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en contacto con los fi eles; si frail es no ordenados celebran mi sa; si personas eclesiásticas o civiles se adjudican funciones que corresponden a la Inquisición, o si un sacerdote "solicita ,, 119 a sus fieles, el asunto será reglamentado y se establecerá de nuevo el orden. Sin embargo, son los casos pequeños, sobre asuntos coti dianos y corrientes -los que desapareci eron al desaparecer el archivo del T ri bunal en Cartagena-, los que permiten acercarse y conocer las verdaderas prácticas mágicas de la población, es decir, aquéllas que la gente hacía y no las que la Inquisición pretendía que efectuaban, malinterpretando y tergiversando sus contenidos, al colorearlas con elementos y ra sgos de la brujería di abóli ca: de pacto implícito o explícito con el Demonio, de hacer parte de una secta de brujas, de asistir a juntas, invocar demonios, de trat ar de forzar el libre albedrío de los hombres, etc .. Una prueba fehaciente de ell o lo rep re se nta el caso de doña Lorenzana de Acereto, caso que ll egó a manos del Consejo de la Suprema Inquisición, al ser solici tado, después de que según informe, la Suprema se enteró de que la ciudad se hallaba molesta, porque a doña l orenz an , mujer de Andrés del Campo, la uvi eron presa más de 10 meses, al cabo de los cuales rápidamente la se ntenciaron, condenándola a 4000 ducados de mul ta , do s años de destierro y otras penas, "por causa bien leue", por un delito que ya había sido juzgado por las autoridades episcopales antes de que se estableci era el Tribunal en la CIudad en 16 10'20; todo debido a que el inquisidor Juan de Mañozca quiso tomar venganza en 119 Trata de sed ucir a una mujer -o, con menos frecuencia, a un hombre-, generalmente durante la confesión. En el Nuevo Reino en esta época, muchos se co nf esaban de rodill as frente al cura, lo que daba pie a peticiones !l amémoslas ind ecentes, como pedirte a la mujer -so licitarte, de ahí la expresión- que le met i ese la mano por entre la sotana, que los aca riciase , besase o descaradamente que los mastu rba se, o cuand o el cura hacía propuestas verbales o se propasaba, metiéndole la mano a la mujer por debajo de la falda o por entre el escote. 120 AHNE , INQUISICiÓN, Leg . 1620 (Ed. 70 - Rollo 1), N° 1, 1612-161 4, f. 1-102. Su apelación se encuentra intercalada entre los dos procesos de doña Elena de la Cru z. 74

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en contacto con los fieles; si frailes no ordenados celebran misa; si personas

eclesiásticas o civiles se adjudican funciones que corresponden a la Inquisición, o si un

sacerdote "solicita,, 119 a sus fieles, el asunto será reglamentado y se establecerá de

nuevo el orden. Sin embargo, son los casos pequeños, sobre asuntos cotidianos y

corrientes -los que desaparecieron al desaparecer el archivo del Tribunal en

Cartagena-, los que permiten acercarse y conocer las verdaderas prácticas mágicas de

la población, es decir, aquéllas que la gente hacía y no las que la Inquisición pretendía

que efectuaban, mal interpretando y tergiversando sus contenidos, al colorearlas con

elementos y rasgos de la brujería diabólica: de pacto implícito o explícito con el

Demonio, de hacer parte de una secta de brujas, de asistir a juntas, invocar demonios,

de tratar de forzar el libre albedrío de los hombres, etc .. Una prueba fehaciente de ello

lo representa el caso de doña Lorenzana de Acereto, caso que llegó a manos del

Consejo de la Suprema Inquisición, al ser solicitado, después de que según informe, la

Suprema se enteró de que la ciudad se hallaba molesta, porque a doña l orenzan ,

mujer de Andrés del Campo, la uvieron presa más de 10 meses, al cabo de los cuales

rápidamente la sentenciaron, condenándola a 4000 ducados de multa, dos años de

destierro y otras penas, "por causa bien leue", por un delito que ya había sido juzgado

por las autoridades episcopales antes de que se estableciera el Tribunal en la CIudad en

1610'20; todo debido a que el inquisidor Juan de Mañozca quiso tomar venganza en

119 Trata de seducir a una mujer -o, con menos frecuencia, a un hombre-, generalmente durante la confesión. En el Nuevo Reino en esta época, muchos se confesaban de rodillas frente al cura, lo que daba pie a peticiones !lamémoslas indecentes, como pedirte a la mujer -solicitarte, de ahí la expresión­que le metiese la mano por entre la sotana, que los acariciase, besase o descaradamente que los masturbase, o cuando el cura hacía propuestas verbales o se propasaba, metiéndole la mano a la mujer por debajo de la falda o por entre el escote. 120 AHNE, INQUISICiÓN , Leg . 1620 (Ed. 70 - Rollo 1), N° 1, 1612-1614, f. 1-102. Su apelación se encuentra intercalada entre los dos procesos de doña Elena de la Cruz.

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ella, por el agravio que su amante, el sargento mayor Francisco de Santander, le hizo al

inquisidor Mañozca, a pesar de ser ella y su marido gente noble y de tener hijos. Al

serie leída la sentencia apeló, pero al salir de la Sala de la Audiencia el guardián de

San Diego le aconsejó que la consintiera121, porque si no la meterían de por vida a las

cárceles secretas. El Consejo, como era su función: reparar las fallas de los Tribunales

locales, tomó la causa en apelación y sentenció la libertad de doña Lorenzana, la

devolución de los 4000 ducados y la restitución del honor a ella, su familia y sus

descendientes 122. El proceso contra doña Lorenzana de Acereto permite conocer las

oraciones, suertes y conjuros, que se empleaban comúnmente para tratar de manipular

el amor de las personas; junto a ellas fueron procesados varios esclavos, esclavas,

blancas y mestizas, todos por magia amorosa, pero de ellos sólo se tienen los

resúmenes de las RelaCiones de Fe, que no contienen una descripción minuciosa de

los rituales, oraciones, suertes y conjuros empleados. La magia amorosa, en gene al,

era tenida por la Inquisición española como "causa leve", embeleco o e buste de

negros, hombres del pueblo y de mujeres, pero en el Tribunal de Cartagena en esta

época la cosa era a otro precio.

En España, se hace uso de la palabra embuste para referirse a las hechicerías por lo

menos desde el siglo XVI y es bien diciente del pensar de un sector de la sociedad

peninsular, principalmente en los ámbitos letrados y de élite. Este hecho, es decir, el

121 Las sentencias debían ser consentidas o rechazadas por el reo al ser promulgada . En caso de ser rechazadas, el reo informaba en la Sala de la Audiencia que no la aceptaba y que presentaba apelación . 122 AHNE, INQUISICiÓN, Libro 1020, f . 13- 3v .. Los inquisidores de Cartagena estuvieron en permanente fOce con la ciudad y los funcionarios seculares; querían controlar todo, penalizar todo, castigar todo, si e traían libros, si no se les regalaba harina, si se era loco, si se pedía limosna, si e criticaba a uno de sus funcionarios, etc. y cada vez que entorpecían la vida de la gente (como cuando le prohibieron a un librero, de por vida, que trajera libros de España, porque se vino sin la respectiva licencia de la Inquisición de Sevilla), el Consejo levantaba la pohibición o reparaba la falta, restaurando el equilibrio.

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hecho de que un sector de la sociedad trate estas prácticas como embuste, las hace

pertenecer, en realidad y conscientemente, a la cultura popular. Se pOdría decir

entonces que había una(s) cultura(s) popular(es) definida(s) explícitamente por la

cultura de élite -de la que harían parte las rimas, romanzas y romanceros; las prácticas

mágicas y adivinatorias: la cartomancia, nigromancia, quiromancia y todas las mancias,

de todas las cuales da buena cuenta la literatura picaresca del Siglo de Oro- y otra,

diferente, de un sector ilustrado de la sociedad.

