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JOS NGEL CRDOVA VILLALOBOS, Secretario de Salud, con fundamento en los artculos 26 y 39 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de E

(Tercera Seccin)DIARIO OFICIALMartes 29 de diciembre de 2009

Martes 29 de diciembre de 2009DIARIO OFICIAL(Tercera Seccin)

TERCERA SECCION

SECRETARIA DE SALUD

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretara de Salud.

JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Salud, con fundamento en los artculos 26 y 39 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federacin para el Ejercicio Fiscal 2010 y de los artculos 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretara de Salud, y

CONSIDERANDO

Que la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos en trminos de su artculo 4o., establece que toda persona tiene derecho a la proteccin de la salud, sealando as mismo que, la Ley establecer la concurrencia de la Federacin y las entidades federativas en materia de salubridad general;

Que la Ley General de Salud establece en su artculo 110, que la promocin de la salud tiene por objeto crear, conservar y mejorar las condiciones deseables de salud para toda la poblacin, y propiciar en el individuo las actitudes, valores y conductas adecuadas para motivar su participacin en beneficio de la salud individual y colectiva; y en su artculo 116 seala que las autoridades sanitarias para el establecimiento de normas, ejecucin de medidas y realizacin de actividades tendientes a la proteccin de la salud humana ante los riesgos y daos dependientes de las condiciones del ambiente;

Que siendo el derecho a la proteccin de la salud fundamental para el desarrollo de las potencialidades de los individuos, es necesario propiciar las condiciones para el pleno aprovechamiento de sus capacidades y las de la comunidad;

Que Mxico, como pas miembro de la Organizacin Mundial de la Salud, sign en el marco de la 5a. Conferencia Mundial de Promocin de la Salud llevada a cabo en el ao 2000: Promocin de la Salud: Hacia una mayor equidad la -Declaracin Ministerial de Mxico para la Promocin de la Salud: de las Ideas a la Accin- y en la cual se compromete a desempear una funcin de liderazgo para asegurarse que todos los sectores gubernamentales y los actores de la sociedad civil participen en la ejecucin de actividades de promocin que fortalezcan y amplen las alianzas a favor de la salud;

Que es fundamental abordar los determinantes de la salud requiriendo mecanismos reforzados de colaboracin para acciones de promocin de la salud de los sectores incluyendo a la sociedad;

Que en su Resolucin CD47/16, emitida en septiembre 2006, la Organizacin Panamericana de la Salud estableci que los estados miembros debern:

Acelerar el impulso de las cinco acciones estratgicas de promocin de la salud enunciadas en la Carta de Ottawa;

Propiciar la inversin y construccin de capacidades, buscar la responsabilidad de todo el gobierno a travs del papel rector de la Secretara de Salud y enfatizar el foco en las comunidades y la sociedad civil en materia de promocin de la salud; y

Apoyar e impulsar el desarrollo de equipos tcnicos y metodologas en gestin del conocimiento y cooperacin en intervenciones de promocin de la salud, incluyendo el anlisis de determinantes y la evaluacin de su efectividad.

Que en la carta de Bangkok de la sexta conferencia internacional para la promocin de la salud realizada en agosto del 2005, se establecen los compromisos para abordar los determinantes de la salud, empoderar a los individuos y comunidades partiendo de la identificacin de los determinantes de la salud y partir de stos para mejorar y conservar la salud;

Que el Programa Sectorial de Salud 2007-2012, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 17 de enero de 2008, contempla en su segunda estrategia el fortalecer e integrar las acciones de promocin de la salud, y prevencin y control de enfermedades; que en su lnea de accin 2.2 establece fortalecer los servicios de promocin de la salud y prevencin de enfermedades incorporando acciones efectivas basadas en evidencias cientficas, as como reformando la accin comunitaria para el desarrollo de entornos saludables;

Que la Estrategia Nacional de Promocin y Prevencin para una mejor salud, emitida el 13 de febrero del 2007, en su tercera lnea de accin, Reforma del Primer Contacto en Salud, define en su cuarto componente La reforma de la accin comunitaria para la salud plantea la necesidad de reorientar la participacin comunitaria e infundir en ella siete cualidades fundamentales: informada, consciente, voluntaria, activa, organizada, relacionada y representativa, las cuales son condiciones irrenunciables para la creacin de comunidades, municipios y entornos favorables a la salud;

Que el Programa Comunidades Saludables se define como el conjunto de acciones destinadas a generar y fortalecer los determinantes positivos de la salud y eliminar o disminuir los determinantes negativos de la misma, a travs de la accin coordinada de los sectores pblico, social y privado, en todos los mbitos; especficamente en el municipal;

Que el Programa Comunidades Saludables tiene como propsito impulsar a nivel local los principios de promocin de la salud: promover polticas pblicas sanas; crear ambientes saludables; fortalecer la accin comunitaria y social; favorecer los entornos en donde la poblacin se desenvuelve; desarrollar las capacidades de los individuos; y reorientar los servicios de salud, para proporcionar a la poblacin los medios necesarios para mantener su salud y ejercer un mayor control sobre la misma;

Que el Programa Comunidades Saludables es un instrumento para alcanzar un estado adecuado de bienestar fsico, mental y social que contribuye a que las personas y grupos sean capaces de identificar y realizar sus aspiraciones, de satisfacer sus necesidades y de cambiar o adaptarse al medio ambiente;

Que los gobiernos municipales contribuyen a la creacin de Entornos y Comunidades Saludables, ya que actan como ejes del desarrollo social de manera armnica e integral y en beneficio de la salud de su poblacin, en el marco de las atribuciones que les confiere el artculo 115 constitucional;

Que el Programa Comunidades Saludablesno se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseo, beneficios, apoyos otorgados y poblacin objetivo, y

Que conforme a lo expuesto y de conformidad al artculo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que dispone que los programas a travs de los cuales se otorguen subsidios y que debern sujetarse a reglas de operacin sern aquellos que se encuentren sealados en el Presupuesto de Egresos de la Federacin, tal es el caso del Programa Comunidades Saludables, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE GESTION Y EVALUACION DEL PROGRAMA COMUNIDADES SALUDABLES

UNICO.- La Secretara de Salud da a conocer las Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010, conforme a lo siguiente:

CONTENIDO

1.Introduccin

1.1Glosario de trminos y definiciones

2.Objetivo General

3.Objetivos Especficos

4.Lineamientos de Apoyo del Programa Comunidades Saludables a Proyectos Municipales

4.1Cobertura

4.2Poblacin objetivo

4.3Requisitos de los beneficiarios

4.3.1Expediente Tcnico de Proyectos

4.4Procedimiento de seleccin de beneficiarios

4.5Caractersticas del Apoyo Presupuestal

4.5.1Criterios de elegibilidad

4.6Obligaciones y sanciones

4.6.1Obligaciones

4.6.2Sanciones por incumplimiento

4.7Participantes

4.8Coordinacin Institucional

4.8.1Integrantes del Comit Nacional de Comunidades Saludables

4.8.2Integrantes del los Comits Estatales de Comunidades Saludables

4.8.3Responsabilidades del Comit Nacional de Comunidades Saludables

4.8.4 Responsabilidades de los Comits Estatales de Comunidades Saludables

4.9Operacin

4.9.1Proceso

4.9.1.1Asesora y revisin por las Jurisdicciones Sanitarias

4.9.1.2Evaluacin por los Comits Estatales de Comunidades Saludables

4.9.1.3Evaluacin por el Comit Nacional de Comunidades Saludables

4.9.1.4Causas de exclusin de los proyectos en el proceso de revisin y evaluacin

4.9.1.5Informe del dictamen y publicacin de resultados

4.9.1.6Transferencia de recursos

4.9.2Ejecucin

4.9.2.1Entrega del apoyo a los municipios beneficiarios

4.9.2.2Mecanismo de comprobacin

5.Auditora, Control y Seguimiento

6.Evaluacin

6.1Indicadores

6.2Evaluacin externa

7.Transparencia

7.1Difusin

7.2Atribuciones

7.3Contralora Social

7.3.1Difusin

7.3.2Capacitacin y Asesora

7.3.3Seguimiento

8.Quejas y Denuncias

8.1Mecanismos, instancias y canales

9.Coordinacin con otros programas

10.Informes Programtico-Presupuestarios

11.Anexos

1Convenio Colaborativo

2Diagrama de Flujo

3Convocatoria del Programa de Comunidades Saludables, 2010

4Convenio de Colaboracin Estatal

1. Introduccin

Frente a los retos relacionados con la transicin epidemiolgica por la que atraviesa el pas, el Programa Sectorial de Salud 2007-2012 se plantea cinco objetivos:

Mejorar las condiciones de salud de la poblacin;

Reducir las brechas o desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en grupos vulnerables y comunidades marginadas;

Prestar servicios de salud con calidad y seguridad;

Evitar el empobrecimiento de la poblacin por motivos de salud; y

Garantizar que la salud contribuya al combate a la pobreza y al desarrollo social del pas.

Cada uno de estos objetivos habr de concretarse mediante 10 estrategias que debern cumplirse en el periodo 2007-2012:

Fortalecer y modernizar la proteccin contra riesgos sanitarios;

Fortalecer e integrar las acciones de promocin de la salud, y prevencin y control de enfermedades;

Situar la calidad en la agenda permanente del Sistema Nacional de Salud;

Desarrollar instrumentos de planeacin, gestin y evaluacin para el Sistema Nacional de Salud;

Organizar e integrar la prestacin de servicios del Sistema Nacional de Salud;

Garantizar recursos financieros suficientes para llevar a cabo las acciones de proteccin contra riesgos sanitarios y promocin de la salud;

Consolidar la reforma financiera para hacer efectivo el acceso universal a los servicios de salud a la persona;

Promover la inversin en sistemas, tecnologas de la informacin y comunicaciones que mejoren la eficiencia y la integracin del sector;

Fortalecer la investigacin y la enseanza en salud para el desarrollo del conocimiento y los recursos humanos, y

Apoyar la prestacin de servicios de salud mediante el desarrollo de la infraestructura y el equipamiento necesario.

