JORNADA NUEVA LCSP (15032018) - Colegio de Ingenieros de ... · Se incorpora la regulación de las...
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PRINCIPALES NOVEDADES
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
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SECRETARIA GENERAL
1.- JUSTIFICACIÓN DE LA LEY
OBJETIVOS BÁSICOS:
a) Diseño de un sistema de contratación pública basado en los principios de eficiencia, transparencia, integridad, igualdad de trato, no discriminación y proporcionalidad.
b) Priorización de la mejor relación calidad-precio para obtener la mejor oferta.
c) Simplificación de trámites.
d) Apuesta por la contratación electrónica.
ÁMBITO SUBJETIVO:
Según la naturaleza del ente contratante
ÁMBITO OBJETIVO:
SARA, NO SARA
2.- ESTRUCTURA DE LA LEY
Real Decreto Legislativo 3/2011 Ley 9/2017
339 artículos 347 artículos
37 D. adicionales 53 D. adicionales
6 D. finales 16 D. finales
10 D. transitorias 5 D. transitorias
392 421
Más 7,4 %
3.- NOVEDADES (1)
� Desaparece la distinción de los contratos de servicios en categorías.
� Desaparece el contrato de gestión de servicios públicos y, por tanto, desaparecen las tradicionales formas de gestión de servicios públicos.
� La concesión de obras y de servicios exige siempre la transferencia del riesgo operacional de carácter económico de la Administración al concesionario.
� La concesión de servicios puede tener por objeto servicios públicos y no públicos.
� El contrato mixto es objeto de una amplia regulación que distingue entre la preparación y la adjudicación y los efectos y extinción.
� Se suprime el contrato de colaboración público-privada.
3.- NOVEDADES (2)� Se incorpora una nueva y exhaustiva regulación del “medio propio” de la
Administración, bajo la denominación de “encargos a medios propios”, reforzándose las exigencias para su uso, como la necesidad del “medio propio”.
� Se amplía el objeto del recurso especial en materia de contratación, aplicable a contratos cuyo VEC sea superior a 100.000 euros (servicios, suministros y administrativos especiales) o a 3.000.000 euros (obras y concesiones.
� Se suprime la clasificación para los contratos de servicios, se mantiene para los contratos de obras cuyo VEC sea igual o superior a los 500.000 euros.
� Se introduce una nueva regulación de la división de los contratos en lotes, que es la regla general.
� Se homogeneizan todas las expresiones referidas al valor de los contratos, a efectos de claridad, y se especifica si incluyen o no el IVA.
� El régimen de revisión de precios se adapta a la Ley 2/2015, de 30.3, de desindexación de la economía española.
3.- NOVEDADES (3)
� Se incorpora la regulación de las consultas preliminares del mercado.
� Se modifican a la baja los límites de los contratos menores (VEC inferior a 40.000 euros en obras y 15.000 euros en servicios y suministros) y se incorporan nuevas exigencias para su tramitación.
� En el caso de los contratos de servicios, se reintroduce la exigencia de incorporar al expediente el informe de insuficiencia de medios y publicarlo en el PC.
� Se impone la incorporación de consideraciones de tipo social, medio-ambiental, de innovación y de defensa de la competencia, básicamente como condiciones de solvencia, criterios de adjudicación o condiciones especiales de ejecución, siempre que se hallen vinculadas al objeto del contrato.
� Se simplifican el régimen de publicidad y los procedimientos de adjudicación para reducir plazos.
� Se concreta el contenido de la declaración responsable, que se amplía a todos los contratos recogiendo la normativa comunitaria, así como la definición y el cálculo del ciclo de vida y de las ofertas anormalmente bajas.
3.- NOVEDADES (4)
� En cuanto a la fase de ejecución del contrato, se modifica: - El régimen de modificación del contrato. - El régimen de la subcontratación, en garantía de los pagos a subcontratistas y proveedores. - La regulación de los acuerdos marco como técnica de racionalización de la contratación.
� Se incorpora una nueva regulación de las mesas de contratación.
� Se introduce una nueva regulación del Perfil de Contratante (PC) y del Registro de Contratos del Sector Público (RCSP), al cual se comunicarán los datos de los contratos de importe igual o superior a los 5.000 euros.
