Jornada convalidaciones Formación Profesional

29
PONENTES: Subdirección General de Ordenación Académica de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial Área de Ordenación de la Formación Profesional Madrid, 3 Noviembre de 2015

Transcript of Jornada convalidaciones Formación Profesional

Page 1: Jornada convalidaciones Formación Profesional

PONENTES:Subdirección General de Ordenación Académica de Formación Profesional

y Enseñanzas de Régimen EspecialÁrea de Ordenación de la Formación Profesional

Madrid, 3 Noviembre de 2015

Page 2: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Normativa vigente: general reguladora y no educativa relacionada Normativa vigente: general, reguladora y no educativa relacionada. Procedimiento de convalidación de módulos profesionales. Solicitud, tramitación y resolución. Recursos. Competencias para el reconocimiento de las convalidaciones. Convalidaciones posibles. Reconocimiento de documentación acreditativa: Reconocimiento de documentación acreditativa:

• Formación de Nivel Básico en Prevención de RiesgosLaborales

• Certificados de profesionalidad,• Certificaciones académicas de otras comunidades autónomas.

Casos prácticos Preguntas y respuestas Casos prácticos. Preguntas y respuestas.

Page 3: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común. Norma derogada, con efectosde 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015,de 1 de octubre.

Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la FormaciónProfesionalProfesional.

Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenacióngeneral de la formación profesional del sistema educativo.

Real Decreto 127/2014 de 28 de febrero por el que se regulan aspectos Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectosespecíficos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formaciónprofesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos,se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 dediciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientesa las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación.Orden 1496/2015 de 22 de mayo de la Consejería de Educación Juventud y Orden 1496/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud yDeporte, por la que se suprime la adscripción a centros públicos de centros privadosque impartan enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional reglada en laComunidad de Madrid.

Page 4: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Orden 2694/2009, de 9 de junio, por la que se regula el acceso, la matriculación, el, j , p q g , ,proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en laComunidad de Madrid la modalidad presencial de la formación profesional delsistema educativo establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación, modificada por la Orden 11783/2012, de 11 de diciembre.Educación, modificada por la Orden 11783/2012, de 11 de diciembre.

Orden de 20 de diciembre del 2001, por la que se determinan convalidaciones deestudios de Formación Profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990,de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; corrección deerrores en la Orden ECD/1842/2002 de 9 de julio y modificada por la Ordenerrores en la Orden ECD/1842/2002, de 9 de julio y modificada por la OrdenECD/2159/2014, de 7 de noviembre.

Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecenconvalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del SistemaEducativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 dediciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios deformación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 deoctubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Orden 1409/2015, de 18 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud yDeporte, por la que se regulan aspectos específicos de la Formación ProfesionalBásica en la Comunidad de Madrid.

Page 5: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados deprofesionalidad.

Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competenciasprofesionales adquiridas por experiencia laboral.

Page 6: Jornada convalidaciones Formación Profesional

SOLICITUD DOCUMENTACIÓN TRAMITACIÓN RESOLUCIÓN

SOLICIT

Matriculación

Solicitud segúnModelo normalizado+TAN

TE

Matriculación en el ciclo acreditativa

Documentaciónacreditativa

SECRETARÍACEN

TRO

Registro en el centro Comprueba documentación

¿Resuelve el director

¿Es un¿Es unmódulo NoSi

Antes de finalizar octubre

A D

IRECCEN

el director del centro?propio de la

CAM?

Valora reconocimiento de la convalidación

Resolución negativa motivada, indicando el procedimiento de Recurso

SiNo

CTOR

TRO

¿Procede la convalidación?¿Procede la convalidación?