La segunda estrategia parte de la premisa de colocar a la promocin de la salud y a la prevencin de enfermedades en el centro de las polticas pblicas nacionales. Dentro de sus lneas de accin se encuentra el fortalecer los servicios de promocin de la salud y prevencin de enfermedades incorporando acciones efectivas basadas en evidencia cientfica, as como reformando la accin comunitaria para el desarrollo de entornos favorables a la salud.

Para lo cual se ha propuesto:

Fortalecer los determinantes positivos de la salud, a travs del combate a los determinantes negativos del proceso salud enfermedad y el control de los riesgos del entorno.

Garantizar que los individuos y las familias reciban capacitacin en las unidades de salud, el hogar, la escuela y albergues entre otros en promocin de la salud y prevencin de enfermedades de acuerdo a su grupo de edad y sexo.

Fomentar la creacin de entornos saludables (viviendas, escuelas, centros de trabajo, albergues, lugares de esparcimiento, unidades de salud, hospitales, sistemas de transporte, comunidades, municipios, ciudades, entre otros) que estimulen los determinantes positivos de la salud.

Identificar los riesgos diferenciales que afectan la salud de poblaciones vulnerables como los nios, adultos mayores, discapacitados, poblaciones marginadas, indgenas y migrantes, para definir e implantar estrategias para disminuir sus efectos en la salud.

Promover la participacin de los usuarios de los servicios de salud, la sociedad civil y las instituciones gubernamentales y privadas.

En este contexto el Programa Comunidades Saludables, contempla combatir los problemas que amenazan la salud integral, fortalecer las conductas que la benefician, promover polticas pblicas que favorezcan la salud, apoyar la creacin de entornos saludables y reforzar el poder de las comunidades sobre los determinantes de su salud involucrando a los gobiernos municipales y a su poblacin en acciones de promocin de la salud, mediante la definicin colectiva y el apoyo a proyectos que puedan tener alto impacto en la salud, el bienestar y la calidad de vida de sus habitantes.

El Programa Comunidades Saludables es una iniciativa para promover la salud en los municipios del pas, a travs de acciones que incrementen la conciencia pblica sobre la salud, propicien estilos de vida saludables y estimulen la participacin social a favor de una mejor calidad de vida, mediante la modificacin favorable de los determinantes de la salud.

El Programa Comunidades Saludables recupera e integra los componentes sustantivos y transversales del servicio integrado de promocin de la salud para generar y compartir experiencias exitosas en este mbito de la salud pblica, unificar criterios, evitar duplicidades y potenciar los recursos existentes; incluyendo la vinculacin con los programas sustantivos de prevencin y promocin de la salud, los cuales tienen en el Programa la oportunidad de incidir en los determinantes de la salud en los temas de su responsabilidad.

El Programa Comunidades Saludables considera que el municipio constituye un marco propicio para la construccin de entornos y comunidades saludables, ya que es la base de la divisin territorial y de organizacin poltica administrativa de los Estados, es el nivel de gobierno ms cercano a las demandas y aspiraciones de la comunidad, y conforma, por tanto, un mbito natural de interaccin entre la ciudadana y sus autoridades.

1.1 Glosario de trminos y definiciones

Autocuidado: todas aquellas medidas llevadas a cabo por no profesionales de la salud, para promover, mantener o restaurar el estado de salud de una comunidad determinada.

Base social: desarrollo organizacional en salud que busca reducir la brecha estado-sociedad, servicios-sociedad. Consta de tres vertientes que coexisten y son sinrgicos: 1. informacin y capacitacin para el personal de salud de las Unidades de Salud, los comits locales de salud constituidos por personas de la comunidad y personal de los ayuntamientos, 2. organizacin del espacio de acuerdo y concertacin, y 3. el seguimiento rector institucional que module la interaccin. Cuenta con dos elementos fundamentales: la participacin municipal a travs de la Red de Municipios Saludables y Promotores de la Salud; y la participacin social a travs de la Red de Comits (Consejos) Locales de Salud.

Calidad de vida: percepcin por parte de los individuos o grupos de que hay satisfaccin de sus necesidades y no se les niega oportunidad para alcanzar un estado de bienestar.

Colaboracin: Tiene el propsito de elevar la capacidad de los asociados para el beneficio mutuo. Se construyen sistemas independientes para abordar retos y oportunidades. Se comparten recursos, se igualan compromisos y resultados.

Componentes de promocin de la salud: El servicio de promocin de la salud a la poblacin est integrado por los siguientes componentes:

Manejo individual de riesgos, que considera la identificacin de los determinantes positivos y negativos que influyen en la salud que permita la adopcin de medidas de prevencin y promocin de la salud a lo largo de la vida.

Desarrollo de competencias en salud para la generacin de conocimientos, valores, actitudes y aptitudes que permitan a las personas proteger y mejorar su salud.

Participacin social para la accin comunitaria, para la conformacin de redes sociales que posibiliten la promocin de la salud a partir de la base social.

Evidencias para la salud, que consiste en recopilar informacin y datos para evaluar la efectividad de las intervenciones de promocin de la salud.

Abogaca intra e intersectorial, como mecanismo que busca influir en el sector salud y en otros sectores para sumar esfuerzos a favor de la salud. Se lleva a cabo en todos los rdenes de gobierno: local, estatal y federal, as como con la comunidad, las empresas y las organizaciones de la sociedad civil.

Mercadotecnia social en salud, la cual es recurso til para motivar actitudes y conductas de personas y grupos bien identificados, utilizando medios de persuasin diseados segn el tipo de persona o grupo destinatario.

Comunicacin educativa: proceso basado en el desarrollo de esquemas novedosos y creativos de comunicacin social, que permite la produccin y difusin de mensajes grficos y audiovisuales de alto impacto, con el fin de reforzar los conocimientos en salud y promover conductas saludables en la poblacin.

Comit municipal de salud: grupo de personas integrado por representantes del ayuntamiento y de los sectores sociales y privados del municipio, asesorados por el personal de la salud.

Comit local de salud: constituye la forma primaria de integracin social para la salud, a partir de la cual los miembros de una poblacin, en coordinacin con el personal de salud, se organizan con el fin de mejorar las condiciones sanitarias y ambientales de la comunidad y recibir educacin para la salud.

Comit de Contralora Social: grupo de personas integrado por representantes de la comunidad y de los sectores sociales, privados y del municipio que darn seguimiento y avalarn las acciones de los proyectos municipales de promocin de la salud.

Comunidad saludable: resultado del proceso de organizacin de las familias, los grupos sociales y comunitarios, los servicios educativos y las autoridades municipales a favor de acciones que beneficien directamente su salud y calidad de vida.

Cooperacin: Son actividades conjuntas que comparten recursos. Requieren de mucho tiempo y alta confianza entre las partes.

Coordinacin: Son las actividades apareadas y dirigidas por diferentes actores para el beneficio mutuo.

Creacin de ambientes favorables. Conjunto de acciones que conducen a lograr una conducta de proteccin de las personas entre s y del ambiente, as como generar condiciones de trabajo y de vida gratificante, agradable, segura y estimulante. Esto comprende los diferentes espacios de la vida cotidiana, como hogares, escuelas, reas de trabajo y los espacios de deporte y recreacin; el entorno en general.

Determinantes de la salud: Conjunto de factores personales, sociales, econmicos y ambientales que influyen de forma categrica sobre el estado de salud de individuos y poblaciones. Dichos factores son mltiples y siempre estn interrelacionados.

Desarrollo de las aptitudes personales. Conocido como educacin para la salud, es el proceso de enseanza-aprendizaje participativo para desarrollar habilidades y actitudes de cuidado y proteccin de la salud individual; perfeccionar las aptitudes necesarias para la vida; y lograr que la poblacin ejerza un mayor control sobre su salud y el ambiente, a lo largo de las diferentes etapas de la vida.

Estilos de Vida: Manera general de vivir, basada en la interaccin entre las condiciones de vida en su sentido ms amplio y las pautas individuales de conducta determinadas por factores socioculturales y caractersticas personales.

Evaluacin: Proceso mediante el cual se determina el valor de algo al juzgarlo contra estndares explcitos y predeterminados.

Evidencia: Interpretacin de datos obtenidos mediante recoleccin sistemtica o investigacin formal. Dicha interpretacin se efecta aplicando una combinacin de disciplinas y/o metodologas cientficas.

Financiamiento: Son los recursos presupuestales destinados para el desarrollo de proyectos municipales. Generalmente se habla de financiamiento cuando se trata de sumas que complementan los recursos propios.

Fortalecimiento de la accin comunitaria: Consiste en acciones destinadas a impulsar la participacin efectiva de la comunidad en la fijacin de prioridades, la toma de decisiones y la elaboracin y ejecucin de acciones para alcanzar un mejor nivel de salud; desarrollar mecanismos flexibles que refuercen la participacin pblica en el control de las cuestiones en salud, tales como los comits locales y municipales de salud, que constituyan, asimismo, la base social de sustento al Sistema de Proteccin Social en Salud.

Indice de desarrollo humano (IDH): Medicin por pas, elaborada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Se basa en un indicador social estadstico compuesto por tres parmetros:

Vida larga y saludable (medida segn la esperanza de vida al nacer).

Educacin (medida por la tasa de alfabetizacin de adultos y la tasa bruta combinada de matriculacin en educacin primaria, secundaria y superior, as como los aos de duracin de la educacin obligatoria).

Nivel de vida digno (medido por el Producto Interno Bruto (PIB) per cpita Paridad del Poder Adquisitivo (PPA) en dlares).

Mercadotecnia en salud: Creacin, implementacin y control de estrategias, acciones y programas para motivar a individuos, grupos y sociedad a aceptar un nuevo comportamiento o actitud para el beneficio de su salud.

Municipio Saludable: Se considera municipio saludable aquel que busca modificar favorablemente los determinantes de salud de la poblacin, mediante un programa municipal de salud, elaborado de manera participativa por el comit municipal de salud, en el que se pone en ejecucin, al menos, un proyecto derivado del diagnstico participativo y del programa anual municipal de salud, encabezado por el gobierno local y con la participacin de la ciudadana y los sectores vinculados al desarrollo social.

