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Justicia a prueba en Guatemala: el caso Ríos Montt Informe sobre América Latina | 23 de septiembre de 2013 International Crisis Group Headquarters Avenue Louise 149 1050 Brussels, Belgium Tel: +32 2 502 90 38 Fax: +32 2 502 50 38 [email protected]

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Justicia a prueba en Guatemala: el caso Ríos Montt Informe sobre América Latina | 23 de septiembre de 2013

International Crisis Group Headquarters Avenue Louise 149 1050 Brussels, Belgium Tel: +32 2 502 90 38 Fax: +32 2 502 50 38 [email protected]

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Índice

Resumen ejecutivo .................................................................................................................... i

Recomendaciones ...................................................................................................................... i

I.  Introducción ..................................................................................................................... 1 

II.  El caso contra Ríos Montt ................................................................................................ 3 

A.  Los ixiles de El Quiché ............................................................................................... 3 

B.  El juicio ...................................................................................................................... 7 

C.  La sentencia ............................................................................................................... 10 

D.  La anulación ............................................................................................................... 13 

III.  La justicia bajo presión ..................................................................................................... 16 

A.  Litigios maliciosos ..................................................................................................... 16 

B.  Jueces débiles ............................................................................................................ 18 

IV.  Conclusión ........................................................................................................................ 22 

ANEXOS

A. Mapa de Guatemala .......................................................................................................... 24

B. Acerca de International Crisis Group ............................................................................... 25

C. Informes y boletines informativos sobre América Latina y el Caribe desde 2010 .......... 26

D. Consejo de Administración de International Crisis Group .............................................. 27

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International Crisis Group

Informe sobre América Latina N°50 23 de septiembre de 2013

Resumen ejecutivo

En un lapso de diez días los tribunales guatemaltecos hicieron y deshicieron la histo-ria legal del país. El juicio del ex dictador José Efraín Ríos Montt, así como la conde-na impuesta el 10 de mayo de 2013 por genocidio y otras violaciones a los derechos humanos fue un logro extraordinario para un sistema de justicia que debe lidiar de manera simultánea con el legado de un atroz conflicto interno y las aflicciones con-temporáneas de la violencia de pandillas, la corrupción y el tráfico ilícito de drogas. Sin embargo las víctimas apenas habían terminado de celebrar cuando la Corte Con-stitucional anuló la sentencia, en una decisión confusa que planteó dudas sobre si hubo intervención externa. La impunidad generalizada de la violencia del pasado y del presente tiene un efecto corrosivo sobre la democracia del país. No reanudar el juicio en contra de Ríos Montt por atrocidades masivas y no buscar la justicia para las víc-timas de crímenes violentos debilitaría el escaso progreso alcanzado en el Estado de Derecho, incluyendo un poder judicial fuerte e independiente.

El caso en contra de Ríos Montt y del ex director de inteligencia militar José Mau-ricio Rodríguez Sánchez ha sido enviado a un nuevo tribunal, aunque los desafíos legales hacen que su reanudación sea algo incierta. Si es que el proceso se reanuda, los nuevos jueces tendrán que escuchar otra vez los testimonios concernientes a las masacres, violaciones, torturas y desplazamientos forzados de las comunidades Maya-Ixil en 1982 y 1983, cuando Ríos Montt era el presidente de facto. Los fiscales acusa-ron a los dos generales retirados por genocidio y violaciones al derecho internacional humanitario, argumentando que eligieron exterminar al pueblo Ixil con el objetivo de privar a las guerrillas de apoyo. Aunque el tribunal condenó a Ríos Montt, absol-vió a su coacusado. Gracias a décadas de trabajo por parte de organizaciones de víc-timas, investigadores de los derechos humanos y antropólogos forenses, los fiscales pudieron hacer uso de una gran cantidad de pruebas orales, documentales y físicas. Una fiscal general con antecedentes de trabajo en derechos humanos, Claudia Paz y Paz, insistió en avanzar con el caso, junto con otros juicios de alto perfil tanto de ex funcionarios de gobierno como de miembros de la delincuencia organizada. La Comi-sión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), auspiciada por las Naciones Unidas, ayudó a diseñar la creación de la corte de alto riesgo que asumió el caso, proporcionando jueces debidamente entrenados y previamente evaluados, con seguridad adicional.

El resultado fue un juicio público, en gran medida ejemplar, que incluyó el testi-monio de más de 100 víctimas y expertos, sujetos al interrogatorio de ambas partes. Las imágenes transmitidas en televisión nacional del ex-dictador encarando a los testigos de una de las comunidades indígenas más pobres, demostró claramente el principio de que todos los ciudadanos son iguales ante la ley.

Pero lo que pasó dentro de la corte sólo fue una parte de la historia. Los abogados defensores presentaron más de una docena de peticiones para retrasar o descarrilar el proceso. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha advertido en repeti-das ocasiones que las acciones de amparo son utilizadas en Guatemala para obstruir la justicia en casos de derechos humanos y otros casos de alto perfil, alimentando la percepción de que la justicia está a la venta y haciendo que las víctimas sean menos propensas a cooperar con las autoridades.

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A medida que el juicio llegaba a su fin, poderosos grupos de interés intensificaron sus campañas en contra del proceso. Una fundación “anti-terrorista” liderada por militares veteranos acusó en los medios de comunicación a los defensores de los de-rechos humanos de ser colaboradores de la guerrilla. Los gremios empresariales ad-virtieron que el juicio estaba fomentando la polarización e, inmediatamente después de que se anunciara la condena, pidió a la Corte Constitucional que anulara la senten-cia. El presidente Otto Pérez Molina, un general retirado, manifestó su opinión en repetidas ocasiones diciendo que los militares nunca cometieron actos de genocidio, aunque prometió respetar el proceso judicial.

A muchos les pareció que los jueces estaban respondiendo a la presión política cuando el 20 de mayo la Corte Constitucional obvió el camino del proceso de apela-ción y anuló la sentencia dando una explicación poco clara. Aún cuando la corte can-celó técnicamente sólo parte del juicio, su decisión obligó a que el tribunal original se abstuviera de seguir conociéndolo, por lo que fue necesario enviar el caso a un nuevo tribunal.

Ahora se debe permitir a estos nuevos jueces trabajar sin interferencia, examinan-do cuidadosamente tanto los argumentos de los acusadores como los de la defensa. Incluso si Ríos Montt autorizó procedimientos sumarios militares como dictador, tiene el derecho a un juicio justo, como todas las personas acusadas bajo gobiernos democráticos. Pero las víctimas también tienen derechos. El pueblo Ixil ya ha espe-rado 30 años para tener justicia. ¿Podrá un nuevo tribunal llegar a una decisión final basada en la evidencia? ¿O es que el proceso se prolongará y el juicio terminará una vez más en la confusión y la controversia, dejando en duda la capacidad guatemal-teca para enjuiciar a acusados poderosos? Cualquiera sea la respuesta, enviará un mensaje poderoso sobre el Estado de Derecho en un país en donde la democracia sigue siendo frágil.

El sistema judicial de Guatemala enfrentará otra prueba en 2014, cuando co-mience el proceso de nominación de los candidatos para una nueva Corte Suprema y otros tribunales de apelación y se escoja a un nuevo fiscal general o le extienda a Paz y Paz un período adicional. Las autoridades políticas deben actuar de manera urgen-te para asegurar que los candidatos sean seleccionados por sus méritos, dentro de un proceso transparente que realce el prestigio y la independencia de los jueces. Está en juego la capacidad de lidiar no sólo con los abusos del pasado, sino también con la delincuencia y la corrupción que amenazan la democracia hoy en día.

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Recomendaciones

Para combatir la impunidad y asegurar la rendición de cuentas por violaciones a los derechos humanos:

Al gobierno:

1. Brindar protección efectiva, cuando se requiera, a todos los jueces, fiscales, que-rellantes adhesivos, abogados y testigos en casos de derechos humanos.

A la Corte Suprema y a otras cortes, jueces y al Ministerio Público:

2. Acelerar el inicio de un nuevo juicio al ex presidente militar José Efraín Ríos Montt, y a su ex director de inteligencia militar, José Mauricio Rodríguez Sánchez.

3. Continuar con las investigaciones y juzgamientos de todas las personas que se con-sideren responsables por masacres y otras violaciones al derecho internacional humanitario, incluyendo aquellas cometidas por las guerrillas.

4. Rechazar peticiones manifiestamente infundadas o repetitivas que sirvan única-mente para retrasar y complicar el proceso judicial, e imponer sanciones a los abogados que utilicen esas tácticas.

Para fortalecer las instituciones judiciales

Al gobierno:

5. Reiterar su compromiso con un poder judicial independiente por medio de ac-ciones concretas, incluyendo:

a) respaldar públicamente los esfuerzos de la fiscal general para llevar a la justi-cia tanto a ex-oficiales militares como a ex-guerrilleros por violaciones a los derechos humanos, y

b) brindar total apoyo a las investigaciones de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en sus dos años finales, para que pueda investigar con energía las conspiraciones criminales dentro del gobierno y proteger instituciones claves –especialmente dentro del sector judicial– de una mayor infiltración.

Al Congreso:

6. Fortalecer las leyes pertinentes para:

c) Requerir a los comités de nominación que en el proceso de selección de candi-datos a fiscal general y jueces tomen decisiones en base a los méritos persona-les, según lo determinado por calificaciones objetivas y logros, y que cuenten con los recursos necesarios para verificar y hacer públicos sus hallazgos,

d) Asegurar que el proceso de nominación sea abierto y transparente, sujeto a control por parte de la sociedad civil y los medios, y que incluya aportes de grupos sub-representados, como indígenas, y

e) Obligar a los aspirantes a candidatos a revelar cómo financiaron sus campa-ñas, y establecer límites razonables en el costo y duración de las mismas.

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Crisis Group, Informe sobre América Latina N°50, 23 de septiembre de 2013 Página iv

7. Empezar un debate serio sobre cómo reformar la ley que regula los amparos, para que estos instrumentos sean usados solo para la protección de los derechos fun-damentales, incluyendo el debido proceso, y no como un mecanismo para dilatar u obstruir la justicia.

A la Corte Suprema y al Ministerio Público:

8. Garantizar el principio constitucional de autonomía de todos los jueces y fiscales, abstenerse de usar transferencias y otras medidas administrativas como castigo por sus decisiones y aplicar solo las medidas disciplinarias según lo dispuesto por la ley.

Ciudad de Guatemala/Bogotá/Bruselas, 23 de septiembre de 2013

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International Crisis Group

Informe sobre América Latina N°50 23 de septiembre de 2013

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I. Introducción

El 10 de mayo de 2013, en una sala abarrotada, un tribunal de “mayor riesgo” inte-grado por tres magistrados sentenció al ex dictador José Efraín Ríos Montt a 80 años de prisión1. El tribunal concluyó que a comienzos de la década de 1980, el general Ríos Montt, hoy de 87 años y retirado, había ordenado como presidente de facto campa-ñas militares que causaron la muerte, violación, tortura y desplazamiento de civiles. En opinión de los magistrados, esos actos no solo violaron el derecho internacional humanitario sino que también constituyeron genocidio, habida cuenta de que las fuerzas armadas tomaron como objetivo a toda la comunidad –desde mujeres emba-razadas hasta niños pequeños y ancianos–, por presunta colaboración con los grupos guerrilleros. “Estamos totalmente convencidos de la intención de producir la des-trucción física del grupo ixil”, concluyeron los magistrados2.

Aunque durante las dos últimas décadas más de dos decenas de jefes de Estado o de gobierno en América Latina han sido acusados de violaciones de los derechos humanos o corrupción, los cargos contra Ríos Montt no tienen antecedentes3. Nunca antes un jefe de Estado había sido enjuiciado por genocidio en las cortes de justicia de su propio país4. La gravedad de los cargos refleja la brutalidad de un conflicto armado que cobró decenas de miles de vidas entre 1960 y 1996. Ríos Montt llegó al poder mediante un golpe de Estado en marzo de 1982, durante el período más vio-lento del conflicto, cuando el ejército realizó campañas de tierra arrasada en las re-giones montañosas con población mayoritariamente maya. Según una comisión de la verdad auspiciada por las Naciones Unidas, cuatro de cada cinco muertes ocurri-das durante el conflicto, fueron de indígenas5.

1 Elizabeth Malkin, “Former leader of Guatemala is guilty of genocide against Mayan group”, The New York Times, 10 de mayo de 2013. Para una cobertura detallada del juicio véase el sitio web de Justice Initiative, del Open Society Institute, “The Trial of Efraín Ríos Montt and Mauricio Rodrí-guez Sánchez” (www.riosmontt-trial.org). El coacusado, José Mauricio Rodríguez Sánchez, ex di-rector de inteligencia militar de Ríos Montt, fue absuelto. La corte sentenció a Ríos Montt a 50 años de prisión por genocidio y a 30 años adicionales por “delitos contra los deberes de la humanidad” o sea violaciones del derecho internacional humanitario. 2 Resumen oral de Yassmín Barrios, presidenta del Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoac-tividad y delitos contra el Ambiente, 10 de mayo de 2013. Véase también “Genocidio: Tribunal con-dena a 80 años a Ríos Montt y absuelve a Rodríguez”, Prensa Libre, 10 de mayo de 2013. Barrios preside uno de los dos tribunales de mayor riesgo creados por la Corte Suprema de Justicia en 2009 a instancias de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) para conocer de casos contra personas poderosas o peligrosas, incluidos individuos sospechosos de las redes de delincuencia organizada. Véase “Guatemalan Court for High Risk Crimes”, The Center for Justice and Accountability, www.cja.org. 3 Véase Ellen L. Lutz y Caitlin Reiger (eds.), Prosecuting Heads of State (Cambridge, 2009), Ap-pendix: List of Prosecutions of Heads of State January 1990 to June 2008, pp. 295 a 99. Esta lista incluye procesos judiciales en tribunales extranjeros. 4 Aryeh Neier, “Will Justice Be Done?” The New York Review of Books, 20 de junio de 2013. 5 Memoria del silencio. Informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, tomo XII, anexo III, junio 1999, p. 235 (en adelante, Memoria del silencio).

