndose necesario que existiera un sistema de imposición entre los primeros países que iniciaron el Mercado,

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que permitiría la libre circulación de la mercadería entre dichos países sin las distorsiones que provocan los problemas tributarios aduaneros.

Es así, como un Comité Experto integrado por Francia, Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Italia y Alemania, comenzaron a trabajar la idea en el año 1962 y cinco años más tarde (1967), elaboran el Informe Newmark, punto de referencia para el IVA actual.

En la década de los 70´, el IVA fue implementado en América, específicamente en: Colombia, Ecuador, Bolivia, Chile, México, Perú, Brasil, Argentina y Uruguay.

Venezuela por su parte, dentro del proceso de reforma tributaria, en 1992, en el marco de los compromisos adquiridos con el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, para la iniciación del Proyecto de Mejoramiento de la Recaudación y Modernización y Fortalecimiento del Sistema Tributario, da lugar al IVA, implementado según la G.O. 33.304 el 24/09/1993, bajo el gobierno de Ramón J. Velásquez.

Posteriormente, el 27/05/1994 y bajo el mandato de Rafael Caldera, este impuesto se convirtió en “Impuesto al Consumo Suntuario y Ventas al Mayor” (ICSVM); Hasta el 05/05/1999 cuando nuevamente retoma el nombre de IVA, esta vez bajo el gobierno de Hugo Chávez Frías, que con posteriores reformas dio lugar a la vigente ley según Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley N° 5.212 de fecha 26/02/2007.

Gráfico 1: Fuente. Elaboración Propia.

CONTRIBUCIÓN 2011 DEL IVA AL PRESUPUESTO DE VENEZUELA

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Roma Antigua, Grecia - Impuestos

Edad Media – Francia - Maltote

Castilla – Siglo XVI – 1342- Alcabala EspañolaConquista del Reino de Granada por el Reino de Castilla

Alemania – 1925- 1er G.Mundial Impuesto a las Ventas

1967- Tratado de Roma

Años 70’

1993 Actual

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Francia – 1948- Primeros Cambios

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PRESUPUESTO DE INGRESOVENEZUELA 2011

30%

22%

20%15%

5%

4%

3%1%0%

IVA

RENTA PETROLERA

FINANCIAMIENTO

IMPUESTOSDIRECTOS

OTROS IMPUESTOSAL CONSUMO

IMPUESTOS DEIMPORTACIÓN

IMPUESTO SOBRECIGARRILLOS

OTROS TRIBUTARIOS

OTROS INGRESOS

Gráfico 2: Fuente. Elaboración Propia. Basada en el Presupuesto Público 2011.

Tabla 1: Fuente. Elaboración Propia. Basada en el Presupuesto Público 2011.

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CIFRAS 2012 ACTUACIONES SENIAT EN MATERIA IVA

Gráfico 3: Fuente. Elaboración Propia. Basada análisis prospectivo predictivo según noticias tomadas durante 2012 del Portal SENIAT.

CONCEPTO

“El 'IVA' es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es aquel que no es percibido por el fisco directamente del contribuyente. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo entregar la diferencia al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad de la empresa”. (Fuente Wikipedia)

De lo anterior podemos concluir lo siguiente:

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IVA

+ del 80% Multados

+ del 60% Cerrados

Oportunidades de Mejora1. Libros2. Facturas3. Contabilidad4. Máquinas Fiscales5. Planillas6. Aprovechamiento CF

Deberes Formales y Materiales

IVA

+ del 80% Multados

+ del 60% Cerrados

Oportunidades de Mejora1. Libros2. Facturas3. Contabilidad4. Máquinas Fiscales5. Planillas6. Aprovechamiento CF

Deberes Formales y Materiales

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Tabla 2: Fuente. Elaboración Propia.

TIPOS DE IMPUESTO A LAS VENTAS

El Impuesto tipo Valor Agregado en casi todos los países a nivel mundial, a sustituido al Impuesto General a las Ventas original, que tiene un efecto repercutible en el precio final de los bienes y servicios sometidos al mismo, conocido como efecto en “Cascada”o “Acumulativo”, esto debido precisamente a la distorsión que este último produce en los procesos de producción y comercialización.