Participacin Social: Proceso que permite involucrar a la poblacin, a las autoridades locales, a las instituciones pblicas y a los sectores social y privado en la planeacin, programacin, ejecucin y evaluacin de los programas y acciones de salud, con el propsito de lograr un mayor impacto en la promocin de la salud y fortalecer el Sistema Nacional de Salud.

Polticas Pblicas Saludables: Consiste en lograr que el tema de la salud aparezca como prioritario en la agenda de los tomadores de decisiones en todos los niveles y en todos los sectores, para hacer que la decisin ms favorable a la salud sea la ms fcil de tomar. Se basa en sensibilizar a las autoridades y dirigentes de los diferentes sectores sobre las consecuencias de sus decisiones sobre la salud.

Promocin de la Salud: proceso que permite fortalecer los conocimientos, aptitudes y actitudes de las personas para participar corresponsablemente en el cuidado de su salud y para optar por estilos de vida saludables, facilitando el logro y conservacin de un adecuado estado de salud individual y colectiva, mediante actividades de participacin social, comunicacin educativa y educacin para la salud.

Reorientacin de los servicios de salud: Proceso que orienta al sector salud a ir ms all de proporcionar servicios curativos y se comprometa con la promocin de la salud; que los servicios mdicos preventivos sean sensibles a las necesidades culturales de los individuos y las respeten, y que la responsabilidad de la salud la compartan con las personas y los grupos comunitarios. Comprende tambin impulsar la promocin de la salud en la formacin de personal de salud y prestar mayor atencin y recursos a la investigacin sanitaria.

Supervisin: Asesorar y verificar que las acciones detalladas en el proyecto se realicen en el lugar, el tiempo, la magnitud y de modo previsto.

2. Objetivo General

Fortalecer los determinantes positivos de la salud, mediante el impulso de la participacin de las autoridades municipales, la comunidad organizada y los sectores sociales en el desarrollo de acciones de promocin de la salud a fin de generar entornos favorables.

3. Objetivos Especficos

1.Impulsar y fortalecer los municipios promotores de la salud para generar polticas pblicas saludables.

2.Apoyar el desarrollo de proyectos municipales de salud que generen la modificacin de los determinantes de la salud y fomenten la responsabilidad compartida, favoreciendo la participacin de aquellos municipios con un menor ndice de desarrollo.

3.Impulsar que los entornos donde las personas viven, estudien y trabajen sean higinicos seguros y estimulantes para favorecer la salud y mejorar su calidad de vida.

4.Impulsar la construccin, fortalecimiento y consolidacin de la base social en salud, en municipios y comunidades, propiciando la formacin de redes para modificar los determinantes de la salud y generar entornos favorables.

5.Ser una plataforma para el desarrollo de intervenciones preventivas de los programas prioritarios de salud pblica.

6.Fortalecer y desarrollar las competencias en salud del personal que participa en el Programa Comunidades Saludables en los mbitos estatal, jurisdiccional y comunitario, mediante una capacitacin integrada.

4. Lineamientos de Apoyo del Programa Comunidades Saludables a Proyectos Municipales

4.1 Cobertura

El apoyo a proyectos del Programa Comunidades Saludables est dirigido a todos los municipios del pas y ser asignado de acuerdo a lo solicitado para cada uno de los proyectos que resulten aprobados por el Comit Nacional de Comunidades Saludables (CNCS), dentro de los lmites establecidos en las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010, y hasta agotar el total del recurso disponible para el Programa Comunidades Saludables.

El nmero final de proyectos a apoyar depender del presupuesto total asignado al programa, as como del monto solicitado por los proyectos aprobados, de acuerdo al dictamen del CNCS.

4.2 Poblacin Objetivo

El proyecto debe establecer claramente el nombre y el nmero de localidades a beneficiar y el total de habitantes que cubrir, desglosado por sexo y grupo de edad.

La poblacin beneficiada ser aquella que el proyecto determine como objetivo, de acuerdo a las acciones a realizar basadas en el diagnstico participativo presentado en el mismo el cual podr abarcar poblacin indgena y de bajo ndice de desarrollo humano, de acuerdo a las fuentes de informacin aceptadas por el Gobierno Federal.

4.3 Requisitos de los beneficiarios

Con el propsito de favorecer las acciones de promocin de la salud que realizan los gobiernos municipales, se dar apoyo tcnico, y financiero a proyectos que:

Estn basados en diagnsticos municipales de salud participativos, convocados y realizados por el comit municipal de salud debiendo incluir un resumen de este proceso en el expediente tcnico del proyecto,

Se orienten a modificar favorablemente los determinantes de la salud (consultar la gua para la elaboracin de proyectos en la pgina: http://origin.promocion.salud.gob.mx/dgps/ ) en el municipio, y

Cuenten con la participacin de las comunidades, localidades beneficiadas y de los sectores que la conforman (educativo, productivo y de servicios entre otros); en su definicin, ejecucin, seguimiento y evaluacin.

Los proyectos debern ser presentados por los gobiernos municipales, basndose en el diagnstico participativo y la priorizacin resultante del taller intersectorial (reunin de acuerdo de los diferentes sectores que forman parte del municipio). Adems de los proyectos as generados, podrn proponer tambin proyectos planteados por la sociedad civil e instancias vinculadas a la salud y desarrollo, apegados a las necesidades del municipio y de su poblacin, considerando las bases del Servicio Integrado de Promocin de la Salud, siempre que los mismos hayan sido revisados por el personal jurisdiccional, comit municipal y local de salud, que stos los consideren prioritarios para la salud del municipio y su poblacin, mismos que recibirn el aval del cabildo municipal.

De los proyectos presentados por los municipios, podrn ser seleccionados un mximo de dos proyectos de un mismo municipio (evitando elaborar proyectos en serie ya que cada municipio tiene su problemtica y forma de atenderla de manera particular), siempre y cuando stos aborden temticas diferentes y no hayan sido apoyados con el mismo tema por el Programa Comunidades Saludables en aos anteriores.

Para la ejecucin y apoyo a los proyectos, el municipio puede establecer alianzas con organizaciones civiles y otras agrupaciones que trabajan por el bienestar y la salud de la poblacin incluyendo grupos acadmicos, gremiales, empresariales, deportivos y otros; quienes podrn brindar apoyos tcnicos y formativos, respetando y basado en el servicio integrado de promocin de la salud, (nicamente como asesora) logsticos y financieros para el desarrollo de los proyectos, alinendose siempre a su orientacin, objetivos, forma de ejecucin, organizacin y metas.

Las Jurisdicciones Sanitarias (JS) brindarn asesora tcnica, considerando las bases del Servicio Integrado de Promocin de la Salud, a los municipios para la priorizacin, elaboracin y presentacin de los proyectos municipales; concentrarn los de los municipios de su rea de responsabilidad, los analizarn y, considerando su pertinencia, su consistencia tcnica y factibilidad financiera; emitirn su aval a fin de ser turnados a los Comits Estatales de Comunidades Saludables (CECS), los cuales participarn en el proceso de evaluacin y seleccin.

4.3.1 Expediente Tcnico de Proyectos

Los proyectos deben incluir un expediente tcnico con los siguientes apartados:

a. Ficha de identificacin

Nombre del estado y municipio con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC); indicar si el proyecto es colaborativo; clasificacin del tema al que va dirigido, ttulo del proyecto; nmero de comunidades, localidades y de habitantes beneficiados con el proyecto, desglosados por edad y sexo; nombre del presidente municipal, con RFC y con la Cdula Unica de Registro de Poblacin (CURP), nombre del representante Legal, si lo hubiera; con RFC, CURP, domicilio legal, telfono, fax y correo electrnico; de cada uno; nombre del coordinador del proyecto, incluyendo su domicilio legal; y nombre de las organizaciones participantes.

b. Problemtica

Esta seccin debe incluir la justificacin del proyecto en trminos del problema que le dio origen, reflejando las necesidades reales del municipio, una sntesis del diagnstico participativo y la priorizacin emanada del taller intersectorial, estar alineado con el objetivo, metas y resultados esperados.

Formular con claridad las prioridades derivadas del diagnstico que sern atendidas; de los beneficios y consecuencias; el alcance y trascendencia de las estrategias de solucin o mejora de los determinantes de la salud propuestos en el proyecto.

c. Objetivos

Los objetivos deben ser concretos, claros, alcanzables, medibles y observables. Los objetivos general y especficos deben apuntar a la solucin del problema priorizado y planteado, explicando los cambios que se pretende lograr sobre las situaciones existentes y deben estar redactados con claridad y sencillez.

d. Acciones

Este apartado explica la serie de acciones que se desarrollarn desde el inicio hasta el trmino del proyecto; deber destacar las acciones de abogaca o intercesin que se realizarn (se consideran las alianzas con otras organizaciones pblicas, privadas y sociales).

Describir las funciones de promocin de la salud que abarcar el proyecto, como son:

Polticas pblicas saludables,

Fortalecimiento de la accin comunitaria,

Creacin de ambientes saludables,

Desarrollo de las habilidades personales, y

Reorientacin de los servicios de salud.

Obtendrn una mejor evaluacin los proyectos que incluyan el Servicio Integrado de Promocin de la Salud;

Componentes sustantivos:

Manejo de riesgos personales;

Desarrollo de competencias en salud;

Participacin para la accin comunitaria;

Entornos saludables.

Componentes transversales:

Mercadotecnia social;

Abogaca intra e intersectorial;

Evidencia para la salud, para facilitar el cambio de actitudes y comportamientos en beneficio de la salud.

En este apartado tambin se deben especificar otros aspectos, tales como:

Participantes en la ejecucin (institucionales y comunitarios).

Forma de participacin (desarrollo de tareas, apoyo tcnico, asesora, financiamiento, etc.).

Ubicacin del proyecto (municipio, localidad, escuelas, colonia, barrio, mercado, rastro, etc.).