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Crisis Group, Informe sobre América Latina N°50, 23 de septiembre de 2013 Página 2

Los cargos de genocidio ponen de relieve la cruda realidad de raza y etnicidad en un país donde la población indígena, que según los censos constituye cerca del 40 por ciento del total de población, continúa siendo abrumadoramente pobre y excluida en gran medida de los niveles superiores del gobierno nacional y el sector empresarial6. Muchos militares retirados y algunos líderes empresariales se mostraron indignados por un dictamen que atribuyeron a presiones extranjeras. La poderosa asociación de cámaras empresariales CACIF (Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Co-merciales, Industriales y Financieras) advirtió que el fallo fomentaría la polarización y pidió a la Corte de Constitucionalidad que anulara la sentencia7.

Diez días después, La Corte de Constitucionalidad hizo precisamente eso: anuló el fallo y la mayoría de los debates orales. Impedidos para volver a conocer un caso en el que ya habían fallado, los magistrados originales se excusaron, lo que significa que el juicio del caso deberá comenzar de nuevo en otra corte. Esto es incluso incier-to, dado que las impugnaciones adicionales podrían dilatarlo indefinidamente. Lo que empezó como un intento histórico por impartir justicia a las víctimas de una de las campañas contrainsurgentes más brutales de América Latina ha tambaleado en medio de acusaciones de favoritismo político e interferencia externa.

No se trata simplemente de la culpabilidad o la inocencia de Ríos Montt. El caso pone al descubierto problemas que también han retardado o descarrilado la justicia en otros casos de alto perfil. Los tribunales guatemaltecos han probado muy a me-nudo ser incapaces de proferir sentencias definitivas a través de procesos judiciales abiertos que respeten los derechos tanto de las víctimas como los de los acusados. El resultado es una cultura de impunidad en la que los delincuentes y criminales pode-rosos tienen poco temor de la justicia y las víctimas poca fe en ella.

En este informe se resalta el vínculo entre la impunidad por los crímenes del pa-sado y la debilidad del Estado de derecho actual, que se deriva sobre todo de la falta de independencia del sistema judicial. Como se analizó en informes anteriores de Crisis Group, Guatemala debe combatir la impunidad mediante el fortalecimiento de la democracia y preparar el terreno para una nación más incluyente e igualitaria capaz de impedir que irrumpa una nueva ronda de violencia letal8.

En primer término, el informe examina el testimonio de las víctimas mayas y el polémico legado de Ríos Montt entre el pueblo Ixil. En seguida aborda el juicio mis-mo y el efímero. Finalmente, el informe analiza las debilidades del sistema jurídico que socavan el progreso hacia el establecimiento de un aparato judicial independien-te e imparcial capaz de brindar a los acusados un juicio justo y a las víctimas una jus-ticia definitiva y concluyente, en especial en los casos de alto perfil.

6 El censo de 2002 (www.ine.gob.gt) clasificó al 39 por ciento de la población como indígena, aun-que algunos grupos defensores de los derechos de los mayas señalan que el censo contabilizó muy por debajo a los pueblos indígenas, que probablemente sean mayoría. Sobre malestar y exclusión, véase Crisis Group, Informe sobre América Latina N°47, Totonicapán: tensión en las tierras indí-genas de Guatemala, del 6 de febrero de 2013. 7 “CACIF pide anular fallo por genocidio contra Ríos Montt”, Prensa Libre, 12 de mayo de 2013. 8 Para análisis previos sobre la impunidad y la violencia en Guatemala, véanse los informes de Crisis Group sobre América Latina N°39, Guatemala: narcotráfico y violencia, del 11 de octubre de 2011; N°36, Aprender a caminar sin muletas: la Comisión contra la Impunidad en Guatemala, del 31 de mayo de 2011; y N°33, Guatemala: Asfixiada entre el crimen y la impunidad, del 22 de junio de 2010.

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II. El caso contra Ríos Montt

A. Los ixiles de El Quiché

Elena De Paz tenía doce años cuando, según afirma, fue violada por soldados. Había ido con su madre a un puesto militar en Tzalbal, donde dijeron que el ejército estaba distribuyendo alimentos entre las familias desplazadas por el conflicto9. En vez de eso, dijo a la corte, los soldados empezaron a violar a muchas de las mujeres que habían llegado buscando ayuda. Primero los soldados agarraron a su madre por el cuello “como si fuera una gallina” para que dejara de gritar, relató a Crisis Group. Después los soldados la atacaron a ella, aunque no recuerda cuántos fueron. Se des-mayó y cuando recobró la conciencia, su madre no estaba10.

Cerca de 100 testigos maya-ixil declararon durante el juicio de Ríos Montt, ofre-ciendo testimonios de primera mano sobre la violencia que, según dijeron, fue perpe-trada por fuerzas militares y paramilitares durante 1982 y 1983 en la zona que circun-da a la población de Nebaj, conocida como el Triángulo Ixil. Entre las declaraciones más espeluznantes figuran las de nueve mujeres, con las cabezas cubiertas con rebo-zos (mantas) para protegerse de los fotógrafos, que describieron cómo ellas mismas habían sido violadas y/o habían presenciado la violación de sus madres, hijas, her-manas o parientes. “La violación sexual fue una práctica generalizada y sistemática realizada por agentes del Estado”, según una comisión de la verdad auspiciada por las Naciones Unidas que recogió los testimonios de las víctimas luego de los acuer-dos de paz de 199611. Como Elena De Paz, muchas víctimas lloraron al contarle a la corte sobre un acto delictivo que en la cultura maya, como en muchas sociedades, es considerado vergonzoso12.

Aunque doloroso, el juicio público permitió a los miembros de la comunidad ixil contar sus historias por primera vez ante una audiencia nacional. “Es un desgaste, pero también es una acción muy reparadora para las y los testigos”, dijo Juan Fran-cisco Soto, director del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), uno de los dos grupos que asistieron al juicio en representación de las víctimas en

9 De Paz no pudo precisar fechas pero dijo que su madre se acercó al puesto a conseguir alimentos, pues había escuchado que el gobierno había prometido parar la matanza. En mayo de 1982, dos meses después de subir al poder, Ríos Montt instó a los ixiles que habían huido a las montañas a que regresaran a sus casas, ofreciendo 30 días de amnistía a los guerrilleros y sus simpatizantes. Sin embargo, “muchos de los que regresaron fueron acusados de colaborar con la insurgencia”; algunos fueron ejecutados. Memoria del silencio, tomo III, Las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia, p. 227; también Virginia Garrard-Burnett, Terror in the Land of the Holy Spi-rit: Guatemala under General Efraín Ríos Montt, 1982-1983 (Oxford, 2010), pp. 69 y 70. 10 Sentencia en el proceso C-01076-2011-00015 que se sigue a José Mauricio Rodríguez Sánchez y José Efraín Ríos Montt, p. 514 a 516 (en adelante, Sentencia). Entrevista de Crisis Group, Nebaj, departamento de El Quiché, 8 de julio de 2013. De Paz dijo a Crisis Group que después de perder a su madre, había sido adoptada por una pareja sin hijos en la población de Tzalbal. 11 Memoria del silencio, tomo III, Las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violen-cia, p.13. 12Sentencia, p. 516. Según la Comisión sobre el Esclarecimiento Histórico: “El sufrimiento de las mujeres víctimas de violación sexual, en la mayoría de los casos, no es conocido ni siquiera por sus familiares–hijos, cónyuge o padres–y en los casos en que es un hecho del que tiene conocimiento la comunidad a la cual pertenecen, es silenciado o negado”, Memoria del silencio, tomo III, Las viola-ciones de los derechos humanos y los hechos de violencia, p. 21.

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calidad de querellantes adhesivos13. Testigos y miembros de la comunidad ixil entre-vistados en Ciudad de Guatemala y Nebaj dijeron que esperaban que otros pudieran entender su sufrimiento a pesar de que expresaron escepticismo respecto del sistema judicial. “Ellos necesitan respetar el dolor de los mayas”, dijo Pedro Bernal Raymun-do, un ixil que asistió al juicio, aunque agregó que la justicia en su país era solo “para los ricos”14.

La violación masiva de los derechos humanos durante el conflicto armado ha sido exhaustivamente documentada por los grupos de derechos humanos nacionales e internacionales, la Iglesia Católica y la Comisión para el Esclarecimiento Histórico auspiciada por las Naciones Unidas15. Las masacres generalizadas y la destrucción de los pueblos indígenas no empezaron con el golpe militar que llevó al poder a Ríos Montt en marzo de 1982. Tampoco la violencia se limitó a las altiplanicies del occi-dente del país. El conflicto comenzó más de dos décadas atrás, en el oriente de Gua-temala, donde oficiales desafectos del ejército conformaron las Fuerzas Armadas Rebeldes (FAR) para combatir al gobierno militar apoyado por los Estados Unidos, operando principalmente en los departamentos mayoritariamente ladinos (no indí-genas) de Izabal y Zacapa16. Miles de personas murieron durante las campañas de “pacificación” de finales de la década de 1960, muchas de ellas víctimas de los escua-drones de la muerte anticomunistas que asesinaban a presuntos simpatizantes de la guerrilla, incluidos políticos, activistas, líderes sindicales y maestros17.

A finales de la década de 1970, la guerrilla había sido prácticamente eliminada en el oriente, mientras un nuevo movimiento surgía en las altiplanicies del norte y el occidente del país18. Entre las primeras comunidades organizadas por el Ejército Guerrillero de los Pobres (EGP) –uno de los cuatro grupos izquierdistas rebeldes–

13 “… del cielo al infierno en una semana”, Plaza Pública, 25 de julio de 2013. Véase www.rios montt-trial.org. 14 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 22 de mayo de 2013. 15 Amnistía Internacional y Americas Watch (hoy Human Rights Watch) publicaron informes basa-dos en testimonios presenciales a comienzos de los años ochenta. “Massive Extrajudicial Executions in Rural Areas under the Government of Efraín Ríos Montt”, Amnesty International, julio de 1982; Cynthia Brown, “Human Rights in Guatemala: No Neutrals Allowed”, Americas Watch, noviembre de 1982. Para un estudio detallado de los abusos cometidos durante el conflicto, véanse Memoria del silencio, op. cit., y Guatemala: Nunca más. Informe del Proyecto Interdiocesano de Recupera-ción de la Memoria Histórica (REMHI). Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guate-mala, 1998 (en adelante, Nunca más). 16 Los fundadores de las Fuerzas Armadas Rebeldes (FAR) eran oficiales leales al presidente Jacobo Árbenz, depuesto por un golpe militar patrocinado por la CIA en 1954. Véase Piero Gleijeses, Shat-tered Hope: The Guatemalan Revolution and the United States, 1944-1954 (Princeton, 1991). 17 Muchos analistas sitúan el comienzo del conflicto armado en 1960, cuando los oficiales del ejérci-to que más tarde crearían las FAR intentaron un golpe de estado, que resultó fallido. Inspirados por la revolución cubana, crearon una guerrilla militar en la Sierra de las Minas varios años más tarde. Las cifras estimadas de bajas durante esta primera fase del conflicto armado varían considerable-mente; por ejemplo, entre 2.800 y 8.000 muertes en las campañas contrainsurgentes en los años 1966 a 1968. Cientos más murieron en 1971 durante el estado de sitio. Patrick Ball, Paul Kobrak y Her-bert F. Spirer, “State Violence in Guatemala, 1960-1996: A Quantitative Reflection”, American Association for the Advancement of Science (AAAS), Science and Human Rights Program, Inter-national Center for Human Rights Research, 1999, pp. 16 y 18. 18 Sobre la segunda oleada del movimiento guerrillero, véanse Timothy P. Wickham-Crowley, Gue-rrillas and Revolution in Latin America: A Comparative Study of Insurgents and Regimes since 1956 (Princeton, 1992), pp. 217 y 218; Garrard-Burnett, Terror in the Land, op. cit., pp. 34 a 42; y Mario Payeras, Los días de la selva (Guatemala, 1998), un recuento de primera mano de un funda-dor del EGP.

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estaban los ixiles, que vivían en asentamientos dispersos en las montañas de El Quiché, uno de los departamentos más pobres. El EGP no solo estuvo implicado en acciones de “justicia revolucionaria” en áreas ixiles –asesinando a propietarios de plantacio-nes y funcionarios locales– sino que también atacó instalaciones militares19. “Eso provocó la inmediata respuesta de la fuerza armada, que ubicó aquella región como el área donde el EGP podía declarar un territorio liberado”, según un estudio del arzobispado de Guatemala20.

Una campaña de tierra arrasada en la zona ixil y en otras regiones mayas estaba en marcha cuando Ríos Montt asumió el poder en marzo de 1982. Además de los asesinatos selectivos de individuos señalados como informantes o colaboradores de la guerrilla, durante el gobierno del presidente Romeo Lucas (1 de julio de 1978 has-ta el golpe del 23 de marzo) fuerzas estatales mataron indiscriminadamente “a quie-nes encontraron en sus casas, en el camino o sus lugares de trabajo”. El ejército tam-bién había empezado a reclutar pobladores en las “patrullas de autodefensa civil”, los que eran forzados a acompañarlo en incursiones en territorios de influencia gue-rrillera y a servir de informantes21.

“La diferencia crucial” entre Ríos Montt y Lucas, escribió el antropólogo David Stoll, fue que Ríos Montt reemplazó el “terror caótico con un conjunto más previ-sible de castigos y recompensas”22. Durante sus primeras semanas en el poder la vio-lencia continuó su escalada, alcanzando 3.300 homicidios en abril. Descendió du-rante la amnistía de un mes en junio, y resurgió de nuevo en julio cuando el gobierno reanudó las operaciones de contrainsurgencia, para descender después de noviem-bre a menos de 500 muertos al mes23.

