Jornada de Actualización Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A.

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Jornada de Actualización Jornada de Actualización Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A. C.A.B.A. Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN Manifestación de disconformidad Manifestación de disconformidad con alícuotas y categoría de riesgo con alícuotas y categoría de riesgo Buenos Aires, Agosto de 2009 Buenos Aires, Agosto de 2009 DN Serie “B” 75/2007 (texto ordenado) DN Serie “B” 75/2007 (texto ordenado) Resolución Normativa (ARBA) 51/2009 Resolución Normativa (ARBA) 51/2009

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Jornada de Actualización Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A. RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN Manifestación de disconformidad con alícuotas y categoría de riesgo. Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez. DN Serie “B” 75/2007 (texto ordenado) - PowerPoint PPT Presentation

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Jornada de ActualizaciónJornada de ActualizaciónConsejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A.Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A.

Expositor: Dr. Marcelo D. RodríguezExpositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez

RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y RÉGIMEN DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓNPERCEPCIÓN

Manifestación de disconformidad Manifestación de disconformidad con alícuotas y categoría de riesgocon alícuotas y categoría de riesgo

Buenos Aires, Agosto de 2009Buenos Aires, Agosto de 2009

DN Serie “B” 75/2007 (texto ordenado)DN Serie “B” 75/2007 (texto ordenado)

Resolución Normativa (ARBA) 51/2009Resolución Normativa (ARBA) 51/2009

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CÓMO REALIZAR EL RECLAMO

MECANISMO PARA MANIFESTAR MECANISMO PARA MANIFESTAR DISCONFORMIDAD DISCONFORMIDAD

DE ALÍCUOTAS Y CATEGORÍA DE RIESGODE ALÍCUOTAS Y CATEGORÍA DE RIESGO

A través de la aplicación de la página web A través de la aplicación de la página web "Reclamos por disconformidad de alícuotas o "Reclamos por disconformidad de alícuotas o

categoría de riesgo"categoría de riesgo"utilizando el CUIT y CIT correspondientesutilizando el CUIT y CIT correspondientes

Vigencia 01/08/2009 inclusiveVigencia 01/08/2009 inclusive

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Categoría de riesgo no acorde a la conducta fiscal.Categoría de riesgo no acorde a la conducta fiscal. Solicitud de exención del Código Fiscal en trámite.Solicitud de exención del Código Fiscal en trámite. Solicitud de exención de Ley especial/ Decreto/ Solicitud de exención de Ley especial/ Decreto/

otros.otros. Contribuyente con exención total no grabada.Contribuyente con exención total no grabada. Contribuyente con formulario CM02 no grabado o Contribuyente con formulario CM02 no grabado o

con cese en jurisdicción 902.con cese en jurisdicción 902. Cooperativas. Exención artículo 160 inciso g) del Cooperativas. Exención artículo 160 inciso g) del

Código Fiscal (t.o. 2004 y modificatorias)Código Fiscal (t.o. 2004 y modificatorias) Contribuyente exento parcialmente con base Contribuyente exento parcialmente con base

imponible declarada exenta mayor al 30% del imponible declarada exenta mayor al 30% del total.total.

Contribuyente acopiador/consignatario.Contribuyente acopiador/consignatario. Contribuyente comercializador mayorista de Contribuyente comercializador mayorista de

tabaco que tributa con base imponible diferencial.tabaco que tributa con base imponible diferencial. Contribuyente alcanzado por sustitución de tributo Contribuyente alcanzado por sustitución de tributo

prevista en la Ley 11.769, modificada por la Ley prevista en la Ley 11.769, modificada por la Ley 11.969.11.969.

MOTIVOS PARA FUNDAMENTAR EL RECLAMOMOTIVOS PARA FUNDAMENTAR EL RECLAMO (enumeración taxativa)(enumeración taxativa)

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Sujetos comprendidos en el artículo 406 de la Disposición Normativa Serie Sujetos comprendidos en el artículo 406 de la Disposición Normativa Serie "B" 1/04: empresas de electricidad, gas, agua, servicios cloacales y "B" 1/04: empresas de electricidad, gas, agua, servicios cloacales y telecomunicaciones.telecomunicaciones.

Exclusión del Régimen General de Percepción, posterior a la emisión del Exclusión del Régimen General de Percepción, posterior a la emisión del padrón vigente.padrón vigente.

Exclusión del Régimen General de Retención posterior a la emisión del Exclusión del Régimen General de Retención posterior a la emisión del padrón vigente.padrón vigente.

Exclusión del Régimen General Percepción/Retención posterior a la emisión Exclusión del Régimen General Percepción/Retención posterior a la emisión del padrón vigente.del padrón vigente.