Poblacin beneficiada (nios, adolescentes, adultos, adultos mayores, poblacin indgena, migrante, etc.).

Instrumentos para recoleccin de informacin (fuentes oficiales, investigacin cualitativa y cuantitativa, etc.).

Mecanismo de continuidad del proyecto cuando se hayan agotado los recursos de apoyo otorgados por el Programa Comunidades Saludables.

Estrategias de difusin.

e. Cronograma de actividades

Incluye las tareas a desarrollar del proyecto, sealando el tiempo de ejecucin de cada una, de manera secuencial y ordenada.

f. Metas

Las metas deben ser especficas y medibles. Describir claramente los resultados esperados en trminos numricos y precisar el tiempo en el que se prev alcanzar cada una de ellas.

g. Evaluacin del proyecto

Disear indicadores numricos para la evaluacin del proyecto que muestren el impacto, avances o resultados de los objetivos y o metas propuestos en el proyecto.

Especificar los instrumentos con los que se obtendr la opinin de la comunidad y de instituciones vinculadas en la ejecucin del proyecto, con relacin a las acciones realizadas, mismos que debern quedar en el expediente tcnico que estar en las instalaciones del Ayuntamiento para su consulta y exhibicin en el momento que se requiera, no obstante que se presenten cambios de administracin, ya que formar parte del acervo que el Municipio debe resguardar por un mnimo de 5 aos, para cualquier supervisin que se realice.

h. Presupuesto

Consiste en describir las acciones que se instrumentarn durante el desarrollo del proyecto, as como los recursos presupuestales que son necesarios para la ejecucin de cada una de ellas para el logro del objetivo planteado en el proyecto y, en su caso, cmo se gestionarn apoyos complementarios. Se incluirn los recursos que aporte cualquier otro organismo social, gubernamental, comunitario o privado.

El presupuesto detallar por separado lo correspondiente al recurso proveniente: del Programa Comunidades Saludables, del municipio, y lo de otras Instituciones.

El presupuesto del Programa Comunidades Saludables slo podr ser utilizado en acciones de promocin de la salud; en caso de ser necesaria la inversin en infraestructura, sta no podr rebasar el 20% del presupuesto otorgado por el Programa Comunidades Saludables.

4.4 Procedimiento de seleccin de beneficiarios

Sern aceptados los proyectos propuestos y elaborados por municipios que estn incorporados al Programa Comunidades Saludables, para considerarse como tales debern:

Integrar el comit municipal de salud,

Elaborar o actualizar el diagnstico situacional de salud,

Realizar un taller intersectorial de planificacin de acciones y priorizacin de proyectos, con base en el diagnstico situacional de salud,

Generar un programa de trabajo en salud y poner en marcha al menos un proyecto municipal que refleje sus necesidades y sus estrategias para operarlo, y

Gestionar ante la Jurisdiccin Sanitaria la incorporacin al Programa Comunidades Saludables.

Los proyectos presentados debern contar con el aval de la jurisdiccin sanitaria y haber sido aprobados por el CECS en su entidad federativa, de acuerdo con las atribuciones del mismo, sealadas en el apartado 4.8.4 de estas Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010. El CECS emitir su anlisis de acuerdo a la cdula de evaluacin de proyectos y remitir los que considere adecuados al CNCS para su revisin, evaluacin y dictamen final.

Los proyectos que se refieran a temas de responsabilidad constitucional del municipio (manejo de residuos slidos, dotacin de agua limpia, rastros y mercados, saneamiento bsico, entre otros), sern evaluados fundamentalmente por las estrategias innovadoras en promocin de la salud que presenten y por la magnitud del impacto que generen sobre los determinantes y el desempeo del Servicio Integrado de Promocin de la Salud, generando la evidencia correspondiente, para registro y su difusin correspondiente.

Proyectos Intermunicipales

Con el fin de lograr un control ms efectivo sobre los determinantes de salud, se pueden unir dos o como mximo tres municipios para presentar un proyecto de carcter intermunicipal, (colaborativo) que beneficie a todos los involucrados sobre una problemtica en comn. Sern aprobados un mximo de tres proyectos de este tipo.

En este caso, el proyecto deber contar con la aprobacin, asentada en el acta de cabildo de cada uno de los municipios participantes, as como con el aval de las jurisdicciones y los Comits Estatales de Comunidades Saludables correspondientes, adems de cumplir con todos los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010. Cada municipio podr incorporar su proyecto especificando cmo se va a coordinar y en qu aspectos se dar la colaboracin con los dems municipios participantes. En caso de ser aprobado el proyecto intermunicipal, cada uno de los municipios participantes recibir el apoyo econmico del Programa Comunidades Saludables de acuerdo al monto solicitado y a la disponibilidad del recurso.

Los municipios que participen con un proyecto colaborativo, pueden o no ser colindantes, o del mismo estado, pero s deben tener la priorizacin derivada del taller intersectorial y coincidir en la problemtica.

Los proyectos intermunicipales de ms de un estado, presentarn el aval de todas las jurisdicciones sanitarias involucradas, el acta de cabildo de cada municipio, un documento co-firmado por los tres presidentes municipales involucrados, con el compromiso de colaborar en la ejecucin del proyecto, compartiendo recursos, resultados y logros. Asimismo, deber incluirse la aprobacin de los CECS de cada una de las entidades federativas participantes. Cada uno de los proyectos de los municipios participantes deber incluir en su portada la leyenda Proyecto Intermunicipal Colaborativo, y el listado de los dems municipios participantes.

Cada municipio (con la asesora de la jurisdiccin que le corresponda) ser responsable de la comprobacin del recurso que se le hubiera asignado, en los trminos de las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010, dejando copia de esa comprobacin en el expediente tcnico correspondiente, para seguimiento y consulta del Ayuntamiento.

Para que el proyecto colaborativo, sea beneficiado tendrn que ser aprobados todos los municipios participantes por el programa tcnico al que corresponda (VIH/SIDA, cncer de mama, dengue, tuberculosis, entre otros).

4.5 Caractersticas del Apoyo Presupuestal

El apoyo asignado por el Programa Comunidades Saludables a cada proyecto aprobado ser de hasta el 50% del costo total del mismo, con un mximo de $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) en una sola exhibicin. El municipio beneficiario tiene la obligacin de financiar la cantidad complementaria para la ejecucin del proyecto, la cual no podr ser menor a la asignada por el Programa Comunidades Saludables.

Los municipios participantes que se encuentren entre los 100 de menor ndice de desarrollo humano solamente aportarn la mitad de cada peso de lo solicitado.

En el caso de proyectos intermunicipales se otorgar lo solicitado por cada municipio participante, hasta un mximo de $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.). A su vez, cada municipio tiene la obligacin de financiar la parte complementaria de acuerdo con su clasificacin (municipio de bajo IDH), debiendo ambas cifras estar claramente estipuladas en el proyecto correspondiente. Cada municipio ser responsable de la ejecucin, seguimiento y evaluacin del proyecto intermunicipal en su mbito de competencia, as como de la comprobacin del gasto o, en su caso, la reintegracin del mismo, coordinndose para todo ello con la jurisdiccin sanitaria correspondiente.

El presupuesto original destinado para apoyar financieramente los proyectos municipales, podr incrementarse conforme a las ampliaciones presupuestales que se gestionen y autorice la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico.

El presupuesto disponible que pudiera resultar de posibles economas por cancelacin de proyectos o reintegros presupuestales por parte de los Servicios Estatales de Salud, podrn destinarse para apoyar a proyectos municipales, que por calificacin otorgada puedan ser seleccionados o bien, para financiar acciones de promocin de la salud a nivel federal.

El Programa de Comunidades Saludables contempla fortalecer las acciones de seguimiento, capacitacin y evaluacin a travs de un Kit de promocin de la salud a cada responsable de operar el Programa Comunidades Saludables a nivel estatal y jurisdiccional que consista en: fortalecer la infraestructura en comunicacin, transferencia y recepcin de datos.

Con fundamento en el artculo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los recursos que al cierre del ejercicio fiscal (al 31 de diciembre) no se encuentren devengados, debern ser reintegrados a la Tesorera de la Federacin.

Los ayuntamientos beneficiados debern tomar medidas para dar continuidad a los proyectos en el siguiente ejercicio fiscal y en su caso, en la prxima administracin municipal, gestionar el recurso ante el gobierno estatal, o ser concertados con otro sector cuando as lo requiera el proyecto. Por lo mismo, la ejecucin de los proyectos no tiene que limitarse al ao en el que se reciben los recursos del Programa Comunidades Saludables.

El ejercicio de los recursos presupuestales asignados por parte del Programa Comunidades Saludables para apoyar la ejecucin del proyecto, deber realizarse a ms tardar el 31 de diciembre del ao en que recibieron los recursos.

La comprobacin del ejercicio del gasto, se realizar conforme a lo establecido en el punto 4.9.2.2. de las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010.

4.5.1 Criterios de Elegibilidad

Sern considerados elegibles, los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos.

Requisitos:

Aval de la Jurisdiccin Sanitaria.

Aval del Comit Estatal de Comunidades Saludables.

Acta de Cabildo mencionando el nombre del proyecto y la cantidad que el municipio se compromete a aportar.

Carta compromiso del coordinador del proyecto avalado por el Presidente Municipal.

Convenio colaborativo; slo para proyectos intermunicipales (Anexo I).

Criterios de Seleccin

Propuesta emanada del diagnstico participativo.

Priorizacin del problema en base a diagnstico.

Proyectos dirigidos a la poblacin de alta y muy alta marginacin, (barrios, colonias, etc.).

Integralidad de las acciones de promocin de la salud.

Sealen los determinantes que sern modificados en la elaboracin del proyecto.

Incluyan estrategias innovadoras de promocin de la salud.

Se encuentre Integrado el comit municipal de salud.