Al respecto LEC, a través del Régimen Venezolano del Impuesto al Valor Agregado, citando a Costa, Ceferino: Manual de Impuesto al Valor Agregado, Tomo I, Pág. 9 indica que, “La Doctrina ubica esta clase de tributación dentro de los denominados Impuestos al Gasto, los cuales se dividen en dos grandes grupos:

1) Impuesto Selectivo al Consumo, es aquel que grava el consumo de determinados bienes de dos maneras:

a) Específico, mediante un monto fijo sobre las unidades producidas o vendidas, lo que determina que el impuesto no varíe con el precio del bien. Al aumentar el precio disminuye la relación entre el impuesto y el precio; por ejemplo: el impuesto sobre licores, alcoholes, y demás especies alcohólicas; el impuesto sobre cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, etc…

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El 'IVA' es un impuesto indirecto sobre el consumo

Financiado por el consumidor final

Es un impuesto indirecto porque que no es percibido por el fisco directamente del contribuyente

El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o servicios)

Los vendedores intermediarios tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal)

Deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal)Debiendo entregar la diferencia al fisco

Obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final

E integrar copias de éstas a la contabilidad de la empresa

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b) Ad Valórem, mediante un porcentaje sobre el precio o valor del bien.

2) Impuesto General a las Ventas; por su estructura, puede dividirse en:

a) Étapa Única o Monofásica. Impuesto monofásico es aquel que se aplica en una sola de las etapas del circuito económico, ya sea de la etapa productiva, o en la mayorista o en la minorista.

b) Etapas Múltiples o Plurifásicas. Impuesto de etapas múltiples o plurifásicas, se aplica sobre todas las etapas del circuito económico, hasta que el bien llega al consumidor final, es decir, la venta de bienes o la prestación de servicios está gravada en todas las oportunidades en que se realice la transacción (desde el fabricante, productor o importador hasta el consumidor final). A su vez, este impuesto puede subdividirse en:

- Impuesto Plurifásico Acumulativo o en Cascada, es aquel que grava todas las transacciones que se registren en el proceso de producción y distribución, hasta el consumidor final, es decir, la carga tributaria que se incluye en el precio final, está determinada por la acumulación del gravamen que haya incidido sobre cada una de las transferencias de que hubieran sido objeto las materias primas y demás bienes que formen el producto, mas la carga tributaria que correspondió aplicar en cada transferencia del artículo terminado hasta que llegue al consumidor final. En consecuencia, es casi imposible determinar en este tipo de impuesto, la carga tributaria incluida en el precio final.

- Impuesto del Tipo Plurifásico no Acumulativo, se caracterizan por gravar el valor añadido en cada uno de los estadios del proceso de fabricación y distribución al por mayor o al por menor del producto, y en los que opera un sistema de créditos y débitos que permite al responsable que vendo o presta un servicio, descontar del impuesto causado por sus ventas el gravamen trasladado con sus consumos; por ejemplo: el ICSVM y el IVA en Venezuela.

c) Impuesto en Suspenso, constituye una forma de tributación creada por el Programa de Tributación OEA/BID, que se caracteriza por la obligación, que tienen todas aquellas personas naturales o jurídicas, de inscribirse en la Administración Tributaria en ocasión a las actividades comerciales, industriales y de importación, siempre y cuando las mismas superen los límites de venta en el ejercicio y sólo lo pagan los contribuyentes inscritos cuando efectúen transferencias de bienes o servicios a otro contribuyente, también inscrito en ese registro.”

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AD VALOREMAD VALOREM

ESPECÍFICOESPECÍFICO

SELECTIVOSAL CONSUMO

SELECTIVOSAL CONSUMO

SUSPENSOSUSPENSO PLURIFÁSICOPLURIFÁSICO

MONOFÁSICOMONOFÁSICO

GENERAL A LAS

VENTAS

GENERAL A LAS

VENTAS

NOACUMULATIVO

NOACUMULATIVO

ACUMULATIVOACUMULATIVO1 2

AD VALOREMAD VALOREM

ESPECÍFICOESPECÍFICO

SELECTIVOSAL CONSUMO

SELECTIVOSAL CONSUMO

AD VALOREMAD VALOREM

ESPECÍFICOESPECÍFICO

SELECTIVOSAL CONSUMO

SELECTIVOSAL CONSUMO

SUSPENSOSUSPENSO PLURIFÁSICOPLURIFÁSICO

MONOFÁSICOMONOFÁSICO

GENERAL A LAS

VENTAS

GENERAL A LAS

VENTAS

SUSPENSOSUSPENSO PLURIFÁSICOPLURIFÁSICO

MONOFÁSICOMONOFÁSICO

GENERAL A LAS

VENTAS

GENERAL A LAS

VENTAS

NOACUMULATIVO

NOACUMULATIVO

ACUMULATIVOACUMULATIVO1 2

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Gráfico 4: Fuente. Elaboración Propia. Basada información LEC