R l Di ió G l d

procedimiento de Recurso

NoResolución según Anexo XI de la Orden 2694/2009

Si

Solicitud segúnCAM Valora reconocimiento de la convalidación

Resuelve Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial

acreditativa

Solicitud segúnOrden 2694/2009+Documentación acreditativa

Antes de finalizar noviembre

MECD

acreditativa

Solicitud MECD Anexo IV Orden ECD 2159/2014+Documentación acreditativa

Valora reconocimiento de la convalidación

Resuelve Subdirección General de Orientación y Formación ProfesionalLO ANTES

POSIBLE

Page 7: Jornada convalidaciones Formación Profesional

SOLICITUD

A X* (Tít l LOE)DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA

Certificación académica

Anexo X* (Títulos LOE) Anexo XVI* (Títulos LOGSE)Anexo IV** (MECD) *

Copia DNI o consentimiento para verificarlo

oficial de la formación aportada.

Certificado de Profesionalidad o Planes de estudios conducentes a la obtención

* Orden 2694/2009, de 9 de junio, modificada por la Orden 11783/2012, de 11 de diciembre** Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre

Profesionalidad o Acreditación Parcial Acumulable en el caso de aportar unidades de

Planes de estudios conducentes a la obtenciónde dos títulos de Formación Profesional oIMAM12, una solicitud por cada título implicado,de modo que haya una resolución para cadatítulo competencia.

En su caso, estudios universitarios, acompañados del programa

título. Denominación exacta del ciclo formativo y de

los módulos profesionales de los que se solicitaconvalidación. acompañados del programa

de la/s asignatura/s sellado por la universidad.

En el caso de enseñanzas de FP iniciadasantes de la Orden 1496/2015, de 22 de mayo, elcertificado lo emitirá el centro adscrito.

Page 8: Jornada convalidaciones Formación Profesional

- Comprobar documentación aportada.- Requerimiento de documentación adicional dando un plazo de 10 días para aportarlaRequerimiento de documentación adicional, dando un plazo de 10 días para aportarla.

¿Resuelve el Si Se tramita en el centroDirector?

S bdi ió G l d

No

Mód lSi

Subdirección General de Orientación y Formación Profesional (MECD)C/ Los Madrazo, 15-17 28014No

¿Módulo profesional incluido

en el título?

C/ Los Madrazo, 15 17 28014 Madrid,

Dirección General de Formación Profesional yFormación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial (Comunidad de Madrid)C/ Gran Vía 20 - 3ª planta 28013 Madrid

Page 9: Jornada convalidaciones Formación Profesional

El director tiene competencia para resolver las convalidaciones establecidas en la OrdenECD/2159/2014, de 7 de noviembre.

LOGSE LOGSE Orden de 20 de diciembre del 2001, corrección de errores en la Orden ECD/1842/2002, de 9 de julio y en el Anexo I

LOGSE LOEAnexo III, comprobar con el RD del título LOELOGSE LOE , p

LOE LOE Anexo II

U.C. LOE Real Decreto del título LOE, Anexo IV a) o V a).

TODAS UC* +TODAS UC +1 AÑO EXPERIENCIA LABORAL+

NIVEL BÁSICO PRLFOL de LOE Real Decreto del título LOE

CONVALIDACIONES DE LAS DESCRITAS RESOLUCIÓN NEGATIVA

El director también resolverá las convalidaciones (CV) que figuran en el Anexo XII de la Orden 2694/2009, de 9 de junio, modificada por Orden 11783/2012, de 11 de diciembre, de los módulos

CONVALIDACIONES DE LAS DESCRITAS QUE NO APAREZCAN EN LA ORDEN

RESOLUCIÓN NEGATIVA POR EL DIRECTOR DEL CENTRO

, j , p , ,profesionales incorporados por la Comunidad de Madrid al currículo.

* Acreditadas por Experiencia Laboral

Page 10: Jornada convalidaciones Formación Profesional

MATRÍCULACICLO FORMATIVO B

• Orden de 20 de diciembre 2001, corregida por la Orden ECD/1842/2002, de 9 de julio.• Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre.

CV= 5

MP aMP a

CICLO FORMATIVO ALOGSE

CICLO FORMATIVO BLOGSE

CV 5

Anexo I

MP c

AGC (GM-GS) FCT

MP b

AGC (GS)FCT

Anexo II*

Anexo III

MPFOL

GM GSLengua Lengua

E tFOL

GM GS

Lengua Lengua Extr.