Sujetos comprendidos en las Leyes 13.506, 11.769 con CIT.; y sujetos Sujetos comprendidos en las Leyes 13.506, 11.769 con CIT.; y sujetos alcanzados por el Impuesto sustitutivo establecido por Decretos PEN alcanzados por el Impuesto sustitutivo establecido por Decretos PEN 714/92 y 1795/92 modificado por el 2449/92.714/92 y 1795/92 modificado por el 2449/92.

Contribuyente con saldo a favor acumulado.Contribuyente con saldo a favor acumulado.

MOTIVOS PARA FUNDAMENTAR EL RECLAMOMOTIVOS PARA FUNDAMENTAR EL RECLAMO (enumeración taxativa)(enumeración taxativa)

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MOTIVOS PARA FUNDAMENTAR EL RECLAMOMOTIVOS PARA FUNDAMENTAR EL RECLAMO

IMPORTANTEIMPORTANTE

En ningún caso se podrá, con relación En ningún caso se podrá, con relación a un mismo padrón, seleccionar más de a un mismo padrón, seleccionar más de un motivo por el cual se manifiesta la un motivo por el cual se manifiesta la disconformidad con las alícuotas de disconformidad con las alícuotas de percepción y retención del Impuesto percepción y retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos consignadas sobre los Ingresos Brutos consignadas en el mismo. en el mismo.

La aplicación informática rechazará La aplicación informática rechazará automáticamente los reclamos que no automáticamente los reclamos que no reúnan las condiciones previstas en la reúnan las condiciones previstas en la Resolución.Resolución.

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Certificado de Exclusión Temporaria - Agentes Certificado de Exclusión Temporaria - Agentes de Recaudación Empresas de Serviciosde Recaudación Empresas de Servicios

TIPOS DE CERTIFICADOS

Para ser presentado ante las empresas Para ser presentado ante las empresas prestatarias de servicios de electricidad, gas, prestatarias de servicios de electricidad, gas, agua, cloacas o telecomunicaciones, que actúen agua, cloacas o telecomunicaciones, que actúen como agentes de recaudación del ISIB.como agentes de recaudación del ISIB.

Certificado de Exclusión Temporaria - Otros Certificado de Exclusión Temporaria - Otros Agentes de RecaudaciónAgentes de Recaudación

Para Para ser presentado ante los agentes de ser presentado ante los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos no comprendidos en el punto anterior.Brutos no comprendidos en el punto anterior.

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Certificado de Reducción Temporaria de AlícuotaCertificado de Reducción Temporaria de Alícuota

En los supuestos en los cuales el motivo del En los supuestos en los cuales el motivo del reclamo se refiera a la acumulación de saldos a reclamo se refiera a la acumulación de saldos a favor del contribuyente.favor del contribuyente.

A partir de la fecha de su A partir de la fecha de su expedición y durante la vigencia expedición y durante la vigencia del padrón respecto del cual se del padrón respecto del cual se hubiere efectuado el reclamohubiere efectuado el reclamo

Validez del Certificado

Cuando los certificados se expidan con fecha posterior al día 15 Cuando los certificados se expidan con fecha posterior al día 15 de cada mes, mantendrán asimismo su vigencia respecto del de cada mes, mantendrán asimismo su vigencia respecto del padrón del mes siguiente al de su expedición, en aquellos padrón del mes siguiente al de su expedición, en aquellos supuestos que la Agencia no hubiera podido procesar, para la supuestos que la Agencia no hubiera podido procesar, para la confección de éste, la exclusión o reducción de alícuota confección de éste, la exclusión o reducción de alícuota acordada.acordada.

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ALÍCUOTAS A CONSIGNAR EN LOS CERTIFICADOS

Por disconformidad del contribuyente con la Por disconformidad del contribuyente con la categoría de riesgo fiscal: categoría de riesgo fiscal: se consignará una alícuota se consignará una alícuota de percepción y de retención reducidas en el porcentaje de percepción y de retención reducidas en el porcentaje correspondiente al incremento resultante de la correspondiente al incremento resultante de la categoría de riesgo asignada.categoría de riesgo asignada.

Por acumulación de saldos a favor del Por acumulación de saldos a favor del contribuyente: contribuyente: se consignaráse consignará la alícuota de la alícuota de percepción y de retención reducida, la que en ningún percepción y de retención reducida, la que en ningún caso, podrá ser igual a cero (0).caso, podrá ser igual a cero (0).

Por el resto de motivos:Por el resto de motivos: : : se consignará una se consignará una alícuota de percepción y de retención igual a cero (0), o alícuota de percepción y de retención igual a cero (0), o igual a cero con diez (0,10), de conformidad con las igual a cero con diez (0,10), de conformidad con las circunstancias particulares de cada caso.circunstancias particulares de cada caso.