4.6 Obligaciones y sanciones

4.6.1 Obligaciones

Los municipios beneficiarios del apoyo a proyectos del Programa Comunidades Saludables estarn obligados a:

Tener como responsable del proyecto y de la administracin del recurso financiero correspondiente al presidente municipal, nombrar al Responsable Municipal de Salud el cual deber formar parte del ayuntamiento y al coordinador del proyecto quien ser el responsable de la ejecucin, desarrollo y trmino del mismo as como de la conformacin, vigilancia y resguardo del expediente tcnico del proyecto en el ayuntamiento.

Entregar el Acta de Cabildo en la que se aprueba la ejecucin del proyecto mencionando el nombre del proyecto y la cantidad (con nmero y letra) del recurso financiero que aportar el municipio.

Entregar la carta compromiso del coordinador del proyecto, en la que ste se compromete a responsabilizarse de su organizacin, ejecucin, impulso, coordinacin, seguimiento, entrega de informes tcnicos, financieros, comprobacin del gasto; llevar la bitcora de seguimiento y supervisin, presentar cuando se solicite el resguardo de los bienes materiales y equipo adquirido para la ejecucin del proyecto y vinculacin con el sector salud para lo procedente. Asimismo, en dicha carta se deber especificar el nombre del Proyecto, costo total del proyecto y la fecha de la asignacin del recurso municipal, firmada por el propio coordinador y por el presidente municipal.

Disear el cronograma de actividades para el desarrollo del proyecto y coordinar su ejecucin.

Presentar trimestralmente ante la JS correspondiente y, a travs de sta, ante el CECS, un informe tcnico y financiero de las actividades realizadas, avance del cumplimiento de metas y productos obtenidos, y el avance en el ejercicio del presupuesto otorgado por el Programa Comunidades Saludables.

La ejecucin de los proyectos no tiene que limitarse al ao en el que se reciben los recursos del Programa Comunidades Saludables, si bien el ejercicio fiscal de stos debe realizarse durante el mismo. En caso necesario, los recursos financieros adicionales para la continuidad del proyecto deben provenir del propio municipio, gestionarse ante el gobierno estatal, o ser concertados con otro sector y continuarn contando con el apoyo tcnico de la JS.

Conformar el Comit de Contralora Social y su esquema de trabajo con la participacin activa e informada de la poblacin, para el desarrollo, ejecucin, evaluacin y monitoreo del proyecto, con base a los lineamientos establecidos por la funcin pblica.

Los apoyos otorgados son de carcter nico y no establecen una relacin laboral ni el compromiso de radicar recursos adicionales para la continuidad de los proyectos municipales beneficiarios, u otros gastos que los municipios generen por el desarrollo de los mismos. El presupuesto aprobado quedar comprometido para ejercerse de acuerdo con la propuesta autorizada en el dictamen.

En cumplimiento a lo establecido en el artculo 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federacin para el Ejercicio Fiscal 2010 la papelera y documentacin oficial para los programas, debern incluir la siguiente leyenda:

Este programa es pblico, ajeno a cualquier partido poltico. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el programa

El incumplimiento de esta disposicin ser motivo de descalificacin del municipio para nuevos proyectos durante la gestin del ayuntamiento correspondiente, independientemente de las sanciones que apliquen las instancias correspondientes.

Los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, debern apegarse a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretara de Gobernacin y la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en sus mbitos de competencia y dems disposiciones aplicables.

Cambio de Autoridades Municipales

En caso de cambio de autoridades municipales, durante la continuidad del proyecto se debe de llevar a cabo una entrega formal del mismo y de todos sus componentes tcnicos y administrativos (expediente, y documentos de los antecedentes del mismo), as como de los recursos adquiridos para su ejecucin, con la leyenda y el logo de Comunidades Saludables, los que se entregarn al personal del ayuntamiento que se designe como responsable, quien asumir y firmar el resguardo por escrito, asumiendo el compromiso de manera idntica a su antecesor.

4.6.2 Sanciones por incumplimiento

Sern los Comits Nacional y Estatales los que, de acuerdo con sus responsabilidades, vigilarn el cumplimiento de los proyectos beneficiados y tendrn la facultad de solicitar la reintegracin parcial o del total del recurso asignado por el Programa Comunidades Saludables, cuando:

Detecten que los recursos hayan sido utilizados para fines distintos a los establecidos en el proyecto.

El beneficiario incumpla reiteradamente (dos o ms ocasiones) las observaciones realizadas durante las supervisiones.

Comprueben que el municipio beneficiario ha cometido irregularidades con los recursos del proyecto.

Se confirmen denuncias hechas por la poblacin relacionadas con incumplimiento reiterado (dos o ms ocasiones sobre la misma denuncia) de las actividades del proyecto.

Los proyectos que presenten adeudos o irregularidades en la comprobacin de ejercicios fiscales anteriores, sern excluidos automticamente

4.7 Participantes

Secretara de Salud Federal

Debido a su carcter nacional, la rectora del Programa Comunidades Saludables es responsabilidad de la Secretara de Salud Federal, la que, conforme a las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010, determinar la normatividad para su operacin, misma que debe ser observada por las entidades federativas.

Direccin General de Promocin de la Salud

La Secretara de Salud Federal ejerce la rectora del Programa Comunidades Saludables a travs de la Direccin General de Promocin de la Salud (DGPS), adscrita a la Subsecretara de Prevencin y Promocin de la Salud. La DGPS, coordina la programacin, presupuestacin, difusin, seguimiento y evaluacin de las acciones en todo el pas; asimismo, establece la coordinacin con los programas de accin, reas administrativas, normativas para la asesora tcnica evaluacin y seguimiento de los proyectos. Para ello, la DGPS se apoya en el Comit Nacional de Comunidades Saludables, cuya integracin y funciones se describen en los puntos 4.8.1 y 4.8.3 de estas Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010.

La rectora federal conjuga el impulso a la participacin local, municipal y estatal con la vigilancia de la vigencia de las Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010, establecidas para la aplicacin del Programa Comunidades Saludables.

Servicios Estatales de Salud

Los Servicios Estatales de Salud (SESAs) son responsables de la coordinacin del Programa Comunidades Saludables en su mbito de competencia, cumpliendo cabalmente con la conformacin y resguardo del expediente tcnico, en el cual se asienten los antecedentes de la elaboracin, ejecucin, difusin, la vigilancia de aplicacin efectiva de los recursos de acuerdo a lo programado, el seguimiento y la evaluacin, la vinculacin con los gobiernos municipales y la informacin de las acciones realizadas, contando para ello con la asesora del nivel federal.

Para tal efecto, los SESAs cuentan con un rea estatal responsable de promocin de la salud, quien realizar el acompaamiento para vigilar que se cumpla con lo establecido en estas Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010, en el diseo, elaboracin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de los Proyectos Municipales, centrndose en el cumplimiento de los objetivos enmarcados en el Servicio Integrado de Promocin de la Salud, vigilando que los recursos pblicos asignados, se apliquen de acuerdo a lo programado; respetando los principios de transparencia y rendicin de cuentas, con actitudes de corresponsabilidad. Promueve la vinculacin con los responsables de los programas estatales de accin para la conformacin de los comits estatales de comunidades saludables, que con la intervencin jurisdiccional y local articula e impulsa la organizacin, control y supervisin del Programa Comunidades Saludables en el mbito estatal.

Jurisdiccin Sanitaria

La jurisdiccin sanitaria es la unidad tcnico-administrativa territorial dependiente de los SESAs y es el enlace con las instancias aplicativas; es responsable de asesorar al municipio en lo relativo a: planear, disear, coordinar, ejecutar, evaluar los proyectos municipales dar seguimiento y supervisar los proyectos y evaluar el desarrollo del Programa Comunidades Saludables en su mbito de responsabilidad.

Todos los apoyos, observaciones y recomendaciones normativas, las visitas de asesora y supervisin, las acciones de capacitacin y actualizacin de personal de salud, entre otras actividades de competencia estatal y jurisdiccional, deben ser organizadas de manera institucional para evitar la prdida de oportunidades y la competencia infructuosa de recursos entre programas prioritarios, a travs de la figura del Jefe Jurisdiccional y Coordinador de Participacin Social.

Municipio

La participacin de los gobiernos municipales es fundamental para la definicin y conduccin de los proyectos municipales de promocin de la salud y la constitucin de la plataforma social, mediante la participacin de redes sociales y la organizacin comunitaria en los proyectos que apoya el Programa Comunidades Saludables.

Es el municipio el que genera los proyectos para los que solicitar el apoyo del Programa Comunidades Saludables. Nombrar a un Coordinador de proyecto, adems es recomendable que los municipios constituyan la figura de Responsable Municipal de Salud, que se encargar de dar continuidad y sustentabilidad al Programa Municipal de Salud y, particularmente, a los proyectos apoyados por el Programa Comunidades Saludables a travs de las diferentes administraciones municipales comprometindose a informar del estado que guarda el proyecto y hacer entrega del expediente tcnico a su sucesor; establecer y mantener el enlace con las autoridades, comits y personal de salud locales, as como con las instituciones y organizaciones pblicas, sociales y privadas, para el adecuado desarrollo de los proyectos.

El coordinador del proyecto ser el responsable de la elaboracin y conformacin del expediente tcnico del proyecto de la ejecucin, seguimiento y evaluacin de los proyectos; ser el enlace operativo con personal de salud jurisdiccional y local, y con los grupos o personas participantes en el desarrollo y beneficios del mismo.

4.8 Coordinacin Institucional

A efecto de la coordinacin para la ejecucin del Programa Comunidades Saludables entre la Secretara de Salud Federal y los servicios estatales de salud, se constituirn el CNCS y los CECS, integrados por los responsables institucionales de los programas de prevencin y promocin de la salud, y las instancias tcnico normativas que se juzguen convenientes.

4.8.1. Integrantes del Comit Nacional de Comunidades Saludables

Presidente

Subsecretario de Prevencin y Promocin de la Salud.

Secretario Tcnico Ejecutivo

Director General de Promocin de la Salud.

Asesor tcnico

Directora de Estrategias y Desarrollo de Entornos Saludables, de la Direccin General de Promocin de la Salud

Asesor financiero

Subdirector de Operacin, de la Direccin General de Promocin de la Salud.