La ,Inquisición de Cartagena suele ser más blanda y comprensiva con los hombres

blancos acusados de hechicería y brujería (soldados, diáconos, labradores,

marineros ... ), siempre y cuando no hagan una declaración en la que afirmen que tienen

pacto explícito con el demonio, lo que naturalmente no suele ocurrir. Los califica con

frecuencia de gente ignorante y embustera. Los hombres hacen "barios embustes y

tropelias mentirosas Hechizerias Graues en que mezclaua cosas sagradas con

profanas dando a entender que sauia las cosas,,123, hacen" vn embuste heretico para

ganar a las personas con quien jugasen" 124, "vsan de sortiliegios y otros embustes", a

veces hasta llegan a "tener pacto implíCIto con calidad de embustero,, 125, pero no a

realizar maleficios como las castas y las mujeres. En una palabra, son embusteros,

charlatanes, y no brujos. 126 Por otra parte I en las sentencias que se dictan contra ellos,

el orden social , que empieza por el familiar, es lo primero que se tiene en cuenta127, de

tal forma que una sentencia se puede determinar mirando consideraciones de este tipo,

123AHNE, INQUISICiÓN, Libro 1020, f 259 124 AHNE, INQUISICiÓN, Libro 1020, f. 259v.. 125 AHNE, INQUISICiÓN, Libro 1020, f. 321 . 126 AHNE, INQUISICiÓN , Libro 1020,1. 258v., 259, 259v., 260, 260v., 321, entre otros. 127 Volvemos a lo mismo, la colectividad e~ lo que cuenta siempre al final. Véase el capítulo anterior.

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como por ejemplo destierro de Indias si la mujer vive en España, lo que llamaría al

orden y alejaría al reo de la posibilidad de cometer un delito, pues cabe la posibilidad de

que lo haya cometido por estar lejos, sin Dios ni ley, sin responsabilidades y sin la

disciplína del hogar y de la comunidad a la que pertenece, es decir, sin el control sobre

la conducta ejercido a través de las personas que lo rodean y lo conocen, con sus

defectos y debilidades.

Esta tolerancia velada de los inquisidores hacia las prácticas de los hombres blancos,

de sus casi iguales (el que se las tome como ignorancia o embuste, mientras que si se

trata de los otros -de mujeres blancas o de los otros grupos étnicos, sean estos

hombres o mujeres-, sean juzgados e interrogados a profundidad y se parta de la

sospecha de la existencia de pacto implícito o explícito con el Demonio) , se deba quizás

en parte a una diferenciación en el manejo de los signos y de el discurso, pues por lo

menos en el caso de los otros grupos étnicos las estructuras discursivas están

atravesadas por otros sistemas simbólicos, lo que al momento del proceso, del

interrogatorio, coloca al reo y al aparato de justicia - inquisidor, juez, notario, fiscal,

defensor, calificadores, Ordinario, etc. - en dos planos simbólicos diferentes. Igual cosa

parece sucederle a las mujeres blancas, quienes en la vida diaria están mucho más en

contacto con esos grupos, y quizá no sólo por motivos incidentales o prácticos de la

vida, sino qUizás también porque ellas aún son partícipes de esos otros sistemas

simbólicos. Algunas blancas que poseen el mismo discurso y se mueven en los mismos

registros que los hombres, se defienden con más o menos éxito de la acusación de

pacto explícito o implícito128. Jusepe Torres declara en la InquisiCión respecto a la

128 Ibid, f. 272v ..

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suerte adivinatoria del agua en la batea, " ...que lo de la batea era embuste suyo, que no

veía nada, nego tener pacto explicito ni implícito con el demonio ... " 1'Z'!J. Si uno sabe el

significado exacto de un pacto y de lo que implica declarar ante la Inquisición que se

tiene uno, entonces puede defenderse de él. Pero mulatos/as y negras/os y al parecer

también muchas mujeres blancas no saben cómo defenderse de ello, porque tampoco

logran comprender el alcance exacto de lo que significa declarar ante el Santo Oficio

que se ha hablado con el Demonio o que se ha hecho un conjuro u oración en el que se

mencionan las palabras "diablo" o "demonio" _ Los curas les hablan todo el tiempo a las

mujeres, a los esclavos y a los indios del Demonio, de las tentaciones que provoca,

oyen la lectura de la Biblia -hasta Jesús fue tentado-, y piensan tal vez que SI dicen que

el Diablo las sedujo, su culpa será menor; algunas no hacen parte del mundo ancho de

los hombres y por tanto no conocen el peligro y las implicaciones que ciertas palabras

tienen ... Cada cultura se mueve en sus discursos discursos que obedecen a un "estilo"

propi0130, que genera ciertas formas de hablar, de pensar, de crear, de slmbolizar. ..

Esto termina a la larga creando estructuras, esqueletos y formas, llenas o vacías de

contenidos, porque de tanto repetirse las formas, las ceremonias, los ritmos, los

discursos y de tanto cuidar que esa forma se acomode a los "modelos" aceptados, es

decir, al uso, puede terminar por vaciarse de contenido y devenir sólo forma, estructura

vacía y sin su sentido pleno, como ocurre con el discurso inquisitoriaL ....'!>...

lb .. f. 272. 130 Véase A L KRO EBER, El estilo y las culturas, Madrid, 1969. 131 El discurso académico es el mejor ejemplo para mostrar como ciertas aneras de hablar, escribir, pensar, investigar, con su sistematización, generan formas o modelos, que se repiten sin ser criticados o reevaluados hasta tal punto que pierden su sentido y se vuelven vacíos. De esta forma mueren teorías, formas de trabajo, interpretaciones cerradas ..

129

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Cuando un juez pregunta por la eficacia de las prácticas, por su efecto, se produce un

cambio en la declaración de los reos, se empieza a hablar desde otra racionalidad

Hombres como van Spee, Salazar Frías y otros hombres letrados españoles sabían

muy bien que mientras se hablara en términos de maleficio, se era prisionero del

sistema y por ello propugnaban por otro tipo de interrogatorio y de comprobación en los

procesos (pruebas de la materialidad del delito). Aún para los mismos reos una cosa es

lo que se trata en el plano simbólico y lingüístico, las "recetas hechiceriles" que se dan y

lo que se espera simbólicamente de ello, eficiencia que no se duda y ni siquiera se

cuestiona, y otra bien distinta si ya se habla de los efectos en los cuerpos, si se habla

de eficacia corpora l, física y natural132• Lingüísticamente se dan estos saberes por

sentado, se transmiten y se practican o no. Su práctica, la intención que conllevan,

bastan para crear efectos simbólicos, pero su capacidad de actuar en otros planos o

esferas no se piensa o se cuestiona; si se hace, se rompe como par encanto toda la

eficacia simbólica, porque este tipO de prácticas no resiste una racionalización de tipo

positivista, ya que se resuelven en una lógica -mágica- que no se deja medir según

estos parámetros. Mientras no se racionalice y se pregunte por su efecto (Wirkung), la

práctica rendirá resultados, al moverse en un circuito diferente.

132 Cuando a Paula el inquisidor le pregunta por el efecto de un hechizo , ella responde: " .. . el qual remedio le enseño a esta Isauel Dias mulata ., mas esta no saue el efecto que caussa porque no a usado del en su bida .. " f. 133, AHNE, INQUISICiÓN , Leg . 1620, W 10.

7.

2. El Proceso: el caso de Paula de Eguiluz o de cómo se inventa una

bruja

"Un texto, o un discurso, se hace simbólico desde el momento en que, mediante un trabajo de interpretación, le descubrimos un sentido indirecto."

Tzvetan Todorov

En las Minas de Santiago del Prado en Cuba, el 18 de septiembre de 1623 en las horas

de la mañana y sin ser llamada, se presentó ante el comisario del Santo Oficio de la

catedral de Santiago de Cuba y su gobierno, el canónigo Juan de Lizano Luyando, la

india Ana María, de 36 años, mujer de Juan Francisco, indio, a presentar acusación

contra Paula de Eguiluz133 , mujer negra, esclava y amante del Alcalde Mayor de las

Minas de cobre, Juan de Eguiluz, por haber matado a su hija, habiéndole "chupado el

ombligo" con brujería.