La nueva estrategia de Ríos Montt fue diseñada para “aumentar el control físico y psicológico” de la población en las zonas de conflicto24. Se ampliaron los programas de acción cívica bajo lemas tales como “fusiles y frijoles” y “techo, trabajo y tortillas”. Las familias desplazadas de las zonas de guerra fueron reunidas en “aldeas modelos” que hacían parte de “polos de desarrollo” diseñados para brindar seguridad, oportu-nidades de trabajo y reeducación25. Como pastor laico evangélico de la Iglesia Cris-tiana Verbo, Ríos Montt también comprometió a misionarios en labores de soco-rro26. Estas campañas le proporcionaron una base política en El Quiché y en otras 19 David Stoll, Between Two Armies: In the Ixil Towns of Guatemala (Nueva York, 1993) pp. 61 a 91. Sobre la violencia de la guerrilla, véase Memoria del silencio, tomo III, Las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia, pp. 430-447. 20 Nunca Mas, tomo III, Entorno histórico, p. 116. 21 Memoria del silencio, tomo III, Las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia, p. 254, tomo II, Las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia, pp. 182-226. 22 Stoll, Between Two Armies, op. cit., p. 111. 23 El mes de abril de 1982 fue al parecer el más violento del conflicto. A finales de 1983, con la guerri-lla prácticamente derrotada, los ataques del ejército disminuyeron. “Por eso muchos campesinos ven el golpe de Estado de Ríos Montt como un momento histórico decisivo. Hasta la fecha [1999], ex patrulleros civiles en zonas rurales pacificadas por Ríos Montt siguen siendo la base política de su partido, el FRG”. “State Violence”, op. cit., p. 41. 24 Héctor Rosada-Granados, Soldados en el poder: proyecto militar en Guatemala, 1944-1990 (Guatemala, 2011), p. 165. Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 7 de junio de 2013. 25 James Dunkerley, Power in the Isthmus: A Political History of Modern Central America (Lon-dres, 1998), p. 496; Garrard-Burnett, Terror in the Land, op. cit., pp. 70 a 74. 26 Para estas iniciativas fue fundamental la Fundación de Ayuda al Pueblo Indígena (FUNDAPI), una ONG financiada e integrada por grupos evangélicos, aunque dependiente de las fuerzas arma-das para el acceso a las zonas de guerra. Virginia Garrard-Burnett, Protestantism in Guatemala: Living in the New Jerusalem (Austin, 1998) p. 149.

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regiones indígenas, lo que facilitó su retorno a la política en la década de 1990 a la cabeza de su propio partido político27.

A pesar del recrudecimiento de la violencia durante sus primeros meses en el po-der, algunos ixiles recuerdan a Ríos Montt como el líder que llevó orden y seguridad a una región extenuada por la violencia de ambos bandos. Ana Brito, una comercian-te, recuerda haber sido bien recibida por los militares: “Estábamos contentos porque nos atendieron bien, nos dieron ropa, alimentación”. Según Jacinto De Paz, un ex patrullero civil, Ríos Montt era “un hombre que, con los pantalones bien puestos, paró a la guerrilla y calmó un poco la guerra”28.

Pero para aquellos que no estaban dispuestos a vivir en aldeas modelos ni a inte-grar patrullas de autodefensa civiles la guerra continuó. Algunos vivieron en condicio-nes precarias en las montañas por más de un decenio, sujetos a bombardeos y al abuso de las fuerzas de seguridad. Muchos no volverían a las aldeas aisladas en donde solían vivir, cerca de su leña y sus cultivos. En su lugar, las familias desplazadas viven aho-ra en asentamientos populosos cerca de las ciudades, como las que se concentraron en las aldeas modelo. “Ríos Montt rompió el tejido social de la comunidad ixil”, dijo Héctor Reyes, un abogado del CALDH. “Creó divisiones que no se han reparado”29.

Elena De Paz vive ahora en las afueras de Nebaj, en una choza de dos habitaciones y piso de tierra construida en un terreno tomado por familias ixiles. Viuda y con cin-co hijos (de diez partos), lava ropa, vende tortillas y cultiva una pequeña milpa (par-cela de maíz). Los vecinos le aconsejaron que no testificara, diciéndole que la podían matar, una advertencia que ella no tuvo en cuenta. (“Que me maten, que me termi-nen como terminaron a mi mamá. ¿Acaso nunca me voy a morir?”) Ella negó con vehemencia los rumores de que los testigos fueron pagados30.

Ana De León, quien vive cerca en un conjunto de chozas construidas a lo largo de un barranco, contó a la corte sobre el incendio de sus casas y el asesinato de su her-mano, que trabajaba en una plantación. Perdió dos hijas –de siete y nueve años–, desaparecidas en medio del caos generado, cuando huían del ejército. Ella presume que fueron asesinadas, a pesar de que sus cuerpos nunca fueron encontrados. Otro hijo suyo murió de hambre en las montañas. Dijo que había testificado por sus hijas, cuyas muertes “me van a doler hasta que me muera”. También quería que Ríos Montt y sus aliados “sientan el sufrimiento que nosotros hemos sufrido”. Su esposo, Joaquín Escobar López, agregó: “Aunque somos pobres, tal vez sin capacidad, pen-samos que nos deben respetar”. Como otras víctimas, se pregunta si la justicia está a la venta. “La gente se pone triste porque esto quiere decir que la ley no se cumple. La ley es juguete”31.

Aunque algunos testigos aseguran que testificarán de nuevo si el juicio se reanu-da, otros no están seguros. Funcionarios indígenas locales dijeron que consideran

27 Ríos Montt creó el Frente Republicano Guatemalteco (FRG) en 1989. A pesar de estar impedido de aspirar a la presidencia de la República por haber liderado un golpe de Estado, durante cerca de veinte años formó parte del Congreso, llegando incluso a presidir la corporación en varias oportu-nidades. Su hija, Zury Ríos, también política, dijo recientemente en una entrevista: “Los ixiles vota-ron por el general Rios Montt de una manera increíble. En Quiché de siete diputados dieron al FRG cinco”, José Luis Sánz, “‘El ejército tenía todas las de ley para ejecutar las acciones necesarias’”, el-faro (www.elfaro.net), 23 de abril de 2013. 28 Entrevista de Crisis Group, Nebaj, 9 de julio de 2013. 29 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 11 de junio de 2013. 30 Entrevista de Crisis Group, Nebaj, 8 de julio de 2013. 31 Entrevista de Crisis Group, Nebaj, 8 de julio de 2013.

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válido el fallo a pesar de la Corte de Constitucionalidad. “La sentencia está aquí”, dijo Miguel De León, un líder indígena en Nebaj, alzando una copia encuadernada de la sentencia. “Esto es sagrado para nosotros, porque es la verdad de nuestros abuelos, nuestras mamás, nuestros hermanos y hermanas, nuestros tíos. Ahí va la verdad de ellos. Que lo nieguen, eso es otro problema”32.

B. El juicio

El juicio de Ríos Montt y su ex jefe de inteligencia militar, José Mauricio Rodríguez Sánchez, se llevó a cabo ante un tribunal presidido por la jueza Yassmín Barrios, una magistrada con experiencia en casos de mayor riesgo y de alto perfil33. Fue en varios sentidos un proceso ejemplar que realzó la transparencia de un sistema acusatorio implementado por primera vez a mediados de los años 199034. Para acomodar al pú-blico y la prensa, el juicio se realizó en un anfiteatro de techos altos utilizado usual-mente por la Corte Suprema, con los magistrados sentados en una tarima situada debajo de un bajorrelieve del escudo de armas de Guatemala.

Los testigos fueron interrogados ante una audiencia integrada por miembros de la comunidad ixil, que escuchaban la traducción por audífonos; los medios de comu-nicación grababan y analizaban el juicio en noticieros de televisión y espacios de opi-nión; publicaciones impresas y en línea ofrecían cobertura diaria y análisis, enviando informaciones de última hora a los seguidores por las redes sociales, como Twitter. También se encontraban seguidores y familiares de los acusados, quienes por consi-deraciones de edad y salud no estuvieron en la cárcel durante el juicio. A Ríos Montt, de 87 años, se le permitió permanecer bajo arresto domiciliario. Rodríguez Sánchez, de 67 años, estaba en un hospital militar.

Los testimonios más dramáticos fueron los de los sobrevivientes ixiles, como Ele-na De Paz, que relataron en detalle la destrucción de sus comunidades. Dijeron haber visto cómo sus parientes, incluidos niños y ancianos, fueron abaleados, golpeados, violados, incinerados o ahogados. Luego de perder sus cosechas y animales, descri-bieron su huida hacia campamentos en las montañas, perseguidos y bombardeados por helicópteros del ejército. Forzados a vivir de lo que podían encontrar, varios tes-timonios se refirieron a niños muertos de hambre o de enfermedades.

Los testimonios personales fueron complementados con pruebas documentales y la opinión experta de 21 antropólogos, arqueólogos y expertos en balística y en ADN, que describieron las pruebas materiales encontradas en más de 100 fosas comunes en el Triángulo Ixil. El director de la Fundación de Antropología Forense de Guate-mala explicó que la evidencia forense combinada con el análisis estadístico indicaba que la mayoría de las víctimas no había muerto como resultado de fuego cruzado 32 Entrevista de Crisis Group, Nebaj, 8 de julio de 2013. 33 Barrios presidió juicios en los que se condenó a las Fuerzas Especiales (conocidas como Kaibiles) por la masacre en Dos Erres en 1982 y a tres ex oficiales militares por el asesinato en 1998 del obis-po Juan José Gerardi, ocurrido dos días después de que su oficina publicara el informe sobre dere-chos humanos Guatemala: Nunca más, op. cit. Cuando presidió el caso Gerardi, arrojaron granadas explosivas al patio de su casa. También se ha ocupado de casos de narcotráfico. Otros dos jueces, Patricia Bustamante y Pedro Xitumul, integraron el tribunal. Para mayor información sobre Ba-rrios, véase la entrevista que le hizo Blanche Petrich, “‘Juzgar a Ríos Montt, avance pese a todo’”, La Jornada, 31 de julio de 2013. 34 Mauricio Duce y Rogelio Pérez-Perdomo, “Citizen Security and Reform of the Criminal Justice System in Latin America”, en Hugo Frühling, Joseph S. Tulchin y Heather Golding (eds.), Crime and Violence in Latin America: Citizen Security, Democracy, and the State (Washington, 2003), p. 77.

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sino en ejecuciones sistemáticas35. Expertos locales y extranjeros examinaron los análisis cuantitativos de los homicidios registrados, las estructuras de mando del ejército, la historia social y el racismo como legado colonial.

La defensa presentó nueve testigos (otros tres fueron retirados porque no compa-recieron). Un testigo que debía hablar sobre el Triángulo Ixil, admitió en un interro-gatorio que no tenía conocimiento de primera mano de los hechos, pues nunca estu-vo en la zona durante el conflicto36. Un vídeo en el que testigos no identificados des-cribían cómo Ríos Montt había dado seguridad a las comunidades indígenas tuvo que ser retirado cuando los fiscales objetaron el anonimato de los testimonios37. Un experto militar pudo haber ayudado a los fiscales cuando confirmó en un contrainte-rrogatorio que, como presidente, Ríos Montt era el comandante de las fuerzas armadas y había autorizado las campañas de contrainsurgencia, aunque negó que el presiden-te tuviera autoridad directa o conocimiento sobre los actos de las tropas38.

Solo dos testigos de la defensa, Harris Whitbeck y Alfred Kaltschmitt, se refirie-ron directamente a la situación en el Triángulo Ixil durante 1982 y 1983. Ambos eran aliados políticos de Ríos Montt que habían trabajado en campañas de acción cívica asistidas por los militares39. Ambos testificaron que el ejército había dado alimentos, refugio y trabajo a los desplazados por la violencia, de la que culpaban a la guerrilla. “La política del Estado en ese momento era ayudar a la población a recuperarse de la guerra”, dijo Kaltschmitt. “[El ejército] estaba ayudando al pueblo ixil. Todos esta-ban hartos de la guerra, y estaban encantados con el ejército”40.

Aunque la defensa presentó pocos testigos, no por ello fue pasiva, entrando en conflicto en repetidas oportunidades con el tribunal. Francisco García Gudiel, quien representó a Ríos Montt al comienzo y al final del juicio, no ocultó su desdén por el caso contra su cliente ni su desprecio por el tribunal. Como abogado defensor de casos de narcotráfico y corrupción de alto perfil, García Gudiel hace alarde de su be-ligerancia: “A mí no me importa quedar bien con el sistema”, dijo en una entrevista. “Sé cómo encontrar los errores que cometen los fiscales y los tribunales. Así es como gano los casos”. Hacia el final del juicio, se mofó de los jueces, diciéndoles “hasta hoy

35 Sentencia, pp. 258 a 260. Entrevista de Crisis Group, Fredy Peccerelli, Ciudad de Guatemala, 19 de junio de 2013. La Fundación (autónoma y sin fines de lucro) hace exhumaciones a petición del Ministerio Público (dirigido por el fiscal general). Peritos de la fundación rindieron testimonio so-bre 114 casos; véase su sitio web, www.fafg.org. 36 Gustavo Porras, ex militante del Ejército Guerrillero de los Pobres, fue comisionado de paz en el gobierno del presidente Álvaro Arzú (1996-2000). Kate Doyle, “Day 19 of Ríos Montt Trial: Defense continues to avoid presentation of proposed expert witnesses as trial comes to a close”, www. riosmontt-trial.org, 18 de abril de 2013. 37 Ibid. 38 Sentencia, p. 357. Omar Archila, “El Comandante General ordenó la elaboración del plan Victoria 82”, elPeriódico, 11 de abril de 2013. 39 Whitbeck, notorio simpatizante del partido FRG en la década de 1990, se pasó al Partido Patriota (actualmente dirigido por el presidente Pérez Molina) y fue durante un breve período su candidato presidencial en 2003 antes de que entrara en una coalición. Alejandra Álvarez, “Harris Whitbeck: me vacuné contra los partidos políticos”, Prensa Libre, 23 de marzo de 2008. Kaltschmitt, empre-sario y columnista de medios, trabajó con FUNDAPI (Véase la nota 26 supra). Para mayor informa-ción sobre los empresarios y religiosos partidarios de Ríos Montt, véase Martín Rodríguez Pellecer, “Los militares y la élite, la alianza que ganó la guerra”, Plaza Pública, 21 de agosto de 2013. 40 Kate Doyle, “As trial nears conclusion defense witnesses absent and hearing cut short”, www. riosmontt-trial.org, 17 de abril de 2013.