� Se apuesta por la contratación electrónica en los términos fijados en la propia LCSP
4.- IMPORTES CONTRATOS
VEC (IVA excluido) Obras
Concesión de Obras y Servicios
Suministros Servicios
Menor <40.000 No <15.000 <15.000
Abierto simplificado
≤2.000.000 No ≤100.000 ≤100.000
Abierto simplificado abreviado
<80.000 No <35.000 <35.000
SARA≥ 5.548.000 ≥ 5.548.000 ≥ 221.000 ≥ 221.000 ó
≥ 705.000
Recurso especial
>3.000.000 >3.000.000 >100.000 >100.000
Clasificación ≥500.000 ≥500.000 No No
Supervisión ≥500.000 ≥500.000 No No
5.- CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS CON TIEMPOS ESTIMADOS (PROCEDIMIENTO ORDINARIO)
ETAPA TIEMPO FASE
Presupuesto anual de la Consejería (Art. 30 y 36 LFC)
Programas de gasto del Presupuesto anual (Art. 30 y 36 LFC)1 año
Programas Presupuestarios de carácter plurianual (Art. 29 y 35 LFC)
Programas Plurianuales de las Consejerías (Art. 29 LFC)
Escenarios Presupuestarios Plurianuales (Art. 28 LFC)
4 años
PLANIFICACIÓN PROYECTO
ETAPA TIEMPO FASE
Aprobación expediente de contratación (Art. 117 LCSP)
Fiscalización de la Intervención (Art.13.2 Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre)
10 días
En su caso, autorización Gobierno de Cantabria (Art. 143 LRJ CANTABRIA)
En su caso, compromiso gasto de carácter plurianual (Art. 47 LFC)
10 días
Informe Asesoría Jurídica PCAP (Art.122.7 LCSP y 144.3 LRJ CANTABRIA)
10 días
Inicio expediente de contratación (Art. 116.1 LCSP)
Tramitación expediente contratación (Art. 138 RGLCAP)10 días
Aprobación proyecto Órgano de contratación (Art. 121.1 TRLCSP)
Informe Oficina Supervisión, para proyectos de importe igual o superior a 500.000 € (Art. 235 LCSP y 136.4 RGLCAP)
1 mes
En su caso, consultas preliminares del mercado (Art. 115 LCSP)
PREPARACIÓN DE LOS CONTRATOS
ETAPA TIEMPO FASE
ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO compras corrientes de bienes disponibles en el mercado (Art.159.6 LCSP)
5 días hábiles
ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO, excepto las prestaciones de carácter intelectual (Art.159.6 LCSP)
No será inferior a 10 días hábiles
ABIERTO SIMPLIFICADO para los contratos de obras (Art.159.2 LCSP)
No será inferior a 20 días
ABIERTO SIMPLIFICADO para los contratos de servicios y suministros (Art.159.2 LCSP)
No será inferior a 15 días
Contratos de obras y de concesiones de obras y servicios NO SARA (Art.156.6 LCSP)
No será inferior a 26 días
Contratos de suministros y servicios NO SARA (Art.156.6 LCSP)
No será inferior a 15 días
Contratos de concesiones de obras y servicios SARA (Art.156.2 LCSP)
No será inferior a 30 días
Contratos de obras, suministros y servicios SARA (Art.156.2 LCSP)
No será inferior a 35 días
PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES
ETAPA TIEMPO FASE
Plazo presentación proposiciones NO SARA (Art. 164.2 LCSP). Desde fecha del envío de la invitación
No seráinferior a 10 días
Plazos presentación solicitudes NO SARA (Art. 161.3 y 161.3 LCSP)
Mínimo de 15 días
Plazo presentación proposiciones SARA (Art. 164.1 LCSP). Desde fecha del envío de la invitación
No seráinferior a 30 días
Plazo presentación solicitudes SARA (Art. 161.1 LCSP)
No seráinferior a 30 días
PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO
PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES
ETAPA TIEMPO FASE
Plazo presentación proposiciones NO SARA (Art. 169.2 y 164.2 LCSP). Desde fecha del envío de la invitación
No seráinferior a 10 días
Plazos presentación solicitudes NO SARA (Art. 174.2 y 161.3 LCSP)
Mínimo de 15 días
Plazo presentación proposiciones SARA (Art. 169.2 y 164.1 LCSP). Desde fecha del envío de la invitación
No seráinferior a 30 días
Plazo presentación solicitudes SARA (Art. 169.2 y 161.1 LCSP)
No seráinferior a 30 días
PROCEDIMIENTO CON NEGOCIACIÓN
PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES
ETAPA TIEMPO FASE
Plazo presentación proposiciones NO SARA (Art. 174.2 y 162.4 LCSP). Desde
fecha del envío de la invitación
No seráinferior a 10 días
Plazos presentación solicitudes NO SARA (Art. 174.2 y 161.3 LCSP)
Mínimo de 15 días
Plazo presentación proposiciones SARA (Art. 174.2 y 162.4 LCSP). Desde fecha
del envío de la invitación
No seráinferior a 30 días
Plazo presentación solicitudes SARA (Art.