Según Ana María, el martes 8 de agosto anterior, había dado a luz a una niña de

nombre María, con la ayuda de María de Lizada, quien hizo el oficio de partera. Al día

siguiente y por estar en cama con la bebé, envió a uno de sus hijos a que buscara a la

comadrona, para que le ayudase a envolver a la niña y viese qué sucedía, pues estaba

llorando mucho Al no encontrarla, mandó a llamar a sus vecinas, Leonor de Estrada,

mujer de Luis de Jaimes, y Paula, negra esclava del alcalde mayor Juan de Eguiluz -en

quien, según se desprende de las declaraciones, aún confiaba y no tachaba de bruja-, y

les dijo que no sabía qué tenía la niña, que estaba llorando, por lo que Paula se subió a

la cama y la tomó en sus brazos. Luego la desenvolvió, para ver sí tenía alguna cosa y

133 AHNE, INQUISICiÓN, Leg. 1620 (Ed .1O - Rollo 2), ND 10, contra Paula de Eguiluz (1), 1636, t.5v.-6. En adelante citado como PROCESO. Ana María fue la segunda testigo, que se presentó en la causa contra Paula. Su ratificación se realizó en las Minas de Santiago del Prado el 25 de octubre 1623, un mes después de su declaración y en ella prometió guardar secreto, promesa que no se cumplió y que, en general , no se cumplía, pues todos hablaban de los detalles de los procesos, cuando la justicia "se tomaba" a un pueblo. f. 5v.-6.

pidió bragas· (fajero), las cuales rajo Leonor de Estrada, y queriéndole desfajar el

ombligo, le dijo la madre que no era necesario, pues ella lo había hecho hacía poco y el

ombligo estaba bueno. Sin embargo Paula la desfajó, después de lo cual le dijo umui

bueno esta el ombligo"1J.4. Lo vio también Leonor de Estrada, quien también dijo estar

bueno, y añadió Paula,

u . •• o tenga pena se - ora Ana Maria que Por donde peligran las criaturas es por el ombligo y esta niña lo tie e bueno y deue de ser algun dolonrito de Barriga y esta declarante se descuydo y con solo esto y la d[icJha Paula la tenia A la d[ic]ha niña en sus brayos sobandole la barriga y calentandole paños en ella y la tomo a enboluer y se quedo con ella en los brac;os... ,,135

La madre le pidió el bebé a Paula para "darle la teta", a lo que la negra respondió que la

dejase en sus brazos, pues la veía reposada. Paula siguió con María en brazos, hasta

mucho después de que llegara la comadre María de Lizada. Más tarde llegó una

negrita, quien traía un hijo de Paula para que mamara , al cual ésta tomó sin soltar al

bebé, hasta cuando se levantó la partera casi enojada y le dijo a la la india que tomase

a su hija, momento en el cual Paula la largó de sus brazos y se fue a su casa. " .. Iuego

quedo la d[ic]ha niña con vn quexido como aquella que le faltaua ya el aliento que no

Podia ya lIorar. .. ,,136 Más tarde vinieron Doña Francisca de Alba y Catalina Ramos,

134 P ROCESO (1 ) f . 4v. (325v.). Hasta aproximadamente la década de 1960, el ombligo era quizás el punto más débil de los bebés, por ser la parte más propensa a infectarse. Hasta esa misma década, era práctica extendida entre todas las clases sociales fajar el ombligo de los bebés, es decir, envolverlos con una faja de tela para evitar que los niños ose hemiaran", pues se suponía que las hernias se producían por maltrato y mal cuidado de las madres con los ombligos de sus bebés. Hoy en d ía se sabe que se trata de un problema congénito. Aún en los años sesenta, los pediatras indicaban usar el fajero con un botón redondo para curar!a hernia umbilical (se ponía la parte redondeada hacia el ombligo, con la mano se hacía un pliegue en la baniguita del niño, a la altura del ombligo, y ambos se adherían con un esparadrapo. Luego se fajaba de la forma acostumbrada) . En la segunda mitad del siglo XIX -tal vez en otras épocas también- , en algunas zonas antioqueñas y entre quienes podían pagar este remedio, se curaban ombligos infectados con oro en polvo 135 PROCESO (1) f.4v. (32Sv.) . Cosa que le hubiera parecido normal, si la niña no se hubiera muerto, porque no hubiera pensado que era algo extraño, pues los sobijos han sido y son práctica normal y corriente, tanto entre los negros, como entre los indios. Se trata de lo mismo, una muerte no explicada o no evidente puede desembocar en una brUja que Juzgar. Véase al respecto el capítulo anterior

136 PROCESO (1) f. 4 bis (326) .

1

vecinas ambas de las Minas, pero antes de que se fueran, Ana María le pidió a la

comadre que envolviese a la niña y mirase "si tenia algun Pasmo"' , o ahito*". María de

Lizada la desenvolvió y yendo "a quitarle el fagero del ombligo le dijo a esta declarante

que es esto señora Ana Mana como a dejado andar a su hija en tantas manos si se

muriere no me ponga la culpa a mi Porque segun tiene el ombhguito parese la an

chupado brujas .. .,,137 Las tres mujeres de visita vieron el ombligo y lo encontraron con

sangre, le faltaba un bocado de medio a medio, que tenía caído entre las piernas lleno

de sangre. Preguntaron, entonces, quién había andado con ella, y respondió la india

que sólo Paula.

U •• • y enton~s se fueron di9iendo que brujas la auian chupado y esta declarante viendose sola y que se moria su hija ynuio a llamar al Padre Joan de Gongora cura de estas d[ic]has minas Para que la bauptivara El qual lo hisso y murio luego la d[ic]ha niña y esta declarante Presume y tiene sospecha que la d[ic]ha Paula le mato su hija por uia mala y de bruxeria... ,,138

Pero esta afirmación la hizo después e inducida por las otras mujeres. Su primera

reacción fue autoacusarse y dar como causa sus pecados 139. Ana María es una india ya

muy cristiana, que busca refugio en curas y monjes, cumple con los mandamientos y

hasta circunscribe la causa de la enfermedad de su hija a sus pecados. Es el hermano

Matías de Jes ' s y Rivera, ermitaño de la Tercera Orden de San Francisco, qUien viene

a consolarla y pone la acusación en la catedral de Santiago de Cuba140, lo que hace

137 PROCESO (1 ) f 4 bis (326)-4 bis v. (326v.). 138 PROCESO (1 ) f. 5 (327) . 139 Catalina Ramos de 33 años, mujer de Juan Sánchez de Almenara, vecino y soldado del presidio y

oficial de sastre, declara que n •.• desPues que ... Paula se fue la ... comadre Maria de Liyada subio en la cama para enboluerla en paños linpios y la hallo el fagero con gotas de sangre y el ombligo aRancado vn bocado y el demas caydo entre las Piernas con sangre y mui fresco que au ia sido muí poco auia y esta declarante vida esto Por sus ojos y tanbien lo vido doña Franc[cisc)a. de Alua y la d(ic]ha Maria de Licada dixo a ... Ana Maria que que era aquello la qual ResPondio que sus Pecados y luego dixeron que bruxas la auian chupado y Por la mala fama que." Paula tiene dixeron que ella auia sido .. ." PROCESO (1) f. 10­11 v .. 140 Su ratificación se da unos cinco meses después, el 10 d~ febrero de 1624, PROCESO (1 ) f. 3-3v ..

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que el comisario se traslade a las Minas, donde oye las declaraciones voluntarias o

pedidas, y levanta el inicio del sumario contra Paula de Eguiluz.

Ana María declara que antes y después de que la niña muriese, venía Paula a su casa.