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les he ganado en todo”, los llamó “delincuentes” y les gritó: “voy a descargar todas mis fuerzas para verlos tras las rejas”41.

Rodrigo Fernández, abogado e investigador de la Universidad Francisco Marro-quín, dijo que la defensa debió haberse concentrado en el punto más vulnerable de la fiscalía: el tema de la intención. “La esencia de un caso de genocidio es la intenciona-lidad: la fiscalía debe demostrar que los asesinatos tenían como fin la destrucción de un grupo étnico; lo que la defensa tiene que hacer es arrojar dudas sobre esa inten-ción”42. “No fue una defensa sustantiva”, dijo Alejandro Balsells, un especialista en derecho constitucional. “Si habían temas para defender al general. Una buena defen-sa entra al fondo del asunto; no [se hace valer de] trabas procesales”. Incluso Phillip Chicola, portavoz del CACIF y crítico de la fiscalía, calificó el desempeño de la defen-sa de “patético”43.

Sin embargo, lo que sucedió en la corte fue solo una parte de la historia. La defensa estuvo activa tras bambalinas, interponiendo veinte acciones de amparo. Siete de ellas se referían a la admisión de pruebas o testigos44. Dos aducían que los cargos contravenían el derecho a la amnistía que amparaban leyes promulgadas en 1986 y de nuevo en 1996, después de los diálogos de paz45. La petición que finalmente hizo descarrilar el juicio afirmaba que el derecho de Ríos Montt a un juicio imparcial se había violado cuando la jueza Barrios rehusó excusarse del juicio, expulsó a García Gudiel del recinto y solicitó a la defensa del coacusado que se hiciera cargo mientras Ríos Montt conseguía un nuevo abogado46.

García Gudiel rechazó las críticas de que la defensa había carecido de sustancia, señalando que su función no era probar la inocencia del acusado; más bien era función de los fiscales probar su culpabilidad. “¿Cómo me pueden reprochar a mi si la estra-tegia me ha dado la victoria?”, preguntó. “La sentencia no existe”47.

41 Francisco García Gudiel, “Así me convertí en Francisco García Gudiel”, Revista Contrapoder, 11 de junio de 2013. El arrebato del 8 de mayo puede verse en el sitio web www.granitomem.com. “Dictator in the Dock: Ep. #21”, Granito: Cada memoria cuenta. 42 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 18 de junio de 2013. 43 Balsells, profesor de derecho de la Universidad Rafael Landívar, discurso en el “Foro Caso Ríos Montt: perspectivas”, Ciudad de Guatemala, 18 de junio de 2013; Chicola intervino en el mismo acto. 44 Ministerio Público, lista de amparos presentados durante el caso Ríos Montt, 8 de julio de 2013, preparada a solicitud de Crisis Group. Véase la sección III para más información sobre el uso de estas peticiones. 45 El gobierno militar del general Óscar Mejía Victores amnistió (decreto 8-86) todos los delitos po-líticos y comunes conexos cometidos entre 1982 y 1986. La Ley de Reconciliación Nacional (decreto 145-1996) cobija “delitos políticos cometidos en el enfrentamiento armado interno”, pero excluye “genocidio, tortura y desaparición forzada” (www.refworld.org). En una audiencia preliminar, un juez rechazó una solicitud de amnistía en enero de 2012; La Corte de Constitucionalidad rechazó otra petición de amnistía de la defensa tres meses después del veredicto. “Corte guatemalteca rechaza en definitiva la amnistía pedida por Ríos Montt”, Agencia EFE, 13 de agosto de 2013. La Corte de Constitucionalidad está por fuera del sistema de justicia ordinario, encabezado por la Corte Supre-ma, y decide sobre la constitucionalidad de las leyes y de las actuaciones tanto del Estado como de otras entidades. “Guatemala ex-leader Rios Montt to face genocide charge”, BBC News, 27 de enero de 2012. 46 Emi MacLean, “Trial Opens with Statements, Prosecution Witnesses, after Defense Challenges Rejected”, www.rios-montt-trial.org, 20 de marzo de 2013. Véase también la sección II.D. 47 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 19 de junio de 2013.

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C. La sentencia

El 10 de mayo la jueza Barrios leyó un resumen de la decisión del tribunal a la multi-tud que aguardaba de pie en un recinto en el que se encontraban numerosos fotógra-fos y camarógrafos. Ríos Montt fue condenado a 50 años por genocidio y a otros 30 por violaciones del derecho internacional humanitario48. Rodríguez Sánchez fue ab-suelto de ambos cargos sobre la base de que como jefe de inteligencia no tenía man-do alguno sobre los actos de la tropa, por lo que no se le podía responsabilizar de ellos. Cuando Barrios terminó de leer las conclusiones, la multitud rompió en aplau-sos y, en algunos casos, en llanto49.

El fallo escrito tiene 718 páginas e incluye resúmenes de los testimonios y los nombres de las víctimas y de los pueblos y aldeas donde se cometieron las atrocida-des. Entre las acusaciones concretas formuladas contra Ríos Montt figuraba el asesi-nato de al menos 1.771 civiles en una zona que abarca tres municipalidades (Santa María Nebaj, San Juan Cotzal y San Gaspar Chajul), conocida como el Triángulo Ixil, en el departamento noroccidental de El Quiché. El tribunal también concluyó que operaciones militares bajo el mando de Ríos Montt causaron como mínimo el des-plazamiento forzado de 29.000 personas, además de múltiples violaciones, actos de tortura, bombardeo de comunidades civiles y concentración forzada de civiles en campamentos50.

Como presidente y comandante en jefe del ejército, Ríos Montt “participó en el diseño, la orientación, ejecución y supervisión” de operaciones que clasificaron a ciertas comunidades como el “enemigo interno” en parte debido a sus “antecedentes históricos de resistencia a los valores occidentales”, dice la sentencia51. Menciona los dos planes nacionales de contrainsurgencia del gobierno de Ríos Montt –Victoria 82 y Firmeza 83– para demostrar que el objetivo del ejército era despojar a la guerrilla de su base social, es decir, la población indígena local. También cita informes sobre la Operación Sofía que suministraron detalles sobre la estrategia de campaña en El Quiché: según estos documentos, enviados al estado mayor y también por éste, “grupos subversivos” que operaban en la zona se habían ganado el apoyo del “cien por ciento” de la población local52.

El fallo subraya la naturaleza sistemática de los ataques, al afirmar que el ejército participó en masacres y asesinatos indiscriminados, quemó viviendas (a veces con personas adentro) y destruyó cultivos y herramientas. Pone de relieve la violación sexual, concluyendo que fue parte de una estrategia orientada a aterrorizar, humillar y destruir el “tejido social” de las comunidades ixiles53. Según la sentencia, el ejército no solo lanzó ataques físicos contra la población, sino que también atacó la cultura ixil. La concentración de aldeanos desplazados en campamentos, donde les impar-

48 Las condenas son acumulativas, lo que significa que Ríos Montt fue sentenciado a 80 años de cárcel. 49 “Minuto a minuto: tribunal condena a Ríos Montt”, Prensa Libre, 10 de mayo de 2013. Crisis Group asistió a gran parte del juicio, incluida la sesión final. 50 Sentencia, pp. 89 a 91. 51 Sentencia, p. 110. 52 Los documentos de la Operación Sofía están disponibles en hwww2.gwu.edu/~nsarchiv/ guatemala, la página web sobre Guatemala del National Security Archive, una ONG que recolecta y publica documentos desclasificados por el gobierno de los Estados Unidos. 53 Sentencia, p. 689.

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tían clases de “reeducación”, se denominó un esfuerzo de “ladinización”, o integra-ción forzada en la cultura no indígena “nacional”54.

Al hacer hincapié en patrones de represión y planes militares que identificaban a los ixiles como el “enemigo interno”, el tribunal estaba abordando el aspecto más di-fícil de un caso de genocidio: probar la intención. De conformidad con la Convención sobre el Genocidio de 1948, de la que Guatemala es parte desde 1950, y con el código penal, cualquiera de los actos siguientes podría constituir el delito de genocidio: matanza de miembros del grupo; lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; o traslado forzoso de niños fuera del grupo. Sin embargo, estos actos solo constituyen genocidio si los fiscales también demuestran que se perpetraron “con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal”55.

Según el profesor de derecho Alexander Aizenstatd, aunque la defensa sostuvo que las operaciones del ejército fueron diseñadas para derrotar a las guerrillas de iz-quierda y no para destruir a un grupo étnico, el tribunal concluyó que tenían ambos objetivos. No negó que el objetivo general del gobierno era derrotar a las guerrillas de izquierda, pero concluyó que como parte de esa iniciativa más amplia de contra-insurgencia había otra estrategia contra el pueblo ixil, que fue objeto de ataque “no como individuos sospechosos de pertenecer a la guerrilla o de apoyar a la guerrilla, sino como miembros del grupo ixil que el ejército había definido como el ‘enemigo interno’”56.

Es difícil probar el genocidio. En la jurisprudencia internacional no existe un consenso sobre la manera de establecer la “intención de destruir”, especialmente si no hay órdenes explícitas o incitación pública57. ¿Tienen los fiscales que demostrar que la destrucción del grupo era el único propósito o el principal fin de los acusados? ¿O basta con que demuestren que los acusados sabían que el resultado probable de las acciones emprendidas por múltiples razones era la destrucción del grupo? Pocos gobiernos o regímenes generan evidencias documentales similares a las que dejaron

54 Ibid, p. 48. 55 El artículo 376 del Código Penal sigue la Convención de 1948, salvo que no incluye a grupos ra-ciales entre los protegidos. 56 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 21 de junio de 2013. Aizenstatd es abogado en derecho constitucional e internacional y dicta clases en la Universidad Rafael Landívar. Véase también Naomi Roht-Arriaza y Susan Kemp, “The Ríos Montt Judgment in Light of International Law”, www.rios-montt-trial.org, 24 de junio de 2013. Las autoras señalan que el derecho penal in-ternacional, a semejanza de muchos códigos nacionales, establece una diferencia entre motivo e in-tención. “Aunque el motivo era acabar con la guerra de guerrillas, la intención era lograrlo median-te el exterminio de una parte del grupo étnico ixil”. 57 Los reveses recientes de los fiscales que han investigado casos de genocidio en tribunales interna-cionales ponen de relieve la dificultad de asegurar y mantener una condena. El Tribunal Penal Inter-nacional para la ex Yugoslavia (TPIY) absolvió a Radovan Karadžić de uno de los cargos de genoci-dio en junio de 2012; el Tribunal Penal Internacional para Rwanda (TPIR) anuló en febrero de 2013 las sentencias por genocidio de dos ex ministros. “Radovan Karadzic: Prosecutors to appeal over acquittal”, BBC News, 3 de julio de 2012; “Rwanda genocide: ICTR overturns ex-ministers’ convic-tions”, BBC News, 4 de febrero de 2013.

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los nazis en Alemania. Algunos expertos aducen que es suficiente un patrón de accio-nes u omisiones para indicar negligencia criminal58.

Al declarar a Ríos Montt culpable de genocidio, el tribunal estaba explorando un territorio jurídico desconocido por las cortes nacionales en América Latina, por lo cual las acusaciones de genocidio fueron el foco de atención de la mayor parte de la cobertura de los medios de comunicación59. La otra acusación contra el ex general, la violación del derecho internacional humanitario sobre la protección de los civiles, pasó en gran parte desapercibida60. Sin embargo el juicio sobre ese aspecto tampoco tenía precedente en Guatemala –Ríos Montt es el oficial de más alto rango que se ha juzgado como autor intelectual de violaciones masivas de los derechos humanos–, la mayor parte de las personas condenadas hasta el momento han sido soldados que han sido hallados culpables de participar directamente en masacres61.

Por consiguiente, en los medios de comunicación el caso se conoció simplemente como el juicio por genocidio, y los demás delitos quedaron relegados a un segundo plano y escasamente mencionados. El término “condena por genocidio” y una foto-grafía del ex presidente rodeado por la policía de camino a la cárcel acapararon casi toda la primera página de la edición del 11 de mayo de Prensa Libre, el diario no ta-bloide de mayor circulación en Guatemala. Los opositores del juicio también se centra-ron en el genocidio. Con la consigna “No hubo genocidio”, publicaron avisos paga-dos, organizaron manifestaciones, publicaron carteles y crearon una cuenta Twitter; quienes apoyaban la acusación emprendieron una campaña similar, con la consigna “Sí hubo genocidio”.