RET (GS) RET (GM-GS)Anexo III

Anexo III

Anexo I

MPGM-GS Extr.MP GM-GS

Anexo II*

OTROS :

B2, B1 de la E.O.I.Grado en Filología o Traducción e

OTRO CICLO FORMATIVO

LOGSE

Anexo I

Traducción e Interpretación

* Se completa con el Anexo I de la Orden ECD 2159/2014

Page 11: Jornada convalidaciones Formación Profesional

• Real Decreto del Título LOE: Anexo IV• Real Decreto del Título LOE: Anexo IV.• Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre: Anexo III.• Orden 2694/2009, de 9 de junio, modificada por la Orden 11783/2012, de 11 de diciembre: Anexo XII.

CV= 5

AGC* o MP

CICLO FORMATIVO LOGSE

MPMP

TS en Administración y Finanzas LOGSE

MATRÍCULACICLO FORMATIVO LOE

MPMP

Leng ExtrLeng. Extr.

GM-GS CICLO FORMATIVO LOE

FOL*FCT

GM GSGS

NOU C U.C.

EIE*U.C.

U.C.FOL*U.C. NO

U.C.

FCT

CMLeng ExtrLeng. Extr

RDGM-GS

Nivel Básico PRLRD 39/1997, de 17 de enero

U.C.

* Independientemente del nivel del título (grado medio o superior)

TS en Prevención en Riesgos Profesionales

LOGSE

Page 12: Jornada convalidaciones Formación Profesional

La formación para el desempeño de las funciones del nivel básico de la actividadpreventiva viene determinada en el artículo 35 del Real Decreto 39/1997, de 17 deenero, que determina:enero, que determina:

“Poseer una formación mínima con el contenido especificado en el programa a que se refiere elanexo IV y cuyo desarrollo tendrá una duración no inferior a 50 horas, en el caso de empresasque desarrollen alguna de las actividades incluidas en el anexo I, o de 30 horas en los demáscasos, y una distribución horaria adecuada a cada proyecto formativo, respetando la establecidaen los apartados 1 y 2, respectivamente, del anexo IV citado”

¿Qué debería contener el certificado de dicha formación?

Indicar que la formación se ajusta al Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Duración total: mínimo 30 o 50 horas según Anexo I Duración total: mínimo 30 o 50 horas, según Anexo I. Contenido del proyecto formativo, respetando las horas establecidas en los

apartados 1 y 2 del Anexo IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

Page 13: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Tras las dudas suscitadas en las convalidaciones del módulo profesional FOL, se hatrasladado consulta al Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de latrasladado consulta al Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de laComunidad de Madrid:

¿Es obligatorio que el certificado incluya los datos descritos anteriormente? :NO N i t l ió i d l li d t tifi d E t t id í lNO. No existe regulación ni modelo normalizado para este certificado. Este contenido sería elrecomendable, pero no podemos considerar un certificado no válido para la convalidación poreste motivo.

¿Se tiene que identificar el técnico que imparte la formación en el certificado? : ¿Se tiene que identificar el técnico que imparte la formación en el certificado? :NO es necesario, pero Sí SE DEBE IDENTIFICAR CLARAMENTE en el certificado elservicio de prevención o la entidad pública o privada que lo emite, con capacidad paradesarrollar actividades formativas específicas en esta materia (artículo 35.3 del Real Decreto39/1997 d 17 d )39/1997, de 17 de enero).

¿Qué podemos hacer ante un certificado dudoso? :Solicitar al alumno que aporte un certificado más completo o una declaración jurada de la

f d l t l id d d ll ti id dempresa formadora en la que conste que posee la capacidad para desarrollar actividadesformativas de nivel básico.

NOTA:Ante la dificultad que entrañan estos casos, hemos transmitido al InstitutoR i l d S id d S l d l T b j l bl Ed ióRegional de Seguridad y Salud en el Trabajo los problemas que en Educaciónsurgen con la indefinición de la normativa, estableciendo una vía decomunicación para mejorar esta situación.