De hecho ella confiaba en la negra, pues la había hecho llamar, pero luego diría que

venía "no para hazerle vien ninguno". Después de lo ocurrido, hizo venir también a

Isabel Velásquez (quien, entre los chismes y comentarios de lo sucedido y al tenor de

las declaraciones recibidas por el comisario en las Minas, también resultará acusada

por Ana María 141 y por los otros declarantes y será, como Paula, procesada por la

Inquisición en Cartagena) y a Leonor de Estrada, su vecina, quienes también

conceptuaron que el ombligo había sido arrancado. Éste, según la madre, tenía una I

roncha que, cuando María vivía, "estaua hecha Rosa" y es el lugar por donde se

presume que la chuparon. Declara, además, que "a oydo a Ysauel del Castillo y a otras

perssonas y es Publico que la d[ic]ha Paula es Bruxa y que en la ~iudad de La Hauana

tenia la d[ic]ha fama.,,142 Repite, pues, lo que le ha oído decir a la partera y a las otras

mujeres, aunque del proceso se desprende que la niña ya estaba enferma.

Juan de Larrea, teniente y vecino de es as minas, casado con Isabel Correa, se

presenta voluntariamente 143 y además de repetir de oídas, ya un poco deformadas,

otras de las acusaciones que contra Paula circulan desde que comenzó el proceso -es

el testigo número 11, así que declara ya bien adelantada la indagatoria, por lo que

141 n ...dixo la d[icJha Leonor Domingues a esta declarante que la d(ic]ha Ysauel Velasques era vna conjuradora de estrellas y que lo hazia hablando con Barrauas y Vefgebu y olro diablo que no se acuerda y que esta declarante no quiso sauer10 = y esta es la berdad pa a el juramento .. y o tiono ... " P ROCESO

~1~ 1. 5 (327) Esta es una muestra de los cuentos que circulaban en la minas entre negro e indios . 4 PROCESO (1) f.S (327).

puede repetir gran parte del "cuadro brujeril n -, dice que es público que Paula había

muerto a una criatura,

"La qual aunque de'fian estaua enfermita con calentura no fue A lo que se a publicado en estas minas la caussa de su muerte sino el auerle la d[ic]ha Paula sacado vn bocado de el ombligo y esto di'fe por auerlo oydo y no uisto y de mas de esto a oydo este declarante a muchas perssonas que la susso d[ic]ha es hechisera y bruxa y que tiene a su amo enhechi'féldo =,,1....

Así se forma un rumor, se explica una muerte y se construye una bruja. No se dice, por

boca de las mUJeres, que le provocó una herida en el ombligo, sino que la chupó y, por

tanto, le prodUjO un daño interno que le produjo la muerte, es decir, que se le llevó el

alma o el espíritu de este mundo al más allá, porque el matar en este caso no se

concibe en el sentido de dañar directamente al cuerpo, es decir, de influenCiar el normal

funcionamiento de un cuerpo físico por medios físicos, sino el dañar el funcionamiento

de un ser compuesto de cuerpo y alma, pensados como uno, por medio de un espíritu

de carácter maligno. No es el chupar el ombl igo como acción mecánica de un cuerpo

sobre o ro, que puede tener como resultado el que uno de los cuerpos, el cuerpo

paciente, se dañe, es decir, que quien chupa extraiga o arranque n fluído o parte del

otro cuerpo, sino que el chupar de las brujas, en primer lugar, produce un daño

generalizado, de naturaleza no determinada y sin localización precisa y, en segundo

lugar, no requiere de un con acto fí sico efectivo. Las mujeres que estaban de visita y la

madre misma vieron a Paula todo el tiempo cargar a la niña y la vigilaron preocupadas,

y no declararon que Paula haya en efecto realizado el acto de chupar a la niña, pues las

acciones de la brujería pueden tener efecto a distancia: con la intención y el deseo de

143 Los que vienen sin ser llamados, son generalmente los de "más ent ndimienlo", los blancos, los intrigantes, quienes tienen resentimientos contra el acusado o los directos implicados en el caso, como la india Ana María. 144 PROCESO (1) f . 24v.-25.

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alguien que tenga poderes mágicos basta En la brujería diabólica europea los poderes

son otorgados por Satanás, en las demás prácticas mágicas -mal de ojo, chamanismo,

curanderismo, hechicería, etc - los poderes se tienen de nacimiento, consciente o

inconscientemente; se adquieren por iniciación o aprendizaje, ° llegan de forma

inesperada en una etapa de la vida del individuo, manifestándose generalmente por

algún signo.

La niña es aba, pues, enferma, según se desprende de la declaración del Teniente

Larrea - hombre un poco afuera del sistema mágico-, pero lo que se publica y publicila

es el chupamiento por brujería del ombligo, que al fin de cuentas brinda una explicación

mas satisfactoria y completa a una muerte inesperada. Y la fama de bruja de Paula de

Eguiluz comienza así a constituirse y a la vuelta de un mes estará bien consolidada.

María de Lizada advierte claramente antes de la muerte de la niña, que no le vayan a

poner a ella la culpa, se lava las manos y, cosa particular, aunque ella es qUien

dictamina que a la niña la ha chupado una bruja -afirmación que será luego

corroborada y divulgada por doña Francisca de Alba145 y Catalina Ramos, quienes

estaban presentes-, no es llamada a declarar ni se presenta de forma voluntaria, sólo

su marido, un sacristán mulato, que sabe firmar, rendirá indagatoria sin ser llamado 146 y

tratará de incriminar con otros hechos a Paula, entre otras cosas, acusándola de que

aunque "siendo Perssona que esta ulen vestida no acude a missa muchos días de

145 Doña Francisca de Alba de 19 años, mujer de Rodrigo Francisco de Carvajal, vecinos de estas minas dice: " .. yendo esta declarante a uer la d(ic]ha niñ y ombligo lo vida lleno de sangre y hecho vna señal como de pellisco y oyo desir esta declarante a la dpc]ha Maria de Li~ada que la auia chupado Bruxa y que auia sido la d[icJha Paula ...=" PROCESO (1) f. 15. 146 María de Lizada y su marido, Francisco López, son dos intermediarios cu lturales, casados, él es negro y ella mulata, él el sacristan de las Minas y ella partera . En lugares donde habla muchos negros y pocos blancos habia más posibilidades de acceder a estos roles y con ellos de ascender socialmente, a falta de blancos o mestizos que ejercieran dichos ofiCIOS.

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fiestas ni entre semana ninguno y las fiestas princ;ipales menos Por donde este

declarante tiene mala sospecha de la d[iclha Paula,,14', falta con la que también se

había justificado la acusación de brujeria contra doña Elena de la Cruz y doña

Lorenzana de Acereto. Respecto a la no asistencia de Paula a misa, en su prrmera

declaración en septiembre de 1623, el Teniente Larrea dice haberla reprendido varias

veces, porque en los 20 meses de vivir en las Minas la había visto en muy pocas

ocasiones en la iglesia -control social -, pero en su ratificación seis meses después en

febrero de 1624 dice, que después de que el comisario leyera

"los edictos de la fe 148 con orden de los señores inquisidores apostolicos en estas minas de quien este declarante fue ministro y asistio a la lectura de ellos con la vara de alcuacil mayor, ha visto que Paula se ha enmendado en quanto lo que tiene dDc]ho que no oía misa, la ve ir a misa muchos días y confesar y comulgar y hace muchas obras de caridad ...n149

Ya después de presentada la primera acusaCión, se recavan los recuerdos y se buscan

en la memoria los indicios que posibiliten la confirmación de esa acusación y, de esa

manera, se va construyendo una nueva imagen del acusado, la imagen del reo y de sus

hechos dañinos: en este caso, las acciones de una "bruja" . El hermano Matías de Jesús

Rivera avala su declaración diciendo que "ansi mismo este declarante dise auer oydo