IMPUESTO A LAS VENTAS Vs IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Tabla 3: Fuente. Elaboración Propia.

En la tabla anterior (segundo cuadro caso IVA), se puede apreciar claramente una distinción importante entre el “Consumidor Final” y el resto de los que intervienen en la Cadena de Comercialización, esta distinción es, que si bien es cierto que el “Productor”, el “Mayorista” y el “Minorista”, actuaron ante la Administración como “Contribuyentes de Iure” o de Derecho, ellos no están obligados a soportar el Impuesto generado en cada una de esas etapas, el obligado a “Soportar” la totalidad del impuesto generado en la operación, es el Consumidor Final.

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A pesar de la afirmación anterior, en la legislación venezolana es el contribuyente de derecho, el sujeto respecto del cual se verifica el “Hecho Imponible” y por lo tanto es el obligado a facturar y cobrar el IVA.

Gráfico 5: Fuente. Elaboración Propia.

Al ser entonces el IVA un impuesto con un mecanismo administrativo de control que conlleva a relaciones simbióticas entre proveedores y clientes complejas, es necesario que desde el punto de vista administrativo, operativo y contable se extremen medidas de control interno mas allá de los jurídico legal en aras de mitigar los riesgos inherentes a la aplicación del IVA.

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“El IVA es un Sistema de Relaciones Jurídicas triangulares que supera la definición tradicional del tributo como obligación de un sujeto con el Estado”“Es un Sistema de Deberes, entre 3 personas: El Estado, un Proveedor y un Cliente” Tomado de: Simón Acosta, E., “El Impuesto al Valor

Añadido”

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Existe un área de oportunidad en la revelación de información financiera para la identificación de riesgos

COSOCOSO

FIN 48 USGAAPFIN 48 USGAAP

NIFFNIFF

??????????

RIESGO TRIBUTARIORIESGO TRIBUTARIO

RIESGO REPUTACIONALRIESGO REPUTACIONAL

VsVs

Existe un área de oportunidad en la revelación de información financiera para la identificación de riesgos

COSOCOSO

FIN 48 USGAAPFIN 48 USGAAP

NIFFNIFF

??????????

COSOCOSO

FIN 48 USGAAPFIN 48 USGAAP

NIFFNIFF

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RIESGO TRIBUTARIORIESGO TRIBUTARIO

RIESGO REPUTACIONALRIESGO REPUTACIONAL

VsVs

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Gráfico 6: Fuente. Elaboración Propia – Cuadro sobre Riesgo Reputacional tomado de Guía de Riesgos Pwc.

Gráfico 7: Fuente. Elaboración Propia.

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Tipo deSanción

Probabilidad

Impacto

CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE

JURISDICCIONES INVOLUCRADAS/ FONDO ECONÓMICO DE LA OPERACIÓNJURISDICCIONES INVOLUCRADAS/ FONDO ECONÓMICO DE LA OPERACIÓN

Tipo deTributo oExacción

Criterios

Monto de la Operación

Tipo deOperación

RiesgoLegal

Monetarioy de

Reputación

JURISPRUDENCIA/ DOCTRINA/ NUEVAS TENDENCIAS TRIBUTARIASJURISPRUDENCIA/ DOCTRINA/ NUEVAS TENDENCIAS TRIBUTARIAS

Velocidad

Tipo deSanción

Probabilidad

Impacto

CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE

JURISDICCIONES INVOLUCRADAS/ FONDO ECONÓMICO DE LA OPERACIÓNJURISDICCIONES INVOLUCRADAS/ FONDO ECONÓMICO DE LA OPERACIÓN

Tipo deTributo oExacción

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Monto de la Operación

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Monetarioy de

Reputación

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