Jod'd ~1,1I~C~TTW · 2020-04-05 · se llevó a cabo Contratación Directa debidamente justificada...

4
Avenida Central del Nor e--"';:;; PBX 7405626 Tu nja Jod'd ice., ~1,1I~C~TTW ~~o 135 "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON D~'.l1Ktt~~~~;tX:~~I~,:~ ~ ~~~\lE CIENCIA~~R.P~~lf/\lin~S~' e d u . e o UNIVERSITARIA "'lo:! '@/,~!fC Universidad Pedagógica y JIíí"'-¡¡n~",,~.c.c ..... 00 " "\ \c~ Tecnológica de Colombia ~k~,- ~ -. CONTRATANTE: UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA. RESPONSABLE: ALFONSO LOPEZ DIAZ. ----------------------------------------------~ CARGO: RECTOR CONTRATISTA: PURIFICACION y ANALlSIS DE FLUIDOS LTDA. NIT. 860518299 REPRESENTANTE LEGAL: JAIME CARLOS ORTEGA AGUILAR. ----------------------~ DIRECCION: CALLE 93 W 45-25 BOGOTA D.C. OBJETO: "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON DESTINO A LA FACULTAD DE CIENCIAS AGROÉCUARIAS" VALOR: NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS MONEDA LEGAL CORRIENTE (98.600.000 MLCT) PLAZO DE EJECUCiÓN: ~DIAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL ACTA DE INICIO RUBRO: SECCiÓN 0101 UNIDAD ADMINISTRATIVA 1.2.1.1 30 ADM COMPRA DE EQUIPO. $ 98.600.000 $ 19.720.000 $ 19.720.000 VALOR CUMPLIMIENTO CALIDAD DEL BIEN Entre los suscritos ALFONSO LOPEZ DIAZ, mayor de edad, vecino de Tunja, identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.759.707 de Tunja, en su condición de Rector y Representante Legal de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, debidamente autorizado la Ley 30 de 1992, y el acuerdo 017 de 2016, quien en adelante se llamará LA UNIVERSIDAD por una; y por la otra PURIFICACION y ANALlSIS DE FLUIDOS LTDA.; identificada con NIT. 860518299, constituida Mediante Escritura Publica N° 329 del 08 de febrero de 1984 de la Notaria Treinta y Dos de Bogotá, inscrita en la Cámara de Comercio el 12 de marzo de 1984 bajo el Nro. 148546 y 148547 del Libro IX, se constituyó PURIFICACION y ANALlSIS DE FLUIDOS LTDA., representada legalmente por JAIME CARLOS ORTEGA AGUILAR, identificado con cédula de ciudadanía No. 17121873 de Bogotá, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES, consignado en las siguientes cláusulas, previa las siguientes consideraciones: 1). Que mediante solicitud de fecha 25 de julio de 2016 el Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias CARLOS EDUARDO RODIRGUEZ MOLANO requirió "COMPRA DEL OBJETO MIKOLSCAN MARS 6 PARAMETROS" 2). Que existe Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3123 de fecha (16) de agosto de 2016.3). Que se llevó a cabo Contratación Directa debidamente justificada en los estudios previos, ya que por el tipo de contrato, naturaleza y cuantía puede ser adjudicado p¿r dicha modalidad. 4). Que en estudios previos.dej.!Jstificaci ... ~n de I~sf~cto[es q~ Sel~GCiÓn,I~~determinó la viabilidad de celebrar contrato bajo la~()dalid~d de prO;e~d?r exclusi~o, previ. ta en el Numeral 6 del Artículo 24 del Acuerdo 074 de 20.1O,segúl] consta en la ce"rtificació~ anexa expedida por FOSS, Analitycal A/S, quien certifica que PURIFICACION y ANALlSIS [)E FLUIDOS es PROVEEDOR EXCLUSIVO para Colombia. 6). Que de conformidad con el estudio de conveniencia y el trámite llevado en esta entidad; se procede a celebrar el presente contrato, el cual se rige en especial por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO. El obje o del presente contrato es "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON DESTINO AL' FACULTAD DE CIENCIAS á g i n 114

Transcript of Jod'd ~1,1I~C~TTW · 2020-04-05 · se llevó a cabo Contratación Directa debidamente justificada...

Avenida Central del Nor e--"';:;;PBX 7405626 Tu nja

Jod'd ice.,

~1,1I~C~TTW~~o 135 "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON D~'.l1Ktt~~~~;tX:~~I~,:~~ ~~~\lE CIENCIA~~R.P~~lf/\lin~S~' e d u . e o UNIVERSITARIA"'lo:!'@/,~!fC Universidad Pedagógica y JIíí"'-¡¡n~",,~.c.c ..... 00 "

"\ \c~ Tecnológica de Colombia~k~,- ~ -.