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RECLAMO POR ACUMULACIÓN DE SALDOS A RECLAMO POR ACUMULACIÓN DE SALDOS A FAVOR FAVOR

CASO ESPECIAL CASO ESPECIAL

REQUISITOREQUISITO

Haber presentado las declaraciones juradas Haber presentado las declaraciones juradas correspondientes a los últimos 12 meses correspondientes a los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reclamo.anteriores a la fecha del reclamo.

ARBA tendrá en cuentaARBA tendrá en cuenta

Las declaraciones juradas correspondientes a Las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos devengados en los 6 meses los anticipos devengados en los 6 meses anteriores al antepenúltimo mes anterior a la anteriores al antepenúltimo mes anterior a la fecha en que se efectúe el reclamo. fecha en que se efectúe el reclamo.

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RECLAMO POR ACUMULACIÓN DE SALDOS A RECLAMO POR ACUMULACIÓN DE SALDOS A FAVOR FAVOR

CÁLCULO DEL COEFICIENTE DE REDUCCIÓN DE CÁLCULO DEL COEFICIENTE DE REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAALÍCUOTA

saldo a favor del período saldo a favor del período (*)(*)

promedio mensual del impuesto determinado del promedio mensual del impuesto determinado del período período (*)(*)

REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS (sobre la base de las REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS (sobre la base de las tablas de grupos previstas por los artículos 344 tablas de grupos previstas por los artículos 344 y 411 de la DN "B" 1/04):y 411 de la DN "B" 1/04):

Las declaraciones juradas correspondientes a Las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos devengados en los 6 meses los anticipos devengados en los 6 meses anteriores al antepenúltimo mes anterior a la anteriores al antepenúltimo mes anterior a la fecha en que se efectúe el reclamo. fecha en que se efectúe el reclamo.

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RECLAMO POR ACUMULACIÓN DE SALDOS A FAVOR RECLAMO POR ACUMULACIÓN DE SALDOS A FAVOR

REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS (sobre la base de las REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS (sobre la base de las tablas de grupos previstas por los artículos 344 y tablas de grupos previstas por los artículos 344 y 411 de la DN "B" 1/04):411 de la DN "B" 1/04):

Si el coeficiente es < que 0,5Si el coeficiente es < que 0,5 no procederá ninguna reducción no procederá ninguna reducción

Si el coeficiente es > o = que 0,5 y < que 1Si el coeficiente es > o = que 0,5 y < que 1 se reduce 1 grupo se reduce 1 grupo

Si el coeficiente es Si el coeficiente es > o => o = que 1 y que 1 y << que 1,5 que 1,5 se reducen 2 se reducen 2 gruposgrupos Si el coeficiente es Si el coeficiente es > o => o = que 1,5 y que 1,5 y << que 4 que 4 se reducen 4 se reducen 4 gruposgrupos Si el coeficiente es Si el coeficiente es > o => o = que 4que 4 se reduce alícuota al 0,10% se reduce alícuota al 0,10%La reducción de alícuota dispuesta por reclamos resultará La reducción de alícuota dispuesta por reclamos resultará aplicable, en el padrón de los 3 meses inmediatos siguientes al aplicable, en el padrón de los 3 meses inmediatos siguientes al de expedición del certificado de reducción de alícuota. de expedición del certificado de reducción de alícuota.

Tratándose de padrones de vigencia trimestral, resultará Tratándose de padrones de vigencia trimestral, resultará aplicable, inclusive, en el padrón inmediato siguiente al vigente aplicable, inclusive, en el padrón inmediato siguiente al vigente durante el mes de otorgamiento del certificado de reducción de durante el mes de otorgamiento del certificado de reducción de alícuota.alícuota.

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FINALIZACIÓN DEL RECLAMOFINALIZACIÓN DEL RECLAMO

Una vez efectuado el reclamo web, los interesados Una vez efectuado el reclamo web, los interesados podrán presentarse ante el Centro de Servicios podrán presentarse ante el Centro de Servicios Locales que corresponda a su domicilio fiscal, a fin Locales que corresponda a su domicilio fiscal, a fin de que la Agencia de Recaudación efectúe la de que la Agencia de Recaudación efectúe la adecuación de las alícuotas de percepción y adecuación de las alícuotas de percepción y retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos consignadas en el padrón de contribuyentes. consignadas en el padrón de contribuyentes.

Se le podrá requerir al interesado la presentación de la documentación que se estime necesaria y además la procedencia del reclamo efectuado en ningún caso importará un obstáculo a las facultades de verificación, fiscalización y determinación del impuesto de la Autoridad de Aplicación.

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¡MUCHAS GRACIAS!¡MUCHAS GRACIAS!