Page 14: Jornada convalidaciones Formación Profesional

• Real Decreto del Título LOE

MATRÍCULA

• Real Decreto del Título LOE.• Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre: Anexo II.• Orden 2694/2009, de 9 de junio, modificada por la Orden 11783/2012, de 11 de diciembre: Anexo XII.

CICLO FORMATIVO ALOE

MATRÍCULACICLO FORMATIVO B

LOE

FOL* FCTFOLCV= 5

FOL

EIE00000000

FCT

00000000

FOL

FCTEIE

Traslado notaMP MP

EIE MP

MP

CMMP

MP CM

MP

Lengua E.Lengua E.RD L.enguaE.L.enguaE.

RD

MP

(UC)

ACREDITACIÓN DE UNIDADES DE

Anexo IV A y V A

RD

OTRO TÍTULO DE TÉCNICO O UNIDADES DE

COMPETENCIA (U.C.)*Ley Orgánica 5/2002 OTRAS TITULACIONES

(UNIVERSITARIAS, IDIOMAS)

TÉCNICO O TÉCNICO SUPERIOR

* El artículo 15 del R.D. del título establece su posible convalidación acreditando todas las U.C. incluidas en el título.

Page 15: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Las Unidades de Competencia (U.C.) se reconocen aportando Certificados deProfesionalidad o Acreditaciones Parciales Acumulables, regulados por el RealDecreto 34/2008, de 18 de enero, que son el instrumento de acreditación oficial delas cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificacioneslas cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales en el ámbito de la Administración laboral.

Certificado de Profesionalidad Título de Formación Profesional

Acreditación Parcial Acumulable

(TASAS)

Profesional

Certificado de Estudios Incompletos

(TASAS)

Información: Portal de Empleo de la Comunidad de Madrid

Page 16: Jornada convalidaciones Formación Profesional

EN NINGÚN CASO la correspondencia de módulos profesionales con unidades decompetencia, establecida en un título, servirá para convalidar un módulo profesionalde otro título que se corresponda con la misma unidad de competencia.de otro título que se corresponda con la misma unidad de competencia.(artículo 7.3. de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre).

Correspondencia Anexo IV B) o V B) Correspondencia Anexo IV A) o V A)M.P. → U.C. U.C. → M.P.

CASO PRÁCTICO:

Real Decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y se fijan sus enseñanzas mínimas.

CASO PRÁCTICO:

0369 + 0371 → UC 0223_3 UC 0223_3 → 0483

Los módulos 0309+0371 NO CONVALIDAN el módulo 0483, aunque estén relacionados con la misma unidad de competencia

Page 17: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Para saber las Unidades de Competencia acreditadas, consultar el RealDecreto que se indica en el certificado

Denominación Real decreto que lo regula

Decreto que se indica en el certificado.

Modelo de Certificado de Profesionalidad

Tenemos que consultar las U.C. del certificado

Page 18: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Esta acreditación determina las unidades de competencia

Este certificado oficial de los módulos formativos superados posibilita solicitar

superadas. la Acreditación Parcial Acumulable, pero NO ACREDITA U.C.

Page 19: Jornada convalidaciones Formación Profesional

• Orden 1409/2015, de 18 de mayo.

En F.P. Básica se puede convalidar algún módulo cuando el alumnoprocedente de otro ciclo de F.P. Básica QUE NO HA TERMINADO.

MÓDULOS PROFESIONALESMISMO CÓDIGO

MÓDULOS PROFESIONALESMISMO CÓDIGO

Traslado nota

CIENCIAS APLICADAS IIDISTINTO CÓDIGO

CIENCIAS APLICADAS IIDISTINTO CÓDIGO

CV= 5

Page 20: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Los alumnos que se incorporan a estos planes de estudios que se desarrollanÁ

q p p qde manera experimental en la Comunidad de Madrid, DEBERÁN OBTENERLA TITULACIÓN CORRESPONDIENTE POR ESTA VÍA.Se podrán realizar convalidaciones de módulos profesional cuando se aporte

t f ió ( t tít l ód l f i l d t ) i d lotra formación (otro título, módulos profesionales superados, etc.), siendo elprocedimiento el mismo que en la modalidad presencial.