Vocalas

Responsables de los programas de Prevencin y Promocin de la Salud a nivel federal, y de reas afines, as como la Comisin Federal para la Proteccin contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).

4.8.2. Integrantes de los Comits Estatales de Comunidades Saludables

Presidente

Titular de los Servicios Estatales de Salud.

Secretario Tcnico Ejecutivo

Director Estatal de Servicios de Salud, o equivalente.

Asesor Tcnico

Jefe Estatal de Promocin de la Salud, o equivalente.

Asesor Financiero

Titular del Area Administrativa de los Servicios Estatales de Salud, o equivalente.

Vocalas

Responsables Estatales de los Programas de Prevencin y Promocin de la Salud a nivel estatal y reas afines, as como la COFEPRIS.

Asesor jurdico

El que designe el rea jurdica de los SESA`s.

Asesor de contralora

El que designe el rgano interno de control de los SESA`s.

4.8.3. Responsabilidades del Comit Nacional de Comunidades Saludables

Participar en las reuniones/ talleres, convocadas por la Direccin General de Promocin de la Salud.

Difundir la convocatoria para participar en el Programa Comunidades Saludables, en trminos del procedimiento establecido en los puntos 4.1 y 4.3 de estas Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010.

Asesorar a las entidades federativas para su mejor participacin en el Programa Comunidades Saludables.

Elaborar la cdula de puntuacin y evaluacin con la que sern avalados los proyectos por el CECS y CNCS para ser dictaminados.

Recibir los proyectos enviados por los comits estatales, verificar que los temas se desarrollen conforme al Servicio Integrado de Promocin de la Salud, realizar la evaluacin de los mismos y emitir su dictamen con carcter de irrevocable, de conformidad con lo que establecen las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010.

Informar del dictamen de los proyectos aprobados a los CECS y publicar los resultados en la pgina Web de la Secretara de Salud Federal y en la de la Direccin General de Promocin de la Salud.

Presentar un informe anual de evaluacin del Programa Comunidades Saludables.

4.8.4. Responsabilidades de los Comits Estatales de Comunidades Saludables:

Difundir la convocatoria y promover la generacin y presentacin de proyectos.

Asesorar los responsables de la difusin, preparacin, revisin y seguimiento de los proyectos.

Recibir y analizar los expedientes tcnicos de los proyectos que le enve la jurisdiccin sanitaria.

Otorgar el aval a los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria y con los criterios establecidos en la cdula de puntuacin y evaluacin de los proyectos emitida por el CNCS.

Enviar al CNCS la relacin de todos los proyectos recibidos en los SESAs y los proyectos municipales que haya avalado acompaados con la cdula.

Recibir el dictamen del CNCS e informar de los resultados a los participantes de su entidad.

Elaborar los informes finales de los resultados de los proyectos beneficiados y entregarlos al CNCS.

Solicitar a cada uno de los municipios los informes de las evaluaciones externas de cada uno de los proyectos beneficiados.

Elaborar y remitir al Comit Nacional el informe final con base en los resultados de las evaluaciones externas.

Avalar y remitir a la Direccin General de Promocin de la Salud el informe de los Entornos y las Comunidades Certificadas, as como de los Municipios Acreditados como Promotores de la Salud en su entidad.

4.9 Operacin

La interlocucin de la sociedad con los gobiernos municipales es el mecanismo bsico para la implementacin del Programa Comunidades Saludables y se concreta a travs de los comits locales y municipales de salud. Los comits locales constituyen la representacin de la comunidad organizada, los sectores de salud, social y privado y las autoridades locales; mientras que los comits municipales de salud integran la representacin del ayuntamiento y de todos los sectores.

Ambos comits son asesorados por personal de salud: el nivel municipal por el jefe jurisdiccional y el coordinador de participacin social y los coordinadores de los programas de las JS; los comits locales por el personal de las unidades locales de salud y los promotores de salud, y/o el personal jurisdiccional representante en los respectivos comits municipales para su participacin en el Programa Comunidades Saludables y obtencin de apoyos.

El Programa Comunidades Saludables contempla como lnea estratgica la existencia de municipios promotores de la salud y su implementacin se da a travs de proyectos municipales de promocin de la salud que responden a los cambios que se han producido en el patrn de daos a la salud debido al desarrollo de riesgos del entorno (falta de acceso al agua potable, servicios sanitarios, saneamiento bsico, rastros, mercados, basura, escuelas, vivienda, municipios, vialidad segura, lugares de recreacin entre otros) y riesgos relacionados con el estilo de vida poco saludables (obesidad y sobrepeso, adicciones, violencia, sexualidad no protegida e insegura, sedentarismo, inequidad de gnero, enfermedades crnicas- degenerativas, lesiones, entre otras).

Los proyectos municipales de promocin de la salud que podrn ser apoyados por el Programa Comunidades Saludables pueden originarse de propuestas surgidas de los comits municipales, de los comits locales, o de grupos organizados de la sociedad civil siempre y cuando estn coordinados con el Municipio y sea el mismo el que lo presente, si bien, en todo caso, debern ser avalados y propuestos a las instancias estatales y nacionales por los cabildos municipales en funciones, los cuales se comprometern a brindarles el apoyo en todos los aspectos de su desarrollo, econmico, seguimiento, evaluacin, difusin del impacto (para que posteriormente sean publicadas como Experiencias exitosas) y rendicin de cuentas.

Las JS y las unidades locales de salud promovern la integracin y operacin de los respectivos comits municipales y locales de salud, con acciones de capacitacin tcnica, asesora, y seguimiento de sus actividades, para la elaboracin y actualizacin anual del diagnstico de salud, as como la integracin del plan de trabajo para atender las necesidades consideradas prioritarias en el seno de los citados comits. Los comits municipales de salud deben estar involucrados en la generacin de los proyectos en el Programa Comunidades Saludables, as como en el apoyo a su ejecucin, adems de participar activamente en su seguimiento y evaluacin. (Anexo II)

El coordinador o responsable de cada proyecto ganador tendr la responsabilidad de asegurar la Formacin del Comit de Contralora Social quien podr verificar la ejecucin del proyecto ganador.

4.9.1 Proceso

A partir de la aprobacin de la SHCP y dictaminacin de la COFEMER, el CNCS a travs de su Presidencia, difundir en la pgina Web de la Secretara de Salud Federal (http://www.salud.gob.mx/), la convocatoria para participar en el apoyo a proyectos del Programa Comunidades Saludables.

La convocatoria permanecer abierta durante seis semanas posteriores a su publicacin.

(Anexo 3)

4.9.1.1 Asesora y Revisin por las Jurisdicciones Sanitarias

Las JS, por conducto del coordinador jurisdiccional de participacin social, o coordinadores de programas estimularn y asesorarn a los municipios en la preparacin de los proyectos, los revisarn, emitirn, en su caso, el aval a los mismos, y turnarn los que resulten avalados al CECS.

4.9.1.2 Evaluacin por los Comits Estatales de Comunidades Saludables

Los CECS revisarn los proyectos, emitirn su opinin y sugerencias para que sean mejorados, priorizando las acciones de Promocin de la Salud y asegurndose que reflejen las necesidades y problemticas propias del municipio.

De ser necesario los devolvern a las JS respectivas, con el fin de presentar un proyecto que realmente los beneficie y cumpla con lo solicitado.

Posteriormente, aplicarn los criterios de la cdula de puntuacin y evaluacin a cada proyecto enviado por las JS, y emitirn su aval final demostrando total conocimiento y respaldo de lo establecido en el expediente tcnico.

Turnarn al CNCS, a travs de los SESAs, los proyectos que hayan sido aprobados acompaados de dicha cdula.

Los SESAs enviarn al CNCS el listado completo de los proyectos recibidos en el nivel estatal y los proyectos avalados por los CECS para ser evaluados y dictaminados.

4.9.1.3 Evaluacin por el Comit Nacional de Comunidades Saludables

Aplica la cdula de puntuacin y evaluacin, a cada proyecto participante.

Califica, selecciona y dictamina los proyectos a beneficiar, a ms tardar tres semanas despus de la fecha de cierre de la convocatoria.

4.9.1.4 Causas de Exclusin de los Proyectos en el Proceso de Revisin y Evaluacin

Expediente incompleto y que no cuente con la documentacin oficial.

Municipios que pretendan ingresar a concurso fuera de tiempo.

Adeudos de comprobacin del ejercicio de recursos del Programa Comunidades Saludables por el municipio solicitante, asignados a proyectos de aos anteriores.

Municipio que haya recibido apoyo del Programa Comunidades Saludables para proyectos previos y pretenda participar con otro proyecto con el mismo tema.

Proyectos que sean detectados como copias entre s mismos.

Municipios que concluyan su gestin antes del trmino del proyecto y de poder hacer la comprobacin del gasto.

Municipios que no desarrollen el proyecto y que por ese motivo reintegren los recursos presupuestales asignados.

Si el recurso se hubiera asignado en cualquiera de los supuestos anteriores, el CNCS se reserva el derecho de reasignarlo al proyecto que, habiendo cumplido con los requisitos y con la puntuacin aprobatoria, le siguiera en puntuacin al penalizado, o bien al ltimo aprobado.

4.9.1.5 Informe del Dictamen y Publicacin de Resultados

El CNCS informar del dictamen de los proyectos aprobados a los CECS, y publicar los resultados en la pgina Web de la Secretara de Salud Federal, a ms tardar cuatro semanas despus del cierre de la convocatoria.