Aunque manifestó apoyo a la independencia judicial, el presidente Otto Pérez Molina, un ex general que prestó servicio en el Triángulo Ixil cuando era un joven oficial a comienzos de la década de 1980, también se pronunció en contra de la acu-sación. “Nunca hubo una política, nunca hubo un documento, y yo personalmente nunca recibí una orden de masacrar a una población”, dijo, en medio de aplausos, cuando le preguntaron sobre el tema en un foro empresarial el día anterior a que

58 Sobre el establecimiento de la intención genocida, véase el informe de las Naciones Unidas de 1985, de Benjamin Whitaker, “Informe revisado y actualizado sobre la cuestión de la prevención y sanción del delito de genocidio”, E/CN.4/Sub.2/1985/6, párr. 39. Para una opinión crítica, véase Timothy W. Waters, “Never Again to Genocide Charges”, Project Syndicate, 27 de julio de 2012. Kai Ambos examina la teoría y la jurisprudencia recientes en “What does ‘intent to destroy’ in genocide mean?” International Review of the Red Cross, vol. 91, no. 876 (diciembre de 2009), pp. 833 a 858. 59 Un tribunal boliviano utilizó el término “genocidio” en 1993 cuando condenó al ex dictador Luis García Meza por la masacre de ocho líderes de la oposición, aunque el asesinato de opositores polí-ticos no se ajusta a la definición del genocidio en el derecho internacional. http://articles.latimes. com/1993-04-22/news/mn-25822_1_garcia-meza. Para los demás países de América Latina, véase Naomi Roht-Arriaza, “Prosecutions of Heads of State in Latin America”, en Lutz y Reiger (eds.), op. cit., p. 60. 60 En el Código Penal de Guatemala, artículo 378, el cargo es “delitos contra los deberes de la hu-manidad”. El lenguaje se refiere sobre todo a crímenes de guerra pero también a “cualquier acto inhumano contra población civil”. 61 Solo unos pocos oficiales superiores han sido condenados en Guatemala por abusos contra los derechos humanos. En 2004, el coronel Juan Valencia Osorio del Estado Mayor Presidencial fue sentenciado a 30 años de prisión por el asesinato de Myrna Mack, una antropóloga que estudiaba el desplazamiento forzado en los departamentos de El Quiché y Alta Verapaz. Escapó de la custodia y es fugitivo de la justicia. En casos separados en 2009, un ex coronel fue condenado por la desapari-ción forzada de seis personas en 1981 y un ex teniente fue condenado por la masacre de Dos Erres. “Soldados guatemaltecos sentenciados a 6.060 años por la masacre de Dos Erres en 1982: un paso hacia la justicia”, Washington Office on Latin America, 5 de agosto de 2011.

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comenzara el juicio62. En uno de los momentos más polémicos del juicio, un testigo lo vinculó a matanzas en la región, al alegar que “el mayor Tito Arias” –un seudóni-mo que Pérez Molina utilizó durante el conflicto– había ordenado quemar viviendas y ejecutar a sus habitantes. El presidente negó las acusaciones63.

D. La anulación

Si bien los grupos de derechos humanos celebraron la sentencia como una victoria histórica, el fallo fue inmediatamente calificado de venganza política por algunos mi-litares veteranos y por el CACIF, la asociación gremial, que acusó a la “comunidad internacional” de presionar a los tribunales y se declaró en “sesión permanente” para analizar las repercusiones de una decisión que, según advirtió, “fomentaría la polari-zación”64. Cuando estaba por terminar el juicio, el CACIF organizó una campaña en los medios de comunicación con el fin de suscitar una oposición nacionalista a los cargos: “aceptar que el Estado es genocida nos implica todos”, decía65.

La sentencia estuvo vigente durante diez días: el 20 de mayo, la Corte de Consti-tucionalidad la anuló por razones procedimentales, en una decisión de tres votos contra dos. Esto significa que los dos acusados pueden tener que comparecer nue-vamente en un juicio, pese a que Rodríguez Sánchez salió absuelto. Los defensores de los derechos humanos y los grupos de víctimas denunciaron la decisión como viciada, acusando a la corte de haber sucumbido a presiones externas que la llevaron a revocar un fallo histórico por cuestiones técnicas. Amnistía Internacional criticó lo que llamó “un golpe devastador para las víctimas de graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto”66. En una declaración conjunta, los activis-tas locales de derechos humanos condenaron lo que calificaron como una “acción ilegal y maliciosa” y un “gigantesco agravio a las víctimas sobrevivientes que han creído en la justicia”67.

Un incidente ocurrido el 19 de marzo, el primer día del juicio oral, provocó la anu-lación. Ese día, Ríos Montt llegó con un nuevo abogado, García Gudiel, tras haber despedido a su equipo de abogados defensores esa misma mañana. García Gudiel pi-dió que se suspendiera el juicio durante cinco días para prepararse (petición que fue denegada) y luego pidió que la presidenta de la corte se excusara del caso sobre la base de que los dos habían tenido un enfrentamiento en un caso anterior. La jueza Barrios se negó y, cuando García Gudiel siguió discutiendo, lo expulsó de la sala. En-seguida ordenó a un abogado de Rodríguez Sánchez que defendiera a Ríos Montt mientras éste conformaba un nuevo equipo jurídico68.

Aunque al día siguiente Ríos Montt volvió a llevar a miembros de su anterior equipo de defensa y el propio García Gudiel fue reincorporado varias semanas des- 62 “Conservadores insisten en que no hubo genocidio”, Agencia EFE, 20 de marzo de 2013. 63 Sonia Pérez Díaz, “Guatemala war trial puts past closer to president”, Associated Press, 9 de abril de 2013. 64 Álvaro Montenegro, “El CACIF le pide a la CC la anulación de la condena contra Ríos Montt”, el-Periódico, 13 de mayo de 2013. 65 “¡AHORA DICEN QUE LOS GUATEMALTECOS SOMOS GENOCIDAS!”, www.cacif.org.gt. 66 “Guatemala annuls Ríos Montt’s genocide conviction”, BBC News, 21 de mayo de 2013. 67 “Defensores de DD.HH. califican de ‘ilegal’ la anulación de la sentencia a Ríos Montt”, Agencia EFE, 22 de mayo de 2013. 68 Emi MacLean, “Trial opens with statements, prosecution witnesses, after defense challenges rejected”, www.riosmontt-trial.org, 20 de marzo de 2013. Véase también Oswaldo J. Hernández, “El preámbulo de los abogados”, Plaza Pública, 20 de marzo de 2013.

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pués, esas horas del primer día del juicio en que el general no tuvo un abogado elegi-do por él que lo representara fueron determinantes. La Corte de Constitucionalidad anuló técnicamente solo la parte del juicio que se llevó a cabo después del 19 de abril, el día en que la corte que se ocupaba del caso supuestamente no obedeció un fallo de la Corte de Apelaciones que ordenaba que se remediara la violación del debido pro-ceso69. Sin embargo, el tribunal original no pudo seguir conociendo el juicio debido a que no podía volver a juzgar un caso sobre el cual ya había fallado, y el caso se tras-ladó a un nuevo tribunal que tiene que reiniciar el proceso70.

El abogado Héctor Reyes, especializado en derechos humanos, criticó la decisión: “No se puede anular la mitad de un juicio y volver a asignar el caso a jueces que ya han dado una sentencia”, dijo. “[Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad] han debido decir claramente lo que estaban haciendo y afrontar las consecuencias políticas”71. “No querían decir que estaban anulando el juicio, pero eso fue lo que hi-cieron”, comentó Ernesto Archila Ortíz, un especialista en derecho penal72.

El fallo por el que se declaró parcialmente nulo el juicio suscitó fuertes objeciones de los magistrados que se pronunciaron en contra, quienes acusaron a la mayoría de ordenar un remedio desproporcionado y de abusar de su autoridad al interferir en una controversia que debería haberse dirimido por conducto del proceso de apela-ción establecido en el Código de Procedimiento Penal73. Uno de ellos, Mauro Chacón, también indicó que el abogado que presentó la moción pidiendo que la jueza Barrios se excusara de participar en el juicio, se unió al equipo de defensa después de inicia-do el proceso y cuando ya se había vencido el plazo para que los abogados pidieran un nuevo tribunal, “con el único objetivo de entorpecer el caso”. La otra magistrada, Gloria Porras, acusó a la mayoría de haber tergiversado los hechos ocurridos en el juicio y calificó el fallo de “devastador” para el sistema judicial y “especialmente para las víctimas que han confiado en ese sistema”74.

El fallo también mereció las críticas virulentas de Jorge Mario García Laguardia, ex presidente de la Corte de Constitucionalidad. “Manifiesta una crisis total del es-tamento jurídico del país desde todos los niveles”, dijo en una entrevista de prensa. “La Corte de Constitucionalidad se excedió [en sus funciones]. No tenía porqué re-solver la anulación de un juicio”75.

Según García Laguardia y otros analistas jurídicos, el caso Ríos Montt puso de manifiesto la tergiversación del amparo, una acción que tiene como fin proteger los

69 Incluso sobre este particular hay controversia: según informes noticiosos, la Corte de Apelaciones dijo el día del veredicto que la reincorporación de García Gudiel bastaba para subsanar el problema. Emi MacLean, “Uncertainty hovers over next stages in historic Guatemala genocide case after Con-stitutional Court overturns conviction”, www.riosmontt-trial.org, 28 de mayo de 2013. Oswaldo Hernández, “El juicio que deberá regresar en el tiempo”, Plaza Pública, 21 de mayo de 2013. 70 Jerson Ramos, “Sala cambia tribunal en caso por genocidio”, Prensa Libre, 5 de junio de 2013. 71 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 11 de junio de 2013. 72 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 12 de junio de 2013. Archila es director de in-vestigaciones del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG). 73 Corte de Constitucionalidad, votos razonados, magistrados Gloria Patricia Porras Escobar y Mau-ro Roderico Chacón Corado, 20 de mayo de 2013. Véase también, Emi MacLean, “Uncertainty ho-vers”, op. cit. 74 Byron Rolando Vásquez, “Surgen dudas en fallo de Corte de Constitucionalidad”, Prensa Libre, 24 de mayo de 2013. Según esta fuente noticiosa, grabaciones de audio del juicio corroboran el ar-gumento de la magistrada Porras de que la mayoría tergiversó lo que había sucedido en la corte. 75 Gerson Ortíz, “La CC no tenía porqué resolver la anulación de un juicio”, elPeriódico, 26 de mayo de 2013.

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derechos constitucionales de las personas. “El amparo no es malo”, dijo García La-guardia. “Funciona bien en muchos países. Lo malo es la conducta de quienes apli-can la institución”. Según Archila, el instrumento está siendo empleando de manera “malintencionada” por los abogados para impugnar “todas las decisiones de proce-dimiento”. En vez de rechazar las peticiones por “frívolas e improcedentes”, dijo, “las cortes simplemente las aceptan”76. Los abogados compiten por “ahogar” al sistema en amparos, dijo Rodrigo Fernández. “Lo que debería ser un remedio extremo se ha convertido en norma”77.

76 Entrevistas de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 12 de junio de 2013. 77 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 18 de junio de 2013.

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III. La justicia bajo presión

A. Litigios maliciosos

Surgido en México a mediados del siglo XIX, el amparo es un instrumento jurídico que permite a los particulares solicitar a las cortes la protección de sus derechos constitucionales78. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala que el amparo constituye “uno de los pilares básicos no solo de la Convención [Inter] Ame-ricana de Derechos Humanos sino del propio Estado de derecho en una sociedad democrática”79. Guatemala fue el segundo país en introducir el recurso, en 1879, y posteriormente fue adoptado en toda América Latina para remediar rápidamente las violaciones de los derechos fundamentales80.

A diferencia de otros países, Guatemala no limita el amparo a determinados de-rechos fundamentales, aunque se supone que para recurrir a él “deben previamente agotarse los recursos ordinarios judiciales y administrativos”81. Incluso si las cortes concluyen que un abogado ha presentado peticiones “frívolas o notoriamente impro-cedentes”, la única sanción es una multa que fluctúa entre 50 y 1.000 quetzales (aproximadamente entre 6,50 y 130 dólares de los Estados Unidos)82. Según el magis-trado Chacón, la Corte de Constitucionalidad está “saturada” por el número de recur-sos de amparo que tiene pendientes: “Conocemos de todo tipo [de amparos]: econó-micos, judiciales, políticos, sociales… y hasta religiosos”83.

El uso de este recurso parece estar aumentando. Entre 2004 y 2008, la Corte de Constitucionalidad se ocupó de una media anual de 3.170 casos, incluidos 2.667 am-paros. Un estudio del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Gua-temala (ICCPG) reveló que durante esos años, las sentencias sobre los amparos que se interpusieron ante la más alta corte demoraron en promedio 441 días. Uno de ellos tardó cuatro años84. Según un funcionario de la entidad, la Corte de Constitu-cionalidad se ocupa actualmente de entre 5.000 y 5.500 casos al año, de los cuales más de las tres cuartas partes son amparos85. Esta inundación de peticiones la han 78 Esto contrasta con los Estados Unidos, por ejemplo, donde los derechos constitucionales son pro-tegidos en los juicios mediante reglas generales de procedimientos, como el proceso de apelaciones. Véase Gretchen Helmke y Julio Ríos-Figueroa (eds.), Courts in Latin America (Cambridge, 2011), p. 31. 79 Citado por Allan R. Brewer-Carías, Constitutional Protection of Human Rights in Latin Ameri-ca: A Comparative Study of Amparo Proceedings (Nueva York, 2009), p. 8. 80 Ibid, p. 5. Según la ley guatemalteca, el amparo se utiliza para todos los derechos constituciona-les, incluido el de habeas corpus. El artículo 265 de la Constitución establece que “no hay ámbito que no sea susceptible de amparo, y procederá siempre que los actos, resoluciones, disposiciones o leyes de autoridad lleven implícitos una amenaza, restricción o violación a los derechos que la Cons-titución y las leyes garantizan”. 81 El artículo 19 de la Ley de amparo establece que para pedir amparo deben previamente agotarse todos los demás recursos. 82 Las multas establecidas en virtud del artículo 46 de la Ley de amparo no han aumentado desde que la asamblea constituyente las promulgó en 1985. Incluso, los abogados rara vez pagan estas sumas nominales. Gerson, “Los abogados evaden pagar multas por amparos frívolos”, La Hora, 2 de mayo de 2009. 83 Citado en Byron Rolando Vásquez, “Corte está saturada por miles de amparos”, Prensa Libre, 2 de abril de 2013. 84 Miguel Ángel Urbina Martínez, “Duración de la acción de amparo en el sistema jurídico guate-malteco”, El Observador Judicial (mayo-diciembre de 2008), pp. 11 a 13. 85 Entrevista de Crisis Group con un funcionario de la corte, Ciudad de Guatemala, 8 de agosto de 2013, quien agregó que menos de la mitad de los amparos interpuestos en el último año se han re-

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convertido en un “supertribunal”, señaló la organización no gubernamental Impu-nity Watch, que tiene “el poder omnipotente de fallar sobre cualquier caso judicial, independientemente de su naturaleza original (civil, penal, fiscal, laboral, etc.). [Los casos no pueden] considerarse concluidos sino hasta cuando la Corte de Constitu-cionalidad emite un fallo”86.