174.2 y 161.1 LCSP)
No seráinferior a 30 días
DIÁLOGO COMPETITIVO
PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES
ETAPA TIEMPO FASE
Negociación candidatos (Art. 179 LCSP) Fases
sucesivas
Plazo presentación solicitudes NO SARA
(Art. 178.2 LCSP)
No seráinferior a 20 días
Plazo presentación solicitudes SARA (Art. 178.2 LCSP)30 días
ASOCIACIÓN PARA LA INNOVACIÓN
PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES
ETAPA TIEMPO FASE
Ampliación del plazo máximo de adjudicación, en caso de ofertas anormalmente bajas (Art. 158.3 LCSP)
Más 15 días
Adjudicación desde apertura proposiciones (pluralidad de criterios o el del menor coste del ciclo de vida) (Art. 158.2 LCSP)
2 meses (Plazo máximo), salvo PCAP
Adjudicación desde apertura proposiciones (un criterio, precio) (Art. 158.1 LCSP)
15 días (Plazo máximo)
Adjudicación contrato (Art.150.3 LCSP) 5 días hábiles siguientes recepción documentación
Presentación documentación licitador mejor oferta (Art. 150.2 LCSP)
10 días hábiles desde requerimiento
Apertura proposiciones (Art. 157.3 LCSP)20 días desde fin plazo presentación solicitudes
REGLA GENERAL
ADJUDICACIÓN CONTRATO
ETAPA TIEMPO FASE
Presentación documentación empresa mejor puntuación (Art. 159.4.f).4º LCSP)
7 días hábiles desde
comunicación
Adjudicación desde convocatoria licitación
(Preámbulo IV LCSP)1 mes
PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
ADJUDICACIÓN CONTRATO
ETAPA TIEMPO FASE
La formalización del contrato podrá efectuarse mediante firma de aceptación en la resolución de adjudicación (Art. 159.6.g). LCSP)
Simplificado abreviado
Anuncio formalización en el PC y
el DOUE (Art. 154.1 LCSP)No superior a 15 días tras el perfeccionamiento
Formalización contrato no susceptible recurso especial (Art. 153.3 LCSP)
No más tarde de 15 días hábiles notificación adjudicación
Formalización contrato susceptible recurso especial (Art. 153.3 LCSP)
A partir de 15 días hábiles notificación adjudicación
FORMALIZACION CONTRATO
ETAPA TIEMPO FASE
Responsabilidad por vicios ocultos (Art. 244 LCSP)
15 años, desde la recepción
Aprobación liquidación y pago obligaciones pendientes (Art. 243.3 LCSP y 169.3 RGLCAP
60 días
Propuesta liquidación (Art. 243.3 LCSP y 169.2 RGLCAP)
1 mes, transcurrido el plazo de garantía
Plazo de garantía (Art. 243 LCSP) 1 año, salvo casos especiales
Certificación Final (Art. 243.1 LCSP)3 meses contados a partir de la recepción
Recepción de las obras (Art. 210 y 243 LCSP)
Mes siguiente a la entrega o realización objeto del contrato
Ejecución de la obra (Art. 29 y 238 LCSP) Plazo de ejecución
Comprobación del replanteo (Art. 237 LCSP)
Máximo de 1 mes desde formalización contrato, salvo casos excepcionales
PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
EJECUCION DEL CONTRATO
6.- CONCLUSIONES
� Incorpora a lo largo de su articulado la concreción de los principios generales de la
contratación pública, a los cuales se ha sumado el principio de integridad como mecanismo
de lucha contra el fraude y la corrupción.
� Traslada a los poderes adjudicadores la necesidad de adoptar una visión transversal de la
contratación pública como instrumento de fomento de las condiciones sociales, laborales y
medioambientales, así como de innovación y apoyo a los pequeños y medianos empresarios;
aspectos, todos ellos, que los poderes adjudicadores tendrán que tener presentes al analizar
las necesidades que han de satisfacer y cómo han de satisfacerlas mediante los procesos de
compra pública.
� Requiere la máxima profesionalización por parte de todos los intervinientes en el proceso
contractual con el fin de obtener las mejores ofertas en términos de una mejor relación
calidad-precio.
Muchas gracias por vuestra atención
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SECRETARIA GENERAL