TRAMITACIÓNTRAMITACIÓN TRAMITACIÓNCONVALIDACIONESGM - PRESENCIAL

TRAMITACIÓNCONVALIDACIONES GM – FCT AMPLIADA

TÍTULO de TÉCNICOTÍTULO de TÉCNICOFCT AMPLIADA

IMPORTANTE ACLARACIÓN:En el apartado 4 de las “Orientaciones para centros educativos que impartenenseñanzas de formación profesional sobre convalidaciones de módulosprofesionales” hay un error que contradice lo reflejado en esta diapositiva. Seigualan las condiciones de convalidación de la FCT Ampliada con la FP Dual, nosiendo así. La FCT Ampliada no debería estar en ese apartado.

Page 21: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Los alumnos que se incorporan a estos planes de estudios, DEBERÁNÓ Í

q p pOBTENER LA TITULACIÓN CORRESPONDIENTE POR ESTA VÍA.

MÓDULOS PROFESIONALESSí SE CONVALIDAN.

MISMO PROCEDIMIENTO queTraslado nota

100% CENTRO EDUCATIVO MISMO PROCEDIMIENTO que en la MODALIDAD PRESENCIAL

CV= 5

MÓDULOS PROFESIONALESNO 100% CENTRO EDUCATIVO NO SE CONVALIDAN

TÍTULO de TÉCNICO SUPERIORTÍTULO de TÉCNICO

SUPERIOR TÍTULO de TÉCNICO SUPERIORSUPERIORFP DUAL

Page 22: Jornada convalidaciones Formación Profesional

CONVALIDACIONES COMPETENCIA DEL CONVALIDACIONES COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTEMINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTEMINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTEMINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

En la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, se recogen lasconvalidaciones que están establecidas no hay otras posibles Por tantoconvalidaciones que están establecidas, no hay otras posibles. Por tanto,las únicas convalidaciones posibles son las que aparecen en losanexos y NO SE REMITIRÁN, salvo que:

ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

SOLICITE CONVALIDACIÓNAPORTE

UNIVERSITARIOS Módulos profesionalesLOGSE - LOE

Título de FP I o FP II de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento

de la Reforma Educativa

Módulos profesionales

Módulos profesionalesLOGSE

Módulos profesionalesLOE

UNIDADES de COMPETENCIA (UC)

Page 23: Jornada convalidaciones Formación Profesional

CONVALIDACIONES COMPETENCIA DE LACONVALIDACIONES COMPETENCIA DE LACONVALIDACIONES COMPETENCIA DE LA CONVALIDACIONES COMPETENCIA DE LA CONSEJERÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTEDE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

MÓDULOS PROPIOS

NO INCLUIDOS

MÓDULOS PROPIOS Comunidad de Madrid

NO INCLUIDOSANEXO XII

Orden 2694/2009, de 9 de junio, modificada por la Orden 11783/2012,

de 11 de diciembre

Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de

Régimen Especialde 11 de diciembre

NOTA:

Resolución individualizada

NOTA:NO SE APLICARÁ para los módulospropios de la Comunidad de Madrid elcriterio de traslado de nota cuando elmódulo aportado es de igual individualizadamódulo aportado es de igualdenominación y código, por no ser loscontenidos iguales (propios del sectorproductivo).

Page 24: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Dirección del centro Dirección General de Dirección General de

Formación Profesional Subdirección General d O i t ióeducativo

PÚBLICO-PRIVADOy Enseñanzas de Régimen EspecialComunidad de Madrid

de Orientación y Formación Profesional

MECD

Resolución favorable o desfavorable, en cuyo caso

Resolución favorable o desfavorable, en cuyo caso

Resolución favorable según Anexo XI

será motivada.

CV= 5 o Traslado de notaResolución

será motivada.

Notificación por correo electrónico.

Orden 2694/2009, de 9 de junio

DEL

REC

I

desfavorable, en cuyo caso será motivada, indicando el procedimiento para

REG

ISTR

O

En la sede electrónica del MECD se d lpresentar recurso.