La presentación de múltiples peticiones se ha convertido en una manera de demo-rar la imposición de sentencias, o inclusive evitarlas por completo. Según un análisis realizado en el año 2000 sobre la reforma judicial después del conflicto, los amparos “son a menudo de forma o inexactos y están claramente diseñados para obstruir el curso de la justicia”87. “La impunidad estructural en Guatemala se ve fomentada en la tramitación displicente por parte de las autoridades judiciales de recursos notoria-mente frívolos cuyo objetivo es obstruir la justicia”, señaló la Comisión Interameri-cana de Derechos Humanos en 200388. La Corte Interamericana de Derechos Huma-nos citó el abuso del amparo cuando emitió su fallo contra el gobierno de Guatemala en el caso del asesinato de Myrna Mack (2003) y en el caso de la masacre de Dos Erres (2009). En el primero, los abogados de la defensa interpusieron 14 amparos, que finalmente fueron rechazados; en el segundo, 24 de por lo menos 33 amparos inter-puestos fueron rechazados89.

Los narcotraficantes que enfrentan cargos en su contra también utilizan esta tác-tica, al igual que otros acusados con recursos. Desde que Claudia Paz y Paz asumió el cargo de fiscal general a fines de 2010, las autoridades han arrestado a 11 individuos acusados de narcotráfico en los Estados Unidos. Cinco fueron extraditados, pero los más prominentes, Juan Ortíz (“Chamalé”) y Waldemar Lorenzana, han eludido la extradición desde hace más de dos años90. Ortíz dirigía presuntamente operaciones de droga para el cartel de Sinaloa a lo largo de la frontera con México. Aunque un tribunal aprobó su extradición en febrero de 2012 –casi un año después de su arresto en una operación conjunta de las autoridades guatemaltecas y la Oficina Antinarcó-ticos de los Estados Unidos–, sus abogados han dilatado el juicio mediante la inter-posición de amparos y apelaciones. Lorenzana, presuntamente el patriarca de una importante familia del crimen organizado del oriente de Guatemala, fue arrestado en

suelto. El amparo también se puede utilizar para impugnar leyes promulgadas por el Congreso. Por ejemplo, la Corte de Constitucionalidad ha recibido 32 peticiones contra una ley de reforma fiscal de 2012. Vásquez, “Corte está saturada”, op. cit. 86 “Regulatory and Practical Obstacles to Justice in Guatemala”, Impunity Watch, marzo de 2013, p. 6. La interposición de un amparo no necesariamente detiene los procesos, pero mientras no se haya resuelto la petición el resultado del juicio es incierto. 87 Rachel Sieder, “Renegotiating ‘Law and Order’: Judicial Reform and Citizen Responses in Post-war Guatemala”, Democratization, vol. 7, no. 1 (Spring 2000), p. 148. 88 “Justicia e inclusión social: Los desafíos de la democracia en Guatemala”, p. 14. 89 Juicio Myrna Mack Chang (2003), p. 40. Juicio Dos Erres (2009), pp. 33 a 38. En Dos Erres, la corte ordenó a Guatemala que reformara la ley de amparo; no lo ha hecho. 90 Sara Solórzano, “Con argucias legales frenan extradición de supuestos narcos”, Diario de Centro América, 19 de noviembre de 2012; Steven Dudley, “Guatemala traffickers exploit legal tool to fight extradition”, Insight Crime, 7 de febrero de 2012; Hugo Alvarado, “Mujer fue extraditada a EE. UU. por narcotráfico”, Prensa Libre, 9 de febrero de 2013. Correspondencia por correo electrónico de Crisis Group con el Ministerio Público, 21 de agosto de 2013.

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abril de 2011. Sigue en una cárcel de Guatemala, pese a que un tribunal menor y una corte de apelaciones aprobaron su extradición91.

El éxito de un abogado defensor en Guatemala no se debe a su elocuencia o sus conocimientos académicos, dijo Fernández, el abogado e investigador: “Uno puede ser una eminencia jurídica pero no ganar ningún caso. El abogado mejor preparado no es el que gana; gana el que sabe cómo explotar los defectos del sistema”92. El re-sultado es un sistema judicial en el que incluso es difícil obtener una sentencia. “Acá una sentencia absolutoria o condenatoria es un lujo”, escribió el especialista jurídico Alejandro Balsells Conde. “Los procesos no se ganan por razones ni con sentencias. Se vence por cansancio”93.

B. Jueces débiles

La dificultad para obtener sentencias, incluso en casos que llegan a juicio, contribuye a reforzar la percepción de que los jueces –junto con los policías y los fiscales– se de-jan sobornar. La falta de confianza en el sistema de justicia es un problema que aqueja a gran parte de América Latina, pero Guatemala es uno de los países en don-de los ciudadanos expresan menos fe en el sistema judicial94. Aunque los jueces no tienen una imagen tan negativa como la policía, los partidos políticos o el Congreso, merecen menos confianza que los gobiernos locales, el presidente, el procurador de derechos humanos o las autoridades electorales. Las instituciones que disfrutan de mayor legitimidad son las que se perciben por lo general como no manchadas por la política o los intereses privados, como las iglesias católicas y evangélicas y los milita-res. La falta de fe en el sistema de justicia también explica otra conclusión perturba-dora: los guatemaltecos son los latinoamericanos que manifiestan un mayor apoyo a la justicia por propia mano, con un 39 por ciento que cree que los ciudadanos deben hacer justicia si el Estado no castiga a los delincuentes y criminales95.

En su informe “Los jueces de la impunidad”, la CICIG analizó sentencias que ca-recían de “lógica” y de un “análisis jurídico profundo”, además de algunas tan “in-tencionalmente sesgadas, parcializadas o abiertamente contrarias a la ley que son constitutivas de prevaricato”96. La percepción de que los jueces son en el mejor de los casos ineptos y en el peor parcializados o corruptos alienta a los abogados a utili-zar todos los recursos jurídicos a su disposición, dicen los expertos. “Muchos aboga-dos piensan quizá que si no lo hacen… no están defendiendo a sus clientes con sufi-ciente celo”, dijo Aizenstatd97. El cinismo frente al organismo judicial ha propiciado una actitud carente de restricciones, dijo Fernández. “Si cree que la justicia es arbi-

91 “Defensa de Juan Ortíz “Chamalé” apela extradición a Estados Unidos”, Prensa Libre, 7 de marzo de 2012. “Tribunal confirma extradición de Waldemar Lorenzana hacia EE. UU.”, Agencia EFE, 29 de enero de 2013. 92 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 18 de junio de 2013. 93 Alejandro Balsells Conde, “Acá no hay sentencias”, Prensa Libre, 22 de mayo de 2013. 94 Stefanie Herrmann, Dillon MacDonald y Robert Tauscher, “Confidence in the Criminal Justice System in the Americas”, Americas Barometer Insights: 2011, no. 62, p. 1. En Guatemala, el 35,6 por ciento de los encuestados expresó confianza en el sistema de justicia. Solo México (35,6 por ciento), Perú (34,8 por ciento) y Ecuador (30,5) tuvieron un puntaje similar o inferior. 95 “Cultura política de la democracia en Guatemala y en las Américas, 2012: Hacia la igualdad de opor-tunidades”, Latin American Public Opinion Project (LAPOP), diciembre de 2012, pp. 149, 150 y 233. 96 “Los jueces de la impunidad”, 28 de noviembre de 2012, p. 92. 97 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 21 de junio de 2013.

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traria, uno tiene que defender a su cliente con uñas y dientes. Si cree que el sistema es tramposo, tiene que tender trampas”98.

Los jueces mismos son víctimas de un sistema que no les proporciona los recur-sos, la capacitación y la independencia que requieren. En los rangos más bajos, la Corte Suprema nombra a los jueces de los tribunales y los jueces de paz por períodos de cinco años, en procesos de selección criticados por su falta de transparencia99. Con arreglo a la ley de la carrera judicial del año 1999, la corte “debe” tener en cuen-ta las evaluaciones de “rendimiento y comportamiento profesional” al aprobar los nombramientos, pero no siempre lo hace: algunos jueces que han recibido excelen-tes evaluaciones han tenido que interponer también amparos para que les den los empleos que les negaron100. Según un estudio publicado en 2010 por un centro de investigación guatemalteco, también es “voz popular” que se utilicen traslados a luga-res remotos o indeseables para “castigar” a jueces de tribunales. En el mismo estudio se critica la capacitación rudimentaria que reciben los nuevos jueces, poniendo de relieve que muchos de ellos ya tenían la desventaja de haber recibido una educación jurídica deficiente en las facultades de derecho “sobrepobladas” del país101.

Según el magistrado García Laguardia, ex presidente de la Corte de Constitucio-nalidad, el hecho de no crear un proceso claro de nombramientos y ascensos en el sistema judicial significa que la selección de jueces es “improvisada”. Los nuevos nombramientos que se realizan cada cinco años debilitan la judicatura, pues ponen a los jueces de los tribunales a merced de la Corte Suprema y todos los magistrados que-dan vulnerables a intereses externos102. Un especialista en derecho penal describió el sistema de selección como deliberadamente “pervertido… funciona como quieren que funcione: la idea es mantener débiles a los jueces y proteger los privilegios”103.

La interferencia política en los nombramientos judiciales es especialmente evi-dente durante el proceso de selección de los miembros de las más altas cortes. De conformidad con la Constitución, tanto los 13 miembros de la Corte Suprema como los magistrados de la Corte de Apelaciones son nombrados por el Congreso entre candidatos designados por un comité que incluye a representantes de las universi-dades, las facultades de derecho, el colegio de abogados y los tribunales de apela-ción104. Las pugnas políticas por integrar las comisiones de postulación son intensas. Según un estudio realizado por la CICIG sobre el proceso de 2009 para elegir a los miembros de la Corte Suprema, la campaña empezó dos años antes y los partidos

98 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 18 de junio de 2013. 99 “Ilegal atentado contra la carrera judicial”, Fundación Myrna Mack, 24 de mayo de 2010. 100 “Misión a Guatemala: informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy”, Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 1 de octubre de 2009, p. 12. 101 ”La carrera profesional en la administración de justicia: sexto estudio: Proceso de fortalecimien-to del sistema de justicia, avances y debilidades, 2008-2010”, Asociación de Investigación y Estudios Sociales/Fundación Konrad Adenauer, noviembre de 2010, pp. 49, 73 y 74. 102 Entrevista de Crisis Group, Ciudad de Guatemala, 12 de junio de 2013. 103 Entrevista de Crisis Group, Ernesto Archila Ortíz, ICCPG, Ciudad de Guatemala, 12 de junio de 2013. 104 Constitución, artículo 215. Gladys Annabella Morfin Mansilla, “Selección de magistrados en Guatemala: ¿Es posible la prevalencia del Estado de Derecho?” Aportes DPLF: Revista de la Fun-dación para el Debido Proceso, p. 14. La Corte Suprema, el Congreso, el presidente de la República, la Universidad de San Carlos (la universidad pública) y el colegio de abogados designan cada uno directamente a un magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad y a su suplente por un período de cinco años; Constitución, artículo 269.

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políticos invirtieron grandes sumas en “propaganda electoral” para promover a sus candidatos, particularmente en el colegio de abogados105. Según el estudio de 2010 del centro de investigación, gran parte de la financiación proviene de firmas de abo-gados empresariales que tienen vínculos con los partidos, con intereses empresaria-les y con la delincuencia organizada. Los posibles candidatos que se consideran “demasiado independientes” son objeto de campañas de desprestigio106.

En 2009 se promulgó una ley con el fin de hacer más objetivo y transparente el proceso de selección. Entre los cambios que introdujo está un sistema de calificación de los candidatos y el requisito de que las comisiones de postulación se reúnan en sesiones públicas107. No obstante, los críticos afirman que se necesitan más refor-mas, como exigir a los candidatos potenciales que divulguen los nombres de quienes financian sus campañas, proporcionar a las comisiones los recursos necesarios para verificar los antecedentes de los candidatos y alentar una mayor participación de los grupos indígenas y las mujeres en el proceso108.

Pese a la nueva ley, el último ciclo de postulaciones de 2010 se vio envuelto en controversias. El fiscal general Conrado Reyes fue obligado a dejar el cargo menos de un mes después de haberse posesionado, luego de que la CICIG y grupos fiscalizado-res de la sociedad civil lo acusaran de tener vínculos con la delincuencia organiza-da109. El magistrado de la Corte Suprema de Justicia Erick Álvarez siguió en el cargo a pesar de las fuertes críticas que recibió de numerosas organizaciones no guberna-mentales110.