147 PROCESO (1) f . 18 (339)-18v. (339v.) .

148 Cuando se lee el edicto de fe en un poblado, sus habitantes se van a pensar y después en sus casas, en tranquilidad, escarban la memoria y, al final, encuentran algo de que acusar a alguien, y claro que los que merecen acusaciones, los que por alguna razón se salen del común, son normalmente pocos y están en las cabezas de todos, pues aquéllos a quienes hay que reprocharles algo son la comidilla del pueblo y pasan por las buenas lenguas de los buenos cristianos, quienes sin necesidad de ponerse de acuerdo acusarán a aquéllos que a sus ojos tienen reprochabilísimas máculas, es decir, a tos que no van a misa, a aquellas mujeres que tienen un amante o concubina o varios -recuérdese que ya estamos en el siglo XVII y la floreciente época de amantes y romanzas) besos y escotes, Shakespeare y CelVantes, ya comienza a declinar, ahora los vestidos se hacen austeros, los escotes se cierran y desaparecen, los colores cambian, las mujeres se cubren las cabezas con tocas pesadas y ya no con tenues vetos, la impudicia del pantalón masculino renacentista, en el que los hombres muestran todo su cuerpo , es reemplazado por pantalones que disimulan su sexo y no "incitan al pecado"-; se acusará a las mujeres que se van de farra en las noches o salen a dar paseos solitarios; a indios, negros o mestizos que puedan representar una competencia fuerte o amenaza para los intereses de los hombres blancos ... Después de que se lee el edicto de fe, vienen como lluvia las acusaciones. 149

P ROCESO (1) f. 25v.-26v ..

muchas ve~es y es Publica bos y fama de la d[ic]ha Paula negra es bruja y que tiene

enhechissado a su amo el alcalde mayor de estas minas."i6'tJ Después, como es usual

en todos los procesos de esta época, se presentan a declarar varios testigos que sólo

hablan de oídas y confirman lo que se ha declarado en las primeras acusaciones.

Luego de lanzada la primera acusación, realizada por las mujeres, comienzan a

entretejerse otras. Al hermano Matías de Jesús Rivera le contó en su ermita Bartolomé

Mandinga, mayoral de las minas, "negro mui ladino y de mucha rra~on", que Damiá ,

negro criollo y mayoral de los hatos de Barajagua del Alcalde Mayor, le había dicho que

hace unos 8 meses, estando su amo en la ciudad de La Habana, había visto en los

hatos, a 14 leguas de estas Minas, dos noches a Paula bailando con mucho contento,

"d i~iendo ya uiene Por Nipe muchas veses" y Damián se espantó de verla, porque

Paula estaba en las minas; y luego vino gente a avisarle que el Alcalde Mayor estaba

en la bahía de Nipe, a 12 leguas de los hatos, y que le llevase caballos; "enton~es se

acordo de lo d[ic]ho y echo de uer que era por arte de bruxas". 151 También le contó que

alguien había oído decir al teniente Juan de Larrea hace unos 40 días, que el Cabo de

Escuadra Miguel de Rojas había visto a Paula hecha cabra, "Por donde se infiere la

suso d[ic]ha es bruxa .. ... 152

Sin embargo el teniente Larrea desmiente esta versión y dice no recordar haber dicho

ta l COSa. 15J El mayoral Damián de la Cruz, además de confirmar que ha oído lo de la

muerte del bebé y que Paula es bruja, declara ya a fines de septiembre, al ser citado,

150 PROCESO (1) f. 2bis (323).

151 PROCESO (1) f. 2-2 bis v . (323v.) .

152 PROCESO (1) f.2 bis v. (323v.)

153 Sino que, 'yba muy pocas vec;es a oyr mlssa Pudiendo muy vien yr Por estar muy vlen bestida y no tan solamente ella sino las ue le esta n ayudando al seruil;io de su amo". PROCESO (1)'f 25-25v.

87

que hará un año, un día estando enfermo -y seguramente con flebre- en el sitio de La

Juliana, donde debía hacer una casa, porque Juan de Eguiluz desembarcaría por la

bahía de Nipe, "y aviendole vensldo el sueño se quedo dormido y le paresia o Por mejor

deslr ayo hablar como habla de muger" y no supo qué dijeron, más que "Para quando

venga n[uest]ro amo y a esto abrio este .. .10 5 ojos y uido a Paula de el Alcalde Mayor

las espaldas bueltas" y a una negrita mediana a su lado derecho, vestida de blanco,

mientras Paula Jugaba con las manos levantadas;

"en la habla y Por la uista conosio a la d[ic]ha Paula y a la otra negrita no... auiendo visto esto le boluio a venyer el sueño y se quedo dormido y asi no vida mas 154 = Y esto a d[ic]ho en estas minas a, algunas personas y ... Paula estaua en estas d[ic1has minas y era cossa ynppusible paresier en el dQc]ho sitio de Juliana sino era Por arte del dIablo por estar tan lejos de ellas = .. .155"

Dicen, oyen, sueñan, interpretan y repiten, así construyen la vida y su entorno, a través

de la conversación y los rumores, a través de la palabra, todo se cuenta, y de esta

forma la verdad es una construcción colectiva que se realiza más de acuerdo a lo que

se dice y a lo que se oye, que a lo que se ve (cultura oral). Cuando se presenta la

primera denuncia, todos comienzan a "recordar" hechos que corroboren la acusación de

brujería: los sueños, las apariciones. Sartolomé Mandinga junta los sueños

"premonitorios" de Paula, de los que ella había hablado públicamente, con las visiones

febriles del negro Damián y construye así otra historia. Se habla y se comenta. y el

rumor crece y crece, y de pronto tiene tal dimensión, que estalla. Este monje, creedor

en brujas, ha contado ya dos historias que "ocurrieron" en un lapso de unos 30 a 40

días, seguramente hay historias más antiguas, ¿o es que una bruja se crea en tan

breve lapso de tiempo? Es como un al d que crece y explota entre uno y dos meses,

154 Entró en una fase profunda de sueño y no se acuerda de nada más.

AA

DE P ll . JIE Jl ll L d i LCAS . BIBLlú T CA " U EH G MEZ

despues de que se han sentado los primeros precedentes. Hay, por supuesto, hechos

anteriores que posibilitan que la acusación se dé. En el caso de la india Constanza, su

alteridad, el hecho de que es una mohana, perteneciente a un pueblo diferente al en

que se encuentra, su ensimismamiento y aislamiento de los demás, que generan recelo

en quienes la rodean 156. En el caso de Paula, el enamoramiento de su amo, la posición

privilegiada que ocupa respecto a otras mujeres en las Minas, su poder de seducción y

su manera de vestir, sus costumbres más relajadas -como el hecho de no ir a misa con

regularidad- y el que haya hecho uso de la hechicería en algunas ocasiones, pero,

sobre todo, la envidia que suscita por todo lo anterior.

A Marcela, negra criolla, esclava de su majestad de 13 a 14 años, se le pregunta si

presume algo tocante al Santo Oficio, a lo cual denuncia t51 que estando enfermo su

amo de calenturas· hace unos dos años y medio y estando ella al servicio de Paula, la

acompañó un dia, a medio dia, a la igleSia, donde vio que Paula empezó a escarbar

con un palo detrás del coro en una sepultura y de ella sacó dos pedazos de huesos. Ya

en la casa del Alcalde, Paula le dijo que aquello era para dar salud a su señor y vio

después cómo molió los huesos con cáscaras de naranja y romero y los puso, ya

molidos, en polvo en un papel, sacó una cinta colorada y lo amarró y no sabe qué hizo

luego con ellos

155 PROCESO (1) f. 22-23.

156 Véase D. CEBALLOS GÓMEZ, Hechicería y brujería en el Nuevo Reino de Granada: una lectura del mundo, in: J.-M . SCHOlZ y T. HERZOG (Ea.), Observation and Communication: The Construcfion of Realities in the Hispanic World, Frankfurt am Main, 1997, pp. 341 -369. 157 Declara el 19 de septiembre de 1623. De lo que se infiere que conocía, por lo que se hablaba en el pueblo, la razón de su citación ante el comisario. Lo que declara ocunió siendo el/a una niña de unos 11 años. PROCESO (1) f 6v.-7.