CONTRATANTE: UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA.RESPONSABLE: ALFONSO LOPEZ DIAZ.----------------------------------------------~CARGO: RECTORCONTRATISTA: PURIFICACION y ANALlSIS DE FLUIDOS LTDA. NIT. 860518299REPRESENTANTE LEGAL: JAIME CARLOS ORTEGA AGUILAR.----------------------~DIRECCION: CALLE 93 W 45-25 BOGOTA D.C.OBJETO: "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON DESTINO A LA FACULTAD DECIENCIAS AGROÉCUARIAS"VALOR: NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS MONEDA LEGALCORRIENTE (98.600.000 MLCT)PLAZO DE EJECUCiÓN: ~DIAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LASUSCRIPCION DEL ACTA DE INICIORUBRO: SECCiÓN 0101 UNIDAD ADMINISTRATIVA 1.2.1.1 30 ADM COMPRA DEEQUIPO.

$ 98.600.000

$ 19.720.000

$ 19.720.000

VALOR

CUMPLIMIENTO

CALIDAD DEL BIEN

Entre los suscritos ALFONSO LOPEZ DIAZ, mayor de edad, vecino de Tunja, identificado conla cédula de ciudadanía No. 6.759.707 de Tunja, en su condición de Rector y RepresentanteLegal de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, debidamente autorizado la Ley30 de 1992, y el acuerdo 017 de 2016, quien en adelante se llamará LA UNIVERSIDAD por una;y por la otra PURIFICACION y ANALlSIS DE FLUIDOS LTDA.; identificada con NIT.860518299, constituida Mediante Escritura Publica N° 329 del 08 de febrero de 1984 de laNotaria Treinta y Dos de Bogotá, inscrita en la Cámara de Comercio el 12 de marzo de 1984bajo el Nro. 148546 y 148547 del Libro IX, se constituyó PURIFICACION y ANALlSIS DEFLUIDOS LTDA., representada legalmente por JAIME CARLOS ORTEGA AGUILAR,identificado con cédula de ciudadanía No. 17121873 de Bogotá, quien para los efectos delpresente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presenteCONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES, consignado en las siguientes cláusulas, previa lassiguientes consideraciones: 1). Que mediante solicitud de fecha 25 de julio de 2016 el Decanode la Facultad de Ciencias Agropecuarias CARLOS EDUARDO RODIRGUEZ MOLANOrequirió "COMPRA DEL OBJETO MIKOLSCAN MARS 6 PARAMETROS" 2). Que existeCertificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3123 de fecha (16) de agosto de 2016.3). Quese llevó a cabo Contratación Directa debidamente justificada en los estudios previos, ya que porel tipo de contrato, naturaleza y cuantía puede ser adjudicado p¿r dicha modalidad. 4). Que enestudios previos.dej.!Jstificaci ...~n de I~sf~cto[es q~ Sel~GCiÓn,I~~determinó la viabilidad decelebrar contrato bajo la~()dalid~d de prO;e~d?r exclusi~o, previ. ta en el Numeral 6 del Artículo24 del Acuerdo 074 de 20.1O,segúl] consta en la ce"rtificació~ anexa expedida por FOSS,Analitycal A/S, quien certifica que PURIFICACION y ANALlSIS [)E FLUIDOS es PROVEEDOREXCLUSIVO para Colombia. 6). Que de conformidad con el estudio de conveniencia y el trámitellevado en esta entidad; se procede a celebrar el presente contrato, el cual se rige en especialpor las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO. El obje o del presente contrato es"ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON DESTINO AL' FACULTAD DE CIENCIAS

•á g i n 114

~cflf1COlT~t Aa 135 "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON DE~~g~ll:~~~~~~,:~~,~A_~_ :b CIENCIA8.,J\qRgP~CtlUf}RtIJtS'~e d u . e o UNIVERSITARIA··~':I~ ~f Universidad Pedagógica y\,,,,. ,;:-"" Tecnológica de Colombia

'''1}E\l\~

. AGROÉCUARIAS" de conformidad con la propuesta presentada, la cual hace parte integral delpresente contrato de conformidad con lo establecido a continuación:

Descripción del Unidad de Cantidad Valbien o servicio medida SolicitadaMIKOLSCAM ™ UNIDAD 1 $8Mars 6Parámetros

or Unitario I!VA-- Valor Total

$13.600.000 98.600.0005.000.000

________ --L- ---'

SEGUNDA. VALOR. El valor del presente contrato es la suma de Noventa y ocho MillonesSeiscientos Mil Pesos Moneda Legal Corriente (98.600.000,00), que la UNIVERSIDADcancelará al CONTRATISTA contra entrega, y recibido a satisfacción por parte del funcionarioencargado de ejercer la supervisión del contrato, dentro de los treinta (30) días siguientes, previafacturación con los requisitos legales. PARÁGRAFO No. 1. El Contratista deberá entregar lasfacturas de acuerdo con las estipulaciones legales vigentes, para el pago. PARÁGRAFO No. 2.EL contratista AUTORIZA le sea consignado los pagos en el número de cuenta Bancaria quedesigne en formato separado. PARÁGRAFO No. 3. Al momento de realizarse la orden de pagode la respectiva cuenta de cobro, se le deducirá el valor de la estampilla autorizada medianteordenanza 030 de 2005 y que corresponde al 1% del valor net~el contrato. TERCERA.DURACION. El término de duración del presente contrato, es de 60 días calendario contadospartir de la suscripción del acta de inicio. CUARTA.: IMPUTACiÓN PRESUPUESTAL. Lospagos a los que se compromete la UNIVERSIDAD se harán con cargo al siguiente rubro:SECCiÓN 0101 UNIDAD ADMINISTRATIVA 1.2.1.1 30 ADM Compra de Equipos. Certificadode Disponibilidad N° 3123 DE 2016 del dieciséis (16) de agosto de 2016. QUINTA.INHABILlDADES E INCOMPATIBILIDADES. El contratista manifiesta bajo la gravedad deljuramento no estar incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad consagrada en laConstitución, la ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010, Y la Ley 610 de 2000, ni encontrasesancionado por juicios fiscales, que le impidan celebrar este contrato, el cual se entiendeprestado con la firma del presente contrato. SEXTA. CESiÓN. El contratista no podrá ceder elcontrato sin previa autorización expresa y escrita de la UNIVERSIDAD. SÉPTIMA. CADUCIDADY SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDADdeclarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo darápor terminado y ordenarásu liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta algunode los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte demanera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a suparalización, conforme a lo estipulado en el Acuerdo 074 de 2010 Y demás normas legalesvigentes. En caso de que LA UNIVERSIDAD decida abstenerse de declarar la caducidad,adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución delobjeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante tomeposesión de la obra o continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea através del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad,cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a la indemnizacióndel CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en elEstatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidadserá constitutiva deLit.si~ ..le~tco de. inc~llJpl.imie~.to. 991~'t1>: .. C?BLlGA~IO~ES DELCONTRATISTA:EI'c:o~tr~tlstase obligara a cumplir=con lá;, siguientes ol)llgáclones: A.)Entregar el equipo adq~jrido en el lugar y fecha que 'estipule la Uniyersidad' Pedagógica yTecnológica de Colombia, por intermedio del funcionario encargado de ejercer la Supervisióndel Contrato. B). Garantizar la calidad del equipo por el termino de 15 meses contados a partirde la fecha de despacho de fábrica o de 12 meses a partir de la instalación del equipo (lo queocurra primero) en este mismo tiempo Purificación y Análisis de Fluidos Ltda. Proporcionará elsoporte de instalación y garantía sin costos adicionales acordes con la condición de la

a 2 14

---- ~pe:

1I•••• ~!!!ii!~~~~~~~.¡¡¡¡····¡¡¡¡····Ii·¡¡····Z¡¡"-i:!!!& ACREDITACiÓN INSTITUCIONAL :====~:!llllii-_•• "_~• . 'W*@WA/\k.m:i\l· DE ALTACALIDAD~.

MULTICAMPUSRESOLUCiÓN 3910 DE 2015 MEN

Avenida Central del N rtePBX 7405626 Tunja

~\'''f?C<fiTW.prliO 135 "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON D~~~~~~~~~~~,:~~1~~~",\l.ECIENCIA~A,S;;H~p~E~l.f,'\~I!S~·e d u . C o U~IVERSITA~IA"'2,'2~ ~~ Universidad Pedagógica y ~. ",' """"'Í-~fJU1o# Tecnológica de Colombia ",..... .