105 “Informe: Proceso de elección de magistrados a la Corte Suprema de Justicia y cortes de apela-ciones y otros tribunales colegiados de igual categoría año 2009”, CICIG, pp. 44 y 48. 106 “La carrera profesional en la administración de justicia”, op. cit., pp. 69 a 71. La Relatora Espe-cial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados también advirtió que la delincuencia organizada podría influir en el proceso de selección. “Consulta subregional so-bre la independencia del Poder Judicial en América Central: Informe de la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Gabriela Knaul”, Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 2 de abril de 2013. 107 Ley de comisiones de Postulación, decreto 19-2009 (3 de junio de 2009). 108 Se presentó al Congreso un proyecto de ley para reformar la ley de comisiones de postulación pero, como se señala más adelante, debido al impasse político respecto de esta cuestión y otras más es improbable que se apruebe. La Iniciativa 447 puede consultarse en www.lexglobal.com/documentos/ 1351881689.pdf. Para información adicional, véanse “Propuesta de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES) en relación a la Iniciativa 4471 que dispone aprobar reformas a la Ley de Comisiones de Postulación Decreto 19-2009 del Congreso de la República”, www.asies.org.gt; y “Comentarios de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Huma-nos en Guatemala a la iniciativa 4471 que dispone aprobar reformas al decreto número 19-2009 del Congreso de la República, Ley de Comisiones de Postulación”, www.ohchr.org.gt. 109 En medio de crecientes protestas contra Reyes, la Corte de Constitucionalidad pidió a los miem-bros de las comisiones de postulación que renunciaran y que se designaran nuevas comisiones. Olga López, Leonardo Cereser y Geovanni Contreras, “La CC anula elección del fiscal Conrado Reyes”, Prensa Libre, 11 de junio de 2010. Reyes negó las acusaciones pero acató el fallo de la corte. “Gua-temala attorney general ousted”, The New York Times, 11 de junio de 2010. 110 “Comunicado de ONGs guatemaltecas apoyando la demanda de renuncia de Erick Álvarez, pres-idente de la Corte Suprema de Justicia”, 4 de agosto de 2010, publicado en protectiononline.org. Véase también Coralia Orantes, “Sociedad Civil exige renuncia de Erick Álvarez”, Prensa Libre, 3 de agosto de 2010.

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Varios ciclos judiciales terminan en 2014: el fiscal general y los miembros de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones deben ser ratificados o reemplazados111. Aunque los partidarios de la reforma del sistema están promoviendo la promulga-ción de leyes que hagan más transparente el proceso, esto es poco probable que suceda dada la situación de impasse que caracteriza a un Congreso polarizado112. El gremio empresarial se está preparando para pelear, sobre todo contra la ratificación en el cargo de la fiscal general Paz y Paz, que creó controversias por el enjuiciamiento de Ríos Montt y otros casos de derechos humanos de alto perfil. La elección de magis-trados y fiscal general en 2014 será “la madre de todas las batallas”, vaticinó Phillip Chicola, del CACIF113.

La CICIG desempeñó una función importante al investigar a los candidatos en 2010, pero en los últimos tiempos la comisión internacional se ha visto afectada por controversias y debilitada por reveses judiciales, como su fracaso al no haber podido obtener la condena del ex presidente Alfonso Portillo por cargos de corrupción114. Durante los últimos dos años de su mandato la encabezará un ex magistrado de la Corte Suprema de Colombia, Iván Velásquez, nombrado por las Naciones Unidas en septiembre de 2013. Velásquez, un magistrado con una actitud firme contra la co-rrupción que expuso vínculos entre legisladores y grupos paramilitares, tendrá que trabajar rápidamente para iniciar o concluir investigaciones sobre las organizaciones ilícitas para cuyo desmantelamiento se creó la CICIG115.

“Las condiciones no son las mismas de 2009”, dijo el politólogo Renzo Rosal. La sociedad civil “está erosionada, golpeada y dividida por las controversias en torno a la CICIG y el juicio de Ríos Montt”. Mientras que los partidos políticos, los abogados y los gremios empresariales e industriales parecen estar mejor organizados que an-tes y estar más decididos a asegurar candidatos que favorezcan sus intereses, dijo, “la sociedad civil ni siquiera ha sido invitada a la fiesta”116.

111 En 2014 las comisiones también deben designar a los candidatos al Tribunal Supremo Electoral y a contralor general. Sergio del Águila, “Urgen a reformar Ley de Comisiones de Postulación”, Siglo21, 8 de mayo de 2013. 112 Jessica Osorio, “El clamor por cambios a ley de postulación”, Siglo21, 4 de julio de 2013. 113 Phillip Chicola, “Lo que se nos viene: La sentencia por genocidio es un parte aguas en todo sen-tido”, elPeriódico, 14 de mayo de 2013. 114 En 2011, un funcionario de la CICIG presuntamente presionó a un magistrado de la Corte de Constitucionalidad para que fallara a favor de la extradición del ex presidente Alfonso Portillo a los Estados Unidos. Según informaciones de prensa, el funcionario ya no está en Guatemala y el comi-sionado ofreció disculpas, diciendo que se había tratado de un malentendido. No se sabe a ciencia cierta quién filtró documentos relacionados con este incidente ocurrido hace dos años, ni se conocen las razones por las que se hizo. “Trasciende presión de CICIG en extradición de Portillo”, Prensa Libre, 29 de agosto de 2013. 115 James Bargent, “Last rites for Guatemala’s anti-impunity crusaders CICIG?”, Insight Crime, 9 de septiembre de 2013. 116 Entrevista telefónica de Crisis Group, 9 de septiembre de 2013. Rosal es docente de la Universi-dad Rafael Landívar.

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IV. Conclusión

Nunca ha sido fácil abordar las violaciones graves de los derechos humanos. Otros países latinoamericanos también han tenido que enfrentar el legado de regímenes militares o autoritarios que eliminaron brutalmente a sus opositores. Sin embargo, a pesar de las amenazas y las protestas, se ha juzgado y condenado exitosamente a ex jefes de Estado por violaciones de derechos humanos, entre ellos el argentino Jorge Videla (fallecido en la cárcel en mayo de 2013), el uruguayo Juan María Bordaberry (fallecido en julio de 2011 bajo arresto domiciliario), el peruano Alberto Fujimori (que está pagando una condena de 25 años) y el boliviano Luis García Meza (que cumple 30 años de cárcel tras haber sido condenado en ausencia, capturado en Bra-sil y extraditado). El ex dictador chileno Augusto Pinochet estaba siendo investigado por violación de derechos humanos y delitos financieros tras obtener y perder la in-munidad varias veces, cuando sufrió un infarto fatal en 2006117.

Guatemala se ha demorado en unirse a lo que se ha dado en llamar en la región la “cascada de justicia” de procesos por violaciones de los derechos humanos en el pasa-do118. Hasta el juicio de Ríos Montt y Rodríguez Sánchez, sólo un puñado de oficiales militares de bajo rango, policías y miembros de grupos paramilitares habían sido en-juiciados. En otros países, al igual que en Guatemala, los ex dirigentes y sus aliados políticos y económicos han intentado protegerse con legislación de amnistía, argu-yendo que los enjuiciamientos podrían poner en peligro la paz y la estabilidad políti-ca, aunque sus reivindicaciones no han sido atendidas pues los políticos y los líderes empresariales han tomado distancia del pasado autoritario de sus países119.

Se designó un nuevo tribunal para ocuparse del caso Ríos Montt/Rodríguez Sán-chez, pero al parecer tiene que aguardar turno hasta abril de 2014, e incluso esta fecha es incierta120. La Corte de Constitucionalidad y otras cortes de apelación todavía es-tán examinando por lo menos cuatro impugnaciones de la defensa, que entre otras cosas buscan la aplicación de una amnistía121. Los abogados de derechos humanos y los fiscales sospechan que la defensa está dilatando el proceso, con la esperanza de demorar el juicio hasta 2015, cuando Guatemala tal vez tenga un nuevo fiscal general menos inclinado a llevar a juicio casos controvertidos de derechos humanos122. Otro de los casos en entredicho es el de un ex comandante guerrillero acusado de asesinar

117 Véase Roht-Arriaza, “Prosecutions of Heads of State in Latin America”, op. cit. 118 Véase Kathryn Sikkink, The Justice Cascade: How Human Rights Prosecutions are Changing World Politics (Nueva York, 2011), p. 6. Sikkink sostiene que en América Latina ha sucedido “un cambio dramático en la legitimidad de las normas de rendición de cuentas penal a título individual por violaciones de derechos humanos y un aumento de las acciones (como juicios) en apoyo de esas normas”. 119 Dos académicas que estudiaron juicios de derechos humanos (1979-2004) en la región concluye-ron que no había habido ni un solo caso en el que se haya menoscabado la democracia de un país debido a la decisión de iniciar un juicio. Tampoco existen pruebas de que los juicios hayan empeo-rado la situación de los derechos humanos. Por el contrario, en 14 de los 17 casos de países latinoa-mericanos que optaron por el juicio, la situación de derechos humanos parece haber mejorado. Kathryn Sikkink y Carrie Booth Walling, “The Impact of Human Rights Trials in Latin America”, Journal of Peace Research, vol. 44, no. 4 (2007), p. 442. 120 “Juicio por genocidio a Ríos Montt reanudará en abril 2014”, Agencia EFE, 5 de junio de 2013. 121 Correspondencia por correo electrónico de Crisis Group con el Ministerio Público, 5 de septiem-bre de 2013. 122 Entrevista de Crisis Group, Héctor Reyes, CALDH, Ciudad de Guatemala, 11 de junio de 2013.

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a 22 personas inermes en la población de El Aguacate, Chimaltenango, en 1998123. Ríos Montt podría enfrentar nuevos cargos, incluido el de genocidio, por la masacre de 201 personas en Dos Erres en 1982, en el departamento norteño de El Petén124.

El juicio Ríos Montt/Rodríguez Sánchez constituye un intento histórico de esta-blecer la responsabilidad individual al más alto nivel por algunas de las violaciones de derechos humanos más graves cometidas en América Latina, pero no se trata úni-camente de los dos ex generales. También se trata de mostrar al mundo y, más im-portante aún, a los propios guatemaltecos que los dirigentes políticos y las cortes de Guatemala tienen la voluntad y la capacidad de garantizar que el Estado de Derecho proteja a todos los ciudadanos, incluidos los más vulnerables, y responsabilice con equidad a todos, incluso a los más poderosos.

Ciudad de Guatemala/Bogotá/Bruselas, 23 de septiembre de 2013

123 Byron Rolando Vásquez, “Detienen a ex guerrillero que comandó masacre de El Aguacate”, Prensa Libre, 2 de mayo de 2013. Véase también Stephen Kinzer, “Guatemala massacre laid to rebels”, The New York Times, 3 de diciembre de 1998. 124 Coralia Orantes, “Caso por masacre de las Dos Erres se reactiva”, Prensa Libre, 6 de junio de 2012.

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Anexo A: Mapa de Guatemala

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Anexo B: Acerca de International Crisis Group

El International Crisis Group (Crisis Group) es una organización no gubernamental independiente sin ánimo de lucro, con cerca de 150 funcionarios en cinco continentes, que combina el análisis sobre el terreno con labores de sensibilización al más alto nivel, con el objetivo de prevenir y solucionar conflictos graves.

El trabajo de Crisis Group se basa en investigaciones realizadas sobre el terreno. Cuenta con equi-pos de analistas políticos con su sede en o cerca de los países en riesgo de crisis, escalada o recurren-cia de conflictos violentos. Con base en la información y las evaluaciones sobre el terreno, produce in-formes analíticos con recomendaciones prácticas dirigidas a quienes toman decisiones fundamentales en el ámbito internacional. Crisis Group también publica CrisisWatch, un boletín mensual de 12 páginas, que actualiza sucintamente con regularidad la coyuntura en las situaciones de conflicto o conflicto poten-cial más sensibles del mundo.

Los informes y los boletines informativos de Crisis Group son distribuidos por correo electrónico y también se publican simultáneamente en el sitio web de la organización, www.crisisgroup.org. Crisis Group trabaja en estrecha colaboración con gobiernos y con grupos influyentes, incluidos los medios, para llamar la atención sobre sus análisis de crisis y buscar apoyo para sus recomendaciones en materia de políticas.

El Consejo de Administración de Crisis Group – cuyos miembros incluyen figuras prominentes en las esferas de la política, la diplomacia, los negocios y los medios de comunicación – participa de forma di-recta en la promoción de los informes y recomendaciones de la organización, buscando su consideración por parte de formuladores de políticas en el mundo. Crisis Group es presidido por Thomas Pickering, ex embajador de Estados Unidos. Su presidenta y directora ejecutiva desde julio de 2009 es Louise Arbour, ex alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos y fiscal principal en los Tribuna-les Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda.

La sede internacional de Crisis Group se encuentra en Bruselas, y la organización cuenta con ofici-nas o representación en 34 localidades: Abuja, Bangkok, Beijing, Beirut, Biskek, Bogotá, Buyumbura, Cairo, Ciudad de Guatemala, Dakar, Damasco, Dubái, Estambul, Gaza, Islamabad, Jerusalén, Johannes-burgo, Kabul, Katmandú, Londres, Moscú, Nairobi, Nueva York, Pristina, Rabat, Saná, Sarajevo, Seúl, Tiflis, Trípoli, Túnez, Washington DC y Yakarta. Crisis Group cubre en la actualidad cerca de 70 zonas de conflicto actual o potencial en cuatro continentes. En África, estos países incluyen Burkina Faso, Bu-rundi, Camerún, Chad, Costa de Marfil, Eritrea, Etiopía, Guinea, Guinea-Bissau, Kenia, Liberia, Mada-gascar, Nigeria, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Uganda y Zimbabue; en Asia, Afganistán, Birmania/Myanmar, Cachemira, Corea del Norte, Estrecho de Taiwán, Filipinas, Indonesia, Kazajstán, Kirguizistán, Malasia, Nepal, Pakistán, Sri Lanka, Tayikistán, Tailandia, Timor Leste, Turkmenistán y Uzbekistán; en Europa, Armenia, Azerbaiyán, Bosnia-Herzegovina, Cáucaso Norte, Chipre, Georgia, Kosovo, Macedonia, Serbia y Turquía; en el Oriente Medio y África septentrional, Argelia, Bahréin, Egipto, Irán, Irak, Israel-Palestina, Jor-dania, Líbano, Libia, Marruecos, Sahara Occidental, Siria, Túnez y Yemen; y en América Latina y el Caribe, Colombia, Guatemala y Venezuela.