4.9.1.6 Transferencia de Recursos

En el marco de lo que establece el artculo 82 de la Ley de Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, as como el 178 y 224 de su Reglamento, despus de la publicacin de los resultados, el CNCS transferir la suma de los montos de los proyectos beneficiados a los CECS respectivos, a travs de la Tesorera del Gobierno del Estado y de los SESAs, a ms tardar cuatro semanas posteriores a la publicacin de los resultados. Precisando, que lo anterior estar sujeto a la disponibilidad presupuestal y una vez que los SESAs hayan cumplido con la documentacin que se establece a continuacin; para ello, los SESAs, a travs del titular del rea administrativa, deber proporcionar la siguiente informacin a la DGPS:

Cuenta Bancaria.- Ratificar o rectificar el nmero de cuenta bancaria en la que se le transferirn los recursos. Precisando, que en caso de ratificar la cuenta bancaria, es necesario que esto lo haga por medio de oficio, especificando el nmero de cuenta, la CLABE (cuenta bancaria de 18 dgitos), nombre de la institucin Bancaria, nmero de sucursal y anexar copia legible del ltimo estado de cuenta. En caso de haber cambiado el nmero de cuenta bancaria, es necesario que enve: original de la certificacin bancaria, copia del ltimo estado de la cuenta bancaria; copia de la identificacin oficial de los servidores pblicos que firman la cuenta y, copia del comprobante de domicilio. Deber ser aperturada por la Tesorera del Gobierno del Estado para uso exclusivo de los recursos transferidos por el Programa Comunidades Saludables, lo que permita la identificacin de los recursos y sus rendimientos financieros, para efectos de comprobacin de su ejercicio y fiscalizacin, en los trminos de las disposiciones aplicables.

Recibo.- Enviar el recibo con firmas autgrafas del Titular de los SESAs, as como del Titular del Area Administrativa de los SESAs, o en su caso, este ltimo podr ser el Titular de la Tesorera del Gobierno del Estado; especificando el nmero de Proyectos que sern apoyados, as como el importe que recibir, este documento debe estar impreso en papel oficial de los SESAs.

Convenio.- Enviar en cuatro tantos el convenio de colaboracin estatal debidamente requisitado con firmas autgrafas de las partes que en el intervienen, conforme al modelo establecido en el anexo 4 de las presentes Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa Comunidades Saludables, para el Ejercicio Fiscal 2010.

4.9.2 Ejecucin

4.9.2.1 Entrega del Apoyo a los Municipios Beneficiarios

La Tesorera del Gobierno del Estado, deber hacer entrega de los recursos al rea administrativa de los SESAs, a ms tardar una semana despus de recibidos los recursos por parte del nivel federal.

Los SESAs debern notificar a la Direccin General de Promocin de la Salud, la fecha en que recibieron los recursos presupuestales por parte de la Tesorera del Gobierno del Estado.

Los SESAs harn la entrega de los recursos a los municipios con proyectos beneficiados por el Programa Comunidades Saludables, a ms tardar dos semanas despus de recibidos los recursos por parte de la Tesorera del Gobierno del Estado, e informarn de inmediato al CNCS del cumplimiento de esta actividad.

La ejecucin del gasto, o bien el ejercicio de los recursos federales recibidos para los proyectos deber se realizada por los municipios beneficiados, a ms tardar el 31 de diciembre del ao en que recibieron el recurso.

El plazo de entrega de los recursos a los municipios apoyados debe respetarse escrupulosamente, en beneficio del desarrollo de los proyectos, de la ejecucin del gasto y de la comprobacin del ejercicio de los recursos federales asignados.

El retraso en la entrega de los recursos a los municipios sin causa justificada ante el CNCS, ser comunicado por ste al Organo Interno de Control de la Secretara de Salud Federal, para el deslinde de las responsabilidades derivadas de incumplimiento del ejercicio o de la comprobacin de los recursos correspondientes.

Los criterios especficos para la evaluacin y dictaminacin de los apoyos del Programa Comunidades Saludables a los proyectos se describen en el procedimiento correspondiente, generado por la DGPS y dado a conocer a las entidades federativas y al CNCS y los CECS.

4.9.2.2 Mecanismo de Comprobacin

Los SESAs, a travs de la Direccin Administrativa, o su equivalente, deber comprobar el 100% de los recursos presupuestales del Programa Comunidades Saludables que le hayan sido transferidos para apoyo de los proyectos presentados por los municipios de su entidad federativa, para ello debe atender puntualmente lo siguiente:

a)El presupuesto del Programa Comunidades Saludables deber aplicarse exclusivamente para el desarrollo de las acciones, as como en los montos establecidos en el proyecto aprobado. En casos de fuerza mayor que obliguen a un cambio en la asignacin del presupuesto para otras acciones, deber observarse lo siguiente:

i)Unicamente se podrn solicitar cambios de asignacin presupuestal que no afecten los objetivos y las metas del proyecto.

ii)Enviar solicitud del ayuntamiento por escrito, avalada en acta de cabildo y con aprobacin de la jurisdiccin sanitaria y el CECS correspondiente.

iii)El CNCS dictaminar por escrito si se autoriza o no el cambio solicitado y as le ser comunicado al municipio a travs del Estado.

b)El ejercicio de los recursos deber efectuarse en el transcurso del ao fiscal en que le hayan sido transferidos, en el caso de que al 31 de diciembre no se encuentren devengados los recursos recibidos, deber reintegrarlos a la Tesorera de la Federacin, a ms tardar en los siguientes 15 das naturales al cierre del ejercicio, conforme a lo establecido en el artculo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

c)Los documentos que sean relacionados como comprobantes del gasto debern cumplir los requisitos fiscales establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta y debern estar a nombre de los SESAs.

d)El ejercicio del gasto deber reflejarse en el Formato de Certificacin del Gasto, el cual deber contener las firmas autgrafas del titular de la Direccin Administrativa o su equivalente en los SESAs y por el Director General de los Servicios de Salud en el Estado.

e)La DGPS, se reserva el derecho de supervisar y verificar la integracin de los documentos comprobatorios del ejercicio de los recursos otorgados a los proyectos beneficiados.

Los bienes muebles adquiridos con recursos del Programa Comunidades Saludables asignados a los proyectos sern inventariados (vehculos, computadoras, videocmaras, copiadoras, etc.). Estos bienes debern ser etiquetados con la leyenda Apoyo del Programa Comunidades Saludables, que los identifique como provenientes del Programa Comunidades Saludables, y quedarn bajo resguardo del sndico procurador del municipio, quien turnar copia oficial de los resguardos al jefe de la jurisdiccin sanitaria correspondiente y al rea administrativa de los SESAs. Al trmino de la gestin municipal, dichos bienes pasarn a formar parte del inventario del ayuntamiento y se utilizarn exclusivamente para acciones de promocin de la salud (ya sea en organizaciones dedicadas a ello, incluyendo centros de salud o sus propias reas dedicadas a realizar acciones de promocin de la salud), tanto en el proyecto que les dio origen, como en nuevos proyectos de salud municipal. El incumplimiento de esta consideracin ser motivo de exclusin de nuevos proyectos del municipio, hasta que la situacin se haya regularizado.

Con fundamento en el Artculo 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el ejercicio de recursos pblicos federales por parte de las entidades federativas deber comprobarse en los trminos de las disposiciones aplicables.

5. Auditora, Control y Seguimiento

En forma conjunta, el Presidente del CNCS y los CECS, o quienes stos designen, (responsables del Programa Comunidades Saludables) darn seguimiento a los proyectos de comunidades saludables aprobados, mediante:

La realizacin de visitas de asesora, seguimiento y supervisin, para apoyar el desarrollo y ejecucin de los proyectos; comprobar su grado de avance, y el cumplimiento de sus metas; el CECS las llevar a cabo para cada proyecto beneficiado en forma trimestral y el CNCS para los proyectos que designe de acuerdo al recurso asignado para la supervisin anual.

Aplicacin de la Cdula de Supervisin y seguimiento en cada visita en los avances, para la retroalimentacin se entregar copia, dejando un tanto en el expediente tcnico del proyecto.

Elaboracin del informe final de cada proyecto el CECS, de Impacto y resultados del Programa Comunidades Saludables el CNCS.

De ser necesario hacer cambios a la programacin presentada al momento de la convocatoria, ser necesario realizar la modificacin con su justificacin correspondiente, ante el CECS o en su caso ante el CNCS e integrar la respuesta de aprobacin o rechazo al expediente tcnico del proyecto.

Cuando se detecte alguna irregularidad, se solicitar la auditora correspondiente a la autoridad competente, para definir sus causas y atender las recomendaciones.

6. Evaluacin

El seguimiento de los proyectos beneficiados favorecer conocer sus alcances a travs de los informes derivados de los CECS correspondientes; la supervisin en los niveles jurisdiccional, estatal y federal permitir verificar, en el mbito comunitario y municipal la aplicacin del proyecto, que las acciones se realicen con la oportunidad y la calidad requerida para garantizar los resultados esperados.

El municipio tendr que designar el 10% de lo solicitado a la evaluacin del proyecto, a travs de una Institucin Acadmica o en su caso una consultora experta en el tema.

La DGPS ser la responsable de la evaluacin del Programa Comunidades Saludables para dar a conocer los avances, asegurar el adecuado funcionamiento, conocer el alcance y trascendencia en cuanto a las acciones desarrolladas; cotejando sus resultados con las metas establecidas, dicha evaluacin permitir controlar los procesos involucrados, dar continuidad y mejorar las acciones, e identificar y corregir las desviaciones que se presenten.

6.1 Indicadores

Objetivo Estratgico

Indicador

Forma de Medicin

Resultado

Porcentaje de municipios con poblacin con competencias desarrolladas.

((Municipios con poblacin que cuenta con competencias desarrolladas / poblacin de los municipios incorporados al programa)*100).

Eficacia

Porcentaje de municipios apoyados en el ao.

(Nmero de municipios a los que se les entrega apoyo financiero/Nmero del total de municipios participantes en el programa) x100.

Eficiencia

Porcentaje de proyectos concursables financiados, con presupuesto asignado.

(Nmero de proyectos concursables financiados/ Presupuesto asignado) *100.

Economa

Porcentaje de ejecucin presupuestaria.

(Presupuesto ejecutado/Presupuesto asignado)*100.

Eficacia

Porcentaje de reas de promocin de la salud cubiertas por el programa.

(Nmero de reas de promocin de la salud que recibieron asesora y capacitacin en los estados/Nmero total de reas de promocin de la salud en los estados programadas) x100.