Polonia, negrita criolla y muy ladina, esclava también de su majestad, de 12 años,

confirma la declaración de Marcela en todos sus detalles, y dice que ambas estuvieron

en la iglesia acompañando a Paula, pero tampoco sabe qué hizo Paula con ellos. Paula

dirá posteriormente, ya en Cartagena y después de que el Fiscal le leyera la acusación,

que se los quería dar a su amo en una bebida para curarle las cuartanas (malaria), pero

que él , al enterarse, no lo aceptó. Además, declara la niña que "tanuien a oydo de¡;ir por

ser publico en estas minas que la d(icJha Paula chupo vna niña de Ana Maria yndia por

el ombligo y que esto como d[ic]ho tiene lo a oydo de¡;ir Pero lo que tiene d[lc]ho aRiba

lo vida por sus ojos y que es la verdad ... ,,158

Otra esclava del Alcalde, Úrsula, negra criolla de 14 años, quien hace 9 ó 10 meses

estaba con Paula, cuando Juan de Eguiluz se la había dado para que cargara un niño,

hijo de Paula1f1' , denunCia que una noche, estando en un aposento echada en una

tarima con Paula y otra negrita, nombrada María, cuando ya toda la gente de las Minas

dormía, vio a Paula, levantada a deshoras, desnudarse y tomar un calabacito, que

escondía debajo de su cama, donde tenía un ungüento, con el cual "VIda esta

declarante vntarse devajo los brayos y no vida si se vnto en otras partes", luego vio sal ir

a Pauta "por la puerta de carrera y esta declarante como muchacha quedo con

grandísimo miedo y no pudo dormir en toda la noche". Paula regresó casi al amanecer y

ella no vio por dónde entró, pero si hubiera entrado por la puerta, la habría visto. Ya

adentro, le preguntó "de onde viene madre Paula", a lo cual ésta se indignó y la empezó

a azotar,

"que fue menester que el sargento mayor Garibai ya difunto ... viniesse mouido de

158 PROCESO (1) f. 8-9.

159 PROCESO (1) f. 12v.. Y del Alcalde Mayor, como se desprende de la genealogía de Paula.

o

lastima ..160 a quitarle y le pregunto el susod[icJho a. . Paula que porque atyOtaua a esta declarante y le rrespondio que porque se auia meado en la cama siendo mentira = .que lo vida por sus ojos = y asimismo declara Por publico y notorio que la d[ic]ha Paula chupo a una niña hija de Ana Maria que despues que Su~ediO , a esta declarante persuadidose por lo que tiene dlic]ho a que es bruja la d[ic]ha Pauta" 61

Úrsula ve a Paula untarse un ungüento debajo de los brazos, como hacen las brujas de

las historias que se cuentan por ahí, y luego no ve a Paula entrar por la puerta .. . Esta

modalidad se repite en muchos procesos por brujería en Europa y América, las

personas declaran sobre asuntos que ocurrieron en la noche, cuando estaban

dormidos, en sueños, o medio dormidos y creían estar despiertos; razón por la cual

especificaban las disposiciones respecto a brujería del Consejo de la Santa y Suprema

Inquisición (disposición 8), con sede en Madrid, que se debía verificar SI los hechos

eran sólo producto de los sueños o de alucinaciones o si se trataba de hechos reales 162.

Henningsen mostró, además, en su investigación sobre la brujería vasca, el papel

fundamental que jugaron l o~ niños en as declaraciones en las epidemias de

brujomanía, por ser muy impresionables respecto a las historias que les oían a los

adultos.163 La niña dormitaba y no vio entrar a Paula y después de ver que se untaba el

160 Una razón para declarar en su contra. 161 PROCESO (1) f. 12v. (335v.)-13 (336).

162 Disposición 8. ulten que en los casos que sobrevinieren los Inquisidores con todo cuidado hagan las deligencias y aberiguaciones que sean necessarias para berificar si estas personas que confiesan que an ydo ban a Ju tarse con las otras que e1las dicen van realmente o SI en aquellas mismas noches que confiesan que van a los aquelarres y estan con el demonio se quedan en sus casas sin salir dellas lo qual se podra sauer de otras personas de las mismas casas y de las que mas pareciere y se les pregunte con que animo se vntan si es para yr corporalmente o para dormirse y que despues las lIeuen sus maestras o, el Demonio al Aq'uefarre y que es el yntento con que se vntan y si ay diferencia entre el vnto para yr y el vnto para poluos que hacen para maleficios - " f. 181, B IBLIOTECA NACIONAL DE ESPAÑA, Manuscritos, mss 883 - Papeles tocantes a la Inquisición, 161 4, f. 180 ss.. 163 G. H ENNINGSEN, El abogado de las brujas. Brujerla vasca e Inquisición española, Madrid, 1983. A modo de ejemplo véase lo que declara Lorenza de San Marcelo , sobrina de doña Lorenzana de Acereto, haber ocurrido estando ella muy niña, n ...uio que estaua alli un baso con agua y unas cañuelas en cruz enc;:ima en la voca del baso y que la auia llamado la d[ich]a da Loren~na su tia diyiendole ven aca niña mira esto y que ella auia ido y la dicha su tia le auia d[ich]o que mirase lo que uia en el baso del agua y que ella lo auia mirado y auia uisto en el d[ich]o baso un hombre sentado en una silla y una muger hechada a sus pies que parec;:ia que estaba mala y que le auian parec;:ido que eran Andres Ximenez y

91

menjurje, deduJo que había entrado djgamos "en espíritu" y no corporalmente. Paula

declarará posteriormente, en sus primera y segunda audiencias, que usaba ungüentos

y yerbas de bienquerer (lavado con la yerba curia)164, y ya con la fama que tenía, no era

difícil presumirla bruja de ungüento y aquelarre. Es increíble cómo están de difundidos

algunos aspectos de estos imaginarios, tan rápido y eficientemente, entre negros,

mestizos y mulatos en unas minas, lejos de la ciudad, y a principios del siglo XVII , y

cómo las prédicas y conversaciones e historias de los blancos pueden lograr difundirlos

eficientemente 165, ya la Suprema había pedido silenCIO, para que los curas y monjes no

difundieran más estas creencias. Esto contradice, pues, a quienes niegan el poder de la

difusión y el papel de las autoridades civiles y eclesiásticas en la repetición de este

modelo.

Doña Francisca de Alba declara también que doña Paula de Eguiluz, hija del Alcalde

Mayor, le dijo que un día, estando enojado su padre contra la negra Paula en La

Habana, la iba a golpear y ella se le desaparecIó a su amo de delante y se tiró por una

ventana, abajo había muchas piedras y no se hizo daño "y que anvien le a oydo desir a

la susod[ic)ha muchas veses que.. . Paula es bruxa y que tiene enhechisado a su

padre" .166

doña Michaela su muger veyinos desta yiudad los que estauan en el baso y otra vez auia uisto en el mesmo baso los galeones .. " 1. 11 AHNE, INQUISICiÓN , Leg. 1620 (Ed. 70 - Rollo 1). N° 1.1612-1614, f. 1-102. 164

PROCESO (1) , f. 36v. y 37v .. 165 Se oyen las historias en las que muchos creen, son historias impresionantes que se graban fácilmente en las cabezas, porque llaman y evocan los pliegues de lo desconocido, de los temores, y luego se repiten y se temen. Los campesinos en Colombia ven fantasmas y apariciones y brujas en los cafetales; sufren ataques de brujas en las noches como los que sufrían los hombres de la Colonia, el asunto radica en qué es lo que se cree, eso es todo . Uno ve lo que cree: .creer para ver" y no .ver para creer", como había afirmado Santo Tomás. Eso ocurre en la esfera de todas las religiones. 166 PROCESO (1) f. 15v .. Que un hombre esté perdidamente enamorado de una mujer es una razón para presumir que haya sido por medios mágicos. Esa lógica sigue funcionando en algunos sectores de las

92

El padre Juan de Góngora, presbítero cura de estas minas, de 53 arios, se presenta a

declarar sin ser l/amado el 20 de septiembre, para decir que el domingo 3 de ese mes,

es decir más de dos semanas después de la muerte de la niña , estando junto a la

despensa donde reparten la carne a la gente de estas Minas, oyó decir a María la

boliUera, que le había contado un negro "que estando durmiendo en cassa de Paula ...