Crisis Group recibe apoyo financiero de una amplia gama de gobiernos, fundaciones institucionales y fuentes privadas. Los siguientes departamentos y organismos gubernamentales han dado financiación en 2013: Agencia Australiana para el Desarrollo Internacional, Agencia Austriaca para el Desarrollo, Mi-nisterio de Relaciones Exteriores de Bélgica, Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional, Cen-tro Canadiense de Investigación y Desarrollo Internacional, Ministerio de Relaciones Exteriores de Dina-marca, Agencia Alemana de Cooperación Técnica – GIZ, Ministerio de Relaciones Exteriores de Holan-da, Instrumento de Estabilidad de la Unión Europea, Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia, Mi-nisterio de Relaciones Exteriores de Alemania, Cooperación Irlandesa para el Desarrollo, Principado de Liechtenstein, Ministerio de Relaciones Exteriores de Luxemburgo, Ministerio de Relaciones Exteriores de Noruega, Ministerio de Relaciones Exteriores de Suecia, Ministerio Federal de Relaciones Exteriores de Suiza, Departamento para el Desarrollo Internacional del Reino Unido y Agencia de los Estados Uni-dos para el Desarrollo.

Las siguientes fundaciones institucionales y privadas han aportado recursos en los últimos años: Adessium Foundation, Carnegie Corporation of New York, The Charitable Foundation, The Elders, Wil-liam & Flora Hewlett Foundation, Humanity United, John D. & Catherine T. MacArthur Foundation, Oak Foundation, Open Society Foundations, Open Society Initiative for West Africa, Ploughshares Fund, Rockefeller Brothers Fund y Tinker Foundation.

Septiembre de 2013

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Crisis Group, Informe sobre América Latina N°50, 23 de septiembre de 2013 Página 26

Anexo C: Informes y boletines informativos sobre América Latina y el Caribe desde 2010

Haiti: Stabilisation and Reconstruction after the Quake, Informe sobre América Latina y el Caribe N°32, 31 de marzo de 2010.

Guatemala: asfixiada entre el crimen y la impunidad, Informe sobre América Latina N°33, 22 de junio de 2010.

Mejorar la política de seguridad en Colombia, Boletín informativo sobre América Latina N°23, 29 de junio de 2010.

Colombia: la oportunidad del presidente Santos de poner fin al conflicto, Informe sobre América Latina N°34, 13 de octubre de 2010.

Haiti: The Stakes of the Post-Quake Elections, Informe sobre América Latina y el Caribe N°35, 27 de octubre de 2010.

Caminar sin muletas: un balance de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, Informe sobre América Latina N°36, 31 de mayo de 2011.

Elecciones en Guatemala: voto limpio, política sucia, Boletín informativo sobre América Latina N°24, 16 de junio de 2011.

Post-quake Haiti: Security Depends on Resettlement and Development, Boletín informativo sobre América Latina N°25, 28 de junio de 2011.

Romper los nexos entre crimen y política local: Las elecciones de 2011 en Colombia, Informe sobre América Latina N°37, 25 de julio de 2011.

Violencia y política en Venezuela, Informe sobre América Latina N°38, 17 de agosto de 2011.

Preservar la seguridad en Haití: la reforma policial, Boletín informativo sobre América Latina N°26, 8 de septiembre de 2011.

Guatemala, narcotráfico y violencia, Informe sobre América Latina N°39, 11 de octubre de 2011.

Keeping Haiti Safe: Justice Reform, Boletín informativo sobre América Latina N°27, 27 de octubre de 2011.

Más allá de las ganancias fáciles: las fronteras de Colombia, Informe sobre América Latina N°40, 31 de octubre de 2011.

Desmantelar los Grupos Armados Ilegales en Colombia: lecciones de un sometimiento, Informe sobre América Latina Nº 41, 8 de junio de 2012.

Elecciones en Venezuela: Peligrosas Incertidumbres. Informe sobre América Latina Nº 42, 26 de junio de 2012

Reforma Policial en Guatemala: Obstáculos y Oportunidades, Informe sobre América Latina N°43, 20 de julio 2012

Towards a Post-MINUSTAH Haiti: Making an Effective Transition, Informe sobre América Latina y el Caribe N°44, 2 de agosto de 2012

Colombia: ¿por fin la paz?, Informe sobre Amé-rica Latina N°45, 25 de septiembre de 2012

Governing Haiti: Time for National Consensus, Informe sobre América Latina y el Caribe N°46, 4 de febrero de 2013

Totonicapán: tensión en las tierras indígenas de Guatemala, Informe sobre América Latina N°47, 6 de febrero de 2013

El desafío de Peña Nieto: los cárteles criminales y el Estado de Derecho en México, Informe sobre América Latina N°48, 19 de marzo de 2013

Venezuela: una casa dividida, Boletín Informati-vo sobre América Latina Nº 28, 16 de mayo de 2013

Justicia en el cañón de un arma: las milicias civi-les en México, Boletín Informativo sobre Amé-rica Latina Nº 29, 28 de mayo de 2013

Justicia transicional y diálogos de paz en Co-lombia, Informe sobre América Latina Nº 49, 29 de agosto de 2013

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Crisis Group, Informe sobre América Latina N°50, 23 de septiembre de 2013 Página 27

Anexo D: Consejo de Administración de International Crisis Group

DIRECTOR

Thomas R Pickering Ex embajador de los Estados Unidos ante las Naciones Unidas, Rusia, India, Israel, Jordania, El Salvador y Nigeria

PRESIDENTA Y DIRECTORA EJECUTIVA

Louise Arbour Ex alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos y fiscal principal en los Tribunales Penales Internacionales para la ex-Yugoslavia y Ruanda

VICE-DIRECTORES

Ayo Obe Experto jurídico, Lagos, Nigeria

Ghassan Salamé Decano, Escuela de Relaciones Inter-nacionales de París, Ciencias Políticas

CONSEJO DIRECTIVO

Morton Abramowitz Ex secretario de Estado adjunto de los Estados Unidos y embajador en Turquía

Cheryl Carolus Ex alta comisionada de Sudáfrica ante el Reino Unido; ex secretaria general del ANC

Maria Livanos Cattaui Ex Secretaria General de la Cámara Internacional de Comercio

Yoichi Funabashi Presidente de Rebuild Japan Initiative; Ex editor en jefe, The Asahi Shimbun

Frank Giustra Presidente y director ejecutivo, Fiore Financial Corporation

Lord (Mark) Malloch-Brown Ex administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y secretario general adjunto de las Naciones Unidas

Moisés Naím Asociado principal, International Economics Program, Carnegie Endowment for International Peace; ex editor en jefe, Foreign Policy

George Soros Presidente, Open Society Institute

Pär Stenbäck Ex ministro de Relaciones Exteriores de Finlandia

OTROS MIEMBROS DEL CONSEJO

Kofi Annan Ex secretario General de las Naciones Unidas; premio Nobel de Paz (2001)

Nahum Barnea Columnista principal de Yedioth Ahronoth, Israel

Samuel Berger Presidente, Albright Stonebridge Group LLC; ex consejero de seguridad nacional de los Estados Unidos

Micheline Calmy-Rey Ex Presidente y Ministra de Relacio-nes Exteriores de la Confederación Suiza

Wesley Clark Ex comandante supremo aliado de la OTAN

Sheila Coronel Toni Stabile, profesora de prácticas de periodismo investigativo; directora, Toni Stabile Center for Investigative Journalism, Universidad de Columbia, Estados Unidos.

Mark Eyskens Ex primer ministro de Bélgica

Joschka Fischer Ex ministro de Relaciones Exteriores de Alemania

Lykke Friis Ex Ministra de Clima y Energía y de Igualdad de Género de Dinamarca; ex prorectora de la Universidad de Copenhagen

Jean-Marie Guéhenno Profesor Arnold Saltzman de estudios de guerra y paz, Universidad de Co-lumbia; ex Secretario general adjunto de operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas

Carla Hills Ex secretaria de Vivienda de los Estados Unidos; ex representante de comercio de los Estados Unidos

Lena Hjelm-Wallén Ex viceprimera ministra y ex ministra de Relaciones Exteriores de Suecia

Mo Ibrahim Fundador y presidente de Mo Ibrahim Foundation; fundador de Celtel Inter-national

Igor Ivanov Ex ministro de Relaciones Exteriores de la Federación de Rusia

Asma Jahangir Presidenta del Colegio de Abogados de la Corte Suprema de Pakistan; ex Relatora especial de las Naciones Unidas sobre la libertad religiosa o de creencias

Wadah Khanfar Cofundador, Al Sharq Forum; ex director general, Al Jazeera Network

Wim Kok Ex primer ministro de los Países Bajos

Ricardo Lagos Ex presidente de Chile

Joanne Leedom-Ackerman Ex secretaria internacional de Inter-national PEN; novelista y periodista, Estados Unidos

Lalit Mansingh Ex secretario de Relaciones Exteriores de la India, Embajador ante los Esta-dos Unidos y Alto comisionado ante el Reino Unido

Benjamin Mkapa Ex Presidente de Tanzania

Laurence Parisot Presidente, Confederación Francesa de Empresas (MEDEF)

Karim Raslan Fundador, Director y Director ejecutivo de KRA Group

Paul Reynolds Presidente & director ejecutivo, Canaccord Financial Inc

Javier Solana Ex alto representante del Consejo para la Política Exterior y de Seguri-dad Común de la Unión Europea, ex Secretario general de la OTAN y ex ministro de Relaciones Exteriores de España

Liv Monica Stubholt Vicepresidente senior de Estrategias y Comunicaciones, Kvaerner ASA; ex Secretaria de Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores de Noruega

Lawrence H. Summers Ex director del Consejo Económico Nacional de los Estados Unidos y ex secretario del Tesoro de EEUU; presidente emérito de la Universidad de Harvard

Wang Jisi Rector, Escuela de Estudios Interna-cionales, Peking University; mimbro, Comité Asesor en Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores de China

Wu Jianmin Vicepresidente Ejecutivo, Instituto Chino de In-novación y Estrategia de Desarrollo; Miembro, Comité Asesor en política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores de China; Ex embajador de China ante la ONU (Ginebra) y Francia

Lionel Zinsou Director Ejecutivo, PAI Partners

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Crisis Group, Informe sobre América Latina N°50, 23 de septiembre de 2013 Página 28

CIRCULO DEL PRESIDENTE Es un distinguido grupo de donantes particulares y corporativos que brindan apoyo esencial y pericia a Crisis Group.

Anonymous (3)

Frank Caufield

Dow Chemical

Frank Holmes

Investec Asset

Management

Steve Killelea

Pierre Mirabaud

Ford Nicholson & Lisa

Wolverton

Shearman & Sterling

LLP

White & Case LLP

Neil Woodyer

CONSEJO ASESOR INTERNACIONAL Donantes particulares y corporativos que juegan un papel central en los esfuerzos de Crisis Group para prevenir

conflictos graves.

CORPORATIVOS

Anglo American PLC

APCO Worldwide Inc.

Atlas Copco AB

BP

Chevron

Equinox Partners

FTI Consulting

Lockwood Financial

Ltd

PTT Public Company

Limited

Shell

Silk Road Finance Ltd

Statoil

Talisman Energy

Yapı Merkezi

Construction and

Industry Inc.

PARTICULARES

Anonymous

Ryan Beedie

Stanley Bergman &

Edward Bergman

David Brown

Neil & Sandra DeFeo

Family Foundation

Neemat Frem

Seth & Jane Ginns

Alan Griffiths

Rita E. Hauser

George Kellner

Faisel Khan

Zelmira Koch Polk

Elliott Kulick

David Levy

Leslie Lishon

Harriet Mouchly-Weiss

Griff Norquist

Ana Luisa Ponti &

Geoffrey R.

Hoguet

Kerry Propper

Michael L. Riordan

Nina Solarz

Horst Sporer

VIVA Trust

Stelios S. Zavvos

ASESORES SENIOR Ex miembros del Consejo de Administración que mantienen una relación con Crisis Group y a quienes se recurre

ocasionalmente en busca de apoyo y asesoría (en la medida en que sean consistentes con cualquier otro cargo

que puedan estar desempeñando en ese momento).

Martti Ahtisaari Presidente emérito

George Mitchell Presidente emérito

Gareth Evans Presidente emérito

Kenneth Adelman

Adnan Abu Odeh

HRH Prince Turki

al-Faisal

Hushang Ansary

Óscar Arias

Ersin Arıoğlu

Richard Armitage

Diego Arria

Zainab Bangura

Shlomo Ben-Ami

Christoph Bertram

Alan Blinken

Lakhdar Brahimi

Zbigniew Brzezinski

Kim Campbell

Jorge Castañeda

Naresh Chandra

Eugene Chien

Joaquim Alberto

Chissano

Victor Chu

Mong Joon Chung

Pat Cox

Gianfranco Dell’Alba

Jacques Delors

Alain Destexhe

Mou-Shih Ding

Uffe Ellemann-Jensen

Gernot Erler

Marika Fahlén

Stanley Fischer

Malcolm Fraser

Swanee Hunt

Max Jakobson

James V. Kimsey

Aleksander

Kwasniewski

Todung Mulya Lubis

Allan J. MacEachen

Graça Machel

Jessica T. Mathews

Nobuo Matsunaga

Barbara McDougall

Matthew McHugh

Miklós Németh

Christine Ockrent

Timothy Ong

Olara Otunnu

Lord (Christopher)

Patten

Shimon Peres

Victor Pinchuk

Surin Pitsuwan

Cyril Ramaphosa

Fidel V. Ramos

George Robertson

Michel Rocard

Volker Rühe

Güler Sabancı

Mohamed Sahnoun

Salim A. Salim

Douglas Schoen

Christian Schwarz-

Schilling

Michael Sohlman

Thorvald Stoltenberg

Leo Tindemans

Ed van Thijn

Simone Veil

Shirley Williams

Grigory Yavlinski

Uta Zapf

Ernesto Zedillo