propuesta. C). El contratista se obliga a garantizar la asistencia técnica por un periodo de 12meses, previamente se realizara una evaluación técnica para certificar que las partesrecomendadas por el fabricante son las que efectivamente se requieren D). Presentar almomento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra aPAZ y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondode Pensiones y Administradora de Riesgos Profesionales (ARP) y los Aportes Parafiscales(SENA, CAJA DE COMPENSACiÓN FAMILIAR E ICBF). NOVENA CLAUSULA PENALPECUNIARIA: Si el contratista lIegare a incumplir total o parcialmente con sus obligaciones,deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%)sobre el valor total del contrato, con base en el presente documento, el cual prestará méritoejecutivo además y de conformidad a los dispuesto en el Artículo 1594 del Código Civil, elcontratista se obliga para con la Universidad a dar cumplimiento a la obligación principal, puestoque para efectos de este contrato el pago de la cláusula penal no extingue la obligación principalpor lo cual no lo exonera de la exigencia del cumplimiento de la misma. PARÁGRAFO. Laanterior suma se pagará sin perjuicio de la sanción moratoria por incumplimiento de que trata elpresente contrato. DÉCIMA. SUPERVISiÓN. Para todos los efectos del presente contrato, LAUNIVERSIDAD designará un supervisor quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilanciaen cuanto a la ejecución del contrato. El supervisor será CARLOS EDUARDO RODRIGUEZMOLANO o quien haga sus veces, Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de laUniversidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, quien no podrá delegar dicha función; elSUPERVISOR, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones yórdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. Elsupervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de susobligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligacionesdistintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes yresponsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto el supervisor tampocopodrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos deeste contrato, las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA seránresueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuiciosde las acciones de Ley. DÉCIMA PRIMERA. GARANTíAS. El CONTRATISTA deberá constituira favor de la UNIVERSIDAD garantías que amparen: A). Cumplimiento. Equivalente al veintepor ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del mismoy cuatro (4) meses más. B). Calidad del servicio suministrado. Equivalente al veinte por ciento(20%) del valor total del contrato, que deberá comprender un (1) año contado a partir del reciboa satisfacción del servicio suministrado. Las cuales deben ser aprobadas por la UNIVERSIDAD,para su legalización, y deberán suscribirse dentro de los diez días siguientes al recibo delcontrato. DÉCIMA SEGUNDA. INTERPRETACiÓN, MODIFICACiÓN Y TERMINACiÓNUNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato quehicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se daráaplicación a lo dispuesto en el Acuerdo 074 de 2010 y demás normas vigentes y concordantes.DÉCIMA TERCERA. MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligacionescontractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presentedocumento a LA UNIVERSIDAD, para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, segúnel procedimiento establecido en la Resolución 3641 del 11 de Julio de 2014 por el cual seestablece las causales y cuantías para hacer efectiva la cláusula de multas en los contratoscelebrados por la Universidad. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. CONTROL A LA EVASiÓN DELOS RECURSOS PARAFISCALES. El contratista se obliga por su parte a cancelar susobligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales, Cajas deCompensación Familiar, Sena e ICBF, por lo cual, el incumplimiento de esta obligación serácausal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previaverificación de la mora mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. Cuandodurante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe la persistencia de

Págína314

RESOLUCIÓN 3910 DE 2015 MENAvenida Central del Nor e

PBX 7405626 Tun a

&\"'cétTf;\iPrllO 135 "ADQUISICION EQUIPO MILKOSCAN CON D~mt~~~~~~"~~~I:~~I~~~,~CIENCIA~A.gIW~E~lff\~~S~' e d u . e o ~!:I~VERS,."I,TA~IA"'l;¡'1f¡¿¡,~~Universidad Pedagógica y ~.~ .-,' ",.,0 ""'"

'>l;p¡ ~ Tecnológica de Colombia ~ - '7>t,.aJi

este incumplimiento, por cuatro (4) meses la entidad estatal dará aplicación a la cláusulaexcepcional de caducidad administrativa. (LEY 828 DE 2003, LEY 789/2002). DÉCIMAQUINTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de éste contrato lossiguientes documentos: a) La propuesta del CONTRATISTA; b). Disponibilidad PresupuestalNO.3123 DE 2016 del 16 de agosto de 2016 y los demás que se generen durante la ejecucióndel mismo. DÉCIMO SEXTA. SOLUCiÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que sesucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediantelos mecanismos de arreglo directo, transacción y conciliación. DÉCIMA SÉPTIMA. CLAUSULADE INDEMNIDAD. El CONTRATISTA se obliga a mantener a la UNIVERSIDAD libre decualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de susactuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. DÉCIMA OCTAVA.PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCiÓN: El presente contrato se entenderáperfeccionado con la firma de las partes, previo acuerdo sobre el objeto y la contraprestación,la disponibilidad y el registro presupuestal de acuerdo a lo estipulado en el artículo 71 de la ley179 de 1994 y el decreto 111 de 1996 (Consejo de Estado - Sección tercera, expediente No.14935 del 27 de enero de 2000), además el cumplimiento de las siguientes obligaciones porparte del CONTRATISTA: Para su Legalización: 1. Presentar a LA UNIVERSIDAD las garantíasy seguros de que trata este contrato. Para su ejecución. Requiere 1. Aprobación de las garantíasexigidas. 2. Suscripción del Acta de Inicio. Para constancia se firma en Tunja a los seis (06) díasdel mes de septiembre de 2016.

LA UNIVERSIDAD,

EL CONTRATISTA,

T{abaró: .Jtry yanerítli Ríncón PérezProfesionai l1nív sitario Oficina Iuridica.'Reviso:Leone a in 'Vega 'PérezJefe Oficína] tca.