vna noche le auian puesto vn pesso ensima de su cuerpo y estremesidole" y

despertándose despavorido, encendió lumbre para ver lo que era y halló cuatro gatos

negros que le rodeaban la cama y preguntándole a Paula de quién eran aquellos gatos,

lo echó de su casa y le dijo que no durmiera mas aU í. 167 Repite también de oídas la

historia del ungüento y la azotaina a Úrsula, y declara que en los cuatro años que lleva

en las Minas, Paula ha ido muy pocas veces misa, y reprendiéndola "como tiene

obliga<;;ion que porque no yba teniendo con que poder yr"168, iba algunas veces, aunque

muy pocas, con el agravante de que tampoco dejaba ir a otras negras de su amo.169

En cuanto a que Paula se convirtiese en cabra, declaró Miguel de Rojas de 50 años,

soltero, cabo que fue de la infantería de las Minas de Santiago del Prado y ahora

soldado del presidio de Santiago de Cuba, que estando una noche acostado en su

cama -en posición de dormir y soñar-, junto al cuerpo de guardia, oyó decir al soldado

Jerónimo Carvalo, "que estaua de posta la noche tenebrossa de agua y viento" ­

cuHuras populares de la Colombia actual: los hombres sólo se vuelven locos por las mujeres por medios mágicos ("enyerbamiento"), no por otras vías de seducción. 167 PROCESO (1) f. 19v.-20

168 Reiteradamente se le reprocha a Paula , al igual que a otras personas en otros procesos, el que no vaya a misa, "teniendo con qué ir". No tener con qué ir vestido con decencia es, entonces, un atenuante para faltar a la iglesia, lo que excusaría , por tanto, a muchos esclavos de no cumplir con los deberes de la fe. Pero de ser así , esto no sería válido para los indios y negros que asistían a la doctrina o las iglesias en pueblos de indios o de negros en las plantaciones. Los inquisidores, por ejemplo , visten "con decencia" a quien va a declarar ante el Tribunal de Cartagena y no lo está. 169 PROCESO (1) f. 20v.

provocadora de miedo-, que "Porque andauan vnas tres o quatro cabras y algunas

ovejas bramando que era Paula esclaua del alcalde mayor" y preguntándole éste que

por qué lo decía, "le rrespondio no oye V.md. este aluoroto de estas cabras y ovexas

que deven de ser los diablos y Paula que esta ella aqui hecha bruxa entre ellas y este

declarante no salía fuera por estar la noche tenebrossa y lIubiossa". 170 También afirma

que unos soldados de La Habana, que venían por el cobre de su majestad a las Minas,

viendo que "esta Bruxa" Paula aún estaba viva, dijeron la habían visto hacía poco en La

Habana "hecha bruxa 171 y tanbien disse que la d[ic]ha Paula por publica voz y fama a

oydo degir es bruxa pero no por que este testigo lo sepa de zierto mas de su mala fama

y esto es la berdad ... y firmolo de su nombre .. ,,172

En vista de lo causado, en Cartagena de la Costa de Tierra Firme, el 22 de marzo 1624,

durante la audiencia de la tarde del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, estando

presente el inquisidor Doctor Agustín de Ugarte Saravia y habiendo visto la testificación

contra la negra esclava de Juan de Eguiluz, Alcalde Mayor de las Minas del Cobre de la

isla de Santiago de Cuba, ordena que sea presa y traída a las cárceles secretas del

Santo Oficio, donde se haga causa con ella y que para ello se despache

mandamiento. 173

El caso de Paula de Eguiluz resulta ser un caso ejemplar, por ello será utilizado como

paradigma, tanto en el análisis de la estructura interna de los procesos inquisitoriales,

PROCESO (1) f. 27v.. 171 Los soldados son buenos propagadores de cuentos, de leyendas y de este tipo de creencias. En el caso de los "brujos' de Cartagena de 1565 (AGNC, NEGROS y ESCLAVOS, t.6, 1565-1566, N° 3, f 273-356v.) fue Bartolomé, un esclavo que había viajado entre la soldadesca y los marineros, quien les enseñó a las otras negras ciertas creencias respecto a la brujería diabólica.

172 PROCESO (1) f. 28. 173 PROCESO (1) f. 33.

170

de la inquisitio , por brujería en el Tribunal de Cartagena de Indias -yen aquellos otros

tribunales en los que los jueces creían en la existencia de las brujas, situación no tan

común en el territorio de España-, como en el análisis del efecto de dichos procesos: la

invención de las brujas, invención que, en el mundo novogranadino, corrientemente

sólo era posible ante un Santo Oficio, en el que sus miembros creyeran en la brujería

diabólica, pues los tribunales seculares - aun si sus jueces creyeran en brujas- no solían

tener ni la estructura ni el interés en "inventar" un reo y "construir" testimonios y

verdades174, como sí lo hacía la Inquisición, porque, de un lado, no usaban

sistemáticamente el método inquisitorial175 y, de otro, no tenían la obsesión teológica

por los delitos contra la fe , que hacía que los delitos en la Inquisición estuvieran

previamente tipificados, preestablecidos y definidos, tanto en su estructura interna,

como en la materia, es decir, en la manera como debían suceder los hechos, que era

idéntica y siempre la misma -pacto, asistencia a juntas, etc , para el caso de la brujería­

; razón por la cual la tarea del Tribunal estaría encaminada a obtener esa ,/ealidad"­

El orden y la estructura del proceso inquisitorial mismo son los que precisamente

permitían que un tal tipo de "invención" se llevase a cabo y fuera posible, pues los

mecanismos internos que lo guiaban, no permitían una aplicación "objetiva y positiva"

de la ley, ni una actuación "libre" del reo. De ahí que las disposiciones, que al respecto

fueron expedidas por el Consejo de la Suprema y General InquisiCIón durante el siglo

174 Por supuesto Que se dan excepciones, como la actuación del Gobernador de Cartagena en 1565 en contra de la confabulación de negros brujos, en: D. CEBALLOS GOMEZ, Hechicería, brujería e Inquisición en el Nuevo Reino de Granada. Un duelo de imaginarios, Bogotá-Medellín, 1994, (2a. ed . 1995), pp. 125­154: Cartagena una ciudad de brujos. 175 Para una descripción de este método y de cómo surgió, M. FOUCAULT, La verdad y las formas jurldicas. México, 1983.

9

XVI Y en 1614176 , propugnarán precisamente por un uso positivo de la indagación, de

los indicios y de las pruebas del delito.

El numeral 14 de las Instrucciones de Logroñ0177 reza así:

"y repreguntados como aqui se dice si confesaren estos actos de Apostasia despiertos se les reconcilie pero por la dificultad que tiene esta materia y los engaños que pade~ se haga esta reconciliazion sin confiscazion de vienes y sin que les obste para la pena de Relaposia (sic) en que pueden yncurrir dexando al arbitrio de los jueces consideradas las confesiones primeras y en lo que des pues yncurrieren el ponerles las penas arbitrarias 1T8

conforme a derecho precediendo el dar quenta al conssejo en los que en las preguntas no confesaren mas de el hauer ydo sin perseuerar despues de dispiertos 179 en la Apostasia se les medizine las almas con absoluerlos ad Cautelam cometiendo la adsoluzion (sic) de la reconciliazion y asolucion ad cautelam. a los comissarios en la forma que se les comete la de los olandeses y Escoceses que bienen a los puertos o estan en algunos presidios en otras partes detenidos o ympedidos 180 y la mesma absoluzion ad cautelam generalmente se de a los menores de doce y de catorce años _ 181"

Ye11 7,

"Iten que las personas reconciliadas asta aquí que huuíeren confesado Relapsia e yncidido