Eficacia

Porcentaje de Proyectos con Enfoque de Gnero.

Nmero de proyectos municipales participantes que incorporan perspectiva de gnero / Nmero total de proyectos participantes*100.

Eficacia

Porcentaje de municipios acreditados como promotores de la salud del total de municipios activos.

(Nmero de municipios acreditados/nmero de municipios activos) x100.

Eficiencia

Porcentaje de gastos de asesora tcnica y capacitacin ejecutados, con el presupuesto asignado.

(Gastos real de asesora tcnica y capacitacin / Presupuesto asignado) *100.

Eficacia

Porcentaje de personal de promocin de la salud a nivel local que recibi asesora tcnica.

(Nmero de personal de promocin de la salud a nivel local que recibi asesora tcnica/Nmero total del personal de promocin de la salud a nivel local programado) x100.

Eficacia

Porcentaje de comunidades certificadas del total de comunidades programadas.

(Nmero de comunidades certificadas. /No. Total de comunidades programadas) x100.

6.2 Evaluacin Externa

Se realizar una evaluacin del Programa Comunidades Saludables a travs de alguna institucin acadmica y de investigacin u organismos especializados, de carcter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia sobre la materia.

7. Transparencia

7.1 Difusin

Se llevar a cabo la difusin de la convocatoria a travs de la pgina electrnica de la Secretara de Salud Federal; mediante la emisin de carteles, los cuales sern colocados en las oficinas estatales y jurisdiccionales de salud, y entregados en impreso y formato electrnico para su conocimiento a todos los municipios del pas.

7.2 Atribuciones

Los titulares de las dependencias y entidades con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministracin de subsidios y transferencias, sern responsables, en el mbito de sus competencias, de que stos se otorguen y ejerzan conforme a lo establecido en el Captulo VI De los Subsidios, Transferencias y Donativos, Artculo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en las dems disposiciones aplicables.

Para asegurar lo anterior, los municipios beneficiados debern firmar el convenio de colaboracin con los SESAs (Anexo IV), para asegurar la realizacin adecuada de los proyectos y la correcta utilizacin y comprobacin de los recursos financieros, as como el resguardo municipal de los bienes adquiridos con dichos recursos.

Garantizar ante la comunidad en general, el manejo transparente de los recursos pblicos, mediante acciones de control basadas en la revisin del flujo financiero de los recursos autorizados, ministrados, liberados y ejercidos, su comprobacin y la inspeccin fsica de los proyectos realizados.

Asegurar la sustentabilidad de los proyectos ms all de los cambios de titulares de los ayuntamientos.

Como resultado de las acciones de control que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendr un control que permita emitir informes de las revisiones efectuadas y de las metas logradas, as como dar el seguimiento adecuado de las anomalas detectadas hasta su total solventacin. La inobservancia de esta disposicin limitar la ministracin de recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.

7.3 Contralora Social

La contralora permite encausar la accin social en la definicin de problemas; bsqueda de soluciones; reorientacin de las actividades que conjuguen los recursos comunitarios, gubernamentales, del sector salud, y de todos los involucrados en el desarrollo del Programa Comunidades Saludables. Adems, se entiende la contralora como la participacin de la poblacin en la planeacin, ejecucin y evaluacin de los proyectos, a travs de los Comits de Contralora Social y mediante reuniones comunitarias, en las que se emiten recomendaciones para una mejor ejecucin de los proyectos.

Con la representacin de la comunidad se conforman o fortalecen los Comits de Contralora Social, los cuales sern sus interlocutores con los municipios en el ejercicio de la contralora social.

De la misma manera, se toma en consideracin la opinin de los beneficiarios sobre la actuacin del ayuntamiento, y la del personal de salud institucional y comunitario, en relacin a los proyectos aprobados. El Comit de Contralora Social revisa, en conjunto con la poblacin, los avances y resultados de los proyectos, as como la deteccin de cualquier irregularidad, y la da a conocer al responsable de contralora social estatal correspondiente.

El responsable de la contralora social notificar al CECS acerca de las quejas o denuncias recibidas y darn respuesta al Comit de la Contralora Social en un plazo no mayor de 15 das a partir de la fecha de recepcin de la queja o denuncia.

Con el propsito de promover la contralora social, la instancia normativa y las dependencias responsables del Programa Comunidades Saludables en el mbito estatal realizarn acciones en forma coordinada.

Estas acciones se realizarn con base al Esquema de Operacin, Gua Operativa y el Programa Anual de Trabajo de Contralora Social (PATCS), elaborados por la Direccin General de Promocin de la Salud, de conformidad con lo sealado en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promocin y Operacin de la Contralora Social en los programas federales de desarrollo social, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 11 de abril de 2008. Con base a estos documentos, la DGPS promover la Contralora Social en el programa, a travs de las ejecutoras estatales, mediante las siguientes estrategias:

7.3.1 Difusin

La difusin se realizar a travs de carteles y folletos que sern colocados en los espacios de los servicios mdicos.

7.3.2 Capacitacin y Asesora

Para impulsar la realizacin de las actividades de Contralora Social se brindar capacitacin y asesora, a los servidores pblicos que intervienen en la operacin del Programa Comunidades Saludables, a nivel federal, estatal, as como a los integrantes de los Comits Locales, para que stos realicen adecuadamente sus actividades de control y vigilancia.

7.3.3 Seguimiento

Cada estado deber integrar un Programa Estatal de Trabajo de acuerdo con sus universos de atencin que incluya la descripcin de las actividades, responsables, metas y calendarizacin de fechas para su cumplimiento.

La Direccin General de Promocin de la Salud dar seguimiento a las actividades sealadas en el Programa Estatal de Trabajo.

8. Quejas y denuncias

8.1 Mecanismos, instancias y canales

Las quejas y denuncias de la ciudadana en general, se captarn por medio de formatos a requisitar, entregarlos a travs de los Comits de Contralora Social, en los buzones colocados en las dependencias, va correo electrnico [email protected]; [email protected] o bien a los telfonos: (01 55) 2000 200 a la Cd. de Mxico; 01 800 386 2466 al interior de la Repblica.

9. Coordinacin con otros Programas

El responsable de promocin de la salud en el estado y el jefe jurisdiccional junto con el coordinador de participacin social que corresponda, se encargarn de coordinarse con los responsables de los programas de accin de la Secretara de Salud Estatal, para solicitar su participacin en los proyectos aprobados segn la orientacin de los mismos. Dicha participacin incluir la asesora, capacitacin, apoyo de diverso tipo, y el seguimiento de los proyectos debidamente documentado.

10. Informes Programtico-Presupuestarios

La Secretara de Salud Federal deleg a la Direccin General de Promocin de la Salud, conforme a sus atribuciones, la instrumentacin de las acciones programtico-presupuestarias del Programa Comunidades Saludables, por lo cual esa dependencia debe observar que exista una justa correspondencia entre las necesidades que en materia de salud presenta la poblacin objetivo o meta, y la asignacin de recursos fiscales, adems de la presentacin de los informes respectivos.

11. Anexos

1Convenio Colaborativo

2Diagrama de Flujo

3Convocatoria del Programa de Comunidades Saludables, 2010

4Convenio de Colaboracin Estatal

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrar en vigor el primero de enero del ao dos mil diez.

Dado en la Ciudad de Mxico, a los veintin das del mes de diciembre de dos mil nueve.- El Secretario de Salud, Jos Angel Crdova Villalobos.- Rbrica.

ANEXO 1

CONVENIO COLABORATIVO

NUMERO DE REGISTRO:

CONVENIO DE COLABORACION QUE CELEBRAN, LOS MUNICIPIOS:

(1)

(2)

(3)

EN (EL/ LOS) ESTADO (S)------------------------------------------------------------------RESPECTIVAMENTE, PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO INTERMUNICIPAL DEL PROGRAMA DE COMUNIDADES SALUDABLES DE LA SECRETARIA DE SALUD, CON EL NOMBRE---------------------------------------------------------------------------- REPRESENTADOS EN ESTE ACTO POR:

(1)

(2)

(3)

CONFORME A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

DECLARACIONES

I. DECLARAN LOS MUNICIPIOS PARTICIPANTES:

1.Que la propuesta fue originada en los diagnsticos municipales de salud participativos, convocados y realizados por los comits municipales de salud, o de los comits locales, atendiendo una prioridad de atencin para beneficio de la poblacin, en cada uno de los municipios participantes.

2.Que los partcipes en la propuesta conocen las Reglas de Operacin e Indicadores de Gestin y Evaluacin del Programa de Comunidades Saludables, en las cuales se basa la estructura del proyecto.

3.Que cuentan con la aprobacin, asentada en acta de los cabildos de todos los municipios participantes, as como con el aval de las jurisdicciones y los Comits Estatales de Comunidades Saludables correspondientes, mismas que en copia fotosttica se anexan al presente instrumento para formar parte de su contexto.

4.Cada municipio ser responsable de la ejecucin, seguimiento y evaluacin del proyecto intermunicipal en su mbito de competencia, as como de la comprobacin del gasto o, en su caso, la reintegracin del mismo, coordinndose para todo ello con la jurisdiccin sanitaria correspondiente.

5.Cada municipio designar al coordinador del proyecto quin ser el responsable de la ejecucin, seguimiento y evaluacin del proyecto, mismo que ser el enlace operativo con personal de salud jurisdiccional y local, as como con los grupos y personas participantes en el desarrollo y beneficios del mismo.

6.Cada municipio podr someter su proyecto, especificando cmo se va a coordinar y en qu aspectos se dar la colaboracin con los dems municipios participantes.

7.Los municipios beneficiados debern tomar medidas para dar continuidad a los proyectos en el siguiente ejercicio fiscal, y, en su caso, en la prxima administracin municipal, cuando as lo requiera el proyecto. Por lo mismo, la ejecucin de los proyectos no tiene que limitarse al ao en el que se reciben los recursos del Programa de Comunidades Saludables, si bien el ejercicio de stos y la comprobacin del mismo deben realizarse duran