NOTA:Los centros privados emitirán resolución de convalidación de las enseñanzas iniciadas desde la supresión de las

R accede al proceso.

de las enseñanzas iniciadas desde la supresión de las adscripciones.

Page 25: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Di ió d l t DATOS DEL DIRECTOR, ALUMNO, CICLO FORMATIVO SEGÚNDirección del centro educativo

PÚBLICO-PRIVADO

, ,DECRETO DE CURRÍCULO Y ESTUDIOS APORTADOS (similar ala resolución favorable Anexo XI)

RESUELVE

R l ióBÍ

NO reconocerle la convalidación del módulo profesional XXX delcitado ciclo formativo por … (aquí argumentar la denegación).(Un párrafo por módulo profesional denegado, de esa manera se posibilita eltratamiento individualizado de cada módulo denegado)

Resolución desfavorable,

• Motivada,

DEL

REC

I

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa,podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de alzadaante la Dirección de Área Territorial Madrid-XXX, de conformidadcon la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de

• Procedimiento para presentar recurso.

REG

ISTR

O con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y el Procedimiento AdministrativoComún (1).

R

NOTA:(1) Norma derogada, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Page 26: Jornada convalidaciones Formación Profesional

El interesado podrá interponer recurso de alzada contra la resolución en el plazo de unmes a contar desde el día siguiente de la recepción de la misma Se presentará según

Di ió G l d S bdi ió G l

mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la misma. Se presentará, segúnel organismo que la haya resuelto, ante:

Dirección del centro educativo

Dirección. General de Formación Profesional

y Enseñanzas de Régimen Especial

Subdirección General de Orientación y

Formación ProfesionalMECDRégimen Especial MECD

ViceconsejeríaDirección de Área

Territorial

Viceconsejeríade Educación no

Universitaria, Juventud y Deporte

Dirección General FP

MECD

Page 27: Jornada convalidaciones Formación Profesional

Resolución

La resolución de la convalidación se envíaal alumno, que decidirá el uso que hace deella

Resoluciónde Convalidación

ella. Deberá presentar dicha resolución en el

centro educativo donde está matriculadopara que conste en su expediente.ALUMNO para que conste en su expediente.

La convalidación de un módulo profesionalde formación en el centro educativo seregistrará en el expediente académico delalumno, en las actas de evaluación y en laCertificación académica que se expida.

A efectos de la obtención de la nota mediadel ciclo formati o n mód lo con alidado

CENTRO EDUCATIVO

del ciclo formativo, un módulo convalidadocomputa como un 5.

- EXPEDIENTE ACADÉMICO- ACTAS EVALUACIÓN

Ó- CERTIFICACIÓN OFICIALCV=5

Page 28: Jornada convalidaciones Formación Profesional

TÍTULO AMÓDULO PROFESIONAL

CV o EXENTO

TÍTULO BResolución favorable de

CONVALIDACIÓN

APORTA ESTUDIOS

Artículo 3.6. de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre.

CV o EXENTO CONVALIDACIÓNSUPERADOS CV o

EXENTOCV o EXENTO

TÍTULO

Equivalencia Específica o Genérica Profesional o Académica

TÍTULO BResolución favorable de

CONVALIDACIÓN

Disposición adicional primera de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre.

TÍTULO FP

Profesional o Académica CONVALIDACIÓN

Artículo 6.2. del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

DENTRO MISMA COMUNIDADMód l LOE UF 1 UF2

ENTRE DISTINTAS COMUNIDADESMódulo LOE UF 1+ UF2+Módulo LOE= UF 1+ UF2+…

UF: Unidad Formativa certificable.VÁLIDA en el ámbito de cada Administración Educativa (autonomía).

Módulo LOE= UF 1+ UF2+…UF: Unidad Formativa certificable.NO VÁLIDA en todo el territorio nacional.NO SE PUEDE CONVALIDAR PARTE DE

SE PUEDE CONVALIDAR ENTRE UF. UN MÓDULO APORTANDO UF.

Page 29: Jornada convalidaciones Formación Profesional