176 Véanse los apartados 1.2 y 1.3 Y el Apéndice Disposiciones .. . , D. CEBALLOS GÓMEZ, Hexerei und Zauberei Eine Untersuchung magischer Praxen im Neuen KMígreich Granada, Frankfurt am Main, 2000. 177 BIBLIOTECA NACIONAL DE ESPAÑA, Manuscritos, mss 883 - Papeles tocantes a la Inquisición, f. 180 ss., 1614, f. 182-182v .. Los subrayados son míos. 178 El juez asigna la pena que le parece más conveniente para determinado delito y no una que la ley haya establecido previamente. En el mundo español de ultramar resulta ser con frecuencia una pena menos rigurosa que la que solía usarse para el delito. Las penas eran aplicadas de acuerdo a la condición social del reo . Una persona blanca de calidad rara vez será azotada y generalmente se les asignarán penas pecuniarias (los azotes se reservan generalmente sólo para quienes son reincidentes contumaces o hayan cometido un delito especialmente grave), mientras las personas de las castas recibirán mayormente penas corporales. El escarnio público se le ahorrará casi siempre a las personas prestantes, a menos que haya cometido delito grave, pero el destierro no conoce color de piel. 179 Es decir, quienes van dormidos, que no perseverasen en ello después de despertarse. 180 Se asimila la forma de administrar la absolución ad cautelam a como se hace con Holandeses y Escoceses, los protestantes no enemigos -y por épocas, parte del Reino- que llegan a los puertos. Es como una forma de obviar y esquivar dertos problemas que son inevitables y a los que no se les puede dar el tratamiento que la letra dice. No se puede procesar por hereje a cada holandés o escocés que llegue a un puerto americano o peninsular, como tampoco se puede procesar a cada campesino, cada negro, cada indio, mestizo o súbdito cualquiera que tenga una creencia diferente a la ortodoxia católica, o crea en la magia, tan cara a todas las culturas -incluídos griegos y romanos, vid. Apuleyo, Ovidío, Luciano, Horado, etc.-. Es una manera expedita e ineludible de solucionar estas disensiones con la teoría, que no hacen mella en la vida práctica y en los intereses de la Corona y del Imperio, contra río a que si se tratase de los judíos, y en menor medida de los moros, pues con ellos el asunto es a otro precio. 181 Las mujeres se consideran más pronto adultas, o sea que desde más niñas pueden ser duramente castigadas.

96

en los mesmos herrares o. otros de esta secta sean absueltos ad cautelam embíando comission para ella a los comisarios [para que 10sJ que de aqui en adelante confesaren Relapsia o se les p[roJbare, los Inquisidores antes de proceder contra ellos n i determinar cossa alguna lo consulten al Conssejo con el processo y su parecer y aduertencias de estas ordenanc;;as para que se les hordene lo que deuan hacer -"

Por esta razón pudo Paula de Eguiluz sufrir tres procesos (22 de marzo de 1624 a 30

de julio de 1636), a pesar de ser dos veces relapsa, y escapar siempre sin la pena de

re lajación, sin la condena a la hoguera, que había sido dictaminada por los inquisidores

en Cartagena. El Consejo de la Suprema Inquisición no creía en brujas y, en

consecuencia, rechazaba su relajación. El tercer proceso se realizó a petición de la

Suprema, quien deseaba que se repitiera el interrogatorio siguiendo las instr cciones

de 1614182, instrucciones que en el Tribunal de Cartagena se violaban f1agrantemente,

al igual que otras disposiciones, pues casi ningún asunto se llevaba como se haría en

España, ni aún las causas contra los judaizantes. 11fJ Sin embargo, a pesar de la

solicitud de la Suprema en la cabeza del tercer proceso contra Paula de Eguiluz,

pidiendo -como lo exigían las disposiciones- que se llevara buscando pr ¡ebas

materiales de los hechos, el proceso fue llevado copiando partes de las causas

anteriores de los cuadernos de votos y de testigos, continuando de la misma manera

con las testificaciones iniciadas en el segundo proceso, sin volver a preguntar y sin

buscar las pruebas materiales de los supuestos delitos, como proclamaba el sentido de

las instrucciones respecto a la brujería, lo que le hubiera dado oportunidad a la rea de

que dijera que no era bruja (brujería diabólica), que no le besaba el culo al diablo, ni le

182 Para el efecto véanse el Capítulo 1 y el Apéndice 1 de, O. CEBALLOS GÓMEZ, Hexerei und Zauberei. Eine Untersuchung magischer Praxen im Neuen Konigreich Granada, Frankfurt am Main, 2000. 183 Para un ejemplo de múniples violaciones al proceso, cf. la apelación del fiscal de 1649, en la causa por judaizante contra Luis Gómez Barreta, depositario general de la ciudad, a la sentencia dictada en 1638, particularmente los folios 89 (315) Y ss., en los que la Suprema hace "Advertencia de los defectos que se hallan en el proceso causado en la Inquisicion de Cartagena de la Indias contra Luis Gomez

rendía adoración, ni asesinaba niños chupándoles el ombligo, etc .. El mantener las

declaraciones anteriores no permitirá que cambie el cariz de la causa. Pero es que,

como lo mostró ejemplarmente Gustav Henningsen 1"84 , son precisamente los jueces

fanáticos y su creencia, los que posibilitan que este tipo de persecuciones se den. El

promotor fi scal de la primera causa contra Paula, hombre creyente en la brujería

diabólica, el licenciado Domingo Vélez de Asas y Argos, será uno de los dos

inquisidores 185 durante el segundo y tercer proceso. Es decir, ocupará las dos

posIcIones desde las que se puede inculpar o absolver a un reo. Como se dijo

anteriormente, las primeras décadas del Tribunal se caracterizarán por una tendencia a

la brujomanía, tendencia que iba en contravía de lo que ocurría en España, donde en

este período desaparecieron de la escena las pocas persecuciones que allí se habían

dado. ¿ Deseo de orden o fanatismo e incomprensión de los funcionarios? La balanza

parece inclinarse en el caso de Cartagena hacia este último lugar

De forma esquemática, el orden del proceso inquisitorial seguía más o menos la

siguiente estructura:

Barreta -. y concretamente los desacatos al "orden de procesar en el Santo Oficio, impreso en Madrid año de 1591'" AHNE, INaulslclÓN, LegO. 1620 (Ed.70 - Rollo 2) , f. 65 ss. (226-320), N° 9 , 1636,941..

184 G. HENNINGSEN, El abogado de las brujas. Brujería vasca e Inquisición espaflola, Madrid, 1983, y The Papers of Alonso de Salazar Frías. A Spanish Witchcraft Polemic 1610-1614, in : Temenos. Studies in comparative ReJigion, 5 (1 969) , pp.85-106. Otros textos en sentido parecido , J . CARO BAROJA, Las brujas y su mundo. Un estudio antropológico de la sociedad en una época oscura (1 8 ed. 196 ), Madrid , 1993; J. BlÁZauEz MIGUEL, Eros y Tánatos. Brujería, hechicerfa y superstición en Espafla, (P rólogo: Julio Caro Baraja), Toledo, 1989; R. VILLENEUVE, Le néau des sorciers. Histoire de la diablérie basque au XVlle siécle, Evreux, 1983; C. GINZBURG, I Benandanti. Stregoneria e cu/ti agrari tra Cinquecento e Seicento , Torino , 1979, pp. 3-52 Y 142-203, e Historia noctuma. Un desciframiento del aquelarre, Barcelona , 1991 ; S. CLARK, Thinkmg w;(h Demons. The Idea o( Witchcraft in Early Modem Europe, Oxford, 1997; D. HARMENING, Zauberei im Abendland. Vom Anteil der Gelehrten am Wahn der Leufe Skizze zur Geschichte des Aberglaubens, Würzburg , 1991 ; B. ANKARLOO and G. HENNINGSEN (ed.) , Earty Modem European Witchcraft. Centres and Peripheries, Oxford, 1990, y, por supuesto, el texto maestro de todas estas creencias de los jueces fanáticos, escrito por dos m aestros del fanatismo: J. SPRENGER y H. INSTINTORIS, Der Hexenhammer (Malleüs maleficarum) , München, 1987.